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III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad 3767 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 10 de julio de 2012, por la que se actualizan las dis- tribuciones de módulos y asignaciones hora- rias a tutorías de determinados ciclos forma- tivos de Formación Profesional a Distancia impartidos en la Comunidad Autónoma de Canarias, y se fijan las de ciclos formativos que se implantarán en el curso académico 2012-2013. Siendo necesario actualizar la distribución de mó- dulos y las asignaciones horarias de determinados ci- clos formativos de Formación Profesional a Distan- cia que se vienen impartiendo en centros educativos de esta Comunidad Autónoma, así como determinar las previstas para ciclos formativos que se implan- tarán en el curso académico 2012-2013, y teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- La Consejería de Educación, Universi- dades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias ofrece a las personas adultas la posibilidad de cuali- ficarse profesionalmente a través de una Formación Profesional adaptada a sus posibilidades e intereses. Segundo.- La actualización de los títulos de For- mación Profesional del sistema educativo requiere la adaptación de los ciclos formativos que se vienen im- partiendo a distancia en esta Comunidad Autónoma. Tercero.- La implantación de nuevos ciclos formati- vos de Formación Profesional en régimen a distancia ha- ce necesario fijar la distribución de módulos y las asig- naciones horarias de determinados ciclos formativos. A estos hechos les son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- La Resolución de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, de 26 de julio de 2010, por la que se actualizan ins- trucciones de organización de la Formación Profe- sional a Distancia en la Comunidad Autónoma de Ca- narias (BOC 154, de 6 de agosto). Segundo.- De acuerdo con lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi- nistraciones Públicas y del Procedimiento Administra- tivo Común, en su artículo 21, los órganos administra- tivos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones y órdenes de servicio. Cuando una disposición especí- fica así lo establezca o se estime conveniente por razón de los destinatarios o de los efectos que puedan produ- cirse, las instrucciones y órdenes de servicio se publi- carán en el periódico oficial que corresponda. Tercero.- Por otra parte, el Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamen- tos de la Administración Autonómica de Canarias, es- tablece en su artículo 4, apartado 1, que los órganos departamentales, en el ámbito de atribuciones que les sea propio, podrán dictar instrucciones y directrices a los órganos y unidades que dependan funcionalmen- te de los mismos. Las instrucciones son obligatorias para sus destinatarios en todos sus elementos. Por ello, y en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Formación Pro- fesional y Educación de Adultos, en el apartado b), del artículo 12 del Reglamento Orgánico de la Con- sejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado en el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1 de agosto), en su redacción actual, R E S U E L V O: Primero.- Establecer la distribución de módulos y las asignaciones horarias a tutorías para determi- nados ciclos formativos de grado medio (en adelan- te, CFGM) y de grado superior (en adelante, CFGS) de Formación Profesional a Distancia, correspondien- tes a la actualización de nuevos títulos, y fijar las de los ciclos formativos de nueva implantación en la Co- munidad Autónoma de Canarias en el curso acadé- mico 2012-2013, de acuerdo con lo recogido en los anexos siguientes: A) Actualización de títulos - Anexo I: CFGS Administración y Finanzas. - Anexo II: CFGS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma. - Anexo III: CFGM Emergencias Sanitarias. - Anexo IV: CFGM Gestión Administrativa. - Anexo V: CFGS Gestión de Ventas y Espacios Comerciales. - Anexo VI: CFGS Sistemas de Telecomunicacio- nes e Informáticos. B) Nueva implantación - Anexo VII: CFGM Atención a Personas en Si- tuación de Dependencia. - Anexo VIII: CFGS Automoción. - Anexo IX: CFGM Carrocería. Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13524 Martes 24 de julio de 2012 boc-a-2012-144-3767

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III. Otras Resoluciones

Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

3767 Dirección General de Formación Profesionaly Educación de Adultos.- Resolución de 10 dejulio de 2012, por la que se actualizan las dis-tribuciones de módulos y asignaciones hora-rias a tutorías de determinados ciclos forma-tivos de Formación Profesional a Distanciaimpartidos en la Comunidad Autónoma deCanarias, y se fijan las de ciclos formativosque se implantarán en el curso académico2012-2013.

Siendo necesario actualizar la distribución de mó-dulos y las asignaciones horarias de determinados ci-clos formativos de Formación Profesional a Distan-cia que se vienen impartiendo en centros educativosde esta Comunidad Autónoma, así como determinarlas previstas para ciclos formativos que se implan-tarán en el curso académico 2012-2013, y teniendoen cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Consejería de Educación, Universi-dades y Sostenibilidad del Gobierno de Canariasofrece a las personas adultas la posibilidad de cuali-ficarse profesionalmente a través de una FormaciónProfesional adaptada a sus posibilidades e intereses.

Segundo.- La actualización de los títulos de For-mación Profesional del sistema educativo requiere laadaptación de los ciclos formativos que se vienen im-partiendo a distancia en esta Comunidad Autónoma.

