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INDICE DE PROYECTO Memoria 1. Memoria descriptiva 2. Memoria constructiva 3. Cumplimiento del CTE 3.1. DB-SE Exigencias básicas de seguridad estructural 3.2. DB-SI Seguridad en caso de incendio 3.3. DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad 3.4. DB-HS Salubridad 3.5. DB-HR Protección contra el ruido, Justificación de emisión de ruidos 3.6. DB-HE Ahorro de energía. Cálculo de iluminancias. Certificación Energética. 4. Cumplimiento de otros reglamentos y disposiciones 4.1. Normativa técnica 4.2. Habitabilidad 4.3. Justificación de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas 5. Anejos a la memoria 5.1. Plan de control de calidad 5.2. Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición 6. Anejos a la memoria de obras - Declaración de obra completa - Plazo de ejecución, plan de obra y garantía de las obras - Revisión de precios, clasificación de las obras y del contratista - Licencias y permisos - Acta de replanteo previo - Declaración de compatibilidad - Estudio Geotécnico - Diagrama de Gannt Pliego de condiciones Estudio de Seguridad y Salud - Memoria - Pliego de condiciones - Mediciones y presupuesto - Plano ESS01 Planta general obra

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INDICE DE PROYECTO

Memoria 1. Memoria descriptiva 2. Memoria constructiva 3. Cumplimiento del CTE 3.1. DB-SE Exigencias básicas de seguridad estructural 3.2. DB-SI Seguridad en caso de incendio 3.3. DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad 3.4. DB-HS Salubridad 3.5. DB-HR Protección contra el ruido, Justificación de emisión de ruidos 3.6. DB-HE Ahorro de energía. Cálculo de iluminancias. Certificación Energética. 4. Cumplimiento de otros reglamentos y disposiciones 4.1. Normativa técnica 4.2. Habitabilidad 4.3. Justificación de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas 5. Anejos a la memoria 5.1. Plan de control de calidad 5.2. Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición 6. Anejos a la memoria de obras - Declaración de obra completa - Plazo de ejecución, plan de obra y garantía de las obras - Revisión de precios, clasificación de las obras y del contratista - Licencias y permisos - Acta de replanteo previo - Declaración de compatibilidad - Estudio Geotécnico - Diagrama de Gannt Pliego de condiciones Estudio de Seguridad y Salud - Memoria - Pliego de condiciones - Mediciones y presupuesto - Plano ESS01 Planta general obra

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Instalación eléctrica y cableado voz / datos - Memoria instalación eléctrica - Mediciones y presupuesto eléctrico - Planos instalación eléctrica:

PI02 Eléctrica plantas semisótano y baja PI03 Eléctrica plantas primera y segunda PI04 Esquema unificar PI05 Telecomunicación plantas baja y primera PI06 Telecomunicaciones planta segunda

Instalación climatización / ventilación - Memoria instalación climatización / ventilación - Listado completo de cargas térmicas instalación climatización/ventilación - Descripción de materiales y elementos constructivos inst. clima/ventilación - Mediciones y presupuesto climatización / ventilación - Planos instalación climatización / ventilación:

PI07 Climatización plantas baja y primera PI08 Climatización plantas segunda y cubierta PI09 Esquema de climatización PI10 Esquema de climatización

Mediciones y presupuesto

- Cuadro de precios 1 y 2 auxiliares - Cuadro de precios 1 y 2 - Precios descompuestos - Precios simples - Mediciones y presupuesto - Resumen de capítulos

Planos Planos de arquitectura PA01 Situación PA02 Emplazamiento (Estado actual) PA03 Plantas arquitectura Semisótano y baja (Estado actual) PA04 Plantas arquitectura Primera y segunda (Estado actual) PA05 Plantas arquitectura de Cubierta (Estado actual) PA06 Alzado oeste y alzado norte (Estado actual) PA07 Alzado este principal y alzado sur (Estado actual) PA08 Plano de Actuaciones PA09 Emplazamiento (intervención) PA10 Plantas arquitectura Semisótano y baja PA11 Plantas arquitectura Primera y segunda PA12 Plantas arquitectura de Cubierta PA13 Plantas cotas baja y planta primera PA14 Plantas cotas segunda y cubierta PA15 Alzado oeste y alzado norte PA16 Alzado este principal y alzado sur

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PA17 Secciones A-A y B-B PA18 Planta de urbanización calidades PA19 Calidades plantas semisótano y baja PA20 Calidades planta primera y segunda PA21 Carpintería SI01 S. Incendios SI02 S. Incendios Planos de instalaciones PI01 Fontanería, plantas baja, primera y segunda

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MEMORIA

PROYECTO: BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID SITUACIÓN: CALLE VILLABÁÑEZ 26 47012 VALLADOLID PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

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Memoria descriptiva

1

INDICE DE PROYECTO

Memoria 1. Memoria descriptiva 2. Memoria constructiva 3. Cumplimiento del CTE 3.1. DB-SE Exigencias básicas de seguridad estructural 3.2. DB-SI Seguridad en caso de incendio 3.3. DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad 3.4. DB-HS Salubridad 3.5. DB-HR Protección contra el ruido, Justificación de emisión de ruidos 3.6. DB-HE Ahorro de energía. Cálculo de iluminancias. Certificación Energética 4. Cumplimiento de otros reglamentos y disposiciones 4.1. Normativa técnica 4.2. Habitabilidad 4.3. Justificación de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas 5. Anejos a la memoria 5.1. Plan de control de calidad 5.2. Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición 6. Anejos a la memoria de obras - Declaración de obra completa - Plazo de ejecución, plan de obra y garantía de las obras - Revisión de precios, clasificación de las obras y del contratista - Licencias y permisos - Acta de replanteo previo - Declaración de compatibilidad - Estudio Geotécnico - Diagrama de Gannt Pliego de condiciones Estudio de Seguridad y Salud - Memoria - Pliego de condiciones - Mediciones y presupuesto - Plano ESS01 Planta general obra

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Memoria descriptiva

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Instalación eléctrica y cableado voz / datos - Memoria instalación eléctrica - Pliego de condiciones eléctrica - Mediciones y presupuesto eléctrico - Planos instalación eléctrica:

PA01 Situación PI02 Eléctrica plantas semisótano y baja PI03 Eléctrica plantas primera y segunda PI04 Esquema unifilar

Instalación climatización / ventilación - Memoria instalación climatización / ventilación - Listado completo de cargas térmicas instalación climatización/ventilación - Descripción de materiales y elementos constructivos inst. clima/ventilación - Mediciones y presupuesto climatización / ventilación - Planos instalación climatización / ventilación:

PA01 Situación PI07 Climatización plantas baja y primera PI08 Climatización plantas segunda y cubierta PI09 Esquema de climatización PI10 Esquema de climatización

Mediciones y presupuesto

- Cuadro de precios 1 y 2 auxiliares - Cuadro de precios 1 y 2 - Precios descompuestos - Precios simples - Mediciones y presupuesto - Resumen de capítulos

Planos Planos de arquitectura PA01 Situación PA02 Emplazamiento (Estado actual) PA03 Plantas arquitectura Semisótano y baja (Estado actual) PA04 Plantas arquitectura Primera y segunda (Estado actual) PA05 Plantas arquitectura de Cubierta (Estado actual) PA06 Alzado oeste y alzado norte (Estado actual) PA07 Alzado este principal y alzado sur (Estado actual) PA08 Plano de Actuaciones PA09 Emplazamiento (intervención) PA10 Plantas arquitectura Semisótano y baja PA11 Plantas arquitectura Primera y segunda PA12 Plantas arquitectura de Cubierta PA13 Plantas cotas baja y planta primera PA14 Plantas cotas segunda y cubierta PA15 Alzado oeste y alzado norte

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Memoria descriptiva

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PA16 Alzado este principal y alzado sur PA17 Secciones A-A y B-B PA18 Planta de urbanización calidades PA19 Calidades plantas semisótano y baja PA20 Calidades planta primera y segunda PA21 Carpintería SI01 S. Incendios SI02 S. Incendios Planos de instalaciones PI01 Fontanería, plantas baja, primera y segunda PI05 Telecomunicación plantas baja y primera PI06 Telecomunicaciones planta segunda

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Memoria descriptiva

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1.- Memoria Descriptiva

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Memoria descriptiva

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PROYECTO: BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID SITUACIÓN: CALLE VILLABÁÑEZ 26 47012 VALLADOLID PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

MEMORIA DESCRIPTIVA 1. Agentes 2. Emplazamiento y entorno físico 3. Normativa urbanística

3.1. Marco normativo 3.2. Planeamiento urbanístico de aplicación 3.3. Ficha urbanística 4.- Descripción del estado actual

5.- Descripción del Proyecto

5.1. Actuaciones previas 5.2. Descripción general del proyecto

6.- Criterios estéticos 7.- Cumplimiento del CTE y otras normativas específicas

7.1. Cumplimiento del CTE 7.2. Cumplimiento de otras normativas específicas

8.- Descripción general de parámetros técnicos 8.1. Estructura 8.2. Cubiertas 8.3. Impermeabilizaciones y aislamientos 8.4. Divisiones interiores 8.5. Carpintería 8.6. Falsos techos 8.7. Pavimentos y alicatados 8.8. Pintura 8.9. Instalaciones

9 Prestaciones del edificio

9.1. Requisitos Básicos 9.2. Limitaciones

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Memoria descriptiva

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MEMORIA DESCRIPTIVA 1. Agentes Promotor: Nombre: ECYL. SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN Dirección: C/ D. Jacinto Benavente nº 2 Localidad: 47195 Arroyo de la Encomienda. (Valladolid) CIF: Q4700622F Arquitecto: Nombre: Luis Ferreira Villar Colegiado: Nº 2068 en el Colegio Oficial de Arquitectos de León, Delegación de Salamanca. Dirección: C/ Correhuela 20-26, 3º A Localidad: 37001 - Salamanca NIF: 07.789.685-E Nombre: Carlos Ferreira Borrego Colegiado: Nº 3873 en el Colegio Oficial de Arquitectos de León, Delegación de Salamanca. Dirección: C/ Correhuela 20-26, 3º A Localidad: 37001 - Salamanca D.N.I: 70.885.524-F Nombre: Javier Ferreira Población Colegiado: Nº 11841 en el Colegio Oficial de Arquitectos de León, Delegación de Salamanca Dirección: C/ Correhuela 20-26, 3º A Localidad: 37001 - Salamanca D.N.I: 70.883.693-Q

El presente documento es copia de su original del que son autores los Arquitectos D. Luis

Ferreira Villar, D. Carlos Ferreira Borrego y D. Javier Ferreira Población. Su utilización total o parcial, así como cualquier reproducción o cesión a terceros, requerirá la previa autorización expresa de sus autores, quedando en todo caso prohibida cualquier modificación unilateral del mismo. 2. Emplazamiento y entorno físico Emplazamiento Dirección: Calle Villabañez nº 26 Localidad: Valladolid C.P.: 47012 Provincia: Valladolid Referencia Catastral del Inmueble: 7923003UM5172D0001JQ Entorno físico: La superficie y las dimensiones de su perímetro, así como las cotas de la pendiente de la calle Villabañez figuran en el correspondiente plano de este proyecto de ejecución Alineaciones y rasantes: Las alineaciones y rasantes son las existentes.

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Memoria descriptiva

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Servicios Urbanos: La edificación cuenta con los siguientes servicios urbanos: Acceso: El acceso al edificio se realiza a través de una valla perimetral desde la calle Villabañez, y se encuentra pavimentado en su totalidad, y cuenta con encintado de aceras. Abastecimiento de agua: El agua potable procede de la red municipal de abastecimiento, y cuenta con canalización para la acometida prevista situada en el frente de la parcela o solar. Saneamiento: Existe red municipal de saneamiento en el frente de la parcela, a la cual se conectará la red interior de la edificación mediante la correspondiente acometida. Suministro de energía eléctrica: El suministro de electricidad se realiza a partir de la línea de distribución en baja tensión que discurre por la vía pública a que da frente el solar. 3. Normativa urbanística 3.1. Marco Normativo Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. Decreto 22/2004, de 29 de enero, Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. Normativa sectorial de aplicación en los trabajos de edificación. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, Código Técnico de la Edificación. 3.2. Planeamiento urbanístico de aplicación El planeamiento urbanístico de aplicación es el Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid, aprobado en el año 2004. Según dicho planeamiento el solar y la edificación existente objeto de este proyecto está clasificado como suelo urbano y su categoría es Equipamiento Público.

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Memoria descriptiva

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3.3. Ficha urbanística

COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE LEÓN Delegación de Salamanca

C O A L F i c h a U r b a n í s t i c a —————————————————————————————————————————————————— Datos del Proyecto —————————————————————————————————————————————————— Título del trabajo: PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN

INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.

Emplazamiento: CALLE VILLABÁÑEZ Nº 26 Localidad: VALLADOLID Provincia: VALLADOLID Promotor/Propietario(s): ECYL. SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN. Arquitecto(s): D. LUIS FERREIRA VILLAR, D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN Datos Urbanísticos —————————————————————————————————————————————————— Planeamiento: NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES (Texto refundido de Aprobación

Definitiva) Clasificación del suelo: URBANO EQUIPAMIENTO PÚBLICO Servicios urbanísticos: Todos los servicios urbanísticos conforme al artículo 11 de la Ley 5/1999

CONCEPTO Según Planeamiento Según Proyecto

Uso(s) del suelo Equipamiento Público Equipamiento Público

Parcela mínima La existente La existente

Ocupación máxima La existente

La existente

Edificabilidad La existente La existente

Nº plantas s/r La existente

La existente

Altura máxima Altura del alero existente Altura del alero existente

Retranqueos --- ---

Fondo edificable La existente La existente Otros

En Salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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Memoria descriptiva

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4.- Descripción del estado actual

Actualmente la edificación forma parte de un conjunto de edificios situado en la parcela de uso público tal y como se indica en el plano de situación.

El edificio está destinado al uso del ECYL (Servicio Público de Empleo de Castilla y León) y del

SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).

La edificación existente está situada en la parcela entre la calle Villabáñez nº 26 esquina con la carretera de circunvalación de Valladolid, con un área total de 10.696,62 m2. Dentro de esta parcela el área de intervención es de 1.338,35 m2, correspondiendo 935,95 m2 a la urbanización exterior y 400,40 m2 el solar correspondiente a la edificación objeto de este proyecto, con el siguiente programa:

PLANTA BAJA: La planta baja situada a una cota de +1,13 m con 7 peldaños y dos rampas laterales con una pendiente actual del 22%. En su vestíbulo previo nacen dos escaleras simétricas de subida al resto de plantas, a través de este vestíbulo se accede al vestíbulo principal en triple altura. En sus laterales se distribuyen los espacios de atención al público, prestaciones y despacho. En el frente opuesto a la entrada principal, se sitúan los aseos, el ascensor, la escalera en forma de caracol de acceso al sótano y un pasillo como comunicación de la salida de emergencia posterior. Lateralmente en la zona de atención al público se sitúa una tercera salida de emergencia. Superficies útiles de planta baja: - Cuarto de calderas ............................. 5,03 m2 - Demandas ...................................... 101,38 m2 - Escalera caracol ................................. 3,01 m2 - Pasillo ................................................. 9,23 m2 - Aseo ................................................... 0,84 m2 - Aseos H. ............................................. 4,99 m2 - Aseos M.............................................. 3,48 m2 - Vestíbulos de aseos ........................... 2,40 m2 - C. Telecomunicaciones ...................... 5,82 m2 - Despacho-01 .................................... 24,35 m2 - Vestíbulo............................................. 3,17 m2 - Prestaciones 9-12............................ 45,20 m2 - Prestaciones 12-14 ......................... 33,05 m2 - Vestíbulo acceso ............................. 17,72 m2 - Cuarto de limpieza............................. 7,88 m2 - Vestíbulo principal ........................... 72,37 m2 --------------------------------------------------------------- Total sup. útil planta baja.................. 339,92 m2

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Memoria descriptiva

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PLANTA PRIMERA:

En la planta primera y perimetralmente al claustro central se distribuyen despachos y oficinas con distintos usos y servicios. Superficies útiles de planta primera: - Despacho-11 .................................... 39,00 m2 - Archivo-11 .......................................... 8,76 m2 - Pasillo ................................................. 8,80 m2 - Aseo ................................................... 0,86 m2 - Aseos................................................ 10,99 m2 - Archivo S.R......................................... 8,91 m2 - Secretaría-registro............................ 39,00 m2 - D. Dirección Ecyl .............................. 16,90 m2 - Ofertas-contratos.............................. 39,00 m2 - Archivo O.C. ....................................... 8,17 m2 - Escalera principal ............................ 24,78 m2 - Archivo O.L........................................ 8,28 m2 - Orientación laboral .......................... 39,00 m2 - Despacho-12 ................................... 16,90 m2 - Corredor .......................................... 46,71 m2 --------------------------------------------------------------- Total sup. útil planta primera ............ 316,06 m2 PLANTA SEGUNDA:

En la planta, al igual que en la planta inferior se distribuyen despachos y oficinas con distintos usos y servicios. Superficies útiles de planta segunda: - Despacho-24 .................................... 39,00 m2 - Archivo-24 .......................................... 8,76 m2 - Pasillo ................................................. 8,80 m2 - Aseo ................................................... 0,86 m2 - Aseos................................................ 10,99 m2 - Archivo 23........................................... 8,91 m2 - Despacho 23 .................................... 39,00 m2 - D. Dirección Sepe............................. 16,90 m2 - Despacho 21 .................................... 39,00 m2 - Archivo 21........................................... 8,17 m2 - Escalera principal ............................ 25,51 m2 - Archivo P.. ......................................... 8,27 m2 - Prestaciones.................................... 56,32 m2 - Corredor .......................................... 46,71 m2 --------------------------------------------------------------- Total sup. útil planta segunda........... 317,20 m2

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Memoria descriptiva

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PLANTA SEMISÓTANO:

Desde la escalera de caracol situada en planta baja se accede a la planta semisótano dedicada a almacenes y a instalaciones. Superficies útiles de planta semisótano: - Almacén y archivo general ............. 317,53 m2 - Cuarto máquina ascensor .................. 5,88 m2 - Instalaciones general ....................... 27,76 m2 --------------------------------------------------------------- Total sup. planta semisótano............ 351,17 m2

SUPERFICIES ÚTILES Y CONSTRUIDAS DEL ESTADO ACTUAL:

Superficies

Útiles

Construidas

Planta semisótano 362,33 m2 405,98 m2 Planta baja 339,92 m2 403,63 m2 Planta primera 316,06 m2 372,63 m2

Planta segunda 317,20 m2 372,63 m2 Total 1.335,51 m2 1.554,87 m2

5. Descripción del Proyecto 5.1.- ACTUACIONES PREVIAS Como consecuencia de la reforma, reestructuración y adecuación interior del edificio se precisan las siguientes actuaciones - Demolición de la totalidad de los falsos techos del edificio - Desmontaje de la carpintería interior de madera - Desmontaje de la carpintería exterior de aluminio y vidriería - Desmontaje de vierteaguas y repisas interiores de todos huecos del edificio.

- Demolición de la tabiquería interior salvo en las zonas de la escalera, servicios, ascensor, almacenes y pasillo de salida trasera de emergencia.

- Desmontaje de la barandilla de las escaleras - Desmontaje de molduras y zócalos de mármol en planta baja - Levantado del rodapié general del edificio - Desmontaje de los antepechos de los huecos del área claustral en todas sus plantas - Levantado del pavimento en las zonas de vestíbulo de entrada y vestíbulo general

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Memoria descriptiva

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- Levantado del pavimento en la zona claustral en planta primera y segunda - Levantado del peldañeado y descansillo de las escaleras

- Decapado y picado de todos los paramentos interiores sin demoler tanto en interior de fachada como en tabiquería

- Desmontaje de las instalaciones de electricidad, datos y parcialmente fontanería - Demolición de las rampas de acceso exteriores de la entrada principal. - Levantado del pavimento exterior en el área próxima al edificio indicado en plano - Levantado parcial de la verja de protección exterior. 5.2.- DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO PROGRAMA: La distribución interior se ajusta a las directrices marcadas por el Ecyl y el Sepe con el siguiente programa de necesidades: PLANTA BAJA: A través de una escalera exterior y dos rampas laterales ajustadas a las especificaciones del Código Técnico, pendiente del 8% en tres tramos inferiores a 6 m, se accede a la planta baja, en esta planta, a través del acceso y escaleras laterales se distribuyen dos amplias zonas de trabajo con atención al público en los laterales del atrio central (zona de espera). El lateral izquierdo con 7 puestos de trabajo ocupado por el Ecyl y el lateral derecho con 8 puestos de trabajo ocupada por el Sepe. Al fondo del atrio central se sitúa el cuarto de Rac, un aseo adaptado, ascensor, la escalera de bajada a la planta de sótano y la salida de emergencia.

Superficies útiles de planta baja: Despachos y zonas de trabajo: - Ecyl ................................................. 101,83 m2 - Sepe ............................................... 104,13 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................. 205,96 m2 Circulaciones horizontales: - Atrio central ...................................... 79,84 m2 - Acceso.............................................. 12,90 m2 - Vestíbulo............................................. 8,05 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................. 100,79 m2 Almacén y archivo: - Almacén.............................................. 2,91 m2 - Almacén.............................................. 4,94 m2 --------------------------------------------------------------- Total ...................................................... 7,85 m2

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Memoria descriptiva

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Instalaciones: - Rac ..................................................... 8,88 m2 --------------------------------------------------------------- Total ...................................................... 8,88 m2 Circulaciones verticales: - Escalera caracol ................................. 3,14 m2 --------------------------------------------------------------- Total ...................................................... 3,14 m2

Aseos: - Aseo minusválidos............................ 11,74 m2 - Aseo ................................................... 1,28 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 13,02 m2

PLANTA PRIMERA: A través de las escaleras laterales se accede a la primera planta con el siguiente programa: Dos áreas laterales de trabajo con acceso desde el pasillo del claustro central con dos despachos y cuatro áreas de trabajo con sus correspondientes archivos. Frente a la escalera se sitúan los servicios, el ascensor y el pasillo que comunica con la salida y escalera de emergencia existente.

Superficies útiles de planta primera: Despachos y zonas de trabajo: - Despacho 1.1. .................................. 18,29 m2 - Despacho 1.2. .................................. 18,29 m2 - Área de trabajo 1.1........................... 38,52 m2 - Área de trabajo 1.2........................... 38,52 m2 - Área de trabajo 1.3. .......................... 38,52 m2 - Área de trabajo 1.4. .......................... 38,52 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................. 190,66 m2 Circulaciones horizontales: - Atrio central ...................................... 47,88 m2 - Distribución escaleras ...................... 11,78 m2 - Vestíbulo............................................. 8,43 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 68,09 m2 Almacén y archivo: - Almacén.............................................. 8,78 m2 - Almacén.............................................. 8,31 m2 - Almacén.............................................. 8,93 m2 - Almacén.............................................. 8,21 m2 ---------------------------------------------------------------

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Memoria descriptiva

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Total .................................................... 34,23 m2 Circulaciones verticales: - Escaleras............................................ 5,92 m2 - Escaleras............................................ 5,92 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 11,84 m2 Aseos: - Aseo femeninos................................ 16,36 m2 - Aseo ................................................... 1,28 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 17,64 m2

PLANTA SEGUNDA: A través de las escaleras laterales se accede a la segunda planta con el siguiente programa: Dos áreas laterales de trabajo con acceso desde el pasillo del claustro central con dos despachos, despacho de dirección de Ecyl y despacho de dirección del Sepe, tres áreas de trabajo con sus correspondientes archivos y una sala de reuniones. Frente a la escalera se sitúan los servicios, el ascensor y el pasillo que comunica con la salida y escalera de emergencia existente.

Superficies útiles de planta segunda:

Despachos y zonas de trabajo: - Despacho dirección Ecyl .................. 18,29 m2 - Despacho dirección Sepe ................ 18,29 m2 - Área de trabajo 2.1........................... 38,52 m2 - Área de trabajo 2.2........................... 38,52 m2 - Área de trabajo 2.3. .......................... 38,52 m2 - Área de trabajo 2.4. .......................... 38,52 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................. 190,66 m2 Circulaciones horizontales: - Atrio central ...................................... 47,88 m2 - Distribución escaleras ...................... 11,78 m2 - Vestíbulo............................................. 8,43 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 68,09 m2 Almacén y archivo: - Almacén.............................................. 8,78 m2 - Almacén.............................................. 8,31 m2 - Almacén.............................................. 8,93 m2 - Almacén.............................................. 8,21 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 34,23 m2 Aseos: - Aseo masculinos .............................. 16,36 m2 - Aseo ................................................... 1,28 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 17,64 m2

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Memoria descriptiva

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PLANTA DE SEMISÓTANO: A través de la escalera de caracol situada en planta baja, se accede a la planta semisótano con el mismo programa que actualmente tiene.

Superficies útiles de planta semisótano: Almacén y archivo: - Almacén y archivo general ............. 317,53 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................. 317,53 m2

Instalaciones: - Instalaciones general ....................... 27,76 m2 - Instalaciones ...................................... 5,88 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 33,64 m2

SUPERFICIES ÚTILES Y CONSTRUIDAS ESTADO REFORMADO

Superficies

Útiles

Construidas

Planta semisótano 351,17 m2 393,55 m2 Planta baja 339,64 m2 391,51 m2 Planta primera 322,46 m2 372,51 m2

Planta segunda 310,62 m2 359,95 m2 Total 1.323,89 m2 1.517,52 m2

6.- Criterios estéticos: Se mantienen los cerramientos actuales y la distribución de huecos

Se sustituirán los huecos exteriores con carpintería tipo Cor-70 o similar de hoja oculta con

perfilería de aluminio con rotura de puente térmico para la colocación de vidrio 4+4-12-6 La cancela de cierre exterior se proyecta en acero con bastidor tubular de acero inoxidable

mate de acuerdo con detalle de carpintería. Exteriormente se reestructura los accesos con rampas adaptadas de acuerdo con las

directrices del código técnico de la edificación CTE

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7.- Cumplimiento del CTE y otras normativas específicas 7.1.- CUMPLIMIENTO DEL CTE Descripción de las prestaciones del edificio por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE: Son requisitos básicos, conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación, los relativos a la funcionalidad, seguridad y habitabilidad. Se establecen estos requisitos con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente, debiendo los edificios proyectarse, construirse, mantenerse y conservarse de tal forma que se satisfagan estos requisitos básicos. Requisitos básicos relativos a la funcionalidad 1. Utilización, de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio. El diseño y dimensiones de todos los elementos y espacios privativos que componen la edificación se ajustan a las especificaciones del Planeamiento urbanístico de la localidad, y a las condiciones mínimas de habitabilidad conforme a la Orden de 29 de febrero de 1944 (Ver Anexo de habitabilidad). 2. Accesibilidad, al tratarse de un edificio público es de aplicación el documento básico DBE-SUA. 3. Acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información de acuerdo con los establecido en su normativa específica. De conformidad con el Real Decreto-Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, el edificio cumple con lo dispuesto en dicho Decreto 4. Facilitación para el acceso de los servicios postales, mediante la dotación de las instalaciones apropiadas para la entrega de los envíos postales, según lo dispuesto en su normativa específica. Se dotará al edificio de una zona en planta baja en la que se recojan los envíos postales. Requisitos básicos relativos a la seguridad 1. Seguridad estructural, al ser un edificio de adecuación y redistribución interior se mantiene el sistema estructural existente. 2. Seguridad en caso de incendio, de tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate. Condiciones urbanísticas: el edificio tiene acceso para los bomberos por la calle Villabañez con las condiciones suficientes para la intervención de los servicios de extinción de incendios. Todos los elementos estructurales son resistentes al fuego durante un tiempo superior al exigido. El acceso desde el exterior de la fachada está garantizado, y los huecos cumplen las condiciones de separación. No se produce incompatibilidad de usos, y no se prevén usos atípicos que supongan una ocupación mayor que la del uso normal. No se colocará ningún tipo de material que por su baja resistencia al fuego, combustibilidad o toxicidad pueda perjudicar la seguridad del edificio o la de sus ocupantes. 3. Seguridad de utilización, de tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas. La configuración de los espacios, los elementos fijos y móviles que se instalen en el edificio, se han proyectado de tal manera que puedan ser usados para los fines previstos dentro de las limitaciones de uso del edificio que se describen más adelante sin que suponga riesgo de accidentes para los usuarios del mismo

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Memoria descriptiva

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Requisitos básicos relativos a la habitabilidad El edificio reúne los requisitos de habitabilidad, salubridad, ahorro energético y funcionalidad exigidos para este uso 1. Higiene, salud y protección del medio ambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos. Se proyecta un sistema de ventilación para el aporte del suficiente caudal de aire exterior que evite, en los distintos locales en lo que se realice alguna actividad humana, la formación de medias o elevadas concentraciones de contaminantes. En la instalación se impulsará aire limpio procedente del exterior a las diferentes zonas de trabajo, y será extraído en las zonas comunes (pasillos y zona de espera). Zonas trabajo Para determinar la calidad del aire interior de las zonas de trabajo, se ha seguido el criterio establecido en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE). Aseos Para los aseos se ha seguido el criterio establecido en el la norma UNE 13779:2004, aire que será expulsado al exterior por la cubierta. Para asegurar una buena calidad del aire que es introducido al interior de los recintos procedente del exterior, se proyecta filtros seleccionados en función de la calidad del aire del exterior (ODA) y de la calidad del aire interior requerido (IDA). El edificio proyectado dispondrá de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas de forma independiente con las precipitaciones atmosféricas. 2. Protección frente al ruido, No es de aplicación ya que se trata una reforma parcial de un edificio existente. No obstante y de acuerdo con el tipo de actividad de oficinas con presencia de público y ocupación superior a las 50 personas por lo que se considera Pública Concurrencia, actividad que ocupa todo el inmueble con un horario de funcionamiento de la oficina de empleo será el comprendido entre las 8.00 y las 15.00 horas. A efectos de la Ley 5/2009 del Ruido de Castilla y León y la Ordenanza de Ruidos y Vibraciones del Ayuntamiento de Valladolid, el horario de funcionamiento de la actividad será en periodo horario día. La actividad se desarrolla dentro de una zona principalmente de uso residencial; la parcela donde se ubica el inmueble de proyecto esta compartida con otros usos siendo uno de ellos docente, perteneciendo todo al mismo propietario. En el desarrollo de este apartado, se estudiarán los niveles de presión sonora generados por los equipos de climatización y ventilación en la situación más desfavorable de funcionamiento, y que son transmitidos al ambiente exterior, y a las construcciones cercanas.

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Memoria descriptiva

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3. Ahorro de energía y aislamiento térmico, al ser un edificio de adecuación y redistribución interior no se modificará la envolvente exterior existente, manteniendo los estándares actuales. 4. Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos y de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio. 7.2.- CUMPLIMIENTO DE OTRAS NORMATIVAS ESPECÍFICAS

Además de las exigencias básicas del CTE, es de aplicación la siguiente normativa de cara a la redacción de este proyecto de ejecución: Estatales EHE No es de aplicación en este proyecto. NCSE-02 Se cumplirá con los parámetros exigidos por la Norma de construcción

sismorresistente, y que se justifican en la Memoria de cumplimiento del CTE junto al resto de exigencias básicas de Seguridad Estructural.

REBT Se cumplirá con las prescripciones del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión,

y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC (R.D. 842/2002). RITE Se cumplirá con las prescripciones del Reglamento de instalaciones térmicas en los

edificios y sus instrucciones Técnicas Complementarias ITC (R.D. 1751/1998). Telecomunicaciones Se cumplirá con las prescripciones de la ley de Infraestructuras Comunes de los

edificios para el acceso a los Servicios de Telecomunicaciones (R.D.L. 27/02/98 y R.D. 279/1999)

Autonómicas Habitabilidad Se cumplirá con el Decreto 147/2000, de 29 de junio, de supresión de la cédula de

habitabilidad en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León. Accesibilidad Se cumplirán con la Ley 3/1998, de 24 de Junio, de accesibilidad y supresión de

barreras arquitectónicas en el ámbito de Castilla y León. Normas de disciplina urbanística Ordenanzas municipales El planeamiento urbanístico de aplicación es el Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid, aprobado en el año 2004. Según dicho planeamiento el solar y la edificación existente objeto de este proyecto está clasificado como suelo urbano y su categoría es Equipamiento Público. El PGOU de Valladolid, aprobado por orden FOM/1084/2003 de 18 de agosto de 2003, establece en el artículo 323. Servicios Sanitarios de las oficinas, el número mínimo de servicios sanitarios que deben disponerse en función de la superficie útil. Dado que reducimos el numero de servicios sanitarios con respecto al edificio inicial es necesario justificar su cumplimiento. En nuestro caso el edificio cuenta con 972,52 m² de superficie útil. Aunque como dice el punto 4 del artículo 319 Posición de las oficinas, a este efecto se considerará toda la superficie útil destinada a la

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Memoria descriptiva

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permanencia de personas. En nuestro caso la superficie útil destinada a la permanencia de personas es:

PLANTA BAJA SUPERFICIESEcyl 101,83 m2 Sepe 104,13 m2 Atrio Central 79,84 m2 TOTAL 285,80 m2

PLANTA PRIMERA SUPERFICIESDespacho 1.1 18,29 m2 Despacho 1.2 18,29 m2 Área de trabajo 1.1 38,52 m2 Área de trabajo 1.2 38,52 m2 Área de trabajo 1.3 38,52 m2 Área de trabajo 1.4 38,52 m2 TOTAL 190,66 m2

PLANTA SEGUNDA SUPERFICIESDespacho Dirección Ecyl 18,29 m2 Despacho Dirección Sepe 18,29 m2 Área de trabajo 2.1 38,52 m2 Área de trabajo 2.2 38,52 m2 Área de trabajo 2.3 38,52 m2 Área de trabajo 2.4 38,52 m2 TOTAL 190,66 m2

SUPERFICIE UTIL DE PERMANENCIA DE PERSONAS TOTAL 667,12

El artículo 323. Servicios Sanitarios de las oficinas establece que las oficinas tendrás los siguientes servicios: - Hasta 100 m² dos inodoros y dos lavabos - Por cada 100 m² más o fracción se aumentará un inodoro y un lavabo - En todo caso se instalarán con entera independencia para señoras y caballeros. En nuestro caso, al tener 667,12 m² se deben disponer 8 lavabos y 8 inodoros (2 por los primeros 100 m² y 6 por los 557,12 m² restantes) La intervención de este proyecto cuenta con 8 lavabos y 9 inodoros, por lo que cumple con esta exigencia del PGOU de Valladolid Por otro lado la Revisión del PGOU de Valladolid, tras su aprobación inicial el 28 de Julio de 2017 establece en su artículo 339 Servicios Sanitarios de las oficinas el número mínimo de servicios sanitarios que deben disponerse en función de la superficie útil. Dado que reducimos el numero de servicios sanitarios con respecto al edificio inicial es necesario justificar su cumplimiento. En nuestro caso el edificio cuenta con 972,52 m² de superficie útil, aunque la superficie dedicada a oficinas y espacios estanciales es de 667,12 m². Según esta normativa el número de servicios sanitarios necesarios es de : 2 inodoro y 2 lavabo para los primeros 200 m² y 1 inodoro y 1 lavabo más por cada 200m² adicionales. En nuestro caso disponemos de 9 inodoros y 8 lavabos ( además de tres urinarios en los cuartos de baño masculinos). Con esta dotación cumple con las exigencias hasta los 1.000 m², por lo que cumplimos de sobra con las exigencias en cualquier caso. El proyecto cumple por tanto con todas las exigencias establecidas en el PGOU de Valladolid con respecto a los servicios sanitarios.

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Memoria descriptiva

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8.- Descripción general de parámetros técnicos 8.1.- ESTRUCTURA No es de aplicación es este proyecto. 8.2.- CUBIERTAS No es de aplicación es este proyecto. 8.3.- IMPERMEABILIZACIONES Y AISLAMIENTOS. Se mantienen los cerramientos existentes. 8.4.- DIVISIONES INTERIORES

La tabiquería interior (zona de baños) se realizará con subestructura de galvanizado de 70 mm de

espesor, doble placa de cartón-yeso de 13 mm de espesor (exterior), aislamiento de 6 cm de lana de roca, con placa de cierre interiormente de 13 mm y acabado cerámico. Las placas de yeso serán de tipo Waterproof.

8.5.- CARPINTERÍA

La carpintería exterior está formada con perfiles de aluminio con doble rotura de puente térmico tipo Cor-70 o similar de hoja oculta y acristalamiento con vidrio 4+4-12-6.

Las puertas y la carpintería interior se proyectan con revestimiento de madera de roble con

herrajes de acero y acabado mate. Las mamparas serán Dynamobel tipo M92 CRYSTAL o similar de perfilería oculta de 80 mm de

espesor total, elementos metálicos vistos y doble acristalamiento de seguridad. Los diseños, secciones constructivas y materiales se determinarán en la memoria y planos de

este proyecto de ejecución.

8.6.- FALSOS TECHOS Falsos techos de Placo modelo Fono Coral o similar con escayola certificada y fibra de vidrio de

19 mm de espesor con perfilería semivista.

8.7.- PAVIMENTOS Y ALICATADOS

- Pavimento antideslizante clase 2 en PVC colocado directamente sobre pavimento existente

en color y dimensiones a elegir por la dirección facultativa.

- Pavimento sintético vinílico, fabricado a base de PVC, colocado directamente sobre el solado existente de color a elegir por la dirección facultativa.

- Pavimento de piedra caliza natural color gris pulpis, colocada sobre mortero cola,

directamente sobre solado existente de dimensiones y despiece a elegir por la dirección facultativa.

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Memoria descriptiva

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- Pavimento exterior formado por adoquines de bloque de hormigón, colocadas sobre losa de

hormigón armado de 20 cm de espesor y recebado con arena fina, previa retirada de solado existente.

- Pavimento de piezas de granito de 4 cms de espesor y despiece de 40 x 80 cm colocadas

sobre losa de hormigón armado de 20 cms de espesor, previa retirada de solado existente.

- Pavimento de piezas de granito de 4 cms de espesor y despiece de 40 x 80 cm, colocadas sobre estructura para formación de pendiente y de escaleras de acceso principal al edificio.

8.8.- PINTURA

Todos los paramentos interiores verticales y horizontales que no se alicaten estarán pintados con tres manos de pintura plástica lisa, previa preparación y lijado de los paramentos, en colores claros a elegir por la dirección facultativa. 8.9.- INSTALACIONES

Saneamiento con bajantes interiores de PVC, las cuales estarán conectadas mediante arquetas del mismo material unidas a la red de saneamiento para aguas fecales, el agua de lluvia verterá directamente a la calle mediante canalones y bajantes de chapa lacada.

La instalación de fontanería se realizará mediante conducto de polietileno, tanto para las acometidas, como para las redes de agua fría y caliente. Se colocará tubería, también de PVC en los desagües de los distintos aparatos sanitarios que serán de porcelana vitrificada, y dotados de grifería cromada.

La instalación eléctrica se ejecutará según el R.E.B.T y las Normas vigentes de la Delegación de Industria. La instalación incorporará su correspondiente cuadro e interruptores diferenciales, automáticos y magnetotérmicos según se especifíca en la memoria del epígrafe correspondiente del CTE

La instalación de climatización se especifica en su apartado correspondiente.

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Memoria descriptiva

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9.- PRESTACIONES DEL EDIFICIO. 9.1. REQUISITOS BÁSICOS

9.2. LIMITACIONES

Limitaciones de uso del edificio: El edificio solo podrá destinarse a los usos previstos en el

proyecto. La dedicación de algunas de sus dependencias a uso distinto del proyectado requerirá de un proyecto de reforma y cambio de uso que será objeto de licencia nueva. Este cambio de uso será posible siempre y cuando el nuevo destino no altere las condiciones del resto del edificio ni sobrecargue las prestaciones iniciales del mismo en cuanto a estructura, instalaciones, etc.

Limitaciones de uso de las instalaciones. Las instalaciones previstas solo podrán destinarse

vinculadas al uso del edificio y con las características técnicas contenidas en el Certificado de la instalación correspondiente del instalador y la autorización del Servicio Territorial de Industria y Energía de la Junta de castilla y León.

En Salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

Requisitos básicos: Según CTE En proyecto Prestaciones según el CTE

en proyecto

Seguridad DB-SI

Seguridad en caso de incendio

DB-SI

De tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate.

DB-SUA

Seguridad de utilización

DB-SUA De tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas.

