informe de seguimiento legislativo, normativo y judicial · 2021. 1. 21. · informe de seguimiento...
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INFORME DE SEGUIMIENTO
LEGISLATIVO, NORMATIVO Y JUDICIAL
Subdirección de
Gestión Contractual
INFORME # 4923 de octubre de 2018
36
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
01Legislativo
02Normativo
Judicial03Judicial
36 4
▪ Proyecto de Ley 155 de 2018 Cámara, “por medio de la cual se modifica la Ley 1780 de
2016, se crea la planta temporal de empleo juvenil y se dictan otras disposiciones”.
▪ Proyecto de Ley 158 de 2018 Cámara, “por el cual se fomenta el desarrollo agropecuario”
▪ Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 82 de 2018 Senado, “por
la cual modifica el artículo 4° de la Ley 1882 de 2018.”
▪ Proyecto de Ley 163 de 2018 Cámara “por medio de la cual se regulan las inhabilidades
para los condenados por corrupción y delitos contra la administración pública, así como la
terminación unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras
disposiciones.”
▪ Proyecto de Ley 164 de 2018 Cámara, “por medio de la cual se fortalecen las reglas para
la persecución penal efectiva y el reintegro de bienes por parte de procesados y condenados
por corrupción y delitos contra la administración pública y se dictan otras disposiciones.”
▪ Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de Ley 052 de 2018 Cámara 59 de 2018
Senado, “por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de
Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2019.”
▪ Proyecto de Ley 181 de 2018 Cámara, “por medio de la cual se adoptan normas de Pago
en Plazos Justos en el ámbito mercantil y se dictan otras disposiciones en materia de pago y
facturación.”
▪ Carta de Comentarios al Proyecto de Ley 083 de 2018 Cámara, “por medio de la cual
se adiciona una causal de inhabilidad para celebrar contratos con entidades estatales por la
comisión de conductas prohibidas por el régimen de competencia”
▪ Procesos ante el Consejo de Estado
▪ Proyecto de Decreto, Departamento Nacional de Planeación, "por el
cual se adiciona la Sección 6 del Capítulo 2, del Título 1, de la parte 2, del Libro
2 del Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector
Administrativo de Planeación Nacional.”
23 de octubre de 2018
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
01LEGISLATIVO
Proyecto de Ley 155 de 2018 Cámara
Los representantes Víctor Ortiz y otros presentaron elProyecto de Ley “por medio de la cual se modifica la Ley1780 de 2016, se crea la planta temporal de empleo juvenily se dictan otras disposiciones”
Esta iniciativa tiene por objeto el fortalecimiento de lasmedidas del sector público para combatir el desempleojuvenil y por ello dispone que las Entidades Estatales queestablezcan un vínculo con personas naturales por mediode contratos de prestación de servicios de naturalezaadministrativa deberán garantizar que al menos un diezpor ciento (10%) del monto anual destinado a contratareste tipo de servicios se ejecuten en servicios que norequieran experiencia profesional, con el fin de quepuedan ser provistos con jóvenes recién egresados deprogramas técnicos, tecnólogos y profesionales.
36 5
Fuente: Gaceta del Congreso No. 732 de 2018
23 de octubre de 2018
Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2pXqAgE
6Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36
Radicación del Proyecto de Ley
1
Ponencia paraprimer debate
2
Aprobado enprimer debate
3
Ponencia parasegundo debate
4
Aprobado ensegundo debate
5
Ponencia paratercer debate
6
Aprobado entercer debate
7
Ponencia paracuarto debate
8
Aprobado encuarto debate
9
Sanciónpresidencial
10
Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley
Proyecto de Ley 155 de 2018 Cámara,
“por medio de la cual se modifica la Ley 1780 de 2016, se crea la planta temporal de empleo
juvenil y se dictan otras disposiciones”.
23 de octubre de 2018
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
01LEGISLATIVO
36 7
Proyecto de Ley 158 de 2018 Cámara.
Los representantes Buenaventura León y otros presentaron elProyecto de Ley “por el cual se fomenta el desarrolloagropecuario”.
Esta iniciativa tiene por objeto facultar al Gobierno nacional y a lasentidades territoriales para la celebración de contratos de interéspúblico con fundamento en el artículo 355 de la ConstituciónPolítica, dirigidos a beneficiar las iniciativas asociadas del sectoragropecuario y de esta forma atender las necesidades y actividadesque este sector representa para el interés general, las cuales sin elapoyo o subvención del Estado no podrían llevarse a cabo y con lasque se beneficiaría a un grupo particular de la población: el sectorrural o campesino.
