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Historia de la Ley Nº 20.666 Concede la nacionalidad chilena, por especial gracia, al músico Daniel Lencina D’Andrea

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Historia de la Ley

Nº 20.666

Concede la nacionalidad chilena, por especial gracia, al músico Daniel Lencina D’Andrea

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de

formación de la ley. Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no

proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

Índice

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 4

1.1. Moción Parlamentaria 4

1.2. Informe de Comisión de Derechos Humanos 6

1.3. Discusión en Sala 12

1.4. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora 18

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado 19

2.1. Informe de Comisión de Derechos Humanos 19

2.2. Discusión en Sala 26

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen 34

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados 35

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo. 35

4. Publicación de ley en Diario Oficial 36

4.1. Ley N° 20.666 36

Historia de la Ley N° 20.666 Página 4 de 37

MOCIÓN PARLAMENTARIA

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de

Diputados

1.1. Moción Parlamentaria Moción de los señores Diputados don Gabriel Ascencio Mansilla, Alfonso De Urresti Longton, José Manuel Edwards Silva, Ramón Farías Ponce, Hugo Gutiérrez Gálvez, Iván Moreira Barros, Sergio Ojeda Uribe, Joel Rosales

Guzmán, Felipe Salaberry Soto y la Diputada doña Ximena Vidal Lázaro. Fecha 14 de junio, 2012. Cuenta en Sesión 43. Legislatura 360.

Concede la nacionalidad por gracia al músico Daniel Lencina D´Andrea

Boletín N 8368-17

Nuestra Constitución Política establece en su artículo 10 N' 5 que serán chilenos, los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley. A través

de esta disposición nuestro orden jurídico consagra explícitamente que extranjeros, pueden alcanzar la nacionalidad chilena a partir de los altos

servicios o aportes de éstos al país y a la sociedad.

Lo anterior se establece, como una forma de reconocer a estas personas sus esfuerzos sinceros por hacer de Chile una nación más grande, ofreciendo sus virtudes y aptitudes al servicio de la sociedad chilena en los más diversos

ámbitos del quehacer nacional, y en tal sentido es precisamente la población quienes a través de sus representantes y a través de la ley como instrumento

legislativo conceden este reconocimiento a tan ilustres personalidades. Es así como la nacionalización por gracia, más allá de las fundamentaciones

jurídicas, constituye un reconocimiento que distingue a extranjeros ilustres que han efectuado un aporte significativo al progreso del país en ámbitos como el.

científico, artístico, deportivo y cultural Que en virtud de la presente iniciativa legal, los firmantes manifestamos

nuestro reconocimiento al notable músico don Daniel Lencina, nacido en la ciudad de Fray Bentos, Uruguay, el 17 de julio de 1938. De esposa e hijos

chilenos, Lencina se ha destacado como uno de los Trompetistas más afamados de la escena nacional, con una dilatada y fructífera carrera de más de 30 años, inscribiendo su nombre como uno de los maestros más notables.

Daniel Lencina es uno de los íconos de la música americana. Con una extensa

carrera que abarca actuaciones en casi toda América, en E Lados Unidos y Puerto Rico, y por supuesto en Chile, país que le brinda todo su cariño.

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MOCIÓN PARLAMENTARIA

Programas corno Tiempo de Swing y El Teléfono Musical, ambos de los setenta, y 22 años como rostro de Sábados Gigantes y por supuesto del

Canal 13 avalan una trayectoria de éxitos. Ha participado en prácticamente todos los estelares de tos canales más importantes del país, combinando sus apariciones televisivas con viajes a

innumerables actuaciones en conciertos de Jazz en Argentina, Paraguay, Perú y demás países.

Hoy en día mantiene sus condiciones de maestro de la música americana y realiza eventos con su grupo, que confirman la vigencia en el tiempo de este

extraordinario trompetista. Se trata de un músico multifacético, incursionando en ámbitos como la

televisión y la radio, compartiendo escena con destacados artistas chilenos inscribiendo su nombre en nuestra historia como una de las figuras más importantes de la música americana, con una carrera desarrollada en casi toda

América y evidentemente en Chile, país que lo acoge y adopta como un hijo más.

El señor Lencina se merece, después de todos estos años, un reconocimiento por su dilatada trayectoria, su compromiso con la música y su identificación

con nuestro país, concediéndosele la nacionalidad por gracia como una manera en que nuestro país agradece a quienes, adoptando de manera afectiva

importantes lazos con Chile, entregan con su trabajo, satisfacción a todo los chilenos.

Que, en sus casi 40 años de avecindamiento en nuestro país, se ha transformado, con su música en un miembro destacado de nuestra sociedad,

participando no sólo en programas de TV y estelares, sino que en eventos de beneficencia, TELETON y campañas solidarias organizadas en el país, lo que ha

conformado a lo largo de su vida, su compromiso con nuestro país y con quienes más lo necesitan.

PROYECTO DE LEY

Artículo Único: “Concédase la Gracia especial de nacionalización por ley

al músico Daniel Lencina D’Andrea”.

Historia de la Ley N° 20.666 Página 6 de 37

INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

1.2. Informe de Comisión de Derechos Humanos Cámara de Diputados. Fecha 03 de octubre, 2012. Cuenta en Sesión 86. Legislatura 360.

INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD

Y CIUDADANÍA RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL MÚSICO DANIEL LENCINA D’ANDREA.

_______________________________________________________________ BOLETÍN N° 8.368-17-01

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en una moción de la

Diputada señora Vidal, doña Ximena y de los Diputados señores Ascencio, don Gabriel; De Urresti, don Alfonso; Edwards, don José Manuel; Farías, don

Ramón; Gutiérrez, don Hugo; Moreira, don Iván; Ojeda, don Sergio; Rosales, don Joel y Salaberry, don Felipe.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental del proyecto es la de conceder, por especial gracia, la nacionalidad chilena al músico uruguayo Daniel Lencina

D’Andrea.

2) Normas de carácter orgánico constitucional.

No existen artículos que revistan ese carácter. 3) Normas de quórum calificado.

No existen normas en tal sentido.

4) Requiere trámite de Hacienda.

No hay normas que requieran de este trámite.

5) El proyecto fue aprobado, en general, por unanimidad.

Historia de la Ley N° 20.666 Página 7 de 37

INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

En sesión 82ª, de 3 de octubre de 2012, se aprobó en

general por unanimidad. Votaron por la afirmativa la Diputada señora Vidal, doña

Ximena y los Diputados señores Aguiló, don Sergio; Gutiérrez, don Hugo; Jiménez, don Tucapel; Letelier, don Cristián; Ojeda, don Sergio y Rosales, don

Joel. 6) Se designó Diputada Informante a la señora

Vidal, doña Ximena.

I.- ANTECEDENTES.

1.- Fundamentos de la moción.

La moción propone conferir la nacionalidad chilena, por especial gracia, al músico uruguayo Daniel Lencina D’Andrea.

Agrega la moción una relación pormenorizada de su vida y obra que, a continuación, se reproduce:

Don Daniel Lencina, nació en la ciudad de Fray Bentos, Uruguay, el 17 de julio de 1938. De esposa e hijos chilenos, Lencina se ha

destacado como uno de los trompetistas más afamados de la escena nacional, con una dilatada y fructífera carrera de más de 30 años, inscribiendo su

nombre como uno de los maestros más notables.

