i:~ ~~ ~~~ ~~ ~ ~ ~!¿~=! ldjo registro... · 2019-06-07 · visto para resolver la solicitud de...

6
SUBSECRETARíA DEL TRABAJO. DIRECCiÓN GENERAL DE REGISTRO DE ASOCIACIONES. DIRECCiÓN DE REGISTRO Y ACTUALIZACiÓN. SUBDIRECCIÓN DE REGISTRO DEPARTAMENTO DE GESTiÓN Y DICTAMEN DEPENDENCIA: SECCiÓN MESA: .'JÚMERO DEL OFICIO 211. ~. i EXPEDIENTE: 10/13125 SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISiÓN SOCIAL ASUNTO: RESOLUCiÓN "2010, Año de la Patria. Bicentenario del Inicio de la Independencia y Centenario del Inicio de la Revolución". ~~~~~~~_~~~~~i:~_~~_~~~_~~_~ ~_~!¿~=!_lDJO -_-_~~_-_-_-~_-~~_-_-~_-~_-~~_~-~_-_- Visto para resolver la solicitud de registro del SINDICATO INDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES, AGRÍCOLAS Y PECUARIAS, con residencia en MéxiCO,Distrito Federal; la cual se efectuó a través del escrito de fecha ocho de mayo de dos mil diez, recibido en Oficialía de Partes de esta Dirección General el trece del mismo mes y año, y;----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTAN D O: PRIMERO.- Mediante el escrito de fecha diecisiete de marzo de dos mil nueve, los Cc. Ramón Garza García, Juan Virgen Vargas y Jorge Gustavo Rodríquez Escobar, quienes se ostentan como Secretario General, Secretario de Organización y Secretario de Interior y Actas del SINDICATO INDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES, AGRÍCOLAS Y PECUARIAS, con residencia en MéxiCO,Distrito Federal, solicitaron el registro de dicha organización, remitiendo para tal efecto la siguiente documentación: a) Convocatoria de fecha veintiocho de enero de dos mil nueve a Asamblea Constitutiva del sindicato de referencia; b) Acta de Asamblea Constitutiva de fecha veintiuno de febrero de dos mil nueve; c) Lista de Asistencia al evento antes señalado; d) Convocatoria de fecha veintiunode febrero de dos mil nueve a la Asamblea de elección del Comité Ejecutivo Nacional; e) Acta de Asamblea Electiva del Comité Ejecutivo Naciona! de fecha siete de marzo de dos mil nueve; f) Lista de Asistencia de dicho evento; g) Copia simple del Diario Oficial de la Federación, del martes dos de octubre de dos mil uno, donde se plasma el Decreto por el que se crea el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales Agrícolas y Pecuarias, h) Copia simple del documento donde consta la última reforma publicada al Decreto antes referido de fecha diecisiete de noviembre de dos mil seis; i) Estatutos y j) Padrón de Miembros; así mismo remitieron una Carta Poder firmada por las personas antes señaladas, en la cual confieren a las cc. Sandra Camacho Carranza y Leticia Guadalupe Zúñiga Martínez, todas las facultades necesarias para que realicen los trámites relacionados con el registro y obtención de la Toma de Nota antes las autoridades que corresponda n.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------- SEGUNDO.- Al escrito y documentación señalados en el punto que antecede se radicaron bajo el expediente administrativo número 10/13125. ---------------------------------------------------------------------- TERCERO.- A la documentación señalada en el primer punto, le recayó el oficio 211.1.1.-2038 del ocho de junio de dos mil nueve, en el cual, ésta Dirección General, declinó su competencia en favor del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje por considerar que: -------------------------------------------------- " ...del Decreto de creación del Instituto Nacional de Investigaciones Forestales Agrícolas y ;7e fechaveintiochode septiembrede dosmil uno,publicadoen el DiarioDficialel ------------ -------

Upload: others

Post on 30-Mar-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: i:~ ~~ ~~~ ~~ ~ ~ ~!¿~=! lDJO REGISTRO... · 2019-06-07 · Visto para resolver la solicitud de registro del SINDICATO INDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES

SUBSECRETARíA DEL TRABAJO.DIRECCiÓN GENERAL DE REGISTRODE ASOCIACIONES.DIRECCiÓN DE REGISTRO Y ACTUALIZACiÓN.

