Índice - educamadridrri.pdf · capÍtulo xi: actividades complementarias y extraescolares ..... 84...

97

Upload: dinhanh

Post on 30-Oct-2018

218 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

2

ÍNDICE

ÍNDICEÍNDICEÍNDICEÍNDICE .............................................................................................................. 2

INTRODUCCIÓN ............................................................................................... 6

1. ANÁLISIS DEL CONTEXTO. ......................... ................................................ 6

���� Características del entorno ............................................................................................................... 6

���� Características generales de las familias ...................................................................................... 10

���� Estructura .......................................................................................................................................... 11

���� Recursos materiales� ........................................................................................................................ 13

3. PRINCIPIOS EDUCATIVOS. ....................................................................... 14

���� Desde el PARADIGMA HUMANISTA: ............................................................................................. 14

���� Desde el PARADIGMA CONSTRUCTIVISTA: ................................................................................ 15

���� El PARADIGMA ECOLÓGICO(CONTEXTUAL* ............................................................................... 16

4. OBJETIVOS GENERALES DEL CENTRO. ................ ................................ 18

5. LÍNEA METODOLÓGICA. ............................ ............................................... 20

6. OBJETIVOS GENERALES DE LA EDUCACIÓN INFANTIL. .. ................... 21

7. OBJETIVOS GENERALES DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA, .. .................. 21

8. CRITERIOS GENERALES DE ORGANIZACIÓN DEL CENTRO. .............. 23

10. REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO .................... ................................... 26

CAPÍTULO I: ALUMNADO. ............................. ................................................ 30

I.1. Derechos. ............................................................................................................................................. 30

I.2. Deberes. ............................................................................................................................................... 32

I.3. Adscripción a grupos. ........................................................................................................................ 32

CAPÍTULO II: EL PROFESORADO. ...................... ......................................... 34

3

II.1. Derechos. ........................................................................................................................................... 34

II.2. Deberes. ............................................................................................................................................. 34

II.3. Adscripción a ciclos, niveles y áreas................................................................................................ 36

II.4. Asignación de Tutorías. ................................................................................................................... 38

II.5. Refuerzos educativos. ....................................................................................................................... 38

II.6. Programación, evaluación y recuperación. .................................................................................... 39

II.7. Permisos y licencias. ........................................................................................................................ 39

II.8.Criterios de sustitución. .................................................................................................................... 40

CAPÍTULO III: PADRES Y MADRES ..................... ......................................... 42

III. 1. Derechos.......................................................................................................................................... 42

III. 2. Deberes............................................................................................................................................ 43

III. 3. AMPA ............................................................................................................................................. 43

III. 4. Participación. ................................................................................................................................. 44

CAPÍTULO IV: PERSONAL NO DOCENTE .................. .................................. 45

IV.1. Conserje. .......................................................................................................................................... 45 IV.1.1. Derechos: ................................................................................................................................... 45 IV.1.2. Deberes y funciones: ................................................................................................................. 45

IV.2. Auxiliar administrativo. ................................................................................................................. 46 IV.2.1. Derechos. ................................................................................................................................... 46 IV.2.2. Deberes. ..................................................................................................................................... 46 IV.2.3. Participación. ............................................................................................................................. 46

IV. 3. Personal de vigilancia y cuidado de comedor .............................................................................. 46

IV.4. Auxiliar de la Infancia .................................................................................................................... 47

CAPÍTULO V: NORMAS PARA EL USO DE INSTALACIONES Y M ATERIAL DIDÁCTICO. .................................................................................................... 48

V.1. Instalaciones. ..................................................................................................................................... 48

V.2. Material didáctico. ............................................................................................................................ 50

V.3. Material informático. ...................................................................................................................... 51

CAPÍTULO VI. ACCIDENTES ESCOLARES. ................ ................................. 52

CAPÍTULO VII. ÓRGANOS Y FUNCIONES ................. ................................... 53

VII. I. ÓRGANOS DE GOBIERNO. ...................................................................................................... 53 VII.1.1. ORGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO. ....................................................................... 53

4

VII.2.1. COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA. ............................................................ 62 VII.2.2. EQUIPOS DE CICLO. ............................................................. ¡Error! Marcador no definido. VII.2.3. COORDINADORES DE CICLO ............................................ ¡Error! Marcador no definido. VII.2.4. TUTORES. ............................................................................................................................... 64 VII.2.5. COORDINADOR DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN (TIC). ..................................................................................................................................................... 66

CAPÍTULO VIII: NORMAS GENERALES DE ORDEN Y CONVIVEN CIA. ..... 67

VIII. 1. Principios generales para la convivencia de toda la comunidad educativa. ........................... 67

VIII. 2. Normas básicas de convivencia. ................................................................................................. 67 VIII.2.1. ALUMNOS/AS ...................................................................................................................... 67 VIII.2.2. PROFESORES/AS. ................................................................................................................ 68 VIII.2.3. FAMILIAS. ............................................................................................................................ 68 VIII.2.4. PERSONAL NO DOCENTE.................................................................................................. 68

CAPÍTULO IX: NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENT O DEL CENTRO. ......................................................................................................... 69

IX.1. Durante las entradas y salidas. ...................................................................................................... 69

IX. 2. En el recreo. .................................................................................................................................... 70

IX 3. En el aula. ........................................................................................................................................ 71

IX.4. En los aseos. ..................................................................................................................................... 71

IX.5. Retrasos y ausencias de los alumnos. ............................................................................................. 72

IX. 6. En el comedor. ................................................................................................................................ 72

IX.7. Espacios compartidos con AMPA y Ayuntamiento. .................................................................... 73

CAPÍTULO X: PROCEDIMIENTO ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS. ........................................................................................................ 74

X.1. Criterios para la adopción de sanciones: ........................................................................................ 74

X.2. Medidas educativas y preventivas. ................................................................................................. 74

X.3. El papel del profesorado en la prevención de conflictos ................................................................ 75

X. 4. Clasificación de las faltas de disciplina y sanciones. ..................................................................... 76

X. 5. Órganos competentes para la adopción de sanciones. .................................................................. 79

X. 6. Circunstancias atenuantes y agravantes. ....................................................................................... 79

X. 7. Comisión de convivencia del Consejo Escolar. .............................................................................. 80

X. 8. Procedimiento sancionador............................................................................................................. 81

CAPÍTULO XI: ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESC OLARES ......................................................................................................................... 84

5

ANEXO I........................................................................................................... 86

ANEXO II.......................................................................................................... 87

ANEXO III......................................................................................................... 89

ANEXO IV. NORMAS PARA EL PROFESORADO ........................................................................... 93

ANEXO V PARTE DE CONVIVENCIA ...................... ...................................... 95

ANEXO VI FICHA DE REFLEXIÓN ....................... .......................................... 96

6

INTRODUCCIÓN En el momento de realizar el presente Proyecto Educativo nos

encontramos en un período de transición protagonizado por la aprobación de la Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre de Educación, la cual se encuentra parcialmente desarrollada, lo que podría condicionar en un futuro la modificación de algunos aspectos de este Proyecto.

No obstante, al amparo del marco legislativo existente, y a partir del

análisis de la realidad concreta de nuestro centro, de sus recursos humanos y materiales, nos hemos propuesto trazar aquí el camino por el que nos gustaría que discurriera el quehacer educativo que este colegio tiene encomendado. Y todo, sin olvidarnos de las características propias del entorno más próximo, ni de aquellas que, desde diversos ámbitos (cultural, social, económico…), definen a los integrantes de su comunidad escolar.

Para alcanzar esta meta, hemos establecido una serie de principios

(acompañados de sus correspondientes objetivos), que deberán ser tenidos en cuenta no sólo por el profesorado que desempeña su trabajo en el centro, sino también por aquellos otros agentes sociales que pudieran intervenir en el proceso de enseñanza – aprendizaje que en este centro se lleva a cabo. Todo ello articulado por unos principios organizativos basados en la participación de todos los miembros del centro.

Por ultimo, este Proyecto Educativo de Centro incluye el Reglamento de

Régimen Interior que servirá de marco regulador del conjunto de normas del centro para garantizar la convivencia de todos los miembros de la comunidad educativa y que, lejos de ser un documento sancionador, pretende ser un documento que sirva a todos los miembros de la comunidad de guía para saber cómo actuar en cada caso, invitándoles a solucionar los posibles conflictos mediante el diálogo entre los miembros implicados.

1. ANÁLISIS DEL CONTEXTO.

���� Características del entorno

El Colegio Público Francisco Tomás y Valiente se encuentra ubicado en el

municipio de Velilla de San Antonio. El término municipal de Velilla se asienta en la vega del Jarama, dentro del área protegida del Parque Regional del Sureste. Limita con Mejorada del Campo, Loeches, Arganda del Rey y Rivas Vaciamadrid. En él se asientan además tres polígonos industriales.

Los habitantes de Velilla de San Antonio disponen de cuatro líneas de autobuses que les comunican con otros municipios cercanos como Loeches, Coslada, Arganda y Madrid.

La autopista de peaje radial R3 desde O'Donnell (Madrid) sitúa al municipio a

12 km del centro de Madrid. Sin embargo no dispone de comunicación ferroviaria.

7

Las lagunas junto al Jarama, además del propio río, son una de las principales señas de identidad de la fisiografía de Velilla de San Antonio. El Ayuntamiento participa en el programa de educación ambiental y voluntariado “Parque Vivo” dirigido por la Asociación Centro Trama. El alumnado del centro acude anualmente a las actividades propuestas por esta Asociación.

El relieve , en líneas generales, es poco accidentado, si bien en la margen derecha del río Jarama, colindante con Rivas Vaciamadrid aparecen zonas fuertemente escarpadas, que enlazan la vega del río con las altiplanicies. Sus suelos son de aluvión, formando terrazas. También aparecen bastantes zonas yesíferas. Se localizan también gravas, arenas y arcillas.

La vegetación predominante es de monte bajo y matorral, encontrándose también campos de secano y regadío, así como olivares, viñedos y eriales. Los principales productos agrícolas son: maíz, patatas, espárragos y algunos frutales. Las especies más características de esta zona son: álamo blanco, escaramujo, fresno, gamón, jarilla, majuelo, olivo, olmo negro, sauce, tamujo, taray y tomillo.

En el término municipal se diferencian tres tipos distintos de hábitat :

- El bosque de ribera, donde podemos encontrar distintas especies de aves, reptiles e insectos, entre los que destacan: el autillo, el ruiseñor, el carnicero tordal, el conejo de monte, el gorrión molinero, la liebre común, la polla de agua, el sapo común, la culebra, la focha, el galápago leproso...

- El medio urbano. Numerosas especies se han adaptado a vivir próximas al hombre, debido a la facilidad para encontrar alimentos (estercoleros, basurero); es el caso del avión común, la golondrina común, la cigüeña blanca y el cernícalo primilla.

- Los cerros yesíferos: aquí se localizan las especies más espectaculares, que evitan el contacto con las personas: halcón peregrino, milano negro, búho real, lechuza común, paloma bravía, el lagarto ocelado, lagartija colirroja.

El municipio tiene una superficie de 14,35 kilómetros cuadrados y cuenta según padrón municipal de 2014 con 12.334 habitantes .

8

Como se puede apreciar en la gráfica, hay un gran despegue demográfico a partir del año 1991que se ralentiza entre los años 2011 a 2014. Actualmente, en tanto no exista construcción de nueva vivienda, el crecimiento anual es bajo, de aproximadamente 50 a 60 vecinos al año. Esta población se distribuye como muestra la tabla. EDADES VARONES MUJERES TOTAL %VARONES %MUJERES

0 a 15 1.376 1.271 2.647 51´98 48´02 16 a 40 2.296 2.261 4.557 50´38 49´62 41 a 102 2.633 2.613 5.246 50´19 49´81

TOTALES 6.305 6.145 12.450 50´64 49´36 De ser una población joven en los años del despegue demográfico, se observa cómo ha ido envejeciendo. Hemos pasado de un 28% de población de más de 40 años en el año 2001 a un 42% actualmente y del 50% en el tramo de 16 a 40 a un 36% en la actualidad.

El descenso demográfico unido al hecho de que la población se concentre más en el centro urbano de la localidad, ha producido un descenso de alumnado en nuestro colegio, al estar éste situado más alejado del núcleo urbano.

Según los datos aportados por el Ayuntamiento, la tasa de paro es inferior a la de la Comunidad de Madrid y el territorio español, siendo más elevada en las mujeres que en los hombres.

9

Velilla CAM España

Ambos sexos 10,90% 17,53% 23,67%

Hombres 9,16% 16,21% 22,53%

Mujeres 12,70% 18,97% 25,01%

Además de nuestro centro, el municipio cuenta en la actualidad con los

siguientes servicios relacionados con la educación:

- C. E. I. P. Valdemera

- I. E. S. Ana Mª Matute.

- Escuela Municipal de Música.

- Una Escuela Infantil Municipal (E.I. Cascanueces) y tres Escuelas Infantiles privadas.

- Servicio municipal de atención logopédica y psicológica.

- Centro de Mayores.

Entre los recursos culturales , destacan:

- La Biblioteca municipal

- La Casa de la Cultura.

- Auditorio.

- Escuela de Idiomas municipal.

Otros equipamientos son:

- Polideportivo (con pistas exteriores de fútbol y tenis; e interiores de

baloncesto y balonmano, que se aprovechan para impartir clases de judo, psicomotricidad, etc.)

- Piscina municipal de verano.

- Policía Local.

10

- Oficina de Correos.

- Centro de Salud (atención primaria).

- Dos farmacias.

- Parques y zonas verdes, con juegos infantiles y tradicionales.

Velilla cuenta asimismo con tiendas tradicionales y supermercados,

varias sucursales bancarias, pequeño comercio, un mercadillo (los martes) y dos polígonos industriales y un centro comercial.

���� Características generales de las familias

� La edad media de los padres ronda los 35 años, siendo siempre mayor la

del padre que la de la madre.

� La mayor parte de los padres tiene estudios primarios y es superior el

nivel de estudios de los padres al de las madres.

� El índice de paro es ha crecido durante los últimos años.

� Hay mayor porcentaje de padres que trabajan por cuenta ajena frente a

los que son autónomos.

� El nivel de ingresos se sitúa entre medio y bajo.

� Una gran mayoría tienen que trasladarse fuera de la localidad para acudir

a su centro de trabajo.

11

2. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE NUESTRO CENTRO.

El CEIP. FCO. TOMÁS Y VALIENTE se encuentra situado entre las calles Paulonia, Jacaranda y Los Madroños.

���� Estructura

El centro está compuesto de dos edificios bien diferenciados: el edificio principal y el pabellón deportivo.

EDIFICIO PRINCIPAL.

� Planta baja.

En la Planta baja del edificio principal se puede diferenciar:

- Zona administrativa: Compuesta por la Secretaría, el despacho de dirección y Jefatura de Estudios y despacho de Orientación Psicopedagógica.

- Aulas de Ed. Infantil: Existen nueve aulas destinadas a los alumnos de 3, 4 y 5 años, así como un aula de psicomotricidad; todas ellas con aseos dentro del aula. Actualmente, al haber descendido la matrícula, tres de ellas se utilizan para Inglés, Religión y para desdobles y talleres.

- Aulas de Ed. Primaria: Tres aulas para alumnos de Primer Ciclo.

- Comedor y cocina.

- Vestíbulo.

- Conserjería

- Aula de Audiovisuales.

- Dos aulas de Informática.

- Biblioteca.

- Dos almacenes.

- Aula de Pedagogía terapéutica y Audición y Lenguaje.

- Sala de AMPA.

- Sala de Profesores.

12

- Aula de Actividades Extraescolares.

- Aula de Religión.de Ed. Primaria.

- Dos aulas de Apoyo.

- Almacenes: general y de secretaría.

- Dos aseos para profesores y dos para profesoras.

- Tres cuartos de limpieza.

� Primera planta.

- Ocho aulas destinadas a Ed. Primaria.

- Aseos para alumnos/as.

- Aseo de minusválidos.

� Segunda planta.

- Siete aulas destinadas a Ed. Primaria.

- Aula de Música.

- Aseos para alumnos/as.

- Aseo de minusválidos.

PABELLÓN DEPORTIVO.

- Pista deportiva.

- Vestuarios y aseos con duchas para alumnos.

- Vestuarios y aseos con duchas para alumnas.

- Vestuario con aseo y ducha para el profesor.

- Almacén de materiales.

PATIOS.

- Patio de Educación Primaria. Consta de dos pistas deportivas, arenero y zona ajardinada.

13

- Patios de Infantil. Compuesto por una zona de columpios y otra de arenero.

���� Recursos materiales�

- Material Informático y Audiovisual : El centro dispone de dos aulas de

Informática, una de ellas con Pizarra Digital, y un aula de Audiovisuales. Además, todas las aulas disponen de Pizarra Digital Interactiva con ordenador, altavoces y cañón.

Cada nivel dispone de una cámara de fotos y una cámara de video de uso común para el centro.

- Material de Reprografía : Equipo multifunción.

- Material didáctico : El centro dispone de material didáctico para las áreas de comunicación y representación y conocimiento del medio repartido por aulas y seminarios. Así mismo cuenta con el material necesario para Ed. Física y Psicomotricidad en su lugar correspondiente.

Se ha habilitado espacios específicos de uso común para los materiales de las áreas de Matemáticas y Lengua Inglesa.

2.3. Recursos humanos.

� Personal docente.

- 7 profesores/as de Ed. Infantil.

- 13 profesores/as de Ed Primaria.

- 7 profesores/as de Inglés.

- 1 Profesor/a de Música.

- 3 profesores/as de Ed. Física.

- 2 profesores de Religión.

- 1 profesor/a especialista en Pedagogía Terapéutica a tiempo completo.

- 1 profesor/a especialista en Audición y Lenguaje a tiempo parcial.

- 1 Orientador/a un día por semana.

14

� Personal no docente.

- Un Auxiliar Administrativo.

- Un Conserje.

- Un Auxiliar de cuidados de la infancia.

- Cocinera.

- 4 auxiliares de Cocina.

- Una coordinadora de vigilantes de comedor.

- 11 vigilantes de comedor.

- 2 monitores de tiempo libre.

