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  • PDVSA N TITULO

    REV. FECHA DESCRIPCION PAG. REV. APROB. APROB.

    APROB. FECHAAPROB.FECHA

    VOLUMEN 1

    E PDVSA, 2005

    HO--H--14 SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    EMISIN ORIGINAL

    Eric Omaa ngen EstebanENE.11 ENE.11

    JUL.08

    ENE.11 V.S.

    V.S.

    1

    0

    REVISIN GENERAL 23

    23

    L.T.

    L.T.

    L.T.

    L.C.

    MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL

    ESPECIALISTAS

    PDVSA

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    La informacin contenida en este documento es propiedad de Petrleos de

    Venezuela, S.A. Esta prohibido su uso y reproduccin total o parcial, as como

    su almacenamiento en algn sistema o transmisin por algn medio

    (electrnico,mecnico, grfico, grabado, registradoocualquier otra forma) sin

    la autorizacin por escrito de su propietario. Todos los derechos estn

    reservados. Ante cualquier violacin a esta disposicin, el propietario se

    reserva las acciones civiles y penales a que haya lugar contra los infractores.

    Las Normas Tcnicas son de obligatorio cumplimiento del marco regulatorio

    en materia de Seguridad Industrial, Ambiente e Higiene Ocupacional y como

    parte del Control Interno de PDVSA para salvaguardar sus recursos, verificar

    la exactitud y veracidad de la informacin, promover la eficiencia, economa

    y calidad en sus operaciones, estimular la observancia de las polticas

    prescritas y lograr el cumplimiento de su misin, objetivos y metas, es un

    deber la participacin de todos en el ejercicio de la funcin contralora,

    apoyada por la Ley Orgnica Contralora General de la Repblica y

    Sistema Nacional de Control Fiscal, Artculos 35--39.

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    ndice1 OBJETIVO 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    2 ALCANCE 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    3 REFERENCIAS 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3.1 Marco Legal 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3.2 Normas PDVSA 4. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    4 DEFINICIONES 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4.1 Centros de Trabajo 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4.2 Condiciones de Trabajo 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4.3 Criterio de Mancomunidad 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4.4 Establecimiento 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4.5 Medio Ambiente de Trabajo 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4.6 Organizacin 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4.7 Salud 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4.8 Salud Ocupacional 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4.9 Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo 6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4.10 Unidad de Explotacin 7. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    5 LINEAMIENTOS 7. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    6 RESPONSABILIDADES 11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .6.1 De los Niveles Directivos y Gerentes de los Negocios y Filiales 11. . . . . . .6.2 Del Comit de Seguridad y Salud Laboral 11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .6.3 De los Delegadas y Delegadas de Prevencin 11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    7 FUNCIONES DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO 11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    8 FUNCIONES DE CADA UNA DE LAS ORGANIZACIONES QUEINTEGRAN EL SERVICIO DE SEGURIDADY SALUD EN EL TRABAJO 13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8.1 Calidad de Vida 13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8.2 Higiene Ocupacional 14. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8.3 Salud Ocupacional 15. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8.4 Seguridad Industrial 17. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8.5 Relaciones Laborales 18. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    9 FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUDEN EL TRABAJO 18. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9.1 Frecuencia de Reuniones 19. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9.2 Secretara 19. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9.3 Reuniones 20. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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    9.4 Planificacin de las Reuniones 20. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9.5 Puntos de Agenda 21. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9.6 Informe Resumen de las Actividades del Servicio 21. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9.7 Plan de Trabajo 22. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9.8 El Trabajo en el Servicio 22. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9.9 Documentacin y Registro 23. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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    1 OBJETIVOEstablecer los lineamientos para la organizacin y funcionamiento del Servicio deSeguridad y Salud en el Trabajo en los centros de trabajo, establecimientos ounidades de explotacin de PDVSA, sus Negocios y Filiales, como instanciafuncional y organizativa del Rgimen Prestacional de Seguridad y Salud en elTrabajo dentro de los lineamientos y disposiciones establecidas en la LeyOrgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo(LOPCYMAT), su Reglamento, y las Normas Tcnicas que dicte el rganocompetente; as como, en las Convenciones, Normas y RecomendacionesInternacionales ratificadas por la Repblica Bolivariana de Venezuela en lamateria.

    2 ALCANCEEsta norma es aplicable a todas las organizaciones y el personal que integrenen forma permanente o temporal el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajoque funcionen en todos y cada uno de los centros de trabajo, establecimientos ounidades de explotacin de PDVSA sus Negocios y Filiales,; as como, enaquellas empresas donde Petrleos de Venezuela, S.A., tenga participacinmayoritaria.

    Esta norma puede ser utilizada en los Servicios de Seguridad y Salud en elTrabajo conformados en los centros de trabajos, establecimientos o unidades deexplotacin de PDVSA fuera del Territorio Nacional, siempre y cuando nocontravenga la legislacin del pas correspondiente.

    3 REFERENCIAS

    3.1 Marco LegalLey Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. GacetaOficial No. 38.236 del 26 julio de 2005.

    Reglamento Parcial de la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y MedioAmbiente de Trabajo. Gaceta Oficial No. 38.596 del 03 de enero de 2007.

    3.2 Normas PDVSAHO--H--17 Procedimiento para la Investigacin de Enfermedades

    Ocupacionales en PDVSA.SI--S--06 Sistema Integrado de Gestin de Riesgos (SIR--PDVSA

    Requisitos.IR--S--06 Manejo del Cambio.

