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Desarrollador Compañía Nacional de Fuerza y Luz Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Unidad de Energía Latinoamérica y El Caribe Banco Mundial November, 2010 Informe del Plan Abreviado de Reasentamiento de la Planta Hidroeléctrica Cote República de Costa Rica RP1151 Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized

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Desarrollador

Compañía Nacional de Fuerza y Luz

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor

Unidad de Energía Latinoamérica y El Caribe

Banco Mundial

November, 2010

Informe del Plan Abreviado de Reasentamiento de la Planta

Hidroeléctrica Cote

República de Costa Rica

RP1151P

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 ii

Lista de acrónimos

ACA-T Área de Conservación Arenal-Tempisque

BM Banco Mundial

CNFL Compañía Nacional de Fuerza y Luz

FONAFIFO Fondo de Financiamiento Forestal

ICE Instituto Costarricense de Electricidad

LCR Departamento Regional de América Latina y el Caribe del BM

MDL Mecanismo de Desarrollo Limpio (CDM: Clean Development

Mechanism)

MINAET Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones

OP Operational Policy of The World Bank

PH Proyecto Hidroeléctrico

PSA Pago por Servicios Ambientales

SAT Safeguards Advisory Team

SETENA Secretaria Técnica Nacional

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 iii

ÍNDICE

1 Introducción 1

2 Descripción del proyecto 2

3 La empresa Compañía Nacional de Fuerza y Luz 2

4 Marco legal y regulatorio 4

5 Proceso de adquisición de tierras y compensaciones 6

6 Compras y compensaciones a la largo de la conducción 6

7 Indemnización a los propietarios alrededor del Lago Cote 10

7.1 Babelo S.A 11

7.2 Lago Cote S.A 12

7.3 Rufea S.A 14

7.3.1 Plan de seguimiento 14

8 Compensación a terceros afectados 16

9 Comentarios finales 17

10 Referencias 17

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 iv

Figuras

Figura 1 Ubicación del Proyecto Hidroeléctrico Cote en la cuenca alta

del Río Cote. Fuente: CNFL 2010.

3

Figura 2 Proceso aproximado seguido por la CNFL para adquirir las

propiedades necesarias para la construcción del PH Cote.

6

Figura 3 Mapa de las propiedades adquiridas para la construcción

del PH Cote.

9

Figura 4 Ubicación de propiedades y áreas afectadas por el aumento

en el nivel del agua en el Lago Cote por la construcción del

Proyecto Cote. Fuente: CNFL 2007.

10

Figura 5 Carta enviada por la Empresa Lago Cote S.A. al MINAET,

donde se da por satisfecha por sus reclamos a la CNFL en

relación al daño ambiental y a su propiedad, causada por el

desarrollo del PH Cote, Costa Rica.

13

Cuadros

Cuadro 1 Leyes y otros instrumentos legales a los que está sujeta la

CNFL, en relación a la adquisición de tierras o

compensaciones para el desarrollo de sus obras

hidroeléctricas.

4

Cuadro 2 Lista de las propiedades afectadas por el desarrollo del PH

Cote.

7

Cuadro 3 Propiedades adquiridas a la Empresa Lago Cote S.A. por la

Compañía Nacional de Fuerza y Luz en los alrededores del

Lago Cote.

12

ANEXOS

ANEXO 1 Imagen de Google Earth mostrando ubicación del PH Cote en

Costa Rica

18

Anexo 2 Servidumbres de paso utilizadas en el desarrollo del PH Cote. 19

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 1

1. Introducción

El PH Cote (6.8 MW) es una central hidroeléctrica de la

Compañía Nacional de Fuerza y Luz en la República de

Costa Rica, que se ubica en los distritos de Arenal y

Cote de las Provincias de Alajuela y Guanacaste, a 2km

de la comunidad de Nuevo Arenal (Anexo 1). El

proyecto tiene una generación anual promedio de 13,2

GWh.

El PH Cote fue construido con fondos de la CNFL y el

Banco Mundial sirvió de apoyo para que la empresa

presentara el PH Cote como un proyecto MDL para la

compra de reducciones evitadas, a través del Fondo Prototipo del Carbono. En

Diciembre del 2002, la CNFL y el Banco Mundial firmaron un contrato por la venta de un

total de 172,120 toneladas de emisiones de carbono evitadas y certificadas del PH Cote,

para el periodo 2002-2017 (ERPA 2002).

