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NSN¡UTO DE EDUCACIóN SUPERIOR '4;DAGÓGICO PÚBLICO "cENERAListMo JosÉ oe sei ¡alnriu, tFormar Maesl'os para Educar, tnvestíg.r, lnnovar, c,erenctar y Ltdara D.S.No 025"52-ED det Or12-i952. t -r ^-- Moyobamba, utStP2017 Visto el expediente con Registro N" 1297 -2012 , con un totar de dos (04) folios útiles, que se acompañan; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con er numerar 26.2 der Artícuro 260, der Regramento de ra Ley N' 2_9394, Ley de Inst¡tutos y Escuelas de Educación superior; apro-bado meoiante Decreto supremo No 004-201O-ED, establece que los estudiantes de tós Institutos áe las Escuelas de Educación super¡or públicos podrán solicitar la reserya ¿",, m"iricr¡" nlr," por un máximo de dos semestres académicos. si al reingresar a la institución nay variación de los Planes de Estudio, se aplicarán los proóesos de convalidación o subsanación que correspondan, señalados en los artículos 12o y 2g" del prásente Reglamento; 3:::]Tló_?^,_Dllg:!?Tr, I" o3a-20i6_DRESM_IESpp.dJsM';né'-qü" .püoá Que, en los Artículos '160 y 17" literales ,,fl, y ,,e,,, respecttvamente, de la Regtamento Instituctonar sanmartiniano (Rts). La r"r"*. oé-r"tiórt"'lálo ;5';-.;"." f*.:i^ilil_!-"_9o:":l,".tres académicos, y procede cuando: "obtenga una en el. examen de admisión y no pueda iniciar sus estud¡os. "ruo átcance "i 6ov" i" aprobados. En este caso la reserva procede hasta por oos semestres. *Adeude y/o_no tenga aprobado con R.D. su proyecto de investigación. nsim¡smá establece: - Para ser promovidos al noveno semesire académ¡co ros estudiantes deberán haber aprobado todas las áreas o estar en condición de invictos; además, tener aprobaoo el proyecto de investigación. De conformidad con er numerar 26.2 der Artícuro 260, der Regramento de ra Ley N" 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior; ápio¡rOo rn"d¡"n," Decreto supremo No 004-2010--E-D y ros incisos "f' y ,,e" ae ros Artícuros roJ v l2", respectivamente, de ta R.D. N'038-2016-DRESM-|ESÉP"GJSM'7DG tn¡éJlroir.ln.¿o por el Memorando N' 178-2017-GRSM-DRE/DO; SE RESUELVE: ^ ArtíqUIg PtiMErO.. AUTORIZAR LA RESERVA DE MATRÍCULA, PArA IOS semestres de los Perrodos Académicos zo17-r,2o1}-r y 2018-[, a ta estuáiánie que indica el cuadro siguiente: :ti l\ "AÑO DEL BUEN SEVTCIO AL CII.'DADANO- Jr- pedro pascasio Noriega No 061 _ L,tóyooarnGlEGEilOlZffir rz weo: nnpJ/www.iesppsanmartin¡ano.ectu.pe E _ mailt ispp_generalisimogiesppsanmanrnrano.edu oe RESOLIJCIÓN DIRECTORAL NO 051.201 7-DRESM/IESPP"GJSM"/DG, 3:",,,T:o^,"?F,^:l^y',rti,det expediente N.12s7-2017-tESpp.GJSM,,/SA., de: nt^=^l',I:"lulsl lglyAl,¡ RUrz, .esiuiant" o"r vírl ;;"r;; '.JaZii¡iilá""i" Especialidad de Educación Inicial, r0 de. Educación Iniciar, quien soricita RESERVA DE MATRíCULn poilres académicos (2017-r,2018-r y 201g-il), ra referida estudiante tiene asionaturas subsanar, asrgnaturas por subsanar, por lo tanto no está en condición de invicta y no puede matricularse en el lx semestre y refrendada por la Directora General mediante Decretos F)ira¡rnrrtac Nto IroT 2017: y mediante Decretos Directorales No 1297 _

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Page 1: I...Que, de conformidad con er numerar 26.2 der Artícuro 260, der Regramento de ra Ley N' 2_9394, Ley de Inst¡tutos y Escuelas de Educación superior; apro-bado meoiante Decreto

NSN¡UTO DE EDUCACIóN SUPERIOR '4;DAGÓGICO PÚBLICO

"cENERAListMo JosÉ oe sei ¡alnriu,tFormar Maesl'os para Educar, tnvestíg.r, lnnovar, c,erenctar y Ltdara

