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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División Auditoría Administrativa Área Administración General y Defensa Nacional Informe Final Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. Fecha: 5 de agosto de 2010. Informe N°: 83/10

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

División Auditoría Administrativa Área Administración General y Defensa Nacional

Informe Final Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.

Fecha: 5 de agosto de 2010. Informe N°: 83/10

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Saluda atentamente a Ud.,

POR ORDEN DEL CONTRALOR GENERAL

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN AUDITORÍA ADMINISTRATIVA

ÁREA ADMINISTRACIÓN GENERAL Y DEFENSA NACIONAL

DAA. N°721 /2010 Remite Informe Final N° 83 de 2010, sobre auditoría efectuada en la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.

SANTIAGO, 0 5 AGD 1 O * 1214

Cumplo con enviar a Ud. para su conocimiento y fines pertinentes, copia del Informe Final N° 83 de 2010, con el resultado de la auditoría practicada por una funcionaria de esta División, en la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, relacionada con los gastos para la emergencia post terremoto.

Sobre el particular, corresponde que ese Servicio implemente las medidas señaladas, cuya efectividad, conforme a las políticas de esta Contraloría General sobre seguimiento de los programas de fiscalización, se comprobarán en una próxima visita a la entidad.

AL SEÑOR SUBSECRETARIO DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO PRESENTE Ref.: 194.504 de 2010

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DAA. N° 722/2010 Remite Informe Final N°83 de 2010, sobre auditoría efectuada en la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.

SANTIAGO, 05AGH15 *44213

Cumplo con enviar a Ud. para su conocimiento, copia del Informe Final N° 83 de 2010, con el resultado de la auditoría practicada por una funcionaria de esta División en la SUBDERE, respecto de los gastos incurridos con ocasión de la emergencia producida por el terremoto del 27 de febrero del presente año.

Saluda atentamente a Ud.,

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AL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR PRESENTE

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PMET 13.284 INFORME FINAL DE OBSERVACIONES N°83 DE 2010, SOBRE EXAMEN DE CUENTAS EFECTUADO EN LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO.

SANTIAGO, - 5 AGO. 2010

En cumplimiento del programa anual de fiscalización de esta Contraloría General para el año 2010, se efectuó un examen de cuentas en el Servicio de la referencia, a los gastos efectuados con cargo a la transferencia de la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior, para gastos de emergencia, derivados del terremoto ocurrido el 27 de febrero del año en curso.

Objetivo.

El trabajo tuvo por finalidad fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que dicen relación con la administración de los recursos, la veracidad y fidelidad de las cuentas, y la autenticidad de la documentación de respaldo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la ley N° 10.336, en el artículo 55 del decreto ley N° 1.263, de 1975, Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado y en la resolución N° 759, de 2003, de la Contraloría General, que fija normas de procedimiento sobre rendiciones de cuenta.

Metodología.

El examen se desarrolló de conformidad con los principios, normas y procedimientos de control aprobados por esta Entidad Fiscalizadora, incluyendo, por lo tanto, una evaluación de control interno, el análisis de los registros y documentos, como la aplicación de otros medios técnicos en la medida que se estimaron necesarios en las circunstancias.

A LA SEÑORITA JEFE DE LA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA PRESENTE DALO

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Universo y muestra.

Para efectos del presente análisis, se revisó el 100% de la transferencia efectuada por el Ministerio del Interior, para los fines de la emergencia, la cual ascendió a $ 412.518.038.

Antecedentes generales.

De acuerdo con la resolución exenta N° 1.897, de 10 de marzo de 2010, la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior transfirió a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, SUBDERE, los mencionados recursos como fondos en administración, con el objeto de "cancelar gastos de emergencia, realizados para enfrentar en primera instancia el estado de catástrofe en las comunas afectadas por el sismo del 27 de febrero de 2010".

