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Informe Final en Investigacion Especial Corporacion Nacional de Desarrollo Indigena Region de Arica y Parinacota Fecha 11 de mayo de 2011 N° Informe : 02/2011 ist4E114t 0 $f JW CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CONTRALORIA REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA UNIDAD DE CONTROL EXTERNO -

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Informe Final en Investigacion Especial Corporacion Nacional de

Desarrollo Indigena Region de Arica y Parinacota

Fecha 11 de mayo de 2011 N° Informe : 02/2011

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$f JW

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CONTRALORIA REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA

UNIDAD DE CONTROL EXTERNO

-■

Saluda ate ente a

DANNY ADOLFO SEPULVEDA IREZ Abogado

Contralor Regional De Arta y Parinacota

Contraloría General de la República

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CONTRALORIA REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA

UNIDAD DE CONTROL EXTERNO

C.E. N° 197/2011 REF. N° 153.659/2010

REMITE INFORME FINAL N° 02, DE 2011, SOBRE INVESTIGACIÓN ESPECIAL EN LA COORDINACION REGIONAL DEL PROGRAMA "ORIGENES" DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA, CONADI.

OFICIO N° 0 0 1 3 16

ARICA, 1 2 MAYO 2011

El Contralor Regional de Afta y Parinacota que suscribe, cumple con remitir a Ud., debidamente aprobado, el Informe Final N° 02, de 2011, con el resultado de la investigación especial realizada por este Organismo Superior de Control en la Coordinación Regional del Programa "Orígenes" de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, CONADI, Región de Adca y Parinacota.

Sobre el particular, corresponde que esa autoridad, disponga se adopten las medidas pertinentes y que se implementen las acciones informadas tendientes a subsanar las situaciones observadas, aspectos que se verificarán en una visita posterior que practique en esa entidad esta Contraloría Regional.

Asimismo, cabe señalar que por aplicación de la ley N° 20.285, el contenido de la presente investigación especial se publicará en el sitio web institucional.

A LA SEÑORA

iDIRECTORA DE LA

, CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA REGION DE ARICA Y PARINACOTA PRESENTE

/

ANIAB-JJGA A.T. N° 40/2011

ARTURO PRAT N° 391 - PISO 16- EDIFICIO EMPRESSARIAL F

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INFORME FINAL N ° 02, DE 2011, SOBRE INVESTIGACIÓN ESPECIAL EN LA COORDINACION REGIONAL DEL PROGRAMA "ORIGENES" DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA, CONADI.

ARICA, 11 MAYO 2011

De conformidad con las facultades contempladas en la ley N° 10.336, Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República, personal de esta Contraloría Regional de Anca y Parinacota se constituyó en dependencias de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, CONADI, Región de Anca y Parinacota, con el objeto de investigar los hechos denunciados por la autoridad regional de dicho servicio, doña Maricel Gutiérrez Castro.

I.- ANTECEDENTES

La investigación tuvo como finalidad constatar los hechos relacionados con los siniestros que afectaron durante el año 2010, al vehículo tipo camioneta, placa patente BV DL 81, de propiedad de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, CONADI, asignado a la Coordinación Regional del Programa Orígenes, de la Región de Anca y Parinacota.

II.- METODOLOGIA

El trabajo se ejecutó de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 131 y 132 de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de este Organismo Contralor, e incluyó la toma de declaraciones a diversas personas, así como también la solicitud de datos, informes, documentos y otros antecedentes que se estimó necesarios.

Mediante oficio N° 0459 del 16 de febrero de 2011, dirigido la Directora Regional de la CONADI, Región de Anca y Parinacota, fue puesto a su disposición el Preinforme N° 02/2011 de esta Contraloría Regional conteniendo las observaciones más relevantes sobre la materia, las que fueron respondidas por esa Entidad mediante el oficio N° 064 del 04 de marzo de 2011.

A LA SEÑORA DIRECTORA REGIONAL DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA REGION DE ARICA Y PARINACOTA PRESENTE

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Ahora bien, con las indagaciones efectuadas y los antecedentes recopilados, así como los datos proporcionados por la Directora Regional de la CONADI, Región de Arica y Parinacota y considerando la normativa pertinente, se logró determinar los hechos que se exponen a continuación.

HECHOS DENUNCIADOS

Según consta en presentación ingresada a esta Contraloría Regional, con fecha 8 de octubre de 2010, la señorita Maricel Gutiérrez Castro, Directora Regional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, CONADI, de la Región de Arica y Parinacota, denuncia hechos que a su parecer deberían ser investigado, relacionados con dos situaciones que afectaron al vehículo fiscal tipo camioneta, marca Mazda, modelo BT50, año 2009, color plateado, placa patente BV DL 81, de propiedad de la citada Corporación Nacional, destinado al programa "Orígenes" de la Región de Arica y Parinacota.

En primer lugar, la citada autoridad manifestó que el día 13 de junio de 2010, el vehículo individualizado fue objeto de un robo, en dependencias de la Unidad Ejecutora del Programa, hecho que comprometió la pérdida de diversos elementos desde el interior del móvil, siendo denunciado en la Primera Comisaría de Carabineros de Mica, el día 14 de junio de 2010, y declarado ante la compañía aseguradora, Renta Nacional, el día 15 del mismo mes.

Asimismo, la Directora Regional comunicó que con fecha 18 de junio de 2010, el citado vehículo fiscal fue objeto de un choque, siniestro que fue puesto en constancia del personal de la Tercera Comisaría de Carabineros de Afta con fecha 23 de junio de 2010, y declarado ante la citada compañía aseguradora el día 14 de septiembre de ese año.

Añade la autoridad, que a la data de los hechos anteriormente descritos, la Coordinación del Programa Orígenes en la Región de Arta y Parinacota, estaba a cargo de don Patricio Mamami Corvacho, quien conducía la camioneta antes individualizada el día de la colisión.

Al respecto, señala que el señor Mamani Corvacho, dejó el cargo de Coordinador Regional del citado programa, en el mes de agosto de 2010 asumiendo en esa misma unidad las labores de Encargado de Fortalecimiento, siendo designado en su reemplazo el señor Raimundo Heredia Vargas, quien desempeñó las labores de coordinador hasta el mes de diciembre de 2010, fecha en que asume la Directora Regional de la CONADI, doña Maricel Gutiérrez Castro.

