iii. pliego de condiciones - madrid.es
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III. PLIEGO DE CONDICIONES
SUMARIO
PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
NORMATIVA
NORMATIVA DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
MEDIDAS PARA LA CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN
VARIOS
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 2
PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES.
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 3
PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES.
El presente Pliego de Condiciones responde a las características del proyecto de Restauración y
Rehabilitación de la capilla del Museo de Historia de Madrid y en particular a lo recogido en el
“PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS
DE EJECUCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES DE 1999”, aprobado por el pleno del Excelentísimo
Ayuntamiento de Madrid en la sesión celebrada el 23 de Diciembre de 1998, o en su caso, el Pliego
vigente en el inicio de las obras.
Madrid, octubre de 2013
El Arquitecto Juan Pablo Rodríguez Frade
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 4
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 5
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES 1. CUMPLIMIENTO DEL REAL DECRETO 1627/97, DE 24 DE OCTUBRE, POR EL QUE
SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN
El adjudicatario estará obligado a cumplir el Real Decreto 1627/ 97 y los procedimientos señalados en los siguientes apartados:
- Presentará antes del inicio de las obras, y en un plazo no superior a 15 días desde que recibe la notificación del acuerdo de Adjudicación del Contrato, UN PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el ESTUDIO DE SEGURIDAD que figura en el Proyecto.
- EL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO será sometido para su aprobación, previo informe del Departamento Técnico Municipal correspondiente, al Órgano de contratación que haya adjudicado el Contrato.
2. COMIENZO DE LA OBRA Y ACTAS DE COMPROBACIÓN DE REPLANTEO:
Una vez que se haya comunicado a la Empresa la adjudicación de las obras y ésta haya cumplimentado los trámites de consolidación de la Fianza, firma del Contrato, aceptación y aprobación del Plan de Seguridad presentado, se procederá a efectuar la comprobación del replanteo de la obra.
El Acta de Comprobación de Replanteo se firmará en un plazo no superior a quince días, dando comienzo las Obras al día siguiente de su firma.
Las obras se ajustarán al Proyecto redactado por el que suscribe, que se entregue al Contratista por la Dirección Facultativa, más las instrucciones complementarias o detalle que pudieran realizarse en el transcurso de la obra.
3. LIBRO DE ÓRDENES
El Contratista tendrá un Libro de Órdenes en la obra, según el modelo homologado, para que la Dirección Facultativa dé sus instrucciones complementarias y demás aclaraciones, que por su importancia estime conveniente, además de las efectuadas de forma verbal.
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 6
La Empresa Adjudicataria debe de disponer, para la organización o ejecución de las obras, de un Técnico de grado superior con experiencia en obras de rehabilitación de edificios, a las órdenes de la Dirección Facultativa.
4. MEDIDAS DE SEGURIDAD
El Contratista está obligado a cumplir todo lo dispuesto en la Legislación Social, vigente en el momento de la adjudicación de las obras; así como de aquella que pudiera promulgarse durante el transcurso de las mismas. El personal que el Contratista tenga en obra, igual que el dependiente de las subcontratas, deberá ser debidamente cualificado y capacitado. En todo momento estará a las órdenes de la Dirección Facultativa. Todos cuantos aparatos, maquinaria, herramientas, o medios auxiliares, se utilicen, deberán estar debidamente homologados. La responsabilidad en los accidentes que pudieran ocurrir, por el empleo de materiales defectuosos, o por imprudencias e incumplimiento de cualificación del personal, recaerá exclusivamente sobre el Contratista. Así como de las lesiones y desperfectos ocasionados a terceros en sus personas, bienes o propiedades.
5. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO PREVIO
La realización de los análisis, estudios o diagnósticos previos a la intervención, serán realizados por expertos de reconocido prestigio y laboratorios debidamente homologados, siendo en cualquier caso imprescindible la aprobación por la Dirección Facultativa de la contratación de esta unidad.
EL CONTRATISTA QUEDA OBLIGADO A:
La retirada de todos los elementos provisionales utilizados.
La reposición de los elementos afectados por las actuaciones. La retirada de escombros y limpieza de la zona afectada por las obras.
Permitir la continuidad de las actividades en las zonas colindantes con las obras, evitando en lo posible la existencia de polvo, ruidos, etc.
6. MODIFICACIONES
Debido a la singularidad de la obra a la que se refiere este pliego de condiciones, queda abierta la posibilidad de modificado Técnico con coste cero, por causas desconocidas en el momento de redacción del proyecto.
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 7
7. VIGILANCIA
En horas fuera de la jornada laboral de trabajo, la empresa adjudicataria tiene la obligación de contratar a su costa un servicio de vigilancia, desde el inicio de las obras hasta la recepción de las mismas.
8. CARTELES ANUNCIADORES
La Empresa adjudicataria deberá colocar a sus expensas los carteles anunciadores de las obras, de la composición y dimensiones que determine la Dirección Facultativa.
No se permitirá en el recinto de las obras o en las cercanías, vallas, carteles y otros medios de publicidad, salvo los que se establezcan por el Departamento de Mobiliario Urbano del Ayuntamiento de Madrid.
9. DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR
Se realizará un reportaje fotográfico durante el transcurso de las obras y del estado final de la intervención.
A la terminación de la obra se entregarán cuatro ejemplares completos de la Memoria de Intervención, con los cambios o variaciones que se hayan producido durante el transcurso de las obras.
La documentación se entregará en soporte informático de CD-ROM, con una copia en papel.
10. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS
Terminadas las obras, el Contratista lo comunicará por escrito a la Dirección Facultativa, y se procederá al acto de su Recepción, si estas fueran conforme al Proyecto.
11. PREVISIÓN DE GARANTÍA
Se establece una previsión de garantía por dos años.
En Madrid, octubre de 2013
El Arquitecto Juan Pablo Rodríguez Frade
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 8
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
ANEXO I
NORMATIVA
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 9
"De acuerdo con el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la ejecución de las obras deberán observarse las normas vigentes aplicables sobre construcción. A tal fin se incluye la siguiente relación no exhaustiva de la normativa técnica aplicable".
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 10
NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN EN LOS PROYECTOS Y EN LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
0.- Normas de carácter general 1.- Estructura 2.- Instalaciones 3.- Cubiertas 4.- Protección 5.- Barreras arquitectónicas 6.- Varios Anexo I
En el Anexo se incluye la normativa específica de la Comunidad de Madrid, las disposiciones relativas a homologaciones y especificaciones técnicas preceptivas para productos de construcción. Así mismo cabe recordar que el listado, como ya es habitual, no recoge la normativa urbanística, la correspondiente a usos ni la de ámbito municipal El apartado A). Uno del artículo primero y el artículo segundo del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, por el que se dictan normas sobre la redacción de proyectos y la dirección de obras de edificación establecen: Artículo primero: En los proyectos de obras de edificación de cualquier tipo se hace constar expresamente: A) En la memoria y en el pliego de prescripciones técnicas particulares: Uno. La observancia de las normas de la Presidencia del Gobierno y Normas del
Ministerio de la Vivienda sobre la construcción actualmente vigente y aquellas que en lo sucesivo se promulguen.
Artículo segundo: Los Colegios Profesionales o, en su caso, las oficinas de supervisión de proyectos, de acuerdo con lo establecido en los artículos setenta y tres y siguientes del Reglamento General de Contratación del Estado, vendrán obligados a comprobar que han sido cumplidas las prescripciones establecidas en el artículo anterior. La inobservancia de las mismas determinará la denegación del visado o, en su caso, de la preceptiva autorización o informe de los proyectos.
Además de lo expuesto, el apartado B) del artículo 1 de la «Normativa común sobre regulación del visado colegial», aprobada en la Asamblea General Ordinaria de Juntas de Gobierno celebrada el 27 de noviembre de 1998, establece que el visado, como acto colegial de control de los trabajos profesionales, es comprensivo, entre otros aspectos, de la «suficiencia y corrección formales de la documentación integrante del trabajo, en especial el cumplimiento de la normativa tanto general como colegial sobre especificaciones técnicas y sobre requisitos de presentación en correspondencia con el objeto del encargo profesional recibido.
En Madrid, octubre 2013
El Arquitecto Juan Pablo Rodríguez Frade
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 11
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º A). Uno, del Decreto 462/1971, de 11 de marzo, en la redacción del presente proyecto se han observado las normas vigentes aplicables sobre construcción ÍNDICE 0) Normas de carácter general 0.1 Normas de carácter general 1) Estructuras
1.1 Acciones en la edificación 1.2 Acero 1.3 Fabrica de Ladrillo 1.4 Hormigón 1.5 Madera 1.5 Forjados 2) Instalaciones 2.1 Agua 2.2 Ascensores 2.3 Audiovisuales y Antenas 2.4 Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria 2.5 Electricidad 2.6 Instalaciones de Protección contra Incendios 3) Cubiertas 3.1 Cubiertas 4) Protección 4.1 Aislamiento Acústico 4.2 Aislamiento Térmico 4.3 Protección Contra Incendios 4.4 Seguridad y Salud en las obras de Construcción 4.5 Seguridad de Utilización 5) Barreras arquitectónicas 5.1 Barreras Arquitectónicas 6) Varios 6.1 Instrucciones y Pliegos de Recepción 6.2 Medio Ambiente 6.3 Otros ANEXO 1: COMUNIDAD DE MADRID
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 12
0) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL
0.1) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL
- Ordenación de la edificación
LEY 38/1999, de 5-NOV, de la Jefatura del Estado
B.O.E.: 6-NOV-1999
MODIFICADA POR:
- Modificación de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación
Artículo 82 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, de Jefatura del Estado
B.O.E.: 31-DIC-2001
- Modificación de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación
Artículo 105 de la LEY 53/2002, de 30-DIC, de Medidas Fiscales, Administrativas y del
Orden Social, de Jefatura del Estado
B.O.E.: 31-DIC-2002
- Modificación de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación
Artículo 15 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modif icación de diversas leyes
para su adaptación a la Ley sobre el l ibre acceso a las actividades de servicios y su
ejercicio LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado
B.O.E.: 23-DIC-2009
- Código Técnico de la Edificación
REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de Vivienda
B.O.E.: 28-MAR-2006
- Corrección de errores: B.O.E.: 25-ENE-2008
MODIFICADO POR:
- Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código
Técnico de la Edificación
REAL DECRETO 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de Vivienda
B.O.E.: 23-OCT-2007
- Corrección de errores: B.O.E.: 20-DIC-2007
MODIFICADO POR:
- Modificación del Real Decreto 1371/2007.
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 13
REAL DECRETO 1675/2008, de 17 de octubre, del Ministerio de Vivienda.
B.O.E.: 18-OCT-2008
- Modificación de determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación ,
aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19
de octubre
Orden 984/2009, de 15 de abri l, del Ministerio de Vivienda
B.O.E.: 23-ABR-2009
- Corrección de errores: B.O.E.: 23-SEP-2009
- Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no
discriminación de las personas con discapacidad. (DB-SUA)
REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda
B.O.E.: 11-MAR-2010
- Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en su apartado 4 de la parte I.
REAL DECRETO 410/2010, de 31 de marzo, del Ministerio de Vivienda
B.O.E.: 22-ABR-2010
- Sentencia por la que se declara la nulidad del artículo 2.7 del Real Decreto 314/2006, de 17 de
marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, así como la definición del
párrafo segundo de uso administrativo y la definición completa de uso pública concurrencia,
contenidas en el documento SI del mencionado Código
Sentencia de 4 de mayo de 2010, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo
B.O.E.: 30-JUL-2010
- Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios
REAL DECRETO 235/2013, de 5 de abri l, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 13-ABR-2013
- Corrección de errores: B.O.E.: 25-MAY-2013
1) ESTRUCTURAS
1.1) ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN
- DB SE-AE. Seguridad estructural - Acciones en la Edificación
Código Técnico de la Edif icación Real Decreto del Ministerio de Vivienda 314/2006,
de 17 de marzo
B.O.E.: 28-MAR-2006
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado "0.1
Normas de carácter general"
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 14
- Norma de Construcción Sismorresistente: parte general y edificación (NCSR-02)
Real Decreto 997/2002, de 27-Sep, del Ministerio de Fomento
B.O.E.: 11-OCT-2002
1.2) ACERO
- Real Decreto 751/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueba la Instrucción de Acero
Estructural (EAE)
B.O.E.: 23-JUN-2011
- DB SE-A. Seguridad Estructural - Acero
Código Técnico de la Edif icación. Real Decreto del Ministerio de Vivienda 314/2006,
de 17 de marzo
B.O.E.: 28-MAR-2006
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado "0.1
Normas de carácter general"
- Corrección errores: 23-JUN-2012
1.3) FÁBRICA
- DB SE-F. Seguridad Estructural Fábrica
Código Técnico de la Edif icación Real Decreto del Ministerio de Vivienda 314/2006,
de 17 de marzo
B.O.E.: 28-MAR-2006
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado ?0.1
Normas de carácter general?
1.4) HORMIGÓN
- Instrucción de Hormigón Estructural "EHE-08"
REAL DECRETO 1247/2008, de 18 de Jul io, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 22-AGO-2008
- Corrección de errores: 24-DIC-2008
MODIFICADO POR:
- Sentencia por la que se declaran nulos los párrafos séptimo y octavo del artículo 81 y el anejo
19
SENTENCIA DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2012, de la Sala Tercera del Tribunal
Supremo
B.O.E.: 1-NOV-2012
1.5) MADERA
- DB SE-M. Seguridad estructural - Estructuras de Madera
Código Técnico de la Edif icación Real Decreto del Ministerio de Vivienda 314/2006,
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 15
de 17 de marzo
B.O.E.: 28-MAR-2006
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado ?0.1
Normas de carácter general?
1.6) CIMENTACIÓN
- DB SE-C. Seguridad estructural - Cimientos
Código Técnico de la Edif icación. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, del
Ministerio de Vivienda
B.O.E.: 28-MAR-2006
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado ?0.1
Normas de carácter general?