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    4 DEFINICIONES

    4.1 Centros de TrabajoEs el espacio fsico donde labora determinado nmero de personas y que tienencarcter de permanencia.

    4.2 Condiciones de TrabajoDe acuerdo con el Art. 11 del reglamento de la LOPCYMAT, se entiende porcondiciones de trabajo:

    1. Las condiciones generales y especiales bajo las cuales se realiza laejecucin de las tareas.

    2. Los aspectos organizativos y funcionales de las empresas, centro detrabajo, explotacin, faena, establecimiento; as como de otras formasasociativas comunitarias de carcter productivo o de servicio en general; losmtodos, sistemas o procedimientos empleados en la ejecucin de lastareas; los servicios sociales que stos prestan a los trabajadores y lastrabajadoras, y los factores externos al medio ambiente de trabajo quetienen influencia sobre ste.

    4.3 Criterio de MancomunidadSon los acuerdos de cooperacin establecidos entre las disciplinas queconformas el SSST, pertenecientes a diferentes centros de trabajo propios dePDVSA, que se encuentren en la misma rea de influencia, esto con la finalidadde que sean cubiertas todas las funciones del Servicio en los centros de trabajoabarcados, cuando alguno de ellos no cuente con alguna de las mencionadasdisciplina.

    4.4 EstablecimientoEs la reunin de medios materiales y de un personal que trabaja en general enun mismo lugar, en una misma tarea y que estn bajo una direccin tcnicacomn, tengan o no fines de lucro.

    4.5 Medio Ambiente de TrabajoDe acuerdo con el Art. 10 del reglamento de la LOPCYMAT, se entiende pormedio ambiente de trabajo:

    1. Los lugares, locales o sitios, cerrados o al aire libre, donde personas prestenservicios a empresas, centros de trabajo, explotaciones, faenas yestablecimientos, cualquiera sea el sector de actividad econmica; ascomo otras formas asociativas comunitarias de carcter productivo o deservicio; o de cualquier otra naturaleza, sean pblicas o privadas, con lasexcepciones que establece la Ley.

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    2. Las situaciones de orden socio--cultural, de organizacin del trabajo y deinfraestructura fsica que de forma inmediata rodean la relacin hombre ymujer--trabajo, condicionando la calidad de vida de los trabajadores y lastrabajadoras y la de sus familias.

    3. Los espacios areos, acuticos y terrestres situados alrededor de laempresa, centro de trabajo, explotacin, faena, establecimiento; as comode otras formas asociativas comunitarias de carcter productivo o deservicio y que formen parte de las mismas.

    4.6 OrganizacinSon los negocios, divisiones, gerencias y dems estructuras de PDVSA y susfiliales sin personalidad jurdica, con funciones definidas y administracin propia.

    4.7 SaludEs el estado de completo bienestar fsico, mental y social y se manifiesta comola condicin individual y colectiva de calidad de vida y bienestar; es el resultadode condiciones biolgicas, materiales, psicolgicas, sociales, ambientales,culturales y de la organizacin y funcionamiento del sistema de salud.Comprendiendo un conjunto de condiciones biolgicas, psicolgicas, materiales,sociales y culturales que tienen como determinantes, entre otras, alimentacin,la vivienda, el saneamiento bsico, el medio ambiente, el trabajo, el transporte yel acceso a bienes y servicios esenciales.

    4.8 Salud OcupacionalEs el conjunto de medidas y acciones dirigidas a preservar, mejorar y reparar lasalud de las personas en su relacin de trabajo individual y colectiva, cuyoobjetivo es promover y mantener el mas alto grado de bienestar fsico, mental ysocial de los trabajadores y las trabajadoras en todas sus profesiones; prevenirtodo dao causado a la salud de estos por las condiciones y medio ambiente detrabajo; protegerlos en su empleo contra los riesgos resultantes de la existenciade agentes nocivos para la salud; colocar y mantener al trabajador y a latrabajadora en un empleo acorde con sus aptitudes fisiolgicas y psicolgicas y,en resumen, adaptar el trabajo al ser humano y cada ser humano a su trabajo(Comit Mixto OIT -- OMS).

    4.9 Servicio de Seguridad y Salud en el TrabajoEs una estructura funcional y organizacional de los patronos, patronas, y otrasformas asociativas comunitarias de carcter productivo o de servicios, que tienecomo objetivos la promocin, prevencin y vigilancia en materia de seguridad,salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, para proteger los derechoshumanos a la vida, a la salud e integridad personal de los trabajadores y lastrabajadoras.

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    4.10 Unidad de ExplotacinToda combinacin de factores de la produccin, sin personalidad jurdica propia,ni organizacin permanente, que busca satisfacer necesidades y cuyasoperaciones se refieren a un mismo centro de actividad econmica.

    5 LINEAMIENTOS5.1 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de PDVSA, como estructura

    funcional, debe estar constituido por un equipo de trabajo intergerencial ymultidisciplinario que estar conformado por Profesionales, Tcnicos, Auxiliaresy dems personal debidamente calificado o certificado en las reas de: medicinaocupacional, enfermera, terapia ocupacional, psicologa ocupacional,ergonoma, trabajo social, sociologa, seguridad industrial, higiene ocupacionaly relaciones industriales.

    Entendiendo, que en este momento, estos profesionales se encuentran en lasorganizaciones de:

    S Calidad de Vida.S Salud Ocupacional.S Higiene Ocupacional.S Seguridad Industrial.S Relaciones Laborales.Por otro lado, aquellos casos que el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajolo considere necesario se apoyar en:

    S Consultora Jurdica.S Infraestructura, Servicios Logsticos o su equivalente.S Cualquier otro que el caso amerite.

    5.2 En PDVSA, el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo tendr un nivel decarcter estratgico-- corporativo conformado por todo el personal de lasgerencias corporativas de las organizaciones sealadas en el punto anterior, quedictar las pautas generales e integrar la gestin corporativa en materia deseguridad y salud en el trabajo.