Cabe dejar establecido, que la resolución exenta N° 817 de 2010, de esta Contraloría General, autoriza que los decretos y resoluciones que dispongan medidas que tiendan a evitar o a reparar los daños a la colectividad o al Estado, originados en el terremoto y calamidad pública referidas a las regiones de Valparaíso, del Libertador Bernardo O'Higgins, del Maule, del Bío Bío, de la Araucanía y Metropolitana, se cumplan antes de su toma de razón, los cuales deben expresar la circunstancia en que se fundan y ajustarse estrictamente a lo establecido en el artículo 10, inciso séptimo, de la ley N°10.336 y cuya autorización rigió hasta el 30 de junio del presente año.

Resultado del examen.

El resultado del examen fue puesto en conocimiento de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, mediante el Preinforme de Observaciones N° 83 de 2010, autoridad que dio respuesta por oficio ordinario N° 1.817 de 2010, cuyo análisis y antecedentes aportados sirvieron de base para la elaboración del presente Informe Final.

I. SOBRE EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO.

1. Rendición de cuentas.

De acuerdo con lo señalado en la resolución exenta N° 1.897 de 2010, antes citada, el uso de los recursos transferidos para la emergencia deben rendirse mensualmente al Ministerio del Interior, señalando los ingresos, gastos y saldos del período.

Al respecto, se observó que la SUBDERE no había efectuado las rendiciones mensuales en los términos señalados en la mencionada resolución.

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ÁREA ADMINISTRACIÓN GENERAL Y DEFENSA NACIONAL 2/v111,1927 CHILE

En su respuesta, la Entidad responde que mediante oficio ordinario N° 1757, de 22 de junio de 2010, remitido al Jefe de la División de Administración y Finanzas de la Subsecretaría del Interior, dio cumplimiento a la obligación de rendir los gastos, remitiendo un informe por el período comprendido entre marzo y mayo 2010.

Lo aportado por el Servicio y la verificación de la existencia de dicho informe, permiten dar por superada la observación, sin perjuicio de las validaciones que se efectúen en futuras auditorías.

2. Inventarios.

Con los recursos transferidos se efectuaron diversas compras de bienes inventariables, tales como: containers, generadores eléctricos, motobombas, motosierras, serruchos eléctricos, entre otros, los que se entregaron a diversas municipalidades, sin embargo, no existe un documento formal que señale de quien es la responsabilidad de la tenencia de ellos, como tampoco de quien es la propiedad (Anexo N° 1).

En relación con lo observado, el Subsecretario señala que de acuerdo a la resolución exenta N° 1.897, ya mencionada, "dichos fondos no se incorporarán al presupuesto de la entidad receptora", debido a lo cual, los bienes adquiridos con cargo a estos recursos, no son de propiedad de la SUBDERE, por ende no correspondería que fueran inventariados.

Agrega además, que de conformidad a la glosa 05 de la imputación presupuestaria 05.01.01.24.03.002 "Transferencias a otras entidades públicas", de la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior, dicha Secretaría de Estado está facultada para disponer que los bienes que se adquieran o construyan con esos recursos sean destinados al patrimonio de las municipalidades afectadas con dicha situación de emergencia, por lo cual se solicitará la modificación de la citada resolución exenta N° 1897, disponiendo dicha transferencia.

Lo señalado anteriormente permite subsanar la observación, con el alcance de que una vez definido el procedimiento a seguir respecto de la propiedad de los bienes, se deberán arbitrar los medidas para informar a los municipios al respecto.

3. Actas de entrega de generadores.

Del total de 200 generadores adquiridos, se distribuyeron 197 a las distintas municipalidades de la región del Maule y 3 se encuentran en la bodega de la SUBDERE para cubrir eventualidades. Sin embargo, existen actas de entrega de 194 generadores, de las cuales, las relacionadas con los municipios de Constitución, San Javier y Sagrada Familia, no tienen las firmas de quien recepcionó dichos bienes (Anexo N° 2).