En Marzo del 2006, el PH Cote fue finalmente registrado como un proyecto MDL

(Mecanismo de Desarrollo Limpio) de las Naciones Unidas. Se estima que la cantidad de

emisiones evitadas promedio anual del PH Cote es de 6,431 ton CO2e y se espera que

durante el primer período de acreditación (2004-2010) se desplace un total de 45,107

ton CO2e (CDM-PDD-Cote 2005).

Desde su operación, el PH Cote (evaluación ambiental categoría “B”) ha recibido varias

misiones de supervisión del Banco Mundial y del DOE (Evaluador independiente

acreditado por Naciones Unidas). Durante la última misión de supervisión del Banco

Mundial al PH Cote (Febrero 2010), se revisaron varios de los aspectos ambientales y

sociales identificados previamente, durante una misión del Banco Mundial en el 2007

(Tiffer et al. 2007). La misión del 2007 se realizó como parte de una evaluación

temática de los proyectos de financiamiento de carbono en LCR y fue liderada por el SAT

(Safeguards Advisory Team).

Desde el periodo de construcción (2001-2003), el PH Cote ha enfrentado diversos retos

en la gestión ambiental y social del proyecto. Algunos de los reclamos presentados por

los afectados por el desarrollo del PH Cote se convirtieron, posteriormente, en

demandas judiciales que la CNFL ha tenido que ir resolviendo, caso por caso, hasta la

fecha.

Durante la misión al PH Cote de Febrero 2010 se identificó, que aún queda por resolver

un caso por la afectación que causó la entrada en operación del PH Cote, propiamente

en una de las tres propiedades que limitan con el Lago Cote (Ayuda de Memoria, 2010).

Miembros de la misión del Banco Mundial en el PH Cote de la CNFL,

de Costa Rica; Febrero 2010.

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 2

Por esta razón, se hizo necesario, previa consulta y acuerdo con la CNFL, el activar de

forma retroactiva la política de reasentamiento (OP 4.12) del Banco Mundial1.

El presente informe busca presentar la información más relevante del proceso realizado

por la CNFL en la adquisición o compensación de las tierras requeridas para el desarrollo

del PH Cote y la forma en que se han resuelto los conflictos de tierras generados con el

inicio de operaciones del PH Cote, en concordancia a lo requerido en la OP 4.12 del

Banco Mundial.

2. Descripción del Proyecto

La construcción del PH Cote se extendió por aproximadamente 2 años, iniciándose en

Marzo del 2001 y concluyendo en Marzo del 2003. La CNFL aprovechó la represa que

había realizado el ICE sobre el Río Cote (en su salida como efluente del Lago Cote) en la

década de 1980, para usar esta agua en el PH Arenal (Represa Sangregado). La CNFL

planeó en el mismo sitio construir una represa de mayor altura y así aprovechar las

aguas del Lago Cote en la generación eléctrica, antes de su derivación al Lago Arenal.

Por esta razón, es que uno de los principales impactos ambientales y sociales del PH

Cote fue la inundación de tierras litorales de propiedad privada alrededor del Lago Cote,

más allá de lo previsto.

El PH Cote fue construido por el Consorcio

HYDROCOTE, formado por tres empresas: (i)

Gómez, Cajiao y Asociados S.A., (ii) Toshiba Do

Brasil S.A. y (iii) Termotécnica Coindustrial S.A.,

que se le adjudicó la licitación pública No.9927.

La toma de aguas del PH Cote se ubica en el

costado suroeste del Lago Cote y la represa en el

Río Cote en el sector noreste (Figura 1). El

proyecto realiza un trasvase de aguas del Lago Cote (que originalmente drenaba a la

vertiente Caribe) para generar energía y luego se conducen hacia el Lago Arenal, el cual

drena a la vertiente Pacífica. La conducción de las aguas del Lago Cote se realiza a

través de dos tramos de túnel (389 m y 279 m) y una conducción de baja presión

enterrada (970 m) que llega hasta una antecámara. Desde aquí, sale la tubería de

presión (1.16 km) que conduce las aguas del Lago Cote a la casa de máquinas (con dos

turbinas Francis). Esta última ubicada en el sector norte del Lago Arenal, a dos

kilómetros de la comunidad Nuevo Arenal, Guanacaste. La Planta Cote tiene una caída

neta de 88 m y tiene un caudal de diseño de 8.4 m3/s.

