hoja firmas democracia directa de aragÓn

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  • 8/4/2019 Hoja firmas Democracia Directa de ARAGN

    1/1

    De acuerdo con la Ley Orgnica 15/1999, de 13 de diciembre, de proteccin de datos de carcter personal, se informa que los datos aqu incluidos

    no se destinan a un fichero organizado y su uso se agota en la entrega de firmas para el ejercicio voluntario y colectivo del derecho de peticin

    promovido por las Asambleas que la respaldan (http://porlademocraciadirecta.org/quienes-somos/). Los datos (nombre, documento identificativo,

    firma y nacionalidad) son los mnimos exigidos por la Ley Orgnica 4/2001, que regula el derecho de peticin, y se entregarn en Las Cortes de

    Aragn, que ser el nico tercero al que se cedern dichos datos, como destinatarias de la peticin. El responsable de su custodia y entrega es

    Yolanda Chamarro Cantos, C/Estercuel N1 3A, 44500, Andorra(Teruel).

    A LAS CORTES DE ARAGN

    LAS PERSONAS ABAJO FIRMANTES, al amparo del artculo 29 de la Constitucin espaola de 1978 que reconoce elderecho fundamental de peticin colectiva, y de acuerdo con lo previsto por la Ley Orgnica 4/2001, de 12 de

    noviembre, SOLICITAMOS QUE, en el ejercicio de sus competencias constitucionales, SOLICITAMOS QUE LASCORTES DE ARAGN remitan a la Mesa del Congreso de los Diputados una proposicin para la reforma de losartculos 87.3, 92 y 166 de la Constitucin de manera que:

    1. se supriman los lmites materiales que impiden el ejercicio de la iniciativa legislativa popular en materias propiasde ley orgnica, tributarias o de carcter internacional y en lo relativo a la prerrogativa de gracia,

    2. el referndum previsto en el artculo 92, adems de sobre cuestiones polticas de especial trascendencia, puedaversar, tal y como contemplaba el Anteproyecto de Constitucin, sobre las leyes votadas por las CortesGenerales y an no sancionadas, y la derogacin de leyes en vigor. Tambin que el referndum pueda sersolicitado por 500.000 personas y que el resultado sea vinculante si ha participado en la votacin la mayora dequienes tengan derecho a hacerlo y si lo aprueban por mayora de los votos vlidamente emitidos,

    3. la ciudadana pueda, en nmero de 500.000 personas, promover la reforma de la Constitucin.

    Solicitamos que una vez aprobada esta reforma por las Cortes Generales se someta a referndum de acuerdo con loprevisto en el artculo 167 de la Constitucin.

    Finalmente pedimos que la contestacin a esta peticin se inserte en el diario oficial que corresponda.

    A efectos de eventuales notificaciones, se solicita que se remitan a Yolanda Chamarro Cantos, C/Estercuel N1 3A,44500, Andorra(Teruel)

    NOMBRE COMPLETO DOCUMENTO DEIDENTIDAD

    FIRMA NACIONALIDAD