    5.2.1 En los negocios y filiales de PDVSA el Servicio de Seguridad y Salud en Trabajotendr un nivel de carcter tctico y operativo por cada centro de trabajo,establecimiento o unidad de produccin (reas operacionales de los negocios yfiliales de PDVSA). y estarn conformados por todo el personal de lasorganizaciones sealadas en el punto anterior (5.1).

    Estos estarn inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Seguridad y Saluden el Trabajo llevado por INPSASEL y realizarn las funciones establecidas enla LOPCYMAT y su Reglamento.

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    5.3 A fin de planificar y hacer seguimiento a las actividades, se conformar un equipode trabajo que ser la representacin del SSST, para lo cual cada organizacinintegrante designar un representante como principal y uno como suplente, estarepresentacin debe tener suficiente ascendencia en la organizacin querepresenta y debe contar con poder de decisin y el manejo de recursosnecesarios para la planificacin y ejecucin de las actividades.

    5.4 Aquellos centros de trabajo, establecimientos y unidades de produccin, que noposean todas las disciplinas descritas en el punto 5.1 se deben apoyar en lasdems organizaciones de PDVSA establecidas en su rea de influencia quedesempean estas funciones basados en el criterio de mancomunidad.

    5.5 Se debe incluir, en los pliegos de contratacin de obras y servicios, laobligatoriedad de las empresas contratistas de contar con un Servicio deSeguridad y Salud en el Trabajo.

    5.6 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene como mbito de accinsubjetiva a todos los trabajadores y las trabajadoras propios permanentes otemporales, aprendices, empleados gubernamentales (Bajo comisin deservicio) y miembros de la fuerza armada que laboren en las organizaciones dePDVSA.

    5.7 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe apoyar en materia deprevencin, basados en el principio de corresponsabilidad, a todas las personasy organizaciones que desarrollen alguna actividad en las instalaciones de laempresa, tales como: empresas contratistas, pasantes, tesistas.

    5.8 Todas las personas que tengan actividades, funciones y responsabilidades en elServicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, que requiera certificacin, debenestar acreditadas por el INPSASEL y no deben realizar actividades distintas paralas que han sido acreditadas.

    5.9 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y sus integrantes deben tenerindependencia y autonoma profesional, en materia de seguridad y salud en eltrabajo, respecto a las organizaciones a las que pertenecen, las cuales seabstendrn de realizar cualquier tipo de coercin o coaccin contra aquellos conocasin al ejercicio de sus funciones.

    5.10 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe armonizar y coordinar lasactividades, de acuerdo con lo establecido en el Art. 48 numeral 3 de laLOPCYMAT, con el Comit de Seguridad y Salud Laboral como rgano einstancia de consulta y participacin en materia de seguridad y salud laboral.

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    5.11 El Servicio de Seguridad y Salud debe funcionar y cumplir con el RgimenPrestacional sobre los principios de Simplicidad Administrativa, Eficiencia,Eficacia, Respuesta Oportuna, Racionalidad Tcnica y Humanismo.

    5.12 El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo se sustenta en 3 lneas de accin:

    5.12.1 Promocin del Trabajo Seguro y Saludable, a travs de:

    a. Evaluacin de nuevos proyectos, instalaciones y modificaciones antes de darinicio a su ejecucin.

    b. Implementacin de los sistemas de trabajo que garanticen la salud, seguridad ycalidad de vida en armona con las necesidades operacionales.

    c. Adecuacin de los mtodos de trabajo; as como, las edificaciones,instalaciones, maquinarias, herramientas y tiles, utilizados en el proceso detrabajo de acuerdo con las caractersticas psicolgicas, cognitivas, culturales yantropomtricas de los trabajadores y las trabajadoras.

    d. Elaboracin e implementacin del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo,previa aprobacin del Comit de Seguridad y Salud Laboral.

    e. Consulta a los trabajadores y las trabajadoras y al Comit de Seguridad y SaludLaboral, de las medidas que prevean cambios en la organizacin del trabajo.

    f. Disponibilidad de informacin, a los trabajadores y las trabajadoras acerca de lascondiciones en las cuales se va a desarrollar el trabajo, posibles daos, mediosy medidas para prevenirlos.

    g. Notificacin de los peligros y riesgos asociados a las instalaciones y puestos detrabajo.

    h. Formacin terica y prctica suficiente, adecuada y peridica, al personalgerencial, supervisorio, trabajadores, trabajadoras, relacionados y contratistas.

    i. Sistema de Vigilancia Epidemiolgica de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    j. Desarrollo y actualizacin de los planes de emergencia y contingencia, as comode la infraestructura requerida para tales fines.

    k. Reubicacin o reinsercin socio -- laboral de los trabajadores y las trabajadorasque sufran algn tipo de discapacidad ocasionada o no por el trabajo.

    l. Participacin de los trabajadores y las trabajadoras en la gestin de la seguridady salud en el trabajo con una relacin transparente entre el personal supervisorioy personal supervisado, enmarcado en el principio de corresponsabilidad.

    m. Desarrollo e implantacin de un sistema de perfiles profesiogrficos.

    n. Polticas de prevencin de conductas ofensivas, maliciosas, intimidatorias y decualquier acto que perjudique fsica, psicolgica o moralmente a los trabajadoresy las trabajadoras; as como, cualquier situacin de acoso por medio de ladegradacin de las condiciones del medio ambiente de trabajo.