SUBDIRECCIÓN DE REGISTRODEPARTAMENTO DE GESTiÓN Y DICTAMEN

DEPENDENCIA:

SECCiÓN

MESA:

.'JÚMERO DEL OFICIO 211. ~.i

EXPEDIENTE: 10/13125

SECRETARIA DEL TRABAJO

Y PREVISiÓN SOCIAL

ASUNTO: RESOLUCiÓN

"2010, Año de la Patria. Bicentenario del Inicio de laIndependencia y Centenario del Inicio de la Revolución".

~~~~~~~_~~~~~i:~_~~_~~~_~~_~~_~!¿~=!_lDJO -_-_~~_-_-_-~_-~~_-_-~_-~_-~~_~-~_-_-_-~~~_-_-~~_-~_-_-_-_-_-_-_-~_-_-_-_-_-_-_-_-_-_-_-_-_~-~Visto para resolver la solicitud de registro del SINDICATO INDEPENDIENTE DE INVESTIGADORESDEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES, AGRÍCOLAS Y PECUARIAS,con residencia en MéxiCO,Distrito Federal; la cual se efectuó a través del escrito de fecha ocho de mayode dos mil diez, recibido en Oficialía de Partes de esta Dirección General el trece del mismo mes y año,y;-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

R E S U L T A N D O:

PRIMERO.- Mediante el escrito de fecha diecisiete de marzo de dos mil nueve, los Cc. Ramón GarzaGarcía, Juan Virgen Vargas y Jorge Gustavo Rodríquez Escobar, quienes se ostentan como SecretarioGeneral, Secretario de Organización y Secretario de Interior y Actas del SINDICATOINDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONESFORESTALES, AGRÍCOLAS Y PECUARIAS, con residencia en MéxiCO,Distrito Federal, solicitaron elregistro de dicha organización, remitiendo para tal efecto la siguiente documentación: a) Convocatoriade fecha veintiocho de enero de dos mil nueve a Asamblea Constitutiva del sindicato de referencia; b)Acta de Asamblea Constitutiva de fecha veintiuno de febrero de dos mil nueve; c) Lista de Asistencia alevento antes señalado; d) Convocatoria de fecha veintiunode febrero de dos mil nueve a la Asambleade elección del Comité Ejecutivo Nacional; e) Acta de Asamblea Electiva del Comité Ejecutivo Naciona!de fecha siete de marzo de dos mil nueve; f) Lista de Asistencia de dicho evento; g) Copia simple delDiario Oficial de la Federación, del martes dos de octubre de dos mil uno, donde se plasma el Decretopor el que se crea el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales Agrícolas y Pecuarias, h) Copiasimple del documento donde consta la última reforma publicada al Decreto antes referido de fechadiecisiete de noviembre de dos mil seis; i) Estatutos y j) Padrón de Miembros; así mismo remitieron unaCarta Poder firmada por las personas antes señaladas, en la cual confieren a las cc. Sandra CamachoCarranza y Leticia Guadalupe Zúñiga Martínez, todas las facultades necesarias para que realicen lostrámites relacionados con el registro y obtención de la Toma de Nota antes las autoridades quecorresponda n.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDO.- Al escrito y documentación señalados en el punto que antecede se radicaron bajo elexpediente administrativo número 10/13125. ----------------------------------------------------------------------

TERCERO.- A la documentación señalada en el primer punto, le recayó el oficio 211.1.1.-2038 del ochode junio de dos mil nueve, en el cual, ésta Dirección General, declinó su competencia en favor delTribunal Federal de Conciliación y Arbitraje por considerar que: --------------------------------------------------

" ...del Decreto de creación del Instituto Nacional de Investigaciones Forestales Agrícolas y;7e fechaveintiochode septiembrede dos mil uno,publicadoen el DiarioDficialel

------------ -------

Page 2: i:~ ~~ ~~~ ~~ ~ ~ ~!¿~=! lDJO REGISTRO... · 2019-06-07 · Visto para resolver la solicitud de registro del SINDICATO INDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES

.'~.,;.:: .,;

DEPENDENCIA:SECCiÓN:MESA:

NÚMERO DEL OFICIO: 211.1.1

EXD:':é)lcNTE: 10/13125

SECRETARíADEL TRABAJO

Y PREVISiÓN SOCIAL

ASUNTO: - 2 -

dos de octubre de dos mil uno, y de las reformas al Decreto mencionado, publicadas en el DiarioOficial del diecisiete de noviembre de dos mil seis... en el Artículo Décimo Séptimo, Capítulo IV,relativo al Régimen Laboral se desprende lo siguiente "Las relaciones laborales del Instituto consus empleados se regirán por lo dispuesto en el Apartado "B" del Artículo 123 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos y su Ley Reglamentaria", es por ello que correspondeal Tribunal a su digno cargo conocer del asunto ...".--------------------------------------------------------

