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Secretaria Técnica de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil Local de Maertranza Jr. Alfonso Ugarte S/N Carretera Antigua Paita Piura "Año DE LA UNIVERSALIZAcIóN DE LA sALUD,, REQUERIMIENTO No 01 5-2020-MPP/STGRDvDC : LIC. DANNY IERESA RIVERA CALLE Gerente de Administración y Finanzas : Adquisición necesidad de la Ganasta Básica Familiar en el marco de la . Emergencia Nacional por el COVID-19 i7 A ASUNTO { REFERENCIA: - Guía de orientación gestión y distribución de canastas familiares en el marco de la emergencia nacional por el brote del Covid- 19. -Resolución de Alcaldía N"168-2020-MPP/A * -Acta de reunión de acuerdos tomados por el equipo de trabajo Multidisciplinario. ::::i. . . . . : . . I-illi: ?:l::'il i:i::'-'- . . Tengo a bien dirigirme a usted para expresar mi cordial saludo y en concordancia con el Decreto de Urgencia N" 033-2020, se incorpora los recursos transferidos para la adquisición de la Canasta Básica Familiar en el marco de la emergencia nacional por el COVID-19. Es por ello solicitamos el gasto asignado en dicho decreto de urgencia, para atender de la siguiente manera la emergencia: I.ANTECEDENTES Que, mediante el Decreto Supremo N' 008-2020-5A, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19 Asimismo, mediante Decreto supremo No 044-2020-pcM, precisado por el Decreto Supremo No 046-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15)días calendario, y se dispone elaislamiento socialobligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del coVrD-19; Que, mediante Decreto de Urgencia N' 033-2020 se dictaron medidas adicionales extraordinarias, en materia económica y financiera, para minimizar los efectos de las disposiciones de prevención dispuestas en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional, aprobada mediante Decreto supremo No 044-2020-pcl/l, en hogares vulnerables con bajos ingresos, así como en personas naturales y jurídicas cuyas actividades cotidianas han tenido que suspenderse en el marco de la referida situación de emergencia nacional y establecer medidas sobre financiamiento y otras disposiciones para respuesta frente a los efectos del COVID-19: Autorizando a los gobiernos locales a entregar Canastas Básica Familiares a hogares vulnerables dentro de su jurisdicción, para lo cual el anexo 1, de decreto en mención ha establecido que la Municipalidad Provincial de Paita recibirá un monto de S/ 500,000.00 ( Quinientos Mil con 00/100 soles), monto destinado a la adquisición de las canastas básicas familiares y posterior distribución. Qué, mediante Resolución de Alcaldía N" 168-2020-MPP/A de fecha 31 de marzo del 2020, se acordó conformar el Equipo de Trabajo Multidisciplinario que se encarga de Ia evolución e identificación de beneficiarios y posterior de los alimentos adquiridos en virtud del decreto de urgencia 033-2020.

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Secretaria Técnica de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa CivilLocal de Maertranza Jr. Alfonso Ugarte S/N

Carretera Antigua Paita Piura

"Año DE LA UNIVERSALIZAcIóN DE LA sALUD,,

REQUERIMIENTO No 01 5-2020-MPP/STGRDvDC

: LIC. DANNY IERESA RIVERA CALLEGerente de Administración y Finanzas

: Adquisición necesidad de la Ganasta Básica Familiar en el marco de la. Emergencia Nacional por el COVID-19

i7

A

ASUNTO

{

REFERENCIA: - Guía de orientación gestión y distribución de canastas familiares en elmarco de la emergencia nacional por el brote del Covid- 19.

-Resolución de Alcaldía N"168-2020-MPP/A *-Acta de reunión de acuerdos tomados por el equipo de trabajoMultidisciplinario.

::::i. . . . . : . . I-illi: ?:l::'il i:i::'-'- . .

Tengo a bien dirigirme a usted para expresar mi cordial saludo y en concordancia con elDecreto de Urgencia N" 033-2020, se incorpora los recursos transferidos para la adquisición dela Canasta Básica Familiar en el marco de la emergencia nacional por el COVID-19. Es por ellosolicitamos el gasto asignado en dicho decreto de urgencia, para atender de la siguientemanera la emergencia:

I.ANTECEDENTES

Que, mediante el Decreto Supremo N' 008-2020-5A, se declara en Emergencia Sanitariaa nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas deprevención y control del COVID-19

Asimismo, mediante Decreto supremo No 044-2020-pcM, precisado por el DecretoSupremo No 046-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo dequince (15)días calendario, y se dispone elaislamiento socialobligatorio (cuarentena), porlas graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote delcoVrD-19;

Que, mediante Decreto de Urgencia N' 033-2020 se dictaron medidas adicionalesextraordinarias, en materia económica y financiera, para minimizar los efectos de lasdisposiciones de prevención dispuestas en la declaratoria de Estado de EmergenciaNacional, aprobada mediante Decreto supremo No 044-2020-pcl/l, en hogaresvulnerables con bajos ingresos, así como en personas naturales y jurídicas cuyasactividades cotidianas han tenido que suspenderse en el marco de la referida situación deemergencia nacional y establecer medidas sobre financiamiento y otras disposiciones pararespuesta frente a los efectos del COVID-19: Autorizando a los gobiernos locales aentregar Canastas Básica Familiares a hogares vulnerables dentro de su jurisdicción, paralo cual el anexo 1, de decreto en mención ha establecido que la Municipalidad Provincialde Paita recibirá un monto de S/ 500,000.00 ( Quinientos Mil con 00/100 soles), montodestinado a la adquisición de las canastas básicas familiares y posterior distribución.

Qué, mediante Resolución de Alcaldía N" 168-2020-MPP/A de fecha 31 de marzo del2020, se acordó conformar el Equipo de Trabajo Multidisciplinario que se encarga de Iaevolución e identificación de beneficiarios y posterior de los alimentos adquiridos en virtuddel decreto de urgencia 033-2020.

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@M@tusecretaria Técnica de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa civil

Local de Maestranza Jr. Alfonso Ugarte S/N

Carretera Antigua Paita Piura

. Guía de orientación gestión y distribución de canastas familiares en el marco de la

ámergencia nacional p-or el brote del Covid- 19. De la PRESIDENCIA DEL CONCEJO DE

MlNl§TRO. donde fijan las pautas para la adquisición del bien'

o Que, según Acta de Reunión de Acuerdos tomados por el equipo de trabajo

frlultiOisclltinario se estableció el valor estimado de la canasta familiar y los víveres que la

componen a la antes mencionada

l. Anátisis Y CónclusionesQue la municipalidad Provincial de Paita, tiene por objeto la adquisición de canasta de

víveres familiares para atender la emergencia Nacional por el Brote del Covid-19' para lo

cual adquirirá la cantidad de 6,250(seis mil doscientos cincuenta) canastas de víveres

según el siguiente detalle:

Tabla 1: desagregado de la Canasta Básica familiar

ITEM ALIMENTO UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD

01 Arroz superior Kg. 5

02 Avena, hojuela cruda Kg. 2

03 Fideo tallarín Kg. 2

04 Aceite vegetal L. 1

05Filete de atún en enlatado

en aceiteLatas 3

06Leche evaporada entera

de 4009rLatas 3

07 Azúcar rubia Kg. 4

08 Lentejas chicas Kg. 2

cArEGoRiA PROGRAIIAS PRESi.]PUESTALES CON ENFOOUE A

RESULTADOS

Programapresupuestal

0008 - REDUCa-lirN üE \,/l-ILNERABtLIDAo Y ATENcIoNT)E E[¡ERGENCIAS P']R DESASTRES-

PRODUCTO 30{]073.1 C]APAi]IDAD INSTALADA PARA LA

PREPARAI]IÓN Y RESPL]ESTA FRENfE AEI,'IER(]ENCIAS Y DESASTRES

ACTIVIDADPRESUPUESTAL

500Ú269: FIREVENC'ÓN. CONTRCJL, O¡AGN'JSTI']O Y

TRATAIIIIENTO OE CORONAVIRÜS

FUNCION 05. oRnEN Pt_lELlCO Y SE{:;UR|OAD

DIVISIONFUNCIONAL

I(], GESTION DE RIES6OS Y EINERGENCIAS

GRUPO FUNCIONAL 0?'6. ATENCIifN DE EI"IERL;ENCIAS

FINALIDAD 02!¡04'¡ 1 ADQLltslclÓN Y úlsrRlBLrclÓN DE

PRODIJCTOS DE PRII'¡ERA NEC]ESIDAD.COVID-19

UM 1115 KIT

CLASIFICADOR DEGASfO

2.3.1 1. '

1. ALIMENTOS Y BEBIDAS PARA CONSUMO

HUMANO

cada de con't*§" fiacffie cada canasta será de S/.

/soles¡, según to acordado por el equipo de trabajo Multidisciplinario.

Así mismo, tener siempre presente que el principal criterio a emplearse para la entrega

debe ser las necesidades reales, como producto del empadronamiento de las familias con

mayores niveles de Pobreza'

II. ESTRUCTURAPROGRAMATICA

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@M@tuSecretariatécn¡cadeGestióndelRiesgodeDesastresyDefensaCivil

Local de Maestranza Jr' Alfonso Ugarte S/N

Carretera Antigua Pa¡ta Piura

III. COSTO APROXIMADO DE LA CANASTA BASICA FAMILIAR

segrin elacta firmada el día 01 de abril por parte del Equipo de Trabajo Multidisciplinario

(Resolución de Alcaldía N"168-2020-MPP/A): ca'da canasta básica familiar tendrá un valor

referencial de s/. g0.00 (ochenta Nuevos solás), de acuerdo con los productos seleccionados'

sus valores del mercado y los precios de la zona'

IV. JUSTIFICAGION

Atender las zonas donde se encuentra la población en situación de pobreza' que no

haya recibido ningÚn beneficio por parte del estado, ante el estado de emergencia nacional por

las graves circunstanJas que aiectan la vida de la Nación a consecuencia del b!'tte del covlD-

'19.

§1

V.

vl.