2) INSTALACIONES
2.1) AGUA
- Criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano
REAL DECRETO 140/2003, de 7 de febrero, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 21-FEB-2003
MODIFICADO POR:
- REAL DECRETO 1120/2012, de 20 de julio, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 29-AGO-2012
- DB HS. Salubridad (Capítulos HS-4, HS-5)
Código Técnico de la Edif icación Real Decreto del Ministerio de Vivienda 314/2006,
de 17 de marzo
B.O.E.: 28-MAR-2006
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado ?0.1
Normas de carácter general?
2.2) ASCENSORES
- Disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE,
sobre ascensores
REAL DECRETO 1314/1997 de 1 de agosto, del Ministerio de Industria y Energía
B.O.E.: 30-SEP-1997
- Corrección errores: 28-JUL-1998
MODIFICADO POR:
- Disposición final primera del Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 16
establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas
B.O.E.: 11-OCT-2008
DEROGADAS LAS DISPOSICIONES ADICIONALES PRIMERA Y SEGUNDA POR:
- Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de
elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre
Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero del Ministerio de Industria, Energía y Turismo
B.O.E. 22-FEB-2013
- Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos
(sólo están vigentes los artículos 11 a 15, 19 y 23; el resto ha sido derogado por el
R.D. 1314/1997, excepto el artículo 10, que ha sido derogado por el R.D. 88/2013,
de 8 de febrero)
REAL DECRETO 2291/1985, de 8-NOV, del Ministerio de Industria y Energía
B.O.E.: 11-DIC-1985
MODIFICADO POR:
- Art 2º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial,
para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre
REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio
B.O.E.: 22-MAY-2010
- Prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existentes
REAL DECRETO 57/2005, de 21 de enero, del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio
B.O.E.: 04-FEB-2005
DEROGADOS LOS ARTÍCULOS 2 Y 3 POR:
- Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de
elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre
Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero del Ministerio de Industria, Energía y Turismo
B.O.E. 22-FEB-2013
- Prescripciones técnicas no previstas en la ITC-MIE-AEM 1, del Reglamento de aparatos de
elevación y manutención de los mismos
RESOLUCIÓN de 27 de abri l de 1992, de la Dirección General de Política
Tecnológica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
B.O.E.: 15-MAY-1992
- Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de
elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 17
Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero del Ministerio de Industria, Energía y Turismo
B.O.E. 22-FEB-2013
- Corrección errores: B.O.E.: 9-MAY-2013
2.3) AUDIOVISUALES Y ANTENAS
- Infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicaciones.
REAL DECRETO LEY 1/1998, de 27 de febrero, de la Jefatura del Estado
B.O.E.: 28-FEB-1998
MODIFICADO POR:
- Modificación del artículo 2, apartado a), del Real Decreto-Ley 1/1998
Disposición Adicional Sexta, de la ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Jefatura del
Estado, de Ordenación de la Edif icación
B.O.E.: 6-NOV-1999
- Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a
los servicios de telecomunicación en el interior de las edificicaciones.
REAL DECRETO 346/2011, de 11 de marzo, del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio.
B.O.E.: 1-ABR-2011
- Corrección errores: 18-OCT-2011
DESARROLLADO POR:
- ORDEN ITC/1644/2011, de 10 de junio, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
B.O.E.: 16-JUN-2011
Entrada en vigor a los 30 días de su publicación en el B.O.E.
MODIFICADO POR:
- Sentencia por la que se anula el inciso “debe ser verificado por una entidad que disponga de la
independencia necesaria respecto al proceso de construcción de la edificación y de los medios y
la capacitación técnica para ello” in fine del párrafo quinto
Sentencia de 9 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo
B.O.E.: 1-NOV-2012
- Sentencia por la que se anula el inciso “en el artículo 3 del Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de
febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de
telecomunicación”, incluido en los apartados 2.a) del artículo 8; párrafo quinto del apartado 1
del artículo 9; apartado 1 del artículo 10 y párrafo tercero del apartado 2 del artículo 10.
Sentencia de 17 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo
B.O.E.: 7-NOV-2012
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 18
- Sentencia por la que se anula el inciso “en el artículo 3 del Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de
febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de
telecomunicación”, incluido en los apartados 2.a) del artículo 8; párrafo quinto del apartado 1
del artículo 9; apartado 1 del artículo 10 y párrafo tercero del apartado 2 del artículo 10; así
como el inciso “a realizar por un Ingeniero de Telecomunicación o un Ingeniero Técnico de
Telecomunicación” de la sección 3 del Anexo IV.
Sentencia de 17 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo
B.O.E.: 7-NOV-2012
2.4) CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y AGUA CALIENTE SANITARIA
- Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE)
REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de jul io, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 29-AGO-2007
- Corrección errores: B.O.E. 28 FEB 2008
MODIFICADO POR:
- Artículo segundo del RD. 249/2010, de 5 de marzo
B.O.E.: 18-MAR-2010
- Corrección de errores: B.O.E.: 23-ABR-2010
- Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre
B.O.E.: 11-DIC-2009
- Correción de errores: B.O.E.: 12-FEB-2010
- Correción de errores: B.O.E.: 25-MAY-2010
- Real Decreto 238/2013, de 5 de abril
B.O.E.: 13-ABR-2013
- Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones
técnicas complementarias ICG-01 a 11
REAL DECRETO 919/2006, de 28 de jul io, Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio
B.O.E.: 4-SEP-2006
MODIFICADO POR:
- Art 13º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad
industrial , para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de
diciembre
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 19
REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio
B.O.E.: 22-MAY-2010
- Instrucción técnica complementaria MI-IP 03 ? Instalaciones petrolíferas para uso propio?
REAL DECRETO 1427/1997, de 15 de septiembre, del Ministerio de Industria y
Energía
B.O.E.: 23-OCT-1997
- Corrección errores: 24-ENE-1998
MODIFICADA POR:
- Modificación del Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por R. D. 2085/1994, de
20-OCT, y las Instrucciones Técnicas complementarias MI-IP-03, aprobadas por el Real Decreto
1427/1997, de 15 de septiembre, y MI-IP-04, aprobada por el Real Decreto 2201/1995, de 28-
DIC.
REAL DECRETO 1523/1999, de 1-OCT, del Ministerio de Industria y Energía
B.O.E.: 22-OCT-1999
- Corrección errores: 3-MAR-2000
- Art 6º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial
, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre
REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio
B.O.E.: 22-MAY-2010
- Criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis
REAL DECRETO 865/2003, de 4 de jul io, del Ministerio de Sanidad y Consumo
B.O.E.: 18-JUL-2003
- DB HE. Ahorro de Energía (Capítulo HE-4: Contribución solar mínima de agua caliente
sanitaria)
Código Técnico de la Edif icación Real Decreto Ministerio de Vivienda 314/2006, de
17 de marzo
B.O.E.: 28-MAR-2006
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado 0.1
Normas de carácter general
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 20
2.5) ELECTRICIDAD
- Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e instrucciones Técnicas Complementarias (ITC)
BT 01 a BT 51
REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto, del Ministerio de Ciencia y Tecnología
B.O.E.: suplemento al nº 224, 18-SEPT-2002
- Anulado el inciso 4.2.C.2 de la ITC-BT-03
SENTENCIA de 17 de febrero de 2004 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo
B.O.E.: 5-ABRIL-2004
- Art 7º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial
, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre
REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio
B.O.E.: 22-MAY-2010
- Autorización para el empleo de sistemas de instalaciones con conductores aislados bajo canales
protectores de material plástico
RESOLUCIÓN de 18 de enero de 1988, de la Dirección General de Innovación
Industrial
B.O.E.: 19-FEB-1988
- Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones
Técnicas Complemetarias EA-01 a EA-07
REAL DECRETO 1890/2008, de 14 de noviembre, del Ministerio de Industria,
Turismo y Comercio
B.O.E.: 19-NOV-2008
2.6) INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
- Reglamento de instalaciones de protección contra incendios
REAL DECRETO 1942/1993, de 5 de noviembre, del Ministerio de Industria y Energía
B.O.E.: 14-DIC-1993
- Corrección de errores: 7-MAY-1994
MODIFICADO POR:
- Art 3º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial
, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre
REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio
B.O.E.: 22-MAY-2010
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 21
- Normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5-NOV, por el que se
aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y se revisa el anexo I y
los apéndices del mismo
ORDEN, de 16 de abri l de 1998, del Ministerio de Industria y Energía
B.O.E.: 28-ABR-1998
UNE 23.500: Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios.
UNE EN 671: Instalaciones f i jas de extinción de incendios. Sistemas equipados con
mangueras.
Parte 1: Bocas de incendios equipadas con mangueras semirrígidas.
Parte 2: Bocas de incendios equipadas con mangueras planas.
UNE 23007: Sistemas de detección y de alarma de incendios.
UNE 23007-2: Equipos de Control y Señalización.
UNE 23007-4: Suministro de energía.
UNE 23007-7: Detectores de humo.
UNE 23007-13: Especif icaciones para los sistemas.
UNE 23007-14: Planif icación, diseño, instalación, puesta en servicio, uso y
mantenimiento.
3) CUBIERTAS
3.1) CUBIERTAS
- DB HS-1. Salubridad
Código Técnico de la Edif icación Real Decreto del Ministerio de Vivienda 314/2006,
de 17 de marzo
B.O.E.: 28-MAR-2006
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado ?0.1
Normas de carácter general?
4) PROTECCIÓN
4.1) AISLAMIENTO ACÚSTICO
- DB HR. Protección contra el ruido
REAL DECRETO 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de Vivienda.
B.O.E.: 23-OCT-2007
- Corrección de errores: B.O.E. 20 Dic 2007
- Modif icación del Real Decreto 1371/2007:
REAL DECRETO 1675/2008, de 17 de octubre, del Ministerio de Vivienda.
B.O.E.: 18-OCT-2008
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 22
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado ?0.1
Normas de carácter general?
4.2) AISLAMIENTO TÉRMICO
- DB-HE-Ahorro de Energía
Código Técnico de la Edif icación Real Decreto del Ministerio de Vivienda 314/2006,
de 17-MAR-06
B.O.E.: 28-MAR-2006
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado 0.1
Normas de carácter general
4.3) PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
- DB-SI-Seguridad en caso de Incendios
Código Técnico de la Edif icación Real Decreto del Ministerio de Vivienda 314/2006,
de 17-MAR-06
B.O.E.: 28-MAR-2006
El Ayuntamiento de Madrid aplica la OPI en aquellos supuestos no expresamente
contemplados en el CTE (Resolución de 3 de abri l de 2008 de la Coordinadora
General de Urbanismo, publicada en el BOAM de 15-ABR-2008)
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado ?0.1
Normas de carácter general?
- Reglamento de Seguridad contra Incendios en los establecimientos industriales.
REAL DECRETO 2267/2004, de 3 Diciembre, del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio
B.O.E.: 17-DIC-2004
- Corrección errores: 05-MAR-2005
MODIFICADO POR:
- Art 10º de la modificación de diversas normas reglamentarias en materia de seguridad
industrial, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y a la Ley 25/2009, de 22 de
diciembre
REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio
B.O.E.: 22-MAY-2010
- Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de
sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 23
Real Decreto del Ministerio de la Presidencia 312/2005, de 18 de marzo
B.O.E.: 02-ABR-2005
MODIFICADO POR:
- Modificación del Real Decreto 312/2005.
Real Decreto 110/2008, de 1 de Febrero, de Ministerio de la Presidencia.
B.O.E.: 12-FEB-2008
4.4) SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN
- Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción
REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 25-OCT-1997
MODIFICADO POR:
- Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las
disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos
de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura
REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 13-NOV-2004
- Modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las
disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 29-MAY-2006
- Disposición final tercera del REAL DECRETO 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se
desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la
Construcción
REAL DECRETO 1109/2007, de 24 de agosto, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 25-AGO-2007
- Artículo 7 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su
adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio
LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado
B.O.E.: 23-DIC-2009
- Modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre
REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración
B.O.E.: 23-MAR-2010
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 24
DEROGADO EL ART. 18 POR:
- Modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre
REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración
B.O.E.: 23-MAR-2010
- Prevención de Riesgos Laborales
LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de la Jefatura del Estado
B.O.E.: 10-NOV-1995
DESARROLLADA POR:
- Desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia
de coordinación de actividades empresariales
REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 31-ENE-2004
MODIFICADO POR:
- Reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales
LEY 54/2003, de 12 de diciembre, de Jefatura del Estado
B.O.E.: 13-DIC-2003
- Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (Ley de Acompañamiento de los
presupuestos de 1999)
LEY 50/1998, de 30 de diciembre, de Jefatura del Estado
B.O.E.: 31-DIC-1998
- Modificación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Artículo 8 y Disposición adicional tercera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de
modif icación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el l ibre acceso a las
actividades de servicios y su ejercicio
B.O.E.: 23-DIC-2009
- Reglamento de los Servicios de Prevención
REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 31-ENE-1997
DESARROLLADO POR:
- ORDEN TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, del Ministerio de Trabajo e Inmigración
B.O.E.: 28-SEP-2010
- Corrección de errores: B.O.E.: 22-OCT-2010
- Corrección de errores: B.O.E.: 18-NOV-2010
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 25
MODIFICADO POR:
- Modificación del Reglamento de los servicios de prevención
REAL DECRETO 780/1998, de 30 de abri l, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 1-MAY-1998
- Modificación del Reglamento de los servicios de prevención
REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 29-MAY-2006
- Modificación del Reglamento de los servicios de prevención
REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración
B.O.E.: 23-MAR-2010
DEROGADA LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA POR:
- Modificación del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración
B.O.E.: 23-MAR-2010
- Señalización de seguridad en el trabajo
REAL DECRETO 485/1997, de 14 de abri l, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 23-ABR-1997
- Seguridad y Salud en los lugares de trabajo
REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abri l, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 23-ABR-1997
MODIFICADO POR:
- Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las
disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos
de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura
REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 13-NOV-2004
- Manipulación de cargas
REAL DECRETO 487/1997, de 14 de abri l, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 23-ABR-1997
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 26
- Utilización de equipos de protección individual
REAL DECRETO 773/1997, de 30 de mayo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 12-JUN-97
- Corrección errores: 18-JUL-1997
- Utilización de equipos de trabajo
REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de jul io, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 7-AGO-1997
MODIFICADO POR:
- Modificación del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las
disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos
de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura
REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 13-NOV-2004
- Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al
amianto
REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 11-ABR-06
- Regulación de la subcontratación
LEY de Jefatura del Estado 32/2006, de 18 de Octubre
B.O.E.: 19-OCT-2006
DESARROLLADA POR:
- Desarrollo de la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector
de la Construcción
REAL DECRETO 1109/2007, de 24 de agosto, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales
B.O.E.: 25-AGO-2007
- Corrección de errores: 12-SEP-2007
MODIFICADO POR:
- Modificación del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley
32/2006, de 18 de Octubre
REAL DECRETO 327/2009 de 13 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración
B.O.E.: 14-MAR-2009
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 27
- Modificación del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto
REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración
B.O.E.: 23-MAR-2010
MODIFICADA POR:
- Artículo 16 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su
adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio
LEY 25/2009, de 22 de diciembre, de Jefatura del Estado
B.O.E.: 23-DIC-2009
4.5) SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
- DB-SU-Seguridad de utilización
Código Técnico de la Edif icación Real Decreto Ministerio de Vivienda 314/2006, de
17-MAR-06
B.O.E.: 28-MAR-2006
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado ?0.1
Normas de carácter general?