D.S.No 025"52-ED det Or12-i952.

t

fñ -r ^--Moyobamba, utStP2017Visto el expediente con Registro N" 1297 -2012 , con un totar de dos (04) folios

útiles, que se acompañan; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con er numerar 26.2 der Artícuro 260, der Regramento de raLey N' 2_9394, Ley de Inst¡tutos y Escuelas de Educación superior; apro-bado meoianteDecreto supremo No 004-201O-ED, establece que los estudiantes de tós Institutos áe lasEscuelas de Educación super¡or públicos podrán solicitar la reserya ¿",, m"iricr¡" nlr,"por un máximo de dos semestres académicos. si al reingresar a la institución nayvariación de los Planes de Estudio, se aplicarán los proóesos de convalidación osubsanación que correspondan, señalados en los artículos 12o y 2g" del prásenteReglamento;

3:::]Tló_?^,_Dllg:!?Tr, I" o3a-20i6_DRESM_IESpp.dJsM';né'-qü" .püoáQue, en los Artículos '160 y 17" literales ,,fl, y ,,e,,, respecttvamente, de la

Regtamento Instituctonar sanmartiniano (Rts). La r"r"*. oé-r"tiórt"'lálo ;5';-.;"."f*.:i^ilil_!-"_9o:":l,".tres académicos, y procede cuando: "obtenga una

en el. examen de admisión y no pueda iniciar sus estud¡os. "ruo átcance "i

6ov" i"aprobados. En este caso la reserva procede hasta por oos semestres. *Adeudey/o_no tenga aprobado con R.D. su proyecto de investigación. nsim¡smáestablece: - Para ser promovidos al noveno semesire académ¡co ros estudiantes deberánhaber aprobado todas las áreas o estar en condición de invictos; además, tener aprobaoo

el proyecto de investigación.

De conformidad con er numerar 26.2 der Artícuro 260, der Regramento de ra LeyN" 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior; ápio¡rOo rn"d¡"n,"Decreto supremo No 004-2010--E-D y ros incisos "f' y ,,e" ae ros Artícuros roJ v l2",respectivamente, de ta R.D. N'038-2016-DRESM-|ESÉP"GJSM'7DG tn¡éJlroir.ln.¿opor el Memorando N' 178-2017-GRSM-DRE/DO;

SE RESUELVE:

^ ArtíqUIg PtiMErO.. AUTORIZAR LA RESERVA DE MATRÍCULA, PArA IOSsemestres de los Perrodos Académicos zo17-r,2o1}-r y 2018-[, a ta estuáiánie queindica el cuadro siguiente:

:til\

"AÑO DEL BUEN SEVTCIO AL CII.'DADANO-

Jr- pedro pascasio Noriega No 061 _ L,tóyooarnGlEGEilOlZffir rzweo: nnpJ/www.iesppsanmartin¡ano.ectu.pe E _ mailt ispp_generalisimogiesppsanmanrnrano.edu oe

RESOLIJCIÓN DIRECTORAL NO 051.201 7-DRESM/IESPP"GJSM"/DG,

3:",,,T:o^,"?F,^:l^y',rti,det expediente N.12s7-2017-tESpp.GJSM,,/SA., de:nt^=^l',I:"lulsl lglyAl,¡ RUrz, .esiuiant" o"r vírl ;;"r;; '.JaZii¡iilá""i"Especialidad de Educación Inicial,r0 de. Educación Iniciar, quien soricita RESERVA DE MATRíCULn poilres

académicos (2017-r,2018-r y 201g-il), ra referida estudiante tiene asionaturassubsanar, asrgnaturaspor subsanar, por lo tanto no está en condición de invicta y no puede matricularse en el lxsemestre y refrendada por la Directora General mediante Decretos F)ira¡rnrrtac Nto IroT2017: y

mediante Decretos Directorales No 1297 _

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NSNTUTO DE EDUCACIóN SIJPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO

'eENERAtísttwo ¿osÉ DE sArv MARiíN,'IFormar Maesfros para Educar, lnvesügar, lnnovar, Gerenctar y Ltderar!

D.S.¡f 02552-ED det 05-12-1952.

No

ORD.ESTUDIANTE ESPECIALIDAD

01HUAMAN RUIZ, Katerine Luisa

EDUCACIÓN INICIAL

por no estar en condición de invicta, luego de haber subsanado las asignaturasdesaprobadas, podrá matricularse en el lX semestre del período Académico 2019-1.

