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Grupo Funcional Gobierno
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Secretaría de la Función Pública
Sistema de Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada
Auditoría de Desempeño: 10‐0‐27100‐07‐0102
GB‐113
Criterios de Selección
Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.
Objetivo
Fiscalizar el cumplimiento de los objetivos y metas relacionados con el Sistema de Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada.
Alcance
Los alcances de la auditoría fueron determinados por el contenido temático de la revisión, en los que se analizaron los aspectos de eficacia, eficiencia y economía.
Para la eficacia, se analizó la base de datos del Registro Único del Servicio Público Profesional (RUSP) de los años de 2004 a 2010 en relación con la trayectoria de los servidores públicos de carrera adscritos en la APF.
Para el análisis de la eficiencia, se revisaron las disposiciones emitidas por la SFP en relación con la operación del Servicio Profesional de Carrera, el Programa Operativo Anual 2010, así como los resultados de los indicadores; la Base de Datos del RhNET, y el Registro de los Perfiles de Puesto; el Programa de Auditorías de los órganos internos de control; y el registro de las convocatorias y plazas concursadas en 2010, así como de los servidores públicos capacitados, certificados, evaluados y los que se separaron del servicio en ese año.
En economía, se analizó la aplicación y destino de los recursos aprobados para los programas presupuestarios O003 “Integración de las Estructuras Profesionales del Gobierno” para administrar y operar el SPC, y O099 “Operación del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada”.
Antecedentes
El 25 de marzo de 2003, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, por el que se expide la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, que conforme a los considerandos de la Ley se
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
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propuso lograr una administración pública eficiente y atenta a cumplir con el fin último del servicio público que responda a las demandas de la población. Su instrumentación se regularía por medio de la Secretaría de la Función Pública (SFP) y su operación a cargo de cada una de las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada. Asimismo, con la expedición de la ley, se precisó concretar una institución sólida, confiable, honesta, transparente y de alta calidad que dotara de un cuerpo eficaz de servidores públicos y garantizara continuidad en la operación de los programas de gobierno. Estos servidores, al contar con los conocimientos técnicos necesarios y encontrarse ubicados en el cargo de acuerdo con su perfil y capacidad, contribuirán a consolidar el sistema democrático. 1/
En este contexto, el 3 de abril de 2003 se aprobó, por unanimidad, la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 2/ con vigencia a partir de octubre del mismo año. Su propósito es establecer las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del Sistema de Servicio Profesional de Carrera en las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada, para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública con base en el mérito y con el fin de impulsar el desarrollo de la función pública para beneficio de la sociedad, teniendo como principios rectores del sistema la legalidad, la eficiencia, la objetividad, la calidad, la imparcialidad, la equidad, la competencia por mérito y la equidad de género. 3/
El Sistema comprende, con base en el catálogo de puestos, los rangos de Director General, Director de Área, Subdirector de Área, Jefe de Departamento, y Enlace; así como los niveles de adjunto, homólogo o cualquier otra denominación que se les otorguen. 4/
La implantación gradual del sistema inició en octubre de 2003 y, de acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 5/ el sistema debió operar en su totalidad en un periodo que no excediera de tres años a partir de la iniciación de la ley, por lo que la plena operación del servicio debió lograrse en 2006.
En el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007‐2012 6/ se señala el Eje Rector 5 “Democracia efectiva y política exterior responsable” el cual planteó el área estratégica 5.4 “Eficacia y Eficiencia Gubernamental”, con el objetivo 4 “Mejorar la regulación, la gestión, los procesos y los resultados de la APF para satisfacer las necesidades de los ciudadanos en cuanto a la provisión de bienes y servicios públicos”. Para ello, se propuso la estrategia 4.3, que consistió en “Profesionalizar el servicio público para mejorar el rendimiento de las
1/ Considerandos del Dictamen de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública de la Cámara de Diputados, 25 de marzo
2003. 2/ Diario Oficial de la Federación, 10 de abril de 2003, última reforma publicada 9 de enero de 2006. 3/ Artículo 2 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 4/ Quedarán excluidos del Sistema el personal que presta sus servicios en la Presidencia de la República, la Secretaría de
Relaciones Exteriores, los rangos de Secretarios de despacho, Jefes de Departamento Administrativo, Subsecretarios, Oficiales Mayores, Jefe o Titular de Unidad, cargos homólogos a esos y sus gabinetes de apoyo; los miembros de las fuerzas armadas, del sistema de seguridad pública y seguridad nacional, y personal docente de los modelos de educación preescolar, básica, media superior y superior; de las ramas médicas, paramédica y grupos afines; los asimilados a un sistema legal de servicio civil de carrera; y los contratados por honorarios en las dependencias.
5/ Diario Oficial, 10 de abril de 2003, última reforma publicada el 9 de enero de 2006. 6/ Diario Oficial de la Federación, 31 de mayo de 2007.
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estructuras orgánicas de la APF”, donde se señala que, para mejorar el servicio profesional de carrera, se requieren criterios, metodologías y herramientas de evaluación y operación que sean ágiles, transparentes, sólidas, flexibles, descentralizadas y aceptadas por las dependencias. Esta estrategia busca atraer y retener a las mejores mujeres y hombres al servicio público, para el logro de los resultados institucionales demandados por la sociedad.
El sistema del SPC comprende siete subsistemas: 1)Planeación de Recursos Humanos; 2) Ingreso; 3) Desarrollo Profesional; 4) Capacitación y Certificación de Capacidades; 5) Evaluación del Desempeño; 6) Separación y, 7) Control y Evaluación. 7/
En 2010, se incorporaron 35,689 plazas al Servicio Profesional de Carrera (SPC), que correspondieron a los niveles de Director General, Director General Adjunto, Director de Área, Subdirector de Área, Jefe de Departamento y Enlace. Estas plazas representaron el 40.3% de las 88,484 plazas equivalentes en la Administración Pública Federal Centralizada, como se detalla a continuación:
PLAZAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, 2010
Nivel Plazas Totales
(a) Plazas APFP
(b) Plazas APFC
(c) Plazas SPC
(d)
Proporción de Plazas SPC
respecto de las plazas
equivalentes de la APF (%) (e) = (d) / (a)
Proporción respecto de las plazas
equivalentes de la APFC
(%) (f) = (d) / (c)
Total 1,698,474 932,820 765,654 35,689 n.a. n.a.