Plazo de Entrega "' "

Elplazodeejecucióndelaprestaciónseráde4(cuatro)díascalendarioscontadosap"rtit O"t día siguiente de notificada la orden de compra'

Gronograma de Entrega

Lasentregasdelacanastabásicafamiliarseránsegúnelsiguientedetalle:

Perfildel ProveedorEl proveedor deberá contar con el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y deberá contar

con lo siguiente:

1. Declaración jurada estableciendo lo siguiente:

.ContarconRucvigenteconactividadeconómicadeventaalpormayorde

alimentos, bebidas Y tabaco'

. No encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado'

. Contar con stock suficiente de los productos a requeridos'

E1ffr

'ttlPvil.

n Z Oias Oe notificada la

A 3 dfas de notificada la

A 4 días de notificada la

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@ru@tuSecretaria Técnica de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil

Local de Maestranza Jr. Alfonso Ugarte S/N

Carretera Ant¡gua Paita Piura

2. Tener una experiencia en ventas de productos iguales o similares por el monto de s/

500,000.00 (quinientos mily 00/100 soles), en los últimos 8 años.

3. Se compromete a entregar el producto en el almacén de la entidad, ubicado en el Local

Maestranza Antigua - Carretera Paita S/N.

4. Se compromete a entregar el producto en el plazo máximo de cuatro dlas una vez

emitida la orden de compra respectiva, según cronograma de entrega.

LUGAR DE ENTREGA, RECEPCIóN Y CONFORMIDAD DEL PRODUCTO

Los bienes deberán ser entregados en el almacén de la Municipalidad Provincial de Paita,

sito en Local Maestranza Antigua - Carretera Paita S/N, de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a

4:00 p.m., la Municipalidad no está obligado a recibir bienes en horarios no programados.

La recepción estará a cargo del encargado de la Secretaria Técnica Gestión del Riesgo de

Desastres y Defensa Civil en coordinación con el responsable del Almacén Central de la

Municipalidad Provincial de Paita y el responsable de Control de Calidad quien verificará

la documentación y buena calidad de los bienes de acuerdo a los términos señalados en la

etapa contractual, debiendo emitir la conformidad Secretaria Técnica Géstión del Riesgo

de Desastres y Defensa Civil. De existir observaciones, se otorgará al contratista un plazo

no menor de dos (02) días, ni mayor de diez (10) días calendario para la subsanación. (Art.

176 del reglamento de la LCE).

REQU¡SITOS PARA PRESENTAR DURANTE tA FIRMA DEL CONTRATO

ta\

§

V¡I1.

xt

Postor para que presente oferta valida deberá adjuntar mínimo una declaración Jurada con

requisitos solicitados antes de la firma del contrato.

I postor adjudicado deberá presentar los documentos solicitados para la tramitación de pago

correspondiente a efectos de dar la conformidad el área correspondiente y poder dar

continuidad de trámite de Pago.

Los documentos solicitados a presentar son:

Copia simple del Registro Sanitario del producto vigente, expedido por la DIGESA, el que

debe corresponder al t¡po de envase y peso neto por envase, objeto del proceso.

Copia simple de la Validación Técnica Oficial del Plan HACCP vigente, expedida por

DIGESA, según R.M. Ne 449-2006-MINSA, deberá estar referida a la línea de producción

del producto objeto del proceso y a una línea de producción dentro de la cual esté

inmerso el producto requerido.Declaración jurada Vlo Certificado de Análisis Organoléptico, Físico Químico,

Microbiológico y de Micronutrientes

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ó@M@tuSecretaria Técnica de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil

Local de Maestranza Jr. Alfonso Ugarte S/N

Carretera Antigua Paita Piura

REGISTRO SANITARIO

Los alimentos materia de la presente Norma Sanitaria, deben contar con el

correspondiente Registro Sanitario otorgado por DIGESA, en el cual se especifique el

nombre del producto ofertado, las características del envase conforme a lo señalado en la

parte pert¡nente, el peso por lata y la vida útil, etc.

Nota: Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la

culminación de las entregas del producto adquirido.

Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovación de

dichos documentoS y qntregar una copia al comité de compras.

Estos documentos deberán ser entregados durante la tramitación del Pago.

lX. EspecificacionesTécnicas

Se anexan.

Atentamente,

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üv

1.

FICHATÉCNICAAPROBADA

cARAcTERísTrcRs GENERALES DEL BIEN

Denominación del bienDenominación técnicaUnidad de medidaDescripción general

ARROZ PILADO SUPERIORARROZ ELABORADO GRADO 2. SUPERIORKILOGRAMOEs el grano descascarado procedente de cualquier cultivarde la especie Oryza sativa L. del que se han eliminado,parcial o totalmente, por elaboración, el salvado y elgermen

v

2. CARACTERíSTICES ESPECíFICAS DEL BIEN2.1. Delbien

El arroz pilado superior, deberá ser inocuo y apropiado para el consumo humano, exento desabores y olores extraños; de insectos vivos, muertos o en cualquiera de sus estados fisiológicos;exentos de suciedad que represente un peligro para la salud humana. Asimisrno, se encontraráexento de granos mohosos, germinados, sucios, de ñelén y polvillo, según indican los numerales5.1,5.2.4 y 5.2.6 de la NTP 205.011:2014.

De acuerdo a la longitud del gnano, el arroz pilado superior puede ser clasificado en las siguientesclases, según elnumeral 4.2.2de la NTP 205.011:2014:

Clase Longitud del grano entero

Largo Más de 7 mm

Mediano DeGmmaTmm

Corto Menos de 6 mm

La clase se asignará cuando por lo menos el 80 % de los granos (en masa), están dentro de loslímites de la clase correspondiente, y no más del 20 % (en masa), son mezcla con cultivares declases contrastantes, según indica el numeral 5.2.1.1de la NTP 205.011:2014.

Precisión 1: La entidad convocante deberá precisar en las bases (sección específica, especificacionestécnicas numeral 3.2ylo proforma del contrato) la clase de arroz requerido, según lo establecido en laTabla 1 de la NTP 205.01 1:2014; por ejemplo'. Arroz pilado superior largo, arroz pilado superior mediano

pilado superior corto.

las siguientes características:

Requisitos generales yespecíficos

Cumplir con lo indicado en losnumerales 5.1, 5.2.4 y 5.2.6 de laNTP de la referencia

NTP 205.01 1 :2014 ARROZ.Arroz elaborado. Requisitos

Cumplir con lo indicado en losnumeral 5.2.1y tabla 1 de la NTP dela referencia, según la clase dearroz pilado superior a contratar

Clase y longitud

Cumplir con lo indicado en elnumeral 5.2.3 y labla 2 para el arrozpilado superior de la NTP de lareferencia

Cumplir con lo indicado en elnumeral 5.2.5 de la NTP de lareferencia.

A:

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FICHA TÉCNICAAPROBADA

1. cARAcrERisr¡cas cENERALES DEL BIEN

: HOJUELADEAVENA: HOJUELAS DEAVENA: Kilogramo: Es el producto obtenido de los granos de avena (Avena sativa,

L o Avena bizantina, L) previamente limpiados, secados,

estabilizados, descascarados, cortados transversalmente o no,

y que han sido aplastados para formar las hojuelas, escamas o

copos.

2. CARACTERíSTICES ESPECíFICAS DEL BIEN

2.1. DelbienLas hojuelas de avena deberán provenir de granos de avena enteros, limpios, sanos, libres de

infestación por insectos y de cualquier otra máteria extraña objetable; por lo que deberán cumplir

con los requisitos establecidos en la NTP 205.033:'1982 (Revisada el 201G). Las hojuelas de

avena debárán ser preparadas, procesadas y envasadas bajo condiciones higiénico-sanitarias

acordes con el CAC/RCP 1-1969 (2003) y otros códigos de prácticas recomendados por el Codex

que sean pertinentes para este producto, según los numerales 5.1 y 5.2de la NTP 205.050:2014

y su enmienda ENMl:2016.

Denominación del bienDenominación técnicaUnidad de medidaDescripción general

ñ':*

W

Precisión l: Ninguna

2.2. EnvaseLas hojuelas deberán envasarse en recipientes que salvaguarden las cualidades higiénicas,

nutritivas, tecnológicas y organolépticasJsensoriales) del producto. Los recipientes, inclusive el

r Según artículo i2 del Reglamento del Decreto Legislativo No 1062 Ley de inocuidad de los alimentos

^--^L^l^ É^l!^-¡- ñ^^-^t^ o..--^-^ tlo ^Ó '

Ó^^o A ^

NTP 205.050:2014 HOJUELAS DE

AVENA. Requisitos Y métodos deensayo y su enmienda ENMl:2016

Cumplir con lo establecido enel numeral 6.1(correspondiente a hojuela deavena normal) de la NTP de lareferencia

Requisitos físico:- Tamaño de partícula- Materias extrañas

Cumplir con lo establecido enelnumeral6.2 de la NTP de lareferencia

Requisitosfisicoquímicos- Humedad- Proteína (base seca

x5,7)- Fibra cruda (base

seca)- Cenizas (base seca)- Grasa (base seca)

Ácidos grasos libres(base seca)

Cumplir con lo establecido enel numeral 6.4 de la NTP de lareferencia

Reglamento sobre Vigilancia Y

Control Sanitario de Alimentos Y

Bebidas aprobado medianteDecreto Supremo N" 007-98-SA,sus modificatorias Y normas

Cumplir con los requisitosestablecidos por la DirecciónGeneral de Salud Ambientalelnocuidad AlimentariaDIGESA, autoridad nacional

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2.2. EnvaseEl envase que oontiene el producto debe ser de material inocuo, estar libre de sustancias que

puedan ser cedidas al producto en condiciones tales que puedan qfecl{ su inocuidad' y estar

fabricado o" ,"ñár" que mantenga la calidad sanitaria y composición del producto durante toda

su vida útil, se!ún ei artículo tla Oel "Reglamento ¡_obre Vigilancia _y Control Sanitario de

Alimentos y Beb'íáas" aprobado mediante D.S. N" 007-98-SA y sus modificatnrias.

Él "nrrr"

deberá corresponder al autorizado en el Registro Sanitario, segÚn lo establecido en

los artículos ro-á, rre y tis oet"Reglamento sobre Vigilancia y controlsanitario deAlimentos y

Bebidas', aprobado méo¡m'te D.s. ñ" oo7-98-sA y su modificatoria según el D.s. N" 038-2014-

SA.