Habitabilidad DB-HR

Protección frente al ruido

DB-HR

-------------

DB-HE

Ahorro de energía y aislamiento térmico

DB-HE De tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio.

Funcionalidad Utilización DB-SUA De tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio.

Accesibilidad No es aplicable por ser vivienda

unifamiliar

Accesibilidad y supresión de barreras

arquitectónicas

De tal forma que respecto al estado actual, se mejoran las condiciones de accesibilidad y movilidad.

Acceso a los servicios Normativa específica De telecomunicación audiovisuales y de información de acuerdo con lo

establecido en su normativa específica.

Requisitos básicos: Según CTE En proyecto Prestaciones que superan el CTE

en proyecto

Seguridad DB-SE Seguridad estructural DB-SE No procede DB-SI Seguridad en caso de

incendio DB-SI No procede DB-SUA Seguridad de utilización DB-SUA No procede

Habitabilidad DB-HR Protección frente al ruido DB-HR No procede DB-HE Ahorro de energía DB-HE No procede

Funcionalidad Utilización No procede

Accesibilidad Se mejoran las condiciones de accesibilidad No procede

Acceso a los servicios Normativa Específica No procede

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MEMORIA CONSTRUCTIVA 1

2.- Memoria Constructiva

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MEMORIA CONSTRUCTIVA 2

PROYECTO: BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID SITUACIÓN: CALLE VILLABÁÑEZ 26 47012 VALLADOLID PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

MEMORIA CONSTRUCTIVA

1. Sustentación del edificio 2. Sistema envolvente 3.- Subsistema cubierta

4.- Subsistema suelos 5.- Descripción general de parámetros técnicos 5.1.- Sistema de compartimentación 5.1.1.- Divisiones interiores 5.1.2.- Carpintería 5.2.- Sistema de acabados 5.2.1.- Falsos techos 5.2.2.- Pavimentos y alicatados 5.2.3.- Pintura 5.2.4.- Instalaciones 6.- Equipamiento

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MEMORIA CONSTRUCTIVA 3

1. Sustentación del edificio

Al ser un proyecto BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR, y mantenerse la totalidad de la estructura, este aparado no es de aplicación.

2.- Sistema envolvente Al ser un proyecto BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR, y mantenerse la totalidad de la envolvente, este aparado no es de aplicación. 3.- Subsistema Cubierta Al ser un proyecto BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR, y mantenerse la totalidad de la cubierta, este aparado no es de aplicación. 4.- Subsistema Suelos Al ser un proyecto BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR, y mantenerse los forjados actuales, este aparado no es de aplicación.

5.- Descripción general de parámetros técnicos 5.1.- Sistema de compartimentación

5.1.1.- Divisiones interiores La tabiquería interior (zona de baños) se realizará con subestructura de galvanizado de 70 mm de

espesor, doble placa de cartón-yeso de 13 mm de espesor (exterior), aislamiento de 6 cm de lana de roca, con placa de cierre interiormente de 13 mm y acabado cerámico. Las placas de yeso serán de tipo Waterproof.

5.1.2.- Carpintería

La carpintería exterior está formada con perfiles de aluminio con doble rotura de puente térmico

tipo Cor-70 o similar de hoja oculta y acristalamiento con vidrio 4+4-12-6. Las puertas y la carpintería interior se proyectan con revestimiento de madera de roble con

herrajes de acero y acabado mate. Las mamparas serán Dynamobel tipo M92 CRYSTAL o similar de perfilería oculta de 80 mm de

espesor total, elementos metálicos vistos y doble acristalamiento de seguridad. Los diseños, secciones constructivas y materiales se determinarán en la memoria y planos de

este proyecto de ejecución.

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MEMORIA CONSTRUCTIVA 4

5.2.- SISTEMA DE ACABADOS

5.2.1.- Falsos Techos Falsos techos de Placo modelo Fono Coral o similar con escayola certificada y fibra de vidrio de 19 mm de espesor con perfilería semivista. 5.2.2.- Pavimentos y alicatados - Pavimento antideslizante clase 2 en PVC colocado directamente sobre pavimento existente

en color y dimensiones a elegir por la dirección facultativa.

- Pavimento sintético vinílico, fabricado a base de PVC, colocado directamente sobre el solado existente de color a elegir por la dirección facultativa.

- Pavimento de piedra caliza natural color gris pulpis, colocada sobre mortero cola,

directamente sobre solado existente de dimensiones y despiece a elegir por la dirección facultativa.

- Pavimento exterior formado por adoquines de bloque de hormigón, colocadas sobre losa de

hormigón armado de 20 cm de espesor y recebado con arena fina, previa retirada de solado existente.

- Pavimento de piezas de granito de 4 cms de espesor y despiece de 40 x 80 cm colocadas

sobre losa de hormigón armado de 20 cms de espesor, previa retirada de solado existente.

- Pavimento de piezas de granito de 4 cms de espesor y despiece de 40 x 80 cm, colocadas sobre estructura para formación de pendiente y de escaleras de acceso principal al edificio.

5.2.3.- Pintura

Todos los paramentos interiores verticales y horizontales que no se alicaten estarán pintados con tres manos de pintura plástica lisa, previa preparación y lijado de los paramentos, en colores claros a elegir por la dirección facultativa.

5.2.4.- Instalaciones Saneamiento con bajantes interiores de PVC, las cuales estarán conectadas mediante arquetas del mismo material unidas a la red de saneamiento para aguas fecales, el agua de lluvia verterá directamente a la calle mediante canalones y bajantes de chapa lacada. La instalación de fontanería se realizará mediante conducto de polietileno, tanto para las acometidas, como para las redes de agua fría y caliente. Se colocará tubería, también de PVC en los desagües de los distintos aparatos sanitarios que serán de porcelana vitrificada, y dotados de grifería cromada. La instalación eléctrica se ejecutará según el R.E.B.T y las Normas vigentes de la Delegación de Industria. La instalación incorporará su correspondiente cuadro e interruptores diferenciales, automáticos y magnetotérmicos según se especifíca en la memoria del epígrafe correspondiente del CTE La instalación de climatización se especifica en su apartado correspondiente.

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MEMORIA CONSTRUCTIVA 5

6.- Equipamiento

Los aseos estarán compuestos desde el punto de vista de dotación de aparatos sanitarios de lavabo, e inodoro, uno de ellos adaptado para personas discapacitadas. Los aparatos sanitarios a colocar son de primera calidad en porcelana vitrificada en los modelos elegidos por la propiedad y que figuran en mediciones y presupuestos. Todos los aparatos sanitarios irán equipados con la correspondiente grifería cromada

En salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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3. CUMPLIMIENTO DEL CTE

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II

3.1 DB-SE

EXIGENCIAS BÁSICAS DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL

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PROYECTO: BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN SITUACIÓN: CALLE VILLABAÑEZ Nº 26 47012 VALLADOLID PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

3.1.- DB-SE EXIGENCIAS BÁSICAS DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL

Al ser un proyecto BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR, y mantenerse la totalidad de la estructura, este aparado no es de aplicación.

En Salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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3.2.- DB-SI Seguridad en caso de Incendio

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Seguridad en caso de Incendio

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PROYECTO: BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID SITUACIÓN: CALLE VILLABÁÑEZ 26 47012 VALLADOLID PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

INDICE

Tipo de proyecto y ámbito de aplicación del Documento Básico SI Características generales del edificio SI 1 Propagación interior

1. Compartimentación en sectores de incendio 2. Locales y zonas de riesgo especial 3. Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos de

compartimentación 4. Reacción al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de

mobiliario

SI 2 Propagación exterior 1. Medianerías y Fachadas 2. Cubiertas

SI 3 Evacuación de ocupantes 1. Cálculo de la ocupación 2. Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación 3. Dimensionado de los medios de evacuación. 4. Protección de las escaleras 5. Puertas situadas en recorridos de evacuación 6. Señalización de los medios de evacuación 7. Control del humo de incendio 8. Evacuación de personas con discapacidad

SI 4 Instalaciones de protección contra incendios 1. Instalaciones de protección contra incendios

2. Instalaciones proyectadas

SI 5 Intervención de los bomberos 1. Condiciones de aproximación y Entorno 2. Accesibilidad por fachada

SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

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Seguridad en caso de Incendio

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SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO

Tipo de proyecto: PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y

REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID.

Tipo de obras previstas: ADECUACIÓN / REFORMA INTERIOR Uso: ADMINISTRATIVO ACLARACIÓN PREVIA. Cabe mencionar antes de comenzar esta justificación del DB-SI el carácter de las obras que implica este proyecto. No es un proyecto de obra nueva, si no una adecuación de un edificio existente, donde en ningún caso se toca ningún elemento estructural. Tan solo se eliminan y sustituyen particiones interiores, sin modificar sustancialmente la distribución de espacios interiores (tan solo uno de los espacios en planta baja se ve modificado) También se sustituyen las carpinterías exteriores e interiores por otras de mayores prestaciones. Se sustituyen las instalaciones de refrigeración, telecomunicaciones y eléctricas. No se modifica el Uso del edificio. No se eliminan ni modifican ni crean nuevos elementos estructurales en ningún caso. No se modifica la configuración del edificio ni interior ni exteriormente de manera sustancial. Por lo tanto esta comprobación del DB-SI es una comprobación de las partes que se puedan ver afectadas por las modificaciones que se realizan en el proyecto. Las partes de comprobación de este DB que afecten a la estructura no entrarán en consideración al no verse modificadas en este proyecto. SI1 PROPAGACION INTERIOR

EXIGENCIA BÁSICA SI 1: Se limitará el riesgo de propagación del incendio por el interior del edificio. El edificio se puede asimilar al descrito en esta norma con uso Administrativo con una superficie construida máxima para cada sector de 2.500 m2 1. Compartimentación en sectores de incendio Se considerarán dos sectores de incendio en el edificio, según la tabla 1.1 de la Sección 1 del DB-SI. Por un lado estará la planta Semisótano, que al no sufrir ninguna modificación en este proyecto ( tan solo se sustituyen las carpinterías exteriores por unas de mayores prestaciones, nada más) se le considera como un sector de incendio independiente sobre el que se considera que no es necesaria justificación alguna.

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Por otro lado se considerará otro sector de incendio las tres plantas restantes del edificio: Planta Baja, Planta Primera y Planta Segunda, que serán las plantas sobre las que se realizarán algunas modificaciones, aunque siempre leves y sin carácter estructural. Sector 1: Total Sup. Construida: 1123,97 m² - Planta Baja: Sup. Construida: 391,51 m² - Planta Primera: Sup. Construida: 372,51 m² - Planta Segunda: Sup. Construida: 359,95 m² Sector 1: Total Sup. Construida: 393,55 m² - Planta Semisótano: Sup. Construida: 393,55 m² Tabla 1.2. Resistencia al fuego de las paredes, techos (3) y puertas que delimitan sectores de incendio Elemento Resistencia al fuego Sector bajo rasante Sector sobre rasante en edificio con altura de evacuación h ≤ 15 m 15 < h ≤ 28 m h > 28 m Paredes y techos que separan al sector considerado del resto del edificio, siendo su uso previsto Uso Administrativo EI 120 EI 60 ---- ----

Puertas de paso entre sectores de incendio : EI2 t-C5 siendo t la mitad del tiempo de resistencia al fuego requerido a la pared en la que se encuentre, o bien la cuarta parte cuando el paso se realice a través de un vestíbulo de Independencia y de dos puertas.

(3) Cuando el techo separe de una planta superior, tendrá al menos la misma resistencia al fuego que se exige a las paredes, pero con la característica REI en lugar de EI, al tratarse de un elemento portante y compartimentador de incendios. En cambio, cuando sea una cubierta no destinada a actividad alguna, ni prevista para ser utilizada en la evacuación, no precisa tener una función de compartimentación de incendios, por lo que sólo debe aportar la resistencia al fuego R que le corresponda como elemento estructural, excepto en las franjas a las que hace referencia el capítulo 2 de la Sección SI2, en la que dicha resistencia debe ser REI (En este caso este punto no entra en consideración al no modificarse ni verse afectados los elementos estructurales) 2. Locales y zonas de riesgo especial Como ya se ha mencionado, el sector a estudiar es el llamado Sector 1, ya que el Sector 2, en planta semisótano, al no modificarse no se considera en esta justificación del SI No aparece ningún local de riesgo especial en el Sector 1, ya que los espacios destinados a archivo en cada una de las plantas no llegan en ningún caso a los 100 m³ que establece la tabla 2.1 de esta sección del DB-SI. El único Local que podría ser considerado como LRE bajo es las escaleras de caracol que comunican la planta Semisótano con la Planta baja. Dado que en este espacio se ubica el Cuadro General Electrico de las instalaciones, por lo que debe ser considerado como Local de Riesgo Especial Bajo.

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Este espacio cumple con todas las condiciones de Local de Riesgo Especial Bajo. Sus paredes y techos tendrán una resistencia EI90 y las puertas de comunicación serán EI2 45-C5 La caldera del edificio, se ubica en un pequeño cubículo anexo al edificio en el alzado Oeste, al lado de las escaleras exteriores de evacuación. Este pequeño espacio no se modifica, ya que la caldera actual y la instalación de suelo radiante no se modifican en lo más mínimo. Por lo tanto no se considera local de riesgo especial, al no estar incluida dentro de las actuaciones de este proyecto. En cualquier caso este espacio, que no tiene ningún tipo de comunicación con el interior, ya que su único acceso se realiza directamente desde el exterior, cumple con las condiciones exigibles para un L.R.E Bajo, que es el tipo de Local que es. Todos y cada uno de los Locales de Riesgo especial del edificio cumplirán con los requerimientos de la siguiente tabla en función de su grado de exigencia.

Tabla 2.2 Condiciones de la zona de Riesgo

Características Riesgo Bajo Riesgo Medio Riesgo Alto

RF Estructura Portante R 90 R 120 R 180

RF Paredes y Techos EI 90 EI 120 EI 180

Vestíbulo de Independencia No Si Si

Puertas de Comunicación EI2 45-C5 2 x EI2 30-C5 2 x EI2 45-C5 Máximo recorrido de evacuación hasta la salida del local ≤ 25m ≤ 25m ≤ 25m

En el caso de la estructura portante, ya que no es parte de la actuación de este proyecto, no será una parte a considerar de este DB-SI. 3.- Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos de compartimentación La compartimentación contra incendios de los espacios ocupables debe tener continuidad en los espacios ocultos, tales como patinillos, cámaras, falsos techos, suelos elevados, etc. La resistencia al fuego requerida a los elementos de compartimentación de incendios se debe mantener en los puntos en los que dichos elementos son atravesados por elementos de las instalaciones, tales como cables, tuberías, conducciones, conductos de ventilación, etc., excluidas las penetraciones cuya sección de paso no exceda de 50 cm2. Todos los pasos proyectados para el paso de las instalaciones tendrán una resistencia al fuego según tabla 1.2 del DB-SI-1, siendo la altura de evacuación menor de 15.0 m. Las puertas de registro de estos patinillos tendrán una resistencia de al menos 30 minutos

Resistencia al fuego Plantas sobre rasante en edificio con altura de

evacuación: Elementos Plantas bajo rasante h ≤ 15 m 15 < h ≤ 28 m H > 28 m

Paredes y techos que separan al sector considerado del resto del edificio, siendo su uso previsto:

Sector de riesgo mínimo en edificio de cualquier uso (no se admite) EI 120 EI 120 EI 120

Residencial Vivienda, Residencial Público, Docente, Administrativo EI 120 EI 60 EI 90 EI 120

Comercial, Pública Concurrencia, Hospitalario EI 120 EI 90 EI 120 EI 180

Aparcamiento EI 120 EI 120 EI 120 EI 120 Tabla 1.2.del DB-SI-1.- Resistencia al fuego de las paredes, techos y puertas que delimitan sectores

de incendio

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4.- Reacción al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario Los elementos constructivos deben cumplir las condiciones de reacción al fuego que se establecen en la siguiente tabla:

De techos y paredes De suelos Zonas ocupables C-s2,d0 EFL

Pasillos y escaleras protegidos B-s1,d0 CFL-s1

Aparcamientos y recintos de riesgo especial B-s1,d0 BFL-s1

Espacios ocultos no estancos: patinillos, falsos techos, suelos elevados, etc.

B-s3,d0 BFL-s2

SI2 PROPAGACIÓN EXTERIOR 1. Medianerías y Fachadas El edificio objeto del proyecto es un edificio exento en todas sus fachadas separado del resto de edificios por una distancia considerable, por lo que no existe riesgo de propagación exterior hacía otros edificios, sino en el propio edificio 1.1 Se trata de un edificio exento en todas sus fachadas, por lo que no existen elementos verticales separadores de otro edificio 1.2 Con el fin de limitar el riesgo de propagación exterior horizontal del incendio a través de la fachada entre dos sectores de incendio, entre zonas de riesgo especial alto y otras zonas o hacia una escalera protegida, todos los puntos de fachada, que no sean al menos EI 60, tales como ventanas o elementos similares, cumplen las distancias descritas en el apartado 1 entre distintos sectores de incendio, no existiendo riesgo de propagación horizontal entre sectores de incendio, o hacía una escalera o pasillo protegido desde otras zonas. 1.3 Con el fin de limitar el riesgo de propagación vertical de incendio por la fachada, entre dos sectores de incendio, o bien hacia las escaleras protegidas desde otras zonas, toda las fachadas son al menos EI 60 en la franja de separación de 1 m que establece este apartado del SI 1.4 Todos los materiales que ocupen más del 10 % de la superficie de acabado exterior de las fachadas tendrán una reacción al fuego B-s3, d2. 2. Cubiertas 2.1 Con el fin de limitar el riesgo de propagación exterior del incendio por la cubierta, en el propio edificio, esta tendrá una resistencia al fuego REI60, en una franja de 1,00 m de anchura, situada sobre el encuentro con la cubierta de todo elemento compartimentador de un sector de incendio o de un local de riesgo especial alto. Como alternativa se podrá prolongar el elemento compartimentador (peto) 0,60m por encima del acabado de la cubierta.

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2.2 En el encuentro entre cubierta y fachada que pertenezca a distintos sectores de incendio se cumplen las distancias marcadas por este apartado en los puntos donde la fachada o la cubierta no alcance al menos EI60 (No se produce esta situación en ningún punto del proyecto) 2.3 Los materiales que ocupen más del 10% del revestimiento o acabado exterior de las zonas de cubierta situadas a menos de 5 m de distancia de la proyección vertical de cualquier zona de fachada, cuya resistencia al fuego no sea al menos EI60, incluidos lucernarios, claraboyas etc... tendrán una clase de reacción al fuego Broof (t1) SI3 EVACUACIÓN DE OCUPANTES 1. Cálculo de la ocupación Se trata de un edificio de uso Administrativo. Ocupaciones estimadas por usos:

- Despachos 10 m2/persona - Áreas de trabajo 10 m2/persona - Atrio Central 2 m2/persona - Almacenes 40 m2/ persona - Aseos 3 m2/ persona

PLANTA SEMISOTANO SUPERFICIES DENSIDAD OCUPACION OCUPACION

Almacén y archivo general 317,53 m2 40 8 Instalaciones general 27,76 m2 - - Instalaciones 5,88 m2 - - OCUPACION TOTAL PLANTA SEMISOTANO 8

Como ya se ha dicho la planta Semisótano no entra en la consideración de la justificación de este DB, al no modificarse ningún elemento de esta planta. No obstante esta planta cumple, tanto en recorridos de evacuación como en dimensionado de los elementos de evacuación, al tener una ocupación tan baja y restringida (ya que será utilizada únicamente por los trabajadores del edificio, y no accesible al público en general)

PLANTA BAJA SUPERFICIES DENSIDAD OCUPACION OCUPACION

Ecyl 101,83 m2 10 11 Sepe 104,13 m2 10 11 Atrio Central 79,84 m2 2 40 Acceso 12,90 m2 - - Vestibulo 8,05 m2 - - Almacén 2,91 m2 40 1 Almacén 4,94 m2 40 1 Rac 8,88 m2 - - Escalera de caracol 3,14 m2 - - Aseo minusvalidos 11,74 m2 3 4 Aseo 1,28 m2 3 1

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OCUPACION TOTAL PLANTA 69

PLANTA PRIMERA SUPERFICIES DENSIDAD OCUPACION OCUPACION

Despacho 1.1 18,29 m2 10 2 Despacho 1.2 18,29 m2 10 2 Area de trabajo 1.1 38,52 m2 10 4 Area de trabajo 1.2 38,52 m2 10 4 Area de trabajo 1.3 38,52 m2 10 4 Area de trabajo 1.4 38,52 m2 10 4 Atrio Central 47,88 m2 2 25 Distribución escaleras 11,78 m2 - - Vestibulo 8,43 m2 - - Almacén 8,78 m2 40 1 Almacén 8,31 m2 40 1 Almacén 8,93 m2 40 1 Almacén 8,21 m2 40 1 Escaleras 5,92 m2 - - Escaleras 5,92 m2 - - Aseos Femeninos 16,36 m2 3 6 Aseo 1,28 m2 3 1 OCUPACION TOTAL PLANTA 56

PLANTA SEGUNDA SUPERFICIES DENSIDAD OCUPACION OCUPACION

Despacho Direccion Ecyl 18,29 m2 10 2 Despacho Direccion Sepe 18,29 m2 10 2 Area de trabajo 2.1 38,52 m2 10 4 Area de trabajo 2.2 38,52 m2 10 4 Area de trabajo 2.3 38,52 m2 10 4 Area de trabajo 2.4 38,52 m2 10 4 Atrio Central 47,88 m2 2 25 Distribución escaleras 11,78 m2 - - Vestibulo 8,43 m2 - - Almacén 8,78 m2 40 1 Almacén 8,31 m2 40 1 Almacén 8,93 m2 40 1 Almacén 8,21 m2 40 1 Aseos Masculinos 16,36 m2 3 6 Aseo 1,28 m2 3 1 OCUPACION TOTAL PLANTA 56

OCUPACION TOTAL EDIFICIO 181

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2.- Nº de salidas y recorridos de evacuación Todas las plantas del edificio cuentan con dos salidas de planta o del edificio, por lo que los recorridos de evacuación serán de 50 m. Las salidas de planta o del edificio serán las siguientes: SALIDAS DE PLANTA O DE EDIFICIO

PLANTA BAJA Número total de ocupantes de planta 69 p

SE1. Evacuación = 35 p SE2. Evacuación 34 p de planta baja + 56 de Planta Primera (28 + 28 ) = 90 p

PLANTA PRIMERA Número total de ocupantes de planta 56p

SP1. Evacuación: 28 p (escalera exterior de 28 + 28 = 56 p) SP2. Evacuación: 14 p de planta primera + 14 p de planta segunda = 28 p SP3. Evacuación: 14 p de planta primera + 14 p de planta segunda = 28 p

PLANTA SEGUNDA Número total de ocupantes de planta 56p

SP1. Evacuación 28 p SP2. Evacuación 14 p SP3 Evacuación 14 p

A efectos del calculo del dimensionado de las escaleras de evacuación, se considerará bloqueada una de ellas, cuando existan dos o más escaleras de evacuación, bajo la hipótesis más desfavorable.

A efectos de cálculo de las dimensiones de los elementos de evacuación, se considerará bloqueada en cada planta en la que existan dos o más salidas de evacuación, una de las salidas del edificio, bajo la hipótesis más desfavorable, repartiendo dichos ocupantes entre las otras salidas, según criterios de cercanía, o bien, considerando la salida más conocida y favorable.

Por una cuestión de lógica y cercanía, se considera que cuando una de las salidas de planta

SP2 o SP3 (las dos escaleras simétricas que se encuentran enfrentadas entre sí) de las plantas primera y segunda, estén bloqueadas en alguna de las plantas, los ocupantes del edificio elegirán la otra escalera, pues es la más cercana, es decir, en el caso de que la salida por la escalera SP2 este bloqueada entonces elegirán la salida SP3, y viceversa. Esto implica que la salida de planta SP1 no verá aumentada su afluencia de ocupantes bajo la hipótesis de bloqueo de alguna de las otras salidas en las plantas primera y segunda.

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Las salidas de planta SP1 en planta primera y segunda, así como la SE1 en planta baja no

verán su afluencia de gente aumentada con las de las plantas superiores ya que estas estarán ya evacuadas por la escalera exterior. No así con las escalera de emergencias exterior en el alzado Oeste, que si verá su afluencia de gente aumentada con la de plantas superiores

En el caso de la planta baja, ya que solo se consideran dos salidas del edificio, la situación de

hipótesis de bloqueo si que afecta, ya que en el caso de que una de las dos salidas quede inutilizada, toda la evacuación del edificio se realizará por la otra puerta.

Se considera las salidas en plantas primera y segunda hacía la escalera exterior de

emergencia, situadas en el alzado Oeste como salidas de planta y no salidas del edificio, ya que dan a una escalera exterior y no a un espacio exterior seguro.

SALIDAS DE EDIFICIO Nº salida Planta Ubicación Nº personas evacuar SE 1 Planta Baja A Exterior Oeste 35 + 90 (hip bloq SE2) = 125 P SE 2 Planta Baja A Exterior Este 90 + 35 (hip bloq SE1) = 125 P

SP 1 Planta Primera A Exterior Oeste 28 = 28 P SP 2 Planta Primera Escalera Princip. 28 + 28 (hip bloq SP3) = 56 P

SP 3 Planta Primera Escalera Princip. 28 + 28 (hip bloq SP2) = 56 P SP 1 Planta Segunda A Exterior Oeste 28 = 28 P SP 2 Planta Segunda Escalera Princip. 14 + 14 (hip bloq SP3) = 28 P

SP 3 Planta Segunda Escalera Princip. 14 + 14 (hip bloq SP2) = 28 P

Todos los recorridos de evacuación del edificio cumplen con las medidas exigidas por este DB, tanto en el general de recorrido de evacuación, como en distancia hasta una alternativa, tal como se indica en la documentación gráfica adjunta.

3.- Dimensionado de los medios de evacuación Puertas y pasos

Para el cálculo de las puertas y pasos situadas en los recorridos de evacuación se considera la siguiente formula según la tabla:4.1 del DB-SI Sección 3: A > P /200 > 0.80 m ( La anchura de toda hoja de puerta no debe ser menor de 0,60m, ni exceder de 1,23m)

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- Las salidas del edificio en planta baja SE1 y SE2, para una ocupación de 125 personas, así como las salidas de las puertas cortavientos situadas inmediatamente anteriores a la salida SE2, y la puerta que comunica con la salida SE1, tienen una dimensión siempre igual o superior a 0,92 m. El cálculo de estas puertas según la fórmula antes mencionada es : A > 125 /200 > 0.80 m A > 0.625 m Por lo que las puertas de 0,92 cumplen de sobra con este requerimiento.

Dado que 125 es la mayor evacuación que tiene que realizarse simultáneamente por un mismo elemento del edificio y que todas las puertas y pasillos son mayores de 0,80 en el caso de las puertas, y de 1 m en el caso de los pasillos, se entiende que todas las puertas, pasillos y pasos cumplen con la normativa de esta Sección del DB-SI

Pasillos y rampas A ≥ P / 200 ≥ 1.00m. De la misma manera que en el punto anterior, ya que la mayor ocupación a evacuar simultáneamente por un mismo elemento es de 125 y que con la formula arriba descrita esto implicaría elementos de 0.625 m de ancho, y considerando que todos los pasillos y rampas serán de al menos 1 m de ancho, se entiende que todos los elementos del edificio cumplen con esta normativa. Escaleras no protegidas. Para el cálculo de las escaleras no protegidas y su capacidad de evacuación, se considerara la tabla 4.1 de este apartado del SI, donde se indica que la formula a considerar es la siguiente: - Para escaleras no protegidas de evacuación descendente: A> P / 160 La máxima necesidad de evacuación para una de las escaleras de este edificio es de 56, es decir, toda la evacuación correspondiente a las salidas SP2 y SP3 de las plantas primera y segunda. En este caso : - A> 56 /160 = 0.35m Las escaleras, de 0.94m tienen una capacidad muy superior a la exigida. Lo mismo sucede con la escalera de evacuación exterior del alzado Oeste, con una capacidad de evacuación similar. 4.- Protección de las escaleras Existen dos escaleras interiores y una exterior destinadas a la evacuación en el sentido descendente a las que dan cada una de las salidas de planta de las plantas primera y segunda. En planta sótano existe una pequeña escalera exterior en sentido ascendente que conduce al espacio exterior seguro en el que acaba la evacuación de la planta sótano. Se cumplen con todas las indicaciones de la tabla 5.1 de este apartado del DB-SI:

- Las escaleras de evacuación descendente, al ser de una altura de evacuación inferior a 14m podrán ser no protegidas, tal como es el caso

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- La escalera de evacuación ascendente para la evacuación del sótano, al salvar una altura de evacuación de 2.07m < a 2.80m podrá ser no protegida, como es el caso.

Independientemente de que las escaleras cumplan con todas las condiciones del DB-SI, tanto en dimensiones como en grado de protección, la obra es una reforma, en la que no se modifica en ningún momento el trazado de las escaleras, ni se cambia el uso del edificio, o hay una modificación sustancial de las distribuciones interiores, por lo que no sería exigible la justificación de estos apartados. En cualquier caso las escaleras cumplen con todos los apartados exigibles. 5.- Puertas situadas en recorridos de evacuación Todas las puertas previstas como salida de planta o edificio y para la evacuación de más de 50 personas serán abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre no actuará mientras haya actividad en las zonas a evacuar o consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar llave y sin tener que actuar sobre más de un mecanismo. Abrirá en el sentido de evacuación toda puerta de salida prevista para el paso de más de 100 personas o más de 50 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. 6.- Señalización de los medios de evacuación Se dispondrán de todas las medidas de señalización de evacuación conforme a lo establecido en el punto 7 del apartado SI3. Tal y como se muestra en los plano adjunto de SI a.) Las salidas del recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rotulo "SALIDA", excepto cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no exceda de 50 m², sean fácilmente visibles desde todo punto de dichos recintos y los ocupantes estén familiarizados con el edificio. b.) La señal con el rotulo "Salida de Emergencia" se utilizará en toda salida prevista para uso exclusivo de emergencia c.) Se dispondrán señales indicativas de dirección de los recorridos, visibles desde todo origen de evacuación desde el que no se perciba directamente las salidas o sus señales indicativas y, en particular, frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor que 100 personas que acceda lateralmente a un pasillo. d.) En los puntos de los recorridos de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error, también se dispondrán las señales antes citadas, de tal forma que quede claramente indicada la alternancia correcta. e.) En dichos recorridos, junto a las puertas que no sean salida y que puedan inducir a error en la evacuación se dispondrá la señal con el rótulo "Sin Salida" en lugar fácilmente visible, pero en ningún caso sobre las hojas de las puertas f.) Las señales se dispondrán de forma coherente con la asignación de ocupantes que se pretenda hacer a cada salida, conforme a lo establecido en el capítulo 4 de esta Seción g.) Los itinerarios accesibles seguirán su correspondiente normativa. h.) La superficie de las zonas refugio se señalizara convenientemente.

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Seguridad en caso de Incendio

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Las señales serán visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal. Cuando sean fotoluminiscentes deben cumplir lo establecido en las normas UNE 23035 -1:2003, UNE 23035-2:2003 y UNE 23035-4:2003 y su mantenimiento se realizará conforme a lo establecido en la norma UNE 23035-3:2003 7.- Control de humo de incendio Este apartado no es exigible ya que el edificio no llega a los mínimos que establece este punto del DB-SI para considerarlo de obligado cumplimiento 9.- Evacuación de personas con discapacidad en caso de incendio Se trata de un edificio de uso administrativo con una altura de evacuación inferior a 14m. por lo que no es de aplicación el punto 1 del apartado 9 del DB SI 3. Las plantas de salida del edificio disponen de itinerarios accesibles desde todo origen de evacuación situado en zona accesible hasta las salidas del edificio accesibles. SI4 Instalaciones de protección contra incendios 1.- INSTALACIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS Los locales de riesgo especial, deben disponer de la dotación de instalaciones que se indica para cada local de riesgo especial, así como para cada zona, en función de su uso previsto, pero en ningún caso será inferior a la exigida con carácter general para el uso principal del edificio o del establecimiento. 2.- INSTALACIONES PROYECTADAS Extintores En todo el edificio se proyectan extintores de eficacia 21A-144B, de polvo polivalente ABC situados en los recorridos de evacuación, que nos garantizan la cobertura necesaria para que no exista ningún punto del edificio situado a menos de 15 metros de un equipo portátil de extinción. Ubicación según planos. Sistema de alarma Se ubican sistemas de alarma en el edificio, ya que es un edificio de uso administrativo y con una superficie construida de intervención superior a 1.000 m². Se ubican en planta Baja, Primera y Segunda. Señalización Los medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, pulsadores de alarma etc...) estarán señalizados mediante rótulos luminiscentes normalizados, estas señales serán visibles incluso en caso de fallo en el alumbrado normal.

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Seguridad en caso de Incendio

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SI5 Intervención de los bomberos 1.- CONDICIONES DE APROXIMACIÓN Y ENTORNO 1. Aproximación a los edificios. Los viales de aproximación de los vehículos de bomberos a los espacios de maniobra a los que se refiere el apartado 1.2 (aunque estos espacios de maniobra no son estrictamente necesarios por tener una altura de evacuación inferior a 9 m como se especifica en el punto 2 de este apartado) cumplen con las condiciones que establece este puto : - Anchura mínima libre superior a 3,5 m - Altura mínima libre o galibo superior a 4,5m - Capacidad portante del vial superior a 20 kN/m² 2. Entorno del edificio Este edificio con una altura de evacuación inferior a 9m no debe disponer de los espacios de maniobra para los bomberos que se especifican en este punto Aunque según este apartado estas condiciones no son de obligado cumplimiento, el edificio cuenta en su fachada principal, por la que tienen acceso los vehículos rodados, con una gran plaza, con espacio tanto de ancho como de largo y alto, más que suficiente para realizar todas las maniobras de aproximación necesarias por los vehículos de emergencia. Este espacio de maniobra quedará libre de obstáculos y mobiliario . De la misma manera la separación máxima del vehículo de bomberos a la fachada del edificio es inferior a 10 m en la fachada principal, aunque no existe ninguna restricción al respecto al tener una altura de evacuación inferior a 9 m 2.- ACCESIBILIDAD POR FACHADA Este apartado hace referencia a las fachadas que se mencionan en el punto 2 Entorno del edificio, al referirse esta fachada a las de edificios con una altura de evacuación mayor de 9 m, no se refiere a este proyecto, por lo que este punto tampoco es de aplicación. En cualquier caso todas las fachadas cuentan con huecos que permitan el acceso de los bomberos y que cumplen con las condiciones de este apartado SI6 Resistencia al fuego de la estructura Este apartado no es de aplicación, ya que la intervención consiste en una reforma y adaptación del edificio existente, donde no se interviene sobre ningún elemento estructural ni se añade ningún elemento estructural

En Salamanca, Noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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CTE-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad 1

3.3. DB-SUA

SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD

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CTE-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad 2

PROYECTO: BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID SITUACIÓN: CALLE VILLABAÑEZ 47012 VALLADOLID PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

CTE – SUA 3.3.- Seguridad de Utilización y accesibilidad

Sección SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas 1 Resbaladicidad de los suelos 2 Discontinuidades en el pavimento 3 Desniveles

3.1 Protección de los desniveles 3.2 Características de las barreras de protección 3.2.1.- Altura 3.2.2.- Resistencia 3.2.3.- Características constructivas

4 Escaleras 4.1.- Peldaños 4.2.- Pasamanos

5.- Rampas

6 Limpieza de los acristalamientos exteriores

Sección SUA 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento 1 Impacto

1.1 Impacto con elementos fijos 1.2 Impacto con elementos frágiles 1.3 Impacto con elementos insuficientemente perceptibles

2 Atrapamiento Sección SUA 3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento en recintos 1 Aprisionamiento Sección SUA 4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada 1 Alumbrado normal en zonas de circulación 2 Alumbrado de emergencia

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CTE-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad 3

Sección SUA 5 Seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación 1 Ámbito de aplicación Sección SUA 6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento Sección SUA 7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento Sección SUA 8 Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo Sección SUA 9 Accesibilidad

CTE – SUA 3.3.- Seguridad de Utilización y accesibilidad

SECCIÓN SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas 1. Resbaladicidad de los suelos De acuerdo con las tablas 1.1 y tabla 1.2 en las zonas interiores secas las superficies que se proyectan serán de clase 1, en las zonas interiores húmedas como aseos clase 2, en las zonas de exteriores clase 3. 2. Discontinuidades en el pavimento No se proyectan discontinuidades. 3. Desniveles 3.1.- Protección de los desniveles

Con el fin de limitar el riesgo de caídas se proyectan barreras de protección en huecos y ventanas con una diferencia de cota mayor de 55 cm

3.2. Características de las barreras de protección

3.2.1 Altura

Las barreras de protección tienen como mínimo, una altura de 0,90 m cuando la diferencia de cota que protegen no exceda de 6 m y de 1,10 m en el resto de los casos, excepto en el caso de huecos de escaleras de anchura menor que 40 cm, en los que la barrera tendrá una altura de 0,90 m, como mínimo. (véase figura 3.1) La altura se medirá verticalmente desde el nivel de suelo o, en el caso de escaleras, desde la línea de inclinación definida por los vértices de los peldaños, hasta el límite superior de la barrera.

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CTE-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad 4

3.2.2 Resistencia

Las barreras de protección tendrán una resistencia y una rigidez suficiente para resistir la fuerza horizontal establecida en el apartado 3.2.1 del Documento Básico SE-AE, en función de la zona en que se encuentren.

3.2.3 Características constructivas

Las barreras de protección, estarán diseñadas de forma que: a) No puedan ser fácilmente escaladas, para lo cual: - En la altura comprendida entre 30 cm y 50 cm sobre el nivel del suelo o sobre la línea de inclinación de una escalera no existirán puntos de apoyo, incluidos salientes sensiblemente horizontales con más de 5 cm de saliente. - En la altura comprendida entre 50 cm y 80 cm sobre el nivel del suelo no existirán salientes que tengan una superficie sensiblemente horizontal con más de 15 cm de fondo. b) No tengan aberturas que puedan ser atravesadas por una esfera de 10 cm de diámetro, exceptuándose las aberturas triangulares que forman la huella y la contrahuella de los peldaños con el límite inferior de la barandilla, siempre que la distancia entre este límite y la línea de inclinación de la escalera no exceda de 5 cm

4. Escalera Cabe mencionar, que no se añade ni modifica ninguna escalera en todo el Proyecto. Al ser un obra de reforma y adecuación del edificio, no se modifica ningún elemento estructural ni ninguna de las escaleras, es decir, todas las escaleras mantienen su trazado y su despiece y configuración:

4.1 Peldaños - Los peldaños de la escalera de acceso al edificio tendrán 7 tabicas de 16,2 cms y 31 cms de huella. - Los peldaños de la escalera interior principal de uso general, cuyo trazado y configuración no se modifica con respecto al estado actual (más allá del revestimiento) tendrá unas tabicas de 17,8 cm y 28 cm de huella.

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CTE-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad 5

4.2 Pasamanos El diseño proyectado para el pasamanos de la escalera cumple con las condiciones que se establecen en este apartado.

5. Rampas Aún siendo una obra de reforma y adecuación, sí se modifica levemente el acceso al edificio, sustituyendo la rampa existente por dos rampas laterales de triple trazado y acceso lateral, para mejorar y cumplir las condiciones de accesibilidad, que antes no se cumplían, y cumpliendo todas las condiciones exigibles para las rampas de carácter accesible

Pendiente Las dos rampas de acceso necesitan salvar una diferencia de cota de 1,13 cm, por lo que se proyectan 3 tramos de rampa lateral al 8% con una longitud máxima inferior a 6 m en cada tramo (la longitud de los tramos de las rampas se ha medido en su proyección horizontal) Tramos Las rampas de acceso al edificio, que pertenecen a itinerarios accesibles, tendrán unos tramos rectos y con una anchura libre de 1,2m como mínimo. La anchura de la rampa estará libre de obstáculos. La anchura mínima útil se ha medido entre paredes o barreras de protección, sin descontar el espacio ocupado por el pasamanos, ya que sobresalen menos de 12 cm de la pared o barrera de protección Mesetas Las mesetas entre los distintos tramos de la rampa, que implican un cambio de dirección cumplen con todas las condiciones establecidas en este apartado del DB-SUA, ya que la anchura libre de la rampa de la meseta no se reduce, estará libre de obstaculos y no barre el giro de apertura de ninguna puerta.