Agrega a su presentación, que a consecuencia de las irregularidades detectadas al momento de hacer los trámites con la compañía aseguradora, el señor Heredia Vargas confeccionó un informe de la situación que afectó al vehículo fiscal afectado, en el cual denuncia que el señor Mamani Corvacho falsificó la constancia policial por hurto hecho que a su juicio constituye una acción grave.

Precisa que don Raimundo Heredia Vargas, informó que el ilícito fue detectado al iniciar los trámites para hacer efectivo el pago del seguro, oportunidad en la que solicitó al señor Mamani Corvacho, la constancia

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extendida por Carabineros con motivo del hurto, documento que al no ser entregado en forma oportuna fue solicitado personalmente por el señor Heredia Vargas al personal de la Primera Comisaria de Carabineros de Adca, instancia en que fue informado que no existía registro de la supuesta constancia realizada por don Patricio Mamani Corvacho.

Posteriormente, y luego que el señor Mamani Corvacho, hiciera entrega de la referida constancia a don Raimundo Heredia Vargas, se precisa en la denuncia que este habría acudido nuevamente a la citada Comisaría, donde fue corroborada la adulteración del documento, estimando que se practicara la correspondiente denuncia a la Fiscalía.

En efecto, la Fiscalía ratificó que dicho documento estaba adulterado, ya que el rol de la causa, correspondía a una denuncia efectuada por el señor Patricio Mamani Corvacho, con motivo de un robo que habría afectado las oficinas del Programa Orígenes, en el mes de julio del año 2009, por lo que el señor Heredia Vargas procedió a formalizar una denuncia por posible delito de adulteración de instrumento público.

A su turno, manifiesta que la denuncia practicada en Carabineros de Adca, por la colisión, así como la declaración referida al robo, presentadas en la compañía aseguradora, Renta Nacional, se realizaron en forma desfasada. En efecto, dichas denuncias fueron realizadas los días 29 de julio y 14 de septiembre de 2010, respectivamente, es decir, 41 y 88 días después de ocurridos los hechos.

Asimismo, la Directora de la CONADI, informa que producto de la colisión se perdió la patente trasera del móvil, y que el señor Patricio Mamani, a solicitud del Coordinador el Programa Orígenes, tramitó una nueva, para continuar con las gestiones ante la compañía de seguro.

Finalmente expresa que la compañía aseguradora, no indemnizó a la Entidad, por los daños originados por ambos siniestros, en circunstancias que no se dio cumplimiento a los plazos y formalidades, estipulados para hacer efectiva la tramitación del pago, esto es, la falta de documentación y declaraciones extemporáneas tanto en Carabineros de Chile como en la misma compañía de seguros.

II.- HECHOS COMPROBADOS

2.1.- Sobre asignación del vehículo

Al respecto, se verificó que el vehículo fiscal tipo camioneta, marca Mazda, modelo BT50, año 2009, color plateado, placa patente BV DL 81 fue adquirido por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, CONADI, de la región de Tarapacá, con fecha 25 de septiembre del año 2008, según factura N° 1677847 del proveedor Derco S.A.

Asimismo, se comprobó que por medio del Memorándum N° 18, de fecha 12 de febrero de 2009, el ya citado ex-coordinador, de la Unidad Ejecutora del Programa Orígenes, UER, Región Arica y Parinacota, don Patricio Mamani Corvacho, solicitó a don Isidro Mamani Choque, Coordinador Regional del citado programa de la región de Tarapacá, la entrega del citado móvil, siendo su conducción asignada a don Erick Donaire Robles, chofer con desempeño en la UER, de la nueva región de Anca y Parinacota.

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De esta manera, el vehículo se trasladó desde la ciudad de Antofagasta a la ciudad de Anca, bajo la autorización de don Isidro Mamani Choque, a través de memorándum N ° 29, de fecha 13 de febrero de 2009, transfiriendo el uso del vehículo acompañado de su correspondiente documentación, a don Patricio Mamani Corvacho, ex coordinador del programa Orígenes de la región de Arica y Parinacota, estableciendo que la responsabilidad del mismo recaía en el señor Mamani Corvacho, en su condición de Agente Público, estipulado en su contrato a honorarios a suma alzada, celebrado el 20 de enero de 2010, entre el citado personero y don Luis Risso Rocco, en su calidad de Director Nacional de la CONADI.

Cabe destacar que en su oficio de respuesta, N° 64 del 4 de marzo de 2011, la Directora Regional de la CONADI, señorita Maricel Gutiérrez Castro, ratifica lo señalado en los párrafos descritos, en relación a la asignación del vehículo en cuestión.

2.2.- Sobre documentación y control del vehículo.

a) Como resultado de las indagaciones realizadas, se logró precisar que el vehículo fiscal camioneta marca Mazda, modelo BT50, año 2009, color plateado, placa patente BV DL 81, no contaba con bitácora como tampoco hoja de vida, situación que fue informada en Memorándum N ° 001, del 7 de enero de 2011, a la Directora Regional, Señorita Maricel Gutiérrez Castro, por el Encargado Regional del Programa Orígenes, Región Anca y Parinacota, señor Ricardo Vicencio Figueroa.

Dicha situación, advierte un incumplimiento a lo dispuesto en el oficio circular N° 35.593, de 1995, sobre uso y circulación de vehículos estatales, en concordancia con lo normado en el decreto ley N° 799, de 1974, el cual en su punto XII, letra f), establece que por cada vehículo debe llevarse una bitácora en la que se señale, por lo menos, el kilometraje y el recorrido que cumple, la que deberá ser visada periódicamente por el Jefe respectivo, como asimismo lo consignado en la letra g), de la citada disposición, que exige la confección de una hoja de vida por cada vehículo, ya sea en tarjetero, libro o en cualquier otra forma, donde se especifiquen sus características, modelo, año de fabricación y fecha desde la cual está a disposición de la institución respectiva, debiendo en esta hoja, ser anotadas, en la misma fecha en que ocurran, los desperfectos, con indicación de su naturaleza, costo de reparación o daño y las otras especificaciones que se estimen procedentes.

Al respecto, la Directora Regional de la CONADI, Región de Arica y Parinacota, manifiesta en su respuesta, que reconoce la inexistencia de la bitácora y de la hoja de vida del vehículo fiscal placa patente BV DL 81, admitiendo que efectivamente no se ha cumplido con lo dispuesto en el oficio circular N° 35.593, de 1995, de esta Contraloría General, y las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N° 799, de 1974.

