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HOJA 1ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13 En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Ugao-Miraballes, a veinticuatro de septiembre de dos mil trece, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. EKAITZ MENTXAKA CORRAL y con la asistencia de los Sres. Concejales siguientes: D. ETOR IDIRIN ERCILLA Dª. ANA-MAITE FERNANDEZ OTAMENDI D. JUAN-LUIS ERCILLA ECHAVE Dª. NEREA SOLAGUREN SALAZAR D. JON-IÑAKI LARRABIDE GUINEA D. XABIER URUEÑA ASTIGARRAGA Dª. FELICIDAD BAHILLO MORAN Dª. UDIARRAGA ABRISKETA LICERANZU Dª. IZASKUN URIARTE BEITIA D. JUAN-ANTONIO LANDAIDA LOPEZ DE MUNAIN Dando fe del acto el Secretario D. IÑIGO ALEGRIA ITURRI, se celebra Sesión Ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento en primera convocatoria, y siendo las dieciocho treinta horas, se declara públicamente abierta la Sesión, pasándose a tratar seguidamente de los asuntos que figuran en el Orden del Día: 1º.- DAR CUENTA DEL ACTA BORRADOR DE LA SESION ANTERIOR DE FECHA 30-07-2013.- Dada cuenta del Acta Borrador de la Sesión anterior de fecha 30-07-2013, previa lectura de la misma. El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda: APROBARLA, ordenando su trascripción por medios mecánicos, de conformidad con el artº. 109 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y acuerdo plenario de 25-02-97. 2º.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA DICTADAS EN LAS FECHAS QUE SE INDICAN.

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HOJA 1ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Ugao-Miraballes, a veinticuatro de septiembre de dos mil trece, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. EKAITZ MENTXAKA CORRAL y con la asistencia de los Sres. Concejales siguientes:

D. ETOR IDIRIN ERCILLA

Dª. ANA-MAITE FERNANDEZ OTAMENDI

D. JUAN-LUIS ERCILLA ECHAVE

Dª. NEREA SOLAGUREN SALAZAR D. JON-IÑAKI LARRABIDE GUINEA

D. XABIER URUEÑA ASTIGARRAGA

Dª. FELICIDAD BAHILLO MORAN Dª. UDIARRAGA ABRISKETA LICERANZU Dª. IZASKUN URIARTE BEITIA D. JUAN-ANTONIO LANDAIDA LOPEZ DE MUNAIN

Dando fe del acto el Secretario D. IÑIGO ALEGRIA ITURRI, se celebra

Sesión Ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento en primera convocatoria, y siendo las dieciocho treinta horas, se declara públicamente abierta la Sesión, pasándose a tratar seguidamente de los asuntos que figuran en el Orden del Día:

1º.- DAR CUENTA DEL ACTA BORRADOR DE LA SESION ANTERIOR DE FECHA 30-07-2013.- Dada cuenta del Acta Borrador de la Sesión anterior de fecha 30-07-2013, previa lectura de la misma. El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

APROBARLA, ordenando su trascripción por medios mecánicos, de conformidad con el artº. 109 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y acuerdo plenario de 25-02-97.

2º.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA DICTADAS EN LAS FECHAS QUE SE INDICAN.

HOJA 2ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

El Sr. Alcalde, en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 46 de la LBRL, da sucinta cuenta de las siguientes resoluciones, que fueron ratificadas por la unanimidad de los concejales presentes.

2.1 Decreto de Alcaldía nº 157/13 de fecha 26-07-2013 Aprobando la relación de facturas, nº 7/2013

2.2. Decreto de Alcaldía nº 158/13 de fecha 29-07-2013 Resolviendo:

PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a:

MATTY NJIE

SEGUNDO: Dar audiencia a la interesado/a. TERCERO: Caso de resultar infructuosa la notificación del procedimiento a la

interesada, PUBLICAR esta resolución en el Boletín de Bizkaia y en el Tablón de anuncios municipal, por un plazo de quince días, para que el interesado pueda alegar y presentar cuantos documentos consideren oportunos para acreditar su correcta inscripción padronal, comunicando a este Ayuntamiento, la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencia.

CUARTO: Transcurrido dicho plazo sin que se realice actuación alguna, en cualquiera

de los dos sentidos indicados, se procederá, de una parte, a registrar su baja en el Padrón de Habitantes de este municipio con las consecuencias que ello conlleva (entre otras, baja en el censo electoral) y de otra parte, podrá realizarse las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del antes citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

2.3 Decreto de Alcaldía nº 159/13 de fecha 13-08-2013 Resolviendo:

PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes

de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a: MUZAMMAL HUSSAIN

SEGUNDO: Dar audiencia al interesado.

TERCERO: Caso de resultar infructuosa la notificación del procedimiento al interesado,

PUBLICAR esta resolución en el Boletín de Bizkaia y en el Tablón de anuncios municipal, por un plazo de quince días, para que el interesado pueda alegar y presentar cuantos documentos considere oportunos para acreditar su correcta inscripción padronal, comunicando a este Ayuntamiento, la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencia.

CUARTO: Transcurrido dicho plazo sin que se realice actuación alguna, en cualquiera

de los dos sentidos indicados, se procederá, de una parte, a registrar su baja en el Padrón de Habitantes de este municipio con las consecuencias que ello conlleva (entre otras, baja en el

HOJA 3ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

censo electoral) y de otra parte, podrá realizarse las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del antes citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

2.4 Decreto de Alcaldía nº 160/13 de fecha 16-08-2013 Resolviendo: OTORGAR a D. Enrique Moldes Guntiñas, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, licencia de obras en su vivienda de Psº Del Jaro, nº 2-3º, consistentes en el cambio de la bañera por plato ducha, con sujeción a las condiciones y determinaciones establecidas en el informe emitido por el Aparejador Municipal.

2.5 Decreto de Alcaldía nº 161/13 de fecha 16-08-2013 Resolviendo: OTORGAR a D. Georges Benito Roca, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, licencia de obras en su vivienda de C/ Udiarraga 1 A-4º C, consistentes en reparación de una ventana, con sujeción a las condiciones y determinaciones establecidas en

el informe emitido por el Aparejador Municipal. 2.6 Decreto de Alcaldía nº 162/13 de fecha 16-08-2013 Resolviendo: OTORGAR a D. Iñigo Nuñez Crespo, en representación de la comunidad de propietarios del edificio nº 1 de C/ Particular Torre de Ugao, licencia de obras de reparación de la fachada de dicho edificio, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, con sujeción a las condiciones y determinaciones establecidas en el informe emitido por el Aparejador Municipal.

2.7 Decreto de Alcaldía nº 163/13 de fecha 16-08-2013 Resolviendo: OTORGAR a Dña. Idoia Ibáñez Nieto, en representación de la comunidad de propietarios del edificio nº 14 de la C/ San Bartolomé, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, licencia de obras de reforma a fin de proceder a la reparación del patio del aludido edificio, con sujeción a las condiciones y determinaciones establecidas en el informe emitido por el Aparejador Municipal.

2.8 Decreto de Alcaldía nº 164/13 de fecha 16-08-2013 Resolviendo: OTORGAR a D. Julio García Sinobas, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, licencia de obras en C/ Udiarraga, nº 9, consistentes en cubrición de la terraza de la cubierta del edificio, con sujeción a las condiciones y determinaciones establecidas en el informe emitido por el Aparejador Municipal.

HOJA 4ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

2.9 Decreto de Alcaldía nº 165/13 de fecha 16-08-2013 Resolviendo: CONCEDER a Jose Antonio Olabarri Construcciones S.L., con domicilio en C/

Udiarraga Nº 1 de Ugao Miraballes, licencia para ocupar 6 m² de la vía pública, durante un

periodo de un mes, con un contenedor, donde depositar el escombro resultante de las obras de rehabilitación de local sito en el Nº 6 de la C/ Torre de Ugao, a instalar frente a dicho local, en el espacio reservado para aparcamiento, no debiendo permanecer en la vía pública durante los fines de semana y con sujeción al cumplimiento de las condiciones establecidas en el informe técnico redactado por el Aparejador Municipal y a efectuar el pago de la tasa fijada en el epígrafe A de la “Ordenanza Reguladora de las Tasas por la utilización privativa

2.10 Decreto de Alcaldía nº 166/13 de fecha 16-08-2013 Resolviendo:

CONCEDER a D. Fco. Javier Arbide Ercilla, con domicilio en C/ Torre de Ugao Nº 22

de Ugao Miraballes, licencia para ocupar 6 m² de la vía pública, durante un periodo de un mes, con un contenedor, a instalar frente al portal, en el espacio reservado para aparcamiento, no debiendo permanecer en la vía pública durante los fines de semana y con sujeción al cumplimiento de las condiciones establecidas en el informe técnico redactado por el Aparejador Municipal y a efectuar el pago de la tasa fijada en el epígrafe A de la “Ordenanza Reguladora de las Tasas por la utilización privativa

2.11 Decreto de Alcaldía nº 167/13 de fecha 16-08-2013 Resolviendo: OTORGAR a Dª. Amagoia Aguirre Rojo, en representación de la Comunidad de Propietarios del edificio Nº 21 de la C/ Torre de Ugao, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, licencia de obras para construcción de rampa de acceso al portal de aludido edificio, con sujeción a las condiciones y determinaciones establecidas en el informe emitido por el Aparejador Municipal.