CUARTO.- Con fecha veintinueve de septiembre de dos mil nueve, el Tribunal Federal de Conciliación yArbitraje se declaro a su vez incompetente con fundamento en la Tesis de Jurisprudencia número1/1996 cuyo rubro establece: "ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DE CARÁCTER FEDERAL. SUINCLUSIÓN EN EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIODEL ESTADO, ES INCONSTITUCIONAL". Por lo tanto, y al considerar que la presente DirecciónGeneral de Registro de Asociaciones es la competente para conocer del presente registro, se generó unconflicto competencial, para lo cual fue remitido el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito enMateria de Trabajo en Tu rno. -------------------------------------------------------------------------------------------

QUINTO.- Por acuerdo de fecha nueve de febrero de dos mil diez, el Tercer Tribunal Colegiado enMateria de Trabajo del Primer Circuito, aceptó entrar al estudio del conflicto competencial antesreferido; mismo que fue resuelto el catorce de abril de dos mil diez, bajo el rubro CCT.- 2/2010;notificado a esta Dirección General el día veintiséis de abril del mismo año y en el cual se plasma losiguiente:-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

"PRIMERO. Se declara legalmente competente a la Dirección General de Registro deAsociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para conocer de las solicitudde registro y toma de nota realizada por el Sindicato Independiente de Investigadores delInstituto Nacional de Investi.gaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias." --------------

SEXTO.- Por escrito de veintiséis de abril de dos mil diez, recibido en Oficialía de esta Dirección Generalel día veintiocho del mismo mes y año, el C. Ramón Garza García, quien se ostenta como SecretarioGeneral del Sindicato en comento, solicitó se dictara resolución respecto al registro sindical y Toma deNota del Sindicato de referencia, por considerar que había transcurrido el término de sesenta días a quese refiere el último párrafo del artículo 366 de las Ley Federal del Trabajo.-------------------------------------

SÉPTIMO.-. Mediante el oficio 211.1.1.-1506 de fecha veintiocho de abril de dos mil diez, estaAutoridad del Trabajo, en atención a la resolución dictada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materiade Trabajo del Primer Circuito, se avoco al estudio de la documentación inicial y realizó las siguientesobservaciones al promovente: a) Remitir los recibos de pago de las personas enlistadas en el padrón,los cuales deberán tener una fecha comprendida dentro de los treinta días anteriores a la presentaciónde la solicitud del registro, como lo indica el artículo 364 de la Ley Federal del Trabajo, toda vez que losremitidos junto con el escrito inicial recibido el catorce de abril de dos mil nueve, son del mes de febrerode ese mismo año y por lo tanto no se comprueba su calidad de trabajadores en servicio activo; b)

Page 3: i:~ ~~ ~~~ ~~ ~ ~ ~!¿~=! lDJO REGISTRO... · 2019-06-07 · Visto para resolver la solicitud de registro del SINDICATO INDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES

· .

DEPENDENCIA:SECCiÓN:MESA:NÚMERO DEL OFICIO: 211.1.1

EXPEDIENTE: 10/13125

SECRETARiA DEL TRABAJO

YPREVISIÓN SOCIAL

ASUNTO: - 3 -

Aclarar la confusión existente con relación al Secretario de Finanzas, elegido en la Asamblea deelección de la directiva de fecha siete de marzo de dos mil nueve, toda vez que se eligió al C. RenéGómez Cruz, mismo que no aparece ni en el Padrón de Miembros, ni en las copias simples de lascredenciales de elector de los miembros del Sindicato; c) Modificar los artículos 36 y 58 estatutariostoda vez que no señalan' todos lo derechos de los trabajadores sujetos a un procedimiento deexpulsión, de acuerdo al artículo 371 Fracción VII de la Ley en la Materia; d) Establecer la maneraen la que se van a adquirir los bienes del Sindicato, como lo indica el artículo 371 de la Ley Laboral;e) Modificar el artículo 66 del Estatuto, ya que establece un período mayor a seis meses parapresentar las cuentas del Sindicato ante la Asamblea, trasgrediendo así el artículo 373 de la LeyFederal del Trabajo; f) Establecer la forma de pago de las cuotas sindicales; g) Remitir laConvocatoria, Acta de Asamblea y Lista de Asistencia en donde conste la modificación de lasdisposiciones estatutarias antes referidas. Así mismo se autorizan a las Cc. Sandra CamachoCarranza y Leticia Guadalupe Zúñiga en términos de la carta poder descrita en el ResultandoPrimero.