impueto al rodaje -politica fiscal

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 EL IMPUESTO AL RODAJE Política Fiscal Comenzamos por ciertas consideraciones de política fiscal, en la medida que son útiles para comprender la estructura del Impuesto al Rodaje. 1. Impuestos a l a gasol ina. En gran parte del siglo XX apreciamos que, en América atina, una de las prin cipa les fue ntes de fina nciamiento del Estado es el endeudamien to e!t erno . "an cos e!tr anj eros, enti dad es fina ncie ras inte rna cion ales tale s como el #ondo $onetari o Internacional % #$I, "anc o $undial, etc. presta&an ingentes cantidades de dinero a los países latinoamericanos para cu&ri r sus déf ici ts fis cal es ' par a fi nan ci ar la act i(i dad est ata l &)s ica *construcci+n de carreteras, etc. En los tramos finales del siglo XX, m)s e!actamente en la década del oc-enta, se consum+ una crisis financiera internacional *, en el sentido que los países po&res tenían cada (ez menos posi&ilidades para continuar con los crecientes pagos del capital e intereses que de&ían cumplir con sus acreedores. os países ricos reaccionaron, disminu'endo de modo mu' sensi&le sus flujos de préstamos para los países latinoamericanos. En este conte!to, los países po&res empezar on a prestar ma'or atenci+n a los ingresos tri&utarios. Al respecto, con(iene recordar que en el /erú de entonces e!istían altos ni(eles de e(asi+n tri&utaria e informalidad ', por otra parte, la Administraci+n 0ri&utaria era dé&il1 de tal modo que el pago de impuestos tales como el Impuesto 2eneral a las 3entas e Impuesto a la Renta ocurría de modo signif icati(o solo por par te de alg unas cuanta s grandes empresas. En suma los ingresos tri&utarios no eran de los m)s importantes para financiar la acti(idad estatal.  Así las cosas, una modalida d mu' especial de imposici+n a las (entas fue adquirie ndo particular importanc ia en el /erú, de&ido a sus altos índices de re ndimient o en rminos de reca ud ac i+n ef ec ti (a. 4e tr at a& a de los impuestos a la (enta del com&usti&le. En efecto, en aquellos tiempos e!istía una empresa de naturaleza estatal */E 0R5/ER6 que era la única aut or izada para pr oducir e imp ort ar 1

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impuesto a los rodajes y mas nada

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EL IMPUESTO AL RODAJE

Poltica Fiscal

Comenzamos por ciertas consideraciones de poltica fiscal, en la medida que son tiles para comprender la estructura del Impuesto al Rodaje.

1. Impuestos a la gasolina.

En gran parte del siglo XX apreciamos que, en Amrica Latina, una de las principales fuentes de financiamiento del Estado es el endeudamiento externo. Bancos extranjeros, entidades financieras internacionales tales como el Fondo Monetario Internacional FMI, Banco Mundial, etc. prestaban ingentes cantidades de dinero a los pases latinoamericanos para cubrir sus dficits fiscales y para financiar la actividad estatal bsica (construccin de carreteras, etc.)En los tramos finales del siglo XX, ms exactamente en la dcada del ochenta, se consum una crisis financiera internacional (1), en el sentido que los pases pobres tenan cada vez menos posibilidades para continuar con los crecientes pagos del capital e intereses que deban cumplir con sus acreedores. Los pases ricos reaccionaron, disminuyendo de modo muy sensible sus flujos de prstamos para los pases latinoamericanos. En este contexto, los pases pobres empezaron a prestar mayor atencin a los ingresos tributarios. Al respecto, conviene recordar que en el Per de entonces existan altos niveles de evasin tributaria e informalidad y, por otra parte, la Administracin Tributaria era dbil; de tal modo que el pago de impuestos tales como el Impuesto General a las Ventas e Impuesto a la Renta ocurra de modo significativo solo por parte de algunas cuantas grandes empresas. En suma los ingresos tributarios no eran de los ms importantes para financiar la actividad estatal.As las cosas, una modalidad muy especial de imposicin a las ventas fue adquiriendo particular importancia en el Per, debido a sus altos ndices de rendimiento en trminos de recaudacin efectiva. Se trataba de los impuestos a la venta del combustible. En efecto, en aquellos tiempos exista una empresa de naturaleza estatal (PETROPERU) que era la nica autorizada para producir e importar combustible para vehculos, de tal manera que este monopolio fiscal disminua de modo muy sensible las posibilidades de evasin del pago de los impuestos a la venta de combustibles.Adems el mercado de combustibles posea una demanda inelstica; esto es que dicha demanda era insensible al incremento del precio del combustible, sobretodo cada vez que se produca un aumento de las tasas de los impuestos a la venta de combustibles que formaban parte del referido precio. En trminos ms simples, la demanda se mantena a pesar que el precio de venta del combustible se elevaba por razn de mayores impuestos.