Subtotal Dir. Gral. a Enlace 112,455 23,971 88,484 35,689 31.7 40.3
K Director General 1,784 440 1,344 372 20.9 27.7
L Director General Adjunto 2,678 982 1,696 501 18.7 29.5
M Director de Área 9,730 3,680 6,050 2,808 28.9 46.4
N Subdirector 23,869 8,374 15,495 9,711 40.7 62.7
O Jefe de Departamento 26,076 7,661 18,415 10,438 40.0 56.7
P Enlace 48,318 2,834 45,484 11,859 24.5 26.1
Subtotal no le aplica el SPC 1,586,019 908,849 677,170 n.a. n.a. n.a.
Presidente 1 n.a. 1 n.a. n.a. n.a.
Secretario 19 n.a. 19 n.a. n.a. n.a.
Subsecretario 95 19 76 n.a. n.a. n.a.
Oficial Mayor 66 22 44 n.a. n.a. n.a.
Titular de Unidad 463 98 365 n.a. n.a. n.a.
Operativos 1,585,375 908,710 676,665 n.a. n.a. n.a.
FUENTE: Elaborado por la Auditoría Superior de la Federación, con información del Analítico de Plazas y Remuneraciones del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2010 e información proporcionada por la Secretaría de la Función Pública (SFP) mediante el oficio núm. UCGP/209/685/2011 del 13 de abril de 2011.
n.a. No aplica la Ley del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
7/ Artículo 13 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
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Asimismo, de las 35,689 plazas pertenecientes al SPC, 80.0% (28,565) estuvo ocupado al 31 de diciembre de 2010 y 20,0% (7,124) se registró como vacante, como se detalla en cuadro siguiente:
PLAZAS TOTALES, OCUPADAS Y VACANTES DEL SPC, 2010
Ramo Plazas totales
Partic.(%)
Plazas Ocupadas
Partic.(%)
Plazas Vacantes
Partic. (%)
Total 35,689 100.0 28,565 100.0 7,124 100.0 16 Medio Ambiente y Recursos Naturales
7,891 22.1 6,820 23.9 1,071 15.0
8 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
5,953 16.7 5,076 17.8 877 12.3
6 Hacienda y Crédito Público 3,579 10.0 2,519 8.8 1,060 14.9 9 Comunicaciones y Transportes 2,512 7.0 2,009 7.0 503 7.1
20 Desarrollo Social 2,465 6.9 1,868 6.5 597 8.4 14 Trabajo y Previsión Social 2,194 6.1 1,864 6.5 330 4.6 11 Educación Pública 2,709 7.6 1,765 6.2 944 13.3 10 Economía 2,061 5.8 1,665 5.8 396 5.5 4 Gobernación 1,598 4.5 1,268 4.5 330 4.6 27 Función Pública 1,349 3.8 1,072 3.8 277 3.9
12 Salud 1,323 3.7 1,007 3.5 316 4.4 15 Reforma Agraria 933 2.6 777 2.7 156 2.2 18 Energía 450 1.3 384 1.3 66 0.9 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos
419 1.2 248 0.9 171 2.4
21 Turismo 211 0.6 186 0.7 25 0.4 37 Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
42 0.1 37 0.1 5 0.1
FUENTE: Elaborado por la Auditoría Superior de la Federación con información proporcionada por la Secretaría de la Función Pública, mediante oficios núm. UCGP/209/685/2011 del 13 de abril de 2011 y UCGP/209/1067/2011 del 4 de agosto de 2011.
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Principales Universales relacionados con el Servicio Profesional de Carrera
UNIVERSAL DE LAS PLAZAS Y SUBSISTEMAS DEL SPC, 2010
Núm.
cons. Ramo
Núm. Depen‐dencias
Plazas adscritas al SPC
Plazas ocupadas del SPC
Plazas vacantes del SPC
Movi‐mientos laterales
Capacitados con 40 horas o más
Certifi‐cados
Servidores públicos evaluados
Sepa‐rados
Totales 74 35,689 28,565 7,124 324 11,309 18,371 18,682 2,4471 16 Medio Ambiente
y Recursos Naturales 5 7,891 6,820 1,071 56 2,110 5,061 4,969 349
2 8 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
8 5,953 5,076 877 85 3,488 2,971 3,201 322
3 6 Hacienda y Crédito Público
4 3,579 2,519 1,060 95 1,375 1,923 1,931 322
4 9 Comunicaciones y Transportes
3 2,512 2,009 503 7 561 1,698 1,361 150
5 20 Desarrollo Social 3 2,465 1,868 597 1 1,262 797 1,331 1606 14 Trabajo y
Previsión Social 2 2,194 1,864 330 18 36 1,285 1,417 102
7 11 Educación Pública
10 2,709 1,765 944 18 364 1,021 602 229
8 10 Economía 4 2,061 1,665 396 10 508 1,005 1,179 200
9 4 Gobernación 8 1,598 1,268 330 705 729 861 10010 27 Función Pública 2 1,349 1,072 277 5 74 545 15 15211 12 Salud 15 1,323 1,007 316 16 338 472 725 18312 15 Reforma Agraria 2 933 777 156 6 120 421 511 5713 18 Energía 2 450 384 66 2 173 216 248 4914 25 Previsiones y
Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos
2 419 248 171 3 75 107 156 16
15 21 Turismo 3 211 186 25 2 107 107 143 5216 37 Consejería
Jurídica del Ejecutivo Federal
1 42 37 5 0 13 13 32 4
FUENTE: Elaborado por la Auditoría Superior de la Federación con información proporcionada por la Secretaría de la Función Pública, mediante oficios núm. UCGP/209/685/2011 del 13 de abril de 2011 y UCGP/209/1067/2011 del 4 de agosto de 2011.
Resultados
1. Administración del Sistema del Servicio Profesional de Carrera
Regulación Emisión de disposiciones normativas del SPC
En el periodo 2004‐2010, la SFP emitió un marco normativo del SPC conformado por 135 documentos para regular los subsistemas, de los cuales estuvieron vigentes en 2010 un total de 64 documentos. De 2004 a 2010, el marco normativo se incrementó en 30.8%, en promedio anual, al pasar de 2 documentos existentes en 2004 a 10 documentos.
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Se corroboró que en 2010, de las disposiciones normativas emitidas, la SFP no expidió normas específicas para regular el Subsistema de Control y Evaluación, y la emitida para el Subsistema de Desarrollo Profesional fue insuficiente para normar los planes individuales de carrera a fin de establecer las trayectorias de los servidores públicos de carrera. Tampoco emitió los manuales de procedimientos requeridos para el funcionamiento del SPC.
Respecto de las disposiciones para regular los subsistemas de Desarrollo Profesional y de Control y Evaluación del SPC, se constató que con fecha 29 de agosto de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Manual del Servicio Profesional de Carrera con el cual se fortaleció la regulación de los siete subsistemas del servicio, por lo que la observación fue solventada.