En relación a lo anterior, la autoridad regional indica que mediante memorándum interno N° 739, de 13 de diciembre de 2010, la encargada nacional del Programa "Orígenes" solicitó al Director Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que procediera a instruir una investigación sumaria a fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas por la inexistencia de la documentación del vehículo institucional.

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,ilotm. o CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA

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Expone que mediante resolución exenta N° 510, del 02 de Marzo de 2011, el Director Nacional Subrogante de la Corporación de Desarrollo Indígena, resolvió Instruir la investigación sumaria requerida, con el objetivo de dar cumplimiento a lo solicitado en su memorándum.

Sobre el particular resulta pertinente atender los argumentos expuestos, sin perjuicio que las medidas adoptadas por el servicio, a fin de corregir las observaciones, serán verificadas en futuras fiscalizaciones con motivo de las acciones de seguimiento que procederá a practicar esta Contraloría Regional.

Finalmente, resulta necesario que el servicio remita a esta Contraloría Regional el acto administrativo mediante el cual afine el citado procedimiento disciplinario, ello sin perjuicio de las obligaciones contempladas en la resolución N°1.600, de 2008, de esta Contraloría General.

b) En otro aspecto, se advirtió que el vehículo no contaba con la documentación actualizada para circular, esto es, permiso de circulación ni seguro obligatorio por daños contra terceros, y que su revisión técnica está homologada hasta el mes de abril de 2011.

Cabe consignar, que la Ley de Tránsito dispone en su artículo 51 que los vehículos motorizados no podrán transitar, en lo que atañe, sin el permiso de circulación otorgado por las municipalidades y el seguro obligatorio de accidentes causados por vehículos motorizados, inobservancia que de acuerdo a lo señalado en el numeral 25 del artículo 200, de dicho texto legal, constituye una infracción grave.

En relación con esta materia, la Directora Regional de la CONADI, Región de Arica y Parinacota, manifiesta que efectivamente según lo informado mediante el memorándum N° 384 de fecha 19 de noviembre de 2010, el vehículo no contaba con la documentación debido a que fue extraviada por el ex coordinador Regional del Programa Origines, don Patricio Mamani Corvacho, informado que su regularización se encuentra en proceso, así como las reparaciones al vehículo.

Agrega, que no obstante lo anterior la Directora del Programa Orígenes solicitó al Director Nacional de la CONADI que estas materias fueran incorporadas a la investigación sumarial instruida por la mencionada resolución exenta N° 510, de marzo de este año, y su regularización se encuentra en proceso.

En otro sentido, la autoridad regional informa que mediante resolución N° 1906 de 31 de diciembre de 2010, el Director Nacional de la CONADI, resolvió que la Directora Regional de la mencionada Corporación, asumiera todas y cada una de las facultades y atribuciones que corresponden al Coordinador Regional del Programa Orígenes de la Región de Anca y Parinacota.

Al respecto, la implementación y efectividad de las medidas anunciadas por la autoridad regional a fin de evitar infracciones a la normativa legal vigente como las detectadas, serán verificadas en futuras fiscalizaciones de seguimiento que practique esta Contraloría Regional.

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c) Se constató que don Patricio Mamani Corvacho, no se encontraba autorizado mediante la respectiva póliza para conducir vehículos fiscales, al comprobarse que su condición de contratado bajo el régimen de honorarios, le impidió acceder a dicha caución.

Sobre el particular, la Directora Regional de la CONADI manifiesta, que mediante memorándum interno N° 739, de 13 de diciembre de 2010, la Encargada Nacional del programa "Orígenes" de la CONADI, procedió a solicitar al Director Nacional de esa Corporación, instruir una investigación sumaria, siendo dicha petición reiterada mediante su memorándum N° 57, de 25 de febrero de 2011.

Finalmente agrega que mediante resolución exenta N° 510, de 02 de marzo de 2011, el Director Nacional procedió a ordenar la investigación sumaria respectiva.

Al respecto, las medidas adoptadas por el servicio, a fin de corregir las observaciones planteadas serán verificadas en futuras fiscalizaciones con motivo de las acciones de seguimiento que procederá a practicar esta Contraloría Regional.

d) En cuanto al decreto que establece el lugar de aparcamiento del vehículo, mediante el citado memorándum N° 001, de 7 de enero de 2011, el Encargado Regional del Programa informó que en razón de lo señalado por doña Janet Vásquez Manila, Administradora Financiera del citado Programa, dicho decreto no existiría en esa Unidad Ejecutora.

En razón de lo anterior, es oportuno considerar que dicha situación contraviene las disposiciones contenidas en el articulo 6, del citado decreto ley N° 799, de 1974, y las instrucciones impartidas en el Título XII, de la circular N° 35.593, de 1995, de esta Contraloría General de la República, sobre la misma materia.

Sobre la materia, la citada Directora señala que en ausencia de un lugar físico en dependencias de esa Dirección Regional, mediante oficio ordinario N° 19 de 2011, solicitó un espacio para el aparcamiento del citado vehículo, en dependencias de la Corporación Nacional Forestal de Chile, CONAF, lo que al ser autorizado fue finalmente dispuesto mediante resolución exenta N° 0118 del 31 de enero de 2011.

Agrega en lo que interesa que la inexistencia de una resolución que dispusiera el aparcamiento del vehículo, también fue un tema incluido en la citada investigación, lo que será verificado del contenido del acto administrativo que afine ese procedimiento investigativo, del cual correspondería remitir copia a esta Contraloría Regional para su conocimiento e inclusión en futuras fiscalizaciones, ello sin perjuicio de las obligaciones contempladas en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General.

Al respecto, la implementación y efectividad de las medidas anunciadas por la autoridad regional serán verificadas en futuras fiscalizaciones de seguimiento que practique esta Contraloría Regional.

2.3.- Sobre siniestros que afectaron al vehículo fiscal.

2.3.1.- Robo de elementos de la camioneta.

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a) Al respecto, la Directora de la CONADI, doña Maricel Gutiérrez Castro, informó que la denuncia presentada por don Patricio Mamani Corvacho, ante la aseguradora Renta Nacional, el día 15 de junio de 2010, consigna que el siniestro ocurrió el día 13 de junio de 2010, a las 16:00 horas, y que el vehículo se encontró en el estacionamiento de la oficina, sin batería, con sus puertas abiertas, sin caja de herramientas, triángulos, botiquín y llave de rueda, producto de un hurto.