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------Ahora bien, por cuanto hace al requerimiento realizado en términos del último párrafo del artículo 366de la Ley Laboral, se le comunicó al promovente que no era aplicable, toda vez que, no habíaoperado un silencio administrativo por parte de esta Autoridad registradora, sino que derivado de laresolución del conflicto competencial CCT-2/2010, la cual fue notificada el veintiséis de abril delpresente año, derivado de lo cual, se procedió al estudio de fondo de la documentación; por lo que,previo al otorgamiento del registro, se debían cumplir las observaciones antes descritas.------------~

OCTAVO.- Esta Dirección General de Registro de Asociaciones, solicitó el día veintiocho de abril delpresenta año a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo, para que asignara a unInspector Federatque notificara. el oficio, de.observacíones antes descrito; mismo que.fue notificado elveintinueve de abril de dos mil diez.-----------------------------------------------------------------------------------

NOVENO.- Por otra parte, el C. Ramón Garza García, con el carácter señalado, dió contestación aloficio antes referido, mediante el escrito de fecha ocho de mayo de dos mil diez, recibido en Oficialía dePartes de esta Dirección General el día trece de mayo del mismo año, anexando para tal efecto lasiguiente documentación: a) Convocatoria de fecha veintinueve de abril del presente año; b) Acta deAsamblea Extraordinaria en la que se reformaron los Estatutos, de fecha ocho de mayo de dos mil diez;e) Lista de Asistencia y d) Estatutos reformados. --------------------------------------------------------------------

DÉCIMO.- Como consecuencia de lo anterior, esta Autoridad emitió el oficio 211.1.1.- 2013 de fechatreinta y uno de mayo de dos mil diez, en el cual comunicó al promovente que para continuar con elanálisis de la solicitud, deberán comparecer en las oficinas de esta Dirección General, todos y cada unode los miembros de la agrupación que nos ocupa, con el fin de ratificar sus firmas y el contenido delacta de asamblea constitutiva y de elección y de la Asamblea extraordinaria de reforma de Estatutos, asícomo de sus respectivas listas de asistencia o bien, acreditar con documento expedido por fedatario

Page 4: i:~ ~~ ~~~ ~~ ~ ~ ~!¿~=! lDJO REGISTRO... · 2019-06-07 · Visto para resolver la solicitud de registro del SINDICATO INDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES

DEPENDENCIA:SECCiÓNMESA:

NÚMERO DEL OFICIO 211.1.1

EXPEDIENTE: 10/13125

SECRETARíA DEL TRABAJO

Y PREVISiÓN SOCIAL

ASUNTO: - 4 -

público en funciones, la ratificación de las firmas de cada miembro de la agrupación y el contenido delas documentales antes citadas.-----------------------;:----..:------------------------------------------------------------

DÉCIMO PRIMERO.- Con fecha catorce de junio de dos mil diez, los treinta y cuatro miembros delSindicato comparecieron en las oficinas que ocupa esta Dirección General, para ratificar sus firmas y elcontenido de las Actas de Asamblea Constitutiva y de elección y de la Asamblea Extraordinaria dereforma de Estatutos, cumpliendo así, con el requerimiento descrito en el punto anterior, y:----------------

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO.- Esta Autoridad es competente para emitir la presente Resolución en términos de loresuelto por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en el conflictocompetencial CCT.- 2/2010 y por lo establecido en los artículos 123, Apartado "A", fracción XVI, 356,357, 358, 359, 360, 363, 364, 365, 368, 371 Y demás relativos y aplicables de la Ley Federal delTrabajo; artículo 40, fracciones I y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y elartículo 20, fracciones 1 y IV del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.------