- Personal de Limpieza

3. PRINCIPIOS EDUCATIVOS. Pretendemos acompañar a los niños/as de nuestro centro en el proceso

de su desarrollo como personas; contribuir, en suma, para que todos ellos logren un “desarrollo armónico de su personalidad”. Tres son los paradigmas en los que nos basaremos:

3.1. HUMANISTA. 3.2. CONSTRUCTIVISTA. 3.3. ECOLÓGICO-CONTEXTUAL.

���� Desde el PARADIGMA HUMANISTA:

Se fomenta el que el alumno aprenda a ser, a estar y a convivir. Por

tanto, enseñaremos educando y basándonos en el desarrollo de la persona, dejándonos guiar por los principios:

3.1.1. Democrático.

15

Las decisiones serán adoptadas por consenso, asumiendo de forma

responsable los acuerdos alcanzados.

3.1.2. Integrador.

Propiciaremos un ambiente de aceptación e integración de todo tipo de

alumnos/as y de sus familias, evitando toda forma de discriminación, ya sea por razón de sexo, etnia, capacidad, situación económica… Atenderemos las necesidades personales de cada cual y potenciaremos sus distintas capacidades, al tiempo que fomentaremos el respeto por la diferencia.

3.1.3. Integral.

Potenciaremos el desarrollo armónico de las capacidades de

nuestro alumnado, sin olvidarnos de ninguno de sus ámbitos: intelectual, social, afectivo, físico y ético.

3.1.4. Libre y responsable.

Sólo con el ejercicio de la libertad llegaremos a ser responsables

y solidarios. Por ello, crearemos un clima que favorezca la libertad para pensar, manifestar ideas, elegir entre diversas opciones, actuar y evaluar tanto la actuación concreta como sus resultados.

3.1.5. Autónomo.

Fomentaremos la autonomía del alumnado en todos los ámbitos, a fin de que sea capaz de interpretar y resolver distintas situaciones de la vida cotidiana, a través de un sistema de trabajo de participación activa y creativa.

3.1.6.Tolerante.

Educaremos en la tolerancia a los demás y a sus ideas, opiniones y gustos, aun en el caso de que no los compartamos.

���� Desde el PARADIGMA CONSTRUCTIVISTA:

Crearemos las condiciones para que el niño/a construya su

pensamiento, aprenda a aprender y desarrolle las capacidades que le permitan

16

desenvolverse en la sociedad cambiante y plural de la que forma parte. Así pues, los principios que guiarán nuestro quehacer educativo serán:

3.2.1. Libertad de expresión.

Crearemos las condiciones necesarias de seguridad y confianza que faciliten que el niño/a se exprese libre y espontáneamente, aportando ideas, exponiendo opiniones, manifestando sentimientos, formulando propuestas, mostrando sus intereses…

3.2.2. Investigación – acción.

Conscientes de la importancia de la investigación en el aula, nos

basaremos en aquellas metodologías que, partiendo de los intereses de los niños, despierten su motivación y propicien: la curiosidad, la observación y el análisis, el planteamiento de interrogantes, la formulación de hipótesis, la confrontación de ideas, el descubrimiento por ensayo y error para llegar a conclusiones individuales y/o colectivas.

Investigación que haremos extensiva también a la labor docente.

3.2.3. Reflexión sobre la propia acción.

Consideramos que los procesos de investigación no quedan completos si no se acompañan de una evaluación continua de los mismos, que ha de ser realizada tanto por el alumnado como por los maestros; no en vano, constituye un elemento fundamental en el desarrollo profesional de estos últimos.

3.2.4. Creatividad.

Utilizaremos estrategias metodológicas que desarrollen la

creatividad (entendida como la capacidad de crear algo nuevo, de buscar soluciones distintas y originales…), al tiempo que potencien la sensibilidad estética.

���� El PARADIGMA ECOLÓGICO(CONTEXTUAL*

Nos recuerda que no sólo la escuela es la responsable de la formación

del individuo, sino que es un proceso en el que participan otros agentes o instituciones sociales, a los que la escuela debe estar abierta. Los principios que se inscriben dentro de este paradigma son:

3.3.1. Abierto.

17

Colaboraremos con otros organismos y asociaciones, así como con las familias de los alumnos, para intercambiar experiencias y compartir recursos a fin de alcanzar objetivos comunes. Y todo ello sin olvidar que el colegio y, con él, la comunidad educativa al completo, deberá adaptarse a las situaciones nuevas que vayan surgiendo; un ejemplo lo encontramos en las nuevas tecnologías que, dada la importancia que han adquirido en nuestros días, serán integradas en el proceso de enseñanza-aprendizaje como un recurso más.

3.3.2. Participativo.

Procuraremos que las relaciones entre los distintos miembros de

la comunidad educativa estén presididas por el intercambio de información, el diálogo fluido y permanente y la búsqueda de acuerdos. Asimismo, fomentaremos la implicación directa de las familias en la vida del centro en general y del aula, en particular.

3.3.3. Organizado.

Actuaremos de forma clara, transparente y eficaz, en un ambiente

cordial y agradable que facilite la consecución de los objetivos establecidos, siendo la coordinación la base de nuestro trabajo.

3.3.4. Solidario.

Pensamos que la solidaridad es un valor fundamental en la

formación del individuo; por eso, el centro se esforzará en informar y sensibilizar sobre determinados problemas de la sociedad actual, implicándose en ellos, bien para ayudar a solucionarlos, bien para tratar de paliarlos en la medida de lo posible.

3.3.5. Comprometido con el medio ambiente.

Conscientes de la necesidad de preservar el medio natural,

impulsaremos el desarrollo de hábitos y actitudes respetuosas con él, al tiempo que participaremos activamente en su conservación y velaremos por un uso responsable de los recursos de que disponemos.

3.3.6. Crítico.

Intentaremos mantener una actitud crítica y constructiva que nos

permita enfrentarnos al mundo que nos rodea, así como ser capaces de analizarlo y actuar de forma coherente en distintas situaciones y contextos.

18

19

4. OBJETIVOS GENERALES DEL CENTRO.

Partiendo de los Principios Educativos expuestos nos proponemos para nuestro centro los siguientes objetivos:

� Desarrollar la personalidad de nuestros alumnos de forma armónica, para que sean capaces de ser, estar y convivir.

� Fomentar la participación democrática de todos los sectores de la

comunidad escolar, asumiendo y respetando sus decisiones.

� Propiciar un ambiente de aceptación e integración de todo tipo de

alumnos/as y de sus familias, evitando cualquier clase de discriminación.

� Crear un clima de seguridad y confianza que favorezca el

desarrollo de personas autónomas, libres, responsables y capaces de aprender por sí mismas.

� Orientar los esfuerzos educativos hacia el desarrollo de métodos

de investigación - acción, basados en los principios del constructivismo.

� Ofertar una escuela ABIERTA, para intercambiar experiencias y

compartir recursos; y CREATIVA, capaz de adaptarse a nuevas situaciones y de dar soluciones originales.

� Establecer mecanismos organizativos claros, eficaces,

negociadores y críticos, compartidos y aceptados entre todos los miembros de la comunidad educativa.

� Analizar con espíritu crítico ciertas problemáticas actuales

despertando actitudes solidarias y participativas en la medida de lo posible.

20

� Impulsar el desarrollo de hábitos y actitudes respetuosas con el

medio ambiente, velando por el uso responsable de los recursos disponibles.

� Fomentar la comunicación, el respeto y la convivencia entre todas

las personas que asisten al centro.

5. LÍNEA METODOLÓGICA.

La línea metodológica del centro se caracteriza por estar impregnada de un enfoque comunicativo y comprensivo del aprendizaje. Creemos que el alumno/a debe ser el constructor de su propio aprendizaje, lo que conseguirá en la medida en que sea capaz de crear nuevas estructuras mentales a partir de lo que ya posee.

Así, la tarea como maestros no se limitará a transmitir conocimientos

sino a orientar y guiar el aprendizaje de los alumnos/as provocándoles conflictos que hagan posible la construcción de nuevos aprendizajes.

Esta línea metodológica implica “actividad” pero no sólo física o

manipulativa sino además una gran actividad mental. Se parte de los intereses de los niños/as, dejándoles expresar sus deseos y necesidades, fomentando y favoreciendo la creatividad y la libre expresión, su capacidad para proponer soluciones y obtener resultados y facilita las posibilidades de ayudar y ser ayudado.

En suma esta metodología a la que más bien nos gusta llamar filosofía

educativa, favorece la adquisición por parte de los alumnos/as de unas estrategias cognitivas de actuación autónoma y de planificación que pueden poner en práctica en distintos contextos de la vida cotidiana, dada su significación y funcionalidad.

Uno de los pilares fundamentales sobre los que descansa este enfoque

es la reflexión y evaluación continua de todos los aspectos que inciden en el proceso de enseñanza – aprendizaje.

Entre las conclusiones que el centro ha extraído de esta evaluación se

encuentra la gran importancia que para la educación tiene, que tanto las familias, como el resto de los agentes sociales, se impliquen activamente, en la medida de sus posibilidades, en las actividades programadas en cada momento. Es por eso, por lo que el centro fomenta y valora muy positivamente esta participación, que se concreta en el desarrollo de experiencias de éxito educativo (grupos interactivos, lecturas acompañadas y tertulias dialógicas) que cada vez cuentan con más apoyo entre el profesorado del centro.

21

A partir del curso 2014/15 y con motivo de la inclusión del centro en el Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid, apostamos por ofrecer un contexto bilingüe a nuestro alumnado en el que el acceso al currículo de las áreas de Ciencias Naturales y Sociales y Plástica, será en lengua inglesa.

Al igual que en el resto de las áreas impartidas en español, se empleará

una metodología activa, aprendiendo mientras “hacen” actividades , imitando modelos, al estar inmersos de manera natural en interacciones en el aula.

6. OBJETIVOS GENERALES DE LA EDUCACIÓN INFANTIL.

De acuerdo con lo dispuesto en el TÍTULO I CAPÍTULO I Artículo 13 de la

Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo, la Educación Infantil contribuirá a desarrollar en los niños y niñas las capacidades que les permitan:

a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias.

b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.

c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.

d) Desarrollar sus capacidades afectivas.

e) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas

elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en la resolución pacífica de los conflictos.

f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas

de expresión.

g) Iniciarse en las habilidades lógico – matemáticas, en la lecto – escritura

y en el movimiento, el gesto y el ritmo.

7. OBJETIVOS GENERALES DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero que establece el currículo básico de la Educación Primaria y que

22

se concreta para la Comunidad de Madrid en el Decreto 89/2014 de 24 de julio (artículo 4), los objetivos de la esta etapa son los siguientes:

a) Conocer y apreciar los valores y las normas de convivencia, aprender

a obrar de acuerdo con ellas, prepararse para el ejercicio activo de la ciudadanía y respetar los derechos humanos, así como el pluralismo propio de una sociedad democrática.

b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y responsabilidad en el estudio así como actitudes de confianza en sí mismos, sentido crítica, iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje y espíritu emprendedor.

c) Adquirir habilidades para la prevención y para la resolución pacífica de conflictos, que les permitan desenvolverse con autonomía en el ámbito familiar y doméstico, así como en los grupos sociales con los que se relacionan.

d) Conocer, comprender y respetar las diferencias culturales y personales, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación de personas con discapacidad.

e) Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua castellana valorando sus posibilidades comunicativas y desarrollar hábitos de lectura como instrumento esencial para el aprendizaje del resto de las áreas.

f) Adquirir en, al menos, una lengua extranjera la competencia comunicativa básica que les permita expresar y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en situaciones cotidianas.

g) Desarrollar las competencias matemáticas básicas e iniciarse en la resolución de problemas que requieran la realización de operaciones elementales de cálculo, conocimientos geométricos y estimaciones, así como ser capaces de aplicarlos a las situaciones de su vida cotidiana.

h) Conocer los aspectos fundamentales de las Ciencias de la Naturaleza, las Ciencias Sociales, la Geografía, la Historia y la Cultura.

i) Iniciarse en la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran.

j) Utilizar diferentes representaciones y expresiones artísticas e iniciarse en la construcción de propuestas visuales y audiovisuales.

23

k) Valorar la higiene y la salud, conocer y respetar el cuerpo humano, y utilizar la educación física y el deporte como medios para favorecer el desarrollo personal y social.

l) Conocer y valorar los animales y plantas y adoptar modos de comportamiento que favorezcan su cuidado.

m) Desarrollar sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como una actitud contraria a la violencia, a los prejuicios de cualquier tipo y a los estereotipos sexistas.

n) Fomentar la educación vial y el respeto a las normas para evitar accidentes de tráfico.

8. CRITERIOS GENERALES DE ORGANIZACIÓN DEL CENTRO. Los criterios que regirán la organización del centro serán los siguientes:

� Participativo: todos los miembros de la comunidad estarán implicados en la toma de decisiones.

� Democrático : respetando la opinión de cada uno y buscando el

consenso entre todos.

� Operativo : procurando rapidez y eficacia.

� Abierto a otros organismos de la localidad.

� Evaluable : que sea capaz de valorar tanto el proceso como los

resultados para poder introducir mejoras cuando sea necesario.

24

ORGANIGRAMA DE PARTICIPACIÓN

Equipo Directivo

Directora J. Estudios Secretaria

A.M.P.A. Consejo

Escolar

Ayuntamiento

Personal no

docente

Claustro Padres

25

ORGANIGRAMA PEDAGÓGICO.

La composición y funciones de cada uno de los órganos están recogidas en el Reglamento de Régimen Interior del centro.

Equipo Directivo

Dirección J. de Estudios Secretaria

E.O.E.P. C.C.P.

Coordinadores

Niveles

Ciclos

Tutores, Especialistas,

Claustro

Padres

Alumnos

26

10. REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO

ÍNDICE

CAPÍTULO I: ALUMNADO. ............................................................................. 30

I.1. Derechos. ............................................................................................................................................. 30

I.2. Deberes. ............................................................................................................................................... 32

I.3. Adscripción a grupos. ........................................................................................................................ 32

CAPÍTULO II: EL PROFESORADO. ............................................................... 34

II.1. Derechos. ........................................................................................................................................... 34

II.2. Deberes. ............................................................................................................................................. 34

II.3. Adscripción a ciclos, niveles y áreas................................................................................................ 36

II.4. Asignación de Tutorías. ................................................................................................................... 38

II.5. Refuerzos educativos. ....................................................................................................................... 38

II.6. Programación, evaluación y recuperación. .................................................................................... 39

II.7. Permisos y licencias. ........................................................................................................................ 39

II.8.Criterios de sustitución. .................................................................................................................... 40

CAPÍTULO III: PADRES Y MADRES .............................................................. 42

III. 1. Derechos.......................................................................................................................................... 42

III. 2. Deberes............................................................................................................................................ 43

III. 3. AMPA ............................................................................................................................................. 43

III. 4. Participación. ................................................................................................................................. 44

CAPÍTULO IV: PERSONAL NO DOCENTE .................................................... 45

IV.1. Conserje. .......................................................................................................................................... 45 IV.1.1. Derechos: ................................................................................................................................... 45 IV.1.2. Deberes y funciones: ................................................................................................................. 45

IV.2. Auxiliar administrativo. ................................................................................................................. 46 IV.2.1. Derechos. ................................................................................................................................... 46 IV.2.2. Deberes. ..................................................................................................................................... 46 IV.2.3. Participación. ............................................................................................................................. 46

IV. 3. Personal de vigilancia y cuidado de comedor .............................................................................. 46

IV.4. Auxiliar de la Infancia .................................................................................................................... 47

27

CAPÍTULO V: NORMAS PARA EL USO DE INSTALACIONES Y M ATERIAL DIDÁCTICO. .................................................................................................... 48

V.1. Instalaciones. ..................................................................................................................................... 48

V.2. Material didáctico. ............................................................................................................................ 50

V.3. Material informático. ...................................................................................................................... 51

CAPÍTULO VI. ACCIDENTES ESCOLARES. ................................................. 52

CAPÍTULO VII. ÓRGANOS Y FUNCIONES .................................................... 53

VII. I. ÓRGANOS DE GOBIERNO. ...................................................................................................... 53 VII.1.1. ORGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO. ....................................................................... 53 VII.2.1. COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA. ............................................................ 62 VII.2.2. EQUIPOS DE CICLO. ............................................................. ¡Error! Marcador no definido. VII.2.3. COORDINADORES DE CICLO ............................................ ¡Error! Marcador no definido. VII.2.4. TUTORES. ............................................................................................................................... 64 VII.2.5. COORDINADOR DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN (TIC). ..................................................................................................................................................... 66

CAPÍTULO VIII: NORMAS GENERALES DE ORDEN Y CONVIVEN CIA. ..... 67

VIII. 1. Principios generales para la convivencia de toda la comunidad educativa. ........................... 67

VIII. 2. Normas básicas de convivencia. ................................................................................................. 67 VIII.2.1. ALUMNOS/AS ...................................................................................................................... 67 VIII.2.2. PROFESORES/AS. ................................................................................................................ 68 VIII.2.3. FAMILIAS. ............................................................................................................................ 68 VIII.2.4. PERSONAL NO DOCENTE.................................................................................................. 68

CAPÍTULO IX: NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENT O DEL CENTRO. ......................................................................................................... 69

IX.1. Durante las entradas y salidas. ...................................................................................................... 69

IX. 2. En el recreo. .................................................................................................................................... 70

IX 3. En el aula. ........................................................................................................................................ 71

IX.4. En los aseos. ..................................................................................................................................... 71

IX.5. Retrasos y ausencias de los alumnos. ............................................................................................. 72

IX. 6. En el comedor. ................................................................................................................................ 72

IX.7. Espacios compartidos con AMPA y Ayuntamiento. .................................................................... 73

CAPÍTULO X: PROCEDIMIENTO ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS. ........................................................................................................ 74

X.1. Criterios para la adopción de sanciones: ........................................................................................ 74

X.2. Medidas educativas y preventivas. ................................................................................................. 74

28

X.3. El papel del profesorado en la prevención de conflictos ................................................................ 75

X. 4. Clasificación de las faltas de disciplina y sanciones. ..................................................................... 76

X. 5. Órganos competentes para la adopción de sanciones. .................................................................. 79

X. 6. Circunstancias atenuantes y agravantes. ....................................................................................... 79

X. 7. Comisión de convivencia del Consejo Escolar. .............................................................................. 80

X. 8. Procedimiento sancionador............................................................................................................. 81

CAPÍTULO XI: ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESC OLARES ......................................................................................................................... 84

ANEXO I........................................................................................................... 86

ANEXO II.......................................................................................................... 87

ANEXO III......................................................................................................... 89

ANEXO IV. NORMAS PARA EL PROFESORADO .............. ........................... 93

ANEXO V PARTE DE CONVIVENCIA ............................................................ 95

ANEXO VI FICHA DE REFLEXIÓN ....................... .......................................... 96

29

INTRODUCCIÓN.