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    o. Seguridad jurdica en el ejercicio y desarrollo de la actividad en materia deseguridad y salud laboral.

    p. Privacidad y confidencialidad de cada trabajador o trabajadora, en relacin conel vnculo laboral.

    q. Cumplimiento de los regmenes prestacionales.

    r. Eleccin de los Delegados y las Delegadas de Prevencin; as como, laconformacin y funcionamiento del Comit de Seguridad y Salud Laboral.

    s. Adecuacin de los planes y programas de la Corporacin a las polticasnacionales de seguridad y salud en el trabajo.

    t. Cumplimiento oportuno de los planes y procedimientos de seguridad y salud enel trabajo.

    u. Informes al INPSASEL la gestin de Seguridad y Salud en el trabajo.

    v. Formacin y capacitacin de los Delegados y las Delegadas de Prevencin y suincorporacin a la gestin de seguridad y salud laboral.

    w. Respuesta oportuna por parte de los supervisores y gerentes a los requerimientosde los Delegados y las Delegadas de Prevencin en relacin a la seguridad ysalud en el trabajo.

    5.12.2 Prevencin de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Ocupacionales, atravs de:

    a. Identificacin de los peligros y riesgos ocupacionales, asociados a lasinstalaciones y puestos de trabajo.

    b. Evaluacin peridica de los riesgos ocupacionales asociados a las instalacionesy puestos de trabajo.

    c. Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    d. Control de las condiciones y ambiente de trabajo, en la prevencin de losaccidentes y enfermedades ocupacionales.

    e. Procedimientos y medidas de proteccin adecuados a los niveles de riesgos ya las capacidades fsicas y mentales de los trabajadores y las trabajadoras.

    f. Condiciones de trabajo seguras y saludables.

    g. Mantenimiento y uso adecuado de las instalaciones, equipos, procesos yherramientas de trabajo; as como, de las instalaciones de saneamiento bsicoindustrial y las de recreacin, descanso y uso del tiempo libre.

    5.12.3 Descanso, Recreacin y uso del Tiempo Libre, a travs de:

    a. Cumplimiento del descanso entre jornada de trabajo y el uso adecuado de lashoras extraordinarias.

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    b. Disfrute de las vacaciones por parte de los trabajadores y las trabajadoras.

    c. Programas de recreacin dentro de la jornada de trabajo.

    d. Programas de utilizacin del tiempo libre y turismo social.

    e. Sistema de Indicadores para el seguimiento de la efectividad de los programasde descanso, recreacin y utilizacin del tiempo libre.

    f. Construccin, dotacin, adecuacin, mantenimiento y proteccin deinfraestructura destinada a los programas de descanso, recreacin, utilizacindel tiempo libre y turismo social.

    6 RESPONSABILIDADES

    6.1 De los Niveles Directivos y Gerentes de los Negocios y Filiales

    6.1.1 Asegurar la conformacin de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo ensus reas de influencia, de acuerdo con lo establecido en el Artculo 39 de laLOPCYMAT.

    6.1.2 Proporcionar los recursos necesarios para la conformacin y funcionamiento delServicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo con lo establecido en laLOPCYMAT, el Reglamento de la LOPCYMAT, las normas tcnicas que elINPSASEL dicte al respecto y en esta norma.

    6.2 Del Comit de Seguridad y Salud Laboral

    6.2.1 Ejercer labores de contralora sobre el Servicio de Seguridad y Salud en elTrabajo, de acuerdo a lo indicado en el Artculo 48 numeral 3 y 8 de la LOPCYMAT.

    6.2.2 Las dems establecidas en la LOPCYMAT y en su Reglamento.

    6.3 De los Delegadas y Delegadas de PrevencinLas establecidas en la LOPCYMAT y en su Reglamento.

    7 FUNCIONES DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD ENEL TRABAJO

    7.1 Promocionar la proteccin de los trabajadores y las trabajadoras contra todacondicin que perjudique su salud producto de la actividad laboral y de lascondiciones en que esta se ejecutan.

    7.2 Promover y mantener el nivel ms elevado posible de bienestar fsico, mental ysocial de los trabajadores y las trabajadoras.

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    PDVSA

    7.3 Vigilar la salud de los trabajadores y las trabajadoras en relacin con el trabajo.

    7.4 Suministrar oportunamente a los trabajadores y las trabajadoras los informes,exmenes, anlisis clnicos y paraclnicos, que sean practicados por el Serviciode Seguridad y Salud en el Trabajo.

    7.5 Velar el cumplimiento efectivo de las vacaciones por parte de los trabajadores ylas trabajadoras y el descanso de la jornada diaria.

    7.6 Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia Epidemiolgica de accidentesy enfermedades ocupacionales, de conformidad con lo establecido en laLOPCYMAT, su Reglamento y las normas tcnicas que se dicten al efecto.

    7.7 Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia de la utilizacin del tiempo libre,de conformidad con lo establecido en la LOPCYMAT, suReglamento y las normastcnicas que se dicten al efecto.

    7.8 Reportar las estadsticas de los accidentes de trabajo y las enfermedadesocupacionales al INPSASEL, de conformidad a lo establecido en la LOPCYMAT,su Reglamento y las normas tcnicas que se dicten al efecto.

    7.9 Desarrollar programas de promocin de la seguridad y salud en el trabajo, deprevencin de accidentes y enfermedades ocupacionales, de recreacin,utilizacin del tiempo libre, descanso y turismo social.

    7.10 Promover planes para la construccin, dotacin, mantenimiento y proteccin deinfraestructura destinadas a los programas de recreacin, utilizacin del tiempolibre, descanso y turismo social.

    7.11 Organizar los sistemas de atencin de primeros auxilios, transporte delesionados, atencin mdica de emergencia y respuestas y planes decontingencia.

    7.12 Investigar los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales y adoptarlos correctivos necesarios, sin que esta actuacin interfiera con las competenciasde las autoridades pblicas.

    7.13 Evaluar y conocer las condiciones de las nuevas instalaciones, maquinarias,equipos y herramientas antes de dar inicio a su funcionamiento; as como formary capacitar a los trabajadores y las trabajadoras sobre los mismos.