2.12 Decreto de Alcaldía nº 168/13 de fecha 22-08-2013 Resolviendo:

PRIMERO: APROBAR el Convenio de fecha 22 de agosto de 2013, entre este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes y la Asociación de Feriantes Antónomos de Euskadi (AFADE) para la instalación de barracas durante las fiestas de Ntra. Sra. la Virgen de Udiárraga del año 2013.

SEGUNDO: CONCEDER a AFADE, licencia por la que se les autoriza el uso del dominio público en Herriaren Enparantza habilitado para la instalación de las barracas que tradicionalmente vienen a las fiestas de Ntra. Sra. la Virgen de Udiárraga del año 2013, de conformidad con el Convenio a firmar entre ambas partes.

TERCERO: FACULTAR al Sr. Alcalde en la medida más amplia para la firma del Convenio a suscribir entre este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes y la AFADE.

HOJA 5ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

CUARTO: Dar traslado del presente acuerdo a AFADE.

2.13 Decreto de Alcaldía nº 169/13 de fecha 23-08-2013 Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER licencia a Dª. Itziar Carrera Martínez y D. José-Antonio Abolafio Meneses, en nombre propio, para verificar a su nombre el traspaso de la actividad destinada a “Pastelería”, sita en el número 22 de la Calle Torre de Ugao, que anteriormente figuraba a nombre de “Pastelería La Exquisita, S.L.”, siempre y cuando se observen cuantas disposiciones legales de carácter general y de policía local afecten a la actividad de que se trata, en especial el informe técnico, emitido por el Aparejador-Municipal, el día 12 de agosto de 2013.

SEGUNDO: NOTIFICAR este acuerdo a Dª. Itziar Carrera Martínez y D. José-Antonio

Abolafio Meneses.

2.14 Decreto de Alcaldía nº 170/13 de fecha 26-08-2013

Aprobando la relación de facturas, nº 8/2013

2.15 Decreto de Alcaldía nº 171/13 de fecha 29-08-2013 Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER a Dª. Nerea Pedrosa Barrenetxea, en representación de

“Ugaoko Etxerat” licencia para la instalación de una txosna durante las fiestas patronales de Ntra. Sra. Virgen de Udiarraga del año 2013, siempre y cuando se dé cumplimiento a las condiciones anteriormente mencionadas y acordadas en la reunión mantenida el pasado 22 de agosto entre representantes de txosnas y representantes municipales.

SEGUNDO: NOTIFICAR a Dª. Nerea Pedrosa Barrenetxea, en representación de

“Ugaoko Etxerat” la presente Resolución.

2.16 Decreto de Alcaldía nº 172/13 de fecha 29-08-2013

Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER a Dª. Beatriz Prado Ortega, en representación de “Euskal Ijitoen Elkartea” licencia para la instalación de una txosna durante las fiestas patronales de Ntra. Sra. Virgen de Udiarraga del año 2013, siempre y cuando se dé cumplimiento a las condiciones anteriormente mencionadas y acordadas en la reunión mantenida el pasado 22 de agosto entre representantes de txosnas y representantes municipales.

SEGUNDO: NOTIFICAR a Dª. Beatriz Prado Ortega, en representación de “Euskal

Ijitoen Elkartea” la presente Resolución.

2.17 Decreto de Alcaldía nº 173/13 de fecha 29-08-2013 Resolviendo:

HOJA 6ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

PRIMERO: CONCEDER a D. Asier Diaz Totorikaguena, en representación de “Trikimako” licencia para la instalación de una txosna durante las fiestas patronales de Ntra. Sra. Virgen de Udiarraga del año 2013, siempre y cuando se dé cumplimiento a las condiciones anteriormente mencionadas y acordadas en la reunión mantenida el pasado 22 de agosto entre representantes de txosnas y representantes municipales.

SEGUNDO: NOTIFICAR a D. Asier Diaz Totorikaguena en representación de

“Trikimako” la presente Resolución.

2.18 Decreto de Alcaldía nº 174/13 de fecha 29-08-2013 Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER a D. Ander Fresno Aranguren, en representación de “Barraskilo Gaze Kultur Elkartea”, licencia para la instalación de una txosna durante las fiestas patronales de Ntra. Sra. Virgen de Udiarraga del año 2013, siempre y cuando se dé cumplimiento a las condiciones anteriormente mencionadas y acordadas en la reunión mantenida el pasado 22 de agosto entre representantes de txosnas y representantes municipales.

SEGUNDO: NOTIFICAR a D. Ander Fresno Aranguren, en representación de “Barraskilo Gaze Kultur Elkartea”, la presente Resolución.

2.19 Decreto de Alcaldía nº 175/13 de fecha 29-08-2013

Resolviendo:

PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a:

OUSMAN TRAWALLY

SEGUNDO: Dar audiencia al interesado.

TERCERO: Caso de resultar infructuosa la notificación del procedimiento al interesado, PUBLICAR esta resolución en el Boletín de Bizkaia y en el Tablón de anuncios municipal, por un plazo de quince días, para que el interesado pueda alegar y presentar cuantos documentos consideren oportunos para acreditar su correcta inscripción padronal, comunicando a este Ayuntamiento, la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencia.

CUARTO: Transcurrido dicho plazo sin que se realice actuación alguna, en cualquiera de los dos sentidos indicados, se procederá, de una parte, a registrar su baja en el Padrón de Habitantes de este municipio con las consecuencias que ello conlleva (entre otras, baja en el censo electoral) y de otra parte, podrá realizarse las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del antes citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

2.20 Decreto de Alcaldía nº 176/13 de fecha 05-09-2013 Resolviendo: CONTRATAR a Dña. IDURRE LAUZIRICA NUÑEZ, por periodo de 2 meses y 17 días, según las tablas salariales del Convenio de oficinas y despachos en vigor en Bizkaia, para

HOJA 7ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

reforzar los programas que se ejecutan de intervención social en los Ayuntamientos de Ugao-Miraballes, Arakaldo, Arrankudiaga y Zeberio durante el periodo del día 10 de septiembre de 2013 al día 27 de noviembre de 2013. Siendo su jornada de media jornada a desempeñar dicha labor en los citados municipios, según el Convenio firmado entre ellos para la prestación de ese servicio.

2.21 Decreto de Alcaldía nº 177/13 de fecha 10-09-2013 Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER a Dña. Miren Lutxi Llano Gallo licencia de tenencia de animal potencialmente peligroso para dos perros Pitbull.

SEGUNDO: RECORDAR a Dña. Miren Lutxi Llano Gallo que:

- Las personas que conduzcan y controlen perros potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos, deberán llevar consigo los documentos acreditativos de licencia administrativa para la tenencia de perros potencialmente peligrosos y de inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos señalado en el artículo 20 del presente Decreto. - Deberán llevar a los perros potencialmente peligrosos con bozal adecuado a su tamaño y raza así como con una cadena o correa resistente no extensible de menos de dos metros de longitud, no pudiendo circular sueltos en ningún supuesto y bajo ninguna circunstancia, sin que puedan llevarse más de uno de estos perros por persona. Queda prohibida la utilización de arneses. - La licencia tendrá un periodo de validez de cinco años pudiendo ser renovada, previa solicitud, por períodos sucesivos de igual duración. Cualquier variación de los datos que figuran en la licencia deberá ser comunicada por su titular en un plazo de quince días, contados desde la fecha en que se produzca, al órgano competente del municipio al que correspondió su expedición. Asimismo, el ayuntamiento otorgante deberá notificar al R.E.G.I.A. las licencias otorgadas. - Procederá la revocación de la licencia administrativa concedida cuando se incumplan las condiciones que motivaron su concesión y, en cualquier caso, siempre que así lo imponga una sanción accesoria a una falta grave o muy grave a la legislación en vigor sobre la materia.