Daniel Lencina es uno de los íconos de la música americana. Con una extensa carrera que abarca actuaciones en casi toda América, en Estados Unidos y Puerto Rico y, por supuesto, en Chile, país que le

brindó todo su cariño

Programas como Tiempo de Swing y El Teléfono Musical, ambos de los setenta, y 22 años como rostro de Sábados Gigantes y, específicamente, del Canal 13 avalan una trayectoria de éxitos.

Ha participado en, prácticamente, todos los estelares de

los canales más importantes del país, combinando sus apariciones televisivas con viajes a innumerables actuaciones en conciertos de Jazz en Argentina, Paraguay, Perú y demás países.

Hoy en día mantiene sus condiciones de maestro de la

música americana y realiza eventos con su grupo, que confirman la vigencia en el tiempo de este extraordinario trompetista.

Historia de la Ley N° 20.666 Página 8 de 37

INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

Se trata de un músico multifacético, incursionando en

ámbitos como la televisión y la radio, compartiendo escena con destacados artistas chilenos inscribiendo su nombre en nuestra historia como una de las figuras más importantes de la música americana, con una carrera desarrollada

en casi toda América y evidentemente en Chile, país que lo acoge y adopta como un hijo más.

El señor Lencina merece, después de todos estos años, un reconocimiento por su dilatada trayectoria, su compromiso con la música y

su identificación con nuestro país, concediéndosele la nacionalidad por gracia como una manera en que nuestro país agradece a quienes, adoptando de

manera afectiva importantes lazos con Chile, entregan con su trabajo, satisfacción a todo los chilenos.

Que, en sus casi 40 años de avecindamiento en nuestro país, se ha transformado, con su música en un miembro destacado de nuestra

sociedad, participando no sólo en programas de TV y estelares, sino que en eventos de beneficencia, TELETON y campañas solidarias organizadas en el país, lo que ha conformado a lo largo de su vida, su compromiso con nuestro

país y con quienes más lo necesitan.

2.- Criterios para el otorgamiento de la nacionalidad por gracia.

Por su parte, vuestra Comisión, durante la discusión de proyectos de ley sobre concesión de nacionalidad chilena por gracia, ha

considerado los siguientes criterios como fundantes de su otorgamiento:

a) Haber prestado servicios o haber entregado beneficios notables al país.

b) Que estos servicios notables se hayan brindado por un tiempo prolongado.

c) Que se considere la edad, ya que en general es un reconocimiento a una persona que ha hecho toda una vida en Chile, que se

siente chileno y que no opta a la nacionalidad chilena porque tiene que renunciar a su nacionalidad de origen.

d) Que sea un líder en su comunidad y que ésta lo reconozca como tal.

e) Que se acompañen antecedentes escritos y

documentos fundantes a la concesión de nacionalidad. Asimismo al ingresar un proyecto de esta naturaleza a la Comisión, la Secretaría de la Comisión debe

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INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

oficiar al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior para recabar todos los antecedentes referidos a la individualización de la persona

beneficiada y su permanencia en nuestro país. f) Que se trate de personas que no utilicen ese beneficio

con un fin ajeno al que se le concedió, que no se preste, por ejemplo para una situación comercial transitoria.

g) Que no se comercialice esta concesión.

II.- IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.

En conformidad con el N°1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 69 y 73 de la Constitución

Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalaros que la

idea matriz o fundamental del proyecto consiste en conceder, por especial gracia, la nacionalidad chilena al músico uruguayo Daniel Lencina D’Andrea.

Tal idea matriz se encuentra desarrollada en un artículo único.

III.- NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE

QUÓRUM CALIFICADO.

No existen normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales ni de quórum calificado.

IV.- DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA

COMISION.

Vuestra Comisión recibió sobre la materia objeto del presente informe un oficio del Registro Civil e Identificación en virtud del cual remite antecedentes sobre la identificación, filiación y copia de la respectiva cédula de

identidad para extranjeros del señor Daniel Julio Lencina D’Andrea.

V.- ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

De conformidad a lo establecido en el Nº 4 artículo 287

del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia que no hay normas que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

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INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

VI.- DISCUSIÓN DEL PROYECTO. Discusión general y particular.

El proyecto de ley en informe fue aprobado, en general

y en particular, por unanimidad, por vuestra Comisión, en su sesión 82ª, de 3 de octubre del año en curso.

Votaron por la afirmativa la Diputada señora Vidal, doña Ximena y los Diputados señores Aguiló, don Sergio; Gutiérrez, don Hugo;

Jiménez, don Tucapel; Letelier, don Cristián; Ojeda, don Sergio y Rosales, don Joel.

Vuestra Comisión consideró que las obras realizadas por el señor Daniel Lencina D’Andrea, son antecedentes suficientes para hacerlo

merecedor al otorgamiento de la nacionalización por especial gracia que nuestra Carta Fundamental permite conferir por ley a quienes han prestado los valiosos servicios a que se refiere el número 4º del artículo 10 de la

Constitución Política de la República, circunstancia sobre la que esta Comisión informante no tuvo ningún cuestionamiento.

VIII.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS.

No hay indicaciones ni artículos en tal sentido.

************ Por las razones señaladas y por las que expondrá

oportunamente el señor Diputado Informante, esta Comisión recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Otórgase la nacionalidad chilena, por especial gracia, al músico Daniel Julio Lencina D’Andrea.”.

*******************

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INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

Tratado y acordado en sesión del día 3 de octubre del presente con la asistencia de la señora Vidal, doña Ximena y de los señores

Aguiló, don Sergio; Ascencio, don Gabriel; Espinoza, don Fidel (Presidente); Gutiérrez, don Hugo; Hasbún, don Gustavo; Jiménez, don Tucapel; Letelier,

don Cristián; Ojeda, don Sergio y Rosales, don Joel.

Sala de la Comisión, a 3 de octubre de 2012.

JUAN PABLO GALLEGUILLOS JARA Abogado Secretario de la Comisión

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DISCUSIÓN SALA

1.3. Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura 360. Sesión 90. Fecha 16 de octubre, 2012. Discusión general, se aprueba en general y en particular.

OTORGAMIENTO DE NACIONALIDAD POR GRACIA A MÚSICO SEÑOR

DANIEL LENCINA D’ANDREA. Primer trámite constitucional. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Corresponde conocer,

en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que concede por gracia la nacionalidad chilena al músico señor Daniel Lencina

D’Andrea. Diputada informante de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y

Ciudadanía es la señora Ximena Vidal.

Antecedentes:

-Moción, boletín N° 8368-17, sesión 43ª, en 14 de junio de 2012. Documentos de la Cuenta N° 10.

-Informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y

Ciudadanía, sesión 86ª, en 9 de octubre de 2012. Documentos de la Cuenta N° 7.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra la

diputada informante.

