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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014 INE/CG250/2019 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, IDENTIFICADO COMO INE/P-COF-UTF/21/2014 Ciudad de México, 22 de mayo de dos mil diecinueve. VISTO para resolver el expediente número INE/P-COF-UTF/21/2014, integrado por hechos que se considera constituyen infracciones a la normatividad electoral en materia de origen y aplicación de los recursos derivados del financiamiento de los partidos políticos. A N T E C E D E N T E S I. Resolución que ordena el inicio del procedimiento oficioso. En sesión extraordinaria celebrada el veintidós de octubre de dos mil catorce, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó la Resolución INE/CG217/2014, respecto de las irregularidades encontradas en el Dictamen consolidado de la revisión de los Informes Anuales de Ingresos y Egresos de los Partidos Políticos Nacionales correspondientes al ejercicio dos mil trece, mediante la cual, entre otros, se ordenó el inicio de un procedimiento oficioso en contra del Partido de la Revolución Democrática, ello en atención al Punto Resolutivo DÉCIMO PRIMERO, Considerando 10.3, inciso k), conclusión 60. A continuación se transcribe la parte conducente: DÉCIMO PRIMERO. Se ordena a la Unidad de Fiscalización que, en el ámbito de sus atribuciones, inicie los procedimientos oficiosos señalados en los considerandos respectivos.10.3 PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA (…)

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

INE/CG250/2019 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, IDENTIFICADO COMO INE/P-COF-UTF/21/2014

Ciudad de México, 22 de mayo de dos mil diecinueve.

VISTO para resolver el expediente número INE/P-COF-UTF/21/2014, integrado por hechos que se considera constituyen infracciones a la normatividad electoral en materia de origen y aplicación de los recursos derivados del financiamiento de los partidos políticos.

A N T E C E D E N T E S I. Resolución que ordena el inicio del procedimiento oficioso. En sesión extraordinaria celebrada el veintidós de octubre de dos mil catorce, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó la Resolución INE/CG217/2014, respecto de las irregularidades encontradas en el Dictamen consolidado de la revisión de los Informes Anuales de Ingresos y Egresos de los Partidos Políticos Nacionales correspondientes al ejercicio dos mil trece, mediante la cual, entre otros, se ordenó el inicio de un procedimiento oficioso en contra del Partido de la Revolución Democrática, ello en atención al Punto Resolutivo DÉCIMO PRIMERO, Considerando 10.3, inciso k), conclusión 60. A continuación se transcribe la parte conducente:

“DÉCIMO PRIMERO. Se ordena a la Unidad de Fiscalización que, en el ámbito de sus atribuciones, inicie los procedimientos oficiosos señalados en los considerandos respectivos.” “10.3 PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA (…)

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

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k) Procedimientos oficiosos: Conclusiones (…),60, (…). III. Conclusión 60 Pasivos Generados por concepto de gastos en Actividades Específicas

“60. El Partido no realizó el pago de conceptos vinculados a Actividades Específicas en el ejercicio correspondiente, por un importe de $12,239,879.18.”

ANÁLISIS TEMÁTICO DE LAS IRREGULARIDADES REPORTADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO. De la verificación a la balanza de comprobación acumulada al 31 de diciembre de 2013, de la contabilidad de Actividades Específicas, se observó que la cuenta “proveedores” muestra saldos finales por un importe total de $16,658,248.89; sin embargo, estos debieron ser liquidados, toda vez que el recurso se encuentra etiquetado para gastos en actividades específicas. Los casos en comento se detallan a continuación:

CUENTA CONCEPTO SALDO INICIAL

ENERO 2013 CARGOS ABONOS

SALDO AL 31 DE DICIEMBRE DE

2013

'2-10-101-0000-0000 ORDINARIO PERMANENTE

'2-10-101-0001-0015 ACOSTA AREVALO JOSE OCTAVIO ARTEMIO 0.00 10,000.00 170,000.00 160,000.00

'2-10-101-0001-0101 ALTAS Y BAJAS SERVICIOS EDITORIALES SC D RL

0.00 0.00 88,113.60 88,113.60

'2-10-101-0001-0171 ASOCIACION D AUTORIDADES LOCALES 0.00 40,500.00 216,000.00 175,500.00

'2-10-101-0001-0245 AYALA DAVILA JOSE ANTONIO 0.00 0.00 19,058.80 19,058.80

'2-10-101-0001-0255 ABASTECEDORA RUGROS SA CV 0.00 0.00 30,406.62 30,406.62

'2-10-101-0001-0347 ANGELES SANCHEZ ANA GISELA 0.00 135,673.83 225,460.80 89,786.97

'2-10-101-0001-0368 ACTIVACION COORD Y ORGANI D EVENTOS S D RL DE CV

0.00 618,957.89 2,699,447.61

2,080,489.72

'2-10-101-0001-0380 ASOCIACION D PROF PARLAM D LA REP MEX AC

0.00 113,000.00 226,000.00 113,000.00

'2-10-101-0001-0439 ANAYA GONZALEZ BENJAMIN 0.00 5,000.00 45,000.00 40,000.00

'2-10-101-0001-0612 AVILA FELIX JUAN MANUEL 0.00 10,000.00 180,000.00 170,000.00

'2-10-101-0001-0629 ACEVEDO GARCIA ANDREA 0.00 0.00 5,000.00 5,000.00

'2-10-101-0001-0630 ARRIAGA MEDINA JORGE ALBERTO 0.00 0.00 5,000.00 5,000.00

'2-10-101-0003-0355 CUARTOSCURO SA CV 0.00 17,400.00 40,600.00 23,200.00

'2-10-101-0003-0399 CARREON GUERRA ALICIA 0.00 126,638.36 158,526.76 31,888.40

'2-10-101-0003-0545 CASTRO SALDIVAR ANGEL 0.00 0.00 25,172.00 25,172.00

'2-10-101-0003-0547 CORTES RODRIGUEZ JAVIER IGNACIO 0.00 23,200.00 131,592.00 108,392.00

'2-10-101-0003-0705 CENTRO DE CULTURA CASA LAMM SC 0.00 14,110.00 28,130.00 14,020.00

'2-10-101-0003-0788 COPAGANA S DE RL DE CV 0.00 0.00 34,980.07 34,980.07

'2-10-101-0003-0872 COMERCIALIZADORA EFISA SA DE CV 0.00 77,892.02 395,624.07 317,732.05

'2-10-101-0003-0887 CARDENAS ABURTO MARIA LUISA 0.00 0.00 84,500.00 84,500.00

'2-10-101-0003-0896 CAÑEZ FERNANDEZ JORGE ADALBERTO 0.00 0.00 10,000.00 10,000.00

'2-10-101-0003-0897 CENTRO DE COLABORACION CIVICA SOCIOS MEXICO AC

0.00 0.00 5,800.00 5,800.00

'2-10-101-0004-0092 DE LA CRUZ AMAYA JOCELYN HAYDEE 0.00 17,500.00 135,000.00 117,500.00

'2-10-101-0004-0093 DE LA ROSA RODRIGUEZ JOSE JAVIER 0.00 92,000.00 136,000.00 44,000.00

'2-10-101-0004-0227 DIPALMEX SA DE CV 0.00 0.00 52,339.20 52,339.20

'2-10-101-0005-0135 EXPORT GROUP GESCOPY SA CV 0.00 62,560.19 556,694.23 494,134.04

'2-10-101-0005-0249 ENSO GO SA DE CV 0.00 48,627.20 104,605.73 55,978.53

'2-10-101-0005-0368 ELIGE RED D JOVENES X LOS DERECHOS SEX Y REPROD AC

0.00 0.00 15,000.00 15,000.00

'2-10-101-0005-0369 ESPOLEA AC 0.00 0.00 25,000.00 25,000.00

'2-10-101-0006-0069 FUNDACION HEBERTO CASTILLO MARTINEZ AC

0.00 200,000.00 350,000.00 150,000.00

'2-10-101-0006-0188 FERNANDEZ VACA J JESUS 0.00 668,231.03 810,472.28 142,241.25

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

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CUENTA CONCEPTO SALDO INICIAL

ENERO 2013 CARGOS ABONOS

SALDO AL 31 DE DICIEMBRE DE

2013

'2-10-101-0007-0356 GUTIERREZ ANDRADE ROBERTO 0.00 928.00 61,712.00 60,784.00

'2-10-101-0007-0357 GANDARILLA SALGADO JORGE 0.00 29,000.00 110,000.00 81,000.00

'2-10-101-0007-0398 GARCÍA GARCÍA LUIS GUSTAVO 0.00 932,000.00 1,560,000.00

628,000.00

'2-10-101-0007-0401 GUTIERREZ MÁRQUEZ ENRIQUE 0.00 60,000.00 110,000.00 50,000.00

'2-10-101-0007-0466 GALICIA ALEGRIA MARCO TULIO ULISES 0.00 0.00 6,960.00 6,960.00

'2-10-101-0007-0588 GARCIA SANTELIS DIDIER BLADIMIR 0.00 5,000.00 10,000.00 5,000.00

'2-10-101-0007-0630 GARCIA JURADO GUSTAVO RODOLFO 0.00 0.00 5,000.00 5,000.00

'2-10-101-0007-0916 GARCIA RUIZ CECILIA 0.00 0.00 5,000.00 5,000.00

'2-10-101-0008-0306 HERNANDEZ SANCHEZ CINTHIA KEREM 0.00 0.00 3,000.00 3,000.00

'2-10-101-0008-0444 HOTELES Y VILLAS POSADAS SA DE CV 0.00 27,373.68 37,405.68 10,032.00

'2-10-101-0009-0074 INTERTICKET SA CV 0.00 771,637.28 1,603,203.04

831,565.76

'2-10-101-0010-0083 JARDON PEREZ HUMBERTO 0.00 20,000.00 95,000.00 75,000.00

'2-10-101-0010-0100 JOLOY AMKIE DANIEL 0.00 0.00 10,000.00 10,000.00

'2-10-101-0012-0108 LUPCA SA CV 0.00 1,141.67 128,835.18 127,693.51

'2-10-101-0013-0101 MENDOZA HERNANDEZ ENRIQUE 0.00 0.00 303,647.70 303,647.70

'2-10-101-0013-0342 MENDOZA AYALA ADRIAN 0.00 5,000.00 10,000.00 5,000.00

'2-10-101-0013-0560 MENA GARCIA CHRISTIAN 0.00 0.00 85,000.00 85,000.00

'2-10-101-0013-0588 MOTA RODRIGUEZ LUZ ELENA 0.00 0.00 10,000.00 10,000.00

'2-10-101-0016-0024 OMEGA CONSULTORIA INTEGRAL SC 0.00 893,200.00 1,055,600.00

162,400.00

'2-10-101-0016-0120 OPERADORA PLAZA VIZCAYA SA CV 0.00 0.00 61,755.36 61,755.36

'2-10-101-0016-0210 OLIVARES GARCÍA ANA ANGELICA 0.00 21,000.00 28,000.00 7,000.00

'2-10-101-0016-0292 ORTIZ OLVERA JUAN MARCOS 0.00 40,000.00 66,000.00 26,000.00

'2-10-101-0016-0316 OASIS RESORT SA DE CV 0.00 0.00 69,176.39 69,176.39

'2-10-101-0017-0128 PROMOCIONALES CORCEL SA CV 0.00 190,000.00 284,200.00 94,200.00

'2-10-101-0017-0191 PEDROZA VARGAS PERLA ESMERALDA 0.00 40,000.00 80,000.00 40,000.00

'2-10-101-0017-0252 PROPONE AC PROMOTORES POR LA JUSTICIA SOCIAL AC

0.00 62,640.00 88,740.00 26,100.00

'2-10-101-0017-0300 PONTIFES MARTINEZ ARTURO 0.00 0.00 117,500.00 117,500.00

'2-10-101-0017-0439 PEÑALOZA PEREZ OSCAR ANGEL 0.00 0.00 100,000.00 100,000.00

'2-10-101-0019-0245 RIOS MUÑOZ JUAN CARLOS 0.00 126,250.00 360,000.00 233,750.00

'2-10-101-0019-0367 RCO GINER SA DE CV 0.00 0.00 4,060,000.00

4,060,000.00

'2-10-101-0019-0403 RUIZ CASTILLO DIANA YAZMIN 0.00 5,000.00 85,000.00 80,000.00

'2-10-101-0019-0574 RED GLOBAL DE ACCION JUVENIL GYAN MEXICO AC

0.00 0.00 23,200.00 23,200.00

'2-10-101-0019-0575 ROSALES MORALES DANIEL EMILIANO 0.00 0.00 10,000.00 10,000.00

'2-10-101-0020-0337 STAMPA GABINETE D COMUNICACION SOCIAL SA CV

0.00 0.00 1,740,000.00

1,740,000.00

'2-10-101-0020-0781 SANTIN GODOY ANDRES EFRAIN 0.00 8,000.00 40,000.00 32,000.00

'2-10-101-0020-0782 SILVA MORENO YARELI YULIANA 0.00 0.00 12,500.00 12,500.00

'2-10-101-0020-0970 SALMUN SMEKE POLA 0.00 0.00 20,000.00 20,000.00

'2-10-101-0020-0990 SOSA ZARAGOZA JOSE DANIEL 0.00 0.00 60,000.00 60,000.00

'2-10-101-0020-1006 SANDOVAL BALLESTEROS IRMA ERENDIRA 0.00 0.00 20,000.00 20,000.00

'2-10-101-0021-0096 TURISMO DEMA SA CV 0.00 2,129,564.89 4,078,565.55

1,949,000.66

'2-10-101-0021-0222 TAFOYA GUERRERO CONSUELO 0.00 24,000.00 84,000.00 60,000.00

'2-10-101-0022-0011 UNIVERSID OBRER D MÉXI VICENTE LOMBARDO TO AC

0.00 49,996.00 297,540.00 247,544.00

'2-10-101-0022-0036 UNION OBRERA PENINSULAR AC 0.00 7,540.00 41,238.00 33,698.00

'2-10-101-0022-0038 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN 0.00 0.00 47,500.00 47,500.00

'2-10-101-0023-0032 VAZQUEZ GARCIA DULCE JOSEFINA 0.00 26,000.00 62,000.00 36,000.00

'2-10-101-0023-0084 VALDIVIA OCHOA LUIS 0.00 21,000.00 100,000.00 79,000.00

'2-10-101-0023-0094 VALDES JUAREZ HUGO 0.00 3,712.00 55,297.20 51,585.20

'2-10-101-0023-0124 VAZQUEZ FLORES MIGUEL 0.00 42,352.96 60,000.01 17,647.05

'2-10-101-0027-0018 ZEVALLOS CORDERO PEDRO LUIS 0.00 56,000.00 140,000.00 84,000.00

'2-10-101-0027-0024 ZABAL CORTÉS ROSA MARIA 0.00 0.00 10,000.01 10,000.01

'2-10-104-0002-0001 BENITEZ VEGA RAUL 0.00 0.00 15,776.00 15,776.00

TOTAL $16,658,248.89

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Al respecto, fue preciso señalar que, de acuerdo con la normatividad, el financiamiento otorgado para el rubro de “Actividades Específicas” debió ser destinado exclusivamente en el ejercicio en el que fue otorgado. En consecuencia, se solicitó al partido lo siguiente:

• Indicara el motivo por el cual existen saldos pendientes de pago en su contabilidad, toda vez que al partido se le otorgó financiamiento exclusivo para la realización de estos gastos.

• En su caso, las pólizas con su documentación soporte consistente en copia de cheques y/o transferencias bancarias con los que se les hubiese pagado y liquidado las deudas correspondientes a los proveedores y prestadores de servicios detallados en el cuadro que antecede durante el ejercicio 2014, así como los comprobantes que hubiesen dado origen al pasivo.

• Las aclaraciones que a su derecho convinieran. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55, numeral 3, 297 y 298 del Reglamento de Fiscalización. La solicitud antes citada fue notificada mediante oficio INE/UTF/DA/826/14 del 01 de julio de 2014, recibido por el partido el mismo día. Al respecto, mediante escrito SAFyPI/253/14 del 15 de julio de 2014, recibido por ésta Unidad de Fiscalización el mismo día, el partido manifestó lo que a la letra se transcribe:

“Se adjunta en el Anexo 2 Carpeta 1, apartado 7, la relación de pagos de dichos proveedores observados, a la cual se podrá observar físicamente en el Anexo 5 ‘PASIVOS’, carpetas de la 1 a la 7.”

Del análisis a lo manifestado, así como de la verificación a la documentación presentada por el partido se determinó lo siguiente: El partido presentó un documento denominado “Relación en Respuesta al Punto 20 del Oficio INE/UTF/DA/826/14”, en el cual se observó que reporta saldos en la cuenta de “Pasivos”, que fueron generados por gastos en Actividades Específicas y, que no se pagaron en el ejercicio 2013. Del análisis a la relación en cuestión, se identificó que adicionalmente a las pólizas observadas por esta autoridad, los pasivos para el ejercicio 2013 incrementaron en un monto de $1,254,715.69, de conformidad con lo señalado en la columna “B” del cuadro siguiente, derivado sobre todo de la

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liquidación de pasivos correspondientes al ejercicio 2012; teniendo así, un saldo total a comprobar en las subcuentas de pasivos al 31 de diciembre de 2013 de $17,912,964.58, de conformidad con lo señalado en la columna “C” del cuadro siguiente. En este sentido, es importante precisar que para el caso específico de los gastos por Actividades Específicas, la realización (pago) de los gastos debe efectuarse en el mismo ejercicio, por lo que los institutos políticos deben erogar en el ejercicio sujeto a revisión los porcentajes mínimos establecidos en el código electoral, así como los señalados en el Acuerdo CG17/2013 del entonces Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se determinan las cifras del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes y para actividades específicas de los Partidos Políticos Nacionales para el año 2013. En razón de lo anterior, al no realizar el pago de los gastos en comento durante el ejercicio sujeto de revisión, que hasta la fecha en que se emitió del oficio INE/UTF/DA/1591/14 suman un importe de $17,912,964.58, implica que no sean considerados para la determinación de los montos mínimos que el partido debió ejercer para las Actividades Específicas durante 2013. Dicho monto pudo modificarse derivado de la revisión simultánea que la Unidad Técnica realizó en éste y otros rubros de la contabilidad del partido. De la verificación a las pólizas con su documentación soporte presentadas por el partido consistente en facturas y copias de transferencias electrónicas a favor de los proveedores y prestadores de servicios realizadas en el ejercicio 2014, se determinó que, se realizaron pagos por un importe total de $5,210,635.10, de conformidad con lo señalado en la columna “D” del cuadro siguiente; sin embargo, dichos gastos al 31 de diciembre de 2013 se encuentran provisionados, reconociendo la obligación de pago a terceros, esto implica que se utilice el financiamiento otorgado en ejercicios posteriores para gastos que no correspondieron al mismo; razón por la cual la observación se consideró no atendida. Por lo que correspondió a los saldos señalados en la columna “E” del cuadro siguiente por un importe total de $3,603,550.61, no fueron proporcionadas las pólizas con sus respectivas copias de cheques o transferencias electrónicas a favor de los proveedores por un importe total de $3,603,550.61; razón por la cual, la observación quedó no atendida respecto de este punto. De la verificación a las pólizas con su documentación soporte presentadas por el partido consistente en facturas y copias de transferencias electrónicas realizadas en el ejercicio 2013 y 2014 entre cuentas bancarias del partido por un importe total de $9,098,778.87; sin embargo, no fueron localizadas las

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copias de los cheques o de las transferencias electrónicas a favor de los proveedores de conformidad con lo señalado en la columna “F” del cuadro siguiente; razón por la cual, la observación quedó no atendida respecto de este punto. Ahora bien, resulta importante señalar que el partido proporcionó pólizas con su documentación soporte consistente en facturas y copias de transferencias electrónicas a favor de diversos proveedores realizadas durante el ejercicio 2013; sin embargo, no fueron localizados los registros contables en las cuentas y subcuentas que el partido utilizó para registrar cada uno de los pagos realizados a los mismos por un importe total de $778,777.68, de conformidad con lo señalado en la columna “G” del cuadro siguiente:

NÚMERO DE CUENTA / CONCEPTO

SEGÚN PARTIDO

SALDO AL 31/DIC/2013

OFICIO INE/UTF/DA/826/14

A

MODIFICACIÓN DE PASIVOS

ESCRITO SAFyPI/253/14

B

TOTAL DE PASIVOS A PAGAR AL 31/DIC/2013

SEGÚN AUDITORÍA

C = A + B

PASIVOS SOPORTADOS CON LA COMPROBA

CIÓN DEL PAGO

EN EL 2014

D

PASIVOS SIN LA

COMPROBACIÓN DEL

PAGO EN EL

2013 O 2014

E

PAGOS A LOS PROVEEDORES SIN LA COPIA

DEL CHEQUE O TRANSFERENC

IA INTERBANCARI

A A SU FAVOR

F

PAGO SEGÚN PARTIDO NO

CONTABILIZADO EN LA

CUENTA DEL PROVEEDOR ANALIZADO

G

2-10-101-0001-0015 ACOSTA AREVALO JOSE OCTAVIO ARTEMIO

$160,000.00 $10,000.00 $170,000.00 $100,000.00 $0.00 $70,000.00 $0.00

2-10-101-0001-0101 ALTAS Y BAJAS SERVICIOS EDITORIALES SC D RL

88,113.60 0.00 88,113.60 44,056.80 44,056.80 0.00 0.00

2-10-101-0001-0171 ASOCIACION D AUTORIDADES LOCALES

175,500.00 0.00 175,500.00 175,500.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0001-0245 AYALA DAVILA JOSE ANTONIO

19,058.80 0.00 19,058.80 0.00 0.00 19,058.80 0.00

2-10-101-0001-0255 ABASTECEDORA RUGROS SA CV

30,406.62 0.00 30,406.62 30,406.62 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0001-0347 ANGELES SANCHEZ ANA GISELA

89,786.97 0.00 89,786.97 89,786.97 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0001-0368 ACTIVACION COORD Y ORGANI D EVENTOS S D RL DE CV

2,080,489.72 0.00 2,080,489.72 80,088.00 0.00 2,000,401.72 0.00

2-10-101-0001-0380 ASOCIACION D PROF PARLAM D LA REP MEX AC

113,000.00 0.00 113,000.00 113,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0001-0439 ANAYA GONZALEZ BENJAMIN

40,000.00 0.00 40,000.00 10,000.00 0.00 30,000.00 30,000.00

2-10-101-0001-0612 AVILA FELIX JUAN MANUEL

170,000.00 0.00 170,000.00 150,000.00 20,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0001-0629 ACEVEDO GARCIA ANDREA

5,000.00 0.00 5,000.00 5,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0001-0630 ARRIAGA MEDINA JORGE ALBERTO

5,000.00 0.00 5,000.00 5,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0003-0355 CUARTOSCURO SA CV

23,200.00 17,400.00 40,600.00 20,300.00 20,300.00 0.00 0.00

2-10-101-0003-0399 CARREON GUERRA ALICIA

31,888.40 0.00 31,888.40 1,960.40 0.00 29,928.00 0.00

2-10-101-0003-0545 CASTRO SALDIVAR ANGEL

25,172.00 0.00 25,172.00 0.00 0.00 25,172.00 25,172.00

2-10-101-0003-0547 CORTES RODRIGUEZ JAVIER IGNACIO

108,392.00 0.00 108,392.00 66,400.00 0.00 41,992.00 0.00

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

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NÚMERO DE CUENTA / CONCEPTO

SEGÚN PARTIDO

SALDO AL 31/DIC/2013

OFICIO INE/UTF/DA/826/14

A

MODIFICACIÓN DE PASIVOS

ESCRITO SAFyPI/253/14

B

TOTAL DE PASIVOS A PAGAR AL 31/DIC/2013

SEGÚN AUDITORÍA

C = A + B

PASIVOS SOPORTADOS CON LA COMPROBA

CIÓN DEL PAGO

EN EL 2014

D

PASIVOS SIN LA

COMPROBACIÓN DEL

PAGO EN EL

2013 O 2014

E

PAGOS A LOS PROVEEDORES SIN LA COPIA

DEL CHEQUE O TRANSFERENC

IA INTERBANCARI

A A SU FAVOR

F

PAGO SEGÚN PARTIDO NO

CONTABILIZADO EN LA

CUENTA DEL PROVEEDOR ANALIZADO

G

2-10-101-0003-0705 CENTRO DE CULTURA CASA LAMM SC

14,020.00 0.00 14,020.00 0.00 0.00 14,020.00 0.00

2-10-101-0003-0788 COPAGANA S DE RL DE CV

34,980.07 0.00 34,980.07 34,980.07 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0003-0872 COMERCIALIZADORA EFISA SA DE CV

317,732.05 0.00 317,732.05 153,732.05 164,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0003-0887 CARDENAS ABURTO MARIA LUISA

84,500.00 0.00 84,500.00 78,000.00 6,500.00 0.00 0.00

2-10-101-0003-0896 CAÑEZ FERNANDEZ JORGE ADALBERTO

10,000.00 0.00 10,000.00 10,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0003-0897 CENTRO DE COLABORACION CIVICA SOCIOS MEXICO AC

5,800.00 0.00 5,800.00 5,800.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0004-0092 DE LA CRUZ AMAYA JOCELYN HAYDEE

117,500.00 12,500.00 130,000.00 90,000.00 7,500.00 32,500.00 0.00

2-10-101-0004-0093 DE LA ROSA RODRIGUEZ JOSE JAVIER

44,000.00 75,000.00 119,000.00 68,000.00 17,000.00 34,000.00 0.00

2-10-101-0004-0227 DIPALMEX SA DE CV

52,339.20 0.00 52,339.20 52,339.20 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0005-0135 EXPORT GROUP GESCOPY SA CV

494,134.04 0.00 494,134.04 248,711.85 240,630.33 4,791.86 0.00

2-10-101-0005-0249 ENSO GO SA DE CV

55,978.53 0.00 55,978.53 0.00 0.00 55,978.53 55,978.53

2-10-101-0005-0368 ELIGE RED D JOVENES X LOS DERECHOS SEX Y REPROD AC

15,000.00 0.00 15,000.00 15,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0005-0369 ESPOLEA AC

25,000.00 0.00 25,000.00 20,000.00 5,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0006-0069 FUNDACION HEBERTO CASTILLO MARTINEZ AC

150,000.00 0.00 150,000.00 100,000.00 0.00 50,000.00 50,000.00

2-10-101-0006-0188 FERNANDEZ VACA J JESUS

142,241.25 322,424.32 464,665.57 329,248.33 0.00 135,417.24 135,417.24

2-10-101-0007-0356 GUTIERREZ ANDRADE ROBERTO

60,784.00 0.00 60,784.00 60,784.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0007-0357 GANDARILLA SALGADO JORGE

81,000.00 24,000.00 105,000.00 80,000.00 0.00 25,000.00 0.00

2-10-101-0007-0398 GARCÍA GARCÍA LUIS GUSTAVO

628,000.00 60,000.00 688,000.00 247,200.00 440,800.00 0.00 0.00

2-10-101-0007-0401 GUTIERREZ MÁRQUEZ ENRIQUE

50,000.00 60,000.00 110,000.00 90,000.00 20,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0007-0466 GALICIA ALEGRIA MARCO TULIO ULISES

6,960.00 0.00 6,960.00 6,960.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0007-0588 GARCIA SANTELIS DIDIER BLADIMIR

5,000.00 0.00 5,000.00 5,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0007-0630 GARCIA JURADO GUSTAVO RODOLFO

5,000.00 0.00 5,000.00 0.00 0.00 5,000.00 5,000.00

2-10-101-0007-0916 GARCIA RUIZ CECILIA

5,000.00 0.00 5,000.00 5,000.00 0.00 0.00 0.00

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

8

NÚMERO DE CUENTA / CONCEPTO

SEGÚN PARTIDO

SALDO AL 31/DIC/2013

OFICIO INE/UTF/DA/826/14

A

MODIFICACIÓN DE PASIVOS

ESCRITO SAFyPI/253/14

B

TOTAL DE PASIVOS A PAGAR AL 31/DIC/2013

SEGÚN AUDITORÍA

C = A + B

PASIVOS SOPORTADOS CON LA COMPROBA

CIÓN DEL PAGO

EN EL 2014

D

PASIVOS SIN LA

COMPROBACIÓN DEL

PAGO EN EL

2013 O 2014

E

PAGOS A LOS PROVEEDORES SIN LA COPIA

DEL CHEQUE O TRANSFERENC

IA INTERBANCARI

A A SU FAVOR

F

PAGO SEGÚN PARTIDO NO

CONTABILIZADO EN LA

CUENTA DEL PROVEEDOR ANALIZADO

G

2-10-101-0008-0306 HERNANDEZ SANCHEZ CINTHIA KEREM

3,000.00 0.00 3,000.00 3,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0008-0444 HOTELES Y VILLAS POSADAS SA DE CV

10,032.00 0.00 10,032.00 0.00 0.00 10,032.00 0.00

2-10-101-0009-0074 INTERTICKET SA CV

831,565.76 271,416.80 1,102,982.56 1,102,982.5

6 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0010-0083 JARDON PEREZ HUMBERTO

75,000.00 0.00 75,000.00 50,000.00 0.00 25,000.00 25,000.00

2-10-101-0010-0100 JOLOY AMKIE DANIEL

10,000.00 0.00 10,000.00 10,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0012-0108 LUPCA SA CV

127,693.51 0.00 127,693.51 93,703.19 0.00 33,990.32 33,990.32

2-10-101-0013-0101 MENDOZA HERNANDEZ ENRIQUE

303,647.70 0.00 303,647.70 0.00 0.00 303,647.70 0.00

2-10-101-0013-0342 MENDOZA AYALA ADRIAN

5,000.00 0.00 5,000.00 5,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0013-0560 MENA GARCIA CHRISTIAN

85,000.00 0.00 85,000.00 85,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0013-0588 MOTA RODRIGUEZ LUZ ELENA

10,000.00 0.00 10,000.00 10,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0016-0024 OMEGA CONSULTORIA INTEGRAL SC

162,400.00 0.00 162,400.00 0.00 162,400.00 0.00 0.00

2-10-101-0016-0120 OPERADORA PLAZA VIZCAYA SA CV

61,755.36 0.00 61,755.36 0.00 61,755.36 0.00 0.00

2-10-101-0016-0210 OLIVARES GARCÍA ANA ANGELICA

7,000.00 14,000.00 21,000.00 7,000.00 14,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0016-0292 ORTIZ OLVERA JUAN MARCOS

26,000.00 0.00 26,000.00 26,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0016-0316 OASIS RESORT SA DE CV

69,176.39 0.00 69,176.39 0.00 69,176.39 0.00 69,176.39

2-10-101-0017-0128 PROMOCIONALES CORCEL SA CV

94,200.00 190,000.00 284,200.00 176,900.00 107,300.00 0.00 72,500.00

2-10-101-0017-0191 PEDROZA VARGAS PERLA ESMERALDA

40,000.00 30,000.00 70,000.00 50,000.00 20,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0017-0252 PROPONE AC PROMOTORES POR LA JUSTICIA SOCIAL AC

26,100.00 0.00 26,100.00 26,100.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0017-0300 PONTIFES MARTINEZ ARTURO

117,500.00 0.00 117,500.00 40,000.00 77,500.00 0.00 0.00

2-10-101-0017-0439 PEÑALOZA PEREZ OSCAR ANGEL

100,000.00 0.00 100,000.00 75,000.00 25,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0019-0245 RIOS MUÑOZ JUAN CARLOS

233,750.00 95,000.00 328,750.00 235,000.00 0.00 93,750.00 93,750.00

2-10-101-0019-0367 RCO GINER SA DE CV

4,060,000.00 0.00 4,060,000.00 0.00 0.00 4,060,000.00 0.00

2-10-101-0019-0403 RUIZ CASTILLO DIANA YAZMIN

80,000.00 0.00 80,000.00 65,000.00 15,000.00 0.00 15,000.00

2-10-101-0019-0574 RED GLOBAL DE ACCION JUVENIL GYAN MEXICO AC

23,200.00 0.00 23,200.00 17,400.00 5,800.00 0.00 0.00

2-10-101-0019-0575 ROSALES MORALES DANIEL EMILIANO

10,000.00 0.00 10,000.00 0.00 10,000.00 0.00 0.00

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

9

NÚMERO DE CUENTA / CONCEPTO

SEGÚN PARTIDO

SALDO AL 31/DIC/2013

OFICIO INE/UTF/DA/826/14

A

MODIFICACIÓN DE PASIVOS

ESCRITO SAFyPI/253/14

B

TOTAL DE PASIVOS A PAGAR AL 31/DIC/2013

SEGÚN AUDITORÍA

C = A + B

PASIVOS SOPORTADOS CON LA COMPROBA

CIÓN DEL PAGO

EN EL 2014

D

PASIVOS SIN LA

COMPROBACIÓN DEL

PAGO EN EL

2013 O 2014

E

PAGOS A LOS PROVEEDORES SIN LA COPIA

DEL CHEQUE O TRANSFERENC

IA INTERBANCARI

A A SU FAVOR

F

PAGO SEGÚN PARTIDO NO

CONTABILIZADO EN LA

CUENTA DEL PROVEEDOR ANALIZADO

G

2-10-101-0020-0337 STAMPA GABINETE D COMUNICACION SOCIAL SA CV

1,740,000.00 0.00 1,740,000.00 0.00 10,000.00 1,730,000.00 0.00

2-10-101-0020-0781 SANTIN GODOY ANDRES EFRAIN

32,000.00 0.00 32,000.00 32,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0020-0782 SILVA MORENO YARELI YULIANA

12,500.00 0.00 12,500.00 5,000.00 0.00 7,500.00 7,500.00

2-10-101-0020-0970 SALMUN SMEKE POLA

20,000.00 0.00 20,000.00 20,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0020-0990 SOSA ZARAGOZA JOSE DANIEL

60,000.00 0.00 60,000.00 60,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0020-1006 SANDOVAL BALLESTEROS IRMA ERENDIRA

20,000.00 0.00 20,000.00 20,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0021-0096 TURISMO DEMA SA CV

1,949,000.66 -2,737.43 1,946,263.23 0.00 1,860,961.7

3 85,301.50 0.00

2-10-101-0021-0222 TAFOYA GUERRERO CONSUELO

60,000.00 0.00 60,000.00 24,000.00 0.00 36,000.00 0.00

2-10-101-0022-0011 UNIVERSID OBRER D MÉXI VICENTE LOMBARDO TO AC

247,544.00 0.00 247,544.00 101,674.00 145,870.00 0.00 49,996.00

2-10-101-0022-0036 UNION OBRERA PENINSULAR AC

33,698.00 0.00 33,698.00 33,698.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0022-0038 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN

47,500.00 0.00 47,500.00 47,500.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0023-0032 VAZQUEZ GARCIA DULCE JOSEFINA

36,000.00 0.00 36,000.00 18,000.00 18,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0023-0084 VALDIVIA OCHOA LUIS

79,000.00 16,000.00 95,000.00 65,000.00 0.00 30,000.00 0.00

2-10-101-0023-0094 VALDES JUAREZ HUGO

51,585.20 3,712.00 55,297.20 0.00 0.00 55,297.20 55,297.20

2-10-101-0023-0124 VAZQUEZ FLORES MIGUEL

17,647.05 0.00 17,647.05 17,647.05 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0027-0018 ZEVALLOS CORDERO PEDRO LUIS

84,000.00 56,000.00 140,000.00 70,000.00 15,000.00 55,000.00 55,000.00

2-10-101-0027-0024 ZABAL CORTÉS ROSA MARIA

10,000.01 0.00 10,000.01 10,000.01 0.00 0.00 0.00

2-10-104-0002-0001 BENITEZ VEGA RAUL

15,776.00 0.00 15,776.00 15,776.00 0.00 0.00 0.00

TOTAL $16,658,248.89 $1,254,715.69 $17,912,964.