El Reglamento de Régimen Interior es un conjunto de normas relativas a la organización y funcionamiento del centro que surgen de la participación y el consenso de toda la comunidad educativa.

Su finalidad es establecer una serie de normas que nos ayuden a favorecer la convivencia de todos los miembros de la comunidad educativa (alumnos, profesores, familias, personal no docente y cuántos de manera temporal presten sus servicios en el centro) teniendo como base el respeto a la persona y garantizando la igualdad de todos sus miembros independientemente de su condición social, económica, étnica o religiosa. Todos estamos obligados a cumplirlo y a hacer que se cumpla según el grado de responsabilidad y competencia de cada cual. Para la elaboración de este Reglamento se ha tenido en cuenta la siguiente normativa:

- Constitución española. (BOE 19 de diciembre de 1978) - Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo por el que se establecen los

derechos y deberes de los alumnos. - R.D. 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento

Orgánico de las escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria.

- Decreto 15/2007, de 19 de abril por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid.

30

CAPÍTULO I: ALUMNADO.

I.1. Derechos.

• Ser admitidos en este centro siempre que existan plazas disponibles y con arreglo al principio de igualdad de oportunidades. La admisión al centro se regulará por las instrucciones que para este fin dicte la Consejería de Educación.

• Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, formación ajustada a los fines y principios contenidos en los art. 1 y 2 de la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre de Ordenación General del Sistema Educativo.

• Una jornada escolar adaptada a su edad y una planificación equilibrada de sus actividades educativas.

• La igualdad de oportunidades mediante:

- La no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

- El establecimiento de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y efectiva de oportunidades.

- La realización de políticas educativas de integración y de educación especial.

- Que su rendimiento escolar sea evaluado con total objetividad. Para garantizar este derecho:

- el centro establecerá unos criterios objetivos para la evaluación de los aprendizajes de los alumnos/as.

- los profesores mantendrán una comunicación fluida con los alumnos/as y con sus padres o tutores legales en lo relativo a las valoraciones sobre el aprovechamiento académico de los alumnos/as y la marcha de su proceso de aprendizaje.

• Recibir orientación escolar para conseguir el máximo desarrollo

personal y social, según sus capacidades, de manera especial en el caso de a.c.n.e.e.s. o con carencias sociales y culturales.

• Que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene.

• Que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones. Este derecho se garantizará mediante:

- la información, antes de formalizar la matrícula, sobre el

Proyecto Educativo del Centro.

31

- el fomento de la capacidad y actitud crítica de los alumnos/as.

- la elección por parte de sus padres o tutores legales de la formación religiosa o moral que resulte acorde a sus creencias o convicciones, sin que de ésta pueda derivarse discriminación alguna.

• Que se respete su integridad física y moral y su dignidad

personal, no pudiendo ser objeto en ningún caso , de tratos vejatorios o degradantes.

• Participar, de acuerdo a su edad, en la vida y actividades del centro.

• La libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los principios y derechos constitucionales.

• Manifestar sus preferencias a la hora de proponer los centros de interés en torno a los cuales se pueden realizar las actividades de enseñanza – aprendizaje.

• Utilizar las instalaciones del centro con las limitaciones derivadas de la programación de actividades escolares y extraescolares y con las precauciones necesarias en relación con la seguridad de las personas, la adecuada conservación de los recursos y el correcto destino de los mismos.

• Percibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, de forma que se promueva su derecho de acceso a los distintos niveles educativos.

• La protección social oportuna en caso de infortunio para que éste no determine la imposibilidad de continuar y finalizar los estudios que se encuentren cursando. Los poderes públicos garantizarán este derecho mediante:

- el establecimiento de un adecuado régimen de becas - la concesión de ayudas a las familias que acojan

alumnos/as. acreedores de protección social. - la cobertura de asistencia médica y hospitalaria en los

términos previstos por la legislación vigente. - la concesión de ayuda precisa, ya sea a través de la

orientación requerida o material didáctico, en caso de accidente o enfermedad prolongada, para que ello no suponga un detrimento en su rendimiento escolar.

• Participar en el funcionamiento y en la vida de los centros • Cuando no respeten los derechos de los alumnos/as, o cuando

algún miembro de la Comunidad Educativa impida el efectivo ejercicio de dichos derechos, el órgano competente del centro adoptará las medidas que procedan conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, previa audiencia de los interesados y consulta, en su caso, al Consejo Escolar del centro.

32

I.2. Deberes.

• Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades

escolares programadas. • Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las

actividades del centro justificando debidamente las ausencias o falta de puntualidad.

• Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración.

• Respetar y valorar el trabajo de sus compañeros/as. • Guardar respeto a todas las personas de la Comunidad Escolar,

siguiendo las normas de convivencia establecidas. • Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y

morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

• No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social.

• Respetar el proyecto educativo y el reglamento de régimen interior del centro de acuerdo con la legislación vigente.

• Cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del centro y respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.

• Participar en la vida y funcionamiento del centro.

I.3. Adscripción a grupos. Para la formación de grupos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

• Al inicio de la escolaridad en educación infantil y siempre que sea necesaria una reestructuración de grupos, la adscripción se realizará por orden alfabético, teniendo en cuenta también el equilibrio de sexos y el la fecha de nacimiento.

• Número de alumnos/as reducido, siempre que sea posible, cuando haya alumnos de integración.

• Adscripción equitativa de alumnos/as con problemática conductual grave o desconocimiento del idioma.

• Si un alumno llega nuevo al centro se le incorporará a un grupo teniendo en cuenta el número de alumnos por aula, y el número de a.c.n.e.e.s. escolarizados en los grupos. A igualdad de condiciones, se escolarizará en el A.

• En caso de hermanos, adscripción de éstos a grupos distintos. • La adscripción de los alumnos/as a los grupos se llevará a cabo por

la Jefa de Estudios en colaboración con los equipos de nivel y el Orientador del centro.

Al término de cada ciclo escolar se procederá al reagrupamiento del alumnado, al objeto de equilibrar los grupos en lo concerniente a sexo, alumnado con

33

necesidades educativas especiales, con dificultades de aprendizaje y/o desconocimiento de la lengua castellana y aquellas relacionadas con la adaptación al grupo. Además, se mantendrá el criterio de separación de los hermanos de la misma edad. La formación de los grupos será realizada por los maestros del equipo docente del nivel afectado en cada caso, bajo la supervisión de Equipo Directivo.

34

CAPÍTULO II: EL PROFESORADO.

II.1. Derechos. Los profesores y profesoras tendrán todos los derechos que, como funcionarios civiles del estado, les asigna la legislación vigente, o pueda asignarles en el futuro. Además tienen derecho a:

a) Que sea respetada su dignidad y libertad en el ejercicio de la función docente, garantizándose la libertad de cátedra, teniendo como límite la propia Constitución y las leyes.

b) La formación permanente. c) Formar parte del claustro de profesores, responsable de planificar,

coordinar, decidir e informar sobre todos los aspectos docentes del centro.

d) Organizar y realizar, a través del equipo de ciclo, las actividades extraescolares y complementarias, siempre que estén de acuerdo con el proyecto educativo del centro.

e) Ser informado y ser oído por los órganos unipersonales y de gobierno en aquellos temas que les afecten directamente o cuyas decisiones deban cumplir.

f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar. g) Presentar su candidatura para Director/a o representante de los

profesores en el Consejo Escolar del Centro, siempre que cumplan con los requisitos exigidos por las normas.

h) Reunirse siempre que no se perturbe el desarrollo normal de las actividades docentes , y de acuerdo con la legislación vigente.. Las reuniones formales deberán ser comunicadas al Director/a con la antelación debida.

i) Participar voluntariamente en las actividades del centro fuera del horario lectivo.

j) Recibir información de todas las órdenes y comunicaciones que lleguen con carácter oficial al centro y les afecten directamente.

k) Convocar a los padres para que asistan a las reuniones o entrevistas que estimen oportunas.

l) A intervenir en todo aquello que afecta a la vida, actividad y disciplina del centro, a través de los canales reglamentarios.

II.2. Deberes. Los profesores tienen el deber de:

a) Procurar la autoformación y puesta al día en el dominio y conocimiento de las técnicas educativas y en general en el conocimiento de las técnicas profesionales.

b) Asistir al claustro. c) Hacer públicos los criterios generales que se van a aplicar para la

evaluación de los aprendizajes y la promoción de los alumnos.

35

d) Mantener una comunicación fluida con los alumnos y sus padres en lo relativo a las valoraciones sobre el aprovechamiento académico de los alumnos y la marcha de su proceso de aprendizaje, así como acerca de las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso y a darles las orientaciones que les permitan contribuir adecuadamente a la educación de sus hijos.

e) Guardar reserva sobre toda aquella información de que dispongan acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno. No obstante, los centros comunicarán a la autoridad competente las circunstancias que puedan implicar malos tratos para el alumno o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por las leyes de protección de menores.

f) Establecer con los alumnos una relación de confianza comprensiva y exigente que fomente la autoestima y el desarrollo integral de la persona, así como el respeto a los demás.

g) Tratar a todos los alumnos con ecuanimidad, sin aceptar ni permitir prácticas discriminatorias por motivo de sexo, raza religión, opciones políticas, origen social, condiciones económicas, nivel intelectual, etc.

h) No adoctrinar ideológicamente y respetar en todo momento la dignidad del educando.

i) Respetar y asumir el proyecto educativo del centro, como un deber inherente al desempeño de la función docente dentro de los límites del precepto constitucional de la libertad de cátedra.

j) Mantener una actitud crítica y reflexiva permanente hacia la propia actuación profesional, para garantizar un constante perfeccionamiento en sus actividades profesionales.

k) Favorecer el trabajo en equipo y contribuir al buen funcionamiento de los órganos de participación, coordinación y dirección con objeto de garantizar una elevada calidad de la enseñanza.

l) Colaborar al buen funcionamiento de los equipos pedagógicos, de la acción tutorial y de la acción orientadora.

m) Adaptar su actividad docente a las condiciones peculiares de cada grupo de alumnos.

n) Llevar registro de asistencia de los alumnos, así como control de los trabajos y ejercicios de los mismos.

o) Cumplir el horario de clase y el calendario de actividades docentes establecido.

p) Cuantas obligaciones están dictadas por la legislación. q) Conocer, cumplir y hacer cumplir este Reglamento.

II.3. FUNCIONES (LOMCE)

a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados.

b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.

36

c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.

e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.

f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.

g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.

h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.

j) La participación en la actividad general del centro.

k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o los propios centros.

l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente.

2. Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo.

II.3. Adscripción a ciclos, niveles y áreas. La asignación de ciclos, cursos, áreas y actividades docentes se realizará atendiendo a los siguientes criterios:

a) La permanencia de un maestro con el mismo grupo de alumnos hasta finalizar los que hasta la entrada en vigor de la LOMCE eran los ciclos. A pesar de que con la citada ley éstos ya no existen, sino que la Educación Primaria queda estructurada en dos tramos educativos (de 1º a 3º y de 4º a 6º), se llegó al acuerdo en una reunión de Claustro, de que

37

se mantuviera la permanencia del tutor en 1º y 2º, 3º y 4º y 5º y 6º, siempre y cuando haya acuerdo de los profesores implicados. Cuando a juicio del Equipo Directivo existieran razones justificadas para obviar este criterio, el Director/a podrá asignar al maestro o maestros afectados a otro ciclo, nivel o área informando de ello al servicio de inspección.

b) La especialidad del puesto de trabajo al que estén adscritos los diferentes maestros.

c) Otras especialidades para las que los maestros estén habilitados. d) El Director/a del centro podrá asignar con carácter excepcional

actividades docentes a maestros que, estando habilitados, estén adscritos al centro por otro apartado o especialidad. Esta asignación no tiene efectos administrativos.

e) Respetando los criterios descritos, el Director/a a propuesta del Jefe de Estudios, asignará los grupos de alumnos y tutorías teniendo en cuenta los acuerdos alcanzados por los maestros en la primera reunión del Claustro del curso.

Si no se produce el acuerdo citado en el punto anterior, el Director/a asignará los grupos por el siguiente orden:

a) Miembros del Equipo Directivo, que deberán impartir docencia, preferentemente, en el último ciclo de la educación primaria.

b) Maestros definitivos, dando preferencia a la antigüedad en el centro, contando desde la toma de posesión en el mismo.

c) Maestros provisionales, dando preferencia a la antigüedad en el cuerpo.

d) Maestros interinos si los hubiere.

En el caso de que algún maestro no cubra su horario lectivo, después de su adscripción a grupos, áreas o ciclos, el Director/a del centro podrá asignarle otras tareas, relacionadas con:

a) Impartir las áreas de algunas de las especialidades para las que

esté habilitado en otros ciclos, o dentro de su mismo ciclo, con otros grupos de alumnos.

b) Impartición de otras áreas. c) Sustitución de otros maestros. d) Atención de alumnos con dificultades de aprendizaje. e) Apoyo a otros maestros, en actividades que requieran la

presencia de más de un maestro en el aula. Cuando se trate de grupos donde haya matriculados alumnos con TEA, se aplicarán los criterios que figuran en el Proyecto de Centro de escolarización preferente de alumnado con TEA.

38

II.4. Asignación de Tutorías.

La asignación de tutorías en los centros donde el número de maestros sea superior al de unidades, la tutoría de cada grupo de educación infantil o de educación primaria recaerá preferentemente en el maestro que tenga mayor número de horas con dicho grupo. Procuraremos que todos los maestros rotativamente puedan desempeñar la función de tutoría. El puesto de Profesor/a de Apoyo de Ed. Infantil rotará anualmente y siempre recaerá sobre éste la coordinación de este ciclo. El puesto de profesor de apoyo tendrá carácter rotativo. En virtud de lo establecido en la orden de 29 de Junio de 1994, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil, y de los colegios de Educación Primaria, serán funciones del profesor de apoyo en Infantil:

a) Apoyar a todas las unidades del ciclo, dedicándose especialmente, durante el primer trimestre del curso escolar, al apoyo de los niños/as más pequeños del centro hasta su adaptación.

b) Colaborar con los profesores tutores en las actividades de pequeño grupo y de atención individualizada al alumnado.

c) Participar en las actividades colectivas que el centro realiza: salidas, talleres, biblioteca etc.

d) Tareas de coordinación.

II.5. Refuerzos educativos. Los alumnos pueden recibir refuerzo educativo por tres vías diferentes:

� A través los especialistas en Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje.

� A través de los profesores del mismo ciclo. � A través de otros profesores del centro.

El refuerzo educativo por esta vía será prioritario para los alumnos con necesidades educativas especiales. Si fuera posible por disponibilidad horaria de estas personas, se atendrían casos concretos de alumnos con dificultades de aprendizaje, retrasos acusados de lenguaje y problemas graves de conducta. En cualquier caso serán valorados por el orientador del centro. Para recibir apoyo de estos especialistas los trámites a seguir por el tutor/a serán:

1. El tutor/a hará la demanda por escrito a la Jefatura de Estudios y pedirá autorización a los padres.

2. La Jefatura de Estudios lo remitirá al orientador del centro para que éste realice el diagnóstico del alumno/a.

3. Si finalmente resultara ser acnee, una vez recibido el dictamen, se le asignarán los apoyos que le correspondan.

39

Los alumnos derivados al centro con informes de entidades sanitarias, públicas o privadas, seguirán el mismo proceso.

� A través de los profesores del mismo ciclo. El refuerzo pedagógico por los profesores del mismo ciclo se organizará atendiendo a las horas que cada tutor tenga de libre disposición. Estos profesores atenderán a los alumnos de clases diferentes a la suya pero de su mismo nivel y trabajarán siempre de forma coordinada con los tutores de los posibles alumnos. Los posibles profesores de apoyo de ciclos atenderán a distintos grupos de alumnos teniendo en cuenta la demanda de los tutores y las necesidades específicas detectadas por éstos.

II.6. Programación, evaluación y recuperación.

Su elaboración y aplicación corresponde a los profesores tutores y/o de área.

La programación, evaluación y recuperación de los a.c.n.e.e. competerá conjuntamente al tutor y al profesor de Pedagogía Terapéutica, tanto si necesita o no adaptaciones curriculares.

Habrá una Junta de evaluación que, presidida por el profesor tutor del grupo, estará compuesta por el resto de los profesores que impartan docencia en dicho grupo. Serán objetivos de ésta Junta de Evaluación los siguientes:

- Evaluar la marcha del grupo, llegando a acuerdos y proponiendo soluciones.

- Evaluar los casos individuales, llegando a acuerdos y proponiendo soluciones.

La Junta de Evaluación se reunirá:

- Al comenzar el curso para la evaluación inicial. - Una vez al trimestre presidida por el tutor. - Al finalizar el ciclo.

II.7. Permisos y licencias.

a) Los permisos de ausencia del profesorado no podrán tener otras causas que las previstas en la legislación vigente (ACUERDO de 26 de octubre de 2006) y deberá aportarse justificante correspondiente.

b) Los permisos para ausentarse del centro se solicitarán a la Jefa de Estudios para planificar la sustitución y reflejarlo en el parte de faltas para la aprobación por parte del Director/a.

40

c) Una copia del parte de faltas se remitirá al Servicio de Inspección Educativa.

II.8.Criterios de sustitución.

a) En la P.G.A. de cada curso quedarán reflejados los criterios de

sustitución establecidos una vez estudiados en la Comisión de Coordinación Pedagógica y consensuada en el Claustro.

b) De forma general, las ausencias del profesorado serán cubiertas por el maestro/a que tenga en ese momento refuerzo, y si fuera necesario, con las horas de coordinación.

c) Si hubiera más ausencias que profesores libres, se solucionará repartiendo a los alumnos implicados dentro de su mismo ciclo.

d) En último extremo, se organizarán actividades de gran grupo. e) La organización de las sustituciones siempre está sujeta a la plantilla del

centro y al número de unidades existentes en cada nivel.