. Articulo sequndo.- DlspoNER, que la unidad Académica, unidadAdministrativa y Secretaría Académica, velen para el cumplimiento de la presenteResolución.

,.Artícqlo Tercero.- ELEVAR, copia de la presente Resolución Directoral a la 1.DirecciÓn Regional de Educación de San Martín, para los fines pertinentes.

Mando: SE REGISTRE, COMUN|QUE y CUMPLA.

t

SYAY/DG.WPR/JUALPZJUAdm.vrs/sA.ibdsec.

Directora General

Jr.. Pedro Pascasio Noriega No 061 - Moyobamba - Telefax (042) 530177Web: http://www.iesppsanmartin¡ano.edu.pe E - mail: [email protected]

.ALVARADO YPARRAG U I RRE

Page 3: I...Que, de conformidad con er numerar 26.2 der Artícuro 260, der Regramento de ra Ley N' 2_9394, Ley de Inst¡tutos y Escuelas de Educación superior; apro-bado meoiante Decreto

INSN¡U¡O DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDACÓflCO PÚBL'CO"GENERALISIMO JOSÉ DESA'V MARTíN"tFomú Maeg/f;os pam Educar, lnvosügar, tnn.n,.?¡r, Gorencr¿r y Llararart

D.S.tf 025.52-ED dd 05-12.1 C52.

Moyobamba, 05SEP2017

.. visto los expedientes con Registros ñ 1423-2017, con un totar de dos (02)

folios rliles, que se acomp&n, y,

CONSIDERANDO:

l,_ ."^9llldeconformidad.conet numerat 26.2det ArtÍculo2Cdel Regtamentode ta

l*:t ry 29394, Ley._d^e^tnstitutos y Escyetas de Educacih Superior; "pro"UáOo

,"j,"nt"iuecreto Supremo f\r 004-2010-ED, establece que los estudiantes de los Institutos de las/.' Escuelas de EducacÉn Superior Rblicos poo*rlol¡c¡iar ta reserva de su matrícula hasta oorun rTanmo oe dos semestres.acaónicos. Si al reingresar a la institucih hay variacih de losPlanes de Estudio, se aplicaár los procesos de convalidacih o subsanacih que,," conespondan, s&lados en los arlículos l?y2gdel presente Reglamento;

9q:,_gl los Artícutos 16 y 1T literales ,y y,H respectivamente, de ta Resotucihal N038-2016-DRESM-tESppGJSM/DG, que aprueba et Regtamento Inst¡tuc¡óñáiv, r rvvtg¡ ¡ ¡vr tv

,tianmartrniano, establece: - La reserva de de matrlcula solo se reconoce hasta por un' Íüimo de dos semestres acaÉnico, y procede cu.ndo, .obtenga ,n. uá.áni"'"n u,examen de admisih y no puede iniciar sus estudios. .No alcanie el 60% de cÉditosaprobados. En este caso la reserva procede hasta por dos semestres. *Adeude cálitos v/ono tenga aprobado con R.D. su proyecto de investigacih. Asimismo establece: - eue íos

i. estudiantes que hayan desaprobado nb del 40% dó ceditos en el semestre, la institucihc\!!t9g:1.gnte expediála.reserva.de maffcula hasta por dos semestres acaúnicos, tapso

el cual, el alumno podá completar como nÍnimo el 60% de cÉditos aprobados tomandocuenta la modalidad de subsanacih. su matdcula procedeá una vez que hayaTcompletado el ninimo de cÉditos aprobados, p.rá ro .u"r debeá presentar su ¡oletatJl

pago por el derecho de reserva.

Que, mediante el visto del expediente ñ 1423-2017, de MENA VELA, lsabelMargarita, estud¡antes del lll semestre de ldiomas, Especialidad Ingb, que no aicanó el60% de cÉditos aprobados en el Perfodo Acaúnico 2ool7-l, por ende mediante unaResolucih Directoral, autonáicamente la Direccih General autoriza la RESERVA DEMATRICULA hasta por dos semestres acaúnicos, para que en ese lapso la estudiante enmencih pueda completar los cÉlitos conforme la Ley lo establece y luego continuar consus estudios y refrendada por la Directora General mediante Decreto Directoral M 1423-2017: y

