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INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA REGULAR
MUNICIPIO DE BARBOSA - ANTIOQUIA
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
VIGENCIA 2018
CONTRALORÍA GENERAL DE ANTIOQUIA CONTRALORÍA AUXILIAR DE AUDITORÍA INTEGRADA
Medellín, octubre de 2019
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ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL BARBOSA ANTIOQUIA
Contralora General de Antioquia Diana Carolina Torres García
Contralora Auxiliar Delegado (E) Luz Águeda Cuervo Martinez
Contralora Auxiliar de Auditoría Integrada (E) Patricia Dolores Olano Azuad
Equipo Auditor
Contralor Auxiliar – Coordinador José Javier Patiño Angulo
Contralora Auxiliar Contadora Claudia Patricia Restrepo Arango
Profesional Universitario Ingeniero José Fernando Pernett González
Profesional Universitario Ingeniero Daladier Alberto Brand Vélez
Profesional Universitario Ingeniero Wilfredo Franco Hincapié
Técnico Operativo Norbey de Jesús Álzate Vidal
Técnico Operativo Álvaro Diego Jiménez Pérez
Comité Operativo
Contralor Auxiliar - Contador Yeissin Cáceres Pradilla
Profesional Universitaria Martha Lillyam Palacios Maldonado
Profesional Universitaria (P) Nacyra Raquel Máttar Acuña
Profesional Universitaria Ángela Paola Ríos Rosas
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TABLA DE CONTENIDO
1. DICTAMEN INTEGRAL .......................................................................................................... 6
1.1 . CONCEPTO SOBRE FENECIMIENTO ......................................................................... 6
1.1.1 Control de Gestión ......................................................................................................... 6
1.1.2 Control Financiero ......................................................................................................... 7
1.1.2.1. Opinión sobre los Estados Contables ....................................................................... 8
2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA ........................................................................................ 9
2.1. CONTROL DE GESTIÓN ........................................................................................................ 9
2.1.1. Factores Evaluados en la Contratación ........................................................................ 9
2.1.1.1. Gestión Contractual. ..................................................................................................... 10
2.1.1.2. Legalidad .......................................................................................................................... 62
2.1.1.3. Rendición y revisión de la cuenta Gestión Contractual ...................................... 68
2.1.2 Control Fiscal Interno........................................................................................................ 69
2.1.3. Gestión Ambiental ............................................................................................................ 70
2.1.4. Rendición de la Cuenta Anual. ...................................................................................... 70
2.2 CONTROL FINANCIERO ...................................................................................................... 71
2.2.1. Factor Estados Contables .............................................................................................. 72
2.2.2 Sistema de Control Interno Contable ...................................................................... 92
2.2.3. Gestión Presupuestal ....................................................................................................... 94
3. OTRAS ACTUACIONES ........................................................................................................ 116
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3.1. ATENCIÓN DE DENUNCIAS ............................................................................................. 116
3.2. BENEFICIOS DEL PROCESO AUDITOR ....................................................................... 119
3.3. SEGUIMIENTO OTROS DOCUMENTOS ........................................................................ 119
3.4. CONTROL A LAS FIDUCIAS ............................................................................................ 126
3.5 INSUMOS PARA PRÓXIMAS AUDITORÍAS ................................................................... 127
4. CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS ................................................................ 133
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Medellín, octubre de 2019
Doctora ALINA MARCELA RESTREPO RODRÍGUEZ Alcaldesa Municipal Calle 15 #14 - 48 [email protected] Teléfonos: 454 83 00 Ext 1611- 3006559560 Barbosa, Antioquia
Asunto: Dictamen de Auditoría vigencia 2018
La Contraloría General de Antioquia con fundamento en las facultades otorgadas por los Artículos 267 y 272 de la Constitución Política, practicó Auditoría Modalidad Regular al ente que usted representa, a través de la evaluación de los principios de eficiencia, eficacia y equidad con que se administraron los recursos puestos a disposición y los resultados de la gestión, el examen del Balance General y el Estado de Actividad Financiera, Económica y Social a 31 de diciembre de 2018, la comprobación de que las operaciones financieras, administrativas y económicas se realizaron conforme a las normas legales, estatutarias y de procedimientos aplicables. Es responsabilidad de la Administración el contenido de la información suministrada por la Entidad y analizada por la Contraloría General de Antioquia, que a su vez tiene la responsabilidad de producir un informe integral que contenga el concepto sobre la gestión adelantada por la Administración Municipal de Barbosa Antioquia, que incluya pronunciamientos sobre el acatamiento a las disposiciones legales, y la opinión sobre la razonabilidad de los Estados Contables. La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas, políticas y procedimientos de auditoría prescritos por la Contraloría General de Antioquia, compatibles con las de general aceptación; por tanto, requirió acorde con ellas, de planeación y ejecución del trabajo, de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar los conceptos y la opinión expresada en el informe integral. El control incluyó examen sobre la base de pruebas selectivas, evidencias y documentos que soportan la gestión de la Entidad, las cifras y presentación de los Estados Contables y el cumplimiento de las disposiciones legales.
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1. DICTAMEN INTEGRAL 1.1 . CONCEPTO SOBRE FENECIMIENTO
Con base en la calificación total de 60.3 puntos, sobre la Evaluación de la Gestión Fiscal, componentes control de gestión y control financiero, la Contraloría General de Antioquia No Fenece la cuenta de la Entidad por la vigencia fiscal correspondiente al año 2018.
1 MATRIZ EVALUACIÓN DE GESTIÓN FISCAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE BARBOSA VIGENCIA 2018
Fuente: Sistema Gestión transparente. Elaboró: Equipo auditor.
Los fundamentos de este pronunciamiento se presentan a continuación: 1.1.1 Control de Gestión La Contraloría General de Antioquia como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que el Control de Gestión, es Favorable, como consecuencia de la calificación de 81.15 puntos, resultante de ponderar los factores que se relacionan a continuación:
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2 CONTROL DE GESTIÓN ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE BARBOSA VIGENCIA 2018
Fuente: Sistema Gestión Transparente
Elaboró: Equipo auditor.
1.1.2 Control Financiero La Contraloría General de Antioquia como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que el Control Financiero, es Desfavorable, como consecuencia de la calificación de 8.04 puntos, resultante de ponderar los factores que se relacionan a continuación:
3 CONTROL FINANCIERO ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE BARBOSA VIGENCIA 2018
Fuente: Sistema Gestión transparente.
Elaboró: Equipo Auditor.
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1.1.2.1. Opinión sobre los Estados Contables En nuestra opinión, los estados financieros presentan Adversa o Negativa, la situación financiera de la Administración Municipal de Barbosa Antioquia, a 31 de diciembre de 2018, así como los resultados de las operaciones por el año terminado en esa fecha, de conformidad con los principios, normas prescritas por las autoridades competentes y los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia o prescritos por el Contador General. Es responsabilidad del representante legal dar a conocer el informe de auditoría a la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, para que continúe con el trámite de los hallazgos Administrativos de acuerdo a su competencia. Atentamente,
PATRICIA DOLORES OLANO AZUAD Contralor Auxiliar - Auditoria Integrada
JOSE JAVIER PATIÑO ANGULO Contralor Auxiliar
P/ José Javier Patiño Angulo E/ José Javier Patiño Angulo R/ NACYRA RAQUEL MATTAR ACUÑA
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2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA 2.1. CONTROL DE GESTIÓN Como resultado de la auditoría adelantada, en el componente Control de Gestión se encontraron los siguientes hechos que en principio constituyen hallazgos de auditoría: 2.1.1. Factores Evaluados en la Contratación En la ejecución de la presente Auditoría y de acuerdo con la información suministrada por la Administración Municipal de Barbosa Antioquia, en cumplimiento de lo establecido en la resolución interna de rendición de cuentas en línea de la Contraloría General de Antioquia, se determinó que la Entidad celebró la siguiente contratación: En total celebró 377 contratos por valor de $28.161.403.007, distribuidos así:
4. CONTRATACIÓN ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE BARBOSA VIGENCIA 2018
TIPOLOGIA CANTIDAD
CONTRATADA VALOR $
MUESTRA CANTIDAD
VALOR $
Obra Pública 9 10.553.943.096 9 10.553.943.096
Prestación de Servicios
294 10.237.591.948 17 4.551.193.273
Suministros 14 1.308.861.405 4 539.947.064
Consultoríay otros (Sin pluralidad de oferentes. convenio interadministrativo. arrendamiento)
23 3.117.331.522 17 2.977.115.522
Interventoría 4 719.317.854 4 719.317.854
Régimen Especial 33 2224357182 7 1.094.555.606
TOTAL 377 28.161.403.007 58 20.436.072.415 Fuente: Gestión Transparente, Contratación vigencia 2018 Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
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De acuerdo a lo anterior el siguiente es el resultado de la ejecución de la auditoría regular a la Administración Municipal de Barbosa: 2.1.1.1. Gestión Contractual. Como resultado de la auditoría adelantada, la Gestión Contractual obtuvo un puntaje de 79.58 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:
5. GESTIÓN CONTRACTUAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE BARBOSA VIGENCIA 2018
Fuente: Matriz Gestión Transparente, vigencia 2018 Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
2.1.1.1.1. Obra Pública De un universo de 9 contratos de obra pública se auditaron 9; por valor de $10.553.943.096, equivalente al 100% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado: Los 3 contratos de obra pública que se relacionan a continuación, no se les evaluó el componente de gestión Contractual: C210-2018 por $362.727.937, C213-2018 por $2.762.648.277, C225-2018 por $98.296.656 por encontrarse en ejecución.
HALLAZGOS
(Cifras en pesos)
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1. Revisado el contrato 214 de 2018 suscrito entre el municipio de Barbosa y el
Consorcio Saneamiento Barbosa cuyo objeto es “Construcción de sistemas de alcantarillado de aguas residuales pluviales y planta de tratamiento del corregimiento Hatillo del municipio de Barbosa Antioquia” por $3.519.683.137 se evidenció que se inició proceso de contratación mediante licitación pública 03 el 25 de enero de 2018, se dio Resolución de adjudicación 647 el 9 de abril de 2018,se suscribió contrato el 26 de abril de 2018 y acta de inicio el 10 de julio de 2018 sin contar con la totalidad de los diseños y licencias necesarias que le dieran viabilidad técnica al proyecto para garantizar el cumplimiento del objeto contractual en el plazo estipulado dado que, de acuerdo al informe 110-1806-6293 de 14 de junio de 2018 de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA se dio concepto negativo para la ubicación de la PTARD en el sitio seleccionado por la Entidad por no cumplir con la distancia de retiro de las zonas residenciales, por encontrarse en zona de amenaza alta por inundación lenta y en zona de retiro del rio Aburrá, por tratarse el sitio de un suelo forestal protegido con un tratamiento dedicado a la recuperación, y finalmente por no estar catalogado dentro del PBOT como suelo de protección para infraestructuras de prestación de servicios públicos. Esta situación generó la necesidad de suspender la ejecución del contrato el día 25 de julio de 2018 y a la fecha de la auditoría no se habían subsanado cabalmente las causales de la suspensión. Lo anterior inobserva el principio de planeación de la gestión fiscal, derivado de los principios constitucionales de eficacia y economía establecidos en el artículo 209 de la Constitución Política colombiana, además de los artículos 8 de la ley 42 de 1993, 25 de la Ley 80 de 1993, 3 de la ley 489 de 1998, 3 ley 610 de 2000 y 3 de la ley 1437 de 2011. (D)
2. Revisado el contrato 225 de 2018 suscrito entre el municipio de Barbosa y
Víctor Aníbal Escobar Osorno, cuyo objeto es “Ejecución de 55 mejoramientos de vivienda para beneficiar familias con deficiencias en unidades sanitarias de la zona rural dispersa del municipio de Barbosa” por $98.296.656 se evidenció: (D)
a) Que el contrato se encuentra suspendido desde el 13 de diciembre de 2018, argumentando como causal la no entrega de materiales por parte de La Empresa de Vivienda de Antioquia VIVA, de acuerdo al convenio 507 de 2017.
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De acuerdo a los informes de supervisión 01 y 02 del convenio de 9 de noviembre de 2018 y 27 de diciembre de 2018, se presenta una ejecución 42% y unos recursos desembolsados a la municipalidad representados en materiales por $45.814.407 correspondientes a 21 mejoramientos, presentándose deficiencias técnicas imputables al contratista que era necesario subsanar previamente para la realización del desembolso restante de los recursos representados en materiales. Teniendo en cuenta que el contrato 225-2018 se encuentra suspendido, que la entidad no ha realizado pagos al contratista, que no se halló evidencia de la subsanación de los requerimientos técnicos señalados por VIVA y que el convenio marco se encuentra vencido por terminación de plazo desde el 30 de noviembre de 2018 y que además mediante radicado 2019200001739 de 13 de marzo de 2019 la Empresa de Vivienda de Antioquia VIVA informa que procederá a la liquidación del convenio en el estado actual y solicitará el reintegro de los materiales no ejecutados al municipio, se evidencia un alto riesgo de siniestro del contrato, dado que no será posible el cumplimiento del objeto. Lo anterior, inobserva lo establecido en el inciso segundo del artículo 83 e inciso primero del artículo 84 de la Ley 1474 de 2011 en la función de la supervisión por parte del municipio.
b) Que en los Acuerdos 2017-018 y 2018-006, por medio del cual se autorizan vigencias futuras ordinarias y excepcionales, y en los Decretos 2018-006 y 2018-007, por medio de los cuales se constituyen reservas presupuestales y cuentas por pagar, no se encontró respaldo de los registros presupuestales 2018-1423 y 2018-1665 que garanticen la existencia de apropiación para atender estos compromisos teniendo en cuenta que en 2018 no se efectuó ningún pago a pesar de darse una ejecución física del 42%, y que el contrato fue planificado para ejecutarse entre el 13 de septiembre de 2018 y el 12 de febrero de 2019. Lo anterior inobserva los establecido en el artículo 71 del Decreto 111 de 1996.
3. Revisado el contrato 241 de 2018 suscrito entre el municipio de Barbosa y
Víctor Aníbal Escobar Osorno, cuyo objeto es “Realizar la construcción de muro en gaviones (30m) 7 metros de largo por cuatro metros de altura, un metro de ancho, vereda Tamborcito, Calle 2, para atender situación de calamidad pública en el municipio de Barbosa, teniendo en cuenta el decreto 051 del 16 de mayo de 2018 con las modificaciones realizadas por
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medio del decreto 077 del 14 de junio de 2018” por $22.644.726 al cual no se le han realizado pagos; se verificó que las obras de contención ejecutadas si bien cumplen con el propósito de la contratación, difieren en tipología de las inicialmente previstas, sin que se evidencie soporte documental dentro del expediente contractual de la justificación técnica que sustente la necesidad del cambio, de las actas de aprobación de precios de obra extra y de cambio de obra que legalicen las modificaciones. Lo anterior, inobserva parcialmente lo establecido en el inciso segundo del artículo 83 e inciso primero del artículo 84 de la Ley 1474 de 2011 en la función de la supervisión. (A)
4. En el Contrato de Obra Pública No. 000212-2018 cuyo objeto es la
“Construcción del Centro de Educación Superior del Municipio”, celebrado con el señor José de la Cruz Mira Henao, el cual se encuentra en ejecución por valor de $1.901.369.360 se observó que: (D) (P)
• El contratista que resultó favorecido con el proceso de selección en su análisis del AU (Administración y Utilidad), relaciona el ítem “Impuestos Municipales; el valor en $ se calcula respecto al valor total y luego este se convierte a % respecto al costo directo para poder sumar en el AU” con un porcentaje igual al 8,8% sobre el costo total como se detalla a continuación:
ANÁLISIS DEL AU
Descripción Unidad Cantidad Valor/mes
base Factor
Prestacional Dedicación Meses
% del C.D
V/Parcial
Director de obra
Ing 1 3.000.000 1,65 50% 4 0,68% 9.900.000,0
Residente de obra
Ing 1 2.500.000 1,65 100% 4 1,13% 16.500.000
Residente Ambiental
Prof 1 900.000 1,65 50% 4 0,20% 2.970.000
Residente Siso siso 1 800.000 1,65 100% 4 0,36% 5.280.000
Encargado de Obra
enc 1 1.300.000 1,65 100% 4 0,59% 8.580.000
Servicios Global 1 400.000 0,03% 400.000
Gastos del Contrato en oficina central, instalaciones, oficina, servicios oficina,
mes 4 7.061.463 1,93% 28.245.852
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ANÁLISIS DEL AU
Descripción Unidad Cantidad Valor/mes
base Factor
Prestacional Dedicación Meses
% del C.D
V/Parcial
papelería, contaduría, administrador, asesoría legal, secretaria, equipos de cómputo oficina, mensajería.
Transporte personal obra y administrativo
Global 1 7.217.653 0,49% 7.217.653
Instalaciones provisionales
Global 1 600.000 0,04% 600.000
Equipos de Cómputo y sistemas de comunicación obra
Und 1 6.720.000 0,46% 6.720.000
Papelería obra Und 1 600.000 0,04% 600.000
Valla informativa
Und 1 400.000 0,03% 400.000
Implementos del plan de seguridad, salud ocupacional y manejo socio-ambiental de la obra (incluye toda la señalización, equipos, teleras de protección, arneses, monogafas, canes de protección, tacos para protección, guantes, cascos, líneas de vida, cursos de altura, exámenes
Und 1 8.240.000 0,56% 8.240.000
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ANÁLISIS DEL AU
Descripción Unidad Cantidad Valor/mes
base Factor
Prestacional Dedicación Meses
% del C.D
V/Parcial
médicos con énfasis en alturas, chalecos, disposición de basuras, y todo lo relacionado con las normas vigentes).
Pólizas: El valor en $ se calcula respecto al valor total y luego este se convierte a % respecto al costo directo para poder sumar en el A.U
Und 1 % C.D 0,52% 7.605.477
Impuesto Especial de Seguridad: El valor en $ se calcula respecto al valor total y luego este se convierte a % respecto al costo directo para poder sumar en el A.U
% C.T 5% 73.129.591 % C.D 6,50% 95.068.468
Impuestos Municipales: El valor en $ se calcula respecto al valor total y luego este se convierte a % respecto al costo directo para poder sumar en el
% C.T 8,80% % C.D 11,44% 167.320.504
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ANÁLISIS DEL AU
Descripción Unidad Cantidad Valor/mes
base Factor
Prestacional Dedicación Meses
% del C.D
V/Parcial
A.U
COSTO DIRECTO
1.462.591.815
VALOR TOTAL ADMINISTRACIÓN 25,00% 365.647.954
UTILIDAD 5% 73.129.591
TOTAL AU 30,00% 438.777.545
PLAZO OFRECIDO 4 MESES
VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA 1.901.369.360 Fuente: Carpeta Contractual Municipio de Barbosa, Gestión Transparente. Elaboró: José Fernando Pernett González - Profesional Universitario.
De acuerdo al estatuto de rentas y a las deducciones realizadas a los dos (2) pagos realizados al contrato por el Municipio de Barbosa se evidencia que estas retenciones suman el 6,5%, es decir, retención industria y comercio 0,5%, estampilla pro cultura 1%, estampilla pro bienestar adulto mayor 3%, estampilla pro Hospital 1%, estampilla pro Universidad de Antioquia 1%, razón por la cual no se debió relacionar como se ve en el cuadro anterior el 8,8% sobre el costo total del contrato sino del 6,5%. Por lo tanto, realizando la corrección de este porcentaje en el cálculo del AU, se obtiene un valor de Administración del 21,62% y no del 25% como se detalla a continuación:
ANÁLISIS DEL AU
Descripción Unidad Cantidad Valor/mes
base Factor
Prestacional Dedicación Meses
% del C.D
V/Parcial
Director de obra
Ing 1 3.000.000 1,65 50% 4 0,68% 9.900.000,0
Residente de obra
Ing 1 2.500.000 1,65 100% 4 1,13% 16.500.000
Residente Ambiental
Prof 1 900.000 1,65 50% 4 0,20% 2.970.000
Residente Siso siso 1 800.000 1,65 100% 4 0,36% 5.280.000
Encargado de Obra
enc 1 1.300.000 1,65 100% 4 0,59% 8.580.000
Servicios Global 1 400.000 0,03% 400.000
Gastos del Contrato en oficina central, instalaciones, oficina, servicios oficina, papelería,
mes 4 7.061.463 1,93% 28.245.852
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ANÁLISIS DEL AU
Descripción Unidad Cantidad Valor/mes
base Factor
Prestacional Dedicación Meses
% del C.D
V/Parcial
contaduría, administrador, asesoría legal, secretaria, equipos de cómputo oficina, mensajería.
Transporte personal obra y administrativo
Global 1 7.217.653 0,49% 7.217.653
Instalaciones provisionales
Global 1 600.000 0,04% 600.000
Equipos de Cómputo y sistemas de comunicación obra
Und 1 6.720.000 0,46% 6.720.000
Papelería obra Und 1 600.000 0,04% 600.000
Valla informativa
Und 1 400.000 0,03% 400.000
Implementos del plan de seguridad, salud ocupacional y manejo socio-ambiental de la obra (incluye toda la señalización, equipos, teleras de protección, arneses, monogafas, canes de protección, tacos para protección, guantes, cascos, líneas de vida, cursos de altura, exámenes médicos con énfasis en
Und 1 8.240.000 0,56% 8.240.000
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ANÁLISIS DEL AU
Descripción Unidad Cantidad Valor/mes
base Factor
Prestacional Dedicación Meses
% del C.D
V/Parcial
alturas, chalecos, disposición de basuras, y todo lo relacionado conlas normas vigentes).
Pólizas: El valor en $ se calcula respecto al valor total y luego este se convierte a % respecto al costo directo para poder sumar en el A.U
Und 1 % C.D 0,52% 7.605.477
Impuesto Especial de Seguridad: El valor en $ se calcula respecto al valor total y luego este se convierte a % respecto al costo directo para poder sumar en el A.U
% C.T 5% % C.D 6,50% 95.068.468
Impuestos Municipales: El valor en $ se calcula respecto al valor total y luego este se convierte a % respecto al costo directo para poder sumar en el A.U
% C.T 6,50% % C.D 11,44% 167.320.504
COSTO 1.462.591.815
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ANÁLISIS DEL AU
Descripción Unidad Cantidad Valor/mes
base Factor
Prestacional Dedicación Meses
% del C.D
V/Parcial
DIRECTO
VALOR TOTAL ADMINISTRACIÓN 21,62% 316.212.351
UTILIDAD 5% 73.129.591
TOTAL AU 26,62% 389.341.942 PLAZO OFRECIDO 4 MESES
VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA 1.851.933.757 Fuente: Carpeta Contractual Municipio de Barbosa, Gestión Transparente. Elaboró: José Fernando Pernett González - Profesional Universitario.
Por lo expuesto anteriormente es claro que el contratista sobreestimó el ítem “impuestos municipales” en la discriminación de la Administración obteniendo un 25%, cuando está teniendo en cuenta el porcentaje de retenciones que realiza el Municipio de Barbosa debió ser el 21,62%, razón por la cual se sobrestimo el valor de la propuesta en un valor de $49.435.603 que es la diferencia entre el valor presentado en la propuesta por el contratista ($1.901.369.360) para una administración del 25% y el valor de la propuesta corregida ($1.851.933.757) para una Administración del 21,62%, esta diferencia contraviene lo establecido en el Artículo 6 de la Ley 610 del año 2000.
• En el numeral 5.4 “Experiencia habilitante” del Pliego de Condiciones del
proceso se establece:
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Fuente: Pliego de condiciones definitivo del contrato
Elaboró: José Fernando Pernett González, Profesional Universitario.
Por lo anterior, la Entidad restringe la acreditación de la experiencia a aquella
adquirida únicamente con entidades públicas, en un número máximo de contratos,
dentro de los cinco últimos años contados a partir de la fecha de cierre de la
convocatoria, estableciendo temporalidad, por lo que se presume participación en
la etapa precontractual con desconocimiento de los principios que regulan la
contratación estatal y la función administrativa contemplados en la Constitución
Política.
• En un aparte del numeral 5.4 “Experiencia habilitante” del Pliego de
Condiciones del proceso se establece que “La cuantía de cada contrato
debe ser mayor o igual a 1.200 SMMLV, y que la sumatoria de las cuantías
sea mayor o igual a 25.000 SMMLV, la información suministrada por el
proponente deberá estar inscrita en el RUP vigente a la fecha de cierre del
proceso”, además menciona que “La experiencia del proponente deberá
acreditarse mediante certificaciones expedidas por el respectivo
contratante, suscrito por funcionario competente, que contenga como
mínimo, la siguiente información: nombre del Contratista, número y objeto
del contrato, valor ejecutado, plazo de ejecución, fechas de iniciación y de
terminación, y porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en
Consorcio o Unión Temporal y el área de construcción para el caso de los
contratos en que se solicite”, sin embargo la experiencia especifica
relacionada por el proponente fue la siguiente:
No. del Contrato en el
RUP.
Contrato No. Valor en Pesos Valor en SMMLV
46 SI-017-2013 $14.942.778.818 25.204,28
47 196 de 2014 $870.751.489 1.351,36
TOTAL $15.813.530.307 26.555,64 Fuente: Expedientes de Contratos Municipio de Barbosa, Gestión Transparente. Elaboró: José Fernando Pernett González- Profesional Universitario.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Con lo que la sumatoria de las cuantías estaría por encima de los 25.000 SMMLV,
que es la exigencia de los pliegos de condiciones, sin embargo, teniendo en
cuenta que el proponente no tiene participación del 100% en el contrato SI-017-
2013, sino el 20%, su experiencia quedaría de la siguiente manera:
No. del Contrato
en el RUP.
Contrato
No.
Valor en Pesos Valor en
SMMLV
Participación Valor en
SMMLV
46 SI-017-2013 $14.942.778.818 25.204,28 20% 5.040,86
47 196 de 2014 $870.751.489 1.351,36 100% 1.351,36
TOTALES 6.392,22 Fuente: Expedientes de Contratos Municipio de Barbosa, Gestión Transparente. Elaboró: José Fernando Pernett González- Profesional Universitario.
De la tabla anterior se establece que el contratista no cumplió con el requisito de
experiencia habilitante porque en los dos contratos relacionados no alcanzó
cuantías por 25.000 SMMLV, exigida en los pliegos, razón por la cual no cumplía
con requisitos habilitantes, lo que consecuentemente llevaba a rechazar la oferta,
con lo que se concluye que se celebró un contrato sin cumplimiento de los
requisitos legales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 410 de la Ley 599 de
2000.
Teniendo en cuenta que no se han terminado las actividades de este
contrato por lo que no es posible evaluar los resultados obtenidos a través
del mismo su ejecución se dejará como insumo para el PGA 2020, en virtud
de lo establecido en los artículos 5 de la Ley 42 y 65 de la Ley 80, ambas de
1993.
5. En el Contrato de Obra Pública No. 000219-2018 cuyo objeto es la
“Infraestructura para el programa de movilidad activa (andenes y ciclo ruta) en zona urbana del Municipio de Barbosa, Antioquia”, celebrado con el Consorcio M&S INGENIERIA 2018, el cual se encuentra en ejecución por valor de $1.657.805.266 se observó que: (D)
• El contratista que resultó favorecido con el proceso de selección en su análisis del AU (Administración y Utilidad), relaciona el ítem “Impuestos Municipales” con un porcentaje igual al 13% sobre los
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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costos directos, sin embargo, teniendo en cuenta el estatuto de rentas y las deducciones realizadas a los pagos por el Municipio de Barbosa se evidencia que este concepto suma el 6,5% (retención industria y comercio 0,5%, estampilla pro cultura 1%, estampilla pro bienestar adulto mayor 3%, estampilla pro Hospital 1%, estampilla pro Universidad de Antioquia 1%) más el 5% de la contribución especial por seguridad de los contratos de obra, razón por la cual se establece que se relacionó un mayor porcentaje en el ítem, sobrestimando los impuestos Municipales, el porcentaje de administración se estipuló en un 25% cuando en realidad debió ser el 23,57%, con esta situación el valor de la propuesta quedaría en$1.639.529.158 y no por el valor que se relaciona en el contrato de $1.657.805.266.
• En el numeral 1.4 “Experiencia habilitante” del Pliego de Condiciones
del proceso se establece:
Fuente: Pliego de condiciones definitivo del contrato
Elaboró: José Fernando Pernett González, Profesional Universitario.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Posteriormente con la adenda No.1 de la licitación No. 001 de 2018 se
modifican el numeral anterior a contratos ejecutados 5 años antes del cierre
del proceso.
Sin embargo de acuerdo a lo anterior, es claro que la Entidad restringe la
acreditación de la experiencia a aquella adquirida únicamente con
entidades públicas, en un número máximo de contratos, dentro de los cinco
últimos años contados a partir de la fecha de cierre de la convocatoria,
estableciendo temporalidad, por lo que se presume participación en la
etapa precontractual con desconocimiento de los principios que regulan la
contratación estatal y la función administrativa contemplados en la
Constitución Política.
Teniendo en cuenta que no se han terminado las actividades de este
contrato por lo que no es posible evaluar los resultados obtenidos a través
del mismo su ejecución se dejará como insumo para el PGA 2020, en virtud
de lo establecido en los artículos 5 de la Ley 42 y 65 de la Ley 80, ambas de
1993.
6. En el Contrato de Obra 000210-2018 cuyo objeto es “Construcción de obras para optimización de sistemas de acueductos sectoriales en el Municipio de Barbosa, según ficha la técnica que hace parte del presente contrato”, celebrado con el Consorcio A-C, el cual aún no inicia ejecución por valor de $362.727.937, se observó que: (D)
• En el numeral 5.4.1 “Experiencia del proponente en el RUP” del Pliego de
Condiciones del proceso se establece:
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Fuente: Pliego de condiciones definitivo del contrato
Elaboró: José Fernando Pernett González, Profesional Universitario.