II. 9. Criterios de sustitución para la atención en los grupos donde haya alumnos del aula T.E.A.

Siempre que sea posible se tendrá en cuenta los criterios de sustitución que figuran en el Proyecto T.E.A. del centro elaborado el curso pasado: EN EDUCACIÓN INFANTIL:

1. Ausencia de una profesional del Aula de “Los tucanes”: Sustituye la otra profesional.

2. Ausencia de profesionales del Aula de “Los tucanes”: Se deriva al alumno al Aula de referencia que podrá contar con la colaboración de la profesora de apoyo de infantil, si las características del alumno lo requiere.

3. Ausencia de profesoras del Aula de “Los tucanes” más profesora del Aula de referencia: Sustituye en el Aula de referencia la maestra de Apoyo de Infantil más, si fuese necesario por las características del alumno, maestros de cualquier etapa que no tengan atención directa con su grupo.

4. Si están ausentes todos los profesionales citados anteriormente, serán la PT o AL del centro la que se hará cargo del grupo de Infantil más, si fuese necesario por las características del alumno, maestros de cualquier etapa que no tengan atención directa con su grupo.

EDUCACIÓN PRIMARIA: 1. Ausencia del profesor del aula de referencia: si es posible se intentará

que siga rutina habitual. Si esto no fuera posible, se intentará seguir la

41

rutina con el apoyo en el aula de referencia con algunas de las profesionales del aula de “Los Tucanes”. Si esto no fuera posible, el alumno se queda en el aula “Los Tucanes”.

2. Ausencia de una profesional del Aula de “Los Tucanes”: Sustituye la otra profesional.

3. Si están ausentes las profesionales del Aula de “Los Tucanes”: el alumno permanece en el aula de referencia más, si fuese necesario por las características del alumno, maestros de cualquier etapa que no tengan atención directa con su grupo.

4. Ausencia de profesoras del Aula de “Los Tucanes” más profesora del Aula de referencia: serán la PT o AL del centro la que se hará cargo del grupo más, si fuese necesario por las características del alumno, maestros de cualquier etapa que no tengan atención directa con su grupo.

5. Si faltan especialistas, siempre que se pueda, sustituye el tutor, en el caso de que no sea el tutor o un maestro vinculado al grupo, y si fuese necesario, el alumno se irá al aula de “Los Tucanes”.

42

CAPÍTULO III: PADRES Y MADRES Los padres y madres de los alumnos/as son los responsables de la educación de sus hijos/as y, por tanto, deben estar en relación con el Centro y colaborar con los profesores en todo lo concerniente a la educación de sus hijos/as.

III. 1. Derechos

a) Que sus hijos/as reciban una educación conforme a los fines establecidos por la Constitución y las leyes educativas vigentes.

b) Conocer, antes de formalizar la matrícula, el Proyecto educativo del Centro.

c) Recibir información sobre el proceso educativo de su hijo y sobre los criterios generales de evaluación y promoción de los alumnos/as.

d) Reclamar las decisiones y calificaciones que, como resultado del proceso de evaluación, se adopten al finalizar un ciclo o un curso. Dicha reclamación deberá basarse en la inadecuación de los instrumentos utilizados para evaluar al alumno/a en relación con los objetivos o contenidos del área sometida a evaluación y con el nivel previsto en la programación, o en la incorrecta aplicación de los criterios de evaluación establecidos.

e) Elegir para sus hijos la formación religiosa o moral que resulte acorde con sus creencias o convicciones, sin que de esta elección pueda derivarse discriminación alguna.

f) Formar asociaciones dentro de los límites marcados por la normativa vigente.

g) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar y presentarse ellos mismos como candidatos. El derecho a elegir o ser elegido corresponde al padre y a la madre o, en su caso, a los tutores legales. Serán electores y elegibles todos los padres o tutores legales de los alumnos que estén matriculados en el centro y, por tanto, deberán figurar en el censo.

- Los padres o tutores tienen derecho a utilizar el voto por

correo para elegir a sus representantes en el Consejo Escolar.

- Podrán actuar como supervisores de la votación a representantes de los padres en el Consejo Escolar los padres o tutores legales de los alumnos matriculados en el centro propuestos por la asociación de padres de alumnos o avalados por la firma de diez electores.

h) Ser oídos en una comparecencia de la que se levantará acta cuando se

vaya a sancionar al alumno con la supresión del derecho de asistencia a determinadas clases o al centro

i) Ser recibidos por el Director/a y los profesores del centro conforme al horario establecido en el plan anual del centro y que debe estar

43

expuesto en el tablón de anuncios y siempre que sea posible previa petición de cita.

j) Recibir la orientación necesaria para que pueda ayudar a su hijo/a. k) Recibir información propia del centro o externa a él y que les afecte,

como convocatorias que puedan resultar interesantes. (ej. becas de comedor, normas de matriculación...)

III. 2. Deberes. Los padres o tutores legales tienen el deber de:

a) Comunicar al centro aquellas limitaciones de tipo físico o psíquico que tenga su hijo para poder ofrecerle el tratamiento más adecuado.

b) Comunicar al centro aquellas incidencias de tipo legal (tutelas, custodia) que puedan repercutir en el colegio.

c) Colaborar con el profesorado del centro en la educación de su hijo. d) Facilitar la comunicación con los profesores o tutores en lo relativo a las

valoraciones sobre el aprovechamiento académico de los alumnos y a la marcha de su proceso de aprendizaje, así como acerca de las decisiones que se adopten como consecuencia de ese proceso.

e) Poner el máximo interés en que su hijo acuda con puntualidad al colegio todos los días lectivos y permanezca en el mismo durante toda la jornada escolar, justificando debidamente sus ausencias y retrasos cuando estos se produzcan.

f) Acudir a las entrevistas para las que sea citado por la dirección del centro o por cualquier profesor del mismo.

g) Respetar la dignidad y las funciones del profesorado así como de cuantas personas trabajen en el centro. Abstenerse de todo comentario negativo sobre el personal del centro en presencia de sus hijos/as.

h) Cubrir las necesidades de material didáctico que su hijo/a necesita para seguir el proyecto educativo, siempre que no fueran atendidas por entidades públicas.

i) Cumplir las normas higiénico- sanitarias propias de la buena convivencia en relación con su hijo/a.

j) Participar en la elección de sus representantes en el Consejo Escolar del centro.

k) En el caso de accidente o indisposición durante el horario escolar de su hijo/a serán avisados de forma inmediata para que se haga cargo de él o ella.

l) Conocer, cumplir y hacer cumplir este reglamento.

III. 3. AMPA Las AMPAS son el cauce de participación de las familias de la comunidad escolar en el funcionamiento del centro. Desarrollarán aquellas actividades previstas en sus estatutos dentro del marco que la ley les asigna como propios en el R.D. 1533/1986 de 11 de Julio. La Asociación de padres de alumnos tiene los siguientes derechos:

44

1. Nombrar supervisores de las votaciones para la elección de los representantes de los padres o tutores en el Consejo Escolar.

2. Las asociaciones de padres tienen derecho a presentar una candidatura diferenciada en las elecciones a representantes de los padres o tutores en el Consejo Escolar.

3. Tienen derecho a designar a uno de los representantes de los padres o tutores en el Consejo Escolar.

4. A elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Proyecto Educativo y de la Programación General Anual.

5. A informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que consideren oportunos.

6. A informar a los padres o tutores de su actividad. 7. A recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados en

el mismo, así como a recibir el orden del día de dicho consejo antes de su realización, con el objeto de elaborar propuestas.

8. A elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste.

9. A elaborar propuestas de modificación del reglamento de régimen interior.

10. A formular propuestas para la realización de actividades complementarias.

11. A conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el Consejo Escolar.

12. A recibir un ejemplar del proyecto educativo, y de sus modificaciones. 13. A recibir información sobre los libros de texto y los materiales

didácticos adoptados por el centro. 14. A utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca

el Consejo Escolar. 15. A contar con un local en el centro. 16. A federarse a nivel local o en ámbitos territoriales más amplios así

como confederarse.

III. 4. Participación. Los cauces de participación de los padres con el centro serán:

- Entrevistas con los tutores/as de su hijo - Entrevistas que sean necesarias con los miembros del Equipo

Directivo. - Reuniones generales una vez por trimestre. - Participación en las asambleas que convoque el AMPA. - Participación en el Consejo Escolar a través de sus representantes. - Participación en actividades complementarias previstas en la PGA . - Participación en talleres como apoyo en el aula. - Actividades de formación propuestas por el orientador del centro o

por la escuela de padres. - Además, existe un plataforma donde, por medio de correo

electrónico, podrán tener una comunicación fluida con los profesores de sus hijos y con los miembros del Equipo Directivo.

45

CAPÍTULO IV: PERSONAL NO DOCENTE

IV.1. Conserje. IV.1.1. Derechos:

a) Presentar ante los órganos de gobierno del centro las sugerencias que considere oportunas para un desarrollo más armónico de su labor, siempre que no perjudique la labor educativa.

b) Ser tratado con deferencia por los demás miembros de la comunidad escolar.

c) Disponer de un lugar adecuado. IV.1.2. Deberes y funciones:

a) Abrir las puertas del centro antes del comienzo de las actividades

docentes, y cerrarlas después de finalizadas las mismas. Custodiando la entrada mientras que las puertas estén abiertas.

b) Encendido y apagado de la calefacción, en sus horas convenientes, en consonancia con la temperatura ambiente.

c) Ser respetuoso tanto con la dirección como con profesores, alumnos, padres y visitas.

d) Mantener limpio y en buen estado patios y accesos del centro, así como realizar el mantenimiento del centro que no precise especialización.

e) Custodia del centro, instalaciones, máquinas y mobiliario. f) Controlar la entrada de toda persona ajena al centro y transmitir sus

peticiones a la dirección del mismo. g) Disponer de las llaves de todas las dependencias del centro y las

correspondientes a los servicios auxiliares. h) Realizar dentro de las dependencias del centro traslados de material,

enseres y mobiliario, acorde a las posibilidades en relación al tamaño y peso.

i) Realizar todo encargo relacionado con su puesto de trabajo que se le encomiende, tanto en el interior como en el exterior del Centro, dentro del ámbito del municipio.

j) Corte de luz y agua, cierre de persianas y ventanas de las dependencias del centro y, en general, cualquier otra función análoga que por razones de servicio se le encomiende, siempre que sea él la última persona en abandonar el centro.

k) Manejar multicopista, fotocopiadora, encuadernadora y plastificadora realizando los encargos que el claustro y equipo directivo le encomiende y reponiendo los combustibles que sean necesarios.

l) Colaborará para que los edificios que tiene a su cargo, se encuentre en todo momento, en perfectas condiciones de limpieza y decoro, comunicando en su caso cualquier anomalía que se produzca al respecto.

m) En general, prestar los servicios adecuados a la naturaleza de sus funciones que le sean requeridos por la Dirección del Centro.

46

n) Conocer el presente reglamento.

IV.2. Auxiliar administrativo.

IV.2.1. Derechos.

a) Participar en el Consejo escolar según lo dispuesto en el Reglamento Orgánico de Centros.

b) Recibir los medios necesarios para realizar correctamente su trabajo. c) Recibir un trato correcto y respetuoso de las demás personas que

trabajan o estudian en el centro. IV.2.2. Deberes.

a) Atender a los usuarios del Centro con amabilidad y corrección b) Atender la ventanilla de Secretaría en el horario establecido por el

Centro. c) Coger el teléfono y pasar los recados a quien sea necesario. d) Realizar las tareas administrativas que le encomiende el Secretario y la

Dirección. e) Todas aquellas, que dentro de sus competencias, le fueran

encomendadas por la dirección del centro. IV.2.3. Participación. Podrá hacer llegar al Consejo escolar las sugerencias que considere oportunas a través de su representante en el mismo.

IV. 3. Personal de vigilancia y cuidado de comedor

IV.3. 1. Derechos.

a) Recibir los recursos y los medios necesarios para realizar bien su trabajo.

b) Recibir un trato correcto de las demás personas que trabajan en el centro y de los alumnos y sus familias.

IV.3. 2. Deberes.

a) Recoger a los alumnos/as de 3 a 6 años en las clases diez minutos

antes de la hora de salida y asegurarse que se han lavado las manos. b) Enseñar a los niños/as el uso correcto de los cubiertos así como normas

básicas de comportamiento en la mesa. c) Hacer cumplir las normas de convivencia establecidas en este

Reglamento. d) Servir la comida adaptando la cantidad de comida a la edad y

procurando que coman de todo.

47

e) Ayudar a comer a los niños/as de 3 años, sobre todo al principio, intentando que progresivamente vayan siendo más autónomos.

f) Cambiar la ropa a aquellos niños/as que la hubieran ensuciado por diversos motivos: incontinencia, vómitos,…

g) Avisar a las familias si un alumno se encuentra indispuesto o sufre un accidente.

h) Fuera del horario señalado para comer, realizaran actividades de tipo lúdico con los/as alumnos/as.

i) Antes de la hora de la salida organizarán a los alumnos/as para ir a casa o a las actividades extraescolares, asegurándose de que todos/as los/as alumnos/as han sido recogidos. En el caso de las Actividades extraescolares, comprobarán que ha llegado el profesor/a correspondiente. Si no fuera así, lo pondrán en conocimiento de algún miembro del Equipo Directivo así como si no hubieran venido a recoger a algún alumno/a.

j) Todos aquellos, que dentro de sus competencias, le fueran encomendadas por la Dirección del Centro.

IV.4. Auxiliar de la Infancia IV.2.1. Derechos.

a) Recibir los medios necesarios para realizar bien su trabajo. b) Recibir un trato respetuoso de las demás personas que trabajan en el

centro así como de los Alumnos/as y sus familias. IV.2.2. Deberes.

a) Cambiar de ropa a los alumnos de Ed Infantil cuando sea necesario. b) Atender a los Alumnos/as del centro que se encuentren indispuestos o

sufran un accidente. Cuando éste tenga gravedad, lo pondrá de inmediato en conocimiento del Equipo Directivo.

c) Colaborar en las entradas y salidas con los tutores/as de Ed. Infantil, principalmente con los grupos de 3 años en período de adaptación.

d) Colaborar con los tutores de Educación Infantil en los momentos de adquisición de hábitos higiénicos y alimenticios (lavado de manos, almuerzo,…)

e) Ayudar a las cuidadoras de comedor acompañando a los alumnos/as de Ed Infantil al mismo.

f) De forma excepcional, realizará labores de apoyo a Conserjería.

48

CAPÍTULO V: NORMAS PARA EL USO DE INSTALACIONES Y MATERIAL DIDÁCTICO.

V.1. Instalaciones. El centro dispone de los siguientes espacios:

� 10 aulas de Educación Infantil, seis de ellas dedicadas a la atención de los grupos correspondientes a esta etapa y las cuatro restantes para Religión Católica, Legua Inglesa, Psicomotricidad y usos múltiples.

� 18 aulas de Educación Primaria, dieciséis de las cuales están destinadas a los diferentes grupos de alumnos, y de las dos restantes, una de ellas es el aula de atención a alumnos con trastornos de espectro autista y otra para la realización de actividades plásticas.

� Aula de Informática � Aula de Religión (una para Ed Infantil y otra para Ed Primaria) � Aula de Act. Extraescolares. � Aula de Música. � Aula de Usos Múltiples. � Laboratorio. � Gimnasio � Biblioteca. � Sala de Profesores. � Comedor � Secretaría. � Despacho de Dirección. � Despacho de Jefatura de Estudios. � Seminarios de 1º. 2º y 3er Ciclo de Primaria. � Despacho de Orientador/ra. � Seminario de Audición y Lenguaje y Pedagogía Terapéutica. � Conserjería. � Almacén General. � Almacén de Secretaría. � Almacén de Ed. Infantil.

Horario de uso de los espacios comunes. Al principio de curso se establece un horario para la utilización de los espacios comunes del centro, asignando a cada tutoría unas horas semanales. Si un profesor desea utilizar un espacio común fuera del horario que le corresponde, consultará al profesor que tenga asignada esa hora para poder disponer de dicho espacio.

49

Normas de utilización.

a) El uso de las instalaciones y dependencias, cuando se trate de actos electorales, se regulará por la normativa específica del momento.

b) La utilización de los espacios del centro deberá tener como objetivo la realización de actividades educativas, culturales, deportivas u otras de carácter social, siempre que no contradigan los objetivos generales de la educación y respeten los principios democráticos de convivencia.

c) La utilización estará supeditada al normal desarrollo de la actividad docente y del funcionamiento del Centro, a su realización fuera del horario lectivo, y a la previa programación del centro. Además, siempre tendrá preferencia la utilización de los centros para realizar actividades dirigidas a niños o jóvenes que suponga ampliación de la oferta educativa.

d) Sin perjuicio de la facultad de la Comunidad de Madrid para disponer, por sí misma o en colaboración con otras entidades, sobre el uso de los centros docentes públicos y de la previa programación de la Dirección Provincial de otro tipo de actividades escolares o extraescolares, tendrán siempre prioridad las actividades que organice el Ayuntamiento.

e) La entidad organizadora comunicará con antelación a la Dirección del Centro los espacios que va a necesitar para la realización de las actividades.

f) No podrán utilizarse aquellas partes de las instalaciones reservadas a las tareas organizativas y jurídico – administrativas del profesorado, o aquellas otras que por sus especiales condiciones, no aconsejen su utilización por terceros.

g) La utilización se realizará fuera del horario lectivo y, en su caso, durante los fines de semana y período de vacaciones escolares, debiendo extremar los usuarios en estos casos la vigilancia del centro y el mantenimiento de las instalaciones.

h) Los usuarios serán responsables de:

- Asegurar el normal desarrollo de las actividades realizadas. - Adoptar las medidas oportunas en materia de vigilancia,

mantenimiento y limpieza de los locales e instalaciones, de modo que tales dependencias queden en perfecto estado para su uso inmediato posterior por los alumnos en sus actividades escolares ordinarias.

- Sufragar los gastos originados por la utilización de los locales e instalaciones, así como los gastos ocasionados por posibles deterioros, pérdidas o roturas en el material, instalaciones o servicios y cualquier otro que derive directa o indirectamente de la realización de tales actividades.

i) Los alumnos/as podrán utilizar las instalaciones para la realización de

actividades complementarias y extraescolares en los términos previstos en la Programación General Anual del centro y de acuerdo con las directrices elaboradas por el Consejo Escolar. La autorización correrá a cargo del Director/a del centro.