La señora VIDAL, doña Ximena (de pie).- Señor Presidente, en nombre de

la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley, iniciado en moción, que concede por especial gracia la nacionalidad chilena al

músico uruguayo señor Daniel Lencina D'Andrea. El autor e impulsor de esta iniciativa es el diputado señor Iván Moreira.

Como coautores de esta moción participaron los diputados señores Ascencio, don Gabriel; De Urresti, don Alfonso; Edwards, don José Manuel; Farías, don

Ramón; Gutiérrez, don Hugo; Ojeda, don Sergio; Rosales, don Joel; Salaberry, don Felipe; y la diputada que habla.

El proyecto en referencia no ha sido calificado con urgencia.

Constancias reglamentarias previas.

La idea matriz o fundamental de la moción es conceder, por especial gracia, la nacionalidad chilena al músico uruguayo Daniel Lencina D’Andrea.

La iniciativa no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de

quórum calificado, y sus disposiciones no requieren ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

El proyecto fue aprobado, en general, por unanimidad, en la sesión realizada el 3 de octubre de 2012.

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DISCUSIÓN SALA

Votaron por la afirmativa los diputados señores Aguiló, don Sergio; Gutiérrez, don Hugo; Jiménez, don Tucapel; Letelier, don Cristián; Ojeda, don

Sergio; Rosales, don Joel, y quien informa.

Fundamentos del proyecto.

Daniel Lencina nació en la ciudad de Fray Bentos, Uruguay, el 17 de julio de 1938. De esposa e hijos chilenos, Lencina ha destacado como uno de los

trompetistas más afamados de la escena nacional. Con una dilatada y fructífera carrera de más de 30 años, ha inscrito su nombre como uno de los maestros más notables.

Daniel Lencina es uno de los íconos de la música americana. Su extensa carrera abarca actuaciones en casi toda América, Estados Unidos, Puerto Rico

y, por supuesto, Chile, país que lo acogió y le brindó todo su cariño. Programas como “Tiempo de swing” y “El teléfono musical”, ambos de la

década del setenta, y 22 años como rostro de Canal 13, específicamente, del

programa Sábados Gigantes, avalan una trayectoria de éxitos. A ello, debemos agregar su participación permanente en obras como la Teletón, lo que

manifiesta su compromiso con este país. Más allá de su participación en los medios de comunicación masivos está su

constante trabajo como trompetista, que ha sido un ejemplo para muchos

músicos jóvenes que comienzan el camino de las artes musicales. El señor Lencina merece, después de todos estos años, un reconocimiento

por su dilatada trayectoria, su compromiso con la música y su identificación con nuestro país. Ese reconocimiento debe manifestarse concediéndosele la nacionalidad por gracia. De esa manera nuestro país agradece a quienes,

adoptando de manera afectiva importantes lazos con Chile, entregan con su trabajo satisfacción a todos los chilenos.

Por tratarse de una discusión sobre la base de un artículo único, esta se realizó en general y en particular a la vez. Durante la misma, los señores

diputados integrantes de la Comisión manifestaron su conformidad con la idea matriz antes mencionada, por lo que, sometido a votación, el proyecto se aprobó por unanimidad.

Es todo cuanto puedo informar. He dicho.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- En discusión el proyecto

de ley.

Tiene la palabra el diputado señor Iván Moreira.

El señor MOREIRA.- Señor Presidente, suele suceder que en el Congreso Nacional son muy pocas las materias que cuentan con un apoyo transversal. Dentro de ese contexto se sitúa el proyecto que concede la nacionalidad

chilena por gracia al destacado músico Daniel Lencina, quien lleva más de cuarenta años radicado en nuestro país, al que arribó en 1972. Se trata de un

músico de jazz no solo reconocido en su país, en el extranjero y en Chile, sino que también de una persona que ha tenido un comportamiento ejemplar.

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DISCUSIÓN SALA

Generalmente, la nacionalidad por gracia se concede a sacerdotes o a empresarios destacados, pero nos olvidamos del mundo de la cultura.

En ese sentido, quiero destacar y agradecer el apoyo de los diputados del Partido Socialista, señor Marcelo Díaz; del partido Comunista, señor Hugo Gutiérrez; de Renovación Nacional, señor José Manuel Edwards; de la

Democracia Cristiana, señores Gabriel Ascencio y Sergio Ojeda; del Partido por la Democracia, diputada señora Ximena Vidal -destacada artista- y diputado

señor Ramón Farías; y de la Unión Demócrata Independiente, señores Felipe Salaberry y Joel Rosales. A todos ellos reitero mi agradecimiento por su apoyo. Hay cosas que podemos hacer en unidad.

Lo más importante es que estamos reconociendo como sociedad, en el mundo de la cultura, a un músico de destacada trayectoria, cuyo talento

extraordinario y aporte musical empezamos a sentir cuando participaba en distintos programas de televisión. En Chile, también se le conoce por su amistad con Valentín Trujillo, otro gran músico.

Un día, en la comuna de El Bosque, me encontré en un concierto para cuya realización el alcalde Sadi Melo había invitado a Valentín Trujillo y a Daniel

Lencina. Conversando tras bambalinas le pregunté a este último cuánto tiempo llevaba en Chile y si tenía la nacionalidad chilena, a lo que él me respondió que no. En ese momento me pregunté cómo no hemos sido capaces de reconocer

el mérito de este gran artista, de un hombre que ha aportado a nuestra sociedad.

Por eso, invito a los señores diputados y a las señoras diputadas a que, a la hora de votar, demos una señal de unidad respecto de la cultura y de un hombre que merece verdaderamente que el Estado de Chile le entregue la

nacionalidad por gracia. He dicho.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado señor Sergio Ojeda. El señor OJEDA.- Señor Presidente, en la Comisión de Derechos Humanos,

Nacionalidad y Ciudadanía estudiamos con mucho interés este proyecto de ley, al que también adherí y suscribí, invitado gentilmente por el diputado señor

Iván Moreira, porque don Daniel Lencina D’Andrea ha tenido una incidencia en el país en la música, el arte y la cultura.

Quiero destacar dos cosas respecto del proyecto. En primer lugar, que

dentro de las pocas atribuciones que corresponden al Congreso Nacional cabe señalar la que figura en el artículo 63, número 5) de la Constitución Política,

que establece que son materias de ley las que regulen honores públicos a los grandes servidores. Esta disposición permite honrar a las personas que han cumplido servicios meritorios para la patria.

En segundo lugar, deseo aclarar que la nacionalidad por especial gracia no es pedida por los beneficiarios, sino que se les ofrece, pues surge del afecto y

de la percepción de la gente respecto de sus acciones y sus méritos. En este caso así ha ocurrido.

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DISCUSIÓN SALA

Don Daniel Lencina llegó a Chile en 1972, hace 40 años, y se ha destacado en el ámbito de la música. Es un trompetista que ha contribuido a enriquecer

nuestra cultura popular y que ha realizado un gran aporte a la música nacional. Ha deleitado a nuestra gente en los variados programas de televisión. También es un mérito el incidir en la alegría, tranquilidad y bienestar de la gente.

No obstante ser uruguayo, sabemos que ha amado a nuestra patria tanto como a la suya. Se quedó acá y ha vivido como si estuviera en Uruguay. Por

ser un profesional que recorre distintos países, ha llevado el nombre de Chile a muchas partes del extranjero, junto al de su patria madre.