3. La Empresa Compañía Nacional de Fuerza y Luz

La Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A. (CNFL) se creó a través de un contrato

firmado el 27 de febrero de 1941 entre el “Servicio Nacional de Electricidad” y “The

1 Operational Policy 4.12: Involuntary Resettlement. The World Bank.

http://go.worldbank.org/ZDIJXP7TQ0

Sitio de toma de agua, PH Cote. 2010

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 3

Costa Rica Electric Light and Traction Company, Limited”, la “Compañía Nacional

Hidroeléctrica, Sociedad Anónima” y “La Compañía Nacional de Electricidad”. Este

contrato fue ratificado y aprobado en la Asamblea Legislativa de la República de Costa

Rica el 8 de abril de 1941. Luego, el 15 de mayo de 1941 se constituye la CNFL como

una ¨empresa pública de capital mixto.¨

Posteriormente, el contrato eléctrico de 1941 con la CNFL fue reformado por la Ley N°

4197 y por la Ley N° 4977, esta última publicada en el Diario Oficial la Gaceta del 20 de

mayo de 1972. De esta forma, la CNFL mantuvo su condición jurídica de una empresa

privada (sociedad anónima), la cual está inscrita en el Registro Público de Costa Rica,

con la cédula jurídica No. 3-101-000046. El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE)

es el dueño de 98% de las acciones de la CNFL y el resto (2%) es de capital privado. Esta

naturaleza pública y privada de la CNFL le permite actuar de una forma diferente ante la

compra de bienes y la compensación a los afectados de sus obras hidroeléctricas, como

se detallará más adelante.

represa

Casa de

máquinas

Figura 1. Ubicación del Proyecto Hidroeléctrico Cote en la cuenca alta del Río Cote y en la cuenca de la Quebrada Rugama que drena al Lago Arenal. Fuente: CNFL 2010.

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 4

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 5

4. Marco Legal y Regulatorio

La adquisición de bienes inmuebles por las empresas del Grupo ICE, a la cual pertenece

la CNFL, se rigen por diferentes leyes, decretos y códigos. En el Cuadro 1 se presentan

los principales instrumentos legales que rigen a la CNFL en materia de adquisiciones y

tierras.

Cuadro 1. Leyes y otros instrumentos legales a los que está sujeta la CNFL en relación a la adquisición de tierras o compensaciones para el desarrollo de sus obras hidroeléctricas.

Normativa Número Para consulta

Ley general de la administración publica y sus reformas

Ley No. 6227 http://documentos.cgr.go.cr/content/dav/jaguar/Documentos/normativa/ley_gen_admon_pub/ley_gral_admon_publica.htm

Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones

Ley No. 8660

Artículo 20

Artículo 49

http://www.acto.go.cr/descargas/Ley8660.pdf

Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Servidumbres del ICE,

Ley No. 6313 4 de enero de 1979

http://www.grupoice.com/esp/ele/docum/ley_6313.htm

Ley de expropiaciones Ley No. 7495 http://ns.ulatina.ac.cr/~chrquepo/derecho_administrativo/7495_-_ley_de_expropiaciones.htm

Código de Comercio y sus reformas.

Ley No. 3284 http://www.pgr.go.cr/scij/scripts/TextoCompleto.dll?Texto&nNorma=6239&nVersion=6638&nTamanoLetra=10&strWebNormativa=http://www.pgr.go.cr/scij/&strODBC=DSN=SCIJ_NRM;UID=sa;PWD=scij;DATABASE=SCIJ_NRM;&strSer

Ley Orgánica de la Contraloría General de la República

Ley No. 7428

http://documentos.cgr.go.cr/content/dav/jaguar/documentos/normativa/leyorgan/ley_organica_cgr_2004.doc

Reglamento para los procesos de Adquisición de las empresas del Instituto Costarricense de Electricidad

Emitido por el Consejo Directivo en el Artículo 6 de la Sección 5851 del 11 de Noviembre del 2008.

La Gaceta No. 230. Del jueves 27 de noviembre del 2008

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 6

La CNFL, podría a través del ICE, entidad estatal, expropiar a un propietario de su

predio, previa indemnización plena y justa. Pero el proyecto hidroeléctrico debe de ser

antes declarado por el Estado Costarricense como de interés público (ver Recuadro 1).

Esta declaratoria no se dio para el PH Cote.

A pesar de que la CNFL es una empresa del Grupo ICE, la Gerencia General de la CNFL ha

dictado regulaciones internas para evitar la expropiación de terrenos y más bien actuar

como una entidad privada que negocia directamente con los afectados de sus obras.

Durante la preparación y evaluación final del proyecto (appraisal) se consideró que la

empresa tenía los mecanismos necesarios para lograr de forma efectiva las compras de

tierras a través de negociaciones directas con los afectados, por esto no se activó la OP

4.12. Luego, la adquisición de tierras se volvió más complicada de lo esperado y

durante la etapa de evaluación final y construcción los conflictos escalaron aun más,

debido a que (i) el área de terreno requerido fue más grande de lo proyectado2 y (ii)

algunos terratenientes se opusieron a las medidas de compensación ofrecidas por la

CNFL. Es para atender a los casos pendientes resultantes de esta dinámica que se

busca ahora activar la OP 4.12.