2. Mecanismos de coordinación
La SFP llevó a cabo acciones de coordinación con las dependencias sujetas al SPC en relación con la operación de los siete subsistemas que conforma el SPC, de los que no fue posible evaluar su cumplimiento al no establecer metas.
Tampoco instrumentó acciones de coordinación para llevar a cabo convocatorias anuales en las que se integraran las vacantes que los Comités Técnicos de Profesionalización determinaran sujetar a concurso, lo que limitó el cumplimiento normativo en la materia.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐001 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐002
3. Evaluación y Seguimiento
Sistema de indicadores
En 2010, la SFP no estableció indicadores vinculados con la eficacia en el cumplimiento de los objetivos de atraer y retener a las mejores mujeres y hombres al servicio público para el logro de los resultados institucionales demandados por la sociedad, establecido en el eje rector 5, estrategia 4.3, del PND 2007‐2012.
La SFP no estableció para 2010 indicadores de eficiencia para dos subsistemas del SPC: Planeación de Recursos Humanos y Separación. Con el oficio núm. UCGP/209/036/2012 del 17 de enero de 2012, la SFP acreditó que para 2011 en el Programa Operativo Anual del SPC, incluyó indicadores para medir la operación de cada subsistema, por lo que se solventó lo observado.
Además, se determinó que los indicadores de eficiencia diseñados e instrumentados no están referidos a la totalidad de los procedimientos o etapas de los cuatro subsistemas: Ingreso; Desarrollo Profesional; Capacitación y Certificación de Capacidades; y Evaluación del Desempeño, que incluyó en el POA 2010 del SPC, ya que no se establecieron parámetros y metas respecto de plazas por concursar; reclutamiento y selección de aspirantes; servidores públicos eventuales; nombramientos temporales; planes individuales de carrera elaborados y autorizados; horas mínimas de capacitación; calificaciones obtenidas de las acciones de capacitación; parámetros para obtener ascensos, promociones, premios y estímulos; así como garantizar la estabilidad laboral.
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Respecto de los indicadores para medir la operación de cada uno de los subsistemas del SPC, se constató que al cierre de esta auditoría, la entidad fiscalizada incluyó en su Programa Operativo Anual 2011 del SPC indicadores para cada subsistema, por lo que la observación fue solventada por parte de la SFP. Sin embargo, la ASF se reserva el derecho de emitir una opinión respecto de si su cumplimiento responde a la evaluación de la operación de los subsistemas del SPC, en atención al principio de anualidad.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐003 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐004
4. Cumplimiento del Programa Operativo Anual del SPC
La SFP elaboró, en coordinación con las dependencias y órganos administrativos desconcentrados sujetos al SPC, el Programa Operativo Anual 2010 del SPC. En este programa no se incluyeron elementos de diagnóstico, objetivos y líneas de acción por subsistema.
El Consejo Consultivo emitió opinión favorable sobre la propuesta del Programa Operativo Anual 2010 del SPC en la segunda sesión del 25 de noviembre de 2009, la cual debió de llevarse a cabo en el mes de marzo de 2009.
Se constató que de los nueve indicadores establecidos en el Programa Operativo Anual 2010 del SPC, en tres se rebasaron las metas programadas de los subsistemas y en seis no se cumplió con lo programado.
La ASF determinó que los mecanismos de información y comunicación para la toma de decisiones y rendición de cuentas del SPC por medio de la instrumentación del MideSPC no fueron confiables, oportunos, ni suficientes, debido a que se detectaron brechas entre lo reportado por las dependencias con la información de su origen y que en 2010 no se rechazaron las cifras de los indicadores a pesar de que la información no coincidió con lo reportado en el sistema de recursos humanos de las dependencias.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐005 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐006 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐007
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐008
5. Vigilancia
Vigilancia de los subsistemas del SPC
En 2010, los órganos internos de control llevaron a cabo 18 auditorías y 6 revisiones de control en 20 (27.0%) de las 74 dependencias sujetas al Servicio Profesional de Carrera, en donde se determinaron 45 observaciones y 39 acciones de mejora respecto de las deficiencias en la operación de cinco subsistemas del SPC.
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6. Operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera
Eficacia Cumplimiento de los objetivos del SPC
En 2010, la SFP dio a conocer la metodología y escalas de calificación para la evaluación de la experiencia y la valoración del mérito que deberán observar las direcciones generales de Recursos Humanos de las dependencias. Asimismo, se constató que para 2010 definió el indicador “Igualdad de Oportunidades” para evaluar el objetivo del SPC, sin que acreditara la metodología para su aplicación, ni la autorización y difusión del mismo a las dependencias y entidades de la APF.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐009
7. Cumplimiento de los principios rectores del SPC
La SFP no diseñó, ni instrumentó indicadores para medir y evaluar el cumplimiento de los principios rectores del SPC, consistentes en legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género.
Como resultado de la auditoría, la SFP definió su propuesta de indicadores para medir el cumplimiento de cada principio del SPC. Respecto de los indicadores definidos por la SFP, la ASF se reserva el derecho de emitir una opinión respecto de si su definición responde al cumplimiento de los principios rectores del SPC, en atención al principio de anualidad.
8. Permanencia de los servidores públicos de carrera 8/
Se constató que entre 2004 y 2010 ingresaron al SPC en la Administración Pública Federal 45,696 servidores públicos, lo que significó un ingreso anual de 6,528 servidores públicos que, en comparación con el promedio anual de 36,659 9/ plazas de la plantilla del SPC en la APF, significó que el 17.8% se renovó anualmente.
De los 45,696 servidores públicos de carrera ingresados en el periodo, 59.4% (27,122) continuó en activo en 2010, 39.8% (18,199) causó baja del SPC en el periodo 10/ y 0.8% (375) correspondió a personal que se retiró de una dependencia de la APF pero continúa en el servicio en otra, como se detalla en el cuadro siguiente:
8/ Los datos presentados en este resultado corresponden a los servidores públicos que ocuparon una plaza del SPC sin
considerar que hubieran o no obtenido su nombramiento. No se incluyen 6,106 movimientos registrados entre 2004 y 2010 por artículo 34; de ellos, 1,443 corresponden a servidores públicos en activo, 4,622 a bajas, y 41 a cambios de ramo.
9/ Corresponde al promedio de plazas del SPC, incluyendo vacantes y ocupadas, del periodo 2007‐2010: 36,632 en 2007; 37,305 en 2008; 37,011 en 2009, y 35,689 en 2010.