Por lo anterior, es claro que la Entidad restringe la acreditación de la experiencia a
aquella adquirida únicamente con entidades oficiales, en un número máximo de
contratos, dentro de los cinco últimos años contados a partir de la fecha de cierre
de la convocatoria, estableciendo temporalidad, por lo que se presume
participación en la etapa precontractual con desconocimiento de los principios que
regulan la contratación estatal y la función administrativa contemplados en la
Constitución y en la ley, según el numeral 31 del artículo 48 de la Ley 734 de
2002.
Teniendo en cuenta que el contrato aun no inicia ejecución no es posible
evaluar los resultados obtenidos a través del mismo, su ejecución se dejará
como insumo para el PGA 2020, en virtud de lo establecido en los artículos 5
de la Ley 42 y 65 de la Ley 80, ambas de 1993.
7. En el Pliego de Condiciones del proceso de selección que dio origen al
contrato 311-2017, cuyo objeto es “obras de reconstrucción de pisos en andenes y calles, construcción de muros en la calle 15B entre la carrera 7 y 8”, celebrado el 17 de octubre de 2017 por valor inicial de $88.434.674, y liquidado el 23 de octubre de 2018 por valor final de $132.600.000, se observó que la Entidad restringió la acreditación del requisito habilitante de experiencia a aquella adquirida únicamente con el sector público, en un número mínimo de contratos, dentro de un determinado periodo de tiempo
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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a partir de la fecha de cierre del proceso, y por cuantías que no son proporcionales al valor del contrato. (D)
8. En el contrato N°C213-2018, cuyo objeto es “Mantenimiento y pavimentación
de la vía Mocorongo en el municipio de Barbosa en el departamento de Antioquia”, celebrado el 20 de abril de 2018 por un valor inicial de $2.762.648.277 y actualmente suspendido, se observó que: (D)
a. En el numeral 5.4. del Pliego de Condiciones la Entidad restringió la
acreditación del requisito habilitante de experiencia a aquella adquirida únicamente con entidades públicas, en un número máximo de contratos, dentro de un determinado periodo de tiempo a partir de la fecha de cierre de la convocatoria, y por cuantías que no son proporcionales al valor del contrato.
b. Con corte al 2 de noviembre de 2018 se firmó Acta de Recibo Parcial de
Obra 03 según la cual se habían ejecutado obras por valor de $1.252.214.622, equivalentes al 45% del valor total del contrato. En la misma fecha se suscribió entre las partes Acta de Suspensión, en cuyas causales se consideran los siguientes hechos: “1. Según las cantidades contractuales la meta física a cumplir es de 4000 metros de pavimentación, lo cual va en discordancia del compromiso adquirido mediante convenio entre la administración municipal y la gobernación de Antioquia el cual debe ser cumplido a cabalidad y el cual estipula una meta física de 5100 metros de pavimentación (…) 2. Así mismo dentro del contrato se contaba con 50 ml de filtros cuando en la realidad para llevar a cabo la totalidad del proyecto la cantidad final refiere 5300ml (…)”, por lo que, según los artículos 87 de la Ley 1474 de 2011 y 2.2.1.1.2.1.1. del Decreto 1082 de 2015, se presume falta de planeación.
Tteniendo en cuenta que no se han terminado las actividades de este contrato por lo que no es posible evaluar los resultados obtenidos a través del mismo, su ejecución y liquidación se dejará como insumo para el PGA 2020, en virtud de lo establecido en los artículos 5 de la Ley 42 y 65 de la Ley 80, ambas de 1993.
2.1.1.1.2. Prestación de Servicios
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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De un universo de 294 contratos de prestación de servicios se auditaron 17; por valor de $4.551.193.273, equivalente al 44% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado: El contrato de Prestación de Servicios que se relaciona a continuación, no se le evaluó el componente de gestión Contractual: C260-2018 por $18.356.875 por encontrarse en ejecución.
HALLAZGOS (Cifras en pesos)
9. Contrato de prestación de servicios 248 del 24 de julio de 2018, con plazo de 15 días, suscrito con Corporación de las Manos Creativas, cuyo objeto es “GARANTIZAR LA PROMOCIÓN DE FERIAS Y/O EVENTOS AGROPECUARIOS POR MEDIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ENCAMINADAS A CELEBRAR EL DIA DEL CAMPESINO DEL AÑO 2018, EN EL MUNICIPIO DE BARBOSA”, por valor de $230.000.000, del que se observó lo siguiente: (D) (F)
a. Mediante comprobante de egreso No 2018-02407 del 25 de julio de 2018 y
orden de pago 2018-2456 del 25 de julio de 2018, se observa un pago por
anticipo del 40% equivalente a $92.000.000
b. Mediante comprobante de egreso No 2018-03294 del 16 de octubre de
2018 y orden de pago No 2018-2846 del 31 de agosto de 2018, se observa
un pago por $78.000.000
c. Analizada el acta de supervisión 1, no fue posible identificar las cantidades
de bienes y servicios suministrados por el contratista, como tampoco los
soportes de entregas de los mismos,
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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d. Analizada el acta de liquidación del contrato, no fue posible identificar las
cantidades de bienes y servicios suministrados por el contratista, como
tampoco los soportes de entregas de los mismos,
e. Según certificados expedido por el Secretario de Desarrollo Agropecuario y
Ambiental del Municipio de Barbosa del 8 y 13 de marzo de 2019, da fe de
la carencia y faltantes de soportes para el cumplimiento del objeto del
contrato y cantidades contratadas en el mismo.
f. Verificada la etapa de ejecución del contrato y los soportes entregados por
el contratista al Municipio para el pago, se evidenció la carencia de soportes
que demuestren el cumplimiento del objeto del contrato, incurriendo en un
presunto detrimento patrimonial por $84.850.000 como se demuestra en
el siguiente cuadro y en los certificados expedidos:
Fuente: Informe de Supervisión
Elaboró: Supervisor del Contrato Municipio de Barbosa
Lo anterior inobserva los principios de eficiencia, eficacia, responsabilidad según
el artículo 3 de la ley 489 del 29 de diciembre de 1998, artículos 82,83, 84 de la ley
1474 de 2011, articulo 2.2.1.1.2.1.1. Decreto 1082 del 2015 y articulo 6 de la ley
610 de 2000, Artículo 65 de la ley 80 de 1993,
DESCRIPCIÓN DEL
BIEN O SERVICIO
CANTIDAD
CONTRATADA VALOR
UNITARIO VALOR TOTAL
REGISTROS DEL
BIEN O SERVICIO
RECIBIDO
UNIDADES
RECIBIDAS CON
SOPORTES
VALOR
UNITARIOS
VALOR TOTAL
UNIDADES
RECIBIDAS
DIFERENCIA
PRESUNTO
DETRIMENTO
PERSONAL
LOGISTICA MAS
ALIMENTACIÓN
120 106,250 12,750,000
NO HAY
REGISTROS NI
FACTURAS DE
PAGO A
TERCEROS 0 106,250 - 12,750,000
TRANSPORTE
LOGISTICA PARA
LAS 11 ALDEAS 11 1,100,000 12,100,000
NO HAY
REGISTROS NI
FACTURAS DE
PAGO A
TERCEROS 0 1,100,000 - 12,100,000
OBSEQUIOS PARA
LOS CAMPESINOS 2000 30,000 60,000,000
NO HAY
REGISTROS NI
FACTURAS DE
PAGO A 0 30,000 - 60,000,000
TOTAL PRESUNTO
DETRIMENTO 84,850,000
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Es importante dejar este contrato como insumo para próximas auditorias,
toda vez, que el Municipio tiene pagos pendientes por realizar al contratista
por valor de $59.850.000.
10. Contrato de prestación de servicios 170- 2018 del 26 de enero de 2018, con
plazo de 6 meses, suscrito con la CORPORACIÓN DE LAS MANOS
CREATIVSA, cuyo objeto es “PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL
APOYO LOGÍSTICO EN EL DESARROLLO DE LAS JORNADAS Y
CAMPAÑAS EDUCATIVAS, CULTURALES Y DE SANO ESPARCIMIENTO
EN FECHAS ESPECIALES DEL AÑO 2018”, por valor de $300.000.000, con
acta de liquidación suscrita el 26 de julio de 2018. Se observó lo siguiente: (D)
(F)
a. Según certificado expedido por el Secretario de Salud, Protección Social y
Desarrollo Comunitario del Municipio de Barbosa Antioquia, del 11 de
marzo de 2019, mediante el cual hace constar que del contrato 170-2018
suscrito con la Corporación Manos Creativas no se encontraron los
siguientes soportes:
➢ soportes del día del niño mediante el cual se entregaron 3.000 regalos y kits
infantiles,
➢ Día de la Madre, planillas de entrega de 2.500 cenas,
➢ Día de la Mujer, Planillas de asistencia y entrega de cena,
➢ Día de la Secretaria, Copia de la factura de compra de los obsequios,
➢ Día del Maestro, listado de asistencia al evento y factura de compra de los
obsequios.
b. Que mediante la cláusula tercera (3) del contrato “Actividades específicas
del contrato” el contratista se obliga a desarrollar las siguientes
actividades por $217.050.000.
ACTIVIDAD FECHA VALOR TOTAL $
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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DÍA DE LA MUJER MARZO 8 DE 2018 62,650,000
DÍA DE LA SECRETARIA ABRIL 26 DE 2018 18,350,000
DÍA DEL NIÑO ABRIL 30 DE 2018 136,050,000
VALOR TOTAL ACTIVIDADES 217,050,000 Fuente: Contrato No 170-2018
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
c. Que en la cláusula quinta (5) del contrato “Valor del Contrato”, se estipula
el valor total de contrato por $300.000.000, como se demuestra según
Certificado de Disponibilidad Presupuestal 257 del 23 de enero de 2018, y
compromiso 290 del 30 de enero de 2018 por $300.000.000,
d. Mediante Otrosí No 001 del 27 de febrero de 2018, se modifica la cláusula
tercera (3) del contrato “Actividades específicas del contrato” en las
siguientes actividades:
➢ En la actividad del día de la mujer, se cual incluyen otras actividades para
aumentar el valor inicial de $62.650.000 a $145.650.000 para un aumento
del 132% correspondiente a $82.950.000,
e. Mediante Otrosí No 002 del 23 de abril de 2018, modifica la cláusula
tercera (3) del contrato “Actividades específicas del contrato”
específicamente en las siguientes actividades:
➢ En la actividad del día de la secretaria, los recursos que se van a emplear
para la compra de obsequios a las secretarias, se disminuyen en
$1.110.000 para emplearlos en la decoración del lugar donde se va a
celebrar dicho evento.
f. Mediante Otrosí No 003 de mayo 10 de 2018, se incluye en la cláusula
tercera (3) del contrato “Actividades específicas del contrato”, otras
actividades como la celebración del día de la madre por $109.350.000,
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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y el día del profesor por $39.700.000, lo que aumenta el valor inicial del
contrato,
g. Según factura de venta 0079 del 26 de abril de 2018 por $ 136.050.000, el
contratista facturó y cobró productos y servicios para la actividad del día
de los niños con otras condiciones técnicas que no se definieron en los
estudios previos, ni en el contrato como se explica en los siguientes
cuadros:
Cuadro No 1
Bienes y servicios contratados según estudio previo y contrato No
170-2018
Fuente: Estudios Previos Contrato No 170-2018
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
Cuadro No 2
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Bienes, servicios, cantidades globales y valores facturados por la
Corporación, donde algunos de ellos no fueron incluidos en el contrato, ni
en el estudio previo,
Fuente: Estudios Previos Contrato No 170-2018
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
Cuadro No 3
Detalle de bienes y servicios que fueron facturados y cobrados de forma global,
alguno de ellos con diferencia de precios y no definidos en las actividades
específicas del contrato, situación que conlleva a un presunto detrimento por
$97.287.600
CANTIDAD VALOR TOTAL
1 $4,200,000 $4,200,000
Global $10,850,000
3000 $9,900 $29,700,000
global $48,500,000
Global $2,800,000
3000 $6,500 $19,500,000
Global $4,500,000
Global $4,705,000
Global $3,800,000
Global $1,295,000
Global $1,500,000
Global $4,700,000
$136,050,000
comida para niños
Regalos practivos para niños
Kit de dulces
Presentacion cultural
DESCRIPCION
Sonido, tarima y animacion
Juegos cultuarles y ludicos para niños
25 ABRIL - DIA DEL NIÑO
TOTAL
Produccion de video aereo y fotografia
Logistica
Decoracion de tarima y lugar
Refrigerios logistica
Publicidad - pendones - pasacalles y flayers
Actividad un sueño de paz
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Fuente: Estudios Previos Contrato No 170-2018
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
h. Según factura de venta 102 de junio 5 de 2018, el contratista cobro
$39.700.000, pagados al contratista mediante comprobante de egreso
2018-01730 y orden de pago No 2018-1786 por $23.819.535, comprobante
DESCRIPCIÓN DEL BIEN
O SERVICIO
CANTIDAD
CONTRATADA
VALOR UNITARIO
$
VALOR TOTAL CANTIDAD
ENTREGADA POR
LA
CORPORACIÓN
VALOR
UNIDAD $
VALOR A
PAGAR
VALOR
FACTURADO Y
COBRADO
DIFERENCIA
VALOR A
PAGAR Y
VALOR
FACTURADO
PRESUNTO SONIDO CON CARPA Y
TARIMA 1 3,400,000 3,400,000 1 3,400,000 3,400,000 4,200,000 800,000
JUEGOS CULTURALES Y
LÚDICOS PARA LOS
NIÑOS No registra valor No registra valor 5,750,000 No registra valor 5,750,000 5,750,000 10,850,000 5,100,000
COMIDA PARA LOS
NIÑOS 3000 6,900 20,700,000 676 6,900 4,664,400 29,700,000 25,035,600
REGALOS PRÁCTICOS
PARA LOS NIÑOS 3000 23,000 69,000,000 676 23,000 15,548,000 48,500,000 32,952,000
CUENTOS PARA
LECTURA INFANTIL
3000 3,500 10,500,000
NO HAY
REGISTROS DE
ENTREGA
NO HAY
REGISTROS
DE ENTREGA
NO HAY
REGISTROS
DE ENTREGA,
NI COBRO - -
KIT INFALTIL
3000 8,900 26,700,000
NO HAY
REGISTROS DE
ENTREGA
NO HAY
REGISTROS
DE ENTREGA
NO HAY
REGISTROS
DE ENTREGA,
NI COBRO - -
PRESENTACIÓN
CULTURAL
BIEN O SERVICIO
NO CONTRATADO
- - - - - 2,800,000 2,800,000
KIT DE DULCES BIEN O SERVICIO
NO CONTRATADO - - - - - 19,500,000 19,500,000
PRODUCCCIÓN DE
VIDEO AEREO Y
FOTOGRAFIA
BIEN O SERVICIO
NO CONTRATADO
- - - - - 4,500,000 4,500,000
LOGÍSTICA BIEN O SERVICIO
NO CONTRATADO - - - - - 4,705,000 4,705,000
DECORACIÓN DE
TARIMA Y LUGAR
BIEN O SERVICIO
NO CONTRATADO - - - - - 3,800,000 3,800,000
REFRIGERIOS
LOGISTICA
BIEN O SERVICIO
NO CONTRATADO - - - - - 1,295,000 1,295,000
ACTIVIDAD UN SUEÑO
DE PAZ
BIEN O SERVICIO
NO CONTRATADO
- - - - - 1,500,000 1,500,000
PUBLICIDAD,
PENDONES,PASACALLES
Y FLAYERS
BIEN O SERVICIO
NO CONTRATADO
- - - - - 4,700,000 4,700,000-
TOTAL PRESUNTO
DETRIMENTO 97,287,600
ACTIVIDAD DÍA DE LOS NIÑOS
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
33
de egreso No 2018-01697 y orden de pago 2018-1783 por $15.880.000, de
los cuales $9.204.000 no están legalizados mediante la planilla de
asistencia y soportes, convirtiéndose en un presunto detrimento,
según se relaciona en el siguiente cuadro.
Fuente: Estudios Previos Contrato No 170-2018
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
i. Según factura de venta 0082 de junio 5 de 2018, el contratista cobro
$82.950.000, pagado al contratista mediante comprobante de egreso 2018-
01555 y orden de pago 2018-1601 por $82.950.000, de los cuales
$41.192.400 no están legalizados mediante la planilla de asistencia y
soportes, convirtiéndose en un presunto detrimento, según se relaciona
en el siguiente cuadro.
DESCRIPCIÓN DEL BIEN
O SERVICIO
CANTIDAD
CONTRATADA
VALOR UNITARIO
$
VALOR TOTAL CANTIDAD
ENTREGADA POR
LA
CORPORACIÓN
SEGÚN
SOPORTES
VALOR UNIDAD $ VALOR A
PAGAR
VALOR
FACTURADO Y
COBRADO
DIFERENCIA
VALOR A
PAGAR Y
VALOR
FACTURADO
PRESUNTO
DETRIMENTO
SONIDO PROFESIONAL 1 4,500,000 4,500,000 1 4,500,000 4,500,000 4,500,000 -
CENA 600 25,000 15,000,000 364 25,000 9,100,000 15,000,000 5,900,000
OBSEQUIO A LOS
PROFESORES 600 8,500 5,100,000 364 8,500 3,094,000 5,100,000 2,006,000
PERSONAL LOGÍSTICA GLOBAL No registra valor 2,500,000 GLOBAL No registra valor 2,500,000 2,500,000 - SHOW CULTURAL 1 6,800,000 6,800,000 1 6,800,000 6,800,000 6,800,000 -
DECORACIÓN GLOBAL No registra valor 2,500,000 No registra valor 2,500,000 2,500,000 2,500,000 -
COCTEL DE
BIENVENIDA 600
5,500 3,300,000 364 5,500 2,002,000 3,300,000 1,298,000
TOTAL PRESUNTO
DETRIMENTO 9,204,000
ACTIVIDAD DÍA DEL PROFESOR
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
34
Fuente: Estudios Previos Contrato No 170-2018
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
j. Según factura de venta No 0077de marzo 12 de 2018, el contratista cobro
$ 62.500.000, según las actividades relacionadas en el siguiente
cuadropara celebrar el día de la mujer, la cual fue cancelada mediante
comprobante de egreso No 2018-00667 del 14 de marzo de 2018 por
$62.650.000, y orden de pago No 2018-624 del 14 de marzo de 2018, del
que no se evidenció informes del contratista con sus respectivos soportes,
por lo anterior el equipo auditor deja como presunto detrimento el valor
pagado por $62.650.000.
8 DE MARZO DE 2018-DIA DE LA MUJER
DESCRIPCIÓN CANTIDAD VALOR
UNITARIO TOTAL
Show musical Global 9,000,000
Desarrollo de la semana de la mujer#GIRLBOSS Global 15,000,000
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
35
8 DE MARZO DE 2018-DIA DE LA MUJER
DESCRIPCIÓN CANTIDAD VALOR
UNITARIO TOTAL
SPA limpieza facial, arreglo de uñas (previa inscripción)
450 49,000 22,050,000
Entrega de material educativo para emprender 1000 1,500 1,500,000
Hidratación de la semana Global 2,500,000
Suvenires 1000 4,900 4,900,000
Sonido con carpa y tarima 1 3,500,000 3,500,000
Decoración y montaje 1 1,700,000 1,700,000
Personal de logística de la semana Global 2,500,000
TOTAL 62,650,000
Fuente: Estudios Previos Contrato No 170-2018
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
k. Según factura de venta No 0083 de mayo 23 de 2018, el contratista facturó
$ 109.350.000, pagado mediante comprobante de egreso No 2018-01695 y
orden de pago No 2018-1602 por $74.000.000, comprobante de egreso No
2018-01696 y orden de pago No 2018-1784 por $35.350.000 de los cuales
$64.208.000 no están legalizados mediante la planilla de asistencia y
soportes, convirtiéndose en un presunto detrimento, según se relaciona
en el siguiente cuadro.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
36
Fuente: Estudios Previos Contrato No 170-2018
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
l. Según factura de venta No 0080 de abril 27 de 2018, el contratista cobro
$18.350.000, pagado al contratista mediante comprobante de egreso 2018-
01436 y orden de pago No 2018-1370 por $18.350.000, de los cuales
$1.764.000 no están legalizados mediante la planilla de asistencia y
DESCRIPCIÓN DEL BIEN
O SERVICIO
CANTIDAD
CONTRATADA
VALOR UNITARIO
$
VALOR TOTAL CANTIDAD
ENTREGADA POR
LA
CORPORACIÓN
SEGÚN
SOPORTES
VALOR UNIDAD $ VALOR A
PAGAR
VALOR
FACTURADO Y
COBRADO
DIFERENCIA
VALOR A
PAGAR Y
VALOR
FACTURADO
PRESUNTO
DETRIMENTO
SONIDO PROFESIONAL
ADICIONAL 1 3,000,000 3,000,000 1 3,000,000 3,000,000 3,000,000 -
PRESENTACIÓN
MUSICAL O CULTURAL
MADRES DE LA
TERCERA EDAD GLOBAL No registra valor 2,000,000 GLOBAL No registra valor 2,000,000 2,000,000 -
CENA NOCTURNA 1500 14,000 21,000,000 869 14,000 12,166,000 21,000,000 8,834,000
DECORACIÓN
ADICIONAL 1 2,250,000 2,500,000 1 2,500,000 2,500,000 2,500,000 -
PERSONAL DE
LOGÍSTICA ADICIONAL GLOBAL
No registra valor 2,000,000 GLOBAL
No registra valor 2,000,000 2,000,000 -
MESEROS ADICIONALES
PARA ENTREGA DE
CENA
GLOBAL
No registra valor 1,700,000
GLOBAL
No registra valor
1,700,000
1,700,000 -
SUVENIR
CONMEMORATIVO 1500 6,900 10,350,000 869
6,900 5,996,100
10,350,000 4,353,900
REGALOS PARA RIFAR A
LAS MADRES
GLOBAL
No registra valor 38,000,000
GLOBAL
No registra valor
No registra
factura del
tercero donde
compro los
regalos 38,000,000 38,000,000
REFRIGERIOS PARA
MADRES DE LA
TERCERA EDAD1500
10,500 15,750,000
869
10,500 9,124,500 15,750,000 6,625,500
SONIDO PARA LAS
VEREDAS EN
CELEBRACIÓN MADRES
DE LA TERCERA EDAD
1
2,500,000 2,500,000
1
2,500,000 2,500,000 2,500,000 -
PORCIÓN DE TORTAS
PARA LAS MADRES 40001,700 6,800,000
8691,700 1,477,300 6,800,000 5,322,700
PORCIÓN DE TORTAS
PARA LAS MADRES DE
LA TERCERA EDAD1500
1,700 2,550,000
869
1,700 1,477,300 2,550,000 1,072,700
ALQUILER DE
SILLETERIA GLOBALNo registra valor 1,450,000
GLOBALNo registra valor 1,450,000 1,450,000 -
TOTAL PRESUNTO
DETRIMENTO 64,208,800
ACTIVIDAD DÍA DE LA MADRE
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
37
soportes, convirtiéndose en un presunto detrimento, según se relaciona
en el siguiente cuadro.
Fuente: Estudios Previos Contrato No 170-2018
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
Así las cosas, se establece en total un presunto detrimento patrimonial en la
suma de $276.306.000. Hechos que inobservan los principios de Eficiencia,
Eficacia, Responsabilidad y Transparencia según el artículo 3 de la ley 489 del 29
de diciembre de 1998, artículos 82,83, 84 de la ley 1474 de 2011 y articulo 6 de la
ley 610 de 2000, Artículo 65 de la ley 80 de 1993
11. Contrato de arrendamiento 203-2018 del 26 de enero de 2018, con plazo de 6
meses, suscrito con la empresa SERVICIOS VANEGAS S.A.S, cuyo objeto es
“ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA CONSISTENTE EN EXCAVADORA Y
RETROEXCAVADORA SOBRE ORUGAS PARA EXTRACCIÓN Y
CLASIFICACIÓN DE MATERIA DE PLAYA, CON EL CARGUE DEL
MATERIAL CLASIFACADO AL MUNICIPIO DE BARBOSA…”, por valor de
$200.000.000, correspondiente a 1.500 horas de arrendamiento por valor hora
de $133.333, del que se observó lo siguiente: (D) (F)
DESCRIPCIÓN DEL BIEN
O SERVICIO
CANTIDAD
CONTRATADA
VALOR UNITARIO
$
VALOR TOTAL CANTIDAD
ENTREGADA POR
LA
CORPORACIÓN
SEGÚN
SOPORTES
VALOR UNIDAD $ VALOR A
PAGAR
VALOR
FACTURADO Y
COBRADO
DIFERENCIA
VALOR A
PAGAR Y
VALOR
FACTURADO
PRESUNTO
DETRIMENTO
SONIDO PROFESIONAL 1 2,500,000 2,500,000 1 2,500,000 2,500,000 2,500,000 -
CENA 50 45,000 2,250,000 27 45,000 1,215,000 2,250,000 1,035,000
OBSEQUIO A LAS
SECRETARIAS 30 243,000 7,290,000 27 243,000 6,561,000 7,290,000 729,000
PERSONAL DE
LOGÍSTICA GLOBAL
No registra valor 700,000 GLOBAL
No registra valor 700,000 700,000 -
SHOW MUSICAL O DE
HUMOR1
4,500,000 4,500,000 GLOBAL
No registra valor
4,500,000
4,500,000 -
DECORACIÓN GLOBAL No registra valor 1,110,000 GLOBAL No registra valor 110,000 110,000 -
TOTAL PRESUNTO
DETRIMENTO 1,764,000
ACTIVIDAD DÍA DE LA SECRETARIA
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
38
a. Según certificado 000368 del 14 de marzo de 2019, expedido por el
Subsecretario de Infraestructura del Municipio de Barbosa, certifica que
para el pago del contrato en mención, el contratista presenta como
soporte un informe detallado de las horas laboradas del operador de la
máquina, sin el debido visto bueno del supervisor del contrato, seguido
de ello, aclara que los trabajos contratados no han sido recibidos por la
supervisión, razón por la cual están pendientes de pago las actas 4, 5 y
6 generadas para tal fin.
b. Se observó en la carpeta del contrato en mención, actas de entrega de
materiales sin el visto bueno del recibido por el supervisor del contrato,
en las que se evidencia fechas de entrega posteriores a la terminación
del contrato No 203-2018, seguido de ello, hacen entregas relacionando
el contrato No 318 del 31 de octubre del 2017, lo que se detalla en el
siguiente cuadro:
No DEL CONTRATO FECHA ACTA DE ENTREGA
ARTICULO CANTIDAD m3
318 DEL 31 DE OCTUBRE DE 2017
MARZO DE 2018 MATERIAL DE PLAYA - PRE MEZCLADO
10
318 DEL 31 DE OCTUBRE DE 2017
MARZO DE 2018 MATERIAL DE PLAYA - PRE MEZCLADO
12
318 DEL 31 DE OCTUBRE DE 2017
MARZO DE 2018 MATERIAL DE PLAYA - PIEDRA
6
318 DEL 31 DE OCTUBRE DE 2017
SIN FECHA MATERIAL DE PLAYA - PRE MEZCLADO
4
318 DEL 31 DE OCTUBRE DE 2017
MARZO 10 DE 2018
MATERIAL DE PLAYA - PRE MEZCLADO
6
203 DEL 26 DE ENERO DE 2018
ABRIL 18 DE 2018
MATERIAL DE PLAYA - PRE MEZCLADO
6
203 DEL 26 DE ENERO DE 2018
SIN FECHA MATERIAL DE PLAYA - REVOQUE
2
203 DEL 26 DE ENERO DE 2018
JULIO DE 2018 MATERIAL DE PLAYA - PRE MEZCLADO
12
203 DEL 26 DE ENERO DE 2018
AGOSTO 17 DE 2018
MATERIAL DE PLAYA - RECUÑA
6
203 DEL 26 DE ENERO DE 2018
AGOSTO 30 DE 2018
MATERIAL DE PLAYA - RECUÑA
12
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
39
No DEL CONTRATO FECHA ACTA DE ENTREGA
ARTICULO CANTIDAD m3
203 DEL 26 DE ENERO DE 2018
AGOSTO DE 2018
MATERIAL DE PLAYA - PIEDRA
12
203 DEL 26 DE ENERO DE 2018
AGOSTO DE 2018
MATERIAL DE PLAYA - PIEDRA
6
203 DEL 26 DE ENERO DE 2018
AGOSTO DE 2018
MATERIAL DE PLAYA - RECUÑA
12
203 DEL 26 DE ENERO DE 2018
SEPTIEMBRE 11 DE 2018
MATERIAL DE PLAYA - RECUÑA
28
203 DEL 26 DE ENERO DE 2018
SEPTIEMBRE 11 DE 2018
MATERIAL DE PLAYA - PRE MEZCLADO
18
203 DEL 26 DE ENERO DE 2018
OCTUBRE 18 DE 2018
MATERIAL DE PLAYA - PIEDRA
42
Fuente: Actas presentadas por el contratista Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
c. Se observó que en las facturas de venta No FV 0072, 0073, 0084, 0104,
0105, 0115, no relacionan las cantidades facturadas, como tampoco los
precios unitarios para definir el valor total facturado,
d. Se observó que en las actas parciales de recibido No 1, 2, 3, 4, 5, 6, el
supervisor no relaciona en el Ítem de cantidad, las unidades recibidas,
solo lo hace de forma global, como tampoco relaciona el costo por
unidad,
e. En los informes de supervisión, el supervisor da el visto bueno de
recibido a entera satisfacción según el objeto del contrato, pero no
especifica las horas maquinas en arrendamiento recibidas, solo lo hace
de forma global, demostrando con ello una deficiente supervisión en la
ejecución del contrato,
f. Se observó que el Municipio de Barbosa al momento de la auditoria, ha
realizado pagos al contrato por $130.999.999, y se tiene pendiente para
el pago $68.999.999 para un total de $199.999.998 según cuadro
adjunto,
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
40
COMPROBANTE DE EGRESO No ORDEN DE PAGO No VALOR $
2018-01057 2018-3862 33,333,333
2018-01488 2018-1002 33,333,333
2018-03694 2018-1575 33,333,333
2018-03696 2018-3866 31,000,000
TOTAL PAGOS REALIZADOS 130,999,999
PENDIENTE DE PAGO 2018-3867 33,333,333
PENDIENTE DE PAGO 2018-3902 2,333,333
PENDIENTE DE PAGO 2018-4684 33,333,333
TOTAL PAGOS PENDIENTES 68,999,999
VALOR TOTAL 199,999,998 Fuente: Comprobantes de egreso y ordenes de pagos entregados por Hacienda
Elaboró. José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
g. Se observó acta de liquidación del contrato No 203-2018, del 19 de
noviembre de 2018, firmada por las partes interesadas, en la que no se
dejan observaciones sobre la ejecución del mismo,
En consecuencia, de lo anterior, la débil supervisión y la falta de soportes en las
mismas, demuestran el incumplimiento del objeto del contrato, lo que conlleva a
un presunto detrimento por el valor pagado a la fecha de la auditoría por
$130.999.999.