La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo acompaña en su respuesta las actas de entrega observadas, debidamente firmadas, lo que permite dar por subsanada la obs

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4. Arriendo de maquinarias para despeje.

La SUBDERE, mediante resolución exenta N° 1.067, de 29 de marzo de este año, contrató mediante trato directo a la empresa Ruiz y Blanco Ltda. el arrendamiento de maquinaria y ejecución de obras de despeje, consistente en 450 horas de trabajo por municipio, los cuales incluían operadores, alimentación, hospedaje, combustible y traslado de maquinaria. Sin embargo, de acuerdo a los certificados emitidos por las municipalidades beneficiadas, los trabajos fueron ejecutados de acuerdo al detalle siguiente, dejando de manifiesto el incumplimiento de lo contratado y la falta de control:

Comuna Certificado Horas trabajadas según certificados

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La entidad en su respuesta señala que, para los efectos de despeje y retiro de escombros en las localidades afectadas ya señaladas, por orden de compra urgencia-000, de 2 de marzo de 2010, se arrendaron 8 camiones tolva, 2 retroexcavadoras, 1 motoniveladora, 2 escavadoras, incurriéndose en gastos operacionales y fletes, por la suma de $ 108.723.000.

Posteriormente, por orden de compra urgencia-007, de 6 de marzo de igual año, se incrementó el valor de la contratación de los mismos equipos en la suma de $ 71.526.301, debido a que se requerían más horas de trabajo en terreno.

Finalmente, se emitió la orden de compra N° 761- 404-SE10 de 29 de marzo de 2010, que da cuenta del valor total de la contratación de arriendo de maquinaria por la suma de $ 180.249.301.

En virtud de lo anterior, el 29 de marzo la SUBDERE dictó la resolución exenta N° 1.067/2010, que autorizó la contratación directa de la empresa Ruiz y Blanco Ltda., para el arriendo de la maquinaria, "por un total de 450 horas trabajadas en aquellas ciudades".

Agrega, que de acuerdo a los respectivos certificados adjuntos y debidamente firmados por los representantes de las municipalidades observadas, se trabajaron efectivamente 200 horas en Pelluhue, 200 en Chanco y 250 en Constitución, lo que determina un total de 650 horas. Por lo tanto, añade, si bien la resolución exenta N° 1.067, señalada, que autorizó el trato directo consignó que "el arriendo total lo es por un total de 450 horas trabajadas en aquellas ciudades", con el mérito de los certificados referidos se procederá a dictar la resolución complementaria por la diferencia de horas efectivamente trabajadas.

Al respecto, cabe señalar que esta modificación a la fecha del presente informe, aún no se había formali

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II. SOBRE EXAMEN DE CUENTAS.

1. Compras sin garantía.

Se verificó que la factura N° 1.397, de 29 de marzo del 2010, de la empresa Vedisa Comercial Ltda., por un total de $ 43.646.344, correspondiente a la adquisición de 200 generadores, señala expresamente: "Producto a la venta en el estado en que se encuentra conocido por el comprador, sin derecho a reclamo y devolución de ninguna especie ni motivo", de tal forma, que los bienes no cuentan con garantía de parte de la empresa vendedora ante la eventualidad de fallas o desperfectos, lo que no se ajusta a las normas sobre Compras y Contratación Pública.

Sobre esta materia, el Subsecretario informa que a la fecha del terremoto, los generadores de 2.2 KVA tenían en el comercio un valor aproximado de $ 280.000 cada uno, sin embargo, fueron adquiridos a $ 218.000 la unidad con traslado incluido y no existía en el mercado, una oferta suficiente disponible de inmediato, como lo requería la emergencia.

Agrega, que los equipos se compraron sin garantía del proveedor, porque las circunstancias de urgencia que el momento requería y la pronta solución de los problemas de energía, no permitieron requerir la garantía del producto, señalando que ninguno de los equipos ha presentado problemas de funcionamiento hasta la fecha.