Sin embargo, en testimonio entregado a esta Contraloría Regional, doña Janet Vásquez Manila, Administradora Financiera del Programa Orígenes, de la Región de Arica y Parinacota, señaló que el día 4 de junio de 2010, tomó conocimiento que la camioneta había sido objeto de un robo, al ser encontrada con el capot y la puerta del lado del copiloto abiertos, percatándose que no se encontraba la batería, por lo que ese mismo día se procedió a la compra de ese elemento para dar cumplimiento a las visitas planificadas en terreno, según consta en la factura N° 5041, del proveedor RAAM Limitada, de fecha 4 de junio de 2010, por valor de $45.000.-, por concepto de "compra de una batería de 80 amperes, marca Quantum".

Sobre la materia, resulta necesario precisar que la fecha del robo informada por don Patricio Mamani Corvacho a la compañía aseguradora Renta Nacional, fijada para el día de 13 de junio de 2010, no coincide con la fecha de la citada factura por la compra de la batería a consecuencia del siniestro, esto es, el día 4 de junio de ese año.

b) De acuerdo a lo informado en respuesta a la solicitud de esta Sede Regional, por don Juan Carlos Rodríguez Arias, General de Carabineros, Jefe de la XV Zona de Carabineros Arica y Parinacota, mediante oficio N° 28, de fecha 29 de enero de 2011, las unidades de esa repartición, no presentan registros de constancias y denuncias, respecto del vehículo placa patente BV DL 81, en el mes de junio de 2010, hecho que confirma lo señalado por el señor Raimundo Heredia Vargas, en el informe presentado a la Directora Regional de CONADI.

c) En otro orden de consideraciones, se debe precisar que mediante ordinario N° 79, de 8 de octubre de 2010, don Raimundo Heredia Vargas, procedió a denunciar ante la Fiscalía Local del Ministerio Público, que la constancia policial que el señor Mamani Corvacho entregó por el robo a la camioneta, había sido adulterada.

En ese mismo sentido, el señor Heredia Vargas expresa que el proceso judicial se sitúa en la Fiscalía Local de Arica, con la figura de adulteración de instrumento público, individualizando a don Patricio Mamani Corvacho como inculpado.

En virtud de lo anterior, la Directora de la CONADI, Región Arica y Parinacota, ratificó la citada denuncia por medio del oficio reservado N° 001, de fecha 13 de octubre de 2010.

Sobre el particular, cabe señalar que la citada denuncia, establece que el documento presentado por el ex coordinador del Programa Orígenes, don Patricio Mamani Corvacho, corresponde en la realidad a una constancia que efectuó en el mes de julio del año 2009, con motivo de un robo en lugar no habitado, que afectó específicamente a la Unidad Ejecutora del Programa Orígenes, el día 11 de julio del año 2009, en cuya oportunidad fueron sustraídas dos impresoras, tres notebooks y un pc, según se indica en la mencionada constancia. (Anexo 2)

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2.3.2.- Choque de la camioneta.

a) Sobre la materia, mediante constancia policial N° 7/2010, de fecha 29 de julio del año 2010, realizada en la Tercera Comisaria de Anca, esto es al mes siguiente de ocurridos los hechos sobe los cuales se expresa, el señor Patricio Mamani Corvacho dejó constancia que siendo las 19:20 horas del día 18 de junio de 2010, en circunstancias que conducía la camioneta Mazda, placa patente BV DL 81, por la ruta A-035 a la altura del Km. 65, en dirección de oriente a poniente, al enfrentar una curva, habría perdido el control del móvil, saliéndose del camino, y provocando diversos daños al vehículo.

b) Además, se constató que mediante resolución exenta N° 842, de fecha 15 de junio de 2010, don Eduardo Pérez Rodríguez, ex Director Regional de la CONADI, Región Anca y Parinacota, autorizó el cometido funcionario del señor Patricio Mamami Corvacho, a la localidad de Timar, por el día viernes 18 de junio de 2010.

Dicho documento consignó además que el señor Mamami Corvacho, utilizarla el vehículo fiscal del Programa Orígenes.

c) Por su parte atendido que la denuncia del siniestro a la compañía aseguradora Renta Nacional, fue realizada el día 14 de septiembre de 2010, aproximadamente ochenta días después de ocurridos los hechos, dicha empresa de seguros no indemnizó los daños ocasionados a la camioneta.

d) Adicionalmente, se constató que la camioneta, luego del accidente, no ha permanecido únicamente en la Oficina del Programa Orígenes.

En efecto, según lo declarado por la administradora financiera del programa, el referido vehículo fue ingresado al taller "Automotriz Val", sin que fuera sometido a reparaciones, siendo trasladado desde y hasta las dependencias de la UER, según consta en la factura N° 491, de fecha 27 de octubre de 2010, por valor de $17.850.- correspondiente al servicio de grúa desde y hasta las oficinas de esa unidad.

e) En otro orden de ideas, corresponde señalar que la camioneta objeto de la presente investigación, es el único medio de trasporte que dispone el Programa Orígenes en la región, motivo por el cual, y ante la necesidad de contar con un vehículo para realizar las visitas a terreno, la Directora Regional de CONADI, declaró que para dichos fines se ha dispuesto el uso de vehículos pertenecientes a la CONADI.

Asimismo, según lo indicado por la Administradora Financiera del citado programa, en dos oportunidades, se ha arrendado un vehículo para cumplir con las labores de terreno, según consta en las facturas Nos 184421 y 184637, de fechas 9 y 16 de noviembre de 2010, ambas de Autorentas del Pacífico S.A., por las sumas de $47.727.- y $52.548.-, respectivamente.

En relación con las observaciones contenidas en las letras a), b) y c) del punto 2.3.1; y los literales a), b), c), d) y e) del punto 2.3.2. del cuerpo del presente informe la Directora Regional de la CONADI, Región de Anca y Parinacota, se limitó a entregar una respuesta común a todas ellas.

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Respecto al robo y al choque que afectó a la camioneta placa patente BV DL 81 asignada a la Unidad Regional del Programa Orígenes de Arica y Parinacota, manifiesta que a solicitud de doña Karina Molina, Coordinadora Nacional del Programa Orígenes, mediante oficio ordinario N° 364 de 07 de Octubre de 2010, solicitó a esta Contraloría Regional una investigación por los hechos denunciados con el propósito de que se determinaran las eventuales responsabilidades administrativas por el uso del vehículo fiscal ya señalado.