El a¡rozpilado superior deberá ser entregado en env-ases que cumplan con lo especificado en la

NTp 399.163-l:2b17 y su Corrigenda fécnica 1:2018 y que salvaguarden las cualidádes de

calidad, higiénicas, nuíricionales,-tecnológicas y sensoriales del alimento; asimismo los envases

deben ser fabricaáos con sustancias que seán inocuas y apropiadas para.el uso al que se

destinan. No deberán transmitir al producto sustancias tóxicas ni olores o sabores

desagradables, según indican los numerales 9 y 9.1 de la NTP 205.011:2014'

precisión 2: La entidad convocante deberá indicar en las bases (sección específica, especificaciones

técnicas numeral Z.Zylo proforma delcontrato), el peso neto del producto por.envase' Además podrá

indicar las característ'rcas'del envase tales comó: material, peso, tipo de cerrado, siempre que se haya

verificado que estas características aseguren la pluralidad de postores

2.3. RotuladoEn el rotulado de los envases de arroz pilado superior, además de cumplir lo establecido en la

NTp 2O9.O3a:ZOOO lrevisada el 2014), deberá considerar lo siguiente, según el numeral 9.2 de

la NTP 205.011:2014.

INOCUIDAD

Cumplir con los requisitosestablecidos Por la DirecciónGeneral de Salud Ambiental e

lnocuidad Alimentaria - DIGESA.autoridad nacional comPetentel

Reglamento sobreVigilancia y ControlSanitario de Alimentos Y

Bebidas aprobado medianteDecreto Supremo No 007-9B-SA, sus modificatorias Yregulación comPlementaria

Nombre comercial (arroz pilado superior)Tipo de arroz (arroz Pilado)

n 3: La entidad convocante deberá indicar en las bases (secciÓn específica, especificaciones

numeral 3.2yloproforma delcontrato), otra información que considere deba estar rotulada' La

uái"ionrí qr" r" solicite no pu"d" modificar las características del bien descritas en

nuñeral 2.1 de la presente ficha técnica.

2.4. lnsertoNo aplica

Precisión 4: No aPlica

x Según artículo lZdelReglamento del Decreto Legislativo No 1062 Ley de inocuidad de los alimentos

^¡r^l^a¿l^ m^ali^^t^ l''¡a^'^T^ C' 'ñ'^ñ^ Nlo ^O

/'l O^nO ^ 'a

a)b)

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material de envasado, deberán ser fabricados con sustancias que sean ínocuas y de acuerdo al

uso que se destina. No deberán transmitir al producto ninguna su9Qn9t9 tóxica ni olores o

sabores desagradables, según el numeral 10.1 de la NTP 205.050:2014 y su enmienda

ENMl:2016.

El envase deberá corresponder al autorizado en el Registro Sanitario, según lo establecido en

los artículos 105, 118 y 119 del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y

Bebidas aprobaáo me-diante D.S. Ñ" 007-98-SA y su modificatoria segÚn el D.S. No 038-2014-

SA.

precisión 2: La entidad convocante deberá indicar en las bases (sección específica, especificaciones

técnicas numeral 3.2ylo proforma delcontrato), elcontenido neto del bien por envase. Además podrá

indicar las características'del envase tales como: material, peso, tipo de cerrado, siempre que se haya

verificado que estas earacterísticas aseguren la pluralidad de postores.

2.3. RotuladoEl rotulado de los envases deberá cumplir con lo establecido la NTP 209.038:2009 (revisada el

ZO14), según el numeral 1O.2 de la NTP 205.050:2014 y su enmienda ENlt4*:2016.

prec¡sión 3: La entidad convocante deberá indicar, en las bases (sección específica, especificaciones

técnicas numeral 3.2 ylo proforma del contrato), otra información que considere deba estar rotulada. La

información adicionai que se solicite no puede modificar las características del bien descritas en el

numeral 2.1 de la presente ficha técnica.

2.4. lnsertoNo aplica

Precisión 4: No aplica

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FICHA TÉCNICAAPROBADA

'|.. cARAcTERísrlcRs cENERALES DEL BIEN

Denominación del bienDenominación técnicaUnidad de medidaDescripción general

: ACEITE VEGETAL COMESTIBLE: ACEITE VEGETAL COMESTIBLE: Litro: El aceite comestible y mezcla de los mismos en estado

idóneo para el consumo humano. Se compone de glicéridos

de ácidos grasos y son de origen vegetal. No es un aceite

vegetal especificado.

2. CARACTER|STICES ESPEC|FICAS DEL BIEN

2.1. DelbienEs el aceite vegetal comestible y mezcla de los mismos en estado idóneo para el consumo

humano. podrán contener pequáñm cantidades de otros lípidos, tales cemo fosfátidos, de

constituyentes insaponificabies y de ácidos grasos libre_s naturalmente presentes en los aceites,

según ¡ndican los numerales 1 y 2 de la norma codex stan 19-1981 (2019).

El aceite vegetal comestible podrá contener tos aditivos alimentarios presentados en el

numeral 3 de la norma Codex Stan 19'1981 (2019).

ffiiÉ""itr

WPrecisión l: Ninguna

2.2. EnvaseEl envase que contiene el producto debe ser de material inocuo, estar libre de sustancias que

puedan ser cedidas al producto en condiciones tales que puedan afec]3r su inocuidad, y estar

fabricado de manera que mantenga la calidad sanitaria y composición del producto durante toda

su vida útil, setún ei artículo tIg Oel "Reglamento sobre Vigilancia y Conhol Sanitario de

Alimentos y aeÑdas" aprobado mediante D.S. N" 007-98-SA, y sus modificatorias.

i según artículo,12 delReglamento delDecreto Legislativo No 1062 Leyde inocuidad de los alimentos aprobado

mediante Decreto Supremo N' 034-2008-AG.

$avi4V'Bf

ECREilRI¡TÉCi{KAr¡rrdl alt,

CALIDAD

Color

Cumplir con lo indicado en elnumeral 1 para aceiterefinado, según corresPonda,del Apéndice de la norma dela referencia.

Codex Stan 19-1981 (2019)Norma del Codex para grasasy aceites comestibles noregulados por normasindividuales.

Olor y sabor

Materia volátil a 105 oC

lmpurezas insolubles

Contenido de jabón

Hierro (Fe)

Cobre (Cu)

lndice de ácido

lndice de peróxido

ContaminantesCumplir con lo indicado en el

numeral 4 de la norma de lareferencia.

t*"?tIUQCUIDADñrlrJ§-l\:/

Cumplir con los requisitosestablecidos por la DirecciónGeneral de Salud Ambientale lnocuidad AlimentariaDIGESA, Autoridad Nacionalcompetentel.

Reglamento sobre Vigilancia YControl Sanitario de Alimentosy Bebidas aprobado medianteDecreto Supremo No 007-98-SA, sus modificatorias yregulación complementaria.

"*"; -- l; .-. :, .*. REFERENCIA

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El envase deberá corresponder al autorizado en el Registro Sanitario, según lo establecido en

los artículos ros, rie y tio oet "Regramento sobre vigilancia y control sanitario de Alimentos y

Bebidas,,aprooábo méd¡ante D.S. Ñ' oo7-98-SA y su modificatoria según el D.S. No 038-2014-

SA.

precisión 2: La entidad convocante deberá indicar en las bases (sección específica, especificaciones

técnicas numeral g.ziioproforma delcontrato), elcontenido neto delbien por envase' Además, podrá

indicar las características delenvase tales como: material, peso, tipo de cerrado' siempre que se haya

verificado que estas características aseguren la pluralidad de postores.

2.3. RotuladoEl rotulado de los,envases de aceite vegetalcomestible deberá considerar lo siguiente, según el

artículo 112 d;i Reglamento sobre vlgitancia y control sanitario de Alimentos y Bebidas.

aprobado mediante d.S. N" o0z-98-SA y-rus ,oáiticatorias y la NTP 209.038:2009 (revisada el

2014):

Nombre del producto.Declaración'de los ingredientes y aditivos empleados en la elaboraciÓn del producto.

Nombre y direcciÓn delfabricante.Nombre, razón social y direcciÓn del importador, lo que podrá figurar en etiqueta adicional'

Número de Registro Sanitario'Fecha de vencimiento, cuando el producto lo requiera con arreglo a lo que establece el

codex Alimentarius o la norma sanitaria peruana que le es aplicable.

g) Código o clave del lote.h) Condicionás especiales de conservación, cuando el producto lo requiera, por ejemplo:

"Manténgase protegido de la luz".

i) Contenido en litros, del producto envasado'

precisión 3: La entidad convocante deberá indicar en las bases (sección.especifica, especificaciones

ié*i;;;;rráiuls.ivtoproforma det contrato), otra información que considere deba.estar rotulada' La

información adicional qr" r" solicite no puéd" modificar las características del bien descritas en

numeral 2.1de la presente ficha técnica'

2-4. lnsertoNo aplica

Precisión 4: No aPlica

a)b)c)d)e)

0

froWo".'SECRETmA 't,

ü,'-Pry

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I

FICHATECN¡GAAPROBADA

cARAcTERísncrs GENERALES DEL BIEN

Denominación delbienDenominación técnicaUnidad de medidaDescripción general

FILETE DE ATÚN EN ACEITE VEGETALCONSERVA DE FILETE DE ATÚN EN ACEITE VEGETALLataEl atún en conserva es el producto compuesto por carne delas especies Thunnus alalunga, Thunnus albacares, Thunnusatlanticus, Thunnus obesus, Thunnus maccoyii, Thunnusthynnus, o Thunnus tonggol, precocida, con aceite vegetalcomo medio de relleno o líquido de gobierno, envasada enrecipientes cerrados herméticamente, que han sidosometidos a esierilización comercial.

2.1.

CARACTERíSTICAS ESPECíF¡CAS DEL BIENDelbienEl filete de atún es el músculo longitudinal (dorsal y ventral) del pescado, separado del cuerpomediante corte paralelo a la espina dorsal, con o sin piel, espinas y carne oscura, según elnumeral3.3 de la NTP 204.002:2011 (revisada el 2016)"

El tamaño de los filetes será de acuerdo al tipo del envase, de manera tal que ocupen el diámetro,ancho, largo o altura de forma completa, en los formatos cilíndricos o rectangulares, segúncorresponda. El peso escurrido debe ser declarado en la etiqueta. El contenído ocupará comomÍnimo el 95 % de la capacidad del envase, según el numeral 5.2 de la NTP 2A4.002:2011(revisada e|2016).

Y presentará las siguientes características:

NTP 204.001 :1980 (Revisada el 201 0).

Precisión 2: La entidad convocante deberá indicar en las bases (sección específica, especificacionesiécnicas, numeral 3.2 ylo proforma del contrato), el peso neto del producto por envase y embalaje.Además, podrá indicar las características del envase y el embalaje tales como: material, peso ocontenido, tipo de cenado, siempre que se haya verificado que estas características aseguren lapluralidad de postores.

r Según artículo 2 del Reglamento de la Ley N' 30063 Ley de creación del Organismo Nacional de SanidadPesquera aprobado mediante Decreto Supremo N' 012'2013-PRODUCE.