MODIFICADO POR:
- Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no
discriminación de las personas con discapacidad (DB-SUA)
REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda
B.O.E.: 11-MAR-2010
5) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS
5.1) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS
- Real Decreto por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no
discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios
públicos urbanizados y edificaciones.
REAL DECRETO del Ministerio de la Presidencia 505/2007, de 20 de abri l
B.O.E.: 11-MAY-2007
MODIFICADO POR:
- La Disposición final primera de la modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en
materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad. (DB-SUA)
REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda
B.O.E.: 11-MAR-2010
DESARROLLADO POR:
- Desarrollo del documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 28
para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.
Orden 561/2010, de 1 de febrero, del Ministerio de Vivienda
B.O.E.: 11-MAR-2010
- Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no
discriminación de las personas con discapacidad.
REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, del Ministerio de Vivienda
B.O.E.: 11-MAR-2010
Para consultar todas las modif icaciones del RD 314/2006, remitirse al apartado 0.1
Normas de carácter general
6) VARIOS
6.1) INSTRUCCIONES Y PLIEGOS DE RECEPCIÓN
- Instrucción para la recepción de cementos RC-08
REAL DECRETO 956/2008, de 6 de junio, del Ministerio de Presidencia
B.O.E.: 19-JUN-2008
- Corrección errores: 11-SEP-2008
- Disposiciones para la libre circulación de productos de construcción en aplicación de la
Directiva 89/106/CEE
REAL DECRETO 1630/1992, de 29 de diciembre, del Ministerio de Relación con las
Cortes y de la Secretaría del Gobierno
B.O.E.: 09-FEB-1993
MODIFICADO POR:
- Modificación del Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, en aplicación de la Directiva
93/68/CEE
REAL DECRETO 1328/1995, de 28 de jul io, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 19-AGO-95
-Ampliación los anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se publican
las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el
período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de
productos de construcción
Resolución de 18 de abri l de 2013, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo
B.O.E.: 27-ABR-2013
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 29
6.2) MEDIO AMBIENTE
- Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas
DECRETO 2414/1961, de 30 de noviembre del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 7-DIC-1961
- Corrección errores: 7-MAR-1962
DEROGACIÓN PARCIAL:
- DEROGADOS el segundo párrafo del artículo 18 y el Anexo 2 por: Protección de la salud y
seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante
el trabajo
REAL DECRETO 374/2001 de 6 de abri l, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 1-MAY-2001
DEROGADO POR:
- Calidad del aire y protección de la atmósfera
LEY 34/2007, de 15 de noviembre, de Jefatura del Estado
B.O.E.: 16-NOV-2007
No obstante, el reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y
peligrosas mantendrá su vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas
que no tengan normativa aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha
normativa
MODIFICADA POR:
- Art. 33 del REAL DECRETO-LEY 8/2011, de 1 de julio, de la Jefatura de Estado
B.O.E.: 7-JUL-2011
- Corrección de errores. B.O.E.: 13-JUL-2011
- Instrucciones complementarias para la aplicación del Reglamento de actividades molestas,
insalubres, nocivas y peligrosas
ORDEN de 15 de marzo de 1963, del Ministerio de la Gobernación
B.O.E.: 2-ABR-1963
- Ruido
LEY 37/2003, de 17 de noviembre, de Jefatura del Estado
B.O.E.: 18-NOV-2003
DESARROLLADA POR:
- Desarrollo de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y
gestión del ruido ambiental
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 30
REAL DECRETO 1513/2005, de 16 de diciembre, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 17-DIC-2005
MODIFICADO POR:
- Modificación del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre
Disposición Final Primera del REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, del
Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 23-OCT-2007
- Desarrollo de la Ley 37/2003, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de
calidad y emisiones acústicas
REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de la Presidencia
B.O.E.: 23-OCT-2007
MODIFICADA POR:
- Modificación del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley
37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de
calidad y emisiones acústicas
B.O.E.: 26-JUL-2012
- REAL DECRETO 1038/2012, de 6 de julio, del Ministerio de la Presidencia
MODIFICADA POR:
- Art. 31 del REAL DECRETO-LEY 8/2011, de 1 de julio, de la Jefatura de Estado
B.O.E.: 7-JUL-2011
- Corrección de errores. B.O.E.: 13-JUL-2011
- Producción y Gestión de los Residuos de Construcción y Demolición.
REAL DECRETO 105/2008, de 1 de Febrero, del Ministerio de la Presidencia.
B.O.E.: 13-FEB-2008
6.3) OTROS
- Ley del Servicio Postal Universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal
LEY 43/2010, de 30 de diciembre, de Jefatura del Estado
B.O.E.: 31-DIC-2010
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 31
ANEXO 1: COMUNIDAD DE MADRID
0) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL
- Medidas para la calidad de la edificación
LEY 2/1999, de 17 de marzo, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M.: 29-MAR-1999
- Regulación del Libro del Edificio
DECRETO 349/1999, de 30 de diciembre, de la Consejería de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M.: 14-ENE-2000
1) INSTALACIONES
- Normas sobre documentación, tramitación y prescripciones técnicas de las instalaciones
interiores de suministro de agua.
ORDEN 2106/1994, de 11 de noviembre, de la Consejería de Economía y Empleo de
la Comunidad de Madrid
B.O.C.M.: 28-FEB-1995
MODIFICADA POR:
- Modificación de los puntos 2 y 3 del Anexo I de la Orden 2106/1994 de 11 NOV
ORDEN 1307/2002, de 3 de abri l, de la Consejería de Economía e Innovación
Tecnológica
B.O.C.M.: 11-ABR-2002
- Condiciones de las instalaciones de gas en locales destinados a usos domésticos, colectivos o
comerciales y en particular, requisitos adicionales sobre la instalación de aparatos de calefacción,
agua caliente sanitaria, o mixto, y conductos de evacuación de productos de la combustión.
ORDEN 2910/1995, 11 de diciembre, de la Consejería de Economía y Empleo de la
Comunidad de Madrid
B.O.C.M..: 21-DIC-1995
AMPLIADA POR:
- Ampliación del plazo de la disposición final 2ª de la orden de 11 de diciembre de 1995 sobre
condiciones de las instalaciones en locales destinados a usos domésticos, colectivos o
comerciales y, en particular, requisitos adicionales sobre la instalación de aparatos de
calefacción, agua caliente sanitaria o mixto, y conductos de evacuación de productos de la
combustión
ORDEN 454/1996, de 23 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo de la
Comunidad de Madrid.
B.O.C.M..: 29-ENE-1996
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 32
2) BARRERAS ARQUITECTÓNICAS
- Promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
LEY 8/1993, de 22 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid
B.O.E.: 25-AGO-1993
- Corrección errores: 21-SEP-1993
MODIFICADA POR:
- Modificación de determinadas especificaciones técnicas de la Ley 8/1993, de 22 de junio, de
promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas
DECRETO 138/1998, de 23 de jul io, de la Consejería de Presidencia de la
Comunidad de Madrid
B.O.C.M.: 30-JUL-1998
- Reglamento Técnico de Desarrollo en Materia de Promoción de la Accesibilidad y Supresión
de Barreras Arquitectónicas
Decreto 13/2007, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno
B.O.C.M.: 24-ABR-2007
- Reglamento de desarrollo del régimen sancionador en materia de promoción de la
accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
DECRETO 71/1999, de 20 de mayo, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad
de Madrid
B.O.C.M.: 28-MAY-1999
3) MEDIO AMBIENTE
- Evaluación ambiental
LEY 2/2002, de 19 de junio, de la Presidencia de la Comunidad de Madrid
B.O.E.: 24-JUL-2002
B.O.C.M. 1-JUL-2002
MODIFICADA PARCIALMENTE POR:
- Art. 21 de la Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y administrativas
B.O.C.M.: 1-JUN-2004
- Art. 20 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y administrativas
B.O.C.M.: 30-DIC-2008
- Gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid
Orden 2726/2009, de 16 de jul io de la Consejería de Medio Ambiente de la
Comunidad de Madrid
B.O.C.M.: 7-AGO-2009
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 33
4) ANDAMIOS
- Requisitos mínimos exigibles para el montaje, uso, mantenimiento y conservación de los
andamios tubulares utilizados en las obras de construcción
ORDEN 2988/1998, de 30 de junio, de la Consejería de Economía y Empleo de la
Comunidad de Madrid
B.O.C.M.: 14-JUL-1998
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NORMATIVA DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 35
CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS.
Esta memoria establece las condiciones que deben reunir el Museo Municipal y su Capilla tras la rehabilitación, para permitir una adecuada evacuación del edificio.
En primer lugar hay que tomar en cuenta que este es un edificio catalogado como Monumento Arquitectónico Artístico Nacional en su fachada, primera crujía y capilla. Esto condicionará la ocupación real del edificio que no podrá ser mayor a la que por cálculo pudiera salir a través de las salidas al exterior ya existentes. En la Tercera Fase de Rehabilitación del Museo de Historia se tomó como referencia para el cálculo de esta ocupación máxima posible el criterio referido en la NBE-CPI/96, Art. 7, apartado 7.4.2 en el que se especificaba que la anchura A, en m, sería al menos igual a P/200, siendo P el número de personas asignadas al elemento (normativa vigente en el momento de realizar el proyecto de Rehabilitación del Museo de Historia Fase III). Por lo que la ocupación total del edificio en ningún caso podría ser mayor de 2.652 personas.
Actualmente se encuentra en vigor la DB-SI: Seguridad en caso de Incendio del Código Técnico de la Edificación.
SECTORIZACIÓN EXISTENTE.
La compartimentación del edificio en sectores de incendio trata de garantizar el confinamiento y control de un incendio, de esta forma siempre quedan protegidas parte de las obras expuestas y además se facilita la evacuación de los ocupantes de las salas.
Ninguno de los sectores de incendio proyectados supera la superficie máxima construida de 4.000m².
SECTOR 1
SECTOR 2
SECTOR 3
SECTOR 4
SECTOR 5
SECTOR 6
SECTOR 7
SECTOR 8
SECTOR 9
682,42 497,65 1748,95 750,4 169,35 334,75 528,85 134,7 346,05
Los sectores de incendios 1 y 2 se refieren a la planta baja junto con las escaleras protegidas que comunican con las plantas superiores.
El sector de incendios 3 se refiere a la planta primera y a la sala de exposición en la planta sótano comunicadas a través de escaleras abiertas.
Los sectores 4 y 5 están en la planta segunda, y albergan la sala de exposición y el almacén visitable respectivamente.
Los sectores de incendio 6,7 y 8 están en la planta sótano. El SI 6 hace referencia a la sala de exposiciones temporales, el SI 7 a los cuartos de instalaciones y almacén, y el SI 8 al almacén en el que es previsible la acumulación de papel, siendo por tanto un local de riesgo especial medio cuyas características exigibles están referidas en plano.
Por último el sector de incendios 9 comprende los dos torreones, cuya ocupación se considerará nula a efectos de evacuación por albergar únicamente cuartos de instalaciones.
A efectos de cálculo se consideró que la capilla tenía evacuación independiente.
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CÁLCULO DE LA OCUPACIÓN.
Una vez retiradas las estructuras efímeras de la capilla la superficie útil es de aproximadamente 325 m2.
A efectos del estudio de la evacuación del edificio, las ocupaciones teóricas máximas previsibles por superficie útil, vienen fijadas por la Tabla 2.1 de la Sección SI 3 del C.T.E., en:
Pública concurrencia: - 1 persona/2 m² en salas de espera, salas de lectura en bibliotecas, zonas de uso público en
museos, galerías de arte, ferias y exposiciones, etc.
Los baños junto con los cuartos de instalaciones se consideran de ocupación nula.
En la siguiente tabla aparece reflejada en gris la ocupación actual del Museo de Historia de Madrid (sin tener en cuenta la capilla) y en negro la ocupación de la Capilla y salas anejas objeto de este proyecto.
OCUPACIÓN PL. 2ª CPI-NBE PL. 1ª CPI-NBE PL. BAJA CPI-NBE PL. SOTANO CPI-NBE salas sup d.o.=1/2 sup d.o.=1/2 sup d.o.=1/2 sup d.o.=1/2 710,35 355 784,95 392 245,93 123 247,2 124 174,56 87 213 107 44,9 22 90,85 45 195,45 98 94,12 47 0 128,6 64 asientos 79 43,3 22 106,65 53 282,16 141 47,95 24 almacenes d.o.=1/40 174,56 4 0 0 109,4 3 89,75 2 57,9 1 0 TOTAL 442 392 626 329 CAPILLA 169 *Los torreones se consideran de ocupación nula ya que su uso es para instalaciones. ocupación 1958
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EVACUACIÓN.
JUSTIFICACIÓN DE LAS SALIDAS DE RECINTO Y DE EDIFICIO Teniendo en cuenta cuanto antecede, a continuación se detallan las anchuras mínimas de las salidas de recinto y de edificio obtenidas por cálculo, así como las realmente proyectadas, para lo cual previamente procederemos a la asignación de ocupantes a las diferentes salidas. Esto se hará aplicando criterios de desarrollo funcional, suponiendo además inutilizada una de las salidas de recinto o planta, cuando deba existir más de una, bajo la hipótesis más desfavorable.