De conformidad con el numeral 26.2 del Arlbulo 28, del Reglamento de la Ley N29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educacih Super¡or; aprobado mediante DecreroSupremo N004-201o-ED y los literales'f y'g'de los Artículos 16y 17, cle la R.D. M03&2016-DRESM-IESPP'GJSMTDG y lo facultado por Memorando M 178-2017-GRSM-DRE/DO:

"AÑO DEL BUEN SERWCIO AL CIUDADANO-

Jr.. Pedro Pascas¡o Nor¡ega N.061 - Moyobamba - Telefax l0/zl530177Web: http:/ Nww.¡esppsanmarliniano.edu.p€ E - mail: ¡spp_generalisimo@¡esppsanmartaniano.edu.pe

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NSNrUIO DE EDIJCACIÓN SUPENOR PEDAGÓGICO PÚBLICO

"GENERALíSIMO JOSÉ DESA'V MARTíN"totmú tt/reaf'9s pút Eúrcú,lnveta¡gú,lnnovar, Garoncl.r y Ltderrrl

D.S.,P ü25-52-ED del 05.12.1952.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, LASemestres, Períodos Acaünicos 2017 -ll ycuadro s¡guiente:

N" ESTUDIANTES ESPECIALIDAD

01 MENA VELA, lsabel Margarita IDIOMAS, ESPECIALIDAO: INGLÉS

quien no alcanzo el 6O% de créditod aprobados en el Período Académico 2017-1,lapso para que pueda completar los créditos conforme lo establece la Ley y el .Reglamento Institucional sanmartiniano para después continuar con sus estudios,debiendo matricularse en el lV Semestre del Período Académico 2018-ll.

Artículo Sequndo.- DISPONER, que la Unidad Acaúnica, Unidad Administrativay Secretarla Acaúnica, velen para el cumplimiento de la presente Resolucih.

Artículo Tercero.- ELEVAR, copia de la presente Resolucih Directoral a raDireccih Regional de Educacih de San Martín, para los fines pertinentes.

Mando: SE REGISTRE, COMUNTQUE Y CUMPLA.

RESERVA DE MATRíCULA, poT dos (02)2018-1, a la estudiante que se ¡ndica en el

SYAY'DG.WPR/JUALPZJUAdm.vts/sa.lb¡/aac.

Jr-. Pedro pascasio Noriega No 061 - Moyobamba _ Tetetax 1UZ¡ SlOtttweD: nnprtu/ww.¡esppsanmarliniano.edu.pe E _ ma¡l: ispp_general¡simo@¡esppsanmartiniano.edu.pe

Page 5: I...Que, de conformidad con er numerar 26.2 der Artícuro 260, der Regramento de ra Ley N' 2_9394, Ley de Inst¡tutos y Escuelas de Educación superior; apro-bado meoiante Decreto

ÍNST¡TUTO DE EDUCACTóN supERlOR pEDAGócrco puBLtco"eENERALístM_o JosÉ De sÁi ¡nÁñTñ,,

¡Formar Maestros para E!t2ar, lnvestigar, lnron"r, Gerenciar y LidenrlCrcado por D. S. M }2&SZ-1O AA O*tZ-tgSZ

n 5 sEP 2gt?Moyobamba,

Visto los expedientes con Registros N"s 12gg y 1431-2017, con un total decuatro (04) folios útiles, que se..jrprn.n;'y,CONSIDERANDO:

Que' de conformidad con el numeral 26.2 del Artículo 260, del Reglamento dela Ley No 29394, Ley de lnstitutos y Escuelas oá -eoucación

superiái; aprobadomediante Decreto supremo N" 004-2ó10-ED, ;;rbd que los estudiantes de losInstitutos de las Escuelas de Educación superíoi p,ioii.át podrán solicitar la reserva desu matrícula hasta por un máximo de dos ieméstres á."oer¡.or. s¡ ,l ,"rgresar a lainstitución hay variación de los Planes de Estudio, se aplicarán los procesos de;:ililSffi:h:r?j*:ffi|u' que correspondan, senáraoos en ros ,rtturSs 12o y 2go

3:", "::ll.,.inl?"r'%J

6""^f Í^J[:lr]:l_t y,-e,,, respectivamente, de ta

R::ij*.:??" ?ffipj,:'";u""j^uj:r_9jg5=,:,y:Éirb"érs'ürb-d:11"J.5l,.,fuox" s[::'Ín:"tl, ]r'' *'T : f , i:' * qy n o iñ isr

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f,.condición de invictos; además, tener aprobado et proyécto de investigación.I

