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Importancia de la conservación voluntaria de predios en la Ciudad de México

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Importancia de la conservación voluntaria de

predios en la Ciudad de México

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CONSERVACIÓN DE PREDIOS EN LA CDMX

En la CDMX no existe como tal este esquema sin embargo, existes algunos mecanismos y

programas cuyos objetivos tiene similitud con el concepto de conservación de predios.

En la CDMX las áreas con alguna declaratoria de protección ambiental son las siguientes:

TIPO SUPERFICIE (ha)

AVA Barrancas 1125.86

AVA Bosques urbanos 900.80

Áreas Naturales Protegidas (Locales, federales) y

Reserva Ecológica Comunitaria (REC)

27,171.88 en toda la CDMX

(164.62 ha en suelo urbano)

Área Comunitaria de Conservación Ecológica (ACCE) 5150.79

Suelo de conservación 87,297.06

Total de superficies con algún decreto de

protección94,639.13 *

Superficie total de la Ciudad de México

148,569.03

(63% de la superficie de la

Ciudad cuenta con una

declaratoria de protección)

*En la sumatoria total sólo se sumó la superficie de ANP en suelo urbano ya que las ANP y REC que

están en SC están contabilizadas en la superficie de SC.

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ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS, REC Y ACCE

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Nombre Delegación Fecha de Decreto

Barranca Jalalpa Álvaro Obregón 28/11/2012

Barranca de Tarango Álvaro Obregón 22/07/2009

Barranca San Borja Álvaro Obregón 28/11/2012

Barranca Texcalatlaco Álvaro Obregón 28/11/2012

Barranca Guadalupe Álvaro Obregón 28/11/2012

Rio Becerra Tepecuache Álvaro Obregón 05/07/2007

Barranca Atzoyapan Álvaro Obregón 28/11/2012

Barranca Volta y Kotch Álvaro Obregón 28/11/2012

Barranca del Moral Álvaro Obregón 28/11/2012

Barranca Magdalena

Eslava Álvaro Obregón 28/11/2012

Barranca Mixcoac Álvaro Obregón 28/11/2012

Barranca Becerra

Tepecuache Secciòn La

Loma Álvaro Obregón 28/11/2012

Barranca Tacubaya Álvaro Obregón 28/11/2012

Vista Hermosa Cuajimalpa 05/07/2007

Barranca Echànove Cuajimalpa 21/12/2011

Barranca Las Margaritas Cuajimalpa 01/12/2011

Barranca Santa Rita Cuajimalpa 01/12/2011

La Diferencia Cuajimalpa 05/07/2007

Barranca Pachuquilla Cuajimalpa 01/12/2011

Barranca Mimosas Cuajimalpa 01/12/2011

Barranca Milpa Vieja Cuajimalpa 01/12/2011

Barranca Hueyetlaco Cuajimalpa 01/12/2011

Barranca El Zapote Cuajimalpa 16/08/2004

Barranca Coyotera

La Magdalena

Contreras 21/12/2011

Barranca Anzaldo

La Magdalena

Contreras 21/12/2011

Barranca Tecamachalco Miguel Hidalgo 23/12/2011

Barranca Bezares - El

Castillo Miguel Hidalgo 08/02/2012

ÁREAS DE VALOR AMBIENTAL CON CATEGORÍA DE BARRANCA

27 barrancas declaradas como AVA

(12 tienen plan de manejo)

Superficie total 1125.86 ha

Esta figura está reconocida en la Ley Ambiental y de Protección a la Tierra y su objetivo es conservar los

ecosistemas de barrancas (áreas verdes perturbadas y conservadas), que se encuentran en Suelo urbano, por

la importancia ambiental que tienen para la ciudad, principalmente como reguladores de las corrientes naturales

de agua en temporada de lluvias (evitando inundaciones e infiltrando al acuífero)

1er.