SALIDAS DE RECINTO
DESCRIPCIÓN
OCUPACIÓN ASIGNADA (aplicando
hipótesis de bloqueo)
ANCHO MÍN. CÁLCULO (m)
(aplicando hipótesis de
bloqueo)
ANCHO PROYECTADO
(m) TIPO DE SALIDA
SR-1 Salida hacia el zaguán de acceso al
edificio
145 (hipótesis de bloqueo en SR-2)
0,73 1,70
1 puerta de doble hoja,
permanentem. abierta de ancho
1,70 m
SR-2 Salida hacia el recinto anexo en su
parte posterior izquierda
145 (hipótesis de bloqueo en SR-1) 0,73 0,80
1 puerta de doble hoja, pero sólo una
practicable para evacuación, con
apertura en sentido de evacuación
A la vista de cuanto antecede, se verifica la validez de las dos salidas de recinto previstas en la antigua capilla. SALIDAS DE EDIFICIO
DESCRIPCIÓN
OCUPACIÓN ASIGNADA (aplicando
hipótesis de bloqueo)
ANCHO MÍN. CÁLCULO (m)
(aplicando hipótesis de
bloqueo)
ANCHO PROYECTADO
(m) TIPO DE SALIDA
SE-1
169 + evacuación desde otras zonas del edificio (hipót.
bloq. en SE-2)
0,85 + Ancho neces. Otras
zonas 2,27
1 puerta de doble hoja,
permanentem. abierta de ancho
2,27 m
SE-2 169 (hipót. De bloq. en SR-1)
0,85 0,90
1 puerta de una hoja, con apertura
en sentido de evacuación
Con cuanto antecede, se verifica la validez de las dos salidas de edificio proyectadas hacia el espacio exterior.
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 38
MEMORIA PARA LA CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN
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Capítulo segundo
Ejecución de las obras
Artículo 9
Control de la obra
1. Las obras se ejecutarán con estricta sujeción al proyecto y a sus eventuales modificaciones debidamente formalizadas, y bajo las órdenes e instrucciones de la dirección facultativa.
2. Las órdenes e instrucciones que en interpretación del proyecto diere la dirección facultativa, o las incidencias de la construcción que ésta detecte, deberán consignarse por escrito en el Libro de Órdenes, Asistencias e Incidencias que a tal efecto prescriban las normas vigentes.
3. Este Libro se llevará desde el comienzo de la obra y, al producirse su recepción, se entregará a su propietario una copia del mismo. La dirección facultativa registrará en él todas las visitas de obra que hiciere durante el transcurso de la misma.
Artículo 10
Replanteo de la obra
1. Antes de iniciarse la obra, la dirección facultativa, en presencia del contratista, comprobará el replanteo que previamente se hubiese hecho del proyecto, con el fin de verificar la realidad geométrica de la obra y la viabilidad del propio proyecto.
Asimismo, deberá comparecer el propietario o su representante para verificar que están disponibles los terrenos necesarios para la ejecución de la obra.
Del resultado de las actuaciones precedentes se dejará constancia en acta que suscribirán los comparecientes.
2. La comprobación del replanteo relativo a las obras de edificación pública se regulará por su normativa específica.
Artículo 11
Programa de la obra
Cuando el edificio fuera objeto de una oferta al público, los interesados en su adquisición tendrán derecho a que se les informe sobre la programación de la obra, en cuanto a ritmo de ejecución y plazo de terminación, según el plan de trabajos que, en su caso, estuviese establecido.
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Artículo 12
Planos de la obra y documentación complementaria
1. La dirección facultativa deberá recopilar en el curso de la obra toda la documentación que se haya elaborado para reflejar la realmente ejecutada, de modo que se pueda conocer, tras su conclusión y con el debido detalle, cuantos datos sean precisos para poder llevar a cabo posteriormente los trabajos de mantenimiento, conservación y, en su caso, de reparación o rehabilitación. Toda esta documentación será depositada en el lugar que ordene dicha dirección y será responsable de su custodia.
2. La documentación indicada en el párrafo anterior irá acompañada de una relación de todas las empresas y profesionales que hubieran intervenido en la construcción y de los documentos legalmente exigibles o que hubiese requerido la dirección facultativa, con los que se acredite la calidad de los procesos constructivos, materiales, instalaciones o cualquier otro elemento o parte de la obra.
3. Para el cumplimiento de lo establecido en el presente artículo, la dirección facultativa tendrá derecho a exigir la cooperación de los empresarios y profesionales que hubieran participado directa o indirectamente en la ejecución de la obra y éstos deberán prestársela.
Artículo 13
Libro del Edificio
Una vez se compruebe el replanteo, conforme a lo establecido en el artículo 10 de la presente Ley, y se autorice el comienzo de la obra, la dirección facultativa irá formando el Libro del Edificio, con los siguientes documentos:
a) Traslado de las anotaciones que se hagan en el Libro de Órdenes, Asistencias e Incidencias, que sean significativas para el conocimiento, descripción, conservación así como mantenimiento de lo realmente ejecutado.
b) Los planos y documentos indicados en el artículo anterior.
c) Las normas e instrucciones sobre uso, conservación y mantenimiento que contenga el proyecto, completadas, en su caso, con las que la dirección facultativa considere necesarias, y con las que hubieren establecido los proveedores o suministradores de materiales o instalaciones específicas.
d) Las calidades de los materiales utilizados, así como las garantías que emitan los contructores y sus proveedores o suministradores sobre la calidad de sus actividades y materiales.
e) Las normas de actuación en caso de siniestro o en situaciones de emergencia que puedan producirse durante la vida del edificio.
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 41
Artículo 14
Conservación, depósito y actualización del Libro del Edificio.
1. Cuando el edificio esté en condiciones de inmediato y definitivo uso por contar con los servicios exigidos en el proyecto con arreglo al cual fue construido, un ejemplar del Libro del Edificio se depositará, en todo caso, bajo la responsabilidad del director facultativo, en el Ayuntamiento del término municipal donde estuviera ubicado el edificio.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, al término de la obra el director facultativo entregará al propietario un ejemplar del Libro del Edificio y éste lo tendrá siempre a disposición de los usuarios que tengan interés en consultarlo. En el caso de una comunidad de propietarios, otro ejemplar se entregará al Presidente en su calidad de representante de la misma.
3. Uno y otro ejemplar del Libro se irán completando o actualizando con la documentación técnica que posteriormente se redacte para llevar a cabo obras de ampliación, reforma o rehabilitación de todo el edificio o alguna de sus plantas, o de intervención en sus elementos comunes.
4. No se otorgarán licencias de primera ocupación o cualquier otro documento que con ese fin prescriban las normas vigentes, si no consta que el Libro del Edificio se ha depositado en el Ayuntamiento correspondiente.
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MEDIDAS PARA LA CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN EL PROYECTO CUMPLE CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 2 / 99 DE 17 DE MARZO DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE MEDIDAS PARA LA CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN. EL INMUEBLE NO REQUIERE INSTRUCCIONES SINGULARES DE USO, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO UNA VEZ TERMINADA LA INTERVENCIÓN, MEDIDAS ESPECIALES NI DIFERENTES A LAS DE CUALQUIER OTRO EDIFICIO, ESTO SON: REVISIONES PERIÓDICAS Y CONTINUAS DE MAQUINARIA, REPOSICIÓN DE MATERIAL, LIMPIEZA, ETC. INSTRUCCIONES SOBRE, USO, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO UNA VEZ TERMINADO CIMENTACIONES Precauciones Se denunciarán las fugas observadas en canalizaciones de suministro o evacuación, para su reparación inmediata. No se realizarán perforaciones que afecten a su resistencia. No se modificarán las solicitaciones en el cálculo, sin estudio previo. Revisiones En las revisiones periódicas de mantenimiento de la estructura se estudiarán los deterioros producidos por posibles fallos en la cimentación. ESTRUCTURAS Estructuras de acero Precauciones No se variarán las hipótesis de carga. Se detectarán las humedades no previstas tomándose las medidas necesarias para proteger la estructura. Revisiones Cada año Cada 3 años Cada 5 años Pintura(*)
Se eliminará y se aplicará una nueva capa
Vigas
Se comprobará que las fechas no superan a las admisibles
Soportes Se comprobarán pandeos y desplomes
Protección contra el fuego(*)
Se comprobará su estado
(*) Cuando la estructura sea vista
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Estructuras de hormigón Precauciones No se variarán las hipótesis de carga Se detectarán las humedades no previstas, tomándose las medidas necesarias para proteger la estructura. No se realizarán huecos mayores de 3 cm y con una separación mínima de 30 cm., que afecten a la resistencia del elementos o que descubran armaduras. En los forjados no se abrirán huecos que afecten a los nervios. Revisiones Cada año Cada 5 años Cada 10 años Flechas
Se comprobará que no superen las admisibles
Fisuras
Se detectarán y estudiarán su origen
Resistencia
Análisis de su evolución mediante esclerómetro.
Estructuras mixtas Ver estructuras de acero y hormigón Fábricas de ladrillo Precauciones No se variarán las hipótesis de carga. No se someterán a humedad habitual. No se abrirán huecos ni rozas superiores a 1/6 del espesor del muro La limpieza se realizará con cepillo y agua o una solución de ácido acético. Las eflorescencias y manchas de mortero se tratarán con una solución al 10% de ácido clorhídrico (se protegerán los materiales sensible a los ácidos). Revisiones Cada 10 años Paramentos
Inspección ocular con detección y análisis de posibles fisuras y desconchones Comprobación de desplome.
Llagas y tendeles Comprobación del estado del mortero Juntas de dilatación Comprobación del enmasillado. Fábrica de bloques Precauciones No se variarán las hipótesis de carga. No se someterán a humedad habitual No se abrirán huecos sin previo estudio. En bloques huecos no se abrirán rozas horizontales o inclinadas.
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 44
En bloques macizos no se abrirán rozas mayores de 1/6 del espesor. Revisiones Cada 10 años Paramentos
Inspección ocular con detección y análisis de posibles fisuras y desconchones. Comprobación de desplome.
Llagas y tendeles Comprobación del estado del mortero Juntas de dilatación Comprobación del enmasillado. Estructuras de madera Precauciones No se variarán las hipótesis de carga, Se evitarán los ciclos de humedad-sequedad. No se realizarán perforaciones que alteren las condiciones de trabajo. Revisiones Cada 2 años Cada 4 años Cada 6 años Protección ambiental Se realizará de nuevo Protección biológica Se realizará de nuevo Pintura
Se eliminará y aplicará una nueva capa
vigas
Se comprobará que las flechas no superan las admisibles
Pies derechos Se comprobará pandeos y desplomes
Fábricas de piedra Precauciones No se variarán las hipótesis de carga, No se someterán a humedad habitual. No se abrirán rozas horizontales o inclinadas, No se abrirán huecos sin previo estudio. Revisiones Cada 10 años Paramentos
Se limpiará, cepillará y aplicará un protección de silicato potásico Inspección ocular con detección y análisis de posibles fisuras. Comprobación de desplomes y asientos
Juntas Comprobación del estado del mortero
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CUBIERTAS: TEJADOS Tejados de tejas Precauciones El personal de inspección utilizará calzado de suela antideslizante y cinturón de seguridad y se tomarán las medidas que se consideren oportunas para evitar daños a terceros. Las reparaciones se realizarán con material análogo al original. No se recibirán sobre la cobertura elementos que la perforen o dificulten su desagüe. No se transitará sobre la cubierta cuando las tejas estén mojadas. Los ganchos de servicios no se utilizarán para cargas superiores a las previstas en cálculo y, en su defecto, no se sobrepasarán los 100 Kg. Revisiones Cada año Cada 5 años Faldón Comprobación de estanqueidad y
sujeción de las piezas. Revisión de encuentros con elementos singulares.
Gancho de servicio Comprobación de sujeción. Canalones y limahoyas Limpieza al final del otoño Comprobación de estanqueidad y
sujeción Tabiquillos aligerados en formación de pendiente
Comprobación de que no existen cedimientos.
Caballete Comprobación de sujeción de las piezas.
Alero Inspección ocular Comprobación de sujeción de las piezas.
CERRAMIENTOS Fábrica de ladrillo Ver estructuras fábrica de ladrillo Vidrios Precauciones En la limpieza se evitará el uso de productos abrasivos.
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 46
Revisiones Cada 5 años Cada 10 años Vidrio simple Comprobación de estanqueidad en
material de sellado. Doble acristalamiento aislante
Comprobación de estanqueidad en material de sellado
Vidrio templado Comprobación del estado de los herrajes y elementos de seguridad.
Comprobación de estanqueidad en material de sellado
Piedra Ver estructuras fábrica de piedra. Cerramientos metálicos Precauciones Aleaciones ligeras: se limpiarán con esponja y agua jabonosa o detergente no alcalino. Acero galvanizado: Se limpiarán con agua y detergente neutro. Acero inoxidable: Se limpiarán con agua y jabón o detergente no clorado. No se emplearán productos abrasivos para la limpieza. Revisiones Cada año Cada 5 años Elementos pintados Se repasarán Paneles Se limpiarán Sujeciones Se comprobarán Estanqueidad Se comprobará Madera Ver carpintería de madera. PARTICIONES: TABIQUERÍA Tabiques de ladrillo Precauciones No se someterán a humedades No se efectuarán rozas verticales ni horizontales más que en la parte alta y en ningún caso que degüellen el tabique. No se colgarán elementos pesados ni se provocarán empujes que puedan afectar a su estabilidad.
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 47
Revisiones Cada año Cada 10 años Locales habitados Inspección ocular Locales inhabitados Inspección ocular Se comprobará su inmovilidad. REVESTIMIENTOS DE PARAMENTOS Precauciones No se admitirá la sujeción de elementos pesados anclados solamente en el espesor del enfoscado Las reparaciones se realizarán con materiales análogos a los originales. Cuando lleve banda de tela metálica se comprobará el estado de ésta siempre que se efectúen reparaciones. Revisiones Cada 3 años Cada 5 años Acabado Se comprobará el estado del
revestimiento Pintura Se comprobará su estado, y, en su
caso, se aplicará una nueva mano.
