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1 INFORME-HONDURAS Diagnóstico e Identificación de los factores que causan la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) en aguas de jurisdicción nacional y comunidades costeras Elaborado por: Gabriela Pineda Occhiena

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INFORME-HONDURAS

Diagnóstico e Identificación de los factores que causan la pesca

ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) en aguas de jurisdicción nacional y comunidades costeras

Elaborado por: Gabriela Pineda Occhiena

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Tabla de Contenido

Acrónimos y Siglas ............................................................................................................................. 3

1. Antecedentes ............................................................................................................................... 4

2. Resumen Ejecutivo ...................................................................................................................... 5

3. Introducción ................................................................................................................................ 5

4. Contexto de la pesca INDNR ...................................................................................................... 6

5. Marco Normativo y Mecanismos para Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca INDNR ......... 7

5.1 Marco de Política ....................................................................................................................... 7

5.2 Instrumentos Internacionales ................................................................................................... 7

5.3 Instrumentos Regionales ........................................................................................................... 8

5.4 Legislación Nacional................................................................................................................... 9

5.4.1 Reglamentos y Acuerdos Nacionales .................................................................................. 9

6. Identificación de las principales causas que motivan a la pesca INDNR ................................ 11

7. Tipos de ilícitos más frecuentes a lo largo de cada eslabón de la cadena de valor y destinos ..... 12

8. Principales Especies objeto de Pesca INDNR ............................................................................... 13

8.1 Langosta espinosa de Caribe (Panulirus argus) ....................................................................... 14

8.2 Razones por las que se consideran INDNR .............................................................................. 15

9. Propuestas .................................................................................................................................... 16

10. Referencias Bibliográficas ....................................................................................................... 18

11. ANEXOS ................................................................................................................................. 20

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Acrónimos y Siglas

AMP Área Marina Protegida

CIM Centro de Información Marítima de la Dirección de Marina Mercante

BCH Banco Central de Honduras

CIAA Comisión Internacional del Atún del Atlántico (ICCAT)

CIAT Comisión Interamericana del Atún Tropical

CONVEMAR Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar

DIGEPESCA Dirección General de Pesca y Acuicultura

DGMM Dirección General de Marina Mercante de Honduras

FAO Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación

FNH Fuerza Naval de Honduras

INDNR Pesca Ilegal, no declarada y no reglamentada

MCV Monitoreo, Control y Vigilancia

OROP Organización Regional de Ordenamiento Pesquero

OSPESCA Organización del Sector Pesquero y Acuícola del Istmo Centroamericano

PAI-INDNR Plan de Acción Internacional para Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca

Ilegal, No Declarada y No reglamentada

PAN-INDNR Plan de Acción Nacional para Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca Ilegal,

No Declarada y No reglamentada

SAG Secretaría de Agricultura y Ganadería

SICA Sistema de Integración Centroamericana

SIGMEPH Unidad de Sistemas de Información Geográfica y Monitoreo de

Embarcaciones Pesqueras de la DIGEPESCA

SIRPAC Sistema Integrado de Registro Pesquero y Acuícola Centroamericano

VMS Sistema posicionamiento satelital de embarcaciones en el mar

ZEE Zona Económica Exclusiva

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1. Antecedentes

La Pesca Ilegal No Declarada y No Reglamentada (INDNR),es un problema mundial

constituye una amenaza mundial para la pesca sostenible, y mueve cada año alrededor de 26 millones de toneladas de productos pesqueros, con un valor de mercado de 23,000 millones de dólares (FAO, 2018), generando importantes pérdidas económicas a los países, así como para la ordenación y la conservación de los recursos pesqueros y la biodiversidad marina. La pesca INDNR afecta a todos los tipos de pesca de captura, y no está asociado exclusivamente a la pesca marina, un solo recurso, o equipo que se use, ni al tamaño de las operaciones o área de pesca.

Cada país tiene la responsabilidad de combatirla en conjunto con los demás países del

mundo, adoptando medidas relacionadas entre sí, que incluyan regulaciones y control de acceso a puertos, control de sus embarcaciones y de la comercialización de sus recursos y productos derivados, intercambio de información, complementado con un adecuado sistema de inspección y de fiscalización que concluya en procedimientos sancionatorios para los infractores, esto aplicado no solo para la pesca de alta mar sino también a la pesca que se ejerce en aguas de la jurisdicción nacional y comunidades costeras por flotas que enarbolan su pabellón nacional.

Ante esta situación en el 2001 la Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la

Alimentación (FAO) aprobó el Plan de Acción Internacional para Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (PAI-INDNR) instrumento voluntario que es de aplicación a todos los Estados, entidades y pescadores, y establece las medidas que han de aplicarse para prevenirla. Estas medidas se refieren a las responsabilidades de los Estados de pabellón, las medidas relativas a los Estados ribereños, las Medidas sobre el Estado Rector de Puerto, las medidas comerciales convenidas internacionalmente, la investigación y de las OROP.

A inicios del 2008 con apoyo de la Organización del Sector Pesquero y Acuícola del Istmo

Centroamericano (OSPESCA) se motivó a los países miembros del SICA a desarrollar sus planes de Acción Nacional para la pesca INDNR (PAN-INDNR), Honduras no fue la excepción, sin embargo este no fue concluido. A la fecha se han hecho esfuerzos nacionales por contar con una estrategia para luchar contra la pesca INDNR y coordinaciones interinstitucionales entre la DIGEPESCA, DGMM y FNH a través de un Comité Ad Hoc de vigilancia que se conformó en 2015 conocido como Comité Interinstitucional de Combate a la Pesca ilegal No Declarada y No reglamentada (INDNR) Ad Hoc, el cual en forma posterior amplio su accionar y para oficializarle se trabajó en un Decreto Presidencial PCM-053-2017 para aprobación del Consejo de ministros, acompañado de un reglamento que

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establece el marco de actuaciones de este l Comité. A la fecha este comité continúa trabajando en forma Adhoc y está aún pendiente su oficialización.

Adicionalmente, en 2016 se apoyó técnicamente a través de WWF (Fondo Mundial para la

Naturaleza) en el marco del Proyecto de Mejoramiento Pesquero ( PMP-FIP) de la Langosta Espinosa del Caribe de Honduras, con una propuesta de plan permanente para el control y para la estimación de la captura ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) de la Langosta Espinosa del Caribe de Honduras una de las especies de mayor valor comercial, y también se proporcionó una herramienta para hacer el cálculo de la magnitud de la pesca INDNR, sin embargo a la fecha no se ha implementado.

2. Resumen Ejecutivo

El presente informe diagnostico responde a la necesidad de identificar y documentar los

principales factores que ocasionan la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (INDNR) en aguas jurisdiccionales y comunidades de la franja costera en Honduras por la flota pesquera de bandera nacional y que contravienen las disposiciones y normativas nacionales. Aunque la lucha y acciones para el combate de esta problemática a nivel internacional se han orientado principalmente a la pesca que se realiza en alta mar (aguas internacionales), es muy importante conocer también la incidencia de la pesca INDNR en el contexto nacional que permita contribuir con el manejo sostenible de los recursos pesqueros del país a largo plazo, para asegurar medios de vida sostenibles a las personas que dependen de ellos como fuente de alimento y empleo.

En el contexto regional se espera que este análisis nacional contribuya a la construcción de

una estrategia para prevenir, desalentar y eliminar la Pesca Ilegal No Declarada y No Reglamentada (INDNR)” en los países miembros de SICA.

Finalmente el documento incluye información que está supeditada al cumplimiento de las

regulaciones pesqueras y a la necesidad de fortalecimiento de las estructuras y coordinación de las autoridades, las capacidades institucionales, la coordinación con otros actores, la aplicación de sanciones y a la voluntad de recolectar los datos por parte de la institución rectora de la pesca.

3. Introducción

La pesca INDNR marina tiene repercusiones en muchos ámbitos y escenarios de la vida humana, así como también tiene grandes y graves impactos en los recursos naturales. En consecuencia, este tipo de pesca se constituye en una grave amenaza a nivel mundial para el mantenimiento de ecosistemas productivos y sanos, para la estabilidad socioeconómica de gran

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parte de las comunidades costeras, así como para garantizar la seguridad alimentaria y el ordenamiento sostenible de la pesca a largo plazo (FAO, 2014; Petrossian, 2015).

La pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (INDNR) incluye una serie de actividades ilícitas como pescar sin licencia o permiso, pescar durante la veda o fuera de temporada, utilizando artes de pesca prohibidas, no respetando las cuotas de captura, pescar fuera de su área, no declarando o dando información falsa sobre los volúmenes y las especies capturadas, capturando por encima de la capacidad de la pesquería entre otras. Se considera pesca INDNR cualquier actividad de pesca realizada sin el permiso de las autoridades competentes o incumpliendo la normativa vigente, en desacato de las medidas de administración, ordenación o conservación adoptadas en el mismo (Riddle, 2006).