50

j) Los profesores, las asociaciones de padres, las asociaciones de

alumnos y el personal de administración y servicios podrán utilizar las instalaciones del centro para las reuniones propias de cada sector o vinculadas específicamente al centro. Solamente se precisará la comunicación previa al Director/a, con la antelación oportuna del calendario de las respectivas reuniones, el cual podrá modificarse si se deducen interferencias con actividades previamente ya programadas o que hayan sido organizadas por el propio Ayuntamiento. En todos los casos, la utilización será gratuita.

La utilización de las instalaciones por parte de otro centro docente público para sus actividades extraescolares o complementarias, corresponde autorizarla al Director/a, el cual deberá comunicarlo al Ayuntamiento.

k) Habrá que tener en cuenta de manera específica:

- Cuando el usuario sea el Ayuntamiento, será suficiente con la comunicación, con la debida antelación, al Director/a del Centro.

- Cuando los usuarios sean entidades, personas físicas o jurídicas u organismos legalmente constituidos, ajenos a la Comunidad educativa del Centro, o se trate de realizar actividades que no sean extraescolares y complementarias, ni reuniones propias, por parte de profesores, asociaciones de padres y alumnos, la solicitud se presentará al Ayuntamiento.

l) En el caso de generarse recursos por la utilización de las instalaciones,

estos se destinarán necesariamente al funcionamiento y mantenimiento del centro.

V.2. Material didáctico.

Cuando se crea un aula nueva, la dotación de dicha aula corre a cargo de la Comunidad de Madrid. También se adquirirá material didáctico a través de la dotación económica con que la Comunidad de Madrid dota a cada centro.

A principio de curso los profesores tutores y especialistas harán sus

peticiones al Secretario del centro para que éste las tenga en cuenta a la hora de elaborar el presupuesto.

El Secretario/a del centro es el responsable de realizar el inventario

general del centro, mantenerlo actualizado así como de custodiar y disponer la utilización de los medios informáticos y audiovisuales y del resto del material didáctico.

Sin embargo, para facilitar el funcionamiento del centro, se procurará en

la medida de lo posible, que otros profesores colaboren en esta labor y en

51

colaboración con el secretario/a y el Director/a se haga una adecuada gestión y control del mismo.

Normas para el uso y recogida de los materiales.

� Cada tutor dispondrá en su aula de tijeras, grapadora, taladradora... que guardará en el cajón de su mesa bajo llave al finalizar el curso así como otros materiales fungibles que le hayan sobrado como grapas, clips, tizas,...

� Cada aula dispone de PDI y proyector, los mandos y punteros quedarán también guardados bajo llave al finalizar el curso.

� Al finalizar el curso, se procurará que tanto el aula como el almacén queden ordenados desechando todo aquel material inservible

� El material fungible sobrante de cada nivel comprado por la cooperativa de padres irá pasando al nivel siguiente.

� En cuanto al mobiliario, cada aula está dotada de un número y tipo determinado de muebles según las edades, esto no se podrá alterar, salvo en casos muy excepcionales que serán consultados al secretario del centro.

� Las llaves serán entregadas al conserje al finalizar el curso. � Deberemos cuidar el buen uso de los materiales y crear hábitos en los

niños/as en este sentido.

V.3. Material informático.

Los equipos informáticos así como los materiales derivados de su uso serán responsabilidad del Coordinador de TIC. Este será el encargado de su mantenimiento y solución de posibles incidencias.

Será responsabilidad de cada profesor el buen uso de estos materiales y apagar correctamente los equipos cuando abandone el aula.

52

CAPÍTULO VI. Accidentes escolares.

En caso de heridas leves, los alumnos/as acudirán a conserjería, donde la auxiliar de la infancia hará una primera cura. Si hubiera la más mínima duda de que las heridas revisten cierta gravedad, se intentará siempre en primer lugar localizar a la familia para que sea ésta la que se haga cargo de su hijo/a. En caso de no localizar a la familia o que ésta no pudiera trasladarse al centro con la suficiente prontitud, se procederá a trasladar al niño/a al centro sanitario. Los desplazamientos que se realicen se harán siempre en vehículo público.

53

CAPÍTULO VII. ÓRGANOS Y FUNCIONES

VII. I. ÓRGANOS DE GOBIERNO. Las escuelas de Educación Infantil y los Colegios de Educación Primaria tendrán los siguientes órganos de gobierno: Órganos colegiados: Consejo escolar y Claustro de Profesores. Órganos Unipersonales: Directora, Jefe de Estudios y Secretario/a. VII.1.1. ORGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO. • CONSEJO ESCOLAR Carácter y composición El Consejo escolar es el órgano de participación de la Comunidad Educativa en el que están representados los padres/madres de los alumnos, el profesorado, el personal no decente y el Ayuntamiento. Su composición, elección, renovación, competencias y funcionamiento se encuentran regulados en el artículo 21 del Reglamento Orgánico de Centros. El Consejo escolar de este centro está compuesto por los siguientes miembros:

1. El director/a del centro que actúa como Presidente. 2. El jefe/a de Estudios. 3. El Secretario/a del centro que actúa como secretario/a del consejo con voz pero

sin voto. 4. Cinco profesores elegidos por el Claustro 5. Cinco representantes de padres o tutores legales de los alumnos/as. 6. Un representante de administración y servicios. 7. Un concejal o representante nombrado por el Ayuntamiento.

De los representantes de los padres o tutores legales de alumnos que componen el Consejo Escolar uno de ellos será designado por la asociación de padres. Podrán actuar como sustitutos aquellos candidatos que salieron elegidos, por orden de número de votos.

Competencias del Consejo Escolar. (Art. 27 de la LO MCE)

El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:

a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica. b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente. c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus

54

miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director. e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen. f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas. g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género. h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3. i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos. j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro. k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma. l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.» Régimen de Funcionamiento.

1. Las reuniones de consejo escolar se celebrarán en el día y horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros. Se ha acordado que se celebren alternativamente en horario de mañana (de 14: 00h a 15:00h) y de tarde (16:00h a 17:00h). 2. En las reuniones ordinarias, el director enviará a los miembros del consejo escolar, con una antelación mínima de una semana la convocatoria y la documentación que vaya a ser objeto de debate y, en su caso, aprobación. 3. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje. Esta convocatoria, dada su urgencia, podrá ser no escrita, pudiéndose realizar verbalmente. 4. El consejo escolar se reunirá como mínimo una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En este último caso, deberá transcurrir al menos, una semana, entre la entrega de la convocatoria y la celebración de la reunión.

55

En todo caso, será prescriptiva además una reunión al principio de curso y otra al final del mismo. 5. La asistencia a las sesiones del consejo escolar será obligatoria para todos sus miembros. 6. El consejo escolar adoptará los acuerdos por mayoría simple. salvo

en los siguientes casos:

a) Elección del director (ya derogado) y aprobación del presupuesto y de su ejecución, que se realizará por mayoría absoluta.

b) Aprobación del Proyecto educativo y del Reglamento de Régimen Interior, así como sus modificaciones, que se realizará por mayoría de dos tercios.(ya derogado)

c) Acuerdo de revocación de nombramiento del director, que se realizará por mayoría de dos tercios.

Comisiones del consejo escolar. Se formará una Comisión de Convivencia que estará formada por el Director/a, el Jefe /a de Estudios, un profesor y un padre, elegidos por cada uno de los sectores. Esta comisión, informará al consejo escolar sobre la aplicación de las normas de convivencia pudiendo actuar con carácter urgente en aquellos casos que la naturaleza de los hechos lo requiera., informando de ello con posterioridad al Consejo. Será su función resolver y mediar en los conflictos así como prevenirlos. Evaluación El consejo escolar evaluará su funcionamiento al finalizar el curso escolar, reflejándola en el memoria, para ello se tendrá en cuenta:

� Grado de participación de sus miembros. � Eficacia y agilidad en las sesiones. � Cumplimiento de los acuerdos. � Información adecuada.

• CLAUSTRO DE PROFESORES Carácter y composición. Es el órgano propio de participación de los maestros/as del Centro, está constituido por la totalidad de profesores/as que prestan servicio docente en él: tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre todos los aspectos docentes del mismo. Régimen de funcionamiento.

1. El claustro se reunirá como mínimo una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director/a o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. Será preceptiva, además, una sesión de Claustro al principio de curso y otra al final del mismo. Las sesiones se llevarán a cabo habitualmente los jueves en horario de obligada permanencia

56

pudiéndose continuar al siguiente día lectivo en el caso de no finalizar los temas.

2. La convocatoria la realizará el director/a del Centro y se dará a conocer a cada uno de los miembros del Claustro de forma individual por medio de correo electrónico con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.

3. Se intentará siempre que sea posible, que las decisiones sean tomadas por consenso, si no existiera consenso, las decisiones se determinarán por votación de las propuestas.

4. Para modificar las decisiones adoptadas en un Claustro, se necesitarán los 2/3 del total del mismo.

5. El voto será secreto siempre que lo pida un miembro del Claustro. 6. Se establece que siempre el primer día lectivo de cada curso se

celebrará un claustro sin necesidad de que sus miembros sean convocados.

Competencias del Claustro. (LOMCE) El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias: a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.

f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.

j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

57

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

VII.1.2. ORGANOS UNIPERSONALES. • EL DIRECTOR/A EL DIRECTOR/A. (LOMCE)

Competencias del director.

Son competencias del director:

a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.

c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro. f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la

resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley orgánica. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.

h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus competencias.

j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

58

k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar del centro.

l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley Orgánica.

m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.»

Selección del director.

1. La selección del director se realizará mediante un proceso en el que participen la comunidad educativa y la Administración educativa.

59

2. La selección y nombramiento de directores de los centros públicos se efectuará mediante concurso de méritos entre profesores y profesoras funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas encomendadas al centro.

3. La selección se realizará de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.»

Serán requisitos para poder participar en el concurso de méritos los siguientes:

a) Tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente.

b) Haber impartido docencia directa como funcionario de carrera, durante un período de al menos cinco años, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro a que se opta.

c) Estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado un curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, impartido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas. Las características del curso de formación serán desarrolladas reglamentariamente por el Gobierno. Las certificaciones tendrán validez en todo el territorio nacional.

d) Presentar un proyecto de dirección que incluya, entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo.

Procedimiento de selección.

1. Para la selección de los directores en los centros públicos, las Administraciones educativas convocarán concurso de méritos y establecerán los criterios objetivos y el procedimiento de selección, así como los criterios de valoración de los méritos del candidato y del proyecto presentado.

2. La selección será realizada por una comisión constituida, por un lado, por representantes de las Administraciones educativas, y por otro, en una proporción mayor del treinta y menor del cincuenta por ciento, por representantes del centro correspondiente. De estos últimos, al menos el cincuenta por ciento lo serán del Claustro del profesorado de dicho centro. Las Administraciones educativas determinarán el número total de vocales de las comisiones y la proporción entre los representantes de la Administración y de los centros. En cualquier caso, deberán dar participación en las comisiones a los Consejos Escolares de los centros.

La comisión actuará de acuerdo con lo indicado en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. La selección se basará en los méritos académicos y profesionales acreditados por los aspirantes, la valoración del proyecto de dirección, y la experiencia y valoración positiva del trabajo previo desarrollado como cargo directivo y de la labor docente realizada como profesor o profesora. Se valorará de forma especial la experiencia previa en un equipo directivo, la situación de servicio activo, el destino, trabajo previo y labor docente desarrollada en el centro cuya dirección se solicita, así como, en su caso,

60

haber participado con una valoración positiva en el desarrollo de las acciones de calidad educativa reguladas en el apartado 4 del artículo 122 de esta Ley Orgánica, o en experiencias similares.»

Nombramiento.

1. La Administración educativa nombrará director del centro que corresponda, por un período de cuatro años, al aspirante que haya sido seleccionado en el procedimiento regulado en el artículo anterior.

2. El nombramiento de los directores podrá renovarse, por períodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de los mismos. Los criterios y procedimientos de esta evaluación serán públicos y objetivos e incluirán los resultados de las evaluaciones individualizadas, a que hace referencia el artículo 144, realizadas durante su mandato, que, en todo caso, considerarán los factores socioeconómicos y socioculturales del contexto y el seguimiento de la evolución en el tiempo. Las Administraciones educativas podrán fijar un límite máximo para la renovación de los mandatos.

• EL JEFE DE ESTUDIOS. Designación y nombramiento El jefe de estudios será maestro, funcionario de carrera en situación de servicio activo, con destino definitivo en el centro, designado por el Director/a, previa comunicación al Consejo Escolar, y nombrado por el Director/a Territorial. Todas las incidencias relativas a este punto se recogen en el art. 33 del R.D. 82/1996 de 26 de enero. Funciones del Jefe de Estudios.

a) Ejercer por delegación del Director/a y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.

b) Sustituir al director/a en caso de ausencia o enfermedad. c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y

complementarias de maestros y alumnos en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y, además velar por su ejecución.

d) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.

e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo. f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador

del centro, conforme al plan de acción tutorial. g) Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el centro de

profesores y recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.

61

h) Organizar los actos académicos. i) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar,

especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.

j) Participar en la elaboración de la propuesta del proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del Equipo Directivo.

k) Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios fijados por el Consejo Escolar.

l) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

m) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director/a dentro del ámbito de su competencia.

Cese del Jefe de Estudios. El cese del Jefe de Estudios tendrá lugar y se regulará por lo dispuesto en el art. 36 del R.D. 82/1996 de 26 de enero. • EL SECRETARIO/A Designación y nombramiento. El secretario/a ser maestro, funcionario de carrera en situación de servicio activo, con destino definitivo en el centro, designado por el Director/a Territorial. Todas las incidencias relativas a este punto se recogen en el art.33 del R.D. 82/1996 de 26 de enero. Funciones del Secretario/a

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del Director/a.

b) Actuar como Secretario/a de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director/a.

c) Custodiar los libros y archivos del centro. d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados. e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado. f) Custodiar y disponer la utilización de los medios informáticos, audiovisuales y

del resto del material didáctico. g) Ejercer, por delegación del Director/a y bajo su autoridad, la jefatura del

personal de administración y de servicios adscrito al centro. h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro. i) Ordenar el el régimen económico del centro, de conformidad con las

instrucciones del Director/a, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.

62

k) Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director/a

l) Cualquier otra función que le encomiende el Director/a dentro de su ámbito y competencia.

Cese del Secretario/a. El cese del Secretario/a tendrá lugar y se regulará por lo dispuesto en el art 36 del R.D. 82/1996 de 26 de enero. Sustitución de los miembros del Equipo Directivo. En caso de ausencias o enfermedad del Director/a se hará cargo provisionalmente de sus funciones el Jefe de Estudios. En caso de ausencia o enfermedad del Jefe de estudios o del Secretario/a, se hará cargo provisionalmente de sus funciones el maestro que designe el Director/a, que informará de su decisión al Consejo Escolar.

VII.2. ORGANOS DE COORDINACIÓN DIDÁCTICA. VII.2.1. COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA. Orden3622/2014 de 3 de diciembre. La Comisión de Coordinación Pedagógica es el órgano que coordina la actividad académica y lectiva el centro. Composición. La Comisión de Coordinación Pedagógica estará formada por los siguientes miembros: a) El director del centro, que será su presidente. b) El jefe de estudios. c) Los coordinadores del segundo ciclo de Educación Infantil, de los cursos primero a tercero y de cuarto a sexto de Educación Primaria. d) El coordinador de las tecnologías de la información y la comunicación. e) El orientador que tenga asignado el centro. En el caso de existir proyecto bilingüe, podrá incorporarse a la Comisión de Coordinación Pedagógica el coordinador del mismo. Funciones. Las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica son las siguientes: a) Establecer las directrices generales para elaborar las programaciones docentes. b) Fomentar la participación del centro en proyectos educativos. c) Impulsar planes para la mejora del rendimiento académico.

63

D )Elaborar el procedimiento a seguir en la detección y atención a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo. e) Informar al consejo escolar sobre sus actividades en la memoria final. f) Cualquier otra que se determine en el ámbito de la autonomía de los centros. Reglas de funcionamiento: La Comisión de Coordinación Pedagógica se reúne una vez al mes, previa convocatoria de la Directora. A cada reunión se llevan las propuestas surgidas en las reuniones de tramo y se organizan y resuelven en conjunción con los otros tramos educativos. Así mismo, de esta misma reunión surgen informaciones que deben ser debatidas en los ciclos o niveles. También se valora el desarrollo de los Proyectos Educativos y Proyectos curriculares. VII.2.2. EQUIPOS DOCENTES.Orden3622/2014 de 3 de diciembre. Los maestros que imparten docencia en el segundo ciclo de Educación Infantil formarán parte del equipo docente de Educación Infantil. El coordinador será un maestro del ciclo, preferentemente con destino definitivo y horario completo en el centro, designado por el director a propuesta del jefe de estudios. Su nombramiento tendrá una duración de dos años académicos prorrogables hasta cuatro años a criterio de la dirección del centro. Los maestros que imparten Educación Primaria constituirán dos equipos docentes: El primero estará integrado por los maestros que impartan docencia en los tres primeros cursos y el segundo, en los tres últimos cursos de la etapa. Los maestros especialistas que no ejerzan la función de maestros tutores se adscribirán al equipo en el que impartan más horas de docencia. Cada uno de los dos equipos docentes de Educación Primaria tendrá un coordinador designado por el director a propuesta del jefe de estudios. Este coordinador será un maestro preferentemente con destino definitivo y horario completo en el centro. Su nombramiento tendrá una duración de dos años académicos prorrogables hasta cuatro años a criterio de la dirección del centro. El jefe de estudios podrá organizar los equipos docentes en grupos más reducidos para una mayor eficiencia de los mismos, en virtud de la autonomía organizativa y del número de unidades de cada centro. Las funciones de los equipos docentes de Educación Infantil y de Educación Primaria son las siguientes: a) Establecer criterios comunes respecto a los contenidos mínimos exigibles y competencias que debe alcanzar el alumno para superar cada uno de los cursos. b) Desarrollar y evaluar medidas organizativas y académicas para atender a la diversidad de los alumnos. c) Colaborar en las evaluaciones determinadas por la Administración educativa.

