historia de chile nº 3
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Historia de Chile
Clase Nº 3
Organización del Estado y
Poderes Públicos
Profesor Nicolás Gutiérrez Bravo
Historia de Chile
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¿Compartes la visión de Mafalda?
Historia de Chile
Chile es una República Democrática, en donde
existe un régimen presidencial en el cual existe una clara separación de los
poderes del Estado y el Presidente ejerce
simultáneamente la función de jefe de Estado y de
gobierno.
Aylwin, Frei y Lagos gobernaron Chile en un
régimen presidencial
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a. Es de carácter representativo.
b. Las autoridades son elegidas en elecciones libres, competitivas e informadas.
c. Existencia del pluripartidismo y pluralismo ideológico que está en armonía con los derechos humanos.
d. Respeto al Estado de Derecho: las autoridades actúan de acuerdo a lo establecido en la Constitución.
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UNO DE LOS FUNDAMENTOS DE LOS REGÍMENES POLÍTICOS DEMOCRÁTICOS ES LA SEPARACIÓN DE LOS PODERES PÚBLICOS.
El BritánicoJohn Locke
El francés Barón deMontesquieu
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La Constitución Política establece que el Poder
Ejecutivo este en manos del Presidente de la República
quien dura 4 años en el cargo.
Para ser elegido Presidente de la República es requisito
Ser chileno.Tener 35 años.
Ser ciudadano con derecho a sufragio.
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El ejecutivo dispone de diversos tipos de atribuciones
ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
ATRIBUCIONES INTERNACIONALESATRIBUCIONES INTERNACIONALES
ATRIBUCIONES MILITARES Y ECONÓMICAS
ATRIBUCIONES MILITARES Y ECONÓMICAS
OTRAS ATRIBUCIONESOTRAS ATRIBUCIONES
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Este poder esta en manos del Congreso Nacional que tiene entre sus principales objetivos : ejercer la
representación de la ciudadanía, concurrir a la formación de las Leyes y
fiscalizar los actos del Gobierno. EL CONGRESO NACIONAL ES
BICAMERAL
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Los diputados son 120, duran en el cargo 4 años y para ser elegido como tal es requisito
Ser chileno.Tener 21 años.
Ser ciudadano con derecho a sufragio.
Esta Cámara tiene atribuciones exclusivas
como
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El Senado esta formado por 38 miembros elegidos en forma popular, los que duran
en el cargo 8 años. Para ser elegido senador se requiere:
Ser ciudadano con derecho a sufragio. Haber cursado la enseñanza media o
equivalente. Tener cumplidos treinta y cinco años de
edad el día de la elección.
ESTA CORPORACIÓN TIENE ATRIBUCIONES
EXCLUSIVAS
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EXISTE LA INSTANCIA DEL CONGRESO PLENOEXISTE LA INSTANCIA DEL CONGRESO PLENO
Que tiene como funciones
Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación. La aprobación de un tratado se someterá a los trámites de una ley.
Pronunciarse respecto del establecimiento del estado de sitio.
Tomar conocimiento de la proclamación de Presidente de la República.
Que tiene como funciones
Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación. La aprobación de un tratado se someterá a los trámites de una ley.
Pronunciarse respecto del establecimiento del estado de sitio.
Tomar conocimiento de la proclamación de Presidente de la República.
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TIENE COMO MISIÓN ESENCIAL ADMINISTRAR
JUSTICIA.
Los integrantes del Poder Judicial deben establecer lo que es justo
para cada caso particular del cual les toca conocer y fallar, enmarcado dentro del
ordenamiento jurídico vigente y según su competencia.
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EL PODER EL PODER JUDICIAL TIENE JUDICIAL TIENE
UNA CLARA UNA CLARA ESTRUCTURA ESTRUCTURA JERÁRQUICA JERÁRQUICA
De acuerdo a la Constitución el Poder
Judicial tiene “La facultad de conocer de
las causas civiles y criminales, de
resolverlas”. Además
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Pueblo
Organización Política local
Comuna
Provincia
Región
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Es la unidad territorial más pequeña de la región. Tiene como objetivo hacer efectiva la participación de la comunidad.¿Cómo se gobierna la comuna? ¿Cómo se gobierna la comuna?
La Municipalidad Administra la comuna.
¿Quién es la máxima autoridad política de la comuna?