58 $5,210,635.

10 $3,603,550.

61 $9,098,778.87 $778,777.68

El detalle de los pasivos generados por concepto de gastos en “Actividades Específicas 2013” correspondiente al cuadro que antecede, se encuentra analizado en el Anexo 13 del oficio INE/UTF/DA/1591/14. En consecuencia, se le solicitó al partido nuevamente lo siguiente:

• Indicara el motivo por el cual existen saldos pendientes de pago por $17,912,964.58 de conformidad con lo señalado en la columna “C”

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denominada “Total de pasivos a pagar al 31/DIC/2013 según auditoría” del cuadro que antecede, toda vez que al partido se le otorgó financiamiento exclusivo para la realización de estos gastos en el ejercicio sujeto de revisión.

• Por lo que correspondió a los saldos de los proveedores y prestadores de servicios señalados en la columna “E” denominada “Pasivos sin la comprobación del pago en el 2013 o 2014” por un importe de $3,603,550.61 del cuadro que antecede, las pólizas con su documentación soporte consistente en copia de cheques y/o transferencias interbancarias a nombre de los mismos durante el ejercicio 2013 o 2014, así como, las pólizas y comprobantes que dieron origen al pasivo.

• Por lo que correspondió a los saldos de los proveedores y prestadores de servicios señalados en la columna “F” denominada “Pagos a los proveedores con la copia del cheque y/o transferencia interbancaria a su favor” por un importe de $9,098,778.87 del cuadro que antecede, las pólizas con su documentación soporte consistente en copia de cheques y/o transferencias interbancarias a nombre de dichos proveedores durante el ejercicio 2013 o 2014, así como, las pólizas y comprobantes que dieron origen al pasivo.

• En su caso, las pólizas, auxiliares contables y balanzas de comprobación correspondientes, en las cuales se identificaran los registros contables de los pagos y liquidaciones realizadas a los proveedores y prestadores de servicios señalados en la columna “G” denominada “Pagos según partido no contabilizado en la cuenta del proveedor analizado” por un importe de $778,777.68 del cuadro que antecede.

• Las aclaraciones que a su derecho convinieran. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, numeral 1, inciso o) , 78, numeral 1, incisos a), fracción IV, y c), fracción I del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; así como 25 numeral 1 inciso h), 273 numeral 1 inciso a), el 55, numeral 3 y 297 del Reglamento de Fiscalización. La solicitud antes citada fue notificada mediante oficio INE/UTF/DA/1591/14 del 20 de agosto de 2014, recibido por el partido el mismo día. Al respecto, mediante escrito SAFyPI/326/14 del 27 de agosto de 2014, recibido por la Unidad Técnica de Fiscalización el mismo día, el partido manifestó lo que a la letra se transcribe:

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“Respecto del dicho de la autoridad sobre “…Indicar el motivo por el cual existen saldos pendientes de pago por $17,912,964.58 de conformidad con lo señalado en la columna “C”(…) , toda vez que a su partido se le otorga financiamiento exclusivo para la realización de estos gastos en el ejercicio sujeto de revisión” al respecto le comento, que dicha cantidad de pasivos no corresponden al Programa Anual de Trabajo 2013, mismo que se reflejan en la Balanza General Concentrada y Auxiliar.

Ahora bien, en relación a lo que la autoridad señala “…es importante precisar que para el caso específico de los gastos por Actividades Específicas, la realización (pago) de los gastos debe efectuarse en el mismo ejercicio, por lo que los institutos políticos deben erogar en el ejercicio sujeto a revisión los porcentajes mínimos establecidos en el Código Electoral, así como los señalados en el Acuerdo CG17/2013 del entonces Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se determinan las cifras del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes y para actividades específicas de los Partidos Políticos Nacionales para el año 2013.” Es imprescindible mencionar que, atendiendo al artículo 55 del Reglamento de Fiscalización en vigencia, que señala lo siguiente: (…) No señala expresamente, alguna excepción de registro de pasivos, respecto de las Actividades Específicas¸ por lo que atendiendo al principio “Lo que no está expresamente prohibido, se encuentra tácitamente permitido”, es legal registrar comprobantes fiscales no pagados en el ejercicio a que corresponda, por el concepto de las actividades específicas. Ahora bien, respecto de lo solicitado en la columna E, se adjunta en el ANEXO 6, Carpeta 001 al 004, de los folios 031 a 058. En referencia a la columna F, se adjunta en el ANEXO 6, CARPETA DE LA 001 A LA 004, FOLIOS DEL 001 A 030”.

Del análisis a lo manifestado, así como de la verificación a la documentación presentada, se determinó lo siguiente: El partido manifestó que, la cantidad de pasivos observados no correspondían al Programa Anual de Trabajo 2013, mismo que se reflejan en la Balanza General concentrada y auxiliar; a lo cual, es preciso señalar que cada uno de los registros provisionados y pendientes de comprobar o pagar al 31 de diciembre de 2013 de los entonces $17,912,964.58 se encuentran plenamente identificados en los auxiliares del partido proporcionados el 2 de abril de 2014, hecho que se informó oportuna y detalladamente en el anexo 13 del oficio INE/UTF/DA/1591/14.

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Ahora bien, derivado de una serie de modificaciones, ajustes, reclasificaciones y registro de provisiones de gastos que el partido no había contabilizado ni proporcionado de un inicio para su análisis y revisión correspondiente, se determinó que los importes pendientes de comprobar o pagar a diversos proveedores y prestadores de servicios se incrementaron en un monto de $3,157,933.33 adicional a los $1,254,715.69 que se incrementaron en la contestación al oficio de errores y omisiones INE/UTF/DA/826/14, teniendo así un incremento total de $4,412,649.02 al monto inicialmente observado, tal como se señala en la columna “B” del cuadro siguiente; teniendo así, un monto total a comprobar o pagar de $21,070,897.91 registrados contablemente en diversas subcuentas de pasivos al 31 de diciembre de 2013, de conformidad con lo señalado en la columna “C” del cuadro que se detalla más adelante. En este sentido, es importante precisar que para el caso específico de los gastos por Actividades Específicas, la realización (pago) de los gastos debió efectuarse en el mismo ejercicio, por lo que los institutos políticos deben erogar en el ejercicio sujeto a revisión los porcentajes mínimos establecidos en el código electoral, así como los señalados en el Acuerdo CG17/2013 del entonces Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se determinan las cifras del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes y para actividades específicas de los Partidos Políticos Nacionales para el año 2013. En razón de lo anterior, el recurso otorgado en 2013 al Partido de la Revolución Democrática para el desarrollo de sus actividades específicas, debió ser ejercido en el mismo ejercicio, no solo presupuestado o registrado contablemente. Cabe señalar que las actividades específicas realizadas por el partido, fueron reportadas en su Programa Anual de Trabajo 2013, asignando presupuesto a cada una de ellas, lo que denota que el partido tenía contempladas las erogaciones etiquetadas para la realización de sus actividades. Es así que el recurso asignado para el desarrollo de las actividades específicas de cada instituto político, debe ser clasificado como patrimonio restringido temporalmente, puesto que el destino está etiquetado precisamente para la realización de las actividades en comento, durante el ejercicio en el cual se asigna.

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De la verificación a las pólizas con su documentación soporte presentadas por el partido consistente en facturas y copias de transferencias electrónicas a favor de los proveedores y prestadores de servicios realizadas en el ejercicio 2014, se determinó que, se realizaron pagos por un importe total de $7,587,902.51, de conformidad con lo señalado en la columna “D” del cuadro siguiente; sin embargo, dichos gastos al 31 de diciembre de 2013 se encuentran provisionados, reconociendo la obligación de pago a terceros, esto implicó que se utilizara el financiamiento otorgado en ejercicios posteriores para gastos que no correspondieron al mismo; razón por la cual, la observación se consideró no subsanada. Por lo que corresponde a los saldos señalados en la columna “E” del cuadro siguiente por un importe total de $3,020,753.73, no fueron proporcionadas las pólizas con sus respectivas copias de cheques o transferencias electrónicas a favor de los proveedores y prestadores de servicios; razón por la cual, la observación quedó no subsanada respecto de este punto. De la verificación a las pólizas con su documentación soporte presentadas por el partido consistente en facturas y copias de transferencias electrónicas realizadas en el ejercicio 2013, se determinó que, dichas transferencias es el soporte documental de transferencias interbancarias realizadas entre cuentas bancarias a nombre del mismo partido por un importe total de $1,631,222.94, y no a favor de los proveedores y prestadores de servicios señalados en la columna “F” del cuadro siguiente; razón por la cual, la observación quedó no subsanada respecto de este punto. Ahora bien, resulta importante señalar que el partido proporcionó pólizas con su documentación soporte consistente en facturas y copias de transferencias electrónicas a favor de diversos proveedores realizadas durante el ejercicio 2013; sin embargo, no fueron localizados los registros contables en las cuentas y subcuentas que el partido utilizó para registrar cada uno de los pagos realizados a los mismos por un importe total de $8,831,018.73, de conformidad con lo señalado en la columna “G” del cuadro siguiente. En razón de lo anterior, el importe de los gastos provisionados y registrados en actividades específicas en el ejercicio 2013, así como en varias subcuentas de proveedores y prestadores de servicios que no fueron pagados o comprobados en el mismo ejercicio, ascienden a $12,239,879.18 según columnas “D”, “E” y “F”, tal como se detalla a continuación:

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NÚMERO DE CUENTA / CONCEPTO

SEGÚN PARTIDO

SALDO AL 31/DIC/2013

OFICIO INE/UTF/DA/826/

14 Y SAFyPI/326/14

A

MODIFICACIÓN DE

PASIVOS ESCRITO

SAFyPI/253/14

B

TOTAL DE PASIVOS A PAGAR AL 31/DIC/2013

SEGÚN AUDITORÍA

C = A + B

PASIVOS SOPORTADOS

CON LA COMPROBACIÓN DEL PAGO

EN EL 2014

D

PASIVOS SIN LA

COMPROBACIÓN DEL

PAGO EN EL

2013 O 2014

E

PAGOS A LOS

PROVEEDORES

SIN LA COPIA DEL CHEQUE O

TRANSFERENCIA

INTERBANCARIA

A SU FAVOR F

PAGO SEGÚN

PARTIDO NO

CONTABILIZADO EN LA

CUENTA DEL

PROVEEDOR

ANALIZADO G

2-10-101-0001-0015 ACOSTA AREVALO JOSE OCTAVIO ARTEMIO

$160,000.00 $10,000.00 $170,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $70,000.00

2-10-101-0001-0101 ALTAS Y BAJAS SERVICIOS EDITORIALES SC D RL

88,113.60 0.00 88,113.60 44,056.80 0.00 0.00 44,056.80

2-10-101-0001-0171 ASOCIACION D AUTORIDADES LOCALES

175,500.00 0.00 175,500.00 175,500.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0001-0245 AYALA DAVILA JOSE ANTONIO

19,058.80 0.00 19,058.80 0.00 0.00 0.00 19,058.80

2-10-101-0001-0255 ABASTECEDORA RUGROS SA CV

30,406.62 0.00 30,406.62 30,406.62 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0001-0347 ANGELES SANCHEZ ANA GISELA

89,786.97 0.00 89,786.97 89,786.97 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0001-0368 ACTIVACION COORD Y ORGANI D EVENTOS S D RL DE CV

2,080,489.72 1,143,368.96 3,223,858.68 2,091,990.00 0.00 73,824.00 1,058,044.6

8

2-10-101-0001-0380 ASOCIACION D PROF PARLAM D LA REP MEX AC

113,000.00 0.00 113,000.00 113,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0001-0439 ANAYA GONZALEZ BENJAMIN

40,000.00 0.00 40,000.00 10,000.00 0.00 0.00 30,000.00

2-10-101-0001-0612 AVILA FELIX JUAN MANUEL

170,000.00 0.00 170,000.00 150,000.00 0.00 0.00 20,000.00

2-10-101-0001-0629 ACEVEDO GARCIA ANDREA

5,000.00 0.00 5,000.00 5,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0001-0630 ARRIAGA MEDINA JORGE ALBERTO

5,000.00 0.00 5,000.00 5,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0003-0355 CUARTOSCURO SA CV

23,200.00 20,300.00 43,500.00 20,300.00 23,200.00 0.00 0.00

2-10-101-0003-0399 CARREON GUERRA ALICIA

31,888.40 0.00 31,888.40 1,960.40 0.00 0.00 29,928.00

2-10-101-0003-0545 CASTRO SALDIVAR ANGEL

25,172.00 0.00 25,172.00 0.00 0.00 0.00 25,172.00

2-10-101-0003-0547 CORTES RODRIGUEZ JAVIER IGNACIO

108,392.00 0.00 108,392.00 66,400.00 0.00 0.00 41,992.00

2-10-101-0003-0705 CENTRO DE CULTURA CASA LAMM SC

14,020.00 0.00 14,020.00 0.00 0.00 0.00 14,020.00

2-10-101-0003-0788 COPAGANA S DE RL DE CV

34,980.07 0.00 34,980.07 34,980.07 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0003-0872 COMERCIALIZADORA EFISA SA DE CV

317,732.05 0.00 317,732.05 153,732.05 0.00 0.00 164,000.00

2-10-101-0003-0887 CARDENAS ABURTO MARIA LUISA

84,500.00 0.00 84,500.00 78,000.00 6,500.00 0.00 0.00

2-10-101-0003-0896 CAÑEZ FERNANDEZ JORGE ADALBERTO

10,000.00 0.00 10,000.00 10,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0003-0897 CENTRO DE COLABORACION CIVICA SOCIOS MEXICO AC

5,800.00 0.00 5,800.00 5,800.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0004-0092 DE LA CRUZ AMAYA JOCELYN HAYDEE

117,500.00 12,500.00 130,000.00 90,000.00 0.00 0.00 40,000.00

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NÚMERO DE CUENTA / CONCEPTO

SEGÚN PARTIDO

SALDO AL 31/DIC/2013

OFICIO INE/UTF/DA/826/

14 Y SAFyPI/326/14

A

MODIFICACIÓN DE

PASIVOS ESCRITO

SAFyPI/253/14

B

TOTAL DE PASIVOS A PAGAR AL 31/DIC/2013

SEGÚN AUDITORÍA

C = A + B

PASIVOS SOPORTADOS

CON LA COMPROBACIÓN DEL PAGO

EN EL 2014

D

PASIVOS SIN LA

COMPROBACIÓN DEL

PAGO EN EL

2013 O 2014

E

PAGOS A LOS

PROVEEDORES

SIN LA COPIA DEL CHEQUE O

TRANSFERENCIA

INTERBANCARIA

A SU FAVOR F

PAGO SEGÚN

PARTIDO NO

CONTABILIZADO EN LA

CUENTA DEL

PROVEEDOR

ANALIZADO G

2-10-101-0004-0093 DE LA ROSA RODRIGUEZ JOSE JAVIER

44,000.00 75,000.00 119,000.00 68,000.00 0.00 0.00 51,000.00

2-10-101-0004-0227 DIPALMEX SA DE CV

52,339.20 0.00 52,339.20 52,339.20 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0005-0135 EXPORT GROUP GESCOPY SA CV

494,134.04 0.00 494,134.04 248,711.85 0.00 0.00 245,422.19

2-10-101-0005-0249 ENSO GO SA DE CV

55,978.53 365,365.41 421,343.94 365,365.41 0.00 0.00 55,978.53

2-10-101-0005-0368 ELIGE RED D JOVENES X LOS DERECHOS SEX Y REPROD AC

15,000.00 0.00 15,000.00 15,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0005-0369 ESPOLEA AC

25,000.00 0.00 25,000.00 20,000.00 0.00 0.00 5,000.00

2-10-101-0006-0069 FUNDACION HEBERTO CASTILLO MARTINEZ AC

150,000.00 0.00 150,000.00 100,000.00 0.00 50,000.00 0.00

2-10-101-0006-0077 FLORES OLEA AARON DAVID

0.00 41,280.00 41,280.00 0.00 41,280.00 0.00 0.00

2-10-101-0006-0188 FERNANDEZ VACA J JESUS

142,241.25 384,368.32 526,609.57 329,248.33 61,944.00 0.00 135,417.24

2-10-101-0007-0356 GUTIERREZ ANDRADE ROBERTO

60,784.00 0.00 60,784.00 60,784.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0007-0357 GANDARILLA SALGADO JORGE

81,000.00 24,000.00 105,000.00 80,000.00 0.00 0.00 25,000.00

2-10-101-0007-0398 GARCÍA GARCÍA LUIS GUSTAVO

628,000.00 60,000.00 688,000.00 247,200.00 0.00 0.00 440,800.00

2-10-101-0007-0401 GUTIERREZ MÁRQUEZ ENRIQUE

50,000.00 60,000.00 110,000.00 90,000.00 0.00 0.00 20,000.00

2-10-101-0007-0466 GALICIA ALEGRIA MARCO TULIO ULISES

6,960.00 0.00 6,960.00 6,960.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0007-0588 GARCIA SANTELIS DIDIER BLADIMIR

5,000.00 0.00 5,000.00 5,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0007-0630 GARCIA JURADO GUSTAVO RODOLFO

5,000.00 0.00 5,000.00 0.00 0.00 0.00 5,000.00

2-10-101-0007-0916 GARCIA RUIZ CECILIA

5,000.00 0.00 5,000.00 5,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0008-0306 HERNANDEZ SANCHEZ CINTHIA KEREM

3,000.00 0.00 3,000.00 3,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0008-0444 HOTELES Y VILLAS POSADAS SA DE CV

10,032.00 0.00 10,032.00 0.00 0.00 0.00 10,032.00

2-10-101-0009-0074 INTERTICKET SA CV

831,565.76 271,416.80 1,102,982.56 1,102,982.56 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0010-0083 JARDON PEREZ HUMBERTO

75,000.00 0.00 75,000.00 50,000.00 0.00 0.00 25,000.00

2-10-101-0010-0100 JOLOY AMKIE DANIEL

10,000.00 0.00 10,000.00 10,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0012-0108 LUPCA SA CV

127,693.51 0.00 127,693.51 93,703.19 0.00 0.00 33,990.32

2-10-101-0012-0123 LOVERA LOPEZ SARA

0.00 60,000.00 60,000.00 0.00 60,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0013-0101 MENDOZA HERNANDEZ ENRIQUE

303,647.70 0.00 303,647.70 0.00 0.00 136,390.48 167,257.22

2-10-101-0013-0236 MENDOZA VAZQUEZ GILBERTO

0.00 17,400.00 17,400.00 0.00 17,400.00 0.00 0.00

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

16

NÚMERO DE CUENTA / CONCEPTO

SEGÚN PARTIDO

SALDO AL 31/DIC/2013

OFICIO INE/UTF/DA/826/

14 Y SAFyPI/326/14

A

MODIFICACIÓN DE

PASIVOS ESCRITO

SAFyPI/253/14

B

TOTAL DE PASIVOS A PAGAR AL 31/DIC/2013

SEGÚN AUDITORÍA

C = A + B

PASIVOS SOPORTADOS

CON LA COMPROBACIÓN DEL PAGO

EN EL 2014

D

PASIVOS SIN LA

COMPROBACIÓN DEL

PAGO EN EL

2013 O 2014

E

PAGOS A LOS

PROVEEDORES

SIN LA COPIA DEL CHEQUE O

TRANSFERENCIA

INTERBANCARIA

A SU FAVOR F

PAGO SEGÚN

PARTIDO NO

CONTABILIZADO EN LA

CUENTA DEL

PROVEEDOR

ANALIZADO G

2-10-101-0013-0342 MENDOZA AYALA ADRIAN

5,000.00 0.00 5,000.00 5,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0013-0560 MENA GARCIA CHRISTIAN

85,000.00 0.00 85,000.00 85,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0013-0588 MOTA RODRIGUEZ LUZ ELENA

10,000.00 0.00 10,000.00 10,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0016-0024 OMEGA CONSULTORIA INTEGRAL SC

162,400.00 81,200.00 243,600.00 0.00 81,200.00 81,200.00 81,200.00

2-10-101-0016-0120 OPERADORA PLAZA VIZCAYA SA CV

61,755.36 0.00 61,755.36 0.00 0.00 0.00 61,755.36

2-10-101-0016-0210 OLIVARES GARCÍA ANA ANGELICA

7,000.00 14,000.00 21,000.00 7,000.00 14,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0016-0292 ORTIZ OLVERA JUAN MARCOS

26,000.00 0.00 26,000.00 26,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0016-0316 OASIS RESORT SA DE CV

69,176.39 0.00 69,176.39 0.00 0.00 0.00 69,176.39

2-10-101-0017-0113 PRENSA LATINA AGENCIA INFORMAT LATINOAMERICANA SC

0.00 40,600.00 40,600.00 0.00 40,600.00 0.00 0.00

2-10-101-0017-0128 PROMOCIONALES CORCEL SA CV

94,200.00 190,000.00 284,200.00 176,900.00 107,300.00 0.00 0.00

2-10-101-0017-0191 PEDROZA VARGAS PERLA ESMERALDA

40,000.00 30,000.00 70,000.00 50,000.00 0.00 0.00 20,000.00

2-10-101-0017-0252 PROPONE AC PROMOTORES POR LA JUSTICIA SOCIAL AC

26,100.00 0.00 26,100.00 26,100.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0017-0300 PONTIFES MARTINEZ ARTURO

117,500.00 0.00 117,500.00 40,000.00 0.00 0.00 77,500.00

2-10-101-0017-0439 PEÑALOZA PEREZ OSCAR ANGEL

100,000.00 0.00 100,000.00 75,000.00 0.00 0.00 25,000.00

2-10-101-0019-0245 RIOS MUÑOZ JUAN CARLOS

233,750.00 95,000.00 328,750.00 235,000.00 0.00 0.00 93,750.00

2-10-101-0019-0247 RODRIGUEZ SABIDO DOLORES DEL SOCORRO

0.00 5,000.00 5,000.00 0.00 5,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0019-0367 RCO GINER SA DE CV

4,060,000.00 0.00 4,060,000.00 0.00 0.00 0.00 4,060,000.0

0

2-10-101-0019-0403 RUIZ CASTILLO DIANA YAZMIN

80,000.00 0.00 80,000.00 65,000.00 15,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0019-0574 RED GLOBAL DE ACCION JUVENIL GYAN MEXICO AC

23,200.00 0.00 23,200.00 17,400.00 0.00 0.00 5,800.00

2-10-101-0019-0575 ROSALES MORALES DANIEL EMILIANO

10,000.00 0.00 10,000.00 0.00 10,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0020-0337 STAMPA GABINETE D COMUNICACION SOCIAL SA CV

1,740,000.00 0.00 1,740,000.00 0.00 0.00 542,000.00 1,198,000.0

0

2-10-101-0020-0414 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC

0.00 406,000.00 406,000.00 0.00 406,000.00 0.00 0.00

2-10-101-0020-0781 SANTIN GODOY ANDRES EFRAIN

32,000.00 0.00 32,000.00 32,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0020-0782 SILVA MORENO YARELI YULIANA

12,500.00 0.00 12,500.00 5,000.00 0.00 0.00 7,500.00

2-10-101-0020-0970 SALMUN SMEKE POLA

20,000.00 0.00 20,000.00 20,000.00 0.00 0.00 0.00

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NÚMERO DE CUENTA / CONCEPTO

SEGÚN PARTIDO

SALDO AL 31/DIC/2013

OFICIO INE/UTF/DA/826/

14 Y SAFyPI/326/14

A

MODIFICACIÓN DE

PASIVOS ESCRITO

SAFyPI/253/14

B

TOTAL DE PASIVOS A PAGAR AL 31/DIC/2013

SEGÚN AUDITORÍA

C = A + B

PASIVOS SOPORTADOS

CON LA COMPROBACIÓN DEL PAGO

EN EL 2014

D

PASIVOS SIN LA

COMPROBACIÓN DEL

PAGO EN EL

2013 O 2014

E

PAGOS A LOS

PROVEEDORES

SIN LA COPIA DEL CHEQUE O

TRANSFERENCIA

INTERBANCARIA

A SU FAVOR F

PAGO SEGÚN

PARTIDO NO

CONTABILIZADO EN LA

CUENTA DEL

PROVEEDOR

ANALIZADO G

2-10-101-0020-0990 SOSA ZARAGOZA JOSE DANIEL

60,000.00 0.00 60,000.00 60,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0020-1006 SANDOVAL BALLESTEROS IRMA ERENDIRA

20,000.00 0.00 20,000.00 20,000.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0021-0096 TURISMO DEMA SA CV

1,949,000.66 930,137.53 2,879,138.19 0.00 2,131,329.7

3 747,808.46 0.00

2-10-101-0021-0222 TAFOYA GUERRERO CONSUELO

60,000.00 0.00 60,000.00 24,000.00 0.00 0.00 36,000.00

2-10-101-0022-0011 UNIVERSID OBRER D MÉXI VICENTE LOMBARDO TO AC

247,544.00 0.00 247,544.00 101,674.00 0.00 0.00 145,870.00

2-10-101-0022-0036 UNION OBRERA PENINSULAR AC

33,698.00 0.00 33,698.00 33,698.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0022-0038 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN

47,500.00 0.00 47,500.00 47,500.00 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0023-0032 VAZQUEZ GARCIA DULCE JOSEFINA

36,000.00 0.00 36,000.00 18,000.00 0.00 0.00 18,000.00

2-10-101-0023-0084 VALDIVIA OCHOA LUIS

79,000.00 16,000.00 95,000.00 65,000.00 0.00 0.00 30,000.00

2-10-101-0023-0094 VALDES JUAREZ HUGO

51,585.20 3,712.00 55,297.20 0.00 0.00 0.00 55,297.20

2-10-101-0023-0124 VAZQUEZ FLORES MIGUEL

17,647.05 0.00 17,647.05 17,647.05 0.00 0.00 0.00

2-10-101-0027-0018 ZEVALLOS CORDERO PEDRO LUIS

84,000.00 56,000.00 140,000.00 70,000.00 0.00 0.00 70,000.00

2-10-101-0027-0024 ZABAL CORTÉS ROSA MARIA

10,000.01 0.00 10,000.01 10,000.01 0.00 0.00 0.00

2-10-104-0002-0001 BENITEZ VEGA RAUL

15,776.00 0.00 15,776.00 15,776.00 0.00 0.00 0.00

TOTAL $16,658,248.8

9 $4,412,649.02

$21,070,897.91

$7,587,902.51 $3,020,753.

73 $1,631,222.

94 $8,831,018.

73

El detalle de los pasivos generados por concepto de gastos en “Actividades Específicas 2013” correspondiente al cuadro que antecede, se encuentra analizado en el Anexo 22 del Dictamen. Por lo anterior, se determinó que los pagos identificados en la columna “D” y “F” del cuadro que antecede por un importe de $9,219,125.45; serán objeto de verificación durante el procedimiento de revisión del Informe Anual 2014 del Partido de la Revolución Democrática, a fin de constatar lo establecido en los artículos 55 y 56 del Reglamento de Fiscalización. Aunado a lo anterior y como se puede observar en la columna “G” del cuadro que antecede por un importe de $8,831,018.73, el partido realizó la provisión de los gastos en cuentas y subcuentas de pasivos en la contabilidad de “Actividades Específicas 2013”; sin embargo, por lo que respecta a los pagos

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y comprobaciones de los mismos, el partido omitió realizar los registros contables en dichas cuentas; por tal razón, se le recomienda que en lo subsecuente, la cuenta y subcuenta en donde sean registradas las provisiones del gasto sean las mismas que se utilicen para registrar sus pagos o comprobaciones. Así mismo, el partido no presentó las pólizas ni la documentación soporte que amparará las comprobaciones de los gastos o pago de los mismos a favor de los proveedores o prestadores de servicios realizados en el ejercicio 2013 o 2014 correspondientes a las provisiones identificadas en la columna “E” del cuadro que antecede por un importe total de $3,020,753.73; por lo tanto, esta autoridad no tiene la certeza respecto de dichos pagos. (…) Por lo anterior, se ordena el inicio de un procedimiento oficioso, con la finalidad de determinar el monto y cumplimiento de los pagos realizados por concepto de “Pasivos Generados en 2013”, correspondientes a Gastos por Actividades Específicas reportadas en 2013, y en su caso, considerar dicho importe para la determinación del monto mínimo que el partido debió ejercer para las Actividades Específicas durante el presente ejercicio sujeto de revisión, de conformidad con el artículo 196 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se propone el inicio de un procedimiento oficioso.