El Proyecto de Ley determina que las entidades del orden nacional,departamental y municipal podrán celebrar directamentecontratos a los que hace referencia el artículo 355 de laConstitución Política con entidades sin ánimo de lucro dereconocida idoneidad para el impulso o promoción de proyectosdel sector agropecuario en donde se beneficie a los pequeños ymedianos productores.
23 de octubre de 2018
Fuente: Gaceta del Congreso No. 732 de 2018
Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2pXqAgE
8Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36
Radicación del Proyecto de Ley
1
Ponencia paraprimer debate
2
Aprobado enprimer debate
3
Ponencia parasegundo debate
4
Aprobado ensegundo debate
5
Ponencia paratercer debate
6
Aprobado entercer debate
7
Ponencia paracuarto debate
8
Aprobado encuarto debate
9
Sanciónpresidencial
10
Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley
Proyecto de Ley 158 de 2018 Cámara,
“por el cual se fomenta el desarrollo agropecuario”
23 de octubre de 2018
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
01LEGISLATIVO
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Informe de ponencia para primer debate del Proyecto de Ley
82 de 2018 Senado.
Ante la comisión primera del Senado de la República se presentó ponencia alProyecto de Ley “por la cual modifica el artículo 4° de la Ley 1882 de 2018.”
Esta iniciativa tiene por objeto que los documentos tipo para la elaboraciónde los pliegos de condiciones se apliquen en todos los procesos de selecciónmediante licitación pública y no sólo a aquellas licitaciones que tienen quever con infraestructura.
En este sentido, se pretende que dentro de los documentos tipo, elGobierno nacional adopte para los pliegos de condiciones de manerageneral y con alcance obligatorio para todas las Entidades Estatales, lascondiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia yla ponderación precisa y detallada de los mismos, teniendo en cuenta lanaturaleza, tipología y cuantía de los contratos. Para la adopción de estareglamentación el Gobierno tendrá en cuenta las características propias delas regiones con el ánimo de promover el empleo local.
Los pliegos tipo se adoptarán por categorías de acuerdo con la cuantía de lacontratación, según la reglamentación que expida el Gobierno nacional
23 de octubre de 2018
Fuente: Gaceta del Congreso No. 733 de 2018
Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2Agrrij
10Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36
Radicación del Proyecto de Ley
1
Ponencia paraprimer debate
2
Aprobado enprimer debate
3
Ponencia parasegundo debate
4
Aprobado ensegundo debate
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Ponencia paratercer debate
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Aprobado entercer debate
7
Ponencia paracuarto debate
8
Aprobado encuarto debate
9
Sanciónpresidencial
10
Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley
▪ Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 82 de
2018 Senado,
“por la cual modifica el artículo 4° de la Ley 1882 de 2018.”
23 de octubre de 2018
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
01LEGISLATIVO
36 11
Proyecto de Ley 163 de 2018 Cámara
Iván Duque, Presidente de la República, y Nancy Gutiérrez, Ministra del Interior,presentaron el Proyecto de Ley “por medio de la cual se regulan las inhabilidades paralos condenados por corrupción y delitos contra la administración pública, así como laterminación unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictanotras disposiciones.”
Motivado en la masiva participación que tuvo la ‘consulta popular anticorrupción’, enespecial la pregunta No. 2, el Gobierno presentó esta iniciativa que tiene comoobjetivos fundamentales: (i) terminar los contratos con los corruptos de maneraunilateral y, (ii) prohibirles contratar con el Estado.
Por lo anterior, la inhabilidad prevista en literal j) del artículo 8 de la Ley 80 de 1993,que establece que las personas declaradas responsables judicialmente por lacomisión de delitos contra la Administración Pública y las sociedades en las que estaspersonas hagan parte no podrán presentarse a Procesos de Contratación o sercontratistas del Estado, extiende su sanción de 20 años a ser permanente con elProyecto de Ley en mención.
Segundo, se establece el: “haberse demostrado, a través de procedimientoadministrativo, la comisión de actos de corrupción por parte del contratista en laobtención, celebración o ejecución del contrato” como causal para terminarunilateralmente los contratos estatales; junto con lo anterior, se crea unprocedimiento especial para la declaración de terminación unilateral del contrato poractos de corrupción, una vez finalizado este procedimiento y declarada laterminación, se pone fin a la ejecución de contrato y se hace exigible por parte de laadministración la cláusula penal pecuniaria. Las autoridades deberán compulsarcopias a las autoridades fiscales, disciplinarias y penales para las investigaciones de sucompetencia.