2 Debido al impacto de la inundación de las propiedades alrededor del Lago, se realizaron varios estudios técnicos para

determinar el área total afectada, estos estudios fueron supervisados y aprobados por la autoridad nacional ambiental,

SETENA. Más adelante se detallarán los procesos realizados para la compensación de los afectados.

Recuadro 1. Ley 6313

ARTICULO 1. Declárense de utilidad pública, los bienes inmuebles, sean fincas completas,

porciones, derechos o intereses patrimoniales legítimos, que por su ubicación sean necesarios, a juicio del Instituto Costarricense de Electricidad, para el cumplimiento de sus fines. Estos bienes inmuebles podrán ser expropiados conforme a esta ley, quienquiera que sea su dueño.

ARTICULO 2. La Gerencia del ICE, antes de acordar una expropiación, ordenará su avalúo a los

peritos de la Institución, nombrados por el Consejo Directivo.

ARTICULO 3. Los peritos valorarán, independientemente, el terreno, sus cultivos,

construcciones, inquilinatos, arrendamientos, derechos comerciales, yacimientos y cualesquiera otros bienes susceptibles de indemnización, los que se tramitarán en expedientes separados, tantos, cuantos sean los titulares de los derechos. Los avalúos tomarán en cuenta únicamente los daños reales, con carácter de permanentes, que tengan una relación de causalidad entre

la finalidad original de la expropiación y el supuesto daño ocasionado. No se incluirán ni tomarán en cuenta los hechos futuros ni expectativas de derecho que afecten el terreno. Tampoco podrán reconocerse plusvalías derivadas del proyecto que origina la expropiación.

ARTICULO 4. Se indemnizarán los yacimientos, cualesquiera que sean sus naturalezas, cuando

al momento de publicarse el acuerdo de expropiación, estén en proceso de explotación; en el caso contrario no se indemnizarán.

ARTICULO 5. Las indemnizaciones por concepto de reposición podrán ser hasta de un quince

por ciento del monto fijado en sentencia como indemnización y únicamente procederá este extremo, cuando de los autos se infiera fehacientemente, que hay mérito para concederla.

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 7

5. Proceso de adquisición de tierras y compensaciones

El entorno del PH Cote es rural, donde domina el uso de suelo forestal y agrícola. Los

propietarios alrededor del Lago Cote son grandes latifundios, que presentan una

importante cobertura boscosa. A lo largo de la línea de conducción de aguas

predominan las tierras con pastos y bosques secundarios y propiedades de menor área.

Algunos de los propietarios afectados por el PH Cote tomaron ventaja de la afectación

ocurrida por el incremento en el nivel del lago y la estimación inicial del área total

afectada, para reclamar una indemnización monetaria compensatoria muy superior a la

calculada y propuesta por la CNFL. En la Figura 2 se indica el proceso usado por la

CNFL en la adquisición de tierras para el desarrollo del PH Cote.

NO PROCESO

JUDICIAL

SI

OPCION DE

COMPRA

CONTRATO COMPRA Y

VENTA

AUTORIZACION CGR

COMPRA DE PROPIEDADES

NO

FIN

INICIO

IDENTIIFACION DE LAS

PROPIEDADES AFECTADAS

AVALUOS DE LAS

PROPIEDADES

SE DEFINEN LOS PRECIOS DE LAS

PROPIEDADES

NEGOCIACION CON

PROPIETARIOS

Figura 2. Proceso aproximado seguido por la CNFL para adquirir las propiedades necesarias para la construcción del PH Cote.

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 8

6. Compras, compensaciones y servidumbres para la conducción

La compra de las propiedades donde se ubicaban las obras de infraestructura fue

exitosa, fue realizada antes del inicio de la etapa constructiva. Para la construcción del

PH Cote se han indemnizado por daños a la propiedad privada, bienes y medios de vida

a cinco propietarios, se compraron nueve propiedades de cinco propietarios y se

realizaron convenios de uso con el ICE por cuatro propiedades (Cuadro 2). Asimismo,

se usaron áreas de dominio público como el cauce del río Cote (construcción represa); y

la calle pública (frente a casa de máquinas) para la colocación de la tubería de presión.