(…)” II. Acuerdo de inicio del procedimiento oficioso. El dieciocho de noviembre de dos mil catorce, la Unidad Técnica de Fiscalización, acordó integrar el expediente respectivo, registrarlo en el libro de gobierno, asignarle el número de expediente INE/P-COF-UTF/21/2014, notificar al Secretario del Consejo de su inicio; así como publicar el acuerdo y su respectiva cédula de conocimiento en los estrados de este Instituto (Fojas 34 a 37 del expediente). III. Publicación en estrados del acuerdo de inicio del procedimiento oficioso. a) El dieciocho de noviembre de dos mil catorce, la Unidad Técnica de

Fiscalización fijó en los estrados de este Instituto durante setenta y dos horas, el acuerdo de inicio del procedimiento de mérito y la respectiva cédula de conocimiento. (Foja 38 del expediente)

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

19

b) El veintiuno de noviembre de dos catorce, se retiraron del lugar que ocupan en este instituto los estrados de la Unidad Técnica de Fiscalización, el acuerdo de inicio y la cédula de conocimiento; por lo que, mediante razones de publicación y retiro, se hizo constar que fueron publicados oportunamente. (Foja 39 del expediente)

IV. Aviso de inicio del procedimiento de queja al secretario del Consejo General del Instituto Nacional Electoral. El diecinueve de noviembre de dos mil catorce, mediante oficio INE/UTF/DRN/2868/2014, la Unidad Técnica de Fiscalización informó al Secretario del Consejo General de este Instituto, el inicio del procedimiento de mérito. (Foja 40 del expediente) V. Notificación de inicio del procedimiento de mérito al Partido de la Revolución Democrática. El diecinueve de noviembre de dos mil catorce, mediante oficio INE/UTF/DRN/2879/2014, la Unidad Técnica de Fiscalización notificó al Representante Propietario del partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General del Instituto, el inicio del procedimiento oficioso de mérito. (Foja 41 del expediente) VI. Solicitud de información y documentación a la Dirección de Auditoría de los Partidos Políticos, Agrupaciones Políticas y Otros. a) El diecinueve de noviembre de dos mil catorce, mediante oficio

INE/UTF/DRN/255/2014, se solicitó a la Dirección de Auditoría de los Partidos Políticos, Agrupaciones Políticas y Otros (en adelante Dirección de Auditoría) remitiera la documentación contable y comprobatoria relacionada con la conclusión objeto del presente procedimiento. (Foja 42 del expediente)

b) El cuatro de diciembre de dos mil catorce, mediante oficio

INE/UTF/DRN/282/2014, se exhortó a la Dirección de Auditoría de Partidos Políticos, Agrupaciones Políticas y Otros para que remitiera la documentación antes descrita (Foja 43 del expediente).

c) El ocho de diciembre de dos mil catorce, mediante oficio INE/UTF/DA/189/2014,

la Dirección de Auditoría dio contestación al requerimiento, informando el estatus de los pasivos objeto del procedimiento y remitiendo copia de las pólizas contables, transferencias bancarias, facturas y recibos que obraban en sus archivos (Fojas 44 a la 901 del expediente).

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

20

d) El veintitrés de febrero del dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/108/2015, se solicitó a la Dirección de Auditoría validara y confirmara el contenido de cinco tomos con documentación presentada por el partido político relativa a los pasivos en actividades específicas pagados y/o registrados. (Fojas 2959 a la 2962 del expediente).

e) El veintisiete de marzo de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/270/15,

se solicitó a la Dirección de Auditoría validara y confirmara el contenido de cinco tomos con documentación presentada por el partido político relativa a los pasivos en actividades específicas pagados y/o registrados. (Fojas 2963 a la 2966 del expediente).

f) El cuatro de mayo de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/433/15, se

solicitó a la Dirección de Auditoría validara y confirmara el contenido de cinco tomos con documentación presentada por el partido político relativa a los pasivos en actividades específicas pagados y/o registrados. (Fojas 2967 a la 2971 del expediente).

g) El cinco de junio de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/663/15, se

solicitó a la Dirección de Auditoría validara y confirmara el contenido de cinco tomos con documentación presentada por el partido político relativa a los pasivos en actividades específicas pagados y/o registrados. (Fojas 2972 a la 2976 del expediente).

h) El siete de julio de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/863/15, se

solicitó a la Dirección de Auditoría validara y confirmara el contenido de cinco tomos con documentación presentada por el partido político relativa a los pasivos en actividades específicas pagados y/o registrados. (Fojas 2977 a la 2981 del expediente).

i) El cinco de agosto de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/982/15, se

solicitó a la Dirección de Auditoría validara y confirmara el contenido de cinco tomos con documentación presentada por el partido político relativa a los pasivos en actividades específicas pagados y/o registrados. (Fojas 2982 a la 2986 del expediente).

j) El diecinueve de agosto de dos mil quince, mediante oficio

INE/UTF/DA-L/355/15, la Dirección de Auditoría dio respuesta a la solicitud realizada, en relación con los oficios INE/UTF/DRN/982/15, INE/UTF/DRN/863/15, INE/UTF/DRN/663/2015, INE/UTF/DRN/433/15,

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

21

INE/UTF/DRN/270/15, y INE/UTF/DRN/108/2015, relativa a catorce distintos proveedores (Fojas 2987 a la 2992 del expediente).

k) El diez de noviembre de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/1206/15,

se solicitó a la Dirección de Auditoría validara y confirmara el contenido de un disco compacto y siete tomos con documentación presentada por el partido político relativa a los pasivos en actividades específicas pagados y/o registrados. (Fojas 3388 a la 3389 del expediente).

l) El once de enero de dos mil dieciséis, mediante oficio INE/UTF/DRN/015/16, se

solicitó a la Dirección de Auditoría validara y confirmara el contenido de un disco compacto y siete tomos con documentación presentada por el partido político relativa a los pasivos en actividades específicas pagados y/o registrados. (Fojas 3390 a la 3391 del expediente).

m) El dieciséis de febrero de dos mil dieciséis, mediante oficio

INE/UTF/DRN/098/16, se solicitó a la Dirección de Auditoría validara y confirmara el contenido de un disco compacto y siete tomos con documentación presentada por el partido político relativa a los pasivos en actividades específicas, pagados y/o registrados (Fojas 3392 a la 3393 del expediente).

n) El veinticinco de febrero de dos mil dieciséis, mediante oficio

INE/UTF/DA-L/062/16, la Dirección de Auditoría dio respuesta a lo solicitado, informando el resultado de la validación y consolidación de la documentación presentada por el partido. (Fojas 3394 a la 3409 del expediente).

o) El doce de octubre de dos mil dieciocho, mediante oficio INE/UTF/DRN/1340/2018, se realizó solicitud de información a la Dirección de Auditoría, relativa a diversos proveedores (fojas 3512 a 3513 del expediente).

p) El veintidós de octubre de dos mil dieciocho, mediante oficio

INE/UTF/DA/3227/2018, la Dirección de Auditoría, emite respuesta en atención a la solicitud de información realizada (fojas 3514 a 3517 del expediente).

q) El veintinueve de marzo de dos mil diecinueve, mediante oficio

INE/UTF/DRN/0203/2019, se realizó solicitud de información a la Dirección de Auditoría, relativa a diversos prestadores de servicios al instituto político (fojas 3530 a 3532 del expediente).

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r) El ocho de abril de dos mil diecinueve, mediante oficio INE/UTF/DA/0485/19, la Dirección de Auditoría, emite respuesta en atención a la solicitud de información realizada (fojas 3514 a 3517 del expediente).

VII. Solicitud de información al Partido de la Revolución Democrática. a) El tres de febrero de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/0758/2015,

esta autoridad solicitó al Representante Propietario del partido ante el Consejo General de este Instituto, remitiera la documentación soporte y contable en relación con los proveedores relativos a la conducta motivo del presente procedimiento. (Fojas 902 a la 905 del expediente)

b) El nueve de febrero de dos mil quince, mediante escrito PGA-127/2015, la

representación del partido incoado, dio respuesta a la solicitud de información, remitiendo la documentación correspondiente a las operaciones realizadas con diversos proveedores, con lo que pretende acreditar lo sostenido en el escrito de mérito (Fojas 911 a 2958 del expediente).

c) El veintitrés de septiembre de dos mil quince, mediante oficio

INE/UTF/DRN/21659/2015, se solicitó información al partido político incoado, asimismo, remitiera el auxiliar contable y balanza de comprobación en el año dos mil trece, correspondiente a la contabilidad de “Actividades Específicas” (Fojas 3382 y 3383 del expediente).

d) El veintiocho de septiembre de dos mil quince, mediante escrito PGA-540/2015,

la representación del partido incoado, dio respuesta a la solicitud de información, remitiendo la documentación consistente en el auxiliar contable y balanza de comprobación correspondiente al ejercicio 2013 de la contabilidad de Actividades Específicas, el papel de trabajo del partido solicitado y las aclaraciones y pólizas con las que realizó los ajustes referidos. (Fojas 3384 a 3387 bis del expediente).

VIII. Ampliación del término para resolver. a) El trece de febrero de dos mil quince, esta autoridad, dada la naturaleza de las

pruebas ofrecidas, la línea de investigación y las diligencias que debían realizarse para sustanciar adecuadamente el procedimiento que por esta vía se resuelve, el Director de la Unidad Técnica de Fiscalización emitió el Acuerdo por el que se amplió el plazo para presentar el Proyecto de Resolución correspondiente. (Foja 906 del expediente).

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b) El trece de febrero de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/1952/2015,

esta autoridad hizo del conocimiento del Secretario Ejecutivo el acuerdo antes mencionado. (Fojas 907 a la 908 del expediente).

c) El trece de febrero de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/1954/2015,

esta autoridad hizo del conocimiento del Presidente de la Comisión de Fiscalización, el acuerdo antes mencionado. (Fojas 909 a la 910 del expediente).

Diligencias Realizadas a Proveedores

IX. Requerimiento de información al representante y/o apoderado legal de la

persona moral denominada, Promocionales Corcel, S.A. de C.V. a) El dieciocho de marzo de dos mil quince, mediante el oficio

INE/UTF/DRN/3718/2015, se requirió al representante legal de la persona moral Promocionales Corcel, S.A. de C.V., a fin de informar respecto de las operaciones realizadas con el Partido de la Revolución Democrática, en el año dos mil trece (fojas 2994 a 2999 del expediente).

b) El veinte de marzo de dos mil quince, C. José Luis Govea Ramírez

representante legal de la persona moral requerida dio contestación a lo solicitado anexando 8 documentos en copia simple, mismos que obran en el expediente (fojas 3000 a 3013 del expediente).

X. Requerimiento de información al C. J. Jesús Fernández Vaca. a) El dieciocho de marzo de dos mil quince, y mediante el oficio

INE/UTF/DRN/3715/2015, se requirió al C. J. Jesús Fernández Vaca, a efecto de confirmar, informar y comprobar sobre la prestación de servicios llevada a cabo a favor del Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece, amparada por la factura 1793 (fojas 3015 a 3021 del expediente).

b) El veinte de marzo de dos mil quince, el C. J. Jesús Fernández Vaca, dio

contestación al requerimiento, anexando diversa documentación en copia simple y ejemplar de revista “coyuntura” número 172, sexta época, octubre-diciembre 2013 (fojas 3022 a 3086 del expediente).

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XI. Requerimiento de información al representante y/o apoderado legal de la persona moral denominada Cuartoscuro, S.A. de C.V. a) El once de marzo de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/3724/2015,

el Director de la Unidad Técnica de Fiscalización solicitó al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en el Distrito Federal, llevar a cabo las diligencias de notificación del oficio INE/UTF/DRN/3712/2015, en el cual se requería al representante y/o apoderado legal de la persona moral Cuartoscuro, S.A. de C.V., a efecto de que proporcionara información relacionada con las operaciones realizadas con el Partido de la Revolución Democrática durante el ejercicio dos mil trece (fojas 3088 a 3090 del expediente).

b) El veinticinco de marzo de dos mil quince, mediante oficio INE/JLE-

DF/02283/2015, el Vocal Secretario de la Junta Local Ejecutiva de este instituto en el Distrito Federal, remitió las constancias que acreditan la notificación solicitada (fojas 3091 a 3101 del expediente).

c) El veinticinco de marzo de dos mil quince, el C. Pedro Antonio Valtierra

Ruvalcaba, representante legal de la persona moral, dio contestación al requerimiento anexando diversa documentación en copia simple relacionada con las facturas A 1572, A1773 y 1840, misma que obra integrada en el expediente (fojas 3102 a 3134 del expediente).

XII. Requerimiento de información al representante y/o apoderado legal de la

persona moral denominada Prensa Latina Agencia Informat Latinoamericana, S.C.

a) El diecisiete de marzo de dos mil quince, mediante oficio

INE/UTF/DRN/3719/2015, se requirió al representante legal de la persona moral Prensa Latina Agencia Informat Latinoamericana, S.C., a fin de que informe en relación a las operaciones realizadas con el Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece (fojas 3136 a 3141 del expediente).

b) El veinticinco de marzo de dos mil quince, C. Orlando Oramas León, director y

apoderado legal de la persona moral requerida dio contestación a lo solicitado anexando diversa documentación en copia simple y relacionada con la factura 6591, misma que obra en el expediente (fojas 3142 a 3166 del expediente).

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XIII. Requerimiento de información a la C. María Luisa Cárdenas Aburto. a) El dieciocho de marzo de dos mil quince, y mediante el oficio

INE/UTF/DRN/3713/2015, se requirió a la C. María Luisa Cárdenas Aburto, a efecto de que informara sobre la prestación de servicios con el Partido de la Revolución Democrática (fojas 3168 a 3173 del expediente).

b) El veinticinco de marzo de dos mil quince, la C. María Luisa Cárdenas Aburto,

dio contestación al requerimiento, anexando diversa documentación en copia simple y relacionada con el recibo de honorarios número 219, misma que obra integrada al expediente (fojas 3174 a 3216 del expediente).

XIV. Requerimiento de información al representante y/o apoderado legal de

la persona moral denominada Omega Consultoría Integral, S.C. a) El trece de marzo de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/3726/2015,

se solicitó al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en el estado de Nuevo León, notificara el oficio requerimiento INE/UTF/DRN/3716/2015, al representante legal de la persona moral Omega Consultoría Integral, S.C., a efecto de que informara sobre la prestación de servicios llevada a cabo a favor del Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece (fojas 3218 a 3219 del expediente).

b) El veintisiete de marzo de dos mil quince, mediante oficio

INE/VS/JLE/NL/0136/2015, el Vocal Secretario de la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en Nuevo León, remitió las constancias realizadas con motivo de la notificación solicitada (fojas 3220 a 3226 del expediente).

c) El cuatro de mayo de dos mil diecisiete, mediante Acuerdo de trámite se solicita

a los Vocales Ejecutivos de la Junta Local Ejecutiva de este instituto en el estado de Nuevo León y de la Junta Distrital correspondiente, realicen lo conducente a efecto de requerir al representante legal de la persona moral Omega Consultoría Integral, S.C., a fin de que informe de manera pormenorizada sobre las operaciones llevadas a cabo con el Partido de la Revolución Democrática durante el año dos mil trece (fojas 3227 a 3228 del expediente).

d) El dieciséis de mayo de dos mil diecisiete, mediante oficio

INE/JLE/NL/UTF-EF/021/2017, el Enlace de Fiscalización de la Junta Local Ejecutiva de Nuevo León de este instituto, remite documentación relativa a la

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notificación realizada por estrados y acta circunstanciada (fojas 3229 a 3238 del expediente).

XV. Requerimiento de información a la C. Ana Angélica Olivares García. a) El catorce y dieciséis de marzo de dos mil quince, se realizaron diversas

diligencias a efecto de notificar el oficio INE/UTF/DRN/3717/2015, mediante el cual se requería a la C. Ana Angélica Olivares García, a efecto de que informara sobre la prestación de servicios con el Partido de la Revolución Democrática (fojas 3240 a 3254 del expediente).

b) Mediante acuerdo de fecha catorce de junio de dos mil diecisiete, se solicitó al

Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en el Distrito Federal, requerir, a la C. Ana Angélica Olivares García, a efecto de que informe sobre la prestación de servicios a favor del Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece (fojas 3255 a 3257 del expediente).

c) El cinco de julio del dos mil diecisiete, el Vocal Secretario de la Junta Distrital

Ejecutiva de este instituto en la Ciudad de México, mediante oficio INE/JLE-CM/04371/2017, remitió la cédula de notificación y el acuse de recibo del oficio INE/JLE-CM/04052/2017 suscrito por el Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva Ciudad de México, a través del cual se le requiere a la C. Ana Angélica Olivares García, informe en relación a las operaciones que mantuvo con el Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece (fojas 3260 a 3262 del expediente).

d) A la fecha de la presente Resolución, la C. Ana Angélica Olivares García no ha

rendido la información solicitada. XVI. Requerimiento de información a la C. Diana Yazmin Ruíz Castillo. a) El catorce de marzo de dos mil quince, se acudió al domicilio de la C. Diana

Yazmín Ruiz Castillo, a fin de notificar el oficio requerimiento INE/UTF/DRN/3720/2015, dada la imposibilidad de realizar la diligencia se emite acta circunstanciada ACTA 12/CIRC/INE/-DF/JD13/14-03-2015 (fojas 3264 a 3269 del expediente).

b) El veintinueve de junio de dos mil diecisiete, se realiza notificación por estrados

del oficio requerimiento INE/JLE-CM/04055/2017, a la C. Diana Yazmín Ruiz Castillo (fojas 3270 a 3279 del expediente).

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c) El trece de septiembre de dos mil diecisiete, mediante Acuerdo de trámite

dictado por el Director de la Unidad Técnica de Fiscalización, C.P. Eduardo Gurza Curiel, se solicita a los Vocales Ejecutivos de la Junta Local Ejecutiva de este instituto en la Ciudad de México y de la Junta Distrital correspondiente, requerir a la C. Diana Yazmin Ruiz Castillo, a fin de que informe sobre las operaciones llevadas a cabo con el Partido de la Revolución Democrática durante el año dos mil trece (fojas 3280 a 3281 del expediente).

d) El dos de octubre de dos mil diecisiete, se realiza notificación por estrados del

oficio requerimiento INE/JLE-CM/05973/2017, a la C. Diana Yazmín Ruiz Castillo (fojas 3283 a 3299 del expediente).

e) El cinco de octubre del dos mil diecisiete, el Vocal Ejecutivo de la Junta Local

Ejecutiva de este instituto en la Ciudad de México, mediante oficio INE/JLE-CM/06382/2017, remitió las constancias relativas a las diligencias llevadas a cabo para la notificación a la C. Diana Yazmin Ruiz Castillo, a efecto de requerirle información con relación a las operaciones que mantuvo con el Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece (fojas 3282 a 3299 del expediente).

f) El veintinueve de marzo del dos mil dieciocho, se acudió al domicilio de la C.

Diana Yazmín Ruiz Castillo, a fin de notificar el oficio requerimiento INE/UTF/DRN/23309/2018, mismo que no pudo notificarse debido a que la proveedora buscada ya no radica en ese domicilio. (fojas 3299 bis a 3299 sexies del expediente).

g) El veinticuatro de mayo del dos mil dieciocho, se acudió al domicilio de la C.

Diana Yazmín Ruiz Castillo, a fin de notificar el oficio requerimiento INE/UTF/DRN/29728/2018, mismo que no pudo notificarse debido a que la persona que atiende la diligencia dijo que la proveedora buscada ya no trabaja en ese domicilio. (fojas 3299 septies a 3299 decies del expediente).

XVII. Requerimiento de información al representante y/o apoderado legal de

la persona moral denominada, Servicio de Educación Popular SEDUP, A.C.

a) El dieciséis de marzo de dos mil quince, mediante oficio

INE/UTF/DRN/3722/2015, se requirió al representante legal de la persona moral denominada Servicio de Educación Popular SEDUP, A.C., a fin de que informe

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en relación a las operaciones realizadas con el Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece (fojas 3301 a 3308 del expediente).

. b) El veintisiete de abril de dos mil quince, quien dijo ser la presidenta del Consejo

de Administración de SEDUP, A.C., emitió respuesta en relación al requerimiento de información realizado (fojas 3309 a 3322 del expediente).

XVIII. Requerimiento de información al representante y/o apoderado legal de

la persona moral denominada, Turismo Dema, S.A. de C.V. a) El dieciocho de marzo de dos mil quince, se acudió al domicilio de la persona

moral Turismo Dema, S.A. de C.V., a fin de notificar el oficio requerimiento INE/UTF/DRN/3723/2015, dada la imposibilidad de realizar la diligencia se emite acta circunstanciada ACTA 18/CIRC/DF/JD12/24-03-15 (fojas 3324 a 3333 del expediente).

XIX. Requerimiento de información al C. Daniel Emiliano Rosales Morales. a) El trece de marzo de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/3727/2015,

el Director de la Unidad Técnica de Fiscalización solicitó al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en el estado de Puebla, notificar el oficio requerimiento INE/UTF/DRN/3721/2015, al C. Daniel Emiliano Rosales Morales, a efecto de que informe sobre la prestación de servicios llevada a cabo a favor del Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece (fojas 3335 a 3336 del expediente).

b) El veinticuatro de marzo de dos mil quince, se acudió al domicilio del C. Daniel

Emiliano Rosales Morales, a fin de notificar el oficio requerimiento INE/UTF/DRN/3721/2015, dada la imposibilidad de realizar la diligencia se emite acta circunstanciada ACTA INE/CIRC/11/JD10/PUE/24-03-2015 (fojas 3337 a 3344 del expediente).

c) El veintisiete de junio de dos mil diecisiete, el Vocal Secretario de la Junta

Distrital Ejecutiva correspondiente de este Instituto, realiza notificación por estrados del oficio requerimiento INE/JLE-CM/04054/2017, al C. Daniel Emiliano Rosales Morales (fojas 3345 a 3354 del expediente).

d) El doce de octubre de dos mil diecisiete, mediante Acuerdo de trámite, el

Director de la Unidad Técnica de Fiscalización solicitó al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en el estado de Puebla, notificar al C.

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Daniel Emiliano Rosales Morales, a efecto de que informe sobre la prestación de servicios llevada a cabo a favor del Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece (fojas 3355 a 3356 del expediente).

e) El trece de noviembre de dos mil diecisiete, el enlace de fiscalización de la

Junta Local Ejecutiva del estado de Puebla, remitió a la Unidad Técnica de Fiscalización las constancias de las diligencias realizadas para la notificación solicitada, a saber, acta circunstanciada, cédula de publicación en estrados y cédula de retiro de estrados del oficio INE/JLE/VE/1577/2017, dirigido al C. Daniel Emiliano Rosales Morales (fojas 3357 a 3361 del expediente).

f) El veinticinco de abril del dos mil dieciocho, se acudió al domicilio del Daniel

Emiliano Rosales Morales, a fin de notificar el oficio requerimiento INE/UTF/DRN/26673/2018, mismo que no pudo notificarse debido a que la persona ya no vive en el domicilio. (fojas 3470 a 3485 del expediente).

XX. Requerimiento de información al C. Aarón David Flores Olea. a) El trece de marzo de dos mil quince, mediante oficio INE/UTF/DRN/3725/2015,

se solicitó al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en el estado de Morelos, notificar el oficio requerimiento INE/UTF/DRN/3714/2015, al C. Aarón David Flores Olea, a efecto de que confirme sobre la prestación de servicios llevada a cabo con el Partido de la Revolución Democrática en el ejercicio dos mil trece (fojas 3363 a 3364 del expediente).

b) El siete de abril de dos mil quince, la Junta Local Ejecutiva correspondiente,

realizó notificación por estrados del oficio INE/UTF/DRN/3714/2015, al C. Aarón David Flores Olea, debido a que no localizó al proveedor, por lo que se procedió a realizar acta circunstanciada y correspondiente notificación por estrados, la Junta Local remitió las constancias de la diligencia a través de sobre cerrado que contiene dispositivo magnético (CD) (fojas 3365 a 3372 del expediente).

c) El once de julio de dos mil diecisiete, mediante Acuerdo de trámite, el Director

de la Unidad Técnica de Fiscalización solicitó al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en el estado de Morelos, notificar al C. Aarón David Flores Olea, a efecto de que informe sobre la prestación de servicios llevada a cabo a favor del Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece (fojas 3373 a 3374 del expediente).

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d) El veinte de julio de dos mil diecisiete, mediante oficio INE/JLE-UTF-MOR/86/2017, el Enlace de Fiscalización en Morelos, en atención al oficio INE/SE/0458/2016 y el acuerdo de trámite de once de julio de dos mil diecisiete, envía documentación relativa a la notificación por estrados (fojas 3375 a 3381 del expediente).

e) El quince de junio de dos mil dieciocho, mediante Acuerdo de trámite, el

Director de la Unidad Técnica de Fiscalización solicitó al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en la Ciudad de México, notificar al C. Aarón David Flores Olea, a efecto de que informe sobre la prestación de servicios llevada a cabo a favor del Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece (fojas 3486 a 3487 del expediente).

f) El cuatro de julio de dos mil dieciocho, el Vocal Secretario de la Junta Local

Ejecutiva de la Ciudad de México, remitió las constancias relativas a las diligencias realizadas para notificación por estrados del oficio INE/JLE-CM/05953/2018, dada la imposibilidad de practicar la diligencia de manera personal, a través del cual se solicita información al C. Aarón David Flores Olea, en relación con diversos servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática en el año dos mil trece (fojas 3488 a la 3503 del expediente).

XXI. Requerimiento de información a la Dirección Jurídica del Instituto Nacional Electoral (Contencioso). a) El veintisiete de octubre de dos mil dieciséis, mediante oficio

INE/UTF/DRN/610/2016, se realiza solicitud de información a la Dirección Jurídica del Instituto Nacional Electoral, a efecto de que realice búsqueda en el Sistema Integral de Información del Registro Federal de Electores, respecto a cuatro proveedores (personas físicas) relacionados en el presente procedimiento oficioso (foja 3420 del expediente).

b) El treinta y uno de octubre de dos mil dieciséis, mediante oficio

INE-DC/SC/26929/2016, la Dirección Jurídica del Instituto Nacional Electoral, emite respuesta, proporcionando la información solicitada (fojas 3421 a 3422 del expediente).

c) El trece de febrero de dos mil diecinueve, mediante oficio

INE/UTF/DRN/57/2019, se realiza solicitud de información a la Dirección Jurídica del Instituto Nacional Electoral, a efecto de que realice búsqueda en el

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Sistema Integral de Información del Registro Federal de Electores, respecto a siete proveedores (personas físicas) relacionados en el presente procedimiento oficioso (fojas 3520 a 3521 del expediente).

d) El quince de febrero de dos mil diecinueve, mediante oficio

INE-DJ/DSL/SSL/2021/2019, la Dirección Jurídica del Instituto Nacional Electoral, emite respuesta, proporcionando la información solicitada (fojas 3522 a 3529 del expediente).

XXII. Requerimientos de información al Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. a) El once de abril de dos mil diecisiete, mediante oficio INE/UTF/DRN/3991/2017,

se realizó solicitud de información al Servicio de Administración Tributaria (foja 3427 del expediente).

b) El dieciocho de abril del dos mil diecisiete, mediante oficio 103-05-2017-0479, la

Administración General de Evaluación del Servicio de Administración Tributaria, emite respuesta, en atención al oficio INE/UTF/DRN/3991/2017 (fojas 3428 a 3432 del expediente).

c) El catorce de agosto de dos mil diecisiete, mediante oficio

INE/UTF/DRN/12339/2017, esta autoridad solicita información al Servicio de Administración Tributaria; respecto al domicilio fiscal registrado por 3 personas físicas (proveedores), (foja 3436 del expediente).

d) El dieciséis de agosto de dos mil diecisiete, mediante oficio 103-05-2017-1129,

el Administrador Central de Evaluación de Impuestos Internos, emite respuesta en atención al oficio INE/UTF/DRN/12339/2017 (fojas 3437 a 3446 del expediente).

e) El dieciocho de agosto de dos mil diecisiete, mediante oficio 103-05-2017-1149,

el Administrador Central de Evaluación de Impuestos Internos, emite respuesta en atención al oficio INE/UTF/DRN/12339/2017 (fojas 3447 a 3457 del expediente).

f) El doce de enero de dos mil dieciocho, mediante oficio

INE/UTF/DRN/1343/2018, se realiza solicitud de información al Servicio de Administración Tributaria respecto del domicilio fiscal de dos proveedores (foja 3460 del expediente).

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g) El diecisiete de enero de dos mil dieciocho, mediante oficio 103-05-2018-0027,

el Administrador Central de Evaluación de Impuestos Internos, emite respuesta en atención al oficio INE/UTF/DRN/1343/2018 (fojas 3461 a 3467 del expediente).

h) El veintiuno de agosto del dos mil dieciocho, mediante oficio

INE/UTF/DRN/42203/2018, esta autoridad solicitó información al Servicio de Administración Tributaria respecto del domicilio fiscal de dos proveedores, (foja 3504 del expediente).

i) El veinticuatro de agosto del dos mil dieciocho, mediante oficio

103-05-05-2018-0180, el Servicio de Administración Tributaria, emite respuesta en atención a lo solicitado (fojas 3505 a la 3510 del expediente).

XXIII. Requerimientos de información al Instituto Mexicano del Seguro Social. a) El quince de diciembre de dos mil diecisiete, mediante oficio

INE/UTF/DRN/18964/2017, se solicita información al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social en relación al domicilio registrado tres proveedores (foja 3458 del expediente).

b) El veintidós de diciembre de dos mil diecisiete, mediante oficio

09 52 17 9210/11322, el Instituto Mexicano del Seguro Social, emite respuesta en relación a lo solicitado (foja 3459 del expediente).

c) El doce de febrero de dos mil dieciocho, mediante oficio

INE/UTF/DRN/14552/2018, esta autoridad solicitó información al Instituto Mexicano del Seguro Social, en relación al domicilio registrado tres proveedores (foja 3468 del expediente).

d) El veintiuno de febrero de dos mil dieciocho, mediante oficio

09 52 18 9211/1164, el Instituto Mexicano del Seguro Social, emite respuesta en relación con lo solicitado (foja 3469 del expediente).

e) El dieciocho de septiembre del dos mil dieciocho, mediante oficio

INE/UTF/DRN/43908/2018, esta autoridad solicitó información al Instituto Mexicano del Seguro Social, respecto del domicilio registrado de dos proveedores, (foja 3511 del expediente).

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f) El veintisiete de septiembre de dos mil dieciocho, mediante oficio

09 52 18 9223/4167, el Instituto Mexicano del Seguro Social, emite respuesta en relación con lo solicitado (foja 3511 bis del expediente).

XXIV. Requerimientos de información a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos. a) El nueve de enero de dos mil diecinueve, mediante oficio

INE/UTF/DRN/0122/2019, se realiza solicitud de información a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, a efecto de que se informe sobre los montos determinados para la realización de actividades específicas por parte del Partido de la Revolución Democrática en el ejercicio dos mil trece (foja 3518 del expediente).

b) El diecisiete de enero de dos mil diecinueve, mediante oficio

INE/DEPPP/DE/DPPF/0122/2019, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, emite respuesta en relación a lo solicitado (foja 3519 del expediente).