Es de esta cuenta que las actividades principales actividades pesqueras en Honduras se

desarrollan en aguas jurisdiccionales, ZEE y en la franja costera del Caribe, Golfo de Fonseca y en aguas continentales; por dos tipos de flotas: una flota artesanal (pequeña escala básica y de avanzada (modificada), pesca industrial y pesca deportiva. Aunque Honduras en la actualidad no posee una flota pesquera abanderada como tal para la pesca de altamar, hace gestiones para ello como Parte Cooperante no contratante ante la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y como Parte contratante ante la Comisión del Atún del Atlántico (ICICAA-ICCAT) para lograr una cuota de aprovechamiento de estos recursos. Sin embargo, la problemática de la pesca INDNR que enfrenta Honduras ocurre en la actualidad en las actividades de pesca ejercidas tanto por la flota artesanal como industrial.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización del Sector Pesquero y Acuícola del Istmo Centroamericano (OSPESCA), suscribieron una carta acuerdo para realizar un “Análisis de los sistemas de registro, monitoreo y evaluación de los recursos pesqueros y una estrategia para prevenir, desalentar y eliminar la Pesca Ilegal No Declarada y No Reglamentada (INDNR)” en los países miembros de SICA. En este sentido entre los meses de agosto y septiembre del 2018 se contrataron los servicios profesionales para una asistencia técnica para desarrollar ambos informes nacionales

4. Contexto de la pesca INDNR

De acuerdo a la FAO (2010), la pesca INDNR, tiene lugar prácticamente en toda la pesca de captura, desde la realizada en las jurisdicciones nacionales hasta la pesca en alta mar. Es reconocida cada vez más como una problemática que menoscaba las medidas de ordenación y conservación de la pesca internacional y nacional, y conduce al agotamiento de los recursos. Además considera, que a su vez, debilita la capacidad del sector pesquero de alcanzar los objetivos económicos, sociales y ambientales nacionales y también mundiales, amenazando los medios de vida de las personas que dependen de la pesca legal.

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Comúnmente la pesca INDNR prospera cuando la gobernanza en un país es débil, la rastreabilidad escasa, las medidas disuasorias son inexistentes o prácticamente nulas, y principalmente cuando las medidas de control son ineficaces y existen diferentes especies de alto valor comercial (FAO, 2014).

5. Marco Normativo y Mecanismos para Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca INDNR

5.1 Marco de Política

La Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), adscrita a la SAG (Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería), es la autoridad competente en la materia. El marco jurídico para regular el ordenamiento, protección y fomento de los recursos hidrobiológicos correspondientes a las actividades pesqueras y acuícolas del Estado de Honduras se enmarcan en una nueva Ley de Pesca y Acuicultura Decreto N° 106-2015 del 5 de agosto de 2017. Los lineamientos de política para el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros y acuícolas de Honduras deben tomar como referente la Política de Integración de la Pesca y Acuicultura (2015-2025) de los países miembros del Sistema de Integración Centroamericano (SICA), más sin embargo están ligeramente insertos dentro de la Política de Estado para el Sector Agroalimentario y el Medio Rural de Honduras 2004-2021 y en las estrategias sectoriales de planificación que se establecen durante cada periodo de gobierno. Por otro lado cuenta con un Código de Ética para la Pesca y Acuicultura Responsable de los Estados miembros del SICA, que establecen lineamientos en armonía con las normas y leyes nacionales, conforme a los acuerdos vinculantes o voluntarios que derivan del modelo de gobernanza regional, y de aquellos otros instrumentos internacionales suscritos y ratificados por el Estado de Honduras.

5.2 Instrumentos Internacionales El Estado de Honduras ha suscrito diferentes instrumentos internacionales, tanto de carácter

vinculante como voluntario, relacionados con la sostenibilidad de los recursos vivos marinos, orientados a la prevención de la pesca INDNR. Dichos instrumentos se desarrollan bajo las normas y principios establecidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). Entre los principales se encuentran:

• Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. En vigor internacional desde 1995.

• Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO, Artículo 8.3: “Deberes del Estado del Puerto”, adoptado por la Conferencia de la FAO en 1995. (voluntario).

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• Plan de Acción Internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no Declarada y no reglamentada (PAI-INDNR), adoptada por la Conferencia de la FAO el 2001 (no vinculante).

• Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) firmado en la Cumbre de la Tierra celebrada en Río de Janeiro, y entro en vigor el 29 de diciembre de 1993.

• Convenio Constitutivo de la Organización Marítima Internacional (OMI). • El Acuerdo para Promover el Cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservación

y Ordenación por los Buques Pesqueros que pescan en Alta Mar aprobado por la Conferencia de la FAO el 24 de noviembre de 1993. En vigor internacional desde el 24 de abril del 2003.

• El Acuerdo Latinoamericano de Viña del Mar y sus enmiendas del 3 de septiembre del 2001 • Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna

Silvestre (CITES), adoptado en Washington, Estados Unidos, en 1973. En vigor internacional desde el 1 de julio de 1975.

• Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las tortugas Marinas (CIT). • Comisión Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico (CICAA-ICCAT). • Reglamento (CE) n° 1005/2008 del Consejo (de la Unión Europea), de 29 de septiembre de

2008, por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) para productos procedentes de la pesca extractiva que se exporten a países de la Unión Europea.

5.3 Instrumentos Regionales

El Estado de Honduras es miembro del Sistema de la Integración Centroamericana SICA y a través de la Organización del Sector Pesquero y Acuícola del Istmo Centroamericano (OSPESCA) ha suscrito a través de la SAG importantes acuerdos voluntarios y reglamentos vinculantes relacionados con la pesca INDNR:

• Política de Integración de la Pesca y Acuicultura 2015-2025. En vigor desde 1 julio 2015 • Código Ética para la Pesca y la acuicultura en los países miembros del Sistema de la

Integración Centroamericana. En vigor desde 1 julio 2012. • Reglamento OSP-01-09 del Sistema Integrado de Registro Pesquero y Acuícola

Centroamericano SIRPAC. En vigor desde 1 julio 2011. • Reglamento OSP-02-2009 y Adenda al Reglamento OSP-02-2009 para el Ordenamiento

Regional de la Pesquería de Langosta del Caribe (Panulirus argus) y Plan de Seguimiento- En vigor desde 1 julio de 2010.

• Reglamento OSP-03-2010 y Adenda para la creación e implementación de un Sistema Regional de Seguimiento y Control Satelital de embarcaciones Pesqueras de los Estados del Istmo Centroamericano. En vigor desde el 1 de julio 2010.

• Reglamento OSP-08-2014 para prevenir, desalentar y eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada en los países miembros del SICA. En vigor desde 1 de julio 2014.

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5.4 Legislación Nacional

Junto a la normativa pesquera, existen leyes conexas con atribuciones en otras instituciones del país, que contienen elementos fundamentales que previenen o desalientan la pesca INDNR, y que forman parte del fundamento y la plataforma legal que ampara el funcionamiento y potestades de la autoridad competente y demás órganos de apoyo. Esta plataforma legal es la siguiente:

a) Constitución de la República Constitución de la Republica de Honduras. 1982. Declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la Nación. Además acoge los principios de Soberanía y Jurisdicción en las zonas insulares, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental entre otras.

b) Ley General del Ambiente de 1994. Declara de interés público la protección de los recursos naturales, incluyendo la conservación y el manejo de la flora y fauna silvestre y su reglamento

c) Ley Orgánica de la Marina Mercante Nacional Decreto N° 167-94, tiene por objeto establecer el marco normativo de las actividades marítimas en general, aspectos de navegación, registro y otorgamiento de certificado de matrícula, identificación de embarcaciones, monitoreo satelital, control de zarpes, seguridad marítima, transporte y protección del medio ambiente marítimo.

d) Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas. En su Capitulo XI art. 142 se le dan atribuciones para el cumplimiento de la misión constitucional señalada a las Fuerzas Armadas, principalmente en el espacio marítimo, fluvial, lacustre y territorio insular, manteniendo la seguridad y control de las costas y fronteras marítimas y preservando los recursos del mar en las aguas territoriales, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental.

e) Ley de Espacios Marítimos. Decreto N° 177-99 define los espacios marítimos del país para velar por la conservación y explotación de los recursos naturales del medio marino.

f) Ley de Protección de Espacios Marítimos (o de Interdicción Marítima) establece las normas que regirán el control para la defensa integral del espacio insular y marítimo de Honduras, en el ejercicio de su soberanía. La normativa contiene los procedimientos de interdicción marítima que incluirán acciones de persuasión, visita, inspección, derecho de persecución, inmovilización o detención de toda embarcación propulsada o no.

5.4.1 Reglamentos y Acuerdos Nacionales

a) Acuerdo SAG Nº -001-2018 de enero del 2018. Establece las medidas de ordenamiento de las vedas varios recursos, sobre periodo de veda, tallas mínimas, arte de pesca, cantidad de nasas por barco, inventarios, entre otros.

b) Acuerdo N° 005-2001 de la DGMM. Reglamento para la implantación del Estado Rector de Puerto de 7 de noviembre del 2001.