Se deja esta observación como insumo para próximas actuaciones de la
Contraloría, con el fin de hacer seguimiento y verificación de los pagos
pendientes por realizar.
Lo anterior, inobserva el artículo 82, 83, 84 de la ley 1474 de 2011, los principios
de la función administrativa, de eficiencia, eficacia, responsabilidad y
transparencia según el artículo 3 de la ley 489 del 29 de diciembre de 1998 y el
artículo 6 de la ley 610 de 2000, Articulo 65 de la ley 80 de 1993.
12. Contrato de prestación de servicios 231-2018 del 9 de julio de 2018, con
plazo de 4 meses y 15 días, suscrito con la empresa COLDETEC S.A.S,
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
41
cuyo objeto es “DARLE CONTINUIDAD AL PROCESO DE
DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS, CONCRETAMENTE
COMPROBANTES DE EGRESO, GENERADOS ENTRE LOS AÑOS 2004
AL 2011, EN EL MUNICIPIO DE BARBOSA, Y EL INDEXAMIENTO DE
DICHA INFORMACÓN EN EL SISTEMA QF-DOCUMENT PARA QUE
QUEDE CONSULTABLE, DANDO CUMPLIMIENTO AL TITULO V, ART.21
DE LA LEY 594 DE 2.000; DECRETO 2609 DE 2012 QUR LO
REGLAMENTA”, por valor de $399.840.000, del que se observó lo
siguiente: (D)
a. Según certificado expedido por el representante legal de la empresa
SAIMYR S.A.S con radicado No 2064 del 14 de marzo de 2019, se observa
que el Municipio de Barbosa cuenta con un sistema denominado
SAIMYR, el cual fue adquirido en el año 2004, mediante convenio 222, en
la cual se realizó el montaje a modo de prueba de una serie de módulos
administrativos, financieros y de impuestos entregados entre sí,
posteriormente en el mes de noviembre del mismo año, mediante contrato
de suministro 744 se legalizó la compra de módulos, entre ellos, el módulo
de ARCHIVO DOCUMENTAL que se encarga de almacenar toda la
documentación de la Entidad, para identificarla y clasificarla según las
tablas de retención documental implementadas, en consecuencia, el
módulo permite radicar y grabar información clasificada de la siguiente
manera: enviada, recibida, interna, resoluciones, contratos, circulares,
historia laboral, convenios, procesos, manuales, instrumentos de control,
proyectos, decretos, historial ocupacional, documentos de proveedores,
libros contables, entre otros, posteriormente de ser ingresado cada
radicado, se puede generar el proceso de digitalización y asociar las
imágenes de cada uno de estos documentos.
b. Que según los Estudios Previos y el contrato, la descripción la necesidad
que el Municipio de Barbosa pretende satisfacer con esta de contratación,
es la de “incluir un producto de SOFTWARE (QF-DOCUMENT-
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
42
DIGITALIZACIÓN/CONSULTA) que permita adelantar el proceso de
digitalización masiva y da la oportunidad de ofrecer un medio de
consulta ágil de la documentación digitalizada……..”, evidenciándose
que el municipio de Barbosa ya tiene un sistema SAIMYR, donde uno de
sus módulo se denomina ARCHIVO DOCUMENTAL, el cual es funcional y
se viene implementando en él el proceso de digitalización desde el año
2004, actividad que fue nuevamente contratada con la empresa
COLDETEC mediante contrato No 231-2018 del 9 de julio de 2018.
inobservando los principios de de la función administrativa en particular el
de Planeación, economía, eficacia, eficiencia y responsabilidad en el
manejo y optimización de los recursos públicos
13. Contrato de prestación de servicios 049-2018 del 4 de diciembre de 2018,
con plazo de 1 semana, suscrito con la FUNDACIÓN NACIONAL PARA EL
DESARROLLO, EL ARTE Y LA CULTURA, FUNDARTE, cuyo objeto es
“PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN EN
PRESENTACIONES ARTÍSTICAS Y CULTURALES EN EL MARCO DE LA
VERSIÓN No 19 DE LAS FIESTAS DE LA PIÑA EN EL MUNICIPIO DE
BARBOSA”, por $285.020.276, del que se observó lo siguiente: (D) (F)
a. Revisadas el acta de supervisión y el acta de liquidación del 20 de
diciembre de 2018, se observa que el servicio prestado por el contratista
asciende a un valor total de $188.611.759, y al compararlo con los
pagos realizados mediante comprobantes de egreso No 2019-01094,
2019-01092, 2019-01093, 201902266, por un valor total pagado de
$255.820.276, se tiene una diferencia por un mayor valor pagado de
$67.208.517, lo que configura un presunto detrimento por el mismo
valor, inobservando los artículos 82, 83, 84 de la ley 1474 de 2011 y el
artículo 6 de la ley 610 de 2000, Artículo 65 de la ley 80 de 1993.
14. Comparado el contrato de arrendamiento No 052 del 15 de enero de 2018, con
plazo de 6 meses, por valor mensual de $ 8.000.000, y valor total de
$48.000.000, suscrito con el señor William Alberto Londoño Londoño,
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
43
representante legal de la empresa CONFECCIONES LONMAR LTDA, cuyo
objeto es “Arrendamiento de un lote de terreno con 2 piezas de habitación
con todas sus mejoras y anexidades, servicio de luz eléctrica y agua, de
una cavidad aproximada de 526 metros cuadrados el cual se destinará
para uso de inmovilización de vehículos por infracciones de tránsito y
accidentes con lesionados……….”, y contrato de arrendamiento 325 del 1
de noviembre de 2018, con plazo de 2 meses por valor mensual de $9.000.000
para un pago total de $18.000.000, cuyo objeto es el mismo del contrato 052,
del que se observa lo siguiente: (D) (F)
a. En la vigencia 2018, el canon de arrendamiento mensual según contrato
052-2018 fue de $8.000.000, con respecto al canon de arrendamiento
mensual del contrato 325-2018 fue de $9.000.000, evidenciándose un
aumento en el canon de arrendamiento en la misma vigencia de $1.000.000
mensual sin una debida justificación, lo que se convierte en un presunto
detrimento por la diferencia de $2.000.000, incumpliendo la cláusula 3
del contrato “Valor del contrato y forma de pago” ítem i, establece que
“esta cifra se ajustará anualmente”, lo anterior inobserva los principios
de la función administrativa de eficiencia, eficacia, responsabilidad según el
artículo 3 de la ley 489 del 29 de diciembre de 1998 en el manejo de los
recursos públicos, y artículo 6 de la ley 610 de 2000, Artículo 65 de la ley 80
de 1993.
15. Contrato de prestación de servicios No 140-2018 del 26 de enero de 2018, con
plazo de 10 meses a partir del acta de inicio, suscrito con el señor Francisco
Luis Madrid Madrid, cuyo objeto es “SERVICIO DE FORTALECIMIENTO Y
FOMENTO DE ACCIONES Y PROCESOS PARA LA PREVENCIÓN DE
DESASTRES POR LA OLA INVERNAL”, por valor de $250.000.000, del que se
observó lo siguiente: (D) (F)
a. Que mediante otrosí 1 del 28 de mayo de 2018, se adiciona el contrato en
valor y en actividades por $124.508.000 para un valor total del contrato por
$374.508.000,
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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b. Se observó en las actas de supervisión y recibo parcial de los bienes y
servicios, que el supervisor autoriza los pagos por $390.000.000,
evidenciándose que lo realmente recibido según informes de supervisión es
por $9.580.042, incurriendo en un presunto detrimento patrimonial por
la diferencia en los pagos de $380.419.958, según cuadro, Fuente: Soportes de hacienda egresos y orden de pagos
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
Lo anterior inobserva el artículo 82,83, 84 de la ley 1474 de 2011, los principios de
la función administrativa, de eficiencia, eficacia, responsabilidad y transparencia
según el artículo 3 de la ley 489 del 29 de diciembre de 1998 y el artículo 6 de la
ley 610 de 2000, Artículo 65 de la ley 80 de 1993.
16. Contrato de prestación de servicios No094-2018 del 23 de enero de 2018,
con plazo de 10 meses a partir de la suscripción del acta de inicio, firmado
con la señora VERONICA JOHANA OLARTE, representante legal de la
CORPORACIÓN DE DESALLOLLO INTEGRAL DEL VALLE DE ABURRÁ -
CODEIVA, cuyo objeto es “APOYO LOGISTICO PARA LA REALIZACIÓN
DE 60 CHARLAS Y TALLERES A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
URBANAS Y LOS COLECTIVOS DE ORGANIZACIONES JUVENILES EN
EL MUNICIPIO DE BARBOSA - ANTIOQUIA”, por valor de $75.000.000,
del que se observó lo siguiente: (D) (F)
a. Al momento de la auditoria y como lo certifica el Secretario de Salud,
Protección Social y Desarrollo Comunitario del Municipio de Barbosa que
según el sistema SAYMIR, se encuentran dos actas de pago por valor de
$15.000.000 cada uno como se detalla en el siguiente cuadro:
COMPROBANTE DE EGRESO No ORDEN DE PAGO No VALOR EGRESO Y OP
2018-00839 2018-793 15,000,000
2018-01685 2018-1737 15,000,000
TOTAL PAGOS REPORTADOS 30,000,000 Fuente: Soportes de hacienda egresos y orden de pagos
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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b. No se evidenció informes de supervisión que permitan identificar el
cumplimiento de las siguientes cláusulas: 2 “OBJETO DEL CONTRATO”, 3
“ACTIVIDADES ESPECIFICAS DEL CONTRATO”, 4 “INFORMES”, 7
“PLAZO DE EJECUCIÓN”, 9 “OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA”, 10
“DERECHOS PARTICULARES DE LA ENTIDAD ESTATAL
CONTRATANTE”, 12 “RESPONSABILIDAD”, 14 “TERMINACIÓN,
MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO”,
16 “CADUCIDAD”, 18 “PENAL”, 22 “INDEMNIDAD” NUMERAL 22.1, 22.2
y 22.3, incurriendo en un presunto detrimento por el pago realizado
correspondiente a $30.000.000.
Lo anterior inobserva el artículo 82,83, 84 de la ley 1474 de 2011, los principios de
la función administrativa, de eficiencia, eficacia, responsabilidad y transparencia
según el artículo 3 de la ley 489 del 29 de diciembre de 1998 y el artículo 6 de la
ley 610 de 2000, Artículo 65 de la ley 80 de 1993.
Este contrato se deja como insumo para que, en próximas actuaciones, la
Contraloría verifique su liquidación acorde a la normatividad vigente.
17. Contrato de prestación de servicios 277-2018 del 10 de septiembre de 2018,
con plazo de 3 meses y 25 días a partir de la suscripción del acta de inicio,
firmado con la CORPORACIÓN CONSTRUIR IDEAS, representada por el
señor JOSÉ CAMILO ARENAS CARO, cuyo objeto es “PRESTAR SERVICIOS
PARA LA FORMULACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE UNA POLÍTICA PÚBLICA
EN SALUD MENTAL Y LA ADOPCIÓN Y EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA DE
PARTICIPACIÓN SOCIAL EN SALUD ENMARCADOS EN EL PLAN DE
DESARROLLO CONSTRUYAMOS JUNTOS POR LA PAZ DEL MUNICIPIO
DE BARBOSA ANTIOQUIA” por valor de $45.000.000, del que se observó lo
siguiente: (F)
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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a. Que mediante Acta No 001 del 25 de septiembre de 2018, le autorizan al
contratista el anticipo y pago del 30% del valor del contrato correspondiente
a $13.500.000,
b. Que mediante comprobante de egreso No 2018-03229 del 5 de octubre de
2018, y orden de pago No 2018-3304 del 4 de octubre de 2018 se le hace
efectivo el pago al contratista por el anticipo por valor de $13.500.000,
c. Que al momento de la auditoria no se evidenció informes de supervisión
que permitan identificar el cumplimiento de las siguientes cláusulas: 2
“OBJETO DEL CONTRATO”, 3 “ACTIVIDADES ESPECIFICAS DEL
CONTRATO”, 4 “INFORMES”, 7 “PLAZO DE EJECUCIÓN”, 9
“OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA”, 10 “DERECHOS PARTICULARES
DE LA ENTIDAD ESTATAL CONTRATANTE”, 12 “RESPONSABILIDAD”,
14 “TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL
DEL CONTRATO”, 16 “CADUCIDAD”, 18 “PENAL”, 22 “INDEMNIDAD”
NUMERAL 22.1, 22.2 y 22.3.
d. Que mediante memorando No 000026 del 9 de enero de 2019, con asunto:
ACTA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y BILATERAL 000277 DEL 10 DE
SEPTIEMBRE DE 2018, mediante el cual el contratista se compromete
hacer la devolución del anticipo por $13.500.000, lo que a la fecha de la
auditoria no se ha cumplido, incurriendo en un presunto detrimento por
$13.500.000.
e. El Municipio no ha realizado gestión para hacer efectiva la cláusula 18
“CLÁUSULA PENAL” correspondiente a $4.500.000, por el incumplimiento
del contrato, inobservando los artículos 82,83, 84 y 86 de la ley 1474 de
2011, los principios de la función administrativa, de eficiencia, eficacia,
responsabilidad y transparencia según el artículo 3 de la ley 489 del 29 de
diciembre de 1998 y el artículo 6 de la ley 610 de 2000, Articulo 65 de la ley
80 de 1993.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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18. Contrato de prestación de servicios C156-2018 del 26 de enero de 2018, con plazo de 8 meses a partir de la suscripción del acta de inicio, firmado con la CORPORACIÓN COPOIDEAS, cuyo objeto es “MANTENIMIENTO SISTEMA DE MONITOREO DE CONTROL Y VIGILANCIA - CCTV EN EL CUATRIENIO.” por valor de $150.000.000, del que se observó lo siguiente: (D) (F)
a. Según certificado expedido por la Secretaria de Gobierno y Convivencia
Ciudadana del Municipio de Barbosa con fecha del 15 de marzo de 2019,
mediante el cual da fe de que a la fecha no se encontró informe o
documento alguno donde se haga referencia al estado y control por parte
del supervisor del contrato, seguido de ello, el contrato no se encuentra
terminado, ni liquidado.
b. Se observaron 2 pagos, el primero mediante factura No 0053 del 12 de
marzo de 2018 por $49.956.200, comprobante de egreso No 2018-00834 y
orden de pago No 2018 – 779, el segundo mediante factura No 0060 del 11
de mayo de 2018 por $27.543.800, comprobante de egreso No 2018-02008
y orden de pago No 2018-1586, lo que se convierte en un presunto
detrimento por valor de $77.500.000 según lo observado en el ítem (a)
Se deja este contrato como insumo para verificar en próximas auditorias el
cumplimiento del objeto contractual.
Lo anterior inobserva los principios de la función administrativa, articulo 3 de la ley
489 de 1998 como es la responsabilidad, eficiencia, eficacia, artículos 82, 83, 84
de la ley 1474 de 2011, Artículo 65 de la ley 80 de 1993.
19. Revisado el contrato CI-024 de 2018 suscrito entre el municipio de Barbosa y La Asociación de municipios del Norte Antioqueño AMUNORTE, cuyo objeto es “Administración delegada de recursos para la interventoría legal, técnica, administrativa, financiera y ambiental para la construcción de la cubierta para la placa del C.E.R. La Herradura del municipio de Barbosa departamento de Antioquia” por $20.504.430, se evidenció que la causal invocada para la
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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modalidad de selección del contratista es la establecida en el literal c) numeral 4, articulo 2 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 92 de la ley 1474 de 2011. Teniendo en cuenta que el análisis de sector económico no implicó un estudio real del mercado que permitiese concluir que AMUNORTE era el único oferente del servicio en la zona, que AMUNORTE no contaba con personal técnico de planta especializado para prestar los servicios de consultoría por lo que debió ser subcontratado en un 100%, que el negocio jurídico entre las partes implicó una relación conmutativa y de constitución de obligaciones patrimoniales, que la modalidad de selección aplicada implicó una discriminación de otros sujetos que también podían ofrecer a la municipalidad los mismos servicios en igualdad o mejores condiciones técnicas y económicas; se evidencia una presunta elusión del debido proceso de selección. La modalidad de selección adoptada por el municipio, inobserva el numeral 5 del artículo 2 de la ley 1150 de 2007 adicionado por artículo 92 de la Ley 1474 de 2011; y los principios dela función administrativa de igualdad, moralidad, eficacia, economía, imparcialidad y publicidad previstos en el artículo 209 de la Constitución Política Colombiana. (D).
2.1.1.1.3. Suministros De un universo de 14 contratos de suministros se auditaron 4; por valor de $539.947.064, equivalente al 41% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado:
HALLAZGOS (Cifras en pesos)
20. En el Contrato N° C211-2018, cuyo objeto es “ Suministro e instalación de
acometida eléctrica para el C.A.S. en todas las instalaciones incluyendo el cambio del transformador”, celebrado el 4 de abril de 2018 por un valor inicial de $14.681.951, con Acta de Inicio suscrita el 20 de junio de 2018 y fecha de terminación del 11 de julio de 2018, se observó que el Compromiso Presupuestal N°785 del 4 de abril de 2018 fue anulado sin que el contrato fuera ejecutado y sin que mediara la terminación o liquidación del Contrato, según fuera el caso, de acuerdo con lo establecido en los artículos 17, 60 y 61 de la
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Ley 80 de 1993, tal como se muestra a continuación en Reporte de Movimientos de la Reserva # 519: (D)
Contiene: Reporte de Movimientos de la Reserva # 519. Fuente: Administración Municipal de Barbosa. Elaboró: Daladier Brand Vélez, Profesional Universitario
2.1.1.1.4. Consultoría u otros Contratos De un universo de 23 contratos de consultoría u otros se auditaron 17; por valor de $2.977.115.522, equivalente al 96% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado: Se aclara que en la matriz de gestión contractual se registran 20 contratos evaluados, los cuales corresponden: 13 a Consultoría u otros, 3 a Interventoría y 4 a Régimen Especial.
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El contrato de Consultoría C217-2018 por valor de $ 276.444.870 y los contratos de Urgencia Manifiesta C227-2018 por valor de $305.143.884, C228-2018 por valor de $117.680.500 y C240-2018 por valor de $51.232.003, se evaluaron solo en legalidad y rendición dado que durante la auditoría se encontraban en ejecución.
HALLAZGOS (Cifras en pesos)
21. En el Contrato de Urgencia Manifiesta C220-2018, cuyo objeto es “Calamidad
pública declarada mediante Decreto 000051 del 16 de mayo, mediante la extracción, cargue, transporte y colocación de material grueso, granular para la protección de la ribera del río a la altura del puente de la estación en el municipio de Barbosa.”, celebrado el 14 de junio de 2018 por un valor inicial de $385.090.000, se observó que: (D) (F) a. A pesar de que el plazo contractual se venció el 15 de agosto de 2018 no
se evidenciaron en el expediente contractual soportes del seguimiento a la correcta ejecución de las obras programadas y/o ejecutadas ni del cumplimiento del objeto del contrato (Acta de Recibo Final de Obra), por lo que, según los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, se presume falta de supervisión.
b. Según el objeto, alcance y actividades del contrato se evidencia que su naturaleza es la de un contrato de obra, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, sin embargo, sobre los pagos efectuados en razón del mismo por un valor total de $265.229.218, no se aplicó la deducción del 5% que por concepto de contribución especial de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1106 de 2006, adicionado por el artículo 39 de la Ley 1430 de 2010. En consecuencia, se presume daño al patrimonio de la Entidad por valor de $13.261.461, según el artículo 6 de la Ley 610 de 2000.
22. En el expediente del Contrato de Urgencia Manifiesta C227-2018, cuyo objeto es “ Calamidad pública declarada mediante Decreto 000051 del 16 de mayo y
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modificado por el Decreto 077 del 14 de junio de 2018, a través el desmonte y reubicación del puente metálico de la estación del tren al sendero del sector El Indio, del municipio de Barbosa.”, celebrado el 4 de julio de 2018 por un valor inicial de $305.143.884, se evidenció la realización de un pago por valor de $105.188.090, equivalente al 34% del valor contratado, por lo que, teniendo en cuenta que no se han terminado las actividades de este contrato no es posible evaluar los resultados obtenidos a través del mismo, y en consecuencia, su ejecución y liquidación se dejará como insumo para el PGA 2020, en virtud de lo establecido en los artículos 5 de la Ley 42 y 65 de la Ley 80, ambas de 1993. (A)
23. En el expediente del Contrato de Urgencia Manifiesta N°C228-2018, cuyo
objeto es “El suministro de materiales para intervenir con reforzamiento estructural y adecuación de obras externas necesarias para mitigar el riesgo de las viviendas de las personas afectadas por la ola invernal actual en el municipio de Barbosa Antioquia, por calamidad pública declarada mediante Decreto 051 del 16 de mayo y modificado por el Decreto 077 del 14 de junio de 2018”, celebrado el 4 de julio de 2018 por un valor inicial de $117.680.500, se observó que a pesar de que el plazo contractual se venció el 4 de noviembre de 2018 no se evidenciaron en el expediente contractual soportes del ingreso de materiales al almacén municipal, ni del seguimiento a la correcta ejecución del cumplimiento del objeto del contrato, por lo que, según los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, se presume falta de supervisión. Durante la ejecución de la auditoría no se evidenció la realización de pagos al contrato, por lo que, teniendo en cuenta que no se han terminado las actividades de este contrato no es posible evaluar los resultados obtenidos a través del mismo, su ejecución y liquidación se dejará como insumo para el PGA 2020, en virtud de lo establecido en los artículos 5 de la Ley 42 y 65 de la Ley 80, ambas de 1993. (D)
24. En el contrato de Consultoría C235-2018, cuyo objeto es “Elaboración de
estudios detallados para categorizar el riesgo y establecer las medidas de mitigación en sectores afectados por quebradas en el municipio de Barbosa”, celebrado el 16 de julio de 2018 por un valor inicial de $680.932.994, y terminado el 31 de enero de 2019, se observó que: (D)
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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a. La Entidad Estatal no publicó en el SECOP la oferta del adjudicatario del Proceso de Contratación y los demás documentos suscritos durante la etapa contractual, según el Artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015.
b. En el numeral 1.2.4. del Pliego de Condiciones la Entidad restringió la acreditación del requisito habilitante de experiencia a aquella adquirida únicamente con entidades oficiales, en un número máximo de contratos, dentro de un determinado periodo de tiempo a partir de la fecha de cierre de la convocatoria, y por cuantías que no son proporcionales al valor del contrato, por lo que se presume que la Entidad no cumplió con el principio y el deber de Selección Objetiva, según la Ley 80 de 1993.
25. Convenio de Asociación y Cooperación No 258-2018 del 3 de agosto de
2018, con plazo de 2 meses, suscrito con la Corporación Vida Social, cuyo
objeto es “CONVENIO DE COOPERACIÓN Y COFINANCIACIÓN
CONSISTENTE EN GENERAR ESPACIOS PEDAGÓGICOS Y
CULTURALES PARA LA SENSIBILIZACIÓN, EL DIALOGO, LA
EXPERIMENTACIÓN Y EL RECONOCIMIENTO TERRITORIAL A TRAVÉS
DEL JUEGO, EL ARTE Y LA LÚDICA COMO HERRAMIENTAS PARA LA
PROMOCIÓN DE CULTURA AMBIENTAL, PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN
DEL RIESGO EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LAS ONCE
ALDEAS DEL MUNICIPIO DE BARBOSA” por valor de $ 669.860.000, del
que se observó lo siguiente: (D) (F)
a. Según clausula tercera del Convenio, el Municipio de Barbosa aporta para
su ejecución $468.902.000 y el aporte de la Corporación Vida Social es de
$200.958.000, los cuales compromete en dinero para la ejecución de las
actividades que le corresponden a la cooperación, aportes en dinero que en
ningún momento ingresaron al Municipio,
b. Según clausula cuarta “Forma de Pago, el Municipio se compromete a
cancelar a la Corporación Vida Social, actas parciales de acuerdo a las
cuentas de cobro y las respectivas facturas, previa la entrega de un anticipo
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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por un valor del 40%, dinero que es entregado por el Municipio a la
Corporación equivalente a $187.560.800, mediante comprobante de egreso
No 2018-02542 del 14 agosto de 2018, y orden de pago No 2018-2651 del
14 de agosto de 2018,
c. No se realizó el descuento de estampillas al anticipo como único pago del
contrato según se demuestra en el siguiente cuadro, lo que conlleva a un
presunto detrimento patrimonial por $ 11.253.648,
Comprobante De Egreso No
Orden De Pago No
Valor Descripción Estampilla
% De Retención
Valor No Retenido, Presunto Detrimento
2018-02542 2018-2651 187,560,800
Pro Cultura 1% 1,875,608
Bienestar Adulto Mayor
3% 5,626,824
Pro Hospital 1% 1,875,608
Pro Universidad de Antioquia
1% 1,875,608
TOTAL 11,253,648
Pro Cultura: 1,875,606
Bienestar Adulto Mayor:
5,626,824
Pro Hospital: 1,875,606
Pro Universidad de Antioquia:
1,875,608
TOTAL 11,253,644
Fuente: Comprobantes de Egreso y Orden de Pago Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
d. Según certificado expedido por el Subsecretario de obras públicas del
Municipio de Barbosa con fecha del 15 de marzo de 2019, da fe que el
contratista entregó bienes y servicios que justifican el pago del anticipo,
pero no continuó con la ejecución del convenio,
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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e. Según acta de liquidación No 1 del 14 de octubre de 2018, se da por
terminado y liquidado.
Lo anterior inobserva el artículo 82, 83, 84 de la Ley 1474 de 2011, artículos 202,
206, 211, 216 del Acuerdo 029 del 26 de diciembre de 2016 Estatuto de Bienes,
Ingresos y Rentas Municipio de Barbosa y articulo 6 de la ley 610 de 2000, Articulo
65 de la ley 80 de 1993.
2.1.1.1.5. Interventoría De un universo de 4 contratos de Interventoría se auditaron 4; por valor de $719.317.854, equivalente al 100% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado: El contrato de Interventoría C215-2018 por valor de $36.269.992, se evaluó solo en legalidad y rendición dado que durante la auditoría se encontraba en ejecución. Se aclara que la calificación de los contratos de la muestra, se encuentra registrada en la tipología Consultoría y otros.
HALLAZGOS (Cifras en pesos)
26. En el Contrato de Interventoría No. 000216-2018 cuyo objeto es la
“Interventoría, legal, técnica, administrativa, ambiental y financiera para la vigilancia y control al contrato de obra que tiene como objeto Construcción del Centro de Educación Superior del Municipio de Barbosa, Antioquia”, celebrado con la firma COGINTER S.A.S, el cual se encuentra en ejecución por valor de $152.580.610 se observó que: (D) (P)
• En el aparte “Experiencia del proponente en el RUP” del numeral 1.2.4
“Experiencia del proponente” del Pliego de Condiciones del proceso se
establece:
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Fuente: Pliego de condiciones
Elaboró: Daladier Brand Vélez, Profesional Universitario
Por lo anterior, es claro que la Entidad restringe la acreditación de la experiencia a
aquella adquirida únicamente con entidades oficiales, en un número máximo de
contratos, dentro de los seis últimos años contados a partir de la fecha de cierre
de la convocatoria, estableciendo temporalidad, por lo que se presume
participación en la etapa precontractual con desconocimiento de los principios que
regulan la contratación estatal y la función administrativa contemplados en la
Constitución y en la ley.
• En el numeral 1.3.1 “Capacidad Financiera” del pliego de condiciones se
establece un índice de liquidez mayor o igual al 60%, sin embargo, el índice
de liquidez presentando en el RUP de fecha 23 de abril de 2018, por la
firma COGINTER S.A.S es del 57,41 con el cual no cumplía con requisitos
habilitantes, lo que consecuentemente llevaba a rechazar la oferta, con lo
que se concluye que se celebró un contrato sin cumplimiento de los
requisitos legales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 410 de la Ley
599 de 2000.
• El amparo de calidad del servicio para el contrato se estipula en una
cuantía igual al 10% del valor del mismo y para un plazo igual a la duración
que son cinco (5) meses y cuatro (4) meses más, para un total de cobertura
de nueve (9) meses, sin embargo, teniendo en cuenta lo que establece el
Artículo 2.2.1.2.3.1.15 del Decreto 1082 de 2015 “En los contratos de
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interventoría, la vigencia de este amparo debe ser igual al plazo de la
garantía de estabilidad del contrato principal en cumplimiento del parágrafo
del artículo 85 de la Ley 1474 de 2011”, es claro que no se están
asegurando los bienes del estado,.
Teniendo en cuenta que no se han terminado las actividades de este
contrato por lo que no es posible evaluar los resultados obtenidos a través
del mismo su ejecución se dejará como insumo para el PGA 2020, en virtud
de lo establecido en los artículos 5 de la Ley 42 y 65 de la Ley 80, ambas de
1993.