Por lo expuesto, anuncio mi apoyo a esta moción porque es de justicia y

porque está de acuerdo con los méritos y contribución que este extranjero-chileno ha hecho al país.

He dicho. El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el

diputado señor Manuel Rojas. El señor ROJAS.- Señor Presidente, solo para sumarme con mi voto

favorable a esta iniciativa que entrega la nacionalidad, por gracia, al músico Daniel Lencina. La principal razón que me asiste para ello es que estudié en el Liceo Experimental Artístico de Antofagasta. Este maestro participó en muchas

jornadas con nosotros. Allí tuve el privilegio de pertenecer a la orquesta sinfónica infantil y, con posterioridad, ser parte de la orquesta de adultos.

El maestro Lencina participó activamente en el desarrollo de las escuelas artísticas musicales -algo que hemos estado solicitando en la Cámara de Diputados- a lo largo del país. No solo era un músico que entregaba un swing a

través de su trompeta, sino que también generó espacios para el desarrollo de la actividad artística.

Este “uruguayo” -como le decían muchos- llevó a cabo en Chile su desarrollo humano, musical, artístico, pero también familiar: sus hijos y esposa son

chilenos. Al leer la Tabla, quise intervenir en la discusión de este proyecto, porque me

sorprendió que después de más de 40 años nuestro país reconozca a esta gran

persona con la entrega de la nacionalidad por gracia. Por lo tanto, espero que todos los diputados contribuyan con su voto

favorable a que el músico Daniel Lencina D’Andrea pueda ser un chileno más. He dicho.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Silber.

El señor SILBER.- Señor Presidente, ya se han dicho las cosas más

sustantivas acerca de la figura del destacado músico uruguayo don Daniel

Lencina. Solo quiero decir, en representación de la comuna de Colina, que, además

de vecino, el señor Lencina es miembro del directorio de nuestro Centro Cultural. Así es que estamos doblemente orgullosos por este justo homenaje,

Historia de la Ley N° 20.666 Página 16 de 37

DISCUSIÓN SALA

como es la concesión, por gracia, de la nacionalidad chilena a don Daniel Lencina, que es el máximo galardón que el Estado puede otorgar a una

persona. Desde esa perspectiva, en el nombre de la comuna, me sumo a este

reconocimiento que se traducirá en una ley que otorgará, por gracia, la

nacionalidad chilena a este destacado músico. He dicho.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Corresponde votar en general, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en

moción, que concede, por gracia, la nacionalidad chilena al músico señor Daniel Lencina D’Andrea.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el

siguiente resultado: por la afirmativa, 99 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 1 abstención.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Andrade

Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio;

Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo;

Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos;

Espinoza Sandoval Fidel; Estay Peñaloza Enrique; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Gutiérrez

Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez

Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Marinovic Solo De

Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián;

Historia de la Ley N° 20.666 Página 17 de 37

DISCUSIÓN SALA

Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Muñoz D'albora Adriana; Nogueira Fernández

Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto;

Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Salaberry Soto Felipe; Sandoval Plaza David; Santana

Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo;

Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Vallespín López Patricio; Van

Rysselberghe Herrera Enrique; Vargas Pizarro Orlando; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votó por la negativa el diputado señor Saffirio Espinoza René.

-Se abstuvo el diputado señor Latorre Carmona Juan Carlos.

El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Por no haber sido objeto de indicaciones, también queda aprobado en particular.

Despachado el proyecto.

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OFICIO LEY

1.4. Oficio de Cámara de Origen a Cámara Revisora Oficio de Ley al Senado. Comunica texto aprobado. Fecha 16 de octubre, 2012. Cuenta en Sesión 56. Legislatura 360. Senado.

Oficio Nº 10430

VALPARAÍSO, 16 de octubre de 2012

Con motivo de la Moción, Informe y demás

antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente proyecto de ley,

correspondiente al boletín N°8368-17.

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Otórgase la nacionalidad

chilena, por especial gracia, al músico Daniel Julio Lencina D’Andrea.”.

Dios guarde a V.E.

NICOLÁS MONCKEBERG DÍAZ

Presidente de la Cámara de Diputados

ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ Secretario General de la Cámara de Diputados

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Historia de la Ley N° 20.666 Página 19 de 37

INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Derechos Humanos Senado. Fecha 13 de marzo, 2013. Cuenta en Sesión 04. Legislatura 361.

INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional,

que concede por especial gracia, la nacionalidad chilena al músico Daniel Lencina D´Andrea.

BOLETÍN Nº 8.368-17. _____________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, que concede, por especial

gracia, la nacionalidad chilena al músico Daniel Julio Lencina D´Andrea.

La presente iniciativa tuvo su origen en Moción de los Honorables Diputados señora Ximena Vidal y señores Gabriel Ascencio, Alfonso

De Urresti, José Manuel Edwards, Ramón Farías, Hugo Gutiérrez, Iván Moreira, Sergio Ojeda, Joel Rosales y Felipe Salaberry.

Se dio cuenta del proyecto en análisis en la Sala del Honorable Senado, el 16 de octubre de 2012, disponiéndose su estudio por la

Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía. Cabe hacer presente que, de acuerdo a lo dispuesto

en el artículo 127 del Reglamento del Senado, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley por tratarse de un artículo único y, acordó,

unánimemente, proponer a la Sala que lo discuta del mismo modo. - - -

OBJETIVO DEL PROYECTO

El proyecto de ley persigue conceder, por especial

gracia, la nacionalidad chilena al músico señor Daniel Lencina D’Andrea.

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INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

- - -

ANTECEDENTES GENERALES

Para el debido estudio de esta iniciativa legal, se han

tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

La nacionalidad chilena, por especial gracia, se encuentra consagrada constitucionalmente en el Capítulo II, de la Carta Fundamental, denominado “Nacionalidad y Ciudadanía”, cuyo artículo 10,

número 4°, dispone que son chilenos: “4º Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley.”.

II.- ANTECEDENTES DE HECHO

II.1- Las pautas adoptadas por la Comisión para el otorgamiento de la nacionalidad, por especial gracia, que se mencionan a continuación:

a.- La nacionalidad por gracia constituye el más alto

honor que se puede conferir a un extranjero en nuestro país, en consecuencia, sólo se deberá conceder a personas notables y destacadas, que exorbiten el

término regular en el estado de actividad que les es propio. b.- Para otorgar esta distinción especialísima deberá

considerarse la existencia de una vinculación real del beneficiario con la comunidad nacional.

c.- Asimismo, será necesario que la actividad

ejercida por el extranjero que se desea honrar se traduzca en un beneficio

efectivo y relevante para el país, en el ámbito específico de que se trate y constituya un servicio destacado para la República.

d.- Las actividades del beneficiario deberán haber

alcanzado relevancia nacional independientemente de que hayan tenido lugar

en una zona determinada del territorio nacional o se hayan circunscrito a un sector específico de actividad. Resulta útil al efecto recoger el concepto

procesal de hecho público y notorio, que es aquél que por evidente, patente, sabido y palmario, no es necesario acreditar.