En la Figura 3 se indican las propiedades finalmente adquiridas por la CNFL para el

desarrollo del PH Cote. En el Anexo 2 se adjunta un mapa de las dos servidumbres de

paso requeridas para la construcción del PH Cote, que fueron: (i) de 2000 m2 en

propiedad del ICE y (ii) de 1922.2 m2 en un camino público que fue necesario intervenir

para la colocación de la tubería de presión hacia la casa de máquinas.

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 9

Cuadro 2. Lista de las propiedades afectadas por el desarrollo del PH Cote.

Propietarios Registro Nacional Finca

Extensión total

Tipo afectación Extensión afectada por proyecto según CNFL (hectáreas)

% del área total

Estado actual

Propietarios alrededor del Lago Cote

Rufea S.A (Domingo Flaqué)

5-039331 187.09 ha Inundación de tierras litorales con el aumento del nivel del Lago Cote

15. 6320 8.35 pendiente

Babelo S.A. (Ralf Behm Spiegel)

5-035766 2075.3 ha Inundación de tierras litorales con el aumento del nivel del Lago Cote

32. 7622 1.57 resuelto

Lago Cote S.A. (Bernardo Hermann)

2-07401 295.45 ha Inundación de tierras litorales con el aumento del nivel del Lago Cote

7. 8771 2,7 resuelto

Propietarios a lo largo de la conducción

Benjamín Piza

Conducción baja presión resuelto

Benjamín Piza

Conducción baja presión resuelto

Benjamín Piza

Conducción baja presión resuelto

James Ball Conducción baja presión y vía de acceso al portal de la salida del túnel

resuelto

Gunter Bertelman Vía de acceso Antecámara y oficinas del PH Cote

resuelto

Ricardo Bellemer Camino de acceso conducción, relleno (escombrera). Sitio de escombrera

resuelto

Ricardo Bellemer Antecámara y escombrera resuelto

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 10

Bernardo Piza

resuelto

Wihlem Krauskopf

Tubería de presión resuelto

Propiedad Estatal

ICE 5-55268 Casa de máquinas, subestación

resuelto

ICE 5-039331-00 Área de toma de aguas y acceso

2ha resuelto

ICE 5-48928-0 salida del túnel, acceso al camino de conducción y antiguo canal de descarga

2 ha resuelto

ICE

5-48928-0 Tubería de presión resuelto

Estado – cauce público NA NA Sector de ampliación de la represa

No se conoce No se conoce

resuelto

Estado – derecho de vía

Tubería de presión colocada debajo de la calle pública

resuelto

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 11

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 12

7. Indemnización a los propietarios alrededor Lago Cote

El desarrollo del PH Cote causó un aumento del nivel del agua en el litoral del lago Cote.

Estas tierras son propiedad privada, aunque en Costa Rica existe una legislación de

protección de las márgenes de cuerpos de agua, llamada zona de protección, el daño a

esta zona ha sido reclamada solamente por el Área de Conservación Arenal-Tempisque.

Los reclamos en el Lago Cote a la CNFL fueron por el daño a la propiedad privada de los

tres propietarios que colindan con el Lago.

En la Figura 4 se indica la ubicación de las tres propiedades alrededor del Lago Cote y el

área que se afectó en cada una de las propiedades, de acuerdo a los cálculos realizados

por la CNFL y aceptados por la Secretaría Técnica Nacional (SETENA). La SETENA es la

autoridad de Costa Rica en materia ambiental y es una dependencia del Ministerio de

Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) de Costa Rica. El conflicto con estas

tierras se inició desde la etapa en que se elaboró el Estudio de Impacto Ambiental (ya que

este estimó un área menor de afectación en el Lago Cote), seguido por la forma en que

se dieron las negociaciones con los afectados y posteriormente por los reclamos

judiciales que presentaron los tres propietarios por el daño a su propiedad privada.

Como se explicará más adelante, la CNFL ha logrado resolver satisfactoriamente cada

uno de estos casos, excepto el de la Empresa Rufea S.A.

Figura 4. Ubicación de propiedades y áreas afectadas por el aumento en el nivel del agua en el Lago Cote por la construcción del Proyecto Cote. Fuente: CNFL.

Ralf Behm Spiegel:

Babelo S.A. Área: 32 ha 7622 m

2

Domingo Flaqué: Rufea S.A.

Área: 15 ha 6320 m2

Bernardo Herrmann: Lago Cote S.A.

Área: 7 ha 8771 m2

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 13

7. 1- Babelo S.A.

La CNFL otorgó a la empresa Babelo S.A. una

indemnización por el daño permanente causado en

terrenos de su propiedad ubicados en las orillas del

Lago Cote, a consecuencia de la inundación causada

por la elevación del nivel del agua.