10/ Delos 18,199 bajas, el 34.3% (6,234) fue personal que había obtenido su nombramiento.
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MOVIMIENTOS DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA APF, 2004‐2010
Ramo Nivel de puesto K L M N O P
Total Part %
Total Part %
Total Part %
Total Part %
Total Part %
Total Part %
Total Part %
APFC 45,696 100.0 889 100.0 1,095 100.0 4,112 100.0 12,577 100.0 12,514 100.0 14,509 100.0Baja 18,199 39.8 623 70.1 735 67.1 2,012 48.9 4,743 37.7 4,321 34.5 5,765 39.7En activo 27,122 59.4 258 29.0 342 31.2 2,037 49.6 7,709 61.3 8,094 64.7 8,682 59.9Cambiaron de dependencia
375 0.8 8 0.9 18 1.7 63 1.5 125 1.0 99 0.8 62 0.4
FUENTE: Elaborado por la ASF con información proporcionada por la Secretaría de la Función Pública mediante oficios UCGP/209/685/2011 del 13 de abril de 2011, UCGP/209/1067/2011 del 4 de agosto de 2011, UCGP/209/1144/2001 del 2 de septiembre de 2011 y UCGP/209/1160/2011 del 12 de septiembre de 2011.
Part. Se refiere a la participación de los servidores públicos de carrera que continúan en la APF, los que causaron baja y los que se reincorporaron a otra dependencia sobre el total.
Puestos Director General (K); Director General Adjunto (L); Director de Área (M); Subdirector de Área (N); Jefe de Departamento (O), y Enlace (P).
La relación entre el número de servidores públicos de carrera vigentes, con las bajas significó que, en promedio, por cada tres servidores en activo se registraron dos salidas.
El mayor número de movimientos, en relación al número de servidores activos, se registró en el puesto de director general, ya que se registraron 889 movimientos, de los que 29.0% (258) permaneció en el SPC en 2010, 70.1% (623) causó baja del sistema en el periodo, y 0.9% (8) cambió de dependencia o entidad, pero permanecieron en el SPC. El constante movimiento significó que, para el puesto de director general, en promedio, los servidores públicos se han renovado en por lo menos 3 ocasiones.
Se constató que de los 27,122 servidores públicos de carrera que a 2010 estuvieron adscritos al sistema, el 49.5% (13,425) correspondió a personal que se incorporó al sistema desde el inicio de su operación en 2004; el 32.5% (8,807) ingresó al servicio entre 2005 y 2009 y 18.0% (4,890) en 2010.
En el análisis por puesto, los directores generales tuvieron una antigüedad promedio de 2.8 años en el SPC, a los directores generales adjuntos les correspondieron 2.9 años, y a los directores de área un promedio de 3.1 años. Estos puestos se ubicaron como los de mayor movilidad, por tanto, no se ha logrado la permanencia de estos niveles en el sistema.
Los puestos de subdirector (4.1 años en el SPC), jefe de departamento (4.3 años) y enlace (3.9 años) son los que mayor permanencia reportaron en promedio de antigüedad, ya que de los 24,485 servidores en esos niveles, el 51.6% (12,637) ingresó desde que se implementó el SPC; asimismo, en 2010 la plantilla se renovó en 17.0% al ingresar 4,173 servidores públicos en ese año.
El promedio de antigüedad de las 27,122 personas en el servicio público de la APF fue de 10.6 años: los directores generales (258) registraron una antigüedad de 7.9 años; los directores generales adjuntos (342), 8.2 años; los directores de área (2,037), 9.4 años; los subdirectores (7,709), 12.1 años; los jefes de departamento (8,094), 10.7 años, y los enlaces (8,682), 9.6 años.
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
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Respecto de las 18,199 bajas del periodo 2004 a 2010, se verificó que el 45.4% (8,259) correspondió a servidores públicos que lograron su certificación, por lo que los esfuerzos realizados no permitieron asegurar su permanencia.
Los resultados de la movilidad de los servidores públicos de carrera y su permanencia en el SPC, en particular la registrada en los niveles de director general y director general adjunto, denotan que la operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada no ha sido eficaz para que éstos continúen en el sistema.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐010
9. Eficiencia
Subsistema de Planeación de Recursos Humanos Registro Único del Servicio Público Profesional
En 2010, la SFP, en coordinación con las dependencias y órganos desconcentrados, operó el Registro Único del Servicio Público Profesional para reportar la información básica y técnica de los recursos humanos de la Administración Pública Federal Centralizada, en el que se identificó a los servidores públicos sujetos al Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como la información relativa a la planeación de recursos humanos, ingreso, desarrollo profesional, capacitación y certificación de capacidades, evaluación del desempeño y separación de los miembros de dicho sistema.
10. Perfiles y catálogos de puestos
En 2010, la SFP integró el Catálogo de puestos del SPC con la información de los puestos y la contenida en el RHNet. El 100.0% de los puestos contaron con su descripción y perfil de puesto.
11. Subsistema de Ingreso
Reclutamiento y selección para el Ingreso al SPC
En 2010, se registraron en el Sistema RHNet 7,137 concursos realizados para ocupar 6,040 plazas, en los que 68.0% (4,855) fue declarado con ganador; 29.9% (2,136) desierto; 1.7% (121) cancelado, y 0.4% (25) en proceso.
Asimismo, se determinó que para las 6,040 plazas concursadas se recibieron 488,946 solicitudes de ingreso, lo que significó 81 solicitudes en promedio por plaza, de las que se aceptó el 45.7% (223,232) y que representó 37 solicitudes aceptadas por plaza concursada.
De las 223,232 solicitudes aceptadas, se determinó un ganador en 4,809 plazas, lo que representó el 79.6% de las 6,040 plazas concursadas, ya que el 20.4% de las plazas fue sin ganador al declararse los concursos desiertos o porque éstos se cancelaron o quedaron en proceso.
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12. Expedición de nombramientos del personal del SPC
En 2009, se registraron 11,856 servidores públicos que no habían obtenido su nombramiento, 41.5% de los 28,565 servidores públicos en activo del SPC.
De los 11,856 servidores públicos sin nombramiento, 89.1% (10,567) se encontraba en el supuesto del artículo Quinto Transitorio del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal al 2009, y el 10.9% (1,289) correspondió al supuesto del artículo 25 del mismo ordenamiento.
En relación con los 10,567 servidores públicos que correspondían al artículo Quinto Transitorio, el 94.8% (10,022) obtuvo su nombramiento en 2010, y al restante 5.2% (545) no se le expidió.
