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INFORMATICA JURIDICA Y DERECHO INFORMATICO 1.- CIBERNETICA.- Ciencia que estudia los sistemas de comunicación y de regulación automática de los seres vivos y los aplica a sistemas electrónicos y mecánicos que se parecen a ellos. 2.- Inteligencia artificial.- Programa de computación diseñado para realizar determinadas operaciones que se consideran propias de la inteligencia humana, como el autoaprendizaje. 3.- EL DERECHO INFORMÁTICO.- El derecho informático es un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos de la relación entre el Derecho y la Informática. 4.- OTRAS DENOMINACIONES DEL DERECHO INFORMATICO.- Derecho Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de la Información, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del Ciberespacio, Derecho de Internet. 5.- ¿ES LA INFORMATICA JURIDICA Y EL DERECHO INFORMATICO UNA CIENCIA?- Sin duda alguna, tanto la informática jurídica como el derecho informático están formados por conocimientos, principios, doctrinas, que catalogan a estas disciplinas como ciencias, que tienen como marco estricto a la Iuscibernética y como marco amplio a la cibernética. 6.- ¿QUÉ ES LA INFORMÁTICA JURÍDICA?.- Es una ciencia que estudia la utilización de aparatos o elementos físicos

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INFORMATICA JURIDICA Y DERECHO INFORMATICO

1.- CIBERNETICA.- Ciencia que estudia los sistemas de comunicación y de

regulación automática de los seres vivos y los aplica a sistemas electrónicos y

mecánicos que se parecen a ellos.

2.- Inteligencia artificial.- Programa de computación diseñado para realizar

determinadas operaciones que se consideran propias de la inteligencia humana,

como el autoaprendizaje.

3.- EL DERECHO INFORMÁTICO.- El derecho informático es un conjunto de

principios y normas que regulan los efectos jurídicos de la relación entre el

Derecho y la Informática.

4.- OTRAS DENOMINACIONES DEL DERECHO INFORMATICO.- Derecho

Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de la

Información, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del Ciberespacio,

Derecho de Internet.

5.- ¿ES LA INFORMATICA JURIDICA Y EL DERECHO INFORMATICO UNA

CIENCIA?- Sin duda alguna, tanto la informática jurídica como el derecho

informático están formados por conocimientos, principios, doctrinas, que catalogan

a estas disciplinas como ciencias, que tienen como marco estricto a la

Iuscibernética y como marco amplio a la cibernética.

6.- ¿QUÉ ES LA INFORMÁTICA JURÍDICA?.- Es una ciencia que estudia la

utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, como la computadora, en

el derecho; es decir, la ayuda que este uso presta al desarrollo y aplicación del

derecho.

7.- CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO INFORMÁTICO.

El derecho informático tiene por un lado a la informática jurídica, y por otro ya no

se dedica al estudio del uso de los aparatos informáticos, sino que constituye el

conjunto de normas, aplicaciones, procesos, relaciones jurídicas que surgen como

consecuencia de la aplicación y desarrollo de la informática.

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8.- autonomía del derecho informatico.- El conocimiento científico del derecho

implica distinguirlo del mero objeto del derecho. Aquí intentaré demostrar la

posibilidad latente de la existencia de la autonomía del Derecho Informático como

nueva rama del Derecho.

9.- CLASIFICACIÓN DE LA INFORMATICA JURIDICA. En general, se ocupa de

dar soporte a la administración y gestión de las entidades. Entre sus aplicaciones

podemos encontrar programas para el seguimiento de casos y expedientes,

control de archivos, control de clientes y facturación, avisos y notificaciones,

agenda de tareas, cálculos de impuestos y honorarios, formularios electrónicos,

confección automatizada de documentos, y otros.

10.- Informática Jurídica Documental. Consiste en la creación, almacenamiento

y recuperación de información jurídica como leyes, doctrina, jurisprudencia,

documentos administrativos, contratos, convenios, expedientes judiciales,

notariales y registrales.

11.- Existen 3 métodos de búsqueda de información documental:

Full-Text: el criterio de búsqueda es aplicado a todo el texto.

Keywords: el criterio de búsqueda es aplicado a un conjunto de palabras

claves que se almacenan con el texto.

Abtract: el criterio de búsqueda es aplicado sobre el resumen del texto.

12.- Informática Jurídica de gestión y control: Se compone de programas a

través de los cuales se asiste en la realización de actos y gestiones de tipo

jurídicos, como contratos, certificaciones, mandatos judiciales.

1. Informática Registral: es la que la Administración Pública aplica

para el tratamiento electrónico de información catalogada a su cargo.

2. Informática Parlamentaria: se aplica al campo de la organización y

funcionamiento de las cámaras parlamentarias, en tareas como información

legislativa, diario de debates, bibliografía, hemerografía.

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3. Informática de Gestión de Estudios Jurídicos: administra la

gestión del estudio jurídico, agilizando los procesos. Administra, entre otros

aspectos, la agenda de plazos; los casos; la agenda de clientes.

4. Informática Notarial: con características compartidas con la gestión

de estudios jurídicos, pero orientado a la generación de documentos y la

interacción con la informática Registral.

13.- Informática Jurídica Decisoria o Metadocumental: A través de la cual se

ayuda o apoya en la toma de decisiones, a través de sistemas de inteligencia

artificial que brinden soluciones a ciertas problemáticas jurídicas. Por ejemplo,

mediante procesos de inteligencia artificial pueden redactarse documentos

partiendo de pocas premisas, y corregirse errores ortográficos y gramaticales.

LA PROTECCION DE DATOS PERSONALES

14.- ¿POR QUÉ UN DERECHO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES?