27. En el contrato de Interventoría No. 000223-2018 cuyo objeto es la “Interventoría legal, técnica, administrativa, financiera y ambiental para la vigilancia al contrato de obra que tiene por objeto adecuación y construcción de andenes y vías urbanas y suburbanas del Municipio de Barbosa”, celebrado con el Consorcio INTERVENTORÍA A&C BARBOSA, el cual se encuentra en ejecución por valor inicial de $164.832.850 se observó que: (D) (P)
• El Consorcio INTERVENTORÍA A&C BARBOSA está integrado por las
sociedades ALTA CONSTRUCCIÓN S.A.S con una participación del 85% y
por CONSTRUOBRAS S.A.S con una participación del 15%. En el numeral
1.1.10 “Documento de conformación de Uniones Temporales, Consorcios u
otras formas asociativas” se concluye que:
Fuente: Documento de conformación de Uniones Temporales
Elaboró: José Fernando Pernett, Profesional Universitario
Teniendo en cuenta el párrafo anterior y que el consorcio CONSTRUOBRAS
S.A.S tiene una participación dentro del consorcio del 15%, se establece que la
propuesta no cumplía con los requisitos. Por lo anterior, se concluye que la oferta
debió ser rechazada por la Entidad, con lo que se concluye que se celebró un
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, de acuerdo a lo establecido en
el artículo 410 de la Ley 599 de 2000.
• En el aparte “Experiencia del proponente en el RUP” del numeral 1.2.4
“Experiencia del proponente” del Pliego de Condiciones del proceso se
establece:
Fuente: Pliego de condiciones
Elaboró: José Fernando Pernett, Profesional Universitario
Por lo anterior, es claro que la Entidad restringe la acreditación de la
experiencia a aquella adquirida únicamente con entidades oficiales, en un
número máximo de contratos, dentro de los cinco últimos años contados a
partir de la fecha de cierre de la convocatoria, estableciendo temporalidad,
por lo que se presume participación en la etapa precontractual con
desconocimiento de los principios que regulan la contratación estatal y la
función administrativa contemplados en la Constitución y en la ley,.
• El amparo de calidad del servicio para el contrato se estipula en una
cuantía igual al 10% del valor del mismo y para un plazo igual a la duración
que son siete (7) meses y cuatro (4) meses más, para un total de cobertura
de once (11) meses, sin embargo, teniendo en cuenta lo que establece el
Artículo 2.2.1.2.3.1.15 del Decreto 1082 de 2015 “En los contratos de
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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interventoría, la vigencia de este amparo debe ser igual al plazo de la
garantía de estabilidad del contrato principal en cumplimiento del parágrafo
del artículo 85 de la Ley 1474 de 2011”, es claro que no se están
asegurando los bienes del estado,.
Teniendo en cuenta que no se han terminado las actividades de este
contrato por lo que no es posible evaluar los resultados obtenidos a través
del mismo su ejecución se dejará como insumo para el PGA 2020, en virtud
de lo establecido en los artículos 5 de la Ley 42 y 65 de la Ley 80, ambas de
1993.
28. En el Contrato de Interventoría 000215-2018 cuyo objeto es “Interventoría
legal, técnica, administrativa, financiera y ambiental para la construcción de obras para optimización de sistemas de acueductos sectoriales en el Municipio de Barbosa”, celebrado con la firma ALMA DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN S.A.S, el cual aún no inicia ejecución por valor de $36.269.992, se observó que: (D) (P)
• En el numeral 1.2.3 “Experiencia del proponente” del Pliego de Condiciones
del proceso se establece:
Fuente: Pliego de condiciones
Elaboró: José Fernando Pernett, Profesional Universitario
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Por lo anterior, es claro que la Entidad restringe la acreditación de la experiencia a
aquella adquirida únicamente con entidades oficiales, en un número máximo de
contratos, dentro del último año contados a partir de la fecha de cierre de la
convocatoria, estableciendo temporalidad, por lo que se presume participación en
la etapa precontractual con desconocimiento de los principios que regulan la
contratación estatal y la función administrativa contemplados en la Constitución y
en la ley,
• En la convocatoria pública para el concurso de méritos, el proponente que
resultó favorecido con el proceso no presentó el registro único de
proponentes en ninguna etapa del proceso de selección, aunque el
documento es subsanable hasta la etapa de evaluación no fue
presentando, razón por la cual la Entidad verificó los requisitos habilitantes,
así como el clasificador de bienes y servicios exigidos para la ejecución del
contrato, sin embargo fue favorecido en el proceso siendo adjudicatario del
contrato, con lo que se concluye que se celebró un contrato sin
cumplimiento de los requisitos legales, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 410 de la Ley 599 de 2000.
• El amparo de calidad del servicio para el contrato se estipula en una
cuantía igual al 10% del valor del mismo y para un plazo igual a la duración
que son cuatro meses y medio (4,5) y cuatro (4) meses más, para un total
de cobertura de ocho meses y medio (8,5), sin embargo, teniendo en
cuenta lo que establece el Artículo 2.2.1.2.3.1.15 del Decreto 1082 de 2015
“En los contratos de interventoría, la vigencia de este amparo debe ser igual
al plazo de la garantía de estabilidad del contrato principal en cumplimiento
del parágrafo del artículo 85 de la Ley 1474 de 2011”, es claro que no se
están asegurando los bienes del estado..
Teniendo en cuenta que el contrato aun no inicia ejecución no es posible
evaluar los resultados obtenidos a través del mismo, su ejecución se dejará
como insumo para el PGA 2020, en virtud de lo establecido en los artículos 5
de la Ley 42 y 65 de la Ley 80, ambas de 1993.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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29. En el Contrato de Interventoría No. 000265-2018 cuyo objeto es “Interventoría
técnica, administrativa y financiera de la obra que tiene por objeto construcción de muros de contención en concreto reforzado en la vereda guayabal y la vereda corrientes, para atender calamidad pública declarada mediante decreto 000051 del 16 de mayo de 2018 modificado por el decreto 00077 del 14 de junio de 2018”, celebrado con el señor BAYRON AICARDO DUQUE RAMOS, el cual se suscribió por valor de $30.418.370, liquidado, se observó que: (D)
El amparo de calidad del servicio para el contrato se estipula en una cuantía igual
al 10% del valor del mismo y para un plazo igual a la duración que son cinco (5)
meses y cuatro (4) meses más, para un total de cobertura de nueve (9) meses, sin
embargo, teniendo en cuenta lo que establece el Artículo 2.2.1.2.3.1.15 del
Decreto 1082 de 2015 “En los contratos de interventoría, la vigencia de este
amparo debe ser igual al plazo de la garantía de estabilidad del contrato principal
en cumplimiento del parágrafo del artículo 85 de la Ley 1474 de 2011”, es claro
que no se están asegurando los bienes del estado.
30. En el contrato N°C217-2018, cuyo objeto es “Interventoría legal, técnica, administrativa, financiera y ambiental para la vigilancia al contrato de obra que tiene como objeto “Mantenimiento y pavimentación de la vía Mocorongo en el municipio de Barbosa en el departamento de Antioquia”, celebrado el 25 de mayo de 2018 por un valor inicial de $276.139.500 y actualmente suspendido, se observó que 1.2.4. del Pliego de Condiciones la Entidad restringió la acreditación del requisito habilitante de experiencia a aquella adquirida únicamente con entidades estatales, en un número máximo de contratos, dentro de un determinado periodo de tiempo a partir de la fecha de cierre del concurso de méritos, y por cuantías que no son proporcionales al valor del contrato. Teniendo en cuenta que no se han terminado las actividades de este contrato por lo que no es posible evaluar los resultados obtenidos a través del mismo, su ejecución y liquidación se dejará como insumo para el PGA 2020, en virtud de lo establecido en los artículos 5 de la Ley 42 y 65 de la Ley 80, ambas de 1993. (D)
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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2.1.1.1.6. Régimen Especial.
De un universo de 33 contratos de Régimen especial se auditaron 7; por valor de $1.094.555.606, equivalente al 49% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado: Al momento de la ejecución de la Auditoría se evidenció que el contrato N°CI-017-2018 por $200.000.000, fue terminado bilateralmente sin ser ejecutado el 6 de diciembre de 2018, por lo que en Gestión Transparente sólo se le calificó legalidad y rendición. Los Convenios Interadministrativos CI035-2018 por valor de $149.148.750 y CI036-2018 por valor de $75.060.809, se evaluaron solo en legalidad y rendición dado que durante la auditoría se encontraban en ejecución. Se aclara que la calificación de los contratos de la muestra, se encuentra registrada en la tipología Consultoría y otros.
HALLAZGOS
31. Revisado el contrato CI-028 de 2018 suscrito entre el municipio de Barbosa y La Asociación de Municipios del Occidente AMOCCIDENTE, cuyo objeto es “Contrato administrativo para optimización del sistema de acueducto de la urbanización Villa Roca del municipio de Barbosa - Antioquia” por $272.591.079, se evidenció el pago de $81.777.324Orden de Pago 2018-3191, Comprobante de Egreso 2018-3057 a título de anticipo a la cuenta de ahorros 00000000250161148 Bancolombia a nombre de Asociación de Municipios del Occidente, omitiendo la constitución de la fiducia o patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos desembolsados a título de anticipo obligatoria para los contratos de obra, lo que inobserva lo establecido en el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011. (D)
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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2.1.1.2. Legalidad Como resultado de la auditoría adelantada, la legalidad obtuvo un puntaje de 97.60 debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:
6. LEGALIDAD ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE BARBOSA VIGENCIA 2018
Fuente: Gestión Transparente, Contratación vigencia 2018 Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
HALLAZGOS
(Cifras en pesos) 32. Los contratos que se relacionan a continuación, suscritos por la administración
del municipio de Barbosa, se evidenció que dentro de su proceso de planeación contractual y de ejecución del gasto, se tiene como mecanismo ordinario de ejecución la constitución de reservas presupuestales, desconociendo su carácter excepcional. De acuerdo a lo encontrado, los contratos 214-2018, 230-2018 y 260-2018 perfeccionados el 4 de abril, 9 de julio y 8 de agosto de 2018 respectivamente, con fecha de iniciación indicada en la tabla, evidentemente fueron previstos para ser ejecutados con posterioridad al 31 de diciembre de 2018. Para tal efecto, se constituyeron reservas de apropiación mediante Decreto 06 de 2019 para respaldar los Registros Presupuestales 2018-992, 2018-1479 y 2018-1764, los cuales no reúnen los requisitos legales para su constitución. Lo anterior, inobserva el principio de planeación de la gestión fiscal, derivado de los principios constitucionales de eficacia y economía establecidos en el artículo 209 de la Constitución Política colombiana; el principio de anualidad establecido en el artículo 2.8.3.4 del Decreto 1068 de 2015, los requisitos para la constitución de
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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reservas presupuestales establecidos en el artículo 89 del Decreto 111 de 1996, y el artículo 3 del Decreto 4836 de 2011. (D)
CÓDIGO OBJETO VALOR PLAZO FECHA
SUSCRIPCIÓN FECHA
DE INICIO REGISTRO
PRESUPUESTAL
2018-0214
Construcción de sistemas de alcantarillado de aguas residuales pluviales y planta de tratamiento del corregimiento Hatillo del municipio de Barbosa Antioquia
$3.519.683.137
8 Meses
Abril 04-2018 Julio 10-2018
2018-0992
2018-0260
Interventoría al contrato que tiene por objeto ejecución de 55 mejoramientos de vivienda para beneficiar familias con deficiencia en las unidades sanitarias de la zona rural dispersa del municipio de Barbosa
$18.356.875 5
Meses Agosto 08-2018
Septiembre 13-2018
2018-1764
2018-0230
Interventoría, legal, técnica, administrativa, financiera y el ambiental para la vigilancia y control al contrato de obra que tiene como objeto construcción del sistema de alcantarillado de aguas residuales, pluviales y planta de tratamiento del corregimiento el Hatillo del municipio de Barbosa Antioquia
$281.610.882 9
Meses Julio 09-2018
Julio 10-2018
2018-1479
Fuente: Expediente contractuales administración municipio de Barbosa Elaboró: Wilfredo Franco Hincapié. P.U.
33. La administración del municipio de Barbosa suscribió los contratos
interadministrativos que se relacionan en la tabla en los cuales se observó lo siguiente: (D) a) Se acudió a la modalidad establecida en el literal c) del numeral 4 del
artículo 2 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 92 de La Ley 1474 de 2011, el cual exceptúa para esta modalidad los contratos de obra, y restringe a que sólo puedan ser ejecutados siempre que participen en procesos de licitación pública o selección abreviada. Lo anterior inobserva lo establecido en los numerales 1 y 2 del artículo 2, de la Ley 1150 de 2007, y los principios dela función administrativa de igualdad, moralidad, eficacia,
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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economía, imparcialidad y publicidad previstos en el artículo 209 de la Constitución Política Colombiana.
b) La Entidad celebró los convenios y contratos interadministrativos con
Asociaciones de Municipios en las que Barbosa no figura como municipio asociado, por lo que la suscripción de dichos negocios jurídicos inobserva lo establecido en el literal c) del artículo 8 de la Ley 1 de 1975, y el literal c) del artículo 334 del Decreto 1333 de 1986.
CÓDIGO DETALLE CONTRATISTA VALOR
CI-022-2018
Administración delegada de recursos para la celebración del convenio interadministrativo para la construcción de la cubierta para la placa del CER. La Herradura
AMOCCIDENTE $205.044.039
CI-028-2018
Contrato administrativo para optimización del sistema de acueducto de la urbanización Villa Roca del municipio de Barbosa - Antioquia
AMOCCIDENTE $272.591.079
Fuente: Expediente contractuales administración municipio de Barbosa Elaboró: Wilfredo Franco Hincapié. P.U
34. Se observa en el siguiente cuadro que en el Municipio de Barbosa prevalece la
contratación directa, obviando la licitación pública como regla general para la
selección objetiva del contratista, evidenciándose que en este Municipio la
contratación directa es la que prevalece, inobservando los principios de la
función administrativa, articulo 3 de la ley 489 de 1998 como es la
Participación, Publicidad, Responsabilidad y Transparencia, (D)
CÓDIGO
CONTRATO VALOR CONTRATO
NOMBRE CONTRATISTA
IDENTIFICACIÓN CONTRATISTA
PROCESO CONTRATACIÓN
OBJETO CONTRATO
CI-027-2018 $32,710,929
ASOCIACION DE MUNICIPIOS DEL NORTE ANTIOQUEÑO
811030395-4 Contratacion Directa
ADMINISTRACIÓN DELEGADA DE RECURSOS PARA LA INTERVENTORIA LEGAL, TÉCNICA, ADMINISTRATIVA FINANCIERA Y AMBIENTAL EL CONTRATO DE OBRA QUE TIENE COMO OBJETO OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE ACUEDUCTO DE LA URBANIZACIÓN VILLA ROCA, DEL MUNICIPIO DE BARBOSA
CI045-2018 $60,000,000 Instituto De Deportes Y
811006833-8 Contratacion Directa
EL MUNICIPIO DE BARBOSA-ANTIOQUIA SE COMPROMETE
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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CÓDIGO CONTRATO
VALOR CONTRATO NOMBRE
CONTRATISTA IDENTIFICACIÓN CONTRATISTA
PROCESO CONTRATACIÓN
OBJETO CONTRATO
Recreación Inder - Barbosa
A TRANSFERIR AL INSTITUTO DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE BARBOSA.,ÍNDER BARBOSA RECURSOS,LOS CUALES SERAN DESTINADOS PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES LUDICAS Y RECREATIVAS PARA LA COMUNIDAD ESCOLAR EN SU PERIODO DE VACACIONES DEL FINAL DEL AÑO
C284-2018 $70,000,000 CORPORACION CORPOIDEAS
900970791-3 Contratacion Directa
APOYO A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR - PAE-POR LO CUAL SE NECESITA ONCE (11) MANIPULADORAS DE ALIMENTOS PARA LAS SEIS(6) INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DEBARBOSAANTIOQUIA
C094-2018 $75,000,000
CORPORACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DEL VALLE DEL ABURRACODEIVA
900514589-7 Contratacion Directa
APOYO LOGÍSTICO PARA LA REALIZACIÓN DE 60 CHARLAS Y TALLERES A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS URBANAS Y LOS COLECTIVOS DE ORGANIZACIONES JUVENILES EN EL MUNICIPIO DE BARBOSA ANTIOQUIA
CI036-2018 $75,060,809
ASOCIACION DE MUNICIPIOS DEL NORTE ANTIOQUEÑO
811030395-4 Contratacion Directa
ADMINISTRACIÓN DELEGADA DE RECURSOS PARA LA REMODELACIÓN DEL QUIOSCO DEL PARQUE PRINCIPAL DEL MUNICIPIO DE BARBOSA-ANTIOQUIA
C155-2018 $120,000,000 RRAG S.A.S. 900821287-4 Contratacion Directa
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN PARA EL MANTENIMIENTO, REPARACIÓN, PINTURA, LUBRICACION, REPUESTOS, LAVADA Y ACCESORIOS A TODO COSTO PARA VEHÍCULOS Y MOTOCICLETAS DE LA FUERZA PUBLICA, TRANSPORTE Y TRANSITO Y/O ADSCRITOS A LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE BARBOSA.
CI-019-2018 $142,500,000 ASOCIACION DE MUNICIPIOS
811030395-4 Contratacion Directa
APOYO PROFESIONAL EN ASESORÍA A LA SECRETARIA DE HACIENDA EN REVISIÓN,
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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CÓDIGO CONTRATO
VALOR CONTRATO NOMBRE
CONTRATISTA IDENTIFICACIÓN CONTRATISTA
PROCESO CONTRATACIÓN
OBJETO CONTRATO
DEL NORTE ANTIOQUEÑO
ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA DEL MUNICIPIO REPORTADA A TRAVÉS DEL FUT, CON EL FIN DE MEJORAR LOS INDICADORES QUE LE PERMITAN AL MUNICIPIO POSICIONARSE A NIVEL NACIONAL Y DEPARTAMENTAL, Y POR ENDE OBTENER RECURSOS POR SU BUENA GESTIÓN, MANEJO FISCAL Y FINANCIERO. HACER ACOMPAÑAMIENTO EN EL SEGUIMIENTO AL PROGRAMA DE SANEAMIENTO QUE PROPENDA AL FORTALECIMIENTO DE LA SOLIDEZ ECONÓMICA Y FINANCIERA, PARA QUE EL MUNICIPIO SEA CAPAZ DE AUTOFINANCIAR SUS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE UNA MANERA MÁS ÓPTIMA DENTRO DE LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVA VIGENTE.
C156-2018 $150,000,000 CORPORACION CORPOIDEAS
900970791-3 Contratacion Directa
MANTENIMIENTO SISTEMA DE MONITOREO DE CONTROL Y VIGILANCIA - CCTV EN EL CUATRIENIO.
CI-017-2018 $200,000,000
EMPRESA DE VIVIENDA DE ANTIOQUIA VIVA
811032187-8 Contratacion Directa
GESTIONAR EL SUMISTRO DE MATERIALES PARACONSTRUCCI N
c203-2018 $200,000,000 SERVICIOS VANEGAS GARCÍA S.A.S.
901028846-4 Contratacion Directa
ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA CONSISTENTE EN EXCAVADORA Y RETROEXCAVADORA SOBRE ORUGAS PARA EXTRACCIÓN Y CLASIFICACIÓN DE MATERIAL DE
CI-022-2018 $205,044,039
ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS DEL OCCIDENTE ANTIOQUEÑO – AMOCCIDENTE
900796602-4 Contratacion Directa
ADMINISTRACI N DELEGADA DE RECURSOS PARA LA CELEBRACION DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO PARA LA CONSTRUCCION DE LA CUBIERTA PARA LA PLACA DEL C.E.R. LA HERRADURA Y TRASLADO DE LA CUBIERTA DE LA ANTIGUA SEDE DE LA
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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CÓDIGO CONTRATO
VALOR CONTRATO NOMBRE
CONTRATISTA IDENTIFICACIÓN CONTRATISTA
PROCESO CONTRATACIÓN
OBJETO CONTRATO
INSTITUCI N EDUCATIVA YARUMITOPARA LA C.E.R LA CALDA LOS DOCUMENTOS DEL PROCESO FORMAN PARTE DEL PRESENTE CONTRATO Y DEFINEN IGUALMENTE LAS ACTIVIDADES, ALCANSE Y OBLIGACIONES DEL CONTRATO
C066-2018 $228,358,208 CORPORACION CORPOIDEAS
900970791-3 Contratacion Directa
APOYO EN LA PRESTACION DE SERVICIOS DEL PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR - PAE, POR LO CUAL SE NECESITAN ONCE MANIPULADORAS DE ALIMENTOS PARA LAS SEIS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA ZONA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE BARBOSA ANTIOQUA.
C248-2018 $230,000,000 CORPORACION DE LAS MANOS CREATIVAS
900954158-3 Contratacion Directa
GARANTIZAR LA PROMOCIÓN DE FERIAS Y/O EVENTOS AGROPECUARIOS POR MEDIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ENCAMINADAS A CELEBRAR EL D A DEL CAMPESINO DEL AÑO 2018, EN EL MUNICIPIO DE BARBOSA ANTIOQUIA
CI-049-2018 $285,020,276 FUNDACION NAL. PARA EL ARTE Y LA CU
811039999-3 Contratacion Directa
PRESTACION DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN EN PRESTACIONES ARTÍSTICAS Y CULTURALES EN EL MARCO DE LA VERSION N019 DE LAS FIESTAS DE LA PIÑAEN EL MUNICIPIO DE BARBOSA
C140-2018 $391,016,000 Francisco Luis Madrid Madrid
70321327 Contratacion Directa
SERVICIO DE FORTALECIMIENTO Y FOMENTO DE ACCIONES Y PROCESOS PARA LA PREVENCIÓN DE DESASTRES POR LA OLA INVERNAL.
C231-2018 $399,840,000 COLDETEC S.A 900028155-1 Contratacion Directa
DARLE CONTINUIDAD AL PROCESO DE DIGITALIZACI N DE DOCUMENTOS, CONCRETAMENTE COMPROBANTES DE EGRESOS,GENERADOS ENTRE LOS AÑOS 2004 AL 2011, EN EL MUNICIPIO DE BARBOSA Y ENDEXAMIENTO DE DICHA
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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CÓDIGO CONTRATO
VALOR CONTRATO NOMBRE
CONTRATISTA IDENTIFICACIÓN CONTRATISTA
PROCESO CONTRATACIÓN
OBJETO CONTRATO
INFORMACI N EN EL SISTEMA QF-DOCUMENT PARA QUE QUEDE CONSULTABLE, DANDO CUMPLIMIENTO AL TITULO V, ART.21 DE LA LEY 594 DE 2000; DECRETO 2609 DE 2012 QUE LO REGLAMENTA.
C170-2018 $449,199,050 CORPORACION DE LAS MANOS CREATIVAS
900954158-3 Contratacion Directa
CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO DE BARBOSA Y LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DEL VALLE DEL ABURRÁ (CODEIVA) CONSISTENTE EN 1.070 PAQUETES ALIMENTARIOSPARA EL MEJORAMIENTO DE LA SEGURIDAD ALIMANTARIA DEL ADULTO MAYOR DEL MUNICIPIO DE BARBOSA; EN ASOCIO CON LA SECRETARÍA SECCIONAL DE SALUD DE ANTIOQUIA.
C258-2018 $468,902,000 CORPORACIONVIDA SOCIAL
811042980-5 Contratacion Directa
CONVENIO DE COOPERACI N Y COFINANCIACI N CONSISTENTE GENERAR ESPACIOS PEDAG GICOS Y CULTURALESPARA LA SENSIBILIZACI N, EL DIALOGO,LAEXPERIMENTACI N Y EL RECONOCIMIENTO TERRITORIAL A TRAV S DEL JUEGO, EL ARTE Y LA L DICA COMO HERRAMIENTAS PARA LA PROMOCI N DE CULTURA AMBIENTAL,PREVENCI N Y MITIGACI N DEL RIESGO EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LAS ONCE ALDEAS DEL MUNICIPIO DE BARBOSA
18 $3,782,651,311 Fuente: Contratación Municipio de Barbosa Vigencia 2018
Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
2.1.1.3. Rendición y revisión de la cuenta Gestión Contractual Como resultado de la auditoría adelantada, la Rendición y Revisión de la Cuenta obtuvo un puntaje de 94.79 como consecuencia de los siguientes hechos y debido
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a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:
7 RENDICIÓN Y REVISIÓN DE LA CUENTA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE BARBOSA VIGENCIA 2018
Fuente: Gestión Transparente, Contratación vigencia 2018 Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
2.1.2 Control Fiscal Interno Como resultado de la auditoría adelantada, el Control Fiscal Interno obtuvo un puntaje de 80.45 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:
8 CONTROL FISCAL INTERNO ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE BARBOSA VIGENCIA 2018
Fuente: Gestión Transparente, Contratación vigencia 2018 Elaboró: José Javier Patiño Angulo, Contralor Auxiliar
HALLAZGOS
(Cifras en pesos)
35. Según certificado expedido por la Oficina Jurídica del Municipio de Barbosa,
deja constancia que mediante Decreto 000182 del 18 de septiembre de 2012
se crea y reglamenta el Comité de Compras, y mediante Decreto 0057 del 25
de agosto de 2017 por medio del cual se conforma el comité de compras y de
contratación del Municipio de Barbosa Antioquia, del que no fue posible
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
70
evidenciar las actas que den fe del cumplimiento y operatividad del mismo,
inobservando los Decreto 000182 del 18 de septiembre de 2012 y 0057 del 25
de agosto de 2017. (A)
36. No fue posible identificar en los informes de auditorías, evaluación, control y
seguimiento vigencia 2018 realizados por la Oficina de Control Interno,
informes que den fe de las auditorias selectivas a los procedimientos de
contratación en su parte documental, así como también su verificación in situ
selectivamente a la efectiva entrega de bienes, prestación de servicios y
ejecución de las obras contratadas, inobservando el articulo vigésimo octavo
del Decreto 0000070 del 15 de mayo de 2014 “MANUAL DE
CONTRATACIÓN” , “VIGILACIA Y CONTROL DE LA ACTIVIDAD
CONTRACTUAL”.(A)
2.1.3. Gestión Ambiental Este componente no fue objeto de evaluación en la presente Auditoría. 2.1.4. Rendición de la Cuenta Anual.
Como resultado de la Auditoría adelantada, la Rendición de Cuentas Anual de la Administración Municipal de Barbosa con plazo al 28 de febrero del 2019 de acuerdo con lo establecido en la Resolución Interna No. 2019500000389 del 30 de enero de 2019, de la Contraloría General de Antioquia, se encontró: que la Entidad NO CUMPLIÓ con lo establecido en el Capítulo Décimo Tercero, Artículos 37 y 38 de la Resolución en mención.
HALLAZGOS (Cifras en pesos)
37. La Administración Municipal de Barbosa, en cumplimiento de la Resolución No.
2019500000389 “modificación de Rendición de cuentas para todos los Entes
que fiscaliza la Contraloría General de Antioquia” rindió a fecha 28 de febrero
de 2019 en la Plataforma de Gestión Transparente la información solicitada,
observándose que: (A) (PAS)
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
71
a) Los Estados Financieros administrativos comparativos al cierre de la
respectiva vigencia no fueron presentados y se visualiza en el archivo
adjunto el Balance General comparativo del año 2016 -2017 y Estado de
actividad financiera, económica y social de 01 enero al 31 de diciembre de
2017.
b) Las notas a los Estados Contables, en el cierre de cada vigencia no fueron
presentados y se visualiza en el archivo adjunto las notas a los Estados
Financieros del 31 de diciembre de 2017.
c) En la Relación de los Bancos y fondos a diciembre 31 de 2018, presentan
extractos bancarios y auxiliar de movimiento de Bancos, sin embargo, se
observó que a la fecha de marzo 06 de 2019 no se había realizado la
totalidad de la conciliación bancaria a las 156 cuentas bancarias que posee
el Municipio en la vigencia 2018.
Al respecto, se evidenció que la administración municipal no cumplió con el deber
de reportar la información de los Estados Financieros vigencia 2018.
Lo antes expuesto conllevó a que la administración del ente auditado solicitara
prórroga según radicado No. 2019200001604 para la realización de la auditoria
regular a los Estados Financiero vigencia 2018, justificada en que a la fecha marzo
06 de 2019 no se había realizado cierre contable de dicho periodo, la cual le fue
otorgada según radicado No. 2019100003111 para iniciar nuevamente la auditoria
regular en la línea financiera en fecha abril 15 de 2019.Esta se reanudó en fecha
abril 29 de 2019, momento en el cual todavía no se había rendido la información
de la línea financiera en la Plataforma de Gestión Transparente, inobservando la
resolución No. 2019500000389 de la Contraloría General de Antioquia.
2.2 CONTROL FINANCIERO Como resultado de la auditoría adelantada al componente de Control Financiero, se encontraron los siguientes hechos que en principio constituyen hallazgos de auditoría:
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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2.2.1. Factor Estados Contables Como resultado de la auditoría adelantada a los estados contables se obtuvo un puntaje de 0 debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación, arrojando como concepto de Opinión: ADVERSA O NEGATIVA)
10 ESTADOS CONTABLES ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE BARBOSA VIGENCIA 2018
Fuente: Gestión Transparente, Contratación vigencia 2018 Elaboró: Claudia Patricia Restrepo Arango, Contralora Auxiliar
HALLAZGOS
(Cifras en pesos)
38. La Administración Municipal de Barbosa, como soporte al avance en el proceso de Convergencia al nuevo marco normativo, en cumplimiento de la Resolución 533 de 2015 Marco normativo para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de información contable, refiere los reportes de los Estados de Situación Financiera de Apertura, asimismo informe de saldos iniciales a 1 de enero de 2018, Manual de políticas contables bajo el nuevo marco normativo y el reporte de saldos y movimientos.