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INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

e.- A los proyectos deberán acompañarse antecedentes escritos y documentos fundantes de la concesión de

nacionalidad, pudiendo, por ejemplo, oficiarse al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior con el propósito de obtener las referencias que se estimen conducentes relativas a la individualización de la persona y su

permanencia en nuestro país. Asimismo, puede estimarse como un antecedente valioso para apreciar el grado de reconocimiento comunitario, el

haber obtenido otros galardones que premien la labor efectuada en el ámbito respectivo.

f.- Finalmente, debe quedar asentado que el constituyente dispone que este honor se confiera por ley y, en consecuencia,

las calidades que justifiquen la dictación de la misma deberán ser expuestas y acreditadas por parte de quien inicie el proyecto de ley respectivo. De esta forma, se pretende evitar se distorsionen los fines del constituyente y que la

obtención de la nacionalidad chilena, por especial gracia, pueda dar lugar a prácticas de “lobby” del todo ajenas a tal alta institución.

II.2.- Oficio N° 10430, de la Honorable Cámara de

Diputados, de fecha 16 de octubre de 2012, mediante el cual comunica al

Honorable Senado, la aprobación del proyecto de ley que concede la nacionalidad chilena, por especial gracia, a don Daniel Lencina

La Moción que da origen al proyecto en informe,

recuerda que la Constitución Política de la República, en su artículo 10 N° 5,

establece que serán chilenos, los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley. Al respecto señala que mediante esta disposición se

consagra explícitamente que los extranjeros pueden alcanzar la nacionalidad chilena mediante la realización de altos servicios o de aportes al país y a la

sociedad. Precisa que lo anterior, se establece como

reconocimiento a los esfuerzos sinceros de estas personas por hacer de nuestro país, una nación más grande. Para ello, ofrecen sus virtudes y

aptitudes a servicio de la sociedad chilena en los más diversos ámbitos del quehacer nacional. En ese sentido, resalta que es precisamente la población, mediante sus representantes y la ley como instrumento legislativo, conceden

este reconocimiento a ilustres personalidades.

De este modo, agrega, la nacionalización chilena por especial gracia, constituye un reconocimiento que distingue a extranjeros ilustres que han efectuado un aporte significativo al progreso del país en

diversos ámbitos: científico, artístico, deportivo y cultural.

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INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

En consecuencia, mediante este proyecto de ley, los autores de la Moción han querido manifestar el reconocimiento que amerita la

trayectoria del notable músico señor Lencina. En seguida, la Moción hace una breve reseña de su

vida y obra en la cual señala que don Daniel Lencina, destacado trompetista de la escena nacional, nació en Uruguay en el año 1938, y lleva 40 años de

avecindamiento en nuestro país, en donde ha formado una familia con esposa e hijos chilenos.

Resalta que Daniel Lencina ha tenido una dilatada y fructífera carrera por más de 30 años en nuestro país, inscribiendo su nombre

como uno de los maestros más notables. Es uno de los íconos de la música americana, con una vasta trayectoria internacional que comprende actuaciones en casi toda América, Estados Unidos, Puerto Rico y Chile, país que le ha

brindado todo su cariño.

Menciona, a continuación, que los programas “Tiempos de Swing” y “El Teléfono”, de la década de los setenta, así como los 22 años como rostro del programa de televisión “Sábados Gigantes”, y, en

particular, de Canal 13, avalan su trayectoria de éxitos.

Señala, también, que ha participado en la mayoría de los estelares de los canales más importantes del país, además de realizar innumerables actuaciones en conciertos de Jazz durante sus giras

internacionales a Argentina, Paraguay, Perú y otros países.

Informa que en la actualidad, el señor Lencina mantiene sus condiciones de maestro de la música americana y realiza eventos

con su grupo, que confirman la vigencia en el tiempo de este extraordinario trompetista.

Precisa, además, que se trata de un músico multifacético, que ha incursionado en ámbitos de la televisión y la radio,

compartiendo escena con destacados artistas nacionales, inscribiendo su nombre en nuestra historia como una de las figuras más importantes de la música americana, con una carrera desarrollada en casi toda América y por

cierto en nuestro país, que lo acoge y adopta como un hijo más.

Informa, en seguida, que en sus casi 40 años en nuestro país, se ha transformado con su música en un miembro destacado de la sociedad, participando no sólo en programas de televisión y esterales, sino

que en eventos de beneficencia como la TELETÓN y otras campañas solidarias organizadas en el país, lo que ha conformado a lo largo de su vida, su

compromiso con nuestro país y con quienes más lo solicitan.

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INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

Finalmente, expresa que la trayectoria del señor Lencina, así como su compromiso con la música y su identificación con nuestro

país, merece un reconocimiento, cual es, concederle la nacionalidad chilena por especial gracia como una manera de agradecer a quienes, adoptando de manera afectiva importantes lazos con Chile, entregan con su trabajo,

satisfacción a todos los chilenos.

III. 3.- Oficio N° 457-2012, de 5 de julio de 2012, del Registro Civil e Identificación, por medio del cual remite antecedentes sobre la identificación, filiación y copia de la respectiva cédula de identidad para

extranjeros del señor Daniel Julio Lencina D’Andrea.

- - -

DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

Al iniciar el estudio del proyecto de ley en informe, la Comisión tuvo presente que el músico Daniel Lencina lleva más de 40 años avecindado en nuestro país, destacándose como uno de los trompetistas más

prestigiosos y conocidos de la escena nacional, inscribiendo su nombre en nuestra historia como una de las figuras más importantes de la música

americana. Y, luego, de conocer los antecedentes del señor

Lencina, llegó a la convicción de que es merecedor de esta distinción especialísima, que considera que las actividades y trayectoria del beneficiario

debieran haber alcanzado relevancia nacional, lo que constituye un hecho público y notorio, que no es necesario acreditar.

Considerando lo anterior, vuestra Comisión, después

de analizar la iniciativa en informe y en razón de las pautas establecidas para

ponderar la procedencia del otorgamiento excepcional de la nacionalidad chilena, por especial gracia, a extranjeros de actuación notable en beneficio

para la comunidad nacional, se formó la convicción de que el músico Daniel Lencina, por su destacado aporte y compromiso con la música y entrega por nuestro país, es merecedor del reconocimiento reservado a las personas que

han prestado valiosos servicios, a los que alude la norma contenida en el número 4°, del artículo 10 de la Constitución Política de la República.

- Sometido a votación en general y en particular, el proyecto fue

aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Pérez San Martín, y señores

Letelier y Orpis.

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INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

- - -

TEXTO DEL PROYECTO

En conformidad con el acuerdo adoptado, vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene a honra proponeros aprobar el proyecto de ley en informe en los mismos términos que

la Honorable Cámara de Diputados.

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Otórgase la nacionalidad chilena, por especial gracia, al músico Daniel Julio Lencina D’Andrea.”.

- - -

Acordado en sesión celebrada el días 13 de marzo de 2013, con asistencia de sus miembros Honorables Senadores señor

Juan Pablo Letelier Morel (Presidente), señora Lily Pérez San Martín y señor Jaime Orpis Bouchon.

Sala de la Comisión, a 13 de marzo 2013.