Respecto de los 545 servidores públicos sin nombramiento, la SFP indicó que de este total, 48.8% (266) correspondió a personal que cumplió con los requisitos, pero aún no se expedía su nombramiento; el 51.2% (279) faltante se encontraba en el siguiente estatus:
ESTATUS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE NO HABÍAN OBTENIDO SU NOMBRAMIENTO
Estatus Total Participación
Total 279 100.0
No contestó la dependencia 103 36.9
Obtuvieron su nombramiento 49 17.6
En revisión 37 13.2
Concurso 31 11.1
No especifica estatus la dependencia 27 9.7
Pendientes de firma 12 4.3
Litigio 9 3.2
Baja 6 2.1
Proceso legal 2 0.7
Incapacidad 1 0.4
No ha cumplido con las certificaciones 1 0.4
Plaza basificada 1 0.4
FUENTE: Elaborado por la Auditoría Superior de la Federación, con información proporcionada por la Secretaría de la Función Pública mediante oficio núm. UCGP/209/1382/2011 del 19 de diciembre de 2011.
De los 279 (100.0%) servidores públicos que no habían obtenido su nombramiento, la dependencia no contestó en el 36.9% (103) de los casos, el 17.6% (49) sí obtuvo su nombramiento, el 13.2% (37) se encontraba en revisión, para el 11.1% (31) las plazas se concursaron, en el 9.7% (27) no especificó estatus la dependencia, y en el 4.3% (12) se hallaba pendiente de firma, entre otras causas.
Al respecto, la SFP proporcionó los informes de seguimiento enviados a las dependencias “con el fin de conocer el estatus que guarda cada uno de los puestos considerados de libre designación”.
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
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Por otra parte, de los 1,289 servidores públicos en el supuesto del artículo 25, el 76.8% (990) recibió su nombramiento y 23.2% (299) no lo obtuvo. De estos servidores que no obtuvieron el nombramiento, se constató que conforme a las disposiciones aplicables, estaban dentro del plazo de dos años para obtenerlo, ya que se convirtieron en libre designación a partir de 2009.
13. Contratación de servidores públicos eventuales
Al cierre de 2010, de las 28,565 plazas del Servicio Profesional de Carrera ocupadas en la APF, el 5.1% (1,443) fue de plazas asignadas en términos del artículo 34 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, de las que el 89.2% (1,287) se encontró vigente al cierre del año con una antigüedad menor a 10 meses, y el 10.8% (156) rebasó el plazo. Dichas plazas fueron asignadas en los años de 2005 a 2010, de las que el 1.9% (3) fue asignado en 2005, 1.9% (3) en 2006, 18.6% (29) en 2007, 35.9% (56) en 2008, 40.4% (63) en 2009, y 1.3% (2) en enero y febrero de 2010, que en promedio sumaron 22.3 meses. 11/
Al respecto, la SFP acreditó que al 13 de diciembre de 2011, de las 156 plazas que habían excedido el periodo de 10 meses para la baja por artículo 34, en el 46.2% de los casos (72) se registró su baja y en el 53.8% (84) no se efectuó.
Respecto de los 84 (100%), la SFP indicó que el 3.6% (3) correspondió a servidores públicos que ingresaron en 2005; 3.6% (3) en 2006, 15.5% (13) en 2007, 38.0% (32) en 2008 y 39.3% (33) en 2009, por lo que solicitó a los oficiales mayores de las 10 dependencias que registraron esta situación proceder a incorporar en el sistema las bajas correspondientes.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐011 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐012
14. Subsistema de Desarrollo Profesional 12/
Definición de Planes Individuales de Carrera
A 2010, las disposiciones establecidas por la SFP resultaron insuficientes para regular el establecimiento de planes individuales de carrera de los servidores públicos del SPC, lo que limitó que las dependencias de la APF definieran dichos planes. Respecto a las disposiciones para regular el subsistema de Desarrollo Profesional, se constató que con fecha 29 de agosto de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Manual del Servicio Profesional de Carrera, con el cual se fortaleció la regulación de los planes individuales de carrera.
11/ Se consideró que el personal que ingresó desde 2005 ha excedido en 60 meses su permanencia como servidor público bajo
el artículo 34 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la APF; para 2006 se consideraron 48 meses; para 2007, 36 meses, en 2008 se consideraron 24 meses, en 2009 se consideraron 12 meses, y en 2010 se consideraron 2 meses.
12/ El desarrollo profesional es el proceso mediante el cual los servidores públicos de carrera con base en el mérito podrán ocupar plazas vacantes de igual o mayor jerarquía, en cualquier dependencia o en las entidades públicas y en las instituciones con las cuales exista convenio para tal propósito.
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Se verificó que en el periodo 2006 a 2008, los Comités Técnicos de Profesionalización autorizaron 2,774 planes individuales de carrera en 40 (54.0%) de las 74 dependencias sujetas al SPC, de los cuales el 33.1% (918) venció antes de 2010; el 9.2% (256) venció durante ese año, y el 57.7% (1,600) se mantuvo vigente al cierre de dicho ejercicio.
Respecto de la instrumentación de planes individuales de carrera, con el oficio núm. UCGP/209/036/2012 del 17 de enero de 2012, la SFP señaló que “el establecimiento tanto de Trayectorias de Ascenso y Promoción, así como de los planes de carrera son opcionales, (Fundamentalmente por que las trayectorias y los planes pueden cambiar de acuerdo a las necesidades y objetivos de los servidores públicos, así como de la disponibilidad presupuestal con que cuente cada dependencia)”.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐013
15. Movimientos laterales en el SPC
A 2010, las disposiciones establecidas por la SFP resultaron insuficientes para regular el establecimiento de trayectorias de ascenso y promoción de los servidores públicos del SPC, lo que limitó que las dependencias de la APF definieran el trayecto de su personal. Respecto a las disposiciones para regular el subsistema de Desarrollo Profesional, se constató que con fecha 29 de agosto de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Manual del Servicio Profesional de Carrera con el cual se fortaleció la regulación en esta materia.
En el periodo 2005‐2010, la SFP registró 1,036 movimientos laterales, que en promedio anual significaron 173, los cuales resultaron insuficientes para promover la trayectoria de los servidores públicos de carrera que requieran ascender o promoverse dentro del sistema, que es el propósito del Subsistema de Desarrollo Profesional.
16. Subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades
Capacitación de los Servidores Públicos del Servicio Profesional de Carrera
De los 28,565 servidores públicos que ocuparon una plaza del SPC en 2010, le aplicaba el proceso de capacitación al 92.8% (26,498) y al 7.2% no le aplicaba por haber ingresado en el último trimestre de 2010.
