il' !ii }op~ · ii '1 i1 tí :1i 1, i!i 10.-revocar de ofic'io ... entender en las...

30
il' !II I '11 ~ H~NORABLE CAMARA DE SENADORE,S I ENTREAlas' ". }op~ 1 " LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE Ríos SANCIONA CON FUERZA DE lEY: I ,1 '1 I 11 1 1 I I '1 1 I i NOMBRE DE lOS MINISTERIOS: '. ARTíCULO 1°.- Las funciones administrativas del Poder Ejecutivo en el Despacho de los negocios de la Provincia, estará a cargo de los siguientes Ministros Secretarios de Estado: ' 1 -De Gobierno y Ju~ticia. 2 -De Educación, Deportes y Prevención de Adicciones 3 -De Cultura y Com,unicación 4-De Economía, H<¡icienday Finanzas 5 -De Desarrollo SoCial 6 -De Salud r 7 -De Planeamiento,i Infraestructura y Servicios 8 -De Producción I 9 -De Turismo 10 -De Trabajo. I DESIGNACIÓN, REMOCiÓN Y SUPLENCIA DE lOS MINISTROS SECRETARIOS DE;ESTADO ARTíCULO 2°,- Los Ministros serán designados y removidos por decreto del Poder Ejecutivo. ARTíCULO 3°,- En caso de vacancia, ausencia, licencia o enfermedad, los Ministros Secretarios de Estado serán interinamente suplidos en el cargo por el titular de otra cartera que resuelva el Gobernador. INCOMPATIBILIDADES E INMUNIDADES DE lOS MINISTROS SECRETARIOS DE ESTADO . i ARTICULO 4°,- No podrán ser Ministros los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o afinidad con ~I Gobernador o con otro Ministro.

Upload: others

Post on 25-Aug-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

il'

!II

I

'11

~

H~NORABLE CAMARA DE SENADORE,SI ENTREAlas'

". }op~ 1

"

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE Ríos SANCIONA CON FUERZA DE

lEY:

I

,1

'1

I

11

11II

'1

1

Ii

NOMBRE DE lOS MINISTERIOS:'.

ARTíCULO 1°.- Las funciones administrativas del Poder Ejecutivo en el Despachode los negocios de la Provincia, estará a cargo de los siguientes MinistrosSecretarios de Estado: '

1 -De Gobierno y Ju~ticia.2 -De Educación, Deportes y Prevención de Adicciones3 -De Cultura y Com,unicación4 -De Economía, H<¡icienday Finanzas5 -De Desarrollo SoCial

6 -De Salud r

7 -De Planeamiento,i Infraestructura y Servicios8 -De Producción I9 -De Turismo10 -De Trabajo.

I

DESIGNACIÓN, REMOCiÓN Y SUPLENCIA DE lOS MINISTROSSECRETARIOS DE;ESTADO

ARTíCULO 2°,- Los Ministros serán designados y removidos por decreto delPoder Ejecutivo.

ARTíCULO 3°,- En caso de vacancia, ausencia, licencia o enfermedad, losMinistros Secretarios de Estado serán interinamente suplidos en el cargo por eltitular de otra cartera que resuelva el Gobernador.

INCOMPATIBILIDADES E INMUNIDADES DE lOS MINISTROS SECRETARIOSDE ESTADO

. i

ARTICULO 4°,- No podrán ser Ministros los parientes dentro del cuarto grado deconsanguinidad o afinidad con ~I Gobernador o con otro Ministro.

Page 2: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

2

"!i,1

;.

'

1

'!

r1bNORABLECAMARA DE SENADORESj

,,'

ENTRE RIOS

I1,1,111

I

ARTíCULO 5°,- El cargo de Minis,tro Secretario de Estado es incompatible concualquier otro cargo' electivo o cualquier otro empleo o cargo en la Nación o enotras Provincias, en, los Poderes ~egislativo o Judicial de la Provincia o en lasMunicipalidades, i ,

Se excluyen de esa incompatibilidad:a) Las comisiones y prestaciones honorarias y transitorias que encomiende la

Nación o lo~ Municipios" debiendo' estos ser aceptadas con el previoconsentimiento del Gobernador y con noticia a la Legislatura.

b) Representación de la Provincia en organismos nacionales ointerprovincial,es.

ARTICULO 6°,- Durante el desempeño de sus cargos, los Ministros no podrán'pertenecer ni ser' apoderados, representantes o asesores de empresasparticulares que exploten concesiones acordadas por los poderes públicos, niestar interesados en cualquier contrato o negocio o litigar en contra de losintereses de la NaciÓn, las Provincias o los Municipios.

I .!

ARTICULO 7°,- La ,violación a las disposiciones de los artículos precedentes,I

acreditada que sea, dará lugar a la inmediata remoción del Ministro, sin perjuiciode su responsabilidad civil y penal.,

ARTICULO 8°,- Desge el momerÜo en que presten juramento y hasta el ces'e desus funciones, los Ministros Secretarios. de Estado durante el ejercicio de lasmismas gozan de total inmuniéláé:Jen su persona en todo el territorio provincial, nopueden ser detenidos por autoridad alguna, salvo el supuesto de ser sorprendidosen la comisión flagrfmfe, de un delito, será de aplicación para el desafuero loestablecido en la Sección IV- Poder Legislativo- Capítulo Octavo de laConstitución Provincif:ll.

!

COMPETENCIA DE lOS MINISTROS SECRETARIOS DE ESTADO:

11

;i II

ARTICULO 9°,- El G9bernador de la Provincia será asistido en sus funciones porlos Ministros Secretarios de Estado, los que individualmente también tendrán lasresponsabilidades qye la Constitución y esta Ley les asignen en materia de sucompetencia y como integrantes del Gabinete Provincial.

ARTICULO 10°,- Es 'competencia de cada Ministro Secretario de Estado:

1.- Proponer al Poder Ejecutivo los objetivos, políticas y estrategias en los asuntosde su competencia, ejecutar y supervisar el cumplimiento de los planes,programas y proyectos aprobados.

Page 3: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

I

11

n

iI

f3

.,'-

J

.. II I

I !

~~

liONORABLE CAMARA DE SENADOR1SI ENTRE RIOS I

11I

,1

i

I

~

!1',.

I1

2.- Representar política, administrativa y parlamentariamente a sus respectivosDepartamentos, los que conjunta o separadamente les confíe el Poder Ejecutivo ya los fines de lo dispuesto en los artícul.os 116°, 169° Y 171° de la ConstituciónProvincial. '

3.- Refrendar con $US firmas los actos del Gobernador de conformidad a loestablecido en el Artículo 169° de la Constitución Provincial.

,

4.- Proyectar, pfomqver y sostener los mensajes y proyectos de Ley que el PoderEjecutivo someta a la Honorable Legislatura.

5.- Hacer cumplir las normas en materia de administración presupuestaria ycontable y preparar los proyectos de presupuesto de sus Departamentos.

I!I

':1

'¡I

¡,I

~

I

~'"'1

,11

6.- Acompañar con su firma el acto de la promulgación y asegurar la ejecución delas leyes cuya materia sea de sus'respeCtivas competencias, así como velar porel cumplimiento de 'los Decretos y disposiciones relativas a su despacho y deaquellas en que de~a intervenir juntamente con otros Ministros Secretarios deEstado. I

I

7.- Redactar la Mempria Anual que debe remitir a la Honorable Legislatura, segúnlo disponeel Artículo 172°de la Constitución Provincial. .

8.- Intervenir con p~evia autorización del Poder Ejecutivo en la celebración decontratos en repres~ntación del Estado y en la defensa de los derechos delmismoconformea las Leyes. '

9.- Expedirse por sí solo en todo lo referente al régimen interno de sus respectivosDepartamentos y dictar resoluciones de trámite, delegando funciones técnico-administrativas.

~,

,¡ii'1

I1

tí:1

I1,

I!I

10.-Revocar de ofic'io o a pedido de parte cualquier disposición dictada porI

funcionarios que dependan de su jurisdicción, cuando surja que tales

instrumentos transgrrdan normas legales,de fondo o de forma.

11.-Realizar toda otra actividad que le encomiende el Poder Ejecutivo en relaciónde afinidad. :

ARTICULO 11°.- Los Ministros Secretarios de Estado refrendarán con su firma en

acuerdo general o I parcial los actos administrativos dictados por el PoderEjecutivo, cuando las Leyes especiales as.ílo dispongan.<,.f

.