Pasamanos Los pasamanos de estas rampas cumplen con todas las condiciones establecidas al respecto en este apartado del DB-SUA

6.- Limpieza de los acristalamientos exteriores El diseño de las carpinterías exteriores proyectadas permite la limpieza desde el interior cumpliendo las condiciones de los puntos a y b de este apartado.

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CTE-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad 6

SECCIÓN SUA 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o atrapamiento 1 Impacto 1.1 Impacto con elementos fijos. 1. La altura libre de paso en toda la planta baja estará comprendida entre 2,50 y 2,70 m. En los umbrales de las puertas la altura libre es de 2,10 m > de 2,00 m. 2. No existen elementos salientes en fachadas ni en paredes interiores. Las puertas de vaivén situadas en zonas de circulación tienen partes transparentes que permiten percibir la aproximación de personas. 1.2 Impacto con elementos frágiles. Las superficies acristaladas situadas en las áreas con riesgo de impacto dispondrán de un acristalamiento laminado que resiste sin romper un impacto del nivel 2 Las partes vidriadas de puertas, dispondrán de un acristalamiento laminado o templado que resiste sin romper un impacto del nivel 3 1.3 Impacto con elementos insuficientemente perceptibles. Las grandes superficies acristaladas, como son en este caso los paramentos de mamparas de vidrio, estarán provistas a lo largo de toda su longitud de una zona translucida que permita identificar los elementos acristalados y no confundirlos con puertas o aperturas, además de permitir cierto grado de privacidad en el interior de las estancias. Esta señalización estará comprendida tanto en la altura inferior como en la superior en unas franjas mayores a las exigidas por este apartado del DB-SUA 2 Atrapamiento No se contempla.

SECCIÓN SUA 3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento en recintos 1 Aprisionamiento Las dimensiones, dispositivos y espacio de los pequeños recintos cumplen con la normativa de accesibilidad vigente. Las puertas con dispositivos de bloqueo desde su interior dispondrán de un sistema de desbloqueo desde el exterior del recinto y tendrán iluminación controlada desde su interior

SECCIÓN SUA 4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada 1 Alumbrado normal en zonas de circulación Se proyecta una instalación eléctrica con alumbrado capaz de proporcionar los niveles mínimos establecidos en este apartado para las zonas de circulación.

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CTE-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad 7

2 Alumbrado de emergencia DOTACION: Se ha proyectado un alumbrado de emergencia en las zonas y los elementos que se establecen en los puntos de este apartado, según se especifica en el plano de iluminación del proyecto de alumbrado e instalación eléctrica. POSICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LAS LUMINARIAS Se situarán al menos a 2 m. por encima del nivel del suelo, en las puertas de evacuación, con las características que se especifican Anexo de Cálculo de iluminación de emergencia. CARACTERÍSTICAS DE LA INSTALACIÓN La instalación cumple durante 1 hora como mínimo a partir del instante que tiene lugar el fallo las condiciones de servicio que se indican en los puntos que se establecen en este apartado.

SECCIÓN SUA 5 Seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación 1 Ámbito de aplicación No es de aplicación esta sección.

SECCIÓN SUA 6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento No es de aplicación por no existir, piscinas, pozos y depósitos que se estipulan en esta sección.

SECCIÓN SUA 7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento Esta sección no es aplicable por no existir zonas de aparcamiento.

SECCIÓN SUA 8 Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo Al ser un edificio de Adecuación y Redistribución Interior este apartado no es de aplicación..

SECCIÓN SUA 9 Accesibilidad El edificio dispone de un itinerario accesible que comunica el exterior con la planta del edificio

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CTE-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad 8

Desniveles: La rampa de acceso necesita salvar una diferencia de cota de 1,13 cm, por lo que se proyectan 3 tramos de rampa laterales al 8% con una longitud máxima inferior a 6 m en cada tramo.

Espacio de giro: En vestíbulo de entrada existe un espacio que permite un radio de giro de

1,50 m libre de obstáculos Pasos y pasillos: La anchura libre de paso es de 1,20 m. Puertas: La anchura libre de paso superior a 0,80 m Mecanismos: Estarán comprendidos entre 0,80 y 1,20 m, cuando se trate de elementos

de mando y control y entre 0,40 y 1,20 m, cuando sean tomas de corriente o de señal. La distancia a encuentros a rincón es de 0,35 m como mínimo

El edificio dispone de un aseo accesible para personas discapacitadas, con itinerario accesible y un espacio de giro, en el propio aseo, con un diámetro de 1,50 m libres de obstáculos, dispone de barras, mecanismos y accesorios diferenciados cromáticamente del entorno y cumple las condiciones de itinerario accesible y sistema de apertura corredera. La cabina dispone de todos los requerimientos necesarios en este apartado. El equipamiento del aseo cumple las conducciones establecidas en esta norma.

En salamanca, Noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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DB-HS Exigencias básicas de salubridad 1

3.4. DB-HS

SALUBRIDAD

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DB-HS Exigencias básicas de salubridad 2

PROYECTO: BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID SITUACIÓN: CALLE VILLABAÑEZ 47012 VALLADOLID PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

CTE – HS 3.4.- Salubridad

HS 1 Protección frente a la humedad HS 2 Recogida y evacuación de residuos HS 3 Calidad del aire interior HS 4 Suministro de agua HS 5 Evacuación de aguas residuales

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DB-HS Exigencias básicas de salubridad 3

CTE – HS 3.4.- Salubridad

HS 1 Protección frente a la humedad Al ser un proyecto de reforma y adecuación de un edificio existente, se mantienen las características estructurales del edificio primitivo , incluyendo un semisótano situado a la cota -2.07m con respecto a la cota del espacio exterior. Por lo tanto los muros, solados, fachadas y cubiertas, mantienen las caracteristicas del edificio existente y no requieren de una justificación especifica al no modificarse.

HS 2 Recogida y evacuación de residuos Exigencia básica HS2 Generalidades

No es de aplicación esta sección.

HS 3 Calidad del aire interior La calidad del aire interior se define en el apartado 8.2 del anexo de climatización/ventilación

HS 4 Suministro de agua

MEMORIA DESCRIPTIVA

1. Antecedentes.

2. Emplazamiento de la instalación.

3. Reglamentación y disposiciones oficiales y particulares.

4. Descripción del edificio y superficies útiles

5. Suministro de agua.

6 Elementos constituyentes de la instalación del edificio.

6.1. Acometida.

6.2. Instalación general.

6.3. Instalaciones particulares.

6.4. Agua caliente sanitaria, A.C.S.

7. Esquema general de la instalación.

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DB-HS Exigencias básicas de salubridad 4

MEMORIA DESCRIPTIVA

1. ANTECEDENTES. Se redacta el presente proyecto Básico y de Ejecución de Adecuación y Redistribución Interior de Oficina para el Servicio de Empleo de la Junta de Castilla y León en Valladolid, con C.I.F.: Q4700622F y domicilio social en calle Villabañez nº 26 de Valladolid. 2. EMPLAZAMIENTO DE LA INSTALACIÓN. La instalación objeto de esto proyecto estará situada en la calle Villabañez nº 26 de Valladolid. 3. REGLAMENTACION Y DISPOSICIONES OFICIALES Y PARTICULARES. El presente proyecto recoge las características de los materiales, los cálculos que justifican su empleo y la forma de ejecución de las obras a realizar, dando con ello cumplimiento a las siguientes disposiciones: - Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la

Edificación. Documento Básico HS 4 "Salubridad. Suministro de agua". - Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones

Térmicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITE. - Normas Tecnológicas de la Edificación, NTE IFC Agua Caliente y NTE IFF Agua Fría. - Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a

presión y sus instrucciones técnicas complementarias. - Normas UNE EN 274-1:2002, 274-2:2002 y 274-3:2002 sobre Accesorios de desagüe para

aparatos sanitarios. - Norma UNE EN 545:2002 sobre Tubos, racores y accesorios en fundición dúctil y sus uniones

para canalizaciones de agua. - Norma UNE EN 806-1:2001 sobre Especificaciones para instalaciones de conducción de agua

destinada al consumo humano en el interior de los edificios. - Norma UNE EN 816:1997 sobre Grifería sanitaria. - Norma UNE EN 1 057:1996 sobre Cobre y aleaciones de cobre. - Norma UNE EN 1 112:1997 sobre Duchas para griferías sanitarias. - Norma UNE EN 1 113:1997 sobre Flexibles de ducha para griferías sanitarias. - Normas UNE EN 1 254-1:1999, 1 254-2:1999, 1 254-3:1999, 1 254-4:1999 y 1 254-5:1999, sobre

Cobre y aleaciones de cobre. - Normas UNE EN 1 452-1:2000, 1 452-2:2000 y 1 452-3:2000, sobre Sistemas de canalización en

materiales plásticos para conducción de agua (PVC-U). - Normas UNE EN 12 201-1:2003, 12 201-2:2003, 12 201-3:2003 y 12 201-4:2003 sobre Sistemas

de canalización en materiales plásticos para conducción de agua (PE). - Normas UNE EN ISO 3 822-2:1996, 3 822-3:1997 y 3 822-4:1997 sobre Acústica. Medición en

laboratorio del ruido emitido por la grifería y los equipamientos hidráulicas utilizados en las instalaciones de abastecimiento de agua.

- Norma UNE EN ISO 12 241:1999 sobre Aislamiento térmico para equipos de edificación e instalaciones industriales.

- Normas UNE EN ISO 15874-1:2004, 15874-2:2004 y 15874-3:2004 sobre Sistemas de canalización en materiales plásticos para instalaciones de agua caliente y fría (PP).

- Normas UNE EN ISO 15875-1:2004, 15875-2:2004 y 15875-3:2004 sobre Sistemas de canalización en materiales plásticos para instalaciones de agua caliente y fría (PE-X).

- Normas UNE EN ISO 15876-1:2004, 15876-2:2004 y 15876-3:2004 sobre Sistemas de

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DB-HS Exigencias básicas de salubridad 5

canalización en materiales plásticos para instalaciones de agua caliente y fría (PB). - Normas UNE EN ISO 15877-1:2004, 15877-2:2004 y 15877-3:2004 sobre Sistemas de

canalización en materiales plásticos para instalaciones de agua caliente y fría (PVC-C). - Norma UNE 53960 EX:2002 sobre Tubos multicapa de polímero/aluminio/PE-RT. - Norma UNE 53961 EX:2002 sobre Tubos multicapa de polímero/aluminio/PE-X. - Normas UNE 19 040:1993 y 19 041:1993 sobre Tubos roscables de acero de uso general. - Norma UNE 19 047:1996 sobre Tubos de acero soldados y galvanizados para instalaciones

interiores de agua fría y caliente. - Norma UNE 19 049-1:1997 sobre Tubos de acero inoxidable para instalaciones interiores de agua

fría y caliente. - Normas UNE 19 702:2002, 19 703:2003 y 19 707:1991 sobre Grifería sanitaria. - Norma UNE 53 131:1990 sobre Plásticos. - Norma UNE 53 323:2001 EX sobre Sistemas de canalización enterrados de materiales plásticos

para aplicaciones con y sin presión. - Normas UNE 100 151:1998, 100 156:1989 y 100 171:1989 IN sobre Climatización. - O.M. de 28-12-88 (B.O.E. de 6-3-89) sobre condiciones a cumplir por los contadores. - Norma UNE 19-900-94 para baterías de contadores. - Norma UNE 100030-IN sobre Prevención y control de la proliferación y diseminación de legionela

en instalaciones. - Normas Particulares y de Normalización de la Cía. Suministradora de Agua. - Condiciones impuestas por los Organismos Públicos afectados y Ordenanzas Municipales. - Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. - Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre de 1.997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y

salud en las obras. - Real Decreto 486/1997 de 14 de abril de 1997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y

salud en los lugares de trabajo. - Real Decreto 485/1997 de 14 de abril de 1997, sobre Disposiciones mínimas en materia de

señalización de seguridad y salud en el trabajo. - Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio de 1997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y

salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. - Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo de 1997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y

salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. 4. DESCRIPCION DEL EDIFICIO Y SUPERFICIES ÚTILES

Superficies útiles de planta baja: Despachos y zonas de trabajo: - Ecyl ................................................. 101,83 m2 - Sepe ............................................... 104,13 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................. 205,96 m2 Circulaciones horizontales: - Atrio central ...................................... 79,84 m2 - Acceso.............................................. 12,90 m2 - Vestíbulo............................................. 8,05 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................. 100,79 m2

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DB-HS Exigencias básicas de salubridad 6

Almacén y archivo: - Almacén.............................................. 2,91 m2 - Almacén.............................................. 4,94 m2 --------------------------------------------------------------- Total ...................................................... 7,85 m2 Instalaciones: - Rac ..................................................... 8,88 m2 --------------------------------------------------------------- Total ...................................................... 8,88 m2 Circulaciones verticales: - Escalera caracol ................................. 3,14 m2 --------------------------------------------------------------- Total ...................................................... 3,14 m2

Aseos: - Aseo minusválidos............................ 11,74 m2 - Aseo ................................................... 1,28 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 13,02 m2

PLANTA PRIMERA: Superficies útiles de planta primera:

Despachos y zonas de trabajo: - Despacho 1.1. .................................. 18,29 m2 - Despacho 1.2. .................................. 18,29 m2 - Área de trabajo 1.1........................... 38,52 m2 - Área de trabajo 1.2........................... 38,52 m2 - Área de trabajo 1.3. .......................... 38,52 m2 - Área de trabajo 1.4. .......................... 38,52 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................. 190,66 m2 Circulaciones horizontales: - Atrio central ...................................... 47,88 m2 - Distribución escaleras ...................... 11,78 m2 - Vestíbulo............................................. 8,43 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 68,09 m2 Almacén y archivo: - Almacén.............................................. 8,78 m2 - Almacén.............................................. 8,31 m2 - Almacén.............................................. 8,93 m2 - Almacén.............................................. 8,21 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 34,23 m2

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DB-HS Exigencias básicas de salubridad 7

Circulaciones verticales: - Escaleras............................................ 5,92 m2 - Escaleras............................................ 5,92 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 11,84 m2 Aseos: - Aseo femeninos................................ 16,36 m2 - Aseo ................................................... 1,28 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 17,64 m2

PLANTA SEGUNDA: Superficies útiles de planta segunda:

Despachos y zonas de trabajo: - Despacho dirección Ecyl .................. 18,29 m2 - Despacho dirección Sepe ................ 18,29 m2 - Área de trabajo 2.1........................... 38,52 m2 - Área de trabajo 2.2........................... 38,52 m2 - Área de trabajo 2.3. .......................... 38,52 m2 - Área de trabajo 2.4. .......................... 38,52 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................. 190,66 m2 Circulaciones horizontales: - Atrio central ...................................... 47,88 m2 - Distribución escaleras ...................... 11,78 m2 - Vestíbulo............................................. 8,43 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 68,09 m2 Almacén y archivo: - Almacén.............................................. 8,78 m2 - Almacén.............................................. 8,31 m2 - Almacén.............................................. 8,93 m2 - Almacén.............................................. 8,21 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 34,23 m2 Aseos: - Aseo masculinos .............................. 16,36 m2 - Aseo ................................................... 1,28 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 17,64 m2

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DB-HS Exigencias básicas de salubridad 8

PLANTA DE SEMISÓTANO: Superficies útiles de planta semisótano:

Almacén y archivo: - Almacén y archivo general ............. 317,53 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................. 317,53 m2

Instalaciones: - Instalaciones general ....................... 27,76 m2 - Instalaciones ...................................... 5,88 m2 --------------------------------------------------------------- Total .................................................... 33,64 m2

5. SUMINISTRO DE AGUA. El suministro de agua al edificio se hará a través de la conducción de agua que la Cía. posee en la zona. La presión en el punto de toma será de 30 mca. Los caudales instantáneos mínimos en los aparatos serán los siguientes: Agua fría - Lavabo: 0,10 l/s. - Inodoro con cisterna: 0,10 l/s. Agua caliente - Lavabo: 0,065 l/s. En los puntos de consumo la presión mínima debe ser: - 10 mca para grifos comunes. - 15 mca para fluxores y calentadores. La presión en cualquier punto de consumo no debe superar 50 mca. La temperatura de ACS en los puntos de consumo debe estar comprendida entre 50 ºC y 65 ºC. El agua de la instalación debe cumplir lo establecido en la legislación vigente sobre el agua para consumo humano. Los materiales que se vayan a utilizar en la instalación, en relación con su afectación al agua que suministren, deben ajustarse a los siguientes requisitos: - Para las tuberías y accesorios deben emplearse materiales que no produzcan concentraciones de sustancias nocivas que excedan los valores permitidos por el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero. - No deben modificar las características organolépticas ni la salubridad del agua suministrada. - Deben ser resistentes a la corrosión interior. - Deben ser capaces de funcionar eficazmente en las condiciones de servicio previstas. - No deben presentar incompatibilidad electroquímica entre sí. - Deben ser resistentes a temperaturas de hasta 40ºC, y a las temperaturas exteriores de su entorno inmediato. - Deben ser compatibles con el agua suministrada y no deben favorecer la migración de sustancias de los materiales en cantidades que sean un riesgo para la salubridad y limpieza del agua de consumo humano. - Su envejecimiento, fatiga, durabilidad y las restantes características mecánicas, físicas o químicas,

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DB-HS Exigencias básicas de salubridad 9

no deben disminuir la vida útil prevista de la instalación. Para cumplir las condiciones anteriores pueden utilizarse revestimientos, sistemas de protección o sistemas de tratamiento de agua. La instalación de suministro de agua debe tener características adecuadas para evitar el desarrollo de gérmenes patógenos y no favorecer el desarrollo de la biocapa (biofilm). 6. ELEMENTOS CONSTITUYENTES DE LA INSTALACION DEL EDIFICIO. Al ser un proyecto de Adecuación y Redistribución Interior y al estar situados los baños y aseos en su actual ubicación, se mantienen los montantes generales y ramales interiores. Se acometen únicamente actuaciones de ajustes, cambios de aparatos sanitarios y grifos de abastecimiento.

HS 5 Evacuación de aguas residuales Se reutilizarán el sistema existente de evacuación de aguas residuales y pluviales

En salamanca, Noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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1

3.5. DB-HR

PROTECCIÓN CONTRA EL RUIDO

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2

PROYECTO: BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID SITUACIÓN: CALLE VILLABAÑEZ Nº 26 47012 VALLADOLID PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

JUSTIFICACIÓN RUIDO

No es de aplicación este apartado al ser un edificio de Adecuación y

Redistribución Interior de Oficina para el Servicio de Empleo de la Junta de Castilla y

León de acuerdo con el apartado II, ámbito de aplicación de este documento DB-HR.

En Salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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Justificación emisión de ruidos

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PROYECTO: BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLD SITUACIÓN: CALLE VILLABAÑEZ 26 47012 VALLADOLID PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

JUSTIFICACIÓN EMISIÓN DE RUIDOS

INDICE

1.- TIPO DE ACTIVIDAD

2.- HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO

3.- UBICACIÓN DE LA ACTIVIDAD

4.- EMISIÓN SONORA

5.- CONDICIONES INICIALES PARA EL TRATAMIENTO ACÚSTICO

5.1.- Requisitos según la Ley 5/2009 del 4 de Junio del Ruido de Castilla y León

5.2.- Requisitos según la Ordenanza de Ruidos y Vibraciones del Ayuntamiento de Valladolid

5.3.- Requisitos de la actividad proyectada.

6.- FOCOS SONOROS

6.1.- Maquinaria estudiada

6.2.- Espectro sonoro

7- NIVELES FINALES DE RUIDO

8.- SISTEMAS PARA ATENUAR LA INMISIÑON SONORA AL EXTERIOR

9.- TRATAMIENTO ANTIVIBRATORIOS

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JUSTIFICACIÓN EMISIÓN DE RUIDOS

(LEY DEL RUIDO DE CASTILLA Y LEÓN, Y ORDENANZA DE RUIDOS Y VIBRACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID)

1.- TIPO DE ACTIVIDAD Oficinas con presencia de público y ocupación superior a las 50 personas por lo que se considera Pública Concurrencia, actividad que ocupa todo el inmueble. 2.- HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO

El horario de funcionamiento de la oficina de empleo será el comprendido entre las 8.00 y las 15.00 horas. A efectos de la Ley 5/2009 del Ruido de Castilla y León y la Ordenanza de Ruidos y Vibraciones del Ayuntamiento de Valladolid, el horario de funcionamiento de la actividad será en periodo horario día. 3.- UBICACIÓN DE LA ACTIVIDAD La actividad se desarrolla dentro de una zona principalmente de uso residencial; la parcela donde se ubica el inmueble de proyecto esta compartida con otros usos siendo uno de ellos docente, perteneciendo todo al mismo propietario. 4.- EMISIÓN SONORA Los focos sonoros susceptibles de generar molestias serán los equipos de climatización y ventilación que se prevén instalar en la cubierta del edificio. En el desarrollo de este apartado, se estudiarán los niveles de presión sonora generados por los equipos de climatización y ventilación en la situación más desfavorable de funcionamiento, y que son transmitidos al ambiente exterior, y a las construcciones cercanas. Los espectros sonoros de cada uno de los equipos de climatización han sido obtenidos de los datos técnicos del fabricante. Los espectros de emisión sonora, se presenta en otro apartado de este documento.

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5.- CONDICIONES INICIALES PARA EL TRATAMIENTO ACÚSTICO A partir de los datos recopilados (niveles de potencia sonora de equipos de climatización), y los requisitos recogidos en la normativa aplicable, se calcularán los niveles de presión sonora en las zonas más desfavorables, de manera que queden justificados el cumplimiento de dichos requisitos normativos. 5.1.- Requisitos según la Ley 5/2009 del 4 de Junio del Ruido de Castilla y León La ley 5/2009, del 4 de junio, del Ruido de Castilla y León establece los siguientes parámetros: Artículo 8.-tipos de áreas acústicas: TIPO I: Área de silencio. Zona de alta sensibilidad acústica, que comprende los sectores del territorio que requieren una protección muy alta contra el ruido. En ella se incluyen las zonas con predominio de los siguientes usos del suelo:

• Uso dotacional sanitario

• Uso dotacional docente, educativo, asistencial o cultural

• Cualquier tipo de uso en espacios naturales en zonas no urbanizadas

• Uso para instalaciones de control del ruido al aire libre o en condiciones de campo abierto. TIPO II: Área levemente ruidosa. Zona de considerable sensibilidad acústica, que comprende los sectores del territorio que requieren una protección alta contra el ruido. En ella se incluyen las zonas con predominio de los siguientes uso del suelo:

• Uso residencial

• Hospedaje. TIPO III: Área tolerablemente ruidosa. Zona de moderada sensibilidad acústica, que comprende los sectores del territorio que requieren una protección media contra el ruido. En ella se incluyen las zonas con predominio de los siguientes usos del suelo:

• Uso de oficinas o servicios

• Uso comercial

• Uso deportivo

• Uso recreativo y de espectáculos TIPO IV: Área ruidosa. Zona de baja sensibilidad acústica, que comprende los sectores del territorio que no requieren de una especial protección contra el ruido. En ella se incluyen las zonas con predominio del siguiente uso del suelo:

• Uso industrial TIPO V: Área especialmente ruidosa. Zona de nula sensibilidad acústica, que comprende los sectores del territorio afectados por servidumbres acústicas:

• infraestructuras de transporte terrestre, ferroviario y aéreo.

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5

Anexo I: Límite de emisión. Ninguna instalación, establecimiento, maquinaria, actividad o comportamiento, podrán emitir más de 95 dB(A) a 1,5 metros de distancia, exceptuando lo establecido en esta ley o en la normativa sectorial que les resulte de aplicación. Límite de emisión en exteriores: Ninguna instalación, establecimiento, maquinaria, actividad o comportamiento, podrán transmitir al medio ambiente exterior, niveles sonoros superiores a los indicados en el siguiente cuadro:

LAeq,5sdB(A). Área receptora exterior

Día 8h-22h Noche 22h-8h Tipo 1.Área de silencio 50 40 Tipo 2.Área levemente ruidosa. 55 45 Tipo 3.Área tolerablemente ruidosa. Uso de oficinas o servicios o comercial.

60 50

Uso recreativo y espectáculos. 63 53 Tipo 4.Área ruidosa. 65 55

Tabla I.- Nivel máximo admisible de ruido según zona acústica. Límite de inmisión en interiores: Ninguna instalación, establecimiento, maquinaria, actividad o comportamiento, podrán transmitir a los locales colindantes, en función del uso de estos, niveles sonoros superiores a los indicados en el siguiente cuadro:

LAeq,5sdB(A). Área receptora interior

Día 8h-22h Noche 22h-8h Uso sanitario y bienestar social 30 25 Uso de viviendas:

Recintos protegidos. 32 25 Cocinas, baños y pasillos. 40 30 Uso de hospedaje: Dormitorios.

35 30

Uso administrativo y oficinas: Despachos profesionales.

35 35

Uso docente: Aulas, salas de lectura y conferencias

30 30

Uso comercial. 55 55 Tabla II.- Nivel máximo admisible de ruido según tipología de uso.

Si el nivel de ruido de fondo es superior a los límites aplicables, este nivel sonoro se considerará el nuevo límite aplicable.

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Anexo III Los aislamientos acústicos de actividades ubicadas en edificios aislados o no destinados a uso de viviendas, deberán garantizar el cumplimiento de los valores límites especificados en el Anexo I. Disposición adicional décima: A efectos de la Ley 5/2009 del Ruido de Castilla y León, se considera el horario diurno el comprendido entre las 8:00 y las 22:00, y horario nocturno cualquier periodo comprendido entre las 22:00 y las 8:00. Los ayuntamientos podrán modificar en más/menos una hora los horarios establecidos en la presente ley. 5.2.- Requisitos según la Ordenanza de Ruidos y Vibraciones del Ayuntamiento de Valladolid Artículo 7: Límites de emisión e inmisión producidos por emisores acústicos A los efectos de esta ordenanza los límites de emisión e inmisión serán los definidos en el Anexo I de la Ley 5/2009 del Ruido de Castilla y León. Artículo 8: Horarios A los efectos de la aplicación de esta Ordenanza se considerará como periodo diurno el comprendido entre las 08:00 horas y las 23:00 horas; y como horario nocturno de 23:00 a 08:00 horas, excepto para la evaluación del ruido ambiente cuyos horarios se contemplan en el Anexo II de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León 5.3.- Requisitos de la actividad proyectada. La actividad bajo estudio presenta funcionamiento en horario diurno, se encuentra ubicado en una zona predominantemente residencial. Los valores que debe cumplir la actividad son los siguientes:

• Nivel de presión sonora al ambiente exterior LAeq,5s< 55 dBA.

• Nivel de presión sonora en el interior de viviendas LAeq,5s< 32 dBA.

• Nivel de presión sonora en el interior de aulas LAeq,5s< 30 dBA.

6.- FOCOS SONOROS Las fuentes sonoras que se van a estudiar van a ser las correspondientes a las unidades exteriores de climatización y ventilación, en este apartado se muestran los equipos proyectados. 6.1.- Maquinaria estudiada

Unidad de tratamiento de aire DAHU-4H Unidad de tratamiento de aire ubicada en cubierta destinada a la renovación de aire del edificio.

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FIG 1.- UTA, DAHU serie modular

Bomba de Calor tipoERQ100AV1 Bomba de calor para alimentar la batería del UTA

FIG 2.- Bomba de Calor, modelo ERQ-AV

Bomba de Calor RXYQ14T Se proyectan dos bombas de calor, modelo RXYQ14T para la climatización de las dependencias del inmueble.

FIG 3.- Bomba de Calor, tipo RYYQ14T

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Ubicación de equipos según planos. Bomba de Calor RXS50L Bomba de calor destinada a la climatización del recinto de telecomunicaciones.

FIG 4.- Bomba de Calor, tipo modelo RXS-L

Ubicación de equipos según planos. 6.2.- Espectro sonoro En este apartado se incluyen los espectros sonoros en tercios de octava de todos los focos anteriormente citado, además de las situaciones más desfavorables de composiciones de ruidos que se pudiesen producir. Los datos de niveles de presión sonora mostrados en este apartado están considerados a una distancia de 1.5m de los equipos. Para la obtención del espectro sonoro, se han utilizado los datos técnicos proporcionados por el fabricante de los equipos.

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7- NIVELES FINALES DE RUIDO Para calcular los niveles de ruidos transmitidos por la actividad al ambiente exterior, se ha tenido en cuenta los niveles de ruidos producidos por todos los equipos de climatización y ventilación funcionando de manera simultánea (situación más desfavorable), y que son transmitidos a las zonas donde estos ruidos pudiesen originar molestias, siendo estas zonas las viviendas y el colegio privado más cercanos, las distancias consideradas han sido de 25 y 40 m respectivamente, que es la distancia desde los equipos climatización / ventilación hasta dichas construcciones. Para calcular los niveles de ruidos transmitidos a las construcciones cercanas (viviendas y espacios docentes), se ha tenido en cuenta por un lado los niveles de ruidos producidos por todos los equipos de climatización y ventilación funcionando de manera simultánea (situación más desfavorable) y que son transmitidos al límite de la propiedad de dichas construcciones,y por otro lado se ha considerado el aislamiento mínimo que pudiesen tener las construcciones cercanas, de esta manera se han calculado los niveles de ruidos máximos que podrán ser transmitidos desde la maquinaria de climatización y ventilación al interior de las construcciones cercanas. Para la obtención de estos datos se han utilizado diferentes ecuaciones para el cálculo de los niveles de presión sonora en función de la distancia, y superficies reflectantes.

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Los resultados de emisión obtenidos han sido los siguientes:

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8.- SISTEMAS PARA ATENUAR LA INMISIÑON SONORA AL EXTERIOR Según lo descrito en apartado anteriores. 9.- TRATAMIENTO ANTIVIBRATORIOS Toda la maquinaria se apoyará sobre elementos o bancadas antivibratorias de caucho.

En Salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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3.6.- DB-HE Ahorro de Energía

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PROYECTO: BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLD SITUACIÓN: CALLE VILLABAÑEZ 26 47012 VALLADOLID PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

DB-HE Ahorro de Energía

JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DB-HE

DB-HS3-HS4-HS5 DB-HR

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INDICE

CUMPLIMIENTO CTE

1.- Cumplimiento del documento básico de ahorro de energía (DB-HE)

1.1.- Limitación del consumo energético (HE0)

1.2.- Limitación de la demanda energética (HE 1)

1.3.- Rendimiento de las instalaciones térmicas (HE-2)

1.4.- Eficiencia Energética en las instalaciones de iluminación (HE-3)

1.5.- Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria (HE 4)

1.6.- Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica

2.- Cumplimiento del documento básico de salubridad (DB-HS)

2.1.- Calidad de aire interior (HS 3)

2.2.- Suministro de agua (HS 4)

2.3.- Evacuación de aguas (HS 5)

3.- Cumplimiento del Documento Básico de Protección Frente al Ruido (DB-HR)

3.1.- Aislamiento a Ruido Aéreo

3.2.- Aislamiento acústico a ruido de impactos

3.3.- Aislamiento exigidos

3.4.- Resultados obtenidos

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CUMPLIMIENTO CTE 1.- Cumplimiento del documento básico de ahorro de energía (DB-HE) 1.1.- Limitación del consumo energético (HE0) No es de aplicación ya que no es edificio de nueva construcción, ni ampliación del existente. 1.2.- Limitación de la demanda energética (HE 1) Intervención en edificios existentes Los elementos de la envolvente térmica que se sustituyan, incorporen, o se modifiquen sustancialmente, cumplirán con las limitaciones establecidas en la table 2.3 del DB-HE1.

Zona climática de Invierno Parámetro α A B C D E

Transmitancia térmica de muros y elementos en contacto con el terreno [W/m2 K]

1,35 1,25 1,00 0,75 0,60 0,55

Transmitancia térmica de cubiertas y suelos en contacto con el aire [W/m2 K]

1,20 0,80 0,65 0,50 0,40 0,35

Transmitancia térmica de huecos [W/m2 K] 5,70 5,70 4,20 3,10 2,70 2,50 Permeabilidad al aire de huecos [W/m2 K] < 50 < 50 < 50 < 27 < 27 < 27

Tabla 2.3.CTE-HE1.- Transmitancia térmica máxima y permeabilidad al aire de los elementos de la envolvente térmica.

Los elementos de la envolvente térmica que se van a sustituir van a ser las ventanas, todas las ventanas que se sustituyan cumplirán con lo marcado en la anterior tabla. 1.3.- Rendimiento de las instalaciones térmicas (HE-2)

Las instalaciones térmicas han sido diseñadas conforme al Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITE, según la memoria de instalación de calefacción, clima y ventilación. 1.4.- Eficiencia Energética en las instalaciones de iluminación (HE-3) La eficiencia energética de una instalación de iluminación de una zona, se determinará mediante el valor de eficiencia energética de la instalación VEEI (W/m2) por cada 100 lux, mediante la siguiente expresión:

mESPVEEI⋅⋅

=100

Donde: P La potencia de la lámpara más el equipo auxiliar (W) S La superficie de la zona iluminada (m2) Em La iluminancia media horizontal mantenida [lux]

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5

Los valores de eficiencia energética límite en recintos interiores de un edificio se establecen en la Tabla 2.1 del CTE-DB-HE-3. Los valores considerados han sido:

Zona Zona según CTE HE 3 VEEI límite Despachos Administrativo en general 3,0 Zona de espera Zonas comunes en edificios no residenciales 6,0 Pasillos Zonas comunes en edificios no residenciales 6,0 Aseos Zonas comunes en edificios no residenciales 6,0 Almacenes Almacenes, archivos, salas técnicas y cocinas 4,0

Potencia instalada en el edificio La potencia instalada en iluminación, teniendo en cuenta la potencia de lámparas y equipos auxiliares, no superará los valores especificados en la Tabla 2.2 del CTE-HE-3.

Uso del edificio Potencia máxima instalada (W/m2) Administrativo 12 Aparcamiento 5 Comercial 15 Docente 15 Hospitalario 15 Restauración 18 Auditorios, teatros, cines 15 Residencial público 12 Otros 10 Edificios con nivel de iluminación superior a 600 lux

25

Tabla 2.2-CTE-HE-3.- Potencia máxima de iluminación Sistemas de control y regulación Se proyecta en todos los despachos sistemas de aprovechamiento de luz natural, que regulan proporcionalmente y de manera automática el nivel de iluminación en función del aporte de luz exterior. En zonas de uso esporádico como pasillos, escaleras y aseos se proyecta un control de encendido y apagado por sistema de detección de presencia temporizado. Luminarias de proyecto Lledo OD-3253 35W Luminaria utilizada en zona de despachos, número de luminarias y disposición según planos.

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6

Lledo OD-3253 35W

Lledo OD-3649 13W Luminaria utilizada en pasillos y aseos, número de luminarias y disposición según planos.

Lledo OD-3649 13W

Lledo S855 IP65 32W Luminaria estanca utilizada en almacenes, número de luminarias y disposición según planos.

Lledo S855 IP65 32W Lledo Limburg 50031K4 20,9W Luminaria utilizada en las escaleras, número de luminarias y disposición según planos.

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7

Lledo Limburg 50031K4 20,9W Lledo Limburg 56609 59,6W Luminaria descolgada en la zona espera, número de luminarias y disposición según planos.

Lledo Limburg 56609 59,6W

Características luminarias: Las características de las diferentes luminarias utilizadas son:

Luminaria Tipo Potencia (W) Lum/W Ra Lledo OD-3253 35W LED 840 35,0 110,14 >80 Lledo OD-3649 13W LED 840 16,5 80,18 >80 Lledo S855 IP65 32W LED 840 34,6 117,57 >80 Lledo Limburg 50031K4 20,9W LED 840 21,0 61,29 >80 Lledo Limburg 56609 59,6W LED 840 60,0 98,67 >80

Justificación de los valores obtenidos Para establecer los niveles de iluminación en interiores, tomamos como referencia la norma UNE-EN 12464: Sobre iluminación de lugares de trabajo interiores; esta norma nos establece para cada una de las zonas los siguientes niveles:

Zona Zona Según UNE 12464 Em UGRL Ra Despachos Escritura, escritura a máquina,

tratamiento de datos 500 19 80

Zona de espera Salones 200 22 80 Pasillos Pasillos 100 25 80 Aseos Vestuarios, cuartos de baño y servicios 200 25 80 Almacenes Almacenes y cuartos de almacén 100 25 60

Para realizar los cálculos lumínicos se ha utilizado el programa Dialux 4.12, en la tabla siguiente se muestra los valores obtenidos.

Zona S (m2) P (W) (W/m2) Em (lux)

VEEI

SEPE 1 101,37 595,0 5,57 528 1,11 SEPE 2 103,88 630,0 6.06 530 1,14 Pasillo + Sala de Espera 89,38 496,5 5,55 207 2,68 Departamento 1 P1 38,41 210,0 5,47 485 1,13

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8

Despacho 1 P1 18,08 140,0 7,74 606 1,28 Departamento 2 P1 38,41 210,0 5,47 485 1,13 Departamento 3 P1 38,41 210,0 5,47 485 1,13 Despacho 2 P1 18,08 140,0 7,74 606 1,28 Departamento 4 P1 38,41 210,0 5,47 485 1,13 Pasillo P1 76,56 264,0 3,45 184 1,88 Departamento 1 P2 38,41 210,0 5,47 485 1,13 Despacho 1 P2 18,08 140,0 7,74 606 1,28 Departamento 2 P2 38,41 210,0 5,47 485 1,13 Departamento 3 P2 38,41 210,0 5,47 485 1,13 Despacho 2 P2 18,08 140,0 7,74 606 1,28 Departamento 4 P2 38,41 210,0 5,47 485 1,13 Pasillo P2 76,56 264,0 3,45 184 1,88 Aseo PB 7,75 49,5 40,52 314 2,04 Aseo P1 7,75 49,5 40,52 314 2,04 Aseo P2 7,75 49,5 40,52 314 2,04 Almacén 1 P1 8,28 69,2 8,36 261 3,21 Almacén 2 P1 8,28 69,2 8,36 261 3,21 Almacén 3 P1 8,28 69,2 8,36 261 3,21 Almacén 4 P1 8,28 69,2 8,36 261 3,21 Almacén 1 P2 8,28 69,2 8,36 261 3,21 Almacén 2 P2 8,28 69,2 8,36 261 3,21 Almacén 3 P2 8,28 69,2 8,36 261 3,21 Almacén 4 P2 8,28 69,2 8,36 261 3,21 TOTAL 916,84 5191,60 5,66

1.5.- Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria (HE 4) No es de aplicación ya que no se reforma integralmente la instalación térmica y la demanda de ACS es inferior a 50. l/d. 1.6.- Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica No es de aplicación para edificios de tipo administrativo.

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9

2.- Cumplimiento del Documento Básico de Protección Frente al Ruido (DB-HR) No es de aplicación ya que se trata una reforma parcial de un edificio existente.

En Salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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CALCULO DE ILUMINANCIAS EN DISTINTAS DEPENDENCIAS

Fecha: 11.10.2017Proyecto elaborado por:

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Índice

REFORMA OFICINAS EDIFICIO ECYL - VALLADOLIDPortada del proyecto 1Índice 2BEGA 50031 LED 20,9W

Hoja de datos de luminarias 4LLEDO GRUPO OCEAN IP66 LED840 35W LED

Hoja de datos de luminarias 5BEGA 56609.1 LED 52,8W

Hoja de datos de luminarias 6LLEDO 3649018840200BM OD-3649 IRIS 160 PLUS LED840 17W R/D

Hoja de datos de luminarias 7LLEDO 3253N36840200 VARIANT II G3 LED840 35W 600x600 3S R/DALI

Hoja de datos de luminarias 8PB - SEPE

Resumen 9Rendering (procesado) de colores falsos 10Superficies del local

Plano útilGráfico de valores (E) 11

PB - PASILLO + SALA DE ESPERAResumen 12Rendering (procesado) de colores falsos 13Superficies del local

Plano útilGráfico de valores (E) 14

P1 - DEPARTAMENTOResumen 15Rendering (procesado) de colores falsos 16Superficies del local

Plano útilGráfico de valores (E) 17

P1 - DESPACHOResumen 18Rendering (procesado) de colores falsos 19Superficies del local

Plano útilGráfico de valores (E) 20

P1 - ALMACENResumen 21Rendering (procesado) de colores falsos 22Superficies del local

Plano útilGráfico de valores (E) 23

P1 - PASILLOResumen 24Rendering (procesado) de colores falsos 25Superficies del local

Plano útilGráfico de valores (E) 26

P1 - ASEOSResumen 27Rendering (procesado) de colores falsos 28Superficies del local

Plano útil

Página 2

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Índice

Gráfico de valores (E) 29PLAN MANTENIMIENTO

Plan de mantenimiento 30

Página 3

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BEGA 50031 LED 20,9W / Hoja de datos de luminarias

Emisión de luz 1:

Clasificación luminarias según CIE: 78Código CIE Flux: 39 68 89 78 100

BEGA PRIMA DUO Decken- und Wandleuchte 50031 für den Innenbereich. LED, 20,9 W Leuchten-Anschlussleistung, Leuchten-Lichtstrom 1287 lm, Farbtemperatur 3000 K. Farbwiedergabeindex (Ra) > 90. Mit austauschbarem BEGA LED-Modul mit Übertemperaturschutz und einer Lebenserwartung von mindestens 50.000 Betriebsstunden. 20-jährige Nachliefergarantie auf das LED-Modul und die Verschleißteile. Mit LED-Netzteil 220-240 V, 0/50-60 Hz. Leuchtenarmatur aus Metall. Oberfläche Einbrennlackierung weiß. Mundgeblasenes seidenmattes Opalglas mit Bajonettverschluss. Zwei Leitungseinführungen zur Durchverdrahtung der Netzanschlussleitung bis Ø 10,5 mm, max. 3 x 1,5 qmm. Leuchtendurchmesser 350 mm, Höhe 98 mm.

