iii. otras resolucioneshispagua.cedex.es/sites/default/files/hispagua_legislacion/boc20100… ·...

5
III. Otras Resoluciones Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación 2143 ORDEN de 9 de abril de 2010, por la que se mo- difica parcialmente la Orden de 16 de marzo de 2010 (BOC nº 60, de 25.3.10), que convoca pa- ra el ejercicio de 2010, las subvenciones desti- nadas a la mejora de regadíos de iniciativa pri- vada, establecidas en la sección 6ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de de- terminadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febre- ro de 2010, de esta Consejería. Examinada la iniciativa de la Dirección General de Desarrollo Rural para modificar parcialmente la Orden de 16 de marzo de 2010, de la Consejería de Agricultu- ra, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se con- vocan para el ejercicio de 2010, las subvenciones des- tinadas a la mejora de regadíos de iniciativa privada, establecidas en la sección 6ª del Capítulo II de las ba- ses reguladoras de la concesión de determinadas subven- ciones previstas en el marco del Programa de Desarro- llo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010, de esta Consejería, así como la pro- puesta de la Secretaría General Técnica, y teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- La Orden de 16 de marzo de 2010 (BOC nº 60, de 25.3.10), de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se con- vocan las subvenciones destinadas a la mejora de re- gadíos de iniciativa privada, establecidas en la sec- ción 6ª del capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Ca- narias FEADER, para el período de programación 2007- 2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, establece en el resuelvo tercero que las solicitudes para acogerse a dicha convocatoria se ajustarán al modelo normalizado que aparece reco- gido en su anexo I. Segundo.- En el modelo normalizado contenido en dicho anexo, figuran recogidos una serie de requisitos que deben cumplir las asociaciones sin personalidad ju- rídica, que sin embargo, no se encuentran entre los es- tablecidos en el artículo 38 de las bases reguladoras apro- badas por la Orden de 10 de febrero de 2010. El citado artículo 38, en su apartado 3, afirma que las asociaciones sin personalidad jurídica, tan sólo de- berán aportar como documentación complementaria, el acuerdo de todos los integrantes por el que se re- girá la realización de la inversión y su mantenimien- to, ajustado al modelo que figura en el anexo VIII de las bases reguladoras. Como consecuencia de lo anterior, se hace nece- saria la modificación de la Orden de 16 de marzo de 2010, en el sentido de suprimir, en la hoja 2 del ane- xo I, el siguiente párrafo: “En el supuesto de entidades sin personalidad ju- rídica, los requisitos anteriormente expuestos debe- rán acreditarlos todos y cada uno de los integrantes de dicha entidad.” FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- Es competente la titular de la Conseje- ría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, para aprobar esta Orden, de conformidad con lo es- tablecido en el artículo 64.1 de las bases regulado- ras de la concesión de determinadas subvenciones pre- vistas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programa- ción 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de fe- brero de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ga- nadería, Pesca y Alimentación (BOC nº 37, de 23.2.10), y en el artículo 14.1 en relación con el artículo 3.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias. Segundo.- La modificación que se pretende, alte- ra la documentación que se exige a los peticionarios de las subvenciones, en el sentido de que ya no va a ser necesario aportar algunos de los documentos que se solicitaban, de forma incorrecta, en la Orden de convocatoria de 16 de marzo de 2010, lo que impli- ca un beneficio para dichos peticionarios. Como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en el resuelvo tercero de la Orden de convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes se encuentra abierto, pues finaliza el 26 de abril del año en curso, y tenien- do en cuenta que los peticionarios deberán ajustarse al nuevo modelo de solicitud, se considera oportuno am- pliar dicho plazo hasta el 4 de mayo de 2010. En virtud de lo anteriormente expuesto, y en uso de las facultades que tengo legalmente atribuidas, R E S U E L V O: Primero.- Modificar el anexo I de la Orden de 16 de marzo de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se con- vocan las subvenciones destinadas a la mejora de re- gadíos de iniciativa privada, establecidas en la sec- ción 6ª del capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Ca- Boletín Oficial de Canarias núm. 74 10334 Viernes 16 de abril de 2010 boc-a-2010-074-2143

Upload: others

Post on 03-Oct-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: III. Otras Resolucioneshispagua.cedex.es/sites/default/files/hispagua_legislacion/boc20100… · vistas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el per

III. Otras Resoluciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

2143 ORDEN de 9 de abril de 2010, por la que se mo-difica parcialmente la Orden de 16 de marzo de2010 (BOC nº 60, de 25.3.10), que convoca pa-ra el ejercicio de 2010, las subvenciones desti-nadas a la mejora de regadíos de iniciativa pri-vada, establecidas en la sección 6ª del CapítuloII de las bases reguladoras de la concesión de de-terminadas subvenciones previstas en el marcodel Programa de Desarrollo Rural de CanariasFEADER, para el período de programación2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febre-ro de 2010, de esta Consejería.

Examinada la iniciativa de la Dirección General deDesarrollo Rural para modificar parcialmente la Ordende 16 de marzo de 2010, de la Consejería de Agricultu-ra, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se con-vocan para el ejercicio de 2010, las subvenciones des-tinadas a la mejora de regadíos de iniciativa privada,establecidas en la sección 6ª del Capítulo II de las ba-ses reguladoras de la concesión de determinadas subven-ciones previstas en el marco del Programa de Desarro-llo Rural de Canarias FEADER, para el período deprogramación 2007-2013, aprobadas por Orden de 10de febrero de 2010, de esta Consejería, así como la pro-puesta de la Secretaría General Técnica, y teniendo encuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Orden de 16 de marzo de 2010 (BOCnº 60, de 25.3.10), de la Consejería de Agricultura,Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se con-vocan las subvenciones destinadas a la mejora de re-gadíos de iniciativa privada, establecidas en la sec-ción 6ª del capítulo II de las bases reguladoras de laconcesión de determinadas subvenciones previstas enel marco del Programa de Desarrollo Rural de Ca-narias FEADER, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010,de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca yAlimentación, establece en el resuelvo tercero que lassolicitudes para acogerse a dicha convocatoria seajustarán al modelo normalizado que aparece reco-gido en su anexo I.