2.22 Decreto de Alcaldía 178/13 de fecha 10-09-2013 Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER a D. Iosu Borao Salazar licencia de tenencia de animal

potencialmente peligroso para dos perros Pitbull. SEGUNDO: RECORDAR a D. Iosu Borao Salazar que:

- Las personas que conduzcan y controlen perros potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos, deberán llevar consigo los documentos acreditativos de licencia administrativa para la tenencia de perros potencialmente peligrosos y de inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos señalado en el artículo 20 del presente Decreto. - Deberán llevar a los perros potencialmente peligrosos con bozal adecuado a su tamaño y raza así como con una cadena o correa resistente no extensible de menos de dos metros de

HOJA 8ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

longitud, no pudiendo circular sueltos en ningún supuesto y bajo ninguna circunstancia, sin que puedan llevarse más de uno de estos perros por persona. Queda prohibida la utilización de arneses. - La licencia tendrá un periodo de validez de cinco años pudiendo ser renovada, previa solicitud, por períodos sucesivos de igual duración. Cualquier variación de los datos que figuran en la licencia deberá ser comunicada por su titular en un plazo de quince días, contados desde la fecha en que se produzca, al órgano competente del municipio al que correspondió su expedición. Asimismo, el ayuntamiento otorgante deberá notificar al R.E.G.I.A. las licencias otorgadas. - Procederá la revocación de la licencia administrativa concedida cuando se incumplan las condiciones que motivaron su concesión y, en cualquier caso, siempre que así lo imponga una sanción accesoria a una falta grave o muy grave a la legislación en vigor sobre la materia.

2.23 Decreto de Alcaldía nº 179/13 de fecha 10-09-2013 Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER, a Dª. Cinthya Alarcón Orozco, licencia para ocupar 8 m2 de la vía pública, mediante la instalación de sillas y mesas frente al Bar de Jubilados “Gure-Etxea” que regenta en la Calle Udiárraga, nº 25 para un periodo de un mes, con sujeción al cumplimiento de las condiciones establecidas en el informe técnico redactado por el Aparejador-Municipal y a efectuar el pago de la tasa fijada en el epígrafe E de la “Ordenanza Reguladora de Tasas por la utilización privativa o Aprovechamientos Especiales de Suelo, Vuelo y Subsuelo de las Vías Públicas Municipales”.

SEGUNDO: RECORDAR al solicitante, Dª. Cinthya Alarcón Orozco, que el horario de

instalación de mesas y sillas frente al ‘Bar que regenta en la Calle Barrena, nº 3, se iniciará después de las 12 horas y no superará las 23 horas de los sábados y las vísperas de festivos y las 22 horas de los demás días de la semana.

TERCERO: RECORDAR al solicitante, Dª. Cinthya Alarcón Orozco, que deberá

mantener, durante todo el día, el espacio ocupado en las debidas condiciones de limpieza e higiene, seguridad y ornato. Una vez retirada las mesas y sillas deberá dejar la zona ocupada en perfecto estado de limpieza.

CUARTO: RECORDAR al solicitante, Dª. Cinthya Alarcón Orozco, que la licencia

tendrá carácter de precario y el Ayuntamiento podrá ordenar, de forma razonada, la retirada de la vía pública, con cargo al particular, de las instalaciones autorizadas, cuando circunstancias de tráfico, urbanización o cualquier otra de interés general o municipal así lo aconsejen y sin derecho a indemnización alguna.

QUINTO: RECORDAR al solicitante, Dª. Cinthya Alarcón Orozco, que no se le permite

la instalación de aparato musical alguno en el exterior del bar y deberá adoptar las medidas necesarias para que no se produzcan molestias por ruidos.

SEXTO: RECORDAR al solicitante, Dª. Cinthya Alarcón Orozco, que la instalación de

mesas y sillas no puede obstaculizar el paso de peatones.

SEPTIMO: RECORDAR al solicitante, Dª. Cinthya Alarcón Orozco, que queda prohibida la publicidad en cualquiera de los elementos que componen la terraza, así como en sus distintos elementos auxiliares.

HOJA 9ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

2.24 Decreto de Alcaldía nº 180/13 de fecha 10-09-2013 Resolviendo: OTORGAR a D. Santiago Gibello Marchena, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, licencia de obras en su vivienda de C/ Udiárraga, nº 1-bis-b-1º “C”, consistentes en el cambio de las ventanas de la misma, con sujeción a las condiciones y determinaciones establecidas en el informe emitido por el Aparejador Municipal.

2.25 Decreto de Alcaldía nº 181/13 de fecha 11-09-2013 Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER licencia de primera ocupación a Don Raúl Díaz Moyano, en

nombre y representación de “Residencial Ugao, Soc. Coop. S.L.” , para el edificio de 38 viviendas, 42 plazas de aparcamiento y 52 trasteros, de reciente construcción en la parcela P-3 de la U.E. 10 “Arana y Lupardo” de las NN SS de Ugao-Miraballes. Esta licencia, en lo referente a los aparcamientos, queda condicionada a la comunicación por Residencial Ugao; Soc. Coop. S.L. de la actividad de guardería de vehículos a este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes.

SEGUNDO: RECORDAR a Don Raúl Díaz Moyano, en nombre y representación de “Residencial Ugao, Soc. Coop. S.L.” que debe girar la tasa por Licencia de primera ocupación, de conformidad con la tarifa 2 del epígrafe C de la Ordenanza Fiscal reguladora de tasas por prestación de Servicios Públicos y realización de Actividades Administrativas, que deberá hacer efectiva en la forma y plazos determinados en el Reglamento de Recaudación.

TERCERO: RECORDAR al solicitante, Don Raúl Díaz Moyano, en nombre y representación de “Residencial Ugao, Soc. Coop. S.L.” que la concesión de la Licencia de primera ocupación citada, no le exime de otras Licencias o autorizaciones Administrativas de otras Instituciones, que pudieran ser necesarias.

CUARTO: RECORDAR al solicitante Don Raúl Díaz Moyano, en nombre y representación de “Residencial Ugao, Soc. Coop. S.L.” que, mientras no sea efectuada la comunicación de Actividad de Garaje, no se puede hacer uso de los aparcamientos.

2.26 Decreto de Alcaldía nº 182/13 de fecha 12-09-2013 Resolviendo: LEGALIZAR las obras para habilitación del local sito en la entreplanta “D” del edificio nº 3 de la calle Barrena, a vivienda, sin perjuicio de terceros y a salvo el derecho de propiedad, a Don Juan-Ignacio Gil Fernán, con sujeción al Proyecto presentado y a las demás condiciones establecidas en el adjunto informe técnico del Arquitecto-Asesor-Municipal. Todo ello, sin perjuicio de realizar la liquidación del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras y la tasa por tramitación de la licencia que en su caso corresponda a la presentación de la certificación final del costo total de las obras.

2.27 Decreto de Alcaldía nº 183/13 de fecha 12-09-2013 Resolviendo:

PRIMERO: CONCEDER, licencia de primera ocupación a D. Juan-Ignacio Gil Fernán,

de vivienda del local sito en la entreplanta “D” del edificio nº 3 de la calle Barrena, de

HOJA 10ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

conformidad con lo establecido en el informe emitido por el Arquitecto Asesor Municipal, y condicionada a que aporte “la escritura de declaración de obra nueva, en la que se hará constar la calificación de Vivienda Tasada Municipal en régimen de propiedad o pleno dominio, el precio de venta de la vivienda establecido al efecto por el acuerdo municipal de autorización de uso y el derecho permanente de tanteo y retracto a favor de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes”.

SEGUNDO: DEBERA PROCEDER al pago del ICIO y de la tasa por tramitación de la

Licencia y de la tasa por concesión de la Licencia de primera ocupación, de conformidad con la Tarifa 2 del epígrafe C de la Ordenanza Fiscal reguladora de Tasas por prestación de Servicios Públicos y Realización de Actividades Administrativas, que deberá hacer efectiva en la forma y plazos determinados por el Reglamento de Recaudación.

TERCERO: RECORDAR a D. Juan-Ignacio Gil Fernán, en la representación que

ostenta que la concesión de la licencia de primera ocupación solicitada, no le exime de otras licencias o autorizaciones administrativas de otras Instituciones que pudieran ser necesarias.

CUARTO: NOTIFICAR esta resolución a D. Juan-Ignacio Gil Fernán.

2.28 Decreto de Alcaldía nº 184/13 de fecha 13-09-2013 Resolviendo:

PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes

de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a: VITALII TYVODAR

TETIANA TYVODAR

SEGUNDO: Dar audiencia a la interesado/a.

