iii jornadas sobre el fomento del empleo estable vigo, 17 de diciembre de 2008

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III JORNADAS SOBRE EL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE Vigo, 17 de diciembre de 2008

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Page 1: III JORNADAS SOBRE EL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE Vigo, 17 de diciembre de 2008

III JORNADAS SOBRE EL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE

Vigo, 17 de diciembre de 2008

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Desde 1998 existe en esta Eurorregión

EURES TRANSFRONTEIRIZO

GALICIA-NORTE PORTUGAL

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Esta estructura transfronteriza fue constituida por la Comisión Europea, la Xunta de Galicia, el INEM y el Instituto do Emprego e Formaçao Profissional de Portugal, en colaboración con los principales agentes económicos y sociales de la Eurorregión (Asociaciones Empresariales, Sindicatos, Universidades …)

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EURES TRANSFRONTERIZOS

EURES tiene una misión especialmente importante que cumplir en las regiones transfronterizas, donde hay importantes flujos de trabajadores que viven en un país y trabajan en otro.

Empresarios y Trabajadores Transfronterizos tienen que hacer frente a diferentes prácticas nacionales y sistemas jurídicos y pueden tener que enfrentarse a diario con obstáculos a la movilidad de carácter administrativo, jurídico o fiscal.

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TRABAJADORES TRANSFRONTERIZOS

La expresión “trabajador fronterizo” designa a todo trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia que ejerza su actividad profesional en el territorio de un Estado miembro y resida en el territorio de otro Estado miembro, al que regresa en principio cada día o al menos una vez por semana. (art. 1.b) Reglamento C.E.E. nº 1408/71

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TRABAJADOR DESPLAZADO

Directiva 96/71/CE

A efectos de la presente Directiva, se entenderá por «trabajador desplazado» todo trabajador que, durante un período limitado, realice su trabajo en el territorio de un Estado miembro distinto de aquel en cuyo territorio trabaje habitualmente.

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Desplazamientos a España

Ley 45/99, de 29 de noviembre, sobre desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional

______________________

Se entiende por:

1. Desplazamiento en el marco de una prestación de servicios transnacional, el efectuado a España por empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente Ley durante un período de tiempo limitado en cualquiera de los siguientes supuestos:

– a) El desplazamiento de un trabajador por cuenta y bajo la dirección de su empresa en ejecución de un contrato celebrado entre la misma y el destinatario de la prestación de servicios, que esté establecido o que ejerza su actividad en España;

– b) El desplazamiento de un trabajador a un centro de trabajo de la propia empresa o de otra empresa del grupo del que forme parte.

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2. Trabajador desplazado, el trabajador, cualquiera que sea su nacionalidad, de las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley, desplazado a España durante un período de tiempo limitado en el marco de una prestación de servicios transnacional, siempre que exista una relación laboral entre tales empresas y el trabajador durante el período de desplazamiento.

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OBLIGACIONES DE LOS EMPRESARIOS

Cualquiera que se la legislación aplicable al contrato de trabajo, se deben garantizar las condiciones de trabajo previstas por la legislación laboral española relativas a:

• a) tiempo de trabajo;

• b) cuantía del salario;

• c) igualdad de trato y no discriminación por razón de sexo;

• d) Trabajo de menores;

• e) prevención de riesgos laborales;

• f) no discriminación de temporales o a tiempo parcial;

• g) respeto a la intimidad;

• h) libre sindicación.

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Destacamento de trabalhadores no território dos Estados da União

Europeia / Espaço Económico Europeu (EEE) / Suíça

É trabalhador destacado, no quadro definido, a pessoa que

- exerça uma actividade assalariada no território de um Estado-Membro/Parte, ao serviço de uma empresa de que normalmente depende, e que seja destacada por esta empresa para o território de outro Estado-Membro/Parte a fim de aí efectuar um trabalho por conta desta última.

- exerça uma actividade não assalariada no território de um Estado-Membro/Parte e que efectua um trabalho no território de outro Estado-Membro/Parte.

Estas pessoas continuam sujeitas à legislação do primeiro Estado-Membro/Parte, desde que o período previsível desse trabalho não exceda doze meses e que não seja enviada em substituição de outra pessoa que tenha terminado o período do seu destacamento. São condições essenciais para a continuação da vinculação à legislação do Estado-Membro/Parte de destacamento, que a empresa destacante exerça regular e continuadamente actividades significativas no território deste Estado e que os trabalhadores destacados continuem sujeitos à autoridade e direcção da referida empresa.