La CNFL suscribió el 19 de diciembre de 2003, un

Acuerdo de Conciliación Indemnizatorio con el señor

Ralf Behm Spiegel, representante de Babelo S.A. El

daño se compensó por un total de 32 hectáreas y

7.622,34 metros cuadrados de la propiedad de Babelo S.A.

Este daño se compensó en la base de ¢500,00 por metro cuadrado, según avalúo No.

25-2003 del 17 de noviembre de 2003 del Ministerio de Hacienda, para un total

indemnizatorio de ¢163.811.120,00.

Otras compensaciones que recibió la empresa Babelo S.A. por parte de la CNFL fueron:

Pago por servicios ambientales (PSA) de FONAFIFO a la propiedad de Babelo S.A. para

conservación de bosques alrededor del Lago Cote. Total 900 ha.

Pago por el trámite de permisos y el costo de la regencia forestal al propietario.

Construcción de una línea de distribución eléctrica monofásica (34.5kV) de una

distancia de 970 metros con un costo desconocido por parte de los personeros de la

CNFL.

Bosques de Babelo S.A. que se están protegiendo con el PSA que paga la CNFL a la empresa, a través del FONAFIFO del MINAET.

Poste A. inicio de la línea eléctrica para la casa del Sr. Ralf Behm. Fuente: Informe J. Bolaños Soto. 2004. CNFL

Tierras afectadas de Babelo S.A.

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Preparado por Ruth Tiffer Sotomayor Enero, 2011 14

7.2- Lago Cote S.A.

Los representantes de Lago Cote S.A. exigieron

una indemnización por 26 hectáreas afectadas

por la inundación de tierras litorales al Lago

Cote. Además, un total de 22.6 de estas

hectáreas fueron afectadas por la cancelación del

pago de servicios ambientales que tenían estas

tierras, por parte del Fondo Nacional

Financiamiento Forestal (FONAFIFO).

La CNFL planeaba indemnizar solamente 7.9 ha

(Figura 4) a la Empresa Lago Cote S.A., a través de una consignación de pago por

¢51,851 millones de colones (O. Pauly, CNFL. com.pers.2007). Sin embargo, la Empresa

Lago Cote S.A., representada por Bernardo Herrmann Feinzilber, no aceptó y presentó en

el 2007 un reclamo contra la CNFL ante la Secretaría Técnica Nacional (SETENA).

En el 2009, a través de diferentes negociaciones entre las partes, la CNFL negoció la

compra de tres segregaciones a la Empresa Lago Cote S.A, con el fin de llegar a un

acuerdo de conveniencia mutua. Las tierras compradas a Lago Cote S.A, suman un total

de 31.0 hectáreas (Cuadro 3) y se encuentran en el litoral del Lago Cote.

Cuadro 3. Propiedades adquiridas a la Empresa Lago Cote S.A. por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz en los alrededores del Lago Cote.

Propiedad Matricula Área m2 Plano Valor estimado

Lote 2-CNFL 2-456555-000 70,000 A-135-2036-2009 $83,320.00

Lote 1-CNFL 2-456554-000 240,000 A-1352024-2009 $540.943,86

En resumen, el caso se resolvió a través de la:

a. Indemnización por la inundación de la propiedad del Lago Cote S.A y por

constitución de servidumbre a favor de la CNFL por un monto de $999.982,13

dólares americanos.3

b. Compra de las 30 hectáreas en el litoral del Lago Cote.

Con estas indemnizaciones la Empresa Lago Cote S.A, se dio por satisfecha y firmó un

finiquito con la CNFL por la querella del daño y perjuicios causados por el PH Cote a sus

tierras (Figura 5).

3 Lic. Francisco J. Cabezas. comunicación personal Marzo 1, 2010. Dirección Jurídica, CNFL.

Tierras afectadas del Lago Cote S.A.

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Figura 5. Carta enviada por la Empresa Lago Cote S.A. al MINAET, donde se da por satisfecha por sus reclamos a la CNFL en relación al daño ambiental y a su propiedad,

causada por el desarrollo del PH Cote, Costa Rica.

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La empresa Rufea S.A. tiene una propiedad 187

ha en las orillas del Lago Cote y de acuerdo a la

CNFL se afectaron un total de 15.6 hectáreas

con la entrada en operación del PH Cote. Un

avalúo posterior a la construcción del proyecto

y realizado por peritos de Tributación Directa

de Heredia (del 7 de noviembre, 2003),

estableció que la indemnización a pagar por

daños y perjuicios a Rufea S.A era de 90

millones de colones.