Decreto

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Nombre DelegaciónFecha de

Decreto

Bosque de Nativitas Xochimilco10/06/2010

Bosque de

ChapultepecMiguel Hidalgo 02/12/2003

Cerro Zacatepetl Coyoacán29/04/2003

Bosque de San Luis

TlaxialtemalcoXochimilco

04/08/2008

Bosque de San Juan

de Aragón

Gustavo A.

Madero 12/12/2008

Bosque de Chapultepec

Programa de Manejo (17 de Noviembre 2006)

6 bosques urbanos declarados como

AVA (sólo 1 tiene plan de manejo)

Superficie total 900.80 ha

ÁREAS DE VALOR AMBIENTAL CON CATEGORÍA DE

BOSQUE URBANO

Esta figura está reconocida en la Ley Ambiental y de Protección a la Tierra y su objetivo es conservar los

parques con grandes extensiones y muy arbolados que se encuentran en Suelo urbano, por la importancia

ambiental que tienen para la ciudad, principalmente por los SA que brindan a la población.

1ros.

Decreto

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28 Áreas declaradas (sólo 7 cuentan con programa de manejo)

Superficie total 27,171.88 ha (ANP federales locales y REC)

y 5,150.79 ha de ACCE.

ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS, REC Y ACCE

Id nombre delegaciónFecha de decreto

Tipo

1 La Loma Álvaro Obregón 20-04-10 Local

2 El Histórico de Coyoacán Coyocán 26-09-1938 federal

3 Desierto de los LeonesCuajimalpa y A.

Obregón 27-11-1917 federal

4 Insur. Miguel Hidalgo y Costilla Cuajimalpa y Edo Mex 18-09-1936 federal

5Corredor Biológico

ChichinautzinD.F y Morelos

30-11-88 federal

6 El Tepeyac GAM y Edo Mex 18-02-1937 federal

7 La Armella Gustavo A. Madero 09-06-06 Local

8 Sierra de Guadalupe Gustavo A. Madero 20-08-2002 Local

9 Cerro de la Estrella Iztapalapa 24-08-1938 federal

10 Cerro de la Estrella Iztapalapa 02-11-2005 Local

11 Sierra de Santa Catarina Iztapalapa Y Tlahuác 21-08-2003 Local

12 Sierra de Santa Catarina Iztapalapa Y Tlahuác 21-08-2003 Local

13 San Bernabé OcotepecMagdalena Contreras y

Álvaro Obregón 21-06-10 REC

14 San Nicolas TotolapanMagdalena Contreras y

Tlalpan 26-11-06 REC

15 Lomas de PadiernaMagdalena Contreras,

Álvaro O y Tlalpan 22-04-1938 federal

16 Bosque de las Lomas Miguel Hidalgo 10-08-94 Local

17 El Tepozteco Milpa Alta y Morelos 22-01-1937 federal

18 Bosque de Tlalpan Tlalpan 17-06-11 Local

19 Cumbres del Ajusco Tlalpan 01-12-09 federal

20 Ecoguardas Tlalpan 19-05-1947 Local

21 Fuentes Brotantes de Tlalpan Tlalpan 28-09-1936 federal

22 Los Encinos Tlalpan 01-12-09 Local

23Parque Ecológico de la Ciudad

de MéxicoTlalpan

28-06-89 Local

24 San Miguel Ajusco Tlalpan 16-11-10 REC

25 San Miguel Topilejo Tlalpan 26-06-07 REC

26Ejidos de Xoch. y San Gregorio

AtlapulcoXochimilco

08-12-06 Local

27Área Comunitaria de Conservación Ecológica Milpa Alta

Milpa Alta21-06-10

ACCE

28Área Comunitaria de Conservación Ecológica Santiago Tepalcatlalpan

Xochimilco 13-09-13 ACCE

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Figuras de ANP local reconocidas en la legislación

• Las Áreas Naturales Protegidas son zonas que por sus características ecogeográficas,contenido de especies, bienes y servicios ambientales que proporcionan a la población,hacen imprescindible su preservación.