XXV. Razones y Constancias. a) El veintitrés de marzo de dos mil dieciséis, la Unidad Técnica de Fiscalización

hizo constar que se realizó una consulta en el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales del Servicio de Administración Tributaria accesible vía Internet con el propósito de verificar y validar la autenticidad del CFDI identificado como “recibo de pago de honorarios 219”, expedido por la C. María Luisa Cárdenas Aburto (fojas 3410 a 3411 del expediente).

b) El once de mayo de dos mil dieciséis, la Unidad Técnica de Fiscalización hizo

constar que se realizó una consulta en el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales del Servicio de Administración Tributaria accesible vía Internet con el propósito de verificar y validar la autenticidad del CFDI identificado como “Factura 1572”, expedido por la persona moral CUARTOSCURO, S.A. de C.V., (fojas 3412 a 3413 del expediente).

c) El dieciséis de junio de dos mil dieciséis, la Unidad Técnica de Fiscalización

hizo constar que se realizó una consulta en el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales del Servicio de Administración Tributaria accesible vía Internet con el propósito de verificar y validar la autenticidad del CFDI

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identificado como “Factura 1793”, expedido por el C. J. Jesús Fernández Vaca, (fojas 3414 a 3415 del expediente).

d) El tres de agosto de dos mil dieciséis, la Unidad Técnica de Fiscalización hizo

constar que se realizó una consulta en el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales del Servicio de Administración Tributaria accesible vía Internet con el propósito de verificar y validar la autenticidad del CFDI identificado como “Factura 1840”, expedido por la persona moral Cuartoscuro, S.A. de C.V., (fojas 3416 a 3417 del expediente).

e) El uno de septiembre de dos mil dieciséis, la Unidad Técnica de Fiscalización

hizo constar que se realizó una consulta en el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales del Servicio de Administración Tributaria accesible vía Internet con el propósito de verificar y validar la autenticidad del CFDI identificado como “Factura 284 B”, expedido por la persona moral INTERTICKET, S.A. de C.V., (fojas 3418 a 3419 del expediente).

f) El diez de enero de dos mil diecisiete, la Unidad Técnica de Fiscalización hizo

constar que se realizó una consulta en el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales del Servicio de Administración Tributaria accesible vía Internet con el propósito de verificar y validar la autenticidad del CFDI identificado como “factura 2790”, expedido por la persona moral denominada Promocionales Corcel, S.A. de C.V., (fojas 3423 a 3424 del expediente).

g) El trece de febrero de dos mil diecisiete, la Unidad Técnica de Fiscalización hizo

constar que se realizó una consulta en el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales del Servicio de Administración Tributaria accesible vía Internet con el propósito de verificar y validar la autenticidad del CFDI identificado como “factura 2714”, expedido por la persona moral denominada Promocionales Corcel, S.A. de C.V., (fojas 3425 a 3426 del expediente).

h) El doce de julio de dos mil dieciocho, la Unidad Técnica de Fiscalización hizo

constar que se realizó una consulta en el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales del Servicio de Administración Tributaria accesible vía Internet con el propósito de verificar y validar la autenticidad del CFDI identificado como “factura 62”, expedido por la persona moral denominada Servicios de Educación Popular, A. C. (fojas 3322 bis a 3322 ter del expediente).

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XXVI. Emplazamiento al Partido de la Revolución Democrática. a) El once de abril de dos mil diecinueve, mediante oficio

INE/UTF/DRN/4724/2019, esta autoridad emplazó al Partido de la Revolución Democrática corriéndole traslado con todos los elementos que integran el expediente referido, para que, en un término de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación, contestara por escrito lo que considerara pertinente, exponiendo lo que a su derecho conviniere, ofreciera y exhibiera las pruebas que respalden sus afirmaciones. (Fojas 3542 a 3544 del expediente)

b) Al respecto, una vez atendido lo ordenado en el emplazamiento, el diecisiete de

abril de dos mil diecinueve se recibió contestación por parte del Maestro Camerino Eleazar Márquez Madrid, Representante Propietario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a través del cual manifestó medularmente lo siguiente: (fojas 3545 a 3577 del expediente)

“Es preciso señalar que en la RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y EGRESOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL TRECE, identificada con clave INE/CG217/2014, se estableció: III. Conclusión 60 … Tabla insertada (…) Bajo estas circunstancias, en el asunto que nos ocupa, de manera contraria a derecho, mediante oficio marcado con el número INE/UTF/DRN/0758/2015, de fecha 2 de febrero del 2015, emitido por el Encargado de Despacho de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral y notificado en la oficina que ocupa la Representación del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral el 3 de febrero del 2015, se indica la materia de investigación en el procedimiento en materia de fiscalización que nos ocupa, por lo que respecta al proveedor “Servicios de Educación Popular SEDUP, A.C” es por un monto involucrado de $2,131,329.73, imputación que a todas luces es incorrecta.

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En virtud de que el mandato del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, contenido en la RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y EGRESOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL TRECE, identificada con la clave INE/CG217/2014, respecto de proveedor “Servicios de Educación Popular SEDUP, A.C” es por un monto involucrado de $406,000.00, y no como de manera infundada y carente de motivación se imputa el importe de $2,131,329.73, en el alfanumérico INE/UTF/DRN/0758/2015. Aunado a lo anterior, se niega categórica y expresamente que el Partido de la Revolución Democrática, haya violado lo establecido en los artículos 77, numeral 2, inciso g); 78, numeral 1 inciso a), fracción IV, en relación con el 83, numeral 1, inciso b), fracción II del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Lo anterior en virtud de que, los hechos materia de investigación, por una parte, no se trata de aportaciones o donativos al Partido de la Revolución Democrática por parte de empresas mexicanas de carácter mercantil, ni en dinero ni en especie, por sí o por interpósita persona; por otra, el instituto político que se representa, en el ejercicio fiscal del año 2013, cumplió con destinar destinar (sic) por lo menos el dos por ciento del financiamiento público que para el desarrollo de las actividades específicas y ante tal situación, en tiempo y forma presentó ante la autoridad fiscalizadora los informes del origen y monto de los ingresos que reciban por cualquier modalidad de financiamiento, así como su empleo y aplicación, atendiendo a las siguientes reglas, informe anual en el que se reportaron los ingresos totales y gastos ordinarios que los partidos hayan realizado durante el ejercicio fiscal 2013, tal y como se refiere a continuación. ➢ En relación al proveedor CUARTOOSCURO, S.A. DE C.V.

(2-10-101-0003-0355).- Respecto de lo registrado en la póliza PD-33870/12/2013, bajo el concepto AJ SF Cuartoscuro, SA de CV Reclasif Prov., le informo que el total de los movimientos registrados es por un monto de $20,300.00 mismos que fueron reclasificados por que las transferencias de pago registradas en las PE-38008/02/2013 por un importe de $8,700.00 bajo el concepto de TBT/0205 PAGO PASIVO 2012, FACTURAS No. A286, A385 y A485, PE-33011/04/2013 por importe de $8,700.00 bajo el concepto de TBT/0583 CUARTOSCURO SA D CV PASIVO 2012 PAG FACT A589,486 y A687 y la PE-33024/01/2014 por importe de $2,900.00

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bajo el concepto de TBT/0148 FOL/0168 CUARTOSCURO, se habían registrado en la cuenta 2-10-101-0003-0355 siendo que el registro correcto debió de haberse realizado en la cuenta 2-10-105-0003-0025 Cuartoscuro, SA de CV cuenta que fue creada exclusivamente para reflejar los saldos finales del ejercicio 2012.

En este sentido, mediante alfanumérico PGA-127/2015, se anexó la documentación comprobatoria de lo indicado en el párrafo inmediato anterior, en la que se refleja que los pagos de los importes requeridos mismos que ya fueron realizados, así como los auxiliares de las cuentas 2-10-101-0003-0355 y 2-10-105-0003-0025, reflejados en la contabilidad de Actividades Específicas 2013 y en la contabilidad de Partido de la Revolución Democrática Concentrada 2013. Bajo estas circunstancias, es importante mencionar que en el ejercicio 2013 fue creada una contabilidad (centro de operaciones o costos) para el registro de todos los movimientos realizados por Actividades Específicas, misma que fue concentrada en la contabilidad de Partido de la Revolución Democrática Concentrada 2013 contabilidad en la que fueron registrados todos los saldos finales del ejercicio 2012 que incluía los saldos de proveedores de Actividades Específicas, motivo por el cual en los reportes de auxiliares de la contabilidad de Actividades Específicas la suma de estos movimientos reflejan saldo negativo. Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos Políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad (sic) fiscalizadora que la “La póliza PD-33870/12/2013 fue aplicada en su momento de manera errónea por $20,300.00; “Las pólizas PE-38008/02/2013 y PE-33011/04/2013, se consideraron en 2013 para pagos de 2012” y “PE-33024/01/2014 corresponde al soporte documental de pagos realizados en el 2014 por facturas registradas en el 2012”, concluyendo la autoridad fiscalizadora que “El partido realizó correcciones… afectando los saldos dictaminados por $23,000.00 en la cuenta 2-10-101-0003-0355 Cuartoscuro, S.A. de C.V.”. Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de la prueba, esa autoridad

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resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $20,300.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor CUARTOSCURO, S.A. de C.V., por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $20,300.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

➢ Respecto del proveedor CÁRDENAS ABURTO MARÍA LUISA (2-10-101-0003-0887), mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se remitió la póliza PE-33019/06/2014 por importe de $6,500.00 bajo el concepto TBT/1136 F.1426 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO PASIVO 2013, se registró el PAGO RECIBO No. 219, debidamente soportada en donde refleja el recibo de honorarios 219 fue pagado en fecha 05/06/2014.

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que la “La póliza PE-33019/06/2014 soporta el pago del pasivo de 2013 por $6,500.00”. Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de prueba, esa autoridad resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $6,500.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor CARDENAS ABURTO MARIA LUISA, por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $6,500.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

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➢ Por lo que respecta al proveedor FLORES OLEA AARÓN DAVID

(2-10-101-0006-0077), mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se remitieron las pólizas de egresos en donde fueron registradas las transferencias bancarias que comprueban el pago de los recibos de honorarios A 11, A 12, A 13 y A 15 debidamente soportada, relacionadas a continuación

• PE-33021/03/2014 por importe de $20,640.00 bajo el concepto TBT/0426 FOL/0527 FLORES OLEA AARON DAVID PASIVO 2013 REC- 11 y 12.

• PE-33015/04/2014 por importe de $10,320.00 bajo el concepto TBT/0646 FOL/0794 AARON DAVID FLORES OLEA PASIVO 2013 REC-A13.

• PE-33027/06/2014 por importe de $10,320.00 bajo el concepto TBT/1147 F.1437 AARON DAVID FLORES OLEA PASIVO 2013, PAGO DE RECIBO DE HONORARIOS # A15.

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos Políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que “Las pólizas PE-33021/03/2014, PE-33015/04/2014 y PE-33027/06/2014 soportan pagos de pasivos de 2013 por $41,280.00”; concluyendo la autoridad fiscalizadora que “El partido realizó correcciones…afectando los saldos dictaminados por $51,600.00 en la cuenta 2-10-101-0006-0077 Flores Olea Aarón David”. Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de valoración de la prueba, esta autoridad resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $41,280.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor FLORES OLEA AARON DAVID, por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $41,280.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado

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fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

➢ En relación al proveedor FERNÁNDEZ VACA JESÚS (2-10-101-0006-0188), mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se remitieron las pólizas de egresos en donde fueron registradas las transferencias bancarias que comprueban el pago de la F-1793 debidamente soportada, así mismo le informo que el concepto de la Póliza PD-33870/12-2013, en donde se menciona que el ajuste corresponde a la PE-33127 Diciembre es incorrecto por descuido se puso PE siendo que debería ser PD el ajuste corresponde a la póliza PD-33127/12/2013, póliza que también anexo, relaciono a continuación las pólizas:

• PE-33026/04/2014 por importe de $30,000.00 bajo el concepto TBT/0657 FOL/0805 J JESUS FERNANDEZ VACA PASIVO 2013 F-1793.

• PE-33037/05/2014 por importe de $31,944.00 bajo el concepto TBT/0886 J. JESUS FERNANDEZ VACA PASIVO 2013 PAGO FINIQUITO FACTURA No. 1793.

• PD-33127/12/2013 por importe de $61,944.00 bajo el concepto FAC 1793 J. JESUS FERNANDEZ VACA REV COYUNTURA No. 172 OCT-DIC 2013

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que la “Procede la aclaración por $61,944.00”; “El partido realizó correcciones contables… afectando los saldos dictaminados por $384,368.32 en la cuenta 2-10-101-0006-0188 Fernández Vaca J. Jesús”. Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de prueba, esa autoridad resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $61,944.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor FERNANDEZ VACA J JESUS., por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó

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acreditado que, dicho importe de $61,944.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

➢ En lo relativo al proveedor LOVERA LÓPEZ SARA (2-10-101-0012-0123); mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se indicó que lo registrado en la póliza PD-33870/12/2013, bajo el concepto AJ AE 33070 Enero, Lovera López Sara, le informo que el importe del movimiento registrado es por $60,000.00 mismo que fue reclasificado porque la transferencia de pago registrada en la PE-34001/05/2013 bajo el concepto de FOL/0974 TBT/0796 SARA LOVERA PAG PASIVO 2012 F/639 y 640 se había registrado en la cuenta 2-10-101-0012-0123 siendo que el registro correcto debió de haberse realizado en la cuenta 2-10-105-0012-0008 Lovera López Sara cuenta que fue creada exclusivamente para reflejar los saldos finales del ejercicio 2012 en la que se manifiesta un saldo inicial de $90,000.00 que incluye los $60,000.00 solicitados, mismo que se ve disminuido con la aplicación de los pagos realizados, anexando la póliza:

• PE-34001/05/2013 por importe de $60,000.00 bajo el concepto FOL/0974 TBT/0796 SARA LOVERA PAG PASIVO 2012 F/639 Y 640

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que “La póliza PD-33870/12/2013 fue aplicada en su momento de manera errónea por $60,000.00; “La póliza PE-34001/05/2013 se consideró en 2013 para pagos de 2012”, concluyendo la autoridad fiscalizadora que “El partido realizó correcciones … afectando los saldos dictaminados por $60,000.00 en la cuenta 2-10-101-0012-0123 Lovera López Sara”. Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de prueba, esa autoridad

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resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $60,000.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor LOVERA LOPEZ SARA, por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $60,000.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

➢ Respecto del proveedor MENDOZA VÁZQUEZ GILBERTO (2-10-101-0013-0236), mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se remitió el estado de cuentas del banco BBVA BANCOMER a nombre del Partido de la Revolución Democrática Cuenta número 0191124684 en donde se refleja el pago por importe de $17,400.00 realizado el día 23/ene/2013 con el concepto 0000140 PASIVO 2012 PAGO FACTURA 0088 Ref. 000015483 072, mismo que fue registrado en la PE-31161/01/2013 con concepto TBT/0140 PASIVO 2012 FACTURA 0088, y fue reclasificado en la PD-33870/12-2013, bajo el concepto AJ PE-31161 Marzo, Mendoza Vázquez Gilberto, en virtud de que había sido registrado en la cuenta 2-10-101-0013-0236 siendo que el registro correcto debió de haberse realizado en la cuenta 2-10-104-1013-0001 Mendoza Vázquez Gilberto cuenta que fue creada exclusivamente para reflejar los saldos finales del ejercicio 2012 en la que se manifiesta un saldo inicial de $34,800.00 que incluye los $17,400.00 solicitados, situación que se comprobó con la siguiente documentación que también fue anexada.

• PE-31161/01/2013 por importe de $17,400.00 bajo el concepto TBT/0140 PASIVO 2012 FACTURA 0088.

• Auxiliares de las cuentas 2-10-101-0013-0236 y 2-10-104-1013-0001.

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que “La póliza PD-33870/12/2013 fue

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aplicada de manera errónea por $17,400.00”; “La póliza PE-31161/01/2013 se consideró en 2013 para pagos de 2012 del CEN”, concluyendo la autoridad fiscalizadora que “El partido realizó correcciones … afectando los saldos dictaminados por $17,400.00 en la cuenta 2-10-101-0013-0236 Mendoza Vázquez Gilberto”. Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de prueba, esa autoridad resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $17,400.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor MENDOZA VAZQUEZ GILBERTO, por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $17,400.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

➢ En relación al proveedor OMEGA CONSULTORÍA INTEGRAL, S.A. (2-10-101-0016-0210), mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se informó que el número de cuenta con el que lo solicita no es, la cuenta que le corresponde de acuerdo a nuestros registros es la 2-10-101-0016-0024 Omega Consultoría Integral SC, así mismo Anexo Transferencia bancaria número TBT/1487 por importe de $81,200.00 a nombre de Omega Consultoría Integral, S.C. bajo concepto PAGO FACTURA No. 0025F, con Referencia numérica 1487 realizada en fecha 02 de Septiembre de 2013.

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que la “La póliza PD-33006/09-2013 soporta la creación del pasivo de 2013 por $81,200.00; y no así, el pago al proveedor”; concluyendo la autoridad fiscalizadora que “El partido realizó correcciones … afectando los saldos dictaminados por $81,200.00 en la cuenta 2-10-101-0016-0024 Omega Consultoría Integral, S.A.”.

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Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de prueba, esa autoridad resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $81,200.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor OMEGA CONSULTORIA INTEGRAL SC, por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $81,200.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

➢ Respecto del proveedor OLIVARES GARCÍA ANA ANGÉLICA (2-10-101-0016-0210), mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se remitió la Transferencia bancaria número TBT/1959 por importe de $14,000.00 a nombre de ANA ANGELICA OLIVARES GARCIA bajo el concepto PAGO DE RECIBOS DE HONORARIOS No. A0031 y A0034, con Referencia numérica 1959 realizada en fecha 11 de Noviembre de 2013.

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que la “La póliza PE-31161/11-2013 soporta el pago de los recibos A-0031 pendiente de pago al $14,000.00 al proveedor en cita, también registrado en la contabilidad del CEN”, concluyendo la autoridad fiscalizadora que “El partido realizó correcciones… afectando los saldos dictaminados por $14,000.00 en la cuenta 2-10-101-0016-0210 Olivares García Ana Angélica”. Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de prueba, esa autoridad resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $14,000.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor OLIVARES GARCÍA ANA ANGELICA, por los servicios

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prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $14,000.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

➢ En relación al proveedor PRENSA LATINA AGENCIA INFORMAT LATINOAMERICANA, S.C. (2-10-101-0017-0113), mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se remitió la Transferencia bancaria número TBT/1975 por un importe de $40,600.00 a nombre de PRENSA LATINA AGENCIA INFORMAT LATINOAMERICANA, S.C. bajo el concepto PAGO DE FACTURA No 6591 POR IMPRESIONES, con referencia numérica 1975 realizada en fecha 12 de Noviembre de 2013.

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que la “La póliza PE-31173/11-2013 se consideró en 2013 para pagos del proveedor en cita, también registrado en la contabilidad del CEN”, concluyendo la autoridad fiscalizadora que “El partido realizó correcciones … afectando los saldos dictaminados por $40,600.00 en la cuenta 2-10-101-0017-0113 Prensa Latina Agencia Informat Latinoamericana, S.C.”. Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de prueba, esa autoridad resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $40,600.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor PRENSA LATINA AGENCIA INFORMAT LATINOAMERICANA SC., por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $40,600.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año

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2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

➢ Respecto del proveedor PROMOCIONALES CORCEL, S.A. DE C.V. (2-10-101-0017-0128), mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se remitieron las siguientes Transferencias bancarias que amparan la realización del pago de las facturas 2714 y 2790 emitidas por el proveedor Promocionales Corcel, S.A. de C.V.

• TBT/0269 por importe de $72,500.00 a nombre de PROMOCIONALES CORCEL, S.A. DE C.V. bajo el concepto PASIVO 2013 FACT 2714, con Referencia numérica 0269 realizada en fecha 07 de Febrero de 2014.

• TBT/0652 por importe de $69,600.00 a nombre de PROMOCIONALES CORCEL, S.A. DE C.V. bajo el concepto PASIVO 2013, PAGO ANTICIPO FACTURA No. 2790, con Referencia numérica 0652 realizada en fecha 04 de Abril de 2014.

• TBT/0880 por importe de $34,800.00 a nombre de PROMOCIONALES CORCEL, S.A. DE C.V. bajo el concepto PASVO 2013, PAGO SEGUNDO ANTICIPO FACTURA No. 2790, con Referencia numérica 0880 realizada en fecha 09 de Mayo de 2014.

• TBT/1151 por un importe de $34,800.00 a nombre de PROMOCIONALES CORCEL, S.A. DE C.V. bajo el concepto PASIVO 2013, FINIQUITO DE FACTURA No. 2790, con Referencia numérica 1151 realizada en fecha 06 de Junio de 2014.

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que “Las pólizas PE-33031/06-14, PE-33031/05-14, PE-33021/04-14 y PE-33017/02-14 soportan pagos de pasivos de 2013 por $211,700.00”. Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de prueba, esa autoridad

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resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $107,300.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor PROMOCIONALES CORCEL SA DE CV, por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $107,300.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

➢ En relación al proveedor ROSALES MORALES DANIEL EMILIANO (2-10-101-0019-0575), mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se anexó la póliza PE-33041/03/2014 por importe de $10,000.00 bajo el concepto TBT/0464 FOL/0464 ROSALES MORALES DANIEL EMILIANO PASIVO 2013 REC-309 y 310, debidamente soportada en donde refleja que los recibos de honorarios 309 y 310, fueron pagado en fecha 07/03/2014.

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que la “La póliza PE-33041/03/2014 soporta el pago del pasivo de 2014 por $10,000.00”. Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de prueba, esa autoridad resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $10,000.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor ROSALES MORALES DANIEL EMILIANO, por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $10,000.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

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➢ En relación al proveedor SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR

SEDUP, A.C (2-10-101-0021-0096), el número de cuenta correcto es el marcado con la clave 2-10-101-0020-0414, además de que el importe que refiere no es el mismo de la suma del pago de las facturas materia d investigación.

Por ello, mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se remitieron las pólizas que amparan la realización del pago de las Facturas 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66 y 67, registradas bajo las pólizas PD-33.32/12-2013 a la PD-33042/12-2013, relacionadas a continuación:

• PE-33031/03/2014 por importe de $46,000.00 bajo el concepto TBT/0436 FOL/0537 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC PASIVO 2013 REC-56 58 60 y 67.

• PE-33031/04/2014 por importe de $34,800.00 bajo el concepto TBT/0663 FOL/0811 SERVICIOS DE EDUCACION POPULAR SEDUP, A.C. PASIVO 2013 F- 59, 61 Y 62.

• PE-33035/05/2014 por importe de $34,800.00 bajo el concepto TBT/0884 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP, A.C. PASIVO 2013 PAGO FACTURA No. 63, 64 y 65.

• PE-33033/06/2014 por importe de $11,600.00 bajo el concepto TBT/1153 F-1443 SERVICIOS DE EDUCACION POPULAR SEDUP, AC PASIVO 2013 PAGO DE FACTURA # 066.

Lo anterior, es coincidente con el contenido del “Anexo 5.1” del RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y EGRESOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL CATORCE y del DICTAMEN CONSOLIDADO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL CATORCE, en el que se estableció:

Tabla insertada (…)

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Siendo importante destacar que, en relación a lo registrado en la póliza PD-33870/12-2013, bajo los conceptos AJ Reclasif. PE33006/05-13, PE33007/05-13, PE33002/07-13 y PE-33005/09-13 Servicios de Educación respectivamente, le informo que las pólizas antes mencionadas fueron reclasificadas porque las transferencias de pago se había registrado en la cuenta 2-10-101-0020-0414, siendo que el registro correcto debió de haberse realizado en la cuenta 2-10-105-0020-0007 Servicios de Educación Popular SEDUP AC cuenta que fue creada exclusivamente para reflejar los saldos finales del ejercicio 2012, en la que se manifiesta un saldo inicial de $365,400.00 que incluye los importes pagados en las pólizas de egresos reclasificadas, también le informo que los servicios facturados fueron por concepto de: Preparación del programa Cine Club en varias fechas del ejercicio 2012, para comprobar dicha manifestación, mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se remitieron las Pólizas de Egresos reclasificadas en la PD-33870/12-2013, soportadas debidamente con la documentación que ampara la realización del pago:

• PE-33006/05/2013 por importe de $113,100.00 bajo el concepto FOL/0958 TBT/0782 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR AC PASIVO 2012 f/ 13-21 23-25

• PE-33007/05/2013 por un importe de $34,800.00 bajo el concepto FOL/0959 TBT/0783 SERVICIOS DE EDUCION POPULAR AC PASIVO 2012 F/ 9 10 y 11

• PE-33002/07/2013 por importe de $52,200.00 bajo el concepto FOL/1905 TBT/1485 SERVICIOS DE EDUCACION POPULAR SEDUP AC PASIVO 2012 f/39,40,41,42,48 Y 49

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que la “Las pólizas PE-33031/03/2014, PE-33031/04/2014, PE-33035/05/2014 y PE-33033/06/2014 soportan pagos de pasivos de 2013 por $127,600.00” y “Las pólizas PD-33870/12-2013, PE-33006/05-13, PE-33007/05-13, PE-33002/07-13 y PE-33005/09-13 se analizaron durante la presentación del Informe Anual 2013 del partido”.

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Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de prueba, esa autoridad resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $127,600.00, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor SERVICIOS DE EDUCACION POPULAR SEDUP A.C., por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $127,600.00, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

➢ Respecto del proveedor TURISMO DEMA, S.A. DE C.V. (2-10-101-0021-0096), mediante oficio marcado con el número SF/123/2015, enviado a esa Unidad Técnica de Fiscalización, a través del alfanumérico PGA-127/2015, se remitieron los números de Pólizas de Egresos con los que fueron realizados los pagos solicitados, así como copia de las Pólizas de Egreso y Diario relacionadas debidamente soportadas con la transferencia bancaria que acredita el pago de los servicios y auxiliar del Proveedor Turismo Dema SA de CV cuenta 2-10-101-0021-0096, de la balanza concentrada en “PARTIDOS DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRATICA CONCENTRADA 2013” en los cuales se encuentran registrados los pagos

Lo anterior se corrobora plenamente el contenido del oficio marcado con la clave INE/UTF/DA-L/355/15, suscrito por la Dirección de Auditoría de Partidos políticos, Agrupaciones Política (sic) y Otros, de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, en el que, de manera expresa corrobora lo antes mencionado, al señalar propia autoridad fiscalizadora que la “Las pólizas de egresos presentadas por el partido soportan pagos de pasivos de 2013 por $2,878,184.19”; “El partido presentó las mismas facturas en dos pólizas de egresos que soportan pagos de pasivos de 2013 $37,000.00”, concluyendo la autoridad fiscalizadora que “El partido realizó correcciones…afectando los saldos dictaminados por $975,839.46 en la cuenta 2-10-101-0021-0096, Turismo DEMA, S.A. de C.V.”.

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Con base en lo anterior y al analizar todas y cada una de las constancias que integran el expediente en que se actúa, conforme a las reglas generales de la valoración de prueba, esa autoridad resolutora, podrá arribar a la conclusión de que el importe de $2,131,329.73, materia de investigación fue debidamente pagado al proveedor TURISMO DEME, S.A. DE C.V., por los servicios prestados al Partido de la Revolución Democrática, razón por la cual, no se trató de una aportación de empresas mercantiles, así también, quedó acreditado que, dicho importe de $2,131,329.73, se gastó en el ejercicio fiscal 2013, dentro del rubro de actividades específicas, debiendo considerar que, si bien es cierto que, no se pagó al proveedor en dicha anualidad, también lo es que, el pago realizado fuera del año 2013, de ninguna manera significa que no se haya ejercido dicho recurso en el año 2013.

Lo anterior, se corrobora con la siguiente hoja de trabajo y documentales de cada proveedor que se adjuntan al escrito de cuenta en un CD. Tablas insertadas (…) Con base en lo expuesto en el cuerpo del presente escrito, es dable que esa autoridad resolutora, determine como infundado el presente procedimiento sancionador en materia de fiscalización. En virtud de que queda debidamente acreditado que, los hechos materia de investigación, por una parte, no se trata de aportaciones o donativos al Partido de la Revolución Democrática por parte de empresas mexicanas de carácter mercantil, ni en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona; por otra, el instituto político que se representa, en el ejercicio fiscal del año 2013, cumplió con destinar por lo menos el dos por ciento del financiamiento público que para el desarrollo de las actividades específicas y ante tal situación, en tiempo y forma presentó ante la autoridad fiscalizadora los informes del origen y monto de los ingresos que reciban por cualquier modalidad de financiamiento, así como su empleo y aplicación, atendiendo las siguientes reglas, informe anual en el que se reportaron los ingresos totales y gastos ordinarios que los partidos hayan realizado durante el ejercicio fiscal 2013. Por tanto, no existe violación a lo establecido en los artículos 77, numeral 2, inciso g); 78, numeral 1 inciso a), fracción IV, en relación con el 83, numeral 1, inciso b), fracción II del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

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(…)”

XXVII. Acuerdo de alegatos. El veintidós de abril de dos mil diecinueve, la Unidad Técnica de Fiscalización estimó procedente abrir la etapa de alegatos correspondiente, por lo cual se ordenó notificar al sujeto incoado, para que en un plazo de setenta y dos horas manifestara por escrito los alegatos que considerara convenientes (Foja 3578 del expediente) XXVIII. Notificación de alegatos al Partido de la Revolución Democrática. a) El veintitrés de abril de dos mil diecinueve, mediante oficio

INE/UTF/DRN/5577/2019 el Encargado de Despacho de la Unidad Técnica de Fiscalización, solicitó al representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General de este Instituto, manifestara por escrito los alegatos que considerara convenientes, en virtud del acuerdo emitido por esta autoridad que declaró abierta la etapa de alegatos en el procedimiento al rubro indicado. (Fojas 3579 a 3580 del expediente)

b) El veinticinco de abril de dos mil diecinueve se recibió escrito sin número por parte del Maestro Camerino Eleazar Márquez Madrid, Representante Propietario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a través del cual manifestó sus alegatos respecto del procedimiento de mérito (fojas 3581 a 3597 del expediente).

XXIX. Cierre de instrucción. El quince de mayo de dos mil diecinueve, la Unidad Técnica de Fiscalización acordó cerrar la instrucción del procedimiento de queja de mérito y ordenó formular el Proyecto de Resolución correspondiente (foja 3598). XXX. Sesión de la Comisión de Fiscalización del Consejo General del Instituto Nacional Electoral. En virtud de lo anterior, se procedió a formular el Proyecto de Resolución, el cual fue aprobado en la Novena Sesión Extraordinaria de la Comisión de Fiscalización del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, celebrada el dieciséis de mayo de dos mil diecinueve, por votación unánime de los Consejeros Electorales presentes, integrantes de la Comisión de Fiscalización; la Consejera Electoral Licenciada Pamela Alejandra San Martín Ríos y Valles, el Consejero Electoral Doctor Ciro Murayama Rendón, el Consejero Electoral Maestro Marco Antonio Baños Martínez y el Consejero Presidente Doctor Benito Nacif Hernández.

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Toda vez que se desahogaron todas las diligencias necesarias dentro del presente procedimiento oficioso en que se actúa, se procede a determinar lo conducente.