Page 4: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

i

4,",

.."r'

HONORABLECAMARA DE SENADORES

ENTRERIOS

i'l

I

I

1 ",

ARTICULO 12°.- LD'sDecretasen acuerdo, serán refrendados en primer términopor aquel a quien le compete el asunto o por el que lo haya iniciado y deinmediato por los demás, en el orden del Artículo 10 de la presente Ley y seránejecutados por el Ministro Secretario de Estado cuyo Departamento corresponda,,o por el que se designe en elacuerdo del mismo.

COMPETENCIA ESPECíFICA DE CADA MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO

'1

I

I'1

I

ARTICULO 13°.- El despacho de los asuntos que correspondan al Gobierno de laProvincia se distribujrá en la forma que a continuación se determina sin que estoimplique limitar las n¡¡ateriasde la competencia de los respectivos Departamentosde Estado, y sin perjuicio de las que surjan de la naturaleza propia de los asuntosque conducen:

1°) MINISTERIO DEiGOBIERNO y JUSTICIA:

1.- Mantener las relaciones con la Nación y las otras Provincias, los Municipios ylas Comunas.

I~

'11 '1;

:1

'11

'1"ii;1

:1

2.- Entenderen las relacionescon el Poder Legislativo,refrendar los actos quedispongan la prórroga de Sesiones Ordinarias y la Convocatoria a SesionesExtraordinarias de la Honorable Legislatura, recepcionar y remitir a ésta losProyectpsde Ley or'

¡

ginadOSen el Poder Ejecutivo, así como también ordenar eltrámite pp~stituciona de las Leyes sancionadas por la misma y la Convocatoria a

la Conve,npiónyonst!tuyente,

3.- Entender el régimen legal de los partidos políticos y, de conformidad alrégimen electoral provincial, en la convocatoria, cumplimiento y garantía de losprocesos electorales.

4.- Entender en las relaciones con la Iglesia Católica Apostólica Romana y con losdemás cultos reconocidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de laNación, garantizandq la libertad religiosa de todos los habitantes de la Provincia yentender en las relaciones con el Cuerpo Consular acreditado en la Provincia ycon los diplomáticos en tránsito o de visita en ésta.

5.- Entender en las relaciones en materia dE!seguridad con las Fuerzas Armadasy de Seguridad Nacionales, interviniendo en representación del Poder Ejecutivoen los asuntos que hacen a la Defensa Nacional.

.'

Page 5: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

5

¡¡ONORABLE CAMARA DE SENADORES

1

1

'

I~

11

11

11

11

,!

I1

ENTRE RIOS,,-

"

6.- Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales,particularmente en lo relativo al Se",icio de Policía y al Servicio Penitenciario,refrendando los actqs emanados del Poder Ejecutivo referentes a la organización,régimen y funcionamiento de estos, así como también de los establecimientoscorreccionales, carcelarios e instituciones de reeducación de penados y en laasistencia a las víctimas de delitos,

l.-Entender en las relaciones con el Poder Judicial.

8.- Refrendar los actos del Poder Ejecutivo en temas relacionados con lasfunciones propiasd~1Consejode la Magistraturade la Pro\(inciade EntreRíos.

9.-Refrendarlos actos emanados del Poder Ejecutivorelacionadosa los derechosdel Hombre y sus garantías, así como también con la reglamentación de losderechos de reunión,peticióny asociación.

10.- Refrendar los i actos emanados del Poder Ejecutivo relacionados a laorganización y funcionamiento. de los Registros Públicos y al ejercicio de laSuperintendencia del Notariado, a la registración de todos los actos y hechos queden origen o modifiquen el estado civily la capacidad de las personas, así comotambién a la cOQcesión Y retiro de la personería jurídica, control ysuperintendencia de :Ias personas de existencia ideal.

11.- Entender en lo'relativoa la organizacióny funcionamientode la estructuraadministrativadel Estado, así como también en lo concerniente a su reforma yperfeccionamiento.

12.- Entender en lo relativo al funcionamientode los Colegios y ConsejosProfesionales.

13.- Entender en lo relativo al manejo de los automotores oficiales y demásmedios de transporte para uso oficialy por la comunidad y en el uso de la RedPresidencialde Comunicaciones.

":1

11

" I

¡

i!

~,1

i,

14.- Entenderen lo atinente a la custodia personal del Gobernador, Diplomáticos,Funcionarios Extranjeros que con conocimiento oficial estén en el territorioprovincialy de funcionariosNacionalesy Provincialescuando así se disponga, asícomo también respebo de la seguridad de la Casa' de Gobierno. Refrendar losactos del Poder Ejecutivorelacionados con sus viajes y los asuntos que losmismos promuevan.

Page 6: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

J

6

.~

.,

ONORABLE CAMARA DE SENADORr;:S

ENTRE RIOS

111

I ,15.- Entender en la promoción, 'asistencia y organización e intervenir en lafiscalización y régimen de instituciones 'tales como cooperativas, mutualidades,fundaciones, asocia9iones y cooperadoras.

16.- Entenderen todo lo relativoal Tránsito y la SeguridadVial, coordinandosulaborcon la Nacióny los Municipios.

17.- Intervenir en todo lo relativo a la división política y administrativa de laProvincia y representar al Poder Ejecutivo en todas las cuestiones referentes alímites interprovinciales, entendiendo particularmente en las relaciones políticas yadministrativas con los Municipios así como también en los asuntos relacionadoscon las Comunas. "

18.- Refrendar los actos emanados del Poder Ejecutivo en lo atinente al despachooficial y gestión administrativa de la Gobernación, los relacionados con losasuntos del Gobier¡;1ode la Provincia en Ciudad Autónoma de Buenos Aires

incluyendo aquellosl relacionados con la administración. y el personal de laDelegación del Gobi~rno de la Provincia en la misma y los actos relacionados conel Ente Región Centro.

19.- Refrendar los actos emanados del Poder Ejecutivo relacionados con laactividad desarrollada por la Unidad Ejecutora Provincial (UEP).

20.- Asesorar y asistir al Poder Ejecutivo en los áspeCtos 'específicos de susfunciones y respecto de otros asuntos que especialmente se le encomienden.

2°) MINISTERIO DEADICCIONES:

EDUCACiÓN, DEPORTES Y PREVENCiÓN DE

1.-Elaborar articuladamente las políticas educativas, promoviendo yprofundizando lo relacionado con el acceso, permanencia, reingreso y egreso delos servicios educativos. '

2.- Entender en la orientación de los servicios educativos teniendo en cuenta ladiversificación de carreras acorde al desarrollo provincial,.

!. i .

3.- Entender en acciones tendientes a promover la alfabetización y a disminuir ladeserción escolar en coordinación con las demás áreas del gobierno.

I, .

4.- Entender en la elaboración y ejecución de planes de educación sanitaria para]

la población escolar en coordinación con los Ministerios de Salud y DesarrolloSocial.

,,1],.

I

1¡ ]]

Page 7: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

, (

1

I

1, . i

~ONORA8LE CAMARA DE SENADOR~S

ENTRE RIOS

5.- Participar en los planes de capacitación y formación lab'oral conjuntamente conlos ministeriosque correspondan. . .

1 1

5.-Entender, cuandb corresponda,en la materia propia del Consejo General deEducación. ., .

7.-Entender e intervenir en lo relacionadocon las actividadesespecíficas.de laUniversidad Autónoma de Entre Ríos - UADER;ello en el marcodel contenidodelas previsiones del Artículo 259 de la Constitución Provincial.

! .I

8.- Entender en todq lo relacionado con el deporte y la recreación en coordinacióncon los organismos, públicos y privados de la actividad, como instrumento de

educación, socializapión y organización comunitaria.

9.- Entender en la identificación de conductas adictivas y sus causas; establecerpolíticas de prevención en articulación cOn los entes guber~amentales nacionales,provinciales o municipales y en coordinación con organizaciones de la soci.edadcivil, cuando así resultase posible.

"1

I1

:1

I..1

1

'.1

I

Ii

10.- Coordinar, la asistencia al enfermo con los organismos gubernamentalesespecíficos sean de' jurisdicción nacional, provincial o municipal y, cuando así loconsidere necesario con aquellas instituciones oficialmente reconocidas.

11.- Asesorar y asistir al Poder Ejecutivo en los aspectos específicos de susfunciones y respecto de otros asuntos que especialmente se le encomienden.