• Son espacios físicos naturales en donde los ambientes originales no han sidosignificativamente alterados por las actividades antropogénicas (humanas), o querequieren ser preservadas y restauradas, por su estructura y función para la preservaciónde la biodiversidad y de los servicios ambientales.

• Reservas Ecológicas Comunitarias (REC) Con el objetivo de preservar zonas que aúnconservan buenas condiciones naturales y de generación de servicios ambientales, sincomprometer o modificar el régimen de propiedad de las tierras, se estableció desdeel año 2005 el Programa de Retribución por la Conservación de ServiciosAmbientales, por el que se otorga una retribución a los propietarios de los terrenos parapromover un esquema de coparticipación entre sociedad, gobierno y poseedores de losrecursos naturales, para la conservación de espacios naturales clave para la ciudad. Pormedio de este Programa se otorgan recursos para pago de brigadas de vigilancia yconservación, recursos para adquisición y/o mejoramiento de infraestructura y del área engeneral y la entrega de un incentivo anual por la conservación de los serviciosambientales.

• Áreas Comunitarias de Conservación Ecológica (ACCE)

A pesar de no ser una categoría de ANP, son áreas sujetas a un régimen especial de protección.

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ARTÍCULO 103 Bis 7.- Para apoyar económicamente a los núcleos agrarios que

determinen el establecimiento de Áreas Comunitarias de Conservación Ecológica, la

Secretaría formulará y publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Programa de

Retribución por la Conservación de Servicios Ambientales en Áreas Comunitarias de

Conservación Ecológica.

En dicho programa se establecerán los montos máximos y condiciones mínimas de las

retribuciones provenientes del Fondo Ambiental Público, para que los pueblos,

comunidades y ejidos realicen la administración, manejo, conservación y vigilancia de

dichas áreas, e incluirá el pago de estímulos por la conservación de los servicios

ambientales.

ÁREAS COMUNITARIAS DE CONSERVACIÓN ECOLÓGICA. Superficies del suelo

de conservación, cubiertas de vegetación natural, establecidas por acuerdo del

ejecutivo local con los ejidos y comunidades, en terrenos de su propiedad, que se

destinan a la preservación, protección y restauración de la biodiversidad y los

servicios ambientales, sin modificar el régimen de propiedad de dichos terrenos.

(Milpa Alta)

LEY AMBIENTAL Y DE PROTECCIÓN A LA TIERRA DEL

DISTRITO FEDERAL

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OTROS MECANISMOS

Otros mecanismos asociados al tema de conservación de

áreas en la CDMX son los siguientes:

• El fondo ambiental

• Reducción del Impuesto Predial

• La adopción de áreas verdes

• La Ley para la Retribución por la Protección de los Servicios Ambientales del Suelo de Conservación del Distrito Federal y su Reglamento (esta ley va ligada a la aportación de recursos para aquellas áreas que se declaren con Reservas Ecológicas Comunitarias –REC- o Áreas de Comunitarias de Conservación Ecológica –ACCE-)

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LEY AMBIENTAL Y DE PROTECCIÓN A LA TIERRA DEL

DISTRITO FEDERAL

ARTÍCULO 8°.- Corresponde al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en materia

ambiental, el ejercicio de las siguientes atribuciones: (…)

II. Establecer el fondo ambiental a que se refiere la presente Ley para la

investigación, estudio y atención de aquellos asuntos que en materia ambiental se

consideren de interés para el Distrito Federal;

CAPÍTULO VIII

DEL FONDO AMBIENTAL PÚBLICO

ARTÍCULO 69.- Se crea el fondo ambiental público cuyos recursos se destinarán a:

I. La realización de acciones de conservación del medio ambiente, la protección

ecológica y la restauración del equilibrio ecológico;

II. La vigilancia y conservación de los recursos naturales en Áreas Comunitarias

de Conservación Ecológica;

III. El manejo y la administración de las áreas naturales protegidas;

IV. La restauración y conservación, así como la elaboración de los programas de

manejo de las áreas de valor ambiental y de las áreas naturales protegidas de

competencia del Distrito Federal.