Guarnecidos y enlucidos Precauciones No se someterán a humedad relativa habitual al 70% o salpicado de agua. No se admitirá la sujeción de elementos pesados anclados solamente en el espesor de revestimiento. Las reparaciones se realizarán con los mismos materiales utilizados originalmente. Cuando se efectúen reparaciones en el revestimiento se comprobará el estado de los guardavivos. Revisiones Cada 2 años Cada 5 años Paramentos Inspección ocular Guardavivos Inspección ocular Alicatados Precauciones Se dispondrá de un 3% para posibles reposiciones. Se evitarán los golpes con elementos duros. Las piezas desprendidas se repondrán inmediatamente. Revisiones Cada año Cada 2 años Cada 5 años Cada 7 años Cada 10 años Interiores Se comprobará
la sujeción por Repaso del
enlechado de
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 48
sonido cada 5 m2
las juntas
Exteriores Limpieza Se comprobará la sujeción en todos los paramentos por sonido
Repaso del enlechado de las juntas
Elementos metálicos
Se limpiarán
Anclajes Se comprobará su sujeción
Pinturas Precauciones Se eliminarán los óxidos y grasa antes de la aplicación de la pintura sobre superficies de acero o hierro. Se evitarán humedades en pinturas al temple. Cuando se realicen repintados se harán con el mismo tipo de pinturas o con otras que no planteen incompatibilidad. Limpieza de pinturas Al temple y a la cal: se eliminará el polvo mediante trapos secos. Al silicato y al cemento : se pasará un cepillo suave con agua. Plásticas, al esmalte y martelé: con trapos humedecidos con agua jabonosa. Lacas nitrocelulósicas. Eliminación de pinturas Al temple: se humedecerá con abundante agua mediante brocha y se rascará con espátula. A la cal, al silicato: con cepillo de púas y rasqueta. Plásticas: se aplicará una disolución espesa de cola vegetal y se rascará con espátula. Al aceite y barnices sintéticos: lijado, acuchillado, granallado o soplado con arena; quemado con llama de candileja, lamparilla o soplete con posterior rascado. Con solución de sosa cáustica para ablandarlo con posterior rascado ; con disolventes especiales (decapantes) con posterior rascado. Lacas nitrocelulósicas: se aplicará un disolvente y rascará posteriormente con espátula. Revisiones Cada 3 años Cada 5 años Cada 7 años Sobre yeso, cemento y derivados
En exteriores, inspección ocular
En interiores inspección ocular
Repintado
Sobre madera En exteriores, inspección ocular
En interiores, inspección ocular.
Repintado
Revocos Precauciones Las reparaciones se realizarán con los mismos materiales utilizados originalmente. No se sujetarán elementos pesados anclados solamente en el espesor del revestimiento.
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 49
Se evitarán humedades. Revisiones Cada 2 años Cada 5 años Tendido con mortero de cemento
Limpieza, pasando un cepillo suave con abundante agua
Comprobación del estado de conservación
Tendido con mortero de cal
Limpieza en seco de la superficie Comprobación del estado de conservación
Proyectado de mortero de cemento
Limpieza, pasando un cepillo suave con abundante agua.
Comprobación del estado de conservación
Tendido con mortero de resinas sintéticas
Se pasará ligeramente un cepillo con agua y detergente neutro muy diluido, enjuagando seguidamente con abundante agua
Comprobación del estado de conservación.
Chapados Precauciones Ningún elemento deberá verter agua sobre el chapado. Los elementos a instalar sobre el chapado se fijarán al soporte de éste. Todas las piezas partidas o desprendidas se repondrán inmediatamente. No se utilizarán para su fijación yesos ni escayolas. En la sustitución de anclajes metálicos se cuidará de que éstos sean galvanizados. Revisiones Cada año Cada 5 años Chapado Limpieza con agua y detergente
neutro Inspección ocular de las piezas
Flexibles Precauciones Se dispondrá de un 3% de cada tipo y color para posibles sustituciones. Se evitará el exceso de agua y el uso de abrasivos. Revisiones Cada 3 meses Cada año Papel pintado lavable Limpieza con detergente mezclado
con agua Inspección de abolsamientos u otros deterioros.
Papel pintado vinílico Limpieza con detergente mezclado con agua
Inspección de abolsamientos u otros deterioros.
Micromadera Limpieza en seco o con aspiradora Inspección de abolsamientos u otros deterioros.
Microcorcho Limpieza en seco o con aspiradora Inspección de abolsamientos u otros
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 50
deterioros. Plástico flexible Limpieza con detergente mezclado
con agua Inspección de abolsamientos u otros deterioros.
Ligeros Precauciones No se admitirá la sujeción de elementos pesados en el revestimiento Las piezas rotas se sustituirán inmediatamente y se fijarán las que se desprendan. Las reparaciones se realizarán con material análogo al original. Se dispondrá de un 3% de cada tipo para posibles sustituciones. Revisiones Cada 3 meses Cada año Corcho y madera Limpieza en seco o con aspiradora Inspección ocular Plástico y metal Limpieza con agua y detergente,
aclarado y secado. Inspección ocular.
SUELOS Y ESCALERAS Terrazo Precauciones Se dispondrá de un 3% del material colocado para reposiciones. Las eflorescencias y manchas de mortero se eliminarán con agua y, si es necesario, piedra pómez. Revisiones Limpieza Cada 5 años Terrazo “in situ” baldosas y rodapiés
Con agua jabonosa o detergentes no agresivos
Inspección con repaso de juntas.
Los períodos de pulimentación del pavimento estarán en función del uso y desgaste del mismo. Baldosas Precauciones Se dispondrán de un 3 % del material colocado para reposiciones.La limpieza se realizará con bayeta húmeda, agua jabonosa o detergente no agresivo. Revisiones Cada 5 años Baldosas recibida con mortero
Inspección del pavimento y repaso de juntas
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 51
Peldaños con mamperlán Inspección de huellas y tabicas, inspección de mamperlanes. Separador Se comprobará que no están realizados sobre el nivel del pavimento. Junta de dilatación sellada Se comprobará el estado de la junta y del sellante Junta de dilatación con cubrejuntas
Se comprobará la fijación de los cubrejuntas, así como de los que no están realzados sobre el nivel del pavimento.
Suelos entarimados Precauciones Se evitará el roce y el punzonamiento con elementos duros. Se evitará las humedades. Los desperfectos se repararán inmediatamente. Revisiones Limpieza Cada 10 años Entarimado y parquet Con bayeta muy escurrida en agua y
ácido acético Acuchillado, lijado y barnizado
Rodapié de madera Acuchillado, lijado y barnizado.
Suelos de piedra Precauciones Para la limpieza se evitará el empleo de lejías o amoniaco y en ningún caso se emplearán ácidos Granito y cuarcita: agua jabonosa o detergentes no agresivos Pizarra: se frotará con cepillo de raíces. Caliza: se admite agua de lejía. En enlosados y embaldosados se dispondrá de un 3% del material colocado para posibles reposiciones. Revisiones Limpieza Cada mes Cada año Cada 5 años Empedrado Se limpiará
regando Inspección de
grietas o desprendimientos
Enlosado con junta abierta
Se limpiará regando
Se cortará el césped de las juntas
Inspección de juntas, reponiendo tierra y semilla
Inspección de grietas o desprendimientos
Enlosado con junta cerrada
Se limpiará regando
Inspección de grietas o desprendimientos
Embaldosado Limpieza con bayeta húmeda
Inspección de grietas o desprendimientos
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 52
TECHOS Guarnecidos y enlucidos Ver revestimientos: guarnecidos y enlucidos. Techos de placas Precauciones Se evitarán las humedades En placas decorativas se dispondrá de un 3% para posibles reparaciones. Revisiones Limpieza Repintado Cada 10 años Placas de escayola En seco Con pistola y pintura
poco densas Inspección ocular
Techos continuos Precauciones Se evitará las humedades repararán inmediatamente las posibles lesiones. Revisiones Cada 5 años Techo continuo Inspección ocular con análisis de posibles lesiones CARPINTERÍA Carpintería de madera Precauciones No se apoyarán sobre la carpintería pescantes de andamios, poleas o mecanismo que puedan dañarla No se modificará ni se colocarán acondicionadores de aire sujetos a la carpintería, sin análisis previo. Revisiones Cada 6 meses Cada 2 años Cada 5 años Exterior Limpieza con trapo
húmedo Engrase de elementos de giro o movimiento
Repaso de protección en carpinterías vistas Comprobar las tolerancias de cierre de los elementos móviles
Comprobación de estanqueidad Comprobación de sujeción de vidrios Comprobación de mecanismos
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 53
Repaso de pintura Interior Engrase de elementos
de giro o movimiento Comprobación estanqueidad Comprobación sujeción de vidrios Comprobación mecanismos Repaso pintura o protección
Carpintería de acero Precauciones No se apoyarán sobre la carpintería pescantes de andamios, poleas o mecanismos que puedan dañarla. No se modificará ni se colocarán acondicionadores de aire sujetos a la carpintería, sin análisis previo. Revisiones Cada año Cada 5 años Exterior Comprobación del estado de la pintura
Engrase de elementos de giro o desplazamiento
Comprobación de estanqueidad Comprobación de sujeción de vidrios Comprobación de mecanismos
Interior Engrase de elementos de giro o desplazamiento
Comprobación de mecanismos Comprobación de sujeción de vidrios Comprobación del estado de la pintura.
Carpintería de aleaciones ligeras Precauciones No se apoyarán sobre la carpintería pescantes de andamios, poleas o mecanismos que puedan dañarla. No se modificará ni se colocarán acondicionadores de aire sujetos a la carpintería, sin análisis previo. Revisiones Cada año Cada 5 años Exterior Limpieza con agua jabonosa o con
detergente no alcalino Comprobación de estanqueidad Comprobación de sujeción de vidrios Comprobación de mecanismos
Interior Comprobación de mecanismos Comprobación de sujeción de vidrios
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 54
Carpintería de acero inoxidable Precauciones No se apoyarán sobre la carpintería pescantes de andamios, poleas o mecanismos que puedan dañarla. No se modificará ni se colocarán acondicionadores de aire sujetos a la carpintería, sin análisis previo. Revisiones Cada año Cada 5 años Exterior Limpieza con agua jabonosa o con
detergente no clorado Comprobación de estanqueidad Comprobación de sujeción de vidrios Comprobación de mecanismos
Interior Comprobación de mecanismos Comprobación de sujeción de vidrios
Carpintería de plástico Precauciones No se apoyarán sobre la carpintería pescantes de andamios, poleas o mecanismos que puedan dañarla. No se modificará ni se colocarán acondicionadores de aire sujetos a la carpintería, sin análisis previo. No se utilizarán para la limpieza acetona, éteres, disolventes clorados o similares. Revisiones limpieza Cada 5 años Exterior Con agua fría Comprobación de estanqueidad
Comprobación de sujeción de vidrios Comprobación de mecanismos
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 55
PROTECCIONES Barandillas Precauciones No deberán utilizarse como apoyo de andamios, tablones ni elementos destinados a subida de cargas que puedan afectar su estabilidad. Revisiones Cada 2 años Cada 3 años Cada 5 años Barandillas de acero
Renovarán de pintura en climas muy agresivos
Renovación de pinturas en climas húmedos Inspección de anclajes atornillados
Renovación de pintura en climas secos. Inspección de anclajes soldados.
Celosías Precauciones No se colgarán ni se producirán empujes que puedan deformarlas En la limpieza se evitará en empleo de ácidos o lejías Se dispondrá de un 3% del material para posibles reparaciones. Revisiones Cada año Cada 5 años Celosía de bloques Inspección de desplomes,
movimientos o roturas y fijaciones a los elementos estructurales
Celosía de piezas Limpieza con agua y jabón Inspección de desplomes o roturas y fijaciones a los elementos estructurales.
Cierres Precauciones En caso de mal funcionamiento se estudiarán las causas que lo producen y no se forzará su movimiento. Revisiones Cada 6 meses Cada 3 años Cierres extensibles o enrollables
Se engrasarán las guías, elementos de giro y mecanismos de accionamiento.
Inspección de pintura.
Rejas Ver Barandillas. INSTALACIONES
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INSTALACIONES AUDIOVISUALES Antenas y receptores parabólicos Precauciones No se podrá modificar la instalación, sin previo estudio. Revisiones Cada año Cada 5 años Captación Fijación de mástil o parábola
Conservación frente a la corrosión.
Componentes electrónicos
Garantía de señal en el amplificador Estado de los descodificadores
Renovación de los cables situados al exterior
Telefonía Precauciones La canalización telefónica sólo será manipulada por la Compañía Telefónica. Revisiones Cada año Armario de enlace Comprobación de fijación, corrosiones y ausencia de humedad. Armario de base Comprobación de fijación, corrosiones y ausencia de humedad. Armario de registro Comprobación de fijación, corrosiones y ausencia de humedad. Canalización no empotrada
Inspección ocular del estado de las fijaciones.
INSTALACIONES ELÉCTRICAS Instalaciones de baja tensión Precauciones No se modificará la instalación sin previo estudio por técnico competente. Para cualquier manipulación en la instalación se desconectará previamente el interruptor automático correspondiente. No se suspenderán elementos de iluminación directamente de los hilos correspondientes a un punto de luz. Para ausencias prolongadas se desconectará el interruptor diferencial. De variar las necesidades de potencia se comprobará si es admisible para los conductores y elementos de protección antiguos. Revisiones Cada 2 años Cada 5 años
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Cuadro de distribución
Comprobación de los dispositivos de protección Comprobación de intensidades nominales en relación con la sección de los conductores
Instalación interior Comprobación de aislamiento no menor de 250.000 ohmios.
Red de equipotencialidad
Comprobación de continuidad de las conexiones entre masa y conductores.
Cuadro de protección de líneas de fuerza motriz
Comprobación de dispositivos de protección con la sección de los conductores.
Pica de puesta a tierra
Comprobación de la resistencia de la tierra (*). Comprobación del estado de corrosión de la conexión de la pica con la arqueta. Comprobación de continuidad de la línea.
Línea principal Comprobación del estado de corrosión de las conexiones Comprobación de continuidad de la línea.