CARACTERíSTICA ESPECIF¡CAC¡ÓN REFERENCIA

CALIDAD

Composición esencialfactores de calidad

Cumplir con lo indicado en elnumeral 3 de la NTP de lareferencia.

NTP-CODEX STAN 70:2019. NORMAPARA EL ATÚN Y BONITO ENCONSERVA

INOCUIDAD

Cumplir con los requisitosestablecidos por el OrganismoNacional de Sanidad Pesquera- SANIPES, autoridad nacionalcompetentel

Manual "lndicadores sanitarios y deinocuidad para los productospesqueros y acuícolas para mercadonacional y de exportación" aprobadomediante Resolución de DirecciónEjecutiva N" 057-2016- SANIPES-DE

fr6i, F Ninguna.IlVlL.¡co§.o r¡ amJr=

J.e ilffi;.]* v'áI"'nurr¡e utilizado deberá cumplir Io establecido en los numerales 8.2 y 8"3 de la

2.

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2.3. RotuladoAdemás de lo indicado en el artículo 150 del D.S. N" 040-2001-PE y sus modificatorias, elrotulado deberá cumplir lo establecido en los numerales 6 de la NTP-CODEX STAN 70:2079,8.1 de la NTP 2A4.001:1980 (Revisada el 2010) y 5.2.3 de la NTP 2O4.OO2'.2011 (revisada el2016).

Precisión 3: La entidad convocante deberá indicar en las bases (sección específica, especificacionestécnicas numeral 3.2 ylo proforma del contrato), otra información que considere deba estar rotulada. Lainformación adicional que se solicite no puede modificar las características del bien descritas en elnumeral 2"1 de la presente ficha técnica.

2.4. lnsertoNo aplica

Precisién 4: No aplica

ry,e

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ESPECIFICACIONES TECNTCAS DE TECHE EVAPORADA ENTERA

DEFINICIÓN.- Se entiende por leches evaporadas los productos obtenidos mediante

eliminación parcial del agua de la leche por el calor o por cualquier otro procedimiento que

permita obtener un producto con la misma composición y características. El contenido de

grasa y/o proteínas podrá ajustarse únicamente para cumplir con los requisitos de composición

estipulados en la Norma Técnica Peruana NTP 202.002:2QO7 LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS.

Leche evaporada. Requisitos, mediante adición y/o extracción de los constituyentes de la

leche, de manera g.ue no se modifique la proporción entre la caseína y la proteína del suero en

la leche sometida a tal procedimiento.

TNGREDIENTES: Leche entera, emulsificante (E - 322), estabilizantes (E - 339) (E - 407) y

vita.minas A y C

coMPostc¡óru cerureslMAL:

Grasa (%) Mín.7,5

Sólidos totales (%) Mín.25,0

CARACTERíSTICAS DEL PRODUCTO.

REqU rSrros oRGANOLÉPTICOS

voBt I

icREtAhl¡l

flvt

Color Blanco crema

Olor,/-

Característico a leche evaporada

s$ptTJ

Característico a leche evaporada

fl/ectoLíquido uniforme.

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REqU ISITOS FISICO-QUíMICOS

REeursrros MtcRoBIolóclcos

Método de Ensayo: ISO 4833: 2003 Microbiology of food and anímal feeding stuffs.

Horizontal method for the enumeration of microorganism. Colony count technique at

30'c.

AOAC Official Method 989.10 Bacterial and coliform counts in dairy products

Dónde:

'n : Número de envases muestreados.

m : Criterio microbiológico que separa buena calidad de calidad defectuosa. En

"m" representa un nivel aceptable y valores sobre el mismo son inaceptables.

c : Es el número máximo permitido de unidades defectuosas. Cuando se

cantidades mayores de este número el lote es rechazado.

general

encuentra

Sólidos Totales (%)

Proteína (%)

Proteínas en los SNG (%)

Peso Neto (g)

Microorganismos mesó filos aerobios

(ufc/mL)

durante7díasa35-37'C

REQUISITOS ESPECIFICACIONES

Grasa (%) Mín.7,5

Mín.25,0

Mín.5.95

Mín.34

Mín.41.0gr

Energía Kcal Min 132

REQUISITO n 'n

) 100

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PRESENTACION

Envases

Envases de hojalata electrolítica de diseño sanítario con aplicacíón de barniz interior,

especial para alimentos. La presentación es en envases de 400 grs

La tapa del envase de 400 g deberá llevar impreso en alto relieve la denominación PROGRAMA SOCIAL.

Embalaje

Cajas de cartón de 48 unidades x envases de 400 g

Rotulado.

Deben cumplir con las disposiciones establecidas en la NTP 209.038.2009 - para 'Álimentos Envasados,

Etiquetado" (7ma edición)" y la NTP 202.085.2006 Leche y Productos Lácteos:

Además, debe contener la sigui-ente información:

a. Nombre del producto.

b. Declaración de ingredientes y aditivos (indicando su codificación internacional) que se han

empleado en la elaboración del producto,

c. Nombre y dirección del fabricante.

Número de Reglstro Sanitario.

Fecha de vencimiento.

Código o clave del lote.

Valor nutricional por 100 gramos de producto.

se consignará en todo envase de presentación unitaria, con caracteres de fácil lectura, de colores

expresado en idioma español, en forma completa y clara.

VIDA I]T!t

El producto no requiere refrigeración. Conservado en un ambiente fresco y seco, el período de vida útil del

producto será como mínimo tres (6) meses contados a partir de la fecha de entrega en nuestros almacenes.

.Una vez que es abierto el envase, se deberá conservar el producto en refrigeración.

TRANSPORTE

Los alimentos se transportarán en vehículos de uso exclusivo y debidamente acondicionado para tal fi¡. El

producto final se dispondrá en el interior del vehículo evitando el contacto directo con.el piso, paredes y

techo, teniendo cuidado de evitar su rotura y vaciado del contenido durante el transporte. Los vehículos de

transporte deben limpiarse y desinfectarse antes y después de cada uso, eliminando olores y elementos

indeseables.

d.

e.

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FICHA TÉCNICAAPROBADA

cARAcTERísrlces cENERALES DEL BIEN1.

Denominación del bienDenominación técnicaUnidad de medidaDescripciÓn general

MÚCAR RUBIA DOMÉSTICAMIJCAR RUBIA DOMÉSTICAKILOGRAMOf"

"t ptoOr"to sólido cristalizado obtenido directo deljugo de la

cana'de azúcar (saccharum sp), mediante procedimientos

ápropiáOor, está bonstituida esencialmente por cristales de

rá"rtot" cubiertos por una película de miel madre'

CARACTERíSTICNS ESPECíFICAS DEL BIEN

2.1.. DelbienEl azúcar rubia doméstica, debe tener color amarillo pardo, sabor y olor característico, no deberá

presentar insectos, "rán",'ti"rr"

u otras impurezas gr" !9!y-"n una manipulación defectuosa del

[ráár.to, según lo indica el numeral 5 de la NTP 207'007:2015'

Precisión {: Ninguna

2.2. EnvaseEl envase que contiene el producto debe ser de material inocuo, estar libre de sustancias que

puedan ser cedidas al prod'ucto en. condiciones tales que puedan afectar su inocuidad, y estar

fabricado o" ,án"iá quá mántenga la calidad sanitaria y composición del.producto durante toda su

vida útil, segun á-artíóulo 1te Oel"negtamento-sobre Vigilancia yControl Sanitario de Alimentos y

AébiOur" afronaOo mediante D.S. N" ÓOZ-gA-Sn y sus modificatorias'

1 Según artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo

mediánte Decreto Supremo N" 034-2008-AG'

,5?RUu'voBo

W

NTP 207.007 :2015 AZUCAR'Azúcar rubia. Requ isitos

@oenelnumeral 5.1 de la NTP de la- Color, sabor, olor

eumpl'lr con lo indicado en el

numeral 5.2 de la NTP de la

Cumplir con lo indicado en laTabla 2 del numeral 6.1 de laNTP de la referencia'

- Polarización a 20 oC, oZ

- Humedad, o/o mlm- Cenizas conductimétricas, o/o

m/m- Color a 420 nm, UI- Azúcares reductores, o/o mlm- Sustancias insolubles

(sedimentos) mg/kg

@enetnumeral 4.2 de la NTP de la- Factor de seguridad

Reglamento sobre Vigilanciay Control Sanitario de

Alimentos Y Bebidasaprobado mediante DecretoSupremo N" 007-98-SA, susmodificatorias Y normas

Cumplir con los requisitosestablecidos Por la DirecciónGeneral de Salud Ambiental e

lnocuidad AlimentariaDIGESA, la autoridad nacionalcompetentel .

No 1062 Ley de inocuidad de los alimentos aprobado

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El envase deberá corresponder al autorizado en el Registro Sanitario, ,"^gún to establecido en los

artículos 10S, 11g V f fb del "Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y

Bebidas,,aprobado mediante D.S. Ñ" 007-98-SA y su modificatoria D.S. N" 038-2014-SA.

Elenvase no deberá alterar las características del producto y deberá PEPryTlas mismas durante

su transporte y almacenamiento, según lo indica el numeral 8'1 de la NTP 207.007:2015'

precisión 2: La entidad convocante deberá indicar en las bases (sección específica, especificaciones

técnicas numeral 3.2 y/o proforma del contrato), el peso neto del producto por envase' Además, podrá

indicar las característitas del envase tales como: material, peso, tipo de cerrado' siempre que se haya

verificado que estas características aseguren la pluralidad de postores'

2.3. RotuladoEl rotulado de la Azúcar Rubia Doméstica, deberá cumplir con lo indicado en el artículo 117 del*Reglamento .o6r" Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas" aprobado mediante

D.S. N" 007-gg-SÁ y süs modifícatorias, y las disposiciones especificadas en el numeral 8.2 de la

NTP 207.007:2015, así como en la NTP 2O7'058:2014' 'Nombre delproducto.Declaración'de los ingredientes y aditivos empleados en la elaboraciÓn del producto.