23 de octubre de 2018
Fuente: Gaceta del Congreso No. 736 de 2018
Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2PGltN3
12Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36
Radicación del Proyecto de Ley
1
Ponencia paraprimer debate
2
Aprobado enprimer debate
3
Ponencia parasegundo debate
4
Aprobado ensegundo debate
5
Ponencia paratercer debate
6
Aprobado entercer debate
7
Ponencia paracuarto debate
8
Aprobado encuarto debate
9
Sanciónpresidencial
10
Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley
Proyecto de Ley 163 de 2018 Cámara
“por medio de la cual se regulan las inhabilidades para los condenados por corrupción y
delitos contra la administración pública, así como la terminación unilateral administrativa del
contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones.”
23 de octubre de 2018
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
01LEGISLATIVO
36 13
Proyecto de Ley 164 de 2018 Cámara
Iván Duque, Presidente de la República, y Nancy Gutiérrez, Ministra delInterior, presentaron el Proyecto de Ley “por medio de la cual sefortalecen las reglas para la persecución penal efectiva y el reintegro debienes por parte de procesados y condenados por corrupción y delitoscontra la administración pública y se dictan otras disposiciones.”
Para desarrollar el punto 2 de la “consulta popular anticorrupción”, Elgobierno presentó esta iniciativa que tiene como objetivosfundamentales: adoptar medidas para la sanción efectiva de los delitoscometidos contra la administración pública, a través de la eliminaciónde beneficios penales.
Para ello, se elimina la pena domiciliaria y se restringe la libertadcondicional para los condenados por delitos que afecten el patrimoniodel Estado o delitos dolosos contra la administración pública; además,se condiciona el principio de oportunidad al reintegro de los recursosapropiados y se faculta a la fiscalía para decretar medidas cautelares deembargo, secuestro y suspensión de registros obtenidosfraudulentamente, sobre bienes del indiciado, con el fin de proteger elpatrimonio del Estado y garantizar la indemnización de los perjuicioscausados, en caso de una eventual condena.
23 de octubre de 2018
Fuente: Gaceta del Congreso No. 736 de 2018
Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2PGltN3
14Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36
Radicación del Proyecto de Ley
1
Ponencia paraprimer debate
2
Aprobado enprimer debate
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Ponencia parasegundo debate
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Aprobado ensegundo debate
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Ponencia paratercer debate
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Aprobado entercer debate
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Ponencia paracuarto debate
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Aprobado encuarto debate
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Sanciónpresidencial
10
Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley
Proyecto de Ley 164 de 2018 Cámara,
“por medio de la cual se fortalecen las reglas para la persecución penal
efectiva y el reintegro de bienes por parte de procesados y condenados por
corrupción y delitos contra la administración pública y se dictan otras
disposiciones.”
23 de octubre de 2018
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
01LEGISLATIVO
36 15
Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de Ley 052
de 2018 Cámara 59 de 2018 Senado.
Luego de ser aprobado por las comisiones económicas conjuntastercera y cuarta del Senado de la República y de la Cámara deRepresentantes, se presenta para debate ante plenaria conjuntadel Congreso el proyecto de presupuesto (Proyecto de Ley “por lacual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital yLey de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 dediciembre de 2019.”)
El presupuesto aprobado asciende a $259 billones y se encuentrafinanciado por $245 billones con ingresos de la Nación y $15billones con otros recursos.
Este presupuesto representa un incremento del (10,9%) respecto alpresupuesto vigente 2018. De esta cifra, $157,2 billones (60,7%)corresponde a gastos de funcionamiento, $66,4 billones (25,7%) alpago del servicio de la deuda y $35,4 billones (13,7%) a inversión.Según carta de modificaciones el presupuesto se distribuirá:
23 de octubre de 2018
Fuente: Gaceta del Congreso No. 838 de 2018
Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2CoiFAi
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
01LEGISLATIVO
36 16
Continuación: Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de Ley 052 de
2018 Cámara 59 de 2018 Senado.
23 de octubre de 2018
17Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36
Radicación del Proyecto de Ley
1
Ponencia paraprimer debate
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Aprobado enprimer debate
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Ponencia parasegundo debate
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Aprobado ensegundo debate
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Ponencia paratercer debate
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Aprobado entercer debate
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Ponencia paracuarto debate
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Aprobado encuarto debate
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Sanciónpresidencial
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Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley
Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de Ley 052 de 2018
Cámara 59 de 2018 Senado“por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley
de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de
2019.”
23 de octubre de 2018
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
01LEGISLATIVO
36 18
Proyecto de Ley 181 de 2018 Cámara
Los representantes Mauricio Toro Orjuela y otros presentaron elProyecto de Ley “por medio de la cual se adoptan normas de Pagoen Plazos Justos en el ámbito mercantil y se dictan otrasdisposiciones en materia de pago y facturación.”