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    7.14 Elaborar la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo con laparticipacin activa de los trabajadores y las trabajadoras, los delegados y lasdelegadas de Prevencin, y someterlo a la consideracin del Comit deSeguridad y Salud Laboral, a los fines de ser presentado al INPSASEL para suaprobacin y registro.

    7.15 Aprobar los proyectos de nuevos ambientes y puestos de trabajo o los cambiosde los mismos (Norma PDVSA IR--S--06), en relacin con su componente deseguridad y salud en el trabajo.

    7.16 Participar en la elaboracin de los planes y actividades de formacin de lostrabajadores y las trabajadoras.

    7.17 Identificar, evaluar y proponer los correctivos que permitan controlar lascondiciones y medio ambiente de trabajo que puedan afectar tanto la salud fsicacomo mental de los trabajadores y las trabajadoras en el lugar de trabajo,comedores, alojamientos o instalaciones sanitarias o que pueden incidir en elambiente externo del centro de trabajo o sobre la salud de su familia.

    7.18 Informar, formar, educar y asesorar a los trabajadores y las trabajadoras, enmateria de seguridad y salud en el trabajo.

    7.19 Reportar al Ministerio de Salud las enfermedades de notificacin obligatoria queno sean de carcter ocupacional.

    7.20 Realizar el diagnstico sobre las enfermedades ocupacionales padecidas por lostrabajadores y las trabajadoras, en coordinacin con el INPSASEL y el Ministeriode Salud.

    7.21 Implementar el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    7.22 Las dems que sealen los reglamentos y las normas tcnicas dictadas por elMinisterio del Trabajo y Seguridad Social y las guas tcnicas elaboradas por elINPSASEL.

    8 FUNCIONES DE CADA UNA DE LAS ORGANIZACIONESQUE INTEGRAN EL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUDEN EL TRABAJO

    8.1 Calidad de Vida8.1.1 Asegurar, conjuntamente con la lnea supervisoria, el cumplimiento efectivo de

    las vacaciones por parte de los trabajadores y las trabajadoras; as como, eldescanso de la jornada diaria.

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    8.1.2 Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia de la utilizacin del tiempo libre,de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la LOPCYMAT.

    8.1.3 Promover planes para la construccin, dotacin, mantenimiento y proteccin deinfraestructura destinadas a los programas de recreacin, utilizacin del tiempolibre, descanso y turismo social.

    8.1.4 Desarrollar programas y planes de recreacin, utilizacin del tiempo libre,descanso, turismo social y laboral.

    8.1.5 Promover e incentivar la educacin y divulgacin en relacin con la importanciade la recreacin, utilizacin del tiempo libre, descanso, turismo social y laboralpara la calidad de vida de los trabajadores y las trabajadoras.

    8.1.6 Cualquier otra funcin establecida en la LOPCYMAT, suReglamento y las normastcnicas que se dicten al efecto.

    8.2 Higiene Ocupacional8.2.1 Identificar, analizar y evaluar los procesos peligrosos y factores de riesgo

    ocupacionales asociados con las condiciones y medio ambiente de trabajo,estableciendo los mecanismos de prevencin y control correspondientes, en lafuente o en el origen.

    8.2.2 Evaluar los puestos de trabajo, a fin de adaptarlos al trabajador y la trabajadora;minimizando y controlando los riesgos y procesos peligrosos.

    8.2.3 Mantener registros con informacin actualizada sobre las caractersticas de lospuestos de trabajo.

    8.2.4 Participar activamente en todas las fases de los proyectos, asegurando lainclusin de los aspectos legales, de prevencin y control de riesgosocupacionales.

    8.2.5 Gestionar con Recursos Humanos, las acciones de formacin y divulgacin delpersonal enmateria de identificacin, prevencin, evaluacin y control de riesgosocupacionales.

    8.2.6 Realizar auditorias al cumplimiento legal y a todos los tpicos de HigieneOcupacional que as lo requieran.

    8.2.7 Participar, activamente, como asesor en los Comits de Seguridad y SaludLaboral, cuando sea requerido.

    8.2.8 Realizar informes tcnicos de las actividades de evaluacin, minimizacin ycontrol de riesgos ocupacionales.

    8.2.9 Informar a los custodios de las instalaciones y al Comit de Seguridad y SaludLaboral sobre cualquier desviacin relacionada con aspectos de HigieneOcupacional, a fin de que sean tomados los correctivos correspondientes.

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    8.2.10 Participar, activamente con el resto del equipo, en el desarrollo e implementacinde los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, de prevencin deaccidentes y enfermedades ocupacionales, de recreacin, utilizacin del tiempolibre, descanso y turismo social.

    8.2.11 Asesorar, evaluar y seleccionar, con el resto del SSST, los equipos de proteccinpersonal y colectiva.

    8.2.12 Participar, activamente con el resto del equipo, en los anlisis de riesgo yprocesos peligrosos asociados a cambios, introduccin de nuevas tecnologas omodificaciones en los puestos de trabajo.

    8.2.13 Participar, conjuntamente con los dems integrantes del Servicio, en laelaboracin e implementacin de los sistemas de vigilancia epidemiolgica.

    8.2.14 Participan, activamente, con los dems integrantes del Servicio, en laimplementacin y evaluacin del Sistema de Gerencia Integral de RiesgosSIR--PDVSA.

    8.2.15 Participar, cuando le sea requerido con los dems integrantes del Servicio, en lainvestigacin de los accidentes de trabajo.

    8.2.16 Participar, activamente, en el proceso de investigacin de las enfermedadesocupacionales.

    8.2.17 Informar a los trabajadores, trabajadoras, custodios y custodias sobre losresultados de la evaluacin de los riesgos en el ambiente y puestos de trabajo.