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c) Reglamento del Sistema de Monitoreo Satelital, Control y Vigilancia de Embarcaciones (Acuerdo DGMM Nº 201-2015).

c) Acuerdo SAG- Nº 902-2015 de zonificación de las áreas de pesca de pepinos de Mar. En este se incluyen las áreas de pesca y no pesca para langosta y caracol. d) Reglamento de Instalación y Activación del Sistema de Monitoreo Satelital para Embarcaciones (Acuerdo Nº 002-2007, Gaceta Nº 31,311, de fecha 24 de mayo del 2007 27,800. Acuerdo Reforma 00768-1997; reforma el Artículo 11 gaceta Nº 28,163). En Honduras es obligatorio que todas las embarcaciones pesqueras industriales usen dispositivos de posicionamiento satelital (balizas). e) Reglamento de Transporte Marítimo (Acuerdo N° 000764, de 13 de diciembre de 1997, Gaceta N°28,438). f) Reglamento de inspección, reconocimiento y expedición de Certificados de Seguridad Marítima buques de registro hondureño (Acuerdo N° 000836-B, de 08 de noviembre de 1995). g) Regulaciones básicas para embarcaciones menores de cinco (5) toneladas (Acuerdo N° 001, de 02 de diciembre de 1998, Gaceta N° 28,730. Acuerdo Nº 283 Fe de Errata incluye los Artículos 3,4, y 5. Gaceta Nº 28,750 de fecha 26 de diciembre de 1998). h) Reglamento de Inspección y Certificación Zoosanitaria de Productos Pesqueros y Acuícolas (Acuerdo 728-2008). i) Reglamento, Sistema de Monitoreo Satelital, Control y Vigilancia de Embarcaciones Instalación y Activación de Sistema de Monitoreo Satelital para Embarcaciones (Acuerdo DGMM Nº 021-2015). En Honduras es obligatorio que todas las embarcaciones pesqueras industriales usen dispositivos de posicionamiento satelital (balizas; Gaceta 33,825 del 3 de septiembre del 2015) y el seguimiento lo hace por Ley el CIM de la DGMM. Además, se crea la unidad de Sistemas de Información Geográfica y Monitoreo de Embarcaciones Pesqueras de Honduras (SIGMEPH), a partir del año 2010 en DIGEPESCA. Esta unidad se respalda en el Reglamento OSP-03-2010 y en las responsabilidades que le confiera la Dirección. j) Acuerdo SAG-902-2015 zonificación de las áreas de pesca. Basado en el principio precautorio de la FAO, declara el cierre del área alrededor de Cayo Gorda para cualquier pesquería comercial o artesanal. Esta área comprende 10 km alrededor del cayo haciendo un total del 100 Km2 de Área de No Pesca alrededor de Cayo Gorda. l) Ordenanzas municipales: Las ordenanzas municipales o acuerdos que son normas de aplicación general dentro del término municipal, sobre asuntos de la exclusiva competencia de la Municipalidad. Aquí surgen algunas en los municipios donde se realizan actividades pesqueras (Tela, Islas de la Bahía, Omoa, Puerto Cortés, entre otros).

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6. Identificación de las principales causas que motivan a la pesca INDNR

Honduras cuenta con una nueva Ley de Pesca sin embargo esta presenta sinnúmero de inconsistencias en el articulado que limitan su correcta aplicación, debido a esta razón aún no se ha reglamentado y está bajo revisión. Entre las principales causas de pesca INDNR:

a) Debilidades en la aplicación de la normativa vigente con respecto al monitoreo, control y vigilancia de las actividades pesqueras.

b) Flota pesquera sobredimensionada. c) Ausencia de un plan de acción Nacional para disminuir y desalentar la pesca INDNR (PAN-

INDNR). d) Falta de armonización de las normas nacionales en el contexto regional. e) Falta de ética de los inspectores, desconocimiento de la legislación y los procedimientos de

inspección. f) Falta de capacitación en criterios de pesca responsable y herramientas internacionales de

pesca a inspectores de pesca, y Medidas del Estado Rector de Puerto contra la pesca INDNR (MERP)

g) Las áreas de pesca industrial de las especies de mayor valor comercial coinciden para las especies de langosta, caracol y pepinos de mar y las tres pesquerías se emplea el buceo autónomo en áreas distante de la costa, lo cual limita que por la flota industrial del país coinciden para varias especies (langosta, caracol y pepinos y escama) y su extracción se realiza muy distante de la costa, lo cual limita su adecuada supervisión y control en el mar durante la temporada de pesca y durante la veda.

h) Incursión de flotas extranjeras durante el periodo de veda y pesca en Honduras debido a la poca vigilancia en las áreas de pesca.

i) La falta de designación de puertos oficiales para la supervisión del producto pesquero previa a la descarga en muelles privados de la industria pesquera. De aplicación a la flota industrial, barcos nodrizas y artesanales de avanzada.

j) El SIGMEPH de la DIGEPESCA que da seguimiento y monitoreo de embarcaciones pesqueras industriales en las áreas de pesca y recorridos de la flota se encuentra inactivo desde el mes de abril.

k) El Departamento de Control y Fiscalización, las oficinas regionales y su cuerpo de inspectores no cuentan suficiente personal (inspectores de pesca) capacitados y entrenados para hacer cumplir las normativas y regulaciones vigentes.

l) Falta de un plan o de monitoreo, control y vigilancia tanto en tierra como en el mar. m) El registro de las estadísticas es débil y no esta sistematizado, no se cuenta con la estadística

de comunidades pesqueras alejadas pues no hay presencia de inspectores de pesca y donde los hay las visitas de supervisión no se realizan o son muy esporádicas.

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Esta situación es muy frecuente en el caso de las capturas que llegan directamente a los mercados locales, sin pasar por los centros de acopio y plantas de proceso, lo que aumenta la pesca sin reportar. La oficina de estadísticas de la DIGEPESCA no realiza ningún tipo de estimación de la pesca no registrada según el recurso pesquero.

7. Tipos de ilícitos más frecuentes a lo largo de cada eslabón de la cadena de valor y destinos

Los ilícitos más frecuentes a lo largo de la cadena de valor de la pesca ocurren en el mar y se presentan tanto en la pesca industrial como artesanal y más en las especies que tiene mejor precio en el mercado. Las principales especies objeto de pesca INDNR en aguas de la jurisdicción nacional son las pertenecientes a la flota industrial y las principales especies donde se hacen más visibles los ilícitos es en la de langosta espinosa, camarón, el caracol y pepinos, pesca de tiburones en cayos Misquitos documentándola como pesca incidental

Fig 1. Eslabones de la cadena de valor de langosta,

Principales ilícitos x el Barco en el mar:

1. Pescar Fuera del área de pesca establecido o en ANP o AMP 2. Uso de artes de pesca que no cumplen con los requerimientos de la normativa vigente Ej

(número de artes y equipos, material, equipos y métodos de pesca 3. Pescar otras especies no autorizadas por la licencia de pesca. 4. Pesca de juveniles que no cumplen con la talla minima de captura, o hembras con huevos u

otro estadio reproductivo (espermateca y langosta suave) 5. En la Bitacora de pesca no se declaran todo el volumen pescado

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6. Flota nasera no devuelve al mar las langostas fuera de talla, ovadas o en algún estadio reproductivo en estado reproductivo.

7. Incumplimiento del Reglamento de Pesca Submarina para el buceo de langosta. 8. Pescar sin licencia de pesca y documentación de identificación de los pescadores y del

barco. 9. Apagar el sistema de transmisión de las balizas. 10. Retener abordo especies juveniles que no cumplen con talla mínima de captura, o con

huevos o en otra fase y no devolverlas al mar viva en la 11. Pesca de especies protegidas (caracol, tiburones, tortugas marinas u otras) 12. Realizar trasbordos en el mar. 13. No retirar los artes del mar, produciendo una pesca fantasma

Posibles ilícitos en planta de proceso

Recepción y compra de langosta suave Empaque y exportación de colas de langosta suave combinadas. Empacar y exportar langosta que no cumplen con la talla mínima combinada o camuflada

con otras que si cumplen.

Principales ilícitos en el mercado nacional

Comercialización de langosta juvenil que no alcanza ni la talla minima en diferentes establecimientos

Además en el Caribe se realiza una pesca de pequeña escala que es mutiespecifica, predominando diferentes especies de escama, langosta, jaibas y camarones entre otros.. En Golfo de Fonseca únicamente se realiza la pesca de pequeña escala (básica) dirigida principalmente a especies de escama (lisa, robalo, curvinas, rayas, crustáceos (camarones) y algunos bivalvos (curiles, almejas, casco de burro). La pesca INDNR está más enfocada a la utilización de artes de pesca prohibidos como la bruja (camarón), el uso de dinamita entre los principales. Por otro lado las embarcaciones suelen ser capturadas por pescar en aguas del Salvador y Nicaragua.

8. Principales Especies objeto de Pesca INDNR Las especies más susceptibles a la pesca INDNR en la jurisdicción nacional son las especies marinas, de alto valor comercial que se extraen en el Caribe hondureño por una flota industrial de 236 embarcaciones y en menor proporción por una flota artesanal. Las principales especies son la langosta, camarones, caracol pala, y pepinos de mar y escama. Figura 1. Principales especies objeto de pesca INDNR

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ESPECIES TIPO PESCA ARTES DE PESCA

Langosta espinosa del Caribe P.argus Industrial artesanal

Nasa y Buceo autónomo Trasmallo, nasa,

Caracol Pala Strombus gigas Industrial Buceo autónomo Pepinos de mar Holothuria mexicana

Industrial Artesanal

Buceo autónomo y en apnea

Camarones Industrial artesanal

Red de arrastre(DET) Atarraya, suriperas

8.1 Langosta espinosa de Caribe (Panulirus argus) La pesquería de langosta espinosa (Panulirus argus) de Honduras es una de las más importantes en el Caribe y una de las más productivas en el Arrecife Mesoamericano, contribuyendo en casi un 13% del total de la producción de langosta espinosa en Latinoamérica. En las últimas diez temporadas de pesca, el valor económico anual de las exportaciones de langosta de Honduras hacia los Estados Unidos varió entre 32.5 y 53.7 millones de dólares estadounidenses. El recurso se captura principalmente en áreas de la plataforma continental (bancos de pesca)

ubicados al Noreste del Departamento de Gracias a Dios entre los 10 y 200 pies de profundidad, con barcos industriales de nasas y buzos. La flota industrial 2017-2018 estuvo compuesta de 117 barcos industriales, (89) nasas y buzos (28).