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CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ARTÍCULO 130.- El Impuesto Predial se calculará por períodos bimestrales, aplicando al valor

catastral la tarifa a que se refiere este artículo:

III. Tratándose de los inmuebles que a continuación se mencionan, los contribuyentes tendrán

derecho a una reducción del impuesto a su cargo:

1. Del 80% los dedicados en su totalidad a usos agrícolas, pecuario, forestal, de

pastoreo controlado, ubicados en el suelo de conservación, para lo cual deberán

presentar una constancia de dicho uso, emitida por la Secretaría del Medio

Ambiente, durante el ejercicio fiscal vigente, y siempre que en Tesorería se

encuentre registrado el uso que corresponda o en su defecto uso baldío, y

ARTÍCULO 291.- Las personas físicas o morales que inviertan de su propio patrimonio, para

realizar obras para la Ciudad de México, (…) parques, plazas, explanadas o jardines con

superficies que abarquen de 250 m2 hasta 50,000 m2., módulos deportivos, centros

deportivos, canchas a cubierto y módulos de vigilancia, o cualquier otra obra de interés social,

tendrán derecho a una reducción equivalente al 90%, respecto de las contribuciones

establecidas en el Capítulo IX en sus Secciones Tercera, Cuarta, Octava y Décima Tercera,

del Título Tercero del Libro Primero de este Código

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ARTÍCULO 296 BIS.- Las personas físicas que acrediten ser propietarias de inmuebles destinados a uso

habitacional que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos, tendrán derecho a la reducción del

Impuesto Predial que se especifica en cada caso:

I) de 25% a los que cuenten en su inmueble con árboles adultos y vivos o con áreas verdes no arboladas en su

superficie, siempre y cuando el arbolado o las áreas verdes ocupen cuando menos la tercera parte de la

superficie de los predios. En el caso de los árboles adultos y vivos deberán estar unidos a la tierra, y no a las

plantaciones en macetas, macetones u otros recipientes similares, y recibir el mantenimiento necesario de

conformidad con la normatividad ambiental.

II) de 10% a los que realicen la naturación del techo de su vivienda, siempre y cuando el sistema de naturación

ocupe una tercera parte del total de la superficie y cumpla con lo dispuesto en la Norma Ambiental 013 emitida

por la Secretaría del Medio Ambiente.

Naturación del techo de la glorieta de insurgentes

Para la obtención de las reducciones a que se refiere este artículo, los contribuyentes deberán presentar la respectiva constancia expedida por la Secretaría del

Medio Ambiente con la que acrediten que su inmueble cuenta con la constancia de preservación ambiental señaladas en los incisos I y II del presente artículo.

CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

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ADOPCIÓN DE ÁREAS VERDES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

http://www.sedema.cdmx.gob.mx/programas

Desde 2007 la Dirección de Reforestación

Urbana, Parques y Ciclovías, de la

Secretaría de Medio Ambiente (SEDEMA),

ejecutaba este programa, en el que se

convoca a los ciudadanos, empresas y

organizaciones civiles a “adoptar” por

mínimo un año las áreas verdes públicas

con el fin de darles mantenimiento y

mejorarlas.

La adopción de áreas verdes se realiza

mediante unas bases de colaboración,

como instrumento jurídico de este programa

y deben ser suscritas por los interesados y:

Las delegaciones (cuando se trate de

vialidades secundarias, parques,

jardines y jardineras).

La Dirección General de Servicios

Urbanos de la Secretaría de Obras y

Servicios, (cuando el área verde se

ubique en vialidades primarias)

La SEDEMA (cuando se ubique en un

Área de Valor Ambiental o Barranca en

suelo urbano; y los adoptantes).

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Este programa tiene cuatro grandes

beneficios para los ciudadanos ya

que:

1. Contribuye a mejorar el entorno

al recuperar un espacio público

abandonado y volverlo

accesible a la comunidad.

2. Pagan menos impuestos.

3. Verifican personalmente el

destino de un impuesto, al no

pagar el predial (o pagarlo con

descuento) y en su lugar invertir

en el mantenimiento de la zona

adoptada.