El peligro para la privacidad del individuo no radica en que se acumule información

sobre él, sino, más bien, en que pierda la capacidad de disposición sobre ella y

respecto a quien, y con qué objeto se transmite”.

15.- Dato personal.- La información concerniente a una persona física,

identificada o identificable, entre otra, la relativa a su origen étnico o racial, o que

esté referida a las características físicas, morales o emocionales, a su vida

afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología.

16.- Tipos de datos personales:

Dato público.

Dato privado o sensible.

Y en el Perú, dato de riesgo.

17.- El derecho a la protección de datos personales

Derecho a ser informado sobre el motivo de la recolección de datos y uso

de los mismos.

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Derecho a conocer qué datos relativos al individuo existen en cada base de

datos.

Derecho de modificación, rectificación o cancelación de datos.

18.- El número IP como dato personal.

19.- El correo electrónico como dato personal

20.- Constitución Política del Perú.-

Artículo 2º, inciso 6º

"A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no

suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar".

21.- Hábeas Data.-

Procede contra el hecho u omisión por parte de un funcionario o autoridad

que vulnera los derechos del artículo 2º, incisos 5º y 6º.

La demanda se presenta ante el juez civil, implicando al afectado el pago

de abogado y la espera de una resolución judicial de admisión.

22.- Código Penal Peruano

Artículo 157º

"El que, indebidamente, organiza, proporciona o emplea cualquier archivo que

tenga datos referentes a las convicciones políticas o religiosas y otros aspectos de

la vida íntima de una o más personas, será reprimido con pena privativa de

libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.

23.- Casos

Venta de Bases de Datos Personales por Internet (denuncia

Diario El Comercio, abril 2000).

Venta de bases de datos vía correo electrónico.

Acceso informal a la base de datos del RENIEC.

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24.- Casos de protección de datos en la Defensoría del Pueblo

Solicitud de intervención ante la RENIEC por negarse a rectificar datos, a

pesar de la existencia de una resolución judicial.

Utilización de datos personales e imagen en el sitio web de la Policía

Nacional del Perú.

Actualización de datos en el registro civil de la Municipalidad de San Juan

del Lurigancho.

Rectificación de datos en hospital público: cambio de término “incapacidad”

por “discapacidad” .

TEMA: Delitos Informáticos

25.- APROXIMACIÓN A UN CONCEPTO.- “Conductas típicas, antijurídicas y

culpables en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin”.

26.- CARACTERÍSTICAS.-

Suponen el conocimientoy/o uso de tecnologías de

información.

Excluyen el uso de cualquier otro medio para lograr los mismos fines o

efectos.

Afectan bienesjurídicos de naturaleza

múltiple y diversa.

27.- EL FALSO DELITO INFORMÁTICO.-

Conducta encuadrable en las leyes penales cuya comisión admite, entre

otros medios, la posibilidad del uso indebido de tecnologías de información.

Ejemplos: difamación, terrorismo, extorsión.

28.- VERTIENTES DEL DELITO INFORMÁTICO

Como fin: cuando vulnera los sistemas que usan T.I. o cualesquiera de sus

componentes.

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Como medio: cuando, mediante el uso indebido de las T.I., vulnera otros

bienes jurídicos distintos de la información o los sistemas que la contienen,

procesan o transmiten.

29.- DELITOS INFORMÁTICOS EN EL CODIGO PENAL DEL PERÚ

Artículo 207-A.- Delito Informático

El que utiliza o ingresa indebidamente a una base de datos, sistema o red de

computadoras o cualquier parte de la misma, para diseñar, ejecutar o alterar un

esquema u otro similar, o para interferir, interceptar, acceder o copiar información

en tránsito o contenida en una base de datos.

Artículo 207-B.- Alteración, daño y destrucción de base de datos, sistema, red o

programa de computadoras.

30.- Medidas de protección contra los delitos informáticos

30.1.- Objeto Material de Protección

SISTEMAS QUE UTILIZAN TI

o Integridad/Operatividad

o Confiabilidad de la información

OPERACIONES EN LÍNEA

o Oportunidad y seguridad en los requerimientos y su respuesta

Confiabilidad de las procuras

MENSAJES DE DATOS

o Contenido y firma veraces Oportunidad.

31.- Alcance de la Protección Penal

1. Sistemas u operaciones en línea.- integridad, operatividad,

información confiable.

2. Documentos y mensajes de datos.- veracidad de contenido y firma y

oportunidad.

3. Pagos por medios electrónicos

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32.- LA FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

32.1.- L VIEJO PARADIGMA EN MATERIA DOCUMENTAL DOCUMENTO

COMO ESCRITO:

Autenticidad de los actos

Identificación de quienes los realizan

Resguardo e inalterabilidad de su contenido

INCOMPATIBLE CON ACTOS JURÍDICOS REALIZADOS MEDIANTE TI.

32.2.- LIMITACIONES DEL VIEJO PARADIGMA

NOCIÓN RESTRICTIVA DE DOCUMENTO:

Circunscrita al soporte que lo contiene

Sujeta a formalidades

De alcance limitado

33.- DEFINICIÓN DE DOCUMENTO ELECTRÓNICO

Registro incorporado a un sistema en forma de escrito, video, audio o cualquier

otro medio, que contiene data o información acerca de un hecho o acto capaces

de causar efectos jurídicos.

34.- FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO (Características)

Ubicación:

Delito contra los sistemas que

Usan ti

Bien jurídico protegido:

La información

Clasificación:

Delito informático de fin.

ESTO ES TODO EL RESUMEN PARA LA PRUEBA DE MAÑANA DE

INFORMATICA