No se cuenta con un dato específico de los pescadores artesanales dedicados a la pesca de langosta, ya que la mayoria de esta es multiespecifica. Unicamente se tienen algunos datos de aquellos documentados en la AMP de Islas de la Bahía y Cayos Cochinos, que no se dedican exclusivamente a la extracción de la langosta (WWF, 2015) .

La langosta es extraida por las flotas artesanales que utilizan redes y nasas de peces para la pesca de langosta de las comunidades de Omoa y Cortes (Milla 4, Chivana, Muchilena entre otras), y por pescadores artesanales de la Moskitia entre otros.

La elevada extracción de langostas fuera de la talla legal, ovadas o en diferentes estadios reproductivos que entra al mercado local para ser comercializada se presume proviene en una buena proporción de la flota langostera buzos y nasa que ejercen la actividad y cuyo destino es para abastecer el mercado local, también por otras flotas sin permiso e inclusive flota extranjera de países vecinos.

Asimismo es muy probable que este siendo trasegada por mar o tierra intraregionalmente hacia El Salvador y Guatemala.

Se presume que el porcentaje de langosta que se comercializa en el mercado nacional en los establecimientos de venta como mercados, marisqueras, hoteles y restaurantes entre otros, proviene en su mayoría de la flota industrial langostera autorizada, así como de otras flotas con permisos para recursos como caracol o pepinos de mar dedicadas que operan principalmente utilizando el buceo autónomo.

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En 2016, WWF identifico los principales componentes que se requieren para evaluar la pesca ilegal INDNR de langosta a continuación en la figura No. 2

Fig.2. Componentes para la Evaluar la Pesca Ilegal de langosta espinosa del Caribe P.argus. de Honduras

8.2 Razones por las que se consideran INDNR La flota industrial faena en los bancos de pesca situados bien distantes de la costa con

excepción de la flota de camarón que es costera, por lo que existe muy poca vigilancia de las actividades de pesca que se realizan en mar por parte de la FNH.

Existen varias pesquerías industriales haciendo uso del mismo método de pesca el buceo autónomo (langosta, caracol y pepinos)y se conoce que un porcentaje elevado de las langostas y caracoles que se capturan por estas flotas industriales y que no reúnen la talla mínima legal ni la calidad se destinan para la venta en el mercado nacional, desde mercados, marisquería, restaurantes y hoteles y como no se realiza un programa sistematizado para las inspecciones, se puede encontrar langostas que no cumplen con talla y están en algún estadio reproductivo.

La pesca de pepinos de mar en su totalidad se destina al mercado de exportación principalmente a Hong Kong en Asia. Existen muy pocos controles, a pesar que está regulada bajo un protocolo de investigación y áreas de pesca. Hay una especie que ha desaparecido de la composición de la captura por la presión de pesca ha desaparecido de la composición de la captura y no existen medidas de ordenamiento

La pesquería de pepinos de mar la denominan como trifásica pues la especie objetivo es el pepino de mar, pero en la misma actividad extraen caracoles y langostas ilegalmente. Que son comercializadas en el mercado nacional

La pesca del King crab se realiza conjuntamente en la pesquería de langosta por medio del buceo, debería modificarse la licencia de pesca para langosta y King crab pues se pescan ambas especies dejando al King crab como especie pescada ilícitamente.

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La pesca de escama no posee mayores medidas de ordenación ni establecimiento de tallas minimas de captura.

La pesca artesanal de escama en la Mosquitia ejercida con redes hace captura incidental neonata de tiburones, especies que se encuentran protegidas por el Decreto de Santuario Bioceánico para los tiburones.

9. Propuestas

a) Implementar sistemas de trazabilidad para la pesca, el control de las embarcaciones y su ingreso a puerto, para determinar la procedencia del recurso, así como el establecimiento de medidas sancionatorias en caso de incumplimientos. Iniciando por las especies objeto de pesca INDNR (langosta, caracol, pepinos de mar)

b) Fortalecer programas de formación de inspectores para profesionalizar al personal de inspección.

c) Desarrollar mecanismos nacionales y regionales para compartir información de manera,

efectiva, sencilla y eficiente.

d) Formalizar la cooperación interinstitucional a nivel nacional entre las autoridades con competencias relacionadas al control y vigilancia de las pesquerías (Comité Interinstitucional Pesca INDNR entre DIGEPESCA, FNH y DGMM). El comité interinstitucional debe oficializarse y hacer uso de las herramientas necesarias para mantener la comunicación que permita la rápida respuesta a situaciones relacionadas a MCV.

e) Mejoramiento de los sistemas de monitoreo de embarcaciones a nivel regional como parte

de la Estrategia de Control y vigilancia contra la pesca INDNR.

f) Fortalecimiento Institucional de la DIGEPESCA, como ente rector de la pesca en Honduras y deberá gestionar la obtención de los fondos necesarios para financiar las actividades de MCV incluyendo la contratación del personal idóneo para llevar a cabo estas tareas y análisis de los datos.

g) Fortalecer las capacidades de oficiales navales y Capitanes de puerto MCV, y Acuerdos

internacionales de Pesca como, el Acuerdo MERP, Código de Conducta Pesca Responsable de FAO, y legislación pesquera.

h) Deberá trabajar fuertemente en la capacitación de oficiales navales que se involucran las

tareas de supervisión en el mar en virtud que la modernización de la institución para ejecutar

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el mandato de la nueva Ley de Pesca y Acuicultura requerirá de un gran esfuerzo por parte de la misma institución, así como de los cooperantes y colaboradores cercanos.

i) Modernización del sistema de almacenamiento, transmisión y divulgación de datos e

información, tal como el registro de la flota pesquera, zarpes, seguimiento satelital, alertas de actividad ilícita, atraque a puerto, desembarques, infracciones, decomisos y la trazabilidad de las capturas desde su origen hasta su exportación e importación. Para ello se deberá mantener una comunicación fluida de este tipo de información entre los entes gubernamentales para mejorar la aplicación de medidas de MCV realizadas conjuntamente.

j) Mejorar las bases de datos de capturas, exportaciones, importaciones, ilícitos (infracciones)

y decomisos que deberán sistematizarse y ser almacenadas en lugares que garanticen su permanencia e invariabilidad en el tiempo. La divulgación y acceso a estas bases de datos de la pesquería permitirá la colaboración y análisis por parte de los actores claves, además que hará visibles los esfuerzos realizados para prevenir y desalentar la pesca INDNR en Honduras.

k) Desarrollo de una estrategia o plan de Acción Nacional para la lucha y combate de la pesca INDNR que incluya el monitoreo (MCV), y la prevención para asegurar la sostenibilidad de los recursos pesqueros como medios de vida para las personas como fuente de alimento y empleo.

l) Un programa de observadores a bordo con el consenso colaboración del sector privado

m) La planificación ordenada que consigne un presupuesto específico para las tareas de inspección, el monitoreo, control y vigilancia (MCV) dentro del Plan Operativo por parte de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA).

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10. Referencias Bibliográficas

1. FAO. 2012. La ordenación pesquera. Las áreas marinas protegidas y la pesca. FAO Orientaciones Técnicas para la Pesca Responsable. N.° 4, Supl. 4, Roma, FAO. 2012. 220 pp. www.fao.org/3/a-i2090s.pdf

2. Flewelling, P. 1996. Introducción a las actividades de seguimiento, control y vigilancia: un instrumento para la ordenación de la pesca. FAO Documento Técnico de Pesca. No. 338. Roma, FAO. 1996. 227 http://www.fao.org/docrep/003/v4250s/V4250S03.htm#ch3

3. MRAG Américas 2012. Plan de Acción para el Proyecto de Mejoramiento Pesquero (PMP) de la Pesquería de Langosta en Honduras. https://drive.google.com/open?id=0B-3iwNNFP68vVmI1NXh5QktncEE

4. MRAG Américas, Inc. 2011. Resumen de la Pre-Evaluación de Marine Stewardship Council (MSC) para la Pesquería de Langosta Espinosa en Honduras. https://drive.google.com/open?id=0B-3iwNNFP68vX3RsUjJoNXRhdTg

5. Organización de las Naciones Unidas-ONU.(1982). La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

6. Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura -FAO. (2018). El estado mundial de la pesca y la acuicultura - Oportunidades y desafíos. Roma, Italia.

7. Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura -FAO. (2010). El estado mundial de la pesca y la acuicultura. Roma, Italia.

8. Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura -FAO. (2009). Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (MERP)

9. SICA/OSPESCA. 2011. Adenda al Reglamento OSP-02-09 para el Ordenamiento Regional de la Pesquería de la Langosta del Caribe P. argus https://drive.google.com/open?id=0B-3iwNNFP68vTjh3ZGVYX25nVEk

10. SICA/OSPESCA. 2009. Guía Práctica para la Aplicación del Reglamento OSP-02-09 y Plan de Seguimiento.

11. TNC 2011. Análisis de Vacíos de Conservación y Omisiones de Representatividad Ecológica de la Biodiversidad Marina de Hondura, Océanos, costas e islas. 105pp https://drive.google.com/open?id=0B-3iwNNFP68vUmkteHBjb0pxc0U

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12. WWF USAID-CAFTA. 2010. Hábitats críticos para la langosta espinosa.

https://drive.google.com/open?id=0B-3iwNNFP68vU3ZaS0VLTzNpZTQ

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11. ANEXOS

Anexo 1

Matriz de documentos relevantes en el tema de la pesca INDNR

No. Título del Documento Campo de acción

Tipo de instrumento Autor Año

1 Convención sobre el Derecho del Mar Internacional Convención ONU 1982

Establece un orden jurídico para los mares y océanos que facilite la comunicación internacional y promueva los usos con fines pacíficos de los mares y océanos, la utilización equitativa y eficiente de sus recursos, el estudio, la protección y la preservación del medio marino y la conservación de sus recursos vivos

2 Código de Conducta para la Pesca Responsable Internacional Código FAO 1993

Establece los principios, de conformidad con las normas del derecho internacional pertinentes, para que la pesca y las actividades relacionadas con la pesca se lleven a cabo de forma responsable, teniendo en cuenta todos los aspectos biológicos, tecnológicos, económicos, sociales, ambientales y comerciales pertinentes; establecer principios y criterios para elaborar y aplicar políticas nacionales encaminadas a la conservación de los recursos pesqueros y a la ordenación y desarrollo de la pesca de forma responsable; servir como instrumento de referencia para ayudar a los Estados a establecer o mejorar el marco jurídico e institucional necesario para el ejercicio de la pesca responsable y a formular y aplicar las medidas apropiadas;

3 Acuerdo de Peces Transzonales y Altamente Migratorios Internacional Acuerdo ONU 1995

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Régimen jurídico amplio para la conservación a largo plazo y el aprovechamiento sostenible de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios.

4 Plan de Acción Internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no Declarada y no reglamentada (PAI-INDNR) Internacional Plan FAO 2001

Es un instrumento voluntario que establece las responsabilidades de todos los Estados, las responsabilidades de los Estados del pabellón en cuanto a las medidas relativas a los Estados ribereños, las medidas relativas al estado rector del puerto, las medidas comerciales convenidas internacionalmente, la investigación y las organizaciones regionales de ordenación pesquera.

5

Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada Internacional

Acuerdo Internacional FAO 2009

Las medidas del Estado rector del puerto (MEP) son los requisitos establecidos o las intervenciones que llevan a cabo estos estados y que los barcos pesqueros extranjeros deben cumplir o a los que están sujetos, como condición para el uso de los puertos de ese estado

6 Reglamento OSP-01-09 del Sistema Integrado de Registro Pesquero y Acuícola Centroamericano SIRPAC Regional Reglamento OSPESCA 2009

7

Reglamento OSP-03-2010 para la creación e implementación de un Sistema Regional de Seguimiento y Control Satelital de embarcaciones Pesqueras de los Estados del Istmo Centroamericano Regional Reglamento OSPESCA 2010

Es un reglamento aplicable de conformidad con la legislación de cada Estado, a las embarcaciones que se dedican a la pesca, que están debidamente autorizadas por el Estado respectivo y que deban instalar el sistema de seguimiento y control satelital

8 Adenda al Reglamento OSP-02-09 para el Ordenamiento Regional de la Pesquería de la Langosta del Caribe (Panulirus argus)

Regional Reglamento OSPESCA 2011

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Este documento refleja la aprobación de la Adenda al Reglamento OSP-02-09 donde se amplía hasta por dos años, contados a partir del 1 de julio del 2011, el plazo para la suspensión del buceo autónomo para la pesca de la langosta del Caribe.

9

Adenda al Reglamento OSP 03-10 para la Creación e Implementación Gradual de un Sistema Regional de Seguimiento y Control Satelital de Embarcaciones Pesqueras de los Estados del Istmo Centroamericano

Regional Reglamento OSPESCA 2011

Declara la ampliación del período de implementación total del Reglamento por dos años, contados a partir de la fecha de la firma de esta Resolución (27 de abril del 2011).

10 Código de Ética para la Pesca y Acuicultura Responsable en los Estados de Istmo Centroamericano Regional Código OSPESCA 2011

Tiene una naturaleza de aplicación voluntaria en todos los Estados del Istmo Centroamericano, cuyo objeto es servir como marco de referencia para el proceso de armonización de la normativa y actualización de las legislaciones nacionales, dentro de los lineamientos del Sistema de la Integración Centroamericana en materia de pesca y acuicultura.

11

Guía Práctica para la Aplicación del Reglamento OSP-02-09 para el Ordenamiento Regional de la Pesquería de la Langosta del Caribe (Panulirus argus) y Plan de Seguimiento Regional Guía OSPESCA 2012

Este manual propone una metodología única para que se pueda estandarizar la colecta de información en toda la región centroamericana, basada en los lineamientos establecidos en el Reglamento OSP-02-09 de OSPESCA

12 Plan de Manejo Regional de la Pesquería de la Langosta Espinosa del Caribe (Panulirus argus) Regional Plan OSPESCA 2012

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Viene a fortalecer el Reglamento OSP-02-09 y establece condiciones para un entendimiento con los países participantes en el CLME. Capitaliza aportes valiosos del mismo proyecto como los Planes de Manejo Locales realizados para Belice, Honduras y Panamá y la Determinación de los Actores Claves de alcance Regional.

13

Reglamento Regional para Prevenir, Desalentar y Eliminar la pesca ilegal, No Declarada y No Reglamentada en los países miembros del SICA Regional Reglamento OSPESCA 2014

Tiene como objeto fomentar la adopción de disposiciones armónicas orientadas a prevenir, desalentar y eliminar la Pesca INDNR, estableciendo normativas y planes de acción regionales, basados en el modelo de gobernanza de OSPESCA en el marco del SICA.

14 Política de Integración de Pesca y Acuicultura 2015-2025 Regional Política OSPESCA 2015

Fortalece el marco de coordinación y armonización dentro del Sistema de la Integración Centroamericana para lograr asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos y de la acuicultura.

15 Constitución de la Republica de Honduras

Nacional Constitución Gobierno de Honduras 1982

Declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la Nación. Además acoge los principios de Soberanía y Jurisdicción en las zonas insulares, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental entre otras.

16 Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas de Honduras Nacional Ley Gobierno de Honduras 1984

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La Fuerza Naval contribuye al cumplimiento de la misión constitucional señalada a las Fuerzas Armadas, principalmente en el espacio marítimo, fluvial, lacustre y territorio insular, manteniendo la seguridad y control de las costas y fronteras marítimas y preservando los recursos del mar en las aguas territoriales, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental.

17 Ley General del Ambiente Nacional Ley Gobierno de Honduras 1993

Declara de interés público la protección de los recursos naturales, incluyendo la conservación y el manejo de la flora y fauna silvestre y su reglamento

18 Ley Orgánica de la Marina Mercante Nacional Nacional Ley Gobierno de Honduras 1994

Tiene por objeto establecer el marco normativo de la Marina Mercante Nacional y, en general, de las actividades marítimas, regular la administración a la que estará sujeta y estatuir las normas sobre seguridad marítima y protección del medio ambiente marítimo.

19 Ley de los Espacios Marítimos de Honduras

Nacional Ley Gobierno de Honduras 1999

Regula los espacios marítimos del país, clasificándolos y estableciendo los tipos de actividades que se pueden dar en ellos.

20 Reglamento de Pesca y Acuicultura

Nacional Reglamento Gobierno de Honduras 2001

Dicta las normas específicas en función del tipo de flota, licenciamiento pesquero, áreas de pesca, artes de pesca, numero de aperos, como se debe entregar la información de las capturas, sobre la inspección y la fiscalización, las cuotas de pesca, derechos y obligaciones de los pescadores, cooperación interinstitucional, de igual manera la tipificación de infracciones, el marco sancionatorio, y los procedimientos administrativos

21 Ley especial de las áreas protegidas de las Islas de la Bahía

Nacional Ley Gobierno de Honduras/SERNA

2010

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Crea el Parque Nacional Port Royal y el Refugio de Vida Silvestre Turtle Harbour ubicados en las Islas de la Bahía como parte integrante del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras.

22 Manual para Inspectores de Pesca de la Dirección General de Pesca y Acuicultura

Nacional Manual USAID-SAG 2011

Herramienta guía en la formación de inspectores de pesca, orientando y brindando mayor conocimiento técnico y jurídico que ayude a llevar a cabo los procesos de control y vigilancia de los recursos pesqueros del país.

23 Plan de Gestión para el Manejo del Sitio de Importancia Vida Silvestre Banco Cordelia en el Parque Nacional Marino de Islas para la de la Bahía

Nacional Plan ICF 2013

El Sitio de Importancia para la Vida Silvestre de Banco Cordelia es un sitio excepcional y tiene una extensión aproximada de 1700 hectáreas, e incluye cuatro bancos coralinos (Daring Shoal, Banco Cordelia, Banco Smith y Big Key), esta área es una muestra significativa de la biodiversidad del ecosistema de Arrecife Mesoamericano.