Sin embargo, es necesario tener en cuenta que bajo la Resolución 693 de 2016, en su Art. 1 se modifica el cronograma de aplicación del nuevo marco normativo que había sido establecido en el Art. 4 de la Res. 533 de 2015, en donde se refiere que la implementación corresponde a que la contabilidad se llevará para todos los efectos bajo el nuevo marco durante la vigencia 2018, no obstante, se evidencio que la Administración Municipal registra las operaciones financieras aun en su sistema contable precedente, situación que deriva la elaboración y presentación de los Libros Contables bajo el Régimen de contabilidad pública de la Resolución
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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354 de 2007, y al fin del ejercicio efectúa la respectiva homologación al nuevo marco. Lo anterior inobservó el cumplimiento de la Resolución 533 de 2015, Articulo 1 de la Resolución 693 de 2015 y Numerales 3.2.3 Sistema Documental, 3.2.9.2 Visión Sistemática de la Contabilidad, 3.2.8 Eficiencia de los Sistema de Información y compromiso Institucional de la Resolución 193 de 2016, emitidas por la Contaduría General de la Nación. (A) 39. Al verificar la información reportada en la plataforma CHIP de la CGN, se pudo
observar que la información rendida en el trimestre 4 de 2018 es igual a la
información rendida en el trimestre 3 de 2018. evidenciándose que la
Administración del Municipio de Barbosa, no cumplió con el deber de reportar
información a diciembre 31 de 2018 a la Contaduría General de la Nación por
medio de la Plataforma CHIP “Consolidado de Hacienda e información Pública,
el cual debió ser rendida a más tardar el15 de febrero de 2019.
Inobservando la Resolución No. 706 de 2016 y sus modificaciones que determina
la información a reportar, los requisitos y plazos de envió al sistema de
Consolidador de Hacienda e Información Publica CHIP, así mismo se incumple
con el instructivo 001 de diciembre de 2018 que imparte instrucciones
relacionadas con el reporte de información a la plataforma tecnológica citada. (D)
40. El manual de políticas contables del Municipio de Barbosa – Antioquia presenta
las siguientes situaciones:
• No fue adoptado mediante acto administrativo, lo que no permitió identificar
la vigencia del manual.
• No contempla una política propia para Prestamos por cobrar (código 14) se
visualiza que se encuentra en un ítem dentro de las cuentas por cobrar.
• No contempla política de propiedad de inversión (código 19).
Lo anterior inobserva el numeral 2.1.1. Marco normativo del proceso contable del
anexo a la Resolución 193 de 2016. La norma para el reconocimiento, medición,
revelación y presentación de los hechos económicos incorporado en la Resolución
533 de 2015. (D).
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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41. Examinado el Estado de la Situación Financiera Acumulado de prueba– 01 Territorial con corte al cierre del periodo contable 2018, se evidencio que la relación de activos con pasivos y patrimonio arroja una diferencia de $1.044.692.359, mayor en Activos; reflejando debilidades en la aplicación de conciliación de información de su sistema contable e incorreciones en la estructura y contenido de la Situación Financiera, inobservando lo establecido en la Política Contable 1.4 y 1.5 en relación a la presentación y elaboración de Estados Financieros del Municipio de Barbosa. (D)
Activos Pasivos Patrimonio Diferencia
290.378.266.141 34.349.988.962 254.983.584.820 1.044.692.359 Fuente: Estado de Situación Financiera de prueba dic 31 de 2018 admón. Barbosa Elaboró: Equipo Auditor
42. Al revisar las cuentas de bancos al cierre del periodo 2018, el boletín de bancos totalizó recursos por $14.935.376.118, no obstante, los Estados Financieros en aplicación de la Política Contable Numeral 01 Efectivo y Equivalentes al Efectivo, revelaron un valor disponible por $14.933.419.647, hecho que generó incorrecciones en el Estado de Situación Financiera subestimándolo en $1.956.471. Indicando así falencias en el sistema de conciliación de información entre áreas que suministran insumos al sistema contable.
Lo anterior inobservó lo establecido en el Numeral 4.1.2 de la Resolución 533 de 2015 normas para la presentación de Estados Financieros y revelaciones contenido en las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos, para las Entidades de Gobiernolos, Numerales 3.2.9.1 y 3.2.14 de la Resolución 193 de 2016, regulación expedida por la Contaduría General de la Nación y lo descrito en el Manual de Política Contable Numeral 01 de la Administración Municipal de Barbosa. (A)
43. De acuerdo al Manual de Política Contable Numeral 02, la Administración Municipal, registró en el Estado de Situación Financiera, cuenta 1224 Inversiones de Administración de Liquidez al Costo por $26.874.799, sin embargo al revisar los soportes que sustentan las inversiones se evidencio únicamente soporte idóneo por $12.141.576 como aportes en la Cooperativa Financiera de Antioquia, quedando en incertidumbre el monto
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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de aportes acumulado al cierre del periodo 2018 por $1.973.387 como participación en la Asociación de Municipios del Valle de Aburra – MASA, Incorrecciones que afectan la razonabilidad delos estados financieros inobserva lo estipulado en el Numeral 4.1.2 de la Resolución 533 de 2015 normas para la presentación de Estados Financieros y revelaciones contenido en las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos, para las Entidades de Gobiernolos, Numerales 3.2.9.1 y 3.2.14 de la Resolución 193 de 2016, regulación expedida por la Contaduría General de la Nación y lo descrito en el Manual de Política Contable Numeral 02 Inversiones de la Administración Municipal de Barbosa. (A)
44. A diciembre 31 de 2018 la Administración Municipal posee inversiones en Entidades en Liquidación, (código 1216) por $17.156.519 en la Cooperativa de Municipalidades para Antioquia - Coomunicipios, sin embargo, la Entidad Inversora no cuenta con archivos documentales que precise de información sobre el estado de avance del proceso de liquidación al cierre del periodo evaluado:
Entidad Costo Histórico
Estados Financieros dic 31 de 2018 Fecha de Corte de la
Actualización Coomunicipios 17.156.519 No indica
Fuente: Estado de Situación Financiera a dic 31 de 2018 Admón. de Barbosa Elaboró: Norbey Álzate Vidal, técnico Operativo
No obstante, con el fin de obtener información del estado de liquidación, se procedió a remitir oficio ante la cámara de Comercio por parte del Equipo Auditor, se obtuvo la siguiente información:
Fecha de constitución
Patrimonio de constitución En miles
Termino de Duración
Ultima Renovación de Inscripción
Activo total en renovación de inscripción
Fecha declaran en liquidación
Acta de inicio liquidación
Enero 20 de 1997
$898.358
Hasta 2039 Marzo 22 de 2013
$1.800.000 Septiembre 01 de 2004
Acta No 51
Fuente: Respuesta a Circularización Cámara de Comercio Medellín Elaboró: Norbey Álzate Vidal, técnico Operativo
Hecho que indica debilidad de control administrativo por parte de la administración Municipal a falta de documentación e información detallada que indique el proceso consolidado del Estado Liquidatario de Coomunicipios, hechos que determinan inobservancia a lo previsto en los Literales a) “Proteger los recursos de la
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organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que lo afecten” y f) “Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos “ del Artículo 2 de la Ley 87 de 1993, Numerales 3.2.3.1 Soportes documentales y 3.2.6 Actualización permanente y continuada de la Resolución 193 de 2016, Numeral 1.2. Actividades operativas y contables con ocasión del cierre del periodo contable descritas en el Instructivo de cierre contable 001 de diciembre 18 de 2018 de la Contaduría General de la Nación y Manual de Política Contable Numeral 02 Inversiones de la Administración de Barbosa. (D) Grupo 13 - Cuentas por Cobrar 45. El área contable de la Administración Municipal de Barbosa, con el propósito
de efectuar la convergencia de régimen Colombiano a normas internacionales de contabilidad del sector público de Convergencia al nuevo marco normativo, en cumplimiento de la Resolución 533 de 2015 Marco normativo para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de información contable realizo a fecha diciembre 31 de 2017 ajustes en el Estado de situación Financiera ESFA así mismo informe de saldos iniciales a enero 01 de 2018, afectando las cuentas por cobrar así:
Fuente: archivo Excel comprobantes de ajustes por convergencia Elaboró: Claudia Patricia Restrepo A.C.A.
• No se evidencian soportes que demuestren el proceso de evaluación de indicio de deterioro que permita comprobar que en efecto el valor de las cuentas por cobrar no podrá ser recuperado y que conllevaron a realizar el ajuste contable como son:
Codigo Nombre de la Cuenta Debito Credito
1386
Deterioro acumulado de cuentas
x cobrar
13861301 Industria y comercio 9.398.742$
13861302 Impuesto predial 4.680.951.642$
3145
Impactos por la transiccion al
Nuevo Marco de Regulacion
314503 Cuentas x cobrar 4.690.350.384$
AJUSTE DE APERTURA
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Clasificación de la cartera de acuerdo a su antigüedad. Estado del proceso persuasivo Estado del título ejecutivo o del proceso coactivo Determinación por parte del área jurídica de su recuperabilidad.
• Además la administración del Municipio de Barbosa según decreto 00244
de mayo 10 de 2007, creo el comité técnico de sostenibilidad del sistema de contabilidad pública en el municipio el cual en su artículo primero estipula: “Crear el comité técnico de sostenibilidad del sistema de contabilidad pública del Municipio de Barbosa Antioquia, el cual adelantara las gestiones administrativas necesarias para la depuración permanente de la información contable, en procura de garantizar que los saldos de las cuentas que se presenten en los diferentes informes revelen en todo momento la realidad financiera, económica, social y ambiental del ente público”.
Por tal motivo, se inobserva lo establecido en el numeral 1.1.2. en su literal c) del instructivo 002 de octubre 08 de 2015 y el artículo primero del decreto 00244 del 10 de mayo de 2007. (D)
46. Verificado los procesos de otorgamiento de licencias de construcción y
parcelación generadas en la Secretaria de Planeación, se evidencio:
• Que existen Resoluciones de acuerdo de pago que incluyen intereses de
mora y garantías reales a favor de la entidad.
• Que existen facturas que hacen parte integral de las resoluciones y en las
cuales se estipulan los términos de la negociación incluidos valores de:
- Estampilla pro cultura.
- Licencia de parcelación y/o construcción.
- Interés de financiación con su respectiva tasa.
• Que no se evidencia causación de dichas facturas en el área de
contabilidad.
• Que existen abonos efectivamente realizados dentro de los acuerdos, en
los cuales tesorería aplica el pago al impuesto de construcción.
• Que no se evidencia causación en la cuenta de ingresos de los intereses
corrientes generados en la financiación y que fueron efectivamente
pagados.
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A continuación, se relaciona las respectivas resoluciones y el estado de dichos
acuerdos.
Fuente: Resoluciones entregadas por la oficina de planeación Municipal. Elaboró: Claudia Patricia Restrepo A.C.A.
Lo antes expuesto indica que se inobservo el numeral 4. Características
cualitativas de la información financiera de la Resolución 533 de 2015 y sus
modificaciones, y numerales 3.2.9 – 3.2.13 y 3.2.15 del anexo de la Resolución
193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación. (D)
Grupo 16 – Propiedad, Planta y Equipo 47. Para la transición al Marco normativo regulado mediante Resolución 533 de
2015, la Administración Municipal incumplió con la aplicación de acciones señaladas en el Instructivo 002 de 2015 para determinar los saldos iniciales en cuentas de la Propiedad Planta y Equipo, toda vez que al revisar los documentos que sustenten dicha Transición no se evidencio documento alguno que lo evidencie, a excepción de ajustes por reclasificación cuentas de Bienes de Arte y cultura y propiedades de inversión; las alternativas señaladas en el Instructivo son:
• Al costo menos depreciaciones y perdidas por deterioro de valor.
• Al valor de mercado, al costo de reposición o al costo de reposición a nuevo depreciado determinados a través de un avalúo técnico en la fecha de transición.
RESOLUCION FECHA FACTURA DEUDORVALOR
DEUDASALDO ESTADO
2518 13/07/2017 97062LUCIA IMELDA
RENDON $ 2.924.102 $ 2.077.731 Morosa
457 7/03/2018 27394
SOLUTION
WORLD SAS 18.164.485$ 6.262.318$ Moroso
1643 16/07/2018 55551
GLADYS MARIA
CORTES OSPINA 67.710.493$ 10.033.287$ Morosa
2113 31/08/2018 76770
RAFAEL
GUERRERO
DORADO 2.136.130$ 1.612.586$
Moroso
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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• Al valor actualizado en un periodo anterior, siempre que este valor sea comparable, en la fecha de actualización, con el valor de mercado o con el costo depreciado que tendría el elemento si se hubieren aplicado los criterios establecidos en el Nuevo marco normativo.
Lo anterior inobservó lo estipulado en el Numeral 1.1.9 Propiedades Planta y Equipo Literal d) del Instructivo 002 de 2015 de la Contaduría General de la Nación y Política Contable de Medición 4.1 de la Administración Municipal de Barbosa. (D)
48. Las cuentas que conforman la Propiedad, Planta y Equipo ascendieron a $179.138.924.010, monto que presenta incertidumbre sobre la razonabilidad del saldo registrado, debido a que al cierre del periodo 2018, no se evidenciaron documentos de conciliación y de ajuste con el Inventario Físico de activos en las subcuentas que conforman esta categoría contable y los soportes de aplicación de la Política contable de reconocimiento, medición y presentación de los hechos económicos, documentación anexa del Estado de Situación Financiera.
En términos porcentuales, la sumatoria de las cuentas y subcuentas de este grupo representan el 61% de los Activos Totales a diciembre 31 de 2018, así:
Código Nombre Saldo
en pesos 1605 Terrenos 106.704.409.368
1615 Construcciones en Curso 1.407.922.678
1635 Bienes Muebles en Bodega 569.880.979
1640 Edificaciones 55.449.346.761
1645 Plantas Ductos y Túneles 10.005.885.293
1650 Redes Líneas y Cables 66.990.613
1655 Maquinaria y Equipo 1.035.498.733
1660 Equipo Médico y Científico 84.607.601
1665 Muebles, Enseres y Equipo de Oficina 55.652.1942
1670 Equipos de Comunicación y Computación 1.184.262.733
1675 Equipos de Transporte, Tracción y Elevación 1.646.798.797
1680 Equipo de Comedor, Cocina, Despensa y Hotelería 153.696.491
1681 Bienes de Arte y Cultura 176.334.021
1682 Propiedades de Inversión 96.768.000
Total 179.138.924.010 Fuente: Estados Financieros Dic 31de 2018
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo.
• Asimismo, se obtuvo documentación sobre los valores aplicados en Construcciones en curso, de acuerdo a la secretaria de Planeación Municipal, valor que ascendió a $1.901.369.360, cifra no conciliada con contabilidad.
• Mediante inspección física bienes muebles se evidencio gran cantidad de activos en estado de obsolescencia y mal estado que incluyen motocicletas y vehículos, sin control documental de estos activos.
• De otro lado se observaron documentos que evidencian baja de activos durante la vigencia, algunas Actas de baja son:
Acta de Baja Fecha Valor Descripción Concepto
6599 Enero 14 de 2018 5.184.000 Equipo de cómputo
Baja por hurto
6531 Octubre 12 de 2018 7.102.120 Equipo de cómputo
Baja por hurto
6583 Noviembre 29 de 2918
4.465,614 Equipo de cómputo
Obsolescencia
6586 Noviembre 29 de 2918
4.219.070 Muebles y enseres
Mal estado y obsolescencia
Fuente: Actas de baja de activos Almadén municipal año 2018 Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo
Se aclara que las Actas contienen activos con valores que individualmente superan medio SMMLV, por consiguiente, reconocidos como Propiedad Planta y Equipo, de acuerdo a la Política Contable N° 04. Sin embargo, no se evidencio documentos de conciliación contable con los movimientos de Almacén. Hechos anteriores, que evidencian incumplimiento en lo estipulado en el Marco Conceptual y Normativo Numeral 6.1.1 y 6.2.1 “Activos” Resolución 533 de 2015, Numerales 3.2.3.1. Soportes documentales 3.2.14 Análisis, verificación y conciliación de información y 3.2.16 Cierre contable de la Resolución 193 de 2016 expedidas por la Contaduría General de la Nación y Política 04 del Manual de Políticas contables expedida por la Administración Municipal de Barbosa. (D)
49. La administración Municipal mediante el Manual de Políticas Contables, numeral 4.2 Medición, determinó el establecer no solo la existencia de Deterioro del valor de un activo sino del procedimiento para estimarlo, si tiene los siguientes indicios:
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Fuentes externas de información.
• Que durante el periodo haya lugar o en un futuro inmediato cambios significativos con incidencia sobre la Entidad
• Durante el periodo, el valor del activo haya disminuido significativamente más de lo que se esperaría como consecuencia del paso de tiempo.
Fuentes internas de información
• Evidencia de obsolescencia e indicios de disminución de capacidad del activo
• En periodo o futuro presencia de cambios importantes en el uso del activo
• Aumento del costo mantenimiento y funcionamiento del activo a los inicialmente presupuestados
En consecuencia, de lo anterior, habrá existencia de Deterioro de valor si el importe del activo en libros excede a su importe de servicio recuperable, asimismo estableció la periodicidad de verificación como mínimo al final del periodo contable. Aun así, la Entidad no cumplió con el deber de registrar en la cuenta 1695 Deterioro Acumulado de Propiedad Planta y Equipo, es decir el saldo acumulado por concepto de deterioro para cubrir una posible pérdida en sus, afectando los principios de registro y revelación; hecho que inobservó lo estipulado lo contenido en el Numeral 1.1.9. del Instructivo No 002 de 2015, Numerales 3.2.3.1; 3.2.9.1; 3.2.10; 3.2.14 y 3.2.15 de la Resolución 193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación y Política 04 del Manual de Políticas Contables del Municipio de Barbosa. (D)
Grupo 23 – Prestamos por Pagar
50. Mediante el Acuerdo 002 del 15/02/2016 el Concejo Municipal autorizó al
Alcalde para contratar empréstitos por valor de $12.000.000.000 destinados
para cofinanciar los proyectos incluidos en el programa de gobierno
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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“Construyamos Juntos” y el futuro Plan de Desarrollo, consistente en
proyectos de inversión, lo mismo que para la realización del pago de las
obligaciones contraídas en los contratos suscritos en vigencias anteriores
cuyo objeto sea proyectos de inversión.
Evidenciándose lo siguiente:
El proyecto de Acuerdo No. 003 de enero 26 de 2016, que motivó el estudio
del crédito referido, presentado por el asesor jurídico del municipio, en su
artículo 4 enunció la destinación de los recursos del crédito, sin desagregar
las partidas a afectar con dichos recursos, no siendo claro, conciso, ni
concreto la proporción de los dineros destinados a cofinanciar los proyectos
incluidos en el Programa de Gobierno y el Plan de Desarrollo de la línea de
inversión, como tampoco las obligaciones contenidas en los contratos
suscritos en vigencias anteriores. Al ser aprobado el Acuerdo, sin ninguna
modificación facilitó la inadecuada utilización de los recursos del crédito. En
consideración de lo anterior, se precisa que los proyectos de Acuerdo de
los Concejos, en general, deben ir acompañados de una exposición de
motivos en la que se expliquen sus alcances y las razones que los
sustentan, inobservando lo previsto en el artículo 72, Ley 136 de 1994,
además los principios de la función administrativa contenidos en el artículo
3 Ley 489 de 1998.
Consecuente con esta aprobación, la entidad gestionó los recursos del
crédito con Bancolombia, así:
• El día 31/10/2016 fue desembolsada la suma de $5.819.759.038 con crédito No. 6510085090, los cuales se cancelaron las obligaciones contraídas con bancos en vigencias anteriores, así:
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Fuente: Soporte de movimientos bancarios 2016
Elaboró: Claudia Patricia Restrepo Arango, Contralor Auxiliar
• El día 01/11/2016 fue desembolsada la suma de $4.500.000.000 - crédito No. 6510085067 con el propósito de:
− Cancelar deuda en materia de contratos que pasaron de la vigencia anterior en los que se hace inversión por un valor de $2.500.000.000 en la medida en que se vayan causando dichas obligaciones.
− Iniciar con la ejecución del Programa de Gobierno presentado por el Alcalde a la comunidad con el cual salió electo, por valor de $2.000.000.000.
Estos recursos recibidos como empréstito tenían destinación especificada, no
obstante, durante las vigencias 2016 y 2017 se efectuaron ochenta y tres (83)
traslados por valor de $3.438.499.623 que salieron de la cuenta 651662537-77
fondo 28 (Recursos del crédito) y fueron ingresados a las siguientes cuentas:
a. En cuentas bancarias de Fondos Comunes para atender gastos de funcionamiento la suma de $2.206.680.717
FECHA BANCOID
CREDITO
SALDO
INCIALDEBITO CREDITO SALDO FINAL
31/10/2016 Bancolombia 890903938 -1.168.596.267 1.168.596.267 0 0
31/10/2016
Banco de
Bogota 860002964 -4.651.162.771 4.651.162.771 0 0
31/10/2016 Bancolombia
Emprestito
Acuerdo 0 0 -5.819.759.038 -5.819.759.038
-5.819.759.038 5.819.759.038 -5.819.759.038 -5.819.759.038
CANCELACION EMPRESTITOS VIGENCIAS ANTERIORES
Saldos
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
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TRASLADOS BANCARIOS CUENTA BANCOLOMBIA 651662537-77
Nro DCTO Fondo de donde sale el Fondo
Descripción Fondo y/o Cuenta que
recibe el traslado
Descripción Fecha Valor
1 684 F28 Recursos del Crédito F01 Fondos comunes
30/11/2016 600.000.000
2 706 F28 Recursos del Crédito F01 Nómina 19/12/2016 341.000.000
3 706 F28 Recursos del Crédito F01 Recursos ordinarios
19/12/2016 25.000.000
4 75 F28 Recursos del Crédito F01 Reteica 16/02/2017 566.366
5 171 F28 Recursos del Crédito F01 Fondos comunes
21/03/2017 572.137
6 204 F28 Recursos del Crédito F01 Reteica 31/03/2017 4.161.669
7 284 F28 Recursos del Crédito F01 Nómina 28/04/2017 246.213.000
8 331 F28 Recursos del Crédito F01 Nomina 16/05/2017 190.000.000
9 411 F28 Recursos del Crédito F01 Nómina 15/06/2017 250.000.000
10 427 F28 Recursos del Crédito F01 Retefuente 20/06/2017 3.202.406
11 517 F28 Recursos del Crédito F01 Nómina 15/06/2017 256.000.000
12 663 F28 Recursos del Crédito F01 Cuenta girable
24/08/2017 180.000.000
13 1030 F28 Recursos del Crédito F01 Nómina 1/12/2017 52.000.000
14 1030 F28 Recursos del Crédito F01 Nómina 1/12/2017 57.965.137
TOTALES 2.206.680.715 Fuente: Soporte de traslados bancarios y movimientos 2017-2018, tesorería Barbosa
Elaboró: Claudia Patricia Restrepo A.C.A.
b. En Cuentas Bancarias de los siguientes Fondos, como se describen en el cuadro anexo, la suma de $1.231.818.906.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
85
Fuente: Soporte de traslados bancarios y movimientos 20172018 Elaboró: Claudia Patricia Restrepo Arango. C.A.
c. Del crédito No.6510085067 por valor de $4.500.000.000 se reintegró al Fondo 28 (Recursos del Crédito) la suma de $3.563.381.400 provenientes de: Dineros del Fondo 01 (Recursos Ordinarios) por $2.205.058.326, Dineros del Fondo 20 (Recursos Sobretasa a la Gasolina) por $8.000.000, del Fondo 47 (Relleno Sanitario) por $250.323.074 - Por crédito de tesorería de fecha 14/02/2017$1.100.000.000.
FONDO DESCRIPCION VALOR
47 RECURSOS RELLENOS 330.050.000
25 CONTRIBUCION SEGURIDAD 62.177.751
90 RETENCION EN LA FUENTE 52.176.866
46 ESTAMPILLAS 31.055.072
21 INGRESOS PROCULTURA 19.124.429
42 ADULTO MAYOR 55.085.841
36 ESTAMPILLA U DE A 18.361.947
92 SEGURIDAD AMBIENTAL 80.000.000
6 AGUA POTABLE 400.000.000
26 INGRESOS TRANSITO 7.400.000
16 GENERACION ENERGIA 146.387.000
20 SOBRETASA GASOLINA 8.000.000
38 SOBRETASA BOMBERIL 22.000.000
1.231.818.906TOTALES
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
86
Fuente: Soporte de traslados bancarios y movimientos 20172018 Elaboró: Claudia Patricia Restrepo Arango. C.A.
d. Del crédito No.6510085067 por valor de $4.500.000.000 se pagaron
$4.328.197.010 (ver cuadro adjunto) y quedaron en la cuenta bancaria destinada para la administración de estos recursos al cierre de la vigencia 2017 por valor $19.953.231.
RELACIÓN ORDENES DE PAGO CANCELADAS CON
EMPRÉSTITO 6510085067 BANCOLOMBIA
FECHA ORDEN
DE PAGO ENTIDAD CONCEPTO
VALOR
CAUSADO
DEDUCCIO
NES
VALOR
PAGADO
30/11/2016 2016-
4015 BANCOLOMBIA
PAGO DEUDA
PUBLICA 97.658.679 0 97.658.679
30/11/2016 2016-
4016 BANCOLOMBIA
PAGO DEUDA
PUBLICA 115.748.772 0 115.748.772
19/12/2016 2016-
4300 FRAGUAR LTDA
CALAMIDAD
PUBLICA DECRETO
No. 000223
245.923.952 31.970.116 213.953.836
23/02/2016 2016-
4341 AMUNORTE
SUMINISTRO DE
MAQUINARIAY
EQUIPO PESADO
572.500.000 0 572.500.000
FECHA FONDO DESCRIPCION VALOR
1 17/01/2017 F01 Fondos comunes 250.000.000$
2 3/04/2017 F01 Nomina 250.000.000$
3 16/05/2017 F01 Fondos comunes 140.000.000$
4 17/05/2017 F01 Fondos comunes 150.000.000$
5 19/05/2017 F01 Impuesto predial 30.000.000$
6 19/05/2017 F01 Impuesto predial 70.000.000$
7 2/05/2017 F01 Nomina 100.000.000$
8 14/07/2017 F01 Impuesto predial 2.000.000$
9 14/07/2017 F01 Fondos comunes 254.000.000$
10 28/09/2017 F01 Impuesto predial 26.550.000$
11 19/10/2017 F01 Fondos comunes 77.955.169$
12 17/11/2017 F01 Fondos comunes 114.800.000$
13 20/11/2017 F01 Fondos comunes 102.772.883$
14 22/11/2017 F01 Nomina 3.000.000$
15 22/11/2017 F01 Impuesto predial 188.000.000$
16 1/12/2017 F01 Impuesto predial 15.500.000$
17 1/12/2017 F01 Nomina 3.800.000$
18 1/12/2017 F01 Nomina 57.965.137$
19 1/12/2017 F01 Nomina 52.000.000$
20 1/12/2017 F01 Cuenta girable 1.900.000$
21 7/12/2017 F01 Ingresos corriente 56.000.000$
22 7/12/2017 F01 Impuesto predial 96.000.000$
23 7/12/2017 F01 Tasas y multas 11.000.000$
24 7/12/2017 F01 Industria y comercio 26.000.000$
25 7/12/2017 F01 Ingresos no tributarios 7.000.000$
26 12/12/2017 F01 Nomina 118.815.137$
27 1/12/2017 F20 Sobretasa gasolina 8.000.000$
28 1/11/2017 F47 Recursos Relleno 54.273.074$
29 1/12/2017 F47 Recursos Relleno 196.050.000$
30 14/02/2017 Credito de tesoreria 1.100.000.000$
3.563.381.400$ TOTAL
REINTEGROS
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
87
RELACIÓN ORDENES DE PAGO CANCELADAS CON
EMPRÉSTITO 6510085067 BANCOLOMBIA
FECHA ORDEN
DE PAGO ENTIDAD CONCEPTO
VALOR
CAUSADO
DEDUCCIO
NES
VALOR
PAGADO
2/12/2016 2016-
4485 ALIANZA FIDUCIARIA
AMPLIACION Y
MEJORAMIENTO
I.E. MANUEL JOSE
CAICEDO
940.543.106 0 940.543.106
28/12/2016 2016-
4497
JOSE DE LA CRUZ
MIRA HENAO
CALAMIDAD
PUBLICA DECRETO
No. 000223
23.021.699 3.056.328 19.965.371
1/01/2017 2017-
20164688
JOSE DE LA CRUZ
MIRA HENAO
CALAMIDAD
PUBLICA DECRETO
No. 000223
13.385.474 2.123.213 11.262.261
1/01/2017 2017-
20164689 FRAGUAR LTDA
CALAMIDAD
PUBLICA DECRETO
No. 000223
137.341.512 13.225.480 124.116.032
2/02/2017 2017-130 FRAGUAR LTDA
CALAMIDAD
PUBLICA DECRETO
No. 000223
106.731.748 14.408.784 92.322.964
2/02/2017 2017-128 JOSE DE LA CRUZ
MIRA HENAO
INTERVENTORA
CALAMIDAD
PUBLICA NO 000223
8.926.782 1.454.450 7.472.332
1/03/2017 2007-361 COMPAÑÍA DE
INGENIEROS
INTERVENTORIA
VIA LA TOLDA 65.000.000 11.510.862 53.489.138
2/03/2017 2017-381 MASORA
DISEÑO
URBANIZACION
ABUELOS
87.534.972 5.689.774 81.845.198
8/03/2017 2017-408 UNION TEMPORAL
JORGE CASTRILLON VIVIENDA VIP 141.661.549 73.397.381 68.264.168
14/03/2017 2017-524 FRAGUAR LTDA
CALAMIDAD
PUBLICA DECRETO
No. 000223
4.561.326 615.779 3.945.547
24/03/2017 2017-622 MASORA INTERVENTORIA
VIVIENDA VIP 9.840.891 639.658 9.201.233
24/03/2017 2017-623 AMUNORTE
SUMINISTRO DE
MAQUINARIAY
EQUIPO PESADO
572.500.000 74.425.000 498.075.000
28/03/2017 2017-631 COMPAÑÍA DE
INGENIEROS
INTERVENTORIAVIA
LA TOLDA 65.000.000 11.150.862 53.849.138
5/04/2017 2017-752 JOSE DE LA CRUZ
MIRA HENAO
INTERVENTORIA
CALAMIDAD
PUBLICA NO 000223
1.649.104 272.102 1.377.002
21/04/2017 2017-969 UNION TEMPORAL
JORGE CASTRILLON VIVIENDA VIP 161.381.827 21.786.546 139.595.281
3/05/2017 2017-
1100
COMPAÑÍA DE
INGENIEROS
INTERVENTORIA
VIA LA TOLDA 65.000.000 11.150.862 53.849.138
19/05/2017 2017-
1332 MASORA
INTERVENTORIAVIV
IENDAS VIP 19.500.000 1.267.500 18.232.500
26/05/2017 2017-
1420
UNION TEMPORAL
JORGE CASTRILLON VIVIENDA VIP 168.119.148 22.696.083 145.423.065
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
88
RELACIÓN ORDENES DE PAGO CANCELADAS CON
EMPRÉSTITO 6510085067 BANCOLOMBIA
FECHA ORDEN
DE PAGO ENTIDAD CONCEPTO
VALOR
CAUSADO
DEDUCCIO
NES
VALOR
PAGADO
31/05/2017 2017-
1449 FRAGUAR LTDA
PLACA HUELLA
SECTOR ISAZA 235.445.886 31.785.195 203.660.691
9/06/2017 2017-
1577 CATAÑO RAMIREZ
CALAMIDAD
PUBLICA DECRETO
NO 00019
100.000.000 13.500.000 86.500.000
14/07/2017 2017-
2175 FRAGUAR LTDA
PLACA HUELLA
SECTOR ISAZA 80.157.057 10.821.204 69.335.853
26/07/2017 2017-
2276
COMPAÑÍA DE
INGENIEROS
INTERVENTORIA
VIA LA AGUADA 65.000.000 11.150.862 53.849.138
2/08/2017 2017-
2423
UNION TEMPORAL
JORGE CASTRILLON VIVIENDA VIP 40.042.839 5.405.782 34.637.057
19/09/2017 2017-
3094
UNION TEMPORAL
JORGE CASTRILLON VIVIENDA VIP 18.214.450 2.458.953 15.755.497
10/08/2017 2017-
2464 MASORA
INTERVENTORIA
VIVIENDA VIP 26.550.000 132.750 26.417.250
27/09/2017 2017-
3196
UNION TEMPORAL
JORGE CASTRILLON VIVIENDA VIP 77.995.169 10.529.348 67.465.821
25/09/2017 2017-
3118
UNION TEMPORAL
JORGE CASTRILLON
REEMBOSLO
VIVIENDA VIP 54.273.074 0 54.273.074
30/11/2017 2017-
4136 SERVICIOS VANEGAS
ARRENDAMIENTO
MAQUINARIA 60.000.000 13.462.184 46.537.816
13/12/2017 2017-
4255
CONSTRUCTORA
HERNAN ALVAREZ
CALAMIDAD
PUBLICA
ALCANTARILLADO
BARRIO PORTON Y
GUAYABAL
401.242.834 54.167.782 347.075.052
TOTALES 4.782.451.850 454.254.840 4.328.197.010
Fuente: Soporte de traslados bancarios y movimientos Elaboró: Claudia Patricia Restrepo Arango, C.A.