XIMENA BELMAR STEGMANN Secretario

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INFORME COMISIÓN DERECHOS HUMANOS

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISION DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE CONCEDE POR ESPECIAL GRACIA, LA

NACIONALIDAD CHILENA AL MÚSICO DANIEL LENCINA D’ ANDREA (BOLETÍN Nº 8.368-17)

I. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: conceder, por especial gracia, la nacionalidad chilena al músico

Daniel Lencina D’Andrea.

II. ACUERDOS: aprobado en general y en particular (unanimidad 3x0). III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN:

proyecto de artículo único.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene. V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN DE LA INICIATIVA: Cámara de Diputados, Moción de los

Honorables Diputados señora Ximena Vidal y señores Gabriel Ascencio, Alfonso De Urresti, José Manuel Edwards, Ramón Farías, Hugo Gutiérrez, Iván Moreira, Sergio Ojeda, Joel Rosales y Felipe Salaberry.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo trámite.

VII. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 16 de octubre de 2012.

IX. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

X. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA

MATERIA: el artículo 10, número 4°, de la Constitución Política de la República.

Valparaíso, 13 de marzo de 2013.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario

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DISCUSIÓN SALA

2.2. Discusión en Sala Senado. Legislatura 361. Sesión 07. Fecha 02 de abril, 2013. Discusión general, se aprueba en general y en particular sin modificaciones.

CONCESIÓN DE NACIONALIDAD CHILENA POR GRACIA A MÚSICO

DANIEL LENCINA D’ANDREA El señor PIZARRO (Presidente).- Corresponde ocuparse en el proyecto de ley,

en segundo trámite constitucional, que concede la nacionalidad por gracia a don Daniel Lencina D’Andrea, con informe de la Comisión de Derechos

Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía. --Los antecedentes sobre el proyecto (8368-17) figuran en

los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 56ª, en 17 de octubre de 2012. Informe de Comisión: Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía: sesión 4ª,

en 19 de marzo de 2013.

El señor PIZARRO (Presidente).- Aprovecho de saludar al destacado músico Daniel Lencina, quien se encuentra en las tribunas acompañado de su familia.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Mis respetos, don Daniel. Saludo también a nuestro querido Valentín Trujillo, maestro de todos nosotros.

Muchas gracias por estar acá, don Valentín.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Esta iniciativa es producto de una moción de los Diputados señora Ximena Vidal y señores Gabriel Ascencio, Alfonso De Urresti, José Manuel Edwards, Ramón Farías, Hugo Gutiérrez, Iván Moreira,

Sergio Ojeda, Joel Rosales y Felipe Salaberry. Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo del proyecto es conceder la nacionalidad chilena, por especial gracia, al músico Daniel Lencina D’Andrea.

La Comisión discutió el proyecto en general y particular, por ser de artículo único, y lo aprobó por la unanimidad de sus

miembros presentes, Senadores señora Pérez (doña Lily) y señores Letelier y Orpis, dejando establecido que, después de analizar la iniciativa y en razón de

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DISCUSIÓN SALA

las pautas establecidas para ponderar la procedencia del otorgamiento excepcional de la nacionalidad chilena, por especial gracia, a extranjeros de

actuación notable en beneficio de nuestra comunidad, se formó la convicción de que el señor Lencina, por su destacado aporte y compromiso con la música y entrega al país, es merecedor del reconocimiento reservado a personas que

han prestado servicios valiosos.

El señor PIZARRO (Presidente).- En discusión general y particular a la vez. Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, Senador señor Orpis,

El señor ORPIS.- Señor Presidente, como Presidente de la Comisión de

Derechos Humanos, me corresponde informar la presente iniciativa. Antes iniciar mi exposición -al igual que lo hizo el señor Presidente del Senado-, deseo dar la bienvenida a don Daniel Lencina, a

su familia, a don Valentín Trujillo y a todos quienes lo acompañan esta tarde.

--(Aplausos en tribunas). El señor ORPIS.- Señor Presidente, el otorgamiento de la nacionalidad chilena,

por especial gracia, es un hecho absolutamente excepcional en nuestra legislación. Se otorga en virtud de lo dispuesto en el artículo 10, número 4°, de

la Constitución Política, conforme al cual son chilenos: “Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley”. El que se otorgue una nacionalización por ley significa

que el Ejecutivo junto con el Parlamento (Cámara de Diputados y Senado) acuerdan que un extranjero tiene méritos destacados para hacerse acreedor de

la nacionalidad chilena. Esta iniciativa tiene un segundo mérito: según

manifestó el señor Presidente de la Corporación, fue suscrita de manera absolutamente transversal por distintos sectores políticos, lo que ya es un indicio muy fuerte de que don Daniel Lencina no solo ha trascendido

determinados sectores, sino que ha establecido un vínculo muy profundo con Chile y sus distintas facetas en materia cultural, social y política.

Los Diputados señora Ximena Vidal y señores Gabriel Ascencio, Alfonso De Urresti, José Manuel Edwards, Ramón Farías, Hugo Gutiérrez, Iván Moreira, Sergio Ojeda, Joel Rosales y Felipe Salaberry son los

autores de este proyecto. La Comisión de Derechos Humanos del Senado,

conforme a lo dispuesto por el artículo 10, número 4°, de la Carta Fundamental, ha establecido determinadas pautas y exigencias, a objeto de ponderar los méritos de quienes son sometidos a su consideración para el

otorgamiento de la nacionalidad, por especial gracia. ¿Cuáles son esas pautas?

Historia de la Ley N° 20.666 Página 28 de 37

DISCUSIÓN SALA

Primero, la nacionalidad por especial gracia, otorgada por ley, constituye el más alto honor que se puede conferir a un extranjero en

el país. Segundo, para conceder esta distinción especialísima deberá considerarse la existencia de una vinculación real del beneficiario con la

comunidad nacional. Tercero, será necesario que la actividad ejercida por

el extranjero que se desea honrar se traduzca en un beneficio efectivo y relevante para el país, y Cuarto, las actividades del beneficiario deberán haber

alcanzado relevancia nacional independientemente de que hayan tenido lugar en determinada zona de nuestro territorio.

Después de analizar sus méritos, la Comisión se formó la convicción de que el músico don Daniel Lencina, por su destacado aporte y compromiso con la música y entrega, es merecedor del

reconocimiento reservado a las personas que han prestado valiosos servicios, a los que alude la norma contenida en el número 4° del artículo 10 de la

Constitución Política de la República. Los autores de la moción, como lo establece la Carta Fundamental, señalan en los fundamentos que acompañan a esta iniciativa,

que el solicitante tiene una dilatada y fructífera carrera de más de 30 años y ha inscrito su nombre como uno de los maestros más notables; que es uno de

los íconos de la música americana, con una vasta trayectoria internacional, que comprende actuaciones en casi toda América, en Estados Unidos, en Puerto Rico y, por supuesto, en Chile, país que le ha brindado todo su cariño.

Mencionan a continuación, que programas como Tiempos de swing y El teléfono musical, de la década del 70, así como 22 años

como rostro del programa de televisión Sábados Gigantes y, en particular, del Canal 13, avalan una trayectoria de éxitos.