Segundo.- En el modelo normalizado contenido endicho anexo, figuran recogidos una serie de requisitosque deben cumplir las asociaciones sin personalidad ju-rídica, que sin embargo, no se encuentran entre los es-tablecidos en el artículo 38 de las bases reguladoras apro-badas por la Orden de 10 de febrero de 2010.

El citado artículo 38, en su apartado 3, afirma quelas asociaciones sin personalidad jurídica, tan sólo de-berán aportar como documentación complementaria,

el acuerdo de todos los integrantes por el que se re-girá la realización de la inversión y su mantenimien-to, ajustado al modelo que figura en el anexo VIII delas bases reguladoras.

Como consecuencia de lo anterior, se hace nece-saria la modificación de la Orden de 16 de marzo de2010, en el sentido de suprimir, en la hoja 2 del ane-xo I, el siguiente párrafo:

“En el supuesto de entidades sin personalidad ju-rídica, los requisitos anteriormente expuestos debe-rán acreditarlos todos y cada uno de los integrantesde dicha entidad.”

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Es competente la titular de la Conseje-ría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación,para aprobar esta Orden, de conformidad con lo es-tablecido en el artículo 64.1 de las bases regulado-ras de la concesión de determinadas subvenciones pre-vistas en el marco del Programa de Desarrollo Ruralde Canarias FEADER, para el período de programa-ción 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de fe-brero de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ga-nadería, Pesca y Alimentación (BOC nº 37, de 23.2.10),y en el artículo 14.1 en relación con el artículo 3.1del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que seestablece el régimen general de subvenciones de laComunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- La modificación que se pretende, alte-ra la documentación que se exige a los peticionariosde las subvenciones, en el sentido de que ya no va aser necesario aportar algunos de los documentos quese solicitaban, de forma incorrecta, en la Orden deconvocatoria de 16 de marzo de 2010, lo que impli-ca un beneficio para dichos peticionarios.

Como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en elresuelvo tercero de la Orden de convocatoria, el plazode presentación de solicitudes se encuentra abierto,pues finaliza el 26 de abril del año en curso, y tenien-do en cuenta que los peticionarios deberán ajustarse alnuevo modelo de solicitud, se considera oportuno am-pliar dicho plazo hasta el 4 de mayo de 2010.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y en usode las facultades que tengo legalmente atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el anexo I de la Orden de 16de marzo de 2010, de la Consejería de Agricultura,Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se con-vocan las subvenciones destinadas a la mejora de re-gadíos de iniciativa privada, establecidas en la sec-ción 6ª del capítulo II de las bases reguladoras de laconcesión de determinadas subvenciones previstas enel marco del Programa de Desarrollo Rural de Ca-

Boletín Oficial de Canarias núm. 74 10334 Viernes 16 de abril de 2010

boc-a-2010-074-2143

Page 2: III. Otras Resolucioneshispagua.cedex.es/sites/default/files/hispagua_legislacion/boc20100… · vistas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el per

narias FEADER, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010,de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca yAlimentación, en el sentido de suprimir en la hoja 2del anexo I, el siguiente párrafo:

“En el supuesto de entidades sin personalidad ju-rídica, los requisitos anteriormente expuestos debe-rán acreditarlos todos y cada uno de los integrantesde dicha entidad.”

Segundo.- Aprobar un nuevo modelo normalizadode solicitud que figura recogido como anexo I a esta Orden.

Tercero.- Ampliar el plazo de presentación de so-licitudes previsto en la Orden de 16 de marzo de2010, hasta el 4 de mayo de 2010.

Cuarto.- Los peticionarios que hayan presentado susolicitud, con anterioridad a que surta efecto esta Or-den, dispondrán de un plazo de 10 días a contar desdesu publicación, para presentar una nueva solicitud desubvención, de acuerdo con el nuevo modelo normali-zado que figura como anexo I.

Quinto.- Esta Orden surtirá sus efectos el mis-mo día de su publicación en el Boletín Oficial deCanarias.

Contra esta Orden, que agota la vía administrati-va, podrá interponerse recurso contencioso-adminis-trativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Su-perior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos mesescontados a partir del día siguiente al de su publica-ción en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjui-cio de que pueda interponerse recurso potestativode reposición ante este Órgano, en el plazo de unmes contado a partir del día siguiente a la referi-da publicación de la misma, con los efectos pre-vistos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de abril de 2010.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,

María del Pilar Merino Troncoso.

Boletín Oficial de Canarias núm. 74 10335 Viernes 16 de abril de 2010

boc-a-2010-074-2143

Page 3: III. Otras Resolucioneshispagua.cedex.es/sites/default/files/hispagua_legislacion/boc20100… · vistas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el per

Boletín Oficial de Canarias núm. 74 10336 Viernes 16 de abril de 2010

A N E X O I

boc-a-2010-074-2143

Page 4: III. Otras Resolucioneshispagua.cedex.es/sites/default/files/hispagua_legislacion/boc20100… · vistas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el per

Boletín Oficial de Canarias núm. 74 10337 Viernes 16 de abril de 2010

boc-a-2010-074-2143

Page 5: III. Otras Resolucioneshispagua.cedex.es/sites/default/files/hispagua_legislacion/boc20100… · vistas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el per

Boletín Oficial de Canarias núm. 74 10338 Viernes 16 de abril de 2010

boc-a-2010-074-2143