C O N S I D E R A N D O 1. Competencia. Con base en los artículos 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 196, numeral 1; 199, numeral 1, incisos c), k), o); así como tercero transitorio, todos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; así como, 5, numeral 2 del Reglamento de Procedimientos Sancionadores en materia de Fiscalización, la Unidad Técnica de Fiscalización es competente para tramitar, sustanciar y formular el presente Proyecto de Resolución. Precisado lo anterior, y con base en el artículo 192, numeral 1, inciso b) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; así como, 5, numeral 1 del Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización, la Comisión de Fiscalización es competente para conocer el presente Proyecto de Resolución y, en su momento, someterlo a consideración de este Consejo General. En este sentido, de acuerdo a lo previsto en los artículos 41, Base V, apartado B, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35, numeral 1; 44, numeral 1, incisos j) y k) y 191, numeral 1, incisos d) y g) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, este Consejo General es competente para emitir la presente Resolución y, en su caso, imponer las sanciones que procedan. 2. Normatividad aplicable. Es relevante señalar que con motivo de las reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales1, al Reglamento de Fiscalización2 y al Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización3, resulta indispensable determinar la normatividad sustantiva y adjetiva aplicable al asunto que aquí se resuelve.

1 Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de enero de dos mil diecisiete. 2 Aprobado mediante Acuerdo INE/CG263/2014, y modificado a través de los diversos INE/CG350/2014; INE/CG1047/2015, INE/CG320/2016, INE/CG875/2016, INE/CG68/2017, INE/CG409/2017 e INE/CG04/2018. 3 Aprobado mediante Acuerdo INE/CG264/2014, y modificado a través de los diversos INE/CG1048/2015, INE/CG319/2016 e INE/CG614/2017.

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Al respecto, el artículo TERCERO transitorio de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece de manera expresa que:

“Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, serán resueltos conforme a las normas vigentes al momento de su inicio. Lo anterior, sin perjuicio de que se apliquen en lo conducente los plazos previstos en los artículos transitorios del presente Decreto.”

En este sentido, por lo que hace a la normatividad sustantiva tendrá que estarse a las disposiciones vigentes al momento en que se actualizaron las operaciones que dieron origen al procedimiento oficioso, esto es al ejercicio 2013, por lo que deberá aplicarse lo dispuesto en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, vigente al veintitrés de mayo de dos mil catorce, así como al Acuerdo CG201/2011, aprobado en sesión extraordinaria celebrada el cuatro de julio de dos mil once, por el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, mediante el cual se expidió el Reglamento de Fiscalización y se abrogaron diversos Reglamentos. Lo anterior, en concordancia con el criterio orientador establecido en la tesis relevante Tesis XLV/2002, emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuyo rubro es “DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR ELECTORAL. LE SON APLICABLES LOS PRINCIPIOS DEL IUS PUNIENDI DESARROLLADOS POR EL DERECHO PENAL” y el principio tempus regit actum, que refiere que los delitos se juzgarán de acuerdo con las leyes vigentes en la época de su realización. Ahora bien, por lo que hace a la normatividad adjetiva o procesal conviene señalar que en atención al criterio orientador titulado bajo la tesis: 2505 emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, octava época, consultable en la página 1741 del Apéndice 2000, Tomo I, materia Constitucional, precedentes relevantes, identificada con el rubro: “RETROACTIVIDAD DE LAS LEYES PROCESALES. NO EXISTE POR REGLA GENERAL”, no existe retroactividad en las normas procesales toda vez que los actos de autoridad relacionados con éstas, se agotan en la etapa procesal en que se van originando, provocando que se rijan por la norma vigente al momento de su ejecución. Por tanto, en la sustanciación y resolución del procedimiento de mérito, se aplicará el Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización aprobado mediante el Acuerdo INE/CG264/2014 y los diversos INE/CG1048/2015, INE/CG319/2016 e INE/CG614/2017, que le modifican.

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3. Cuestiones de previo y especial pronunciamiento. Por tratarse de una cuestión de orden público y en virtud de que el artículo 30, numeral 2 del Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización, establece que las causales de improcedencia y sobreseimiento deben ser examinadas de oficio, procede entrar a su estudio para determinar si en el presente caso se actualiza alguna de ellas, pues de ser así deberá decretarse el sobreseimiento de los procedimientos acumulados que nos ocupan, al existir un obstáculo que impida la válida constitución del proceso e imposibilite un pronunciamiento sobre la controversia planteada. Lo anterior, en razón de que previamente a las consideraciones de fondo, esta autoridad deberá abordar los plazos para resolver el procedimiento oficioso materia de análisis, como se demuestra a continuación:

A. Reglas generales. Criterios definidos por la Sala Superior en procedimientos sancionadores distintos a la materia de fiscalización respecto a la extinción de la potestad sancionadora.

Al analizar diversos temas relacionados con procedimientos sancionadores (ordinarios, especiales así como los previstos en normativas de partidos políticos), la Sala Superior ha determinado en reiteradas ocasiones, que en el sistema jurídico nacional se reconocen distintas figuras jurídicas relativas a la extinción de derechos que consisten generalmente en facultades, potestades o poderes (como las relativa al inicio del procedimiento sancionador; la determinación de la responsabilidad y la imposición de las sanciones correspondientes a las conductas infractoras) la cual requiere para su ejercicio válido la realización de los actos encaminados a la creación, modificación o extinción de relaciones o situaciones jurídicas, referentes normalmente a cuestiones de orden público e interés social, que necesitan de certeza y seguridad jurídica, de modo que cuando no se realizan dichos actos, se agota la potestad y se pierde la posibilidad legal de castigar las infracciones. La definición y operatividad de la figura jurídica de la caducidad para determinar la extinción de las potestades y atribuciones de las autoridades o de los órganos partidarios para determinar la responsabilidad y, en su caso, las sanciones aplicables a los probables responsables de las conductas infractoras se ha sostenido en diversas ejecutorias, entre las que resulta pertinente destacar SUP-JDC-480/2004, SUP-JDC-488/2004, SUP-JDC-155/2005, SUP-JDC-662/2005, SUP-JDC-942/2007 y SUP-JDC-1107/2007, SUP-JDC-329/2008 y acumulado, SUP-RAP-525/2011 y acumulados, SUP-RAP-614/2017 y

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acumulados, SUP-RAP-737/2017 y acumulados, SUP-RAP-729/2017 y acumulados y SUP-RAP-39/2018 y acumulado, así como en la jurisprudencia 8/2013 de rubro: CADUCIDAD. OPERA EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR. Lo que se resalta de las ejecutorias mencionadas es la conclusión de que la caducidad de las atribuciones de las autoridades u órganos partidarios investigadores, persecutores y sancionadores de los ilícitos, por el sólo transcurso del tiempo, o de la prescripción, como un medio para liberarse de obligaciones, representan una garantía contra las actuaciones indebidas por parte de los órganos sancionadores, susceptibles de mantener al individuo en incertidumbre bajo la amenaza del ejercicio de una facultad punitiva y de constituir un obstáculo al pleno ejercicio de los derechos fundamentales. La Sala Superior también ha sostenido, que la necesidad de dichas instituciones es un imperativo constitucional y, por tanto, cuando la normativa electoral o partidaria no establece plazo alguno para la extinción de esta potestad, a fin de erradicar un estado de incertidumbre contrario al orden constitucional, tal vacío normativo debe cubrirse o subsanarse a través de los principios básicos del propio ordenamiento jurídico, a través de las diversas técnicas ofrecidas por el derecho, susceptibles de aplicación tratándose de instituciones procesales, tales como la analogía, la interpretación conforme o acudir a los principios generales del derecho, en términos de lo previsto en el artículo 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, porque a la luz de los principios de legalidad, certeza y seguridad jurídica, la posibilidad jurídica de sancionar las conductas infractoras debe estar sujeta a un determinado plazo de extinción y, por consecuencia, de las sanciones que puedan imponerse. Lo anterior, porque en el sistema jurídico nacional se reconoce la figura jurídica de la extinción de las potestades para sancionar las conductas infractoras, justificada generalmente como mecanismo o instrumento relativo a la mutación de las relaciones jurídicas por virtud del transcurso del tiempo, en combinación con la pasividad de los sujetos jurídicos, que puede aplicarse respecto de las personas o de las autoridades, referirse a derechos sustantivos y procesales, e igualmente a facultades, potestades o derechos potestativos. Como se advierte de las síntesis de criterios de la Sala Superior, la utilización de la figura jurídica extintiva explica y justifica la pérdida de las facultades sancionadoras de un ente, porque se trata de un mecanismo aplicado tanto para

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generar la pérdida de potestades y también para determinar la pérdida de derechos sustantivos o procesales. Más allá de la denominación que se haya otorgado a la institución jurídica procesal generadora de la extinción, lo relevante es que para la Sala Superior el ejercicio de la facultad para iniciar el procedimiento, o bien para determinar la responsabilidad y sancionar a quienes resulten responsables de las conductas infractoras, no puede ser indefinido ni perene, porque ello atenta contra el principio de legalidad, base de la garantía de los derechos de certeza, seguridad jurídica y de acceso a la jurisdicción de la ciudadanía. Derechos que tienen su sustento en las garantías constitucionales tuteladas en los artículos 14, 16, 17 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

B. Plazo para determinar la responsabilidad y, en su caso, imponer la sanción

Este plazo responde a la necesidad de fomentar, respecto de los entes con potestades punitivas, el ejercicio eficiente de las atribuciones, los cuales están compelidos a ejercer sus funciones de manera eficaz, eficiente. Por regla general, este plazo está relacionado con la gravedad de la falta, las especificidades del procedimiento, la complejidad de la sustanciación o, en su caso, la resolución de los medios de impugnación procedentes contra actos procesales, tal como lo ha sostenido la Sala Superior en las jurisprudencias y tesis antes citadas.

C. Regulación de la potestad sancionadora en los procedimientos sancionadores en materia de fiscalización.

Aunque los precedentes de la Sala Superior son bastos en el análisis de la potestad sancionadora de las autoridades electorales o de los órganos de los partidos políticos con esas atribuciones, no existe precedente en el cual se haya formulado el análisis de la dicha potestad o su extinción en los procedimientos sancionadores en materia de fiscalización, los cuales, se rigen por la normativa específica que los regula. Por ello, en este apartado se definirá la forma como se encuentra regulada la potestad de esta autoridad en dichos procedimientos. Es importante indicar, que aun cuando la normativa electoral ha tenido cambios significativos desde la época en que acontecieron los hechos objeto del procedimiento, lo cierto es que procesalmente no han existido cambios significativos en la regulación de los procedimientos sancionadores en materia de fiscalización.

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Además, que como se estableció en el Considerando 2 de esta Resolución, la sustanciación y resolución de estos procedimientos se regirá con el Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de fiscalización, aprobado en sesión extraordinaria de cuatro de mayo de dos mil dieciséis, mediante Acuerdo INE/CG264/2014 y los diversos INE/CG1048/2015, INE/CG319/2016 e INE/CG614/2017, que le modifican, en atención al criterio orientador definido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación de rubro: RETROACTIVIDAD DE LAS LEYES PROCESALES. NO EXISTE POR REGLA GENERAL, porque los actos de autoridad relacionados con dichas normas se agotan en la etapa procesal que los va originando, provocando que se rijan por la norma vigente al momento de su ejecución. Precisado lo anterior, se debe destacar que los procedimientos administrativos sancionadores en materia de fiscalización que ahora se resuelven iniciaron su sustanciación con el entonces vigente Reglamento de Procedimientos en Materia de Fiscalización, emitido por el Instituto Federal Electoral mediante el Acuerdo identificado con la clave CG199/2011. En tal norma reglamentaria, en lo que interesa, se reconocían dos tipos procedimientos administrativos en materia de fiscalización seguidos en forma de juicio. Esto es, aquéllos que se inician de manera oficiosa por la autoridad administrativa electoral y aquéllos que se incoaban a instancia de parte, tal distinción resulta relevante dado que, conforme a la naturaleza de cada uno de esos procedimientos, se preveían plazos diferenciados para efecto de que los órganos del Instituto Federal Electoral ejercieran sus respectivas atribuciones en materia de fiscalización de los recursos. Como se razona a continuación: 1. Procedimiento iniciado de oficio Es aquel procedimiento administrativo sancionador sobre el financiamiento y gastos de los partidos y agrupaciones que se iniciaba de oficio por la Unidad de Fiscalización del entonces IFE (artículo 2, párrafo 1, numeral IV, incisos a y b del Reglamento aprobado mediante Acuerdo CG199/2011). En este caso, la autoridad administrativa electoral tenía el plazo de 30 días para iniciar válidamente el procedimiento administrativo sancionador, ese plazo se computaba a partir de que se dictara la resolución de revisión de los informes anuales, de precampaña o de campaña, (artículo 20, párrafos 1 y 2 del entonces Reglamento vigente).

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En el supuesto que se tratara de procedimientos oficiosos de naturaleza distinta a los antes señalados, y aquellos que derivaran de la revisión de los informes anuales, pero que el Instituto Federal Electoral no los hubiera conocido de manera directa, podrían ser iniciados por la Unidad de Fiscalización dentro de los 3 años siguientes a aquél en que se suscitaran los hechos presuntamente contrarios a las normas. 2. Procedimiento de queja Es aquel procedimiento administrativo en materia de fiscalización que la Unidad de Fiscalización iniciaba a petición de parte a partir del escrito de denuncia que presente cualquier interesado, por presuntas violaciones a la normatividad electoral en materia de origen y aplicación de los recursos de los partidos y agrupaciones (artículos 2, párrafo 1, numeral IV, inciso c, así como 20 del multicitado ordenamiento). En este supuesto, por regla no se preveía expresamente un plazo para efecto de determinar si una queja se había presentado de manera oportuna y, por ende, si la autoridad administrativa electoral estaba en aptitud jurídica de ejercer sus facultades de investigación y, en su caso, dilucidar responsabilidad e imposición de sanción correspondiente. El único caso en el que se regulaba un plazo para la presentación de la queja, consistía en las denuncias vinculadas con los dictámenes anuales de los informes de gastos, caso en el cual se disponía de 3 años para efecto de presentar la queja respectiva, computados a partir de la publicación de tal resolución en el Diario oficial de la Federación (artículo 24, párrafo 1, fracción III de dicho Reglamento). 3. Etapas del procedimiento administrativo en materia de fiscalización. Precisado lo anterior y para efecto de dar claridad al análisis de la materia de los procedimientos que ahora se resuelven, es importante señalar, de manera genérica, cuáles eran las etapas que integraban los procedimientos administrativos sancionadores en materia de fiscalización regulados en el reglamento en consulta.

• Inicio. El Consejo General o la Unidad de Fiscalización del entonces IFE estaba en aptitud jurídica de ordenar el inicio de un procedimiento cuando tuvieran conocimiento de hechos que pudieran configurar una violación

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al abrogado Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales sobre el origen y aplicación de los recursos derivados del financiamiento de los partidos y agrupaciones (artículo 20, párrafo 1).

• Investigación. La Unidad de Fiscalización del entonces IFE se allegaría de los elementos de convicción que estimara pertinentes para integrar y sustanciar el expediente del procedimiento respectivo (artículos 13, párrafo 3; 29 y 30).

• Ampliación del plazo para el Proyecto de Resolución. La Unidad de Fiscalización podía acordar la ampliación del plazo de sesenta días para presentar los proyectos de resolución cuando la naturaleza de las pruebas ofrecidas o de las investigaciones lo requirieran (artículo 28, párrafo 5).

• Emplazamiento y contestación. Cuando se estimara que existían indicios suficientes respecto de la probable comisión de irregularidades, la Unidad de Fiscalización del entonces IFE emplazaría al denunciado, corriéndole traslado con todos los elementos que integraran el expediente respectivo para que contestara por escrito y aportara las pruebas que estimara procedentes (artículo 31, párrafo 1).

• Cierre de instrucción y elaboración del Proyecto de Resolución. Una vez agotada la instrucción, la Unidad de Fiscalización del entonces IFE emitiría el acuerdo de cierre respectivo y elaboraría el Proyecto de Resolución correspondiente, mismo que se sometería a consideración del Consejo General para su aprobación en la siguiente sesión que celebrara (artículo 32).

• Resolución. El Consejo General podía aprobar el proyecto en los términos en que se le presentara; aprobarlo y ordenar que se realizara el engrose en el sentido de las consideraciones de la mayoría; o bien, rechazarlo y ordenar su devolución a la Unidad de Fiscalización del entonces IFE para que elaborara uno nuevo en el sentido de las consideraciones de la mayoría (artículo 33).

4. Plazo para ejercer válidamente la facultad sancionadora De lo expuesto, se desprende que la facultad del IFE para iniciar un procedimiento administrativo en materia de fiscalización tenía diversos plazos aplicables, lo cual dependía de la naturaleza del procedimiento en el que se actuara. Así, en el caso de los iniciados de manera oficiosa el Instituto Federal Electoral contaba con el plazo de 30 días o 3 años, según se tratara o no de posibles infracciones detectadas en la resolución de la revisión directa de los informes

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anuales, de precampaña o de campaña. Para el supuesto de los procedimientos de queja, por regla, no estaba previsto expresamente un plazo para efecto de que la autoridad administrativa electoral ejerciera sus atribuciones respectivas. Ahora bien, el Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización vigente al momento de determinar la responsabilidad y la sanción correspondiente, es coincidente al establecer el plazo de cinco años para que esta autoridad electoral finque las responsabilidades en materia de fiscalización. Por tanto, tal como se razonó en los apartados anteriores, a fin de observar los principios de legalidad, certeza, seguridad jurídica y acceso efectivo a la impartición de justicia, previstos en los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución federal, los aludidos momentos para instaurar el procedimiento administrativo sancionador en materia de fiscalización, invariablemente están supeditados a no rebasar el plazo de cinco años previsto a favor de esta autoridad para fincar las responsabilidades respectivas. El marco jurídico y legal expuesto con anterioridad sirve de base para sostener, que en el presente caso no se actualiza ninguna de las vertientes de extinción de la potestad sancionadora de esta autoridad, porque no ha transcurrido el plazo de cinco años previsto en la normativa electoral para que prescriban los hechos de la conducta infractora y para que se determine la responsabilidad y las sanciones aplicables a las infracciones. Del inicio del respectivo procedimiento (dieciocho de noviembre de dos mil catorce) al momento en que se le emplazó al procedimiento al citado partido (once de abril de dos mil diecinueve) y se le dio término para alegatos (veintidós de abril de dos mil diecinueve) no había transcurrido el plazo de cinco años previsto en la normativa para que esta autoridad determine las responsabilidades y, en su caso, las sanciones correspondientes. En este sentido, no pasa desapercibida para esta autoridad la tesis jurisprudencial, con el rubro siguiente: “CADUCIDAD EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR. DEBE ANALIZARSE DE OFICIO”, al respecto cabe destacar que la tesis invocada número XXIV/2013 opera únicamente en los procedimientos administrativos sancionadores en razón de la naturaleza de los mismos, esto es, el procedimiento especial sancionador es de carácter sumario, por la brevedad del trámite y resolución que lo distingue y la necesidad de que se defina con la mayor celeridad posible la licitud o ilicitud de las conductas reprochadas, por lo cual resulta diferente al procedimiento que por este medio se resuelve.

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Así, en observancia a los principios de seguridad y certeza jurídica, se determinó que era proporcional y equitativo el plazo de tres años para que opere la caducidad de la potestad sancionadora en el procedimiento sancionador ordinario por ser un tiempo razonable y suficiente, tomando en consideración la naturaleza y las características del procedimiento. Sirve como criterio orientador el emitido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el cual en el recurso de apelación SUP-RAP- 07/2014 señaló lo siguiente:

“En el caso, la demandante pone a debate una resolución emitida por el Consejo General del Instituto Federal Electoral en un procedimiento administrativo sancionador ordinario, cuyo ámbito de actuación se encuentra regulado por las disposiciones establecidas en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y no por el ordenamiento legal que refiere, por tanto, los plazos que alega deben respetarse en el dictado de las resoluciones, en forma alguna son susceptibles de invocarse en el procedimiento que se le instauró; de ahí lo inexacto de la afirmación formulada en este sentido. En otro orden, para continuar con el análisis del agravio, es importante tener claro que el procedimiento administrativo sancionador que se instauró contra la apelante es de carácter ordinario y no especial como la demandante afirma, ya que así informan las constancias que integran el expediente, particularmente, el acuerdo emitido el dieciséis de octubre de dos mil doce por el Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, mediante el cual ordenó la instauración del procedimiento sancionador de ese carácter contra la apelante. Por ello, el procedimiento de mérito se tramitó, sustanció y resolvió con las reglas y disposiciones del código electoral federal aplicables a ese tipo de procedimientos. Bajo este escenario, lo que sigue ahora es determinar si en la especie la facultad sancionadora de la autoridad prescribió. Al respecto, el artículo 361, párrafo 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que en el término de cinco años prescribirá la facultad de la autoridad electoral para fincar responsabilidades por infracciones administrativas. En esta línea de razonamiento, el plazo de cinco años legalmente establecido para que opere la prescripción de la facultad sancionadora, está referido a las actuaciones que debe desplegar dicho instituto dentro del procedimiento ordinario.

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La citada temporalidad comprende acciones y diligencias que debe llevar a cabo la autoridad electoral administrativa, desde que son denunciados los hechos que se estiman contrarios a las disposiciones electorales, o bien, inicia de oficio el procedimiento sancionador ordinario, y hasta que emite la resolución correspondiente. En mérito de lo anterior, es inexacto que resulte aplicable al caso la jurisprudencia sustentada por esta Sala Superior intitulada: CADUCIDAD. OPERA EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR, porque esta derivó del ejercicio jurisdiccional que tiene encomendado este órgano colegiado, en donde analizó el plazo en que se debe ejercer la facultad sancionadora del Instituto Federal Electoral pero en el procedimiento especial sancionador, que como vimos, no fue el que se instauró a la actora, sino el procedimiento administrativo sancionador ordinario, el cual sí cuenta con disposición legal explícita sobre la prescripción de dicha facultad. De ahí lo infundado del agravio.”

[Énfasis añadido]

No pasa desapercibido para esta autoridad, que si bien la caducidad implica una figura procesal, lo cierto es que para efectos de dar certeza de que esta autoridad se apega al principio de legalidad y con aras de robustecer el argumento anterior, es importante destacar que en el momento en el que se determinó iniciar el procedimiento oficioso en contra del Partido de la Revolución Democrática se encontraba vigente un reglamento diverso al ahora aplicable, mismo que se enuncia en el cuadro siguiente, con sus respectivos artículos, por lo que hace a la facultad de la autoridad para fincar responsabilidades:

ACUERDO REGLAMENTO VIGENCIA ARTÍCULO CORRELATIVO

CG199/2011 Reglamento de Procedimientos en Materia de Fiscalización. Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

07-07-2011 a 19-01-2014

Artículo 3. 1. Para la tramitación y sustanciación de los procedimientos se aplicarán, en lo conducente y a falta de disposición expresa en el Reglamento, las reglas de sustanciación y Resolución del procedimiento sancionador previsto en los Capítulos Segundo y Tercero del Título Primero del Libro Séptimo del Código y, en su caso, en la Ley de Medios. Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 361 (…)

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ACUERDO REGLAMENTO VIGENCIA ARTÍCULO CORRELATIVO

2. La facultad de la autoridad electoral para fincar responsabilidades por infracciones administrativas prescribe en el término de cinco años.

CG/264/2014 y los diversos INE/CG1048/2015, INE/CG319/2016 e INE/CG614/2017, que le modifican.

Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización.

19-11-2014 a la fecha

Artículo 34 … 3. La facultad de la autoridad para fincar responsabilidades en materia de fiscalización prescribe en el plazo de cinco años, contados a partir de la fecha asentada en el acuerdo de inicio o admisión.”

Del cuadro que antecede se advierte que, si bien, el reglamento vigente establece que la autoridad electoral se encuentra facultada para imputar responsabilidad una vez trascurrido cinco años, lo cierto es que en el reglamento vigente en dos mil once, de manera supletoria se remitía a las reglas de sustanciación y resolución del procedimiento sancionador en el que se contempla que la facultad de la autoridad electoral para fincar responsabilidades por infracciones administrativas prescribe será en el mismo término de cinco años. Así también, no pasa desapercibido por esta autoridad que en el Acuerdo CG199/2011 no se establece a partir de qué momento procesal comienza a correr dicho plazo, lo cierto es que sirve de referencia el criterio jurisprudencial antes referido bajo el rubro “CADUCIDAD. OPERA EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR”. Esto es para efectos de salvaguardar los derechos de los gobernados y en atención a los principios de seguridad y certeza jurídica, debe de considerarse el plazo a partir de la presentación de la denuncia o de su inicio oficioso (en el caso en estudio, el auto de inicio formal del procedimiento se dictó el dieciocho de noviembre de dos mil catorce). Bajo este contexto se advierte que esta autoridad actúa conforme a lo establecido legalmente, reglamentariamente y en estricto apego al criterio jurisprudencial invocado, esto es, se encuentra facultada para imputar responsabilidad al partido incoado en el presente. 4. Estudio de fondo. Que una vez fijada la competencia, la normatividad aplicable y que se ha resuelto la causal de previo y especial pronunciamiento hecha valer por el partido incoado, de conformidad con lo establecido en el Punto Resolutivo DÉCIMO PRIMERO, en relación al Considerando 10.3, inciso k) conclusión 60, de

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la Resolución INE/CG217/2014; así como del análisis de los documentos y actuaciones que integran el expediente de mérito, se desprende que el fondo del presente asunto se constriñe en determinar el monto y cumplimiento de los pagos realizados por concepto de “Pasivos generados en 2013”, correspondientes a Gastos por Actividades específicas reportados en 2013, y en su caso, considerar dicho importe para la determinación del monto mínimo que el partido debió ejercer para las Actividades Específicas en el ejercicio referido. En este sentido, deberá determinarse si el sujeto obligado incumplió con lo dispuesto en el artículo 78, numeral 1 inciso a), fracción IV, e inciso c) en relación con el 83, numeral 1, inciso b), fracción II del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, mismos que para mayor referencia se precisan a continuación:

Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

“Artículo 78 1. Los partidos políticos tendrán derecho al financiamiento público de sus actividades, independientemente de las demás prerrogativas otorgadas en este Código, conforme a las disposiciones siguientes: a) Para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes: (…) IV. Cada partido político deberá destinar anualmente por lo menos el dos por ciento del financiamiento público que reciba para el desarrollo de las actividades específicas a que se refiere el inciso c) de este artículo. (…) c) Por actividades específicas como entidades de interés público: I. La educación y capacitación política, investigación socioeconómica y política, así como las tareas editoriales de los Partidos Políticos Nacionales, serán apoyadas mediante financiamiento público por un monto total anual equivalente al tres por ciento del que corresponda en el mismo año para las actividades ordinarias a que se refiere el inciso a) de este artículo; el monto total será distribuido en los términos establecidos en la fracción II del inciso antes citado; II. El Consejo General, a través del órgano técnico de fiscalización de los recursos de los partidos políticos, vigilará que éstos destinen el financiamiento a que se refiere el presente inciso exclusivamente a las actividades señaladas en la fracción inmediata anterior; y

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III. Las cantidades que en su caso se determinen para cada partido, serán entregadas en ministraciones mensuales conforme al calendario presupuestal que se apruebe anualmente. (…)”

“Artículo 83 1. Los partidos políticos deberán presentar ante la Unidad los informes del origen y monto de los ingresos que reciban por cualquier modalidad de financiamiento, así como su empleo y aplicación, atendiendo a las siguientes reglas: (…) b) Informes anuales: (…) II. En el informe anual serán reportados los ingresos totales y gastos ordinarios que los partidos hayan realizado durante el ejercicio objeto del informe; (…)”

En los artículos previamente citados, esta autoridad se da a la tarea de tutelar la obligación que tienen los Partidos Políticos de destinar anualmente determinados porcentajes del financiamiento público ordinario que se les otorga para la realización de actividades específicas, consistentes en la educación y capacitación política, investigación socioeconómica y política y tareas editoriales. La intención de establecer como obligación a cargo de los institutos políticos de destinar el recurso referido para actividades específicas tiene como finalidad que contribuyan mediante la investigación de la problemática política, cultural y económica, que atraviesa el país, a desarrollar de mejor manera sus actividades, de tal forma que dicha obligación se constituye como una garantía para asegurarse de que cumplan con las finalidades que, como entidades de interés público tienen encomendadas; asimismo, a través de ese desarrollo permanente, se contribuye a la conformación de la cultura política, lo cual se debe realizar de manera constante y regular, pero sin descuidar otras obligaciones que la propia ley les impone, ni su actividad ordinaria.

Pues es claro que, dada la naturaleza y fines de un partido político, su tarea constante es promover la participación del pueblo en la vida democrática del país, contribuir a la integración de la representación nacional y como organización de

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ciudadanos, por lo tanto al ser entidades de interés público, la autoridad debe asegurar que los recursos públicos que le son otorgados tengan la finalidad, en primer término, de cumplir con las encomiendas establecidas constitucionalmente para los partidos y, posteriormente, para el sostenimiento de las actividades a nivel interno del partido, por lo tanto, al instituir la obligación del partido para destinar un mínimo porcentaje de esos recursos, se pretende garantizar que el ente público cumpla con las finalidades para lo cual fue creado.

Por lo tanto, la finalidad de la norma consiste en garantizar la conformación de una cultura política con la promoción de valores cívicos y de responsabilidad a través de las actividades específicas, así como fomentar en los partidos políticos la celebración periódica de actividades encaminadas a incentivar en la ciudadanía la educación y la capacitación política entre otras actividades, las que se encuentran debidamente amparadas con financiamiento público otorgado al partido.

Del análisis anterior, es posible concluir que el fundamento referido concurre directamente con la obligación de estricto apego a la legalidad y aplicación y uso debido los recursos de los partidos políticos a determinado rubro y tarea fundamental del partido como son las actividades específicas, por lo cual, en el cumplimiento de esas disposiciones subyace ese único valor común.

Se trata de normas que protegen un bien jurídico de un valor esencial para la convivencia democrática y el funcionamiento del Estado en sí, esto, porque los partidos políticos son parte fundamental del sistema político electoral mexicano, pues son considerados constitucionalmente entes de interés público que reciben financiamiento del Estado y que tienen como finalidad, promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional, y hacer posible el acceso de los ciudadanos al ejercicio del poder público, de manera que las infracciones que cometa un partido en materia de fiscalización origina una lesión que resiente la sociedad e incide en forma directa sobre el Estado. Así mismo, se establece la obligación que tienen los partidos políticos de informar el total de sus ingresos y gastos en el ejercicio que hayan realizado o efectuado los mismos. En este orden de ideas, es que se establece la obligación de los institutos políticos a presentar de manera clara y veraz la documentación que acredite que los gastos fueron destinados para las actividades etiquetadas y que corresponden al ejercicio

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objeto de estudio, lo cual permite que exista un control de los egresos realizados por el ente político destinados a cubrir los porcentajes que marca la legislación. Es oportuno indicar, que una de las finalidades que persigue la norma al señalar como obligación de los partidos políticos el rendir cuentas ante la autoridad fiscalizadora de manera tal que tenga por objeto acreditar lo reportado y sobre todo, que dichas operaciones se paguen en la anualidad en que se realicen al ser un gasto exclusivamente destinado por anualidad; y en caso contrario, se debe inhibir las conductas contrarias a lo legalmente establecido al no cumplir con los porcentajes de los gastos etiquetados. En ese entendido, de acuerdo a lo señalado en las bases del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de transparentar la procedencia de los recursos con que cuentan los partidos políticos y con ello, establecer una forma de control de dichos recursos, para evitar que se den conductas infractoras que provoquen actos que vayan en contra de lo señalado por la norma, lo cual vulneraria el Estado de Derecho. Ahora bien, previo a entrar al estudio de fondo, es importante señalar los hechos que dieron origen al procedimiento oficioso que por esta vía se resuelve.

Origen del procedimiento Como se desprende de la Resolución INE/CG217/2014, considerando 10.3, inciso k), conclusión 60, aprobada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral en sesión extraordinaria de veintidós de octubre de dos mil catorce, respecto a las irregularidades encontradas en el Dictamen Consolidado de la revisión de los informes anuales de ingresos y egresos del Partido de la Revolución Democrática correspondientes al ejercicio dos mil trece, la autoridad electoral advirtió que el instituto político no realizó el pago de conceptos vinculados a Actividades Específicas en el ejercicio correspondiente, por un importe de $12,239,879.18 (doce millones doscientos treinta y nueve mil ochocientos setenta y nueve pesos 18/100 M.N.). Por lo anterior, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral determinó sancionar al Partido de la Revolución Democrática, en virtud de no haber realizado el pago de conceptos vinculados a actividades específicas en el ejercicio correspondiente por el importe ya señalado.