Tercero.- La implantación de nuevos ciclos formati-vos de Formación Profesional en régimen a distancia ha-ce necesario fijar la distribución de módulos y las asig-naciones horarias de determinados ciclos formativos.

Aestos hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Resolución de la Dirección Generalde Formación Profesional y Educación de Adultos,de 26 de julio de 2010, por la que se actualizan ins-trucciones de organización de la Formación Profe-sional a Distancia en la Comunidad Autónoma de Ca-narias (BOC 154, de 6 de agosto).

Segundo.- De acuerdo con lo que dispone la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, en su artículo 21, los órganos administra-tivos podrán dirigir las actividades de sus órganosjerárquicamente dependientes mediante instruccionesy órdenes de servicio. Cuando una disposición especí-

fica así lo establezca o se estime conveniente por razónde los destinatarios o de los efectos que puedan produ-cirse, las instrucciones y órdenes de servicio se publi-carán en el periódico oficial que corresponda.

Tercero.- Por otra parte, el Decreto 212/1991, de11 de septiembre, de organización de los Departamen-tos de la Administración Autonómica de Canarias, es-tablece en su artículo 4, apartado 1, que los órganosdepartamentales, en el ámbito de atribuciones que lessea propio, podrán dictar instrucciones y directricesa los órganos y unidades que dependan funcionalmen-te de los mismos. Las instrucciones son obligatoriaspara sus destinatarios en todos sus elementos.

Por ello, y en el ejercicio de las competenciasatribuidas a la Dirección General de Formación Pro-fesional y Educación de Adultos, en el apartado b),del artículo 12 del Reglamento Orgánico de la Con-sejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobadoen el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148,de 1 de agosto), en su redacción actual,

R E S U E L V O:

Primero.- Establecer la distribución de módulosy las asignaciones horarias a tutorías para determi-nados ciclos formativos de grado medio (en adelan-te, CFGM) y de grado superior (en adelante, CFGS)de Formación Profesional a Distancia, correspondien-tes a la actualización de nuevos títulos, y fijar las delos ciclos formativos de nueva implantación en la Co-munidad Autónoma de Canarias en el curso acadé-mico 2012-2013, de acuerdo con lo recogido en losanexos siguientes:

A) Actualización de títulos

- Anexo I: CFGS Administración y Finanzas.

- Anexo II: CFGS Desarrollo de AplicacionesMultiplataforma.

- Anexo III: CFGM Emergencias Sanitarias.

- Anexo IV: CFGM Gestión Administrativa.

- Anexo V: CFGS Gestión de Ventas y EspaciosComerciales.

- Anexo VI: CFGS Sistemas de Telecomunicacio-nes e Informáticos.

B) Nueva implantación

- Anexo VII: CFGM Atención a Personas en Si-tuación de Dependencia.

- Anexo VIII: CFGS Automoción.

- Anexo IX: CFGM Carrocería.

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13524 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

- Anexo X: CFGM Cocina y Gastronomía.

- Anexo XI: CFGS Dirección de Cocina.

- Anexo XII: CFGS Eficiencia Energética y Ener-gía Solar Térmica.

- Anexo XIII: CFGM Electromecánica de Vehícu-los Automóviles.

- Anexo XIV: CFGM Panadería, Repostería yConfitería.

- Anexo XV: CFGM Peluquería y CosméticaCapilar.

- Anexo XVI: CFGM Sistemas Microinformáti-cos y Redes.

Segundo.- Facultar a los equipos directivos de loscentros para que arbitren el procedimiento más ade-cuado para que la presente Resolución sea conociday difundida entre los distintos sectores de la comu-

nidad educativa, haciéndoles llegar copia de la mis-ma, cuando así se solicite por la persona interesada,y exponiendo permanentemente una en el tablón deanuncios del centro.

Tercero.- Encomendar a la Inspección de Educa-ción la supervisión y asesoramiento en aquellos as-pectos que le soliciten los equipos directivos de loscentros.

Contra la presente Resolución se podrá interpo-ner recurso de alzada ante la Viceconsejería de Edu-cación y Universidades, en el plazo de un mes a par-tir del día siguiente al de su publicación, de conformidadcon los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 deenero.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de julio de 2012.- ElDirector General de Formación Profesional y Edu-cación de Adultos, José Moya Otero.

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13525 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13526 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13527 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13528 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13529 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13530 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13531 Martes 24 de julio de 2012

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Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13532 Martes 24 de julio de 2012

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Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13533 Martes 24 de julio de 2012

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Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13534 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13535 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13536 Martes 24 de julio de 2012

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Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13537 Martes 24 de julio de 2012

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Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13538 Martes 24 de julio de 2012

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Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13539 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13540 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13541 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767

Boletín Oficial de Canarias núm. 144 13542 Martes 24 de julio de 2012

boc-a-2012-144-3767