Emisión de luz 1:

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LLEDO GRUPO OCEAN IP66 LED840 35W LED / Hoja de datos de luminarias

Dispone de una imagen de la luminaria en nuestro catálogo de luminarias.

Emisión de luz 1:

Clasificación luminarias según CIE: 93Código CIE Flux: 43 73 91 93 90

Emisión de luz 1:

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BEGA 56609.1 LED 52,8W / Hoja de datos de luminarias

Emisión de luz 1:

Clasificación luminarias según CIE: 55Código CIE Flux: 22 47 74 55 100

Freistrahlende LED-Pendelleuchte mit Zylinder aus mundgeblasenem dreischichtigem Opalglas, DALI steuerbar

Emisión de luz 1:

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LLEDO 3649018840200BM OD-3649 IRIS 160 PLUS LED840 17W R/D / Hoja de datos de luminarias

Emisión de luz 1:

Clasificación luminarias según CIE: 100Código CIE Flux: 83 100 100 100 100

Cuerpo de luminaria • Formado por aro embellecedor conformado en te`rmoplástico semicristalino de altas prestaciones mecánicas en color blanco. Bajo pedido se puede suministrar en cualquier color de la carta RAL. • Montaje empotrado mediante flejes de sujeción incluidos en suministro. Espesor mínimo de techo (5-7 mm).• Tensión de alimentación: 220-240V 50/60Hz. Bajo pedido 110-230V 50/60Hz . •Versiones IRIS 160 CRI80 con sistema de protección electrónico contra sobrecalentamiento de la fuente luminosa.

Emisión de luz 1:

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LLEDO 3253N36840200 VARIANT II G3 LED840 35W 600x600 3S R/DALI / Hoja de datos de luminarias

Emisión de luz 1:

Clasificación luminarias según CIE: 100Código CIE Flux: 69 90 98 100 100

Cuerpo de luminria • Fabricado en chapa de acero termoesmaltada en color blanco. Bajo pedido se puede suministrar en cualquier color de la carta RAL. • La conexión eléctrica se realiza a clema de conexión rápida. Versiones para techos de perfilería vista en T incorporan manguera de conexión de 500 mm.• Tensión de alimentación: 220-240V 50/60Hz. Bajo pedido 110-240V 50/60Hz.• Factor de potencia corregido φ 0,95• Montaje: versiones empotramiento polivalente mediante los anclajes de montaje rápido que permiten una regulación precisa de la luminaria. Estos anclajes se incluyen en el suministro. Componente óptico: • Nueva tecnología de ópticas con estructura estructura microprismática de alta transparencia formada por una matriz de microconos de base hexagonal para un total control del deslumbramiento.• Elevado rendimiento y limitación del deslumbramiento: L <1.000 cd/m2 a 65° respecto a la vertical para un UGR 19.• Fuente de luz: LED840 con alta selección de binning (3-4step) que garantiza el flujo luminoso emitido y la temperatura de color declarada

Emisión de luz 1:

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PB - SEPE / Resumen

Altura del local: 2.700 m, Altura de montaje: 2.760 m Valores en Lux, Escala 1:245

Superficie [%] Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em

Plano útil / 528 150 720 0.284Suelo 20 454 173 544 0.382

Plano útil:Altura: 0.850 mTrama: 128 x 64 Puntos Zona marginal: 0.200 m

Lista de piezas - Luminarias

Valor de eficiencia energética: 5.87 W/m² = 1.11 W/m²/100 lx (Base: 101.37 m²)

N° Pieza Designación (Factor de corrección) (Luminaria) [lm] (Lámparas) [lm] P [W]

1 17 LLEDO 3253N36840200 VARIANT II G3 LED840 35W 600x600 3S R/DALI (1.000) 3855 3855 35.0

Total: 65529 Total: 65535 595.0

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PB - SEPE / Rendering (procesado) de colores falsos

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PB - SEPE / Plano útil / Gráfico de valores (E)

Valores en Lux, Escala 1 : 149No pudieron representarse todos los valores calculados.

Situación de la superficie en el local:Plano útil con 0.200 m Zona marginalPunto marcado:(0.200 m, 0.200 m, 0.850 m)

Trama: 128 x 64 Puntos

Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em Emin / Emax528 150 720 0.284 0.208

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PB - PASILLO + SALA DE ESPERA / Resumen

Altura del local: 2.700 m Valores en Lux, Escala 1:146

Superficie [%] Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em

Plano útil / 207 81 271 0.389

Plano útil:Altura: 0.000 mTrama: 128 x 128 Puntos Zona marginal: 0.200 m

Lista de piezas - Luminarias

Valor de eficiencia energética: 5.55 W/m² = 2.68 W/m²/100 lx (Base: 89.38 m²)

N° Pieza Designación (Factor de corrección) (Luminaria) [lm] (Lámparas) [lm] P [W]

1 2 BEGA 50031 LED 20,9W (1.000) 1287 1287 21.02 4 BEGA 56609.1 LED 52,8W (1.000) 5920 5920 60.0

3 13 LLEDO 3649018840200BM OD-3649 IRIS 160 PLUS LED840 17W R/D (1.000) 1325 1323 16.5

Total: 43476 Total: 43453 496.5

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PB - PASILLO + SALA DE ESPERA / Rendering (procesado) de colores falsos

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PB - PASILLO + SALA DE ESPERA / Plano útil / Gráfico de valores (E)

Valores en Lux, Escala 1 : 89No pudieron representarse todos los valores calculados.

Situación de la superficie en el local:Plano útil con 0.200 m Zona marginalPunto marcado:(5.315 m, 5.385 m, 0.000 m)

Trama: 128 x 128 Puntos

Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em Emin / Emax207 81 271 0.389 0.297

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P1 - DEPARTAMENTO / Resumen

Altura del local: 2.700 m, Altura de montaje: 2.760 m Valores en Lux, Escala 1:98

Superficie [%] Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em

Plano útil / 485 183 698 0.378Suelo 20 398 183 516 0.461

Plano útil:Altura: 0.850 mTrama: 64 x 64 Puntos Zona marginal: 0.200 m

UGR Longi- Tran al eje de luminariaPared izq 17 18Pared inferior 18 19(CIE, SHR = 0.25.)

Lista de piezas - Luminarias

Valor de eficiencia energética: 5.47 W/m² = 1.13 W/m²/100 lx (Base: 38.41 m²)

N° Pieza Designación (Factor de corrección) (Luminaria) [lm] (Lámparas) [lm] P [W]

1 6 LLEDO 3253N36840200 VARIANT II G3 LED840 35W 600x600 3S R/DALI (1.000) 3855 3855 35.0

Total: 23128 Total: 23130 210.0

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P1 - DEPARTAMENTO / Rendering (procesado) de colores falsos

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P1 - DEPARTAMENTO / Plano útil / Gráfico de valores (E)

Valores en Lux, Escala 1 : 60No pudieron representarse todos los valores calculados.

Situación de la superficie en el local:Plano útil con 0.200 m Zona marginalPunto marcado:(0.200 m, 27.497 m, 0.850 m)

Trama: 64 x 64 Puntos

Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em Emin / Emax485 183 698 0.378 0.262

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P1 - DESPACHO / Resumen

Altura del local: 2.700 m, Altura de montaje: 2.760 m Valores en Lux, Escala 1:47

Superficie [%] Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em

Plano útil / 606 328 741 0.541Suelo 20 466 274 607 0.589

Plano útil:Altura: 0.850 mTrama: 32 x 32 Puntos Zona marginal: 0.200 m

UGR Longi- Tran al eje de luminariaPared izq 16 18Pared inferior 15 17(CIE, SHR = 0.25.)

Lista de piezas - Luminarias

Valor de eficiencia energética: 7.74 W/m² = 1.28 W/m²/100 lx (Base: 18.08 m²)

N° Pieza Designación (Factor de corrección) (Luminaria) [lm] (Lámparas) [lm] P [W]

1 4 LLEDO 3253N36840200 VARIANT II G3 LED840 35W 600x600 3S R/DALI (1.000) 3855 3855 35.0

Total: 15419 Total: 15420 140.0

Página 18

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P1 - DESPACHO / Rendering (procesado) de colores falsos

Página 19

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P1 - DESPACHO / Plano útil / Gráfico de valores (E)

Valores en Lux, Escala 1 : 37No pudieron representarse todos los valores calculados.

Situación de la superficie en el local:Plano útil con 0.200 m Zona marginalPunto marcado:(0.200 m, 35.234 m, 0.850 m)

Trama: 32 x 32 Puntos

Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em Emin / Emax606 328 741 0.541 0.443

Página 20

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P1 - ALMACEN / Resumen

Altura del local: 2.700 m, Altura de montaje: 2.700 m Valores en Lux, Escala 1:65

Superficie [%] Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em

Plano útil / 261 218 277 0.836

Plano útil:Altura: 0.000 mTrama: 16 x 64 Puntos Zona marginal: 0.200 m

Lista de piezas - Luminarias

Valor de eficiencia energética: 8.36 W/m² = 3.21 W/m²/100 lx (Base: 8.28 m²)

N° Pieza Designación (Factor de corrección) (Luminaria) [lm] (Lámparas) [lm] P [W]

1 2 LLEDO GRUPO OCEAN IP66 LED840 35W LED (1.000) 4068 4511 34.6

Total: 8136 Total: 9022 69.2

Página 21

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P1 - ALMACEN / Rendering (procesado) de colores falsos

Página 22

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P1 - ALMACEN / Plano útil / Gráfico de valores (E)

Valores en Lux, Escala 1 : 40No pudieron representarse todos los valores calculados.

Situación de la superficie en el local:Plano útil con 0.200 m Zona marginalPunto marcado:(5.315 m, 27.499 m, 0.000 m)

Trama: 16 x 64 Puntos

Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em Emin / Emax261 218 277 0.836 0.786

Página 23

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P1 - PASILLO / Resumen

Altura del local: 2.500 m, Altura de montaje: 2.620 m Valores en Lux, Escala 1:112

Superficie [%] Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em

Plano útil / 184 90 211 0.489

Plano útil:Altura: 0.000 mTrama: 128 x 128 Puntos Zona marginal: 0.200 m

Lista de piezas - Luminarias

Valor de eficiencia energética: 3.45 W/m² = 1.88 W/m²/100 lx (Base: 76.56 m²)

N° Pieza Designación (Factor de corrección) (Luminaria) [lm] (Lámparas) [lm] P [W]

1 16 LLEDO 3649018840200BM OD-3649 IRIS 160 PLUS LED840 17W R/D (1.000) 1325 1323 16.5

Total: 21197 Total: 21168 264.0

Página 24

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P1 - PASILLO / Rendering (procesado) de colores falsos

Página 25

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P1 - PASILLO / Plano útil / Gráfico de valores (E)

Valores en Lux, Escala 1 : 68No pudieron representarse todos los valores calculados.

Situación de la superficie en el local:Plano útil con 0.200 m Zona marginalPunto marcado:(5.315 m, 32.684 m, 0.000 m)

Trama: 128 x 128 Puntos

Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em Emin / Emax184 90 211 0.489 0.425

Página 26

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P1 - ASEOS / Resumen

Altura del local: 2.500 m, Altura de montaje: 2.620 m Valores en Lux, Escala 1:66

Superficie [%] Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em

Plano útil / 314 184 369 0.586Suelo 20 199 119 240 0.600

Plano útil:Altura: 0.850 mTrama: 128 x 32 Puntos Zona marginal: 0.200 m

Lista de piezas - Luminarias

Valor de eficiencia energética: 6.39 W/m² = 2.04 W/m²/100 lx (Base: 7.75 m²)

N° Pieza Designación (Factor de corrección) (Luminaria) [lm] (Lámparas) [lm] P [W]

1 3 LLEDO 3649018840200BM OD-3649 IRIS 160 PLUS LED840 17W R/D (1.000) 1325 1323 16.5

Total: 3974 Total: 3969 49.5

Página 27

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P1 - ASEOS / Rendering (procesado) de colores falsos

Página 28

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P1 - ASEOS / Plano útil / Gráfico de valores (E)

Valores en Lux, Escala 1 : 40No pudieron representarse todos los valores calculados.

Situación de la superficie en el local:Plano útil con 0.200 m Zona marginalPunto marcado:(10.685 m, 72.850 m, 0.850 m)

Trama: 128 x 32 Puntos

Em [lx] Emin [lx] Emax [lx] Emin / Em Emin / Emax314 184 369 0.586 0.498

Página 29

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PLAN MANTENIMIENTO / Plan de mantenimiento

Un mantenimiento regular es indispensable para un sistema de iluminación efectivo. Solo así puede paliarse la disminución por envejecimiento de la cantidad de luz disponible en la instalación. Los valores mínimos de intensidad lumínica establecidos en EN 12464 son valores de mantenimiento, eso quiere decir que están basados en un valor nuevo (en el momento de la instalación) y un mantenimiento que debe ser definido. Lo mismo es válido para los valores calculados en DIALux. Sólo pueden ser alcanzados si el plan de mantenimiento es implementado de forma consecuente.

Informaciones generales sobre el localCondiciones ambientales del local: LimpioIntervalo de mantenimiento del local: Anual

Luminaria individual / BEGA 50031 LED 20,9WInfluencia de las superficies del local por reflexión: pequeño (k <= 1.6)Tipo de iluminación: Directo / IndirectoIntervalo de mantenimiento de las luminarias: AnualTipo de luminarias: Cerrado IP2X (según CIE)Período de operación por año (en 1000 horas): 1.55Intervalo de cambio de lámparas: Cada 15.0 años.Tipo de lámpara: Definido por el usuarioIntercambio inmediato de lámparas quemadas: NoFactor de mantenimiento de las superficies del local: ---Factor de mantenimiento de las luminarias: ---Factor de mantenimiento del flujo luminoso: ---Factor de durabilidad de las lámparas: ---Factor mantenimiento: 0.80 (Definido por el usuario) LUMINARIA LED - RA > 80

Luminaria individual / LLEDO GRUPO OCEAN IP66 LED840 35W LEDInfluencia de las superficies del local por reflexión: pequeño (k <= 1.6)Tipo de iluminación: Directo / IndirectoIntervalo de mantenimiento de las luminarias: AnualTipo de luminarias: Protegido contra polvo IP5X (según CIE)Período de operación por año (en 1000 horas): 2.58Intervalo de cambio de lámparas: Cada 15.0 años.Tipo de lámpara: Definido por el usuarioIntercambio inmediato de lámparas quemadas: NoFactor de mantenimiento de las superficies del local: ---Factor de mantenimiento de las luminarias: ---Factor de mantenimiento del flujo luminoso: ---Factor de durabilidad de las lámparas: ---Factor mantenimiento: 0.80 (Definido por el usuario) LUMINARIA LED - RA > 80

Página 30

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PLAN MANTENIMIENTO / Plan de mantenimiento

Luminaria individual / BEGA 56609.1 LED 52,8WInfluencia de las superficies del local por reflexión: pequeño (k <= 1.6)Tipo de iluminación: Directo / IndirectoIntervalo de mantenimiento de las luminarias: AnualTipo de luminarias: Cerrado IP2X (según CIE)Período de operación por año (en 1000 horas): 2.58Intervalo de cambio de lámparas: Cada 15.0 años.Tipo de lámpara: Definido por el usuarioIntercambio inmediato de lámparas quemadas: NoFactor de mantenimiento de las superficies del local: ---Factor de mantenimiento de las luminarias: ---Factor de mantenimiento del flujo luminoso: ---Factor de durabilidad de las lámparas: ---Factor mantenimiento: 0.80 (Definido por el usuario) LUMINARIA LED - RA > 80

Luminaria individual / LLEDO 3649018840200BM OD-3649 IRIS 160 PLUS LED840 17W R/DInfluencia de las superficies del local por reflexión: pequeño (k <= 1.6)Tipo de iluminación: DirectoIntervalo de mantenimiento de las luminarias: AnualTipo de luminarias: Cerrado IP2X (según CIE)Período de operación por año (en 1000 horas): 1.55Intervalo de cambio de lámparas: Cada 15.0 años.Tipo de lámpara: Definido por el usuarioIntercambio inmediato de lámparas quemadas: NoFactor de mantenimiento de las superficies del local: ---Factor de mantenimiento de las luminarias: ---Factor de mantenimiento del flujo luminoso: ---Factor de durabilidad de las lámparas: ---Factor mantenimiento: 0.80 (Definido por el usuario) LUMINARIA LED - RA > 80

Luminaria individual / LLEDO 3253N36840200 VARIANT II G3 LED840 35W 600x600 3S R/DALIInfluencia de las superficies del local por reflexión: pequeño (k <= 1.6)Tipo de iluminación: DirectoIntervalo de mantenimiento de las luminarias: AnualTipo de luminarias: Cerrado IP2X (según CIE)Período de operación por año (en 1000 horas): 2.58Intervalo de cambio de lámparas: Cada 15.0 años.Tipo de lámpara: Definido por el usuarioIntercambio inmediato de lámparas quemadas: NoFactor de mantenimiento de las superficies del local: ---Factor de mantenimiento de las luminarias: ---Factor de mantenimiento del flujo luminoso: ---Factor de durabilidad de las lámparas: ---Factor mantenimiento: 0.80 (Definido por el usuario) LUMINARIA LED - RA > 80

En el mantenimiento de luminarias y lámparas, siga las instrucciones dadas al respecto por los respectivos fabricantes.

Página 31

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ANEXO

CÁLCULO DE ILUMINACIÓN DE EMERGENCIA

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INDICE

1.- PLANTA BAJA

2.- PLANTA PRIMERA

3.- PLANTA SEGUNDA

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 1

PLANTA BAJA

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 2

Plano de situación de Productos

Nota1

Situación de las Luminarias

Nº Referencia2 Fabricante Coordenadas Rót.

x y h (m.) ( º )

1 IZAR N30 Daisalux 1.53 11.16 2.50 90 0 0 --

1 DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa 2 Catálogo España - 2017-01-17

1

2

3

4

5

6

7 8

9

10

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 3

Nº Referencia2 Fabricante Coordenadas Rót.

x y h (m.) ( º )

2 IZAR N30 Daisalux 4.15 5.96 2.50 90 0 0 --

3 IZAR N30 Daisalux 4.15 16.40 2.50 90 0 0 --

4 IZAR N30 Daisalux 5.96 11.53 2.50 90 0 0 --

5 IZAR N30 Daisalux 7.51 11.08 2.50 0 0 0 --

6 IZAR N30 Daisalux 10.93 4.31 2.50 0 0 0 --

7 IZAR N30 Daisalux 14.28 11.11 2.50 0 0 0 --

8 IZAR N30 Daisalux 15.63 11.28 2.50 90 0 0 --

9 IZAR N30 Daisalux 17.92 16.40 2.50 90 0 0 --

10 IZAR N30 Daisalux 17.99 5.89 2.50 90 0 0 --

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 4

Gráfico de tramas del plano a 0.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Objetivos Resultados

Uniformidad: 40.0 mx/mn. 16.5 mx/mn

Superficie cubierta: con 0.50 lx. o más 99.2 % de 274.2 m²

Lúmenes / m²: ---- 7.29 lm/m²

Iluminación media: ---- 3.84 lx

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

Leyenda:

0.50 1.0 3.0 5.0 7.5 10 15 20 lx.

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 5

Gráfico de tramas del plano a 1.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Objetivos Resultados

Uniformidad: 40.0 mx/mn. 26.2 mx/mn

Superficie cubierta: con 0.50 lx. o más 88.8 % de 274.2 m²

Lúmenes / m²: ---- 7.29 lm/m²

Iluminación media: ---- 5.04 lx

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

Leyenda:

0.50 1.0 3.0 5.0 7.5 10 15 20 lx.

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 6

Curvas isolux en el plano a 0.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

0.10 0.20 0.50

0.50

0.75

0.75

1.00

1.00

1.00

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

5.00

5.00

5.00

5.00 5.00 5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

7.50 7.50

7.50

7.50

7.50

7.50 7.50

0.50

0.50

1.00

1.00

1.00

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 7

Curvas isolux en el plano a 1.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

0.10

0.10

0.10

0.10

0.10

0.10

0.10

0.10 0.10

0.10 0.10

0.10

0.10

0.10

0.10

0.20

0.20 0.20

0.20

0.20

0.20 0.20

0.20

0.20

0.20 0.20

0.20 0.20

0.20

0.20

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50 0.50

0.50

0.50 0.50

0.50

0.50

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75 0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50 7.50

7.50

7.50

7.50 7.50

10.00

10.00

10.00

10.00

10.00

10.00

10.00 10.00

10.00

10.00 10.00

10.00

10.00

12.00

12.00

12.00

12.00

12.00 12.00 12.00

12.00 12.00

12.00

12.00

12.00

12.00

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50 0.50

0.50

0.50 0.50

0.50

0.50

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 8

RESULTADO DEL ALUMBRADO ANTIPÁNICO

EN EL VOLUMEN DE 0.00 m. a 1.00 m.

Objetivos Resultados

Superficie cubierta: con 0.50 lx. o más 88.8 % de 274.2 m²

Uniformidad: 40.0 mx/mn. 26.2 mx/mn

Lúmenes / m²: ---- 7.3 lm/m²

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 9

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 4.5 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 1.15 lx.

lx. máximos: ---- 5.14 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

1

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.0 9.0 10.0 11.0 12.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

7.0

8.0

- Luxes sobre el recorrido 1 -

(m)

(lx)

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 10

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 3.1 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 1.66 lx.

lx. máximos: ---- 5.17 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

2

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.0 9.0 10.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

7.0

8.0

- Luxes sobre el recorrido 2 -

(m)

(lx)

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 11

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 5.6 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 1.43 lx.

lx. máximos: ---- 7.96 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

3

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.0 9.0 10.0 11.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

7.0

8.0

- Luxes sobre el recorrido 3 -

(m)

(lx)

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 12

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 4.0 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 1.93 lx.

lx. máximos: ---- 7.79 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

4

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.0 9.0 10.0 11.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

7.0

8.0

- Luxes sobre el recorrido 4 -

(m)

(lx)

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Baja

Página nº: 13

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 2.4 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 2.12 lx.

lx. máximos: ---- 5.16 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

5

Y (m.)

X (m.)0.0-1.0 21.0

0.0

-1.0

21.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.0 9.0 10.0 11.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

7.0

8.0

- Luxes sobre el recorrido 5 -

(m)

(lx)

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Proyecto : Sin Nombre

Página nº: 1

PLANTA PRIMERA

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Primera

Página nº: 2

Plano de situación de Productos

1

2

3

4

5

6

7

8

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Primera

Página nº: 3

Nota1

Situación de las Luminarias

Nº Referencia2 Fabricante Coordenadas Rót.

x y h (m.) ( º )

1 IZAR N30 Daisalux 3.60 4.09 2.50 90 0 0 --

2 IZAR N30 Daisalux 3.74 16.10 2.50 90 0 0 --

3 IZAR N30 Daisalux 5.66 7.78 2.50 90 0 0 --

4 IZAR N30 Daisalux 5.70 12.72 2.50 90 0 0 --

5 IZAR N30 Daisalux 5.72 11.45 2.50 90 0 0 --

6 IZAR N30 Daisalux 6.83 10.26 2.50 0 0 0 --

7 IZAR N30 Daisalux 10.31 5.91 2.50 0 0 0 --

8 IZAR N30 Daisalux 14.11 10.23 2.50 0 0 0 --

1 DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa 2 Catálogo España - 2017-01-17

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Primera

Página nº: 4

Gráfico de tramas del plano a 0.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Objetivos Resultados

Uniformidad: 40.0 mx/mn. 14.0 mx/mn

Superficie cubierta: con 0.50 lx. o más 94.5 % de 134.6 m²

Lúmenes / m²: ---- 11.88 lm/m²

Iluminación media: ---- 3.63 lx

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

Leyenda:

0.50 1.0 3.0 5.0 7.5 10 15 20 lx.

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Primera

Página nº: 5

Gráfico de tramas del plano a 1.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Objetivos Resultados

Uniformidad: 40.0 mx/mn. 29.0 mx/mn

Superficie cubierta: con 0.50 lx. o más 87.3 % de 134.6 m²

Lúmenes / m²: ---- 11.88 lm/m²

Iluminación media: ---- 5.72 lx

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

Leyenda:

0.50 1.0 3.0 5.0 7.5 10 15 20 lx.

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Primera

Página nº: 6

Curvas isolux en el plano a 0.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

0.10

0.10 0.10

0.10 0.20

0.20 0.20

0.20 0.50

0.50 0.50

0.50

0.75

0.75

0.75 0.75

0.75

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50 2.50

2.50

5.00

5.00

5.00

5.00

0.50

0.50 0.50

0.50

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Primera

Página nº: 7

Curvas isolux en el plano a 1.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

0.10

0.10

0.10

0.10

0.10

0.10

0.20

0.20

0.20

0.20

0.20

0.20

0.20

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

10.00

10.00

10.00

10.00

10.00

10.00

10.00

10.00

10.00

10.00

12.00

12.00 12.00

12.00

12.00

12.00

12.00

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Primera

Página nº: 8

RESULTADO DEL ALUMBRADO ANTIPÁNICO

EN EL VOLUMEN DE 0.00 m. a 1.00 m.

Objetivos Resultados

Superficie cubierta: con 0.50 lx. o más 87.3 % de 134.6 m²

Uniformidad: 40.0 mx/mn. 29.0 mx/mn

Lúmenes / m²: ---- 11.9 lm/m²

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Primera

Página nº: 9

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 3.1 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 2.01 lx.

lx. máximos: ---- 6.24 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

1

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.0 9.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

- Luxes sobre el recorrido 1 -

(m)

(lx)

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Primera

Página nº: 10

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 3.7 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 1.10 lx.

lx. máximos: ---- 4.12 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

2

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

- Luxes sobre el recorrido 2 -

(m)

(lx)

Page 152: INDICE DE PROYECTO - jcyl.esservicios4.jcyl.es/Duero/Publicacion_E/A2018_001729/ZJCYL013291… · Ferreira Villar, D. Carlos Ferreira Borrego y D. Javier Ferreira Población. Su utilización

Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Primera

Página nº: 11

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 4.1 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 1.71 lx.

lx. máximos: ---- 6.96 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

3

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

- Luxes sobre el recorrido 3 -

(m)

(lx)

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Primera

Página nº: 12

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 1.7 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 2.44 lx.

lx. máximos: ---- 4.16 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

4

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.0 9.0 10.0 11.0 12.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

- Luxes sobre el recorrido 4 -

(m)

(lx)

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Proyecto : Sin Nombre

Página nº: 1

PLANTA SEGUNDA

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Segunda

Página nº: 2

Plano de situación de Productos

Nota1

Situación de las Luminarias 1 DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

1

2

3

4

5

6

7

8

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Segunda

Página nº: 3

Nº Referencia2 Fabricante Coordenadas Rót.

x y h (m.) ( º )

1 IZAR N30 Daisalux 3.87 16.51 2.50 90 0 0 --

2 IZAR N30 Daisalux 3.89 4.52 2.50 90 0 0 --

3 IZAR N30 Daisalux 6.11 7.87 2.50 90 0 0 --

4 IZAR N30 Daisalux 6.11 9.49 2.50 90 0 0 --

5 IZAR N30 Daisalux 6.12 12.94 2.50 90 0 0 --

6 IZAR N30 Daisalux 7.24 10.71 2.50 0 0 0 --

7 IZAR N30 Daisalux 10.93 6.31 2.50 0 0 0 --

8 IZAR N30 Daisalux 14.35 10.69 2.50 0 0 0 --

2 Catálogo España - 2017-01-17

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Segunda

Página nº: 4

Gráfico de tramas del plano a 0.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Objetivos Resultados

Uniformidad: 40.0 mx/mn. 13.7 mx/mn

Superficie cubierta: con 0.50 lx. o más 94.5 % de 138.9 m²

Lúmenes / m²: ---- 11.52 lm/m²

Iluminación media: ---- 3.62 lx

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

Leyenda:

0.50 1.0 3.0 5.0 7.5 10 15 20 lx.

Page 158: INDICE DE PROYECTO - jcyl.esservicios4.jcyl.es/Duero/Publicacion_E/A2018_001729/ZJCYL013291… · Ferreira Villar, D. Carlos Ferreira Borrego y D. Javier Ferreira Población. Su utilización

Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Segunda

Página nº: 5

Gráfico de tramas del plano a 1.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Objetivos Resultados

Uniformidad: 40.0 mx/mn. 28.8 mx/mn

Superficie cubierta: con 0.50 lx. o más 88.1 % de 138.9 m²

Lúmenes / m²: ---- 11.52 lm/m²

Iluminación media: ---- 5.75 lx

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

Leyenda:

0.50 1.0 3.0 5.0 7.5 10 15 20 lx.

Page 159: INDICE DE PROYECTO - jcyl.esservicios4.jcyl.es/Duero/Publicacion_E/A2018_001729/ZJCYL013291… · Ferreira Villar, D. Carlos Ferreira Borrego y D. Javier Ferreira Población. Su utilización

Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Segunda

Página nº: 6

Curvas isolux en el plano a 0.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

0.10

0.10 0.10

0.10 0.20

0.20 0.20

0.20 0.50

0.50 0.50

0.50 0.75

0.75 0.75

0.75

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50 2.50

2.50

2.50

5.00

5.00

5.00

0.50

0.50 0.50

0.50

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Segunda

Página nº: 7

Curvas isolux en el plano a 1.00 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

0.10

0.10

0.10

0.10

0.10

0.10

0.20

0.20

0.20

0.20

0.20

0.20

0.20

0.20

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

0.75

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

2.50

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

5.00

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

7.50

10.00

10.00

10.00 10.00

10.00

10.00

10.00

10.00

10.00

12.00

12.00 12.00 12.00

12.00

12.00 12.00 12.00

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

1.00

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Segunda

Página nº: 8

RESULTADO DEL ALUMBRADO ANTIPÁNICO

EN EL VOLUMEN DE 0.00 m. a 1.00 m.

Objetivos Resultados

Superficie cubierta: con 0.50 lx. o más 88.1 % de 138.9 m²

Uniformidad: 40.0 mx/mn. 28.8 mx/mn

Lúmenes / m²: ---- 11.5 lm/m²

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Segunda

Página nº: 9

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 3.3 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 2.03 lx.

lx. máximos: ---- 6.67 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

1

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

- Luxes sobre el recorrido 1 -

(m)

(lx)

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Segunda

Página nº: 10

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 3.8 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 1.08 lx.

lx. máximos: ---- 4.15 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

2

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

- Luxes sobre el recorrido 2 -

(m)

(lx)

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Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Segunda

Página nº: 11

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 3.3 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 1.97 lx.

lx. máximos: ---- 6.57 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

3

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

- Luxes sobre el recorrido 3 -

(m)

(lx)

Page 165: INDICE DE PROYECTO - jcyl.esservicios4.jcyl.es/Duero/Publicacion_E/A2018_001729/ZJCYL013291… · Ferreira Villar, D. Carlos Ferreira Borrego y D. Javier Ferreira Población. Su utilización

Proyecto : Sin Nombre Plano : Planta Segunda

Página nº: 12

Recorridos de Evacuación

Altura del plano de medida: 0.00 m.

Resolución del Cálculo: 0.20 m.

Factor de Mantenimiento: 1.000

Objetivos Resultados

Uniform. en recorrido: 40.0 mx/mn 1.7 mx/mn

lx. mínimos: 1.00 lx. 2.36 lx.

lx. máximos: ---- 4.08 lx.

Longitud cubierta: con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: DAISALUX no se responsabiliza ni de los proyectos ni de las posibles modificaciones de los mismos realizadas por personal ajeno a la empresa

Nota 2: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión,

y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 3: Catálogo España - 2017-01-17

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

4

Y (m.)

X (m.)0.0 15.0

0.0

20.0

0.0 1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.0 9.0 10.0 11.00.0

1.0

2.0

3.0

4.0

5.0

6.0

- Luxes sobre el recorrido 4 -

(m)

(lx)

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CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS

IDENTIFICACIÓN DEL EDIFICIO O DE LA PARTE QUE SE CERTIFICA:

Adecuación y Redistribución Interior para Oficina para el Servicio de Empleo de laJunta de Castilla y León en Valladolid.Dirección Villabañez 26 -

Municipio Valladolid Código Postal 47012

ValladolidProvincia Comunidad Autónoma Castilla y León

D2Zona climática Año construcción 1940 - 1960

Nombre del edificio

Normativa vigente (construcción / rehabilitación) -

Referencia/s catastral/es 7923003UM5172D0001JQ

Tipo de edificio o parte del edificio que se certifica:

Vivienda

Unifamiliar

Bloque

Bloque completo

Vivienda individual

Terciario

Edificio completo

Local

Edificio de nueva construcción Edificio Existente

DATOS DEL TÉCNICO CERTIFICADOR:

Nombre y Apellidos 07789685ENIF/NIELuis Ferreira Villar

Razón social -NIF-

Domicilio Correhuela 20-26 - - 3 A -

Municipio Código Postal 37001salamanca

Provincia Salamanca Comunidad Autónoma Castilla y León

e-mail: [email protected] Teléfono 686973263

Titulación habilitante según normativa vigente Arquitecto

Procedimiento reconocido de calificación energética utilizado yversión:

HU CTE-HE y CEE Versión 1.0.1564.1124, de fecha3-mar-2017

CALIFICACIÓN ENERGÉTICA OBTENIDA:

<10.98

10.98-17.8

417.84-27.45

27.45-35.69

35.69-43.92

43.92-54.90

=>54.90

10,03

A

B

C

D

E

F

G

<61.61

61.61-100.

12100.12-154.0

4154.04-200.25

200.25-246.46

246.46-308.07

=>308.07

64,77

A

B

C

D

E

F

G

El técnico abajo firmante declara responsablemente que ha realizado la certificación energética del edificio o de la parteque se certifica de acuerdo con el procedimiento establecido por la normativa vigente y que son ciertos los datos quefiguran en el presente documento, y sus anexos:

Firma del técnico certificador:

Fecha 11/01/2018

Anexo II.

Anexo III.

Anexo I. Descripción de las características energéticas del edificio.

Calificación energética del edificio.

Recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética.

Anexo IV. Pruebas, comprobaciones e inspecciones realizadas por el técnico certificador.

Registro del Organo Territorial Competente:

Fecha de generación del documento

Ref. Catastral 7923003UM5172D0001JQ Página 1 de 7

11/01/2018

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En este apartado se describen las características energéticas del edificio, envolvente térmica, instalaciones, condiciones defuncionamiento y ocupación y demás datos utilizados para obtener la calificación energética del edificio.

ANEXO I

DESCRIPCIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS ENERGÉTICAS DEL EDIFICIO

1. SUPERFICIE, IMAGEN Y SITUACIÓN

976,48

Imagen del edificio Plano de situación

2. ENVOLVENTE TÉRMICA

Cerramientos opacos

Nombre Tipo Modo de obtención

Superficie habitable (m²)

Superficie (m²)Transmitancia

(W/m²K)

C02_Cubierta Cubierta 362,90 0,55 Usuario

C03_Fachada Fachada 150,68 0,48 Usuario

C03_Fachada Fachada 124,28 0,48 Usuario

C03_Fachada Fachada 144,04 0,48 Usuario

C03_Fachada Fachada 123,28 0,48 Usuario

C05_Muro_Sotano Suelo 57,15 3,33 Usuario

C05_Muro_Sotano Suelo 57,15 3,33 Usuario

C05_Muro_Sotano Suelo 57,15 3,33 Usuario

C05_Muro_Sotano Suelo 57,15 3,33 Usuario

C06_Solera Suelo 362,90 4,00 Usuario

Nombre TipoModo de

obtencióntransmitancia

FactorSolar

Modo de obtención factorsolar

Huecos y lucernarios

Superficie(m²)

Transmitancia(W/m²K)

H01_Ventana Hueco 20,76 2,48 0,61 Usuario Usuario

H01_Ventana Hueco 47,17 2,48 0,61 Usuario Usuario

H01_Ventana Hueco 27,41 2,48 0,61 Usuario Usuario

H01_Ventana Hueco 48,17 2,48 0,61 Usuario Usuario

3. INSTALACIONES TÉRMICAS

Generadores de calefacción

Fecha de generación del documento

Ref. Catastral 7923003UM5172D0001JQ Página 2 de 7

11/01/2018

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Generadores de calefacción

Nombre Tipo Tipo de Energía Modo de obtenciónPotencia

nominal (kW)Rendimiento

Estacional (%)

Daikin_2xRXYQ14T Unidad exterior enexpansión directa

90,00 280,00 ElectricidadPeninsular

Usuario

TOTALES 90,00

Generadores de refrigeración

Nombre Tipo Tipo de Energía Modo de obtenciónPotencia

nominal (kW)Rendimiento

Estacional (%)

Daikin_2xRXYQ14T Unidad exterior enexpansión directa

90,00 416,00 ElectricidadPeninsular

Usuario

TOTALES 90,00

4. INSTALACIÓN DE ILUMINACION

Nombre del espacio Iluminancia media (lux)Potencia instalada (W/m²) VEEI (W/m²100lux)

P02_E01_Sepe_Izq 6,00 1,10 681,82

P02_E03_Sala_de_E 5,50 2,70 277,78

P02_E05_PB_Aseos 6,40 2,00 75,00

P02_E08_Sepe_Der 5,90 1,10 681,82

P03_E01_P1_Oficin 5,50 1,30 576,92

P03_E02_P1_Despac 7,70 1,30 576,92

P03_E03_P1_Oficin 5,50 1,20 625,00

P03_E05_Pasillo_P 3,50 1,90 236,84

P03_E07_P1_Escale 3,50 1,90 78,95

P03_E08_P1_Aseos 6,40 2,00 75,00

P03_E11_P1_Oficin 5,50 1,30 576,92

P03_E12_P1_Despac 7,74 1,20 625,00

P03_E13_P1_Oficin 5,50 1,20 625,00

P04_E01_P2_Oficin 5,50 1,20 625,00

P04_E02_P2_Despac 7,70 1,30 576,92

P04_E03_P2_Oficin 5,50 1,20 625,00

P04_E05_P2_Pasill 3,50 1,90 78,95

P04_E07_P2_Escale 3,50 1,90 78,95

P04_E08_P2_Aseos 6,40 2,10 71,43

P04_E11_Aula 5,50 1,20 625,00

P04_E12_P2_Despac 7,70 1,20 625,00

P04_E13_P2_Oficin 5,50 1,20 625,00

5. CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO Y OCUPACIÓN

Espacio Perfil de usoSuperficie (m²)

P01_E01__Espacio0 362,90 perfildeusuario

P02_E01_Sepe_Izq 103,05 noresidencial-12h-alta

P02_E02_PB_Almace 9,22 perfildeusuario

P02_E03_Sala_de_E 93,03 noresidencial-12h-alta

P02_E04__Espacio0 3,34 perfildeusuario

P02_E05_PB_Aseos 26,95 noresidencial-12h-baja

P02_E06__Espacio0 12,83 perfildeusuario

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5. CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO Y OCUPACIÓN

Espacio Perfil de usoSuperficie (m²)

P02_E07__Espacio0 9,93 perfildeusuario

P02_E08_Sepe_Der 104,55 noresidencial-12h-alta

P03_E01_P1_Oficin 39,17 noresidencial-12h-alta

P03_E02_P1_Despac 18,97 noresidencial-12h-alta

P03_E03_P1_Oficin 39,24 noresidencial-12h-alta

P03_E04_P1_Almace 9,22 perfildeusuario

P03_E05_Pasillo_P 79,24 noresidencial-24h-media

P03_E06_P1_Almace 9,38 perfildeusuario

P03_E07_P1_Escale 26,71 noresidencial-12h-baja

P03_E08_P1_Aseos 26,37 noresidencial-12h-baja

P03_E09_P1_Almace 10,05 perfildeusuario

P03_E10_P1_Almace 9,80 perfildeusuario

P03_E11_P1_Oficin 38,18 noresidencial-12h-alta

P03_E12_P1_Despac 18,40 noresidencial-12h-alta

P03_E13_P1_Oficin 38,17 noresidencial-12h-alta

P04_E01_P2_Oficin 39,17 noresidencial-12h-alta

P04_E02_P2_Despac 18,97 noresidencial-12h-alta

P04_E03_P2_Oficin 39,24 noresidencial-12h-alta

P04_E04_P2_Almace 9,22 perfildeusuario

P04_E05_P2_Pasill 79,24 noresidencial-12h-baja

P04_E06_P2_Almace 9,38 perfildeusuario

P04_E07_P2_Escale 26,71 noresidencial-12h-baja

P04_E08_P2_Aseos 26,37 noresidencial-12h-baja

P04_E09_P2_Almace 10,05 perfildeusuario

P04_E10_P2_Almace 9,80 perfildeusuario

P04_E11_Aula 38,18 noresidencial-12h-alta

P04_E12_P2_Despac 18,40 noresidencial-12h-alta

P04_E13_P2_Oficin 38,17 noresidencial-12h-alta

6. ENERGÍAS RENOVABLES

Térmica

Nombre

Demanda de ACScubierta (%)

Consumo de Energía Final,cubierto en función del servicio asociado (%)

Calefacción ACSRefrigeración

Sistema solar térmico - - - 0,00

TOTALES 0 00 0,00

Eléctrica

Nombre Energía eléctrica generada y autoconsumida (kWh/año)

Panel fotovoltaico 0,00

TOTALES 0

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1. CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DEL EDIFICIO EN EMISIONES

INDICADOR GLOBAL INDICADORES PARCIALES

CALEFACCIÓN ACS

REFRIGERACIÓN

La calificación global del edificio se expresa en términos de dióxido de carbono liberado a la atmósfera como consecuencia del consumoenergético del mismo.