(*) Se realizará en la época en que el terreno esté más seco. Alumbrado interior Precauciones Para cualquier manipulación en la instalación se desconectarán los interruptores automáticos de seguridad. Las lámparas repuestas serán de las mismas características que las reemplazadas. Revisiones Cada año Lámparas Limpieza en frío Luminarias Limpieza con paño humedecido en agua jabonosa y secado con gamuza. Puesta a tierra Precauciones No se modificará la instalación sin estudio previo. Revisiones Cada año Cada 5 años Arqueta conexión Comprobación de continuidad Puesta a tierra Inspección estado de la pica y de los
conductores de enlace.
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Alumbrado exterior Precauciones Para cualquier manipulación en la instalación se dejarán sin tensión todas las líneas. No se realizará ninguna modificación que disminuya los valores de iluminación. Las herramientas estarán dotadas con un grado de aislamiento II y además los aparatos de comprobación estarán alimentados con tensión inferior a 50V. Las lámparas repuestas serán de las mismas características que las reemplazadas. Revisión Cada año Iluminaria Comprobación con luxómetro Lámparas Limpieza en frío Luminaria Limpieza con detergentes neutros. INSTALACIONES DE FONTANERÍA Abastecimiento Precauciones Cuando se efectué cualquier reparación se aislará y vaciará previamente el sector en que se encuentre la avería. Se precisará estudio previo para realizar cualquiera de las siguientes modificaciones: Incremento de consumo superior a un 10 % Variación de la presión en la toma que produzca una caída piezométrica por debajo de la mínima calculada Disminución del caudal de alimentación en más de un 10%. Revisiones Cada año Cada 15 años Llaves de paso Limpieza de arqueta y llave
lubrificando el vástago. Si hay fugas en vástago, cambiar la empaquetura
Válvula reductora de presión
Comprobar funcionamiento del mecanismo de regulación
Ventosa Limpiar arqueta y lubrificar llave de paso
Boca de incendio Comprobar funcionamiento Conducciones Limpieza sedimentos e incrustaciones Agua fría y caliente Precauciones
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No se utilizarán las tuberías como bajante de puesta a tierra de aparatos eléctricos Se realizará un estudio previo a las modificaciones siguientes. Variación de la presión de suministro superior al 15% Reducción del caudal suministrado superior al 10% Ampliación que represente un aumento superior al 20% Cambio del destino del edificio. Revisiones Cada 3 meses Cada 2 años Cada 4 años Depósito de agua Limpieza Instalación Inspección de tuberías,
accesorios y equipos Prueba de estanqueidad.
Grifería Comprobación de estanqueidad
RED DE EVACUACIÓN Alcantarillado Precauciones No se verterán aguas de las siguientes características: PH menor que 6 o mayor que 9. Temperatura superior a 40ºC. Detergentes no biodegradables. Aceites minerales, orgánicos y pesados. Colorantes permanentes y sustancias tóxicas. Contenido de sulfatos superior a 0,2 g/l. Revisiones Cada 3 meses Cada 6 meses Cada año Sumidero Limpieza e inspección de
rejillas
Pozo de registro Inspección elementos Limpieza Cámara descarga Comprobar funcion
Inspección elementos. Limpieza.
Aliviadero Inspección elementos. Instalaciones de saneamiento Precauciones Toda modificación en la instalación o en sus condiciones de uso será realizada previo estudio. Cambian las condiciones de uso en los siguientes casos: Cambio de uso del edificio. Ampliación de la instalación que represente un aumento de los servicios. Cambio en la Legislación oficial que le afecten.
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No se venderán aguas que contengan detergentes no biodegradables, aceites, colorantes, permanentes o sustancias tóxicas. Se revisarán los sifones y válvulas cada vez que se produzca una disminución apreciable de caudal de evacuación. Revisiones Cada 6 meses Cada año Cada 10 años Sumidero sifónico Inspección ocular
Comprobación del cierre hidráulico Limpieza
Bote sifónico Comprobación del cierre hidráulico Inspección ocular Limpieza
Columna de ventilación
Se comprobará que el cierre hidráulico de los sifones no es arrastrado por las descargas.
Colector Inspección de posibles fugas
Arqueta Limpieza Inspección ocular
Separador de grasas
Limpieza Inspección ocular
Pozo de registro Limpieza Inspección de sus elementos
Depuración y vertido Precauciones Únicamente se utilizará la estación depuradora para el tratamiento de aguas de tipo doméstico o aquellas para las que estuviera preparada. Toda modificación en la instalación o en sus condiciones de uso será realizada previo estudio. La extracción de los lodos de los lechos de secado se realizará cuando estén secos, realizando la operación con cada lecho y manteniendo los restantes en servicio. Revisiones Cada día Cada
semana Cada mes Cada 2
meses Cada año Cada 2 años
Cámara de grasas
Eliminación de grasa acumulada
Limpieza y reparación de desperfectos
Arqueta de reparto
Limpieza
fosa aséptica Vaciado
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mediante bomba Ventilación (1/2 h.) Retirada de lodos y espumas Limpieza con agua a presión
Zanja filtrante
Inspección del estado de la arena mediante calicatas cada 5 m.
Pozo filtrante
Vaciado y limpieza de paredes, fondo y grave circundante con agua a presión.
Filtro de arena
Inspección del estado de la arena mediante calicatas cada 5 m.
Fosa de decantación de digestión
Comprobación de paso de fangos a digestión . Si desprende olores se echará lechada de cal. Su hay lodos flotantes se disgregarán con chorro de agua a presión.
Extracción de la mitad de los lodos depositados y de la espuma flotante del decantador.
Cámara de desbaste
Retirada de gruesos retenidos por las rejas.
Limpieza de canales, rejas y compuertas.
Lubricación de carriles de deslizamiento de compuertas.
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BASURAS Precauciones Las basuras domésticas se verterán en bolsas cerradas. No se arrojarán objetos que puedan dañar la instalación o taponar la conducción en su caída ( en ningún caso, mayores de ¾ de la anchura del conducto). No se verterán cigarrillos encendidos ni productos inflamables. No se verterán más líquidos que los utilizados en la limpieza del conducto. Revisiones Cada día Cada semana Cada 3 meses Cada año Cubos de almacenamiento colectivo
Limpieza Desinfección
Local de almacenamiento de cubos
Se barrerá Limpieza con mangueta
Desinfección, desinsectación y desratización
HUMOS Y GASES Precauciones Toda modificación en la instalación o en sus condiciones de uso será realizada previo estudio. Se considera que se han variado las condiciones de uso en los siguientes casos: Variación del combustibles utilizado por los aparatos de combustión o de la potencia de éstos. Aumento del número de aparatos de combustión. Tras la reparación de desperfectos se procederá a una nueva prueba de servicio. Revisiones Cada 5 años Cada 10 años Conducto de evacuación
Estanqueidad de la acometida del conducto de evacuación a la chimenea.
Chimenea para combustible sólido
Limpieza
Chimenea para combustible gaseoso
Limpieza
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VENTILACIÓN Precauciones Toda modificación en la instalación o en sus condiciones de uso será realizada previo estudio. Revisiones Cada 5 años Cada 10 años Conducto principal Prueba de servicio Extractor Engrase y limpieza
Comprobación de conexiones eléctricas
Comprobación de ausencia de vibraciones
Rejillas Limpieza Comprobación de sujeción
Conducto secundario Comprobación de estanqueidad de las acometidas y sujeciones
INSTALACIONES DE GAS Gas ciudad Precauciones No se realizará ninguna modificación en la instalación sin la autorización de la compañía suministradora. Se revisará la instalación y se realizarán pruebas de servicio en los siguientes casos: Variación del tipo o características del gas suministrado superior al 30% de la presión de servicio. Cambio de destino del edificio. Modificación o ampliación de la instalación o parte de ella. Revisiones Cada año Cada 2 años Cada 4 años Llave de paso de acometida
Comp. estanqueidad, tanto abierta como cerrada, mediante espuma jabonosa.
Regulador de presión
Presión de salida a caudal nulo. Estanqueidad a presión de servicio a la red.
Canalización Prueba de estanqueidad a la presión de servicio.
Purgador Limpieza en frío Contador Comp. de estanqueidad.
Control de medida. Tubo flexible Se cambiará.
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Gas natural Precauciones Las modificaciones en la instalación serán realizadas por instalador autorizado previo estudio Revisiones Cada 2 años Cada 4 años Arqueta de acometida (*)
Comprobación de estanqueidad de la llave de cierre, tanto abierta como cerrada.
Canalización Inspección de la instalación por instalador autorizado.
Contador(*) Control de medida Tubo flexible Se cambiará (*) Las revisiones se efectuarán por la empresa suministradora. INSTALACIONES DE PROTECCIÓN Protección contra incendios Precauciones Después de un incendio se realizará una revisión completa de la instalación y sus elementos. Cuando exista grupo de presión automático y entre en funcionamiento sin entrar en servicio ningún elemento, se revisará la instalación para detectar posibles fugas. Revisiones Cada día Cada mes Cada 3
meses Cada 6 meses
Cada año Cada 5 años
Soporte y vigas
Inspección del revestimiento
Extintores de situación, accesibilidad y buen estado
Comprobación de peso y presión
Recarga por empresa autorizada
Retimbrado
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NORMAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO O SITUACIONES DE EMERGENCIA: DURANTE SU USO, EL EDIFICIO PERMITE EL LIBRE ACCESO DE LAS FUERZAS PÚBLICAS PARA ATAJAR CUALQUIER POSIBLE EVENTUALIDAD. EVACUACIÓN Y ACCIONES EN CASO DE EMERGENCIA Se recogen a continuación las instrucciones sobre el comportamiento que los ocupantes de un edificio deben tener si se produce una emergencia. 1. INCENDIO Acciones: - Si se encuentra fuego en una habitación no se debe abrir la ventana, se debe cerrar la puerta y, si es posible, mojarla por fuera. - Se debe avisar a todos los ocupantes - Si la situación es extrema y la evacuación es difícil, hay que cerrar las puertas entre los ocupantes y el humo. Es necesario tapar las posibles entradas de humo con ropa y cojines humedecidos puestos en las rendijas de las puertas. Si es posible hay que buscar una habitación con ventana al exterior, y si se puede, se debe abrir ligeramente. Evacuación - Si el incendio se ha producido en un piso superior, por regla general se puede proceder a la evacuación. - Nunca se debe utilizar el ascensor. - Si el fuego es exterior a la vivienda y en la escalera hay humo, no se debe salir de la vivienda, se deben cubrir las rendijas de las puertas con trapos mojados, abrir la ventana y dar señales de presencia. - Si se intenta salir de un lugar, se debe tantear las puertas con la mano para comprobar si están calientes. En caso afirmativo no se deben abrir. - No se debe saltar por la ventana ni descolgarse con sábanas. - Cuando se evacúa el edificio, no se deben coger pertenencias, y aún menos, volver a buscarlas. - Si la vía de escape pasa por lugares donde hay humo, es necesario agacharse y caminar a gatas. En las zonas bajas hay más oxígeno y menos gases tóxicos. Se debe contener la respiración y cerrar los ojos tanto como se pueda. - Excepto en casos en que sea impasible salir, la evacuación se debe realizar hacia abajo, nunca hacia arriba.
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2. GRAN NEVADA Acciones - Comprobar que las ventilaciones no queden obstruidas. - No se debe lanzar la nieve de las cubiertas a la calle. - Plegar y desmontar los toldos. 3. PEDRISCO Acciones - Evitar que los sumideros y las alcachofas queden obturados - Plegar y desmontar los toldos. 4. VENDAVAL Acciones - Cerrar puertas y ventanas. - Sujetar al máximo las persianas. -Sacar de los lugares expuestos al viento macetas y otros objetos que puedan caer al vacío. - Plegar y desmontar los toldos. 5. RIADA Acciones - Taponar las puertas que dan ala calle - Desconectar la electricidad. 6. ESCAPE DE GAS Acciones - Si hay un escape de gas sin fuego, se debe cerrar la llave de paso y crear agujeros de ventilación ( abajo en caso de gas butano, ya que es más pesado que el aire, arriba en caso de gas natural, ya que es menos pesado que el aire ). Es necesario ventilar el local abriendo puertas y ventanas y se debe recordar que no se deben producir chispas de ningún tipo (cerillas, encendedores...) ni abrir ó cerrar interruptores de luz. Después se debe avisar a un técnico autorizado o al servicio de urgencias de la compañía suministradora. - Si hay un escape de gas con fuego, primero se debe procurar cerrar la llave de paso y
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después extinguir el fuego con un trapo mojado o un extintor adecuado ( polvo o halón ). Si primero se apaga la llama, se debe prever que la acumulación de gas conjuntamente con la existencia de algún punto caliente no provoque una explosión. Después se debe proceder como en el caso anterior. 7. ESCAPE DE AGUA Acciones - Cerrar la llave del agua. - Desconectar la electricidad. - Recoger el agua. 8. EXPLOSIÓN Acciones - Cerrar la llave del gas. - Desconectar la electricidad. En Madrid, octubre de 2013 El arquitecto
Juan Pablo Rodríguez Frade
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VARIOS
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1. CLAUSULAS ADICIONALES 1.1 Las omisiones en cualquier documento de este proyecto, que sean manifiestamente
indispensables para llevar a cabo el espíritu o intención expuestos en los Planos y Pliegos de Condiciones, o que, por el uso y costumbre deben ser realizados, no exime al contratista de la obligación de ejecutar estos detalles de la obra correctamente.
1.2 El contratista deberá confrontar, después de recibidos, todos los planos que le hayan sido
facilitados y deberá informar, al Arquitecto-Director sobre cualquier contradicción u omisión advertida.
1.3 Previamente a la iniciación de cualquiera de las unidades que componen este proyecto, la
empresa constructora realizará una muestra de la misma en los lugares que se indiquen para la aprobación por la Dirección Facultativa.
1.4 De los productos y materiales que se empleen quedará constancia a través de documentos de idoneidad técnica y de características de los mismos. 1.5 Las unidades que figuran en este proyecto deberán ser colocadas en los sitios indicados en
los planos de implantación. El contratista queda obligado a cumplir esta exigencia. 1.6 El contratista deberá proteger todos los materiales y la propia obra contra todo deterioro y
daño durante el período de construcción, y deberá almacenar y proteger contra incendios todas las materias inflamables. Deberá conservar en perfecto estado de limpieza todos los espacios interiores y exteriores a las construcciones, evacuando los desperdicios y basuras.