Nombre y dirección del fabricante.Nombre, razón social y Jirección del importador, lo que podrá figurar én etiqueta adicional'

Número de Registro Sanitario.Fecha de vencimiento, cuando el producto lo requiera con arreglo a lo que establece el Codex

Alimentarius o la norma sanitaria peruana que le es aplicable

Código o clave del lote.Condiciones especiales de conservaciÓn, cuando el producto lo requiera'

Forma en que se presenta, por ejemplo: granulado'

Peso neto en kilogramos del producto envasado.

precisión 3: La entidad convocante deberá indicar en las bases (sección específica, especificaciones

técnicas numeral 3.2ylo proforma delcontrato), otra información que considere deb.a estar rotulada' La

información adicional óu"'r" solicite no puede modificar las características del bien descritas en numeral

2.1 de la presente ficha técnica.

2.4. lnsertoNo aplica

Precisión 4: No aPlica

a)b)c)d)e)

0

s)h)i)

i)

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FICHA TÉCNICAAPROBADA

1. cARAcrERisrlces cENERALES DEL BIEN

Denominación del bienDenominación técnicaUnidad de medidaDescripción general

LENTEJA CALIDAD 3 - CORRIENTELENTEJA GRADO DE CALIDAD 3. CORRIENTE

KILOGRAMOLa lenteja es elgrano maduro procedente de la especie Lens

culinaris Medikus. Es una leguminosa de grano seco'

2. CARACTERÍSTICIS ESPECíFICAS DEL BIEN

2.1. DelbienLa lenteja calidad 3 - corriente deberá ser inocua y apta para el consumo.humano' exenta de

sabores y olores extraños, de insectoS vivos, muertos o en cualquiera de Sus estadíOs' de

materias extrañas inorgánicas que representen un peligro para la salud humana' Cada lote

deberá estar conformado por una misma variedad (es decir un mismo solor' forma y otras

.característicrr rrri"trt"s); éxenta de semillas tóxicas o nocivas, según indican los numerales 6'1

y 6.2.3 de la NTP 205.022:2014.

La lenteja calidad 3 - corriente se clasificará de acuerdo a su calibre en los siguientes tamaños,

según ind¡ca elnumeral 5.1 de la NTP 205.022:2014"

Calibre (tamaño) Diámetro (mm)

1 Mavor o iqual que 7,5

2 Menor que 7,5

¡§CL

6§ii;

agt

precisión l: La entidad convocante deberá precisar en las bases (sección específica, especificaciones

técnicas numeral l.Zyto proforma delcontráto) elcalibre de la lenteja calidad 3 - corriente requerida,

de acuerdo a lo establecido en la norma NTP á05.022:2014, por ejemplo: Lenteja calidad 3 - corriente

de calibre (tamaño) 2.

1 Según artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo No 1062 Ley de inocuidad de los alimentos

^¡.^t-.^.1^ -^¡i^^r^ Fl^^'^+^ C"^'^*^ Nlo ñol O^^O A'1

Y presentará las siguientes características:

NTP 205.022:2014LEGUMINOSAS. Lenteja.Requisitos

Cumplir con lo indicado en el

numeral 6.1 de la NTP de lareferencia.

isitos generales

Cumplir con lo indicado en el

numeral 6.2.1 de la NTP de la

Cumplir con lo indicado en elnumeral 6.2.2 y la toleranciapara el grado de calidad 3 -

corriente establecida entabla 2 de la NTP de

Grado de calidad

Cumplir con lo indicado en el

numeral 5.1 de la NTP de lareferencia, según el tamaño a

contratar.

Calibre (tamaño)

Reglamento de lnocuidadAgroalimentaria aProbadomediante Decreto SuPremoNo 004-201 1-AG Y sus

Cumplir con lo establecido Porel Servicio Nacional de

Sanidad Agraria - SENASA,autoridad nacional

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2.2. EnvaseLa lenteja calidad 3 - corriente deberá envasarse en envases de primer uso que cumplan con lo

especificado enla NTP 399.163-1 :2017 y su Gorrigenda Técnica 1:20,18, que salvaguarden las

cualidades de calidad, higiénicas, nutrióionales, técnológicas y sensoriales del producto' Los

envases, incluido el mateiial de envasado, deberán estar fabricados con sustancias que sean

inocuas y rO"cuáOás para el uso al que se destinen. No deberán transmitir al producto ninguna

sustanciá tóxica ni olóres o sabores desagradables. Cuando el producto se envase en sacos'

éstos deberán ástar limpios, ser resistenteé y estar bien cosidos o sellados, según se indica en

los numerales 10 y 10.'l de la NTP 205'022:2014'

precisión 2: La entidad convocante deberá indicar en las bases (sección específica, especificaciones

técnicas numeral l.z yto proforma del contrato), el peso neto del producto por envase' Además' podrá

indicar las caracterist[as delenvase tales como: material, peso, iipo de cerrado, siempre que se haya

verificado que estas características aseguren la pluralidad de postores.

2.3. RotuladoEn el rotulado de los envases de lenteja calidad 3 - corriente deberá cumplPcon lo indicado en

la NTp zOg.Oae:áOóg (revisada el ZOli¡ y las disposiciones especificadas en el numeral 10'2 de

la NTP 205.022:2014:

- El nombre del Producto- El grado de calidad: "Grado 3 - corriente"

- Nombre o razón social y dirección del productor, envasador o vendedor; en el caso de

productos importados, nómbre o razón social, RUC y dirección del importador

Elcontenido neto, en kilogramos

- Fecha de vencimiento- Elcódigo o nÚmero del lote

- Condiciones de conservación o almacenamiento

- Númerode Autorización Sanitaria de Establecimiento emitido por eISENASA

cÓdigo de rastreabilidad generado en el procesamiento del alimento

precisión 3: La entidad convocante deberá indicar en las bases (sección.espec.íf'rca, especificaciones

técnicas numeral s.zitoproforma del contáto), otra información que consid.ere deba,estar rotulada' La

información adicionaí qu" ," solicite no pu"d" modificar las características del bien descritas en

numeral 2.1 de la presente ficha técnica'

2.4. lnsertoNo aplica

Precisión 4: No aPlica

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ffies&t$rn 3{}'§#-X8?§

"Año de la Universalización ele la Salud,,

R.E§OLLgCIÓru Pr ALCAL§ÍA NO ]"68*2CIzO.MPP/A

Paita, 3l de marzo del 2020

VISTS; el Decreto de Urgencia N" 033-2020 publicado en el diario el Feruano eldía 27 de marzo del 2020; y,

c0N§JEERAttD0:

Que, las Municipalidades son órganos cle Got,ierno Local con autonornía poiítica,económica y administrativa en los asuntos cle su competencia conforme a lo dispuesto enel A*' 194o de la Constitución Política del Estado, m¡dificada por la Ley 27680 - tey rteReforma Constítucional dei Capítulo XIV del Título iV, sobre Descentralización,concordado con el Art. II del Título Preiiminar y Art. 4r de la Ley Na 27972 - Ley Orgánicade Munieipalidades.

Que, en edición extraordinaria cle fecha 15 de marzo ciel 2020, mediante DecretoSupremo No 044-2020-PCM/ se declara el Estado de imerEencia Nacional por el plazci dequince (15) días calendario, y dispóngase el aislamiernto social obligatorio (cuarentena),por ias graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brotedel COVID-19; suspendiérrdose el ejercicio de derechos constitucionales, limitaeión aleiercicio del derecho a la libertad de tránsito cJe las persofias, cierre temporal clefronteras, intervención de la Policía Nacional dei Per'ú y de las Fuerzas Armadas, entreotros. Asimismo, se publicó el Decreto de Urgencia N" 026-2020, mediante la cual seestablecié diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir ia propagación delC0VID-201_9 en nuestro país.

Que. mediante Decreto Supremo Nó 051-2020-PCM de fecha 27 de marzo del2A2Üt se prcrroga por 13 días caler¡darios el estadc de emergencia nacicnal declaradomediante Decreto Supremo No 044-2020-pCM,

Que, rnediante Decreto de Urgencia No ü33-2()20 publicado en el diario el Peruanoel día 27 de marzo del 2020, t¡ene por objeto estáblecer medrdes extraordinarias, enmateria económica y financiera, para minimizar los efectos de las disposiciones deprevención dispuestas en la declaratoria de Estado de Eme;-gencia Nacional. aprobadamediante Decreto Supremo No O44-2020-PCM, en hogares vulnerables con bajosingresos, así como en personas naturaies y jurídicas cuyas actividades cotidianas hantenido que suspenderse en el marco de la referida .;ituación de emergencia nacional yestablecer nrerJidas sobre financiamiento y otras dispr:siciones para respuesta frente a losefectos del COVID-19,

Que, la Municipalidad Provincial de paita tiene eltransparentar la identificación de las personas (berneficiarios)

firme compromiso deque requieren para elcreído conveniente lasuministro de alimento y su distribución es por i:llo que ha

de un equipo de trabajo multidisciplinario.

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ffiestü6r'x ft#'§9'4##B

Estando a lo expuesto, y con las facultader; que conFiere la Ley Orgánica deMunicipalidades No V7972.

5E RE§[.BEE-W§:

AR.TfCUI"Q _ PRIMER.Q: COIUFORMAR. EI EQI$IPO MH TRÁEA3SMt§LTIEI§CIP§-IBüARI0 que se encargará de l¿r evaluación de identificación debeneflciarios y posterior distribución de los alimentos adquiridos en virtud al Deereto rJeUrgencia N" 033-2020, la misma que estará conforrnada por:

- Alcalde Provincial de palta (presidente)- Regidores de la Municipalidacl ProvÍncial dr: Paita (calidacl de veedores).- Subprefecto de paita- CapiLanía de puerto de paita- Comisario Sectorial de Paita- Coordinador de la Fiscalía provincial de parta- Representante del Hospital Las Mercedes [r,aita,- Párroco Frovincial de Paita- Representante del CCL- Gerencia de Desarrollo Social- Secretária Técnica de Gestiórr del Riesgo y Desastre y Defensa eivil

ÉIRTÍ€ULO SEGUNDO: Hágase de conocimiento lo dispuesto en la presenteresoluc@reaS"AdministrativasCorresBondiente.

REsÍsrRESE, puBLÍei.,EsE, comrjNieuEsE y cúMpLAsE

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l^+e\q D§ A C}.A-ED-§e'S *oo-ra Dos

tzn 6 §, H,urVr u't: c-iPUti¡ q fLic.