Adicionalmente, expresan que ha participado en la mayoría de los estelares de los canales más importantes del país, además de realizar innumerables actuaciones en conciertos de jazz durante sus giras a

Argentina, Paraguay, Perú y otras naciones. Informan que en la actualidad el señor Lencina

mantiene sus condiciones de maestro de la música americana y efectúa eventos con su grupo, que confirman la vigencia en el tiempo de este extraordinario trompetista.

Precisan, asimismo, que se trata de un músico multifacético, que ha incursionado en ámbitos como la televisión y la radio, en

donde compartió escena con destacados artistas nacionales, e inscribió su nombre en nuestra historia como una de las figuras más importantes de la música americana, con una carrera desarrollada en casi toda América, y por

cierto en Chile, que lo acoge y adopta como un hijo más. Pero, señor Presidente, su carrera ha trascendido lo

meramente musical.

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DISCUSIÓN SALA

En el informe, se consigna que el peticionario, en sus casi 40 años en el territorio nacional, se ha transformado con su música en un

miembro destacado de la sociedad. Participa no solo en programas de televisión y estelares, sino también en eventos de beneficencia, como la TELETÓN y otras campañas solidarias organizadas en nuestro medio, lo que ha

conformado a lo largo de su vida su compromiso con la nación chilena y con quienes más lo necesitan y solicitan.

Por ello, en atención a los méritos de don Daniel Lencina, a los vínculos con nuestra patria y al beneficio que se le otorga, la Comisión de Derechos Humanos, por unanimidad, aprobó este proyecto, en la

convicción de que es plenamente acreedor del otorgamiento de la nacionalidad chilena, por especial gracia, establecida en el número 4° del artículo 10 de la

Constitución Política de la República, que solo se halla reservada para extranjeros destacados.

--(Aplausos en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, no voy a reiterar las virtudes de este músico, que ya mencionó el Presidente de la Comisión de Derechos

Humanos. Solo quiero decir que, cuando nos llegó esta solicitud a los miembros de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, no vacilamos, sino que, por el contrario, nos alegramos -lo cual reiteramos hoy

día- en aprobar la entrega de la nacionalidad chilena, tal vez el máximo capital de un país, a una persona como Daniel Lencina.

A Daniel lo he visto personalmente muchas veces. Lo escuché en el Club de Jazz de Coquimbo, en el barrio inglés, hace unos años, y

en verdad es un orgullo oír a una persona que, a través del talento, de la cultura, de la promoción de valores tan lindos, sea capaz de unir a la gente con su música.

Además, debo agregar que el Diputado señor Moreira reiteradas veces me alertó con respecto a la importancia que tenía este

proyecto de ley y a lo relevante que era tramitarlo rápido en la Comisión de Derechos Humanos. Así lo hicimos, pues el solicitante reúne todos los méritos para que se le conceda la nacionalidad chilena.

Como hoy día estamos reconociendo sus méritos a Daniel Lencina y entregándole en el Senado -es lo que nos corresponde-, la

nacionalidad por gracia, algo tan relevante, que sé lo que representa en su corazón, también quiero decir a don Valentín Trujillo -quien se encuentra en las tribunas, gran maestro, por quien siento una profunda admiración y cariño

y con el que he compartido en reiteradas oportunidades- que la Comisión de Derechos Humanos acogió una solicitud que presenté con el objeto de seguir

empujando el reconocimiento a otro chileno que nunca ha recibido el premio máximo en el ámbito de la música nacional, como don Vicente Bianchi.

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DISCUSIÓN SALA

Valentín, espero que lo logremos y que sigamos sumando fuerzas para tal objetivo. ¡Qué importante sería conseguirlo!

Por otro lado, no puedo dejar de mencionar que con dicho esfuerzo buscamos que toda la gente notable de nuestro país reciba un reconocimiento en vida cuando lo merezca y lo pueda disfrutar en plenitud.

De ahí que, obviamente, se debe votar a favor de la presente iniciativa legal. Estas son las cosas que dan gusto conceder: dar la

nacionalidad chilena a un hombre que nos ha brindado tanta emoción. Porque creo -el otro día se lo decía al Senador señor Uriarte- que solo la gente muy buena de espíritu y de buen corazón es capaz, con el talento de tocar

instrumentos, de hacernos vibrar, sentir emoción y gozar con la música. Por esa y muchas otras razones, voto que sí.

--(Aplausos en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.

El señor LAGOS.- Señor Presidente, en verdad no iba a intervenir, básicamente porque consideraba que el Senador señor Orpis fue superclaro, generoso y justo con sus palabras. Pero me sentí motivado a hacerlo por dos motivos,

pues la vida también involucra cuestiones personales que uno debe expresar. La primera se refiere a que, a mi juicio, don Daniel

Lencina, en sus 40 años de permanencia en Chile, ha demostrado perseverancia. Por eso, se ha colocado donde hoy figura en el jazz chileno y, en cierta medida, le ha permitido también representarnos.

Y la otra es que ahora no podía dejar pasar la oportunidad de saludar a don Valentín Trujillo y su señora Aída, a quienes

conozco desde mi adolescencia, por razones que solo ellos conocen, y decirles que les transmito un cariñoso afecto.

--(Aplausos en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- ¡Esta fue la mejor de sus intervenciones, señor Senador...!

El señor LAGOS.- ¡Y no creo que pueda repetirla, señor Presidente...!

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, quiero saludar a quienes nos acompañan en las tribunas el día de hoy. En los sectores políticos, en forma transversal, hay

un reconocimiento al aporte cultural de Daniel Lencina. A quienes estuvimos en el país durante ciertos episodios ocurridos en otros momentos, él nos

acompañó de diferentes formas a través de la televisión. Se trata de una figura conocida por su permanente contribución como trompetista.

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DISCUSIÓN SALA

También debo destacar que representa un orgullo especial para Chile -a mi juicio- otorgarle la nacionalidad a alguien nacido en

Uruguay, país con el cual tenemos lazos muy estrechos, tanto culturales como históricos y, probablemente, con el que más nos parecemos en muchos sentidos en América del Sur.

Por eso, quiero sumarme a su aprobación. De otro lado, debo destacar también la participación

del Diputado señor Iván Moreira, quien nos acompaña en las tribunas, pues nos pidió en forma particular y muy insistentemente apurar el trámite en el Senado para hacer justicia al señor Lencina. Y la Comisión de Derechos

Humanos, que yo en ese entonces presidía, procedió a tal reconocimiento. Por eso, estoy muy contento de que hoy podamos

entregar la nacionalidad chilena, por gracia, a un hombre que ha hecho un aporte cultural a nuestro país y a América Latina.

--(Aplausos en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Sabag. El señor SABAG.- Señor Presidente, esta iniciativa, de artículo único, fue

presentada por un grupo transversal de Diputados, la señora Ximena Vidal y señores Gabriel Ascencio, Alfonso de Urresti, José Manuel Edwards, Ramón

Farías, Hugo Gutiérrez, Iván Moreira -que se encuentra en las tribunas-, Sergio Ojeda, Joel Rosales y Felipe Salaberry, lo que refleja la amplitud del reconocimiento que estamos aprobando.