La CNFL ofreció pagar al Sr. Domingo Flaqué,

representante legal de la empresa Rufea S.A., un monto de 105 millones de colones

como compensación al daño causado a su propiedad por el PH Cote, pero este no aceptó

esta indemnización. Por tanto, el 16 de Agosto del 2005, el Departamento Legal de la

CNFL realizó una consignación de pago y depósito 109 millones de colones en la cuenta

bancaria de la empresa del Sr. Flaqué, Rufea S.A. (Lic. Oscar Pauly, Director Jurídico.

CNFL. com.pers.2007).

El Sr. Flaqué recibió el dinero depositado, pero siempre presentó una demanda contra

CNFL por el daño al valor remanente4 sobre el resto de la finca de Rufea S.A. y el daño

ambiental causado a su predio. La demanda fue presentada el 16 de noviembre del 2005

en contra de la CNFL por un monto de ¢800,000 millones de colones (aproximadamente

US$1.45 millones).

De acuerdo al Lic. Francisco J. Cabezas de la Dirección Jurídica de la CNFL (comunicación

personal 17 septiembre, 2010), la demanda aún no ha sido resuelta, ya se han

presentado las pruebas y realizado el reconocimiento judicial, solamente falta que el juez

revise el expediente y dicte sentencia. Este caso se discute en el Juzgado Contencioso

Administrativo, ubicado en Tibás, San José, Costa Rica bajo el expediente No. 05-1080-

163-CA.

7.3.1 Plan de seguimiento

De acuerdo al Licenciado Francisco Cabezas, del Departamento legal de la CNFL, el caso

de Rufea S.A. se espera resolver a más tardar en unos meses ya que se han presentado

todas las pruebas y se ha seguido el debido proceso. Se está en espera a la resolución

del Juez. Dependiendo si se falla en contra de la CNFL, se evaluaría el caso si es

4 Valor remanente se entiende como ¨compensación económica por una expropiación o servidumbre que se le hace a

determinada persona física o jurídica para realizar un proyecto de infraestructura¨ según Ing. Loria Gonzáles. Colegio de

Ingenieros de Costa Rica.

Vegetación litoral de Rufea S.A afectada por

el aumento en el nivel del agua por el PH

Cote. Foto 2010.

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necesario continuar con la segunda instancia, que es el Juzgado de casación (para apelar

sentencia).

Acciones propuestas para cumplir con la OP 4.12

a. La CNFL deberá enviar nota al Banco Mundial, informado a la gerencia de la

Región de Latinoamérica sobre la sentencia resuelta en el Juzgado Contencioso

Administrativo.

b. Una vez resuelto el caso de RUFEA S.A., se deberá preparar un anexo que se

adjuntará a este informe con el fin de documentar el cierre del caso.

c. En caso que la CNFL decida tomar otras acciones legales en el caso de RUFEA S.A.,

por ejemplo apelar sentencia, la CNFL enviará una nota al equipo de energía de

Latinoamérica, indicando la justificación que amerita dicho proceso.

d. El equipo de proyecto del Banco Mundial, en su próxima misión de supervisión,

contará con el apoyo de un especialista en salvaguardas, quien mantendrá

comunicación con los representantes de la CNFL, de su Departamento Legal y, si

fuera necesario, del Sr. Domingo Flaqué para confirmar que el caso está cerrado

(de acuerdo al punto b. arriba), o para darle seguimiento al caso (de acuerdo al

punto c. arriba) hasta que el mismo esté resuelto.

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8. Compensación a terceros afectados por las obras del PH Cote

Se presentan dos ejemplos de la forma en que la CNFL logró resolver reclamos

interpuestos por vecinos afectados por las obras del PH Cote.

1. Caso Chalet Nicholas

El Chalet Nicolas, ubicado en Tilarán, frente a la entrada a la casa de máquinas del PH

Cote, sufrió daños no esperados por la construcción del proyecto Cote, específicamente:

(i) en la entrada del Hotel y (ii) por perjuicios causados en la actividad hotelera del Chalet.

Los daños causados al ¨Chalet Nicholas¨ se dieron por la construcción de la tubería de

presión en la calle pública frente al hotel.

Procedimiento:

La CNFL indemnizó por estos daños a los propietarios del Chalet Nicholas, Sr. John

Nicholas Junior y Sra. Catherine Jeannette Chambers Nicholas, a través de la firma de dos

convenios privados.

El primer convenio se firmó el 14 de septiembre de 2001 y acordaba reparar los taludes

de la entrada al Hotel y entregar un bono de ¢100.000,00 como compensación de la

zona verde afectada del Hotel por el PH Cote.