Dicho empréstito se fundamentó en la exposición de motivos del proyecto de
acuerdo No. 003 de 2016 en el cual se evalúa la situación financiera del Municipio
y se planea:
− Cancelar deuda en materia de contratos que pasaron de la vigencia anterior en los que se hace inversión por un valor de $2.500.000.000 en la medida en que se vayan causando dichas obligaciones.
− Iniciar con la ejecución del Programa de Gobierno presentado por el Alcalde a la comunidad con el cual salió electo, por valor de $2.000.000.000.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
89
Evidenciándose una mala planeación de la utilización del recurso al llevar a fondos
comunes en el año 2016 la suma de $966.000.000 y en el año 2017 la suma de
$1.240.680.717, generando unidad de caja con recursos de destinación
específica; en otros términos, se constituye en un presunto peculado por
aplicación oficial diferente, por cuanto se invirtieron recursos para fines diferentes
a los aprobados y en perjuicio de la inversión social, de conformidad con el
Artículo 399 de la Ley 599 de 2000 y Artículo 14 de la Ley 890 de 2004. (D) (P)
51. El grupo de cuentas 23 “Prestamos por pagar”, que terminó al 31/12/2018 en $12.515.256.826, está sobrestimada en $287.826.757, por cuanto según informe de deuda pública y créditos de tesorería reportados por el área de tesorería, el saldo con corte a la vigencia evaluada, asciende a $12.227.430.069. Tal como se detalla en el cuadro adjunto, así:
CONCEPTO SALDO CONTABILIDAD
SALDO TESORERÍA
DIFERENCIA
Créditos de tesorería 185.354.275 - 185.354.275
Amortización cr611516383 3.992.600.610 4.006.621.868 -14.021.258
Amortización cr611516407 3.107.142.846 3.095.808.201 11.334.645
Amortización cr6510086164 5.125.000.000 5.125.000.000 -
Intereses por pagar 105.159.095 - 105.159.095
TOTAL 12.515.256.826 12.227.430.069 287.826.757 Fuente: Balance de prueba e informe de tesorería al 31/12/2018
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
Lo anterior, por cuanto la entidad no realizó previo al cierre de la vigencia, las
actividades de análisis, verificación y ajuste, que trata el numeral 1.2.1 del
Instructivo 001 del 18/12/2018 de la Contaduría General de la Nación. Igualmente,
omitió la aplicación de la política contable número 7 “Prestamos por pagar”,
establecida en el Manual de Políticas Contables para el Municipio de Barbosa, en
cuanto a la medición posterior; la cual establece que con posterioridad al
reconocimiento, los préstamos por pagar se medirán al costo amortizado, el cual
corresponde al valor inicialmente reconocido más el costo efectivo menos los
pagos de capital e intereses. (D)
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
90
Grupo 24 – Cuentas por Pagar
52. Las cuentas por pagar por recaudos a favor de terceros que se relacionan en el cuadro adjunto, no fueron conciliadas y ajustadas previo al cierre de la vigencia 2018 entre el área de tesorería y contabilidad y en consecuencia, se registran diferencias entre el valor causado contablemente al 31/12/2018 y el valor pagado por tesorería en enero de 2019; diferencia que consolidada asciende a $8.010.302 y en consecuencia, está sobrestimando los pasivos en dicha cuantía, así:
SUBCUENTA DENOMINACIÓN SALDO CONTABILIDAD 31/12/18
PAGOS TESORERÍA ENERO/19
DIFERENCIA
2.4.07.03.09 Estampilla pro centro bienestar anciano 17.062.734 9.605.669 7.457.065
2.4.07.03.11 Estampilla universidad de Antioquia 50.576.241 21.345.932 29.230.309
2.4.07.03.12 Estampilla pro hospital 59.351.049 21.345.932 38.005.117
2.4.07.90.01 Sobretasa ambiental AMVA 41.909.295 135.339.058 -93.429.763
2.4.07.90.02 Sobretasa ambiental Corantioquia 126.739.159 124.663.471 2.075.688
2.4.24.05.01 Cooperativa fciera ant -cfa- libranzas 408.841 368.901 39.940
2.4.24.05.02 Cooperativa servid pbocos-copserp-aporte libranza 136.895 2.040.094 -1.903.199
2.4.24.05.04 Cooperativa fciera contrafa – libranzas 3.215.679 20.118.160 -16.902.481
2.4.24.07.01 Libranzas Comfama 1.852.450 503.666 1.348.784
2.4.24.07.02 Libranzas Bancolombia 2.731.723 4.041.558 -1.309.835
2.4.24.07.04 Libranzas banco Davivienda 2.836.841 637.540 2.199.301
2.4.24.11 Embargos judiciales 3.119.613 1.386.104 1.733.509
2.4.36 Retención en la fuente e impuesto de timbre 138.218.867 98.753.000 39.465.867
TOTAL 448.159.387 440.149.085 8.010.302 Fuente: Balance de prueba al 31/12/2018 y relación de pagos tesorería enero de 2019
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
Lo anterior, por cuanto la entidad no realizó previo al cierre de la vigencia, las
actividades de análisis, verificación y ajuste, que trata el numeral 1.2.1 del
Instructivo 001 del 18/12/2018 de la Contaduría General de la Nación. (A)
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
91
Grupo 25 – Beneficios a empleados
53. Los beneficios a los empleados que se relacionan en el cuadro adjunto, no fueron conciliadas y ajustadas previa al cierre de la vigencia 2018 entre el área de tesorería y contabilidad y en consecuencia, se registran diferencias entre el valor causado contablemente al 31/12/2018 y el valor pagado por tesorería en enero de 2019; diferencia que consolidada asciende a $62.254.266 y en consecuencia, está subestimando los pasivos en dicha cuantía, así:
SUBCUENTA DENOMINACIÓN
SALDO CONTABILIDAD
31/12/18
PAGOS TESORERÍ
A ENERO/19 DIFERENCIA
2.5.11.01 Nómina por pagar 123.523.044 147.575.619 -24.052.575
2.5.11.02.02
Cesantía empleados vinculados después l344/1996 224.074.224 262.501.427 -38.427.203
2.5.11.03 Intereses sobre cesantías 29.994.538 29.769.026 225.512
TOTAL 377.591.806 439.846.072 -62.254.266 Fuente: Balance de prueba al 31/12/2018 y relación de pagos tesorería enero de 2019
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
Lo anterior, por cuanto la entidad no realizó previo al cierre de la vigencia, las
actividades de análisis, verificación y ajuste, que trata el numeral 1.2.1 del
Instructivo 001 del 18/12/2018 de la Contaduría General de la Nación. (A)
54. Hay incertidumbre sobre la razonabilidad y consistencia de las subcuentas que se relacionan en el cuadro adjunto, por cuanto la entidad no efectúo previo al cierre de la vigencia 2018 en el área contable y/o en el área de prestaciones sociales, el cálculo real de estas obligaciones y efectuar los ajustes correspondientes, de conformidad con el numeral 1.2.2 “Conciliación entre las áreas de la entidad que generan información contable”, que trata el Instructivo 001 del 18/12/2018 de la Contaduría General de la Nación. Así mismo, se presentan saldos contrarios a la naturaleza de la cuenta por $287.639.213. (Reseñados en el cuadro en negrilla). (D)
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
92
SUBCUENTA DENOMINACIÓN
SALDO CONTABILIDAD
31/12/18
2.5.05.12 Bonificaciones -1.948.839
2.5.11.02.01 Cesantía empleados vinculados antes l344/1996 -274.930.762
2.5.11.04 Vacaciones -152.475.855
2.5.11.05 Prima de vacaciones -168.286.502
2.5.11.06 Prima de servicios -50.635.067
2.5.11.07 Prima de navidad 32.022.153
2.5.11.09 Bonificaciones -5.517.645
2.5.11.11.01 Aporte riesgos profesionales - colmena -4.235.100
2.5.11.22 Aportes a fondos pensionales 124.226.600
2.5.11.23 Aportes a seguridad social en salud 131.390.460
2.5.11.24 Aportes al icbf, sena y cajas de compensación -21.275.900
2.5.11.90 Otros beneficios a los empleados a cp -139.385.691
TOTAL -531.052.148 Fuente: Balance de prueba al 31/12/2018
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
55. La cuenta 2514 “Pensiones y prestaciones económicas por pagar” que terminó al 31/12/2018 en $6.142.501.538, está subestimada en $1.142.838.183, por cuanto el último dato informado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público asciende a $7.285.339.721, con una cobertura del 136% de los pasivos pensionales. Cifra ésta que no fue ajustada en contabilidad previo al cierre de la vigencia 2018, de conformidad con el numeral 1.2.2 “Conciliación entre las áreas de la entidad que generan información contable”, que trata el Instructivo 001 del 18/12/2018 de la Contaduría General de la Nación. (D)
2.2.2 Sistema de Control Interno Contable
Mediante Resolución 193 de 2016, la Contaduría General de la Nación adoptó el procedimiento de Control Interno Contable y de reporte del informe anual de Evaluación a la Contaduría General de la Nación. Revisada la rendición de la cuenta y analizada la autoevaluación por parte del funcionario responsable de la Administración Municipal de Barbosa, obtuvo una calificación de 4,91 la ubica en un rango Eficiente.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
93
El Equipo Auditor conceptúa que, de acuerdo con su evaluación, la Entidad obtuvo una calificación de 3,22 que corresponde a un nivel de avance Adecuado, el cual se soporta en los hallazgos a los Estados Contables, los cuales afectan la calidad de la información de los Estados Financieros y sus registros contables.
Resultados de la Evaluación
EVALUACIÓN CONTROL INTERNO CONTABLE RANGO CALIFICACIÓN TOTAL
Resultado Final 3,22 MAXIMO A OBTENER 5 5,00
TOTAL PREGUNTAS 32 32,00 PUNTAJE OBTENIDO 3,22
Porcentaje Obtenido 64%
Calificación Adecuado Fuente: Evaluación Control Interno Contable Admón. Barbosa y Equipo Auditor – vigencia 2018 Elaboró: Equipo Auditor
Debilidades del sistema de control interno contable
• Existe debilidades en las cifras reportadas al chip con lo reportado al Equipo Auditor
• No existe control administrativo a Inversiones en Entidades en Liquidación.
• Existe falencias de aplicación del Comité de Sostenibilidad Contable
• No se aplica el Deterioro de valor a cuentas de activos Propiedad Planta y Equipo
• No hay total conciliación de algunas cuentas contables con los documentos soporte.
• Falta conciliación y actualización de inventarios Propiedad Planta y Equipo con el sistema contable.
• No existe socialización de las políticas contables con el personal involucrado en el proceso.
• No existe manuales y procesos sobre la documentación que se le debe entregar al área contable para alimentar la información.
• No se ha identificado la totalidad de los proveedores y acreedores de información dentro del proceso contable.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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• No se ha generado en su totalidad el Sistema de Gestión de Calidad con sus debidos procesos con sus funciones y responsables.
2.2.3. Gestión Presupuestal Como resultado de la auditoría adelantada, la Gestión Presupuestal obtuvo un puntaje de 64.29 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:
11. GESTIÓN PRESUPUESTAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
MUNICIPIO DE BARBOSA VIGENCIA 2018
Fuente: Gestión Transparente, Contratación vigencia 2018 Elaboró: Claudia Patricia Restrepo Arango, Contralora Auxiliar
PRESUPUESTO VIGENCIA 2018
El Presupuesto General de la Administración Municipal de Barbosa fue aprobado mediante Acuerdo 017 del 01/12/2017, por la suma de cuarenta y tres mil setecientos setenta y tres millones cuatrocientos ochenta y cuatro pesos M.L.C. ($43.773.484.000). El Presupuesto General del municipio de Barbosa, fue liquidado mediante el Decreto 102 del 20/12/2017, discriminado así:
INGRESOS $43.773.484.000
Ingresos Corrientes $43.715.229.000
Transferencias $0
Ingresos de Capital $58.255.000
GASTOS $43.773.484.000
Funcionamiento $10.799.012.800
Servicio de la Deuda $3.156.654.000
Inversión $29.817.817.200 Fuente: Acuerdo 017 del 01/12/2017 y Decreto 102 del 20/12/2017 Barbosa Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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CIERRE PRESUPUESTAL VIGENCIA 2018
EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE INGRESOS
VIGENCIA 2018 VALOR
PRESUPUESTO INICIAL $43.773.484.000
ADICIONES $41.406.257.999
REDUCCIONES $3.726.307.709
PRESUPUESTO DEFINITIVO (1) $81.453.434.290
TOTAL RECAUDOS (2) (A) $70.675.801.540
SALDO POR RECAUDAR $10.777.632.750
% EJECUCION DEL RECAUDO (2 / 1) 86,77% Fuente: CGR Presupuestal CHIP 2018 Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE EGRESOS VIGENCIA 2018
VALOR
PRESUPUESTO INICIAL $43.773.484.000
ADICIONES $41.406.257.999
REDUCCIONES $3.726.307.709
CRÉDITOS $24.156.085.415
CONTRACRÉDITOS $24.156.085.415
PRESUPUESTO DEFINITIVO (1) $81.453.434.290
RESERVAS (2) $13.450.479.588
CUENTAS POR PAGAR (3) $7.253.030.941
PAGOS (4) $54.472.461.983
TOTAL EJECUTADO (2+3+4) = (5) = (B) $75.175.972.512
% EJECUCION DEL GASTO (5/1) 92,29%
CIERRE PRESUPUESTAL VIGENCIA 2018 CON DÉFICIT(A-B) -$4.500.170.972
Fuente: CGR Presupuestal CHIP 2018 Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
OTRA INFORMACIÓN PRESUPUESTAL
CONCEPTO VALOR / OTROS
Nit Entidad 890980445-7
Valor Presupuesto Transferido SGP 26.711.573.378
Valor Presupuesto Transferido SGR 0
Valor Presupuesto Recursos Propios Recaudado 53.287.930.617
Valor Presupuesto de Funcionamiento y/o de Operación Comercial 14.128.341.074
Valor Ejecutado Presupuesto de Inversión 56.294.719.475
Valor Ejecutado Servicio de la Deuda $4.752.911.963
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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CONCEPTO VALOR / OTROS
Estado Entidad Vigente
Código CHIP / CGN 217905079 Fuente: CGR Presupuestal CHIP 2018 Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
HALLAZGOS
(Cifras en pesos)
56. Mediante el Acuerdo 013 del 08/08/2017 el Concejo Municipal autorizó al Alcalde para contratar empréstitos para la ejecución de obras, programas y proyectos contemplados en el plan de desarrollo “Construyamos juntos por la paz”, hasta por la suma de $12.000.000.000, de los cuales efectivamente fueron desembolsados el día 13/10/2017 $6.000.000.000 en la cuenta de ahorros Bancolombia 65182457137, con el propósito de atender el proyecto de placas huella, mantenimiento y pavimentación, vivienda nueva y mejoramiento de vivienda.
Estos recursos recibidos como empréstito tenían destinación especificada para
proyectos relacionados con el plan de desarrollo, no obstante, durante las
vigencias 2017 y 2018 se efectuaron cuarenta y siete (47) traslados de dicha
cuenta, así:
TRASLADOS BANCARIOS CUENTA BANCOLOMBIA 65182457137
NÚMERO DOCUMENTO FECHA ENTRADA SALIDA
1 1005 9/11/2017 161.000.000
2 985 9/11/2017 20.000.000 100.000.000
3 986 10/11/2017 360.000.000
4 988 15/11/2017 145.000.000
5 990 16/11/2017 80.478.948
6 1053 30/11/2017 60.000.000
7 1151 30/11/2017 2.270.226.417
8 1145 30/11/2017 200.000.000
9 1063 7/12/2017 300.000.000
10 1056 13/12/2017 110.000.000
11 1058 14/12/2017 100.000.000
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
97
TRASLADOS BANCARIOS CUENTA BANCOLOMBIA 65182457137
NÚMERO DOCUMENTO FECHA ENTRADA SALIDA
12 1064 18/12/2017 100.000.000
13 1054 19/12/2017 440.000.000
14 1074 21/12/2017 140.000.000
15 32 9/01/2018 103.000.000
16 102 8/02/2018 1.400.000.000
17 109 27/02/2018 100.000.000
18 151 27/02/2018 103.000.000
19 176 6/03/2018 110.000.000
20 126 6/03/2018 100.000.000
21 148 16/03/2018 8.650.000
22 184 27/03/2018 140.000.000
23 267 2/04/2018 156.000.000
24 214 10/04/2018 17.300.000
25 481 30/05/2018 179.406.579
26 451 10/07/2018 400.000.000
27 467 13/07/2018 231.000.000
28 639 17/07/2018 169.000.000
29 513 27/07/2018 144.000.000
30 529 30/07/2018 6.000.000
31 538 8/08/2018 6.000.000
32 1183 21/08/2018 15.000.000
33 579 21/08/2018 15.000.000
34 568 21/08/2018 15.000.000
35 595 28/08/2018 12.000.000
36 597 31/08/2018 10.000.000 838.000.000
37 610 3/09/2018 8.000.000
38 672 7/09/2018 5.000.000
39 631 11/09/2018 5.000.000
40 674 14/09/2018 80.000.000
41 649 14/09/2018 200.000.000
42 839 18/09/2018 182.000.000
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
98
TRASLADOS BANCARIOS CUENTA BANCOLOMBIA 65182457137
NÚMERO DOCUMENTO FECHA ENTRADA SALIDA
43 654 19/09/2018 10.000.000
44 665 20/09/2018 10.000.000
45 679 26/09/2018 10.000.000
46 684 28/09/2018 15.000.000
47 730 5/10/2018 58.000.000
TOTAL 3.682.885.527 5.765.176.417 Fuente: Soporte de traslados bancarios y movimientos 2017-2018, tesorería Barbosa
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
Se trasladaron durante el 2017 y 2018 $5.765.176.417, de los cuales
$4.869.176.417 se consignaron en cuentas bancarias relacionadas con fondos
comunes para atender gastos de funcionamiento y el resto $896.000.000 para los
fondos denominados Relleno sanitario $576.000.000 y Fondo protección
$320.000.000. Así mismo, se reintegraron a la cuenta $3.682.885.527, es decir, se
dejaron de reintegrar $2.082.290.890.
El reintegro número 16 con el documento 102 por $1.400.000.000 efectuado el
08/02/2018 a la cuenta Bancolombia 65182457137, es producto de un crédito de
tesorería realizado por la administración municipal para compensar los dineros
retirados irregularmente de dicha cuenta.
De los $6.000.000.000 que tenían destinación específica para obras de
infraestructura contemplados en el plan de desarrollo, se pagaron $3.869.671.869,
y quedaron al 31/12/2018 en la cuenta bancaria destinada para la administración
de estos recursos $66.010.322, así:
PAGOS REALIZADOS DE LA CUENTA BANCOLOMBIA 65182457137
ORDEN PAGO FECHA BENEFICIARIO VALOR
3182 17/11/2017 Constructora de obras de ingeniería 61.752.515
3518 17/11/2017 Fraguar ltda 18.726.433
3936 24/11/2017 Masora 1.079.761.934
4017 24/11/2017 Distribuidora Nissan 53.656.665
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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PAGOS REALIZADOS DE LA CUENTA BANCOLOMBIA 65182457137
ORDEN PAGO FECHA BENEFICIARIO VALOR
4023 28/11/2017 Viva 5.894.347
4024 28/11/2017 Viva 134.497.404
4187 5/12/2017 Viva 739.736
4198 7/12/2017 Unión temporal Jorge Castrillón 125.844.162
1032 11/12/2017 Comprobantes de data-estampillas 13.677.528
4376 20/12/2017 Juan Gabriel Buelvas Pulgarín 26.449.922
4535 26/12/2017 Unión temporal Jorge Castrillón 27.339.509
4534 26/12/2017 Unión temporal Jorge Castrillón 67.652.146
4680 28/12/2017 Masora 28.462.012
4613 28/12/2017 Constructora de obras de ingeniería 71.747.019
4625 28/12/2017 Servicios Vanegas García 53.268.906
4601 28/12/2017 Suzuki motor 73.083.642
205 12/02/2018 Servicios Vanegas García 17.756.302
473 27/02/2018 Masora 307.104.968
504 1/03/2018 Amooccidente 99.812.482
643 14/03/2018 Unión temporal Jorge Castrillón 28.102.552
214 24/04/2018 Comprobantes de data-estampillas 2.632.828
1353 3/05/2018 Amooccidente 99.812.482
1366 3/05/2018 Masora 394.365.467
375 15/06/2018 Comprobantes de data-estampillas 2.778.536
1871 25/06/2018 Masora 279.307.000
467 13/07/2018 Comprobantes de data-estampillas 2.718.407
2452 25/07/2018 Masora 46.386.110
2823 4/09/2018 Amooccidente 149.250.000
631 11/09/2018 Comprobantes de data-estampillas 245.429
2978 20/09/2018 Masora 78.675.855
2975 20/09/2018 Masora 276.032.734
713 1/10/2018 Comprobantes de data-estampillas 2.626.765
861 22/11/2018 Comprobantes de data-estampillas 32.333.860
3834 22/11/2018 Consorcio Barbosa 207.176.212
TOTAL 3.869.671.869
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
100
Fuente: Soporte de traslados bancarios y movimientos 2017-2018, tesorería Barbosa
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
En resumen, el movimiento de los recursos del crédito con destinación específica,
fue:
MOVIMIENTO RESUMEN CUENTA BANCOLOMBIA 65182457137
Saldo inicial al 01/10/2017 -
(+) Crédito para inversión desembolsado 6.000.000.000
(+) Consignaciones 17.973.081
(+) Traslados bancarios 3.682.885.527
(-) Traslados bancarios - 5.765.176.417
(-) Pagos realizados para inversión - 3.869.671.869
Saldo final al 31/12/2018 66.010.322 Fuente: Soporte de traslados bancarios y movimientos 2017-2018, tesorería Barbosa
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
En conclusión, de los $6.000.000.000 están debidamente soportados y acorde con
la destinación específica establecida en el Acuerdo 013 del 08/08/2017 un valor
por $3.935.682.191, correspondientes a los pagos realizados para inversión y el
saldo de la cuenta bancaria al 31/12/2018. La diferencia por $2.064.317.809,
fueron recursos utilizados para fines diferentes a los aprobados en el citado
acuerdo. Por lo anterior, quedaron proyectos y contratos desfinanciados y en
consecuencia, se generó un déficit fiscal para la administración municipal.
Lo anterior, se constituye en un presunto peculado por aplicación oficial diferente,
por cuanto se invirtieron recursos para fines diferentes a los aprobados y en
perjuicio de la inversión social, de conformidad con el Artículo 399 de la Ley 599
de 2000 y Artículo 14 de la Ley 890 de 2004. (P) (D)
57. En la revisión selectiva a los decretos de adiciones presupuestales se
evidenció inconsistencias en los siguientes actos administrativos:
DECRETO FECHA CONCEPTO DESCRIPCIÓN VALOR
109 31/07/2018 Adición Industria y ccio V.Anterior 200.000.000
109 31/07/2018 Adición Reteica 700.000.000
86 29/06/2018 Adición Industria y ccio V.Actual 1.500.000.000
123 31/08/2018 Adición Predial V. Actual 482.000.000
123 31/08/2018 Adición Predial V. Anterior 200.000.000
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
101
DECRETO FECHA CONCEPTO DESCRIPCIÓN VALOR
123 31/08/2018 Adición Reteica 1.000.000.000
TOTAL ADICIONES 4.082.000.000 Fuente: Actos administrativos de modificaciones al presupuesto 2018
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
Estos actos administrativos fueron aprobados por la Secretaria de Hacienda y el
Alcalde, contrariando lo establecido en el Artículo 39 del Acuerdo 017 del
01/12/2017, que establece que las adiciones presupuestales podrán efectuarse
solo cuando tengan el carácter de extraordinarios e imprevisibles, frente a la
estimación inicial de gastos o contar con mayores ingresos; situaciones que no se
presentaron en la administración municipal de Barbosa. Igualmente, de
conformidad con el Articulo 82 del Decreto 111 de 1996, para adicionar recursos al
presupuesto, el Contador municipal debió certificar que el mismo está disponible
en caja, es decir, que el recurso se incorpora al presupuesto una vez recibido por
parte de la entidad territorial y no antes.
El Municipio incorporó al presupuesto los $4.082.000.000, sin que ellos estuvieran
previamente en caja, lo cual generó déficit fiscal para el ente territorial por
$2.747.961.314, por cuanto solo recaudó de estas adiciones $1.334.038.686.
Como lo muestra el cuadro siguiente:
DESCRIPCIÓN VR APROBADO ADICIONES TOTAL PPTO TOTAL
INGRESO POR
RECAUDAR
PREDIAVIGENCIA ACTUAL 4.806.820.000 482.000.000 5.288.820.000 4.554.635.438 734.184.562
PREDIAL RECUP.CARTERA.VIG.ANTERIOR 784.730.000 200.000.000 984.730.000 908.269.491 76.460.509
IND-CCIO. VIGENC ACTUAL 4.911.603.000 1.500.000.000 6.411.603.000 5.117.591.903 1.294.011.097
IND-CCIO. VIGENC ANTERIOR 68.152.000 200.000.000 268.152.000 108.871.680 159.280.320
RETENCION ICA -RETEICA 418.686.000 1.752.545.656 2.171.231.656 1.687.206.830 484.024.826
TOTALES 10.989.991.000 4.134.545.656 15.124.536.656 12.376.575.342 2.747.961.314 Fuente: Ejecución presupuestal ingresos al 31/12/2018
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
Lo anterior, contrariando lo establecido en las disposiciones generales del Acuerdo
017 del 01/12/2017, que aprobó el presupuesto para la vigencia 2017 y los
Artículos 81 y 82 del Decreto 111 de 1996. (D)
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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58. El ente territorial presenta múltiples falencias en el proceso de planeación, elaboración y programación del presupuesto; situación que se observa en los actos administrativos de adiciones y traslados, así:
• El presupuesto de ingresos y gastos fue adicionado en $41.406.257.999, es
decir, el 94,6% del presupuesto inicial.
• Se efectuaron traslados de adiciones y reducciones por $24.156.085.413,
es decir, el 58,3% del presupuesto inicial. Por ejemplo.