De esta manera, ante un incremento de las tasas nominales de los impuestos a la venta de combustible, era muy probable la coincidencia entre la nueva y mayor recaudacin proyectada y la recaudacin efectivamente lograda, garantizando un significativo alivio para enfrentar los constantes dficits fiscales de la poca.2. Concurrencia de impuestos a la venta de combustibles.

En el Per se ha optado por la alternativa que apunta a la coexistencia de varios impuestos independientes a la venta del combustible, para efectos de financiar a los diferentes niveles de gobierno.

2.1)Gobierno-Nacional

En la dcada del ochenta, a travs del Decreto Legislativo 190, vigente desde enero de 1982 , mediante el llamado Impuesto Selectivo al Consumo, se perfeccion la regulacin de ciertos impuestos a los consumos especficos que ya existan, para gravar entre otros casos- la venta del combustible en la etapa fabricante y etapa importador. La recaudacin de este impuesto constituye un ingreso directo para el Gobierno-Nacional.

2.2)Gobierno-Local.

Tambin en la dcada del ochenta, ms exactamente entre 1980 1985, el Per asisti al segundo gobierno del arquitecto Fernando Belande Terry. Un punto bsico de esta nueva gestin presidencial tena que ver con el fortalecimiento de los Gobiernos Locales.

Dentro de este orden de ideas, haba que robustecer el financiamiento de las Municipalidades. En esta lnea de pensamiento, el gobierno de Belande -mediante el Decreto Legislativo No 8 de 1981- estableci el actual Impuesto al Rodaje, pasando a formar parte de un grupo de impuestos a la venta de combustible para vehculos. Posteriormente, durante el primer mandato del Ingeniero Fujimori (1990 1995), a travs del Decreto Legislativo No 776 de diciembre de 1993, se aprob el texto de la llamada Ley de Tributacin Municipal LTM , manteniendo el referido tributo. La recaudacin de este impuesto constituye un ingreso directo para el Gobierno Local.

3. Impuesto-monofsico.

A lo largo del proceso de produccin y distribucin de combustible para vehculos, el Impuesto al Rodaje se aplica bsicamente en la etapa fabricante (refineras) y ste asume la calidad de contribuyente. En este sentido se puede sostener que nos encontramos ante un tributo monofsico.

Por otra parte, se entiende que el importador desempea el mismo rol que el fabricante: introduce productos en el mercado que van a ser objeto de comercializacin.

Por equidad, el importador debe recibir el mismo tratamiento tributario que el fabricante. En este sentido la importacin de combustible que se realiza en el Per tambin se encuentra afecta al Impuesto al Rodaje.

4. Imposicin-al-consumo.

En la etapa fabricante, la refinera calcula el Impuesto al Rodaje y dicho monto pasa a formar parte del precio de venta total que debe pagar el comprador.

Por otro lado, en la etapa mayorista y minorista, dicho tributo ms bien forma parte del costo y es trasladado, va precio, al comprador.

Consecuentemente -en la medida que el Impuesto al Rodaje tambin est incluido en el precio de venta minorista- el comprador (consumidor final) soporta la incidencia definitiva de la carga tributaria.

Desde esta perspectiva podemos sostener que el Impuesto al Rodaje constituye una modalidad de imposicin al consumo.

5. Principio-de-Retribucin.

En el Gobierno Nacional ,que por cuenta propia o mediante terceros a travs del sistema de concesiones , se encarga de la red vial troncal , como por ejemplo las carreteras.

Por otra parte , el Gobierno Local financia las pistas y dems vas que son propias solamente de su circunscripcin , a travs de las cuales transitan los vehculos . Por tanto, los usuarios de esta clase de infraestructura local deben cumplir con una retribucin a la Municipalidad , va el pago de impuestos. En la medida que el Impuesto al Rodaje forma parte del precio de venta del combustible en la etapa minorista, entonces los usuarios de las pistas, al adquirir el combustible en los grifos, cumplen con la indicada retribucin.

Por esta razn, el Impuesto al Rodaje constituye un ingreso directo para el Gobierno Local, en el entendido que se trata de financiar (retribuir) la actividad de la Municipalidad en materia de infraestructura vial.

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