SEGUNDO.- Del estudio y análisis efectuados al escrito de fecha diecisiete de marzo de dos mil nueve ya la documentación que anexa al mismo, se aprecia que el Acta de Asamblea Constitutiva celebrada elveintiuno de febrero de dos mil nueve y el Acta de Asamblea Electiva del Comité Ejecutivo Nacional defecha siete de marzo de dos mil nueve, se' cumple con lo previsto por las fracciones 1, IV Y últimopárrafo del artículo 365 de la Ley Federal del Trabajo.--------------------------------------------------------------

TERCERO.- La voluntad de los trabajadores para constituir el SINDICATO INDEPENDIENTE DEINVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES,AGRÍCOLAS Y PECUARIAS, conresidencia en México, Distrito Federal.cquedó de manifiesta en. el,expediente administrativo en que se actúa, con la Lista de Asistencia firmada por cada uno de lostrabajadores presentes en la Asamblea Constitutiva de fecha veintiuno de febrero de dos mil nueve, asícomo con la comparecencia efectuada ante esta Autoridad, el día catorce de junio de dos mil diez.-------

CUARTO.- Con la copia simple del Diario Oficial de la Federación, del Martes dos de octubre de dos miluno, donde se plasma el Decreto por el que se crea el Instituto Nacional de Investigaciones ForestalesAgrícolas y Pecuarias y con la copia simple del documento donde consta la última reforma publicada alDecreto antes referido, de fecha diecisiete de noviembre de dos mil seis, se demuestra la existencia dela persona moral denominada "INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES,AGRÍCOLAS Y PECUARIAS"; asimismo, con la resolución dictada por el Tercer Tribunal Colegiado enMateria de Trabajo del Primer Circuito, en el conflicto competencial CCT.- 2/2010, así como con latesis de jurisprudencia 1/96 citada por dicho Tribunal y emitida por el Pleno de la Suprema Corte deJusticia de la Nación, se confirma la competencia de esa Autoridad.---------------------------------------------

..

Page 5: i:~ ~~ ~~~ ~~ ~ ~ ~!¿~=! lDJO REGISTRO... · 2019-06-07 · Visto para resolver la solicitud de registro del SINDICATO INDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES

DEPENDENCIA:SECCiÓN:MESA:NÚMERO DEL OFICIO 211.1.1

.~I

EXPEDIENTE: 10/13125

SECRETARíA DEL TRABAJO

Y PREVISiÓN SOCIAL

ASUNTO: - 5 -

QUINTO.- La existencia de la relación laboral entre los integrantes del SINDICATOINDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONESFORESTALES, AGRÍCOLAS Y PECUARIAS Y el Organismo Descentralizado denominado"INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES, AGRÍCOLAS Y PECUARIAS",quedó acreditada con los catorce recibos de pago correspondientes al periodo de la segunda quincenadel mes de marzo de dos mil nueve, donde hace constar que las personas listadas en el padrón demiembros, son trabajadores en servicio activo, con lo que se da cumplimiento a lo dispuesto en losartículos 8, 20 Y 364 de la Ley Laboral.----------------------------------------------------.----------------------------

SEXTO.- El padrón de miembros contiene los datos generales de treinta y cuatro trabajadores que.prestan sus servicios para el Organismo Descentralizado denominado "INSTITUTO NACIONAL DEINVESTIGACIONES FORESTALES, AGRÍCOLAS Y PECUARIAS", el cual se encuentra debidamenteautorizado por los representantes sindicales facultados para ello, cumpliendo así con los requisitos a quehace referencia la fracción Ir y el último párrafo del artículo 365 de la Ley de la materia.--------------------

SÉPTIMO.- Descritas las condiciones que se apuntan, esta Dirección General de Registro deAsociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, estima que es procedente Tomar Nota de laconstitución del SINDICATO INDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTONACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES, AGRÍCOLAS Y PECUARIAS, con residencia enMéxico, Distrito Federal, así como Tomar Nota de su Comité Ejecutivo.-----------------------------------------

