informatica juridica 1

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PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EXPOSITORA : NOHELY YESSENIA RUIZ ROMANI

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Dedicatoria :

El presente trabajo de investigación dedico al

Doctor CARLOS ALBERTO PAJUELO BELTRÁN

VELASQUEZ por sus sabios consejos y conocimientos

brindados en el desarrollo de la asignatura.

INTRODUCCIÓN EL DERECHO

INFORMÁTICO

TIENE POR

OBJETO RESOLVER LOS PROBLEMAS JURÍDICOS QUE PLANTEA

INFORMÁTICA APLICANDO CONJUNTAMENTE AL MÉTODO JURÍDICO EL INFOQUE DE

SISTEMAS

QUE PLANTEA LA

MÉTODO SISTEMICO PERMITE EL TRATAMIENTO DE TEMAS JURIDICOS

INFORMÁTICOS

TAL ES ASÍ QUE EL

FORMA INTEGRAL

EN

CONCEPTO SOFTWARE

UN COMPONENTE INTANGIBLE DE UNA COMPUTADORA

SON LOS PROGRAMAS QUE UNO EJECUTA EN LA COMPUTADORA Y LA INFORMACIÓN

QUE ELLOS MANEJAN COMO:

PROCESADOR

DE TEXTOS

AQUELLO QUE SI NO FUNCIONA SOLAMENTE NOS PERMITE

MALDECIR

UN PROGRAMA DE ESCUCHAR

MÚSICA UNA

PAGINA DE INTER

NET

DEPURADORES

UTILIDADES DEL

SOFTWARE

INTERPRETES

COMPILADORES

EDITORES DE TEXTO

ENLAZADORES

•Escrito por programadores•Contiene instrucciones de la computadora.

CÓDIGO FUENTE

•Es la traducción del Código Fuente.•Representación intermedia del Código Fuente.

CÓDIGO OBJETO

•Resultado de enlazar uno o varios fragmentos de código objeto.

CÓDIGO EJECUTAB

LE

FORMAS DEL SOFTWARE

ANÁLISIS

PASO

PRUEBAS

CONSTRUCCIÓN

DESARROLLO

PRODUCCIÓN

ELEMENTOS DEL SOFWARE

ARCHIVO:ºDe salida

ºDe entrada ºTemporales

CAMPO

CARACTERES

REGISTRO º Registro lógico º Registro físico

º Tamaño

DATO º Crear

º Modificarº Borrarº Añadir

º Clasificar

TIPOS DE SOFTWARE

Software del sistema

Software de aplicaciones

Software de usuario final

PROTECCIÓN DEL SOFTWARE E INTERNET: DERECHO DE AUTOR (Derechos Morales y Patrimoniales)

El derecho de autor protege la forma de expresión literal o gráfica del software, no su contenido o idea ni su aplicación industrial. Tal como lo establece la ley de derecho de autor peruana Decreto Legislativo 822 “ tiene por objeto la protección de los autores de las obras literarias y artísticas, cualquiera sea su nacionalidad o el domicilio del autor o titular del respectivo derecho o el lugar de la publicación o divulgación.

La protección del derecho de autor recae sobre todas las obras del ingenio, en el ámbito literario y artístico, cualquiera sea su género, forma de expresión, mérito o finalidad”.

LA CUESTIÓN DE LA PROTECCIÓN JURÍDICA

LA DOCTRINA SEÑALA MULTIPLES MEDIOS DE

PROTECCIÓN Y EFICACIA

SE HA PLANTEADO LA NECESIDAD DE ESTABLECER UNA PROTECCIÓN

ESPECÍFICA, SUI GENERIS, PERO EN TODO

CASO LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO CIVIL Y DEL DERECHO PENAL SERÁN

SIEMPRE APLICABLES.

EL PLAZO DE LA PROTECCIÓN POR DERECHO DE AUTOR

VV

CARACTERÍSTICA DE LA INSTITUCIONES DEL COPYRIGHT

ES

DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES RECONOCIDOS POR EL DERECHO DE

AUTOR

LA CONVENCIÓN UNIVERSAL SOBRE LOS DERECHOS DE AUTOR RECONOCE PARA LAS

OBRAS DE ARTE APLICADAS UN PLAZO MÍNIMO DE 10 AÑOS.

. LA INCORPORACIÓN DE LOS DELITOS INFORMÁTICOS AL CÓDIGO PENAL

La Ley Número 27309 de julio del año 2000 Modifica el Título V del Libro Segundo del Código Penal, incorporando los delitos informáticos. Como vemos, el mencionado Título se refiere a los delitos contra el Patrimonio .Y los artículos 207º-A, 207º-B y 207º-C, que son los incorporados al Código Penal, se encuentran ubicados en el Capítulo referido a daños

En el Título referente a los Delitos contra los Derechos Intelectuales, su ubicación obedezca a que la Propiedad Intelectual solamente protegería lo concerniente a la creación de programas de computación, mas no a la extracción de piezas o cualquier parte de un computador, en cuanto a aspectos materiales se refiera .

En el Primer caso, cuando se utilice o ingrese indebidamente alguna parte de una computadora sea o no material, la pena privativa de libertad no excede a los dos años. Esta pena es alternativa con la prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas. Y en caso de que el agente actúe para obtener un beneficio económico el aumento es mínimo.

En el segundo caso la pena privativa de libertad oscila entre tres y cinco años además de setenta a noventa días-multa, pero se requiere tener la finalidad de alterar, dañar o destruir la base de datos, el sistema, la red, el programa o cualquier parte de la computadora.

Finalmente las situaciones agravantes son sancionadas hasta con una pena privativa de libertad hasta de siete años si es que el agente se vale de información privilegiada obtenida en función de su cargo o si pone en peligro la seguridad nacional

PROHIBICIÓN DE USO Y PROHIBICIÓN DE REPRODUCCIÓN

La protección por el derecho de autor, que impide la reproducción de las obras, pero no su uso, se torna también en insuficiente. Luis Olavo Baptista sostiene que como el derecho de autor no fue concebido para proteger programas de computación, sus efectos para este fin están desajustados y producen fallas en lo que concierne a la forma de protección.

No basta al titular poder impedir reproducciones de su trabajo, sino también que otros lo usen sin autorización.3

LA PIRATERÍA DE SOFTWARE Y LA LEGISLACIÓN PERUANA

La piratería peruana de software aún es elevada, en los últimos años ha disminuido Gustavo León considera que esto se debería a que en la actualidad el Perú ya cuenta con una legislación acorde con los tratados internacionales y con las exigencias mínimas que se requieren en el extranjero para proteger cualquier propiedad intelectual.

Gustavo León explica además que las empresas infractoras no venden el software, sino que son las usuarias finales del programa de computación; que lo utilizan en un número mayor a lo autorizado: compran un original y a partir de éste los reproducen en las demás máquinas.

No reproducen el software para beneficiar sus ventas, pero sí para utilizarlo en las operaciones comerciales de la empresa.

Termina diciendo que este tipo de piratería “corporativa” –cuyo fin es lucrar- es muy común en el mercado, y afecta, en forma significativa, a las empresas que actúan en el marco de la ley y asumen el costo de la legalidad

GRACIAS