3. CALIFICACIÓN PARCIAL DE LA DEMANDA ENERGÉTICA DE CALEFACCIÓN Y REFRIGERACIÓN

La demanda energética de calefacción y refrigeración es la energía necesaria para mantener las condiciones internas de confort deledificio.

DEMANDA DE CALEFACCIÓN DEMANDA DE REFRIGERACIÓN

3,40

2,20

0,00

A

B

-

ILUMINACIÓN

A

4,50

ANEXO II

CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DEL EDIFICIO

Zona climática UsoD2 CertificacionExistente

<10.98

10.98-17.8

417.84-27.45

27.45-35.69

35.69-43.92

43.92-54.90

=>54.90

<13.90

13.90-22.5

822.58-34.75

34.75-45.17

45.17-55.59

55.59-69.49

=>69.49

<13.89

13.89-22.5

722.57-34.72

34.72-45.14

45.14-55.55

55.55-69.44

=>69.44

10,03

28,67

27,17

A

B

C

D

E

F

G

A

B

C

D

E

F

G

A

B

C

D

E

F

G

Por energía primaria no renovable se entiende la energía consumida por el edificio procedente de fuentes no renovables que no hasufrido ningún proceso de conversión o transformación.

2. CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DEL EDIFICIO EN CONSUMO DE ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE

INDICADOR GLOBAL INDICADORES PARCIALES

CALEFACCIÓN ACS

REFRIGERACIÓN

20,03

12,77

0,00

B

B

-

A

31,96

ILUMINACIÓN

<61.61

61.61-100.

12100.12-154.

04154.04-200.2

5200.25-246.46

246.46-308.07

=>308.07

64,77

A

B

C

D

E

F

G

Emisiones CO2 por consumo eléctrico

Emisiones CO2 por combustibles fósiles 10,83 10573,18

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4630,214,74

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ANEXO III

RECOMENDACIONES PARA LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA

DESCRIPCIÓN DE MEDIDA DE MEJORA

Características técnicas de la medida (modelo de equipos, materiales, parámetros característicos )

CALIFICACIÓN ENERGÉTICA GLOBAL

10.98-17.8

417.84-27.45

27.45-35.69

35.69-43.92

43.92-54.90

=>54.90

<61.61

61.61-100.

12100.12-154.0

4154.04-200.25

200.25-246.46

246.46-308.07

=>308.07

A

B

C

D

E

F

G

A

B

C

D

E

F

G

CALIFICACIONES ENERGÉTICASPARCIALES

<13.90

13.90-22.5

822.58-34.75

34.75-45.17

45.17-55.59

55.59-69.49

<13.89

13.89-22.5

722.57-34.72

34.72-45.14

45.14-55.55

55.55-69.44

A

B

C

D

E

F

A

B

C

D

E

F

=>69.49 =>69.44 G G

ANÁLISIS TÉCNICO

Indicador

Calefacción

Valor

%

respecto

al

anterior

Refrigeración ACS Iluminación Total

Valor

%

respecto

al

anterior

Valor

%

respecto

al

anterior

Valor

%

respecto

al

anterior

Valor

%

respecto

al

anterior

<10.98

Nota: Los indicadores energéticos anteriores están calculados en base a coeficientes estándar de operación y funcionamiento del edificio, por lo que

solo son válidos a efectos de su calificación energética. Para el análisis económico de las medidas de ahorro y eficiencia energética, el técnico

certificador deberá utilizar las condiciones reales y datos históricos de consumo del edificio.

Coste estimado de la medida

Otros datos de interés

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Se describen a continuación las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo por el técnico certificador durante elproceso de toma de datos y de calificación de la eficiencia energética del edificio, con la finalidad de establecer la conformidad dela información de partida contenida en el certificado de eficiencia energética.

PRUEBAS, COMPROBACIONES E INSPECCIONES REALIZADAS POR ELTÉCNICO CERTIFICADOR

ANEXO IV

11/01/18Fecha de realización de la visita del técnico certificador

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1

4.-CUMPLIENTO DE OTROS REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES

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2

4.1- Normativa técnica de aplicación

en los proyectos y la dirección de obras

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3

NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN EN LOS PROYECTOS Y LA DIRECCIÓN DE OBRAS DE EDIFICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la redacción del presente proyecto se han observado las normas vigentes aplicables sobre construcción. ÍNDICE

0. Normas de Carácter General

0.1. Normas de carácter general 1. Estructuras

1.1. Acciones en la edificación 1.2. Acero 1.3. Fábrica 1.4. Hormigón 1.5. Madera 1.6. Forjados 1.7. Cimentación

2. Instalaciones

2.1.- Agua 2.2.- Ascensores 2.3.- Audiovisuales, Antenas y Telecomunicaciones 2.4.- Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria. 2.5.- Electricidad 2.6.- Instalaciones de Protección Contra Incendios

3. Cubiertas 3.1. Cubiertas

4. Protección

4.1. Aislamiento Acústico 4.2. Aislamiento Térmico 4.3. Protección Contra Incendios 4.4. Seguridad y Salud en las Obras de Construcción 4.5. Seguridad de Utilización

5. Barreras Arquitectónicas

5.1. Barreras Arquitectónicas 6. Varios

6.1. Instrucciones y Pliegos de Recepción 6.2. Medio Ambiente 6.3. Otros

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 4

RELACIÓN DE NORMATIVA 0.- NORMAS DE CARÁCTER GENERAL 0.1. NORMAS DE CARÁCTER GENERAL Ordenación de la edificación L.O.E. LEY 38/1999, de 5-NOV de la Jefatura del Estado.....................................................B.O.E.: 6-NOV-1999

Modificada por: Artículo 82 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social LEY 24/2001, de 27 de diciembre, de Jefatura del Estado............................B.O.E.: 31-DIC-2001 Artículo 105 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social LEY 53/2002, de 30 de diciembre, de Jefatura del Estado............................B.O.E.: 31-DIC-2002 Artículo 15 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado............................B.O.E.: 23-DIC-2009 Disposición final tercera de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas LEY 8/2013, de 26 de junio, de Jefatura del Estado......................................B.O.E.: 27-JUN-2013 Disposición final tercera de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones LEY 9/2014, de 9 de mayo, de Jefatura del Estado.......................................B.O.E.: 10-MAY-2014 Corrección erratas: ........................................................................................B.O.E. 17-MAY-2014

Código técnico de la edificación REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR, del Ministerio de Vivienda .........................B.O.E.: 28-MAR-2006 Corrección de errores y erratas: .................................................................................25-ENE-2008

Modificado por: Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el código técnico de la edificación. REAL DECRETO 1371/2007, de 19-OCT, del Ministerio de Vivienda ..........B.O.E.: 23-OCT-2007 Corrección de errores: ...................................................................................20-DIC-2007 Modificación del Real Decreto 1371/2007, de 19-OCT Real Decreto 1675/2008, de 17 de octubre, del Ministerio de Vivienda ........B.O.E.: 18-OCT-2008 Modificación de determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación , aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre Orden 984/2009, de 15 de abril, del Ministerio de Vivienda ..........................B.O.E.: 23-ABR-2009 Corrección de errores y erratas: ....................................................................B.O.E. 23-SEP-2009

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 5

Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda....B.O.E.: 11-MAR-2010 Modificación del Código Técnico de la Edificación (CTE) aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo Disposición final segunda, del Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo, del Ministerio de Vivienda...............................................................................B.O.E.: 22-ABR-2010 Sentencia por la que se declara la nulidad del artículo 2.7 del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, así como la definición del párrafo segundo de uso administrativo y la definición completa de uso pública concurrencia, contenidas en el documento SI del mencionado Código Sentencia de 4 de mayo de 2010, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ...........................................................................................B.O.E.: 30-JUL-2010 Disposición final undécima de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas LEY 8/2013, de 26 de junio, de Jefatura del Estado......................................B.O.E.: 27-JUN-2013 Actualizado por: Actualización del Documento Básico DB-HE “Ahorro de Energía” ORDEN FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, del Ministerio de Fomento ....................................................................................B.O.E.: 12-SEP-2013 Corrección de errores:....................................................................................B.O.E. 8-NOV-2013 Procedimiento básico para la certificación energética de los edificios REAL DECRETO 235/2013, de 5 de abril, del Ministerio de la Presidencia ...........................................................................B.O.E.: 13-ABR-2013 Corrección de errores: ...................................................................................B.O.E. 25-MAY-2013

1.- ESTRUCTURAS 1.1.- ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN CTE. DB-SE. Seguridad estructural. Acciones en la Edificación. Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda ........................................................................B.O.E.: 28-MAR-2006 Norma de construcción sismorresistente: parte general y edificación (NCSR-02). REAL DECRETO 997/2002, de 27-SEP, del Ministerio de Fomento ........................B.O.E.: 11-OCT-2002

1.2.- ACERO CTE. DB-SE-A. Seguridad estructural: acero Código Técnico de la Edificación, REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda ........................................................................B.O.E.: 28-MAR-2006 1.3.- FÁBRICA CTE. DB-SE-F. Seguridad estructural: fábrica Código Técnico de la Edificación, REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda ........................................................................B.O.E.: 28-MAR-2006

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 6

1.4.- HORMIGÓN Instrucción de hormigón estructural (EHE-08) REAL DECRETO 1247/2008, de 18-JUL, del Ministerio de la Presidencia................B.O.E.: 22-AGO-2008 Corrección de errores .................................................................................................B.O.E.: 24-DIC-2008

MODIFICADO POR: Sentencia por la que se declaran nulos los párrafos séptimo y octavo del artículo 81 y el anejo 19

Sentencia de 27 de septiembre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo .....................................................................................B.O.E.: 1-NOV-2012 1.5.- MADERA CTE. DB-SE-M. Seguridad estructural: madera Código Técnico de la Edificación, REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda .......................................................................B.O.E.: 28-MAR-2006 1.6.- FORJADOS Fabricación y empleo de elementos resistentes para pisos y cubiertas REAL DECRETO 1630/1980, de 18-JUL, de la Presidencia de Gobierno .................B.O.E.: 8-AGO-1980

MODIFICADO POR: Modificación de fichas técnicas a que se refiere el Real Decreto anterior sobre autorización de uso para la fabricación y empleo de elementos resistentes de pisos y cubiertas.

ORDEN de 29 de noviembre de 1989, del Ministerior de Obras públicas y Urbanismo ...................................................................................................B.O.E.: 1-NOV-2012

Actualización del contenido de fichas técnicas y del sistema de autocontrol de la calidad de la producción, referidas en el Anexo I de la Orden de 29 de noviembre de 1989.

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre del Ministerio de Fomento .....................B.O.E.: 2-DIC-2002 Actualización de las fichas de autorización de uso de sistemas de forjados

RESOLUCIÓN de 30 de enero de 1997 del Ministerio de Fomento..........................B.O.E.: 6-MAR-1997

1.7.- CIMENTACIÓN CTE. DB-SE-C. Seguridad estructural: cimientos. Código Técnico de la Edificación, REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda .......................................................................B.O.E.: 28-MAR-2006

2.- INSTALACIONES 2.1.- AGUA Criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano REAL DECRETO 140/2003, de 7 de febrero, del Ministerio de la Presidencia..........B.O.E.: 21-FEB-2003

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 7

MODIFICADO POR:

Real Decreto 1120/2012, de 20 de julio, del Ministerio de la Presidencia .....................................................................B.O.E.: 29-AGO-2012

Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, del Ministerio de Sanidad, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas ................................................................................................B.O.E.: 11-OCT-2013 Corrección de errores .......................................................................................B.O.E.: 12-NOV-2013

DESARROLLADO EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE DEFENSA POR:

Orden DEF/2150/2013, de 11 de noviembre, del Ministerio de Defensa ...............................................................................B.O.E.: 19-NOV-2013

DB HS. Salubridad (Capítulos HS-4, HS-5) Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda ................................................................B.O.E.: 28-MAR-2006 2.2.- ASCENSORES Disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores REAL DECRETO 1314/1997 de 1 de agosto de 1997, del Ministerio de Industria y Energía .....................................................................................................................B.O.E.: 30-SEP-1997 Corrección errores: .....................................................................................................28-JUL-1998 MODIFICADO POR:

Disposición final primera del Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas REAL DECRETO 1644/2008, de 10 de octubre, del Ministerio de la Presidencia .......................................................................................................B.O.E.: 11-OCT-2009

DEROGADAS LAS DISPOSICIONES ADICIONALES PRIMERA Y SEGUNDA POR:

Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 229/1985, de 8 de noviembre REAL DECRETO 88/2013, de 8 de febrero, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo .............................................................................................B.O.E.: 22-FEB-2013

Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos (sólo están vigentes los artículos 11 a 15, 19 y 23, el resto ha sido derogado por el Real Decreto 1314/1997, excepto el art.10, que ha sido derogado por el Real Decreto 88/20013, de 8 de febrero) REAL DECRETO 2291/1985, de 8 de noviembre, del Ministerio de Industria y EnergíaB.O.E.: .........................................................................................................11-DIC-1985 MODIFICADO POR:

Art 2º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ..........................................................................................B.O.E.: 22-MAY-2010

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 8

Prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existentes REAL DECRETO 57/2005, de 21 de enero, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ....................................................................................................B.O.E.: 04-FEB-2005 DEROGADO LOS ARTÍCULOS 2 Y 3 POR:

Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 229/1985, de 8 de noviembre REAL DECRETO 88/2013, de 8 de febrero, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo .............................................................................................B.O.E.: 22-FEB-2013

Prescripciones técnicas no previstas en la ITC-MIE-AEM 1, del Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos RESOLUCIÓN de 27 de abril de 1992, de la Dirección General de Política Tecnológica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.....................................................................................B.O.E.: 15-MAY-1992 Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 229/1985, de 8 de noviembre REAL DECRETO 88/2013, de 8 de febrero, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo .......................................................................................................B.O.E.: 22-FEB-2013 Corrección errores: ......................................................................................................9-MAY-2013 2.3.- AUDIOVISUALES, ANTENAS Y TELECOMUNICACIONES Infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicaciones. REAL DECRETO LEY 1/1998, de 27 de febrero, de la Jefatura del Estado ..............B.O.E.: 28-FEB-1998

MODIFICADO POR: Modificación del artículo 2, apartado a), del Real Decreto-Ley 1/1998 Disposición Adicional Sexta, de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Jefatura del Estado, de Ordenación de la Edificación .............................................................................B.O.E.: 06-NOV-1999 Disposición final quinta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones LEY 9/2014, de 9 de mayo, de Jefatura del Estado .........................................B.O.E.: 10-MAY-2014 Corrección erratas: ...........................................................................................B.O.E. 17-MAY-2014

Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones. REAL DECRETO 346/2011, de 11 de marzo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.....................................................................................................B.O.E.: 1-ABR-2011 Corrección errores: .....................................................................................................18-OCT-2011 DESARROLLADO POR:

Desarrollo del Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones, aprobado por el Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo. ORDEN 1644/2011, de 10 de junio de 2011, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio...........................................................................................B.O.E.:16-JUN-2011

MODIFICADO POR:

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 9

Sentencia por la que se anula el inciso “debe ser verificado por una entidad que disponga de la independencia necesaria respecto al proceso de construcción de la edificación y de los medios y la capacitación técnica para ello” in fine del párrafo quinto Sentencia de 9 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, .............................................................................................B.O.E.: 1-NOV-2012

Sentencia por la que se anula el inciso “en el artículo 3 del Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación”, incluido en los apartados 2.a) del artículo 8; párrafo quinto del apartado 1 del artículo 9; apartado 1 del artículo 10 y párrafo tercero del apartado 2 del artículo 10. Sentencia de 17 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, .............................................................................................B.O.E.: 7-NOV-2012

Sentencia por la que se anula el inciso “en el artículo 3 del Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación”, incluido en los apartados 2.a) del artículo 8; párrafo quinto del apartado 1 del artículo 9; apartado 1 del artículo 10 y párrafo tercero del apartado 2 del artículo 10; así como el inciso “a realizar por un Ingeniero de Telecomunicación o un Ingeniero Técnico de Telecomunicación” de la sección 3 del Anexo IV. Sentencia de 17 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, .............................................................................................B.O.E.: 7-NOV-2012

2.4.- CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN, Y AGUA CALIENTE SANITARIA Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, del Ministerio de la Presidencia...........B.O.E.: 29-AGO-2007 Corrección errores: .....................................................................................................28-FEB-2008 MODIFICADO POR:

Art. segundo del Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, del Ministerio de la Presidencia ..........................................................................B.O.E.: 18-MAR-2010 Corrección errores: ............................................................................................23-ABR-2010

Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia ...........................................................................................B.O.E.: 11-DIC-2009 Corrección errores: ............................................................................................12-FEB-2010 Corrección errores: ............................................................................................25-MAY-2010

Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, del Ministerio de la Presidencia ............................................................................................ B.O.E.: 13-ABR-2013 Corrección errores: ............................................................................................5-SEP-2013

Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11 REAL DECRETO 919/2006, de 28 de julio, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.....................................................................................................B.O.E.: 4-SEPT-2006 MODIFICADO POR:

Art 13º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ..........................................................................................B.O.E.: 22-MAY-2010

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 10

Instrucción técnica complementaria MI-IP 03 “Instalaciones petrolíferas para uso propio” REAL DECRETO 1427/1997, de 15 de septiembre, del Ministerio de Industria y Energía.......................................................................................................B.O.E.: 23-OCT-1997 Corrección errores: .....................................................................................................24-ENE-1998 MODIFICADA POR:

Modificación del Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por R. D. 2085/1994, de 20-OCT, y las Instrucciones Técnicas complementarias MI-IP-03, aprobadas por el R.D. 1427/1997, de 15-SET, y MI-IP-04, aprobada por el R.D. 2201/1995, de 28-DIC. REAL DECRETO 1523/1999, de 1 de octubre, del Ministerio de Industria y Energía ............................................................................................B.O.E.: 22-OCT-1999 Corrección errores: ...........................................................................................3-MAR-2000

Art 6º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial , para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ....................................................................................................B.O.E.: 22-MAY-2010 Criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis REAL DECRETO 865/2003, de 4 de julio, del Ministerio de Sanidad y Consumo ....................................................................................................B.O.E.: 18-JUL-2003 DB HE. Ahorro de Energía (Capítulo HE-4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria) Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO. 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda............................................................................................B.O.E.: 28-MAR-2006 ACTUALIZADO POR:

Actualización del Documento Básico DB-HE “Ahorro de Energía” ORDEN FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, del Ministerio de Fomento ....B.O.E.: 12-SEP-2013 Corrección de errores: ......................................................................................B.O.E. 8-NOV-2013

2.5.- ELECTRICIDAD Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) BT 01 a BT 51 REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto, del Ministerio de Ciencia y Tecnología ...................................................................................................B.O.E.: suplemento al nº 224, 18-SEP-2002

Anulado el inciso 4.2.C.2 de la ITC-BT-03 por: SENTENCIA de 17 de febrero de 2004 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ..............................................................................................B.O.E.: 5-ABR-2004

MODIFICADO POR:

Art 7º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ..........................................................................................B.O.E.: 22-MAY-2010 Nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos», del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo.

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 11

REAL DECRETO 1053/2014, de 12 de diciembre, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo..............................................................................B.O.E.: 31-DIC-2014

Autorización para el empleo de sistemas de instalaciones con conductores aislados bajo canales protectores de material plástico RESOLUCIÓN de 18 de enero 1988, de la Dirección General de Innovación Industrial....................................................................................................B.O.E.: 19-FEB-1988 Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones Técnicas Complementarias EA-01 a EA-07 REAL DECRETO 1890/2008, de 14 de noviembre, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ....................................................................................................B.O.E.: 19-NOV-2008 2.6.- INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. REAL DECRETO 1942/1993, de 5-NOV, del Ministerio de Industria y Energía.........B.O.E.: 14-DIC-1993 Corrección de errores: ................................................................................................7-MAY-1994

MODIFICADO POR: Art 3º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ..........................................................................................B.O.E.: 22-MAY-2010

Normas de procedimiento y desarrollo del real decreto 1942/1993, por el que se aprueba el reglamento de instalaciones de protección contra incendios y se revisa el anexo i y los apéndices del mismo ORDEN 16-ABR-1998, del Ministerio de Industria y Energía .....................................B.O.E.: 28-ABR-1998

3.- CUBIERTAS 3.1.- CUBIERTAS DB HS-1. Salubridad Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda..................................................................................................B.O.E.: 28-MAR-2006

4.- PROTECCIÓN 4.1.- AISLAMIENTO ACÚSTICO DOCUMENTO BÁSICO "DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO" DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN REAL DECRETO 1371/2007, de 19-OCT, del Ministerio de Vivienda .......................B.O.E.: 23-OCT-2007 Corrección de errores .................................................................................................BOE: 20-DIC-2007

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 12

Modificación del rd 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico "db-hr protección frente al ruido" del cte REAL DECRETO 1675/2008, de 17-OCT, del Ministerio de Vivienda..............B.O.E.: 18-OCT-2008

Ley del ruido LEY 37/2003, de 17-NOV, de la Jefatura del Estado..................................................B.O.E.: 18-NOV-2003 Desarrollo de la ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas REAL DECRETO 1367/2007, de 19-OCT, del Ministerio de la Presidencia...............B.O.E.: 23-OCT-2007 Evaluación y gestión ambiental REAL DECRETO 1513/2005, de 16-DIC, del Ministerio de la Presidencia ................B.O.E.: 17-DIC-2005 4.2.- AISLAMIENTO TÉRMICO CTE. DB-HE1. Ahorro de energía: limitación de demanda energética REAL DECRETO 314/2006, de 17-MAR del Ministerio de Vivienda ..........................B.O.E.: 28-MAR-2006

ACTUALIZADO POR: Actualización del Documento Básico DB-HE “Ahorro de Energía” ORDEN FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, del Ministerio de Fomento .......................................................................................B.O.E.: 12-SEP-2013 Corrección de errores: ......................................................................................B.O.E. 8-NOV-2013

4.3.- PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS DB-SI-Seguridad en caso de Incendios Código Técnico de la Edificación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda .................................................................................................B.O.E.: 28-MAR-2006 Reglamento de Seguridad contra Incendios en los establecimientos industriales. REAL DECRETO 2267/2004, de 3 Diciembre, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.....................................................................................................B.O.E.: 17-DIC-2004 Corrección errores: .....................................................................................................05-MAR-2005 MODIFICADO POR:

Art 10º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ..........................................................................................B.O.E.: 22-MAY-2010

Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego REAL DECRETO 842/2013, de 31 de octubre, del Ministerio de la Presidencia .......B.O.E.: 23-NOV-2013 4.4.- SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, del Ministerio de la Presidencia .....B.O.E.: 25-OCT-1997

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 13

MODIFICADO POR:

Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia ....................................................................................................B.O.E.: 13-NOV-2004 Modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ..............................................................................................B.O.E.: 29-MAY-2006 Disposición final tercera del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción REAL DECRETO 1109/2007, de 24 de agosto, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ...............................................................................................B.O.E.: 25-AGO-2007 Artículo 7 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado ..............................B.O.E.: 23-DIC-2009 Modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración ........................................................................................B.O.E.: 23-MAR-2010 DEROGADO EL ART.18 POR: REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración ........................................................................................B.O.E.: 23-MAR-2010

Prevención de Riesgos Laborales LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de la Jefatura del Estado .....................................B.O.E.: 10-NOV-1995 DESARROLLADA POR:

Desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ...............................................................................................B.O.E.: 31-ENE-2004

MODIFICADA POR:

Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (Ley de Acompañamiento de los presupuestos de 1999) LEY 50/1998, de 30 de diciembre, de la Jefatura del Estado ..........................B.O.E.: 31-DIC-1998

Reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales LEY 54/2003, de 12 de diciembre, de la Jefatura del Estado ..........................B.O.E.: 13-DIC-2003 Artículo 8 y Disposición adicional tercera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado ...............................B.O.E.: 23-DIC-2009

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 14

Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ........................................................................................................B.O.E.: 31-ENE-1997

MODIFICADO POR: Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 780/1998, de 30 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ...............................................................................................B.O.E.: 1-MAY-1998 Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ...............................................................................................B.O.E.: 29-MAY-2006 Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración ........................................................................................B.O.E.: 23-MAR-2010 Modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención REAL DECRETO 598/2015, de 3 de julio, del Ministerio de la Presidencia .....B.O.E.: 04-JUL-2015 DEROGADA LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA POR: REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración ........................................................................................B.O.E.: 23-MAR-2010 DESARROLLADO POR: Desarrollo del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas ORDEN 2504/2010, de 20 de septiembre, del Ministerio de Trabajo e Inmigración ........................................................................................B.O.E.: 28-SEP-2010 Corrección errores: ............................................................................................22-OCT-2010 Corrección errores: ............................................................................................18-NOV-2010

Señalización de seguridad en el trabajo REAL DECRETO 485/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales .........................................................................................................B.O.E.: 23-ABR-1997

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 485/1997 REAL DECRETO 598/2015, de 3 de julio, del Ministerio de la Presidencia ....B.O.E.: 04-JUL-2015

Seguridad y Salud en los lugares de trabajo REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ........................................................................................................B.O.E.: 23-ABR-1997

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 15

REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia ..............................................................................B.O.E.: 13-NOV-2004

Manipulación de cargas REAL DECRETO 487/1997, de 14 de abril, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ........................................................................................................B.O.E.: 23-ABR-1997 Utilización de equipos de protección individual REAL DECRETO 773/1997, de 30 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ........................................................................................................B.O.E.: 12-JUN-1997 Corrección errores: .....................................................................................................18-JUL-1997 Utilización de equipos de trabajo REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de julio, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ........................................................................................................B.O.E.: 7-AGO-1997

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia ..............................................................................................B.O.E.: 13-NOV-2004

Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, del Ministerio de la Presidencia ........................................................................................................B.O.E.: 11-ABR-2006 REGULACIÓN DE LA SUBCONTRATACIÓN LEY 32/2006, de 18 de Octubre, de Jefatura del Estado ...........................................B.O.E.: 19-OCT-2006

DESARROLLADA POR: Desarrollo de la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción REAL DECRETO 1109/2007, de 24 de agosto, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ...............................................................................................B.O.E.: 25-AGO-2007 Corrección de errores: ......................................................................................12-SEP-2007

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto REAL DECRETO 327/2009, de 13 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración .............................................................................B.O.E.: 14-MAR-2009

Modificación del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración .............................................................................B.O.E.: 23-MAR-2010

MODIFICADA POR:

Artículo 16 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado ..............................B.O.E.: 23-DIC-2009

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 16

4.5.- SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN DB-SUA-Seguridad de utilización y accesibilidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda ...........................................................................................B.O.E.: 11-MAR-2010

5.- BARRERAS ARQUITECTÓNICAS 5.1.- BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Real Decreto por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones. REAL DECRETO 505/2007, de 20 de abril, del Ministerio de la Presidencia.............B.O.E.: 11-MAY-2007 MODIFICADO POR:

La Disposición final primera de la modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda .......B.O.E.: 11-MAR-2010

DESARROLLADO POR:

Desarrollo del documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados Orden 561/2010, de 1 de febrero, del Ministerio de Vivienda ..........................B.O.E.: 11-MAR-2010

DB-SUA-Seguridad de utilización y accesibilidad REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda.................B.O.E.: 11-MAR-2010 Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013, de 29 de noviembre, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad......................................................................................B.O.E.: 3-DIC-2013

6.- VARIOS 6.1.- INSTRUCCIONES Y PLIEGOS DE RECEPCIÓN Instrucción para la recepción de cementos "RC-08" REAL DECRETO 956/2008, de 6 de junio, del Ministerio de la Presidencia..............B.O.E.: 19-JUN-2008 Corrección errores: .....................................................................................................11-SEP-2008 Disposiciones para la libre circulación de productos de construcción en aplicación de la Directiva 89/106/CEE REAL DECRETO 1630/1992, de 29 de diciembre, del Ministerio de Relación con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno ..............................................................................................B.O.E.: 09-FEB-1993

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 17

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, en aplicación de la Directiva 93/68/CEE. REAL DECRETO 1328/1995, de 28 de julio, del Ministerio de la Presidencia B.O.E.: 19-AGO-1995

Ampliación los anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de productos de construcción Resolución de 1 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa .....................................................................................................................B.O.E.: 10-SEP-2015 6.2.- MEDIO AMBIENTE Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas DECRETO 2414/1961, de 30 de noviembre, de Presidencia de Gobierno ................B.O.E.: 7-DIC-1961 Corrección errores: .....................................................................................................7-MAR-1962

DEROGADOS el segundo párrafo del artículo 18 y el Anexo 2 por: Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo REAL DECRETO 374/2001, de 6 de abril, del Ministerio de la Presidencia.....B.O.E.: 1-MAY-2001 DEROGADO por:

Calidad del aire y protección de la atmósfera LEY 34/2007, de 15 de noviembre, de Jefatura del Estado .............................B.O.E.: 16-NOV-2007

MODIFICADA POR: Medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas autónomas contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. (Art. 33) REAL DECRETO-LEY 8/2011, de 1 de julio, de Jefatura del Estado.........B.O.E.: 7-JUL-2011 Corrección errores:......................................................................................B.O.E.: 13-JUL-2011

Instrucciones complementarias para la aplicación del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas ORDEN de 15 de marzo de 1963, del Ministerio de la Gobernación..........................B.O.E.: 2-ABR-1963 RUIDO LEY 37/2003, de 17 de noviembre, de Jefatura del Estado........................................B.O.E.: 18-NOV-2003

DESARROLLADA POR: Desarrollo de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental. REAL DECRETO 1513/2005, de 16 de diciembre, del Ministerio de la Presidencia ...............................................................................................B.O.E.: 17-DIC-2005

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido. Disposición final primera del REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de la Presidencia...................................................................B.O.E.: 23-OCT-2007

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NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 18

Desarrollo de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de la Presidencia ........................................................................................................B.O.E.: 23-OCT-2007

MODIFICADO POR: Modificación del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. REAL DECRETO 1038/2012, de 6 de julio, del Ministerio de la Presidencia .................................................................................................B.O.E.: 26-JUL-2012

MODIFICADA POR: Medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas autónomas contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. (Art.31)

REAL DECRETO-LEY 8/2011, de 1 de julio, de Jefatura del Estado ...................................................................................................B.O.E.: 7-JUL-2011 Corrección errores: .....................................................................................B.O.E.: 13-JUL-2011

REGULACIÓN DE LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN REAL DECRETO 105/2008, de 1 de febrero, del Ministerio de la Presidencia..........B.O.E.: 13-FEB-2008 6.3.- OTROS LEY DEL SERVICIO POSTAL UNIVERSAL, DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS Y DEL MERCADO POSTAL LEY 43/2010, de 30 de diciembre, de Jefatura del Estado.........................................B.O.E.: 31-DIC-2010

Salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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CONDICIONES MÍNIMAS DE HABITABILIDAD 1

4.2.- Habitabilidad

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CONDICIONES MÍNIMAS DE HABITABILIDAD 2

4.2.- CONDICIONES MÍNIMAS DE HABITABILIDAD A los efectos del cumplimiento de las condiciones mínimas de habitabilidad del edificio proyectado se considera normativa vigente de aplicación, los siguientes preceptos legales:

- Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación. - Real Decreto 314/2006, de Código Técnico de la Edificación. - Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León. - Decreto 22/2004, Reglamento de Urbanismo de Castilla y León

El edificio proyectado reúne los siguientes Requisitos Básicos relativos a la habitabilidad:

1. De higiene, salud y protección del medio ambiente. En el ambiente interior del edificio se alcanzan unas condiciones aseguradas de salubridad y estanqueidad por las instalaciones y cerramientos proyectados, y se garantiza una adecuada gestión de los residuos generados por el uso residencial, que no deterioren el medio ambiente en su entorno inmediato. Ver cumplimiento de las exigencias básicas de salubridad HS1, HS 2, HS 3, HS 4 y HS 5 en la Memoria de Cumplimiento del CTE.

2. De protección contra el ruido. Los valores de aislamiento acústico a ruido aéreo y de impacto de los diversos elementos constructivos proyectados se ajustan a los valores exigidos por la DB-HR de Condiciones Acústicas en los edificios, asegurando que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades. Ver cumplimiento de la exigencia básica de protección frente al ruido HR en la Memoria de Cumplimiento del CTE

3. De ahorro de energía y aislamiento térmico. El edificio proyectado dispone de una envolvente adecuada a la limitación de la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad de situación, del uso previsto y del régimen de verano e invierno. Las características de aislamiento e inercia térmica, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar, permiten, junto a las instalaciones térmicas proyectadas un uso racional de la energía necesaria. Ver cumplimiento de las exigencias básicas de ahorro de energía HE 1, HE 2, HE 3, HE 4 y HE 5 en la Memoria de Cumplimiento del CTE.

4. De aspectos funcionales y uso del edificio. 4.1. Según la Orden 29/02/1944 sobre condiciones mínimas de habitabilidad

De acuerdo con la topología del edificio no es de aplicación la Orden de 29/02/1944

4.2.1.- ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Al tratarse de un edificio de uso administrativo este apartado es afectado por la Ley de 24 de Junio de 1998, num 3/1998. Minusválidos. Accesibilidad. Y Supresión de Barreras, así como por el Decreto 21/2001 de 30 de Agosto Reglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras de Castilla y León.

4.2.2.- REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN Se cumple las indicaciones establecidas en el Real Decreto 842/ 2002 de 2 de agosto de 2002, Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y sus instrucciones técnicas complementarias. Se justifica su cumplimiento el correspondiente anexo de instalaciones de electricidad.

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CONDICIONES MÍNIMAS DE HABITABILIDAD 3

4.2.3.- INFRAESTRUCTURA COMÚN DE TELECOMUNICACIONES Al tratarse de un edificio de uso administrativo se ve afectado por el R.D. Ley 1/1998, de 27 de Febrero sobre Infraestructuras Comunes de Telecomunicación y su Reglamento Regulador aprobado por el R.D. 401/2003, de 4 de Abril. 4.2.4.- SEGURIDAD Y SALUD De conformidad con el Real Decreto Ley 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción, y sin perjuicio de lo señalado en el apartado 2,3 del Pliego de Condiciones, se determinan las siguientes obligaciones sobre tal materia aplicables a este proyecto. CLASE DE OBRA Uso administrativo PRESUP. DE CONTRATA 567.113,14 € DURACIÓN ESTIMADA Superior a 100 días laborables TUNELES, GALERÍAS, ETC NO TIPO DE ESTUDIO Estudio Básico de Seguridad y Salud TÉCNICO REDACTOR D. Luis Ferreira Villar D. Carlos Ferreira Borrego D. Javier Ferreira Población

4.2.5.- REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS Se cumple con el Real Decreto 1751/1998 de 31 de julio de 1998 por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios y sus instrucciones técnicas complementarias. Se justifica su cumplimiento en los correspondientes anexos de instalaciones de climatización y fontanería.

En salamanca, Noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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Condiciones mínimas de Accesibilidad 1

4.3.- Justificación de Accesibilidad y Supresión de

Barreras Arquitectónicas

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Condiciones mínimas de Accesibilidad 2

PROYECTO: BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID SITUACIÓN: CALLE VILLABÁÑEZ 26 47012 VALLADOLID PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR D. CARLOS FERREIRA BORREGO D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

INDICE

Requisitos básicos de accesibilidad 1. Ámbito de aplicación y tipo de actuación.

2. Anexo.

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Condiciones mínimas de Accesibilidad 3

CONDICIONES MÍNIMAS DE ACCESIBILIDAD

REQUISITOS BÁSICOS DE ACCESIBILIDAD 1. Ámbito de aplicación y tipo de actuación

LEY 3/1998, DE 24 DE JUNIO, DE ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS (BOC y L nº 123, de 1 de julio de 1998) Modificada por Ley 11/2000, de 28 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas (BOC y L nº 251, de 30 de diciembre de 2000) DECRETO 217/2001, DE 30 DE AGOSTO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS (BOC y L nº 172, de 4 de septiembre de 2001)

1.Ámbito de aplicación y tipo de actuación Nueva construcción o ampliación de nueva planta _________________________________________________

Reforma total o parcial, ampliación o adaptación que suponga la creación de nuevos espacios, la redistribución de los mismos o su cambio de uso, que cumpla con las especificaciones de convertibilidad (ver nota) ____________________________________________________________________

a) EDIFICACIONES DE USO PÚBLICO _________________________________________________ - Superficie construida contabilizando el espacio de uso público: 1.517,52 m2 - Capacidad (para uso Residencial): -----

De acuerdo a los requerimientos funcionales y dimensionales mínimos que se establecen para el USO ADMINISTRATIVO en el Anexo II del Reglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras:

El Reglamento no es de aplicación en este proyecto

El Reglamento es de aplicación en los siguientes aspectos:

Itinerario x Elementos adaptados o practicables si los hay:

- Aparcamientos - Aseos públicos x - Dormitorios - Vestuarios de personal - Servicios, Instalaciones y Mobiliario x (rellenar Anexo Edificaciones de Uso Público )

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Condiciones mínimas de Accesibilidad 4

2. Anexo

EDIFICACIONES DE USO PÚBLICO

NORMA

PROYECTO

— En los edificios, establecimientos o instalaciones que dispongan de aparcamiento público, se reservarán permanentemente y tan cerca como sea posible de los accesos peatonales, plazas para vehículos ligeros que transporten o conduzcan personas en situación de discapacidad con movilidad reducida y estén en posesión de la tarjeta de estacionamiento.

No se contempla

RESERVA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO Artículos 5.1 y 5.2

— El número de plazas reservadas será, al menos, una por cada cuarenta o fracción adicional. Cuando el número de plazas alcance a diez, se reservará como mínimo una.

— Área de la plaza: dimensiones mínimas 4,50 m de largo x 2,20 m de ancho. — Área de acercamiento: en forma de “L”, dimensiones mínimas de 1,20 m de ancho

cuando sea contigua a uno de los lados mayores del área de la plaza, y de 1,50 m cuando lo sea a uno de los lados menores.