Agrega la citada autoridad, que Contraloría Regional, también tomo conocimiento de los hechos que a su juicio revisten carácter de delito, referidos a la adulteración de la constancia policial presentada por don Patricio Mamani Corvacho, denunciados ante el Ministerio Público, mediante oficio ordinario N° 79, del día 8 de octubre del año 2010.

Por último señala, que las observaciones contenidas en los puntos 2.3.1 y 2.3.2 del Preinforme, efectivamente dicen relación con faltas administrativas, por lo que se procedió a solicitar al Director Nacional de la CONADI, un sumario administrativo.

De conformidad a lo expuesto, corresponde mantener lo observado, hasta que se materialicen y dispongan las acciones definitivas por parte de la Directora Regional, producto de la instrucción del procedimiento investigativo que ha decidido instruir por las observaciones contenidas en las letras a),b) y c) del punto 2.3.1; así como lo señalado en las letras a), b), c), d) y e) del punto 2.3.2, del cuerpo del presente informe, las que serán verificadas en las próximas visitas que se realicen en ese servicio, conforme a las políticas de seguimiento a sus informes implementadas por esta Contraloría General.

III. CONCLUSIONES

1.- Producto de los diversos antecedentes reunidos durante la investigación practicada por este órgano superior de Control, se ha verificado la existencia de hechos que apreciados objetiva y ponderadamente permitan concluir que la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, CONADI, Arica y Parinacota, no ha dispuesto las medidas de control sobre los vehículos bajo su administración, especialmente aquellos destinados a la Coordinación del Programa Orígenes, ausencias e incumplimientos que han originado diversas inobservancias a la normativa legal vigente, cuyo análisis será abordado en el procedimiento disciplinario instruido por la Dirección Nacional de dicha Corporación, mediante resolución N°510, de 2011, siendo necesario que se remita a esta Contraloría Regional el acto administrativo que disponga su término, sin perjuicio de las obligaciones contempladas en la resolución N°1.600, de 2008, de esta Contraloría General, con motivo de la aplicación de eventuales medidas sancionatorias.

En efecto, se ha verificado que el vehículo fiscal camioneta marca Mazda, modelo BT50, año 2009, color plateado, placa patente BV DL 81, no contaba con bitácora ni hoja de vida infringiendo el oficio circular N° 35.593, de 1995, sobre uso y circulación de vehículos estatales, de la Contraloría General de la República en concordancia con lo normado en el decreto ley N° 799, de 1974; no contaba con la documentación de permiso de circulación ni seguro

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obligatorio por daños contra terceros, vulnerando el artículo 51 de la Ley de Tránsito; don Patricio Mamani Corvacho, quien estaba a cargo de la Coordinación del Programa Orígenes en la Región de Arica y Parinacota, condujo dicho vehículo sin contar con la respectiva póliza para la conducción de vehículos fiscales; y no se encontraba formalmente establecido el lugar de aparcamiento del vehículo sino hasta la emisión de la resolución exenta N° 0118, de 31 de enero de 2011, de la CONADI, Región de Mica y Parinacota.

Respecto a los hechos que comprometieron el hurto de elementos mecánicos y de seguridad del interior del vehículo fiscal, descritos en el punto 2.3.1, del presente informe, se comprobó que no se practicó la denuncia ante Carabineros de Chile.

Lo anterior, fue agravado luego de comprobarse que los hechos vinculados a la colisión ocurrida el día 18 de junio de 2010, que afectó al vehículo de la Coordinación Regional del Programa Orígenes, descritos en el punto 2.3.2, del presente informe fueron denunciados ante personal de la Tercera Comisaria de Afta, al mes siguiente, provocando con ello que la compañía aseguradora Renta Nacional, no indemnizara la Servicio, con motivo de no haber dado cumplimento a las formalidades necesarias para hacer efectiva la póliza de seguro, provocando, que el vehículo al no ser reparado, impidiera el normal cumplimiento de las funciones vinculadas a la ejecución de dicho programa y a la necesidad de incurrir en gastos no presupuestados.

En consecuencia, la Dirección Regional de la CONADI, Región de Anca y Parinacota, deberá adoptar las medidas conducentes a corregir las observaciones planteadas, las que deberán contemplar, al menos, las siguientes acciones:

1. Implementar en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena el uso obligatorio de bitácora y hoja de vida de los vehículos destinados a esa unidad, en conformidad con lo dispuesto en las letras f), y g), del Título XII, de la circular N° 35.593, de 1995, de esta Contraloría General.

Asimismo, respecto a la documentación exigida por la Ley de Tránsito, a saber, permiso de circulación, seguro obligatorio, revisión técnica, deberá arbitrar las medidas administrativas y de control tendientes a asegurar siempre su vigencia, en atención a lo estipulado en el citado cuerpo legal.

2. Establecer las medidas correctivas tendientes a regularizar las pólizas de fidelidad funcionaria en los casos que correspondan.

3. Arbitrar las medidas pertinentes, de tal manera que el lugar de aparcamiento de los vehículos que forman parte de la dotación de la Unidad Regional del Programa Orígenes de Anca y Parinacota, entre ellos el identificado con la placa patente BV DL 81, sea de uso obligatorio para quienes expresamente le ha sido encomendada su conducción.

4. Implementar las acciones de control necesarias que permitan evitar que la conducción de los vehículos sea efectuada por personas contratadas a honorarios.

10

NTOYA GEB Jefe Unidad de trol Externo

Contraloría Regis al de Anca y Parinacota

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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO

Las medidas correctivas adoptadas por la Dirección Regional de la CONADI, Región de Anca y Parinacota, con el objeto de subsanar las observaciones formuladas en el presente informe y los antecedentes que deben adjuntarse para sustentar las mismas, serán verificados en las próximas visitas, conforme a las políticas de esta Contraloría General sobre seguimiento de los programas de fiscalización.