TERCERO: Caso de resultar infructuosa la notificación del procedimiento a la interesada, PUBLICAR esta resolución en el Boletín de Bizkaia y en el Tablón de anuncios municipal, por un plazo de quince días, para que el interesado pueda alegar y presentar cuantos documentos consideren oportunos para acreditar su correcta inscripción padronal, comunicando a este Ayuntamiento, la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencia.

CUARTO: Transcurrido dicho plazo sin que se realice actuación alguna, en cualquiera

de los dos sentidos indicados, se procederá, de una parte, a registrar su baja en el Padrón de Habitantes de este municipio con las consecuencias que ello conlleva (entre otras, baja en el censo electoral) y de otra parte, podrá realizarse las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del antes citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

2.29 Decreto de Alcaldía nº 185/13 de fecha 17-09-2013 Resolviendo:

PRIMERO: DESESTIMAR en su totalidad el recurso de “revisión” (reposición) en su totalidad con el Decreto de Alcaldía, nº 143/2013, por entender que NO se vulneran las fases de instrucción del Título VI, Capítulo III y por lo tanto no se lesionan los artículos 24, 103.1, 105 y 106.2 de la Constitución Española y no procede declarar la nulidad del procedimiento, al darse cumplimiento explícito de los artículos 5 y 6.2 del R.D. 429/1993 de 26 de marzo.

HOJA 11ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

SEGUNDO: NOTIFICAR este acuerdo, a la Correduría de Seguros Marsh (Correduría Aseguradora de este Ayuntamiento) y a Dña. Felicitas Arregui Puelles.

2.30 Decreto de Alcaldía nº 186/13 de fecha 18-09-2013 Resolviendo:

PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a:

OUMAR ABDELLAHI BOUHEYA

SEGUNDO: Dar audiencia a la interesado/a.

TERCERO: Caso de resultar infructuosa la notificación del procedimiento a la

interesada, PUBLICAR esta resolución en el Boletín de Bizkaia y en el Tablón de anuncios municipal, por un plazo de quince días, para que el interesado pueda alegar y presentar cuantos documentos consideren oportunos para acreditar su correcta inscripción padronal, comunicando a este Ayuntamiento, la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencia.

CUARTO: Transcurrido dicho plazo sin que se realice actuación alguna, en cualquiera

de los dos sentidos indicados, se procederá, de una parte, a registrar su baja en el Padrón de Habitantes de este municipio con las consecuencias que ello conlleva (entre otras, baja en el censo electoral) y de otra parte, podrá realizarse las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del antes citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

2.31 Decreto de Alcaldía nº 187/13 de fecha 19-09-2013 Resolviendo

SUSCRIBIR en sus propios términos el Convenio de colaboración entre la Diputación Foral de Bizkaia-Departamento de Acción Social y este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes para el desarrollo del programa de atención a la dependencia en el medio familiar mediante actuaciones de la promoción de la autonomía personal, voluntariado y de apoyo psicosocial a las personas cuidadoras de personas mayores dependientes, Programa Zainduz, en el municipio de Ugao-Miraballes para el año 2013.

2.32 Decreto de Alcaldía nº 188/13 de fecha 20-09-2013 Convocando al Ayuntamiento Pleno a Sesión Ordinaria, para el día 24-09-2013

3º.- DAR CUENTA DE LA SOLICITUD DE DON ANGEL RUIZ FERNÁNDEZ,

EN REPRESENTACIÓN DE “CAMPSA ESTACIONES DE SERVICIO, S.A.” DE LICENCIA DE ACTIVIDAD DESTINADA A “INSTALACIÓN DE GLP PARA AUTOMOCIÓN EN LA ESTACIÓN DE SERVICIO Nº 33.417 (CARRETERA AP-68, P.K. 6,00MD)”.

Dada cuenta de la solicitud de licencia de actividad, formulada por Don

Angel Ruiz Fernández; en nombre y representación de “Campsa Estaciones de

HOJA 12ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

Servicio, S.A.” para instalación de GLP para automoción en la Estación de Servicio nº 33.417 (Carretera AP-68, P.K. 6,00MD).

Se ha emitido informe favorable por la Dirección Territorial de Bizkaia de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco.

Visto lo dispuesto en la Ley de Protección de Medio Ambiente, redactado según la Ley 7/2012, de 23 de abril.

Atendido el parecer favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, obras y Servicios y Euskera.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: AUTORIZAR a Don Angel Ruiz Fernández; en nombre y

representación de “Campsa Estaciones de Servicio, S.A.” para la instalación de GLP para automoción en la Estación de Servicio nº 33.417 (Carretera AP-68, P.K. 6,00MD), siempre y cuando se observen cuantas disposiciones legales de carácter general y de policía local afecten a la actividad de que se trata, en especial el informe técnico, y el informe a Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco.

SEGUNDO: RECORDAR al solicitante, Don Angel Ruiz Fernández; en nombre y representación de “Campsa Estaciones de Servicio, S.A.; que la actividad proyectada no podrá ponerse en funcionamiento hasta que girada visita de comprobación por los Técnicos Municipales se acredite la eficacia y la seguridad de las medidas correctoras que se establecen en el informe técnico municipal y en el informe a Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco que deberá comunicar la fecha en la que podrá girarse la visita de comprobación.

4º.- DAR CUENTA DE LA SOLICITUD DE DON JUAN Mª GONZÁLEZ DE

AUDICANA, EN REPRESENTACIÓN DE “IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELECTRICA, S.A.U.”, DE LICENCIA DE ACTIVIDAD DESTINADA A LA “INSTALACIÓN DE UN CENTRO DE TRANSFORMACIÓN DENOMINADO SAN ROMÁN” EN LA CALLE ARTANDA DEL MUNICIPIO.

Se da cuenta del expediente que se tramita para la concesión de la licencia solicitada por Don Juan Mª González de Audicana, en representación de “Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.” para instalar en la calle Artanda; una actividad destinada a instalación de un Centro de Transformación denominado San Román.

HOJA 13ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

A la vista de de esta solicitud se emite informe por el Aparejador Municipal, el día 16 de julio de 2013, en el que entre otras cosas, se establecen una serie de medidas correctoras.

Asimismo, en el periodo de información pública a que se sometió el expediente no se han presentado reclamaciones de ningún tipo.

Los concejales del grupo municipal Bildu comentan que el Centro de Transformación está situado en el medio de las casas que se han construido en la U.E 10, Arana y Lupardo, en la calle Artanda.

Según su parecer esto supone un gran impacto visual y urbanístico. Añaden que desconocen si puede tener efectos para la salud.

Preguntan quién lo ha colocado ahí, Iberdrola o los técnicos.

El Sr. Alcalde, Don Ekaitz Mentxaka Corral, le contesta que supone que habrán sido los técnicos quienes han decidido la situación de este centro de transformación y dicho lugar, supone que habrá sido el mejor para su colocación.

A continuación, toma la palabra el concejal por el grupo municipal EAJ-PNV, Don Etor Idirin Ercilla, quien entiende que estos centros de transformación no producen efecto alguno para la salud. Añade que hay que destacar que se quitan cables de la calle.

Finalmente, el Sr. Alcalde comunica que está previsto en un futuro la eliminación de la línea eléctrica existente en esa zona, y autoriza la intervención del Secretario de esta Corporación, quien recuerda a la Corporación que en los planos de la reparcelación y urbanización de la parcela 3 de la UAU 10 se determina donde se ubica del trasformador.

Teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 55 y siguientes de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, modificada por Ley 17 /2012, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2066/123/CE, de 12 de diciembre del Parlamento Europeo y del Consejo.

Atendido que la potencia del centro de transformación es de 630kva y por lo tanto y de conformidad con el Anexo II A) párrafo 3º de la Ley General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, supone que al tener una potencia superior a 100 Kw., está sujeta a licencia de actividad.

Visto el parecer favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Obras y Servicios y Euskera.

HOJA 14ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: EMITIR informe favorable para la actividad destinada a

“Instalación de un Centro de Transformación denominado San Román” en la Calle Artanda, ya que el emplazamiento propuesto para dicha actividad y las circunstancias que concurren en la misma están de acuerdo con las Normas Subsidiarias, con la Ley 3/1998,de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, y con el Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas de 30 de noviembre de 1.961 y demás disposiciones concordantes, no existiendo en sus proximidades, otras actividades análogas que puedan producir efectos aditivos, y que por todo lo expuesto este Ayuntamiento es del parecer de que sí procede conceder la autorización solicitada.

SEGUNDO: REMITIR el expediente a la Dirección Territorial del

Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco, para que emita el correspondiente informe. Y una vez emitido remitir al Departamento Foral de Medio Ambiente, el presente expediente a los efectos pertinentes.