64

d) Analizar y valorar los resultados académicos alcanzados por los alumnos en los procesos de evaluación interna y en las evaluaciones determinadas por la Administración educativa, y en su caso, establecer planes de mejora. e) Colaborar en la elaboración de las normas de convivencia y de conducta dentro del plan de convivencia. f) Cualquier otra función asignada por el jefe de estudios en el ámbito de su competencia. Las funciones de los coordinadores de los equipos docentes son las siguientes: a) Convocar y presidir las reuniones del equipo docente, establecer el orden del día y levantar acta de los acuerdos alcanzados. b) Elevar a la Comisión de Coordinación Pedagógica las propuestas organizativas y académicas formuladas por el equipo docente. c) Proponer planes de formación al jefe de estudios. d) Coordinar los planes de mejora de los resultados académicos de las evaluaciones. e) Organizar actividades complementarias y extraescolares. f) Cualquier otra función asignada por el jefe de estudios en el ámbito de su competencia. VII.2.3. TUTORES. Orden 3622/2014 de 3 de diciembre 1. Cada grupo de alumnos tendrá un maestro tutor designado por el director, a propuesta del jefe de estudios. El nombramiento recaerá, con carácter preferente, en aquel maestro que imparta más horas de docencia en el grupo. 2. El maestro tutor coordinará la acción educativa de todos los maestros que intervienen en la enseñanza de un grupo, presidirá las sesiones de evaluación que celebren los maestros de dicho grupo, propiciará la cooperación de los padres o tutores legales en la educación de los alumnos y les informará sobre la marcha del aprendizaje de sus hijos. Asimismo, orientará y velará por el cumplimiento del plan de convivencia y de las normas de conducta establecidas por el centro. 3. Cada grupo de alumnos podrá tener el mismo maestro tutor durante dos años consecutivos, prorrogables a un tercero, siempre con el visto bueno del director del centro. El tutor es el responsable de un grupo de alumnos. Funciones como responsable de un grupo de alumnos.

a) Llevar a cabo el Plan de Acción Tutorial.

65

b) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.

c) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas. d) Atender y cuidar a los alumnos en las actividades de recreo según

instrucciones en la O.M. 29 de junio de 94 en su artículo 79. e) Informar a los alumnos de todo aquello que les concierna en relación

con las actividades docentes y el rendimiento académico. f) Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos. g) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo y

adoptar la decisión que proceda a cerca de la promoción de los alumnos de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres o tutores legales.

Funciones como responsable del alumno individualmen te.

a) Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos. Para proceder a la adecuación personal del currículo.

b) Realizar entrevistas con cada alumno individualmente siempre que sea necesario.

c) Informar individualmente a cada alumno tanto en relación con las actividades docentes como en cuanto a su rendimiento académico.

Funciones de coordinación con los demás maestros de l grupo.

a) Coordinar y convocar las reuniones con todos los profesores que inciden en su grupo de alumnos.

b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo y adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos de un ciclo a otro, de forma coordinada con el resto de los maestros que inciden en su grupo de alumnos.

c) Facilitar la cooperación educativa de todos los maestros del grupo de alumnos.

d) Coordinar el ajuste de las programaciones al grupo de alumnos, especialmente en lo referente a las respuestas educativas ante necesidades especiales y/o de apoyo.

Funciones de coordinación con el Equipo Directivo.

a) Los tutores tendrán como representantes a los coordinadores de ciclo en la Comisión Pedagógica lo que fomentará la comunicación bidireccional entre ellos y el Equipo Directivo.

b) El Jefe de Estudios coordinará el trabajo de los tutores y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el buen funcionamiento de la acción tutorial.

c) A modo individual y siempre que lo consideren necesario podrán hacer llegar sus propuestas al equipo directivo de manera directa.

d) Colaborar con el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica en los términos que establezca la Jefatura de Estudios.

Funciones en relación con las familias del equipo d e alumnos.

66

a) Informar a los padres de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.

b) Contribuir al establecimiento de relaciones fluidas con los padres que faciliten la conexión entre el Centro y las familias.

c) Implicar a los padres en actividades de apoyo al aprendizaje y orientación de sus hijos.

Mecanismos de coordinación entre estos órganos.

a) Los tutores que forman parte de un nivel se reunirán al menos quincenalmente con el fin de evaluar las programaciones de aula y organización de las actividades complementarias y extraordinarias.

b) Los tutores participarán en las reuniones de equipo de ciclo, para fomentar la coordinación entre los niveles del ciclo, según las competencias que tienen asignadas así como analizar el seguimiento y revisión del proyecto curricular de ciclo.

c) Los tutores, a través del coordinador o coordinadora de ciclo llevarán sus propuestas a la Comisión Pedagógica.

VII.2.4. COORDINADOR DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN (TIC).

a) Coordinar y dinamizar la integración curricular de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el centro.

b) Elaborar propuestas para la organización y gestión de los medios y recursos tecnológicos del centro, así como velar por su cumplimiento.

c) La supervisión de la instalación, configuración y desinstalación del software de finalidad curricular.

d) Asesorar al profesorado sobre materiales curriculares en soportes multimedia, su utilización y estrategia de incorporación a la planificación didáctica.

e) Realizar el análisis de necesidades del centro en materia de las TICs. f) Colaborar en las estructuras de coordinación del ámbito de las

Tecnologías de la Información y la Comunicación que se establezcan, a fin de garantizar actuaciones coherentes del centro y poder incorporar y difundir iniciativas valiosas en la utilización didáctica de las TICs.

g) Colaborar con el Centro de Apoyo al Profesorado de su zona territorial en la elaboración de un itinerario formativo del centro que dé repuesta a las necesidades que, en este ámbito, tiene el profesorado.

67

CAPÍTULO VIII: NORMAS GENERALES DE ORDEN Y CONVIVENCIA.

VIII. 1. Principios generales para la convivencia d e toda la comunidad educativa.

1. Conseguir que todos los miembros de la Comunidad educativa (familias, profesores, alumnos y personal no docente) convivamos en un clima de tolerancia y respeto mutuo evitando discriminaciones de todo tipo.

2. Crear un clima de participación y confianza en el centro que permita a todos sus miembros resolver los posibles conflictos mediante el diálogo y el entendimiento.

3. Ser capaces de sentir el centro, sus instalaciones y materiales, como algo nuestro, valorándolo y cuidándolo.

4. Alcanzar un nivel tal de auto responsabilidad y convivencia que haga innecesaria la utilización de medidas disciplinarias.

5. Emplear siempre medidas correctivas con carácter educativo utilizando el diálogo.

De estos principios, se desprenden las siguientes normas básicas de convivencia que creemos deben regir en nuestro centro.

VIII. 2. Normas básicas de convivencia. VIII.2.1. ALUMNOS/AS

- Asisto a clase todos los días salvo causas justificadas. - Llego puntual a las clases y a cualquier actividad

programada por el centro. - Mantengo una actitud correcta en clase y no traigo móvil ni

cualquier objeto que pueda distraerme a mi o a mis compañeros.

- Respeto la autoridad del profesor/a y demás personal no docente del centro tanto dentro de la clase como en el resto del recinto escolar.

- Muestro una actitud correcta hacia mis compañeros, respeto sus diferencias y en ningún caso hago uso de la violencia física ni verbal.

- Realizo regularmente los trabajos que los profesores/as me mandan hacer fuera de las horas de clase, esforzándome por ser cada vez más autónomo en mis actividades de aprendizaje y de cuidado personal.

68

- Cuido y respeto las instalaciones del centro así como todos los materiales que éste pone a mi disposición y recojo cuando termino de usarlos.

VIII.2.2. PROFESORES/AS.

- Acordar con mis alumnos las normas que deben regir la convivencia en el aula.

- Mantener una relación fluida con las familias, basada en el respeto mutuo.

- Compartir mis experiencias didácticas con mis compañeros y enriquecerme con sus ideas.

- Fomentar la integración de todos los niños tanto en su grupo como en el centro, respetando sus diferencias y adaptándome a sus necesidades.

- Intervenir y mediar en los conflictos que surgen entre los alumnos dialogando con ellos y haciéndoles recapacitar sobre lo sucedido, tanto en el aula como en los que sucedan en otros espacios comunes (patio, pasillos,…)

- Fomentar en los alumnos hábitos de cuidado y orden de los materiales e instalaciones del centro.

VIII.2.3. FAMILIAS.

- Valorar la labor de los maestros de mi hijo/a respetando sus decisiones y hablando directamente con él, cuando no las comparto.

- Respetar las normas del centro y del aula, colaborar en la medida de mis posibilidades en su buen funcionamiento.

- Valorar y respetar la labor de todo el personal no docente del centro.

- Valorar y respetar a los compañeros/as de mi hijo/a y a las demás familias.

- Trabajar coordinadamente con la escuela para favorecer la educación del niño/a.

VIII.2.4. PERSONAL NO DOCENTE.

- Respetar las normas del centro y del aula colaborando en la medida de lo posible a su buen funcionamiento.

- Fomentar en los alumnos/as hábitos de cuidado y orden - Valorar y respetar la labor del personal docente del centro. - Tratar con respeto a las familias que acuden al centro.

69

CAPÍTULO IX: NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.

IX.1. Durante las entradas y salidas. PROFESORES.

1. A la hora de entrar, esperan a los alumnos/as en el aula, respetando el horario establecido.

2. En Educación. Infantil a la hora de salir, cinco minutos antes, forman la fila en el lugar indicado y esperan a que los padres entren a recogerlos. Si no vienen a recoger a algún niño, lo llevan a Dirección, comunicándolo a algún miembro del equipo directivo.

3. En Ed. Infantil, no atenderán a padres a la entrada pues retrasaría el comienzo de las clases y se descuidaría la atención a los niños.

4. Velarán porque los niños entren y salgan en orden a las aulas. 5. A principio de curso leerán con sus alumnos las normas del

centro y las retomarán siempre que haga falta. ALUMNOS.

1. Entro en el colegio y me pongo en la fila esperando que lleguen mis compañeros y no vuelvo a salir aunque la puerta siga abierta.

2. Nunca salgo del centro si no han venido a buscarme o no tengo autorización para salir sólo.

3. Cuando me desplazo por los pasillos lo hago sin correr ni gritar para no molestar a los demás.

4. Permaneceré en el pasillo sólo el tiempo necesario. FAMILIAS.

1. A la hora de entrar, no pasarán al patio, despidiéndose de sus hijos en la puerta de la valla, exceptuando a los alumnos nuevos, que tendrán un período de adaptación.

2. Dejarán libre la puerta, sin obstaculizar el paso de los niños. 3. Si tienen algo urgente que comunicar al tutor de su hijo lo harán

mediante una nota escrita que el niño entregará a su profesor/a o pasarán por secretaría y un miembro del equipo directivo se lo hará llegar al tutor correspondiente. También pueden hacerlo telefónicamente.

4. En educación infantil, deberán comunicar al tutor/ra del centro si no va a venir a buscar a su hijo/a la persona habitual.

5. A la salida sí podrán entrar al patio a recogerles, respetando los espacios reservados para las filas y colocándose a una distancia prudencial respecto a éstas.

6. Podrán traer a los niños fuera del horario siempre que sea una causa justificada.

70

7. Si desean recoger al niño/a antes de la hora de salida, es conveniente que lo avisen para que el tutor tenga al niño/a preparado/a.

8. Si no llegaran puntuales a la hora de salir, recogerán al alumno/a en dirección.

CONSERJE.

1. Abrirá y cerrará las puertas en el horario determinado previamente o cuando haya una salida extraescolar programada.

2. Permanecerá en la puerta durante el tiempo de entrada y salida.

IX. 2. En el recreo. PROFESORES.

1. A la hora establecida, saldrán al patio con su fila, intentando ser puntuales, sobre todo si le toca el turno de vigilancia.

2. No abandonará el patio hasta que no estén los profesores encargados ese día de la vigilancia.

3. Cuando sea la hora de entrar a las aulas, mandarán a los niños recoger el material del patio y se colocarán en el lugar indicado para formar la fila y entrar a clase.

4. Velarán por que los niños respeten las normas establecidas para el patio y las retomarán en el aula siempre que sea necesario.

5. Cumplirán sus turnos de vigilancia y permanecerán en su puesto correspondiente según lo establecido en claustro.

6. Cuando se produzca alguna ausencia de un profesor que le tocara el turno de vigilancia, se procederá según lo establecido por la Jefatura de Estudios.

ALUMNOS.

1. Acudirán a la fila cuando suene la sirena. 2. No permanecerán en el pasillo o en los aseos más tiempo del necesario. 3. No entrarán en los aseos con materiales de juego del patio. 4. Ningún alumno permanecerá en el aula sin la presencia del profesor. 5. Mantendrán limpio el patio, utilizando las papeleras. 6. En el juego, intentarán no molestar al resto de sus compañeros,

respetando los espacios y materiales determinados para cada actividad. 7. Los juegos no deben suponer riesgo para ellos mismos o para los

demás. 8. Atenderemos las indicaciones de cualquier profesor del centro.

71

FAMILIAS.

- Por la seguridad de los niños/as y para ayudarles en su adaptación, no acudirán a ver a los niños a la verja durante el tiempo del recreo.

IX 3. En el aula. PROFESORES.

- Los intercambios se harán puntualmente, evitando que los niños permanezcan solos. Si no fuera posible, avisará al profesor del aula más cercana para que esté pendiente mientras se produce el cambio.

- El profesor, antes de salir, se asegurará de que la clase queda recogida, la luz y el ordenador apagado...

- Procurará mantener en el aula un ambiente que haga posible el aprendizaje, intentando, en la medida de lo posible, no molestar al resto de las clases.

ALUMNOS.

- Mantendrán el aula en orden, respetando los materiales. - Aprenderán a intervenir respetando el turno de palabra. - Participarán en las actividades que se desarrollen,

respetando las intervenciones y aportaciones de todos los compañeros y profesores

PADRES.

- Se atendrán a las normas establecidas por el profesor/a en el aula.

IX.4. En los aseos. ALUMNOS.

- Se respetarán sus instalaciones, utilizándolas adecuadamente.

- Se hará un uso adecuado del agua evitando su derroche. - El papel de secarnos las manos se tira en la papelera y el

del pis y la caca en el váter.. - Los cubos y las palas no se llevan a los aseos.

PROFESORES.

- Vigilarán que los alumnos no permanezcan en ellos más de lo necesario, recriminando a aquellos que no respeten la norma.

72

IX.5. Retrasos y ausencias de los alumnos. FAMILIAS.

- Podrán traer a sus hijos al centro fuera del horario de entrada siempre que lo justifiquen.

- Siempre que sea posible, avisarán si van a recoger a su hijo/a antes de la hora establecida.

- Ante un imprevisto avisarán, siempre que sea posible, si se van a retrasar a la hora de recogerlo.

PROFESORES.

- Remitirán mensualmente el parte de faltas de su grupo al Jefe de Estudios.

- Comunicarán a Dirección los casos de ausencias continuadas sin justificación.

- Si no vienen a recoger a algún niño/a lo llevará a Dirección.

IX. 6. En el comedor. PERSONAL ENCARGADO.

- Intervenir en los conflictos dialogando con los implicados. - Velar por el buen uso de los materiales didácticos y

utensilios de cocina. - Vigilar en tiempo de recreo por que cumplan las mismas

normas que se han establecido para el horario lectivo del centro

- Lo mismo con los aseos - Comunicar a los tutores correspondientes o al equipo

directivo las posibles conductas graves de algunos niños/as

- Intentar en lo posible que haya un ambiente tranquilo. - Atender a las necesidades de aseo de los niños/as. - Formar las filas a la hora indicada para la recogida por los

padres, asegurándose de que todos llevan sus pertenencias personales y las circulares del centro.

- ALUMNOS.

- Me lavo las manos antes y después de comer. - Utilizo correctamente los cubiertos. - Como sentado correctamente, sin levantarme, sin gritar ni

molestar a mis compañeros. - Respeto y obedezco a las vigilantes.

73

FAMILIAS.

- Respetarán los horarios establecidos y si necesitaran recoger a su hijo antes de la hora, lo comunicarán al personal encargado del comedor o telefónicamente al centro.

- Respetarán las normas establecidas en secretaría en cuanto al funcionamiento administrativo (Anexo 2)

IX.7. Espacios compartidos con AMPA y Ayuntamiento.

- Cuando sea necesario compartir espacios del centro con

otros organismos siempre será fuera del horario lectivo y quedará regulado directamente por el equipo directivo con estos organismos.

- Durante el tiempo que duren estas actividades serán las personas encargadas de impartirlas, las responsables de hacer cumplir las normas del centro tanto a padres como a alumnos respecto a uso de instalaciones, de materiales y de entrada y salida de alumnos.

- El personal del centro, no se hace responsable de los posibles incidentes que puedan ocurrir.

IX.8. Pago de los materiales fungibles de uso común.

A comienzo de curso se abrirá una cuenta a nombre de representantes de las familias de cada nivel donde éstas realizarán un pago en concepto de material escolar fungible. En el caso de que haya saldo en esta cuenta al finalizar el curso o el ciclo, a los alumnos de nueva incorporación y a los alumnos que no han promocionado se les pedirá la parte proporcional del dinero con el que parten en el nuevo curso y/o ciclo. Así mismo, a aquellas familias que causen baja en el centro y a los alumnos que no promocionen se les reintegrará la parte proporcional del saldo que haya quedado en su cooperativa. En dirección habrá un listado de materiales fungibles necesarios en cada nivel para poder realizar las actividades programadas. A las familias que manifiesten su deseo de no contribuir con su cuota a esta cuenta común, se le pedirá que entregue al tutor de su grupo dicho material.

74

CAPÍTULO X: PROCEDIMIENTO ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS.

X.1. Criterios para la adopción de sanciones:

En la adopción de sanciones disciplinarias y de medidas provisionales, se deberán tener en cuenta los siguientes criterios generales: a) La imposición de sanciones tendrá finalidad y carácter educativo, y procurará la mejora de la convivencia en el centro. b) Se deberán tener en cuenta, con carácter prioritario, los derechos de la mayoría de los miembros de la comunidad educativa y los de las víctimas de actos antisociales, de agresiones o de acoso. c) No se podrá privar a ningún alumno de su derecho a la educación obligatoria. d) No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física y la dignidad personal del alumno. e) Se valorarán la edad, situación y circunstancias personales, familiares y sociales del alumno, y demás factores que pudieran haber incidido en la aparición de las conductas o actos contrarios a las normas establecidas. f) Se deberán tener en cuenta las secuelas psicológicas y sociales de los agredidos, así como la alarma o repercusión social creada por las conductas sancionables. g) Las sanciones deberán ser proporcionales a la naturaleza y gravedad de las faltas cometidas, y deberán contribuir a la mejora del clima de convivencia del centro.