Saluda atentamente a Ud.,

11

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INDICE DE ANEXOS

MATERIA N°

— Constancia adulterada.- 1

— Constancia por robo del año 2009.- 2

12

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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO

ANEXO N° 1

13

• 'TIPO Doc. iolunlicACION VEDIJA bC IDENTIDAD AY. PATERNO MAMAN'

NAcIMIENTU 111/02/1111 ' ESLMLAR1D,10

IIIAC/Elk nE lA ISSION

CIIIPCBM 0€ LA I14101.1 110:11A CITACMN

'WHEILIO10SII.U.K.1110911 CALLE sirrill0 CALLO

•-,NOMORE CONJUNTO IIMUTALIONAL

: 11IIMION XV REGIÓN DK ARICA Y IIIILEEONOs

- COMO. ELEcnómco

HUMERO IXIC.113GNE IN1LM41

1.:NPNA DENUNCIANTE

Al. MATEAN° CARVACI10

NOmMt1I5 rAl Man MANDES SEXO 1LASCUUND NAcioNAUDAD 01 MI: PROPESIÓN,OPICIO PBOITSIDNAL

MIRA <M'ACIÓN

NUMERO os Dtrin

BLOCK

PROMMAS MOCA

COMUNA All

ESPECIES ASOCIADAS A LA DENUNCIA

(5111100111A

DEM:M/0m NIMIA() Minn, AvALUDIs)

- 101IN1IFICACION DENUNCIANTE

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA

UNIDAD DE CONTROL EXTERNO

PARTE DENUNCIA N ANIECEDF,NICA VE LA DENUNCIA

IMOD& XV 11CCIÓN DE ANCA TIMEISACOTA

N01111111 13/10CMJA: MOCA

INSTITOCION IDIRTAL CARANNENus

le W1. PARTE 5112

- FUMA PARTE momo» 06'10- e DI O. ISMA MIDE 1125 161i:20 FUMA UNNUMBA I4/D@111 05 - I b • 1010 .

AURA DENUNCIA 11:10

'MIMO POLICIAL SIN DESTACAMENTO

COMISARIA IKILL COMISARIA MOCA

PRII140:11DIA IUMA AnICA

0/10111CCIONAIILINU1111 E.LCUETA MONTECIMISMICIIEL A, ”-EL. NtIm puto Dm num. rumnoNARK) cnNimcooN DELL vAirril

buNUONARKI A CAEN) PROCEDIMNIfili MANTOS VEGA IMAILIO MILLARDO

NOmPitO Doc. MIME. FUNCIONARIO QUE FBECEDA 11.1110C/InEman 00

ANTECEDENTES DEL DELITO

RESERVADO SL NO:

SPIAGO muto II11 ROM) EN LUCAILNO l'AUNADO

vbC11% 144 fl111 MIMA 1031

MEDIOS PARA a/14ISBN DEL 01111N1

DEARIIA No WM1LI

WUAlt TM OCURRENCIA ORGANIZACKAY plAILICA IN) SOCIA SIDO istsultso SERVICIOS runi.irDs

MOICAC1ON • rysr. cALLE CALLA

IMANTE en0111 COADAANTE 11

A. .010 615 DEMI) TIPO CON. IIAMTAIBLINAI.

, 1111111IX4 sV Re:IBÓN DE ARICA Y PARO:A[01B

CAL1.1 ART111101,A1.1)13

BLOCK

IMAIHAN W N. HABITAOONAL

0110VINMA ANCA COMUNA ARICA

14

IaLACION DE LOS HECHOS

RELACHIN UK INS MY CUENTA A ESA RUMIA LOCALOCE HUYA LLS 21115 110E4 +Int LIN FOSIUNWARO

"Din 011-S CrATIME 111: CEMIIICLOONES Le-FXGO/, EL Saltaxro / no. BRAELK) einrosnCA, ACOMPAÑADO DEL CANO 100. M'AA ARRIAGADA CALQIIIN. AMOS n110

tEACION DE LATA UNIDAD V SERVICIO LY EA PORLACION, SE TRAMA/LOOR A LA ORIGINA DE curca tieucum CALLEGALGO NRO.645,ton 11 FINALIDAD DE WRIFICAR 1.N RMO. CNA ERREN u. EDRAR, EJJERAFIYAI , Dr,

CARABINEROS PROCUROA ERTREVISTALSE CON EL AFECTADO

rAl !OCIO MANUEL MAMAN' CA REACRO.INDIVIUMLIZADO ALITILRIONSIEN rr., OCIEN %UNISEXO/ Un SE DESUIPELFA C0410 OLLORDINADM REGIONAL DEI, PROGRAMA ORIMPLEF, lapENDIENTE DM. MINISTERIO DE PANIFICACIÓN DEL GOBIERNO DE 11111.1 V1101' A LAS 7.0:3. Hug" sic PERCATO tia Ruso Dr LA EATERIA, SOLIO o% nummtiertAs v oncumEN MIDEL PROGRAMA. DIO. YEIDCDLII rrll 111' IR • 111. ott sE ENGEM ERA ENTAERIRADO EN EL 1111DICILIO • SEÑAL AD0,AN TERIORMESTE

DEM:Ni-LAME EN EL LOCAR. SE !EXCITO QCE INDIVIDLIM DESCONOCIDOS 114111.1.S IMMIS1011 AL 011611CIL111, RALLANDO LA REJA SIETALICA CullREpoNMEREI: AL orRIn PEROL IRME DEL EILIFICLOMODEXANDO A • I LLAVES DE PUERTA PRINCIPAL1)1T. rowaltON CO

AuceN IRESIENTO LA ['CARTA DEL VEHIELLO„ sus I RALLAD° , LAS SIGUIENTES ESPEcIESI RATERÍA 41,11IPERES. R(II.SOCtjN IREEIQEIS ESFIVITIN, LLAVE DE RUEDA V DOCUMENTOS IIE FOLLEO FRIA DEE PROGRAMA LIRIGENES.

MALEO: EL AFECTADO IIAIIA ELATALUO DE LO' ESPECIES. EN LA FISCAL' A LOCAL SONPECILAS: NO NIARTIENE EN DETERMINADAS PERSONAS.

DEL SitEME POR PARTE OCIA S.LP. RIP; EN El. LUGAR SE CONSTITUYO PERSONAL DE U SSP. DE. ESTA MIRAD, A CARGO LILE Sra 0.1110. IVO ANO ROMERO RIIIIRTAIELILIIMI INFORMARA DIRECTAMENTE A ESA FELCALIA. RESPIRADO DE LA DILIGENCIA. DERECHO& Se LE »le RON A CoNOCKIII SI IRDERECII(ES. ACTAOLIE SL ALIOINIA Al. YURI E. OTACII IN: El. DENUNCIAREEQUEIRI IN ESPERA nv CITATION rOR rAlvve DE ESA FISCALIIA LOCAL MIGUEL A, ELGVETA muNTECINOS SUELA IDO. DKCARABINEROS suouneva. DL CarAIWIA VIO. DNI.). (DO

ARDO M.M.INCEIIIIRRENA MAYOR D4 CARA PANEROS COM IMMO.