24 Plan de Manejo en el Monumento Natural Marino Archipiélago Cayos Cochinos, Honduras 2014-2025

Nacional Plan de Manejo Comité para la Restauración, Protección y Manejo

Sostenible del Monumento Natural Marino Archipiélago

Cayos Cochinos

2014

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El Plan de Manejo está estructurado de tal manera que lleve a cumplir los propósitos siguientes: a) conservar muestras representativas de la biodiversidad marina y terrestre, principalmente arrecifes coralinos, sitios de agregación y ecosistemas insulares, y b) para respetar el modo de vida y costumbres de las comunidades locales y particularmente de los garífunas,

25 Reglamento del Sistema de Monitoreo Satelital, Control y Vigilancia de Embarcaciones Nacional Reglamento DGMM 2015

Norma el funcionamiento y el procedimiento por medio del cual es desarrollado en Honduras el monitoreo, control y vigilancia de los buques utilizando el seguimiento satelital y de las compañías que prestan el servicio de balizas.

26 Ley de Protección de Espacios Marítimos (o de Interdicción Marítima) Nacional Ley Gobierno de Honduras 2015

Establece las normas que regirán el control para la defensa integral del espacio insular y marítimo de Honduras, en el ejercicio de su soberanía. La normativa contiene los procedimientos de interdicción marítima que incluirán acciones de persuasión, visita, inspección, derecho de persecución, inmovilización o detención de toda embarcación propulsada o no.

27 Acuerdo Veda de Langosta Nacional Acuerdo

Ministerial SAG 2015

Establece las medidas de ordenamiento de langosta sobre periodo de veda, tallas mínimas, arte de pesca, cantidad de nasas por barco inventarios etc. De adopción nacional conforme al “Reglamento OSP-02-09, sus reformas y adendas, para el Ordenamiento Regional de la Pesquería de la Langosta del Caribe (Panulirus argus).

28 Acuerdo zonificación de las áreas de pesca de pepinos de Mar Nacional Acuerdo

Ministerial SAG 2015

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En este se incluyen las áreas de pesca y no pesca para langosta y caracol.

29 Acuerdo Reglamento del Sistema de Monitoreo Satelital, Control y Vigilancia de Embarcaciones

Nacional Acuerdo Ministerial

Gobierno de Honduras/DGMM

2015

Norma el funcionamiento y el procedimiento por medio del cual es desarrollado en Honduras el monitoreo, control y vigilancia de los buques utilizando el seguimiento satelital y de las compañías que prestan el servicio de balizas.

30 Reglamento de Inspección y Certificación Zoosanitaria de Productos Pesqueros y Acuícolas

Nacional Acuerdo Ejecutivo Gobierno de Honduras 2000

Establece las normas bajo las cuales se rigen todos los procedimientos de inocuidad y tecnología d los productos de la pesca y la acuicultura

31 Acuerdo Reducción Flota Pesquera Nacional Acuerdo

Ministerial SAG 2015

Objeto de Reducción de la flota pesquera industrial de 350 a 239 cupos de pesca. Derogando Acuerdos Nº 1093-2011, Nº72-2012, Nº 483-2006 inciso cuarto.

32 Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional de la Pesca Submarina Nacional Acuerdo Ejecutivo SAG 2000

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Establece las normas que regirán la aplicación del Título V y demás disposiciones contenidas en el Código del Trabajo, sobre la protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo de la pesca submarina; sin perjuicio de otros reglamentos, normas, decretos u otras disposiciones que emita el poder Ejecutivo

33 Reglamento de Transporte Marítimo. Nacional Reglamento DGMM 2015

Tiene por objeto determinar el marco legal por medio del cual se desarrollarán en nuestro país la navegación de embarcación de placer y en general los servicios de transporte marítimos regulares a efecto de hacerlos más eficaces con relación a la seguridad marítima y a la protección del medio marino y que permitan atender las necesidades de cada tráfico, garantizando un equilibrio entre los intereses de los proveedores de los transportes y los intereses de los usuarios de tales servicios con la consecuente promoción del comercio nacional e internacional del país.

34 Propuesta de Diseño Evaluación de la Pesca INDNR de langosta espinosa en Honduras https://docs.google.com Nacional

Modelo para Estimar Pesca

INDNR DIGEPESCA 2016

Tiene como propósito facilitar una herramienta a la DIGEPESCA que le permita hacer estimaciones de la de un modelo para evaluarla pesca INDNR de la langosta espinosa de Honduras.

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Pesca Comercial Honduras tiene una superficie territorial de 112,492 km cuadrados, con una longitud en la costa caribeña de 680 km. Es uno de los países con mayor importancia en la actividad pesquera en la región de Caribe y de Centroamérica, ocupa el segundo lugar en extensión territorial de la región, además cuenta con una plataforma continental en el Caribe de 53,500 km cuadrados (ZEE) (Morales, 2007). En el Caribe hondureño se desarrolla la pesca industrial de las pesquerías tradicionales de mayor valor comercial (camarón, langosta, caracol, escama (pargos, meros entre otras), y más recientemente una pesquería dirigida a los pepinos de mar que además se realiza con una flota de categorizada como de avanzada que se destinan los productos al asiático mercado de exportación. Además en el Caribe se realiza una pesca de pequeña escala que es mutiespecifica, predominando las especies de escama, pero además se realiza la pesca de medusas y pepinos de mar. En Golfo de Fonseca únicamente se realiza la pesca de pequeña escala (básica) dirigida principalmente a especies de escama (lisa, robalo, curvinas, rayas, crustáceos (camarones) y algunos bivalvos (curiles, almejas, casco de burro).

Pesca Industrial

La pesca industrial constituye uno de los principales rubros de exportación del país se realiza en aguas jurisdiccionales y en límite de la franja costera.

Está compuesta por una flota de 236 embarcaciones (Ver Tabla 1. Fuente: DIGEPESCA, Depto. Estadísticas) dirigidas a especies objetivo de langosta, camarones (rosado, café y blanco), caracol pala, escama y pepinos de mar cuyo principal mercado son los Estados Unidos, a excepción de los pepinos de mar. Este tipo de pesca se desarrolla en aguas jurisdiccionales únicamente en el Caribe. La flota más grande está compuesta por la flota langostera con 116 embarcaciones.

La actividades de pesca industrial están dirigidas a las especies langosta espinosa del Caribe, caracol pala, camarones rosado, café y blanco, escama

(pargos, meros y otros) cuyo principal mercado es el de los Estados Unidos. Tabla 1. Flota pesquera industrial por temporada de pesca

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Cabe resaltar que el esfuerzo industrial en el Caribe ha venido en ascenso en las ultimas 4 temporadas de pesca principalmente en la actividad de

langosta, al ingreso de toda la flota caracoera y la nueva pesquería de pepinos de mar. Aun y cuando en el 2007 se redujo el área de pesca por Sentencia de la Corte Internacional de Justicia de la Haya, sumado altos costos de combustible, disminución de rentabilidades manifestadas, exclusión de flota por ilegalidades, incautaciones por narcotráfico, entre otras esta flota se incrementa.

Es importante mencionar que la reducción de área de mar obligo a la industria pesquera a obtener permisos de pesca en aguas extranjeras principalmente en la actividad de langosta en Nicaragua, Colombia y Belice, y ocasionalmente en aguas jurisdiccionales de Jamaica.

Pesca de Pequeña Escala . La pesca de pequeña escala (artesanal) marina se desarrolla en el Golfo de Fonseca y el Caribe con medios básicos de producción: lanchas de madera o

fibra de vidrio de 10 a 30 m de eslora; con motores fuera de borda de diferente potencia que van desde 15, 25, 40 o 75 HP, en algunos casos hasta de 100 hp. Este tipo de pesca se realiza con diferentes aparejos según la especie objetivo tales como: redes, líneas de mano, trampas y en algunos casos con tanques buceo.

Según datos de la Encuesta Estructural de la Pesca Artesanal y la Acuicultura en Centroamérica 2009-20111, en Honduras hay 21, 250 pescadores artesanales (26% en el Caribe, 52% en el Golfo de Fonseca y 22% en aguas continentales).

1 OSPESCA. Informe final en Prensa. Encuesta Estructural de la Pesca Artesanal.2011

2008-2009 2382009-2010 2162010-2011 2122011-2012 2332012-2013 2152013-2014 2192014-2015 189

2015-2016 2302016-2017 2352017-2018 236

TEMPORADASNo. DE

EMBARCACIONES

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Las embarcaciones de pequeña escala tienen una imitada autonomía para salir a pescar distantes de la costa, las faenas duran entre seis y 12 horas diarias aunque la mayoría de las embarcaciones tienen autonomía hasta de tres días.

Este sector enfrenta problemas tanto en el Golfo de Fonseca como en la zona costera del Caribe por la sobrepesca, el uso de aparejos ilícitos, los efectos del cambio climático y de los fenómenos naturales que cambian la dinámica de los recursos2.

En el caso de la pesca continental que es la que se realiza en los cuerpos de agua dulce o cuerpos de aguas continentales (CAC’s) de Honduras, los más representativos son: El Lago de Yojoa y la Represa Hidroeléctrica Francisco Morazán “El Cajón. De acuerdo a los datos aportados por el PREPAC (2005) en aguas continentales de Honduras, existe un total aproximado de 111 comunidades pesqueras y unos 3,775 pescadores.