6.". \& Ctuc\od & ! rn't Lu. , :-.r"to*-do \&s 1:3o e\^¿r d*t &'qOl De Rbl¿.¡t cltt ?,o,I,or Se [l-euse-,* ge¡t*¿'oo sE \sgbv\io

btuLkAi.ec¡ p\^-\)§*[o I (nu *nnn\O ¿sp¡prufE llesotu¿oí,t »e ALc¡atoin

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ouíe DE oRtENrRclórr¡cesnóru y DtsrRtBuclów DE cANASTAS FAMTLTARES EN EL MARco

DE LA EMERGENCIA NACIONAL POR EL BROTE DEL COVID. 19

ORIENTACIONES GENERALES

El/la alcalde/sa constituirá un grupo de trabajo para organizar e implementar laentrega a la poblaciÓn de productos de primera necesidad de la Canasta BásicaFamiliar en el marco de la emergencia nacional por el coVlD-1g. Este grupo detrabajo estará conformado por los funcionarios o servidores de ra munióipátioaoque determine el/la alcalde/sa. Para dicho efecto, el indicado grupo se encuentrahabilitado a circular por las vías de uso público según lo establecido en el párrafo4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N" 044-2020_pCM.

La responsabilidad de la entrega de las canastas básicas familiares estará acargo del grupo de trabajo bajo la conducción del funcionario o servidordesignado por la alcaldía para ello, sea el/la Gerente Municipal, el/la Secretario/aTécnico/a del centro de operaciones de Emergencia Local (coEL), el/laresponsable del área de Desarrollo social o quien hlga sus veces.

En todos los casos, aun cuando no parlicipe directamente en el grupo de trabajodesignado por el/la alcalde, la Gerencia Municipal es responsáote oe poner adisposición todos los.recursos y bienes lpersoná1, vehículos, implementós, etc.jque resulten necesarios para organizar e implementar la entrega a la poblacióáde canastas básicas.familiares. De igual modo, la Gerencia Muñicipal d'ebe velarporque las áreas y el personal dispuesto cumplan con las responsabilidades quele han sido asignadas para estos fines.

SECCIÓN I

TDENT!FICACIÓN DE HOGARES BENEFICIARIOS

La identificación de los hogares beneficiarios para la entrega de las canastas básicasfamíliares en el marco de la emergencia COVID 19, es rná r""ponsabilidad exclusivade cada municipalidad. Esta sección brinda un marco de orieniación referencial paraayudar a sus titulares a cumplir sus responsabilidades de identificación de beneficiarios.

De acuerdo con la proyección poblacional del lNEl para2O2O y al Mapa de pobrezaProvincial y Distrital 2018, de los 32.6 millones de personas que viven en el perú, másde 6.7 millones se encuentran por debajo de lá línea de pobreza monetaria. Las,estimaciones del Mapa de Pobreza permiten tener un número referencial de cuántapoblación se encuentra en esta situación en cada uno de los 1,874 distritos oáipáis.

Con ese marco, el Decreto de Urgencia 033-2020 ha establecido los montos de recursosque se asignan a cada una de las municipalidades para atender a las familias conmayores niveles de pobreza. El cuadro siguiente muestra la distribución generalefectuada.

1.

3.

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wffireMonto asignado a municipalidades

(DU 033-2020)

I "Adquisición y distribución de produCt,cs

3""8,:["Jiff;¡::¡3.i"o5rgrütrtaBásicaFamiriarpor

Como procedimiento para identificar y priorizar las familias a ser atendidas con canastasbásicas familiares, se recomienda a cada municipalidad:

1. Sectorizar su jurisdicción para determinar las zonas donde se encuentra lapoblación en situación de pobreza. Para esta acción, se puede utilizar elconocimiento que tienen las Unidades Locales de Empadronamiento (ULE) decada municipalidad, las organizaciones de la comunidad, las iglesiai y otrasinstituciones locales. Además del conocimiento específico q-ue tienLn lasautoridades y funcionarios locales sobre su territorio, se puede utilizar losmapasl elaborados por el lnstituto Nacional de Estadística e lnformática (lNEl)que serán distribuidos a las ULE por el Ministerio de Desarrollo e lnclusión Social(MlDlS) en colaboración con la Presidencia del Consejo de Ministros, donde semuestra, para las zonas urbanas dónde se concentia la mayor cantidad depersonas en situación de pobreza a nivel de manzanas.

Como resultado se obtendrá la identificación de los centros poblados o, en zonasurbanas, los barrios, asentamientos o zonas de mayor pobreza donde seencuentran concentradas las familias más vulnerables de la jurisdicción.

Adicionalmente, en caso se evidencie la existencia de otras familias en situaciónde pobreza en lugares diferentes a los que resulten identificados en el farratoanterior, corresponde a la municipalidad evaluar su atención

2. Si eventualmente, a consideración de la municipalidad, se requiere realizar unsiguiente plano de priorización a nivel de hogares, se pueden utilizar comocriterios complementarios, los siguientes:

o Hogares con madre o padre soltera/o responsable con más de dos niños.o Hogares con adultos mayores.o Hogares con personas en situación de discapacidad severa, entre otros.

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) en colaboración con el Ministerio deDesarrollo e lnclusión Social (MlDlS) pondrá a disposición de las municipál¡áaOes,información complementaria que contribuya a dicha priorización

l También se puede acceder a dicha cartografía a través der rink: http: rsor.geoperu.eob.pe/covid ¿

wtglo (S/.) Número de Municipatidades50,000 gog

100,000 484200,000 434

_ 500,000 321,000,000 132,000,000 2

Total 1.874

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sBffiffiSEGCIÓN II

GEST!ÓN PRESUPUESTARTA DE LOS RECURSOS Y ADQUISICIÓN DE LOSBIENES DE PRIMERA NECESIDAD DE LA GANASTA BÁS¡CA FAMILIAR EN EL

MARGO DE LA EMERGENC¡A NACIONAL POR EL COV¡D-19

1. Gestión presupuestaria de los recursos financieros

1.1. lncorporación de recursos

Con Resolución del Titular del Pliego se incorpora los recursos transferidos medianteDecreto de Urgencia N' 033-2020, utilizando la siguiente Cadena pre§upuestal para Ia

. adquisición de la Canasta Básica Familiar en el márco de la emergencia nacionai por elcoVtD-19:

CATEGOR¡A PROGRAMAS PRESUPUESTALES CON ENFOQUE ARESULTADOS.

Programapresupuestal

0068 - REDUCCIÓN DE VULNERABILIDAD Y ATENCIÓNDE EMERGENCIAS POR DESASTRES.

PRODUCTO 3000734. CAPACIDAD INSTALADA PARA LAPREPARACIÓN Y RESPUESTA FRENTE AEMERGENCIAS Y DESASTRES

ACT¡VIDADPRESUPUESTAL

5006269: PREVENCIÓr.¡, COTTROL, DIAGNÓSTICO YTRATAMIENTO DE CORONAVIRUS

FUNCION 05. ORDEN PÚBLICO Y SEGURIDAD

DIVISIONFUNCIONAL

16. GESTIÓN DE RIESGOS Y EMERGENCIAS

GRUPO FUNCIONAL 036. ATENCIÓN DE EMERGENCIAS

FINALIDAD 0290411 ADQUISICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DEPRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD -COVID-19.

UM 615.KtT

CLASIFICADOR DEGASTO

2.3.1 1.1 1. ALIMENTOS Y BEBIDAS PARA CONSUMOHUMANO

1.2. Modificación presupuestaria en el nivel funcional programático

Adicionalmente, los Gobiernos Locales podrán realizar modificaciones presupuestariaspara financiar la adquisición de la Canasta Básica Familiar en el marco de la emergencianacional por el COVID-19, con cargo a los saldos de libre disponibilidad en las fientesde financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados, conexcepción del rubro canon y sobrecanon, regalías, renta de aduanas y participaciones,de acuerdo con el siguiente detalle:

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wffiffi' con cargo a los recursos de las actividades del producto 3000734. cApAclDAD

INSTALADA PARA LA PREPARACIÓN Y RESPUESTA FRENTE AEMERGENCIAS y DESASTRES det programa presupuestat 006gREDUCCIÓN DE VULNERABILIDAD Y ATENóIéÑ OE EMERGENCIAS PORDESASTRES, siempre que estos recursos no se encuentren en clasificadoresdegasto restringidos en el marco delartículo g del Decreto de Urgencia N" ó1¿-2020.

Se deberá priorizar el uso de recursos deADMINISTRACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE KITSFRENTE A EMERGENCIAS Y DESASTRES queclasificador de gasto 2.2. 2. 3. 1. 99. OTROSALIMENTARIO

la actividad 5005611.PARA LA ASISTENCIAse encuentran en elBIENES DE APOYO

' Con cargo a los recursos de las Categorías Presupuestarias gOOl - AccionesCentrales y 9002 - Asignaciones Presupuestarias que no Resulten enProductos, siempre que estos recursos no se encuentren en clasificadores degasto restringidos en el marco del artículo 9 del Decreto de Urgencia N. 014-2020.

Las referidas modificaciones presupuestarias deberán financiar la cadena presupuestalseñalada en el numeral 1.1.

En el caso de requerir gastos indirectos para asegurar la distribución y entrega de lascanastas básicas familiares se podrá utilizar, debiáamente justificado, hasta ét gy. O"trecurso transferido, de acuerdo con lo siguiente:

Las específicas de gastos permitidas para financiar los gastos operativos son lassiguientes:

CATEGORíA PROGRAMAS PRESUPUESTALES CON ENFOQUE ARESULTADOS.

Programapresupuestal

0068 - REDUCCIÓN DE VULNERABILIDAD Y ATENCIÓNDE EMERGENCIAS POR DESASTRES.

PRODUCTO 3000734. CAPACIDAD INSTALADA PARA LAPREPARACION Y RESPUESTA FRENTE AEMERGENCIAS Y DESASTRES

MONTO TRANSFERIDO DU N" 033.2020 % PARA GASTOS OPERATIVOS

Hasta S/. 100,000 Hasta 8%

Mayor a S/. 100,000 Hasta 5%

4

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WWW -2.3.21.2 Viajesdomésticos.2.3.27.11 99 Transporte y traslado de carga, bienes y materiales.2.3.1 3. Combustibles, carburantes, lubricantes y afines.2.3.1 99.1 99 Otros bienes.2.3.27.5 9. Asignación de propinas o estipendios para el cumplimiento de metas

sociales

Dichos gastos deberán estar asociados a la cadena presupuestal señalada en elnumeral 1.1. Además, los gastos enmarcados para esta:actividad tendrán un caráctertemporal, quedando bajo responsabilidad del Titular el uso eficiente de los recursos quegaranticen la entrega de los bienes.