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b•nuricurviv rosca LAsurN vo

15

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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO

N° z ol Unicosx 09006113n-O

Inhern0 : 19010910101

Alón XV REGIÓN DE ARIOS. Y PARINACOTA

(sesga ARICA

Aso ROBO EN LUGAR NO HABITADO I HM

Rol USCo 0900651E2w

Rol Interno 19010919101

Región )(V REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

FbeelIa : ARIDA

Casa : Rolan EN LUGAR No HABITADO I NOI

ROBO EN LUGAR NO HABITADO Deditos : Raso EN LUGAR No HABITADO

'.0enunsis : HI011/2010 •

11111111111110111111111111 0111106.13111-0

Ellenunda 14/o1/20113

INIONUEIMEN 0900eSIne

16

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ANEXO N° 2

17

ANTECEDENTES DE LA RENUNCIA

XV REGIÓN DRAMA Y PARINACOTA

INSTIEUCION VOUCIAL, CARABINEROS

•FREVAPARTE IINIl1PoB •

rtCR.A DAr4uUmA ' 11/97/2110 DEIDAD POLICIAL SIN DESTACAMENTO

PREPECR/RA I ion ARCA

PUNCE/NANO CONEBuTIONA rEPARTS RECORTA MONTEMOS MIGUEL A. YIEL NúmERO DOC. !DUNI. FUNCIONARIO CONFECCION Da Man ruNcioNAloo A Casco PRocsumUNTo SUSTOSVIGA nitAULLT auLARDO

NuMERO DOC. IDENT. FUNCIONARIO nue EFECTÚA HL moco/Humo

NOMBROISCAU/A

tf DÉLINaTt ROBA Pan

HORA OENUNCA COMISARE

ARICA

isn

bu

21,00

I ERA C MIMA *RICA

ANTECEDENTES DEL DELITO

RESERVADO SI NO: X ' COMO DELITO NO ROBO IN LUGAR NO HABITADO FECTIA t uot200 ROM 21:3 I MEMOS PARA COMISAN DEL DEUTO 'DI» os ARMA NO LIUDO LOE/kg os OCURRENCIA ORCANIZACIoN PUBLICAY/0 SOCIA srnoDasucps0 StraCtosvunicos

CLUB CALLE CALLE

ItADBANIV *MOL CUADRANTE imaR0 W Dert0

CON'. limirrAnomAl. REGION %V REGIÓN [MARICA Y PARRIACIIITA

Cia.111 ARTURO CALLO

BLOCK NOMBRE CONJ. 11A0trACIONAL

PROVINCIA MOCA COMUNA *RICA ••

TIPO Dile. IINIMPICACION CÉDULA DE IDENTIDAD • M. PATERNO MAMAN! AP. MATERNO CAREAcTio

CLIMA NACOMEAMB otle2MIL Sbq BUSCOUt40 l'OCOLAIODAD IIOVERS1TARIA ' • nuAnsffiv41 anclo

: CAllAcrall tilusION - ITSCIIIIvioN cm LA tusiON

HA CITACIÓN poE11111 HALLE AR1 uno CALLO NUMERO us MoM01111 CONVINO HADITAOOPIAL RIE,I0N XV RECION DE ARICA Y PROVINCIA mucA TEIDIDNOS Masa ' CoRELIO PLECtIONE0

Numato INDE HENT.• 131116604 NOMBRES PATRICIO MANUEL NACIONNJOAD PIALE

OSITO BIZCA

COMUNA 'ARICA •

«ama-me:UN

4/1 henuNcuorre

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PARTE DENUNCIA

ESPECIES ASOCIADAS A LA DENUNCIA

CAYD3ORIA Numerunnunn AvALUD (1)

IDENTIPICACIDN DENUNCIANTE

18

NACIONALIDAD

Mal( NUMERO

- TIPO DOC.IDIMPICACION

AV.PATERNO

AILAS / NoMBRIL SUPUESTO

nlcm MC1A411101) CSCOLARIDAD

FECHA EITACION

MMISTEA OTROS ANTECO RENTES: SI NO

RONIICII CALLO

NOMBRE CON RATIO IIA ORACIONAL Enman PROvINOA

IDEEMPICACION IMPUTADO (dcntinciadoNntellIno 3 dunls *darlos 35313 la blVesi ié

Ir • HUMERO 130e Meo

AP. MATERNO NOMBRES .

SEXO

mortsloll/ OFICIO NORA CITACIÓN

DEPTIL

COM UNA

• 10ENTIFICACION VICITAIA

Tipo vot.IDENWICACIEIN NO DEFINIDO

AP. RATONO

Pecan NACIMUTU

ESCOLARIDAD NO DEFINIDO

CARACUL* On LA LEISION

-0 ESCRUTION ODIA IfisiON nau CfrAcióN

EXIMIZILIQ CALLE A RIVRO CALLO

PRIOR coral/NIT) IlMarrAcTONAL

NTN xv REGIÓN UE ARIO.. Y PROVINCIA ARIO

113111FONOS

CORREO wicrx0mco

COMUNA ARICA

AP. MATERNO

SEXO NO DEFINIDO

PROMSKIN /MICO

NUMERO DOC. IDENT.

HOMBRES PROGRAMA MUNO:

NACIONALIDAD CHILE

HORA °TALIÓN

NUMMIO ITI DEDO IsILOCK

DOCUMENTOS ADJUNTOS

. TIPO DOCUMENTO H1.1140.1t0 LIOCUMENTO FECHA DecUMIlln0

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TESTIGOS

11P0 00c IDELMEICACION

AP. PATERNO

AGUA NACIMIENTO

ASCOLARIDAD

('ECHA m'Ación izna

NULIDAD CONIUNTIRIABRACIONAL

RECIoN

liW'ONOS

CORREO OLECIRONICO

AP. MATERNO

SeX0

PROFESOR / OFICIO

HORA crucTON

NOMBRO

PROVINCIA

NUMERO DOC. IDENT.

NOMBRES •

NACIONALIDAD '

nErro ',LOGI

COMUNA

- Del TOS PERITO

TIPO II0C IDENTIDAD

AP. PAIX1INO

p/tOckSIONARICIO

INSITIDLIoN A LA OI/U PERTENECE

gsreconvono

AP. MATERNO /0 DOG IDENTIDAD .