La infraestructura pesquera de la pesca de pequeña escala es prácticamente inexistente y se estima que el 90% aproximadamente de los desembarques se realizan a las orillas de los CAC’s sin ningún tipo de construcción especializada y sin los servicios básicos, lo que influye en el proceso de comercialización y control higiénico–sanitario, en la mayoría de los casos este producto es destinado para la venta en el mercado local, en los poblados y ciudades cercanas, generalmente para el consumo doméstico.

Principales Especies Objetivo de Pesca INDNR

El aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros requiere de asegurar la implementación de medidas de gestión y participación comprometida de los actores claves y las autoridades responsables en la aplicación de la Ley. Estas medidas no son efectivas o suficientes, si su ejecución no está acompañada de mecanismos efectivos de monitoreo, seguimiento, control y vigilancia (MCV).

El objetivo primordial de estos mecanismos es la verificación del cumplimiento de la normatividad pesquera para garantizar una verdadera gestión sostenible de las pesquerías y de la aplicación de sanciones cuando exista incumplimiento.

Algunos ejemplos de estos mecanismos son el registro y monitoreo satelital de embarcaciones, el otorgamiento de licencias, el control y la vigilancia en el mar durante las vedas y temporada de pesca y en los puertos de desembarque y las inspecciones permanentes en los sitios de comercialización, además de presencia ocasional de observadores a bordo. Adicionalmente, la recolección de la información obtenida de los procesos de seguimiento y monitoreo, y de las inspecciones debe proporcionar elementos para la estimación de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) en torno a la eficacia de las regulaciones y sistemas de manejo vigentes.

2 FAO. Contribución de la Pesca y la Acuicultura Centroamericana.2013

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La efectividad de los mecanismos de monitoreo, control y vigilancia varía de acuerdo con la normativa a implementarse, la severidad de las sanciones, la capacidad institucional y el nivel de organización de las autoridades encargadas de esas actividades, además de la disponibilidad de tecnología y recursos con que cuentan las autoridades de control. Las autoridades deben formalizar los mecanismos para la aplicación de la ley y normativa a través de actividades de control que permitan sancionar a los infractores, y con ello desalentar las actividades ilegales. De nada sirve tener legislación y medidas de regulación bien definidas, si no se cuenta con las medidas adecuadas y efectivas para ejercer el monitoreo y vigilancia. Aunque en general se está consciente de esta situación, los niveles de cumplimiento de las regulaciones son bajos.

Bajo el contexto anterior, los principales recursos pesqueros de Honduras, se caracterizan por el sobre-capacidad de la flota industrial y artesanal, la elevada incidencia de prácticas de pesca ilegales que no se encuentra documentadas o que no se declaran,

Entre las principales especies objeto de pesca INDNR están: Langosta espinosa del Caribe, Caracol rosado o pala, especies de escama, tiburones, y pepinos demar

Pepinos de mar

Especies Estas incluyen principalmente la extracción excesiva de langostas por debajo de la talla mínima, hembras ovadas, y la pesca furtiva, la pesca furtiva de pepinos de mar y su venta fuer de pepinos de mar y su venta en los cayos msquitos nicaragüenses. Sin embargo, no se cuenta actualmente con una estimación precisa de ese porcentaje de capturas ilegales, de las embarcaciones sin permiso, embarcaciones faenando en áreas marinas protegidas y de capturas no declaradas y no reglamentadas. Asimismo, se desconoce la fracción de producto ilícito que se consume en el mercado local por la debilidad en las inspecciones, existiendo la percepción entre los actores clave de la pesquería que la cantidad es elevada y en su mayoría corresponde a langostas ilegales que están por debajo de la talla permitida.

Especies en el Caribe: La principales especies objeto de pesca INDNR en el Caribe están dirigidas a las especies de alto valor de mercado o comerciales como son: la langosta espinosa del Caribe (Panulirus argus), caracol pala o rosado (Strombus gigas), camarones (rosado,café y blanco) especies de escama (pargos y meros), y pepinos de mar de la familia Holothuridae. La especie más susceptible de pesca ilegal en el Caribe es la langosta espinosa. Entre las razones principales:

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• Otras flotas industriales pueden extraerla pues recorren los mismos bancos de pesca. • Su alto precio en el mercado. • Incursiones de flotas extranjeras para su captura en el Caribe. • Flota industrial de caracol y pepinos la extraen mediante el método de buceo y en el mismo periodo que la temporada de langosta. • La flota de nasa también la captura y el remanente de langostas • Captura de langostas juveniles por debajo de la talla legal establecida tanto por la flota industrial como por las flotas artesanales a lo largo de la Costa

del Caribe y en los bancos de pesca tanto por la flota buzo como la flota nasera. • Utilización de nasas en mayor volumen que lo que establece la normativa • • Las áreas de pesca coinciden con , pero principalmente por las flotas industriales

Es importante resaltar que de estas la langosta es la mas susceptible a las actividades INDNR tanto por flotas artesanales como industriales. la de mayor valor recae sobre la langosta por lo que las embarcaciones tanto industriales como artesanales Las mas susceptibles son la langosta y el caracol pala, en virtud que su extracción por parte de la flota dnas áreas de pesca se comparten en el C De las especies antes

2008-2009 2382009-2010 2162010-2011 2122011-2012 2332012-2013 2152013-2014 2192014-2015 189

2015-2016 2302016-2017 2352017-2018 236

TEMPORADASNo. DE

EMBARCACIONES

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orientados a los siguientes recursos:

Langosta espinosa del Caribe (P argus), seguido del caracol pala (Strombus gigas), camarones (rosado, café y blanco), escama (Lutjanidaes pargos, meros etc) cuyo principal mercado es el de los Estados Unidos. Sin embargo luego de que Honduras poseía una flota sobredimensionada (FAO, 2007), principalmente en la actividad de langosta, y que sumado a menos área de pesca, y disminución de sus rentabilidades y rendimientos motivo a la industria a obtener permisos de pesca en aguas extranjeras principalmente en Nicaragua, Colombia y Belice, y ocasionalmente en aguas jurisdiccionales de Jamaica y estas embarcaciones únicamente regresan a Honduras al final de las temporada de pesca a dique para reparaciones y aprovisionamiento antes de zarpar nuevamente.

Langosta espinosa del Caribe (Panulirus argus) Pesca industrial de langosta: La langosta espinosa del Caribe es el recurso de mayo valor comercial y más importante del país. Se captura de manera industrial con nasas de madera y buceo autónomo y está regulada a través de la Ley de Pesca y mediante Acuerdos ministeriales que incluyen las medidas de ordenación que se enmarcan en el reglamento regional vinculante OSP-02-09 de OSPESCA y sus adendas.

La flota pesquera de langosta que faena en aguas jurisdiccionales esta de XXXXXXX divididos en 38 barcos buzos y XXXXXXnasa. . A partir del año 2011 se ha aumentado el esfuerzo industrial principalmente hacia una nueva pesquería de pepinos de mar que cuenta con 6 embarcaciones

y cuyo mercado principal es el asiático. Principales puertos Los principales puertos pesqueros bases de operación de la flota industrial se encuentran en las Islas de La Bahía en muelles privados de los dueños de barcos ubicados en (Oak Ridge, Jonsville y French Harbor), en muelles privados de La Ceiba, en La Mosquitia (Puerto Lempira) donde se localizan las plantas de procesamiento para exportación. Muy ocasionalmente se trabaja en los muelles públicos o estatales.

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Zonas de Pesca por recurso Zona de Camarón: La captura de camarón se realiza a lo largo de la franja costera desde Cabo Camarón hasta el Cabo de Gracias a Dios en el paralelo 14º 59’ 08” N (frontera con Nicaragua) a profundidades que van desde los 30 a los 180 pies. Zona de Langosta, caracol, escama y pepinos de mar La captura de Langosta, Caracol y escama se realiza en los bancos pesqueros de Rosalinda, Cayo Gorda, Thunder Knoll, Media Luna, Oneida y Arrecife Lagarto, localizados al norte del paralelo XXXXXXXX según sentencia de la Corte Internacional de Justicia de la Haya 2007. (frontera con Nicaragua), hasta el banco de Serranía (frontera marítima con Colombia) así como los bancos de Misteriosa y El Rosario al norte de las Islas del Cisne.

IDENTIFICACIÓN DE LAS CAUSAS QUE MOTIVAN LA PESCA INDNR EN LAS AGUAS JURISDICCIONALES Y COMUNIDADES PESQUERAS

La Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA) es la dependencia tecnica adscrita a la Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganaderia (SAG) responsable de ejecucion de las politicas, estrategias, y planes de ordenamiento pesquero y acuicola del pais en cada una de sus fases. Su objetivo principal es el fomento del aprovechamiento racional y el desarrollo sostenible de la actividad pesquera y acuicola de pais. Esto incluye la elaboracion del Plan Nacional de Ordenamiento Pesquero y Acuicola Nacional (POPA) y los instrumentos que deriven de este, tales como planes de manejo, las regulaciones para la investigaciones, la extraccion, el monitoreo, control y vigilancia (MCV), cultivo entre otros.3

3 Ley de Pesca y Acuicultura Decreto No.106-2015

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En este contexto uno de los grandes retos de la administracion pesquera de Honduras es contar con informacion que permita contribuir al manejo sostenibe de los recursos pesqueros del pais a largo plazo, que pueda asegurar medios de vida sostenibles para las personas que dependen de ellos como fuente de alimento y empleo bajo principios de pesca responsable.

El aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros requiere de asegurar la implementación de medidas de gestión y participación comprometida

de los actores claves y las autoridades responsables de aplicar la Ley. Estas medidas no son efectivas o suficientes, si su ejecución no está acompañada de mecanismos efectivos de monitoreo, seguimiento, control y vigilancia.

El objetivo primordial de estos mecanismos es la verificación del cumplimiento de la normatividad pesquera para garantizar una verdadera gestión sostenible de las pesquerías y de la aplicación de sanciones cuando exista incumplimiento. Algunos ejemplos de estos mecanismos son el registro y monitoreo satelital de embarcaciones, el otorgamiento de licencias, el control y la vigilancia en el mar durante las vedas y temporada de pesca y en los puertos de desembarque y las inspecciones permanentes en los sitios de comercialización, además de presencia ocasional de observadores a bordo. Adicionalmente, la recolección de la información obtenida de los procesos de seguimiento y monitoreo, y de las inspecciones debe proporcionar elementos para la estimación de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) en torno a la eficacia de las regulaciones y sistemas de manejo vigentes.

La efectividad de los mecanismos de monitoreo, control y vigilancia varía de acuerdo con la normativa a implementarse, la severidad de las sanciones, la capacidad institucional y el nivel de organización de las autoridades encargadas de esas actividades, además de la disponibilidad de tecnología y recursos con que cuentan las autoridades de control. Las autoridades deben formalizar los mecanismos para la aplicación de la ley y normativa a través de actividades de control que permitan sancionar a los infractores, y con ello desalentar las actividades ilegales. De nada sirve tener legislación y medidas de regulación bien definidas, si no se cuenta con las medidas adecuadas y efectivas para ejercer el monitoreo y vigilancia. Aunque en general se está consciente de esta situación, los niveles de cumplimiento de las regulaciones son bajos.

Bajo el contexto anterior, los principales recursos pesqueros de Honduras, se caracterizan por la sobre-capacidad de la flota industrial y artesanal, la elevada incidencia de prácticas de pesca ilegales que no se encuentra documentadas o que no se declaran.

Estas incluyen principalmente la extracción excesiva de langostas por debajo de la talla mínima, hembras ovadas, y la pesca furtiva. Sin embargo, no se cuenta actualmente con una estimación precisa de ese porcentaje de capturas ilegales, de las embarcaciones sin permiso, embarcaciones faenando en áreas marinas protegidas y de capturas no declaradas y no reglamentadas. Asimismo, se desconoce la fracción de producto ilícito que se consume en el mercado local por la debilidad en las inspecciones, existiendo la percepción entre actores claves de la en las distintas pesquerías pesquería que las cantidades son elevadas y en su mayoría corresponden a langostas ilegales que están por debajo de la talla permitida.

Por la relevancia social y económica y la importancia de la pesquería de langosta para Honduras, se hace necesaria la implementación y formalización de un Plan Nacional para la prevención y el monitoreo de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) de langosta espinosa que se enmarque en los principales mecanismos de monitoreo, control y vigilancia.

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Este diagnóstico es gracias al acuerdo es parte de la asistencia técnica del Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) para contribuir con los avances de las actividades contempladas en el Plan de Acción para el Proyecto de Mejoramiento Pesquero (PMP) de la Pesquería de Langosta espinosa del Caribe de Honduras con la modalidad de pesca con nasas. En este, se identificó la pesca ilegal de la langosta como un tema prioritario.

El Plan Nacional propuesto en este documento desarrolla un marco referencial, con las principales herramientas y actividades que deben implementarse para el efectivo monitoreo, control y vigilancia necesarios para prevenir y desalentar la pesca INDNR de langosta espinosa Panulirus. argus en forma permanente. Lo anterior, de manera tal que puedan incidir en mejores prácticas de pesca, y por ende en la disminución de la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (INDNR) de langosta. En este sentido la efectividad del plan está condicionado a la evaluación del cumplimiento de las regulaciones pesqueras y al fortalecimiento de las estructuras y coordinación de las autoridades, las capacidades institucionales, la coordinación con otros actores, la aplicación de sanciones y la voluntad de formalizar la recolección de datos por parte de la institución rectora de la pesca.

Asimismo, a través del monitoreo se identifican las fases de la cadena productiva desde la captura, el desembarque, el transporte, el procesamiento y la venta de productos pesqueros. También se identifica la necesidad de una planificación para la asignación de presupuestos específicos para inspección en coordinación y en alianzas estratégicas con organizaciones de apoyo de la sociedad civil en las Áreas Marinas Protegidas, y complementar las labores de vigilancia y patrullajes en el mar, control de los zarpes, seguimiento y la rectoría en los puertos principales de desembarque de la flota langostera. Los ejes operativos del plan lo constituyen el sistema de monitoreo, control y vigilancia (MCV), compuesto por las inspecciones en establecimientos y sitios de comercialización (restaurantes, supermercados, hoteles, mercados, plantas de proceso ), puertos de desembarque, del seguimiento de embarcaciones realizado por la DIGEPESCA, el monitoreo satelital que realiza la Dirección General de Marina Mercante de Honduras (DGMM) a través del Centro de Información Marítima (CIM) y como rector de puertos, y el patrullaje que realiza la Fuerza Naval en los bancos de pesca y en las Áreas Marinas Protegidas.

Es de esa cuenta que se también se concluye que existe una necesidad de tipificar y aplicar sanciones correspondientes según el tipo de infraccion cometida que permita desalentar que se comentan las mismas por las diferentes flotas. De igual manera se hace necesario sis sistematizar la colecta de datos por parte de la institución rectora de la pesca.

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Propuestas Nacionales

• Desarrollo de una estrategia o plan de Acción Nacional para la lucha y combate de la pesca INDNR que incluya el monitoreo (MCV), y la prevención para asegurar la sostenibilidad de los recursos pesqueros como medios de vida para las personas como fuente de alimento y empleo.

• Un sistema de trazabilidad en todos los eslabones de la cadena productiva (desde la captura, el transporte, el desembarque, el procesamiento y la venta (comercialización externa o interna) de los principales pesquerías y productos pesqueros para garantizar la procedencia y origen legal de las capturas.

• Un programa de observadores a bordo con el concenso del sector privado • de las principales pesquerías con que cuenta el país tanto a nivel industrial como artesanal y de pequeña escala , desde tanto

de las pesquerías industriales y artesanales desde la captura, el desembarque, el transporte, el procesamiento y la venta de productos pesqueros que permiten garantizar el origen legal de pesca.

• La planificación ordenada que consigne un presupuesto específico para las tareas de inspección, el monitoreo, control y vigilancia (MCV) dentro del Plan Operativo por parte de la Dirección General de Pesca y Acuicutura (DIGEPESCA).

Finamente se constata que no existe una estrategia o Plan Nacional contra la pesca INDNR en el paisIDe esa cuenta se ha identificado que el monitoreo en los distintos eslabones de la cadena productiva de las principales pesquerías q. También se identifica la necesidad de una planificación para la asignación de presupuestos específicos para inspección en coordinación y en alianzas estratégicas con organizaciones de apoyo de la sociedad civil en las Áreas Marinas Protegidas, y complementar las labores de vigilancia y patrullajes en el mar, control de los zarpes, seguimiento y la rectoría en los puertos principales de desembarque de la flota langostera. Los ejes operativos del plan lo constituyen el sistema de monitoreo, control y vigilancia (MCV), compuesto por las inspecciones en establecimientos y sitios de comercialización (restaurantes, supermercados, hoteles, mercados, plantas de proceso ), puertos de desembarque, del seguimiento de embarcaciones realizado por la DIGEPESCA, el monitoreo satelital

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que realiza la Dirección General de Marina Mercante de Honduras (DGMM) a través del Centro de Información Marítima (CIM) y como rector de puertos, y el patrullaje que realiza la Fuerza Naval en los bancos de pesca y en las Áreas Marinas Protegidas.

− Identificación de causas que motivan la Pesca INDNR en las aguas jurisdiccionales y comunidades pesqueras. Tipos de ilícitos más frecuentes a lo largo de cada eslabón de la cadena de valor .

− Identificación de posibles vacíos en la legislación y políticas sectoriales. Principales especies objetivo y razón por las que la Pesca INDNR las considera como tales .

− Principales destinos de las especies objeto de la Pesca INDNR (mercados, auto consumo, u otras formas de uso).

− Propuestas nacionales que permita hacer frente de manera eficiente y eficaz a la Pesca INDNR. Identificación de causas que motivan la Pesca INDNR en las aguas jurisdiccionales y comunidades pesqueras.

Tipos de ilícitos más frecuentes a lo largo de cada eslabón de la cadena de valor.

Políticas y legislación pertinente en el país en materia de Pesca INDNR.

Identificación de posibles vacíos en la legislación y políticas sectoriales.

Principales especies objetivo y razón por las que la Pesca INDNR las considera como tales.

Principales destinos de las especies objeto de la Pesca INDNR (mercados, auto consumo, u otras formas de uso).

Propuestas nacionales que permita hacer frente de manera eficiente y eficaz a la Pesca INDNR.