hacia un rÉgimen climÁtico internacional … · 1 resoluciones de la onu: convención de viena...

212
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO (UNAM) Programa de Investigación en Cambio Climático (PINCC) HACIA UN RÉGIMEN CLIMÁTICO INTERNACIONAL DEL SIGLO XXI. Presenta: Post Phd. Rosalba Taboada Villasana. Ciudad Universitaria, México, D.F., Mayo de 2013.

Upload: dodan

Post on 08-Oct-2018

215 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO (UNAM)

Programa de Investigación en Cambio Climático (PINCC)

HACIA UN RÉGIMEN CLIMÁTICO INTERNACIONAL DEL SIGLO XXI.

Presenta: Post Phd. Rosalba Taboada Villasana.

Ciudad Universitaria, México, D.F., Mayo de 2013.

HACIA UN RÉGIMEN CLIMÁTICO INTERNACIONAL DEL SIGLO XXI.

INDICE

PAG.

INTRODUCCIÓN. 1

PRIMERA PARTE.

REVISIÓN DE LA CONVENCIÓN MARCO DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL

CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC) Y EL PROTOCOLO DE KYOTO (PK).

1. Remembranza de las Conferencias de las Partes (COP´s) de la CMNUCC.

11

1.1. Las negociaciones de Bali a Durban (COP13 – COP17) 29

1.2. El desarrollo de las negociaciones en Doha. 48

1.3. La CMNUCC y el PK dentro del derecho internacional público. 61

1.4. La preservación de la soberanía de los Estados ante el régimen

internacional del cambio climático.

66

SEGUNDA PARTE.

El PROCESO DE LAS NEGOCIACIONES DE BALI A DOHA EN LOS GRUPOS DE

TRABAJO ESPECIALES: GTECLP Y GTEPK.

2. El papel de los Grupos de Trabajo Especiales y sus compromisos para la

permanencia y operación de un régimen internacional del S. XXI.

77

2.1. El proceso de las negociaciones en el Grupo de Trabajo Especial de

Cooperación a Largo Plazo (GTECLP) 2008 – 2012.

86

2.1.1. El GTECLP en materia de nuevos compromisos. 101

2.1.2. El GTECLP en materia de revisión del Protocolo de Kyoto. 119

2.2. El proceso de las negociaciones en el Grupo de Trabajo Especial del

Protocolo de Kyoto (GTEPK) 2008 – 2012.

133

2.2.1. El GTEPK en materia de nuevos compromisos. 144

2.2.2. El GTEPK en materia de revisión del Protocolo de Kyoto. 153

TERCERA PARTE.

MODELOS EXPLICATIVOS PARA LA COMPRENSIÓN DEL COMPORTAMIENTO DE

LAS NEGOCIACIONES EN CAMBIO CLIMÁTICO.

3. Los modelos explicativos en materia de cambio climático: Teoría de juegos y

la representación legitimada.

168

3.1. El enfoque de Peter John Wood en la teoría de juegos y cambio climático. 169

3.2. El enfoque de Benito Müller sobre el modelo de representación

legitimada en la CMNUCC.

179

CONCLUSIONES. 191

FUENTES DOCUMENTALES. 198

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

1

INTRODUCCIÓN.

Las últimas dos décadas han sido una época de meditación y de toma de decisiones para

la comunidad internacional sobre las diversas problemáticas del medio ambiente. Se han

abordado temas relativos a la contaminación marina, la degradación de las tierras áridas,

el deterioro de la capa de ozono y la rápida extinción de especies animales y vegetales, en

las diferentes asambleas de la Organización de Naciones Unidas (ONU –en adelante-) en

materia de protección del clima mundial desde el año 19851 hasta la creación de la

Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC –en

adelante-) en 1992 y en 1997 surge el Protocolo de Kyoto (PK –en adelante-).

Se ha considerado que las actividades económicas del hombre –catalogadas como causas

antropogénicas- han contribuido en el cambio de las condiciones de supervivencia y

desarrollo en los diferentes hábitats y ecosistemas de los seres vivos, incluyendo el de los

humanos, cuestión que ha inquietado a la comunidad internacional y ha repercutido en

las decisiones en la política internacional.

A nivel internacional se ha expresado el interés de hacer frente al problema del cambio

climático reforzando la conciencia pública en diversos tópicos relacionados con la materia.