TERCERO: NOTIFICAR este acuerdo al solicitante, Don Juan Mª

González de Audicana, en representación de “Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

5º.- DAR CUENTA DE LA SOLICITUD DE DON JAMAL OUALI, DE

AMPLIACIÓN DE LICENCIA DE ACTIVIDAD DE LOCUTORIO Y VENTA AL POR MENOR DE GOLOSINAS Y “VENTA DE COMIDAS RÁPIDAS”, EN LA CALLE LANDAKO, Nº 2.

Dada cuenta de la solicitud de licencia de actividad, formulada Don

Jamal Ouali, para instalar en el local sito en la calle Landako número 2, una actividad destinada a Locutorio y venta al por menor de golosinas y “Venta de comidas rápidas.

Junto a dicha solicitud presenta Proyecto de actividad destinado a Locutorio, y venta al por menor de golosinas y ampliación de ese proyecto para la venta de comidas rápidas, redactados por el Arquitecto Técnico, Don Juan Luis Urresti Gorostizaga.

Se ha emitido el día 9 de septiembre de 2013, informe sanitario de

actividades clasificadas por la Dirección Territorial de Bizkaia del Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco.

HOJA 15ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

Igualmente se ha emitido informe, por el Aparejador Municipal, Don José-Félix Ramsden Iraurgui, en el que se señala que debe cumplir una serie de medidas correctoras para el adecuado ejercicio de dicha actividad.

Considerando que la actividad en cuestión, es una actividad clasificada

sujeta a comunicación previa, según el artículo 55 de la Ley de Protección de Medio Ambiente, redactado según la Ley 7/2012, de 23 de abril al estar incluida dentro del Anexo II B. 8, que recoge las actividades clasificadas.

Habiéndose abonado 229,31 euros en concepto de tasa (epígrafe D) de

la Ordenanza Reguladora de Tasas por Prestación de Servicios Públicos y Realización de Actividades Administrativas.

Atendido el parecer favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, obras y Servicios.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: AUTORIZAR en la calle Landako número 2, la actividad destinada a Locutorio y venta al por menor de golosinas y venta de comidas rápidas a Don Jamal Ouali, siempre y cuando se observen cuantas disposiciones legales de carácter general y de policía local, en especial el informe técnico, afecten a la actividad de que se trata.

SEGUNDO: RECORDAR al solicitante, Don Jamal Ouali que la actividad proyectada no podrá ponerse en funcionamiento hasta que girada visita de comprobación por los Técnicos Municipales se acredite la eficacia y la seguridad de las medidas complementarias que se establecen en el informe técnico municipal y que deberá comunicar la fecha en la que podrá girarse la visita de comprobación.

TERCERO: RECORDAR al solicitante, Don Jamal Ouali que deberá solicitar autorización /comunicación previa de inicio de actividad de venta al por menor de golosinas y de venta de comidas rápidas en la Dirección Territorial de Bizkaia del Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco.

6º.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE CALIFICACIÓN DEFINITIVA

COMO VIVIENDA TASADA MUNICIPAL POR CAMBIO DE USO TERCIARIO A VIVIENDA DEL LOCAL COMERCIAL SITO EN CALLE BIDE ZAHARRAREN ETXARTEA, Nº 1, PROPIEDAD DE DON JOSÉ JAVIER ZALBIDEA GARCÍA DE VICUÑA.

La Ordenanza reguladora de “la autorización de uso de vivienda en

locales ubicados en determinados ámbitos consolidados de suelo urbano residencial de Ugao-Miraballes”, regula en su artículo 4. 1 que “las viviendas

HOJA 16ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

que resulten de la aplicación de la presente ordenanza tendrán la calificación permanente de Vivienda Tasada Municipal de Régimen General, en régimen de propiedad o de pleno dominio”.

A su vez, en el artículo 6.3 se dispone que “una vez finalizada la obra,

deberá solicitarse licencia de primera ocupación o utilización, acompañada de la documentación exigida, ajustándose al procedimiento establecido en la legislación de régimen local. En la escritura de declaración de obra nueva a aportar, se hará costar, tal y como lo prescribe el artículo 4 de esta ordenanza: la calificación permanente de la nueva vivienda como Vivienda Tasada Municipal en régimen de propiedad o pleno dominio.”

Por Decreto de Alcaldía número 81/13 de 10 de abril de 2013, ratificado

por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes de 28 de mayo de 2013, se concedió licencia de primera ocupación a Don José Javier Zalbidea García de Vicuña, para el local, convertido en vivienda en Bide Zaharraren Etxartea, nº 1, instándole a que diese cumplimiento del citado artículo 6.3 de la Ordenanza municipal.

Don José Javier Zalbidea García de Vicuña, han presentado copia de la

escritura de reforma de local en vivienda, otorgada el día 23 de abril de 2013, ante la Notario deL País Vasco, Doña María Raquel Alcocer Ballesteros, con número de protocolo 284. Consta en dichas escrituras la calificación de vivienda tasada municipal.

Considerando lo establecido por la ordenanza reguladora de las

Viviendas Tasadas Municipales Vigente en Ugao- Miraballes y visto el parecer favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Servicios y Euskera.

El Ayuntamiento Pleno, por la unanimidad de los presentes acuerda:

PRIMERO: CALIFICAR DEFINITIVAMENTE la vivienda sita en Bide Zaharraren Etxartea, nº 1, como vivienda tasada municipal en régimen general, sujeta a las condiciones dispuestas en la propia Ordenanza Municipal, como pueden ser:

- La vivienda tendrá la calificación permanente de vivienda protegida.

- Estará sujeta de forma permanente tanto al precio máximo de transmisión establecido en la Ordenanza de Viviendas Tasadas de Ugao-Miraballes, como al ejercicio de los derechos de tanteo y retracto a favor, en primer lugar del Ayuntamiento de Ugao-Miraballes y, en todo caso, subsidiariamente a favor de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

HOJA 17ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

- Demás condiciones establecidas en la Ordenanza municipal y en el Convenio firmado, por Don José Javier Zalbidea García de Vicuña con este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes.

Y requerirle que se entregue copia a este Ayuntamiento de Ugao-

Miraballes, de la inscripción de la calificación de vivienda tasada municipal

SEGUNDO: NOTIFICAR este acuerdo a Don José Javier Zalbidea García de Vicuña, y al Registro de la Propiedad de Bilbao número 4.

7º.- DAR CUENTA DEL ACTA DE ARQUEO MUNICIPAL A 31-07-2013 Y

31-08-2013.

Dada cuenta de las Actas de Arqueo de Fondos Municipales 7.1) De 31 de julio de 2013, cuyo resumen de resultados es el siguiente:

Existencia anterior al período.......................... 398.724,01 € Total de Ingresos ................................................................ 560.655,22 €

Pagos ..................................................................... 714.369,25 € TOTAL EXISTENCIAS AL 31-07-2013.................... 245.009,98 € 7.2) De 31 de agosto de 2013,cuyo resumen de resultados es el siguiente: Existencia anterior al período............................ 245.009,98 € Total de Ingresos ................................................................ 346.362,86 € Pagos ..................................................................... 340.623,62 € TOTAL EXISTENCIAS AL 31-08-2013.................... 250.749,22 €

Visto el parecer favorable de la Comisión Informativa Especial de Cuentas, y Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior; de conformidad con la misma.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

APROBAR las Actas de Arqueo de Fondos Municipales, del 31 de julio y de 31 de agosto de 2013, con las cantidades que se expresan en la misma.

8º.- DAR CUENTA DE LA ANULACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE OBRA

APROBADA EN SESIÓN PLENARIA DE 30-04-2013 REFERENTE A LA MODIFICACIÓN DEL TRAZADO DE ACERA EN LOS ACCESOS A LA BI-625.

Por acuerdo de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, de 30 de abril

de 2013, se acordó, entre otras cosas:

HOJA 18ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

APROBAR la tercera certificación de las obras de “Modificación del

trazado de acera en los accesos a la BI-625”, por importe de 62.930,19 euros (IVA incluido) expedida a favor del contratista adjudicatario, Gaimaz Infraestructuras y Servidos S.A.

Por acuerdo de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, de 26 de marzo

de 2013, se acordó, entre otras cosas:

APROBAR la certificación liquidatoria de las obras complementarias del “Aparcamiento disuasorio en la zona de Pradera-Usila”; por importe de 62.930,19 euros(IVA incluido) expedida a favor del contratista adjudicatario, “Gaimaz Infraestructuras y Servicios S.A.”