1.7 En el traslado del mobiliario, así como de los objetos, se extremarán todo tipo de
precauciones y protecciones. Se realizarán en todo momento bajo la supervisión y control del personal del Museo Municipal, debiéndose observar obligatoriamente todas sus especificaciones.
1.8 A la terminación de la obra y dentro del plazo que señale la Dirección Facultativa, el
contratista deberá retirar todas sus instalaciones, herramientas, materiales, etc..., y proceder a la limpieza general de la obra.
Si no procediese así, la Propiedad, previo aviso y en un plazo de treinta días a partir de éste, puede mandarlo retirar por cuenta del contratista.
1.9 Antes de verificarse la recepción de las obras, y siempre que sea posible, se someterá todo
la obra a pruebas de resistencia, estabilidad e impermeabilidad, en su caso, y se procederá a la toma de muestras para la realización de ensayos, todo ello con arreglo al programa que redacte la Dirección.
Todas estas pruebas y ensayos serán de cuenta del contratista, y se entiende que no están verificadas totalmente hasta que den resultados satisfactorios.
Los asientos o averías, accidentes o daños que se produzcan en estas pruebas y procedan de la mala construcción o falta de precauciones, serán corregidos por el contratista, a su cargo.
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2. ESPECIFICACIONES SOBRE MATERIALES Y ELABORACION DE LAS DISTINTAS UNIDADES DE OBRA
Los materiales cumplirán las condiciones que para los mismos se especifican en los diferentes documentos de este proyecto, tanto en memoria como definición de unidades que se acompaña en este Pliego.
En general, serán preferibles aquellos materiales que vengan avalados por un Documento de Idoneidad Técnica, emitido por Organización Técnica reconocida.
Los materiales deberán cumplir las condiciones que a tal efecto quedan impuestas por normas o reglamentos de obligado cumplimiento, siendo obligación del Constructor el ajustarse a tal precepto. El Director de Obra podrá obligar a sustituir un material si se comprueba que el mismo no cumple tal condición, siendo a cargo del Constructor todos los gastos que tal circunstancia devengue.
En general los materiales serán acordes con normas, tanto nacionales como extranjeras, habiéndose citado en el apartado NORMATIVA, las normas nacionales correspondientes.
Se entiende que las condiciones impuestas a los materiales son independientes del nivel de control de calidad de aceptación que para los mismos se establece en la parte de Especificaciones de Control de este Pliego, siendo responsabilidad del Constructor la utilización de materiales acordes con las calidades exigidas. El Director de la Obra podrá obligar a sustituir cualquier material que no cumpla tales condiciones, se cual fuese la fase en que se encuentre la obra, corriendo a cargo del Constructor los gastos de tal operación que se devengue. Si por exigencias de cualquier tipo tal operación no fuese conveniente realizarla, a juicio de la Dirección de Obra, se aplicarán penalizaciones sobre el coste del material que serán fijados por la Dirección de Obra, no pudiendo plantear el Constructor reclamaciones de tipo alguno ante tal circunstancia.
Será obligación del Constructor, el comunicar a sus suministradores las exigencias que son marcadas sobre los materiales, exigiéndose que previamente al empleo de un determinado material, se solicite informe sobre el mismo a la Dirección de Obra y Organización de Control; en cualquier caso la Dirección podrá rechazar cualquier material, que aún cumpliendo las normas antes descritas no le ofreciese suficiente garantía.
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2.0 DEMOLICIONES 2.0.1. CONDICIONES ANTES DE LA DEMOLICION Las zonas a demoler siempre estarán protegidas por una valla, verja o muro.
Se protegerán los elementos del Servicio Público que puedan ser afectados por la demolición, dando parte a los Servicios Técnicos del Ayuntamiento para que procedan a proteger en su recorrido todos aquellos elementos que resulten ser afectados.
Se dispondrá en obra, para proporcionar en cada caso el equipo indispensable al operario, de una provisión de palancas, cuñas, barras, puntales, picos, tablones, bridas, cables con terminales de fábrica como gazas o ganchos y lonas e plástico, así como cascos, gafas antifragmentos, caretas antichispas, botas de suela dura y otros medios que puedan servir como recursos para eventualidades o para socorrer a los operarios que puedan accidentarse.
En ningún caso se utilizará el fuego como propagación de la llama como medio de demolición.
Antes de iniciar la demolición se neutralizarán las instalaciones de servicio urbano de acuerdo con las Compañías suministradoras.
Se taponará el alcantarillado y se revisarán los locales del edificio, comprobando que no existen almacenamiento de materiales combustibles o peligrosos, ni otras derivaciones de instalaciones que no procedan de las tomas del edificio, así como si se han vaciado los depósitos y tuberías.
Se dejarán previstas tomas de agua para el riego en evitación de la formación de polvo durante los trabajos.
En la instalación de grúas o maquinarias a emplear, se mantendrá la distancia de seguridad a las líneas de conducción eléctrica y se consultarán las Normas NTE-IEB- Instalación de Electricidad / Baja Tensión y NTE-IEP- Instalaciones de Electricidad / Puesta a tierra.
2.0.2. CONDICIONES DE SEGURIDAD DURANTE LA DEMOLICIÓN
El orden de la demolición se efectuará en general de arriba hacia abajo, de tal forma que la demolición se realice prácticamente al mismo nivel, sin que haya personas situadas en la misma vertical ni en las proximidades de elementos que abatan o vuelquen.
Durante la demolición, si aparecen grietas en zonas medianeras, se colocarán testigos, a fin de observar los posibles efectos de la demolición y efectuar su apuntalamiento o consolidar si fuera necesario.
Antes de proceder a una demolición deberán ser apeados todos aquellos elementos que, eventualmente, queden si apoyo, sufran una disminución en su capacidad mecánica o una deformación excesiva. Los apeos utilizados deberán ser arriostrados y fijados eficazmente para que las vibraciones producidas durante la demolición no afecten a su estabilidad.
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No se suprimirán los elementos atirantados o de arriostramiento en tanto no se supriman o contrarresten las tensiones que inciden sobre ellos.
También se deberán disponer los necesarios apeos y cimbras para evitar sacudidas y choques bruscos en cualquier elemento de la estructura producidos por los elementos demolidos.
Siempre que la altura de caída del operario sea superior a 2 m, se usará cinturón de seguridad, anclado a puntos fijos, o se dispondrán andamios. Se dispondrán para la circulación entre viguetas o nervios de forjado a los que se haya quitado el entrevigado.
En elementos metálicos en tensión se tendrá presente el efecto de oscilación al realizar el corte o suprimir las tensiones.
Se apuntalarán los elementos en voladizo antes de aligerar sus contrapesos.
En general se desmontarán sin trocear los elementos que puedan producir cortes o lesiones como vidrios o aparatos sanitarios.
El troceo de un elemento se realizará por piezas de tamaño manejable por una sola persona.
El corte o desmontaje de un elemento no manejable por una sola persona se realizará manteniéndolo suspendido o apuntalado, evitando las caídas bruscas o vibraciones que se transmitan o a los mecanismos de suspensión.
El abatimiento de un elemento se realizará permitiendo el giro, pero no el desplazamiento de sus puntos de apoyo, mediante mecanismo que trabaje por encima de la línea de apoyo del elemento y permita el descenso lento.
El vuelco sólo podrá realizarse para elementos despiezables no empotrados, situados en fachada hasta una altura de dos plantas y todos los de planta baja. Será necesario previamente atirantar y/o apuntalar el elemento, rozar interiormente 1/3 de su espesor o anular los anclajes, aplicando la fuerza por encima del centro de gravedad del elemento. Se dispondrá en el lugar de caída de suelo consistente, y de una zona de lado no menor de una vez y media su altura.
Los compresores, martillos neumáticos o similares, se utilizarán previa autorización de la Dirección Técnica.
En el caso de que el procedimiento de demolición sea térmico, se tomarán las precauciones necesarias para que las altas temperaturas no afecten ni a los apeos ni a los elementos estructurales a conservar.
Durante la demolición de elementos de madera se arrancarán o doblarán las puntas y clavos.
Las grúas no se utilizarán para realizar esfuerzos horizontales u oblicuos.
Las cargas se levantarán lentamente con el fin de observar si se producen anomalías, en cuyo caso se subsanarán después de haber descendido lentamente la carga a su lugar inicial.
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No se descenderán las cargas bajo el sólo control del freno. La evacuación de escombros se pueden realizar de las siguientes formas:
a.- apertura de huecos en forjados, coincidentes en vertical con el ancho de un entrevigado, y de longitud de 1.00 a 1.50 m, distribuidos de tal forma que permitan la rápida evacuación de los mismos. Este sistema sólo podrá emplearse cuando los escombros sean de tamaño manejable por una persona.
b.- mediante grúa, cuando se disponga de un espacio para su instalación y zona para descarga del escombro.
c.- mediante canales. El último tramo del canal se inclinará de modo que reduzcan las velocidades de salida de los materiales, y de forma que el extremo quede como máximo a 2 m del suelo o e la plataforma del camión que realice el transporte. El canal no irá situado exteriormente en fachadas que den ala vía pública, salvo en su tramo inclinado inferior, y su sección útil no será superior a 50 x 50 cm- Su embocadura superior estará protegida contra caídas accidentales.
d.- lanzando libremente el escombro sobre el terreno, desde la altura máxima de dos plantas, si se dispone de espacio libre de lados no menores de 6 m.
e.- por descombrado mecanizado. La máquina se aproximará a la medianera como máximo a la distancia que señale la Dirección Técnica, sin sobrepasar en ningún caso la distancia de 1m y trabajando en dirección no perpendicular a la medianera.
Se evitará la formación de polvo regando cuanto para ellos sea necesario los elementos y/o escombros.
En todos los casos del espacio donde cae el escombro, éste estará acotado y vigilado.
No se acumularán escombros con peso superior a los 100 Kg/m2 sobre forjado, aunque estén en buen estado.
No se depositará escombro sobre los andamios.
No se acumulará escombro ni se apoyarán elementos contra vallas, muros y soportes, propios y medianeros, mientras estos deban permanecer en pie.
Al final de la jornada no deberán quedar elementos del edificio en estado inestable, que le viento, las condiciones atmosféricas u otras causas puedan provocar su derrumbamiento.
Se protegerán de la lluvia mediante lonas o plásticos las zonas o elementos del edificio que puedan ser afectados por aquella.
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2.1. HORMIGON ARMADO Ver Pliego de Condiciones del Apartado ESTRUCTURA
2.1.1. MATERIALES Cemento Agua Áridos Aditivos Hormigones Pernos de expansión Materiales epoxi Armaduras 2.1.2. EJECUCION DE LAS OBRAS Obras de hormigón armado 1. Trabajos previos.
Antes de verter el hormigón la Dirección Técnica comprobará que la superficie del cofre se presenta limpia y que se han colocado correctamente, además de las armaduras, las piezas auxiliares que deberán ir embebidas en el hormigón, como manguitos, patillas de anclaje, reservas y los elementos que forman las juntas.
2. Ejecución de encofrados.
Los encofrados, así como las uniones de los distintos elementos que lo constituyen, poseerán una resistencia y rigidez suficiente para resistir, sin asiento ni deformaciones perjudiciales, las acciones de cualquier naturaleza que puedan producirse sobre ellos como consecuencia del proceso de hormigonado, y especialmente bajo las presiones del hormigón fresco o los efectos del método de compactación utilizado. No se admitirán flechas superiores a 5 mm.
Los cofres serán suficientemente estancos al objeto de impedir pérdidas apreciables de lechada. No se admitirán juntas en encofrados en madera superiores a 2 mm con encofrados metálicos se vigilará el estado de los bordes a fin de que ajusten lo suficiente para que no pierda lechada entre ellos.
RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA CAPILLA DEL MUSEO DE HISTORIA DE MADRID 75
El cofre se independizará de medianerías, en las juntas de dilatación y articulaciones para no coartar el libre movimiento del elemento de hormigón al endurecer. Cuando sea necesario, y con el fin de evitar la formación de fisuras en los paramentos de las piezas, se adoptarán las oportunas medidas para que los encofrados y moldes no impidan la libre retracción del hormigón.
Previo al vertido del hormigón los encofrados de madera se humedecerán para evitar que absorban el agua contenida en el hormigón.
Antes de hormigonar se comprobará la nivelación y aplomado de los encofrados. Se repasarán los puntales a fin de comprobar que no se han aflojado.
Podrán utilizarse productos desencofrantes. Dichos productos no deberán dejar rastro en los paramentos de hormigón, ni deslizar por las superficies verticales o inclinadas.
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2.2. ACEROS
Ver Pliego de Condiciones del Apartado ESTRUCTURA
2.2.1. MATERIALES Electrodos Pintura 2.2.2. EJECUCION DE LAS OBRAS Planos de taller
Con base a los planos de construcción, el Contratista confeccionará los correspondientes planos de taller que se someterá a la aprobación de la dirección de Obra anteriormente a la fabricación de cualquier elemento.
En dichos planos se especificarán todos los detalles de fabricación y montaje de piezas, incluyendo cortes, importes, conexiones, provisionales y definitivos, taladro, pernos, tornillos y soldaduras indicados por símbolos normalizados.
Ejecución de las soldaduras
Todas las soldaduras se realizarán únicamente por soldadores aprobados por la Dirección de Obra.
Las superficies que han de ser soldadas estarán libres de cascarilla, grasa, pintura o cualquier material extraño con la excepción única de la cascarilla de laminación que resista un vigoroso cepillado metálico.
Tolerancias de montaje Protección contra la corrosión 1. Espesor de la protección
Todas las superficies de la estructura se protegerán con una película de pintura, extendida en dos capas bien peinadas, con un espesor mínimo de 75 micras.
2. Preparación de superficies.
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Antes de la aplicación de la pintura se procederá a la limpieza de la superficie eliminando previamente aceites, grasas o cualquier otro material perjudicial realizándose a continuación una limpieza mecánica con rasqueta y cepillo de alambre para suprimir cascarillas, lodos o restos de pintura.
Las superficies ya limpias se pintarán de inmediato.
Se efectuarán los retoques precisos en todas las zonas afectadas por la soldadura o cualquier otra acción durante el proceso de montaje.