12- Refrendar los actos del Poder Ejecutivo relacionados con los aspectosespecíficos de sus f~nciones

3°) MINISTERIO DE CULTURA y COMUNICACiÓN:

1.- Adoptar, formular y diseñar las políticas, planes, programas y proyectos queatañen a la potenciación, democratización, desarrollo y mejora del sector cultural yI .de las comunicaciones reconociendo la diversidad cultural, la reafirmación de laidentidad, el respeto por los Derechos Humanos, el fortalecimiento de lacooperación y su consideración como instrumento dinamizador de desarrolloeconómico y de coh~sión social.

Page 8: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

8k~1i

~

~I~ONORABLECAMARADESENADORES

~ ENTRERIOS

'.!I

2.-Entender en la i planificación y ejecución de estrategias orientadas a lapromoción y difusión de todas la~ manifestaciones artísticas y culturales, en elregistro, administración, conservación y defensa del patrimonio artístico, histórico ycultural de la Provincia así como también en el fomento, protección, administracióny fiscalización de' Bibliotecas, Museos, Orquesta Sinfónica y PatrimonioArqueológico. .

3.-Promover y fomentar los programas relacionados con la promoción, protección ydifusión de la música, la danza, el cine,elteatro, y otras disciplinas artísticas desdesus servicios centrales o desde sus centros de producción, exhibición,documentación y formación como instrumentos industriales dinamizadores deldesarrollo social, y productivo de:,~aProvincia.

Ii

4.- Entender en los' actos de carácter patriótico, efemérides, feriados, asuetos,custodia de emble'mas, monumentos .y símbolos nacionales, provinciales yextranjeros, así comp el emplazamiento de monumentos.

(¡i

5.- Entender en todo lo concerniente a la comunicación pública como espaciodesde donde se de,finen y discuten los,asuntos de interés público, y por tantofuente de desarrollo social, cultural y económico de las personas.

i

5.-Entender en la formulación, ejecución y control de la política de comunicaciónque permita comunicar los actos del Gbbierno provincial a fin de proyectar laimagende la ProvinCiaen el ámbitointernoy externo. .

11

11

,7.-Producir y difundir el accionar, las políticas, los mensajes y las gestiones delPoder Ejecutivo Provincial, coordinando y supervisando! la difusión que se realicepor medio de las. demás áreas de prensa de la Administración Central,Descentralizaciones Administrativas, Autárquicas, Empresas y/o Sociedades delIEstado.

8.-Entender en todo lo que respecta a la imagen corporativa del Gobiernoprovincial. i

~

9.-Entender en todos los asuntos'que directa o indirectamente involucren la imagenI

del Superior Gobierno de la Provincia ge Entre Ríos, Administración Central,Descentralizaciones Administrativas, Autárquicas, Empresas y/o Sociedades delEstado. .

1D.-Diseñar la estrategia publicitaria y controlar su cumplimiento, interviniendo en elinicio de las actuaciones administrativas referentes a la comunicación publicitariadel Poder Ejecutivo Provincial, Administración Central, Descentralizaciones

Page 9: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

-.¡. I'"

9

i

pNORABLE CAMARA DE SENADORES'11 :

ENTRERIOS

'1"

I

Administrativas, Autárquicas, Empresas y/o Sociedades del, Estado concerniente alo establecido por el Artículo 14 de'la Constitución Provincial~

~l

íll

I

, I

11.-Promoverla cooperación mutua del Gobierno y toda institución social, cultural,económica y del tercer sector E;)ntanto estos son efectores de contenidos y cumplenun rol fundamental! en comunicar al gobierno con losl entrerrianos y a losentrerrianos entre sí,:constituyendo un elemento de cohesión social, de articulacióncomunitaria y de conformación de la identidad cultural.

12.-Articular y coordinar acciones, proyectos y planes con la Autoridad Federal deServicios Comunicación Audiovisual a los [efectosde promover la aplicación integraly plena de la Ley W 26,522 de Servicios d.eComunicación Audiovisual.. "

'!I'

13.-Articular y gestionar políticas asociadas a las comunicaciones con accionesque se impulsen desde el Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales.

14.-Desarrollár y coordinar las acciones que resulten necesarias a los efectos deinstrumentar el Plan: Nacional de Telecomunicaciones "Argentina Conectada",cuya finalidad primordial es la democratización del acceso a la información y lascomunicaciones.

'11

.~

I¡I

11

15.-Promover el establecimiento de una cultura de la tecnología de la información ycomunicaciones en la Provincia incentivando la oferta.y la demanda de informacióny de contenidos, así como la masificación del uso de la tecnología de la informacióny comunicaciones en,las diversas actividades de la vida cotidiana, con el propósitode contribuir a satisfacer las necesidades de los ciudadanos y a un mayordesarrollo social y productivo de la Provincia.

11 I

16.-Refrendar los actos del Poder Ejecutivo relacionados con las competencias deeste Ministerio.

17.-Asesorary asistir al Poder Ejecutivo en los aspectos específicos de susfuncionesy respecto~e otrosasuntosqueespecialmentese le encomienden.

I

4°) MINISTERIO DE jECONOMíA, HACIENDA y FINANZAS:

1.- Entender en la~ políticas de desarrollo, promoción y orientación de lasactividades económicas y financieras de la Provincia.I . .

I

2.- Entender en I~ coordinación, adecuación y evolución de las políticaseconómicasy financibrasnacionalesa nivel provincial.

I1,

Page 10: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

10

e"

/'

,/"

HONORABLE CAMARA DE SENADORES

ENTRE RIOS

'1

II

3.- Entender en la planificación, obtención, coordinación, 'análisis y evaluación delservicio de estadística y' censos provinciales mediante la elaboración,implementación, análisis y, difusión de un sistema que abarque el conjunto deactividades económipas y sociales de la FTrovincia. e

i '

4.- Evaluar el impacto sobre la economía'local de los cambios en el contextonacional,efectuandoel seguimientode I~coyunturalocal ~ nacionaly elaborandoindicadores e informes periódicos que permitan evalué)r el desempeño de laeconomía provincial.

5.- Entender en la' elaboración del proyecto de Presupuesto General de laProvincia sobre la base de los objetivos y políticas provinciales y acorde con laspolíticas de desarrollo de orden nacional y regional, con intervención de losdemás Ministerios y ~ecretarías en el área de sus respectivas competencias.

iI

6.- Ejercer la supervisión y control en cuanto al cumplimiento de las metas yobjetivos contenidos'en el Presupuesto Provincial, en materia de erogaciones, derecursos y de financiamiento.

1 ,

7.- Entender en los planes de acción y presupuesto de las Sociedades del Estadoy/o entidades, vinculadas orgánicamente a su competencia.,

1'

1

'1!

iII!,le

11

!I'

~I

:1

':

8.- Ejercer la superintendencia y coordinación del Sistema de Tesorería.

9.- Enter;¡der e:n,el IRégimen Tributario Provincial, y en la administración delsistemal

.

,

,[

de recaudación.I I I

10.- Intervenir en todo lo vinculado con las relaciones y, negociaciones con losorganismos financieros nacionales e internacionales de crédito, en lo relativo a laobtención de los financiamientos y/o uso de crédito.

11.- Entender en todo lo relativo a la administración de la Deuda Pública.

12.- Coordinar con la ContaduríaGeneral de la Provincia las acciones de sucompetencia. I

13.- Entender en lo; atinente a la organización y administráción del RegistroCatastral de la totalidad de los bienes inmuebles.I

I

14.- Entender en el régistro y control de los inmuebles de propiedad fiscal.I,

Page 11: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

r-I

I1

I

I!

'j

1

"

.

.

,

oNoRABLE CAMARA DE SENADORESIl'i, ENTRE RIOS, -- I!I

I 15.- . ~n.tender en Ip atinente al ~régimen ~e coparticipación provincial ~,Iosr¡ Municipios y Comunas, del producido de' los Impuestos que recaude la Naclon yI de los de origen Proyincial. I

,11

16.- Entender en ~OdOlo vinculado a los aspectos fiscales, económicos yI financierosen la 'relaciónentre el Gobierno,Provincial,IQsGobiernos Municipales

y Comunales.

11

17.- Entender en la~ relaciones con Organismosdel Estado Nacionalen materiaeconómica y financiera.

i

18.- Ejercer la representación Provin,cial ante Organismos Federales y/oInterestatales con competencia en materia financiera, presupuestaria y tributaria.