Esta es una propuesta para modificar los plazos injustificadamenteextensos en el pago a proveedores y subcontratistas (usualmenteMipymes).
Este proyecto de Ley aplica para el pago de obligaciones de todoslos actos mercantiles, incluidos los contratos estatales. Según suartículo 4, el plazo máximo para pago será de sesenta (60) díascalendario, calculados a partir de la fecha de recepción de lasmercancías o prestación de los servicios.
23 de octubre de 2018
Fuente: Gaceta del Congreso No. 778 de 2018
Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2R1rZ1o
19Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36
Radicación del Proyecto de Ley
1
Ponencia paraprimer debate
2
Aprobado enprimer debate
3
Ponencia parasegundo debate
4
Aprobado ensegundo debate
5
Ponencia paratercer debate
6
Aprobado entercer debate
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Ponencia paracuarto debate
8
Aprobado encuarto debate
9
Sanciónpresidencial
10
Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley
Proyecto de Ley 181 de 2018 Cámara,
“por medio de la cual se adoptan normas de Pago en Plazos Justos en el
ámbito mercantil y se dictan otras disposiciones en materia de pago y
facturación.”
23 de octubre de 2018
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
01LEGISLATIVO
36 20
Carta de Comentarios al Proyecto de Ley 083 de 2018 Cámara
Ante la solicitud del representante Ricardo Ferro, la Superintendencia de Industria yComercio envió carta de comentarios a la Comisión Quinta de la Cámara de Representantessobre el Proyecto de Ley 083 de 2018.
La SIC está de acuerdo con la iniciativa toda vez que es útil para los propósitos de endurecerlas sanciones administrativas por violación al Régimen de Competencia pues dicho proyectofaculta a la Superintendencia a declarar la inhabilidad como consecuencia de una sanciónadministrativa con independencia de la duración y resultado de la acción penal.
En la carta de comentarios se propone que sea la SIC quien pueda dosificar el quántum de lainhabilidad, dependiendo de la mayor o menor gravedad de la conducta. De esta formapropone la redacción del artículo a continuación:
“Adicionar el literal (L) al numeral primero (1°) del artículo octavo (8°) de la Ley 80 de1993, el cual quedará así:Artículo 8°. De las inhabilidades e incompatibilidades para contratar.Son inhábiles para participar en licitaciones y para celebrar contratos con lasentidades estatales:(...) (I) Las personas naturales o jurídicas que hayan sido declaradas responsablesadministrativamente, por la Superintendencia de Industria y Comercio, por lacelebración de los acuerdos de que trata el numeral 9 del artículo 47 del Decretonúmero 2153 de 1992.Asimismo, la inhabilidad se extenderá a las sociedades de las que hagan parte dichaspersonas, siempre que estas hayan actuado en calidad de administradores,representantes legales, miembros de junta directiva o, igualmente, si fueren socioscontrolantes, así como también se hará extensiva a sus matrices y subordinadas y alas sucursales de sociedades extranjeras, con excepción de las sociedades anónimasabiertas.La inhabilidad prevista en este literal se extenderá hasta por un término de ocho (8)años, según la dosificación que determine la Superintendencia de Industria yComercio en cada caso".
23 de octubre de 2018
Fuente: Gaceta del Congreso No. 851 de 2018
Consulta esta Ley en: https://bit.ly/2POkr1z
21Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36
Radicación del Proyecto de Ley
1
Ponencia paraprimer debate
2
Aprobado enprimer debate
3
Ponencia parasegundo debate
4
Aprobado ensegundo debate
5
Ponencia paratercer debate
6
Aprobado entercer debate
7
Ponencia paracuarto debate
8
Aprobado encuarto debate
9
Sanciónpresidencial
10
Etapa en la que se encuentra el proyecto de ley
Proyecto de Ley 083 de 2018, Cámara
“Por medio de la cual se adiciona una causal de inhabilidad para celebrar
contratos con entidades estatales por la comisión de conductas prohibidas
por el régimen de competencia”
23 de octubre de 2018
15 de agosto 2018
Normativa
RELEVANTE
23Informe de seguimiento normativo y judicial Informe # 36
02NORMATIVO
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la normativa y
jurisprudencia del
sistema de compra
pública
Consulte aquí
▪ Proyecto de Decreto, Departamento Nacional de
Planeación.
Se publica para comentarios proyecto de acto DNP que adopta
documentos tipo para pliegos de condiciones en contratos de obra
bajo el Estatuto General de la Contratación Pública.