=Ql'"ir,,,Tidi11t:,-:1-.Y':19- 1._^1g.1 ^.2g9die¡tes Nos .¿sl y 14s1-2017-fl, ]F.s¡|:GJSM'SA a: rr,rerueruóEz ienñiruiÉi"Liü"ü'ürroiX rt ¿e',btliát VARGAS DIANA ESTHFR estrrr{ianfaa ¡tat \/llr -^h^^+-^ ^^^r!--!- ¡yip:fl.""r,nH5:tTl^lltllii.tltliy¡i:T{.$e!e",it"'?",í,_!o"JH,yJS

g.^,F,1it'?:i"Ii1,1':ol:l:j_:?li.itanResEnvÁó-ei,';-iñíiüiil#ilff jifl:!??lI-:,¡, j:i^:Fji*:^:Íl{il!1._tiénen asisnatyás ü';'b;ii,"üo."loi:liffli;:::i: FL::19:'':::",:?:'^t:,'^l.loJTg:l lii'üü':; er'"i¡i;#'fü'v'l"tEffiJ:por la Directora General mediañte Depretos Directorater Ñ; üfi y"tiiZ"i'-iitr, v

De conformidad con el numeral26.2 del Artfculo 260, del Reglamento de la!"V l¡l 29394, Ley.q9 [slilufos y Escuetas de Educación Superior; ,pié¡áOo medianteDecreto supremo

ryo 0,04-2_010-E? v_]o¡^i19i11s_r" ln' ob ros nrii.uio, 160 y 17",respectivamente, de ta R.D. tJ.039-zoto-onesní-lespp"c.¡bü;lóé-inlsl y lofacuftado por el Memorando N' 1rg-2017-Gnsu-oneloó:

SE RESUELVE: '

. A4ículo. P[ime.rg.. AUTORIZAR LA RESERVA DE MATRíGULA, por un (01)Semestre Período Académico 2017-ll, a tas estudiantes que indica el cuadrb síguiente:

wob: rrtb:/rwJeopprnmerün|¡no.odu.-pe e - mirt: rapp_ganen¡r¡¡npóre-jpp¡¡nnurttntano.edu.pe

"AÑo DEL BUEN sEwc,,o AL ?IIIDADAN},

Page 6: I...Que, de conformidad con er numerar 26.2 der Artícuro 260, der Regramento de ra Ley N' 2_9394, Ley de Inst¡tutos y Escuelas de Educación superior; apro-bado meoiante Decreto

tNsrtruro DE EDUcActóN supERtoR pEDAGóerco púauco

''GENERALíSIMO JOSÉ DE SAN MARTíN"¡Formar Maestros para Educar, Investigar, lnnovar, Gerenciar y Lidenrl

Cr€s,do por D. S. No 02e52-ED del0&12-1952

NO

ORD.ESTUDIANTES ESPECIALIDAD

01 GONGORA VARGAS, Diana Esther

EDUCACIÓN INICIAL02 MENENDEZ FERNAN DEZ, Lau¡a Susana

por no estar en condición de invictas, luego de haber subsanado las asignaturasdesaprobadas, podrán matricularse en el lX semestre del Período Académico 2018-1.

Artículo Sequndo.- DISPONER, que la Unidad Académica, UnidadAdministrativa y Secretaría Académica, velen para el cumplimiento de la presenteResolución.

Artículo Tercero.- ELEVAR, copia de la presente Resolución Directoral a laDirección Regional de Educación de San Martín, para los fines pertinentes.

Mando: SE REGISTRE, COMUNIQUE Y CUMPLA.

SYAY/DG.WPR/JUALPZJUAdm.vts/sA.iba/sec,

\

Directora General

Jr. Psdro Paacaslo Noriega No 06t - Moyobamb¡ - Telsfax (042) 350i77Web: http:/lw.¡€app!anmartlnlano.edu.p€ E - msü: lEpp_g6nenl¡!¡[email protected]

RES O LTJ C I Ó N D I RECT O RAL NO 048.20 1 7. D RES M/I ES P P'' G J S M " / D G,

Page 7: I...Que, de conformidad con er numerar 26.2 der Artícuro 260, der Regramento de ra Ley N' 2_9394, Ley de Inst¡tutos y Escuelas de Educación superior; apro-bado meoiante Decreto

tNsrtruro DE EDUcActóN supERroR pEDAGóctco púauco tj A=.^''GENERAL(SIMO JOSÉ DE SAN MARTÑ"

¡Formar Maestros para Educar, rnvestigar, rnnovar, Gerenciar y LiderarlCreado por D. S. No oz5-SZ-ED det OS-,2_1952