2. Adquisición de bienes de primera necesidad de la canasta BásicaFamiliar en el marco de Ia emergencia nacional por el covlD-ig

2.1. Definición del área usuaria

En concordancia con la estructura programática presupuestal y la naturaleza del pp0068 "Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres,,,corresponde al área que cumpla las funciones de Gestión del Riesgo de Desastres, o laque haga sus veces, la responsabilidad de actuar como área üsuar¡a y realizar elrequerimiento al área.de_logística, para la adquisición de las canastas básicas familiares,en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social, o el área que haga sus veces.

2.2. ldentificación de la Canasta Básica Familiar

Los Gobiernos Locales deberán considerar las condiciones de la zona geográfica yhábitos de consumo de su población, recomendándose los siguientes p-rooüctos noperecibles, en base a lo establecido por los Lineamientos para la Adquisición,Almacenamiento y Distribución de Alimentos para la Atención de Emergéncias oDesastres, aprobados por la RM N. O2l-2016-pCM:

(1) Reqión Costa: cereales y derivados (ej. arroz, avena, fideos y otros), menestras(ej. frijol, lenteja, a.rveja partida y otros), azúcar rubia, aceite úegetaíy productosde origen animal (ej, conservas en general y otros).

(2) Reqión Sierra.: cereales y derivados (ej. trigo, arroz, maí2, avena, fideos, quinua,kiwicha, morón y otros), menestras (ej.: hábas, frijol, arveja prúida, grrbrn=o.y otros), azÚcar rubia, aceite vegetal y productos dá origen a-nimal (ej.conservas en general y otros).

(g) &ren Selva: cereales y derivados (ej.: arroz, avena, fideos y otros), menestras(frijol, lenteja y otros), azúcar rubia, aceite vegetal, tubéróulos y'raíces (por 'ejemplo: farinha), frutas en presentación de harinas (ej. harina áe plátano) yproductos de origen animar (ej. conservas en generary ótros).

Una vez definidos los productos, la Entidad debe publicar la composición de la CanastaBásica Familiar definida en un espacio visible de la municipalidad, en su portal webinstitucionaly en las redes sociales que emplea como medio de comrnicación, asícomolos precios referenciales de los productos que la componen.

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Se recomienda que los montos de adquisición de los bienes de la Canasta BásicaFamiliar se rijan al valor referencial que publica el Ministerio de Agricultura y Riego através del Sistema de Precios y Abastecimiento (SISAP) y respecto a los recursoshidrobiológicos, conforme alvalor referencialestablecido a trávés áe la página oficialdelDatero Pesquero que publica el Ministerio de la producción.

2.3. Definición de especificaciones técnicas

Para definir las especificaciones técnicas, es necesario tomar en cuenta lo siguiente:o Considerar la Ley N' 1062, Ley de inocuidad de los alimentos y su reglamento,

y los criterios microbiológicos de calidad y control sanitario é inocuidad paraalimentos y bebidas de consumo humano.o Definir criterios mínimos de control de calidad de los alimentos (fecha devencimiento, presentación y conservación del producto, entre otros).o Definir la canlidad a adquirir en función al tamaño de la población Éeneficiaria yla composición que se defina de la canasta Básica Familiar.o Definir el lugar de entrega de los productos.

o Considerar que la entrega del producto se deberá realizar utilizando empaquesque no encarezcan el servicio y que garanticen la calidad del producto a suentrega.2

2.4. Determinación del procedimiento de contratación

Si como consecuencia de la indagación de mercado se advierte que el costo de lacontrataciÓn es igual o inferior a I UlT3 vigentes al momento de la traniacción, la Entidaddebe realizar dicha contratación a través del supuesto excluido del ámbito de aplicaciónsujeto a supervisión, contemplado en el literal a)del numeral5.l del artículo S delTUOde la Ley de Contrataciones del Estado.

Al respecto, cabe señalar que si bien la ejecución de dichas contrataciones podrárealizarse sin observar las disposiciones de la citada normativa (salvo disposiciónexpresa de la misma); no obstante, dicho escenario no enerva la obligación de óbservarlos principios que rigen toda contratación pública.

Asimismo, en el marco de la Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional por lasgraves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote delCOVID-19, para compras mayores a 8 UlT, se recomienda realizar la modalidad deContratación Directa, es decir, la contratación de un determinado proveedor de maneradirecta e inmediata, sin sujetarse a los requisitos formales de la normativa decontrataciÓn pÚblica (específicamente la fase de selección), basado en el literal b) delnumeral 27.1 del artículo 27 del TUO de la Ley y el literai b.3 del artículo 100 de suReglamento

Para realizar la contratación directa en una situación de emergencia es preciso efectuaracciones inmediatas, como la invitación a los proveedores identificados, cuyas

2 También se puede usar como referencia la canasta básica de alimentos, las especificaciones técnicas yel registro de proveedores del Programa eali Warma. Consultar en el siguiente enlace: rhttps://proqesocompras2020.qaliwa rma.gob.rre/proveedores/pc2020.html3 Es importante recordar que estos supuestos son excepcionales, debiéndose utilizar sin caer enfraccionamientos y bajo lo dispuesto por la Ley.

Page 34: ::::i.munipaita.gob.pe/portal/jdownloads/REQUERIM. CANASTA...01 Arroz superior Kg. 5 02 Avena, hojuela cruda Kg. 2 03 Fideo tallarín Kg. 2 04 Aceite vegetal L. 1 05 Filete de atún

WWffiWpropuestas cumplan con las características y condiciones de los bienes necesarios paraatendeila emergencia que, para el presenie caso, están constituidos por la CinastaBásica Familiar definida.

2.5. Procedimiento de Adquisición

' ldentificar los productos que conforman la canasta básica familiar y definir lasespecificaciones técnicas correspondientes, acción que debe ser realizada porel áréá usuaria, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.1, de los presentesIineamientos. El requerimiento debe incluir las características tecnicái y toOrtaquellas condiciones que resulten necesarias para la adecuada y oportunasatisfacción de la necesidad, considerando lo recomendadoen tos présenteslineamientos.

' Definir el valor referencial: el área encargada de las contrataciones realiza elcálculo del valor de la canasta básicá a ser adquirida para cadiiamiliapriorizada, cufo úalor referencial debe estar alrededor Oe S/'AO soles, hasta unmáximo de S/ 100 soles, de acuerdo con los productos seleccionados, susvalores del mercado y los precios de la zona.

' Realizar la certificación presupuestal: el área de presupuesto aprueba Iacertificación presupuestal, solicitada por el área encargada' de lascontrataciones, garantizando de este modo la existenciJ del recursopresupuestario necesario para la atención del requerimiento.

' ldentificar a los posibles proveedores: el área encargada de las contrataciones' identifica al proveedor o proveedores verificando qu-e tengan los producios enlas cantidades requeridas, que puedan cumplir con la e-ntrega én áitrg4 yplazo indicados y que se encuentren habilitados para contratai con el gstáOo.

' En caso no exista un proveedor en determinada zona geográfica que puedacumplir con satisfacer la totalidad del requerimiento, la Entiáad poOra evaluarla emisión de diferentes órdenes de compra o servicío a distintos proveedores,justificando dicha decisión de gestión en el informe de indagación de máicaoo.

. De ser el caso, en aplicación de lo dispuesto en la Resolución desuperintendencia N" 244-2olglsuNAT, se puede considerar la compra apersonas naturales o acopiadores de productos primarios derivados

'de ta

actividad agropecuaria, entre otros, que no otorguen comprobantes de pagopor carecer de nÚmero de RUC y que el valor de sus ventas acumulado en cadaperíodo no supere los 75 UlT.

' Solicitar cotizaciones: los proveedores pueden presentar su propuesta porcualquier medio de comunicación escrito o digital, en un plazo máiimo de 24horas.

' Definir el procedimiento de contratación: de acuerdo a lo indicado en el numeral ,2.4. Conforme a ello, el área a cargo de contrataciones debe determinar sicorresponde emitir una orden de compra o efectuar una contratación directabajo elsupuesto de situación de emergencia dada la coyuntura. Además, debeefectuar el proceso de serección de aCuerdo a la normaiiva vigente.

' Una vez verificado lo indicado en los párrafos anteriores, el área encargada delas contrataciones emite ra orden de compra que contenga, como Áiñ¡mo, rosiguiente: i) objeto de la confratación, características dei bien o rári.lo, ii¡monto de la contratación (incluido impuestos de Ley, de corresponder), iii) plazode entrega o plazo de ejecución, iv) cronograma de entregas 1de corréspónOer¡,

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*'-ffiffiEg ffiffiewaxe="**+¿¡¡mv) lugar de entrega del bien o de la prestación del servicio, vi) área usuaria, vii)penalidades, viii) forma de pago, ix) número de la certificación de créditopresupuestario, x) nombre de la dependencia que emitirá Ia conformidad delbien o servicio, xi) procedimiento a seguir en caso se realicen observacionesa la prestación y xii) forma de pago.

Si los gobiernos locales requieren asistencia técnica especializada en el proceso deadquisición, pueden solicitarla a las dependencias desconcentradas del GobiernoNacional más cercanas.

2.6. Entrega y recepción de los bienes adquiridos

El proveedo r realizala entrega en el lugar establecido por el gobierno local. Dicho lugardebe tener condiciones mínimas que garanticen la preservación, calidad y seguridadtelos alimentos. Los responsables de almacén y del área usuaria verifican el cumplimientode las especificaciones técnicas, previo a la recepción de los alimentos; los productosque no cumplan con lo especificado deberán ser rechazados.

El almacenamiento, conservación y custodia de alimentos se deberá efectuar siguiendolos lineamientos dispuestos por la Autoridad Sanitaria, a fin de garantizar la distiibucióna la población de alimentos sanos e inocuos; en el caso de que la municipalidad nocuente con infraestructura de almacenamiento adecuada, deberá asegurarse queaquella que deba utilizar cumpla con esos lineamientos.

2.7. Regularización de la documentación

En el caso de haber optado por el proceso de contratación directa por situación deemergencia, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de efectuada laentrega del bien, la Entidad debe regularizar la siguiente documentación:

o Expediente de contratación, detallando: i) especificaciones técnicas, en caso debienes, y/o términos de referencia, en caso de servicios, que incorporencantidad, calidad y condiciones; ii) estudio de posibilidades de mercado; iii) valorreferencial; y iv) disponibilidad presupuestal.

o lnforme que contiene el sustento técnico legal de la contratación directa.r Resolución o Acuerdo de Concejo Municipal que aprueba la contratación directay que contenga en su parte resolutiva: i) supuesto de contratación directa(SituaciÓn de emergencia); ii) denominación del objeto de Ia contratación; iii)plazo de entrega de los bienes o de la prestación del servicio; iv) Monto de lacontratación; y v) Fuente de financiamiento.

o Contrato con el proveedor y conformidad de entrega de los bienes o servicio.