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Se o período de trabalho a efectuar se prolongar, devido a circunstâncias imprevisíveis, para além do período inicialmente previsto e vier a exceder doze meses, a legislação do primeiro Estado-Membro/Parte continua a ser aplicável até à conclusão desse trabalho, desde que a autoridade competente do Estado-Membro/Parte em cujo território o interessado estiver destacado ou o organismo designado por esta autoridade tenha dado o seu consentimento. Este consentimento deve ser solicitado antes do fim do período inicial. Todavia, o referido consentimento não pode ser dado por um período superior a doze meses, excepcionado que seja por acordo especial no interesse do trabalhador.

Podem, ainda, dois ou mais Estados membros, através das autoridades competentes desses Estados ou dos organismos para o efeito por eles designados, estabelecer, de comum acordo, excepções a quanto antecede, no interesse de certas categorias de pessoas ou de certas pessoas.

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Documentación

Solicitud de desplazamiento para cada trabajador

Objeto social de la empresa

Declaración fiscal de inicio de actividad

Cuadro de personal de la empresa

Contrato de obra o servicio

Facturas y recibos de trabajos efectuados en Portugal,

Copias de contratos de obra o servicio realizados en Portugal en los últimos seis meses

Hoja de remuneraciones de todos los trabajadores, del mes anterior al de la solicitud

IVA pagado por los servicios prestados en Portugal

Impuesto de sociedades (IRC) relativo a la actividad ejercida en Portugal

Seguro de accidentes de trabajo

Situación contributiva de la empresa en la Seguridad Social

Nº y nombre de los trabajadores a desplazar

Si los trabajadores son extranjeros, autorización de residencia emitido por el ¨Servicio de Estrangeiros e Fronteiras de Portugal

Nombre y dirección completa de la obra en la que va a ser ejercida la actividad

Nº de trabajadores que permanecen en Portugal

Page 13: III JORNADAS SOBRE EL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE Vigo, 17 de diciembre de 2008

La S. Social portuguesa, si autoriza el desplazamiento, emite formulario E-101 para la empresa y “Cartao Europeu de Seguro de Doenza “ para los trabajadores desplazados.

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EURES TRANSFRONTERIZOS

Actualmente existen 22 asociaciones transfronterizas en EURES, repartidas geográficamente por toda la red y situadas en trece países.

Estas asociaciones ponen en comunicación a los servicios públicos de empleo con los de formación profesional, las organizaciones patronales, los sindicatos, las autoridades locales, las universidadses y otras instituciones que trabajan en el empleo y la formación.

Las asociaciones transfronterizas EURES son un valioso punto de contacto entre las administraciones de empleo, y los interlocutores sociales.

También representan un elemento importante para controlar estas «cuencas de empleo» transfronterizas, que son un elemento clave para el desarrollo de un verdadero mercado de trabajo europeo.

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ORGANISMOS SOCIOS de EURES TRANSFRONTEIRIZOGALICIA-NORTE PORTUGAL

Instituto do Emprego e Formaçao ProfissionalXunta de Galicia

INEMConfederación de Empresarios de Galicia

Associaçao Industrial do MinhoAssociaçao Empresarial do Alto Tâmega

Associaçao Empresarial de Viana do CasteloUniao Empresarial do Vale do Minho

Consello Sindical Interrexional Galicia-Norte de PortugalUniversidade de Vigo

Universidade do MinhoComunidade Urbana Valimar

Comunidade Intermunicipal do Vale do MinhoFederación Galega de Municipios e Provincias

Comunidade de Traballo Galicia-Norte de PortugalComissao de Coordenaçao e Desenvolvimento Regional do Norte

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EURES TRANSFRONTEIRIZO GALICIA-NORTE PORTUGAL

Facilita a los trabajadores el paso de la frontera G-NP para trabajar o recibir formación.

Se encarga de ayudar a las empresas a contratar trabajadores al otro lado de la frontera.

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OFICINA DE COORDINACIÓNEURES Transfronteirizo

GALICIA-NORTE PORTUGAL

Ed. Ex-Alfândega. Av. de Espanha Valença (Portugal)

+351 251 826 105

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http://eures.europa.eu

www.eures-norteportugal-galicia.org

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GRACIAS / OBRIGADO