De los 26,498 a los que les aplicaba la capacitación, el 42.7% (11,309) recibió capacitación por 40 horas o más, mientras que el 14.9% (3,961) fue capacitado por menos de 40 horas y 42.4% (11,228) no recibió capacitación.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐014
17. Certificación de los Servidores Públicos del Servicio Profesional de Carrera
Se verificó que de los 28,565 servidores públicos que ocuparon una plaza del SPC en 2010, 64.3% (18,371) certificó sus capacidades profesionales y el 35.6% (10,194) no lo había hecho.
Respecto de los 10,194 servidores públicos del SPC no certificados a 2010, se verificó que el 93.0% (9,483) correspondió a personal que está en tiempo de obtener su certificación, ya
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
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que su ingreso al sistema fue a partir de 2006; el 7.0% (751) ingresó entre 2004 y 2005. La SFP señaló, con información al 8 de diciembre de 2011, que de los 751 casos, el 1.5% (11) correspondió a servidores públicos titulares que ingresaron entre 2004 y 2005, por lo que debían cumplir el requisito de certificación y que no lo cumplieron, sin que se hubiera procedido a su separación del SPC.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐015
18. Subsistema de Evaluación del Desempeño
Evaluación del desempeño de los servidores públicos
De los 28,565 servidores públicos activos al cierre de 2010, el 21.1% (6,014) no fue sujeto a evaluación del desempeño, el 78.7% (22,486) fue registrado por la SFP como evaluado en ese año, el 0.2% (57) no fue evaluado y en 8 casos, no se identificó su estatus en el sistema de la SFP.
De los 22,486 evaluados en 2010, el 68.7% (15,461) obtuvo el resultado valorado satisfactorio, 30.4% (6,831) excelente, 0.5% (110) no satisfactorio, y 0.4% (84) deficiente.
Asimismo, de los 22,486 servidores públicos evaluados reportados por la SFP, la ASF identificó en la base de datos del RHnet que la entidad fiscalizada propuso el 94.2% (21,181), y el 5.8% (1,305) no se detectó debido a las inconsistencias en la información de los campos del ID RUSP, RFC o código de puesto.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐016
19. Subsistema de Separación
Bajas de los servidores públicos en el SPC
En 2010, 2,447 servidores públicos se separaron del SPC, lo que representó un 8.6% respecto de las 28,565 plazas ocupadas del servicio de carrera al cierre de 2010.
Asimismo, se constató que el 28.8% (704) de las 2,447 separaciones, se dio en el nivel de jefe de departamento; el 27.6% (675), en subdirector; el 25.5% (624), en enlace; el 12.9% (317), en director de área; el 2.8% (68), en director general adjunto, y el 2.4% (59), en director general.
Además, se verificó que de 1,738 servidores públicos separados definitivamente, 587 (33.8%) contaban con una certificación.
También se identificó que de 6,234 servidores públicos que en algún momento se separaron del SPC en el periodo 2004‐2010, el nivel con mayor proporción de separaciones definitivas fue el de director general con 85.6% de personas que no regresaron al servicio. De las 6,234 separaciones, el 74.2% no se reincorporó al SPC.
En lo referente a la antigüedad de los que tuvieron una separación definitiva, en promedio tenían 9.1 años de experiencia en la APF, siendo el nivel de enlace el de mayor antigüedad (10.2 años).
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20. Implantación del Servicio Profesional de Carrera
Se verificó que después de siete años de la expedición de la Ley del Servicio Profesional de Carrera y de cuatro años en que debió integrarse en su totalidad (2006), 13/ la SFP conjuntamente con las dependencias de la APF a 2010, estableció e instrumentó las bases para que el ingreso de los servidores públicos se realizara en igualdad de oportunidades y se seleccionara a los mejores profesionistas que durante los concursos obtuvieran las mejores calificaciones o puntos.
Asimismo, se verificó que de los siete subsistemas del SPC, a 2010, cinco (71.4%), relativos a Planeación de Recursos Humanos, Ingreso, Capacitación y Certificación de Capacidades, Evaluación del Desempeño, y Separación, operaron en los términos de la normativa aplicable; uno (14.3%), que corresponde al Subsistema de Desarrollo Profesional, las disposiciones emitidas resultaron insuficientes para la instrumentación de planes individuales de carrera y trayectorias de ascenso y promoción, y en uno más (14.3%), referente a Control y Evaluación, no se establecieron metas e indicadores para evaluar los propósitos de cada uno de los subsistemas.
La experiencia internacional demuestra que servicios de carrera más antiguos continúan en actualización y en proceso evolutivo para lograr su consolidación, como ocurre en los casos de Holanda, España y Estados Unidos de Norte América, servicios que datan de 1829, 1852 y 1883, respectivamente.
21. Economía
Recursos ejercidos del SPC
En el periodo 2008‐2010, los recursos ejercidos por las dependencias de la APF en la operación del Servicio Profesional de Carrera disminuyeron 10.2%, en promedio anual, al pasar de 127,865.7 miles de pesos en 2008 a 103,223.5 miles de pesos en 2010.
Los recursos ejercidos en ese periodo ascendieron a 373,362.6 miles de pesos, lo que representó el 45.7% de los 816,348.0 miles de pesos aprobados para la operación del SPC, situación que denota deficiencias en la aplicación de los recursos aprobados para el cumplimiento de los objetivos de la Ley del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
La disminución del 10.2%, en promedio anual, de los recursos ejercidos en el SPC impactó en el número de plazas adscritas al sistema, que en promedio anual se redujeron en 2.2% al pasar de 37,305 plazas en 2008 a 35,689 en 2010.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐017
13/ La implantación gradual del SPC inició en 2003 y, de acuerdo con la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, debió operar en su totalidad en un periodo que no excediera de tres años a partir de la vigencia de la ley, esto es, en 2006.
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22. Sistema de Control Interno
El Sistema de Control Interno de la SFP para la administración y operación del SPC presentó debilidades debido a que:
• En el ambiente de control, el Manual General de Organización no fue publicado en el Diario Oficial de la Federación.
• En las actividades de control interno, se comprobó que la SFP careció de indicadores para evaluar los objetivos establecidos en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal 14/ y no estableció metas para los subsistemas de planeación de recursos humanos y las separaciones.