Artículo 1. Adiciónese la Sección 6 al Capítulo 2, del Título 1,
de la parte 2, del Libro 2, Decreto Único Reglamentario del
Sector Administrativo de Planeación Nacional, la cual quedará
así: Sección 6. Documentos tipo. 2.2.1.2.6.1. Objeto. La
presente sección tiene por objeto adoptar los documentos tipo
pública a los que hace referencia el parágrafo 7 al artículo 2 de
la Ley 1150 de 2007 adicionado por el artículo 4 de la Ley 1882
de 2018, los cuales deberán ser utilizados de manera
obligatoria por parte de las Entidades Estatales sometidas al
Estatuto General de la Contratación Pública. 2.2.1.2.6.2.
Documentos tipo. Los documentos tipo estarán constituidos por
pliegos de condiciones, sus anexos, formatos, matrices, y
demás documentos que indiquen las condiciones de
escogencia y ejecución de contratos de las Entidades Estatales
sometidas al Estatuto General de la Contratación Pública.
Hasta el 3 de noviembre de 2018 se reciben comentarios y
observaciones al Proyecto de acto.
Fuente: Articulo20.
Más información: https://bit.ly/2ShzYJ4
23 de octubre de 2018
Estado actual de los procesos
judiciales de
Colombia Compra Eficiente
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
03JUDICIAL
Procesos ante
las Altas Cortes
36 25
▪ Consejo de Estado
‒ Medio de control: Nulidad.
Radicado AccionanteConsejero
PonenteNorma Observaciones
Intervención de
Colombia Compra
Eficiente
201600004
EMPRESA DE
ENERGIA DEL
QUINDIO S.A.
E.S.P
Hernan Andrade
Rincón
Nulidad contra las Circulares
Externas No. 1 del 21 de junio
de 2013 y No. 20 del 27 de
agosto de 2015
Al despacho para fijar audiencia inicial
conforme a lo dispuesto en el artículo 180
DEL C.P.A.C.A.
(8/10/2018)
Pronunciamiento sobre
medidas cautelares
31/05/2018;
Contestación de la
demanda
16/08/2018
23 de octubre de 2018
201600017Alvaro Mejía
Mejía
Carlos Alberto
Zambrano
Barrera
Nulidad contra el manual para
la operación secundaria de los
acuerdos marco de precios del
19 de enero de 2014
Por estado reconoció personería - se fijó
como fecha y hora para la celebración de
la audiencia inicial el día 19 de noviembre
de 2018 a las 11:00 am - (12/10/2018 )
Pronunciamiento sobre
medidas cautelares
25/07/2016
Informe de seguimiento normativo y judicial Informe #
03JUDICIAL
Procesos ante
las Altas Cortes
36 26
▪ Consejo de Estado
‒ Medio de control: Nulidad.
Radicado AccionanteConsejero
PonenteNorma Observaciones
Intervención de
Colombia Compra
Eficiente
201600002
Empresas
Publicas de
Medellín S.A.
E.S.P.
Ramiro de Jesús
Pazos Guerrero
Nulidad contra las Circulares
Externas No. 1 del 21 de junio
de 2013 y No. 20 del 27 de
agosto de 2016
Notificación personal de la solicitud de
medidas cautelares dirigida a la Agencia
Nacional de Contratación Pública
(16/10/2018)
Ninguna
23 de octubre de 2018
201600142Miguel Angel
Mejía Bravo
Carlos Alberto
Zambrano
Barrera
Nulidad en contra de la
Resolución No.1065 de 2016 y
el pliego de condiciones
definitivo del acuerdo marco de
precios y sus anexos LP- AMP-
106-2016
Alegatos de conclusión presentados por el
apoderado de la parte demandada
Colombia Compra Eficiente (18/10/2018)
Pronunciamiento sobre
medidas cautelares
9/10/2017; Recurso de
súplica 23/10/2017
201800060
Daniel Pérez
Cabra y Nicolle
Sáenz
Camargo
Jaime Enrique
Rodríguez Navas
Nulidad contra el artículo
2.2.1.2.1.5.3 numeral 1 parcial
del Decreto 1082 de 2018, por
medio del cual se expide el
Decreto Único Reglamentario
del Sector Administrativo de
Planeación Nacional, expedido
por el Departamento Nacional
de Planeación.
Cambio de ponente: Ant. Ponente: Jaime
Orlando Santofimio Gamboa
Nvo. Ponente: Jaime Enrique Rodríguez
Navas (E) por Terminación De Periodo.
(17/10/2018)
Ninguna