DESCRIPCIÓN TRASLADO ADICIÓN TRASLADO REDUCCIÓN
Gastos de personal 1.103.476.399 2.876.809.664
Gastos generales 1.020.545.963 1.160.831.995
Deuda pública 2.921.018.451 3.523.490.795
Gastos de inversión 13.027.346.347 7.499.607.163 Fuente: Ejecución presupuestal 2018
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
Estas situaciones vulneran los principios de planificación, universalidad y
programación integral, que trata los Artículos 13, 15 y 17 del Decreto 111 del
15/01/1996. (D)
59. El ente territorial no viene dando aplicación a lo establecido en el Artículo 24 y
siguientes del Acuerdo 017 del 01/12/2017, en cuanto al uso y aplicación del Programa Anual Mensualizado de Caja PAC, para la ejecución del presupuesto de gastos; así mismo, no tiene parametrizado en el sistema presupuestal las vigencias futuras; estas se elaboran en forma manual. Estas situaciones se presentan por limitaciones y falencias del sistema de información financiera SAYMIR. (D)
60. Se presenta una diferencia en las reservas presupuestales al 31/12/2017
reportadas en el CHIP de la Contaduría General de la Nación y el sistema de información financiero SAYMIR, así:
RESERVAS PRESUPUESTALES AL 31/12/2017
CHIP SISTEMA SAYMIR DIFERENCIA
4.783.195.957 4.556.029.337 227.166.620
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Fuente: CHIP 2017 y presupuesto Saymir
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
Del total de las reservas presupuestales constituidas al 31/12/2017 según el
sistema de información financiero SAYMIR, es decir, $4.556.029.337, se
ejecutaron y pagaron en la vigencia 2018 $4.506.100.626; quedando sin ejecutar
la diferencia por $49.928.711, así:
NÚMERO RESERVA VALOR ORDENADO VALOR PAGADO DIFERENCIA
-20171097 32.605.035 - 32.605.035
-20161320 481.609 - 481.609
-20161320 3.672.878 - 3.672.878
-20161316 4.578.049 - 4.578.049
-2017599 7.632.000 - 7.632.000
-20171431 5.794.502 4.835.362 959.140
TOTALES 54.764.073 4.835.362 49.928.711 Fuente: Ejecución de reservas 2018
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
La administración municipal no elaboró acto administrativo sobre las reservas
presupuestales por $49.928.711 que no fueron ejecutadas y en consecuencia,
expiraron; de conformidad con el Artículo 89 del Decreto 111 de 1996. Igualmente,
presenta reservas presupuestales con más de una vigencia sin ejecutarse,
contrariando las disposiciones legales establecidas en el Decreto 111 de
1996(señaladas con negrilla en el cuadro). (D)
61. Se presenta una diferencia en las cuentas por pagar al 31/12/2017 reportadas
en el CHIP de la Contaduría General de la Nación y el sistema de información financiero SAYMIR, así:
CUENTAS POR PAGAR AL 31/12/2017
CHIP SISTEMA SAYMIR DIFERENCIA
1.453.380.548 1.678.930.572 -225.550.024
Fuente: CHIP 2017 y presupuesto Saymir
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Del total de las cuentas por pagar constituidas al 31/12/2017 según el sistema de
información financiero SAYMIR, es decir, $1.678.930.572, se ejecutaron y pagaron
en la vigencia 2018 $1.173.041.901; quedando sin ejecutar la diferencia por
$505.888.671, así:
NÚMERO CUENTA POR PAGAR
VALOR RESERVADO VALOR PAGADO DIFERENCIA
-2017946 1.788.333 925.000 863.333
-2013602 2.427.822 - 2.427.822
-20131259 1.464.828 - 1.464.828
-2016364 852.600 - 852.600
-2017557 54.479.614 53.447.927 1.031.687
-20171224 9.944.934 112.998 9.831.935
-20171224 9.944.934 149.205 9.795.729
-20171002 25.739.954 23.809.457 1.930.497
-20171224 9.944.934 - 9.944.934
-20171224 9.944.934 161.424 9.783.510
-20171492 42.469.293 42.219.439 249.854
-20171235 17.933.333 29.888.888 -11.955.555
-2017848 18.000.000 30.000.000 -12.000.000
-2015605 109.763.222 - 109.763.222
-2015605 60.226 - 60.226
-20151397 6.835.357 - 6.835.357
-2017353 44.337.662 - 44.337.662
-2017353 16.472.349 8.346.591 8.125.758
-2017353 9.359.882 - 9.359.882
-2015601 2.253.263 - 2.253.263
-20171429 14.549.079 12.878.079 1.671.000
-20161150 7.636.363 222.288 7.414.075
-2013597 189.742 - 189.742
-20151449 39.680.000 - 39.680.000
-2015934 168.328.393 - 168.328.393
-2015934 12.000.000 - 12.000.000
-2015934 4.504.407 - 4.504.407
-2015402 44.204.000 - 44.204.000
-2015403 44.240.000 - 44.240.000
-20171224 9.944.934 81.781 9.863.152
-2017397 1.125.060 - 1.125.060
-20171224 9.944.934 9.328.018 616.916
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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NÚMERO CUENTA POR PAGAR
VALOR RESERVADO VALOR PAGADO DIFERENCIA
-2017107 56.174.928 55.000.000 1.174.928
-20171224 9.944.934 110.152 9.834.781
-2017780 44.548.525 88.462.854 -43.914.329
TOTAL 861.032.771 355.144.102 505.888.671 Fuente: Ejecución de cuentas por pagar 2018
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
La administración municipal no elaboró acto administrativo sobre las cuentas por
pagar por $505.888.671 que no fueron ejecutadas y en consecuencia, expiraron;
de conformidad con el Artículo 89 del Decreto 111 de 1996. Igualmente, presenta
cuentas por pagar con más de una vigencia sin ejecutarse, contrariando las
disposiciones legales establecidas en el Decreto 111 de 1996(señaladas con
negrilla en el cuadro). Así mismo, en el cuadro adjunto se observan cuentas por
pagar canceladas por un mayor valor al reservado. (D)
62. Se presenta una diferencia en las reservas presupuestales al 31/12/2018
reportadas en el CHIP de la Contaduría General de la Nación, el acto administrativo y el sistema de información financiero SAYMIR, así:
RESERVAS PRESUPUESTALES AL 31/12/2018
CHIP DECRETO SISTEMA SAYMIR
13.450.479.588 12.060.529.086 10.040.442.001 Fuente: CHIP 2018, decreto y presupuesto Saymir
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
Igualmente, presenta una reserva presupuestal con más de una vigencia sin ejecutarse, contrariando las disposiciones legales establecidas en el Decreto 111 de 1996, así: (D)
NRO RESERVA DESCRIPCIÓN VALOR RESERVA
20171234 Pago déficit inversión justicia 13.767.811 Fuente: presupuesto Saymir 2019
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
63. Se presenta una diferencia en las cuentas por pagar al 31/12/2018 reportadas
en el CHIP de la Contaduría General de la Nación, el acto administrativo y el sistema de información financiero SAYMIR, así:
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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CUENTAS POR PAGAR AL 31/12/2018
CHIP DECRETO SISTEMA SAYMIR
7.253.030.941 7.187.433.851 8.305.048.356
Fuente: CHIP 2018, decreto y presupuesto Saymir
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
Igualmente, presenta cuentas por pagar con más de una vigencia sin ejecutarse,
contrariando las disposiciones legales establecidas en el Decreto 111 de 1996,
así: (D)
NRO RESERVA DESCRIPCIÓN VALOR
ORDENADO
2013602 Pago déficit inversión justicia 1.451.972
20131259 Pago déficit inversión justicia 941.029
2016364 Déficit causado gastos generales 852.600
20171097 Déficit inversión agua potable-sb 32.605.035
20161320 Pago déficit inversión agua potable-sb 481.609
20161320 Pago déficit inversión agua potable-sb 3.672.878
20161316 Pago déficit inversión agua potable-sb 4.578.049
20171224 Pago de déficit de inversión en régimen subsidiado (de carácter excepcional) 1.355
2017599 Pago déficit inversión transporte 7.632.000
2015605 Pago déficit inversión educación 109.763.222
20151397 Pago déficit inversión agua potable-sb 6.835.357
2015601 Déficit causado servicios personales 2.253.263
2013597 Pago déficit inversión justicia 189.742
20151449 Pago déficit inversión cultu, depor y recreación 39.680.000
2015934 Pago déficit inv cultu, depor y recreación 158.435.893
2015934 Pago de déficit de inversión en desarrollo comunitario 12.000.000
2015934 Causado después del 31 de diciembre de 2000 4.504.407
2015403 Pago de déficit de inversión en desarrollo comunitario 43.554.000
2015403 Causado después del 31 de diciembre de 2000 44.240.000
20171431 Déficit causado gastos generales 959.140
2017397 Déficit causado transferencias 261.613
TOTAL 474.893.163
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Fuente: Ejecución de cuentas por pagar 2019
Elaboró: Álvaro Diego Jiménez Pérez, técnico operativo
64. La Administración Municipal de Barbosa decretó las siguientes Calamidades
Públicas con sus respectivos decretos modificatorios, como se indica en el siguiente cuadro anexo,
Decreto Calamidad
Publica Fecha Decreto
modificatorio Fecha
000019 Marzo 28 de 2017 000034 Mayo 18 de 2017
000051 Mayo 16 de 2018 000077 Junio 28 de 2018 Fuente: Actos administrativos Calamidades Publicas Admón. Barbosa 2018 Elaboró: Norbey Álzate Vidal, técnico Operativo
Asimismo, se indica que la administración municipal, determinó los siguientes Fondos, su fuente y destino, así:
Fondo Fuente Destino
16 Generación de energía Destinación específica. Proyectos ambientales
21 Ingresos ordinarios Destinación específica: Estampilla pro Cultura
26 Ingresos transporte y tránsito
Destinación específica: Inversión proyectos de la Secretaria de tránsito
37 Alumbrado público Destinación específica: Proyectos de alumbrado público
47 Impuesto compensación: Relleno sanitario
Destinación específica: Proyectos de inversión
Fuente: Boletín de Fondos a diciembre 31 de 2018 Elaboró: Norbey Álzate Vidal, técnico Operativo
No obstante, examinados los Fondos por los cuales fueron aplicados sus pagos en atención a las calamidades públicas durante los años 2017 y 2018 se evidencio que algunos corresponden a fuentes de Destinación Específica, que no fueron subsanados o devueltos posteriormente al Fondo utilizado, como se detalla en el siguiente cuadro Fondo Año Calamidad
Publica Fuente Valor
pagado Comprobante
Egreso
16 2018 000019, 000051
Recursos por generación de energía
471.195.109 1693,1496,1920, 2175, 2545
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Fondo Año Calamidad Publica
Fuente Valor pagado
Comprobante Egreso
21 2017 000019 Estampilla Pro cultura 8.500.000 4862
2018 000019 Estampilla Pro cultura 21.500.000 33, 509
26 2018 000051 Tránsito y transporte 6.549.700 3904
37 2018 000051 Recursos alumbrado púbico
154.709.181 3073, 3905, 2147
47 2018 000077, 000019
Recursos relleno sanitario 376.880.777 3054, 2522, 1452, 2798
Fuente: Comprobantes de egreso 2017 – 2018 Calamidad Pública - Fondos Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo
Hechos que determinaron una ejecución de apropiación diferente a lo estrictamente conforme al fin para lo cual fueron programados, contrariando lo enunciado en el Principio presupuestal de Especialización Articulo 18 del Decreto 111 de 1996. (D)
65. Conforme al Boletín de Tesorería, que detalla los distintos Fondos
presupuestales de la administración municipal y acorde a la certificación de la Secretaria de Hacienda Municipal, que precisó la Destinación de algunos Fondos, se observó que, el Municipio de Barbosa aplicó recursos al fondo 47 denominado Impuesto compensatorio – relleno sanitario a conceptos que difieren de su destinación programada. Según cuadro anexo.
Comprobante
Egreso Descripción Presupuestal Beneficiario Valor
280 A.15.3 MEJOR/TO Y MMTO. DEPENDENCIAS ADMON. Masora $22.926.108
284
A.1.2.5.DOTACIÓN INSTITUCIONAL DE MATERIAL Y MEDIOS PEDAGÓGICOS PARA EL APRENDIZAJE
Creativas Corporación de las Manos $12.000.000
246
A.1.2.5.DOTACIÓN INSTITUCIONAL DE MATERIAL Y MEDIOS PEDAGÓGICOS PARA EL APRENDIZAJE
Creativas Corporación de las Manos $44.000.000
405
A.1.2.5.DOTACIÓN INSTITUCIONAL DE MATERIAL Y MEDIOS PEDAGÓGICOS PARA EL APRENDIZAJE
Creativas Corporación de las Manos $70.000.000
405 A.1.2.5.DOTACIÓN INSTITUCIONAL Creativas $84.000.000
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Comprobante Egreso
Descripción Presupuestal Beneficiario Valor
DE MATERIAL Y MEDIOS PEDAGÓGICOS PARA EL APRENDIZAJE
Corporación de las Manos
428
A.17.2 PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ORIENTADOS AL DESARROLLO EFICIENTE COMPET. LEY
Diego Camilo Gómez Pérez $9.000.000
831
A.17.2 PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ORIENTADOS AL DESARROLLO EFICIENTE COMPET. LEY
Diego Camilo Gómez Pérez $8.500.000
1403
A.17.2 PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ORIENTADOS AL DESARROLLO EFICIENTE COMPET. LEY
Diego Camilo Gómez Pérez $8.000.000
1650
A.17.2 PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ORIENTADOS AL DESARROLLO EFICIENTE COMPET. LEY
Diego Camilo Gómez Pérez $8.000.000
2033
A.17.2 PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ORIENTADOS AL DESARROLLO EFICIENTE COMPET. LEY
Diego Camilo Gómez Pérez $8.000.000
3350
A.17.2 PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ORIENTADOS AL DESARROLLO EFICIENTE COMPET. LEY
Diego Camilo Gómez Pérez $6.500.000
4014 G.INTERES CR6611516407-P6510085067 Bancolombia S.A. $23.953.919
4014 AMORTIZ CR6611516407-P6510085067
Bancolombia S.A. $53.571.429
Fuente: Comprobantes egreso – Tesorería dic 31 d e2018 Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo
Hechos anteriores que configuran inobservancia al Artículo 18 Principio de Especialización del Decreto 111 de 1996. (D)
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
110
66. La Administración Municipal realizó los siguientes pagos con cargo al sector de
inversión Fortalecimiento Institucional, no obstante, los conceptos del egreso no corresponden a lo enunciado en los parámetros señalados en la Ley 715 de 2001 y que se describen a continuación:
• “Realizar procesos integrales de evaluación institucional y capacitación, que le permitan a la administración local mejorar su gestión y adecuar su estructura administrativa, para el desarrollo eficiente de sus competencias, dentro de sus límites financieros.
• Adelantar las actividades relacionadas con la reorganización de la administración local con el fin de optimizar su capacidad para la atención de sus competencias constitucionales y legales, especialmente: El pago de indemnizaciones de personal originadas en programas de saneamiento fiscal y financiero por el tiempo de duración de los mismos; y, el servicio de los créditos que se contraten para ese propósito.
• Financiar los gastos destinados a cubrir el déficit fiscal, el pasivo laboral y el pasivo prestacional, existentes a 31 de diciembre de 2000, siempre y cuando tales gastos se encuentren contemplados en programas de saneamiento fiscal y financiero, con el cumplimiento de todos los términos y requisitos establecidos en la Ley 617 de 2000 y sus reglamentos.
• Cofinanciar cada dos años con la Nación la actualización del instrumento Sisbén o el que haga sus veces”
Hechos que afectan por igual valor la disponibilidad de recursos para el financiamiento de programas del sector Fortalecimiento Institucional. Lo anterior inobserva lo establecido en el Articulo 76.14 Fortalecimiento Institucional y Numeral 6.1.4 Orientaciones para la Programación y Ejecución de los Recursos del Sistema General de Participaciones. (D)
Comprobante de Egreso y fecha
Concepto pago Realizado Valor Rubro presupuestal
00704 marzo 16 de 2018
Servicio movilización de personal, material y herramienta como apoyo de las actividades del banco de materiales.
1.500.000 Fortalecimiento Institucional
01197 de abril 17 de 2018
Servicio movilización de personal, material y herramienta como apoyo de las actividades del banco de materiales.
1.500.000 Fortalecimiento Institucional
01561 mayo 23 de Servicio movilización de personal, material y 1.500.000 Fortalecimiento
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
111
Comprobante de Egreso y fecha
Concepto pago Realizado Valor Rubro presupuestal
2018 herramienta como apoyo de las actividades del banco de materiales.
Institucional
01911 junio 25 de 2018
Servicio movilización de personal, material y herramienta como apoyo de las actividades del banco de materiales.
1.500.000 Fortalecimiento Institucional
02399 julio 25 de 2018 Servicio movilización de personal, material y herramienta como apoyo de las actividades del banco de materiales.
1.500.000 Fortalecimiento Institucional
Fuente: Comprobantes egreso – Tesorería dic 31 d e2018 Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo
67. Examinadas las conciliaciones de bancos a diciembre 31 de 2018, se evidencio
el registro de partidas conciliatorias (Notas débito, crédito y otros) no ajustadas, como se detallan en los siguientes cuadros, sin que haya aplicado acciones administrativas efectivas al cierre del año 2018 para su legalización y ajuste, indicando así falencias en la aplicación de actividades operativas y contables con ocasión del cierre del periodo contable, lo anterior denota inobservancia al Instructivo 001 de diciembre 18 de 2018 Numeral 1.2 en relación al cambio de periodo 2018 a 2019 y Numeral 3.2.15 de la Resolución 193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación, este hallazgo es reiterativo en la auditoria anterior sin que sea resuelto totalmente por el sujeto de control. (A)
Documentos en Notas no conciliados (no registrados en libro de bancos, pero si en bancos) Notas Crédito
Cuenta bancos/ entidad financiera
Fondo de tesorería Fecha partida conciliatoria debito
Valor
00088 Banco de Bogotá Impuesto Predial Diciembre ACH 28.000.000
00096 Banco de Bogotá Industria y Comercio Diciembre Recaudo del 28 y reflejada en el mes de enero por el banco
249.131
832-73 Bancolombia Industria y Comercio Diciembre Recaudo del 28 y reflejada en el mes de enero por el banco
12.000.000
Fuente: Conciliaciones bancos año 2018 Admón. de Barbosa Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo
Notas Débito
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
112
Cuenta bancos/ entidad financiera
Fondo de tesorería Fecha Valor
00088 Banco de Bogotá Impuesto Predial Diciembre Recaudo del 28 y reflejada en el mes de enero por el banco
4.623.826
438-19 Bancolombia Impuesto Predial Diciembre Recaudo del 28 y reflejada en el mes de enero por el banco
12.000.000
069-09 Bancolombia Nómina Diciembre Recaudo del 28 y reflejada en el mes de enero por el banco
28.000.000
832-73 Bancolombia Industria y Comercio Diciembre 10.378.001
03829 Cotrafa Impuesto Predial Diciembre 469.814
00383 Cotrafa Industria y Comercio Diciembre 1.302.534
03832 Cotrafa Ingresos no tributarios Diciembre 252.000
00088 CFA Impuesto Predial Diciembre 584.475
55063 CFA Industria y Comercio Diciembre 1.060.585 Fuente: Conciliaciones bancos año 2018 Admón. de Barbosa Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo
Documentos en Libros no incluidos en el Extracto Consignación – cheque
Cuenta bancos/ entidad financiera
Fondo de tesorería Fecha Valor
438-19 Bancolombia Impuesto Predial Diciembre 6.178.850
069-09 Bancolombia Nómina Diciembre 1.625.544 Fuente: Conciliaciones bancos año 2018 Admón. de Barbosa Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo
68. La administración municipal canceló a la empresa Misiones Técnicas
Académicas Internacional S.A.S. MTA, un valor de $13.297.000 mediante comprobante de egreso 02329 de julio 19 de 2018 por concepto de participación del alcalde del municipio de Barbosa en la XII cumbre Hemisférica de Alcaldes y gobiernos locales en Punta del Este - Uruguay, organizado por la Federación Colombiana de ciudades, Municipios y Asociaciones locales – FLACMA, que se llevó a cabo entre el 26 de agosto al 03 de septiembre de 2018, de lo anterior se menciona lo siguiente:
• Se evidencio inasistencia del señor Alcalde a la XII cumbre Hemisférica de Alcaldes, como se observa en la certificación de la Secretaria de Servicios Administrativos.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
113
• Existe solicitud de devolución del dinero por parte del Alcalde a la Empresa MTA S.A.S. el 24 de agosto de 2018, por la no asistencia por cuestiones de salud, (no existe documentación profesional médica que lo certifique), y la negativa de devolución como respuesta de la Empresa MTA S.A.S.
• Posteriormente la empresa Misiones Técnicas Académicas Internacional S.A.S. MTA generó una Nota contable por $3.950.000 el 11 de noviembre de 2018 a favor de la alcaldía de Barbosa por el viaje no realizado del Alcalde, y aplicado al comprobante de egreso 04347 de noviembre 09 de 2018, por concepto de participación a una capacitación internacional del Personero Municipal como se indica en el cuadro anexo, lo anterior determinó un valor no devuelto ni compensado por $9.347.000.
Hechos que constituyen un presunto detrimento patrimonial por $9.347.000 en concordancia con lo regulado en el Artículo 6 de la Ley 610 de 2000. (D) (F) Comprobante
Egreso y fecha
Valor Concepto Funcionario Comprobante Egreso y
fecha
Valor Concepto Funcionario
02329 de julio 19 de 2018
13.297.000 la XII cumbre Hemisférica de Alcaldes y gobiernos locales en Punta del Este - Uruguay
Alcalde Barbosa
04347 de noviembre 09 de 2018
11.950.000 Valor factura $15.900.000 menos Nota contable $3.950.000, para un valor cancelado de $11.950.000 para asistir a Misión técnica académica en los Estados Unidos de América.
Personero Barbosa
Fuente: Comprob egreso N 02329 de julio 19 y 04347 de nov 09 de 2018 y certificación de Sec Mpal Serv Administrativos Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo
69. Como resultado de las reclamaciones hechas por la Secretaria de Gestión Administrativa del Municipio de Barbosa ante la empresa Seguros Suramericana, póliza 9276416, por los siniestros acontecidos en distintos Centros educativos rurales, se observa lo siguiente:
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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• la Alcaldía Municipal recuperó $30.259.090, como se ilustra en el cuadro anexo,
Comunicado secretaria
Servicios adtivos Valor Fecha de consignación Centro Educativo
Enero 19 de 2018 2.139.353 Enero 18 de 2018 C.E.R. La Gómez
Enero 26 de 2018 8.142.111 Enero 25 de 2018 C.E.R. La Chorrera y el Tablazo Hatillo
Enero 31 de 2018 4.286.752 Enero 29 de 2018 C.E.R. Gabriel Ángel Gómez (Chorro Hondo)
Febrero 21 de 2018 4.606.545 Febrero 14 de 2018 C.E.R. Guayabal
Marzo 07 de 2018 5.918.242 Marzo 6 de 2018 C.E.R. Altamira
Abril 02 de 2018 4.428.370 Marzo 12 de 2018 C.E.R. La Cejita – Kiosco Digital
Abril 17 de 2018 737.717 Abril 13 de 2018 Institución Educativa El Tablazo Hatillo
30.259.090 Fuente: Comunicados Secretaria de Gestión Administrativos y Hacienda Municipal de Barbosa Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo
• De otro lado el informe de siniestros a cargo del área de Almacén Municipal, reportó una lista de hurtos y reconocimientos por parte de la Compañía de seguros, cuyos dineros fueron pagados a la Secretaria de Hacienda durante el año 2018, así:
Fecha siniestro Fecha de Pago Valor pagado Institución educativa
afectada Tipo de activos
6/06/2016 14/02/2018 4.606.545 C.E.R SEDE GUAYABAL Hurto De 4 Portátiles y un Dvd
23/07/2016 12/03/2018 4.428.370 KIOSKO VIVE DIGITAL
Hurto de 8 discos duros, 8 Monitores, 4 Portatiles Y 1 Tv
23/05/2017 12/04/2018 967.883
INSTITUCION RURAL ED. EL TABLAZO
hurto 4 computadores
21/12/2017 18/01/2018 2.139.353 ESCUELA LA GOMEZ
hurto de artículos en institución educativa
29/12/2017 31/01/2018 4.286.752 ESCUELA CHORRO HONDO
hurto 5 computadores portátiles, un televisor, un video bean, una consola de sonido y un dvd
8/01/2018 25/01/2018 2.098.758 IER EL TABLAZO hurto de 5 computadores portátiles
11/01/2018 25/01/2018 6.043.353 C.E.R LA CHORRERA
hurto 5 portátiles marca Smart, 3 portátiles marca Acer, 1 video bean marca optima
24/02/2018 12/04/2018 5.609.558 C.E.R EL TIGRE hurto de 8 portátiles, un televisor y un video bean
26/02/2018 6/03/2018 5.918.242 C.E.R ALTAMIRA hurto de 10 pc portátiles y un video bean
3/07/2018 17/10/2018 12.950.381
C.E.R SAN FRANCISCO DE PAULA VEREDA CESTILLAL
hurto de 5 computadores portátiles marca smart, 16 tabletas digitales, unvideo bean optoma, 6monitores marca hewlett packard
10/09/2018 31/12/2018 $ 2.154.828 C.E.R MOCORONGO hurto 3 torres pc y un video vean
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Fecha siniestro Fecha de Pago Valor pagado Institución educativa afectada
Tipo de activos
Total 51.204.023, Fuente: Archivo Almacén Municipal de Barbosa Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo
• La Administración municipal no realizó la reposición de los equipos hurtados en los Centros Educativos y al verificar el saldo de la cuenta bancaria se evidencio un valor de $0 a diciembre 31 de 2018, colocando en riesgo el cumplimiento de los procesos de calidad de Educación de estas Instituciones.
Para la vigencia 2019 la Secretaria de Hacienda Municipal apertura la cuenta 20356 Bancolombia, con un saldo a mayo 02 de $36.470.697. Los hechos anteriores afectan la gestión administrativa y financiera de la Administración Municipal enmarcado en el Artículo 1 de la Ley 909 de 2004, el principio Especialización del gasto Articulo 18 Decreto 111 de 1996 y Ley 87 de 1993. (D)
70. Comparado el Boletín de Caja y Bancos entregado a la Comisión Auditora
con el reporte de cierre Fiscal con corte a diciembre 31 de 2018, rendido a
la plataforma Consolidador de Hacienda e Información Pública – FUT, se
observaron inconsistencias en saldos de un reporte a otro como se indica
en el cuadro anexo, lo anterior incide en el análisis para la gestiónde
recursos del Municipio y la rendición de cuentas exigidas a nivel interno y
externo, asimismo evidencia inobservancia en lo establecido en Numerales
3.2.14 Análisis, verificación y conciliación de información Resolución 193 de
la Contaduría General de la Nación. (D)
INCONSISTENCIAS BOLETIN DE CAJA Y BANCOS DIC 31 DE 2018 Y BANCOS CIERE
FISCAL – FUT
Concepto Boletín de caja y Bancos
Bancos Cierre Fiscal - FUT
INCOSISTENCIA
Saldo caja y bancos 14.945.568.168 15.062.922.998 117.354.830 Fuente: Rendición cuentas CHIP dic 31 de 2018 Admón. de Barbosa Elaboró: Norbey Álzate Vidal, Técnico Operativo
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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3. OTRAS ACTUACIONES
3.1. ATENCIÓN DE DENUNCIAS HECHO 1
Radicado de la denuncia: 2017200008799 Fecha de la denuncia:
diciembre 7 de 2017
Descripción: Presuntas irregularidades en la ejecución del Contrato de Obra No. C170-2017. Antecedente: De los tres (3) hechos denunciados, el Profesional Universitario
Diego Enrique Parra por medio de radicado No. 2018100005488 del 10 de mayo
de 2018 dio respuesta a los dos primeros interrogantes de la denuncia:
Los hechos denunciados fueron los siguientes:
• "En el informe de evaluación de las propuestas del comité evaluador, dio como único proponente el día 21 de marzo de 2017, a la empresa UNION TEMPORAL VALLECITOS con NIT: 901070579-1 representado legalmente por el señor Luis Daniel Lozano Bustillo y el Municipio de Barbosa, por un valor de $ 421.339.356.00…"
• “Mediante visita de la Inspección Sanitaria a los Sistemas de Suministro de Agua para Consumo Humano. Se realizó visita el día 24 de octubre de 2017, a las instalaciones del acueducto Vallecitos. Según obra el Control de Visita No. 000192017. Entre todas las observaciones que son negativas, la primera en la más notable, “En este acueducto durante el mes de octubre de 2017, del presente año, se inauguró una planta de tratamiento la cual no se encuentra en funcionamiento…”
• "Para nosotros los residentes de esta vereda VALLECITOS, según lo logrado por este contrato no representa ni un 10 % del valor de dicho
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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contrato. Pues como se puede apreciar en el registro fotográfico, simplemente pintaron sobre lo ya pintado. Y taparon unos huecos y dejaron otros. Inclusión estamos con mal servicio de acueducto".
Teniendo en cuenta lo anterior no se va a ahondar en los dos primeros
interrogantes, dado que ya fueron resueltos, solo se realizará referencia al
último hecho denunciado.
Desarrollo: Después de revisada y analizada la información, se realiza la visita y
se verifican algunos ítems, encontrando diferencias entre las cantidades realmente
ejecutadas y las pagadas al contratista. Además, se evidenció que el acueducto
está suministrando agua a la población sin ningún tipo de tratamiento y no hay
personal encargado del mantenimiento del mismo.
Conclusión: Mediante radicado 2019300002088 del 19 de marzo de 2019, se presenta a la Contralora Auxiliar Delegada informe de atención al tercer interrogante de la denuncia, que dio origen a un hallazgo con connotación disciplinaria y fiscal por presunto detrimento patrimonial de $59.102.659, el cual se trasladó a las instancias correspondientes, así: Connotación fiscal identificada con el radicado No. 2019300002238 del 26 de marzo de 2019. Connotación disciplinaria identificado con el radicado No. 2019100003744 del 26 de marzo de 2019. Se dio respuesta al quejoso mediante radicado 2019100003592 del 19 de marzo de 2019, sobre el último interrogante planteado en la denuncia relacionada. HECHO 2
Radicado de la denuncia: 2018200004877 Fecha de la denuncia: 2018/08/01
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Descripción: Presuntas irregularidades en el municipio de Barbosa con las adecuaciones que debe ser objeto la Institución Educativa El Hatillo, ya que la construcción de la obra fue defectuosa.