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2.3. ALBAÑILERÍA Ver Pliego de Condiciones del Apartado ESTRUCTURA
2.3.1. MATERIALES Arena Cemento Agua Ladrillo
Los tipos de ladrillos que se emplearán para muros y tabiques interiores serán recibidos con mortero de cemento de dosificación 1:6.
El cuerpo de los ladrillos será de arcilla, arcilla esquistosa, arcilla refractaria, o mezcla de estos materiales con aditivos o sin ellos, cocida de modo que se ajusten a los requisitos de esta especificación.
Cualquier colorante u otros materiales que se añaden a la arcilla serán materiales cerámicos adecuados y estarán uniformemente distribuidos en toda la masa.
Estarán exentos de resquebrajaduras y otros defectos que puedan dificultar su buen asentamiento o afectar la resistencia o la durabilidad de la construcción. La absorción máxima promedio en cinco (5) ladrillos será del diecisiete por ciento (17%), la resistencia mínima a la compresión (promedio en área total) ciento cinco kilogramos por centímetro cuadrado (105 kg/cm2).
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2.4. CANTERIA
Las piezas empleadas serán del tipo, color y procedencia aprobados por la dirección de Obra dentro de las condiciones especiales de cada una de las diversas calidades, reunirán perfectas condiciones de color y homogeneidad en la masa.
Los espesores de los tableros serán constantes y todas las dimensiones se ajustarán al despiece y dimensiones que se den en los planos o sean marcadas por la Dirección de la Obra.
En todo caso, las piezas irán recibidas con mortero de cemento PA-350 y arena de río en dosificación 1:7 en solados y 1:6 en paredes.
En los paramentos verticales las piezas de esquina irán siempre cortadas e inglete. Las piezas irán pulidas y/o abrillantadas según indique la Dirección de Obra. El contratista presentará las oportunas muestras para su aprobación.
Se colocará pavimento y revestimiento de paramentos verticales en aquellas zonas especificadas en los planos y en la memoria del proyecto.
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2.5. REVESTIMIENTOS CONTINUOS
Se considera como revestimiento continuo conglomerado el realizado con pastas o morteros de cualquiera de los conglomerantes yeso, cal o cemento y que se aplica en la superficie de un elemento de construcción, con objeto de mejorar el aspecto estético o alguna de sus propiedades.
Los revestimientos cumplirán determinadas condiciones, según que las superficies sobre las que se apliquen estén más o menos protegidas de los agentes atmosféricos, humedades y acción directa del agua:
I. Revestimientos protegidos de los agentes atmosféricos, de posibles humedades, del contacto con el agua, etc. ("al interior"):
- Adherencia adecuada al paramento que cubren -Resistencia a las acciones mecánicas (choques, roces, etc.) - Ausencia de grietas u oquedades - Regularidad de superficies -Perfección de encuentros, esquinas, molduras, etc.
-Absorción regular de la humedad por toda la superficie, con lo que se favorece una coloración uniforme de ésta.
-Coloración y aspecto estético deseado -Espesor suficiente.
II. Revestimientos expuestos a la acción de los agentes atmosféricos, agua, humedades, etc. ("al exterior"):
-Todas las anteriores -Resistencia a las acciones climáticas -Protección del soporte frente a los agentes atmosféricos, agua, humedades, etc. Estos dos tipos de revestimientos se realizarán con los siguientes conglomerantes: Tipo I. - Con pasta o mortero de yeso, morteros de cemento, cal o mixtos. Tipo II.- Con pastas o morteros de cemento, cal o mixtos. TEMPERATURAS DE EJECUCION
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Los trabajos de revestimiento del tipo I, cuando se realicen con pastas o morteros de yeso, se efectuarán con temperaturas no inferiores a +5°C, antes y durante la ejecución, debiendo protegerse contra las heladas una vez tendidos, durante un plazo mínimo de 24 horas. Los trabajos de revestimiento de tipo II se efectuarán con temperaturas no inferiores a +5 C, recomendándose que esta condición se mantenga por lo menos dos días antes de la ejecución del revestimiento, durante ella y 5 días después.
PREPARACION DEL SOPORTE
Antes de proceder a la aplicación del revestimiento se realizarán las siguientes operaciones: a) Rascado de juntas en fábricas antiguas b) Creación de rugosidades cuando las superficies sean demasiado lisas c) Eliminación de hollín y manchas de grasa d) Eliminación de escurriduras de mortero y manchas de sales cristalizadas e) Eliminación de pintura de los paramentos f) Barrido y lavado del soporte g) Humectación conveniente. 2.5.1. MATERIALES Conglomerantes 1. Yeso Este conglomerante cumplirá condiciones fijadas en las siguientes normas: yeso blanco NORMA UNE 41.022 yeso negro escayola NORMA UNE 41.023 2. Cal
Este conglomerante cumplirá las condiciones fijadas en las siguientes normas: NORMAS UNE 41.066, 41.067 y 41.068 3. Cemento
Salvo que la Dirección de la Obra ordene lo contrario, este conglomerante cumplirá las condiciones fijadas, para sus distintos tipos, en el "Pliego General de Condiciones para la
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recepción de Conglomerantes Hidráulicos en las obras de carácter oficial." Áridos
Pueden emplearse como áridos las arenas procedentes de río o cantera, así como las obtenidas por trituración de rocas naturales, vidrios o piezas cerámicas.
Cuando no se posean antecedentes sobre la utilización de los áridos disponibles, o en caso de duda, se comprobará mediante ensayos que éstos cumplen las condiciones siguientes:
Salvo en algunos casos especiales de revoco y estuco, el árido debe pasar, en su totalidad, por el tamiz de 5 mm.
Agua
Pueden admitirse sin necesidad de ensayo previo en la confección de revestimientos continuos conglomerados, todas las aguas que por sus características estén clasificadas como potables; y también las que, empleadas e obras similares en la localidad, no hayan producido eflorescencias ni perturbaciones en el proceso de fraguado y endurecimiento.
Adiciones
Se comprobará que las adiciones que se utilicen producen el efecto deseado, sin perjudicar sensiblemente las restantes características de la pasta o mortero. Su empleo deberá ser previamente aprobado por el Director de la Obra, quien, además de dar su conformidad al tipo de adición, la deberá prestar también a la dosificación de la misma.
Elementos complementarios metálicos
Se consideran como tales a efectos de este Pliego de Condiciones los siguientes elementos: malla metálica, chapa desplegada y guardavivos, que podrán ser de acero, aluminio o cinc.
Salvo indicación especial de la Dirección de la Obra, se colocarán siempre la malla metálica o la chapa desplegada en los siguientes casos:
a) En juntas de fábrica de distinto material. b) En el revestimiento de paramentos que, como consecuencia de una ejecución
defectuosa del soporte, precisen un espesor de pasta o mortero superior a 3,0 cm. c) En molduras, cornisas y otros elementos decorativos cuyo recubrimiento sea
superior a 3,0 cm. d) En elementos metálicos que deban ser revestidos con pastas o morteros
directamente aplicados sobre aquellos.
La aplicación de estos materiales metálicos en otras unidades de obra, tales como: cielorasos, recercados de huecos, encuentros de paramentos, guardavivos, formación de
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tabiques, etc., se indicará en el Pliego Particular de condiciones, así como las características y métodos de puesta en obra de los mismos.
En todos los trabajos realizados con malla metálica se procurará que, una vez colocada, quede suficientemente tensa.
La colocación de los guardavivos se hará con anterioridad al tendido de los paramentos; y en forma que su arista quede enrasada con la superficie del revestimiento, a la que servirá de esquina.
2.5.2. CONFECCION DE MORTEROS Y PASTAS
La confección de morteros de cal, cemento o mixtos se realizará a mano o por medios mecánicos; y exclusivamente a mano la de las pastas y morteros de yeso.
Los morteros de cemento se dosificarán en peso, y las pastas o morteros de cal y yeso en volumen.
En cada amasijo se preparará únicamente la cantidad necesaria para el empleo inmediato de todos los materiales, continuando poco a poco la adición de agua, hasta conseguir una mezcla íntima en toda la masa del mortero.
2.5.3. TRABAJOS DE REVESTIMIENTOS 1. Enfoscado
Los enfoscados se realizarán sobre paramentos previamente limpios y humedecidos adecuadamente.
No es conveniente que las juntas del paramento a enfoscar sean enrasadas.
Para el enfoscado sobre fábricas antiguas se aplicará previamente, con brocha, una lechada de cemento.
La textura deberá ser suficientemente rugosa en los casos en que el enfoscado vaya a recibir posteriormente otra capa de revoco o estuco, a fin de obtener con ello una buena adherencia entre ambas.
Durante el período de curado de los enfoscados, se procurará ayudar este fenómeno mediante los procesos necesarios, tales como riego en épocas calurosas, protección contra fuertes soleamientos, heladas, etc.
2. Revocos
Los revocos se realizarán con mortero de cemento o mortero mixto, aplicándolos sobre paramentos previamente enfoscados y empleándose como áridos los procedentes de la trituración de rocas o vidrios. Su espesor será de 6-100 mm.
Se regarán una vez ejecutados en función de la humedad ambiente.
El Pliego Particular de Condiciones indicará el tipo de revoco, dosificación y árido a emplear.
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En el anexo del presente Pliego se incluye una recomendación de dosificaciones sancionadas por la práctica.
En los revocos pétreos se extenderá la capa de mortero, a todo espesor con la llana. Conseguida una superficie suficientemente plana, se bruñirá toda ella, igualmente con la llana, para eliminar todos los poros de la superficie. Cuando el mortero esté en vías de endurecimiento, se procederá al lavado con agua abundante y cepillos de crin, a fin de sacar a la superficie los granos del árido empleado, quitando la película exterior de lechada.
Después se marcarán, si procede, las juntas, lavándose a continuación la superficie con brocha y agua hasta sacar la lechada de cal, dejando orear el paramento, y, finalmente, expulsándole con los cepillos.
3. Tendidos
Los guarnecidos se confeccionarán con pasta de yeso negro. Su ejecución se realizará con maestras, colocando éstas a una distancia no superior a 80 cm y rellenando los espacios comprendidos entre cada par de ellas (cajones) aplicando y extendiendo la pasta de yeso con la mano. A continuación se pasará la regla apoyándola en cada par de maestras y deslizándola de abajo arriba.
Cuando los paramentos estén suficientemente planos y previa autorización del Director de la Obra, se podrán aplicar los guarnecidos directamente sin necesidad de maestrearlos.
En los ángulos se ejecutarán maestras dobles a fin de conseguir una buena arista.
Las aristas se sacarán siempre rectas y vivas, tanto en horizontal como en vertical, salvo indicación expresa en contrario del Director de la Obra.
Una vez que el guarnecido tenga la consistencia adecuada se humedecerá, procediéndose seguidamente a marcar estrías con la regla o la llana, a fin de facilitar el posterior agarre del enlucido.
El espesor del guarnecido no deberá ser superior a dos centímetros.
Los blanqueos o enlucidos no se ejecutarán hasta que esté completamente seco el guarnecido del paramento y siempre con espesor o superior a 3 mm.
Para la confección de la pasta se empleará yeso blanco, y el tendido se hará con la llana, apretando con fuerza la masa hasta que se adhiera bien y quede perfectamente alisada y sin rebabas en los empalmes; éstos se prepararán dejando cortados los bordes en bisel y con su contorno sinuoso, a fin de obtener una buena traba.
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2.6. MADERA
La madera empleada será del tipo, color y procedencia aprobados por la Dirección de Obra y reunirá perfectas condiciones de color y homogeneidad.
Los espesores de los tableros serán constantes y su forma de colocación será indicada por la Dirección de Obra.
Serán de primera calidad y bien seleccionadas y secas. El tipo de madera será el definido en planos y mediciones.
Toda pieza que presente indicios de recalentamiento, prudición, carie seca o húmeda, agusanado, hendiduras, o alabeo, descantilladuras, alburas, nudos viciosos o demasiado numerosos, vacíos, picados que presentan reparticiones desiguales de las fibras, o estar debidamente tratadas en su secado, serán rechazadas.
El contratista presentará las oportunas muestras para su aprobación. Características a exigir: - Resistencia a compresión 600 kg/cm2 - Coeficiente humedad, 8 - 10% - Carencia de nudos, fendas, manchas y moteados
- Uniformidad de color
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2.7. VIDRIO Las condiciones de aspecto y resistencia que habrá de cumplir, serán las siguientes:
Luna de laminación, desbaste y pulido, o por flotado. Plano sin asperezas ni ondulaciones en los bordes, y caras rigurosamente paralelas.
La reflexión para la vista humana será inferior al 1,5%. Para la limpieza del vidrio se utilizarán trapos suaves sin apresto embebidos en alcohol, evitando productos que puedan producir rozamiento.
Será de aplicación la N.T.E. 1973FVP.
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3. ESPECIFICACIONES SOBRE CONTROL DE CALIDAD La Dirección de Obra, dispondrá con cargo al presupuesto de la obra, de un 1,5 % para gastos de Control o ensayos, entendiéndose que tal es el límite que, como máximo, puede destinarse a control de recepción con cargo al Presupuesto. En lo que respecta a materiales, el Constructor deberá facilitar a su cargo a la Organización de Control las muestras precisas para la realización de los ensayos que se especifican así como aquellos que estime oportuno ordenar la Dirección de Obra. Dichas muestras serán entregadas con la antelación suficiente especificar y desglosar casos, para que la realización de los ensayos no suponga obstáculo alguno al plan de obra, cifrándose como mínimo dicha antelación en quince días, más el propio plazo de realización del ensayo. En lo que respecta a los controles de ejecución sobre unidades de obra en fase constructiva o terminada, el Constructor facilitará a la organización de Control cuantos medios auxiliares y mano de obra no cualificada precise utilizar para la realización de las pruebas. En particular se incluyen en este aspecto los materiales, medios auxiliares y mano de obra para reproducir la sobrecarga y colocación de aparatos en la realización de pruebas de carga.
Madrid, octubre de 2013
El Arquitecto
Juan Pablo Rodríguez Frade
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4. CLASIFICACIÓN EXIGIBLE AL ADJUDICATARIO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 del TRLCSP, la clasificación exigida al adjudicatario será Grupo K-7 con la categoría D.
Madrid, octubre de 2013
El Arquitecto
Juan Pablo Rodríguez Frade
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