Examinado el expediente y comprobado que las obras que se han

realizado corresponden a las obras complementarias del “Aparcamiento disuasorio en la zona de Pradera-Usila” y no a las obras de de “Modificación del trazado de acera en los accesos a la BI-625”.

Teniendo en cuenta que el artículo 105 de la Ley de Régimen Jurídico y

de Procedimiento Administrativo regula que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Visto el parecer favorable de la Comisión Informativa Especial de Cuentas, y Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior; de conformidad con la misma.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PROCEDER a la corrección del error material producido y anular la certificación de obra aprobada en sesión plenaria de 30-04-2013 referente a la Modificación del trazado de acera en los accesos a la BI-625.

9º.- DAR CUENTA DE LA SOLICITUD DE DOÑA AMAGOIA AGUIRRE ROJO, EN REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO Nº 21 DE LA CALLE TORRE DE UGAO, DE BONIFICACIÓN EN EL IMPUESTO DE DE INSTALACIONES, CONSTRUCCIONES Y OBRAS PARA OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE RAMPA DE ACCESO AL PORTAL DE DICHO EDIFICIO.

Por Decreto de Alcaldía número 167/13, de 20 de agosto de 2013, se

concedió a Doña Amagoia Aguirre Rojo, en representación de la comunidad de propietarios del edificio nº 21 de Torre de Ugao, licencia de obras para

HOJA 19ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

construcción de rampa de acceso al portal de la Comunidad de Vecinos de dicho edificio.

Posteriormente; Doña Amagoia Aguirre Rojo; en nombre y

representación de la comunidad de vecinos del edificio nº 21 de Torre de Ugao, solicita bonificación del Impuesto de Instalaciones, Construcciones y Obras por las obras de construcción de rampa de acceso en el portal de dicho edificio y así poder eliminar barreras arquitectónicas.

Esta solicitud, a su vez, tiene relación con la accesibilidad, y el artículo

1.2 de la Ley 20/1997 de 4 de diciembre para la promoción de la accesibilidad regula:

“Los poderes públicos promoverán la adopción de las medidas de

acción positiva necesarias para la efectiva aplicación de la ley, así como en su caso la utilización de las ayudas técnicas que contribuyan a mejorar la calidad de vida de las personas”.

Por lo tanto esta Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, en cumplimiento de dicho artículo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Norma Foral 10/1989, de 30 de junio, del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, que regula las bonificaciones sobre este impuesto, teniendo en cuenta el interés público, modificó la Ordenanza Municipal que regula ese impuesto y estableció en su artículo 10, C), lo siguiente:

“Conceder una bonificación del 80% de la cuota íntegra del impuesto a

favor de las construcciones, instalaciones u obras que supongan la eliminación de barreras arquitectónicas de edificio o construcción preexistente”.

Para ello, es necesario entre otras cosas que el edificio tengan una antigüedad anterior a 1998 y en concreto antes de la entrada en vigor de la Ley 20/1997, para promoción de la accesibilidad. Este requisito se cumple.

Vista la propuesta de la Comisión Informativa Especial de Cuentas, y Permanente de Hacienda y Patrimonio y de conformidad con la misma.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: CONCEDER a Doña Amagoia Aguirre Rojo una bonificación del 80% de la cuota íntegra del Impuesto de construcciones, instalaciones u obras, por la licencia de instalación de una rampa de acceso en el edificio en nombre y representación de la comunidad de vecinos del edificio nº 21 de Torre de Ugao. SEGUNDO: NOTIFICAR este acuerdo a Doña Amagoia Aguirre Rojo, en nombre y representación de la comunidad de vecinos del edificio.

HOJA 20ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

10º.- DAR CUENTA DE LAS SOLICITUDES DE FRACCIONAMIENTO DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA DEL AÑO 2013 POR BAJA DEFINITIVA EN EL PADRÓN DE VEHÍCULOS.

El Artículo 7. 3 de la Ordenanza Municipal que regula el Impuesto de

Vehículos de Tracción Mecánica determina que en caso de baja del vehículo, el importe de la cuota se prorrateará por meses naturales, incluido al que corresponda a la fecha en que se produzca la baja

Visto el listado de bajas producidas durante el año 2013, por importe de

1.678,31 €.

Vista la propuesta de la Comisión Informativa Especial de Cuentas, y Permanente de Hacienda y Patrimonio y de conformidad con la misma.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: APROBAR el listado de de bajas producidas durante el año 2013, por importe de 1.678,31 €.

SEGUNDO: ANULAR, y DEVOLVER el recibo de IVTM de 2013 de los siguientes vehículos por haber sido dado de baja definitiva, según consta en el expediente:

VEHICULO Nº DE MESES IMPORTE A DEVOLVER

BI-6822-BX 8 “ 80,23 €

BI-6480-BT 5 " 50,14 €

BI8457-CD 8 " 38,00 €

BI-0030-BL 10 " 111,68 €

9570-BWR 10 " 100,28 €

BI5326-CN 9 " 90,26 €

9637-BJF 5 " 23,75 €

BI-8574-CU 5 " 50,14 €

BI-4984-BV 11 " 52,25 €

BI-2118-CL 10 " 100,28 €

BI-9044-BW 8 " 89,34 €

3740-DTT 11 " 52,25 €

BI-2718-CU 9 " 90,26 €

4784-BHW 7 " 78,17 €

BI-5576-BT 6 " 60,17 €

BI-4934-CS 10 " 100,28 €

7743-BNM 8 " 38,- €

BI-8509-BC 8 " 38,- €

BI-2828-AX 11 " 52,25 €

HOJA 21ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

BI-9649-CU 11 " 110,31 €

BI-3639-AP 11 " 52,25 €

BI3362-BC 4 " 40,11 €

4175-CCZ 8 " 80,23 €

3403-BFR 7 " 70,20 €

8799-BTN 5 " 29,48 €

TOTAL 1.678,31 €

TERCERO.- EMITIR el recibo correspondiente a los importes citados en el acuerdo segundo.

11º.- DAR CUENTA DEL INFORME DEL ECONOMISTA DEL

CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DEL PRESUPUESTO DEL AÑO 2013.

Leído el contenido de dicho informe que dice entre otras cosas lo siguiente: “….. Las Administraciones Públicas suministrarán toda la información necesaria para el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley o de las normas y acuerdos que se adopten en su desarrollo y garantizarán la coherencia de las normas y procedimientos contables, así como la integridad de los sistemas de recopilación y tratamiento de datos.

Igualmente estarán sometidas a disponibilidad pública las previsiones utilizadas para la planificación presupuestaria, así como la metodología, supuestos y parámetros en los que se basen.

Las políticas de gasto público deberán encuadrarse en un marco de planificación plurianual y de programación y presupuestación, atendiendo a la situación económica, a los objetivos de política económica y al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

La gestión de los recursos públicos estará orientada por la eficacia, la eficiencia, la economía y la calidad, a cuyo fin se aplicarán políticas de racionalización del gasto y de mejora de la gestión del sector público. Las disposiciones legales y reglamentarias, en su fase de elaboración y aprobación, los actos administrativos, los contratos y los convenios de colaboración, así como cualquier otra actuación de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley que afecten a los gasto o ingresos públicos presentes o futuros, deberán valorar sus repercusiones y efectos y supeditarse de forma estricta al cumplimiento de las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

HOJA 22ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

Las Administraciones públicas se ajustarán al principio de estabilidad presupuestaria entendido como la situación de equilibrio o de superávit en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición contenida en el SEC 95.

Se entenderá cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria cuando los presupuestos iniciales o en su caso, modificaciones, y las liquidaciones presupuestarias alcancen, en términos de capacidad de financiación, el objetivo de equilibrio o superávit establecido.

La Intervención Local deberá elevar al Pleno un informe sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. El informe se emitirá con carácter independiente en el caso de la aprobación de los presupuestos, créditos adicionales y en la liquidación.

Segundo: Definición legal del objetivo de estabilidad en la administración pública local: la capacidad/ necesidad de financiación según SEC 95.

El SEC 95 es el sistema de Contabilidad Nacional vigente para la Unión Europea. La Contabilidad Nacional es la encargada de reflejar y registrar la actividad económica nacional, regional o territorial en su conjunto, con diversos niveles de agregación, y en relación con el resto de economías. Algunas magnitudes y saldos de las Cuentas nacionales son las que denominamos magnitudes macroeconómicas, como el PNB, el PIB, la RN, etc. Sirve también para analizar los resultados y fijar objetivos de las políticas económicas.