ADOPCIÓN DE ÁREAS VERDES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

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EJEMPLOS DE ADOPCIONES

El corporativo FEMSA-OXXO adoptó ocho mil 260.95 metros

cuadrados de áreas verdes ubicadas en el camellón de División

del Norte del tramo de Eje 5 Sur a Avenida de los Insurgentes.

Camellón adoptado

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EJEMPLOS DE ADOPCIONES

El corporativo FEMSA-OXXO adoptó ocho mil 260.95 metros

cuadrados de áreas verdes ubicadas en el camellón de División

del Norte del tramo de Eje 5 Sur a Avenida de los Insurgentes.

Camellón adoptado

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LEY PARA LA RETRIBUCIÓN POR LA PROTECCIÓN DE LOS SERVICIOS

AMBIENTALES DEL SUELO DE CONSERVACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL

17

Artículo 1.- Esta Ley (…) tiene por objeto establecer los mecanismos para retribuir a los

núcleos agrarios y pequeños productores del Suelo de Conservación, por la protección,

conservación o ampliación de los servicios ambientales que brindan a todos los habitantes del

Distrito Federal, así como para la realización de actividades productivas vinculadas al

desarrollo rural, equitativo y sustentable, acordes con la Ley Ambiental y el Programa General

de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal.

Artículo 5.- Los apoyos estarán dirigidos a actividades productivas y de conservación de los

recursos naturales tales como:

I. Vigilancia y conservación de las áreas decretadas con alguna figura de protección en los ejidos y comunidades

del Suelo de Conservación.

II. Vigilancia y protección de los recursos naturales en Suelo de Conservación.

III. Restauración ecológica de las zonas degradadas en el Suelo de Conservación.

IV. Promoción y realización de proyectos productivos que aprovechen de manera sustentable los recursos naturales

V. Fomento de la agricultura sustentable.

VI. Fomento de la comercialización de los productos agropecuarios y artesanales del Suelo de Conservación.

VII. Cuidado, conservación y fomento a la Chinampa

VIII. Fomento regulación y control de la actividad pecuaria mediante acciones que reduzcan sus impactos negativos

al medio ambiente y eviten el deterioro de los recursos naturales.

IX. Prevención y combate de incendios forestales.

X. Fomento de las actividades ecoturísticas.

XI. Fomento de las actividades de conservación de suelo y agua.

XII. Acciones para evitar el cambio de uso de suelo.

Artículo 6.- Los recursos destinados a los programas que den cumplimiento a esta Ley serán aplicados en apoyo a

los productores rurales, ejidos, comunidades, y sociedades de producción, usufructuarios legales del Suelo de

Conservación.

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DATOS DE INTERÉS

• Entre las REC y las ACCE se tienen 13000 ha y la ALDF

ha etiquetado 20,9 millones de pesos anuales para el

pago de retribución de SA (que se traduce en recursos

destinados para vigilancia, obras de conservación, etc.).

• El 15 de agosto de 2017 se realizó la Primera Sesión Ordinaria del

Consejo Forestal de la CDMX, en la cual se discutió el tema de los

montos asignados por ha inscrita en estos esquemas (REC-ACCE),

al respecto, uno de los acuerdos de la sesión fue que se solicitará

por medio de este consejo a la ALDF que se aumente el recursos

para este programa para aumentar el pago por hectárea.

18

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Conclusiones

19

Lo positivo.- Existen diversos mecanismos en la legislación de la CDMX que están

dirigidos a proteger, restaurar y conservar ecosistemas naturales y áreas verdes

públicas y privadas en todo el territorio de la CDMX (en buen estado o

perturbados). La mayoría de ellos tienen recursos etiquetados y en los últimos 15

años las gestiones institucionales lograron que las figuras de AVA y REC

aparecieran en la legislación y y se hayan decretado muchas ha.