I

19.- Entender en la organización y ~plicación del régimen de contrataciones delEstado. . .

" "

20.- Entender en la¡ elabora'cióri y aplicpción de la Política' Salarial del SectorPúblico, coordinando la participación de otros Ministerios y/u organismo, cuandocorresponda. '

21.- Entender en el, desarrollo y administración del sistema de liquidación dehaberes del personal: del Estado.

22.- Intervenir y participar en la. elaboración de las reglamentaciones ydisposicionesde los estatutos de los agentes públicos.

: "

23.- Intervenir en todo lo inherente al desarrollo, implementación y administraciónde los sistemas informáticospara la administraciónpública.'

I24.- Entender en la capacitación actualización y perfeccipnamiento de los agentesde la administración pública en coordinación con los demás Ministerios ySecretarías.

li1I

i¡'\:1,

~'

J

25.- Entender en la: evaluación de las tendencias de la economía provincial,nacional e internacio~al, a los efectos de participar en el,planeamiento estratégicode las políticas provinciales. "

26.- Asesorar y asi~tiral Poder Ejecutivo en los aspectos específicos de sus

funciones y respecto ¡deotros asuntos que especialmente se le encomienden.

Page 12: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

-- '- --- --,-,----- -.- '_h___,- ,-, --"-"'.--'.'.-"-'--'--h'."'- ."-'-~-"- , ,---' "----

,1,

12

,,IONORABLE CAMARA DE SENADORES

I

ENTRERIOS,,'

-1

i!!

5°) MINISTERIO DEi DESARROLLO S.OCIAL:1

1.- Promover, orientar y coordinar la participación, colaboración y asistencia de lasociedad civil con e,1Estadó, en la elaboración y ejecución de tales políticas, conel objeto de propiciar un Pacto para.el desarrollo provincial.

2.-Entender en el desarrollo local, .regional, social, familiar y humano,reconociendo a 10Slmunicipios y comunas su rol de promotores del desarrolloterritorial endógeno, articulando 1~~laboración y ejecución de planes estratégicosque fortalezcan la autonomía mur)i~ipal :Yel asociativismo regional, para lo cualcoordinará estrategias y acciones,con los entes que ter1Qancomo fin el desarrolloregional. . :, ,.

i,1

1I

!1

1''1

1

1I

, ',3.-Fomentar la economía social y la socio-producción mediante la capacitación, .financiamiento y asistencia técnica .~ los emprendedores, microempresarios y lostrabajadores indeperdientes.

i '

4.-Diseñar y ejecutar en coordinacióncon los entes espycíficos, los planes decontingenciapara in~erveniren casode emergenciasocial.

5.-lnstruir y promover la creación y sostenimiento de mecanismos que garanticenel acceso a la vivien~a social digna y/o su mejoramiento.

5.-Diseñar y ejecutar políticas de protección y fortalecimiento de la familia,reconociéndola como núcleo fundamental de la sociedad y base de la comunidadorganizada, priorizando la protección de los derechos de aquellas que seencuentran en situación de mayor vulnerabilidad social, desde el embarazo y lamaternidad hasta la !ancianidad, promoviéndo la movilidad social ascendente.

7.- Entender, refrendar e intervenir er¡ todo lo referente a la promoción yprotección de los derechos de los niños', jóvenes y adolescentes, interactuandoen forma primaria a través 'de este Ministerio, el Consejo del Niño, el Adolescentey la Familia.

I

8.-Promover la igualdad real de oportunidades para mujeres y varones y laequidad entre los géneros, reconociendo el valor social del trabajo en el ámbito

del hOgar.¡9.- Entender, refrendar e interveni" en los actos y las política de inclusión de laspersonas con capacidades dife~entes, especialmente en la igualdad de derechosy oportunidades y SLlinserción 'en la sociedad, interactuando en forma primaria através de este Ministerio, el ¡Instituto Provincial de Discapacidad.! .¡ .

Page 13: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

13

JONORABLE CAMARA DE SENADORES

ENTRERIOS

11

i ' . ,le

1O.-Participar en la elaboraciÓne implementación de acciones para la eliminacióndel trabajo infantil y !Ias inequidades que.afectan a los col~ctivos más vulnerablesde trabajo. i' ,

11.- Establecer la ~olítica Alimentaria yla educación nutri,cional, promoviendo elautoabastecimiento' comunitario,priorizando la situación de las personas enriesgo social.

111

12.- Intervenir y orientar la distribuci,ón de subsidios a personas que seencuentren en situación de vulnerabilidad.

~.

13.-Asesorar y asistir al Poder'EjecutiVo en los aspectos específicos de susfunciones y respectq de otros asuntos que especialmente se le encomienden enel marco de su competencia. '

1[,i

6°) MINISTERIO DE: SALUD:!

1.-Entender en todo lo relacionado con la salud como derecho humanofundamental y sus :determinantes, para lo cual deberá ejercer la rectoría delsistema sanitario.

2.- Entender en todo lo inherente al estudio, proyecto y aplicación de la políticasanitaria de acuerdo a los objetivos' y estrategias sanitarias nacionales yprovinciales, en la promoción y creación de condiciones adecuadas para laprevención, protección, recuperación y rehabilitación de la salud física y mental,atendiendo la administración de los establecimientos sanitarios de la Provincia.

I

!':

1

!,'1" I

3.- Entender en el contralor de la calidad de la atención médica y hospitalariabrindada por los entes públicos y privados en todo el territorio de la Provincia,ejerciendo el poder de policía sanitaria en los establecimientos, equipos,instrumentos y productos vinculados con la salud.

4,-Entender en la coordinacjón de'los servicios de salud nacionales, provinciales,municipales y privados, en la promoción y cooperación técnica entre los mismos ycon los organismos ipternacionales de la especialidad.

5.-Entender en la organización, fiscalización, dirección y habilitación de losestablecimientos sa'nitarios públicos y privados, llevando el registro de losmismos, "

,"

..

Page 14: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

14

i

I i

~ONORABLE CAMARA DE SENADORJSil

l

~

'11

"él" .',';::,;,;.'.~:::'. .

.'ENTRE RIOS

. I

11

1I

6.- Entender en la c:ompra de alimentos,medicamentós, material de curaciones yafines, instrumental médico y de laboratorio, muebles sanitarios, aparatos einstrumentos de us~ médico, bromatológico y de laboratorio en general.

7.-Entender en la creación, control yfisc~lización económica, financiera y médicade los Programas Sanitarios. ' ' .

8.-Entender en la actividad, control y¡¡fiscalizaciónde lo relacionado con laactividad de las cooperadoras hospit~lar!as.

1 .9.-Entender en la el~boración de normas reglamentarias de medicina del deporte,en coordinación con' el área específica.

," I I

10.- Entender e intervenir en los planes de educación sanitaria, en la promoción,elaboración y aplicación de las medidas de profilaxise higiene de la poblaciónescolar conjuntamentecon el ConsejoGeneralde Educación.I 1,,

I

11.- Entender en ellcontrol bromatológico y establecer condiciones sanitarias dela producción, elaboración, conservación, circulación y expendio de los productosalimenticios en coordinación con el Ministeriode la Producción.

, .

11 ,

12.- Participaren la blaboracióny ejecuciónde programas integradosque cubrana los habitantes de .la Provinciaen casÓ de enfermedad, accidentes de trabajo,vejez, invalidez, muerte, cargas de familiay otras contingencias de caráctersocial.

I '

13.- Entender en la promoción y protección de la vida, la seguridad y la salud enel ámbito laboral. ! '

14.- Asesorar y asi~tir al Poder Ejecutivoen los aspectos específicos de susfunciones y respecto de otros asuntos que especialmente se le encomienden enel marcode su competencia.

I

7°) MINISTERIODE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA y SERVICIOS:1 . . .

I .1.- Intervenir en toda'cuestión relativaa Iqs procesos de planeamientoestratégicoy al desarrollo de objetivos de mediano y largo plazo conducente al desarrolloequilibrado, sostenible y sustentable en los aspectos socioeconómicos,territoriales, ambie~tales, infraestructurales, institucionales, productivos yhumanos.