El Alcalde es la máxima autoridad de la Municipalidad
y, en tal calidad, le corresponde su dirección y administración superior y la
supervigilancia de su funcionamiento.
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Funciones del Funciones del Municipio
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Es un conjunto intercomunicado de centros urbanos y rurales, en el que hay uno de mayor importancia que actúa como un núcleo que satisface las necesidades de la población provincial. ¿Quién es la máxima autoridad política de la provincia? ¿Quién es la máxima autoridad política de la provincia?
Gobernador
Es la máxima autoridad de la provincia. Su función
principal es velar por el correcto funcionamiento de los servicios públicos de la
provincia.
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Unidad territorial, definida sobre la base de sus características físicas, económicas, poblacionales y culturales homogéneas, a las cuales se les ha asignado funciones administrativas y políticas.
¿Quién es la máxima autoridad política de ¿Quién es la máxima autoridad política de la región? la región? El gobierno interior de la
región está radicado en el Intendente, cargo de
exclusiva confianza del Presidente de la República.
El Intendente
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En la Constitución Política de la República se establece que “El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.”
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Garantizar los Derechos Constitucionales.Procurar el desarrollo o progreso de la sociedad.Asistir a la población más necesitada.Responder a necesidades estratégicas o de seguridad
nacional.Garantizar la seguridad o protección de la población.Procurar el Bien Común general.
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HOSPITALES PÚBLICOS
COLEGIOS PÚBLICOS.
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EMPRESA PRIVADADE ELECTRICIDAD
ASOCIACIONES GREMIALES
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ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
Nombrar y remover a su voluntad a los ministros de Estado, subsecretarios, intendentes y gobernadores.
Nombrar al Contralor General de la República con acuerdo del Senado.
Ejercer la potestad reglamentaria en todas aquellas materias que no sean propias del dominio legal.
ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
Nombrar y remover a su voluntad a los ministros de Estado, subsecretarios, intendentes y gobernadores.
Nombrar al Contralor General de la República con acuerdo del Senado.
Ejercer la potestad reglamentaria en todas aquellas materias que no sean propias del dominio legal.
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ATRIBUCIONES INTERNACIONALES
Conducir las relaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales, y llevar a cabo las negociaciones; concluir, firmar y ratificar los tratados que estime convenientes para los intereses del país, los que deberán ser sometidos a la aprobación del Congreso.
ATRIBUCIONES INTERNACIONALES
Conducir las relaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales, y llevar a cabo las negociaciones; concluir, firmar y ratificar los tratados que estime convenientes para los intereses del país, los que deberán ser sometidos a la aprobación del Congreso.
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Atribuciones militaresDesignar a los Comandantes en Jefe del
Ejército, de la Armada, de la Fuerza Aérea y al General Director de Carabineros.
Atribuciones militaresDesignar a los Comandantes en Jefe del
Ejército, de la Armada, de la Fuerza Aérea y al General Director de Carabineros.
Atribuciones económicas Cuidar de la recaudación de las rentas
públicas y decretar su inversión con arreglo a la ley. El Presidente de la República, con la firma de todos los Ministros de Estado, podrá decretar pagos no autorizados por ley, para atender necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas, de agresión exterior, de conmoción interna, de grave daño o peligro para la seguridad nacional o del agotamiento de los recursos destinados a mantener servicios que no puedan paralizarse sin serio perjuicio para el país.
Atribuciones económicas Cuidar de la recaudación de las rentas
públicas y decretar su inversión con arreglo a la ley. El Presidente de la República, con la firma de todos los Ministros de Estado, podrá decretar pagos no autorizados por ley, para atender necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas, de agresión exterior, de conmoción interna, de grave daño o peligro para la seguridad nacional o del agotamiento de los recursos destinados a mantener servicios que no puedan paralizarse sin serio perjuicio para el país.
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ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA FUNCIÓN LEGISLATIVA
Concurrir a la formación de las leyes con arreglo a la Constitución,
sancionarlas y promulgarlas. Pedir, indicando los motivos, que
se cite a sesión a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional.
Dictar, previa delegación de facultades del Congreso, decretos
con fuerza de ley sobre las materias que señala la
Constitución.Convocar a plebiscito en caso de
existir desacuerdo en materia de reformas constitucionales con ambas Cámaras del Congreso
(artículo 128).
Concurrir a la formación de las leyes con arreglo a la Constitución,
sancionarlas y promulgarlas. Pedir, indicando los motivos, que
se cite a sesión a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional.