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Aunado a lo anterior, consideró que lo conducente era ordenar el inicio de un procedimiento oficioso con la finalidad de determinar el monto y cumplimiento de los pagos realizados por concepto de “Pasivos generados en 2013”, correspondientes a Gastos por Actividades Específicas reportadas en 2013, y en su caso, considerar dicho importe para la determinación del monto mínimo que el partido debió ejercer para las Actividades Específicas durante el mismo ejercicio. Consecuentemente, a fin de verificar si se acreditan los supuestos que conforman el fondo del presente asunto, de conformidad con el artículo 21, numeral 1 del Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización, deberán analizarse, adminicularse y valorarse cada uno de los elementos de prueba que obran dentro del expediente, de conformidad con la sana crítica, la experiencia, las reglas de la lógica y los principios rectores de la función electoral. Es preciso subrayar que la información y documentación obtenida por parte de la Dirección de Auditoría de este Instituto, constituyen documentales públicas, en términos de lo previsto en el artículo 21, numerales 1 y 2, del Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización, razón por la cual, tienen valor probatorio pleno respecto a los hechos en ellos consignados en virtud de haberse emitido por parte de la autoridad en ejercicio de sus funciones. Por otro lado, los escritos de respuesta del partido y de los proveedores, constituyen documentales privadas y en términos de lo previsto en el artículo 21, numeral 3 del Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización tendrán valor probatorio pleno cuando a juicio del órgano competente para resolver generen convicción sobre la veracidad de los hechos alegados, al concatenarse con los demás elementos que obren en el expediente, las afirmaciones de las partes, la verdad conocida y el recto raciocinio de la relación que guardan entre sí. En este contexto, con el objeto de contar con la documentación e información que originó el procedimiento de mérito, la autoridad electoral solicitó a la Dirección de Auditoría remitiera la documentación contable y comprobatoria relacionada con la conclusión objeto del presente procedimiento, obtenida en el marco de la revisión del Informe Anual de ingresos y egresos del Partido de la Revolución Democrática, correspondiente al ejercicio dos mil trece. Al respecto, la citada Dirección remitió para tal efecto el anexo del Dictamen correspondiente relativo a los gastos registrados en el rubro de Actividades Específicas que no fueron pagados en el ejercicio dos mil trece, así como la

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documentación comprobatoria que sustentaba su dicho, en la cual se refleja el registro de gastos por Actividades Específicas que no fueron pagadas en dicho ejercicio, y los auxiliares contables del rubro “Pasivos” al treinta y uno de diciembre de dos mil trece. Adicionalmente, en diversos momentos, se solicitó a la Dirección de Auditoría realizara diversas diligencias consistentes en validar y consolidar la información proporcionada por el Partido de la Revolución Democrática, con la finalidad de conocer si el partido político reportó y soportó debidamente la información relativa a los pasivos en actividades específicas pagadas y/o registradas e informar el pago de diversas facturas relacionadas al presente procedimiento en ejercicios posteriores al revisado y, en el caso de no ser pagadas, si fueron sancionadas. Al respecto, la Dirección de Auditoría dio contestación en cada una de las ocasiones en que le fue solicitada información respecto de las facturas, tal y como queda reflejado en el ANEXO ÚNICO, que es parte integrante de la presente Resolución, donde son observables la referencia contable (número de cuenta del proveedor e identificación de la póliza contable), el concepto según auxiliar contable (nombre del proveedor y descripción de la póliza), además de si los montos observados corresponden a pasivos soportados con la comprobación de pago en el ejercicio dos mil catorce, y en el caso de los que no se cuenta con la acreditación del pago correspondiente si fueron sancionados en ejercicios posteriores, además del sentido de la respuesta de la Dirección de Auditoría respecto de la solicitud de información, validación y consolidación respecto de los pasivos materia del presente procedimiento. Ahora bien, derivado de la multiplicidad de diligencias realizadas por esta autoridad electoral y de los elementos probatorios obtenidos, se considera para fines metodológicos dividir en apartados el análisis del estudio de fondo. La división por apartados responde a cuestiones circunstanciales que, con objeto de sistematizar la presente Resolución llevaron a esta autoridad electoral a analizar por separado cada uno de los supuestos que se actualizaron durante el desarrollo de la investigación y que ameritan un pronunciamiento individualizado. El orden de los apartados será el siguiente:

• Apartado A. Operaciones que fueron pagadas en ejercicios posteriores a dos mil trece.

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• Apartado B. Operaciones que fueron objeto de sanción como pasivos

con antigüedad mayor a un año (pendientes de pago).

• Apartado C. Monto mínimo que el partido debió ejercer para las

Actividades Específicas durante el ejercicio 2013.

Cabe mencionar que los casos en estudio implican para la autoridad electoral

acreditar el monto y cumplimiento de los pagos realizados por concepto de

“Pasivos generados en 2013”, correspondientes al rubro de actividades

específicas.

De acreditarse lo anterior en el análisis respectivo se procederá a determinar si

dicho importe se considerará para la determinación del monto mínimo que el

partido debió ejercer por dicho concepto durante el citado ejercicio.

Por lo que hechas las valoraciones respectivas se verificará de ser aplicable, si el

partido cumplió con la obligación de destinar el porcentaje del financiamiento

ordinario establecido en la normatividad, para el rubro de actividades específicas,

con la finalidad de determinar lo que en derecho corresponda.

A continuación, se desarrollan los apartados en comento.

Apartado A. Operaciones que fueron pagadas en ejercicios posteriores a dos

mil trece.

En el presente apartado se realiza el estudio de las operaciones llevadas a cabo

por el Partido de la Revolución Democrática y que amparan la prestación de

servicios relativos a la impartición de cursos y talleres, las cuales se encontraban

pendientes de pago al cierre del ejercicio.

Bajo esta tesitura, de las diligencias realizadas para dilucidar los hechos materia

de investigación, inicialmente se solicitó a la Dirección de Auditoría, remitiera la

información con la que contara sobre las operaciones en comento, esto como ya

se señaló previamente.

De la valoración a la documentación proporcionada por la Dirección de Auditoría

se constató que las facturas y recibos de honorarios se encuentran emitidas a

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nombre del partido, que las mismas amparan gastos vinculados con las

actividades específicas y fueron registradas contablemente en cuentas de Pasivo

al cierre del ejercicio 2013 y no reflejaban el pago respectivo.

Aunado a lo anterior, se advirtió en los auxiliares contables del ejercicio 2014, que

el partido efectuó pagos con posterioridad al cierre del ejercicio 2013; sin

embargo, no se contaba con la documentación comprobatoria de la transferencia

bancaria o copia de los cheques mediante los cuales se efectuaron los mismos.

En consecuencia, la Unidad Técnica de Fiscalización procedió a requerir al Partido

de la Revolución Democrática que remitiera la documentación soporte y contable

relativa al pago total o parcial de los adeudos.

Como resultado de lo anterior, obra en autos la respuesta del instituto político en la

que refiere lo siguiente:

“Es importante mencionar que en el ejercicio 2013 fue creada una

contabilidad (centro de operación o costos) para el registro de todos los

movimientos realizados por Actividades Específicas, misma que fue

concentrada en la contabilidad de Partido de la Revolución Democrática

concentrada 2013 contabilidad en la que fueron registrados todos los saldos

finales del ejercicio 2012 que incluía los saldos de proveedores de

Actividades Específicas, saldos que no fueron registrados en la contabilidad

de Actividades Específicas, motivo por el cual en los reportes de auxiliares

de la contabilidad de Actividades Específicas la suma de estos movimientos

reflejan saldo negativo…”

Asimismo, presentó la documentación con la que, a su consideración, acredita que

todos los montos materia del presente procedimiento se encuentran solventados,

detallando cada uno de los pagos realizados de las operaciones llevadas a cabo.

En esta tesitura, a efecto de generar certeza respecto al pago de los pasivos

objeto del procedimiento, se dirigió la línea de investigación a los proveedores en

comento con la finalidad de que detallaran las operaciones llevadas a cabo con el

Partido de la Revolución Democrática y remitieran la documentación que

acreditara su dicho, específicamente en cuanto a la forma, fecha y monto de los

pagos recibidos.

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En cuanto a lo señalado en el ANEXO ÚNICO, que es parte integrante de la

presente Resolución, por lo que hace a las operaciones identificadas con (1) en la

columna “REFERENCIA”, esta autoridad electoral constató que el partido político

incoado realizó el pago de las operaciones mencionadas a los proveedores

referidos en dicho cuadro durante el ejercicio dos mil catorce, reflejándolo en la

contabilidad de actividades específicas.

Por otro lado, respecto a las operaciones identificadas con (2) en la misma

columna, los montos no fueron pagados, por lo que los mismos serán materia de

análisis en el siguiente apartado.

En consecuencia, de la valoración realizada a las constancias que integran el

procedimiento en que se actúa, consistente en la información proporcionada por la

Dirección de Auditoría, así como del instituto político y de las circularizaciones

realizadas a los prestadores de servicios, se constató que el partido incoado

liquidó los montos registrados como pasivos en el ejercicio dos mil trece, en

ejercicios posteriores, los cuales se identifican con (1) en el ANEXO ÚNICO, que

es parte integrante de la presente Resolución, quedando consolidado como se

muestra a continuación:

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

2-10-101-0001-0015 ACOSTA AREVALO JOSE OCTAVIO ARTEMIO

$100,000.00

PD-33074/12-2013 REC HON 322 JOSE OCTAVIO ARTEMIO ACOSTA AREVALO DICIEMBRE 2013

$20,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33075/412-2013 REC HON 323 JOSE OCTAVIO ARTEMIO ACOSTA AREVALO DICIEMBRE 2013

$20,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33076/12-2013 REC HON 324 JOSE OCTAVIO ARTEMIO ACOSTA AREVALO DICIEMBRE 2013

$20,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33077/12-2013 REC HON 325 JOSE OCTAVIO ARTEMIO ACOSTA AREVALO DICIEMBRE 2013

$20,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33078/12-2013 REC HON 326 JOSE OCTAVIO ARTEMIO ACOSTA AREVALO DICIEMBRE 2013

$20,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0001-0101 ALTAS Y BAJAS SERVICIOS EDITORIALES SC D RL

$44,056.80

PD-33060/12-2013

FAC A 328 ALTAS Y BAJAS SERVICIOS EDITORIALES S C DE RL DE CV DICIEMBRE 2013

$44,056.80 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0001-0171 ASOCIACION D AUTORIDADES LOCALES $175,500.00

PD-33042/03-2013

FAC-3161 PONENCIA TALLER DE FINANZAS PÚBLICAS MARZO

$40,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

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REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33057/04-2013

FAC-3163 PONENCIA TALLER: DERECHO CONSTITUCIONAL ABRIL

$27,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33058/04-2013

FAC-3164 TALLER: FINANZAS PÚBLICAS ABRIL

$27,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33059/04-2013

FAC-3165 TALLER: PRINCIPIOS DE LA ADMÓN. PÚBLICA ABRIL

$27,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33022/05-2013

FAC-3166 AALMAC TALLERES: DERECHO CONSTITUCIONAL MAYO

$27,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33023/05-2013

FAC-3168 AALMAC TALLER: PRINCIPIOS DE LA ADMÓN. PÚBLICA

$27,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0001-0255 ABASTECEDORA RUGROS SA CV $30,406.62

PD-33016/02-2013

FAC FMX 111 ABASTECEDORA RUGROS SA DE CV FEBRERO 2013

$7,525.62 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33017/02-2013

FAC FMX 110 ABASTECEDORA RUGROS SA DE CV FEB 2013

$12,591.80 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33079/04-2013

FAC FMX 278 ABASTECEDORA RUGROS SA DE CV ABRIL 2013

$7,968.85 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33080/04-2013

FAC FMX 277 ABASTECEDORA RUGROS SA DE CV ABRIL 2013

$2,320.35 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0001-0347 ANGELES SANCHEZ ANA GISELA $89,786.97

PD-33036/09-2013

PROV. FAC-A 2918 ANA GISELA ANGELES SANCHEZ

$65,265.73 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33066/12-2013

FAC A 2933 ANA GISELA ANGELES SANCHEZ DICIEMBRE 2013

$11,596.52 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33067/12-2013

FAC A 2934 ANA GISELA ANGELES SANCHEZ DICIEMBRE 2013

$12,924.72 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0001-0368 ACTIVACION COORD Y ORGANI D EVENTOS S D RL DE CV

$2,165,814.00

PD-33057/12-2013 FAC R 43 TBT/0012 Y 0013 ACTIVACION COORDINACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS S D RL DE CV

$62,224.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/0485/19

1

PD-33105/12-2013 FAC R 27 COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL DE CV DIC 2013

$6,264.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33104/12-2013 FAC R 62 ACTIVACION COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL DE CV DIC 2013

$11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33045/12-2013 FAC R 68 TBT/0012 Y 0013 ACTIVACION COORDINACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS S D RL DE CV

$11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/0485/19

1

PD-33031/12-2013 FAC R 75 TBT/0012 Y 0013 ACTIVACION COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL DE CV DIC 201

$255,893.68 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33032/12-2013 FAC R 72 TBT/0012 Y 0013 ACTIVACION COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL DE CV DIC 201

$267,728.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33034/12-2013 FAC R 74 TBT/0012 Y 0013 ACTIVACION COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL DE CV DIC 201

$84,570.24 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33049/12-2013 FAC R 73 TBT/0012 Y 0013 ACTIVACION COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL DE CV DIC 201

$260,341.12 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33052/12-2013 FAC R 71 TBT/0012 Y 0013 ACTIVACION COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL DE CV DIC 201

$62,224.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33872/12-2013 FAC R 87 ACTIVACION COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL

$399,846.20 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

Page 75: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

75

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33873/12-2013 FAC R 91 COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL DE CV ENERO 2014

46,047.36 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33874/12-2013 FAC R 90 COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL DE CV ENERO 2014

$150,872.38 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33875/12-2013 FAC R 88 COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL DE CV ENERO 2014

$367,202.06 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33877/12-2013 FAC R 89 COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DE S DE RL DE CV ENERO 2014

$179,400.96 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0001-0380 ASOCIACION D PROF PARLAM D LA REP MEX AC

$113,000.00

PD-33059/05-2013 FAC 2 ASOCIACION DE PROFESIONALES PARLAMENTARIOS DE LA REPUBLICA MEXICANA AC MAYO 2013

$113,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0001-0439 ANAYA GONZALEZ BENJAMIN $10,000.00

PD-33050/05-2013 FAC 0315 ANAYA GONZALEZ BENJAMIN PONENCIA TALLER PRODUCCION EDITORIAL

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33052/05-2013 FAC 0317 ANAYA GONZALEZ BENJAMIN PONENCIA TALLER PRODUCCION EDITORIAL

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0001-0612 AVILA FELIX JUAN MANUEL $150,000.00

PD-33002/12-2013 REC HON 055 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB GUERRERENSES DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33003/12-2013 REC HON 056 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB COLIMENSES DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33004/12-2013 REC HON 057 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB SUDCALIFORNIANOS DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33005/12-2013 REC HON 058 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB DURANGUENSES DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33006/12-2013 REC HON 061 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB TAMAULIPECOS DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33007/12-2013 REC HON 062 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB QUINTANARROENSES DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33008/12-2013 REC HON 063 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB CHIHUAHUENSES DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33009/12-2013 REC HON 064 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB SINALOENSES DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33010/12-2013 REC HON 065 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB CALIFORNIANOS DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33011/12-2013 REC HON 066 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB COAHUILENSES DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33012/12-2013 REC HON 067 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB OAXAQUEÑOS DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33013/12-2013 REC HON 054 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB MEXIQUENSES DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33014/12-2013 REC HON 053 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB OAXAQUEÑOS DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33015/12-2013 REC HON 052 JUAN MANUEL AVILA FELIX TALLER TAREAS ESTRATEGICAS DE GOB MICHOACANOS DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33065/12-2013 REC HON 068 JUAN MANUEL AVILA FELIX CAP PARA DESARROLLO DE BUEN GOB MUNPOS ZACATECANOS DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

Page 76: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

76

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

2-10-101-0001-0629 ACEVEDO GARCIA ANDREA $5,000.00

PD-33035/10-2013 REC HON A 002 ANDREA ACEVEDO GARCIA PERSPECTIVA DE GENERO Y FEMINISMO OCT 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0001-0630 ARRIAGA MEDINA JORGE ALBERTO $5,000.00

PD-33125/12-2013 REC HON 019 JORGE ALBERTO ARRIAGA MEDINA POLITICAS PUBLICAS DIC 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0003-0355 CUARTOSCURO SA CV $31,900.00

PD-33078/04-2013 PROV. FAC-1840 CUARTOSCURO SA DE CV SERV. FOTOGRAFIA ENERO A MARZO 2013

$8,700.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33031/10-2013 PROV. FAC-A 1572 SERV. FOTOGRAFIA ABRIL A JUNIO

$8,700.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33032/10-2013 PROV. FAC-A 1573 SERV. FOTOGRAFÍA JULIO A SEPTIEMBRE

$8,700.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33033/10-2013 PROV. FAC-A 1574 SERV. FOTOGRAFÍA OCTUBRE

$2,900.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33030/12-2013 FAC A 1773 CUARTOSCURO SA DE CV DICIEMBRE 2013

$2,900.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0003-0399 CARREON GUERRA ALICIA $1,960.40

PD-33106/12-2013 FAC 081 ALICIA CARRION GUERRA DICIEMBRE 2013

$1,960.40 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0003-0547 CORTES RODRIGUEZ JAVIER IGNACIO $66,400.00

PD-33029/03-2013 FAC- 949 ACTUALIZACION DE PAGINA WEB

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33026/05-2013 FAC-956 JAVIER IGNACIO CORTES RODRIGUEZ ACT. PAGINA WEB

$23,200.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33014/08-2013 FAC-967 ACTUALIZACIÓN PAGINA WEB $10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33019/09-2013 FAC 972 JAVIER IGNACIO CORTES RODRIGUEZ SEPTIEMBRE 2013

$11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33035/12-2013 FAC 982 JAVIER IGNACIO CORTES RODRIGUEZ ACTUALIZACION PAGINA WEB DICIEMBRE 2013

$11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0003-0788 COPAGANA S DE RL DE CV $34,980.07

PD-33053/05-2013 FAC 00111 COPAGANA S DE RL DE CV MAYO 2013

$11,780.07 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33027/05-2013 FAC 00160 COPAGANA S DE RL DE CV SEPTIEMBRE DE 2013

$23,200.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0003-0872 COMERCIALIZADORA EFISA SA DE CV $153,732.05

PD-33070/05-2013 FAC 004 COMERCIALIZADORA EFISA SA DE CV MAYO 2013

$153,732.05 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0003-0887 CARDENAS ABURTO MARIA LUISA $84,500.00

PD-33091/12-2013 REC HON 207 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA COAHUILA DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33092/12-2013 REC HON 208 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA TAMAULIPAS DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

Page 77: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

77

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33093/12-2013 REC HON 209 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA SONORA DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33094/12-2013 REC HON 210 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA NVO LEON DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33095/12-2013 REC HON 211 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA CHIHUAHUA DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33096/12-2013 REC HON 212 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA BAJA CALIFORNIA DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33097/12-2013 REC HON 213 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA EDO MEX DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33098/12-2013 REC HON 214 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA VERACRUZ DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33099/12-2013 REC HON 215 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA Q. ROO DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-330100/12-2013 REC HON 216 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA PUEBLA DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-330101/12-2013 REC HON 217 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA OAXACA DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-330102/12-2013 REC HON 218 MARIA LUISA CARDENAS ABURTO COYUNTURA MICHOACAN DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33103/12-2013 REC HON 219 MARIA LUISA CÁRDENAS ABURTO COYUNTURA HIDALGO DICIEMBRE 2013

$6,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

2-10-101-0003-0896 CAÑEZ FERNANDEZ JORGE ADALBERTO $10,000.00

PD-33124/12-2013 REC HON 0 0037 JORGE ADALBERTO CAÑEZ FERNANDEZ DIC 2013 $5,000.00

factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33118/12-2013 REC HON 0 0040 JORGE ADALBERTO CAÑEZ FERNANDEZ DIC 2013 $5,000.00

factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0003-0897 CENTRO DE COLABORACION CIVICA SOCIOS MEXICO AC

$5,800.00

PD-33112/12-2013 FAC 341 CENTRO DE COLABORACION CIVICA SOCIOS MEXICO AC DIC 2013

$5,800.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0004-0092 DE LA CRUZ AMAYA JOCELYN HAYDEE $90,000.00

PD-33017/06-2013 REC.HON-029 LOGÍSTICA ESCUELA DE CUADROS MOD. II $7,500.00

factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33018/06-2013 REC.HON-030 LOGISTICA ESC. DE CUADROS MOD. I ODONTOLOGIA $7,500.00

factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33019/06-2013 REC.HON-031 LOGISTICA FORO LA IZQ. FRENTE A LA INT.LATINOAMERICANA $5,000.00

factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33029/06-2013 FAC 032 DE LA CRUZ AMAYA JOCELYN HAYDEE JUNIO 2013 APOYO LOGISTICO $7,500.00

factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33021/07-2013 FAC 033 DE LA CRUZ AMAYA JOCELYN HAYDEE JULIO 2013 APOYO LOGISTICO $7,500.00

factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33027/08-2013 FAC 034 DE LA CRUZ AMAYA JOCELYN HAYDEE AGOSTO 2013 APOYO LOGISTICO $7,500.00

factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33028/08-2013 FAC 035 DE LA CRUZ AMAYA JOCELYN HAYDEE AGOSTO 2013 APOYO LOGISTICO $7,500.00

factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33045/08-2013 REC HON 038 JOCELYN HAYDEE DE LA CRUZ AMAYA TALLER ESC DE CUADROS VALENTÍN CAMPA AGOSTO 2013

$7,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

Page 78: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

78

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33030/09-2013 REC HON 039 JOCELYN HAYDEE DE LA CRUZ AMAYA TALLER ESC DE CUADROS MILPA ALTA SEPT 2013

$7,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33027/10-2013 REC HON 042 JOCELYN HAYDEE DE LA CRUZ AMAYA TALLER ESC DE CUADROS ODONTOLOGÍA OCT 2013

$7,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33023/10-2013 REC HON 043 JOCELYN HAYDEE DE LA CRUZ AMAYA GESTION GUBERNAMENTAL OCTUBRE 2013

$7,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33034/11-2013 REC HON 045 JOCELYN HAYDEE DE LA CRUZ AMAYA TALLER INTERPRETACIÓN D MENSAJES GUAD JAL NOV 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33073/12-2013 REC HON 047 JOCELYN HAYDEE DE LA CRUZ AMAYA TALLER ORATORIA GUADALAJARA JAL DIC 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0004-0093 DE LA ROSA RODRIGUEZ JOSE JAVIER $68,000.00

PD-33053/04-2013 REC. HON-754 POLITICAS PÚBLICAS ALTERNATIVAS II

$17,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33007/07-2013 REC. HON-756 PROYECTO POLÍTICAS PUB. ALTERNATIVAS

$17,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33034/08-2013 REC HON 757 JOSE JAVIER DE LA ROSA RODRIGUEZ AGOSTO 2013 POLITICAS PUBLICAS ALTERNATIVAS II

$17,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33035/08-2013 REC HON 758 JOSE JAVIER DE LA ROSA RODRIGUEZ AGOSTO 2013 POLITICAS PUBLICAS ALTERNATIVAS II

$17,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0004-0227 DIPALMEX SA DE CV $52,339.20

PD-33021/11-2013 FAC 681 DIPALMEX SA DE CV NOVIEMBRE 2013

$26,169.60 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33029/12-2013 FAC 702 DIPALMEX SA DE CV NOVIEMBRE 2013

$26,169.60 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0005-0135 EXPORT GROUP GESCOPY SA CV $248,711.85

PD-33078/05-2013 PROV. FAC-6980 IDENTIDAD PARTIDARIA FEBRERO Y MARZO

$50,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33047/07-2013 PROV. FAC-7098 FORM. DE CUADROS Y LIDERES POLITICOS ABRIL, MAYO Y JUNIO

$50,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33032/09-2013 FAC 6981 EXPORT GROUP GESCOPY SA DE CV SEPTIEMBRE 2013

$7,535.28 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33028/10-2013 FAC 7121 EXPORT GROUP GESCOPY SA DE CV OCTUBRE 2013

$5,023.51 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33034/10-2013 PROV. FAC-7335 EXPORT GROUP GESCOPYS SA DE CV OCT 2013

$2,931.79 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33044/11-2013 PROV. FAC-7351 EXPORT GROUP GESCOPYS SA DE CV

$7,121.27 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33048/12-2013 FAC 7424 EXPORT GROUP GESCOPYS SA DE CV DICIEMBRE 2013

$26,100.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33107/12-2013 PROV. FAC-7429 ESCUELA DE CUADROS JULIO-SEP

$50,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33108/12-2013 PROV. FAC-7428 ESCUELA DE CUADROS ABRIL Y MAYO

$50,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0005-0249 ENSO GO SA DE CV $365,365.41

PD-33871/12-2013 FAC 340 BOLETOS DE AVION ENE 2014 $40,117.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

Page 79: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

79

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33871/12-2013 FAC 341 CARGO POR SERVICIO ENE 2014 $2,001.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33876/12-2013 FAC 340 BOLETOS DE AVION ENE 2014 $309,747.40 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33876/12-2013 FAC 347 CARGO POR SERVICIOS ENE 2014

$13,500.01 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0005-0368 ELIGE RED D JOVENES X LOS DERECHOS SEX Y REPROD AC

$15,000.00

PD-33109/12-2013 REC 810 ELIGE RED DE JOVENES POR LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS AC DIC 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33110/12-2013 REC 811 ELIGE RED DE JOVENES POR LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS AC DIC 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33111/12-2013 REC 812 ELIGE RED DE JOVENES POR LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS AC DIC 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0005-0369 ESPOLEA AC $20,000.00

PD-33120/12-2013 REC 106 ESPOLEA AC POLITICA DE DROGAS DIC 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33121/12-2013 REC 107 ESPOLEA AC POLITICA DE DROGAS DIC 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33122/12-2013 REC 108 ESPOLEA AC POLITICA DE DROGAS DIC 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33123/12-2013 REC 109 ESPOLEA AC POLITICA DE DROGAS DIC 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0006-0069 FUNDACION HEBERTO CASTILLO MARTINEZ AC

$150,000.00

PD-33022/11-2013 FAC 1822 FUNDACION HEBERTO CASTILLO MARTINEZ AC NOVIEMBRE 2013

$50,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-3300/11-2013 FAC 1825 FUNDACIÓN HEBERTO CASTILLO MARTÍNEZ AC NOVIEMBRE 2013

$50,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/0485/19

1

PD-33059/12-2013 FAC 1832 FUNDACION HEBERTO CASTILLO MARTINEZ AC DICIEMBRE 2013

$50,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0006-0077 FLORES OLEA AARON DAVID $41,280.00

PD-33037/12-2013 REC HON A 11 AARON DAVID FLORES OLEA IDENTIDAD DE IZQUIERDA SINALOA JUN 2013

$10,320.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33038/12-2013 REC HON A 12 AARON DAVID FLORES OLEA IDENTIDAD DE IZQUIERDA YUCATAN JUN 2013

$10,320.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/12-2013 REC HON A 13 AARON DAVID FLORES OLEA IDENTIDAD DE IZQUIERDA MICHOACAN JUN 2013

$10,320.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33033/12-2013 REC HON A 15 AARON DAVID FLORES OLEA IDENTIDAD DE IZQUIERDA SAN LUIS POTOSI SEPT 2013

$10,320.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

2-10-101-0006-0188 FERNANDEZ VACA J JESUS $329,248.33

PD-33001/03-2013 FACTURA 1663 J. JESÚS FDEZ VACA IMPRESIÓN DE 1000 TARJETA-INVITACIÓN

$1,972.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33020/05-2013 FAC-1695 BANNER EN LONA DIPLOMADO TECNICO Y ADTIVO.

$1,647.20 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33077/05-2013 FAC 1697 J. JESUS FERNANDEZ VACA MAYO 2013

$3,004.40 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

Page 80: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

80

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33076/05-2013 FAC 1713 J. JESUS FERNANDEZ VACA MAYO 2013

$1,044.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33043/07-2013 FAC 1734 LOGOTIPO INIFP Y CPPG J. JESUS FERNANDEZ VACA JULIO 2013

$823.60 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33031/07-2013 FAC 1735 J. JESUS FERNANDEZ VACA TRIPTICOS INS NAC INVESTIGACION JULIO 2013

$3,062.40 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33001/09-2013 FAC-1750 FOLLETO SOBERANIA PETROLERA

$177,933.29 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33001/09-2013 FAC 1752 J. JESUS FERNANDEZ VACA LONA SEPTIEMBRE 2013

$668.16 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33035/09-2013 FAC 1759 LONA DERECHO INDIGENA Y COMUNICACIÓN SOCIAL SEPT 2013

$668.16 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33030/10-2013 FAC 1771 LONA IDENTIDAD DE IZQUIERDA J. JESUS FERNANDEZ VACA OCT 2013

$668.16 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33041/11-2013 FAC 1774 CARTELES MEXICO 68 45 AÑOS J. JESUS FERNANDEZ VACA NOV 2013

$417.60 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33003/11-2013 FAC 1777 J. JESUS FERNANDEZ VACA NOVIEMBRE 2013

$464.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33042/11-2013 FAC 1776 CARTELES MEXICO 68 45 AÑOS J. JESUS FERNANDEZ VACA NOV 2013

$139.20 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33016/11-2013 FAC 1781 J. JESUS FERNANDEZ VACA SEMINARIO INTERNACIONAL NOVIEMBRE 2013

$668.16 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33061/12-2013 FAC 1784 J. JESUS FERNANDEZ VACA DICIEMBRE 2013

$74,124.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33127/12-2013 FAC 1793 J. JESUS FERNANDEZ VACA REV COYUNTURA N° 172 OCT-DIC 2013

$61,944.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0007-0356 GUTIERREZ ANDRADE ROBERTO $60,784.00

PD-33015/02-2013 FAC 952 ROBERTO GUTIERREZ ANDRADE FEBRERO 2013

$1,160.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33061/03-2013 FAC 953 ROBERTO GUTIERREZ ANDRADE MARZO 2013

$11,368.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33060/03-2013 FAC 954 ROBERTO GUTIERREZ ANDRADE MARZO 2013

$8,816.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33077/04-2013 FAC 955 GUTIERREZ ANDRADE ROBERTO ABRIL 2013

$8,816.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33039/08-2013 FAC 982 ROBERTO GUTIERREZ ANDRADE AGOSTO 2013

11,194.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33046/08-2013 FAC 983 ROBERTO GUTIERREZ ANDRADE CARTELES FORO MEXICO-CUBA AGOSTO 2013

7,424.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33020/11-2013 PROV FAC 1036 ROBERTO GUTIERREZ ANDRADE NOVIEMBRE 2013

12,006.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0007-0357 GANDARILLA SALGADO JORGE $80,000.00

PD-33018/04-2013 REC. HON-015 TALLER:PARTICIPACION CIUDADANA HGO.