X.2. Medidas educativas y preventivas.

Se deben adoptar las medidas educativas y preventivas necesarias, entre las que se destacan las siguientes:

• La comunicación constante del profesorado, particularmente de los profesores tutores, con los padres de alumnos.

• Reforzar los cauces existentes para la participación del alumnado de modo que sus opiniones puedan ser adecuadamente expuestas. (asambleas, elección de delegados, encargados de aula,…)

• Favorecer la asunción de las normas de convivencia por todos los sectores de la comunidad educativa.

75

• Fomentar el aprendizaje y la práctica de conductas de responsabilidad y de respeto, y de exigencia de cumplimiento de deberes y ejercicio de los derechos de cada cual.

Los profesores de cada grupo, coordinados por el tutor, constituyen el equipo educativo responsable, en primera instancia, de la prevención de los conflictos y de las normas de convivencia en el aula.

Todo aquello que contribuye a que mejore el clima general y la convivencia en el Centro puede considerarse una medida preventiva. Por ejemplo:

• La adecuación de la oferta educativa del Centro (proyecto

educativo, tratamiento de la diversidad, etc.)

• El fomento de la participación del alumnado y de todos los

miembros de la comunidad educativa.

• La mejora de la labor tutorial y orientadora en el centro.

• El establecimiento de procedimientos que aumenten la

comunicación, la reflexión y la intervención de los equipos docentes.

• La aplicación flexible y no rutinaria de las normas.

X.3. El papel del profesorado en la prevención de conflictos

Para todo alumno la adquisición de habilidades para convivir es también un proceso de aprendizaje por el que incorpora una serie de rutinas, hábitos y conductas a lo largo de su desarrollo personal. Las habilidades para la convivencia, como cualquier otra capacidad o contenido curricular, pueden ser objeto de enseñanza en el marco habitual de actividades en el aula. Enseñar habilidades para la convivencia y educar en la convivencia suponen adoptar estilos de enseñanza basados en la escucha, el diálogo, el acuerdo, y en su caso el pacto, sobre los objetivos educativos que se quieren alcanzar, que deben ser compartidos por alumnos y profesores. Un estilo dialogante de enseñanza, por otro lado, requiere también como condición que el centro escolar, en el funcionamiento de todos sus órganos, incorpore el diálogo, los acuerdos y la revisión de los mismos como parte de sus procesos y rutinas de trabajo. Para que el alumnado se co-responsabilice del desarrollo y puesta en práctica de las normas de convivencia es imprescindible lograr que se impliquen de

76

manera activa en su elaboración, y hacer, por otro lado, que el respeto de las normas sea exigible a todos los miembros de la comunidad educativa. El docente, como profesional con un alto nivel de cualificación, debe plantearse como una más de sus funciones el contribuir, mediante el análisis reflexivo y la búsqueda de alternativas educativas, a crear y mantener un clima de convivencia adecuado en el centro.

X. 4. Clasificación de las faltas de disciplina y sanciones.

Se considerarán faltas de disciplina aquellas conductas que infrinjan

las normas de convivencia del centro. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves. X.4.1.Faltas leves. Partiendo de las normas básicas de convivencia que los alumnos y alumnas del colegio deben cumplir (Capítulo VIII.2.1), serán consideradas faltas leves:

- El retraso en la incorporación a clase tres veces durante el mismo mes, entendiendo por tal el hacerlo después de las 9:10h.

- La acumulación de tres avisos por:

• No haber realizado las tareas que el profesor haya mandado.

• No traer a clase los materiales necesarios.

• No cuidar ni ordenar los materiales de uso común.

• Molestar o interrumpir de forma continua sin atender las instrucciones del docente ni las normas establecidas.

• Desplazarse corriendo o gritando por el centro.

• Mostrar falta de consideración leve hacia los iguales.

Las faltas leves se corregirán de forma inmediata. Las sanciones ante este tipo de faltas podrán ser las siguientes: a) Amonestación verbal o por escrito. b) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata.

77

c) Permanencia en el centro después de la jornada escolar. d) La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado hasta la finalización de la jornada. e) La realización de tareas o actividades de carácter académico. X.4.2.Faltas graves Se califican como faltas graves las siguientes: a) Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del tutor, no estén justificadas. b) Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio. c) Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros u otros miembros de la comunidad escolar. d) Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro. e) Los daños causados en las instalaciones o el material del centro. f) Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa. g) La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las Normas de Conducta. h) Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal desarrollo de la actividad escolar que no constituya falta muy grave, según el presente Reglamento. i) La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas leves. j) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve.

Las faltas graves se corregirán con las siguientes sanciones :

a) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata. b) Permanencia en el centro después del fin de la jornada escolar. c) Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados, o dirigidas a mejorar el entorno ambiental del centro. d) Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de un mes. e) Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos. f) Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos.

Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones previstas en las letras d), e) y f) del apartado anterior, durante el tiempo que dure la sanción, el alumno realizará las tareas o actividades que determine el profesorado que le imparte clase. X. 4. 3. Faltas muy graves.

Son faltas muy graves las siguientes:

78

a) Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes, cometidos hacia los Profesores y demás personal del centro. b) El acoso físico o moral a los compañeros. c) El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales contra los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa. d) La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. e) La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones cometidas. f) Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las instalaciones, materiales y documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. g) La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos académicos. h) El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos o sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. i) La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y, en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta. j) La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves. k) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave.

Las faltas muy graves se corregirán con las siguientes sanciones :

a) Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo, que podrán contribuir al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados. b) Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de tres meses. c) Cambio de grupo del alumno. d) Expulsión de determinadas clases por un período superior a seis días e inferior a dos semanas. e) Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e inferior a un mes. f) Cambio de centro, cuando no proceda la expulsión definitiva por tratarse de un alumno de enseñanza obligatoria. g) Expulsión definitiva del centro.

Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones previstas en las letras b), d) y e) del apartado anterior, el alumno realizará las tareas y actividades que determine el profesorado que le imparte clase.

La aplicación de las sanciones previstas en las letras f) y g) del apartado 2 se producirá cuando la gravedad de los hechos cometidos y la presencia del alumno que los cometa en el centro supongan menoscabo de los derechos o de la dignidad para otros miembros de la comunidad educativa.

79

Asimismo, se adoptará esta sanción en caso de agresión física, amenazas o insultos graves a un Profesor.

La sanción prevista en la letra f) procederá en el caso de alumnos de enseñanza obligatoria, y hasta el curso en que cumpla dieciocho años de edad. En ese supuesto, la Consejería de Educación realizará el cambio de centro, garantizándole un puesto escolar en otro centro público o sostenido con fondos públicos, con los servicios complementarios que sean necesarios. El Director del centro elevará petición razonada ante el Director de Área Territorial, quien tramitará esta propuesta en el plazo máximo de cinco días hábiles. El alumno que sea cambiado de centro deberá realizar las actividades y tareas que se determinen, y que se desarrollarán en la forma en que se articule conjuntamente por los equipos directivos de los dos centros afectados.

X. 5. Órganos competentes para la adopción de sanciones. Para determinar la aplicación de sanciones correspondientes

a la comisión de una falta leve serán competentes: a) Los Profesores del alumno, dando cuenta de ello al tutor y al Jefe de Estudios. b) El tutor del grupo, dando cuenta al Jefe de Estudios. c) Cualquier Profesor del centro dando cuenta al tutor del grupo y al Jefe de Estudios.

En la aplicación de las sanciones previstas para las faltas graves serán competentes: a) Los Profesores del alumno, para las sanciones establecidas en las letras a), b) y c) del apartado X.4.2. b) El tutor del alumno, para las sanciones establecidas en las letras b) y c) del apartado X.4.2. c) El Jefe de Estudios y el Director, oído el tutor, las previstas para la letra d) del apartado X.4.1. d) El Director del centro, oído el tutor, podrá establecer las sanciones de las letras e) y f) del apartado X.4.2.

La sanción de las faltas muy graves corresponde al Director del centro.

X. 6. Circunstancias atenuantes y agravantes.

Para la graduación de las sanciones se apreciarán las circunstancias atenuantes o agravantes que concurran en el incumplimiento

80

de las normas de conducta.

Se considerarán circunstancias atenuantes:

a) El arrepentimiento espontáneo. b) La ausencia de intencionalidad. c) La reparación inmediata del daño causado.

Se considerarán circunstancias agravantes:

a) La premeditación y la reiteración. b) El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas, de menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro. c) Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al centro. d) Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por padecer discapacidad física o psíquica, o por cualquier otra condición personal o circunstancia social. e) Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro de la comunidad educativa.

X. 7. Comisión de convivencia del Consejo Escolar.

En orden a la mayor eficacia en el cumplimiento de sus cometidos y funciones en aquella materia, por el Consejo Escolar del centro se constituirá la Comisión de convivencia. Formarán parte de ella al menos el Director, el Jefe de estudios, un profesor, un padre de alumno y, cuando el alumnado tenga representación en el Consejo Escolar, un alumno, y podrá actuar presidida por el Jefe de Estudios por delegación al efecto del Director del centro. Los componentes de la Comisión se elegirán de entre los miembros del Consejo Escolar por los sectores del mismo. X.7.1. Competencias de la Comisión de Convivencia. Estarán entre sus competencias las siguientes: a) Promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia, el respeto, la tolerancia, el ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes, así como proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro. b) Proponer el contenido de las medidas a incluir en el Plan de Convivencia del centro. c) Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la observancia de las Normas de Conducta. d) Evaluar periódicamente la situación de convivencia en el centro y los resultados de aplicación de las Normas de Conducta. e) Informar de sus actuaciones al Claustro de Profesores y al

81

Consejo Escolar del centro, al menos dos veces a lo largo del curso, así como de los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas.

X. 8. Procedimiento sancionador. X.8. 1. Procedimiento ordinario. Ámbito de aplicación del procedimiento ordinario.

El procedimiento ordinario es el que se aplicará con carácter general respecto de las faltas leves, así como a las graves cuando, por resultar evidentes la autoría y los hechos cometidos, sea innecesario el esclarecimiento de los mismos.

Podrá también sustanciarse el procedimiento ordinario en relación con

las faltas muy graves en caso de ser flagrante la falta y, por tanto, resulten evidentes la autoría y los hechos cometidos, siendo innecesario el esclarecimiento de los mismos y la realización de los actos de instrucción previstos en el procedimiento especial. No obstante, si quien vaya a imponer la sanción considera que es de aplicación alguna de las sanciones de las letras f) y g) correspondientes al apartado de faltas muy graves, se abstendrá de resolver, debiendo remitir el asunto al Director, para la tramitación del procedimiento especial. Tramitación del procedimiento ordinario 1. Las faltas leves cuyos hechos y autoría resulten evidentes podrán ser sancionadas de forma inmediata por el Profesor. El Profesor comunicará al tutor y al Jefe de Estudios la sanción impuesta. 2. Cuando sea necesaria la obtención de información que permita una correcta valoración de los hechos y de las consecuencias de los mismos, no será de aplicación de lo previsto en el apartado anterior. En este caso, el tutor, una vez recibida la comunicación de la falta cometida, oirá al alumno infractor y, en su caso, a cuantas personas se considere necesario. Posteriormente, impondrá la sanción correspondiente de manera inmediata. No obstante, el tutor propondrá la sanción al Jefe de Estudios o al Director en los casos en que el órgano competente para imponer la sanción propuesta sea alguno de estos. 3. En cualquier caso, deberá respetarse el derecho de audiencia del alumno o, en su caso, de sus representantes legales, con carácter previo a la adopción de la sanción. 4. La duración total del procedimiento desde su inicio no podrá exceder de siete días naturales. Se deberá dejar constancia escrita de la sanción adoptada, haciendo constar los hechos y los fundamentos que la sustentan. X. 8.2. Procedimiento especial.

82

Ámbito de aplicación del procedimiento especial. El procedimiento especial es el que, con carácter general, se seguirá en caso de las faltas muy graves, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior de este reglamento. Incoación de expediente y adopción de medidas provi sionales El Director del centro, con carácter inmediato, en el plazo de dos días lectivos desde que se tuvo conocimiento de la comisión de la falta, incoará el expediente, bien por iniciativa propia, bien a propuesta del profesorado, y designará a un instructor, que será un Profesor del centro. Como medida provisional, y comunicándolo al Consejo Escolar, podrá decidir la suspensión de asistencia al centro, o a determinadas actividades o clases, por un período no superior a cinco días lectivos. Este plazo será ampliable, en supuestos excepcionales, hasta la finalización del expediente. Instrucción del expediente. 1. La incoación del expediente y el nombramiento del instructor se comunicarán al alumno y, si este es menor de edad, igualmente a sus padres o representantes legales. 2. El instructor iniciará las actuaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos, y en un plazo no superior a cuatro días lectivos desde que se le designó, notificará al alumno, y a sus padres o representantes legales si aquel fuera menor, el pliego de cargos, en el que se expondrán con precisión y claridad los hechos imputados, así como las sanciones que se podrían imponer, dándoles un plazo de dos días lectivos para alegar cuanto estimen pertinente. En el escrito de alegaciones podrá proponerse la prueba que se considere oportuna, que deberá aportarse o sustanciarse en el plazo de dos días lectivos. 3. Concluida la instrucción del expediente, el instructor formulará, en el plazo de dos días lectivos, la propuesta de resolución, que deberá contener los hechos o conductas que se imputan al alumno, la calificación de los mismos, las circunstancias atenuantes o agravantes si las hubiere, y la sanción que se propone. 4. El instructor dará audiencia al alumno y, si es menor, también a sus padres o representantes legales, para comunicarles la propuesta de resolución y el plazo de dos días lectivos para alegar cuanto estimen oportuno en su defensa. En caso de conformidad y renuncia a dicho plazo, esta deberá formalizarse por escrito. Resolución 1. El instructor elevará al Director el expediente completo, incluyendo la propuesta de resolución y todas las alegaciones que se hubieran formulado. El Director adoptará la resolución y notificará la misma de acuerdo con lo previsto en el apartado X.10.3. de este reglamento. 2. El procedimiento debe resolverse en el plazo máximo de catorce días lectivos desde la fecha de inicio del mismo. La resolución deberá estar

83

suficientemente motivada, y contendrá los hechos o conductas que se imputan al alumno; las circunstancias atenuantes o agravantes, si las hubiere; los fundamentos jurídicos en que se base la sanción impuesta; el contenido de la misma, su fecha de efecto, el órgano ante el que cabe interponer reclamación y plazo para ello. X. 8. 3. Disposiciones generales sobre los procedim ientos disciplinarios. Citaciones y notificaciones. 1. Todas las citaciones a los padres de los alumnos se realizarán por cualquier medio de comunicación inmediata que permita dejar constancia fehaciente de haberse realizado y de su fecha. Para la notificación de las resoluciones, se citará a los interesados según lo señalado en el párrafo anterior, debiendo estos comparecer en persona para la recepción de dicha notificación, dejando constancia por escrito de ello. 2. En el procedimiento sancionador, la incomparecencia sin causa justificada del padre o representante legal, si el alumno es menor de edad, o bien la negativa a recibir comunicaciones o notificaciones, no impedirá la continuación del procedimiento y la adopción de la sanción. 3. La resolución adoptada por el órgano competente será notificada al alumno y, en su caso, a sus padres o representantes legales, así como al Consejo Escolar, al Claustro de Profesores del centro y a la Inspección de Educación de la Dirección de Área Territorial correspondiente. Reclamaciones 1. Las sanciones, hayan sido adoptadas en un centro público o en un centro privado sostenido con fondos públicos, podrán ser objeto de reclamación por el alumno o sus padres o representantes legales, en el plazo de dos días hábiles, ante el Director de Área Territorial correspondiente. 2. Contra la resolución que, en virtud de lo dispuesto en el apartado anterior, dictara el Director de Área Territorial correspondiente, cabrá recurso de alzada. Plazos de prescripción 1. Las faltas leves prescribirán en el plazo de tres meses, las graves en el de seis meses y las muy graves en el plazo de doce meses, sendos plazos contados a partir de la fecha en que los hechos se hubieran producido. 2. Asimismo, las sanciones impuestas sobre faltas leves y graves prescribirán en el plazo de seis meses, y las impuestas sobre las muy graves en el plazo de doce meses, ambos plazos contados a partir de la fecha en que la sanción se hubiera comunicado al interesado. 3. Los períodos de vacaciones se excluyen del cómputo de los plazos.

84

CAPÍTULO XI: ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES Consideraremos Actividades Complementarias a aquellas que, realizándose dentro del horario lectivo, exigen salir fuera del centro. Las Actividades Extraescolares serán aquellas que se realicen fuera del horario lectivo del centro.

Todas ellas, serán programadas a principio de curso e incluidas en la PGA. teniendo que ser aprobadas por el Consejo Escolar. En caso de no haber sido incluidas a principio de curso, deberán ser comunicadas al Director/a del centro con la suficiente antelación con el fin de que éste convoque al Consejo Escolar para su aprobación.

La actividad no se podrá realizar si a ella no asiste al menos, el 80% de los alumnos implicados. Siempre deberá quedar garantizada la atención de los alumnos que no la realizan, debiendo coordinarse para ello el tutor con la Jefatura de Estudios.

Cuando una actividad de este tipo suponga la no asistencia al comedor, el profesor – tutor deberá comunicar a la Secretaría del Centro los alumnos que, siendo usuarios del comedor, van a asistir a la actividad.

En un principio y como criterio general, asistirán los profesores tutores de los grupos implicados acompañados de un profesor de apoyo, aunque este criterio será flexible en función de la edad de los niños y el tipo de actividad.

Cuando este tipo de actividades, exceda el horario lectivo y la empresa organizadora no asuma los gastos por alojamiento y manutención del profesorado, el centro devengará a cada profesor el pago de las dietas

85

correspondientes según el R.D. 462/2002 de 24 de mayo.(Anexo) Aun cuando los gastos sean asumidos por la empresa, el centro compensará con 12 euros por profesor y noche pernoctada y con 8 euros por día sin necesidad de justificación.