Page 15: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

- 1i

15

," ,

.'1I

i

HONORABLE CAMARA DE SENADORESiIIENTRE RIOS

, ,

2.- Participar en el diseño de políticas, planes sectoriales, programas operativos ymacro proyectos de 'inversión pública, con un enfoque estratégico y participativo yun horizonte plurianual.

1

3.- Coordinar y sintetizar la participación provincial en los procesos deplanificación de escala nacional, regional, Intraregional, microregional, urbana ybarrial, con énfasis; en los aspectos territoriales, ambientales, poblacionales eI I

infraestructurales. : ¡

4.- Planificar la totalidad de I<!infraestructura de redes, equipamiento ydotaciones, elaborar y mantener abfu,alizado el banco de proyectos de inversiónpública, priorizar la cartera de proyeetos,'servicios públicos esenciales y obras enmateria de transporte, comunicaciones, energía, vivienda, recursos hídricos,saneamiento, vialidad, educación, salud, seguridad, gobierno, contención social,cultura, deporte y medio ambiente, en coordinación con cada una de las áreasrespectivas. '

1

I

5.- Entender en la ¡planificación, programación, diseño, proyección, ejecución,inspección, supervisión y conservación de las obras públicas provinciales onacionales delegadas.. , en tanto que las mismas sean ejecutadas por OrganismosJ

de la Administración Pública centralizadas que actúen bajo la órbita de sudependencia. I .. . .

L,;6.- Ejercer la fiscalización administrativa y la conducción técnica de las obraspúblicas en jurisdicción provincial,.a través de los Organismos de su dependenciay en tanto que los mismos sean financiadgs por el Tesoro Provincial.

I

~ '1,'1t,1,

I1,I,

1:

7.- Entender en todo lo inherehte a estudios, proyectos, uso, ocupación,construcción, ampliación, remodelación, reparación y demolición de todos losedificios públicos provinciales y n~cionales en proceso de transferencia dominial ala Provincia.

8.- Entender en la detinición de uso, utilización y ocupación de los inmuebles depropiedad o tenencia provincial, como así también en la adquisición de tierra parala ejecución de obras públicas.

!9.- Entender en las 'instancias eje estudio, planificación, proyecto, construcción,operación, mantenimiento, explotación y control de obras sanitarias, agua potable,desagües cloacales,:desagües piuviales"efluentes industriales, obras hidráulicas,obras de defensa contra inundaciones, obras de control de erosiones, obras parasistematización del! riego, o~rqs de exploración y explotación de aguas

Page 16: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

-, -"-f

..,- ,- --- - --" -,-- ,u " m- -- ------------

16

,'10.

'IONORABLE CAMARA DE SENADORES

ENTRERIOS

subterráneas, obras ¡denavegabilidad, y obras complementarias y afines, en tanto Ique las mismassear¡ejecutadasp,orlos 9rganismosdesu dependencia. "1"; ~ t "

10.- Entender en las instancias de estudio, planificación,. proyecto, construccién,operación, mantenimiento, explotación - y control de los servicios" decomunicaciones y telecomunicacionesprovinciales, en concordancia con lacompetenciaespecíficaestablecidaen el Ministeriode Gobiernoy Justicia.

I

11.- Refrendar los actos del Poder Ejecutivo referidos a la planificacion,ordenamiento, coordinación, contralor y gestión del sistema de tf'ansportemultimodal de pasaj~ros y cargas":; auto,motor, ferroviario, fluvial y aéreo - y losrelacionados a las instancias de estudio, planificación, proyecto, construcción,operación, mantenimiento, explotación y control de obras portuarias,aeroportuarias, de estaciones terminales de trenes y ómnibus, paradores yapeaderos, de centros logísticos de trapsferencia de cargas, de obras viales, .,

obras ferroviarias, obras de navegabilidad y obras complementarias y afines.

12.- Entender en los actos del Poder Ejecutivo relacionados con el estudio,planificación, proyecto, construcción, operación, mantenimiento, explotación ycontrol de obras energéticas, ya sean eléctricas, gas natural, hidroeléctricas,hidrocarburíferas, termoeléctricas y de fuentes de generación alternativas, talescomo bio masa, fotovoltaicas, termo solares, eólicas, y de hidrógeno entre otras,en coordinación con las áreas específicas.

13.-Entender en las instancias de planificación, programación, proyecto,construcción y contr¿1 de obras. residenciales, complejos habitacionales, centros

comunitarios y veci~ales y obra's complementarias y afines, en tanto que lasmismas sean ejecutatias por Orgc1ulismosde la órbita de su dependencia.

, - o,.

14.- Refrendar los acto$ del Poder Ejecutivo referidos a la planificación y diseñode las políticas ambientales, en el ordenamiento ambiental y territorial, en lapreservación y mejoramiento del ambiente natural y construido y en la defensa dela calidad de vida de la población. :,

'1

1

;

15.- Impulsar, a través del organismo provincial específico, la puesta en marchade un sistema integrado de mo.nitoreoy evaluación de las actividades que afectenal ambiente, así como la realización de la evaluación de impacto ambiental detoda obra de infraestructura, activídad productiva o de servicios.

"¡i I, 16.- Entender en la 'elaboración o reformulaciónde los marcos e instrumentos

jurídicos, legales y ndrmativos necesarios' para llevar adelante las funciones de lacartera. -~ '

Page 17: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

17

1

1

:.~. i

JONORABLE CAMARA DE SENADOR~S

I ENTRE RIOS 'I1

,,,' ./

.17.- Participar en los estudios, relevamientos de datos y proyectos vinculados ala topografía, hidrografía, geomorfología, soporte natural y ambiental, así como enla elaboración de sistemas de informaciQn georeferencia,dos, cartografías urbanoy rural, censos y servicios estadísticos 'relacionados con el planeamiento físicoterritorial, en concordancia con la competencia específica establecida en elMinisterio de Economía, Hacienda y Finanzas.

# "18.- Entender en la aprobación de la programación y gestión, así como en elseguimiento, control y evaluación de resultados de todos los organismos de sudependencia, relacionados con la ejecución de obras públicas, la prestación deservicios públicos y el uso racional y aprovechamiento de los recursos naturales.

'!I I

1

19.-Participar en la coordinación de acciones y gestiones con organismosnacionales, regional~s e internacionales,' tanto sean públicos, privados o mixtos,relacionados con I~ planificación, el désarrollo integral, la asistencia técnica,científica y financi~ra, la cooperación horizontal y la innovación tecnológicaaplicada a obras, servicios y ambiente, en la medida que en las mismas tenganincumbencias los Or~anismos del ámbito 'de su competencia.1

20.-Refrendar los actos del Poder Ejecutivo relativos al mantenimiento, reparacióny uso de los bienes muebles e inmuebles y proporcionar los servicios generalesque fueran necesarios, para lo que dependerá de este Ministerio la Dirección deServicios Generales.!

I !

I

I

21.-Asesorar y asistir al Poder Ejecutivo en los aspectos específicos de susfunciones y respecto de otros asuntos que especialmente se le encomienden enel marcode su competencia. '

8°) MINISTERIO DE PRODUCCiÓN:

1.- Asistir al Poder! Ejecutiv~~n el diseño e implementación de las políticaspúblicas necesarias: para' impu1~ar el desarrollo sustentable y territorialmenteequilibrado de la actividad económica provincial. '

i, .

~~1I;1¡j,1

.1l'!I1

l'

I

2.- Promover la div~rsificación e integración de la estructura económica de EntreRíos, tendiendo a i~crementar la creación de valor agregado en la Provincia,apuntando a una distribución justa del excedente económico entre los diversoseslabones de las distintas cadenas, de, modo de favorecer la acumulación decapital y la incorporación de tecnología en la totalidad de las empresasintegrantes de las mismas.

I~

Page 18: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

18

, '

ONORABLE CAMARA DE SENADORES

ENTRE RIOS

3.- Fomentar la articulación~entre el sector científico-tecnológico y el, sectorproductivo de la Prc;>vincia,con vistas a'facilitar la incorpo'ración de tecnología entodo el tejido productivo, apuntando a incrementar la capacidad de innovación delas empresasentrerrianas. '

4.- Entender e intervenir en el diseño,' planificación, coordinación y gestión depolíticas de innova~ión y desarrollo científico y tecnológico, con el objetivo depromover un desarrollo sostenibl,e basado en el conocimiento y en la expansiónde las capacidades innovadoras',y crea,tivas de la sociedad entrerriana y en lasrelaciones con los actores del sistema de innovación, ciencia y tecnología de laProvincia. ¡

I

i

11.