Véase acción(es): 10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐018
Acciones
Recomendaciones al Desempeño
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐001.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública, en coordinación con los Comités Técnicos de Profesionalización, defina e instrumente metas respecto de las acciones de coordinación con las dependencias sujetas al Servicio Profesional de Carrera relacionadas con su operación y funcionamiento. [Resultado 2]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐002.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública, en coordinación con los Comités Técnicos de Profesionalización, defina procedimientos a fin de fortalecer sus mecanismos de coordinación para llevar a cabo las convocatorias anuales para la ocupación de las plazas del Servicio Profesional de Carrera. [Resultado 2]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐003.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública, con base en el diagnóstico que realice sobre la permanencia de los servidores públicos pertenecientes al Servicio Profesional de Carrera, determine parámetros que sirvan de base para medir y evaluar su retención en el servicio público, a fin de lograr los resultados institucionales demandados por la sociedad. [Resultado 3]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐004.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública establezca para cada uno de los subsistemas del SPC metas, acciones e indicadores que permitan evaluar cada uno de los procedimientos y etapas relacionadas con su instrumentación. [Resultado 3]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐005.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública, en coordinación con los Comités Técnicos de Profesionalización, elabore el Programa Operativo Anual del Servicio Profesional de Carrera, en el que se definan el diagnóstico, los objetivos y las líneas de acción por cada uno de los subsistemas del Servicio Profesional de Carrera. [Resultado 4]
14/ Diario Oficial, 10 de abril de 2003, última reforma publicada el 9 de enero de 2006.
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10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐006.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública instrumente mecanismos de control y supervisión a fin de asegurar que el Consejo Consultivo emita con oportunidad la opinión sobre la propuesta del Programa Operativo Anual del Servicio Profesional de Carrera. [Resultado 4]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐007.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública instrumente mecanismos de control y supervisión a fin de asegurar que las metas de los indicadores establecidos en el Programa Operativo Anual del Servicio Profesional de Carrera se cumplan con oportunidad y eficiencia. [Resultado 4]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐008.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública instrumente mecanismos de control y supervisión a fin de asegurar que la información contenida en el MideSPC sea confiable y oportuna. [Resultado 4]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐009.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública acredite la metodología para instrumentar el indicador denominado Igualdad de Oportunidades y la difunda en las dependencias de la Administración Pública Federal sujetas al SPC. [Resultado 6]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐010.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública, conjuntamente con los Comités Técnicos de Profesionalización, elabore un diagnóstico de las causales que determinan la separación de los servidores públicos adscritos al Servicio Profesional de Carrera y, a partir de ello, se establezcan mejoras al sistema y, en su caso, promueva reformas legales que coadyuven a lograr la estabilidad y permanencia de los servidores públicos. [Resultado 8]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐011.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública establezca plazos y procedimientos para que las dependencias de la Administración Pública Federal sujetas al Servicio Profesional de Carrera, por conducto de los Comités Técnicos de Profesionalización, reporten oportunamente la situación de los servidores públicos contratados por el artículo 34 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. [Resultado 13]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐012.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública, por conducto de los Órganos Internos de Control, instrumenten las medidas de control y vigilancia para asegurar que los servidores públicos contratados por el artículo 34 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal sean dados de baja en los plazos establecidos. [Resultado 13]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐013.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública promueva las reformas necesarias a la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento para que sea obligatoria la elaboración de los planes individuales de carrera de los servidores públicos que ingresen al Servicio Profesional de Carrera, a fin de fortalecer su desarrollo profesional. [Resultado 14]
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10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐014.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública establezca mecanismos de control y seguimiento a fin de asegurar que los servidores públicos pertenecientes al Servicio Profesional de Carrera cumplan con las 40 horas efectivas anuales de capacitación. [Resultado 16]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐015.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública implemente mecanismos de control y seguimiento a fin de asegurar que los servidores públicos pertenecientes al Servicio Profesional de Carrera se certifiquen en los tiempos establecidos en las disposiciones, o en su caso, se cesen de sus funciones. [Resultado 17]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐016.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública instrumente mecanismos de supervisión a fin de verificar que la información que las dependencias de la APF sujetas al SPC que ingresen a los campos del RHNet se capture de manera correcta, completa y confiable. [Resultado 18]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐017.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública, conjuntamente con los Comités Técnicos de Profesionalización, al elaborar el Programa Operativo Anual del Servicio Profesional de Carrera, determine las necesidades de presupuesto con base en las metas e indicadores propuestos para cada subsistema que operarán las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada. [Resultado 21]
10‐0‐27100‐07‐0102‐07‐018.‐ Para que la Secretaría de la Función Pública realice las gestiones a fin de que el Manual General de Organización sea publicado en el Diario Oficial de la Federación. [Resultado 22]
Consecuencias Sociales
El Servicio Profesional de Carrera (SPC) en la Administración Pública Federal (APF) Centralizada es el instrumento que se constituyó para dotar a las instancias gubernamentales de servidores públicos eficaces, con conocimientos técnicos y capacidad para ocupar cargos públicos de acuerdo con su perfil, que garantizara la continuidad de los programas de gobierno e impulsara el desarrollo de la función pública en beneficio de la sociedad. Además, se propuso garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública con base en el mérito, así como lograr la estabilidad en el empleo.
Después de siete años de la operación del SPC, la SFP conjuntamente con las dependencias de la APF, establecieron e instrumentaron las bases para que el ingreso de los servidores públicos se realizara en igualdad de oportunidades y seleccionara a los mejores profesionistas que durante los concursos obtuvieran las mejores calificaciones o puntos. Sin embargo, el SPC todavía está en su fase de consolidación, por lo que aún no se logra desarrollar mecanismos que promuevan el desarrollo profesional de los servidores públicos, mediante la aplicación de los planes individuales de carrera y la definición de trayectorias de acuerdo con su perfil, así como el reconocimiento de su labor por medio de alternativas de ascenso, promoción y otorgamiento de estímulos que contribuyan a lograr su permanencia y estabilidad laboral.
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En la medida que el SPC se consolida y plantea mejoras en su operación se estará en posibilidad de contar con servidores públicos con experiencia que den continuidad a los programas del gobierno e impulsar el desarrollo de la función pública para beneficio de la sociedad.
Resumen de Observaciones y Acciones
Se determinó(aron) 15 observación(es), de la(s) cual(es) 3 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 12 restante(s) generó(aron): 18 Recomendación(es) al Desempeño.
Dictamen: con salvedad
La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.
La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, la Secretaría de la Función Pública (SFP) cumplió con las disposiciones y los objetivos y metas establecidos para administrar el Sistema del Servicio Profesional de Carrera (SPC), a fin de atraer a los mejores profesionistas y lograr la estabilidad y permanencia de los servidores públicos en el sistema; excepto por los resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente de este informe.