RESOT DIREC 16-DR PP ''GJ

Moyobamba, FP'if Ffl\Y- 28ífVisto el expediente con Registro N" 699-2016, con un total de dos (02) folios

útiles, que se compaña; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 26 2 det Artículo 260 del D.S. No 004-201O-ED, Reglamento de la Ley No 29394, Ley de lnstitutos y Escuelas de EducaciónSuperior; establece que los estudiantes de los lnstitutos de las Escuelas de EducaciónSuperior Públicos podrán solicitar la reserva de su matrícula hasta por un máximo dedos semestres académicos. Si al reingresar a la institución hay variación de los Planesde Estudio, se aplicarán los procesos de convalidación o subsanación quecorrespondan, señalados en los artículos 120 y 28o del presente Reglamento;

Que, de conformidad con el inciso c) del numeral 6.2.1,, de la Directiva N"002-2013-MINEDUruMGP-DIGESUTP-DESP "Normas y Orientaciones Nacionales para eldesarrollo de las Actividades Académicas durante el año 2A13, e Institutos y Escuelasde Educación Superior de Formación Docente y Artística a nivel Nacional', aprobada

on Resolución Ministerial N"046-2013-ED, establece: - Que es requisito para poderfnatricularse en el lX semestre académico, haber aprobado todas las áreas hasta el

lll semestre académico.'F- Que, en los Artículos 16o y 17" incisos "f'y "c", respectivamente, de

Resolución Directoral No 038-2016-DRESM-IESPP"GJSM"/DG, que aprueba¡ A_i q - Reglamento Institucional Sanmartiniano (RlS). La reserva de matrícula solo se

.;ff"':- i..*- reconoce hasta un máximo de dos semestres académicos, y procede cuando:É.s ilF*¿ fi" Obtenga una vacante en el examen de admisión y no pueda iniciar su estudios. - No'.':,Ét FJi4 -iilrl""n"o el Fro'/^ rle crédilos anrohados Fn esle r:aqo la rpqan/2 nrncede haqla nor dos{ülff,i ü*ü =1Jíalcance el 60% de crédítos aprobados. En este caso la reserva procede hasta por dos,V.|.%ffiJi:/.'semestres- - Adeude créditos ylo no tenga aprobado con R.D. su proyecto de'\kÉsvgl" ':"-"^':'g*T^i'i:l::fl"^,:'"t":5:";: ?ii:lT.:::jj"i::::01:.''"?:L"n: :"-::"::'---; t - académico los estudiantes deberán haber aprobado todas las áreas o estar en

. condición de invictos; además, tener aprobado el proyecto de investigación.\-'

Que, mediante el visto del Informe Técnico No 03-3016-IESPP"GJSM"/SA., elSecretario Académico, Lic. Olger,Ayben Vega Escobedo, da a conocer la condiciónacadémica de la estudÍante. FENANDEZ HOYOS, Vilma, del Vlll semestre académicode la Especialidad de Educacíón Inicial quien no pudo matricularse en el lX semestreacadémico y sugiere que la Directora General a través de un proveído autoriceproyectar la Resolución Directoral de Reserva de Matrícula, hasta por dos sernestresacadémicos, quien adeuda créditos, por lo tanto no está invicta, esto en cumplimientoa lo establecido en los incisos 0 y c) de los Artículos 16" y 17" de nuestro ReglamentoInstitucíonal Sanmartiníano, y refrendado por la Directora General, mediante DecretoDirecloral No 699-2016; y,

De conformidad con el numeral 26.2 del Artículo 26o del D.S. No 004-201O-ED,Reglamento de la Ley No 29394, Ley de lnstitutos y Escuelas de EducaciÓn Superior,in ciso c), numera | 6.2. 1, de la Dírectiva N"002-20 1 3-MINEDUA/MGP-DIGESUTP-

Jr.. Pedro Pascasio Noriega No 061 - Moyobamba - Telefax (042) 56 - 3941Web: http://www.iesppsanmartiniano.edu-pe E-ma¡l:

ispp_generalísimo@iesppsanmart¡niano.edu.pe

lael

'Año DE LA coNsoLtlActóu oet MAR DE GRAaJ-

Page 8: I...Que, de conformidad con er numerar 26.2 der Artícuro 260, der Regramento de ra Ley N' 2_9394, Ley de Inst¡tutos y Escuelas de Educación superior; apro-bado meoiante Decreto