El problema observado es que existe una falta de monitoreo por falta de las

autoridades para saber si la aplicación de estos mecanismos y recursos esta

siendo efectiva. Otro problema es que en aquellas figuras con declaratoria (AVA y

ANP local), no se han realizado los programas de manejo lo cual limita que se

puedan aplicar recursos para restaurar estos sitios.

Falta hacer difusión de estos programas e incentivos para que la población pueda

sumarse ya que cada vez son más participativos y comprometidos con la

conservación de las áreas verdes.

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POLÍGONOS CON DECLARATORIAS DE CONSERVACIÓN

EN LA CDMX

20

Es importante señalar que estos sitios presentan

asentamientos humanos irregulares (en muchos

casos con alto grado de consolidación); por ejemplo, en

el suelo de conservación, de acuerdo al inventario oficial

de AHÍ de 2011 se tienen los siguientes datos:

TIPO SUPERFICIE (ha)

AVA Barrancas 1125.86

AVA Bosques urbanos 900.80

Áreas Naturales Protegidas (Locales, federales) y

Reserva Ecológica Comunitaria (REC)

27,171.88 en toda la CDMX

(164.62 ha en suelo urbano)

Área Comunitaria de Conservación Ecológica (ACCE) 5150.79

Suelo de conservación 87,297.06

Total de superficies con algún decreto de

protección en la CDMX94,639.13

Por otro lado las ANP de orden federal son tan

antiguas que la mayoría de su superficie

(principalmente en la zona urbana) ya están

urbanizadas.

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ESTADÍSTICAS GENERALES DE ÁREAS VERDES EN EL SUELO URBANO (PAOT, 2009)

Delegación

Superficie

delegacional

Población Total

(2005)

Total de AV

(Arbolado +

pastos y

arbustos +

áreas

deportivas)

Arbolado

Pastos/

Arbustos y

áreas

deportivas

* Metros

Cuadrados de

Áreas Verdes

por Habitante

** Metros

Cuadrados de

zona Arbolada

por habitante

(Km2) No. habitantes (m2) (m2) (m2) (m2/hab) (m2/hab)

A. Obregón 61.01 653,232 17,417,312 12,525,360 4,891,952 26.66 19.2

Azcapotzalco 33.57 425,298 4,456,612 3,640,155 816,457 10.48 8.6

B. Juárez 26.77 355,017 2,953,281 2,860,400 92,881 8.32 8.1

Coyoacán 54.02 628,063 14,880,827 11,301,298 3,579,529 23.69 18.0

Cuajimalpa 16.32 101,740 3,340,302 1,706,630 1,633,672 32.83 16.8

Cuauhtémoc 32.49 521,348 3,662,124 3,165,789 496,335 7.02 6.1

G. A. Madero 75.26 1,143,147 9,654,424 5,660,407 3,994,017 8.45 5.0

Iztacalco 23.08 395,025 2,885,196 1,748,992 1,136,204 7.30 4.4

Iztapalapa 101.83 1,716,898 12,236,961 5,325,832 6,911,129 7.13 3.1

M. Contreras 13.39 177,336 2,928,436 2,439,091 489,345 16.51 13.8

M. Hidalgo 46.99 353,534 14,673,613 12,439,308 2,234,305 41.51 *35.2

Milpa Alta 0.00 0 0 0 0 0.00 0.0

Tlahuac 19.80 244,828 1,945,778 783,932 1,161,846 7.95 3.2

Tlalpan 48.12 472,552 11,079,734 9,038,890 2,040,844 23.45 19.1

V. Carranza 33.89 447,459 6,044,086 2,631,040 3,413,046 13.51 5.9

Xochimilco 22.49 201,008 4,741,031 2,790,732 1,950,299 23.59 13.9

Totales 609.03 7,836,485 112,899,717 78,057,856 34,841,861 14.41 10.0

*El índice verde se calculó tomando en cuenta sólo el arbolado total por delegación entre el número de habitantes; en Milpa Alta para población rural

** Este índice se estimó con el total de AV por delegación (pastos, arbustos y árboles) entre el número de habitantes).