Para regular el SPC, la SFP emitió 135 documentos entre 2004 y 2010, de los que el 47.4% (64) estuvo vigente en 2010. De los 64 documentos vigentes en 2010, el 42.2% (27) correspondió al Subsistema de Ingreso y 20 (31.3%), al de Capacitación y Certificación de Capacidades.
La SFP llevó a cabo acciones de coordinación con las dependencias sujetas al SPC en relación con la operación de los siete subsistemas que conformaron el SPC; y mediante los órganos internos de control vigiló la instrumentación de los subsistemas en 20 (27.0 %) de las 74 dependencias en las que opera el servicio, en las que se ubicó el 68.7% de las 28,565 plazas.
Con la revisión de la operación del SPC, se constató que ninguno de los nueve indicadores establecidos en el Programa Operativo Anual 2010 del SPC permitió evaluar el cumplimiento de los objetivos del sistema, ni medir el de los principios rectores.
Por lo que corresponde al cumplimiento del objetivo de garantizar la estabilidad laboral y permanencia de los servidores públicos de carrera, se verificó que entre 2004 y 2010 ingresaron al SPC en la Administración Pública Federal (APF) 45,696 servidores públicos, lo cual significó, en promedio, una movilidad de 6,528 personas por año, lo que a su vez representó que cada año se renovara, en promedio, el 14.3% de la plantilla del servicio. De los 45,696 ingresos al SPC, el 59.4% (27,122) continuó en activo en 2010, el 39.8% (18,199) se separó del SPC en el periodo y el 0.8% (375) correspondió a personal retirado de una dependencia o entidad, pero reincorporado en otra. En el ejercicio de la función pública, los
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27,122 servidores públicos de carrera registrados en 2010 tuvieron una antigüedad promedio de 10.6 años en la APF y 4.0 años en el SPC, el 49.5% (13,425) obtuvo una antigüedad de 6.5 años, al ingresar en 2004.
Respecto de la operación de los subsistemas, se verificó que después de siete años de la expedición de la Ley del Servicio Profesional de Carrera y de cuatro años en que debió integrarse en su totalidad (2006), a 2010 cinco (71.4%) de los siete subsistemas, relativos a la Planeación de Recursos Humanos, Ingreso, Capacitación y Certificación de Capacidades, Evaluación del Desempeño, y Separación, operaron en los términos de la normativa aplicable; uno (14.3%), que corresponde al Subsistema de Desarrollo Profesional, las disposiciones emitidas resultaron insuficientes para la instrumentación de planes individuales de carrera y trayectorias de ascenso y promoción, y en uno más (14.3%), referente a Control y Evaluación, no se establecieron metas e indicadores para evaluar los propósitos de cada uno de los subsistemas.
Apéndices
Procedimientos de Auditoría Aplicados
1. Revisar la normativa emitida por la SFP para normar los subsistemas del SPC, a fin de facilitar su operación por parte de las dependencias y órganos desconcentrados de la APF.
2. Revisar las acciones de coordinación llevadas a cabo entre la SFP y las dependencias para la organización, funcionamiento y desarrollo del SPC.
3. Analizar los indicadores establecidos por la SFP para evaluar la eficacia y eficiencia en la instrumentación del SPC.
4. Revisar las metas contenidas en el Programa Anual de Trabajo del SPC para evaluar su cumplimiento.
5. Verificar que los órganos internos de control en las dependencias sujetas al SPC llevaron a cabo el seguimiento de los subsistemas, así como el cumplimiento de las disposiciones en materia del SPC.
6. Analizar en qué medida la instrumentación del SPC atrajo y retuvo a los mejores profesionistas del país, a fin de garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a los cargos de la función pública con base en el mérito y si se ha impulsado el desarrollo de la función pública para beneficio de la sociedad.
7. Constatar que con la operación de los subsistemas del SPC, se cumpliera con los principios rectores de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género.
Grupo Funcional Gobierno
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8. Determinar la trayectoria de los servidores públicos del servicio vigentes en 2010, así como su antigüedad como funcionario público y en el SPC a fin de evaluar su permanencia en el sistema.
9. Comprobar que el Registro Único del Servicio Público Profesional (RUSP) contenga información básica y técnica de los recursos humanos de la APF, a fin de apoyar el desarrollo del servidor público de carrera.
10. Constatar que la SFP realizó la valuación de los perfiles de puesto contenidos en el Catálogo de puestos en la APF.
11. Determinar en la SFP el registro del personal adscrito al SPC para verificar el reclutamiento y selección de los servidores públicos de carrera, su nombramiento, así como del personal eventual que hubiera ingresado con motivo de casos excepcionales.
12. Comprobar la instrumentación de Planes Individuales de Carrera en las dependencias de la APF.
13. Verificar en la SFP los movimientos laterales de los servidores públicos incorporados al SPC, a efecto de identificar sus posibles trayectorias de desarrollo.
14. Verificar que los servidores públicos de carrera se hubieran capacitado con las horas mínimas establecidas, a fin de adquirir conocimientos, aptitudes, actitudes y habilidades necesarias para desempeñar su cargo y hayan certificado sus capacidades que les permita la posibilidad de ocupar otros cargos de igual o mayor responsabilidad.
15. Verificar los registros de las evaluaciones del desempeño de los servidores públicos de carrera, respecto de las funciones y metas individuales y colectivas establecidas.
16. Verificar que las bajas de los servidores públicos de carrera se hubieran efectuado por las causas establecidas en la normativa para la terminación de su nombramiento como servidores públicos de carrera.
17. Verificar el cumplimiento de los plazos de la implementación del sistema del SPC establecidos en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
18. Analizar los recursos aprobados y ejercidos en los programas presupuestarios para administrar y operar el Sistema de Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada.
19. Verificar el cumplimiento de los elementos y normas generales del sistema de control interno establecidos por la SFP.
Áreas Revisadas
La Unidad de Política de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal.
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
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Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas
Durante el desarrollo de la auditoría practicada se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:
1. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: Artículo 19.
2. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículo 24, fracción I.
3. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículos 25, fracción IV, inciso a, y 45.
4. Ley de Planeación: Artículo 3, párrafo segundo.
5. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, artículos 10, fracción I, 34, 64 y Quinto transitorio, fracción I y párrafo último; Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, artículos 55, fracción I, 87 fracciones I, II y III, y 88; Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, Artículos 6, fracción 6, y 19, fracción IV; Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno: artículo tercero, título segundo, capítulo II, numerales 13 y 14.
Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones
Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:
Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Comentarios de la Entidad Fiscalizada
Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.