Dictar, previa delegación de facultades del Congreso, decretos
con fuerza de ley sobre las materias que señala la
Constitución.Convocar a plebiscito en caso de
existir desacuerdo en materia de reformas constitucionales con ambas Cámaras del Congreso
(artículo 128).
ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA FUNCIÓN JUDICIAL
Nombrar a los magistrados y fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones y a los
jueces letrados, a proposición de la Corte
Suprema y de las Cortes de Apelaciones,
respectivamente; al miembro del Tribunal
Constitucional que le corresponde designar; y a los magistrados y fiscales
judiciales de la Corte Suprema y al Fiscal
Nacional con acuerdo del Senado.
Nombrar a los magistrados y fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones y a los
jueces letrados, a proposición de la Corte
Suprema y de las Cortes de Apelaciones,
respectivamente; al miembro del Tribunal
Constitucional que le corresponde designar; y a los magistrados y fiscales
judiciales de la Corte Suprema y al Fiscal
Nacional con acuerdo del Senado.
Historia de ChileFiscalizar los actos del Gobierno. Para tal efecto podrá
Adoptar acuerdos o sugerir observaciones, con el voto de la mayoría de los diputados presentes, los que se transmitirán por escrito al Presidente de la República, quien deberá dar respuesta fundada por medio del Ministro de Estado que corresponda, dentro de treinta días.
Citar a un Ministro de Estado, a petición de a lo menos un tercio de los diputados en ejercicio, a fin de formularle preguntas en relación con materias vinculadas al ejercicio de su cargo.
Crear comisiones especiales investigadoras a petición de a lo menos dos quintos de los diputados en ejercicio, con el objeto de reunir informaciones relativas a determinados actos del Gobierno.
Fiscalizar los actos del Gobierno. Para tal efecto podrá
Adoptar acuerdos o sugerir observaciones, con el voto de la mayoría de los diputados presentes, los que se transmitirán por escrito al Presidente de la República, quien deberá dar respuesta fundada por medio del Ministro de Estado que corresponda, dentro de treinta días.
Citar a un Ministro de Estado, a petición de a lo menos un tercio de los diputados en ejercicio, a fin de formularle preguntas en relación con materias vinculadas al ejercicio de su cargo.
Crear comisiones especiales investigadoras a petición de a lo menos dos quintos de los diputados en ejercicio, con el objeto de reunir informaciones relativas a determinados actos del Gobierno.
Declarar si han o no lugar las acusaciones que no menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen en contra de las siguientes
personas: Del Presidente de la República.De los Ministros de Estado. De los magistrados de los tribunales superiores de justicia y del Contralor
General de la República. De los generales o almirantes de las instituciones pertenecientes a las
Fuerzas de la Defensa Nacional. De los intendentes y gobernadores.
Declarar si han o no lugar las acusaciones que no menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen en contra de las siguientes
personas: Del Presidente de la República.De los Ministros de Estado. De los magistrados de los tribunales superiores de justicia y del Contralor
General de la República. De los generales o almirantes de las instituciones pertenecientes a las
Fuerzas de la Defensa Nacional. De los intendentes y gobernadores.
Historia de ChileLas atribuciones exclusivas del Senado son:
Conocer de las acusaciones que la Cámara de Diputados entable. El Senado resolverá como jurado y se limitará a declarar si el acusado es o no culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa.
Decidir si ha o no lugar la admisión de las acciones judiciales que cualquier persona pretenda iniciar en contra de algún Ministro de Estado, con motivo de los perjuicios que pueda haber sufrido injustamente por acto de éste en el desempeño de su cargo.
Conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia.
Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía en los casos que determine la Constitución Política de la República.
Las atribuciones exclusivas del Senado son:
Conocer de las acusaciones que la Cámara de Diputados entable. El Senado resolverá como jurado y se limitará a declarar si el acusado es o no culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa.
Decidir si ha o no lugar la admisión de las acciones judiciales que cualquier persona pretenda iniciar en contra de algún Ministro de Estado, con motivo de los perjuicios que pueda haber sufrido injustamente por acto de éste en el desempeño de su cargo.
Conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia.
Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía en los casos que determine la Constitución Política de la República.
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De acuerdo a la Constitución el Poder Judicial tiene “la facultad de
conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de
hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los
tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni
el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones
judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los
fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir
procesos fenecidos”.
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