Conclusión: Analizada la información recopilada y surtida la evaluación y demás trámites correspondientes a la acción de fiscalización, no se hallaron méritos para dar inicio a una acción fiscal, toda vez, que los hechos investigados corresponden a gestiones y procesos internos que la Administración ha venido adelantando, y sobre los cuales la Corte Constitucional en la Sentencia C-113-99, con ponencia del Magistrado José Gregorio Hernández Galindo, ha dicho que: “En ese orden de ideas, la tarea de entes como las contralorías no es la de actuar dentro de los procesos internos de la Administración cual si fueran parte de ella, sino precisamente la de ejercer el control y la vigilancia sobre la actividad estatal, a partir de su propia independencia, que supone también la del ente vigilado, sin que les sea permitido participar en las labores que cumplen los órganos y funcionarios competentes para conducir los procesos que después habrán de ser examinados desde la perspectiva del control. De lo contrario, él no podría ejercerse objetivamente, pues en la medida en que los entes controladores resultaran involucrados en el proceso administrativo específico, objeto de su escrutinio, y en la toma de decisiones, perderían toda legitimidad para cumplir fiel e imparcialmente su función.” Por lo anteriormente expuesto y en virtud de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 610 de 2000 se procederá al archivo del expediente una vez se dé respuesta al denunciante, sin perjuicio de que si aparecieren o se aportaren nuevas pruebas que acrediten la existencia de un daño patrimonial al Estado o la responsabilidad del gestor fiscal, sean investigadas por éste despacho. Mediante radicado 2019300002064 del 18 de marzo de 2019, se presenta a la Contralora Auxiliar Delegada informe de atención a la denuncia.
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Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Se dio respuesta al quejoso mediante radicado 2019100003484 del 18 de marzo de 2019. 3.2. BENEFICIOS DEL PROCESO AUDITOR En esta auditoria no se presentaron beneficios de auditoría 3.3. SEGUIMIENTO OTROS DOCUMENTOS HECHO 1 Radicado del documento: 2018100015117 Fecha del documento:
2018/11/30
Descripción: Pronunciamiento frente a los decretos 2018-051 y 2018-077 que declaran la calamidad pública. Conclusión: Se procedió a la verificación de la ejecución cuyos resultandos se incluyen en el presente informe, en el componente de control de legalidad que determinó pronunciamiento desfavorable, por lo que se dio traslado mediante radicados 2018100015122 de 2018/11/30 a la Fiscalía General de la Nación, y 2018100015123 de 2018/11/30 a la Procuraduría Provincial del Valle de Aburrá HECHO 2 Radicado del documento: 2018100010464 Fecha del documento:
2018/08/28
PGA 2017 – HALLAZGO 22
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Descripción: Informe definitivo auditoría regular a la administración del municipio de Barbosa Antioquia vigencia 2017, se realizó seguimiento al hallazgo 22, el cual correspondía a un contrato en estado de ejecución. Conclusión: De acuerdo a la situación encontrada, se generó el siguiente hallazgo:
HALLAZGO (Cifras en pesos)
71. Revisado el convenio interadministrativo 53 de 2017 suscrito entre el municipio
de Barbosa y la ESE Hospital San Vicente de Paul del mismo municipio cuyo objeto es “Mejoramiento y construcción de las instalaciones del centro de salud y auditorio en el corregimiento del El Hatillo Barbosa” por $91.525.109, el cual se encuentra vencido desde el 14 de febrero de 2018, sin liquidar y efectuado un pago por $86.134.322, equivalente al 94,13% del convenio, se evidenció el pago de mayores cantidades de obra sobre las realmente ejecutadas y verificadas en campo, además del reconocimiento y pago de actividades que no fueron ejecutadas en absoluto, de acuerdo al cuadro adjunto.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Fuente: Expediente Convenio 2017-0053, actas de pago de obra, y acta de visita Elaboró: Wilfredo Franco Hincapié. PU
Lo anterior inobserva lo establecido en el inciso segundo del artículo 83 e inciso primero del artículo 84 de la Ley 1474 de 2011 en la función de la supervisión; un presunto detrimento patrimonial en los términos establecidos en el artículo 6 de la ley 610 de 2000, por $49.855.596; y el tipo establecido en el artículo 286 de la Ley 599 de 2000. (D) (F) (P) HECHO 3
PGA 2017 – HALLAZGO 23
Descripción:
En la auditoría realizada a los recursos de la vigencia 2017 quedó el hallazgo 23 como insumo de auditoría para ser revisada durante la presente auditoria a la vigencia 2018.
Conclusión:
CANT
CGA
(Ver notas)
8.0Construcción de mamposteria en
ladrillo para revocar o enchaparM2 $35.401 87,00 33,72 -53,28 $1.886.165
10.0STC. Concreto para columnas de
0,20x0,30 y vigas de 0,20x0,30M3 $696.668 5,60 1,95 -3,65 $2.542.838
13.0STC. Cubierta en teja termo
acústicaM2 $206.020 110,00 0 -110,00 $22.662.200
14.0Construcción de piso en baldosa
blanca de granoM2 $106.413 70,00 0 -70,00 $7.448.910
OE-01 STI. Loque concreto Split M2 $123.095 31,20 25,87 -5,33 $656.096
OE-04Columnas 0,20x0,30 acabado a la
vistaM $152.365 26,00 0 -26,00 $3.961.490
OE-06 Construcción de losa M2 $125.800 9,00 10,03 1,03 -$129.574
OE-13STI. Ladrillo tipo tolete e=15
Incluye ranuraM2 $50.685 87,00 42,82 -44,18 $2.239.263
$41.267.389
$10.316.847
$51.584.236
$5.771.000
$4.042.360
$1.728.640
$49.855.596
(1) VALOR OBRAS FALTANTES
(2) TOTAL RETENCIONES EFECTUADAS SOBRE VALOR LIQUIDADO (Véase comprobantes de egreso)
(3) TOTAL RETENCIONES SOBRE VALOR CORREGIDO (Incluido 5% obra pública)
(4) SALDO A FAVOR RETENCIONES (2)-(3)
VALOR TOTAL PRESUNTO DETRIMENTO (1)+(4)
DIF.VALOR
DIFERENCIA
Subtotal costo directo
Administración / Utilidad (AU) 25%
ÍTEM DESCRIPCIÓN UN V/UNITCANT
PAGADA
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De acuerdo a la situación encontrada, se generó el siguiente hallazgo:
HALLAZGO (Cifras en pesos)
72. Revisada la documentación del contrato CI073-2017 cuyo objeto es
“Administración delegada de Recursos para el mantenimiento y mejoramiento de 6 km de vía en las siguientes veredas: la Chorrera 1.0 km, Cinco Riales .5 km. La Playa .5 km, El Guayabo 1.0km, La Aguada-Pantanillo 1.0Km, La Herradura- Monte loro 1.0 km, El paraíso- Altamira 1.0km para un total de intervención de 6km de Placa Huella del Municipio de Barbosa, Departamento de Antioquia” (Ejecución) por un valor de $2.399.206.446 (En ejecución) se encontró:
a. En el presupuesto oficial se plantean unos costos directos sobre los que se
aplica un porcentaje del AU (16%) y un porcentaje de Administración delegada (14%), presupuestando el pago de una doble administración que no está justificada ni por contratante, ni por el contratista. Situación que incumple los principios de economía establecido en el artículo 25 de la ley 80 de 1993 y 1150 de 2007, y que se presume como una gestión fiscal antieconómica según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 610 de 2000, por un valor de 387.606.847 (A), se deja como administrativo toda vez que el contrato se encuentra en ejecución.
Fuente: Gestión transparente y documentos carpetas de la entidad Elaboró: Ángela María Duque Agudelo, Profesional Universitaria
b. En los pagos se observa que no se hace ninguna deducción del impuesto de
seguridad establecido en artículo 6 de la ley 1106 de 2006 y el artículo 8 de la Ley 1738 de 2014. configurándose un presunto detrimento patrimonial por
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un valor de $110.244.714 según lo establecido en el numeral 6 de la Ley 610 de 2000, (A). Debido a que el contrato se encuentra en ejecución se deja como insumo para la próxima auditoria.
Acta Valor Deducción Anticipo
Valor menos Anticipo
Deducción Impuesto seguridad
30% 5%
Acta 1 anticipo 1.079.761.934 53.988.097
acta 2 441.877.652 132.563.296 309.314.356 15.465.718
Acta 3 567.432.327 170.229.698 397.202.629 19.860.131
Acta 4 598.021.931 179.406.579 418.615.352 20.930.768
TOTAL 110.244.714 Fuente: Expediente digital subido en Gestión Transparente Elaboró: Ángela María Duque Agudelo- Profesional Universitaria
Teniendo en cuenta que el contrato aún está en ejecución y se encuentra
suspendido desde el día 20 de septiembre de 2018 por medio de acta de
suspensión No.2, quedará nuevamente como insumo para que sea revisado
en la próxima auditoria del PGA 2020. (D)
HECHO 4 PGA 2017 – HALLAZGO 2 Descripción:
Según el hallazgo N°02 del Informe Definitivo de Auditoría Regular Vigencia 2017, realizada a la Administración Municipal de Barbosa, y notificado a dicha entidad mediante el precitado radicado, en las obras del contrato C202-2017, que tiene por objeto “Construcción de alcantarillado de aguas residuales y pluviales en los barrios el Portón y Guayabal del Municipio de Barbosa Antioquia, para atender calamidad pública declarada mediante Decreto 000019 del 20 de marzo de 2017” por valor de $1.362.756.099, solo se visitó por parte de la Comisión de Auditoría el frente de trabajo Guayabal, toda vez, que por el poco tiempo de la ejecución de la auditoria y el invierno no fue posible visitar el Portón, por lo tanto, este frente se dejó como insumo para la próxima auditoría.
Conclusión:
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Se realizó visita a las obras ejecutadas en el sector de El Portón en la que se evidenció su funcionamiento y uso por parte de la comunidad. Al medir y comparar los ítems de tuberías, cámaras de inspección, sumideros, domiciliarias, concretos, muro en bloque, cerramiento en malla y cordón vaciado en sitio, se encontró correspondencia con respecto a las cantidades de obra pagadas al Contratista, según el Acta de Liquidación del contrato.
HALLAZGO (cifras en pesos)
73. En el contrato de obra N°C202-2017, cuyo objeto es “Construcción de alcantarillado de aguas residuales y pluviales en los barrios el Portón y Guayabal del Municipio de Barbosa Antioquia, para atender calamidad pública declarada mediante Decreto 000019 del 20 de marzo de 2017”, celebrado el 23 de mayo de 2017 por un valor inicial de $908.511.603, y liquidado el 15 de junio de 2018 por un valor final de $1.362.755.469, se observó que: a. Según los diseños del proyecto y las normas y especificaciones generales
de construcción para instalación en zanja de tuberías de PVC, al Contratista se le pagó un mayor valor con respecto al ejecutado en el ítem denominado 14.2. BARB 19. Suministro, transporte y colocación de Triturado Clase 1 (ASTM D2321) ¾” a ½”, según las cantidades de tubería instalada y los volúmenes calculados por el Equipo de Auditoría que se relacionan a continuación:
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
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Fuente: Expediente contractual N°C202-2017. Elaboró: Daladier Alberto Brand Vélez – Profesional Universitario.
b. Según los volúmenes de excavaciones y de llenos ejecutados en los ítems
BARB 4. Excavación Manual en material comun húmedo o roca descompuesta, bajo cualquier condición de humedad entre 02 m de profundidad, BARB 6. Excavación en Roca a cualquier profundidad y bajo cualquier condición de humedad por métodos no explosivos, y BARB 7. Lleno y apisonado de zanjas y apiques con material selecto de la excavación, densidad de compactación >90% PM, al Contratista se le pagó un mayor valor con respecto al ejecutado en el ítem denominado BARB 9. Cargue, Retiro y Botada de material sobrante a cualquier distancia, según los volúmenes calculados por el Equipo de Auditoría que se relacionan a continuación:
SECTOR
UBICACIÓN
DIÁMETRO
TUBERÍA
INSTALADA
[ f ]
(m)
LONGITUD
TUBERÍA
INSTALADA
[ L ]
(m)
ANCHO
ZANJA
SEGÚN
NORMA
[ A ]
(m)
ALTURA
ENCAMADO
SEGÚN
DISEÑO
[ H ]
(m)
ÁREA BRUTA
ENCAMADO
TRITURADO
[ A x H ]
(m2)
DESCUENTO
ÁREA
TUBERÍA
[ p * f2 / 4 ]
(m2)
ÁREA NETA
ENCAMADO
TRITURADO
[ A x H - Desc. ]
(m2)
VOLUMEN
ENCAMADO
TRITURADO
[ L ] x
[ A x H - Desc. ]
(m3)
Alcantarillado Residuales 0,200 196,70 0,70 0,250 98,500 0,0157 0,159 31,33
Domiciliarias 0,100 116,60 0,70 0,200 58,450 0,0039 0,136 15,87
Alcantarillado Lluvias 0,355 131,30 0,80 0,328 65,800 0,0495 0,213 27,90
Alcantarillado Lluvias 0,750 66,90 1,30 0,525 33,600 0,2209 0,462 30,88
Filtro Recolección 0,750 49,90 1,30 0,525 25,100 0,2209 0,462 23,03
Mejoramiento Arquitectónico 0,300 25,70 0,70 0,300 13,000 0,0353 0,175 4,49
Alcantarillado Residuales 0,200 148,90 0,70 0,250 74,600 0,0157 0,159 23,72
Domiciliarias 0,100 120,00 0,70 0,200 60,150 0,0039 0,136 16,33
Alcantarillado Lluvias 0,355 146,50 0,80 0,328 73,400 0,0495 0,213 31,13
Pavimentación 0,300 12,00 0,70 0,300 6,150 0,0353 0,175 2,10
206,78
318,71
111,93
$ 117.509
$ 13.152.577
$ 3.288.144
$ 16.440.721TOTAL MAYOR VALOR PAGADO
GUAYABAL
EL PORTÓN
TOTAL VOLUMEN EJECUTADO
TOTAL VOLUMEN PAGADO
DIFERENCIA
VALOR UNITARIO
SUBTOTAL COSTO DIRECTO
SUBTOTAL COSTO INDIRECTO (AU=25%)
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
126
Fuente: Expediente contractual N°C202-2017. Elaboró: Daladier Alberto Brand Vélez – Profesional Universitario.
En consecuencia, de los literales anteriores se presume daño al patrimonio de la Entidad por un valor total de $31.916.504, según el artículo 6 de la Ley 610 de 2000, así como falta de seguimiento por parte de la Interventoría y de la Supervisión del Contrato, según los artículos 82, 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011. (D) (F)
3.4. CONTROL A LAS FIDUCIAS Durante la presente auditoría no se encontró en la entidad manejo de Fiducias.
N° ① ② ③ ④ ⑤ ⑥
EJECUTADO
BARB 4.
Excavación
material común
o roca
descompuesta
BARB 6.
Excavación roca
métodos no
explosivos
BARB 7.
Lleno con
material selecto
de excavación
BARB 9.
Carge, retiro y
botada
material
sobrante
BARB 9.
Carge, retiro y
botada material
sobrante
① + ② - ③
Alcantarillado Residuales 418,89 17,17 29,93 436,05 406,13 29,92
Domiciliarias 29,92 1,90 31,82 31,82 0,00
Alcantarillado Lluvias 267,92 9,59 116,90 169,49 160,61 8,88
Filtro Recolección 122,54 7,39 129,93 129,93 0,00
Alcantarillado Residuales 182,63 3,85 186,48 186,48 0,00
Domiciliarias 52,80 0,90 53,70 53,70 0,00
Alcantarillado Lluvias 183,87 9,00 123,44 192,87 -69,43
Cabezote Descarga 1,29 0,48 1,77 1,77 0,00
Pavimentación 206,04 24,49 432,64 230,53 202,11
Cabezotes y Desarenador 2,92 1,16 4,08 4,08 0,00
171,48
$ 72.180
$ 12.377.426
$ 3.094.357
$ 15.471.783
PAGADO
ÍTEM
SECTOR
UBICACIÓN
TOTAL DIFERENCIA
VALOR UNITARIO
SUBTOTAL COSTO DIRECTO
DIFERENCIA
④ - ⑤
SUBTOTAL COSTO INDIRECTO (AU=25%)
TOTAL MAYOR VALOR PAGADO
GUAYABAL
EL PORTÓN
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
127
ÌTEM Relación de Fiducias
Fiduciaria Bancolombia Occidente Bancolombia
Clase de negocio fiduciario o fiducia
Otra: cartera colectiva de Liquidez
Otra: cartera colectiva de Liquidez
Otra: Patrimonio autónomo
Saldo a la fecha de corte 5.500.641,00
12.759.835,00
1.015.219
Naturaleza de los recursos Municipal Municipal Municipal
Tipo de Gasto Funcionamiento Funcionamiento Inversión
Tipo de Activos Fideicomitidos Activos monetarios Activos monetarios Activos monetarios
Destinación de los Recursos Otra-Diferentes conceptos de obligaciones
Otra-Diferentes conceptos de obligaciones
Otra: Vivienda
Fuente: Información Secretaria de Hacienda Municipal de Barbosa. Elaboró: Equipo Auditor
3.5 INSUMOS PARA PRÓXIMAS AUDITORÍAS HECHO No. 1 Revisando los documentos relacionados con procesos judiciales y demandas, se
pudo observar que existen 26 procesos en contra del Municipio de Barbosa por
despido máximo de empleados en nombramiento de provisionalidad sin
motivación suficiente en el acto administrativo de retiro, incumpliendo el artículo
125 de la Constitución Política y el artículo 41 de la Ley 909 de 2004.
Dichos procesos se encuentran en la siguiente etapa:
a. Demandas en Proceso y/o conciliación.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
128
Fuente: Informe de conciliaciones y sentencias 04/01/2018 y 05/06/2019. Elaboró: Claudia Patricia Restrepo A.C.A.
CONVOCANTE CONVOCADOMEDIO DE
CONTROL
FECHA DE
CELEBRACIONESTADO
ACTUACION
PENDIENTE
1Ana Maria Buitrago
Quintana
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 30/01/2017
Al despacho
para
sentencia Sentencia
2Diego de Jesus
Rincon Escudero
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 20/02/2017
Al despacho
para
sentencia Sentencia
3Luis Guillermo
Suarez Herrera
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 5/02/2017 Pruebas Pruebas
4Maritza Isabel Uribe
Carmona
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 1/03/2017
Audiencia
Inicial Pruebas
5Rodrigo Leon
Duque Torres
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 2/02/2017
Alegatos de
conclusión Sentencia
6Maria Isabel Sierra
ruiz
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 20/02/2017 Sentencia Apelación
7 Luz Estrella Suarez
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 2/03/2018
8Blanca Elider Cano
Henao
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 12/02/2018
9Hector Hernan
Cataño
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 20/02/2018
10Leonardo Gonzalez
Vargas
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 3/05/2018
11Kely Johana
Martinez Gonzalez
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 5/06/2018
Audiencias
de prueba
Practica de
pruebas
12Rigoberto Lopez
Valencia
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 3/07/2018
13Jorge Diego Isaza
Arango
Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral 9/07/2018
Respuesta a
excepciones
Primera
audiencia
14
Jose Wilson
Londoño Municipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral
Audiencias
de prueba
Audiencias
de prueba
15
Jesus Antonio
Orrego OsornoMunicipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral
Audiencia
Inicial
Audiencia
Inicial
16
Jose David
Valencia LoperaMunicipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral
Apelacion
sentencia
Segunda
Instancia
17
Sofia Elema
Mosquera CanoMunicipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral
Apelacion
sentencia
Segunda
Instancia
18
Omar Rene Villa
CanoMunicipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral
Al despacho
para
sentencia Sentencia
19
Natalia Echavarria
CastrillonMunicipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral
Alegatos de
conclusión Sentencia
20
Oscar Herrera
CarvajalMunicipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral
Al despacho
para
sentencia Sentencia
21
Carlos Andres
Puerta MadridMunicipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral Pruebas Pruebas
22
Daniel Mora
HernandezMunicipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral Pruebas Pruebas
23
Claudia Esledy
Castrillon OchoaMunicipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral
Apelacion
sentencia
Segunda
Instancia
24
Juan Bautista
Garcia GiraldoMunicipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral
Apelacion
sentencia
Segunda
Instancia
25
Nelson Londoño
MonsalveMunicipio de
Barbosa
Nulidad y
restablecimiento del
derecho-laboral
admisorio
demanda
Notificacion
adminision
demanda
PROCESOS EN CURSO Y/O CONCILIACIONES 2017 Y 2018
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
129
b. Sentencia declaradas en contra del Municipio de Barbosa con reintegro al
cargo y pago de sueldos y prestaciones dejados de devengar desde cuando
los empleados fueron retirados del servicio y hasta cuando se produzca su
reintegro efectivo, además de condena en costas procesales, actualmente
no se han reintegrado ni se ha realizado pago alguno.
Fuente: Sentencia No. 349 de octubre 29 de 2018 y sentencia 071 de agosto 24 de 2018. Elaboró: Claudia Patricia Restrepo A.C.A.
HECHO No 2
Los siguientes contratos quedan como insumo para próximas auditorías, debido a que se encontraron en ejecución, sin efectuarse el 100% de los pagos o sin liquidar al momento de la Auditoría. CÓDIGO DE CONTRATO
CONTRATISTA OBJETO VALOR
C214-2018 Consorcio Saneamiento Barbosa
Construcción de sistemas de alcantarillado de aguas residuales pluviales y planta de tratamiento del corregimiento Hatillo del municipio de Barbosa Antioquia
$3.519.683.137
C225-2018 Víctor Aníbal Escobar Osorno,
Ejecución de 55 mejoramientos de vivienda para beneficiar familias con deficiencia en las unidades sanitarias de la zona rural dispersa del municipio de Barbosa
$98.296.656
C226-2018 Víctor Aníbal Escobar Osorno,
Adecuación y mantenimiento de instalaciones locativas del centro carcelario Héctor Abad Gómez, para atender calamidad pública declarada mediante
$165.875.666
DEMANDANTE
FECHA DE
LA
SENTENCIA
SENTENCIA
PROFERIDA
VALOR
LIQUIDADO
VALOR
PAGADO
COSTAS
PROCESALES
Lenis Yohana
Tapias Escobar 29/10/2018EN CONTRA
DEL MUNICIPIO 53.608.639$ -$ 193.500$ Sergio Andres
Tejos Vanegas 24/08/2018
EN CONTRA
DEL MUNICIPIO 54.170.048$ -$ 2.347.826$
107.778.687$ 0 2.541.326$
SENTENCIA EN CONTRA DEL MUNICIPIO DE BARBOSA
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
130
CÓDIGO DE CONTRATO
CONTRATISTA OBJETO VALOR
decreto 000051 del 16 de mayo de 2018 modificado por el decreto 00077 del 14 de junio de 2018, celebrado entre el municipio de Barbosa
C241-2018 Víctor Aníbal Escobar Osorno,
Realizar la construcción de muro en gaviones (30m) 7 metros de largo por cuatro metros de altura, un metro de ancho, vereda tamborcito, Calle 2, para atender situación de calamidad pública en el municipio de Barbosa
$22.644.726
CI-022-2018 AMOCCIDENTE
Administración delegada de recursos para la celebración del convenio interadministrativo para la construcción de la cubierta para la placa del CER. La Herradura
$205.044.039
CI-028-2018 AMOCCIDENTE Contrato administrativo para optimización del sistema de acueducto de la urbanización Villa Roca del municipio de Barbosa -Antioquia
$272.591.079
Fuente: Archivo de gestión municipio de Barbosa Elaboró: Wilfredo Franco Hincapié. PU
HECHO No 3 Los siguientes contratos quedan como insumo para próximas auditorías, debido a que se encontraron en la ejecución de la Auditoría en estado de ejecución: CÓDIGO DE CONTRATO
CONTRATISTA OBJETO VALOR
000212-2018 José De la Cruz Mira Henao
Construcción del Centro de Educación Superior del Municipio.
$1.901.369.360
000219-2018 Consorcio M&S INGENIERIA 2018
Infraestructura para el programa de movilidad activa (andenes y ciclorruta) en zona urbana del Municipio de Barbosa, Antioquia
$1.657.805.266
000216-2018 COGINTER S.A.S Interventoría, legal, técnica, administrativa, ambiental y financiera para la vigilancia y control al contrato de obra que tiene como objeto Construcción del Centro de Educación Superior del Municipio de Barbosa, Antioquia.
$152.580.610
000223-2018 Consorcio INTERVENTORÍA A&C BARBOSA.
Interventoría legal, técnica, administrativa, financiera y ambiental para la vigilancia al contrato de obra que tiene por objeto adecuación y construcción de andenes y vías urbanas y suburbanas del Municipio de Barbosa
$164.832.850
000027-2018 AMUNORTE Administración delegada de recursos para la interventoría legal, técnica, administrativa financiera y ambiental el contrato de obra que tiene como objeto optimización del sistema de acueducto de la urbanización Villa Roca, del Municipio de Barbosa.
$32.710.929
Fuente: Archivo Contractual Municipio de Barbosa. Elaboró: José Fernando Pernett González, Profesional Universitario.
HECHO No 4
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
131
Los siguientes contratos quedan como insumo para próximas auditorías, debido a que se encontraron en la ejecución de la Auditoría sin suscripción del acta de inicio:
CÓDIGO DE CONTRATO
CONTRATISTA OBJETO VALOR
000210-2018 ConsorcioA-C Construcción de obras para optimización de sistemas de acueductos sectoriales en el Municipio de Barbosa, según ficha la técnica que hace parte del presente contrato.
$ 362.727.937
CI-000036-2018 AMUNORTE Administración delegada de recursos para la remodelación del quiosco del parque principal del municipio de Barbosa-Antioquia.
$75.060.809
000215-2018
ALMA DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN S.A.S
Interventoría legal, técnica, administrativa, financiera y ambiental para la construcción de obras para optimización de sistemas de acueductos sectoriales en el Municipio de Barbosa
$36.269.992
Fuente: Archivo Contractual Municipio de Barbosa. Elaboró: José Fernando Pernett Gonzalez, Profesional Universitario.
HECHO No 5 Los siguientes contratos quedan como insumo para próximas auditorías, debido a que se encontraron en la ejecución de la Auditoría sin liquidar:
CÓDIGO DE CONTRATO
CONTRATISTA OBJETO VALOR
000340-2018 ALMA DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN S.A.S
Contrato de calamidad pública para la construcción de muro de contención cerca del centro educativo rural C.E.R. Vereda dos quebradas. Para atender calamidad pública declarada mediante Decreto 000051 del 16 de mayo de 2018 modificado por el Decreto 00077 del 14 de junio de 2018.
$186.816.312
CI-000034-2018 AMUNORTE Contrato Interadministrativo de mandato de administración delegada de recursos para aunar esfuerzos y contribuir al saneamiento de aguas residuales domesticas Barbosa, Antioquia.
$185.816.068
Fuente: Archivo Contractual Municipio de Barbosa. Elaboró: José Fernando Pernett González, Profesional Universitario.
HECHO No 6
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
132
Los siguientes contratos quedan como insumo para próximas auditorías, debido a que se encontraron en la ejecución de la Auditoría sin liquidar, en ejecución, se constituyeron reserva, vigencias futuras
CÓDIGO DE CONTRATO
CONTRATISTA
OBJETO VALOR
C213-2018 Consorcio Barbosa
Mantenimiento y pavimentación de la vía Mocorongo en el municipio de Barbosa en el departamento de Antioquia
$2.762.648.277
C227-2018 Servicios Vanegas García S.A.S.
Calamidad pública declarada mediante Decreto 000051 del 16 de mayo y modificado por el Decreto 077 del 14 de junio de 2018, a través el desmonte y reubicación del puente metálico de la estación del tren al sendero del sector El Indio, del municipio de Barbosa.
$305.143.884
C228-2018 Maria Elcy Franco Sánchez
El suministro de materiales para intervenir con reforzamiento estructural y adecuación de obras externas necesarias para mitigar el riesgo de las viviendas de las personas afectadas por la ola invernal actual en el municipio de Barbosa Antioquia, por calamidad pública declarada mediante Decreto 051 del 16 de mayo y modificado por el Decreto 077 del 14 de junio de 2018
$117.680.500
C217-2018 Consorcio Interventoría Mocorongo
Interventoría legal, técnica, administrativa, financiera y ambiental para la vigilancia al contrato de obra que tiene como objeto “Mantenimiento y pavimentación de la vía Mocorongo en el municipio de Barbosa en el departamento de Antioquia
$276.139.500
Fuente: Expedientes contractuales. Elaboró: Daladier Alberto Brand Vélez – Profesional Universitario.
*2019100014040* Al responder por favor cite este número
Radicado No 2019100014040 Medellín, 24/10/2019
133
4. CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS Vigencia 2018
TIPO DE HALLAZGO CANTIDAD VALOR (en pesos)
1. ADMINISTRATIVOS 11
2. DISCIPLINARIOS 61
3. PENALES 7
4. FISCALES 14 $1.178.418.683
• Obra Pública 0 $0
• Prestación de Servicios 9 $1.062.784.474
• Suministros 0 $0
• Consultoría y Otros 2 $24.515.109
• Estados Contables 0 $0
• Otros conceptos (presupuesto y otras
actuaciones - seguimiento
documentos)
3 $91.119.100
TOTALES (1, 2, 3, y 4) 93 $1.178.418.683
Nota: En total son 73 hallazgos y 93 tipificaciones, porque los hallazgos N°. 9, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 20, 24, 67, 70, están tipificados Disciplinarios y Fiscales, los hallazgos No 4, 25, 26, 25, 55, 70 están tipificados Disciplinarios y Penales, el hallazgo No 77 está tipificado Disciplinario, Fiscal y Penal. Del presente informe surge un (1) Proceso Administrativo Sancionatorio “PAS”, en el hallazgo Nº 37.