5.- Intervenir en la promoción de herrarpientas e instrumentos para el desarrollode estructuras organizativas e infraestructuras de apoyo al desarrollo de lainnovación, en parti,cular en la temática de incubadoras de empresas, parques ypolos científicos- tecnológicos.

6.- Entender en la coordinación .éJ~las gestiones, proyectos, convenios y acuerdosnacionales e internacionales en Il)ateriade innovación, ciencias y tecnología, enespecial los vinculados al MERCOSUR.,

i7.-Generar y administrar instrumentos de financiamiento de la actividadeconómica, fomentando especialmente los mecanismos que permitan canalizar elahorro interno hacia la inversión productiva en la F?rovincia. Intervenir en lacoordinación, gestión, evaluación y asesoramiento de las políticas financieras ycrediticias orientadas a los sectores económicos que generen crecimiento ydesarrollo de los cOl)1ponentesde las cadenas de producción y servicios.

I1

8.-Fomentar las exportaciones provinciales, tendiendo a incrementar,el valoragregado por unidad de producto exportado y ampliar la base empresarialexportadora. Promover la radicación de inversiones de alto impacto en ladinámicaproductiva'de la Provincia.

I

9.- Acordar, coordinar y ejecutar las políticas y programas nacionales vinculadoscon la actividad productiva y comercial.

11

!~ !i

]

II

10.- Entender en el! diseño, aplicación y ejecución de políticas que impulsen laconservación y uso de los recursos naturales, tales como flora y faunaautóctonas, aguas ,superficiales, recursos forestales, mineros, suelos y áreasnaturales protegida~, en coordinación con las demás áreas específicas.

, I'II,

Page 19: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

19

I

ONORABLE CAMARA DE SENADORES ,,-,,"

ENTRE RIOS,X',

'11

," I

!

11- Propiciar, a través del organismo provincial específico, la preservaciónambiental del patrimonid' natural y cultural, así como de la biodiversidad,

. procurando el desarrollo sostenible de-las actividades antrópicas,, .'I

12.- Coadyuvar coh los, Municipios para la implementación de estrategias dedesarrollo local, atendiendo a la situaci,ón integral de la Provincia. Promover laformación de áreas y parques industriales, a los efectos de obtener ventajas deescala y aglomeraci,óny un manejo sus'tentable de los aspectos ambientales.,

]

13.- Entender en la ejecución de políticas tendientes a orientar, informar, educar ydefender a los consumidores y usuarios en el marco de las leyes de LealtadComercial, Metrología Legal, Defensa del Consumidor, Abastecimiento, Agio yEspeculación. '

11 i

14.- Intervenir en programas sobre electrificación rural, obra pública, caminos,ferrocarriles, gas, puertos y en general en lo referido a la infraestructura yservicios, en todo lo concerniente a los aspectos vinculados con la producción.

I,.15,- Celebrar acuerdos interinstitucionales con persona~ jurídicas de derechopúblico o privado, nacionales o extranjeras para llevar a cabo acciones de Utilidadcomúnen el ámbitoeconómicoproductivo. '

16.- Establecer ám,bitos de estudios y crear equipos interdisciplinarios con laparticipación de entidades académicas y técnicas para la determinación de costosy resultados y otra información relevante para el análisis del aparato productivo y

. comercial de la Provincia,

17.-Diseñar e implementar registros de productores primarios, industriales ycomerciales a los efectos de servir de base para las políticas productivas,

I

18,- Establecer políticas de atención de las situacionesde emergenciaque sesuscitenen los diversossectores.

19.-Refrendar los actos emanados del Poder Ejecutivo vinculados alordenamiento y fiscalización de las actividades desarrolladas en el complejoagropecuario,industrial,minero,comercialy de servicios.

I'! 20,-Refrendar los actos emanados del Poder Ejecutivo vinculados a la promocióndel comercio exteri9r y las relaciones económicas con entidades y organismosprovinciales, nacionales e internacionales.

I1'

Page 20: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

I

j

11 '

TONORABLECAMARADESENADORESENTRERIOS

21.-Refrendar los, actos emanados del Poder Ejecutivo vinculados a lafiscalización de la i producción vegetal y animal, como en lo referente a losrecursos naturales,!la biodiversidad, la caza y pesca, tanto industrial, comercial odeportiva.

22.- Refrendar los actos emanados del Poder Ejecutivo vinculados al ejercicio deI .' .

la policía sanitaria qnimal, vegetal, industrial y comercial, tendiente a resguardar lacalidad,higienee i~ocuidadde los alimentos. .

23.-Refrendar los actos emanados del Poder Ejecutivo vinculados alordenamiento de la legislación sobre la estructura agraria y establecer estrategiassobre el destino de la tierra pública.!.

9°) MINISTERIO DE TURISMO:I '

1.- Entender en la elaboración de la política turística del Poder Ejecutivo Provincialcon el fin de pla~ificar, programar, promover, capacitar, preservar, proteger,generar inversión y: fomentar el desarróllo en el marco del Plan Estratégico deTurismo Sustentable (PEDTS), la ejecución de las acciones resultantes de lamisma y aquellas eQ1ergentesde la propia competencia.

2.- Entender en la presentación al Poder Ejecutivo Provincial, de los planes ypropuestas en materia de infraestructur? física, de aquellas acciones necesariaspara la ejecución de políticas turísticas dirigidas al fomento de la actividad y de losproyectos integrales de emprendimientos turísticos q'ue por cuya incidenciaeconómica, laboral; social, recreativa, cultural y/o de actividades conexas einversión sean pasibles de ser incorporados al régimen de promoción establecidomediante la Ley N° 9.946, a través de su declaración específica de interésprovincial.

i .. !

3.- Entender en la planificaciónde la propuesta del ordenamientoterritorial enmicroregiones,regiones,zonas,corredores,circuitos,rutasy áreas de recreacióny/o esparcimiento I adyacentes a éstas u otra que se establezcanreglamentariamente, en concordancia con las respectivas autoridadesmunicipalesy comunalesy en el marcode sustentabilidaddel desarrolloturístico.

4.- Entender en la expedición de la declaración de municipios y comunasturísticas, 'conforme su con9ición de tales establecida reglamentariamente en elCapítulo 11de la Ley N° 9.946.

ílI~

:1'

20

\..,.

~,

Page 21: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

21

1 ¡

~ONORABLECAMARADESENADORES

::,,~:.~. ~..'",,c':

ENTRE RIOS

\11

5.- Entender en el, impulso de la puesta en valor, desarrollo y fomento de laprotección y conser;vación del patrimonio turístico, cultural, histórico, paisajístico,natural, costumbrista, ambiel)tal y ecalógico, en coordinación con los organismosnacionales, provinci,ales, municipales y cpmunales competentes.

'i6.- Intervenir en la determinación de obras de infraestructura básica que directa oindirectamente sirvan o se destinen para el aprovechamiento turístico, enarticulación con el ~inisteriocon competencia específica er el área.

.,,

7.- Entender en la promoción de la inversión turística, relacionada con lasactividadesdel sector públicodestinada~al estudio,evaluacióny certificacióndeproyectos de inversión turística, así como de todas aquellas actividadesdestinadas a la captación de inversipnistas o capitales de interés para eldesarrolloturísticoprovincial. '

, ,.8.- Entender en el 'estímuloy desarrollodel turismo respecto de convenciones,eventos y actividades deportivas, culturales, científicas, artísticas, religiosas,recreativas,de salud,de producciónu otras,quese realicenen la Provincia.,

;1'

9.- Entender en la determinación de los requerimientos de formación ycapacitaciónde la demanda laboraly profesionaldel sector turístico e interveniren la implementaciónde planesde formacióny capacitación.l'

!

,¡!"

10.- Entender en el apoyo de las acciones de capacitación de los trabajadores yprofesionales que participan en el sector público y el privado en relación directacon el turismo y en especial con la prestación de servicios turísticos, en todos susniveles y modalidades, en coordinación con los organismos e institucioneseducativas que corresponda.