Señala además que, de acuerdo al artículo 2° del decreto supremo N° 150 de 2010, del Ministerio del Interior que declaró zonas de catástrofe a las regiones de Valparaíso, Libertador Bernardo O"Higgins, Maule, Bío-Bío, Araucanía y Región Metropolitana, "ratifica todas las medidas adoptadas al margen de las normas legales y reglamentarias".

2. Gastos ejecutados.

De acuerdo con lo establecido en la resolución exenta N° 1.897, ya individualizada, la autorización para inversión debía efectuarse en los siguientes términos:

Ítem Monto $ Motobombas 33.999.122 Grupos electrógenos 43.646.344 Container 100.674.000 Flete container 8.746.500 Movimiento de tierra y despeje 177.274.300 Herramientas de despeje 28.177.772 Provisión de fletes 20.000.000 Total 412.518.038

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El total gastado a la fecha por la Entidad en estos fines, asciende a $ 395.493.039, de acuerdo al siguiente detalle:

Ítem Monto Generadores 43.646.344 Motobombas 33.999.122 Container y su flete 109.420.500 Arriendo de maquinaria despeje 177.274.300 Adquisición de herramientas de despeje 28.177.772 Provisión de fletes 2.975.001 Total 395.493.039

Cabe señalar que, posteriormente, mediante resolución exenta N° 3.489, de 6 de mayo de 2010, la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior incrementó el rubro "container" en $ 17.000.000, quedando en definitiva en $ 117.674.000, y disminuyó en $ 17.000.000 la provisión de fletes, por lo tanto, lo autorizado para gastar en este concepto asciende a $ 3.000.000.

El saldo de los recursos otorgados ascendente a $17.024.999, se utilizó en la compra de 11 containers destinados a las comunas de Huechuraba (4), Alhué (1), Nancagua (3), Peralillo (1) y Palmilla (2), por los cuales se emitieron las respectivas órdenes de compra por un costo total de $ 23.692.900.

El déficit de $ 6.667.901, sería suplementado por la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior.

Sobre la materia, la entidad no se pronuncia, no obstante, se verificó que mediante oficio ordinario N° 1.580, de 31 de mayo de 2010, de esta institución, se solicitaron dichos recursos, sin que a la fecha de la emisión del presente informe, éstos hayan sido remitidos por el Ministerio del Interior.

III. VISITAS A TERRENO

Con el objeto de verificar en terreno, la recepción y uso de los container por las distintas municipalidades beneficiarias, funcionarios de este Organismo de Control se constituyeron en las regiones VI, VIII y Metropolitana, para visitar las Municipalidades de Peralillo, Lolol, Santa Cruz, Chépica, Pumanque, Paredones, Marchigue, Coltauco, Talcahuano, Coronel, Tomé, Chiguayante, Hualpén, San Pedro de la Paz, Lota, Melipilla, Alhué, San Pedro, Tiltil y Pedro Aguirre Cerda.

Al respecto, cabe precisar que, en general, los container están siendo usados como oficinas y bodegas por los municipios, cumpliendo de esta forma con el objetivo de su compra.

No obstante lo anterior, se verificó que en la Municipalidad de Hualpén, a la cual se le asignaron dos container, éstos no estaban

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siendo usados (Anexo N° 3). Asimismo, uno de los seis container asignados a la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, tampoco se encontraba en uso (Anexo N° 4).

La explicación dada para el último municipio, fue que el alto costo del empalme eléctrico, por el cual se efectuó una licitación, pero que fue declarada desierta, impidió el uso del container.

La Subsecretaría, en su respuesta señala que "este tema", corresponde que lo informe la respectiva municipalidad o la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior.

CONCLUSION

La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo ha aportado antecedentes y ha iniciado acciones que han permitido salvar parte de las observaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 83 de 2010.