    8.2.18 Hacer seguimiento y control al cumplimiento de las recomendaciones generadasen materia de Higiene Ocupacional.

    8.2.19 Informar sobre los cambios en la legislacin enmateria de riesgos ocupacionalesque pudieran impactar a las operaciones.

    8.2.20 Cualquier otra funcin establecida en la LOPCYMAT, suReglamento y las normastcnicas que se dicten al efecto.

    8.3 Salud Ocupacional

    8.3.1 Realizar exmenes mdicos integrales de salud: Pre--empleo, Peridicos(Monitoreos Biolgicos requeridos, Pre--Vacacional, Post--Vacacional, deTerminacin) y Evaluacin Continua Orientada al Riesgo Ocupacional.

    8.3.2 Participar activamente en el desarrollo e implementacin de los Programas deSeguridad y Salud en el Trabajo.

    8.3.3 Aplicar tratamiento mdico oportuno para restaurar la salud de los trabajadoresy las trabajadoras.

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    8.3.4 Auditar el cumplimiento de las recomendaciones mdicas.

    8.3.5 Participar, activamente con el resto del equipo, en la elaboracin eimplementacin de los sistemas de vigilancia epidemiolgica.

    8.3.6 Participar, activamente, con los dems integrantes del Servicio, en laimplementacin y evaluacin del Sistema Integrado de Gestin de RiesgosSIR--PDVSA.

    8.3.7 Participar activamente, como asesor, en los Comits de Seguridad y Salud en elTrabajo, cuando sea requerido.

    8.3.8 Organizar lo relacionado con los primeros auxilios y la atencin mdica.

    8.3.9 Gestionar con Recursos Humanos, las acciones de formacin del personal ydivulgacin en materia de salud de manera especfica en lo relacionado con losefectos por la exposicin a los riesgos en la salud de los trabajadores y lastrabajadoras.

    8.3.10 Participar, cuando le sea requerido en el comit de investigacin de accidentes.

    8.3.11 Investigar y diagnosticar, con el resto del equipo, las enfermedadesocupacionales, segn lo establecido en la Norma PDVSA HO--H--17.

    8.3.12 Informar y declarar las enfermedades ocupacionales ante el INPSASEL, segnlo establecido en la Norma PDVSA HO--H--17.

    8.3.13 Comunicar a los trabajadores y las trabajadoras los resultados de los exmenesde salud, despus de su obtencin.

    8.3.14 Garantizar la confidencialidad del diagnstico mdico.

    8.3.15 Participar activamente, con el resto del equipo, en la evaluacin cualitativa de losfactores de riesgos en el ambiente de trabajo, para establecer los mecanismosde control correspondientes.

    8.3.16 Participar, activamente, con el resto del equipo, en la evaluacin y seleccin delos equipos de proteccin personal y colectiva.

    8.3.17 Participar, activamente, en conjunto con Higiene Ocupacional, en la evaluacinde los puestos de trabajo, a fin de adaptarlos al trabajador o la trabajadora,minimizar los riesgos para prevenir los impactos a la salud.

    8.3.18 Participar, activamente, en todas las fases de los proyectos, asegurando lainclusin de los aspectos legales y de prevencin relacionados con la salud delos trabajadores y las trabajadoras.

    8.3.19 Participar, activamente, con el resto del equipo, en el anlisis de riesgosasociados a cambios o modificaciones en las instalaciones o en los procesos detrabajo.

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    8.3.20 Realizar seguimiento al cumplimiento legal y a las recomendacionesrelacionadas con medicina ocupacional, orientadas a la prevencin en laaparicin de enfermedades ocupacionales.

    8.3.21 Realizar informes tcnicos sobre perfil de salud y epidemiologa ocupacional.

    8.3.22 Cualquier otra funcin establecida en la LOPCYMAT, suReglamento y las normastcnicas que se dicten al efecto.

    8.4 Seguridad Industrial

    8.4.1 Identificar, evaluar y analizar los peligros y riesgos, estableciendo losmecanismos de prevencin y control correspondientes.

    8.4.2 Participar, activamente, con el resto del equipo, en la evaluacin y seleccin delos equipos de proteccin personal y colectiva.

    8.4.3 Mantener registros actualizados de las estadsticas de desviaciones, incidentesy accidentes de trabajo.

    8.4.4 Mantener registros con informacin actualizada sobre las caractersticas de losambientes de trabajo, asociada a la identificacin, prevencin y control deriesgos.

    8.4.5 Participar, activamente, en todas las fases de los proyectos, asegurando lainclusin de los aspectos legales, de prevencin y control de riesgos.

    8.4.6 Gestionar con Recursos Humanos, las acciones de formacin del personal ydivulgacin en materia de identificacin, prevencin, evaluacin y control deriesgos y procesos peligrosos.

    8.4.7 Participar activamente, con el resto del equipo, en la investigacin de losaccidentes de trabajo.

    8.4.8 Participar activamente, con el resto del equipo, en el anlisis de riesgos asociadosa cambios o modificaciones en las instalaciones o en los procesos de trabajo.

    8.4.9 Realizar seguimiento al cumplimiento legal y a todos los tpicos de SeguridadIndustrial que as lo requieran.

    8.4.10 Participar activamente, como asesor, en los Comits de Seguridad y SaludLaboral, cuando sea requerido.

    8.4.11 Realizar informes tcnicos de las actividades de evaluacin, prevencin y controlde riesgos y procesos peligrosos.

    8.4.12 Informar a los custodios de las instalaciones y al Comit de Seguridad y SaludLaboral sobre cualquier desviacin relacionada con seguridad industrial, a fin deque sean tomados los correctivos correspondientes para el control del riesgo.