PLAZA DE APARCAMIENTO Y ACCESO A ELLA Artículos 5.3 y 5.4

— Deberá existir un itinerario accesible que comunique estas plazas con la vía pública o con el edificio

ACCESO AL INTERIOR Artículo 6.1

— Al menos uno de los itinerarios que enlace la vía pública con el acceso a la edificación deberá ser accesible en lo referente a mobiliario urbano, itinerarios peatonales, vados, escaleras y rampas.

— Al menos una entrada a la edificación deberá ser accesible. En los edificios de nueva planta este requisito deberá cumplirlo el acceso principal.

CUMPLE

— El espacio adyacente a la puerta, sea interior o exterior, será preferentemente horizontal y permitirá inscribir una circunferencia de Ø 1,20 m, sin ser barrida por la hoja de la puerta. En caso de existir un desnivel ≤ 0,20 m, el cambio de cota podrá salvarse mediante un plano inclinado con una pendiente no superior al 12%.

CUMPLE

ESPACIOS ADYACENTES A LA PUERTA Y

VESTÍBULOS Artículo 6.2

— Las dimensiones de los vestíbulos permitirán inscribir una circunferencia de Ø 1,50

m (Ø 1,20 m en vestíbulos practicables), sin que interfiera el área de barrido de las puertas ni cualquier otro elemento, fijo o móvil.

CUMPLE

INTERCOMUNICADORES

Artículo 6.3 — Las botoneras, pulsadores y otros mecanismos análogos estarán situados a una

altura comprendida entre 0,90 y 1,20 metros. CUMPLE

— Las puertas tendrán un hueco libre de paso ≥ 0,80 m. En puertas abatibles, cuando exista más de una hoja en un hueco de paso, al menos una, dejará un espacio libre no inferior a 0,80 m

CUMPLE PUERTAS DE ACCESO AL

EDIFICIO Artículo 6.4

— Los cortavientos estarán diseñados de tal forma que en el espacio interior pueda inscribirse una circunferencia de Ø 1,50 m libre de obstáculos y del barrido de las puertas (Ø 1,20 m en espacios practicables)

CUMPLE

ITINERARIO HORIZONTAL Artículos 7.1 y 7.2

— Itinerario horizontal es aquel cuyo trazado no supera en ningún punto del recorrido el 4% de pendiente en la dirección del desplazamiento, abarcando la totalidad del espacio comprendido entre paramentos verticales.

— Al menos uno de los itinerarios que comunique horizontalmente todas las áreas y dependencias de uso público del edificio entre sí y con el exterior deberá ser accesible. Cuando el edificio disponga de más de una planta, este itinerario incluirá el acceso a los elementos de comunicación vertical necesarios para poder acceder a las otras plantas.

CUMPLE

DISTRIBUIDORES Artículo 7.3.2

— Que puedan inscribirse en ellos una circunferencia de Ø 1,50 m (Ø 1,20 m en los practicables) sin que interfiera el barrido de las puertas ni cualquier otro elemento fijo o móvil.

CUMPLE

PASILLOS Artículo 7.3.3

— La anchura libre mínima de los pasillos será de 1,20 m (1,10 m en practicables) — En cada recorrido ≥ 10 m ( ≥ 7m en recorridos practicables), se deben

establecer espacios intermedios que permitan inscribir una circunferencia de Ø 1,50 m.

CUMPLE

PASILLOS RODANTES Artículo 7.3.4

— Tendrá una anchura mínima de 0,80 m, y su pavimento será no deslizante. — Deberá disponer de un espacio previo y posterior, horizontal, en el cual pueda

inscribirse una circunferencia de Ø 1,50 m libre de obstáculos.

NO ES DE APLICACIÓN

HUECOS DE PASO Artículo 7.3.5

— La anchura mínima de todos los huecos de paso será de 0,80 m. CUMPLE

PUERTAS Artículo 7.3.6

— A ambos lados de las puertas existirá un espacio libre horizontal donde se pueda inscribir una circunferencia de Ø 1,20 m.

— Las puertas de vidrio deberán llevar un zócalo protector de ≥0,40 m de altura y doble banda horizontal señalizadora a altura entre 0,85 m y 1,10 m y entre 1,50 y 1,70 m.

CUMPLE

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Condiciones mínimas de Accesibilidad 5

SALIDAS EMERGENCIA Artículo 7.3.7

— Deberán dejar un hueco de paso libre mínimo de 1 m de anchura. El mecanismo de apertura deberá accionarse por simple presión. CUMPLE

— Preferentemente de directriz recta. CUMPLE

— Anchura libre mínima de 0,90 m CUMPLE RAMPAS Artículo 8.2.2 — Si existe un borde lateral libre, estará protegido por un zócalo de ≥ 0,10 m

— Las rampas que salven una altura ≥ 0,50 m deberán disponer de protecciones laterales con pasamanos.

CUMPLE

CUMPLE — Pendiente máxima del 8% y su proyección horizontal ≤ 10 m en cada tramo.

Podrán admitirse rampas aisladas hasta el 12% y proyección horiz.. ≤ 3 m CUMPLE

— Deberán disponer de un espacio previo y posterior en el cual pueda inscribirse una circunferencia de Ø 1,50 m libre de obstáculos.

— En todas las mesetas intermedias deberá poderse inscribir una circunferencia de Ø 1,20 m libre de obstáculos cuando no se modifique la dirección de la marcha y de Ø 1,50 m en los cambios de dirección.

CUMPLE

— Serán continuos, situados a ambos lados y por los tramos de meseta CUMPLE

— No serán escalables CUMPLE

— Altura mínima de 0,90 m, medida desde el punto medio de la huella CUMPLE

PASAMANOS Y BARANDILLAS

Artículo 8.2.3

— Se prolongarán en la zona de embarque y desembarque al menos 0,30 m CUMPLE

OBLIGACIÓN DE

INSTALAR ASCENSOR

Artículos 14.1 y 14.2

— Será exigible ascensor cuando se cumplan simultáneamente las siguientes condiciones:

a) Desplazamiento vertical superior a 5 m, medidos desde la cota del acceso del edificio, para acceder a algún espacio común.

b) Se superen dos plantas sobre rasante

- Es obligatorio instalar ascensor - No es obligatorio, pero se instala ascensor de forma voluntaria

— En aquellos edificios en los que no se instale ascensor, es obligatorio disponer las especificaciones dimensionales, de emplazamiento u otras necesarias para la fácil instalación posterior de un ascensor practicable. Esta reserva puede ser sustituida por la previsión que permita la instalación de otros mecanismos elevadores, tales como plataformas salva-escaleras o plataformas de elevación vertical.

- Reserva dimensional para un ascensor practicable u otro mecanismo elevador

— El área de acceso al ascensor tendrá unas dimensiones mínimas tales que pueda inscribirse una circunferencia de Ø 1,50 m libre de obstáculos.

CUMPLE

— El ascensor practicable deberá tener unas dimensiones mínimas de: 1,25 m de fondo x 1,00 m de ancho, con una altura ≥ 2,20 m. En el caso de que disponga de más de una puerta, la dimensión en la dirección de entrada será ≥ 1,20 m

El existente

ASCENSORES Artículo 8.2.6

— Las puertas en recinto y cabina serán telescópicas, con un paso libre ≥ 0,80 m. Pasamanos a una altura comprendida entre 0,85 y 0,90 m y los botones de mando entre 0,90 m y 1,20 m

Las existentes

En Salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 1

5. ANEJOS A LA MEMORIA

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 2

5.1. PLAN DE CONTROL DE CALIDAD

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 3

Plan de control Definición y contenido del plan de control según el CTE

Según figura en el Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado mediante el REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, los Proyectos de Ejecución deben incluir, como parte del contenido documental de los mismos, un Plan de Control que ha de cumplir lo recogido en la Parte I en los artículos 6 y 7, además de lo expresado en el Anejo II. CONDICIONES DEL PROYECTO. Art. 6º 6.1 Generalidades 1. El proyecto describirá el edificio y definirá las obras de ejecución

del mismo con el detalle suficiente para que puedan valorarse e interpretarse inequívocamente durante su ejecución.

2. En particular, y con relación al CTE, el proyecto definirá las obras

proyectadas con el detalle adecuado a sus características, de modo que pueda comprobarse que las soluciones propuestas cumplen las exigencias básicas de este CTE y demás normativa aplicable. Esta definición incluirá, al menos, la siguiente información:

a) Las características técnicas mínimas que deben reunir los

productos, equipos y sistemas que se incorporen de forma permanente en el edificio proyectado, así como sus condiciones de suministro, las garantías de calidad y el control de recepción que deba realizarse.

b) Las características técnicas de cada unidad de obra, con indicación de las condiciones para su ejecución y las verificaciones y controles a realizar para comprobar su conformidad con lo indicado en el proyecto. Se precisarán las medidas a adoptar durante la ejecución de las obras y en el uso y mantenimiento del edificio, para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos.

c) Las verificaciones y las pruebas de servicio que, en su caso, deban realizarse para comprobar las prestaciones finales del edificio;

d) Las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado, de conformidad con lo previsto en el CTE y demás normativa que sea de aplicación.

3. A efectos de su tramitación administrativa, todo proyecto de

edificación podrá desarrollarse en dos etapas: la fase de proyecto básico y la fase de proyecto de ejecución. Cada una de estas fases del proyecto debe cumplir las siguientes condiciones:

a) El proyecto básico definirá las características generales de la obra

y sus prestaciones mediante la adopción y justificación de soluciones concretas. Su contenido será suficiente para solicitar la licencia municipal de obras, las concesiones u otras autorizaciones administrativas, pero insuficiente para iniciar la construcción del edificio. Aunque su contenido no permita verificar todas las condiciones que exige el CTE, definirá las prestaciones que el edificio proyectado ha de proporcionar para cumplir las exigencias básicas y, en ningún caso, impedirá su cumplimiento;

b) El proyecto de ejecución desarrollará el proyecto básico y definirá la obra en su totalidad sin que en él puedan rebajarse las prestaciones declaradas en el básico, ni alterarse los usos y condiciones bajo las que, en su caso, se otorgaron la licencia municipal de obras, las concesiones u otras autorizaciones administrativas, salvo en aspectos legalizables. El proyecto de ejecución incluirá los proyectos parciales u otros documentos técnicos que, en su caso, deban desarrollarlo o completarlo, los cuales se integrarán en el proyecto como documentos diferenciados bajo la coordinación del proyectista.

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 4

4. En el anejo I se relacionan los contenidos del proyecto de edificación, sin perjuicio de lo que, en su caso, establezcan las Administraciones competentes.

6.2 Control del proyecto

1. El control del proyecto tiene por objeto verificar el cumplimiento del CTE y demás normativa aplicable y comprobar su grado de definición, la calidad del mismo y todos los aspectos que puedan tener incidencia en la calidad final del edificio proyectado. Este control puede referirse a todas o algunas de las exigencias básicas relativas a uno o varios de los requisitos básicos mencionados en el artículo 1.

2. Los DB establecen, en su caso, los aspectos técnicos y formales del proyecto que deban ser objeto de control para la aplicación de los procedimientos necesarios para el cumplimiento de las exigencias básicas.

CONDICIONES EN LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. Art. 7º 7.1 Generalidades 1. Las obras de construcción del edificio se llevarán a cabo con

sujeción al proyecto y sus modificaciones autorizadas por el director de obra previa conformidad del promotor, a la legislación aplicable, a las normas de la buena práctica constructiva, y a las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra.

2. Durante la construcción de la obra se elaborará la documentación reglamentariamente exigible. En ella se incluirá, sin perjuicio de lo que establezcan otras Administraciones Publicas competentes, la documentación del control de calidad realizado a lo largo de la obra. En el anejo II se detalla, con carácter indicativo, el contenido de la documentación del seguimiento de la obra.

3. Cuando en el desarrollo de las obras intervengan diversos técnicos para dirigir las obras de proyectos parciales, lo harán bajo la coordinación del director de obra.

4. Durante la construcción de las obras el director de obra y el director de la ejecución de la obra realizarán, según sus respectivas competencias, los controles siguientes:

a) Control de recepción en obra de los productos, equipos y sistemas

que se suministren a las obras de acuerdo con el artículo 7.2. b) Control de ejecución de la obra de acuerdo con el artículo 7.3; y c) Control de la obra terminada de acuerdo con el artículo 7.4.

7.2 Control de recepción en obra de productos, equipos y sistemas

El control de recepción tiene por objeto comprobar que las características técnicas de los productos, equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto. Este control comprenderá:

a) El control de la documentación de los suministros, realizado de acuerdo con el artículo 7.2.1.

b) El control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad, según el artículo 7.2.2;

c) El control mediante ensayos, conforme al artículo 7.2.3.

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7.2.1 Control de la documentación de los suministros

Los suministradores entregarán al constructor, quien los facilitará al director de ejecución de la obra, los documentos de identificación del producto exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el proyecto o por la dirección facultativa. Esta documentación comprenderá, al menos, los siguientes documentos:

a) Los documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado. b) El certificado de garantía del fabricante, firmado por persona física; c) Los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas

exigidas reglamentariamente, incluida la documentación correspondiente al marcado CE de los productos de construcción, cuando sea pertinente, de acuerdo con las disposiciones que sean transposición de las Directivas Europeas que afecten a los productos suministrados.

7.2.2 Control de recepción mediante distintivos de calidad y evaluaciones de idoneidad técnica

1. El suministrador proporcionará la documentación precisa sobre:

a) Los distintivos de calidad que ostenten los productos, equipos o sistemas suministrados, que aseguren las características técnicas de los mismos exigidas en el proyecto y documentará, en su caso, el reconocimiento oficial del distintivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2.3;

b) Las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y sistemas innovadores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2.5, y la constancia del mantenimiento de sus características técnicas.

2. El director de la ejecución de la obra verificará que esta documentación es suficiente para la aceptación de los productos, equipos y sistemas amparados por ella.

7.2.3 Control de recepción mediante ensayos

1. Para verificar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE puede ser necesario, en determinados casos, realizar ensayos y pruebas sobre algunos productos, según lo establecido en la reglamentación vigente, o bien según lo especificado en el proyecto u ordenados por la dirección facultativa.

2. La realización de este control se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en el proyecto o indicados por la dirección facultativa sobre el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo y las acciones a adoptar.

7.3 Control de ejecución de la obra

1. Durante la construcción, el director de la ejecución de la obra controlará la ejecución de cada unidad de obra verificando su replanteo, los materiales que se utilicen, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, así como las verificaciones y demás controles a realizar para comprobar su conformidad con lo indicado en el proyecto, la legislación aplicable, las normas de buena práctica constructiva y las instrucciones de la dirección facultativa. En la recepción de la obra ejecutada pueden tenerse en cuenta las certificaciones de conformidad que ostenten los agentes que intervienen, así como las verificaciones que, en su caso, realicen las entidades de control de calidad de la edificación.

2. Se comprobará que se han adoptado las medidas necesarias para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos.

3. En el control de ejecución de la obra se adoptarán los métodos y procedimientos que se contemplen en las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y sistemas innovadores, previstas en el artículo 5.2.5.

7.4 Control de la obra terminada

En la obra terminada, bien sobre el edificio en su conjunto, o bien sobre sus diferentes partes y sus instalaciones, parcial o totalmente terminadas, deben realizarse, además de las que puedan establecerse con carácter voluntario, las comprobaciones y pruebas de servicio previstas en el proyecto u ordenadas por la dirección facultativa y las exigidas por la legislación aplicable.

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ANEJO II Documentación del seguimiento de la obra

En este anejo se detalla, con carácter indicativo y sin perjuicio de lo que establezcan otras Administraciones Publicas competentes, el contenido de la documentación del seguimiento de la ejecución de la obra, tanto la exigida reglamentariamente, como la documentación del control realizado a lo largo de la obra.

II.1 Documentación obligatoria del seguimiento de la obra

1. Las obras de edificación dispondrán de una documentación de seguimiento que se compondrá, al menos, de:

a) El Libro de Órdenes y Asistencias de acuerdo con lo previsto en el

Decreto 461/1971, de 11 de marzo. b) El Libro de Incidencias en materia de seguridad y salud, según el

Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. c) El proyecto, sus anejos y modificaciones debidamente autorizados

por el director de obra. d) La licencia de obras, la apertura del centro de trabajo y, en su

caso, otras autorizaciones administrativas; y e) El certificado final de la obra de acuerdo con el Decreto 462/1971,

de 11 de marzo, del Ministerio de la Vivienda. 2. En el Libro de Órdenes y Asistencias el director de obra y el director

de la ejecución de la obra consignarán las instrucciones propias de sus respectivas funciones y obligaciones.

3. El Libro de Incidencias se desarrollará conforme a la legislación específica de seguridad y salud. Tendrán acceso al mismo los agentes que dicha legislación determina.

4. Una vez finalizada la obra, la documentación del seguimiento será depositada por el director de la obra en el Colegio Profesional correspondiente o, en su caso, en la Administración Publica competente, que aseguren su conservación y se comprometan a emitir certificaciones de su contenido a quienes acrediten un interés legítimo.

II.2 Documentación del control de la obra

1. El control de calidad de las obras realizado incluirá el control de recepción de productos, los controles de la ejecución y de la obra terminada. Para ello:

a) El director de la ejecución de la obra recopilará la documentación

del control realizado, verificando que es conforme con lo establecido en el proyecto, sus anejos y modificaciones.

b) El constructor recabará de los suministradores de productos y facilitará al director de obra y al director de la ejecución de la obra la documentación de los productos anteriormente señalada, así como sus instrucciones de uso y mantenimiento, y las garantías correspondientes cuando proceda; y

c) La documentación de calidad preparada por el constructor sobre cada una de las unidades de obra podrá servir, si así lo autorizara el director de la ejecución de la obra, como parte del control de calidad de la obra.

2. Una vez finalizada la obra, la documentación del seguimiento del control será depositada por el director de la ejecución de la obra en el Colegio Profesional correspondiente o, en su caso, en la Administración Publica competente, que asegure su tutela y se comprometa a emitir certificaciones de su contenido a quienes acrediten un interés legítimo

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II.3 Certificado final de obra

1. En el certificado final de obra, el director de la ejecución de la obra certificará haber dirigido la ejecución material de las obras y controlado cuantitativa y cualitativamente la construcción y la calidad de lo edificado de acuerdo con el proyecto, la documentación técnica que lo desarrolla y las normas de la buena construcción.

2. El director de la obra certificará que la edificación ha sido realizada bajo su dirección, de conformidad con el proyecto objeto de licencia y la documentación técnica que lo complementa, hallándose dispuesta para su adecuada utilización con arreglo a las instrucciones de uso y mantenimiento.

3. Al certificado final de obra se le unirán como anejos los siguientes documentos:

a) Descripción de las modificaciones que, con la conformidad del promotor, se hubiesen introducido durante la obra, haciendo constar su compatibilidad con las condiciones de la licencia; y

b) Relación de los controles realizados durante la ejecución de la obra y sus resultados.

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Plan de control Condiciones y medidas para la obtención de las calidades de los materiales y de los procesos constructivos

DOCUMENTO DE CONDICIONES Y MEDIDAS PARA OBTENER LAS CALIDADES DE LOS MATERIALES Y DE LOS PROCESOS CONSTRUCTIVOS Se redacta el presente documento de condiciones y medidas para obtener las calidades de los materiales y de los procesos constructivos en cumplimiento de:

• Plan de Control según lo recogido en el Artículo 6º Condiciones del Proyecto, Artículo 7º Condiciones en la Ejecución de las Obras y Anejo II Documentación del Seguimiento de la Obra de la Parte I del CTE, según REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

Con tal fin, la actuación de la dirección facultativa se ajustará a lo dispuesto en la siguiente relación de disposiciones y artículos.

MARCADO CE Y SELLO DE CALIDAD DE LOS PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN PROCEDIMIENTO PARA LA VERIFICACIÓN DEL SISTEMA DEL “MARCADO CE” La LOE atribuye la responsabilidad sobre la verificación de la recepción en obra de los productos de construcción al Director de la Ejecución de la Obra que debe, mediante el correspondiente proceso de control de recepción, resolver sobre la aceptación o rechazo del producto. Este proceso afecta, también, a los fabricantes de productos y los constructores (y por tanto a los Jefes de Obra). Con motivo de la puesta en marcha del Real Decreto 1630/1992 (por el que se transponía a nuestro ordenamiento legal la Directiva de Productos de Construcción 89/106/CEE) el habitual proceso de control de recepción de los materiales de construcción está siendo afectado, ya que en este Decreto se establecen unas nuevas reglas para las condiciones que deben cumplir los productos de construcción a través del sistema del marcado CE. El término producto de construcción queda definido como cualquier producto fabricado para su incorporación, con carácter permanente, a las obras de edificación e ingeniería civil que tengan incidencia sobre los siguientes requisitos esenciales:

a) Resistencia mecánica y estabilidad. b) Seguridad en caso de incendio. c) Higiene, salud y medio ambiente. d) Seguridad de utilización. e) Protección contra el ruido. f) Ahorro de energía y aislamiento térmico

El marcado CE de un producto de construcción indica:

• Que éste cumple con unas determinadas especificaciones técnicas relacionadas con los requisitos esenciales contenidas en las Normas Armonizadas (EN) y en las Guías DITE (Guías para el Documento de Idoneidad Técnica Europeo).

• Que se ha cumplido el sistema de evaluación de la conformidad establecido por la correspondiente Decisión de la Comisión Europea (Estos sistemas de evaluación se clasifican en los grados 1+, 1, 2+, 2, 3 y 4, y en cada uno de ellos se especifican los controles que se deben realizar al producto por el fabricante y/o por un organismo notificado).

El fabricante (o su representante autorizado) será el responsable de su fijación y la Administración competente en materia de industria la que vele por la correcta utilización del marcado CE.

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Resulta, por tanto, obligación del Director de la Ejecución de la Obra verificar si los productos que entran en la obra están afectados por el cumplimiento del sistema del marcado CE y, en caso de ser así, si se cumplen las condiciones establecidas en el Real Decreto 1630/1992. La verificación del sistema del marcado CE en un producto de construcción se puede resumir en los siguientes pasos:

• Comprobar si el producto debe ostentar el “marcado CE” en función de que se haya publicado en el BOE la norma trasposición de la norma armonizada (UNE-EN) o Guía DITE para él, que la fecha de aplicabilidad haya entrado en vigor y que el período de coexistencia con la correspondiente norma nacional haya expirado.

• La existencia del marcado CE propiamente dicho. • La existencia de la documentación adicional que proceda.

1. Comprobación de la obligatoriedad del marcado CE Esta comprobación se puede realizar en la página web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, entrando en “Legislación sobre Seguridad Industrial”, a continuación en “Directivas ” y, por último, en “Productos de construcción” (http://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/Directivas.asp?Directiva=89/106/CEE) En la tabla a la que se hace referencia al final de la presente nota (y que se irá actualizando periódicamente en función de las disposiciones que se vayan publicando en el BOE) se resumen las diferentes familias de productos de construcción, agrupadas por capítulos, afectadas por el sistema del marcado CE incluyendo:

• La referencia y título de las normas UNE-EN y Guías DITE. • La fecha de aplicabilidad voluntaria del marcado CE e inicio del período de coexistencia con la norma

nacional correspondiente (FAV). • La fecha del fin de periodo de coexistencia a partir del cual se debe retirar la norma nacional

correspondiente y exigir el marcado CE al producto (FEM). Durante el período de coexistencia los fabricantes pueden aplicar a su discreción la reglamentación nacional existente o la de la nueva redacción surgida.

• El sistema de evaluación de la conformidad establecido, pudiendo aparecer varios sistemas para un mismo producto en función del uso a que se destine, debiendo consultar en ese caso la norma EN o Guía DITE correspondiente (SEC).

• La fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

2. El marcado CE El marcado CE se materializa mediante el símbolo “CE” acompañado de una información complementaria. El fabricante debe cuidar de que el marcado CE figure, por orden de preferencia:

1. En el producto propiamente dicho. 2. En una etiqueta adherida al mismo. 3. En su envase o embalaje. 4. En la documentación comercial que le acompaña.

Las letras del símbolo CE se realizan de acuerdo con las especificaciones del dibujo adjunto (debe tener una dimensión vertical apreciablemente igual que no será inferior a 5 milímetros).

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 10

El citado artículo establece que, además del símbolo “CE”, deben estar situadas, en una de las cuatro posibles localizaciones, una serie de inscripciones complementarias (cuyo contenido específico se determina en las normas armonizadas y Guías DITE para cada familia de productos) entre las que se incluyen:

• El número de identificación del organismo notificado (cuando proceda). • El nombre comercial o la marca distintiva del fabricante. • La dirección del fabricante. • El nombre comercial o la marca distintiva de la fábrica. • Las dos últimas cifras del año en el que se ha estampado el marcado en el producto. • El número del certificado CE de conformidad (cuando proceda) • El número de la norma armonizada (y en caso de verse afectada por varias los números de todas

ellas). • La designación del producto, su uso previsto y su designación normalizada. • Información adicional que permita identificar las características del producto atendiendo a sus

especificaciones técnicas (que en el caso de productos no tradicionales deberá buscarse en el DITE correspondiente, para lo que se debe incluir el número de DITE del producto en las inscripciones complementarias)

Las inscripciones complementarias del marcado CE no tienen por que tener un formato, tipo de letra, color o composición especial debiendo cumplir, únicamente, las características reseñadas anteriormente para el símbolo.

Dentro de las características del producto podemos encontrar que alguna de ellas presente las letras NPD (no performance determined) que significan prestación sin definir o uso final no definido. La opción NPD es una clase que puede ser considerada si al menos un estado miembro no tiene requisitos legales para una determinada característica y el fabricante no desea facilitar el valor de esa característica. En el caso de productos vía DITE es importante comprobar, no sólo la existencia del DITE para el producto, sino su período de validez y recordar que el marcado CE acredita la presencia del DITE y la evaluación de conformidad asociada.

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 11

3. La documentación adicional Además del marcado CE propiamente dicho, en el acto de la recepción el producto debe poseer una documentación adicional presentada, al menos, en la lengua oficial del Estado. Cuando al producto le sean aplicables otras directivas, la información que acompaña al marcado CE debe registrar claramente las directivas que le han sido aplicadas. Esta documentación depende del sistema de evaluación de la conformidad asignado al producto y puede consistir en uno o varios de los siguientes tipos de escritos:

• Declaración CE de conformidad: Documento expedido por el fabricante, necesario para todos los productos sea cual sea el sistema de evaluación asignado.

• Informe de ensayo inicial de tipo: Documento expedido por un Laboratorio notificado, necesario para los productos cuyo sistema de evaluación sea 3.

• Certificado de control de producción en fábrica: Documento expedido por un organismo de inspección notificado, necesario para los productos cuyo sistema de evaluación sea 2 y 2+.

• Certificado CE de conformidad: Documento expedido por un organismo de certificación notificado, necesario para los productos cuyo sistema de evaluación sea 1 y 1+.

Aunque el proceso prevé la retirada de la norma nacional correspondiente una vez que haya finalizado el período de coexistencia, se debe tener en cuenta que la verificación del marcado CE no exime de la comprobación de aquellas especificaciones técnicas que estén contempladas en la normativa nacional vigente en tanto no se produzca su anulación expresa. PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DE RECEPCIÓN DE LOS MATERIALES A LOS QUE NO LES ES EXIGIBLE EL SISTEMA DEL “MARCADO CE” A continuación se detalla el procedimiento a realizar para el control de recepción de los materiales de construcción a los que no les es exigible el sistema del marcado CE (tanto por no existir todavía UNE-EN o Guía DITE para ese producto como, existiendo éstas, por estar dentro del período de coexistencia). En este caso, el control de recepción debe hacerse de acuerdo con lo expuesto en Artículo 9 del RD1630/92, pudiendo presentarse tres casos en función del país de procedencia del producto:

1. Productos nacionales. 2. Productos de otro estado de la Unión Europea. 3. Productos extracomunitarios.

1. Productos nacionales De acuerdo con el Art.9.1 del RD 1630/92, éstos deben satisfacer las vigentes disposiciones nacionales. El cumplimiento de las especificaciones técnicas contenidas en ellas se puede comprobar mediante:

a) La recopilación de las normas técnicas (UNE fundamentalmente) que se establecen como obligatorias en los Reglamentos, Normas Básicas, Pliegos, Instrucciones, Órdenes de homologación, etc., emanadas, principalmente, de los Ministerios de Fomento y de Ciencia y Tecnología.

b) La acreditación de su cumplimiento exigiendo la documentación que garantice su observancia. c) La ordenación de la realización de los ensayos y pruebas precisas, en caso de que ésta documentación

no se facilite o no exista. Además, se deben tener en cuenta aquellas especificaciones técnicas de carácter contractual que se reflejen en los pliegos de prescripciones técnicas del proyecto en cuestión. 2. Productos provenientes de un país comunitario En este caso, el Art.9.2 del RD 1630/92 establece que los productos (a petición expresa e individualizada) serán considerados por la Administración del Estado conformes con las disposiciones españolas vigentes si:

• Han superado los ensayos y las inspecciones efectuadas de acuerdo con los métodos en vigor en España.

• Lo han hecho con métodos reconocidos como equivalentes por España, efectuados por un organismo autorizado en el Estado miembro en el que se hayan fabricado y que haya sido comunicado por éste con arreglo a los procedimientos establecidos en la Directiva de Productos de la Construcción.

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 12

Este reconocimiento fehaciente de la Administración del Estado se hace a través de la Dirección General competente mediante la emisión, para cada producto, del correspondiente documento, que será publicado en el BOE. No se debe aceptar el producto si no se cumple este requisito y se puede remitir el producto al procedimiento descrito en el punto 1. 3. Productos provenientes de un país extracomunitario El Art.9.3 del RD 1630/92 establece que estos productos podrán importarse, comercializarse y utilizarse en territorio español si satisfacen las disposiciones nacionales, hasta que las especificaciones técnicas europeas correspondientes dispongan otra cosa; es decir, el procedimiento analizado en el punto 1. Documentos acreditativos Se relacionan, a continuación, los posibles documentos acreditativos (y sus características más notables) que se pueden recibir al solicitar la acreditación del cumplimiento de las especificaciones técnicas del producto en cuestión. La validez, idoneidad y orden de prelación de estos documentos será detallada en las fichas específicas de cada producto.

• Marca / Certificado de conformidad a Norma: - Es un documento expedido por un organismo de certificación acreditado por la Empresa

Nacional de Acreditación (ENAC) que atestigua que el producto satisface una(s) determinada(s) Norma(s) que le son de aplicación.

- Este documento presenta grandes garantías, ya que la certificación se efectúa mediante un proceso de concesión y otro de seguimiento (en los que se incluyen ensayos del producto en fábrica y en el mercado) a través de los Comités Técnicos de Certificación (CTC) del correspondiente organismo de certificación (AENOR, ECA, LGAI...)

- Tanto los certificados de producto, como los de concesión del derecho al uso de la marca tienen una fecha de concesión y una fecha de validez que debe ser comprobada.

• Documento de Idoneidad Técnica (DIT):

- Los productos no tradicionales o innovadores (para los que no existe Norma) pueden venir acreditados por este tipo de documento, cuya concesión se basa en el comportamiento favorable del producto para el empleo previsto frente a los requisitos esenciales describiéndose, no solo las condiciones del material, sino las de puesta en obra y conservación.

- Como en el caso anterior, este tipo documento es un buen aval de las características técnicas del producto.

- En España, el único organismo autorizado para la concesión de DIT, es el Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja (IETcc) debiendo, como en el caso anterior, comprobar la fecha de validez del DIT.

• Certificación de Conformidad con los Requisitos Reglamentarios (CCRR)

- Documento (que sustituye a los antiguos certificados de homologación de producto y de tipo) emitido por el Ministerio de Ciencia y Tecnología o un organismo de control, y publicado en el BOE, en el que se certifica que el producto cumple con las especificaciones técnicas de carácter obligatorio contenidas en las disposiciones correspondientes.

- En muchos productos afectados por estos requisitos de homologación, se ha regulado, mediante Orden Ministerial, que la marca o certificado de conformidad AENOR equivale al CCRR.

• Autorizaciones de uso de los forjados:

- Son obligatorias para los fabricantes que pretendan industrializar forjados unidireccionales de hormigón armado o presentado, y viguetas o elementos resistentes armados o pretensados de hormigón, o de cerámica y hormigón que se utilizan para la fabricación de elementos resistentes para pisos y cubiertas para la edificación.

- Son concedidas por la Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda (DGAPV) del Ministerio de la Vivienda, mediante Orden Ministerial publicada en el BOE.

- El período de validez de la autorización de uso es de cinco años prorrogables por períodos iguales a solicitud del peticionario.

• Sello INCE

- Es un distintivo de calidad voluntario concedido por la DGAPV del Ministerio de la Vivienda, mediante Orden Ministerial, que no supone, por sí mismo, la acreditación de las especificaciones técnicas exigibles.

- Significa el reconocimiento, expreso y periódicamente comprobado, de que el producto cumple las correspondientes disposiciones reguladoras de concesión del Sello INCE relativas a

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 13

la materia prima de fabricación, los medios de fabricación y control así como la calidad estadística de la producción.

- Su validez se extiende al período de un año natural, prorrogable por iguales períodos, tantas veces como lo solicite el concesionario, pudiendo cancelarse el derecho de uso del Sello INCE cuando se compruebe el incumplimiento de las condiciones que, en su caso, sirvieron de base para la concesión.

• Sello INCE / Marca AENOR

- Es un distintivo creado para integrar en la estructura de certificación de AENOR aquellos productos que ostentaban el Sello INCE y que, además, son objeto de Norma UNE.

- Ambos distintivos se conceden por el organismo competente, órgano gestor o CTC de AENOR (entidades que tienen la misma composición, reuniones comunes y mismo contenido en sus reglamentos técnicos para la concesión y retirada).

- A los efectos de control de recepción este distintivo es equivalente a la Marca / Certificado de conformidad a Norma.

• Certificado de ensayo

- Son documentos, emitidos por un Laboratorio de Ensayo, en el que se certifica que una muestra determinada de un producto satisface unas especificaciones técnicas. Este documento no es, por tanto, indicativo acerca de la calidad posterior del producto puesto que la producción total no se controla y, por tanto, hay que mostrarse cauteloso ante su admisión.

- En primer lugar, hay que tener presente el Artículo 14.3.b de la LOE, que establece que estos Laboratorios deben justificar su capacidad poseyendo, en su caso, la correspondiente acreditación oficial otorgada por la Comunidad Autónoma correspondiente. Esta acreditación es requisito imprescindible para que los ensayos y pruebas que se expidan sean válidos, en el caso de que la normativa correspondiente exija que se trate de laboratorios acreditados.

- En el resto de los casos, en los que la normativa de aplicación no exija la acreditación oficial del Laboratorio, la aceptación de la capacidad del Laboratorio queda a juicio del técnico, recordando que puede servir de referencia la relación de éstos y sus áreas de acreditación que elabora y comprueba ENAC.

- En todo caso, para proceder a la aceptación o rechazo del producto, habrá que comprobar que las especificaciones técnicas reflejadas en el certificado de ensayo aportado son las exigidas por las disposiciones vigentes y que se acredita su cumplimiento.

- Por último, se recomienda exigir la entrega de un certificado del suministrador asegurando que el material entregado se corresponde con el del certificado aportado.

• Certificado del fabricante

- Certificado del propio fabricante donde éste manifiesta que su producto cumple una serie de especificaciones técnicas.

- Estos certificados pueden venir acompañados con un certificado de ensayo de los descritos en el apartado anterior, en cuyo caso serán validas las citadas recomendaciones.

- Este tipo de documentos no tienen gran validez real pero pueden tenerla a efectos de responsabilidad legal si, posteriormente, surge algún problema.

• Otros distintivos y marcas de calidad voluntarios

- Existen diversos distintivos y marcas de calidad voluntarias, promovidas por organismos públicos o privados, que (como el sello INCE) no suponen, por si mismos, la acreditación de las especificaciones técnicas obligatorias.

- Entre los de carácter público se encuentran los promovidos por el Ministerio de Fomento (regulados por la OM 12/12/1977) entre los que se hallan, por ejemplo, el Sello de conformidad CIETAN para viguetas de hormigón, la Marca de calidad EWAA EURAS para película anódica sobre aluminio y la Marca de calidad QUALICOAT para recubrimiento de aluminio.

- Entre los promovidos por organismos privados se encuentran diversos tipos de marcas como, por ejemplo las marcas CEN, KEYMARK, N, Q, EMC, FERRAPLUS, etc.

Información suplementaria

• La relación y áreas de los Organismos de Certificación y Laboratorios de Ensayo acreditados por la Empresa Nacional de Acreditación (ENAC) se pueden consultar en la página WEB: www.enac.es.

• El sistema de acreditación de laboratorios de ensayo, así como el listado de los acreditados en la Comunidad de Madrid y sus respectivas áreas puede consultarse en la WEB: www.madrid.org/bdccm/laboratorios/laboratorios1.htm

• Las características de los DIT y el listado de productos que poseen los citados documentos, concedidos por el IETcc, se pueden consultar en la siguiente página web: www.ietcc.csic.es/apoyo.html

• Los sellos y concesiones vigentes (INCE, INCE/AENOR.....) pueden consultarse en www.miviv.es, en “Normativa”, y en la página de la Comunidad de Madrid: www.madrid.org/bdccm/normativa/homologacioncertificacionacreditacion.htm

• La relación de productos certificados por los distintos organismos de certificación pueden encontrarse en sus respectivas páginas “web” www.aenor.es , www.lgai.es, etc.

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MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN

1. CEMENTOS

Instrucción para la recepción de cementos (RC-03) Aprobada por el Real Decreto 1797/2003, de 26 de diciembre (BOE 16/01/2004). Deroga la anterior Instrucción RC-97, incorporando la obligación de estar en posesión del marcado «CE» para los cementos comunes y actualizando la normativa técnica con las novedades introducidas durante el periodo de vigencia de la misma. Fase de recepción de materiales de construcción • Artículos 8, 9 y 10. Suministro y almacenamiento • Artículo 11. Control de recepción

Cementos comunes Obligatoriedad del marcado CE para este material (UNE-EN 197-1), aprobada por Resolución de 1 de Febrero de 2005 (BOE 19/02/2005).

Cementos especiales Obligatoriedad del marcado CE para los cementos especiales con muy bajo calor de hidratación (UNE-EN 14216) y cementos de alto horno de baja resistencia inicial (UNE- EN 197- 4), aprobadas por Resolución de 1 de Febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). Cementos de albañilería Obligatoriedad del marcado CE para los cementos de albañilería (UNE- EN 413-1, aprobada por Resolución de 1 de Febrero de 2005 (BOE 19/02/2005).

2. YESOS Y ESCAYOLAS

Pliego general de condiciones para la recepción de yesos y escayolas en las obras de construcción (RY-85) Aprobado por Orden Ministerial de 31 de mayo de 1985 (BOE 10/06/1985). Fase de recepción de materiales de construcción • Artículo 5. Envase e identificación • Artículo 6. Control y recepción

3. LADRILLOS CERÁMICOS

Pliego general de condiciones para la recepción de ladrillos cerámicos en las obras de construcción (RL-88) Aprobado por Orden Ministerial de 27 de julio de 1988 (BOE 03/08/1988). Fase de recepción de materiales de construcción • Artículo 5. Suministro e identificación • Artículo 6. Control y recepción • Artículo 7. Métodos de ensayo

4. BLOQUES DE HORMIGÓN

Pliego de prescripciones técnicas generales para la recepción de bloques de hormigón en las obras de construcción (RB-90) Aprobado por Orden Ministerial de 4 de julio de 1990 (BOE 11/07/1990). Fase de recepción de materiales de construcción • Articulo 5. Suministro e identificación • Artículo 6. Recepción

5. RED DE SANEAMIENTO

Geotextiles y productos relacionados. Requisitos para uso en sistemas de drenaje Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13252), aprobada por Orden de 29 de noviembre de 2001 (BOE 07/12/2001).

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 15

Plantas elevadoras de aguas residuales para edificios e instalaciones. (Kits y válvulas de retención para instalaciones que contienen materias fecales y no fecales. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 12050), aprobada por Orden de 29 de noviembre de 2001 (BOE 07/12/2001). Tuberías de fibrocemento para drenaje y saneamiento. Pasos de hombre y cámaras de inspección Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 588-2), aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2002).