NOMBRES

_31Acolmumb

19

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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO

DELÁDION DE LOS HECTIOS REMEN» DE LOE LIEGDOS DOY CUENTA A ESA F1SGALIA IDCAL,QUE HOY A LAS MIS 110RAS.ANT SUR CDMINICADI? RADIAL me LA ermut te comunicAnonmanctn, EL SARGENTO IRO.D.AULIO BUSTOS VEGA, AG0141-ANADO DEL GABO 21/0. JUAN ASURCADA GU.QUIN,AMIDS DE DO TACIÓN DE ESTA UNIDAD Y SitRvIGIO EN LA PODLAciON,SE TRASLADARON A LA OFICINA DE CONADI, UBICADA EN CALLE CALLO NRO, 015, CON LA FINALIDAD DE. VERIFICAR UN ROso, GRA VEZ EN EL LUGAR. EL PERSONAL DE CARABINEROS PROCEINO A ENTRETIrrAnsE con EL AFECTADO • PATANCIO MANUEL MAMAN' CARTAGO°, INDIVIDUALIZADO ANTERIORMENTE. QUIEN MANIFESTÓ QUE SE DIEEMPEDA• COPAD COORDINADOR REGIONAL Del-PROGRAMA ORICENZEDEnnolorri DEL MINisnal0 DI pLAIlinCALION DEL DolnERNa DR CUILE v DUT A LAR Nue LLORAS, RE-asió UN LL AMARO A SU TeLRIONo cELuum. DE LA SRA. EDITA PATRICIA GÓMEZ MARETA CÉnuLA DE IDENTIDAD NR0.1427.7n-IL DOMICILIADA EN CALLE SOTO. CANDELARIA MUT JIM. !WIEN LE INFORMA <KM DICIIA OPICINA,MI ENCONTRADA CON LAR Kit itTAP Al:IMITA& AL CIPPOTITUIRSE EL DENUNCIANTE EN El-LUC/4,3C PERCATÓ QUE INDIVIDUOS DEscoNoGIDEN ENTRE AYER VIEW alADIAN FORJADO LA CHAPA DE simURIDAD DE LA REJA METÁLICA, CORREPONDIENII AL CIERRE PERIMETRAL DEL EDIPICIO,INGIOISANUO A

. TRATES DE LA PUERTA PRINCIPAL QUE FORZARON CO

N ALGÚN SEMIENTO CUKrUNDErfrE, A DOS OFICINAS, SUSTRAVEND0,91GUIENTLSEArLeat - 02 iDosInturnionct, MARCA ACER, AMBOS Ut COLOR NUM, moDILO 4120. -11 (UPO NOTERODGE, MAREA Toalla& coLon MIGRO. • MODELO 200.- DI IIRD PCGENE:RICO, mARCA MAISUNG.P Erfriennv, !ANTAL,* ¡Em.a, DE II PULGADAS. - 01 WrIA) ImPREsoRA, MARCA DRUTIIER. MODELO 211 1C.1110. • 01 fUNA)IMPRESOILt./.1ARCA cANNON, MODELO liman AVALÚO: EL AFECTADO HARÁ LL arm.uo DE LIS ESPECIES, EN ESA nscALIA LEICA1-110SrEalat NO MANTIENE EN DETERMINADAS PERSONAS. DILIGENCIAS: EL ECTO.150. RRAULKI SUSTOS TECA, PROCEDIÓ A EMPADRONAR Al. VECINO DEL INMUEBLE. REME AMADLO VE1.12 GuatANTE AWIEGÉDuLA DE IDENnDAD NRO. 2.111304, FOC 21.02.19311. DIDDIGILIADo EN CALLE GALLO NRO. in, TELE LINO N110.151011. QUIEN RUMIAREIS OUF. ilOr A LasJIM DoRast PERCATO .r.•111 LAS PUM"' Al DE LA INTIMA EE ENCOITRADAN AMERE" POR LO QUE SE DIRIGIÓ A LA PRIMERA COMISARIA A DAR CUENTA DE LA ANORIALIA_ ADEMAR si EPECTUO un EATRULLAIE poR LAS INMU)I ACIO NET DE1.51TID DEL suCTAID. CON la esnAunno RL OAR con LOs AinoREI DEI. ILILITo./10 OBTENIENDO RESULTADOS posamos. FISCAL DE TUR110111IL HECHO TOMÓ COMOCIMILNTO EL ?UGALDE TURNO DON CARLOS ELTIT ORTFEA,

IIIIN DISE ZO PESAR POTOGRAMCMIENTE MEMO

DELSOCEso, roa PARTE DE LA 121.1.11Lt: EN EL LUGAR SIS coNSTITUED PERSONAL DE LA SAZ, DE ESTA UNIDAR. A CARGO DEI. S010. HIEL LUCIANO ROMERO R1QUELME,DUIEN INFORMARÁ DIRECTAMENTE A ESA FISCALIA, EL RESULTADO DE LA DILIGENCIA. DEREC1101 SE LE DIE aun A CONOCER SUS DILREGIIIIS. ARA QUISE ADJUNTA AL PARTA CITACIONL GLDENOVCIANTE QUEDÓ EN ESPRIa 11 . CITACIÓN POR Tan DR. EUFECALGA LOCAL. MIGUEL A. GLGULTA MORTECINOS SOTO lotos CARARINEROs supoloCIAL DE GUARDIA VTO Zoo. roa ARDO AL PONCE AGRIERA MAYOR DE CARATINElloSCOMISAIU0

DENUIDEANTE FISCAL ADJUNTO

20

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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO

DI Un icoxx 09011851U5-0

lol Interno : 19010910101

legión

; XV REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

lacalia ; ARIDA

:aso : ROBO EN LUGAR NO HADITXDO 1 NIN

Jaleas

; ROBO EN LUGAR NO MULTADO

.11/nunda 1110a0009

1011111111NUME

agoossulse

Rol Unica ; 0900851328-0

°3 Rol Interno 19010910101

Región : XV REGIÓN MARICA Y PARINACOTA

Fiscalía ; ARICA

Caso : ROBO EN LUGAR NO HABITADO 1 I4/14

Denlos ROBO EN LUGAR . NO HABITADO

PI/000901e : 11107/2009 '• •

1111111111111E11111111

09011051329-0

www.contraloria.c1