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    8.4.13 Participar, activamente, en el desarrollo e implementacin de los Programas deSeguridad y Salud en el Trabajo, de prevencin de accidentes y enfermedadesocupacionales, de recreacin, utilizacin del tiempo libre, descanso y turismosocial, conjuntamente con el resto del equipo.

    8.4.14 Participar conjuntamente con los dems integrantes del Servicio, en laelaboracin e implementacin de los sistemas de vigilancia epidemiolgica deaccidentes y enfermedades ocupacionales.

    8.4.15 Participar, activamente, con los dems integrantes del Servicio, en laimplementacin y evaluacin del Sistema de Gerencia Integral de RiesgosSIR--PDVSA .

    8.4.16 Participar, activamente, en la realizacin de los Anlisis Cuantitativos de Riesgo.

    8.4.17 Cualquier otra funcin establecida en la LOPCYMAT, su Reglamento parcial y lasnormas tcnicas que se dicten al efecto.

    8.5 Relaciones Laborales8.5.1 Participar, activamente, en las reuniones del Servicio de Seguridad y Salud en el

    Trabajo.

    8.5.2 Asegurar, conjuntamente con la lnea supervisoria, el cumplimiento efectivo delas vacaciones por parte de los trabajadores y las trabajadoras; as como, eldescanso de la jornada diaria.

    8.5.3 Asegurar el registro de las horas extras, das compensatorios, das de descansode los trabajadores y las trabajadoras.

    8.5.4 Gestionar con Recursos Humanos, las acciones de formacin del personal ydivulgacin del marco legal relacionado con la de materia seguridad y saludlaboral.

    9 FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD YSALUD EN EL TRABAJO

    Las actividades y funcionamiento del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajosern planificadas y revisadas por la representacin del SSST indicada en elpunto 5.4 , a travs de reuniones ordinarias y extraordinarias, coordinadas poruna Secretara que ser elegida entre sus integrantes en la primera reunin delSSST y tendr una duracin de seis (6) meses, rotndose la misma entre susrepresentantes.Los representantes del SSST tendrn como responsabilidades adems de lassealadas en punto 7 de esta norma, la coordinacin y seguimiento de lasactividades y funcionamiento del SSST y representar al SSST ante elINPSASEL y aquellos entes de prevencin, control y seguimiento que as lorequieran.

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    9.1 Frecuencia de Reuniones

    9.1.1 El equipo de trabajo constituido por los representantes del Servicio de Seguridady Salud en el Trabajo antes indicado, se reunir ordinariamente con la frecuenciaestablecida en su reunin inicial o constitutiva, segn la naturaleza de lasactividades y su complejidad, no debiendo ser este lapso, mayor a un mes y conun mnimo de 12 reuniones anuales. Solo sern suspendidas las reunionesordinarias en caso fortuito fuerza mayor, las cuales deben ser justificadas yreprogramadas al momento de la cancelacin.

    9.1.2 Se podr convocar reuniones extraordinarias cuando el Servicio lo considerenecesario.

    9.1.3 De cada una de las reuniones se elaborar la minuta correspondiente.

    9.2 SecretaraA fin de llevar a cabo las reuniones, planificacin, control, seguimiento de lagestin del SSST, se tienen las siguientes responsabilidades.

    9.2.1 De la Secretara

    a. Convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias.

    b. Llevar el control de asistencia a la reunin.

    c. Mantener y resguardar registros de toda la documentacin generada por la SSSTdurante las reuniones, debiendo definirse en su primera reunin los documentosy registros que deben ser resguardados, mantenidos y actualizados por cadaorganizacin integrante del SSST.

    d. Elaborar la minuta de la reunin y enviarla a los representantes del Servicio deSeguridad y Salud en el Trabajo.

    e. Firmar las comunicaciones exigidas por el INPSASEL y cualquier otra que le searequerida.

    f. Representar el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo ante las instanciasque le correspondan.

    g. Consolidar el reporte de la gestin del Servicio de Seguridad y Salud en elTrabajo.

    h. Recibir la informacin relacionada con los puntos de agenda y consolidarla antesde la reunin.

    i. Hacer seguimiento de los acuerdos establecidos en la minuta.

    9.2.2 De los dems representantes del equipo de trabajo de coordinacin yseguimiento

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    a. Consolidar la informacin que se incluir en el informe de gestin del Servicio deSeguridad y Salud en el Trabajo.

    b. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias.

    c. Justificar, anticipadamente su ausencia a las reuniones, ante el Servicio deSeguridad y Salud en el Trabajo.

    d. Todas las dems establecidas en la LOPCYMAT, su reglamento y normastcnicas que se dicten al respecto.

    e. Velar por la seguridad y salud en el trabajo con inters social y el cumplimientode la LOPCYMAT, su reglamento y normas tcnicas que se dicten al respecto.

    9.3 Reuniones

    9.3.1 Se debe establecer y considerar esta actividad como parte del trabajo de cadauno de sus integrantes, incluyendo la obligatoriedad de cumplir con sus funcionesy la asistencia a las reuniones.

    9.3.2 En las reuniones ordinarias y extraordinarias debe participar un representanteprincipal de cada una de las organizaciones que lo conforman, en aquellos casosdebidamente justificados de ausencia del principal, asistir el suplente o alterno.

    9.3.3 Es requisito indispensable la presencia de al menos el 75% de los representantes(principal o alterno), para que una reunin formal sea vlida. La ausencia dealguna organizacin debe ser notificada por escrito, con su justificacincorrespondiente, a la secretara.

    9.3.4 Los puntos de agenda slo sern tratados si se cuenta con la presencia de cadauna de las organizaciones directamente relacionados con la materia, en casocontrario, sern diferidos para una prxima reunin.