Juntas elastoméricas de tuberías empleadas en canalizaciones de agua y drenaje (de caucho vulcanizado, de elastómeros termoplásticos, de materiales celulares de caucho vulcanizado y de poliuretano vulcanizado). Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 681-1, 2, 3 y 4) aprobada por Resolución de 16 de enero de 2003 (BOE 06/02/2003). Canales de drenaje para zonas de circulación para vehículos y peatones Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1433), aprobada por Resolución de 12 de junio de 2003 (BOE 11/07/2003). Pates para pozos de registro enterrados Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13101), aprobada por Resolución de 10 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2003). Válvulas de admisión de aire para sistemas de drenaje Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 12380), aprobada por Resolución de 10 de octubre de 2003. (BOE 31/10/2003) Tubos y piezas complementarias de hormigón en masa, hormigón armado y hormigón con fibra de acero Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1916), aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003).

Pozos de registro y cámaras de inspección de hormigón en masa, hormigón armado y hormigón con fibras de acero. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1917), aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003).

Pequeñas instalaciones de depuración de aguas residuales para poblaciones de hasta 50 habitantes equivalentes. Fosas sépticas. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 12566-1), aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005).

Escaleras fijas para pozos de registro. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 14396), aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005).

6. CIMENTACIÓN Y ESTRUCTURAS

Sistemas y Kits de encofrado perdido no portante de bloques huecos, paneles de materiales aislantes o a veces de hormigón Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (Guía DITE Nº 009), aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002).

Geotextiles y productos relacionados. Requisitos para uso en movimientos de tierras, cimentaciones y estructuras de construcción Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13251), aprobada por Orden de 29 de noviembre de 2001 (BOE 07/12/2001). Anclajes metálicos para hormigón Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, aprobadas por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002) y Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). • Anclajes metálicos para hormigón. Guía DITE Nº 001–1 ,2, 3 y 4. • Anclajes metálicos para hormigón. Anclajes químicos. Guía DITE Nº 001-5.

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 16

Apoyos estructurales Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). • Apoyos de PTFE cilíndricos y esféricos. UNE-EN 1337-7. • Apoyos de rodillo. UNE-EN 1337- 4. • Apoyos oscilantes. UNE-EN 1337-6.

Aditivos para hormigones y pastas Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 6 de mayo de 2002 y Resolución de 9 de noviembre de 2005 (BOE 30/05/2002 y 01/12/2005). • Aditivos para hormigones y pastas. UNE-EN 934-2 • Aditivos para hormigones y pastas. Aditivos para pastas para cables de pretensado. UNE-EN 934-4

Ligantes de soleras continuas de magnesita. Magnesita cáustica y de cloruro de magnesio Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 14016-1), aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005).

Áridos para hormigones, morteros y lechadas Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 14 de enero de 2004 (BOE 11/02/2004). • Áridos para hormigón. UNE-EN 12620. • Áridos ligeros para hormigones, morteros y lechadas. UNE-EN 13055-1. • Áridos para morteros. UNE-EN 13139.

Vigas y pilares compuestos a base de madera Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 013; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002).

Kits de postensado compuesto a base de madera Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE EN 523), aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). Vainas de fleje de acero para tendones de pretensado Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 011; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002).

7. ALBAÑILERÍA

Cales para la construcción Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 459-1), aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2002).

Paneles de yeso Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 6 de mayo de 2002 (BOE 30/05/2002) y Resolución de 9 de Noviembre de 2005 (BOE 01712/2005). • Paneles de yeso. UNE-EN 12859. • Adhesivos a base de yeso para paneles de yeso. UNE-EN 12860. Chimeneas Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13502), aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003), Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004) y Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). • Terminales de los conductos de humos arcillosos / cerámicos. UNE-EN 13502. • Conductos de humos de arcilla cocida. UNE -EN 1457. • Componentes. Elementos de pared exterior de hormigón. UNE- EN 12446 • Componentes. Paredes interiores de hormigón. UNE- EN 1857 • Componentes. Conductos de humo de bloques de hormigón. UNE-EN 1858 • Requisitos para chimeneas metálicas. UNE-EN 1856-1

Kits de tabiquería interior (sin capacidad portante) Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 003; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002).

Especificaciones de elementos auxiliares para fábricas de albañilería Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004). • Tirantes, flejes de tensión, abrazaderas y escuadras. UNE-EN 845-1. • Dinteles. UNE-EN 845-2. • Refuerzo de junta horizontal de malla de acero. UNE- EN 845-3.

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 17

Especificaciones para morteros de albañilería Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004). • Morteros para revoco y enlucido. UNE-EN 998-1. • Morteros para albañilería. UNE-EN 998-2.

8. AISLAMIENTOS TÉRMICOS

Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 12 de junio de 2003 (BOE 11/07/2003) y modificación por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE19/02/2005). • Productos manufacturados de lana mineral (MW). UNE-EN 13162 • Productos manufacturados de poliestireno expandido (EPS). UNE-EN 13163 • Productos manufacturados de poliestireno extruido (XPS). UNE-EN 13164 • Productos manufacturados de espuma rígida de poliuretano (PUR). UNE-EN 13165 • Productos manufacturados de espuma fenólica (PF). UNE-EN 13166 • Productos manufacturados de vidrio celular (CG). UNE-EN 13167 • Productos manufacturados de lana de madera (WW). UNE-EN 13168 • Productos manufacturados de perlita expandida (EPB). UNE-EN 13169 • Productos manufacturados de corcho expandido (ICB). UNE-EN 13170 • Productos manufacturados de fibra de madera (WF). UNE-EN 13171 Sistemas y kits compuestos para el aislamiento térmico exterior con revoco Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 004; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). Anclajes de plástico para fijación de sistemas y kits compuestos para el aislamiento térmico exterior con revoco Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 01; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002).

9. IMPERMEABILIZACIONES

Sistemas de impermeabilización de cubiertas aplicados en forma líquida Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 005; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002).

Sistemas de impermeabilización de cubiertas con membranas flexibles fijadas mecánicamente Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 006; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002).

10. REVESTIMIENTOS

Materiales de piedra natural para uso como pavimento Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2002). • Baldosas. UNE-EN 1341 • Adoquines. UNE-EN 1342 • Bordillos. UNE-EN 1343

Adoquines de arcilla cocida Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1344) aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003).

Adhesivos para baldosas cerámicas Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 12004) aprobada por Resolución de 16 de enero (BOE 06/02/2003).

Adoquines de hormigón Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1338) aprobada por Resolución de 14 de enero de 2004 (BOE 11/02/2004).

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 18

Baldosas prefabricadas de hormigón Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1339) aprobada por Resolución de 14 de enero de 2004 (BOE 11/02/2004). Materiales para soleras continuas y soleras. Pastas autonivelantes Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13813) aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003) Techos suspendidos Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13964) aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2004 (BOE 19/02/2004).

Baldosas cerámicas Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 14411) aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2004 (BOE 19/02/2004).

11. CARPINTERÍA, CERRAJERÍA Y VIDRIERÍA

Dispositivos para salidas de emergencia Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 6 de mayo de 2002 (BOE 30/05/2002). • Dispositivos de emergencia accionados por una manilla o un pulsador para salidas de socorro.

UNE-EN 179 • Dispositivos antipánico para salidas de emergencias activados por una barra horizontal. UNE-EN

1125

Herrajes para la edificación Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003), Resolución de 3 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2002) y ampliado en Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005). • Dispositivos de cierre controlado de puertas. UNE-EN 1154. • Dispositivos de retención electromagnética para puertas batientes. UNE-EN

1155. • Dispositivos de coordinación de puertas. UNE-EN 1158. • Bisagras de un solo eje. UNE-EN 1935. • Cerraduras y pestillos. UNE -EN 12209.

Tableros derivados de la madera para su utilización en la construcción Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13986) aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003). Sistemas de acristalamiento sellante estructural Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002). • Vidrio. Guía DITE nº 002-1 • Aluminio. Guía DITE nº 002-2 • Perfiles con rotura de puente térmico. Guía DITE nº 002-3

Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13241-1) aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004).

Toldos Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13561) aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005).

Fachadas ligeras Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13830) aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005).

12. PREFABRICADOS

Productos prefabricados de hormigón. Elementos para vallas Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 6 de mayo de 2002 (BOE 30/05/2002) y ampliadas por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005) • Elementos para vallas. UNE-EN 12839.

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 19

• Mástiles y postes. UNE-EN 12843. Componentes prefabricados de hormigón armado de áridos ligeros de estructura abierta Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1520), aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004). Kits de construcción de edificios prefabricados de estructura de madera Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 007; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002).

Escaleras prefabricadas (kits) Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 008; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002).

Kits de construcción de edificios prefabricados de estructura de troncos Obligatoriedad del marcado CE para estos productos, de acuerdo con la Guía DITE nº 012; aprobada por Resolución de 26 de noviembre de 2002 (BOE 19/12/2002).

Bordillos prefabricados de hormigón Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 1340), aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004)

13. INSTALACIONES DE FONTANERÍA Y APARATOS SANITARIOS

Juntas elastoméricas de tuberías empleadas en canalizaciones de agua y drenaje (de caucho vulcanizado, de elastómeros termoplásticos, de materiales celulares de caucho vulcanizado y de poliuretano vulcanizado) Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 681-1, 2, 3 y 4), aprobada por Resolución de 16 de enero de 2003 (BOE 06/02/2003).

Dispositivos anti-inundación en edificios Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13564), aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003).

Fregaderos de cocina Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 13310), aprobada por Resolución de 9 de noviembre de 2005 (BOE 01/12/2005).

Inodoros y conjuntos de inodoros con sifón incorporado Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 997), aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005).

14. INSTALACIONES ELÉCTRICAS

Columnas y báculos de alumbrado Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 10 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2003) y ampliada por resolución de 1 de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004) • Acero. UNE-EN 40- 5. • Aluminio. UNE-EN 40-6 • Mezcla de polímeros compuestos reforzados con fibra. UNE-EN 40-7

15. INSTALACIONES DE GAS

Juntas elastoméricas empleadas en tubos y accesorios para transporte de gases y fluidos hidrocarbonados Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 682) aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2002 (BOE 31/10/2002)

Sistemas de detección de fuga Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 682) aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004)

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 20

16. INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y VENTILACIÓN

Sistemas de control de humos y calor Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004) • Aireadores naturales de extracción de humos y calor. UNE-EN12101- 2. • Aireadores extractores de humos y calor. UNE-ENE-12101-3.

Paneles radiantes montados en el techo alimentados con agua a una temperatura inferior a 120ºC Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 14037-1) aprobada por Resolución de 28 de junio de 2004 (BOE 16/07/2004).

Radiadores y convectores Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 442-1) aprobada por Resolución de 1 de febrero de 2005 (BOE 19/02/2005)

17. INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Instalaciones fijas de extinción de incendios. Sistemas equipados con mangueras. Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2002 (BOE 31/10/2002). • Bocas de incendio equipadas con mangueras semirrígidas. UNE-EN 671-1 • Bocas de incendio equipadas con mangueras planas. UNE-EN 671-2

Sistemas fijos de extinción de incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos Obligatoriedad del marcado CE para los productos relacionados, aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2002 (BOE 31/10/2002), ampliada por Resolución de 28 de Junio de 2004 (BOE16/07/2004) y modificada por Resolución de 9 de Noviembre de 2005(BOE 01/12/2005). • Válvulas direccionales de alta y baja presión y sus actuadores para sistemas de CO2. UNE-EN

12094-5. • Dispositivos no eléctricos de aborto para sistemas de CO2. UNE-EN 12094-6 • Difusores para sistemas de CO2. UNE-EN 12094-7 • Válvulas de retención y válvulas antiretorno. UNE-EN 12094-13 • Requisitos y métodos de ensayo para los dispositivos manuales de disparo y paro. UNE-EN-12094-

3. • Requisitos y métodos de ensayo para detectores especiales de incendios. UNEEN-12094-9. • Requisitos y métodos de ensayo para dispositivos de pesaje. UNE-EN-12094- 11. • Requisitos y métodos de ensayo para dispositivos neumáticos de alarma. UNEEN- 12094-12 Sistemas de extinción de incendios. Sistemas de extinción por polvo Obligatoriedad del marcado CE para estos productos (UNE-EN 12416-1 y 2) aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2002 (BOE 31/10/2002) y modificada por Resolución de 9 de Noviembre de 2005 (BOE 01/12/2005).

Sistemas fijos de lucha contra incendios. Sistemas de rociadores y agua pulverizada. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 3 de octubre de 2002 (BOE 31/10/2002), ampliadas y modificadas por Resoluciones del 14 de abril de 2003(BOE 28/04/2003), 28 de junio de junio de 2004(BOE 16/07/2004) y 19 de febrero de 2005(BOE 19/02/2005). • Rociadores automáticos. UNE-EN 12259-1 • Conjuntos de válvula de alarma de tubería mojada y cámaras de retardo. UNEEN 12259-2 • Conjuntos de válvula de alarma de tubería seca. UNE-EN 12259-3 • Alarmas hidroneumáticas. UNE-EN-12259-4 • Componentes para sistemas de rociadores y agua pulverizada. Detectores de flujo de agua. UNE-

EN-12259-5

Sistemas de detección y alarma de incendios. Obligatoriedad del marcado CE para estos productos aprobada por Resolución de 14 de abril de 2003 (BOE 28/04/2003), ampliada por Resolución del 10 de octubre de 2003 (BOE 31/10/2003). • Dispositivos de alarma de incendios-dispositivos acústicos. UNE-EN 54-3. • Equipos de suministro de alimentación. UNE-EN 54-4. • Detectores de calor. Detectores puntuales. UNE-EN 54-5. • Detectores de humo. Detectores puntuales que funcionan según el principio de luz difusa, luz

trasmitida o por ionización. UNE-EN-54-7. • Detectores de humo. Detectores lineales que utilizan un haz óptico de luz. UNEEN-54-12.

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 21

ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS

1. HORMIGÓN ARMADO Y PRETENSADO

Instrucción de Hormigón Estructural (EHE) Aprobada por Real Decreto 2661/1998 de 11 de diciembre. (BOE 13/01/1998) Fase de proyecto • Artículo 4. Documentos del Proyecto Fase de recepción de materiales de construcción • Artículo 1.1. Certificación y distintivos • Artículo 81. Control de los componentes del hormigón • Artículo 82. Control de la calidad del hormigón • Artículo 83. Control de la consistencia del hormigón • Artículo 84. Control de la resistencia del hormigón • Artículo 85. Control de las especificaciones relativas a la durabilidad del hormigón • Artículo 86. Ensayos previos del hormigón • Artículo 87. Ensayos característicos del hormigón • Artículo 88. Ensayos de control del hormigón • Artículo 90. Control de la calidad del acero • Artículo 91. Control de dispositivos de anclaje y empalme de las armaduras postesas. • Artículo 92. Control de las vainas y accesorios para armaduras de pretensado • Artículo 93. Control de los equipos de tesado • Artículo 94. Control de los productos de inyección Fase de ejecución de elementos constructivos • Artículo 95. Control de la ejecución • Artículo 97. Control del tesado de las armaduras activas • Artículo 98. Control de ejecución de la inyección • Artículo 99. Ensayos de información complementaria de la estructura Fase de recepción de elementos constructivos • Artículo 4.9. Documentación final de la obra

2. FORJADOS UNIDIRECCIONALES DE HORMIGÓN ARMADO O PRETENSADO

Instrucción para el proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales de hormigón estructural realizados con elementos prefabricados. (EFHE) Aprobada por Real Decreto 642/2002, de 5 de julio. (BOE 06/08/2002) Fase de proyecto • Artículo 3.1. Documentación del forjado para su ejecución Fase de recepción de materiales de construcción • Artículo 4. Exigencias administrativas (Autorización de uso) • Artículo 34. Control de recepción de los elementos resistentes y piezas de entrevigado • Artículo 35. Control del hormigón y armaduras colocados en obra Fase de ejecución de elementos constructivos • CAPÍTULO V. Condiciones generales y disposiciones constructivas de los forjados • CAPÍTULO VI. Ejecución • Artículo 36. Control de la ejecución Fase de recepción de elementos constructivos • Artículo 3.2. Documentación final de la obra

3. ESTRUCTURAS METÁLICAS

Norma Básica de la Edificación (NBE EA-95) «Estructuras de acero en edificación» Aprobada por Real Decreto 1829/1995, de 10 de noviembre. (BOE 18/01/1996)

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Fase de proyecto • Artículo 1.1.1. Aplicación de la norma a los proyectos Fase de recepción de materiales de construcción • Artículo 2.1.4. Perfiles y chapas de acero laminado. Garantía de las características • Artículo 2.1.5. Condiciones de suministro y recepción • Artículo 2.2.4. Suministro de perfiles huecos • Artículo 2.2.5. Ensayos de recepción • Artículo 2.3.4. Suministro de los perfiles y placas conformados • Artículo 2.3.5. Ensayos de recepción • Artículo 2.4.6. Roblones de acero. Características garantizadas • Artículo 2.4.7. Suministro y recepción • Artículo 2.5.11. Tornillos. Características garantizadas • Artículo 2.5.12. Suministro y recepción

Fase de ejecución de elementos constructivos • Artículo 1.1.2. Aplicación de la norma a la ejecución • Artículo 5.1. Uniones roblonadas y atornilladas • Artículo 5.2. Uniones soldadas • Artículo 5.3. Ejecución en taller • Artículo 5.4. Montaje en obra • Artículo 5.5. Tolerancias • Artículo 5.6 Protección

* Alternativa: desde el 29 de Marzo de 2006 hasta el 28 de Marzo de 2007, aplicación

voluntaria del Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB SE-A-Seguridad Estructural-Acero Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006)

4. CUBIERTAS CON MATERIALES BITUMINOSOS

Norma Básica de la Edificación (NBE QB-90) «Cubiertas con materiales bituminosos» Aprobada por Real Decreto 1572/1990, de 30 de noviembre. (BOE 07/12/1990) Actualización del Apéndice «Normas UNE de referencia» por Orden de 5 de julio de 1996. (BOE 25/07/1996) Fase de proyecto • Artículo 1.2.1. Aplicación de la norma a los proyectos Fase de recepción de materiales de construcción • Artículo 1.2.2. Aplicación de la norma a los materiales impermeabilizantes • Artículo 5.1. Control de recepción de los productos impermeabilizantes Fase de ejecución de elementos constructivos • Artículo 1.2.3. Aplicación de la norma a la ejecución de las obras • Capítulo 4. Ejecución de las cubiertas • Artículo 5.2. Control de la ejecución Fase de recepción de elementos constructivos • Artículo 5.2. Control de la ejecución

* Alternativa: desde el 29 de Marzo de 2006 hasta el 28 de Marzo de 2007, aplicación

voluntaria del Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HS-Salubridad Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006)

5. MUROS RESISTENTES DE FÁBRICA DE LADRILLO

Norma Básica de la Edificación NBE FL-90 «Muros resistentes de fábrica de ladrillo» Aprobada por Real Decreto 1723/1990, de 20 de diciembre. (BOE 04/01/1991) Fase de proyecto • Artículo 1.3. Aplicación de la Norma a los proyectos • Artículo 1.4. Aplicación de la Norma a las obras • Artículo 4.1. Datos del proyecto Fase de recepción de materiales de construcción • Artículo 1.2. Aplicación de la Norma a los fabricantes • Capítulo II. Ladrillos • Capítulo III. Morteros

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• Artículo 6.1. Recepción de materiales Fase de ejecución de elementos constructivos • Capítulo III. Morteros • Artículo 4.4. Condiciones para los enlaces de muros • Artículo 4.5. Forjados • Artículo 4.6. Apoyos • Artículo 4.7. Estabilidad del conjunto • Artículo 4.8. Juntas de dilatación • Artículo 4.9. Cimentación • Artículo 6.2. Ejecución de morteros • Artículo 6.3. Ejecución de muros • Artículo 6.4. Tolerancias en la ejecución • Artículo 6.5. Protecciones durante la ejecución • Artículo 6.6. Arriostramientos durante la construcción • Artículo 6.7. Rozas

* Alternativa: desde el 29 de Marzo de 2006 hasta el 28 de Marzo de 2007, aplicación

voluntaria del Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB SE-F-Seguridad Estructural-Fábrica Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006)

6. COMPORTAMIENTO ANTE EL FUEGO DE ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS Y MATERIALES DE

CONSTRUCCIÓN

Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB SI Seguridad en Caso de Incendio Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) Fase de proyecto • Introducción

Fase de recepción de materiales de construcción • Justificación del comportamiento ante el fuego de elementos constructivos y los materiales (ver

REAL DECRETO 312/2005, de 18 de marzo, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego).

Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid (RPICM) Aprobado por Decreto 31/2003, de 13 de marzo. (BOCM 21/03/2003) Fase de proyecto • Artículo 4. Documentación

Fase de recepción de materiales de construcción • Artículo 5. Productos fabricados y comercializados en algún estado miembro de la Unión Europea. • Artículo 68. Comportamiento de los elementos y materiales de construcción ante el fuego REAL DECRETO 312/2005, de 18 de marzo, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego.

7. AISLAMIENTO TÉRMICO

Código Técnico de la Edificación, Documento Básico DB HE Ahorro de Energía Aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. (BOE 28/3/2006) Fase de proyecto • Sección HE 1 Limitación de Demanda Energética. • Apéndice C Normas de referencia. Normas de cálculo.

Fase de recepción de materiales de construcción • 4 Productos de construcción • Apéndice C Normas de referencia. Normas de producto.

Fase de ejecución de elementos constructivos • 5 Construcción • Apéndice C Normas de referencia. Normas de ensayo.

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8. AISLAMIENTO ACÚSTICO

Norma Básica de la Edificación (NBE CA-88) «Condiciones acústicas de los edificios» Aprobada por Orden Ministerial de 29 de septiembre de 1988. (BOE 08/10/1988) Fase de proyecto • Artículo 19. Cumplimiento de la Norma en el Proyecto Fase de recepción de materiales de construcción • Artículo 21. Control de la recepción de materiales • Anexo 4. Condiciones de los materiales

- 4.1. Características básicas exigibles a los materiales - 4.2. Características básicas exigibles a los materiales específicamente acondicionantes

acústicos - 4.3. Características básicas exigibles a las soluciones constructivas - 4.4. Presentación, medidas y tolerancias - 4.5. Garantía de las características - 4.6. Control, recepción y ensayos de los materiales - 4.7. Laboratorios de ensayo

Fase de ejecución de elementos constructivos • Artículo 22. Control de la ejecución

9. INSTALACIONES 9.1 INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI-93) Aprobado por Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre. (BOE 14/12/1993) Fase de recepción de equipos y materiales • Artículo 2 • Artículo 3 • Artículo 9 Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 10 Fase de recepción de las instalaciones • Artículo 18

Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid (RPICM) Aprobado por Decreto 31/2003, de 13 de marzo. (BOCM 21/03/2003) Fase de proyecto • Artículo 61. Instalaciones de protección contra incendios. Ámbito de aplicación Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 62. Empresas instaladoras

9.2 INSTALACIONES TÉRMICAS

Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) Aprobado por Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio (BOE 05/08/1998), y modificado por Real Decreto 1218/2002, de 22 de noviembre. (BOE 03/12/2004) Fase de proyecto • Artículo 5. Proyectos de edificación de nueva planta • Artículo 7. Proyecto, ejecución y recepción de las instalaciones • ITE 07 - DOCUMENTACIÓN

- ITE 07.1 INSTALACIONES DE NUEVA PLANTA - ITE 07.2 REFORMAS - APÉNDICE 07.1 Gula del contenido del proyecto

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Fase de recepción de equipos y materiales • ITE 04 - EQUIPOS Y MATERIALES

- ITE 04.1 GENERALIDADES - ITE 04.2 TUBERÍAS Y ACCESORIOS - ITE 04.3 VÁLVULAS - ITE 04.4 CONDUCTOS Y ACCESORIOS - ITE 04.5 CHIMENEAS Y CONDUCTOS DE HUMOS - ITE 04.6 MATERIALES AISLANTES TÉRMICOS - ITE 04.7 UNIDADES DE TRATAMIENTO Y UNIDADES TERMINALES - ITE 04.8 FILTROS PARA AIRE - ITE 04.9 CALDERAS - ITE 04.10 QUEMADORES - ITE 04.11 EQUIPOS DE PRODUCCIÓN DE FRÍO - ITE 04.12 APARATOS DE REGULACIÓN Y CONTROL - ITE 04.13 EMISORES DE CALOR

Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 7. Proyecto, ejecución y recepción de las instalaciones • ITE 05 - MONTAJE

- ITE 05.1 GENERALIDADES - ITE 05.2 TUBERÍAS, ACCESORIOS Y VÁLVULAS - ITE 05.3 CONDUCTOS Y ACCESORIOS

Fase de recepción de las instalaciones • Artículo 7. Proyecto, ejecución y recepción de las instalaciones • ITE 06 - PRUEBAS, PUESTA EN MARCHA Y RECEPCIÓN

- ITE 06.1 GENERALIDADES - ITE 06.2 LIMPIEZA INTERIOR DE REDES DE DISTRIBUCIÓN - ITE 06.3 COMPROBACIÓN DE LA EJECUCIÓN - ITE 06.4 PRUEBAS - ITE 06.5 PUESTA EN MARCHA Y RECEPCIÓN - APÉNDICE 06.1 Modelo del certificado de la instalación

9.3 INSTALACIONES DE ELECTRICIDAD

Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) Aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto. (BOE 18/09/2002) Fase de proyecto • ITC-BT-04. Documentación y puesta en servicio de las instalaciones

- Proyecto - 2. Memoria Técnica de Diseño (MTD) - Modelos oficiales de MTD y certificado de instalación eléctrica para la Comunidad de Madrid,

aprobados por Resolución de 14 de enero de 2004. (BOCM 13/02/2004)

Fase de recepción de equipos y materiales • Artículo 6. Equipos y materiales • ITC-BT-06. Materiales. Redes aéreas para distribución en baja tensión • ITC-BT-07. Cables. Redes subterráneas para distribución en baja tensión

Fase de recepción de las instalaciones • Artículo 18. Ejecución y puesta en servicio de las instalaciones • ITC-BT-04. Documentación y puesta en servicio de las instalaciones • ITC-BT-05. Verificaciones e inspecciones • Procedimiento para la tramitación, puesta en servicio e inspección de las instalaciones eléctricas

no industriales conectadas a una alimentación en baja tensión en la Comunidad de Madrid, aprobado por (Orden 9344/2003, de 1 de octubre. (BOCM 18/10/2003)

9.4 INSTALACIONES DE GAS

Reglamento de instalaciones de gas en locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales (RIG) Aprobado por Real Decreto 1853/1993, de 22 de octubre. (BOE 24/11/1993)

Fase de proyecto • Artículo 4. Normas.

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Fase de recepción de equipos y materiales • Artículo 4. Normas. Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 4. Normas.

Fase de recepción de las instalaciones • Artículo 12. Pruebas previas a la puesta en servicio de las instalaciones. • Artículo 13. Puesta en disposición de servicio de la instalación. • Artículo 14. Instalación, conexión y puesta en marcha de los aparatos a gas. • ITC MI-IRG-09. Pruebas para la entrega de la instalación receptora • ITC MI-IRG-10. Puesta en disposición de servicio • ITC MI-IRG-11. Instalación, conexión y puesta en marcha de aparatos a gas

Instrucción sobre documentación y puesta en servicio de las instalaciones receptoras de Gases Combustibles Aprobada por Orden Ministerial de 17 de diciembre de 1985. (BOE 09/01/1986)

Fase de proyecto • ANEXO A. Instrucción sobre documentación y puesta en servicio de las instalaciones receptoras de

gases combustibles • 2. Instalaciones de gas que precisan proyecto para su ejecución

Fase de recepción de las instalaciones • 3. Puesta en servicio de las instalaciones receptoras de gas que precisen proyecto. • 4. Puesta en servicio de las instalaciones de gas que no precisan proyecto para su ejecución.

9.5 INSTALACIONES DE FONTANERÍA

Normas Básicas para las Instalaciones Interiores de Suministro de Agua Aprobadas por Orden Ministerial de 9 de 12 de 1975. (BOE 13/01/1976) Fase de recepción de equipos y materiales • 6.3 Homologación Fase de recepción de las instalaciones • 6.1 Inspecciones • 6.2 Prueba de las instalaciones Normas sobre documentación, tramitación y prescripciones técnicas de las instalaciones interiores de suministro de agua de la Comunidad de Madrid Aprobadas por Orden 2106/1994, de 11 de noviembre (BOCM 28/02/1995) y normas complementarias, aprobadas por Orden 1307/2002, de 3 de abril. (BOCM 11/04/2002) Fase de proyecto • Anexo I. Instalaciones interiores de suministro de agua, que necesitan proyecto específico. Fase de recepción de equipos y materiales • Artículo 2. Materiales utilizados en tuberías

9.6 INSTALACIONES DE INFRAESTRUCTURAS DE TELECOMUNICACIÓN

Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones (RICT). Aprobado por Real Decreto 401/2003, de 4 de abril. (BOE 14/05/2003) Fase de proyecto • Artículo 8. Proyecto técnico

Fase de recepción de equipos y materiales • Artículo 10. Equipos y materiales utilizados para configurar las instalaciones

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Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 9. Ejecución del proyecto técnico Desarrollo del Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones Aprobado por Orden CTE/1296/2003, de 14 de mayo. (BOE 27/05/2003) Fase de proyecto • Artículo 2. Proyecto técnico • Disposición adicional primera. Coordinación entre la presentación del Proyecto Técnico

Arquitectónico y el de Infraestructura Común de Telecomunicaciones

Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 3. Ejecución del proyecto técnico

9.7 INSTALACIÓN DE APARATOS ELEVADORES

Disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores Aprobadas por Real Decreto 1314/1997 de 1 de agosto. (BOE 30/09/1997)

Fase de recepción de equipos y materiales • Artículo 6. marcado «CE» y declaración «CE» de conformidad Fase de ejecución de las instalaciones • Artículo 6. marcado «CE» y declaración «CE» de conformidad

Fase de recepción de las instalaciones • ANEXO VI. Control final

Plan de control Listado mínimo de pruebas de las que se debe dejar constancia

LISTADO MÍNIMO DE PRUEBAS DE LAS QUE SE DEBE DEJAR CONSTANCIA 1. CIMENTACIÓN 1.1 CIMENTACIONES DIRECTAS Y PROFUNDAS

• Estudio Geotécnico. • Análisis de las aguas cuando haya indicios de que éstas sean ácidas, salinas o de agresividad

potencial. • Control geométrico de replanteos y de niveles de cimentación. Fijación de tolerancias según DB SE C

Seguridad Estructural Cimientos. • Control de hormigón armado según EHE Instrucción de Hormigón Estructural y DB SE C Seguridad

Estructural Cimientos. • Control de fabricación y transporte del hormigón armado.

1.2 ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO

• Excavación: - Control de movimientos en la excavación. - Control del material de relleno y del grado de compacidad.

• Gestión de agua:

- Control del nivel freático - Análisis de inestabilidades de las estructuras enterradas en el terreno por roturas hidráulicas.

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 28

• Mejora o refuerzo del terreno:

- Control de las propiedades del terreno tras la mejora

• Anclajes al terreno: - Según norma UNE EN 1537:2001

2. ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN ARMADO 2.1 CONTROL DE MATERIALES

• Control de los componentes del hormigón según EHE, la Instrucción para la Recepción de Cementos, los Sellos de Control o Marcas de Calidad y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares: - Cemento - Agua de amasado - Áridos - Otros componentes (antes del inicio de la obra)

• Control de calidad del hormigón según EHE y el Pliego de Prescripciones Técnicas

Particulares: - Resistencia - Consistencia - Durabilidad

• Ensayos de control del hormigón:

- Modalidad 1: Control a nivel reducido - Modalidad 2: Control al 100 % - Modalidad 3: Control estadístico del hormigón - Ensayos de información complementaria (en los casos contemplados por la EHE en los artículos

72º y 75º y en 88.5, o cuando así se indique en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares).

• Control de calidad del acero: - Control a nivel reducido:

- Sólo para armaduras pasivas. - Control a nivel normal:

- Se debe realizar tanto a armaduras activas como pasivas. - El único válido para hormigón pretensado. - Tanto para los productos certificados como para los que no lo sean, los resultados de control

del acero deben ser conocidos antes del hormigonado. - Comprobación de soldabilidad:

- En el caso de existir empalmes por soldadura

• Otros controles: - Control de dispositivos de anclaje y empalem de armaduras postesas. - Control de las vainas y accesorios para armaduras de pretensado. - Control de los equipos de tesado. - Control de los productos de inyección.

2.2 CONTROL DE LA EJECUCIÓN

• Niveles de control de ejecución: - Control de ejecución a nivel reducido:

- Una inspección por cada lote en que se ha dividido la obra. - Control de recepción a nivel normal:

- Existencia de control externo. - Dos inspecciones por cada lote en que se ha dividido la obra.

- Control de ejecución a nivel intenso: - Sistema de calidad propio del constructor. - Existencia de control externo. - Tres inspecciones por lote en que se ha dividido la obra.

• Fijación de tolerancias de ejecución

• Otros controles:

- Control del tesado de las armaduras activas. - Control de ejecución de la inyección. - Ensayos de información complementaria de la estructura (pruebas de carga y otros ensayos no

destructivos)

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 29

3. ESTRUCTURAS DE ACERO

• Control de calidad de la documentación del proyecto: - El proyecto define y justifica la solución estructural aportada

• Control de calidad de los materiales:

- Certificado de calidad del material. - Procedimiento de control mediante ensayos para materiales que presenten características no

avaladas por el certificado de calidad. - Procedimiento de control mediante aplicación de normas o recomendaciones de prestigio

reconocido para materiales singulares. • Control de calidad de la fabricación:

- Control de la documentación de taller según la documentación del proyecto, que incluirá: - Memoria de fabricación - Planos de taller - Plan de puntos de inspección

- Control de calidad de la fabricación: - Orden de operaciones y utilización de herramientas adecuadas - Cualificación del personal - Sistema de trazado adecuado

• Control de calidad de montaje:

- Control de calidad de la documentación de montaje: - Memoria de montaje - Planos de montaje - Plan de puntos de inspección

- Control de calidad del montaje 4. ESTRUCTURAS DE FÁBRICA

• Recepción de materiales: - Piezas:

- Declaración del fabricante sobre la resistencia y la categoría (categoría I o categoría II) de las piezas.

- Arenas - Cementos y cales - Morteros secos preparados y hormigones preparados

- Comprobación de dosificación y resistencia

• Control de fábrica: - Tres categorías de ejecución:

- Categoría A: piezas y mortero con certificación de especificaciones, fábrica con ensayos previos y control diario de ejecución.

- Categoría B: piezas (salvo succión, retracción y expansión por humedad) y mortero con certificación de especificaciones y control diario de ejecución.

- Categoría C: no cumple alguno de los requisitos de B.

• Morteros y hormigones de relleno - Control de dosificación, mezclado y puesta en obra

• Armadura: - Control de recepción y puesta en obra

• Protección de fábricas en ejecución: - Protección contra daños físicos - Protección de la coronación - Mantenimiento de la humedad - Protección contra heladas - Arriostramiento temporal - Limitación de la altura de ejecución por día

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5. ESTRUCTURAS DE MADERA

• Suministro y recepción de los productos: - Identificación del suministro con carácter general:

- Nombre y dirección de la empresa suministradora y del aserradero o fábrica. - Fecha y cantidad del suministro - Certificado de origen y distintivo de calidad del producto

- Identificación del suministro con carácter específico: - Madera aserrada:

a) Especie botánica y clase resistente. b) Dimensiones nominales c) Contenido de humedad

- Tablero: a) Tipo de tablero estructural. b) Dimensiones nominales

- Elemento estructural de madera encolada: a) Tipo de elemento estructural y clase resistente b) Dimensiones nominales c) Marcado

- Elementos realizados en taller: a) Tipo de elemento estructural y declaración de capacidad portante, indicando condiciones

de apoyo b) Dimensiones nominales

- Madera y productos de la madera tratados con elementos protectores a) Certificado del tratamiento: aplicador, especie de madera, protector empleado y nº de

registro, método de aplicación, categoría del riesgo cubierto, fecha del tratamiento, precauciones frente a mecanizaciones posteriores e informaciones complementarias.

- Elementos mecánicos de fijación: a) Tipo de fijación b) Resistencia a tracción del acero c) Protección frente a la corrosión d) Dimensiones nominales e) Declaración de valores característicos de resistencia la aplastamiento y momento plástico

para uniones madera-madera, madera-tablero y madera-acero.

• Control de recepción en obra: - Comprobaciones con carácter general:

- Aspecto general del suministro - Identificación del producto

- Comprobaciones con carácter específico: - Madera aserrada

a) Especie botánica b) Clase resistente c) Tolerancias en las dimensiones d) Contenido de humedad

- Tableros: a) Propiedades de resistencia, rigidez y densidad b) Tolerancias en las dimensiones

- Elementos estructurales de madera laminada encolada: a) Clase resistente b) Tolerancias en las dimensiones

- Otros elementos estructurales realizados en taller: a) Tipo b) Propiedades c) Tolerancias dimensionales d) Planeidad e) Contraflechas

- Madera y productos derivados de la madera tratados con productos protectores: a) Certificación del tratamiento

- Elementos mecánicos de fijación: a) Certificación del material b) Tratamiento de protección

- Criterio de no aceptación del producto 6. CERRAMIENTOS Y PARTICIONES

• Control de calidad de la documentación del proyecto: - El proyecto define y justifica la solución de aislamiento aportada.

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 31

• Suministro y recepción de productos:

- Se comprobará la existencia de marcado CE.

• Control de ejecución en obra: - Ejecución de acuerdo a las especificaciones de proyecto. - Se prestará atención a los encuentros entre los diferentes elementos y, especialmente, a la

ejecución de los posibles puentes térmicos integrados en los cerramientos. - Puesta en obra de aislantes térmicos (posición, dimensiones y tratamiento de puntos singulares) - Posición y garantía de continuidad en la colocación de la barrera de vapor. - Fijación de cercos de carpintería para garantizar la estanqueidad al paso del aire y el agua.

7. SISTEMAS DE PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD

• Control de calidad de la documentación del proyecto: - El proyecto define y justifica la solución de aislamiento aportada.

• Suministro y recepción de productos: - Se comprobará la existencia de marcado CE.

• Control de ejecución en obra:

- Ejecución de acuerdo a las especificaciones de proyecto. - Todos los elementos se ajustarán a lo descrito en el DB HS Salubridad, en la sección HS 1

Protección frente a la Humedad. - Se realizarán pruebas de estanqueidad en la cubierta.

8. INSTALACIONES TÉRMICAS

• Control de calidad de la documentación del proyecto: - El proyecto define y justifica la solución de aislamiento aportada, justificando de manera expresa

el cumplimiento del Reglamento de Instalaciones Térmicas (RITE).

• Suministro y recepción de productos: - Se comprobará la existencia de marcado CE.

• Control de ejecución en obra:

- Ejecución de acuerdo a las especificaciones de proyecto. - Montaje de tubería y pasatubos según especificaciones. - Características y montaje de los conductos de evacuación de humos. - Características y montaje de las calderas. - Características y montaje de los terminales. - Características y montaje de los termostatos. - Pruebas parciales de estanqueidad de zonas ocultas. La presión de prueba no debe variar en, al

menos, 4 horas. - Prueba final de estanqueidad (caldera conexionada y conectada a la red de fontanería). La presión

de prueba no debe variar en, al menos, 4 horas. 9. INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN

• Control de calidad de la documentación del proyecto: - El proyecto define y justifica la solución de climatización aportada.

• Suministro y recepción de productos:

- Se comprobará la existencia de marcado CE.

• Control de ejecución en obra: - Ejecución de acuerdo a las especificaciones de proyecto. - Replanteo y ubicación de maquinas. - Replanteo y trazado de tuberías y conductos. - Verificar características de climatizadores, fan-coils y enfriadora. - Comprobar montaje de tuberías y conductos, así como alineación y distancia entre soportes. - Verificar características y montaje de los elementos de control. - Pruebas de presión hidráulica. - Aislamiento en tuberías, comprobación de espesores y características del material de aislamiento. - Prueba de redes de desagüe de climatizadores y fan-coils. - Conexión a cuadros eléctricos. - Pruebas de funcionamiento (hidráulica y aire).

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 32

- Pruebas de funcionamiento eléctrico. 10. INSTALACIONES ELÉCTRICAS

• Control de calidad de la documentación del proyecto: - El proyecto define y justifica la solución eléctrica aportada, justificando de manera expresa el

cumplimiento del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y de las Instrucciones Técnicas Complementarias.

• Suministro y recepción de productos:

- Se comprobará la existencia de marcado CE.