No obstante lo anterior, se mantienen algunas situaciones, respecto de las cuales se deberán adoptar las medidas pertinentes que contemplen a lo menos, las siguientes acciones:

1. Investigar respecto de las compras de container sin contar con la autorización previa del Ministerio del Interior para excederse en $6.667.901, del presupuesto establecido, determinando las responsabilidades administrativas correspondientes.

2. Solicitar a los municipios de Hualpén y Pedro Aguirre Cerda, informe sobre la no inutilización de los contenedores asignados, teniendo presente que éstos fueron entregados para suplir la pérdida de bienes derivada del terremoto de 27 de febrero de 2010.

La efectividad de las medidas adoptadas por el Servicio será validada por esta Contraloría General en la auditoría de seguimiento que se realice próximamente.

Saluda atentamente a Ud.,

MARIA CALDERON VIDAL JEFE

AREA ADMINISTRACIÓN GENERAL Y DEFENSA NACIONAL

DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA

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ÁREA ADMINISTRACIÓN GENERAL Y DEFENSA NACIONAL

REGION •HIGGINS

Provincia Comuna Contenedores

Entregados

Peralillo 1 Lolol 1

Colchagua Santa Cruz 2 Chépica 2 Pumanque 1

Cardenal Caro Paredones 1

Marchihue 1 Cachapoal Coltauco 1 TOTAL 10

REGION BIO BIO

Provincia Comuna Contenedores

Entregados

Concepción Talcahuano 3 Coronel 2 San Pedro de la Paz 1 Chiguayante 2 Hualpén 2 Tome 2 Lota 1

Ñuble Cobquecura 2 Arauco Tirúa 2

Curanilahue 1

TOTAL 18

REGION METROPOLITANA

Provincia Comuna Contenedores Entregados

Melipilla Melipilla 2 Alhue 1 San Pedro 1

Chacabuco Til Til 1 Cordillera Pirque 1

Santiago Pedro Aguirre Cerda 6

TOTAL 12

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ÁREA ADMINISTRACIÓN GENERAL Y DEFENSA NACIONAL

ANEXO N° 2

REGION MAULE

Provincia Comuna Generadores Solicitados

(Unidad)

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Maule 6 Pencahue 5 Curepto 11 Empedrado 6 Pelarco 3 San Rafael 5 Constitución 20 San Clemente 4 Río Claro 4

Linares

Colbún No requiere San Javier 6 Villa Alegre 5 Parral 6 Retiro 5 Longaví 5 Yerbas Buenas 2 Linares 3

Curicó

Romeral 4 Curicó 5 Rauco 5 Molina 5 Teno 7 Sagrada Familia 7 Licantén 16 Vichuquén 8 Hualañé 10

Cauquenes Pelluhue 20 Chanco 8 Cauquenes No requiere

Bodega SUBDERE 3 URS Maule

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Total generadores entregados según actas 194

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN AUDITORÍA ADMINISTRATIVA

ÁREA ADMINISTRACIÓN GENERAL Y DEFENSA NACIONAL

ANEXO N° 3

I. Municipalidad de Hualpén

Page 16: Informe Final Subsecretaría de Desarrollo Regional y ...€¦ · existencia de dicho informe, ... 2 retroexcavadoras, 1 motoniveladora, 2 escavadoras, incurriéndose en gastos operacionales

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN AUDITORÍA ADMINISTRATIVA

ÁREA ADMINISTRACIÓN GENERAL Y DEFENSA NACIONAL •sz-. 261:L Ion

„CHILE

ANEXO N° 4

I. MUNICIPALIDAD DE PEDRO AGUIRRE CERDA

13

Page 17: Informe Final Subsecretaría de Desarrollo Regional y ...€¦ · existencia de dicho informe, ... 2 retroexcavadoras, 1 motoniveladora, 2 escavadoras, incurriéndose en gastos operacionales

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Área Administración General y Defensa Nacional