La CAPACIDAD/ NECESIDAD DE FINANCIACION es uno de estos saldos o magnitudes que ha servido para fijar los objetivos de la política fiscal y presupuestaria europea, basada en el equilibrio o estabilidad.

Los resultados de la política fiscal y presupuestaria se miden con este concepto, identificándose SUPERAVIT con CAPACIDAD de financiación y DEFICIT con NECESIDAD.

Tercero: Descripción de los ingresos y gastos de contabilidad nacional, su equivalencia en términos de presupuestos y ajustes.

En el Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, al no tener operaciones de arrendamiento financiero, ni organismos autónomos, ni empresas públicas no se plantea ningún ajuste.

Cuarto: Cálculo de la capacidad/necesidad de financiación en las unidades sometidas a presupuesto y plan general de Contabilidad Pública.

HOJA 23ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

Con carácter general, la totalidad de los ingresos y gastos no financieros presupuestarios, sin perjuicio de su reclasificación en términos de partidas contabilidad nacional, corresponden a la totalidad de los empleos y recursos que se computan en la obtención de la capacidad/necesidad de financiación del subsector Corporaciones Locales de la Administraciones Públicas de la Contabilidad Nacional. Las diferencias vienen determinadas por los ajustes descritos en apartados anteriores.

El cálculo de la capacidad / necesidad de financiación en los entes locales sometidos a presupuesto se obtiene por diferencia entre los importes presupuestados y liquidados en los capítulos 1 a 7 de los estados de ingresos y los capitulo 1 a 7 del estado de gasto, previa aplicación de los ajustes descritos relativos a la valoración, imputación temporal, exclusión o inclusión de los ingresos y gastos no financieros.

Quinto: Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria por las administraciones publicas locales y sus productores no de mercado dependientes.

La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de las Administraciones Publicas y demás entidades que forman parte del sector publico se someterá al principio de estabilidad presupuestaria ( Art. 11 LO 2/2012). Las Corporaciones Locales deberán mantener una posición de equilibrio o superávit presupuestario.

- Evaluación de su cumplimiento ( Art. 16 Reglamento) en el Presupuesto inicial, modificaciones, liquidación del presupuesto y cuenta general de la Entidad Local: La Intervención local realizará un informe que se incorporara a los informes que exige la LO 2/2012 relativos a la aprobación, a todas las modificaciones del presupuesto y a la liquidación del mismo. Dicho informe contendrá los cálculos efectuados y los ajustes realizados, y si es de incumplimiento implicara la remisión a la administración que ejerza la tutela financiera. En el caso del Presupuesto, de las modificaciones de Pleno y de la liquidación del presupuesto, dicho informe será independiente de los señalados en la LO 2/2012.

- Consecuencias del incumplimiento: Plan económico- financiero de reequilibrio: En caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, la administración incumplidora formulará un plan económico- financiero que permita en un año el

HOJA 24ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto, con el contenido y alcance preavisos en este artículo.

El plan económico –financiero contendrá como mínimo la siguiente información:

a) Las causas del incumplimiento del objetivo establecido o, en su caso, del incumplimiento de la regla de gasto.

b) Las previsiones tendenciales de ingresos y gastos, bajo el supuesto de que

no se producen cambios en las políticas fiscales y de gastos.

c) La descripción, cuantificación y el calendario de aplicación de las medidas incluidas en el plan, señalando las partidas presupuestarias o registros extrapresupuestarios en los que se contabilizarán.

d) Las previsiones de las variables económicas y presupuestarias de las que

parte el plan, así como los supuestos sobre los que se basan estas previsiones.

e) Un análisis de sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos.

Sexto: Principio de estabilidad presupuestaria y endeudamiento de las entidades locales.

La estabilidad presupuestaría implica que de manera constante, o lo largo del ciclo, los recursos corrientes y de capital no financieros deben ser suficientes para hacer frente a los gastos corrientes y de capital no financieros.

Simplificando, el volumen de deuda no puede aumentar, como máximo debe permanecer constante, sea cual sea el crecimiento de los recursos o la capacidad de la entidad para afrontar la carga financiera de la deuda.

Supone que en los presupuestos municipales el endeudamiento anual neto (endeudamiento - amortizaciones) debe ser cero. De manera más rigurosa, que las variaciones de pasivos y activos financieros debe estar equilibrada.

La capacidad inversora municipal vendrá determinada por los recursos de capital no financieros y los recursos corrientes no empleados en los gastos corrientes (ahorro bruto)

HOJA 25ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

CALCULO DE LA CAPACIDAD / NECESIDAD DE FINANCIACION DERIVADA DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO PARA 2013.

PTO 2013 INGRESOS GASTOS

Capítulo 1 705.489,55 1.206.286,19

Capítulo 2 190.000,00 2.322.472,69

Capítulo 3 447.236,80 --

Capítulo 4 2.533.965,40 197.499,91

Capítulo 5 9.352,56 --

Capítulo 6 470.172,93 554.836,76

Capítulo 7 76.468,15 --

Total Capítulo 1 al 7 4.432.685,39 4.281.095,55

Capacidad de Financiación

Capítulo 8 -- --

Capítulo 9 -- 151.589,84

Total -- 151.589,84

La Capacidad de financiación es de 151.589,84 €.

Con lo que, efectivamente, el proyecto de presupuesto municipal para el ejercicio 2.013 cumple con el principio de estabilidad presupuestaria.

CALCULO DE LA SOSTENIBILIDAD PRESUPUESTARIA DERIVADA DE LA APROBACION DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO PARA EL 2013.

Como ya se ha manifestado en este informe, la sostenibilidad presupuestaria se define como capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit y deuda pública.

Esto, en términos numéricos, se resume diciendo que la suma de los capítulos 1 a 5 de ingresos (ingresos corrientes) debe financiar la suma de los capítulos 1 a 4 de gasto (gastos corrientes) más el capitulo dedicado a la amortización de la deuda existente. Con los datos del presupuesto de 2013 sería lo siguiente:

HOJA 26ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

PTO 2013 GASTOS PTO 2013 INGRESOS

Capítulo 1 1.206.286,19 Capítulo 1 705.489,55

Capítulo 2 2.322.472,69 Capítulo 2 190.000,00

Capítulo 3 -- Capítulo 3 447.236,80

Capítulo 4 197.499,91 Capítulo 4 2.533.965,40

Capítulo 9 151.589,84 Capítulo 5 9.352,56

Total 3.877.838,63 3.926.044,31

Ingresos corrientes ≥ Gastos corrientes + amortización deuda

El volumen de deuda pública no podrá superar los siguientes porcentajes del PIB:

2013 2014 2015

3,8 % 3,8 % 3,8 %

Realizando una aproximación, estos porcentajes del PIB traducidos sobre los ingresos no financieros vienen a suponer el 55,60% de los ingresos no financieros.

El volumen de deuda viva a fecha uno de enero de 2013 asciende a 196.107,45 € (144.026,64 de la liquidación negativa de Udalkutxa 2009 y 52.080,81€ de la liquidación negativa de Udalkutxa 2011). Por lo tanto, la deuda del Ayuntamiento de Ugao-Miraballes supone el 4,42% sobre los ingresos no financieros y el 5,05% sobre los ingresos corrientes del presupuesto de 2013

Con lo que, efectivamente, el proyecto de presupuesto municipal para el ejercicio 2013 cumple con el principio de sostenibilidad presupuestaria.

CALCULO TOPE DEL GASTO

O.R.N. GASTOS NO FINANCIEROS 2.012

CAPITULO 1 1.166.223,70

CAPITULO 2 2.461.238,89

CAPITULO 3 400,00

CAPITULO 4 205.442,44

CAPITULO 6 574.004,62

TOTAL 4.407.309,65

HOJA 27ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

EXCLUSIONES

INTERESES DE LA DEUDA - 400,00

CAPITULO 4: INGRESOS - UDALKUTXA - 139.709,76

CAPITULO 7 INGRESOS - 390.831,41

TOTAL - 530.941,17

SUMA TOTAL 3.876.368,48

TASA DE REFERENCIA 1,7 %

1,7 % (3.709.076,18) 3.942.266,74

AUMENTOS DE RECAUDACION

2,4 % de incremento de Ordenanzas Fiscales para 2.013 16.394,94

GASTO COMPUTABLE MAXIMO 3.958.661,68

CONCLUSIONES

Podemos concluir por tanto que el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2013 se ajusta a los principios de estabilidad presupuestaria entendido como la situación de equilibrio o de superávit en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición contenida en el SEC 95 y de sostenibilidad presupuestaria, por lo que, se cumplen los objetivos de estabilidad y sostenibilidad presupuestaria”.