RESOLIJCIÓN DIRECTORAL N" 045-201 6-DRESM/I ESPP''GJSM''/DG.DESP, aprobada con R.M. N"046-2013-ED y los incisos "f'y "c" de los Artículos 16o y17", respectivamente, de la R D. N" 038-2016-DRESM-|ESpP"GJSM"/DG (RtS) y lófacultado por la Resolución Jefatural N" 112-2016-GRSM-DRE/Do-oo UE30O,

SE RESUELVE:

- Artículo Primero. AUTORIZAR, en vías de Regutarización, la Reserva deMatrícula, por dos Semestres Académicos, Período 2b16 | y tt a: FERNÁNDEZHOYOS, Vilma, estirdiante del Vlll Semestre Académico, de la Eápecialidad EducaciónInicial; por adeudar créditos y no estar en condición de invicta cJebiendo reincorpc-:i".ra sus esiuciios en el ll( semestre, período Académico 2012-1. I

Artículo Sequndo. coMUNlcAR, a los docentes responsables de las AreasAcadémicas del lX y \ Semestre Académico del Período Rcadéín¡co-2016 ly ll, de laEspecialidad de Educación Inicial, para que en sus registros, anoten la palabraRESERVA DE MATRicut-¡, a fin de no afectar el Promedib ponderado semestral dela indicada estudiante.

Artículo _ Tercero. DrspoNER, que ia unidad Académica, unidadAdministrativa y Secretaría Académica ; velen para el cumplimiento de la presenteResolución.

Artículo Cu-arto. ELEVAR, copia de la presente Resolución Directoral a laDirecciÓn Regional de Educacíón d¿ San Martín', para los fines pertinentes. I

tNsnrtJTo DE EDUCACtoN supERtoR zEDAG¡GICo púBLtco

''GENERAL|SIMO JOSÉ DE SAN MART|N''¡Formar Maestros para Educar, lnvestígar, lnnovar, Gerenciar y Liderarl

Creado por D. S. No O25-52-ED del 0S-12-1952

Mando: SE REGISTRE, COMUNIeUE y CUMPLA.

üslrun 0t f¡trf¡cl0x

-L'scobed¿iú try ubaiii i, a, ....- j...Í.--Á,1

----'r-rspp_generalisimo@iesppsa nmart¡n¡ano.edu.pe

Jr.. Fedro """""Web: http://www.i"rpp.rn-"rri;;;.;;.p;

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¡ MAZD/DG.

"FóAvE/sA.I iba/sec-

f-''r Institdo de Erirrución Su¡rrii'r,hrh¡égrm Públieo

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É I Íj,,cr't''t.,: l''¡, i l! i::.r i-i,.-: ¡:i i r-:oCBRTiFICA: {Jric <,,s.t:r ¡.:¡r;ri;.i e:; tjelrie ia oi'iginel y se efli'uenti.a en ios¿ ¡'<t,1-: ivls ii.e I ;i I n r;i-it-w ci ón.

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INSTITUTO DE EDUCACIóN SUPERIOR PEDAGÓG/ICO PÚBLICO

"eENERAListyto "losÉ DE SAw MARTIN'formar Maestros para Educat, tnvestigar, lnnovar, Gerenc¡at y Llderarl

Crca.to por D S. No 025'52'ED dol 05'12'1952

' Año DEL BUEN sERvlclo AL cluDADANo"

r 2 ABR 2017Movobamoa,

Vistoe|expedienteconRegistroNos5o-2o17,condos(02)fo|iosúti|es,quese acompañan; Y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a| Artícu|o 32o, numera| 32'1, de| Reg|amento de |a-Ley

N.29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación superior, aprobado mediante o's.

N" OO4-201o:ED; indica que los Institutos y Escuela de Educación Superior Públ¡co

poAián otorga. licencia a ios estudiantes, asu sollcitud, hasta por un periodo de dos

iO2) anos, déntro de los cuales podrán reingresar'

liequisitos establecidos para la matrícula'

Ai Que, en el Artículo 33o del Reslam?to-!-".tli}!t111?l^s,*n"1ijil,i'^:p::,1t1:n".óiCIoñ Directorat N" 038-2-01 6-DRESM-|ESPP'GJSM", establece qug,- l?in-pooiá óioig"r. I icencia a ios estudiante: t1'j:^ry: :1"11'::,:-d::::l?3:li,##:#r'iü";;il, ;;;i;;;"loi cuares podrá reinoresar at semestre académico

oue le corresponoa, cumptienáá óón tos requisitos establicidos para la matrícula'