• Control de ejecución en obra: - Ejecución de acuerdo a las especificaciones de proyecto. - Verificar características de caja transformador: tabiquería, cimentación-apoyos, tierras, etc. - Trazado y montajes de líneas repartidoras: sección del cable y montaje de bandejas y soportes. - Situación de puntos y mecanismos. - Trazado de rozas y cajas en instalación empotrada. - Sujeción de cables y señalización de circuitos. - Características y situación de equipos de alumbrado y de mecanismos (marca, modelo y potencia). - Montaje de mecanismos (verificación de fijación y nivelación) - Verificar la situación de los cuadros y del montaje de la red de voz y datos. - Control de troncales y de mecanismos de la red de voz y datos. - Cuadros generales:

- Aspecto exterior e interior. - Dimensiones. - Características técnicas de los componentes del cuadro (interruptores, automáticos,

diferenciales, relés, etc.) - Fijación de elementos y conexionado.

- Identificación y señalización o etiquetado de circuitos y sus protecciones. - Conexionado de circuitos exteriores a cuadros. - Pruebas de funcionamiento:

- Comprobación de la resistencia de la red de tierra. - Disparo de automáticos. - Encendido de alumbrado. - Circuito de fuerza. - Comprobación del resto de circuitos de la instalación terminada.

11. INSTALACIONES DE EXTRACCIÓN

• Control de calidad de la documentación del proyecto: - El proyecto define y justifica la solución de extracción aportada.

• Suministro y recepción de productos:

- Se comprobará la existencia de marcado CE.

• Control de ejecución en obra: - Ejecución de acuerdo a las especificaciones de proyecto. - Comprobación de ventiladores, características y ubicación. - Comprobación de montaje de conductos y rejillas. - Pruebas de estanqueidad de uniones de conductos. - Prueba de medición de aire. - Pruebas añadidas a realizar en el sistema de extracción de garajes:

- Ubicación de central de detección de CO en el sistema de extracción de los garajes. - Comprobación de montaje y accionamiento ante la presencia de humo.

- Pruebas y puesta en marcha (manual y automática). 12. INSTALACIONES DE FONTANERÍA

• Control de calidad de la documentación del proyecto: - El proyecto define y justifica la solución de fontanería aportada.

• Suministro y recepción de productos:

- Se comprobará la existencia de marcado CE.

• Control de ejecución en obra: - Ejecución de acuerdo a las especificaciones de proyecto.

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 33

- Punto de conexión con la red general y acometida - Instalación general interior: características de tuberías y de valvulería. - Protección y aislamiento de tuberías tanto empotradas como vistas. - Pruebas de las instalaciones:

- Prueba de resistencia mecánica y estanqueidad parcial. La presión de prueba no debe variar en, al menos, 4 horas.

- Prueba de estanqueidad y de resistencia mecánica global. La presión de prueba no debe variar en, al menos, 4 horas.

- Pruebas particulares en las instalaciones de Agua Caliente Sanitaria: a) Medición de caudal y temperatura en los puntos de agua b) Obtención del caudal exigido a la temperatura fijada una vez abiertos los grifos estimados

en funcionamiento simultáneo. c) Tiempo de salida del agua a la temperatura de funcionamiento. d) Medición de temperaturas en la red. e) Con el acumulador a régimen, comprobación de las temperaturas del mismo en su salida

y en los grifos. - Identificación de aparatos sanitarios y grifería. - Colocación de aparatos sanitarios (se comprobará la nivelación, la sujeción y la conexión). - Funcionamiento de aparatos sanitarios y griterías (se comprobará la grifería, las cisternas y el

funcionamiento de los desagües). - Prueba final de toda la instalación durante 24 horas.

13. INSTALACIONES DE GAS

• Control de calidad de la documentación del proyecto: - El proyecto define y justifica la solución de gas aportada.

• Suministro y recepción de productos:

- Se comprobará la existencia de marcado CE.

• Control de ejecución en obra: - Ejecución de acuerdo a las especificaciones de proyecto. - Tubería de acometida al armario de regulación (diámetro y estanqueidad). - Pasos de muros y forjados (colocación de pasatubos y vainas). - Verificación del armario de contadores (dimensiones, ventilación, etc.). - Distribución interior tubería. - Distribución exterior tubería. - Valvulería y características de montaje. - Prueba de estanqueidad y resistencia mecánica.

14. INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

• Control de calidad de la documentación del proyecto: - El proyecto define y justifica la solución de protección contra incendios aportada, justificando de

manera expresa el cumplimiento del Documento Básico DB SI Seguridad en Caso de Incendio.

• Suministro y recepción de productos: - Se comprobará la existencia de marcado CE. - Los productos se ajustarán a las especificaciones del proyecto que aplicará lo recogido en el REAL

DECRETO 312/2005, de 18 de marzo, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego.

• Control de ejecución en obra:

- Ejecución de acuerdo a las especificaciones de proyecto. - Verificación de los datos de la central de detección de incendios. - Comprobar características de detectores, pulsadores y elementos de la instalación, así como su

ubicación y montaje. - Comprobar instalación y trazado de líneas eléctricas, comprobando su alineación y sujeción. - Verificar la red de tuberías de alimentación a los equipos de manguera y sprinklers: características

y montaje. - Comprobar equipos de mangueras y sprinklers: características, ubicación y montaje. - Prueba hidráulica de la red de mangueras y sprinklers. - Prueba de funcionamiento de los detectores y de la central. - Comprobar funcionamiento del bus de comunicación con el puesto central.

15. INSTALACIONES DE A.C.S. CON PANELES SOLARES

• Control de calidad de la documentación del proyecto: - El proyecto define y justifica la solución de generación de agua caliente sanitaria (ACS) con

paneles solares.

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Plan de control: Definición y contenido del Plan de Control según el CTE 34

• Suministro y recepción de productos: - Se comprobará la existencia de marcado CE.

• Control de ejecución en obra:

- Ejecución de acuerdo a las especificaciones de proyecto. - La instalación se ajustará a lo descrito en la Sección HE 4 Contribución Solar Mínima de Agua

Caliente Sanitaria.

En Salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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5.2.- Estudio de gestión de residuos

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ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS SEGÚN REAL DECRETO 105/2008 Fase de Proyecto BÁSICO Y DE EJECUCIÓN

Titulo BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN

INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON EN VALLADOLID

Emplazamiento CALLE VILLABAÑEZ Nº 26,

47012 DE VALLADOLID

CONTENIDO DEL DOCUMENTO

De acuerdo con el RD 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, se presenta el presente Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición, conforme a lo dispuesto en el art. 4, con el siguiente contenido: 1.1- Identificación de los residuos (según OMAM/304/2002) 1.2- Estimación de la cantidad que se generará (en Tn y m3) 1.3- Medidas de segregación “in situ” 1.4- Previsión de reutilización en la misma obra u otros emplazamientos (indicar cuales) 1.5- Operaciones de valorización “in situ” 1.6- Destino previsto para los residuos.

1.7.- Planos de las instalaciones previstas

1.8- Valoración del coste previsto para la correcta gestión de los RCDs, que formará parte del presupuesto del proyecto.

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ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS

1.1.- Identificación de los residuos a generar, codificados con arreglo a la Lista Europea de Residuos publicada por Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero o sus modificaciones posteriores.

Clasificación y descripción de los residuos

Se identifican dos categorías de Residuos de Construcción y Demolición (RCD)

RCDs de Nivel I.- Residuos generados por el desarrollo de las obras de infraestructura de ámbito local o supramunicipal contenidas en los diferentes planes de actuación urbanística o planes de desarrollo de carácter regional, siendo resultado de los excedentes de excavación de los movimientos de tierra generados en el transcurso de dichas obras. Se trata, por tanto, de las tierras y materiales pétreos, no contaminados, procedentes de obras de excavación.

RCDs de Nivel II.- residuos generados principalmente en las actividades propias del sector de la construcción, de la demolición, de la reparación domiciliaria y de la implantación de servicios.

Son residuos no peligrosos que no experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas.

Los residuos inertes no son solubles ni combustibles, ni reaccionan física ni químicamente ni de ninguna otra manera, ni son biodegradables, ni afectan negativamente a otras materias con las que entran en contacto de forma que puedan dar lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar a la salud humana. Se contemplan los residuos inertes procedentes de obras de construcción y demolición, incluidos los de obras menores de construcción y reparación domiciliaria sometidas a licencia municipal o no.

Los residuos a generados serán tan solo los marcados a continuación de la Lista Europea establecida en la Orden MAM/304/2002. No se consideraran incluidos en el computo general los materiales que no superen 1m³ de aporte y no sean considerados peligrosos y requieran por tanto un tratamiento especial.

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17 05 04 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 0317 05 06 Lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 0617 05 08 Balasto de vías férreas distinto del especificado en el código 17 05 07

RCD: Naturaleza no pétrea

1. Asfalto17 03 02 Mezclas bituminosas distintas a las del código 17 03 012. Madera

x 17 02 01 Madera3. Metales17 04 01 Cobre, bronce, latón

X 17 04 02 Aluminio17 04 03 Plomo17 04 04 Zinc

x 17 04 05 Hierro y Acero17 04 06 Estaño17 04 06 Metales mezclados17 04 11 Cables distintos de los especificados en el código 17 04 104. Papel

x 20 01 01 Papel5. Plástico

x 17 02 03 Plástico6. Vidrio

x 17 02 02 Vidrio7. Yeso

x 17 08 02 Materiales de construcción a partir de yeso distintos a los del código 17 08 01

RCD: Naturaleza pétrea

1. Arena Grava y otros áridos01 04 08 Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los mencionados en el código 01 04

07x 01 04 09 Residuos de arena y arcilla

2. Hormigón17 01 01 Hormigón

3. Ladrillos , azulejos y otros cerámicosx 17 01 02 Ladrillos

17 01 03 Tejas y materiales cerámicos17 01 07 Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distintas de las

especificadas en el código 1 7 01 06.

4. Piedra17 09 04 RDCs mezclados distintos a los de los códigos 17 09 01, 02 y 03

A.1.: RCDs Nivel I

1. TIERRAS Y PÉTROS DE LA EXCAVACIÓN

A.2.: RCDs Nivel II

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RCD: Potencialmente peligrosos y otros

1. Basurasx 20 02 01 Residuos biodegradables

20 03 01 Mezcla de residuos municipales

2. Potencialmente peligrosos y otros17 01 06 mezcal de hormigón, ladrillos, tejas y materilaes cerámicos con sustancias peligrosas

(SP's)17 02 04 Madera, vidrio o plastico con sustancias peligrosas o contaminadas por ellas17 03 01 Mezclas bituminosas que contienen alquitran de hulla17 03 03 Alquitrán de hulla y productos alquitranados17 04 09 Residuos metálicos contaminados con sustancias peligrosas17 04 10 Cables que contienen hidrocarburos, alquitran de hulla y otras SP's17 06 01 Materiales de aislamiento que contienen Amianto17 06 03 Otros materiales de aislamiento que contienen sustancias peligrosas17 06 05 Materiales de construcción que contienen Amianto17 08 01 Materiales de construcción a partir de yeso contaminados con SP's17 09 01 Residuos de construcción y demolición que contienen mercúrio17 09 02 Residuos de construcción y demolición que contienen PCB's17 09 03 Otros residuos de construcción y demolición que contienen SP's17 06 04 Materiales de aislamientos distintos de los 17 06 01 y 0317 05 03 Tierras y piedras que contienen SP's17 05 05 Lodos de drenaje que contienen sustancias peligrosas17 05 07 Balastro de vías férreas que contienen sustancias peligrosas

x 15 02 02 Absorventes contaminados (trapos,…)13 02 05 Aceites usados (minerales no clorados de motor,…)16 01 07 Filtros de aceite20 01 21 Tubos fluorescentes16 06 04 Pilas alcalinas y salinas16 06 03 Pilas botón15 01 10 Envases vacíos de metal o plastico contaminado

x 08 01 11 Sobrantes de pintura o barnicesx 14 06 03 Sobrantes de disolventes no halogenados

07 07 01 Sobrantes de desencofrantesx 15 01 11 Aerosoles vacios

16 06 01 Baterías de plomo13 07 03 Hidrocarburos con agua17 09 04 RDCs mezclados distintos códigos 17 09 01, 02 y 03

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1.2.- Estimación de la cantidad de cada tipo de residuo que se generará en la obra, en toneladas y metros cúbicos.

La estimación se realizará en función de la categoría del punto 1

Obra Nueva: En ausencia de datos más contrastados se manejan parámetros estimativos estadísticos de 20cm de altura de mezcla de residuos por m² construido, con una densidad tipo del orden de 1,5 a 0,5 Tn/m³.

En base a estos datos, la estimación completa de residuos en la obra es:

Estimación de residuos en OBRA NUEVA

Superficie Construida total 1517,52 m²Volumen de resíduos (S x 0,10) 151,75 m³Densidad tipo (entre 1,5 y 0,5 T/m³) 1,10 Tn/m³Toneladas de residuos 166,93 Tn

Estimación de volumen de tierras procedentes de la excavación m³Presupuesto estimado de la obra 550.000,00 €Presupuesto de movimiento de tierras en proyecto € ( entre 1,00 - 2,50 % del PEM)

Con el dato estimado de RCDs por metro cuadrado de construcción y en base a los estudios realizados por la Comunidad de Madrid de la composición en peso de los RCDs que van a sus vertederos plasmados en el Plan Nacional de RCDs 2001-2006, se consideran los siguientes pesos y volúmenes en función de la tipología de residuo:

Tn d VEvaluación teórica del peso por tipología de RDC

Toneladas de cada tipo de RDC

Densidad tipo (entre 1,5 y 0,5)

m³ Volumen de Residuos

Tierras y pétreos procedentes de la excavación estimados directamente desde los datos de proyecto

0,00 1,50 0,00

% Tn d VEvaluación teórica del peso por tipología de RDC % de peso

Toneladas de cada tipo de RDC

Densidad tipo (entre 1,5 y 0,5)

m³ Volumen de Residuos

RCD: Naturaleza no pétrea1. Asfalto 0,050 8,35 1,30 6,422. Madera 0,040 6,68 0,60 11,133. Metales 0,025 4,17 1,50 2,784. Papel 0,002 0,33 0,90 0,375. Plástico 0,002 0,33 0,90 0,376. Vidrio 0,005 0,83 1,50 0,567. Yeso 0,002 0,33 1,20 0,28TOTAL estimación 0,140 23,37 21,91

RCD: Naturaleza pétrea1. Arena Grava y otros áridos 0,040 6,68 1,50 4,452. Hormigón 0,120 20,03 1,50 13,353. Ladrillos , azulejos y otros cerámicos 0,210 35,05 1,50 23,374. Piedra 0,050 8,35 1,50 5,56TOTAL estimación 0,750 125,20 46,74

RCD: Potencialmente peligrosos y otros1. Basuras 0,070 11,68 0,90 12,982. Potencialmente peligrosos y otros 0,040 6,68 0,50 13,35TOTAL estimación 0,110 18,36 26,34

A.2.: RCDs Nivel II

A.1.: RCDs Nivel II

1. TIERRAS Y PÉTROS DE LA EXCAVACIÓN

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1.3.- Medidas de segregación "in situ" previstas (clasificación/selección).

En base al artículo 5.5 del RD 105/2008, los residuos de construcción y demolición deberán separase en fracciones, cuando, de forma individualizada para cada una de dichas fracciones, la cantidad prevista de generación para el total de la obra supere las siguientes cantidades:

Hormigón 160,00 TLadrillos, tejas, cerámicos 80,00 TMetales 4,00 TMadera 2,00 TVidrio 2,00 TPlásticos 1,00 TPapel y cartón 1,00 T

Medidas empleadas (se marcan las casillas según lo aplicado)

Eliminación previa de elementos desmontables y/o peligrosos

Derribo separativo / segregación en obra nueva (ej.: pétreos, madera, metales, plásticos + cartón + envases, orgánicos, peligrosos…). Solo en caso de superar las fracciones establecidas en el artículo 5.5 del RD 105/2008

Derribo integral o recogida de escombros en obra nueva “todo mezclado”, y posterior tratamiento en planta

1.4.- Previsión de operaciones de reutilización en la misma obra o en emplazamientos externos (en este caso se identificará el destino previsto)

Se marcan las operaciones previstas y el destino previsto inicialmente para los materiales (propia obra o externo)

OPERACIÓN PREVISTA DESTINO INICIAL

X No hay previsión de reutilización en la misma obra o en emplazamientos externos, simplemente serán transportados a vertedero autorizado

Externo

Reutilización de tierras procedentes de la excavación

Reutilización de residuos minerales o pétreos en áridos reciclados o en urbanización

Reutilización de materiales cerámicos Reutilización de materiales no pétreos: madera, vidrio… Reutilización de materiales metálicos Otros (indicar)

1.5.- Previsión de operaciones de valorización "in situ" de los residuos generados.

Se marcan las operaciones previstas y el destino previsto inicialmente para los materiales (propia obra o externo)

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OPERACIÓN PREVISTA

x No hay previsión de reutilización en la misma obra o en emplazamientos externos, simplemente serán transportados a vertedero autorizado

Utilización principal como combustible o como otro medio de generar energía Recuperación o regeneración de disolventes Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que utilizan no disolventes Reciclado o recuperación de metales o compuestos metálicos Reciclado o recuperación de otras materias orgánicas Regeneración de ácidos y bases Tratamiento de suelos, para una mejora ecológica de los mismos

Acumulación de residuos para su tratamiento según el Anexo II.B de la Comisión 96/350/CE

Otros (indicar)

1.6.- Destino previsto para los residuos no reutilizables ni valorizables "in situ" (indicando características y cantidad de cada tipo de residuos)

Las empresas de Gestión y tratamiento de residuos estarán en todo caso autorizadas para la gestión de residuos no peligrosos.

Terminología:

RCD: Residuos de la Construcción y la Demolición

RSU: Residuos Sólidos Urbanos

RNP: Residuos NO peligrosos

RP: Residuos peligrosos

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Tratamiento Destino Cantidad17 05 04 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03 Sin tratamiento esp. Restauración / Vertedero 0,0017 05 06 Lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 06 Sin tratamiento esp. Restauración / Vertedero 0,0017 05 08 Balasto de vías férreas distinto del especificado en el código 17 05 07 Sin tratamiento esp. Restauración / Vertedero 0,00

RCD: Naturaleza no pétrea Tratamiento Destino Cantidad

1. Asfalto17 03 02 Mezclas bituminosas distintas a las del código 17 03 01 Reciclado Planta de reciclaje RCD 8,352. Madera

x 17 02 01 Madera Reciclado Gestor autorizado RNPs 6,683. Metales17 04 01 Cobre, bronce, latón Reciclado 0,00

X 17 04 02 Aluminio Reciclado 0,0217 04 03 Plomo 0,0017 04 04 Zinc 0,00

x 17 04 05 Hierro y Acero Reciclado 6,6517 04 06 Estaño 0,0017 04 06 Metales mezclados Reciclado 0,0017 04 11 Cables distintos de los especificados en el código 17 04 10 Reciclado 0,004. Papel

x 20 01 01 Papel Reciclado Gestor autorizado RNPs 0,335. Plástico

x 17 02 03 Plástico Reciclado Gestor autorizado RNPs 0,336. Vidrio

x 17 02 02 Vidrio Reciclado Gestor autorizado RNPs 0,837. Yeso

x 17 08 02 Materiales de construcción a partir de yeso distintos a los del código 17 08 01 Reciclado Gestor autorizado RNPs 0,33

RCD: Naturaleza pétrea Tratamiento Destino Cantidad

1. Arena Grava y otros áridos01 04 08 Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los mencionados en el código 01 04

07 Reciclado Planta de reciclaje RCD 0,00x 01 04 09 Residuos de arena y arcilla Reciclado Planta de reciclaje RCD 6,68

2. Hormigón17 01 01 Hormigón Reciclado / Vertedero Planta de reciclaje RCD 20,03

3. Ladrillos , azulejos y otros cerámicosx 17 01 02 Ladrillos Reciclado Planta de reciclaje RCD 12,27

17 01 03 Tejas y materiales cerámicos Reciclado Planta de reciclaje RCD 0,0017 01 07 Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distintas de las

especificadas en el código 1 7 01 06. Reciclado / Vertedero Planta de reciclaje RCD 0,00

4. Piedra17 09 04 RDCs mezclados distintos a los de los códigos 17 09 01, 02 y 03 Reciclado 8,35

A.1.: RCDs Nivel I

1. TIERRAS Y PÉTROS DE LA EXCAVACIÓN

A.2.: RCDs Nivel II

Gestor autorizado RNPs

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RCD: Potencialmente peligrosos y otros Tratamiento Destino Cantidad

1. Basurasx 20 02 01 Residuos biodegradables Reciclado / Vertedero Planta de reciclaje RSU 4,09

20 03 01 Mezcla de residuos municipales Reciclado / Vertedero Planta de reciclaje RSU 0,00

2. Potencialmente peligrosos y otros17 01 06 mezcal de hormigón, ladrillos, tejas y materilaes cerámicos con sustancias peligrosas

(SP's) Depósito Seguridad 0,0017 02 04 Madera, vidrio o plastico con sustancias peligrosas o contaminadas por ellas Tratamiento Fco-Qco 0,0017 03 01 Mezclas bituminosas que contienen alquitran de hulla Depósito / Tratamiento 0,0017 03 03 Alquitrán de hulla y productos alquitranados Depósito / Tratamiento 0,0017 04 09 Residuos metálicos contaminados con sustancias peligrosas Tratamiento Fco-Qco 0,0017 04 10 Cables que contienen hidrocarburos, alquitran de hulla y otras SP's Tratamiento Fco-Qco 0,0017 06 01 Materiales de aislamiento que contienen Amianto Depósito Seguridad 0,0017 06 03 Otros materiales de aislamiento que contienen sustancias peligrosas Depósito Seguridad 0,0017 06 05 Materiales de construcción que contienen Amianto Depósito Seguridad 0,0017 08 01 Materiales de construcción a partir de yeso contaminados con SP's Tratamiento Fco-Qco 0,0017 09 01 Residuos de construcción y demolición que contienen mercúrio Depósito Seguridad 0,0017 09 02 Residuos de construcción y demolición que contienen PCB's Depósito Seguridad 0,0017 09 03 Otros residuos de construcción y demolición que contienen SP's Depósito Seguridad 0,0017 06 04 Materiales de aislamientos distintos de los 17 06 01 y 03 Reciclado Gestor autorizado RNPs 0,0017 05 03 Tierras y piedras que contienen SP's Tratamiento Fco-Qco 0,0017 05 05 Lodos de drenaje que contienen sustancias peligrosas Tratamiento Fco-Qco 0,0017 05 07 Balastro de vías férreas que contienen sustancias peligrosas Depósito / Tratamiento 0,00

x 15 02 02 Absorventes contaminados (trapos,…) Depósito / Tratamiento 0,0713 02 05 Aceites usados (minerales no clorados de motor,…) Depósito / Tratamiento 0,0016 01 07 Filtros de aceite Depósito / Tratamiento 0,0020 01 21 Tubos fluorescentes Depósito / Tratamiento 0,0016 06 04 Pilas alcalinas y salinas Depósito / Tratamiento 0,0016 06 03 Pilas botón Depósito / Tratamiento 0,0015 01 10 Envases vacíos de metal o plastico contaminado Depósito / Tratamiento 0,00

x 08 01 11 Sobrantes de pintura o barnices Depósito / Tratamiento 1,34x 14 06 03 Sobrantes de disolventes no halogenados Depósito / Tratamiento 0,10

07 07 01 Sobrantes de desencofrantes Depósito / Tratamiento 0,00x 15 01 11 Aerosoles vacios Depósito / Tratamiento 0,33

16 06 01 Baterías de plomo Depósito / Tratamiento 0,0013 07 03 Hidrocarburos con agua Depósito / Tratamiento 0,0017 09 04 RDCs mezclados distintos códigos 17 09 01, 02 y 03 Depósito / Tratamiento Restauración / Vertedero 0,00

Gestor autorizado RPs

Gestor autorizado RPs

1.7.- Planos de las instalaciones previstas

Planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición en la obra, planos que posteriormente podrán ser objeto de adaptación a las características particulares de la obra y sus sistemas de ejecución, siempre con el acuerdo de la dirección facultativa de la obra.

1.8.- Valoración del coste previsto para la correcta gestión de los RCDs, que formará parte del presupuesto del proyecto

Con carácter General:

Prescripciones a incluir en el pliego de prescripciones técnicas del proyecto, en relación con el almacenamiento, manejo y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición en obra.

Gestión de residuos de construcción y demolición

Gestión de residuos según RD 105/2008 y orden 2690/2006 de la CAM, realizándose su identificación con arreglo a la Lista Europea de Residuos publicada por Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero o sus modificaciones posteriores.

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Certificación de los medios empleados

Es obligación del contratista proporcionar a la Dirección Facultativa de la obra y a la Propiedad de los certificados de los contenedores empleados así como de los puntos de vertido final, ambos emitidos por entidades autorizadas y homologadas.

Limpieza de las obras

Es obligación del Contratista mantener limpias las obras y sus alrededores tanto de escombros como de materiales sobrantes, retirar las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como ejecutar todos los trabajos y adoptar las medidas que sean apropiadas para que la obra presente buen aspecto.

Con carácter Particular:

Prescripciones a incluir en el pliego de prescripciones técnicas del proyecto (se marcan aquellas que sean de aplicación a la obra)

Para los derribos: se realizarán actuaciones previas tales como apeos, apuntalamientos, estructuras auxiliares…para las partes o elementos peligroso, referidos tanto a la propia obra como a los edificios colindantes Como norma general, se procurará actuar retirando los elementos contaminados y/o peligrosos tan pronto como sea posible, así como los elementos a conservar o valiosos (cerámicos, mármoles…). Seguidamente se actuará desmontando aquellas partes accesibles de las instalaciones, carpinterías y demás elementos que lo permitan

x

El depósito temporal de los escombros, se realizará bien en sacos industriales iguales o inferiores a 1m³, contadores metálicos específicos con la ubicación y condicionado que establezcan las ordenanzas municipales. Dicho depósito en acopios, también deberá estar en lugares debidamente señalizados y segregados del resto de resíduos

x El depósito temporal para RCDs valorizables (maderas, plásticos, metales, chatarra…) que se realice en contenedores o acopios, se deberá señalizar y segregar del resto de residuos de un modo adecuado.

x

Los contenedores deberán estar pintados en colores que destaquen su visibilidad, especialmente durante la noche, y contar con una banda de material reflectante de al menos 15cm a lo largo de toso su perímetro. En los mismos deberá figurar la siguiente información: Razón social, CIF, teléfono del titular del contenedor / envase y el número de inscripción en el registro de transportistas de residuos, creado en el art. 43 de la Ley 5/2003 de 20 de marzo de Residuos de la CAM. Esta información también deberá quedar reflejada en los sacos industriales y otros medios de contención y almacenaje de residuos.

x

El responsable de la obra a la que presta servício el contenedor adotará las medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la mismo. Los contadores permanecerán cerrados, o cubiertos al menos, fuera del horario de trabajo, para evitar el depósito de residuos ajenos a la obra a la que prestan servicio.

x En el equipo de obra deberán establecerse los medios humanos, técnicos y procedimientos para la separación d cada tipo de RCD.

x

Se atenderán los criterios municipales establecidos (ordenanzas, condiciones de licencia de obras…), especialmente si obligan a la separación en origen de determinadas materias objeto de reciclaje o deposición. En este último caso se deberá asegurar por parte del contratista realizar una evaluación económica de las condiciones en las que es viable esta operación, tanto por las posibilidades reales de ejecutarla como por disponer de plantas de reciclaje o gestores de RCDs adecuados.

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La Dirección de Obra será la responsable de tomar la última decisión y de su justificación ante las autoridades locales o autonómicas pertinentes.

x

Se deberá asegurar en la contratación de la gestión de los RCDs que el destino final (planta de reciclaje, vertedero, cantera, incineradora…) son centros con la autorización autonómica de la Consejería de Medio Ambiente, así mismo se deberá contratar sólo transportistas o gestores autorizados por dicha Consejería e inscritos en el registro pertinente Se llevará a cabo un control documental en el que quedarán reflejados los avales de retirada y entrega final de cada transporte de residuos

x

La gestión tanto documental como operativa de los residuos peligrosos que se hallen en una obra de derribo o de nueva planta se regirán conforme a la legislación nacional y autonómica vigente y a los requisitos de las ordenanzas municipales Asimismo los residuos de carácter urbano generados en las obras (restos de comidas, envases…) serán gestionados acorde con los preceptos marcados por la legislación y autoridad municipal correspondiente.

x

Para el caso de los residuos con amianto se seguirán los pasos marcados por la Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos para poder considerarlos como peligroso o no peligrosos. En cualquier caso siempre se cumplirán los preceptos dictados por el RD 108/1991 de 1 de febrero sobre la prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto, así como la legislación laboral al respecto.

x Los restos de lavado de canaletas / cubas de hormigón serán tratadas como escombros

x Se evitará en todo momento la contaminación con productos tóxicos o peligrosos de los plásticos y restos de madera para su adecuada segregación, así como la contaminación de los acopios o contenedores de escombros con componentes peligrosos

x Las tierras superficiales que pueden tener un uso posterior para jardinería o recuperación de los suelos degradados será retirada y almacenada durante el menor tiempo posible en cabellones de altura no superior a 2 metros. Se evitará la humedad excesiva, la manipulación y la contaminación con otros materiales.

Otros (indicar)

A continuación se desglosa el capítulo presupuestario correspondiente a la gestión de los residuos de la obra, repartido en función del volumen de cada material.

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Tipología RCDs Estimación (m³)

Precio gestión en Planta / Vestedero /

Cantera / Gestor (€/m³)

Importe (€) % del presupuesto de Obra

Tierras y pétreos de la excavación 0,00 4,00 0,00 0,0000%0,0000%

RCDs Naturaleza Pétrea 46,74 10,00 467,40 0,0850%RCDs Naturaleza no Pétrea 21,91 10,00 219,07 0,0398%RCDs Potencialmente peligrosos 26,34 10,00 263,37 0,0479%

0,1727%

0,00 0,0000%150,16 0,0273%550,00 0,1000%

1.650,00 0,3000%

B.- RESTO DE COSTES DE GESTIÓN

A.- ESTIMACIÓN DEL COSTE DE TRATAMIENTO DE LOS RCDs (calculo sin fianza)

A1 RCDs Nivel I

A2 RCDs Nivel II

Orden 2690/2006 CAM establece un límite mínimo del 0,2% del presuesto de la obra

Orden 2690/2006 CAM establece límites entre 40 - 60.000 €

TOTAL PRESUPUESTO PLAN GESTION RCDs

B1.- % Presupuesto hasta cubrir RCD Nivel IB2.- % Presupuesto hasta cubrir RCD Nivel IIB3.- % Presupuesto de Obra por costes de gestión, alquileres, etc…

Para los RCDs de Nivel I se utilizarán los datos de proyecto de la excavación, mientras que para los de Nivel II se emplean los datos del apartado 1.2 del Plan de Gestión

El contratista posteriormente se podrá ajustar a la realidad de los precios finales de contratación y especificar los costes de gestión de los RCDs de Nivel II por las categorías LER si así lo considerase necesario.

CONCLUSIÓN

Con todo lo anteriormente expuesto, junto con los planos que acompañan la presente memoria y el presupuesto reflejado, el productor de residuos de construcción que suscribe entiende que queda suficientemente desarrollado el Estudio de Gestión de Residuos para el proyecto reflejado en su encabezado.

Salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

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6.- Anejos a la memoria de obras

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DECLARACIÓN DE OBRA COMPLETA

OBRA: PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID

EMPLAZAMIENTO: CALLE VILLABAÑEZ Nº 26, 47012 VALLADOLID PROMOTOR: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR, arquitecto colegiado nº 2068 del COAL D. CARLOS FERREIRA BORREGO, arquitecto colegiado nº 3873 del COAL D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN, arquitecto colegiado nº 11841 del COAL, con domicilio en CALLE CORREHUELA 20-26, 3º A, CP 37001 de SALAMANCA,

DECLARA

El presente proyecto se refiere a una OBRA DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR que, una vez ejecutada con arreglo al mismo, será susceptible de ser entregada al uso al que se destina, ya que comprende la descripción de todas y cada una de las obras e instalaciones necesarias para su buen funcionamiento. Y para que conste a los efectos oportunos, según se especifica en el artículos 125 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se expide la presente declaración en

En Salamanca, noviembre de 2017

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PLAZO DE EJECUCIÓN, PLAN DE OBRA Y GARANTÍA DE LAS OBRAS

OBRA: PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN

INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID

EMPLAZAMIENTO: CALLE VILLABAÑEZ Nº 26, 47012 VALLADOLID PROMOTOR: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR, arquitecto colegiado nº 2068 del COAL D. CARLOS FERREIRA BORREGO, arquitecto colegiado nº 3873 del COAL D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN, arquitecto colegiado nº 11841 del COAL, con domicilio en CALLE CORREHUELA 20-26, 3º A, CP 37001 de SALAMANCA,

DECLARA

Para la ejecución de las obras se establece un plazo de CUATRO MESES, a contar

desde la fecha del Acta de Comprobación de Replanteo de las obras.

El proyecto contiene un programa indicativo de desarrollo de los trabajos, con previsión del tiempo de cada una de las fases. Según el artículo 144 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se solicitará al contratista adjudicatario de las obras la presentación de un programa de trabajo en el plazo de treinta días desde la formalización del contrato.

En virtud del artículo 235 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,

RD 3/2011, de 14 de noviembre, el plazo de garantía se establecerá en el pliego de cláusulas administrativas particulares atendiendo a la naturaleza y complejidad de la obra, no siendo inferior al plazo de un año desde la firma del Acta de Recepción de las Obras.

Y para que conste a los efectos oportunos, se expide la presente declaración en

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REVISIÓN DE PRECIOS, CLASIFICACIÓN DE LAS OBRAS Y DEL CONTRATISTA

OBRA: PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID

EMPLAZAMIENTO: CALLE VILLABAÑEZ Nº 26, 47012 SALAMANCA PROMOTOR: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR, arquitecto colegiado nº 2068 del COAL D. CARLOS FERREIRA BORREGO, arquitecto colegiado nº 3873 del COAL D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN, arquitecto colegiado nº 11841 del COAL, con domicilio en CALLE CORREHUELA 20-26, 3º A, CP 37001 de SALAMANCA,

DECLARA

La cláusula de revisión de precios no procede en base a lo establecido en el artículo 89 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, modificado por la disposición final tercera, tres, de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.

CLASIFICACIÓN DE LAS OBRAS

De acuerdo con el artículo 122 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector

Público, Real Decreto 3/2011, de 14de noviembre, se trata de una obra encuadrada en: a) OBRA DE PRIMER ESTABLECIMIENTO, REFORMA O GRAN REPARACIÓN

CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA

Visto el apartado 3 del artículo 11 del Real Decreto 1098/2001, 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como el artículo 26 de la citada norma en donde se establece que la categoría de la clasificación del contratista se efectúa por referencia al valor estimado de las obras al ser su duración inferior a un año

De acuerdo con el Real Decreto 1098/2001, 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (Artículo26).

Acorde con el artículo 25 del RGLCAP (Real Decreto 1098/2001 para la obra que nos ocupa el contratista habrá de poseer la clasificación siguiente:

GRUPO: C) Edificaciones SUBGRUPOS: 4: Albañilería, Revocos y Revestidos CATEGORÍA: 3: Para cuantía superior a 360.000 € e inferior o igual a 840.000 €

Y para que conste a los efectos oportunos, se expide la presente declaración en

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LICENCIAS Y PERMISOS

OBRA: PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID

EMPLAZAMIENTO: CALLE VILLABAÑEZ Nº 26, VALLADOLID PROMOTOR: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR, arquitecto colegiado nº 2068 del COAL D. CARLOS FERREIRA BORREGO, arquitecto colegiado nº 3873 del COAL D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN, arquitecto colegiado nº 11841 del COAL, con domicilio en CALLE CORREHUELA 20-26, 3º A, CP 37001 de SALAMANCA, DECLARA

Para la ejecución de las obras comprendidas en el presente documento, el Contratista gestionará ante los organismos Técnicos Competentes, los permisos previos a la ejecución: solicitud de licencia, impuesto de construcciones, ocupación de vía pública y fianza para la gestión de los residuos, así como los de puesta en servicio de las instalaciones afectadas una vez terminadas: electricidad, fontanería y saneamiento y protección contra incendios, abonando el importe de las tasas generadas por los mismos para su legalización y tramitación ante el Servicio Territorial de Industria.

Y para que conste a los efectos oportunos, se expide la presente declaración en

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ACTA DE REPLANTEO PREVIO OBRA: PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN

INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID

EMPLAZAMIENTO: CALLE VILLABAÑEZ Nº 26, 47012 VALLADOLID PROMOTOR: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR, arquitecto colegiado nº 2068 del COAL D. CARLOS FERREIRA BORREGO, arquitecto colegiado nº 3873 del COAL D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN, arquitecto colegiado nº 11841 del COAL, con domicilio en CALLE CORREHUELA 20-26, 3º A, CP 37001 de SALAMANCA,

CERTIFICA

Que se ha efectuado la comprobación del replanteo de las obras, constatándose la realidad geométrica de las mismas, la disponibilidad del edificio, precisa para su normal ejecución, y de la de cuantos supuestos figuran en el presente Proyecto, y son básicos para la celebración del contrato, así como la adecuación alas Ordenanzas Municipales y Normas Urbanísticas Vigentes que puedan afectar a la parcela. Que por lo expuesto, es viable la ejecución del Proyecto. Y para que conste a los efectos oportunos, según se especifica en el artículo 126 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se expide la presente declaración en

En Salamanca, noviembre de 2017

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DECLARACIÓN DE COMPATIBILIDAD

OBRA: PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID

EMPLAZAMIENTO: CALLE VILLABAÑEZ Nº 26, 47012 VALLADOLID PROMOTOR: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR, arquitecto colegiado nº 2068 del COAL D. CARLOS FERREIRA BORREGO, arquitecto colegiado nº 3873 del COAL D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN, arquitecto colegiado nº 11841 del COAL, con domicilio en CALLE CORREHUELA 20-26, 3º A, CP 37001 de SALAMANCA,

DECLARA

- No hallarse incursos en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración, conforme al artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por

las disposiciones vigentes. - No tener deudas pendientes de carácter tributario con la Administración, de acuerdo con

lo establecido en el artículo 13 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Y para que conste a los efectos oportunos, se expide la presente declaración en

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ESTUDIO GEOTÉCNICO

OBRA: PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID

EMPLAZAMIENTO: CALLE VILLABAÑEZ Nº 26, 47012 VALLADOLID PROMOTOR: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN ARQUITECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR, arquitecto colegiado nº 2068 del COAL D. CARLOS FERREIRA BORREGO, arquitecto colegiado nº 3873 del COAL D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN, arquitecto colegiado nº 11841 del COAL, con domicilio en CALLE CORREHUELA 20-26, 3º A, CP 37001 de SALAMANCA,

DECLARA

El presente proyecto se refiere a una OBRA DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR que, en ningún caso conlleva ningún cambio en la estructura del edificio, tampoco se añaden nuevos Volúmenes en este proyecto, tan solo consiste en una adecuación interior sin ningún tipo de incidencia estructural en el terreno, por lo que no es preciso la realización de un estudio geotécnico sobre el terreno de las obras a realizar. Y para que conste a los efectos oportunos, según se especifica en el artículos 123 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se expide la presente declaración en

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1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 161 Demoliciones 34

2 Albañilería y particiones 39

3 Revestimientos y solados 67

4 Carpintería exterior 35

5 Carpintería interior 30

6 Pinturas, vidrios y falsos techos 72

7 Fontanería, Sanitarios y Saneamiento 44

8 Electricidad e iluminación 54

9 Ventilación 44

10 Climatización y Ventilación 42

11 Urbanización y cerramiento 84

12 Seguridad y Salud 105

13 Gestión de Residuos 102

En Salamanca, noviembre de 2017

Fdo: Los arquitectos

Id

Fecha inicial de planing Duración total: 112 dias naturales

Tarea fecha inicial

PROYECTO: BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE ADECUACIÓN Y REDISTRIBUCIÓN INTERIOR DE OFICINA PARA EL SERVICIO DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID.

SITUACION: CALLE VILLABAÑEZ Nº 26, 47012 VALLADOLID

PROPIEDAD: ECYL, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEON

ARQTUIECTOS: D. LUIS FERREIRA VILLAR, D. CARLOS FERREIRA BORRERO Y D. JAVIER FERREIRA POBLACIÓN

fecha final dur.

PLANING DE TIEMPOS DE OBRA

Semanas