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33021/04-2013 REC. HON-016 TALLER:IDENTIDAD PARTIDARIA SONORA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

Page 81: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

81

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33022/04-2013 REC. HON-017 TALLER:NEOLIBERALISMO, GLOB. Y BIPARTIDISMO SONORA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33025/04-2013 REC. HON-018 TALLER:PROCESO ELECTORAL INTEGRAL SONORA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33028/04-2013 REC. HON-019 TALLER:IDENTIDAD PARTIDARIA CEN PRD

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33035/04-2013 REC. HON-020 TALLER:PARTICIPACION CIUDADANA HGO.

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33003/05-2013 REC. HON-021 TALLER:NEOLIBERALISMO,GLOB. Y BIPARTIDISMO CEN PRD

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33006/05-2013 REC. HON-0023 TALLER:PROCESO ELECTORAL INTEGRAL EDO. MEX

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33006/05-2013 REC. HON-0022 TALLER: PARTICIPACION CIUDADANA EDO. MEX

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33009/05-2013 REC. HON-024 TALLER:IDENTIDAD PARTIDARIA EDO. MEX

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33013/05-2013 REC. HON-025 JORGE GANDARILLA SALGADO TALLER:PART. CIUDADANA SONORA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33071/05-2013 REC HON 027 JORGE GANDARILLA SALGADO PONCIA IDENTIDAD PARTIDARIA XOCHIMILCO MAYO 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33072/05-2013 REC HON 028 JORGE GANDARILLA SALGADO PONCIA PROCESO ELECTORAL Q.ROO MAYO 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33073/05-2013 REC HON 029 JORGE GANDARILLA SALGADO PONCIA PROCESO ELECTORAL INTEGRAL Q.ROO MAYO 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33074/05-2013 REC HON 032 JORGE GANDARILLA SALGADO PONCIA PROCESO ELECTORAL INTEGRAL Q.ROO MAYO 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33075/05-2013 REC HON 033 JORGE GANDARILLA SALGADO PONCIA NEOLIBERALISMO Y BIPARTIDISMO XOCHIMILCO MAYO 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0007-0398 GARCÍA GARCÍA LUIS GUSTAVO $247,200.00

PD-33085/12-2013 FAC 0031 LUIS GUSTAVO GARCIA GARCIA DICIEMBRE 2013

$58,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33086/12-2013 FAC 0032 LUIS GUSTAVO GARCIA GARCIA DICIEMBRE 2013

$116,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33088/12-2013 FAC 0034 LUIS GUSTAVO GARCIA GARCIA DICIEMBRE 2013

$58,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33090/12-2013 FAC 0036 LUIS GUSTAVO GARCIA GARCIA DICIEMBRE 2013

$15,200.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0007-0401 GUTIERREZ MÁRQUEZ ENRIQUE $90,000.00

PD-33029/07-2013 REC HON 158 ENRIQUE GUTIERREZ MÁRQUEZ PROY INV RETOS TEORICOS DE LA DEMOCRACIA JULIO 2013

$15,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33030/07-2013 REC HON 161 ENRIQUE GUTIERREZ MÁRQUEZ PROY INV RETOS TEORICOS DE LA DEMOCRACIA JULIO 2013

$15,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33040/08-2013 REC HON 162 ENRIQUE GUTIERREZ MÁRQUEZ PROY INV RETOS TEORICOS DE LA DEMOCRACIA AGO 2013

$15,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33041/08-2013 REC HON 163 ENRIQUE GUTIERREZ MÁRQUEZ PROY INV RETOS TEORICOS DE LA DEMOCRACIA AGO 2013

$15,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

Page 82: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

82

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33042/08-2013 REC HON 164 ENRIQUE GUTIERREZ MÁRQUEZ PROY INV RETOS TEORICOS DE LA DEMOCRACIA AGO 2013

$15,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33043/08-2013 REC HON 165 ENRIQUE GUTIERREZ MÁRQUEZ PROY INV RETOS TEORICOS DE LA DEMOCRACIA AGO 2013

$15,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0007-0466 GALICIA ALEGRIA MARCO TULIO ULISES $6,960.00

PD-33038/11-2013 FAC 720 MARCO TULIO ULISES GALICIA ALEGRIA PLANTILLAS DIVERSOS TALLERES NOV 2013

$3,480.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33039/11-2013 FAC 721 MARCO TULIO ULISES GALICIA ALEGRIA PLANTILLAS DIVERSOS TALLERES NOV 2013

$3,480.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0007-0588 GARCIA SANTELIS DIDIER BLADIMIR $5,000.00

PD-33075/04-2013 REC HON 27 GARCIA SANTELIS DIDIER BLADIMIR TALLER HOMBRES Y LIDERAZGO DF ABRIL 2013}

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0007-0916 GARCIA RUIZ CECILIA $5,000.00

PD-33117/12-2013 REC HON 001 CECILIA GARCIA RUIZ ACCIONES AFIRMATIVAS DIC 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0008-0306 HERNANDEZ SANCHEZ CINTHIA KEREM $3,000.00

PD-33046/03-2013 REC. HON-001 TALLER: HOMBRES Y LIDERAZGO CUAJIMALPA D.F.

$3,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0009-0074 INTERTICKET SA CV $1,102,982.56

PD-33033/04-2013 FAC- 268 TALLER: IDENTIDAD PARTIDARIA HOTEL JEROC´S TLAXCALA

$18,556.61 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33043/04-2013 FAC-274 TALLER: PART. CIUDADANA DEMOC.. METEPEC EDO MEX

$46,796.04 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33004/05-2013 FAC- 281 TALLER: ELEMENTOS PARA ANALIZAR LA POL. DE IZQ. MORELOS

$147,336.71 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33058/05-2013 FAC B 284 INTERTICKET SA DE CV TALLER EDUC POLITICA Y CIUDADANIA DEMOCRATICA TABASCO MAYO 2013

$68,201.46 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33031/06-2013 FAC B 294 INTERTICKET SA DE CV TALLER IDENTIDAD DE IZQUIERDA LOS MOCHIS JUNIO 2013

$35,154.89 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33032/06-2013 FAC B 293 INTERTICKET SA DE CV TALLER TAREAS ESTRAT GOB MUNPLES COLIMENSES JUNIO 2013

$143,383.64 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33014/06-2013 FAC-B295 TALLER: LAS TAREAS ESTRATEGICAS DE LOS GOB. MPALES B.C.S.

$111,802.56 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33015/06-2013 FAC-B297 FORO: LA IZQ. FRENTE A LA INTEGRACION LATINOAMERICANA D.F.

$165,207.14 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33016/06-2013 FAC-B298 TALLER: IDENTIDAD DE IZQ. EN MAYA YUCATÁN

$46,773.52 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33033/06-2013 FAC B 299 INTERTICKET SA DE CV EDUCACION POLITICA Y CIUDADDANIA DEMOCRATICA JUNIO 2013

$64,506.44 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33016/07-2013 FAC B 314 FOLIO CAE/0901/13 INTERTICKET SA DE CV JUNIO

$37,972.30 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33022/07-2013 FAC B 312 INTERTICKET SA DE CV JULIO $205,805.51 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33038/08-2013 FAC B 320 INTERTICKET SA DE CV JORNADA ESTATAL AGOSTO 2013

$11,485.74 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0010-0083 JARDON PEREZ HUMBERTO $50,000.00

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

83

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33044/05-2013 REC. HON-0347 PONENCIA ESCUELA DE CUADROS

$25,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33024/07-2013 FAC 0360 JARDON PEREZ HUMBERTO PONENCIAS EN ESCUELA NACIONAL DE CUADROS JULIO 2013

$25,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0010-0100 JOLOY AMKIE DANIEL $10,000.00

PD-33037/09-2013 REC HON A 025 DANIEL JOLOY AMKIE DERECHOS HUMANOS EN MEXICO SEP 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33036/10-2013 REC HON A 026 DANIEL JOLOY AMKIE PERSPECTIVA DERECHOS HUMANOS OCT 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0012-0108 LUPCA SA CV $93,703.19

PD-33012/11-2013 FAC A 2018 LUPCA SA DE CV NOVIEMBRE 2013

$93,703.19 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0012-0123 LOVERA LOPEZ SARA $60,000.00

PD-33870/12-2013 AJ AE-33070 ENERO LOVERA LÓPEZ SARA RECLASIFIC PROVEEDORES

$60,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/3227/18

1

2-10-101-0013-0236 MENDOZA VAZQUEZ GILBERTO $17,400.00

PD-33870/12-2013 AJ PE-31161 MAR MENDOZA VAZQUEZ GILBERTO RECLASIFIC PROVEEDORES

$17,400.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/3227/18

1

2-10-101-0013-0342 MENDOZA AYALA ADRIAN $5,000.00

PD-33056/05-2013 FAC SERIE SEGUNDA 202 MENDOZA AYALA ADRIAN TALLER PART CIUDADANA DEMOCRATICA PUEBLA MAYO 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0013-0560 MENA GARCIA CHRISTIAN $85,000.00

PD-33026/09-2013 REC HON 0205 CHRISTIAN MENA GARCIA TALLER INTERPRETACION MENS PARA CONST DE IDENTIDAD SEPTIEMBRE

$35,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-43030/11-2013 REC HON 0210 CHRISTIAN MENA GARCIA INTERPRETACION D MENSAJES PARA CONST DE IDENTIDAD NOV 2013

$25,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-430301/11-2013 REC HON 0211 CHRISTIAN MENA GARCIA INTERPRETACION D MENSAJES PARA CONST DE IDENTIDAD NOV 2013

$25,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0013-0588 MOTA RODRIGUEZ LUZ ELENA $10,000.00

PD-33043/11-2013 REC HON 101 LUZ ELENA MATA RODRIGUEZ COMUNICACIÓN SOCIAL NOV 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0016-0024 OMEGA CONSULTORIA INTEGRAL SC $162,400.00

PD-33006/09-2013 FAC-0025 ASESORÍA DE AGOSTO 2013 $81,200.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/3227/18

1

PD-33827/12-2013 TBT/2022 F 0029 OMEGA CONSULTORÍA SC

$81,200.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/0485/19

1

2-10-101-0016-0210 OLIVARES GARCÍA ANA ANGELICA $21,000.00

PD-33003/01-2013 REC. HON-A0031 INV. RETOS TEÓRICOS E HISTÓRICOS DE LA DEMOCRACIA EN MEXICO

$7,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/3227/18

1

PD-33044/03-2013 RH-A0034 ANA ANGELICA OLIVARES GARCÍA INV. RETOS TEORICOS E HISTORICOS DE LA DEMOC. EN MEX

$7,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/3227/18

1

PD-33024/05-2013 REC. HON-A0036 INVESTIGACION: RETOS TEORICOS DE LA DEMOCR. EN MEXICO

$7,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0016-0292 ORTIZ OLVERA JUAN MARCOS $26,000.00

Page 84: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

84

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33033/08-2013 REC HON 0319 JUAN MARCOS ORTIZ OLVERA FORO DEMOCRACIA Y REFORMA ENERGETICA AGOSTO 2013

$26,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0017-0113 PRENSA LATINA AGENCIA INFORMAT LATINOAMERICANA SC

$40,600.00

PD-33020/12-2013 FAC 6591 PRENSA LATINA AGENCIA INF LAT DE LA OBRA COLOMBIA LA PAZ ESQUIVA DEL CAGUAN

$40,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/0485/19

1

2-10-101-0017-0128 PROMOCIONALES CORCEL SA CV $284,200.00

PD-33057/05-2013 FAC 2714 PROMOCIONALES CORCEL SA DE CV IMPRESIÓN LIBRO ABYA YALA MAYO 2013

$72,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33057/05-2013 FAC 2714 PROMOCIONALES CORCEL SA DE CV IMPRESIÓN LIBRO ABYA YALA MAYO 2013

$72,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/0485/19

1

PD-33009/10-2013 FAC 2790 PROMOCIONALES CORCEL SA DE CV CRISIS NEOLIBERAL Y

ALTERNATIVAS DE IZQUIERDA OCTUBRE 2013

$104,400.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

$34,800.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

2-10-101-0017-0191 PEDROZA VARGAS PERLA ESMERALDA $50,000.00

PD-33052/04-2013 REC.HON- 104 POLITICAS PUBLICAS ALTERNATIVAS II

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33006/07-2013 REC. HON-106 POLITICAS PUB. ALTERNATIVAS

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33036/08-2013 REC HON 107 PEDROZA VARGAS PERLA ESMERALDA AGOSTO 2013 POLITICAS PUBLICAS ALTERNATIVAS II

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33037/08-2013 REC HON 108 PEDROZA VARGAS PERLA ESMERALDA AGOSTO 2013 POLITICAS PUBLICAS ALTERNATIVAS II

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33020/10-2013 REC HON 109 PEDROZA VARGAS ESMERALDA SEPT 2013 POLITICAS PUBLICAS ALTERNATIVAS II

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0017-0252 PROPONE AC PROMOTORES POR LA JUSTICIA SOCIAL AC

$26,100.00

PD-33005/07-2013 FAC-7 CAPACITACION 12 SESIONES ESCUELA DE CUADROS

$20,880.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33009/08-2013 FAC-8 CAPACITACION 3 SESIONES ESC. DE CUADROS

$5,220.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0017-0300 PONTIFES MARTINEZ ARTURO $40,000.00

PD-33080/12-2013 REC HON 0942 ARTURO PONTIFES MARTINEZ TALLER UN BUEN GOBIERNO MPOS COAHUILENSES DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33081/12-2013 REC HON 0943 ARTURO PONTIFES MARTINEZ TALLER UN BUEN GOBIERNO MPOS OAXAQUEÑOS DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33082/12-2013 REC HON 0944 ARTURO PONTIFES MARTINEZ TALLER UN BUEN GOBIERNO MPOS TLAXCALTECAS DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33083/12-2013 REC HON 0945 ARTURO PONTIFES MARTINEZ TALLER UN BUEN GOBIERNO MPOS VERACRUZANOS DIC 2013

$10,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0017-0439 PEÑALOZA PEREZ OSCAR ANGEL $75,000.00

PD-33034/06-2013 REC HON 0091 OSCAR ANGEL PEÑALOZA PEREZ ESCUELA NAC CUADROS VALENTIN CAMPA JUNIO 2013

$25,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33035/06-2013 REC HON 0092 OSCAR ANGEL PEÑALOZA PEREZ ESCUELA NAC CUADROS MILPA ALTA JUNIO 2013

$25,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33044/08-2013 REC HON 0090 OSCAR ANGEL PEÑALOZA PEREZ ESCUELA NAC CUADROS ODONTOLOGIA JUNIO 2013

$25,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

Page 85: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

85

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

2-10-101-0019-0245 RIOS MUÑOZ JUAN CARLOS $235,000.00

PD-33030/08-2013 FAC 130 RECIBO DE HONORARIOS JUAN CARLOS RIOS MULÑOZ TALLER DE ORATORIA PUEBLA AGO 2013

$35,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33013/09-2013 FAC 132 RIOS MUÑOZ JUAN CARLOS TALLER DE ORATORIA EN AGUASCALIENTES SEPT 2013

$35,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33015/09-2013 FAC 133 RIOS MUÑOZ JUAN CARLOS TALLER DE ORATORIA EN SAN LUIS POTOSI SEPT 2013

$35,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33018/10-2013 REC HON 134 JUAN CARLOS RIOS MUÑOZ PONENCIA TALLER DE VILLAHERMOSA OCTUBRE 2013

$35,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33031/11-2013 REC HON 135 JUAN CARLOS RIOS MUÑOZ TALLER DE ORATORIA AGUASCALIENTES DIC 2013

$35,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33072/12-2013 REC HON 136 JUAN CARLOS RIOS MUÑOZ TALLER DE ORATORIA GUADALAJARA DIC 2013

$35,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33084/12-2013 REC HON 137 JUAN CARLOS RIOS MUÑOZ TALLER ORATORIA DIC 2013

$25,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0019-0403 RUIZ CASTILLO DIANA YAZMIN $80,000.00

PD-33033/05-2013 REC. HON-002 LOGISTICA ESCUELA DE CUADROS

$7,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/3227/18

1

PD-33028/06-2013 FAC 006 RUIZ CASTILLO DIANA YAZMIN TALLER DE ORATORIA EN AUDITORIO VALENTIN CAMPA JUNIO 2013

$7,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33020/06-2013 REC. HON-003 LOGISTICA ESC. DE CUADROS MONTERREY 50

$7,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/3227/18

1

PD-33023/07-2013 FAC 008 RUIZ CASTILLO DIANA YAZMIN TALLER DE ORATORIA EN AUDITORIO VALENTIN CAMPA JULIO 2013

$7,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33023/09-2013 REC HON 013 DIANA YAZMIN RUIZ CASTILLO SEGUNDO FORO DE ORATORIA SEPTIEMBRE 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33024/09-2013 REC HON 009 DIANA YAZMIN RUIZ CASTILLO SEGUNDO FORO DE ORATORIA SEPTIEMBRE 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33025/09-2013 REC HON 010 DIANA YAZMIN RUIZ CASTILLO SEGUNDO FORO DE ORATORIA SEPTIEMBRE 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33014/09-2013 FAC 015 RUIZ CASTILLO DIANA YAZMIN TALLER DE ORATORIA EN SAN LUIS POTOSI SEPT 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33017/10-2013 REC HON 016 DIANA YAZMIN RUIZ CASTILLO APOYO LOGISTICO EN VILLAHERMOSA OCTUBRE 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33026/10-2013 REC HON 018 DIANA YAZMIN RUIZ CASTILLO ESC DE CUADROS VALENTIN CAMPA OCT 2013

$7,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33033/11-2013 REC HON 019 DIANA YAZMIN RUIZ CASTILLO ESC DE CUADROS VALENTIN CAMPA NOV 2013

$7,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33014/11-2013 REC HON 020 DIANA YAZMIN RUIZ CASTILLO INTERP DE MENSAJES PARA CONST DE IDENTIDAD AGUASCALIENTES

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33015/11-2013 REC HON 021 DIANA YAZMIN RUIZ CASTILLO ORATORIA AGUASCALIENTES NOV 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0019-0574 RED GLOBAL DE ACCION JUVENIL GYAN MEXICO AC

$17,400.00

PD-33113/12-2013 FAC 09 RED GLOBAL DE ACCION JUVENIL GYAN MEXICO AC DIC 2013

$5,800.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33114/12-2013 FAC 10 RED GLOBAL DE ACCION JUVENIL GYAN MEXICO AC DIC 2013

$5,800.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

Page 86: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

86

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33115/12-2013 FAC 11 RED GLOBAL DE ACCION JUVENIL GYAN MEXICO AC DIC 2013

$5,800.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0019-0575 ROSALES MORALES DANIEL EMILIANO $10,000.00

PD-33037/10-2013 REC HON 309 DANIEL EMILIANO ROSALES MORALES PART POLITICA Y SOCIEDAD CIVIL OCT 2013

5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33038/10-2013 REC HON 310 DANIEL EMILIANO ROSALES MORALES PART POLITICA Y SOCIEDAD CIVIL OCT 2013

5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

2-10-101-0020-0337 STAMPA GABINETE D COMUNICACION SOCIAL SA CV

$542,000.00

PD-33025/10-2013 FAC 139 STAMPA GABINETE DE COMUNICACIÓN SOCIAL SA DE CV OCTUBRE 2013

542,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/0485/19

1

2-10-101-0020-0414 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC

$406,000.00

PD-33032/12-2013 PROV FAC 62 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33033/12-2013 PROV FAC 58 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33034/12-2013 PROV FAC 59 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33035/12-2013 PROV FAC 60 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/12-2013 PROV FAC 63 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/12-2013 PROV FAC 64 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33038/12-2013 PROV FAC 56 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33039/12-2013 PROV FAC 66 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33040/12-2013 PROV FAC 65 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33041/12-2013 PROV FAC 61 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33042/12-2013 PROV FAC 67 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

11,600.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33870/12-2013 AJ RECLASIF PE-33006/05-13 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

113,100.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/0485/19

1

PD-33870/12-2013 AJ RECLASIF PE-33007/05-13 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC JULIO 2013

34,800.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/0485/19

1

PD-33870/12-2013 AJ RECLASIF PE-33002/05-13 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC

78,300.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/0485/19

1

PD-33870/12-2013 AJ RECLASIF PE-33005/05-13 SERVICIOS DE EDUCACIÓN POPULAR SEDUP AC

52,200.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/0485/19

1

2-10-101-0020-0781 SANTIN GODOY ANDRES EFRAIN $32,000.00

PD-33012/02-2013 REC. HON-008 INV. IZQ. Y DERECHA EN LA DEMOCRATIZACION MEXICNA

$8,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33048/03-2013 REC. HON-010 INV. IZQ. Y DERECHA EN LA DEMOCRATIZACION MEXICNA

$8,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

87

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33067/04-2013 REC. HON-014 INV. IZQ. Y DERECHA EN LA DEMOCRATIZACION MEXICNA

$8,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33042/05-2013 REC. HON-015 INV. IZQ. Y DERECHA EN LA DEMOCRATIZACION MEXICNA

$8,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0020-0782 SILVA MORENO YARELI YULIANA $5,000.00

PD-33070/04-2013 REC. HON-0122 APOYO LOGISTICO ESCUELA DE CUADROS

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0020-0970 SALMUN SMEKE POLA $20,000.00

PD-33032/06-2013 REC HON 0002 POLA SALMUN SMEKE ART DEMOCRACIA CIUDADANIA Y GENERO

$20,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0020-0990 SOSA ZARAGOZA JOSE DANIEL $60,000.00

PD-33036/12-2013 FAC 003 JOSE DANIEL SOSA ZARAGOZA RENTA AUTOBUSES PUEBLA TLAXCALA Y MORELOS DIC 2013

$60,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0020-1006 SANDOVAL BALLESTEROS IRMA ERENDIRA

$20,000.00

PD-33079/12-2013

REC HON A 1 IRMA ERENDIRA SANDOVAL BALLESTEROS DICIEMBRE 2013

$20,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0021-0096 TURISMO DEMA SA CV $2,879,138.19

PD-33012/01-2013 REC DAE 5863 EMISIÓN DE BOLETOS DE AVIÓN ENE 2013

$4,799.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33012/01-2013 REC DAE 5998 EMISIÓN DE BOLETOS DE AVIÓN ENE 2013

$4,451.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33012/01-2013 REC DAE 6244 EMISIÓN DE BOLETOS DE AVIÓN ENE 2013

$4,393.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33060/04-2013 TBT/1000 FAC-FCE 6944 CARGO POR SERVICIO

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33060/04-2013 TBT/1000 FAC-DAE 8691 BOLETO DE AVIÓN

$6,630.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33060/04-2013 TBT/1000 FAC-FCE 6949 CARGO POR SERVICIO

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33060/04-2013 TBT/1000 FAC-DAE 8700 BOLETO DE AVIÓN

$4,793.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33002/09-2013 FAC-FAE 1262 TALLER: EDUC. POLÍTICA Y CIUDADANA

$71,678.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33002/09-2013 FAC-FAE 1261 LIBRO: MIRADAS ALTERNATIVAS ZACATECAS

$63,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33002/09-2013 FAC-FAE 1263 EVENTO EN UNIVERSIDAD DE ZACATECAS

$10,164.60 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33002/09-2013 FAC-FAE 1265 TALLER EDUC. POLÍTICA Y CIUDADANIA MORELIA

$172,324.20 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33002/09-2013 FAC- FAE 1266 TALLER:CAPAC. PARA EL DES. DE UN BUEN GOB. ZAC.

$283,401.90 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33002/09-2013 FAC-FAE 1264 EVENTO HOTEL EL CASTELLANO EN MERIDA

$71,373.02 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 FAC 9284 TURISMO DEMA SA DE CV CARGO POR SERVICIO

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 88: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

88

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33008/09-2013 DAE 11726 TURISMO DEMA SA DE CV BOLETO DE AVIÓN

$5,258.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 FAC 9285 TURISMO DEMA SA DE CV CARGO POR SERVICIO

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 DAE 11728 TURISMO DEMA SA DE CV BOLETO DE AVIÓN

$6,007.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 FAC 9286 TURISMO DEMA SA DE CV CARGO POR SERVICIO

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 DAE 11730 TURISMO DEMA SA DE CV BOLETO DE AVIÓN

$5,858.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 FAC 9289 TURISMO DEMA SA DE CV CARGO POR SERVICIO

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 DAE 11733 TURISMO DEMA SA DE CV BOLETO DE AVIÓN

$5,259.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 FAC 9290 TURISMO DEMA SA DE CV CARGO POR SERVICIO

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 DAE 11734 TURISMO DEMA SA DE CV BOLETO DE AVIÓN

$2,206.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 FAC 9291 TURISMO DEMA SA DE CV CARGO POR SERVICIO

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 DAE 11735 TURISMO DEMA SA DE CV BOLETO DE AVIÓN

$5,259.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 FAC 9317 TURISMO DEMA SA DE CV CARGO POR SERVICIO

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 DAE 11762 TURISMO DEMA SA DE CV BOLETO DE AVIÓN

$4,981.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/09-2013 FAC 9328 TURISMO DEMA SA DE CV CARGO POR SERVICIO

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9520 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$522.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12038 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$20,604.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9519 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12037 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$10,862.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9521 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12039 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$8,264.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9527 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12048 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,431.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9526 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12047 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$6,276.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 89: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

89

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9517 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12044 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$754.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9564 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$928.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12086 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$14,794.08 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9543 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12079 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$452.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9554 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12076 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$2,685.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9580 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12110 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$6,535.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9585 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12117 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$6,047.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9586 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12118 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$3,475.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9577 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12106 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,985.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9579 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12108 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$6,369.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9565 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12088 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$391.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12122 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$638.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9557 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12121 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$638.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9583 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 90: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

90

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12115 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$9,970.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9604 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12145 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,932.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9611 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12151 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$3,347.68 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9403 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11884 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$9,938.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9404 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11866 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,644.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9410 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$464.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11890 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,637.54 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9431 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11918 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,370.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9422 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11907 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$3,748.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9433 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11919 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$3,247.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9429 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11916 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,969.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9421 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11906 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,969.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9427 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11913 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$3,189.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9428 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 91: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

91

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11915 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$2,748.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9284 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11774 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$200.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 11793 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$754.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9637 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12189 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,065.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9675 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12238 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,343.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9676 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12239 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,759.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9717 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12288 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$2,649.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9668 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12224 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$627.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12313 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$754.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9690 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$870.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12260 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$24,610.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9691 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12261 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,876.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9696 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12265 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,248.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9697 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12267 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$6,410.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9698 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 92: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

92

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12266 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$3,848.05 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9705 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12274 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,568.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9706 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12275 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$18,718.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9709 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12280 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,822.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9710 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12281 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$14,264.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9711 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12282 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,065.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9713 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12284 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,489.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9715 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$522.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12286 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$9,642.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9714 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$522.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12285 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$6,300.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9720 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12291 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,916.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9716 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12287 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$3,027.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9721 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$464.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12293 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,529.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9723 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 93: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

93

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12295 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,342.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9724 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12296 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$2,049.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9725 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12297 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$3,064.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9732 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12264 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$12,844.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9768 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12353 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$3,985.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9769 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12354 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$3,674.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9738 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12309 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,970.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9737 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12308 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$6,170.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9757 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12341 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$6,170.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9751 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12334 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$6,164.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9764 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12350 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,572.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9763 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12349 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,570.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33022/10-2013 FAC FCE 9762 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 94: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

94

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33022/10-2013 RECIBO DAE 12348 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,176.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 FAC FCE 9864 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 RECIBO DAE 12459 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,564.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 FAC FCE 9822 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 RECIBO DAE 12415 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,914.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 FAC FCE 9834 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 RECIBO DAE 12427 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$6,363.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 FAC FCE 9821 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 RECIBO DAE 12414 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,763.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 FAC FCE 9863 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 RECIBO DAE 12458 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,564.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 FAC FCE 9884 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 RECIBO DAE 12488 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$8,524.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 FAC FCE 9885 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 RECIBO DAE 12489 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$3,931.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 FAC FCE 9883 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 RECIBO DAE 12487 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$5,917.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 FAC FCE 9886 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS OCTUBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33024/10-2013 RECIBO DAE 12490 BOLETO DE AVIÓN OCTUBRE 2013

$4,782.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33004/10-2013 FAC FAE 1430 TURISMO DEMA CAP PARA DESARROLLO DE UN BUEN GOBIERNO MUNPOS BAJACALIFORNIANOS

$171,294.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33006/10-2013 FAC FAE 1419 TURISMO DEMA CAP PARA DESARROLLO DE UN BUEN GOBIERNO MUNPOS CHIHUAHUENSES

$103,886.68 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33007/10-2013 FAC FAE 1418 TURISMO DEMA TALLER EDUCACIÓN POLITICA Y CIUDADANIA DEMOCRATICA PARTICIPATIVA

$74,121.28 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33008/10-2013 FAC FAE 1420 TURISMO DEMA FORO CAUSAS Y EFECTOS DE LA REFORMA LABORAL

$51,260.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10089 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 95: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

95

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12776 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$5,469.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10092 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12779 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$3,048.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10091 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12778 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,483.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10093 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12780 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$3,038.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10094 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12781 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,163.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10095 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12782 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$5,375.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10138 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$696.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12824 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$6,295.92 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10115 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$696.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12803 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$7,188.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10133 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12822 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,199.56 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10142 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$696.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12831 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$10,494.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10140 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$696.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12829 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$10,494.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10107 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12795 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,598.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33019/11-2013 FAC FCE 10100 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 96: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

96

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33019/11-2013 RECIBO DAE 12787 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,448.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10215 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$464.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12930 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$800.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10214 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12929 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$200.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10213 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$464.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12928 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$800.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10163 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12857 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$580.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10207 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$522.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12923 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$16,422.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10161 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12855 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,898.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10189 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12901 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$290.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10162 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12856 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,449.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10160 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12854 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,398.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10154 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12847 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$1,749.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10165 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12859 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$290.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10153 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 97: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

97

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12846 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,198.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10216 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12931 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$280.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10176 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12868 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,701.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 FAC FCE 10157 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33011/11-2013 RECIBO DAE 12851 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$7,478.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10321 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13072 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,343.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10330 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13084 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$3,009.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10313 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13039 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$7,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10312 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13037 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,200.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10311 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13036 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$3,042.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10310 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13035 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,435.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10309 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13034 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,672.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10308 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13033 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,622.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10307 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 98: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

98

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13032 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$5,734.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10306 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13031 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$5,455.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10305 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13030 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,699.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10296 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13018 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$11,796.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10295 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13020 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,282.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10294 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13019 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$6,041.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10292 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13017 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$9,368.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10291 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13016 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$7,180.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 FAC FCE 10290 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33010/11-2013 RECIBO DAE 13015 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$7,180.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10298 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13022 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,967.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10402 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13137 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$3,668.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10401 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13136 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,672.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10330 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 99: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

99

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13084 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$3,009.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10288 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13013 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,972.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10823 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13763 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$6,628.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10447 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13185 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$3,725.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10448 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13186 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$6,079.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10552 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13330 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$1,797.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10483 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13226 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,140.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10478 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13261 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$754.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10477 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13260 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$754.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10471 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13180 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,128.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10484 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13227 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,190.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10508 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13225 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$1,875.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10576 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 100: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

100

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13367 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$452.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10575 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13353 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,637.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10574 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13352 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$8,280.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10551 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13329 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$3,473.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10548 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13326 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$3,902.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10549 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13327 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$3,507.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10626 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13445 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$1,462.50 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10700 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13552 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,198.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10699 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13551 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$580.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 FAC FCE 10734 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33036/11-2013 RECIBO DAE 13609 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$580.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 FAC FCE 10673 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 RECIBO DAE 13207 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$1,392.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 RECIBO DAE 13513 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$452.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 FAC FCE 10664 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$232.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 RECIBO DAE 13498 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$1,598.72 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 101: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