Hay que recordar que Daniel Lencina, de 75 años, lleva cuarenta años en Chile, más de la mitad de su vida, y ha formado una

familia chilena. Durante ese tiempo, no solo se ha ganado el aprecio del público y de los músicos de jazz por sus habilidades como trompetista y

promotor de bandas y de espacios para la interpretación de tal género musical, sino que además se ha hecho merecedor de un profundo cariño de los chilenos por sus frecuentes apariciones en la televisión, en particular en programas de

televisión de Canal 13 y, sobre todo, por sus 22 años de colaboración en Sábados Gigantes.

Fuera de su figuración en nuestros medios de comunicación y su indudable aporte al desarrollo del jazz nacional, Daniel Lencina ha traspasado fronteras con su música, llevándola a través de sus

presentaciones a casi toda América y cosechando siempre aplausos por la calidad de su arte. Es un verdadero maestro, que se encuentra plenamente

vigente, el cual despertó entusiasmo desde que se convirtió en el primer músico de jazz en tocar en nuestro Teatro Municipal, en 1972. Siempre listo para participar en las campañas

solidarias que se han impulsado, nadie puede cuestionar su calidad humana ni las decenas de músicos que se han formado bajo su alero.

Con mucho agrado votaremos a favor de este proyecto de ley. Y aprovecho de saludar a todos quienes están en las tribunas,

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DISCUSIÓN SALA

especialmente a don Valentín Trujillo, a quien tuve el honor de expresar mis respetos en los pasillos del Congreso.

--(Aplausos en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Uriarte.

El señor URIARTE.- Señor Presidente, en verdad, no iba a intervenir; pero, como integrante de la Comisión de Derechos Humanos, puedo señalar que esta representa una gran oportunidad no solo para reforzar y alabar la muy buena

intervención que hizo el Senador señor Orpis, sino también para reflexionar en torno de lo que significa entregar por ley la nacionalidad a un extranjero.

En Chile, como en muchos países -que no estamos acostumbrados a los fenómenos migratorios-, no siempre el inmigrante es bienvenido. Por lo mismo, uno siempre esperaría de un extranjero no solo que

no hiciera daño, sino también que efectuara un aporte. Pero cuando el aporte es destacado y logra

trascender, el Estado entiende que hay que premiar tal esfuerzo. Y eso se hace entregándole, por un especial mecanismo, la nacionalidad chilena. Así, hemos visto que en muchos ámbitos del

quehacer humano Chile ha conferido la nacionalidad, por especial gracia, a personas que han sobresalido en labores eclesiásticas, sociales, académicas,

científicas. Sin embargo, cuesta mucho encontrar a alguien que haya desatacado con el lenguaje universal de la música. Y eso es lo que quiero resaltar: la simpleza y, al mismo tiempo, la profundidad de su mensaje musical

han llevado hoy día a este Congreso a entregarle la nacionalidad, por especial gracia, a un músico tan destacado como el que nos acompaña en las tribunas.

Por esa razón votaremos a favor decidida y entusiastamente en este caso. Creo que estamos no solo premiando una

trayectoria y un aporte sobresaliente, sino también validando un lenguaje que se halla muy por sobre la contingencia y la coyuntura: el de la música. Muchas gracias.

--(Aplausos en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate. En votación.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PIZARRO (Presidente).- Terminada la votación.

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DISCUSIÓN SALA

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (31 votos a favor), y queda despachado en este trámite.

Votaron las señoras Allende, Alvear, Rincón y Von

Baer y los señores Bianchi, Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Gómez, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Letelier, Muñoz Aburto, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro,

Prokurica, Ruiz-Esquide, Sabag, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

El señor PIZARRO (Presidente).- Muchas felicidades al señor Daniel Lencina y a toda su linda familia.

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OFICIO APROBACIÓN SIN MODIFICACIONES

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen Oficio aprobación de Proyecto sin modificaciones. Fecha 02 de abril, 2013. Cuenta en Sesión 09. Legislatura 361. Cámara de Diputados.

Nº 206/SEC/13

Valparaíso, 2 de abril de 2013.

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable

Cámara, el proyecto de ley que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al músico Daniel Lencina D’Andrea, correspondiente al Boletín N° 8.368-17.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a

su oficio Nº 10.430, de 16 de octubre de 2012.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JORGE PIZARRO SOTO

Presidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

A S.E. el

Presidente de la Honorable Cámara

de Diputados

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OFICIO LEY AL EJECUTIVO

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo.

Oficio de Ley a S.E. El Presidente de la República. Comunica texto aprobado por el Congreso Nacional. Fecha 03 de abril, 2013.

Oficio Nº 10.643

VALPARAÍSO, 3 de abril de 2013

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso

Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en una moción de la diputada señora Ximena Vidal Lázaro y de los diputados señores

Gabriel Ascencio Mansilla; Alfonso De Urresti Longton; José Manuel Edwards Silva; Ramón Farías Ponce; Hugo Gutiérrez Gálvez; Iván Moreira Barros; Sergio Ojeda Uribe; Joel Rosales Guzmán y Felipe Salaberry Soto,

correspondiente al boletín N°8368-17.

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Otórgase la nacionalidad chilena, por

especial gracia, al músico Daniel Julio Lencina D’Andrea.”.

Dios guarde a V.E.

EDMUNDO ELUCHANS URENDA Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKIČ Secretario General de la Cámara de Diputados

A S.E. EL

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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LEY

4. Publicación de ley en Diario Oficial

4.1. Ley N° 20.666

Tipo Norma : Ley 20666

Fecha Publicación : 25-04-2013

Fecha Promulgación : 18-04-2013

Organismo : MINISTERIO DEL INTERIOR Y

SEGURIDAD PÚBLICA; SUBSECRETARÍA

DEL INTERIOR

Título : CONCEDE LA NACIONALIDAD CHILENA,

POR ESPECIAL GRACIA, AL MÚSICO

DANIEL LENCINA D'ANDREA

Tipo Versión : Única De : 25-04-2013

URL :

http://www.leychile.cl/N?i=1050401&f=2013-04-25&p=

LEY NÚM. 20.666

CONCEDE LA NACIONALIDAD CHILENA, POR ESPECIAL GRACIA, AL

MÚSICO DANIEL LENCINA D'ANDREA

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su

aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en una

moción de la diputada señora Ximena Vidal Lázaro y de los

diputados señores Gabriel Ascencio Mansilla; Alfonso De

Urresti Longton; José Manuel Edwards Silva; Ramón Farías

Ponce; Hugo Gutiérrez Gálvez; Iván Moreira Barros; Sergio

Ojeda Uribe; Joel Rosales Guzmán y Felipe Salaberry Soto.

Proyecto de ley:

"Artículo único.- Otórgase la nacionalidad chilena, por

especial gracia, al músico Daniel Julio Lencina D'Andrea.".

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo;

por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la

República.

Historia de la Ley N° 20.666 Página 37 de 37

LEY

Santiago, 18 de abril de 2013.- SEBASTIÁN PIÑERA

ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Chadwick

Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda

atte. a Ud., Rodrigo Ubilla Mackenney, Subsecretario del

Interior.