El Sr. Alcalde, Don Ekaitz Mentxaka Corral, interviene para explicar que

en cumplimiento de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, ya se han emitido otros informes emitidos por el economista que han sido dados a conocer al Pleno. Destaca que en los mismos, entra otras cosas, se estudia la estabilidad presupuestaria, el límite de deuda y el techo de gasto del presupuesto para el ejercicio 2013.

El artículo 16.2 párrafo uno y cinco del Real Decreto 1463/2007 de 2 de

noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001 de 12 de diciembre de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las Entidades Locales establecen que “En las restantes entidades locales, la Intervención local elevará al Pleno un informe sobre el cumplimiento del

HOJA 28ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

objetivo de estabilidad de la propia entidad local y de sus organismos y entidades dependientes”.

Visto el parecer favorable de la Comisión Informativa de Cuentas y

Permanente de Hacienda y Patrimonio y Régimen Interior.

El Ayuntamiento por la unanimidad de los presentes acuerda quedar enterado del contenido del citado informe en todos sus términos.

12º.- DAR CUENTA DE TRES SOLICITUDES DE AYUDA DE EMERGENCIA

SOCIAL, EXPTES.: AES 208/13, AES 1280/13, AES 1331/13.

Visto los expedientes 208/13, AES 1280/13, AES 1331/13, y la propuesta del Servicio Social de Base, una vez comprobadas las solicitudes y documentación presentadas.

Teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre,

para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión; el Decreto 4/2011, de 18 de enero, de las Ayudas de Emergencia Social y la Orden de 27 de marzo de 2013 de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, por los que se establecen, para el año 2013, las cuantías máximas para cada uno de los gastos específicos contemplados en las Ayudas de Emergencia Social, se señalan los criterios para la distribución de los créditos consignados para su cobertura y se fija el límite presupuestario que, para el año 2013, corresponde a cada uno de los Territorios Histórico y Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Visto el acuerdo adoptado por el Pleno, en su sesión de 29 de marzo de

2005. Atendida la propuesta de la Comisión Informativa de Acción Social,

Tercera Edad, e Inmigración.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO: CONCEDER las ayudas de Emergencia Social, para el año 2013.

Nº EXP.AYTO CONCEPTO PRESUPUESTO TOTAL

0215-208 Otros gastos mantenimiento

707,04 707,04

1331 Necesidades primarias

400,00 400,00

1280 Alquiler

1.950,00

HOJA 29ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

Otros gastos mantenimiento 721,56 2.671,56

SEGUNDO: Estas ayudas tienen carácter finalista, debiendo destinarse

únicamente a la finalidad para la que han sido concedidas. El Ayuntamiento comprobará, posteriormente, si dicho carácter finalista se ha respetado, estando obligado el usuario/a a la presentación de facturas y/o justificantes del gasto realizado, en el plazo señalado.

El plazo máximo de presentación de facturas o justificantes de pago

será de un mes a partir de la fecha de notificación de la resolución en el caso de un único pago, y, en el caso de pagos fraccionados, en el plazo de quince días a partir del momento en el que se realicen los diferentes pagos parciales. En el supuesto de que dichas facturas o justificantes no se presentaran en el mencionado plazo, se iniciará, en su caso, el correspondiente procedimiento de reintegro de las prestaciones.

Asimismo, el Ayuntamiento comprobará con los medios oportunos si se

mantienen los requisitos para la concesión de las ayudas.

TERCERO: NOTIFICAR, este acuerdo a los solicitantes de la Ayuda de Emergencia Social 208/13, AES 1280/13, AES 1331/13.

13º.- CONOCIMIENTO DE CORRESPONDENCIA.

Asimismo, por el Sr. Alcalde, Don Ekaitz Mentxaka Corral, se pone en conocimiento de los Sres. Concejales, quienes se dan por enterados, de lo siguiente:

-Del Convenio entre la Diputación Foral de Bizkaia y Udaltalde 21 Nerbioi Ibaizabal S.L., para la prestación del servicio de preparación para la reutliización de las fracciones de residuos domésticos de pequeño tamaño. -Del inicio de las obras de “Malla verde itinerarios ecológicos”

-De la Oferta de ocio en el Area de Cultura 2013-2014. -De la apertura de los servicios de Ludoteka y Servicio de Gazteleku para el curso 2013-2014. -De las Actividades organizadas en el Area de Juventud Curso “como crear un blog” y concurso de ideas. -De las Actividades organizadas por el Centro de Interpretación Histórica para octubre: Jornadas Europeas de Patrimonio.

HOJA 30ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

-Del taller de Eskupilota organizado por el Area de Deportes. -De la oferta de cursos en el Polideportivo Municipal “El Jaro” 2013-2014.

- Subvención para el estudio del euskera: Explica que por el Euskaltegi Municipal Arrigorriaga – Ugao-Miraballes, hubo un error al indicar que un alumno, vecino de este municipio, tenía derecho a la ayuda por la matrícula del curso de euskera y al viaje, cuando sólo tenía derecho a la matrícula. Se ha procedido a la corrección de dicho error.

- Sentencia acerca de la Bandera de España: El Sr. Alcalde, Don Ekaitz Mentxaka Corral, explica que, por Auto de 23 de julio de 2013 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, se ha requerido a este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes para que para el día 3 de octubre de 2013, esté colocada la bandera española en la balconada central del frontispicio de la Casa Consistorial.

- 30 aniversario de las inundaciones: El Sr. Alcalde, Don Ekaitz Mentxaka Corral, comenta que se cuestionaba en el municipio los costes que pudieron tener el acto de homenaje a la Corporación que gestionó las consecuencias de las inundaciones de 1983 y a las víctimas, vecinas de este municipio.

El Sr. Alcalde contesta que es el coste de la placa y su grabado, es decir, 302,50 Euros.

Recuerda que anteriormente no había placa alguna en esta plaza.

Por otra parte, el Sr. Alcalde, Don Ekaitz Mentxaka Corral, manifiesta que no está de acuerdo con las críticas de este evento. Su objetivo con este acto era sincero, integrador y trataba de homenajear a las víctimas de las inundaciones de 1983, a los vecinos y vecinas, a los voluntarios y voluntarias y a toda la Corporación de entonces y no sólo al Alcalde, Don José Isasi Arbide, quien de por sí, ya se lo merecía.

La propuesta para que todos los miembros de la corporación del 83 fueran Pregón de Fiestas fue realizada por el propio alcalde a la comisión de fiestas.

A su vez resalta que respeta a aquellos concejales de entonces que no fueron al acto del Pregón.

La concejal por Bildu, Doña Izaskun Uriarte Beitia, interviene en el debate y señala que no fue un homenaje general, en la placa sólo había un nombre

HOJA 31ª Sesión Pleno 9/13 24-09-13

concreto. Por ello, entiende que dicho homenaje tenía que haber sido más plural.

En lo referente al Pregón, es de la opinión que si bien se invita al Pregón, el texto que se va a leer tiene que ser consensuado entre todos.

Toma la palabra el Sr. Alcalde Don Ekaitz Mentxaka Corral, quien explica que en la placa, por error, ponía el nombre del entonces Sr. Alcalde, Don José Isasi Arbide, cuando debía poner “la Corporación liderada por Don José Isasi Arbide”. Se va a proceder a corregir este error.

Resalta que se reunió con los tres exconcejales disconformes con el acto del 30 aniversario de las inundaciones y les invitó a que hablasen con el Sr. Isasi para que les entregase el Pregón, una vez que lo tuviese preparado.

El Sr. Alcalde, Don Ekaitz Mentxaka Corral, continúa con su relato y subraya que llamó de nuevo a uno de esos tres exconcejales, Don Bonifacio Badillo Rubio, para hacerle entrega del texto del Pregón. Don Bonifacio Badillo Rubio acudió al Ayuntamiento y le comentó que había leído lo que decía la placa y que entendía que era partidista y, siendo esto así, se fue sin recoger el Pregón.

El Sr. Alcalde, Don Ekaitz Mentxaka Corral, critica los escritos enviados por los tres exconcejales disconformes con el evento, al recogerse afirmaciones tales como la de “aprovecharse de los muertos”.

Concluye su intervención diciendo que respeta la decisión de estos tres exconcejales, pero no está conforme con las formas.

14º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

No hubo.

No habiendo más asuntos que tratar y siendo las diecinueve horas y treinta minutos, por el Sr. Alcalde se levanta la Sesión, de todo lo cual, yo el Secretario, doy fe.

CUMPLASE: A reserva de lo que resulte de la aprobación definitiva del Acta. Ugao-Miraballes, a 2 de octubre de 2013

EL ALCALDE