I 11.- Velar por el r~sguardo del turista o visitante, mediante el contralor de losservicios turísticos e impulsando acciones orientadas a la formación de concienciaturística y entender en el fomento de la gestión de calidad de destinos, recursos yatractivos turísticos. i

I12.- Entender en el impulso de' la creación de delegaciones u oficinas de turismo,en coordinación con:los respectivos municipios y comunas.I '

, 1

13.- Entender en el :ordenamiento, reglamentación, registro, certificación y control

de las actividades ¡desarrolladas por los prestadores turísticos qUé no fueranreglamentadas o de ,competencia nacional.

ij

,11rl,jl11,1il

] 1

Page 22: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

~ --, , , ,-, '. .'-' -- -- - "-h'-' --- -.,-, ,., -O._h_'" -- ,".""

22

11 I

ONORABLE CAMARA DE SENADORfSl

',/

ENTRE RIOS

I

II

r

14.- Entender en ,a generación de un Registro para las actividades que seencuentren reglamentadas y en el otorgamiento de las licencias, permisos oautorizacionesprev,stas en la legislaciónturísticaprovincial.

i 'I ',

15.- Entender en 'la determinación de cánones, contribuciones o derechos,I

aplicables a los bienes turísticos de la Provincia y en la aplicación y ejecución delrégimen sancionatorio previsto en la leyN° 9.946.

!

16.- Entender en la administr~".óndel Fondo Provinc.ialde Turismoy en lapromoción, gestión" coordinació'~,;y disposición de la realización de todas lasacciones necesari9s para la int~graciónplena de sus recursos económicos yfinancieros conferidps por la Ley N° 9.946., "

17.- Entender en el fomento del establecimiento de líneas de crédito para laconstrucción de alojamientos turísticos, I,¡:iimplementación'de servicios, transportee infraestructura destinada al turista.' , '

'11!

.18.- Entender en el incentivo del desarr,ollo de pequeñas; industrias y artesaníasque tengan por final,idadla producción de bienes de consumo turístico.

!

19.- Presidir la Comisión Provincial de Turismo - cO.PRd.TUR-creadamediantela Ley N° 9.946 Y el Comité Interinstitucional de Facilitación Turística - CIFAT -creado mediante la Ley N° 9.946 e impulsar la conformación de un ConsejoTurístico como entidad colegiada representativa del conjunto de los actores de laactividad turística.

I I20.- E~tender en el ¡desarrollo de todas las funciones que surjan de su misión, lascomplém~ntarias dé la misma, las necesarias para su administración interna y lasque fije el Señor Gobernador.

11'

21.- Entender en el dictado de las resoluciones y demás actos administrativos deefectos particulares 10génerales que hubieren lugar en materia turística.

22.- Refrendar los, actos emanados del Poder Ejecutivo relacionados con eldesarrollo turístico de la Provincia y demás de su competencia específica.

10°) MINISTERIO DE TRABAJO:

¡:I!

'~

¡

1.- Proteger, impulsar y promover el empleo y el trabajo decente.

2.- Difundir la legislación laboral, controlando el efectivo cumplimiento de lanorma.

Page 23: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

'i

,I

'1:'ti

23

'11

ONORABLE CAMARA DE SENADORES

ENTRE RIOS

'iI

I

I

3.- Entender en todo lo atinente a las relaciones laborales en el ámbito público yprivado. .

4.- Entender en el, desarrollo de las políticas públicas c;ie empleo y seguridadsocial. '

5.- Intervenir en lo atinente a las relaciones entre el capital y el trabajo, en laprotección integral del trabajador, en el ejercicio de la Policía del Trabajo y en lapromoción y perfeccionamiento de la Legislación Laboral, actuando en carácter deárbitro en los asuntos laborales que por ley correspondan y/o que los paresvoluntariamente le sometan.

6.- Participar conjuntamente con el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzasen la elaboracióny aplicaciónde la PolíticaSalarialdel Sector Público. '

7.- Participar en la elaboración de las reglamentaciones y disposiciones de losestatutos de los agentes públicos, en coordinación con el Ministerio de Economía,Hacienda y Finanzas.

8.- Intervenir en la promoción del pleno empleo y en la conformación decooperativas de trabajo en coordinación con el Ministerio de la Producción.

9.- Entenderen la promocióny p,rotecciónde la vida, la seguridad y la salud en elámbito laboral. :;

'. ',~. '

10.- Asesorar y asistir al Pode{'Ejecutivo en los aspectos específicos de susfunciones y respecto de otrosa~Untosgue especialmente se le encomienden.

I\¡,

.,

11.- Intervenir en las políticas de promoción, dirección y organización de políticaspúblicas para generar empleo d~cente, propiciando estrategias de capacitaciónlaboral ajustadas a la demanda de trabajo y las potencialidades provinciales yapoyando la formación' de emprendedores, microempresas y emprendimientosasociativos. ". ' ,

\;

12.- Intervenir en la promoción del pleno empleo yen la conformación decooperativas de trabajo en' cóordinación con el Ministerio de la Producción yejecutar los planes de fomento y empleo que se implementaren.

!

13- Auspiciar el desarrollo y la formación de la fuerza Ikboral de la Provincia,fomentando la incorporación de empleo calificado y debidamente registrado, deI " , '" :

, .

Page 24: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

. I

10NORABLE CAMARA DE SENADOR'rS, I

ENTRERIOS

modo de increment\3r la productividad laboral, la calidad y ¡cantidadde los puestosde trabajo. I

'" ,

14.- Intervenir en lo atinente a las relayiones entre el capital y el trabajo, en laprotección integral ~el trabajador, en el ejercicio de la Policía del Trabajo y en lapromoción y perfeccionamiento de la Legislación Laboral, actuando en carácter deárbitro en los asuntos laborales que por Ley correspondan y/o que los paresvoluntariamente le: sometan en coordinación con el Ministerio de Economía,

Hacienda y Finanzar; y resolver los .asuntos derivados de la Seguridad Social.

15.- Entender en el:desarrollo de todas las funciones que surjan de su misión, lascomplementarias de la misma, las neces'arias para su administración y las que fijeel Señor Gobernador.

'!

11

16.-Refrendar los actos del Poder Ejecutivo en temas relacionados con el trabajoy la seguridad socia!.

il

¡

¡IjIl'II

,,DE lAS SECRETARíAS DE lA GOBERNACiÓN

ARTICULO 14°,- Las tareas necesarias para posibilitar la actividad delGobernador serán atendidas por las siguientes Secretarías quedando, en su caso,facultado p'ara modificar o reasignar las competemcias:' .

1°) Secretaría General y de Relaciones Institucionales.

2°) Secretaría Legal' y Técnica.

3°) Secretaría de Gestión Pública.

4°) Secretaríade la Juventud. ,

!111.:1

~

1: I

j'1

ARTICULO 15°,- Los Secretarios colaborarán en forma directa con el

Gobernador, bajo su exc.lusiV~..g~?,ndencia.

ARTICULO 16°,-. El Poder EieE;~tivodeterminará las funciones específicas decada Secretaría de ila Gobernación y podrá, en su caso, disponer la creación,supresión o 1T!0dificaciónde 1as mismas. Asimismo podrá crear, modificar y/o

suprimir SubsecretaríasyOrganismos de menor jerarquía.

ARTICULO 17°,- Lob Secretarios de la Gobernación encargados del despacho dela cuestión que se trate, visarán los mensajes, actos administrativos y proyectos

!

a .

24

'l

. ,

Page 25: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

, !i Iii

di

.

25

I

ONORABLE CAMARA DE SENADORES

ENTRE RIOS

I

de ley que origineh y serán responsaBles de los actos 'que proyecten, los quelegalicen con sufir'Tla y en los que int~rvengan dentro de ~u competencia.

'DE lAS SECRETARíAS MINISTERIALESI

ARTICULO 18°.- E~tablécense ','assiguientes Secretarías Ministeriales:

1°) En el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia: I

Secretaría de JusticiaSecretaría General

,",

2°) En el ámbito ,del Ministerio fe ~ducación, Depqrtes y Prevención deAdicciones: ¡ ,.1 r'

Secretaría de luch~ contra las Adicciones (SElCA),1

3°) En el ámbito del Ministerio de Cultura y ComunicaciónSecretaría de Cultura.f ,Secretaría de Comunicación

1

1

,1

I '

4) En el ámbito del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas:Secretaría de HaciéndaSecretaría de Presupuesto y Finanzas

, "5°) En el ámbito d~1Ministerio de Desarrollo Social:Secretaría de GestiónSecretaría de Economía SocialSecretaría de Desarrollo Humano y Familia

I

6°) En el ámbito del Ministerio de Salud:Secretaría de SaludSecretaría de Gestión

j!