Respecto al informe técnico legal que sustenta la contratación, éste debe contener ladescripción de la siguiente información:

. Supuesto de emergencia, de acuerdo a lo desarrollado en el primer párrafo delliteral b) del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.o lnmediatez de la atención del requerimiento generado, respecto del cual debeaclararse que la actuación inmediata supone que, como resultado de lacontrataciÓn directa, no solo se efectúe la individualización del proveedor delcual se obtendrá el bien o servicio, sino que, en efecto, se pueda contar con

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1#ffiffiwffiffiaquello que paliará o atenderá, según sea el caso, el requerimiento derivado delevento que configuró la situación de emergencia,Detalle de que la contratación directa constituye lo estrictamente necesario y siagota o no la necesidad.Justificar si corresponde realizar un procedimiento de selección posterior a lacontratación directa.Detalle expreso de la fecha en la cual el proveedor realizó la entrega de losbienes o la prestación del servicio, a efectos de permitir que se pueda corroborarque la regularizaciÓn se éfectuó dentro del plazo máximo de 10 días hábiles dealguna de dichas acciones, de acuerdo a lo previsto en el artículo 100 delReglamento. Se recomienda registrar en el SEACE el documento que acreditedicha oportunidad.

2.8. Registro y publicación en el SEACE

En un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de efectuada la entrega delbien o del inicio de la prestación de servicios, la Entidad registra y publica en el SEACElos informes y la resolución o acuerdos mencionados en el numeral2.7.

Se recomienda que la Entidad registre la documentación e información que permitarespaldar cada una de las acciones y decisiones adoptadas por la misma, como porejemplo, i) la denominación del objeto de la contratación, ii) las especificaciones técnicaso los Términos de Referencia, la Ficha de Homologación o la Ficha Técnica, segúncorresponda, iii) el sistema de contratación, iv) la modalidad de ejecución contractual,cuando corresponda; v) las garantías aplicables; vi) la proforma del contrato, cuandocorresponda; y, vii) otras solicitudes escritas realizadas al proveedor para cumplir con laentrega de los bienes.

sEcc¡óN 3

DISTRIBUCIÓN DE LAS CANASTAS BÁSICAS FAMILIARES

3.1. Preparación de la Entrega

El grupo de trabajo constituido por el/la Alcalde/sa para la entrega a la población decanastas básicas familiares elaborará un cronograma de distribución y entrega adomicilio de las mismas, que tendrá como plazo máximo la semana siguiente-a Iarecepción de los bienes. Dicho cronograma, en la medida de lo posible, ie elaborarácon el apoyo de los dirigentes vecinales y comunales de cada zona priorizada dedistribución, para que la entrega a domicilio se realice de la manera más ordenadaposible.

La preparaciÓn de la entrega se realizará, preferentemente, con el personal de la.municipalidad y el apoyo, según corresponda, de la Policía Nacional y las FuerzasArmadas.

Para la entrega, elGobierno local debe disponer de materiales y recursos para laproteccióna del personalque participará en la distribución de los bieñes.

a Se sugiere que las autoridades locales coordlnen de manera orgánica con la autoridad sanitaria regionalpara asegurar la dotación de los materiales (mascarillas y guantes) necesarios mínim.os para la realizaciónde la actividad.

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wWWWLa planificación de las rutas de distribución debe tener en consideración los horarios decon menor concentración de población y teniendo en cuenta la localización relativa delas zonas priorizadas para la distribúción; en las zonas urbanas, considerar depreferencia el horario de toque de queda.

De acuerdo a la realidad de cada localidad, se deberá organizar equipos para ladistribución de los bienes adquiridos.

Los miembros del equipo de entrega estarán debidamente identificados para evitarsituaciones Qye despierten suspicacia y/o desconfianza en la población.Los Gobiernos Locales garantizarán el servicio de transporte y sus condiciones para darcumplimiento a la entrega de las canastas básicas fámiliares oportunamente y conseguridad. FLa información sobre el cronograma, los equipos y rutas de distribución será'comunicada de manera oportuna a la población áe la jurisdicción

"orr"rponáiáÁt".

3.2. lmplementac¡On de la distribución

La distribución de las canastas básicas familiares se realizará mediante la entregadirecta y gratuita a la población beneficiaria en sus domicilios según ta-prioi¡zac¡Onestablecida por la municipalidad.

Se debe procurar culminar la entrega en el más breve plazo posible; es por ello, que lacoordinación debe darse de manera fluida con los üpresentantes de los bárrios ycentros poblados, para que la población se encuentre en sus domicilios.Pára efectuar la distribución de las canastas básicas familiares, se realizarán lascoordinaciones necesarias con los dirigentes vecinales o comunales de cada zona dedistribuciÓn, a los que_comunicará oportunamente la ejecución de la actividaO, pár, qr",de esta manera, se efectúe de manera eficiente y efiáaz. Asimismo, se oeoen érectuarlas coordinaciones respectivas con las fuerzaé del orden para ia organización decordones de seguridad para así garantizar el orden en Ia zona de entréga y ávitar laaglomeración de personas.

La entrega se realizará casa por casa a través de un equipo mínimo idealmenteintegrado por un representante de la municipalidad, un veebor y/o un repiésántantevecinal. Para dicho efecto, el indicado grupo se encuentra habilitádo a cirülái por tasvías de uso pÚblico segÚn lo estableciáo

'en el párrafo 4.1 del artículo 4 del DecretoSupremo N" 044-2020-PCM. Las fuerzas del brden garantizarán la seturiJao oelproceso de distribución y entrega.

Tomar en consideración que durante la entrega se debe mantener la distanciainterpersonal mínima de 1 metro entre persona y persona.

Durante la distribuciÓn, el registro de entrega deberá ser firmado por el/la jefe(a) defamilia o persona adulta intégrante del gr-upo tamit¡ar; en caso la persona tenga .impedimento para firmar pgdá consignar éu i¡uella oigitát ó cualquier otro medio quepermita su identifica.ción..En este registro, además dé la f¡rma dén"rá *n.igr"r glombre completo, dirección y el número de su Documento Nacional de ldentidad(D.N.t.).

Al término de la distribución, el registro deberá ser visado por el responsable municipalde la zona de distribución y un representante vecinal o comunal.

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3.3. Seguimiento y supervisión

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B?rffiffi-q*§IE#ffiffiEqrrffiffiWLas Direcciones Desconcentradas del INDECI solicitarán a los gobiernos locales, através de sus Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL), el registro deentrega y el reporte diario de la distribución de las canastas básicas familiares. Seregistrará en el Sistema de lnformación Nacional para la Respuesta y Rehabilitación(SINPAD), como mínimo, la siguiente información.

1. Fecha del reporte

2. Nombre del departamento

3. Nombre de la provincia

4. Nombre del distrito

5. Nombre del Centro Poblado/Asentamiento/Barrio /Otro

6. Cantidad de familias previstas

7. Cantidad de familias atendidas en el día reportado

8. Registro de beneficiarios

9. Responsable del reporte

El reporte final del registro de entrega de canastas básicas familiares debe ser publicadoen el portal institucional de la municipalidad o en su defecto, en lugar visible que permitasu publicidad, en un plazo máximo de 15 días calendario de culminada la EmergenciaSanitaria.

El/la Alcalde/sa debe cautelar el debido cumplimiento de la distribución así comosupervisar las acciones realizadas por el grupo de trabajo designado para este fin.Asimismo, la Municipalidad debe brindar a los órganos del Sistema Nacional de Control,la información que se requiera en el marco de las acciones debidas de controlgubernamental.

3.4. Transparencia y rendición de cuentas

Se recomienda constituir un comité de veeduría o vigilancia ciudadana que acompañetodo el proceso que se sugiere esté integrado al menos por:

1. Un Representante del concejo municipal2. Un3. Un

El ejerciciomovilidad y

iglesia con presencia en el municipiode la ad civil local

dicha actividad considerando las limitaciones deinterpersonal por el Gobierno Nacional en el marco de

la Nacional ante los de Propagación del COVID - 19.

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wWW,-",.|....'.',.".,-.',wANEXO:

Base Normativa:

1. Decreto de Urgencia No 033-2020, Decreto de Urgencia que establece medidaspara reducir el impacto en la economía peruána, de las disposiciones deprevención establecidas en la declaratoria de Estado de Emergéncia Nacionalante los riesgos de propagación del COVID _ 1g2. Decreto supremo N' 344-201g-EF, que aprueba er Regramento de ra Ley deContrataciones del Estado

3. Decreto Supremo N'082-2019-EF, que aprueba el Texto únicc¡ Ordenado de laLey N" 30225 - Ley de Contrataciones dei Estado.4. Decreto de Urgencia N"026-2020-EF, que establece diversas medidasexcepcíonales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus(COVID-1 9) en el territorio nacionat.

5' RM N' 027-2016-P_CM, que Aprueba los Lineamientos para la Adquisición,Almacenamiento y Distribución de Alimentos para la Atención de Emergencias oDesastres.

6' Ley N' 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo deDesastres (St NAGERD) y modificatorias.

7. Decreto supremo N' 048-2011-pcM, Regramento de ra Ley queNacional de Gestión det Riesgo de Desaétres (SINAGERD].

8. Decreto Supremo N'004-2019-JUS, que aprueba el Te nico Ordenado dela Ley No 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.9 Ley N' 27972, Ley orgánica de Municipalidades y sus modificatorias.

10. Ley N' 30063, Ley de creación del Organismo Nácional de Sanidad pesquera -.SANIPES

11. Decreto Legislativo No 1062, Ley de lnocuidad de los Alimentos12.Decreto Legislativo N' 1440,Decreto Legisrativo der si

Presupuesto Público.13. Ley N'30879, Ley de Presupuesto delsector Público paííelAño Fiscal20l914. Resolución Directoral N. OO3-2019-EF/S0.01, que la Directiva N" 001-

101?^_=t1,tlt firgctiv,a para ra.Directiva No oú-7óito-ir7s'ó.or ,,Directiva para

la Ejecución Presupuestaria", así como sus y Formatos.