    9.3.5 Las decisiones de la reunin slo sern tratadas por consenso.

    9.4 Planificacin de las Reuniones

    9.4.1 Una vez constituido el equipo de planificacin y seguimiento del funcionamientodel Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, se deben planificar las reunionesordinarias para un periodo de un ao.

    9.4.2 La Secretara enviar un recordatorio de las reuniones planificadas con unasemana de anticipacin, asegurando que todos los convocados cuenten con lainformacin necesaria, la cual debe incluir como mnimo:

    S Fecha y lugar de reunin.S Puntos de agenda.S Invitados.

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    En caso de suspensin de reuniones ordinarias, se debe informar, al menos contres (3) das de anticipacin, los motivos de la suspensin y la reprogramacin dela reunin.Las reuniones extraordinarias sern convocadas con anticipacin, asegurandoque todos los convocados cuenten con la informacin necesaria indicadaanteriormente.

    9.5 Puntos de Agenda9.5.1 Las reuniones tendrn como finalidad planificar, evaluar y hacer seguimiento a

    las actividades del Servicio..

    9.5.2 Los puntos de agenda sern establecidos previamente.

    9.5.3 Las solicitudes de puntos de inters generados por las reas operacionales oadministrativas de PDVSA y las generadas por el Comit de Seguridad y SaludLaboral, para ser incluidos en la agenda, deben ser canalizadas por losrepresentantes de las organizaciones que conforman el Servicio y sernentregadas a la Secretara del Servicio a mas tardar una semana antes de lafecha pautada para la reunin.

    9.6 Informe Resumen de las Actividades del Servicio9.6.1 Las actividades del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo sern reportadas

    trimestralmente, a la mxima autoridad a nivel regional y a las OrganizacionesFuncionales Corporativas, a travs de un Informe de Gestin.

    9.6.2 El informe de gestin del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, debe serconsolidado por la secretara y debe contener como mnimo:

    1. Cumplimiento de las vacaciones por parte de los trabajadores y lastrabajadoras, as como, el descanso de la jornada diaria.

    2. Sistema de Vigilancia Epidemiolgica de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    3. Reporte de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales alInstituto Nacional de Prevencin, Salud y Seguridad Laborales.

    4. Sistema de Vigilancia de la utilizacin del tiempo libre.

    5. Cumplimiento de las actividades del Programa de Seguridad y Salud en elTrabajo.

    6. Programas de promocin de la seguridad y salud en el trabajo, deprevencin de accidentes y enfermedades ocupacionales, de descanso,recreacin, utilizacin del tiempo libre y turismo social.

    7. Conocimiento y evaluacin de nuevos procesos, instalaciones y puestos detrabajo o la remodelacin de los mismos en relacin a la insercin de loscomponentes de seguridad y salud en el trabajo desde sus etapas mstempranas.

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    8. Promocin de los planes para la construccin, dotacin, mantenimiento yproteccin de infraestructura destinada a los programas de descanso,recreacin, utilizacin del tiempo libre y turismo social.

    9. Reporte del estado de los sistemas de atencin de primeros auxilios,transporte de lesionados, atencin mdica de emergencia y respuestas yplanes de contingencia.

    10. Reporte de investigacin de los accidentes de trabajo y las enfermedadesocupacionales.

    11. Control y seguimiento de los planes y actividades de formacin del personalgerencial, supervisorio y de los trabajadores y las trabajadoras.

    12. Reporte de morbilidad, mortalidad, accidentalidad, polticas de seguridad ysalud, planes de prevencin normados por el INPSASEL, medidas deprevencin adoptadas y dems elementos que influyan en la calificacin deriesgo establecida en la LOPCYMAT.

    13. Cumplimiento de planes de accin, responsables y recursos ejecutados.

    9.7 Plan de TrabajoEl Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo debe elaborar, en el segundotrimestre del ao, el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, para el aosiguiente, siguiendo lo indicado en la normativa vigente en la materia, el cual sersometido a la aprobacin del Comit de Seguridad y Salud Laboral y delINPSASEL; y se le realizar un seguimiento continuo a fin de tomar loscorrectivos necesarios, con miras a garantizar su mejoramiento continuo.

    9.8 El Trabajo en el ServicioEn sus funciones imperar la construccin colectiva, prevaleciendo lapersuasin, el convencimiento y la evidencia cientifico--tcnica en su accionardiario.

    Los resultados del Servicio deben ser elaborados, colectivamente, por losintegrantes del mismo.

    Los mecanismos de comunicacin sern los mismos utilizados por PDVSA.

    El Servicio enviar a la organizacin que realice una solicitud o requerimiento,una notificacin escrita, informando los resultados obtenidos, a ms tardar tres(3) das hbiles despus de la reunin, con copia a cualquier otra organizacininvolucrada.

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    9.9 Documentacin y Registro

    9.9.1 Se establecer la documentacin necesaria para el funcionamiento de losServicios.

    9.9.2 Tal como contempla la Ley, se documentarn y mantendrn registro de todas lasacciones realizadas por el Servicio.

    9.9.3 Se mantendr un registro de cada uno de los aspectos considerados en losServicios que permita disponer de soportes para auditorias.

    9.9.4 Se debe conservar copia de los registros de los Especialistas y del Servicio, anteel INPSASEL, bajo la custodia de la secretara.

    9.9.5 Los documentos y registros de la gestin del SSST, se mantendrn bajo lacustodia de la secretara.

    9.9.6 Cada organizacin mantendr los registros especficos de las accionesrealizadas.

    9.9.7 En la primera reunin del SSST se establecern documentos y registros amantener, indicando quien lo debe mantener y por cuanto tiempo.

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