I

¡

I

7°) En el ámbito d~1 Ministerio de p,laneamiento, Infraestructura y Servicios:Secretaría de Obras y Servicios PúblicosSecretaría de EnergíaSecretaría de Transporte' ,

8°) En el ámbito del Ministerio de la ProducciónSecretaría de Ambiente '

Secretaría de Producción Primaria

Secretaría de Industria, Comercio y Planificación del DesarrolloI

Page 26: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

26

," I

'~ONORABLE CAMARA DE SENADOR'ES

J ENTRERIOS/

l Secretaría de RelaCiones Institucic1nales

9°}En el ámbito del Ministerio deTurismoSecretaríade Turismo .10°}En el ámbito del Ministerio de TrabajoSecretaríade Trab~jOy SeguridadSocial'

. .El Poder Ejecutivo podrá además, dentro de la órbita de los Ministerios,

crear Secretarías, Subsecretarías y Organismos de menor jerarquía.,.j

ARTICULO 19°.- Los Secretarios Ministeriales asistirán, bajo su dependencia alMinistro en la conducción y <:Jecisión de los asuntos generales de sudepartamento. . . .

ARTICULO 20°.- Los Secretarios Ministeriales serán responsables de los actosque proye¡cten, los que legalicen con su' firma y en los' que intervengan dentro desu competencia. i i

i :i . .. 1: :

DE lAS SUBSECRETARíAS YOTROS ORGANISMOS

ARTICULO 21°.-Lo's Subsecretari~s secundarán al Ministro Secretario de Estado,, ,. . .Secretario de la Gobernación:)Q,'Sécretario Ministerial en el desempeño de susfunciones,en las distintasramasclecada Departamentoo Area. .

I ". .

ARTICULO 22°.-LbS Subsecretarios serán, asimismo, responsables de los actosque proyecten, los que legalicen con su firma y en los que intervengan dentro desu competencia. .

DE lOS ORGANISMOS QUE SE RELACIONAN CON El PODER EJECUTIVO

ARTICULO 23°.- Se relacionarán con el Poder Ejecutivo:

En forma dirécta: iFiscalíade Estado .

Escribanía Mayor de GobiernoComisión Administr~dora Fondo Especial de Salto GrandeUnidad Ejecutora Provincial (U.E.P.),

A través del Ministerio de Gobierno y Justicia:Policía de la Provin9ia

Page 27: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

f....

ONORABLE CAMARA DE SENADORES

ENTRERIOS

Instituto de PromocIón Cooperativa y MutualidadesDirección General del Servicio PenitenciarioConsejo de la Magi¡5tratura

27

,A través del Ministerio de Educación, "Deportes y Prevención de AdiccionesConsejo General de EducaciónUADER i .

," I

1

11

r

A través del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas:Caja de Jubilacion~s y Pensiones de Entre RíosContaduría General de la Provincia'Instituto Autárquico' Provincial del SegurpTribunal de Cuentas .Ente Túnel Subfluvi,al"Silvestre Begnis - Uranga"

A través del Ministerio de Desarrollo Social:Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la FamiliaInstituto de Ayuda F¡inancieraa la Aéción SocialInstituto Provincial de Discapacidad

I

!I

.¡J

jI1

¡11

A través del Ministerio de Salud:Institutode ObraSocialde la Provinciade EntreRíos

A través del Ministerio de Planeemiento, Infraestructura y Servicios:Ente de Control y R,egulaciónde Aguas TermalesEnte de Control de TelecomunicacionesDirección Provincial de VialidadInstituto Autárquico,de Planearniento y ViviendaInstituto Portuario"

I

Ente Autárquico Pu~rto IbicuyEnte Autárquico Puerto Concepción del UruguayEnte Autárquico Pu~rto DiamanteEnte Autárquico Puerto La Paz- Márquez

i

!:1

.i''1."~

~

¡

!, I

11

A través del Ministerio de la Producción:Instituto de Control pe Alimentos y Brom~tología

I '

1 .

A través de la Secretaría General y de'Relaciones Institucionales:Ente Región Cent~o, Representación del Gobierno de Entre RíosFederal. '

"en Capital

Page 28: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

ffl"

1"28

Ii

IIONORABLE CAMARA DE SENADOR~S

ENTREAIOS IiI

IARTICULO 24°.- ~acúltase al Poder Ejecutivo para rpodificar la EstructuraOrgánica funcional de las dependencia$ que integran los distintos Ministerios ySecretarías así como transferir persqnal, cuentas y bienes a efectos deadecuarlos a sus fines, objetos y materias señaladas en la presente.

I

ARTICULO 25°.;' cierógase la Ley N°' 9.958 Y toda. otra disposición legal oreglamentaria que tdtal o parcialmente se oponga a la prese. nte ley.1" . .

'11

ARTICULO 26°.- L9 presente Lr,y entrqrá en vigencia el día de su publicaciónoficial.. " . ..

D. MAURO 0.. URSecretario>

Honorable CámaEntre

ARTICULO 27°.- Comuníquese, etcétera.

PARANÁ, SALA DE SESIONES, 16 de diciembre de 2011.I .i

II i

r

I

'1'1'/11

Page 29: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

LEY 10093 - DE MINISTERIOS - Boletín Oficial Artículo 18º - Modificado por Decreto Nº 520/11 GOB

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Gobierno y

Justicia

Ministerio de Economía, Hacienda y

Finanzas

Ministerio de Planeamiento,

Infraestructura y Servicios

Ministerio de Desarrollo Social

Ministerio de Producción

Ministerio de Salud

Sec. Gral. y de Relaciones

Institucionales

Secretaría Legal y Técnica

Secretaría de la Juventud

Secretaría de Gestión Pública

Secretaría General

Secretaría de Justicia

Secretaría de Presupuesto y

Finanzas

Secretaría de Hacienda

Secretaría de Desarrollo Humano y

Familia

Secretaría de Obras y Servicios Públicos

Secretaría de Producción Primaria

Secretaría de Ind., Comercio

y Planif. del Desarrollo

Ministerio de Cultura y

Comunicación

Ministerio de Turismo

Ministerio de Educación, Deportes

y Prev. Adicc.

Ministerio de Trabajo

Secretaría de Lucha contra las Adicc.

Secretaría de Comunicación

Secretaría de Cultura Secretaría de

Economía Social

Secretaría de Gestión

Secretaría de Salud

Secretaría de Gestión

Secretaría de Energía

Secretaría de Transporte

Secretaría de Ambiente

Secretaría de Relaciones

Institucionales

Secretaría de Turismo

Secretaría de Trabajo y Seg.

Social

Secretarías de la Gobernación

Dirección General de Personal

Page 30: il' !II }op~ · ii '1 I1 tí :1I 1, I!I 10.-Revocar de ofic'io ... Entender en las relaci,ones con las Fuerzas de Seguridad Provinciales, particularmente en lo relativo al Se",icio

LEY 10093 - De los Organismos que se relacionan con el Poder Ejecutivo - Boletín Oficial Artítuculo 23º - Modificado por Decreto Nº 520/11 GOB

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Gobierno y

Justicia

Ministerio de Economía, Hacienda y

Finanzas

Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios

Ministerio de Desarrollo Social

Ministerio de Producción

Ministerio de Salud

Fiscalía de Estado

Escribanía Mayor de Gobierno

Ente Región Centro

UADER

UEP

Instituto Provincial de Discapacidad

COPNAF

CAFESG

Policía de la Provincia CGE

Inst. Autárquico Provincial del Seguro

Contaduría General

Caja de Jubilaciones y Pensiones de E. Ríos

Ente de Control y Reg. Aguas Termales

ICAB

Inst. de Prom. Cooperativa y Mutualidades

Consejo de la Magistratrura

Dirección Gral. del Servicio

Penitenciario

Tribunal de Cuentas

Ente Túnel Subfluvial

IAFAS

Instituto Portuario

Ente Aut. Pto. Ibicuy

Casa de Entre Ríos

IOSPEREnte de Control de Telecomunicaciones

DPV

IAPV

Ministerio de Educación,

Deportes y Prev. Adicc.

Sec. Gral. y de Rel.

Institucionales

Ente Aut. Pto. C. del Uruguay

Ente Aut. Pto. Diamante

Ente Aut. Pto. La Paz - Márquez

Ministerio de Cultura y

Comunicación

Dirección General de Personal