El segundo convenio se firmó el 24 de enero de 2002, con el fin de compensar los daños

causados a la actividad turística y comercial del Chalet Nicholas. La CNFL acordó pagar

$56,67 diarios desde noviembre del 2001 hasta el día que se concluyeran los trabajos

frente al Chalet Nicholas. No se conoce el monto total que fue cancelado al Chalet

Nicholas por este convenio.

2. Caso Dieter Wihlem Krauskopf

Este caso fue conocido como el ¨Lago Willy¨ dentro de la CNFL. Durante la construcción

de una de las escombreras y operaciones posteriores en su uso, se generó un

escurrimiento de sedimentos hacia un lago artificial propiedad del Sr. Dieter Wihlem

Krauskopf y representante de la Empresa Kalexsina S.A. Esta empresa reclamo el daño a

la propiedad privada y al lago a la CNFL y al consorcio constructor HYDROCOTE S.A.

Procedimiento:

El caso se resolvió por medio de:

a. Compensación de $11,000 dólares americanos.

b. Construcción de una casa y una caballeriza

c. Acuerdo de que el propietario limpiaría y haría los arreglos correspondientes a su

propiedad

9. Comentarios Finales

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Durante la preparación y evaluación del proyecto Cote por parte del Banco Mundial se

debió de haber revisado con mayor detalle los aspectos de adquisición de tierras y de los

posibles efectos directos que la Planta Cote tendría en la propiedad privada y en sus

vecinos alrededor del Lago. PH Cote pudo haber desarrollado un mecanismo sistemático

de consulta para los procesos de compra de tierras e indemnizaciones, para evitar los

conflictos sociales y de tierras que ha enfrentado durante su desarrollo.

Entre los procesos que pudieron haber prevenido varios de los conflictos de tierras que

enfrentó el PH Cote, se encuentran: (i) haber realizado una adecuada evaluación social

del proyecto por parte de los equipos del Banco Mundial y de la CNFL en cuanto a la

tenencia de tierra alrededor del Lago Cote, (ii) identificar la expectativa económica y real

de los vecinos del Lago Cote por sus tierras, (iii) haber logrado acuerdos previos a la

construcción del proyecto para prevenir el potencial impacto a los bienes y modos de

vida de terceras personas e (iv) identificado la reacción de los propietarios que serían

afectados por el desarrollo del proyecto, entre otros.

Estos elementos indican que la activación temprana de la Política Operativa 4.12 del

Banco Mundial en el Proyecto Cote pudo haber orientado mejor el proyecto en dirigir

mayores esfuerzos y atención a los vecinos afectados y así, evitar reclamos adicionales y

excesivos por la compensación del daño que causó el proyecto en la tenencia y uso de la

tierra. No obstante, tanto el Banco como la CNFL reconocieron que los principios de la

OP 4.12 podrían servir para orientar el seguimiento actual sobre las adquisiciones de

tierras que surgieron en el transcurso del Proyecto, por lo cual se decidió activar la

política de forma retroactiva. La CNFL ha respondido a cada una de las demandas y

reclamos interpuestos por los terratenientes afectados y sólo queda pendiente resolver el

caso de Rufea S.A.

10. Referencias

-Ayuda de Memoria, 2010. Misión Banco Mundial- Costa Rica: Proyecto PCF de energía renovable

de pequeña escala- Hidroeléctrica El Cote. 24-26 de Febrero de 2010. 17 pág.

-ERPA, 2002. Emission Reduction Purchase Agreement between the International Bank of

Reconstruction and the Compañía Nacional de Fuerza y Luz.

-CDM-PDD-Cote 2005. Project Design Document. Cote small-scale hydropower plant, Costa Rica.

http://cdm.unfccc.int/Projects/DB/DNV-CUK1137675448.01

-Tiffer, R., K. Rapp and G. Morgan. 2007. Análisis de la Conformidad de los Proyectos Financiados

a través del Fondo Prototipo del Carbono con las Políticas de Salvaguarda del Banco Mundial.

Proyectos de Energía Renovable de Costa Rica. La Planta Hidroeléctrica Cote. SAT- Latinoamérica.

Banco Mundial.

-Operational Policy 4.12: Involuntary Resettlement. The World Bank.

http://go.worldbank.org/ZDIJXP7TQ0

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ANEXO 1. Ubicación del PH Cote, Costa Rica. Imagen Google Earth.

N

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Anexo 2. Servidumbres de paso utilizadas para el PH Cote. Fuente: CNFL 2010.