Que,ene|numera|6.2.6de|aDirectivaN"002-2013-M|NEDU^/MGP-DIGESUTP-DESP. "Normas y orientac¡ones Nacionales para el desarrollo de las

Actividades Académicas durañte el año 2013, e Institutos y Escuelas de EducaciÓn'd;;ñ;-¡" Formación Docente y Artística .

a nivel Nacionat" aprobado por la

ñá!áiü"¡on-rt¡risterial No 0046-2013-ED, establece: - El Director General concede

f i....á J. estudios, mediante resolución directoral a partir del término del I Semestre

Áa.o¿.¡ao por un plazo determinado y por razones justificadas consideradas en el

ii;;i.r;;i"i.rtitucionat. Asimismo también indica que: - Los estudiantes al concluir su

i¡;"i,"i" oá estud¡os podrán incorporarse al semestre académico que corresponoa,

i;;;";. cuenta el artícuto 3z'd'el Reglamento de la Ley N" 29394, Le^y^de lnstitutos

y Escuelas de Educación superior, apro6ado por Decreto supremo 004-201o-ED, y los

Que, mediante el v¡sto del Informe Técnico.No 016-2017-IESPP "GJSMYJUA'

ta ¡eta oela Únioao ncao¿m¡cá Lic. séphora Yone Alvarado Yparraguirre, da a conocer

que procede ta Amptiación á" f¡.""[ii"itudios_solicitada por la estudiante: Jara

Rios, Angela del Vl Semest;A;;ñ¿"' de la Especialidad de Educación lnicial'

oáiiáJ üü. "r

Feríodo Acaüirüo zori-r, no hay EducaciÓn lnicial vl, motivo por el

cual, la estudiant" "n t"n"ün áé¡t ¿t matricuiarse y reincorporarse en el Período

Académico 2017-ll, en el vi sémestre Académico' ..para continuar con su carrera

profesionat y refrendacto p"iál óii""t.-ceneral, mediánte Decreto Directoral No 550-

2017: Y

De conform¡dad con el numeral 32 1 del Artículo 32'' del Reglamento de la

Ley No 29394, Ley de lnstitutoJy Élti'rlüt ¿" eOucaciÓn Superior' aprobado mediante

ffi}\üffi^Bl

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INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO

' e EN ERALism o.losÉ DE sAfv ¡t nnri ¡,t'Formar Maestrcs para Educar, lnvestlgar, lnnovar, Gerenciar y Llde/,sd

Cnaclo Dor O. S. N' 02r52-ED dol 0112-1952

D.S. No 004-2010-ED, el numeral 6.2.6, Directiva N" 002-2013-MINEDUA/MGP-DIGESUTP-OESP, aprobado con la R.M. No 0046-2013-ED y el Artículo 33o, aprobadocon la R.D. N" 038-2016-DRESM-IESPP"GJSM"; y lo facultado por la ResoluciónJefatural N" 0217 -2017 -GRSM-DREiDO-OO, U E.300;

SE RESUELVE:

ArIíCUIO PriMErO. OTORGAR AMPLIACIÓN DE LICENCIA DE ESTUDIOS,a: JARA RIOS, ANGELA, estudiante del Vl de Educación Inicial, por motivo que en elPeríodo Académico 2017-1, no hay Educación Inicial Vl, debiendo matricularse parareincoroorarse a sus estudios en el Vl Semestre del Período Académico 2017-ll.

Artículo Sequndo. COMUNICAR, a los docentes responsables de las áreasAcadémicas de la Especialidad de Educación Inicial del Vl Semestre Académico, delPeríodo Académico 2017 -l para que en sus registros, anoten la palabra LICENCIA, afin de no afectar el Promedio Ponderado Semestral de la indicada estudiante.

Artículo Tercero. DISPONER, que la Unidad Académ¡ca, UnidadAdministrativa y SecretarÍa Académica; velen para el cumplimiento de la presenteResolución.

Artlculo Cuarto. ELEVAR copia de la presente Resolución Directoral a laDirección Regional de Educación de San Martfn, para los f¡nes pertinentes.

Mando: SE REGISTRE, COMUNIQUE Y CUMPLA.

#ffix..w.DIRECTOR GENERAL

crsc/Dc,SYAY/JUALPZJUAdn.vts/sa.

lb¡r8oc.

W.b: hnpr/ww.l..pp&nm¡rtlnl¡no..du-pe