101

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33037/11-2013 FAC FCE 10652 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 RECIBO DAE 13483 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,305.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 FAC FCE 10653 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 RECIBO DAE 13484 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,216.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 FAC FCE 10651 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 RECIBO DAE 13482 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$4,590.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 FAC FCE 10619 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$464.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 RECIBO DAE 13433 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$3,898.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 FAC FCE 10597 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$58.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 RECIBO DAE 13395 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$751.50 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 FAC FCE 10593 CARGO POR SERVICIO DE BOLETOS NOVIEMBRE 2013

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33037/11-2013 RECIBO DAE 13391 BOLETO DE AVIÓN NOVIEMBRE 2013

$2,684.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33811/12-2013 AJ_TBT/704 FAC-FCE 5491 TURISMO DEMA REGISTRO DE FACTURAS

$870.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33811/12-2013 AJ_TBT/704 FAC-DAE 6857 TURISMO DEMA REGISTRO DE FACTURAS

$30,380.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33811/12-2013 AJ_TBT/704 FAC-FCE 5507 TURISMO DEMA REGISTRO DE FACTURAS

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33811/12-2013 AJ_TBT/704 FAC-DAE 6875 TURISMO DEMA REGISTRO DE FACTURAS

$3,037.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33826/12-2013 TBT/0705 FAE 745 TURISMO DEMA SA DE CV FORO DE SAO PAOLO

$410,152.80 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33867/12-2013 AJ_REGISTRO TBT/0705 FAC DAE 7528 TURISMO DEMA SA DE CV

$6,076.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33867/12-2013 AJ_REGISTRO TBT/0705 FAC DAE 7527 TURISMO DEMA SA DE CV

$10,970.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33867/12-2013 AJ_REGISTRO TBT/0705 FAC DAE 7639 TURISMO DEMA SA DE CV

$7,062.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33867/12-2013 AJ_REGISTRO TBT/0705 FAC DAE 7529 TURISMO DEMA SA DE CV

$5,485.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33867/12-2013 AJ_REGISTRO TBT/0705 FAC DAE 6007 TURISMO DEMA SA DE CV

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33867/12-2013 AJ_REGISTRO TBT/0705 FAC DAE 6006 TURISMO DEMA SA DE CV

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33867/12-2013 AJ_REGISTRO TBT/0705 FAC DAE 6104 TURISMO DEMA SA DE CV

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

Page 102: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

102

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33867/12-2013 AJ_REGISTRO TBT/0705 FAC DAE 6008 TURISMO DEMA SA DE CV

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33868/12-2013 AJ_REGISTRO TBT/0705 FAC DAE 1393 TURISMO DEMA SA DE CV

$187,430.16 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33883/12-2013 AJ_REGISTRO DE MOVIMIENTO TBT/1329 DAE 9158 TURISMO DEMA SA DE CV

$4,954.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33883/12-2013 AJ_REGISTRO DE MOVIMIENTO TBT/1329 FCE 7341 TURISMO DEMA SA DE CV

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33883/12-2013 AJ_REGISTRO DE MOVIMIENTO TBT/705 DAE 7685 TURISMO DEMA SA DE CV

$7,122.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33883/12-2013 AJ_REGISTRO DE MOVIMIENTO TBT/705 FCE 6137 TURISMO DEMA SA DE CV

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33883/12-2013 AJ_REGISTRO DE MOVIMIENTO TBT/705 FCE 6185 TURISMO DEMA SA DE CV

$174.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33883/12-2013 AJ_REGISTRO DE MOVIMIENTO TBT/705 DAE 7748 TURISMO DEMA SA DE CV

$141.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33883/12-2013 AJ_REGISTRO DE MOVIMIENTO TBT/705 DAE 7760 TURISMO DEMA SA DE CV

$754.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33883/12-2013 AJ_REGISTRO DE MOVIMIENTO TBT/705 DAE 6138 TURISMO DEMA SA DE CV

$348.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

PD-33884/12-2013 AJ_REGISTRO DE MOVIMIENTO FAE 744 TURISMO DEMA SA DE CV

$293,527.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA-L/062/16

1

2-10-101-0021-0222 TAFOYA GUERRERO CONSUELO $24,000.00

PD-33029/08-2013 FAC 530 TAFOYA GUERRERO CONSUELO ELABORACION MATERIALES RED NAC DE FORMADORES AGOSTO 2013

$24,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0022-0011 UNIVERSID OBRER D MÉXI VICENTE LOMBARDO TO AC

$101,674.00

PD-33027/11-2013 FAC 1534 UNIVERSIDAD OBRERA VICENTE LOMBARDO TOLEDANO AC ESC NAC DE CUADROS ODONTOLOGIA NOV 2013

$31,958.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33029/11-2013 FAC 1533 UNIVERSIDAD OBRERA VICENTE LOMBARDO TOLEDANO AC ESC NAC DE CUADROS MILPA ALTA NOV 2013

$31,958.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33030/11-2013

FAC 1532 UNIVERSIDAD OBRERA VICENTE LOMBARDO TOLEDANO AC ESC NAC DE CUADROS MONTERREY 50 NOV 2013

$31,958.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33026/11-2013 FAC 1538 UNIVERSIDAD OBRERA VICENTE LOMBARDO TOLEDANO AC ESC NAC DE CUADROS GUAD NOV 2013

$5,800.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0022-0036 UNION OBRERA PENINSULAR AC $33,698.00

PD-33027/07-2013 FAC 2 UNION OBRERA PENINSULAR $15,544.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33021/10-2013 FAC 4 UNION OBRERA PENINSULAR AC OCTUBRE 2013

$18,154.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0022-0038 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN $47,500.00

PD-33029/10-2013 FAC CIR 174 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN OCTUBRE 2013

$47,500.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0023-0032 VAZQUEZ GARCIA DULCE JOSEFINA $18,000.00

PD-33015/07-2013 REC. HON-0070 TALLER: ACTIV. PARLAMENTARIA DE LA IZQ. Y ETICA POLITICA

$18,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

103

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

2-10-101-0023-0084 VALDIVIA OCHOA LUIS $65,000.00

PD-33006/04-2013 REC. HON-0054 TALLER: PROCESO ELECTORAL INTEGRAL SONORA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33027/04-2013 REC. HON-055 TALLER: IDENTIDAD PARTIDARIA CAMPECHE

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33036/04-2013 REC. HON-056 TALLER: IDENTIDAD PARTIDARIA IXTEPEC OAXACA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33036/04-2013 REC. HON-057 TALLER: PROCESO ELECTORAL IXTEPEC OAXACA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33037/04-2013 REC. HON- 059 TALLER: PROCESO ELECTORAL OAXACA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33037/04-2013 REC. HON-058 TALLER: IDENTIDAD PARTIDARIA OAXACA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33066/05-2013

REC HON 0070 LUIS VALDIVIA OCHOA PONCIA NEOLIBERALISMO GLOBALIZACION Y BIOPARTIDISMO EDO MEX MAYO

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-330067/05-2013 REC HON 0071 LUIS VALDIVIA OCHOA PONCIA IDENTIDAD PARTIDIARIA COYOTEPEC MAYO 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33068/05-2013 REC HON 0072 LUIS VALDIVIA OCHOA PONCIA PROCESO ELECTORAL INTEGRAL LOS REYES LA PAZ MAYO 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33025/12-2013 REC HON 0073 LUIS VALDIVIA OCHOA CURSO BASICO DE FORMACION POLITICA DICIEMBRE 2013

$20,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0023-0124 VAZQUEZ FLORES MIGUEL $17,647.05

PD-33001/07-2013 FAC-054 CAFÉ EN TRES SEDES $14,117.64 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33001/08-2013 FAC-055 CAFÉ EN TRES SEDES $3,529.41 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0027-0018 ZEVALLOS CORDERO PEDRO LUIS $70,000.00

PD-33024/03-2013 REC. HON-0028 TALLER: IDENTIDAD PARTIDARIA HGO.

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33008/04-2013 REC. HON- 0035 TALLER: PROCESO ELECTORAL INTEGRAL SINALOA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-3301/04-2013 REC. HON-0036 TALLER: IDENTIDAD PARTIDARIA SINALOA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33012/04-2013 REC. HON- 0038 TALLER: PROCESO ELECTORAL INTEGRAL SINALOA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33013/04-2013 REC. HON- 0039 TALLER: PROCESO ELECTORAL INTEGRAL SINALOA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33014/04-2013 REC. HON- 0041 TALLER: IDENTIDAD PARTIDARIA OAXACA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33014/04-2013 REC. HON- 0042 TALLER: PROC. ELECTORAL INTEGRAL OAXACA

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33024/04-2013 REC. HON- 0043 TALLER: IDENTIDAD PARTIDARIA MICHOACAN

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33024/04-2013 REC. HON- 0044 TALLER: IDENTIDAD PARTIDARIA MICHOACAN

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

Page 104: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

104

REFERENCIA CONTABLE CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SOPORTADOS CON

LA COMPROBACIÓN DE PAGO EN EL

2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

REFERENCIA

PD-33026/04-2013 REC. HON- 0045 TALLER: PARTICIPACION CIUDADANA EDO. MEX

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33007/05-2013 REC. HON- 0046 TALLER: IDENTIDAD PARTIDARIA ACAPULCO

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33008/05-2013 REC. HON- 0047 TALLER: PROCESO ELECTORAL INTEGRAL ACAPULCO

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33006/05-2013 REC HON 0053 PEDRO LUIS ZEVALLOS CORDERO PONCIA IDENTIDAD PARTIDIARIA CHALCO MAYO 2013

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

PD-33002/05-2013 REC HON 0054 PEDRO LUIS ZEVALLOS CORDERO PONCIA NEOLIBERALISMO GLOBALIZACION BIPARTIDISMO MAYO

$5,000.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-101-0027-0024 ZABAL CORTÉS ROSA MARIA $10,000.01

PD-33040/11-2013 REC HON 7 ROSA MARIA ZABAL CORTES COMUNICACIÓN SOCIAL NOV 2013

$10,000.01 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

2-10-104-0002-0001 BENITEZ VEGA RAUL $15,776.00

PD-33025/06-2013 FAC-189 i CARPETAS DE ESCRITORIO CON CIERRE

$15,776.00 factura cubierta en el ejercicio 2014 oficio INE/UTF/DA/189/14

1

TOTAL $12,024,944.70

Es así que el Partido de la Revolución Democrática realizó el pago o

compensación de gastos etiquetados para actividades específicas en ejercicios

posteriores, por un monto que, por lo que se refiere a las facturas analizadas en el

presente apartado, asciende a $12,024,944.70 (doce millones veinticuatro mil

novecientos cuarenta y cuatro pesos 70/100 M.N.).

Ahora bien, una vez que se verificó el monto y cumplimiento de los pagos

realizados por concepto de “Pasivos generados en 2013”, correspondientes a

Gastos por Actividades Específicas, analizados en el presente apartado, esta

autoridad constató que los gastos realizados por el Partido de la Revolución

Democrática fueron destinados a eventos de capacitación e investigaciones para

Actividades Específicas, por lo que serán considerados para la determinación de

los montos mínimos que el partido debió ejercer para el rubro de actividades

específicas durante el dos mil trece.

En este tenor, se registró un servicio para el rubro en mención, y la erogación de

los recursos etiquetados para el mismo se postergó hasta la siguiente anualidad;

sin embargo, se tiene certeza del servicio y de que el mismo fue destinado para

actividades específicas.

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

105

Adicionalmente, es importante precisar que para el caso específico de los gastos

por Actividades Específicas, la realización (pago) de los gastos debió efectuarse

en el mismo ejercicio, por lo que los institutos políticos deben erogar en el ejercicio

sujeto a revisión los porcentajes mínimos establecidos en el código electoral, así

como los señalados en el Acuerdo CG17/2013 del entonces Consejo General del

Instituto Federal Electoral por el que se determinan las cifras del financiamiento

público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes y para

actividades específicas de los Partidos Políticos Nacionales para el año 2013.

En razón de lo anterior, el recurso otorgado en 2013 al Partido de la Revolución

Democrática para el desarrollo de sus actividades específicas, debió ser ejercido

en el mismo ejercicio, no solo presupuestado o registrado contablemente.

Cabe señalar que las actividades específicas realizadas por el partido, fueron

reportadas en su Programa Anual de Trabajo 2013, asignando presupuesto a cada

una de ellas, lo que denota que el partido tenía contempladas las erogaciones

etiquetadas para la realización de sus actividades.

Es así que el recurso asignado para el desarrollo de las actividades específicas de

cada instituto político, debe ser clasificado como patrimonio restringido

temporalmente, puesto que el destino está etiquetado precisamente para la

realización de las actividades en comento, durante el ejercicio en el cual se

asigna.

No escapa a esta autoridad, que en la propia resolución del Consejo General del

Instituto Nacional Electoral identificada con la clave alfanumérica

INE/CG217/2014, con referencia al considerando 10.3, inciso a) conclusión 60, se

determinó lo siguiente:

“60. El Partido no realizó el pago de conceptos vinculados a Actividades

Específicas en el ejercicio correspondiente, por un importe de

$12,239,879.18.

En consecuencia, al no realizar el partido político el pago o comprobación de

los gastos por conceptos vinculados a las Actividades Específicas realizadas

y reportadas en el ejercicio 2013 por un importe total de $ 12,239,879.18,

según columnas “D”, “E” y “F” en el mismo ejercicio 2013, incumplió con lo

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

106

dispuesto en el artículo 284, numeral 1, inciso a), fracción IV del Reglamento

de Fiscalización”.

Por lo tanto, en el Resolutivo TERCERO de la resolución referida, el Consejo

General del Instituto Nacional Electoral, resolvió sancionar de la siguiente manera:

“TERCERO. Por razones y fundamentos expuestos en el considerando 10.3

de la presente Resolución, se imponen al Partido de la Revolución

Democrática, las siguientes sanciones:

a) Una multa consistente en 7078 (siete mil setenta y ocho) días de salario

mínimo diario vigente para el Distrito Federal en el dos mil trece, equivalente a

$458,371.28 (cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos setenta y un

pesos 28/100 m.n.), por 73 faltas formales.

(…)”

Es decir, en su momento, esta autoridad determinó sancionar al partido político

incoado al no realizar el pago o comprobación de los gastos por conceptos

vinculados a las Actividades Específicas realizadas y reportadas en el ejercicio

2013, en la resolución multicitada.

En otros términos, de la valoración conjunta de las pruebas obtenidas durante la

sustanciación del presente procedimiento, así como de las manifestaciones

realizadas por los entes involucrados, materia del presente apartado, se tiene lo

siguiente:

• Que durante el ejercicio dos mil trece las personas morales detalladas en el

cuadro del presente apartado prestaron servicios al Partido de la Revolución

Democrática y llevaron a cabo las operaciones reportadas por el ente político

en el marco de la revisión a los Informes Anuales de dicho año.

• Que el Partido de la Revolución Democrática registró las facturas antes

mencionadas y efectuó los pagos respectivos en el ejercicio inmediato

posterior a aquél en el cuál fueron prestados los servicios.

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

107

• Que existe certeza del destino y aplicación de los recursos involucrados, así

como de la vinculación de las erogaciones con los objetivos del presupuesto

etiquetado para actividades específicas.

Bajo esta tesitura, de los elementos de prueba objeto de análisis en el apartado de

mérito, esta autoridad electoral cuenta con elementos de convicción que le

permiten tener certeza de que el Partido de la Revolución Democrática realizó el

pago respecto a la realización de actividades del rubro etiquetado para actividades

específicas en ejercicios posteriores a aquél en el cuál fueron prestados los

servicios.

Asimismo, no pasa desapercibido para esta autoridad que, si bien el partido no

ejerció el financiamiento para actividades específicas en el ejercicio dos mil trece,

ejecutándose en posteriores ejercicios, lo cierto es que como se ya mencionó

anteriormente, dicha conducta ya fue sancionada en la resolución en que se

ordenó el presente procedimiento oficioso, el cual fue ordenado para el efecto de

determinar el monto y cumplimiento de los pagos realizados por concepto de

“Pasivos Generados en 2013”, correspondientes a Gastos por Actividades

Específicas reportadas en 2013, y en su caso, considerar dicho importe para la

determinación del monto mínimo que el partido debió ejercer para las Actividades

Específicas durante el ejercicio sujeto de revisión.

En consecuencia, se verificó el debido cumplimiento del pago en las operaciones

que dieron origen al procedimiento oficioso que hoy se resuelve, lo anterior,

derivado de la información remitida por la Dirección de Auditoria anteriormente

descrita y analizada, por lo que el sujeto incoado no vulneró lo establecido en el

artículo 83, numeral 1, inciso b), fracción II del Código Federal de Instituciones y

Procedimientos Electorales; por lo que se declara infundado el presente apartado

por un monto de $12,024,944.70 (doce millones veinticuatro mil novecientos

cuarenta y cuatro pesos 70/100 M.N.).

Aunado a lo anterior, en virtud de que se verificó que el gasto fue realizado al

rubro de actividades específicas, la cantidad de $12,024,944.70 (doce millones,

veinticuatro mil novecientos cuarenta y cuatro pesos 70/100 M.N.), se tomará

en cuenta para determinar los montos mínimos que el partido debió ejercer para

las actividades específicas durante el dos mil trece.

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CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

108

Apartado B. Operaciones que fueron objeto de sanción como pasivos con

antigüedad mayor a un año (pendientes de pago).

En el presente apartado se analizan las operaciones que quedaron pendientes de

pago, identificadas con (2) en la columna “REFERENCIA” del ANEXO ÚNICO que

es parte integrante de la presente Resolución, y que, toda vez que de las

diligencias realizadas por la autoridad dirigidas a los proveedores de servicios se

desprendió que el partido incoado no había cubierto el monto de la prestación a la

fecha en que se atendieron los requerimientos correspondientes. En ese sentido

se realizará el estudio y análisis de las operaciones en comento, quedando

consolidado de la manera siguiente:

REFERENCIA CONTABLE

CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SIN LA COMPROBACIÓN DEL PAGO EN EL

2013 O 2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DE

PARTIDOS POLITICOS,

AGRUPACIONES POLÍTICAS Y OTROS

REFERENCIA

2-10-101-0003-0355 CUARTOSCURO SA CV $11,600.00

PD-33006/01-2013 FACTURA 1509 CUARTOSCURO, SA DE CV SERVICIO FOTOGRÁFICO

$8,700.00

saldo sin cubrir en el 2014 y sancionado en el mismo ejercicio

oficio INE/UTF/DA/0485/19

2

PD-33870/12-2013 AJ S.F. CUARTOSCURO SA DE CV RECLASIFIC PROVEEDORES

$2,900.00

saldo sin cubrir en el 2014 y sancionado en el mismo ejercicio

oficio INE/UTF/DA/0485/19

2

2-10-101-0006-0188 FERNANDEZ VACA J JESUS $61,944.00

PD-33870/12-2013 AJ PE-33127 DICIEMBRE FERNANDEZ VACA J JESUS

$61,944.00

saldo sin cubrir en el 2014 y sancionado en el mismo ejercicio

oficio INE/UTF/DA/0485/19

2

2-10-101-0013-0101 MENDOZA HERNANDEZ ENRIQUE $136,390.48

PD-33047/12-2013 FAC 3604 ENRIQUE MENDOZA HERNANDEZ DICIEMBRE 2013

$60,351.32

saldo sin cubrir en el 2014 y sancionado en el mismo ejercicio

oficio INE/UTF/DA/0485/19

2

PD-33021/12-2013 FAC 3606 ENRIQUE MENDOZA HERNANDEZ DICIEMBRE 2013

$7,323.08

saldo sin cubrir en el 2014 y sancionado en el mismo ejercicio

oficio INE/UTF/DA/0485/19

2

PD-33022/12-2013 FAC 3613 ENRIQUE MENDOZA HERNANDEZ DICIEMBRE 2013

$45,842.62

saldo sin cubrir en el 2014 y sancionado en el mismo ejercicio

oficio INE/UTF/DA/0485/19

2

Page 109: INE/CG250/2019 · consejo general ine/p-cof-utf/21/2014 3 cuenta concepto saldo inicial enero 2013 cargos abonos saldo al 31 de diciembre de 2013 '2-10-101-0007-0356 gutierrez andrade

CONSEJO GENERAL INE/P-COF-UTF/21/2014

109

REFERENCIA CONTABLE

CONCEPTO SEGÚN AUXILIAR

PASIVOS SIN LA COMPROBACIÓN DEL PAGO EN EL

2013 O 2014

RESPUESTA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DE

PARTIDOS POLITICOS,

AGRUPACIONES POLÍTICAS Y OTROS

REFERENCIA

PD-33023/12-2013 FAC 3614 ENRIQUE MENDOZA HERNANDEZ DICIEMBRE 2013

$22,873.46

saldo sin cubrir en el 2014 y sancionado en el mismo ejercicio

oficio INE/UTF/DA/0485/19

2

2-10-101-0019-0247 RODRIGUEZ SABIDO DOLORES DEL SOCORRO $5,000.00

PD-33006/12-2013 DEV TRANSFERENCIA REBOTADA $5,000.00

saldo sin cubrir en el 2014 y sancionado en el mismo ejercicio

oficio INE/UTF/DA/3227/18

2

TOTAL $214,934.48

En atención a la información proporcionada por la Dirección de Auditoría, se

desprende que las operaciones materia de análisis del presente apartado y

relacionadas en el cuadro que antecede, fueron observadas y sancionadas en el

marco de la revisión al Informe Anual del ejercicio dos mil catorce,

específicamente en la Conclusión 52 del Dictamen Consolidado de la Revisión de

los Informes Anuales de ingresos y egresos de los Partidos Políticos Nacionales

correspondiente a dicho año, saldos que se observan en el “Anexo 5.1 Integración

de saldos en cuentas por pagar. Saldos que al 31-12-14 presentan antigüedad

mayor a un año no sancionados”.

Así, una vez consolidada la información contenida en el Dictamen en comento, la

sanción antes referida fue impuesta mediante la Resolución INE/CG1019/2015

respecto de las irregularidades encontradas en el Dictamen Consolidado de la

revisión de los Informes Anuales de ingresos y egresos de los Partidos Políticos

Nacionales correspondientes al ejercicio dos mil catorce, en su Resolutivo

TERCERO, considerando 11.3 Partido de la Revolución Democrática, inciso f),

aprobada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral el dieciséis de

diciembre de dos mil quince. Es preciso señalar que dicha sanción no fue

impugnada por el partido político.

Como se desprende del cuadro anterior, las operaciones analizadas en el

presente apartado cuyo monto total asciende a la cantidad de $214,934.48.00

(doscientos catorce mil novecientos treinta y cuatro pesos 48/100 M.N.)

fueron sancionadas en virtud de que se encontraban como pasivos con

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antigüedad mayor a un año, en el marco de la revisión del informe anual del

ejercicio 2014 del partido político investigado.

Visto lo anterior, de la valoración en conjunto de las pruebas obtenidas durante la

sustanciación del procedimiento de mérito y de las manifestaciones realizadas por

los entes involucrados, se tiene lo siguiente:

• Que las facturas fueron emitidas a nombre del Partido de la Revolución

Democrática, que amparan gastos vinculados con actividades específicas,

que se encuentran registradas en una cuenta de pasivo y que al cierre del

ejercicio no reflejaron el pago respectivo.

• Que durante el ejercicio dos mil trece los proveedores que se analizan en el

presente apartado prestaron servicios al Partido de la Revolución

Democrática y emitieron las facturas reportadas por el ente político en el

marco de la revisión a los Informes Anuales de dicho año.

• Que las operaciones analizadas en el presente apartado fueron objeto de

observación y sanción por constituir pasivos con antigüedad mayor a un

año, fueron sancionadas en el marco de la revisión a los Informes Anuales

del ejercicio dos mil catorce, debido a que el partido político no presentó la

documentación idónea para desvirtuar la conducta observada por la

autoridad electoral.

De la concatenación de los elementos de prueba objeto de análisis en el apartado

de mérito, esta autoridad electoral verificó que las operaciones analizadas en el

presente apartado fueron sancionadas por constituir pasivos con antigüedad

mayor a un año, de conformidad con el artículo 56 del Reglamento de

Fiscalización entonces vigente, como a la letra se transcribe:

“Artículo 56

1. Sí al término de un ejercicio existen pasivos que no se encuentren

debidamente soportados como lo señala el artículo 55 del Reglamento con

una antigüedad mayor a un año, serán considerados como ingresos no

reportados, salvo que el partido informe oportunamente de la existencia de

alguna excepción legal.”

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En otras palabras, la autoridad determinó sancionar dichos montos por constituir

pasivos con antigüedad mayor a un año, los cuales, por disposición normativa, se

tomaron como ingresos no reportados.

En consecuencia, al haber sido sancionados en una resolución anterior como

pasivos con antigüedad mayor a un año y haber sido considerado como ingreso

no reportado, se declara infundado el presente procedimiento, por lo que hace al

apartado de análisis, de conformidad con lo establecido en el artículo 83, numeral

1, inciso b), fracción II del Código Federal de Instituciones y Procedimientos

Electorales; por un monto de $214,934.48 (doscientos catorce mil novecientos

treinta y cuatro pesos 48/100 M.N.).

Es importante mencionar que, contrario al apartado A de la resolución de mérito,

toda vez que los montos indicados en este apartado fueron sancionados como

pasivos con antigüedad mayor a un año y haber sido considerados como ingresos

no reportados, es decir, no se tiene la certeza de que el gasto de las operaciones

mencionadas se haya realizado o cumplimentado, el monto de $214,934.48

(doscientos catorce mil novecientos treinta y cuatro pesos 48/100 M.N.), no

será considerado para determinar los montos mínimos que el partido debió

ejercer para las actividades específicas durante el dos mil trece.

Conclusión

Visto el análisis de los apartados A y B, esta autoridad verificó el monto y

cumplimiento de los pagos realizados por concepto de “Pasivos generados en

2013”, correspondientes a Gastos por Actividades Específicas reportadas en dos

mil trece, por un monto de $12,239,879.18 (doce millones doscientos treinta y

nueve mil ochocientos setenta y nueve pesos 18/100 M.N.), por lo que

concluyó lo siguiente:

Apartado Conclusión Monto analizado

Apartado A Se verificó el debido cumplimiento de la operaciones analizadas en el apartado de mérito, en ejercicios posteriores al determinado.

$12,024,944.70

Apartado B Se determinó sancionar dicho monto por constituir pasivos con antigüedad mayor a un año, los cuales, por disposición normativa, se tomaron como ingresos no reportados.

$214,934.48

Total $12,239,879.18

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Por lo expuesto a lo largo de la presente Resolución, no existe una vulneración a

lo dispuesto en el artículo 78, numeral 1 inciso a), fracción IV y c), en relación con

el 83, numeral 1, inciso b), fracción II del Código Federal de Instituciones y

Procedimientos Electorales vigente al veintitrés de mayo de dos mil catorce; por lo

cual se procede a declarar infundado el procedimiento sancionador en que se

actúa.

• Apartado C. Monto mínimo que el partido debió ejercer para las

Actividades Específicas durante el ejercicio 2013.

Una vez que se verificó el cumplimiento a las operaciones que dieron origen al

procedimiento oficioso que por esta vía se resuelve, y en virtud de que la Litis

también consiste en verificar el monto mínimo que el partido debió ejercer para las

Actividades Específicas durante el ejercicio dos mil trece, de conformidad con los

apartados A y B, se procedió a verificar dicha cantidad de la siguiente manera:

Aunado a ello, cabe señalar que la autoridad se pronunció dentro del Dictamen

Consolidado identificado como INE/CG216/2014, respecto de las irregularidades

determinadas de la revisión de los Informes Anuales de Ingresos y Egresos de los

Partidos Políticos Nacionales correspondientes al ejercicio dos mil trece respecto

del cumplimiento de los porcentajes que le correspondía destinar al Partido de la

Revolución Democrática para gastos de actividades específicas, determinados en

el Acuerdo CG17/2013, como a continuación se señala:

FINANCIAMIENTO

PÚBLICO

RECIBIDO PARA

ACTIVIDADES

ORDINARIAS

(*)

3% DESTINADO

PARA

ACTIVIDADES

ESPECÍFICAS

SEGÚN

ACUERDO

CG17/2013

2% QUE LE

CORRESPONDÍA

DESTINAR PARA

ACTIVIDADES

ESPECÍFICAS

PRESUPUESTO

TOTAL A

EJERCER

DURANTE 2013

IMPORTE

REPORTADO POR

EL PARTIDO

COMO GASTOS

EN ACTIVIDADES

ESPECÍFICAS EN

2013

MONTO

DETERMINADO

EN EL DICTAMEN

INE/CG216/2014

COMO “PASIVOS

GENERADOS EN

2013” POR

ACTIVIDADES

ESPECÍFICAS

MONTO

EFECTIVAMENTE

COMPROBADO

POR EL PARTIDO

COMO

ACTIVIDADES

ESPECÍFICAS EN

EL EJERCICIO

2013

MONTO

VERIFICADO

POR ESTA

AUTORIDAD EN

EL APARTADO A

Y QUE

PROCEDE

CUANTIFICAR

MONTO TOTAL

EJERCIDO EN

ACTIVIDADES

ESPECÍFICAS

A B C=(A*2%) D=(B+C) E F G=(E-F) H I=( G+H)

$582,084,372.04 $19,046,025.27 $11,641,687.44 $30,687,712.71 $32,810,323.11 $12,239,879.18 $20,570,443.93 $12,024,944.70 $32,595,388.63

(*) Financiamiento público recibido para actividades ordinarias una vez descontadas las multas y sanciones en el ejercicio 2013.

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Como se desprende del cuadro precedente, el Partido de la Revolución

Democrática debió ejercer un monto de $30,687,712.71 (treinta millones

seiscientos ochenta y siete mil setecientos doce pesos 71/100 M.N.). Ahora

bien, en virtud de lo analizado en la presente Resolución se determinó que el

partido político incoado ejerció un monto de $32,595,388.63 (treinta y dos

millones quinientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y ocho pesos

63/100 M.N.).

En consecuencia, esta autoridad electoral verificó que el Partido de la Revolución

Democrática erogó el monto mínimo que debió ejercer para las Actividades

Específicas durante el ejercicio dos mil trece, por lo que no vulneró el artículo 78,

numeral 1 inciso a), fracción IV y c), en relación con el 83, numeral 1, inciso b),

fracción II del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, por

ello se debe declarar infundado por lo que hace a este apartado.

En atención a los Antecedentes y Considerandos vertidos, y en ejercicio de

las atribuciones que le confieren a este Consejo General los artículos 35,

numeral 1; 44, numeral 1, incisos j), y aa) de la Ley General de Instituciones y

Procedimientos Electorales, se:

R E S U E L V E

PRIMERO. Se declara infundado el procedimiento administrativo sancionador

electoral en materia de fiscalización oficioso instaurado en contra del Partido de la

Revolución Democrática, en los términos del Considerando 4, apartados A, B y

C.

SEGUNDO. En términos de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley General del

Sistema de Medios de Impugnación el recurso que procede en contra de la

presente determinación es el denominado “recurso de apelación”, el cual según lo

previsto en los numerales 8 y 9 del mismo ordenamiento legal se debe interponer

dentro de los cuatro días contados a partir del día siguiente a aquél en que se

tenga conocimiento del acto o resolución impugnado, o se hubiese notificado de

conformidad con la ley aplicable, ante la autoridad señalada como responsable

del acto o resolución impugnada.

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TERCERO. En su oportunidad archívese el presente expediente como asunto

total y definitivamente concluido.

CUARTO. Notifíquese la presente Resolución.

La presente Resolución fue aprobada en sesión ordinaria del Consejo General

celebrada el 22 de mayo de 2019, por votación unánime de los Consejeros

Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Doctora Adriana Margarita

Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández,

Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Doctor

José Roberto Ruiz Saldaña, Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y

Valles, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor

Lorenzo Córdova Vianello, no estando presente durante la votación el Consejero

Electoral, Maestro Marco Antonio Baños Martínez.

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

DR. LORENZO CÓRDOVA VIANELLO

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

LIC. EDMUNDO JACOBO MOLINA