Con el fin de optimizar los recursos económicos del centro, a principio de curso se considerará que número de actividades susceptibles de pago de dietas se pueden realizar de acuerdo al presupuesto del centro.

Considerando que las actividades complementarias y extraescolares son voluntarias tanto para el alumno como para el profesor, cuando algún profesor no esté dispuesto a realizarla, deberá comunicarlo con la antelación suficiente para que la Jefe de Estudios organice la posible sustitución.

86

ANEXO I

DIETAS PROFESORADO. El Anexo II del R.D. 462/2002 de 24 de mayo (B.O.E. del 30) especifica el importe de las indemnizaciones establecidazas en territorio nacional para el personal al servicio de la Administración Pública pertenecientes al Grupo 2. GRUPO Por alojamiento.

(con justificante) Por manutención

2 58,90€ diarios. 37,40€ diarios. 18,70€ comida y 18,70€ cena

De acuerdo con el Art.12 del mencionado Real Decreto, los criterios para el devengo y cálculo de las dietas siguen las siguientes reglas: � Salidas cuya duración se igual o inferior a un día natural.

� Se abonará el 50% cuando tenga una duración mínima de 5 horas y se inicie antes de las 14h y finalice después de las 16h.

� Si se regresara más tarde de las 22h y la cena se realizara fuera de la residencia habitual (previa justificación con factura o recibo) se abonará otro 50%.

� Salidas cuya duración sea superior a 24 horas.

� Día de salida: se abonarán los gastos de alojamiento más los gastos de manutención si se inicia antes de las 14h. (Si fuera posterior a las 14h e inferior a las 22h , se dará el 50%)

� Día de regreso: si la hora de regreso es posterior a las 14h se percibirá el 50% por manutención. Si la hora de regreso es posterior a las 22h se abonará otro 50% (previa justificación con factura o recibo)

� Días intermedios: 100%

87

ANEXO II ENTRADAS • En Infantil, durante los primeros días del curso y hasta que los niños aprendan a

situarse en su rampa de acceso al aula, se permitirá la entrada de las familias al patio escolar.

• En Primaria únicamente entrarán al recinto escolar los alumnos, que se situarán en sus filas correspondientes.

• La puerta de Primaria se abrirá cinco minutos antes. SALIDAS • En Infantil, las familias se situarán en las inmediaciones de la rampa de acceso al

aula y esperará a que el maestro/a le entregue al niño. • En Primaria, las familias se situarán en las pistas deportivas a esperar la salida de

alumnos/as. No debéis situaros en la zona del porche o en la entrada del vestíbulo ya que eso impedirá a los niños tener la visibilidad suficiente para localizarlos.

• La puerta de Infantil se abrirá cinco minutos antes. NORMAS ORGANIZATIVAS • Si alguien tiene algo urgente que decir o entregar al tutor/a, y no lo puede hacer a

través del niño, lo entregará en la Secretaría del centro. Para ello pasará por la puerta de Secretaría de la calle Paulonia, situada en la misma acera de la entrada de los alumnos.

• La hora de entrada es la las 9’00. El niño/a entrará más contento si lo hace en compañía de su tutor/a y de sus compañeros/as, es por esto que os rogamos puntualidad. Una vez cerradas las puertas sólo se permitirá la entrada a los alumnos/as que presenten justificante médico.

• En caso de que vaya a venir a recoger al niño/a una persona “no habitual” se avisará al tutor/a.

• Debéis procurar que el niño tenga una asistencia continuada, las repetidas ausencias no justificadas le desligan del grupo e impiden que se adapte adecuadamente.

• Los niño/as no podrán asistir al centro si presentan: o Síntomas de enfermedad: fiebre, diarrea, vómitos… o Enfermedades infectocontagiosas: varicela, gastroenteritis, conjuntivitis

(en este último caso, al incorporarse, traerá el alta médica). o En caso de pediculosis (piojos), es conveniente que el niño/a no acuda al

colegio. En caso de hacerlo deberá traer un justificante médico que certifique que está recibiendo el tratamiento oportuno.

• No se administrarán medicamentos en el colegio. • Para fomentar los buenos hábitos alimenticios, no se permitirá traer al colegio

golosinas. • No se repartirán invitaciones de cumpleaños en el centro.

88

• Los niños/as no traerán al colegio objetos que puedan ser peligrosos para ellos y sus compañeros o que tengan valor. El profesor/a no se responsabilizará de éstos. No se traerán teléfonos móviles al colegio.

• En Primaria, por motivos de seguridad, no es aconsejable visitar a los niños/as a través de la verja durante los períodos de recreo. Además los niños/as de infantil se les dificulta la adaptación al colegio si se les visita durante el recreo.

• Los folios y fotocopias que utilicen a los niños, se pagarán con los fondos de la cooperativa.

• Todas las informaciones o aclaraciones que necesiten respecto a los profesores/as o al funcionamiento del centro, rogamos las tratéis directamente con las personas implicadas. La información desde terceros siempre llega distorsionada.

• En caso de accidente, se contactará con los padres. Caso de ser urgente el traslado y no se pueda localizar a los padres, se avisará a la Policía Municipal, que acompañará al tutor al Centro Médico.

• Está prohibido el uso de balones de reglamento en el Centro. COMEDOR • Si algún alumno tiene necesidad de quedarse a comedor de forma esporádica, lo

notificará en la Secretaría del centro al menos con un día de antelación. El precio de la comida para este curso es de 4,05 €.

89

ANEXO III COMEDOR ESCOLAR: NORMAS E INFORMACIÓN GENERAL

El comedor escolar es un servicio ofrecido por el colegio para los alumnos que lo deseen; quedarse en él es voluntario. No obstante, el impago de dos recibos expedidos a nombre de cada comensal y/o el incumplimiento reiterado de las normas establecidas constituirán motivo suficiente para que a un alumno se le deniegue la prestación de este servicio. No podrán solicitarlo aquellos alumnos que tengan pendiente el pago de alguna mensualidad atrasada, aunque corresponda al curso anterior.

1. SOLICITUDES DE ALTA En la Secretaría y a disposición de los interesados, existen impresos de solicitud,

los cuales deberán ser entregados debidamente cumplimentados en ese mismo lugar y con la suficiente antelación, por quienes deseen que sus hijos/as coman en el colegio.

Con carácter excepcional y en caso de necesidad, podrán hacer uso del comedor

escolar, los alumnos/as que lo requieran; para ello, será necesario que avisen en Secretaría el día anterior. (En estos casos, el recibo se abonará en ese momento y en metálico).

Aquellos alumnos/as que vayan a causar baja como usuarios/as de este servicio

presentarán en la Secretaría, debidamente cumplimentada, la SOLICITUD DE BAJA . Con el fin de que no se les pase al cobro el recibo correspondiente a ese mes, se hace necesario el que esa solicitud se entregue en Secretaría antes del día veintiséis.

2. MENÚS Los menús son elaborados diariamente en la cocina del Centro por el personal de

COLECTIVIDADES CHABE, empresa concesionaria de la prestación de este servicio. Cada mes, esta empresa proporciona información completa sobre los menús que los alumnos/as consumirán cada día de ese periodo, a fin de que sus familias puedan complementar su alimentación.

Los niños/as con alergia al huevo y los celiacos dispondrán de un menú

alternativo, adaptado a sus necesidades. En el supuesto de que la empresa no pueda ofrecer un menú especial a aquellos comensales afectados por algún otro tipo de alergia, cabrá la posibilidad de que el interesado/a lleve su propia comida al Centro para tomarla en el comedor; en ese caso, su familia pagará el 50% de la minuta diaria establecida, por los conceptos de servicio y vigilancia.

Si algún alumno/a precisa dieta blanda lo comunicará al Centro por escrito el día

anterior (si es posible) o bien el mismo día a primera hora de la mañana. 3. PRECIO

El precio del menú es de 4,05 €/día, cantidad fijada por la Comunidad de Madrid.

90

3. a. Cuota mensual La cuota mensual se calcula de la siguiente forma: se contabilizan los días

lectivos del curso 2006/2007, comprendidos entre el dos de octubre y el veintiuno de junio (ambos inclusive). A la cantidad resultante se la multiplica por 4,05 € (precio diario del menú), dividiéndose el resultado entre nueve (de octubre a junio) y obteniéndose así el importe final de una cuota que no variará, por tanto, de un mes a otro.

El importe correspondiente al mes de septiembre se calcula multiplicando el

número de días que cada niño/a hace uso del comedor por los 4,05 € que cuesta el menú diario.

En el caso de los alumnos becados o que reciban ayuda económica para el comedor, la cantidad que se les conceda se les restará de la que resulte de multiplicar el número de días lectivos por el precio del menú, dividiéndose ésta entre nueve para determinar el importe de cada mensualidad.

3. b. Cobro. Los recibos se emitirán por banco, por lo que, junto con la solicitud, los

interesados deberán entregar, debidamente cumplimentado y en los plazos establecidos, el apartado reservado a ‘Datos de domiciliación bancaria’. Aquellas personas cuyos datos bancarios sufran alguna variación deberán comunicarla en Secretaría por escrito, a la mayor brevedad.

El día veintiséis de cada mes se realiza la facturación del mes siguiente, por lo

que se les pasará el recibo correspondiente a todos aquellos alumnos/as que, pese a haber causado baja, no la hayan presentado en Secretaría por escrito y antes de esa fecha (SOLICITUD DE BAJA: pedirla en Secretaría).

Los recibos se pasarán al cobro el día cinco de cada mes. Si al menos dos de

ellos fueran devueltos por el banco, el alumno/a abonaría una cuota adicional de cuatro euros y cinco céntimos (precio del menú diario) por cada recibo devuelto, de conformidad con lo aprobado al respecto por el Consejo Escolar del Colegio en su sesión de veintiuno de junio de dos mil seis. Los alumnos/as con algún recibo anterior pendiente de pago podrán ser excluidos de la prestación de este servicio mientras que no abonen la cantidad adeudada.

El recibo del mes de septiembre se cobra junto con el de octubre el día cinco de

este último mes.

3. c. Devoluciones. En los supuestos de baja definitiva o ausencia por un periodo superior a siete

días lectivos consecutivos, se tendrá derecho a la devolución íntegra de la minuta diaria correspondiente a esos días. Estas devoluciones sólo se harán efectivas si se ha

91

entregado en Secretaría la correspondiente solicitud de baja debidamente cumplimentada.

El 50% de la minuta diaria se reintegrará a cada niño/a en caso de: -Inasistencia al comedor en un periodo comprendido entre los tres y los siete

días consecutivos y siempre que se avise por escrito en Secretaría, con la necesaria antelación.

-Días declarados oficialmente no lectivos, con posterioridad a la aprobación del calendario escolar.

-Jornadas de huelga del personal que presta el servicio. Las devoluciones se harán efectivas en el mes de junio. 4. PERSONAL DEL COMEDOR El cuidado y la vigilancia de los niños/as y las demás tareas relacionadas con la

prestación de este servicio serán desempeñados por el personal contratado por COLECTIVIDADES CHABE, empresa que se compromete a realizarlas de conformidad con lo dispuesto por la Consejería de Educación al respecto.

5. SALIDA Y ENTREGA DE NIÑOS/AS . Los familiares o tutores/as de los niños/as podrán recogerlos: -entre las 14:45 y las 15:00 horas (durante septiembre y junio), -entre las 15:45 y las 16:00 horas (durante el resto del curso). No se permitirá la salida de ningún alumno en horario distinto al señalado, si no

es con el pertinente justificante. Dado que el personal de comedor no tiene obligación alguna de quedarse al

cuidado de los niños/as una vez cumplido su horario de trabajo, la Dirección del Centro ruega la MÁXIMA PUNTUALIDAD a la hora de recogerlos.

6. INCIDENCIAS… Cualquier variación o incidencia relacionada con el comedor (bajas y altas,

ausencias…) deberá comunicarse por escrito en Secretaría, siempre en el horario fijado para el presente curso:

De lunes a viernes: de 9:00 a 10:30 horas (durante todo el curso). Los martes, además: de 15:30 a 16:30 horas (de octubre a mayo). Nunca se transmitirán estas informaciones al tutor/a del niño/a.

92

1. Antes de entrar al comedor, pasamos por el servicio para lavarnos

las manos, procurando: - no derramar agua en el suelo, - utilizar la cantidad adecuada de agua, jabón y papel, - depositar el papel en las papeleras instaladas para ello. 2. Ya en el comedor, hablamos sin alzar la voz.

3. Cuando queremos levantaros de la mesa, pedimos permiso a las cuidadoras.

4. Utilizamos los cubiertos para llevaros la comida a la boca;

evitamos usar las manos.

5. Por razones higiénicas, nos abstenemos de intercambiar la comida; tampoco jugamos con ella, ni la arrojamos al suelo o la depositamos en bandejas y soperas una vez que nos la hayan servido en nuestros platos.

6. En horario de comedor, permanecemos en los espacios que nos

señalan las cuidadoras o vigilantes: sala de comedor, patio de recreo u otros lugares.

Para lograr un mejor funcionamiento del comedor y, con él, una prestación del servicio de mayor calidad, os pedimos que también en casa repaséis estas sencillas normas y que procuréis que vuestros/as hijos/as las respeten a la hora de desayunar, merendar y cenar. Gracias.

93

ANEXO IV . NORMAS PARA EL PROFESORADO NORMAS PARA EL RECREO

- Los profesores/as acompañarán a sus alumnos/as en las salidas y entradas. - Procurad la máxima puntualidad al salir al recreo, no se puede abandonar el

patio hasta que hayan salido los profesores del turno de guardia. - Los niños/as no pueden pasar a los edificios. - Los niños/as no podrán estar en las aulas o en ningún otro espacio cerrado si no

es con un profesor que se responsabilice. - Si se produce algún incidente o accidente reseñable, el profesor más cercano lo

solucionará, haciendo la cura si fuese necesario, comunicándoselo al tutor después.

- Teniendo en cuenta el horario continuado y la edad de nuestros alumnos, procuraremos no sancionarlos dejándolos sin recreo, si excepcionalmente fuera necesario, el profesor que haya impuesto la sanción permanecerá a cargo del alumno/a.

- En la hora del recreo los profesores/as no abandonarán el centro, ante una necesidad urgente lo comunicarán en dirección.

ENTRADAS, SALIDAS Y CAMBIO DE CLASES Entradas: - Antes de salir a por las filas todos los profesores acudirán a la sala de profesores

para comprobar las ausencias y sustituciones. - Procuraremos que los padres o familiares de los niños, pasen al recinto escolar

únicamente cuando sea necesario. - El profesor tutor será quien recoja a los niños/as en la fila del patio y los

acompañe hasta el aula evitando que corran o griten. - La fila se hará con puntualidad y ordenadamente, con la mayor agilidad posible. - Los profesores deben ser muy puntuales a la hora de entrar la fila. Salidas:

- Las filas se harán en el mismo sitio de las entradas en aquellos cursos que sea

necesario. Cambios de clases: - Es conveniente que se hagan con prontitud y rapidez.

REUNIONES CON LOS PADRES/MADRES: Son preceptivas tres reuniones con los padres/madres. Comenzarán en octubre. El calendario será el que propongan los profesores.

94

OTRAS RECOMENDACIONES

- Las faltas de asistencia, por parte del profesorado, deben notificarse a Jefatura de Estudios con antelación, añadiendo hoja de permiso cumplimentada. Hay que justificar siempre dichas faltas. La ausencia de cualquier profesor del centro durante el período lectivo deberá comunicarlo al Equipo directivo.

- Si falta alguien que no lo ha comunicado, sus compañeros de nivel se harán cargo de la fila con la mayor normalidad posible.

- Rogamos que cualquier petición, necesidad o sugerencia la hagáis llegar directamente a la persona interesada del Equipo Directivo.

- No se administrará ningún medicamento a los alumnos. En caso de insistencia de algún padre, le remitiréis a dirección.

- En un lugar visible, cerca de la puerta de cada clase, deberá haber un listado con los nombres de los niños/as de comedor, de religión y alérgicos. Entregar una copia de los alérgicos en dirección.

- Se evitará la utilización del teléfono móvil en el aula. Los alumnos/as tienen prohibida esa práctica y nosotros debemos dar ejemplo.

ACCIDENTES DE LOS ALUMNOS En caso de accidente, se avisará a un miembro del equipo directivo, que se encargará de comunicarse con los padres. Caso de ser urgente el traslado y no se pueda localizar a los padres, se avisará a la Policía Municipal, que acompañará al tutor al Centro Médico.

95

ANEXO V .PARTE DE FALTA.

PARTE DE FALTA. PROFESOR/A: ………………………………………………………………………………. ALUMNO/A IMPLICADO/A: ………………………………………………………………………………. LUGAR: ………………………….. FECHA:…………….HORA:……….. DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… TIPIFICACIÓN DE LA FALTA: Leve Grave Muy grave SANCIÓN QUE SE LE AMPLICA: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

A rellenar por el padre/madre. D/Dª ………………………………… Quedo enterado/a del problema ocurrido a mi hijo/a y me pondré rápidamente en contacto con el centro para buscar una solución del mismo. Firma y fecha:

A rellenar por Jefatura de Estudios./ Directora.* Quedo enterado/a del problema surgido con el alumno/a y pondré en marcha las medidas oportunas. Firma y fecha: En caso de falta MUY GRAVE.

96

ANEXO VI. FICHA DE REFLEXIÓN

FICHA DE REFLEXIÓN.

ALUMNO/A: …………………………………………………GRUPO:…………. LUGAR DE LOS HECHOS:…………………………………………………….. FECHA: ………………HORA :………..PROFESOR/A:…………………………

1. ¿Qué ha pasado? ¿Cómo? ¿Con quién?. ………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………… 2. ¿Por qué has actuado así? ……………………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………………….. 3. ¿Cómo te has sentido? ………………………………………………………………………………………. ………………………………………………………………………………………. ………………………………………………………………………………………. 4. ¿Cómo crees que se han sentido los demás? ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… 5. ¿Qué consecuencias han tenido tus actos?

97

……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… 6. ¿De qué otra manera podrías haber actuado? ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… 7. ¿Puedes hacer alguna cosa para compensar lo que has hecho y evitar que vuelva a

pasar? En este caso, me comprometo a: …………………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………. FIRMA Y FECHA DEL ALUMNO/A.