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado y con arreglo a lo establecido por los artículosinvocados como sustento legal en el Considerando I de la presente resolución, es de resolverse y se ----

R E S U E L V E:

PRIMERO.- Se registra el SINDICATO INDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTONACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES, AGRÍCOLAS Y PECUARIAS, con domiciliosocial en Laredo número cinco, Colonia Ex Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal6170 en MéxiCODistrito Federal, como Sindicato de Empresa, en términos de lo establecido en losConsiderandos Ir, IIr, IV, V, VI Y VII de esta resolución, quedando integrado por treinta y cuatrotrabajadores, que prestan sus servicios en el "INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONESFORESTALES, AGRICOLAS y PECUARIAS".---------------------------------------------------------------------

SEGUNDO.- Se toma nota del Comité Ejecutivo del SINDICATO INDEPENDIENTE DEINVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES,AGRÍCOLAS Y PECUARIAS, cuyo período social será conforme al artículo cuarenta y tres estatutario,del siete de marzo de. dos mil nueve al seis de marzo de dos mil doce, quedando integrado,conforme a lo acordado en asamblea del siete de marzo de dos mil nueve y a lo dispuesto en el artículoveintitrés Fracción III del Estatuto vigente, de la siguiente manera: SECRETARIO, GENERAL: RAMÓNGARZA GARCÍA, Adjunto: Alejandro Espinosa Calderón; SECRETARIA DE TRABAJO Y CONFLICTOS:

#

Page 6: i:~ ~~ ~~~ ~~ ~ ~ ~!¿~=! lDJO REGISTRO... · 2019-06-07 · Visto para resolver la solicitud de registro del SINDICATO INDEPENDIENTE DE INVESTIGADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES

, ,

lo "~ ~ '.. '.,

DEPENDENCIA:SECCiÓN:MESA:NÚMERO DEL OFICIO: 211.1.1

EXPEDIEN:-E: 10/13125

SECRETARíA DEL TRABAJO

Y PREVISiÓN SOCIAL

ASUNTO: - 6 -

.~

Marisela Cristina Zamora Martínez, Adjunto: Héctor Mario Benavides Meza; SECRETARIO DEORGANIZACIÓN: Juan Virgen Vargas, Adjunto: Juan Islas Gutiérrez; SECRETARIODE EDUCACIÓN,PRENSA Y PROPAGANDA: Salvador' Montes Hernández, Adjunto: Octavio Salvador Magaña Torres;SECRETARIO DE RELACIONES SINDICALES: Benjamín Zamudio González, Adjunto: José AntonioEspinosa García; SECRETARIODE FINANZAS: René Gómez Mercado, Adjunto: Raquel Cossio Bayúgar;SECRETARIODEL INTERIOR Y ACfAS: Jorge Gustavo Rodríguez Escobar, Adjunto: Gustavo Manuel CruzBello; COMISIÓN NACIONAL DE HONOR Y JUSTICIA: Presidente: Antonio Turrent Fernández,Secretario: Marino González Camarillo, Primer Vocal: Vidal Guerra de la Cruz; COMISIÓN NACIONAL DEVIGILANCIA Y FISCALIZACIÓN: Presidente: Hugo Mejía Andrade, Secretario: Margarita. Díaz Valasis,Primer Vocal: Rocío Serafina Díaz Huacuz.----------------------------------------------------------------------------

TERCERO.- El número de registro que le correspohde al sindicato de referencia es el 5895, el cual haquedado asentado a fojas 98 y 99 del libro correspondiente. -----------------------------------------------------

CUARTO.- Remítase copia de la presente Resolución a la H. Junta Federal de Conciliación y Arbitraje,para dar cabal cumplimiento a lo estipulado en el artículo 367 de la Ley Federal del Trabajo.---------------

QUINTO.- Notifíquese al C. Ramón Garza García y/o a las Cc. Sandra Camacho .Carranza y LeticiaGuadalupe Zúñiga Martínez, en el domicilio ubicado en en Laredo número cinco, Colonia Ex HipódromoCondesa, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 6170 en México Distrito Federal.---------------------------

Así lo resolvió y firma el Maestro Fidel Antuña Batista, Director General de la Dirección General deRegistro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, previa revisión y análisis jurídicode la Dirección de Registro y Actualización, con fundamento en el artículo 20 Fracción 1 y IV delReglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicado en el Diario Oficial de laFederación del 14 de noviembre de 2008. -----------------------------------------:;"J':',.;¡.-:.-------------------------.-:- .. "