Con la adopción de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

1 Resoluciones de la ONU: Convención de Viena para la protección de la capa de ozono, 28 de Mayo de 1985;

Protocolo de Montreal, 16 de Septiembre de 1987; Protección del clima mundial para las generaciones presentes y futuras, 06 de Diciembre de 1988; Plan de Acción para combatir la desertificación, 19 de Diciembre de 1988; Conferencia de las Naciones Unidas sobre el medioambiente y el desarrollo, la Protección del clima global para generaciones presentes y futuras de la humanidad, y Posibles efectos adversos del aumento del nivel del mar en islas y zonas costeras, particularmente áreas de costas bajas, las tres celebradas el 22 de Diciembre de 1989; Declaración Ministerial de la Segunda Conferencia Mundial sobre el Clima, 07 de Noviembre de 1990; Protección del clima mundial para las generaciones presentes y futuras, 21 de Diciembre de 1990 y 19 de Diciembre de 1991; Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, 09 de Mayo de 1992, y; El Protocolo de Kyoto, 11 de Diciembre de 1997. Véase en, DOCUMENTACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE MEDIO AMBIENTE, http://www.un.org/depts/dhl/spanish/resguids/specenvsp.htm

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

2

(CMNUCC)2 en 1992, la comunidad internacional se perfiló a dar posibles soluciones a un

fenómeno alarmante para la humanidad, el cambio de clima o considerado oficialmente

como cambio climático3, así como, se ha enfocado a realizar diversas investigaciones

sobre el mismo, partiendo que el cambio de clima se ha registrado principalmente en la

atmósfera terrestre.

Por otra parte, se encuentra que las actividades antropogénicas4 han motivado a un

cambio en el equilibrio de los gases que componen la atmósfera, y se ha desestabilizado

debido a las altas emisiones de gases de efecto invernadero (GEI)5, particularmente de

dióxido de carbono (CO2), metano (CH4) y el óxido nitroso (N2O)6.

2 CONVENCIÓN MARCO DE NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC), signada en Nueva

York, Estados Unidos, el 09 de mayo de 1992 y entró en vigor el 21 de marzo de 1994, Veáse en, http://unfccc.int/resource/docs/convkp/convsp.pdf 3 Cambio climático, se entiende un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad

humana que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos de tiempo comparables. Véase en, Artículo 1° de la CMNUCC. 4 Actividades antropogénicas, son aquellas producidas por los humanos, alguna de las más importantes son

la industria que producen distintos tipos de residuos, las más peligrosas son las que producen contaminantes más peligrosos, como metales tóxicos; los asentamientos humanos -pueblos y ciudades-; las actividades domésticas que producen principalmente residuos orgánicos, el alcantarillado arrastra además todo tipo de sustancias: emisiones de los automóviles hidrocarburos, plomo, otros metales, etc.; la agricultura y ganadería –campos de cultivo-, los trabajos agrícolas producen vertidos de pesticidas, fertilizantes y restos orgánicos de animales y plantas que contaminan de una forma difusa pero muy notable las aguas, además, muchas de las cosechas son regadas con aguas negras, alimentando las plantas con los propios desechos del hombre. Véase en, Actividades antropogénicas: Historia y sus consecuencias, en http://rimpactoambiental.blogspot.mx/2010/02/13-actividades-antropogenicas-historia.html 5 Gas que absorbe la radiación a longitudes de ondas específicas dentro del espectro de radiación (radiación

infrarroja) emitido por la superficie de la Tierra y las nubes. A su vez, el gas emite radiación infrarroja desde un nivel en el cual la temperatura es más fría que la superficie. El efecto neto es la captación local de parte de la energía absorbida y la tendencia a recalentar la superficie del planeta. Vapor de agua (H2O), dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxido nitroso (N2O) y ozono (O3) son los principales GEI que se encuentran en la atmósfera terrestre. Véase en, PROGRAMA DE NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO. La hoja de ruta de Bali: Los temas claves en la negociación, Publicación del grupo de medio ambiente y energía, 308 págs, pp. 213. 6 Estos gases, que se encuentran normalmente presentes en la atmósfera, representan menos de una

décima parte de 1% de la atmósfera total, compuesta principalmente de oxígeno (21%) y nitrógeno (78%), elementos vitales para la Tierra, ya que actúan como una manta natural alrededor de ella, sin ella, la superficie de la Tierra sería 30°C más fría que en la actualidad. Véase en, PNUMA y la Secretaría sobre el cambio climático (CMNUCC), Para comprender el cambio climático: Guía elemental de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Bonn, Alemania: 2002, 34 págs., pp. 6.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

3

Lo anterior, es uno de los objetivos últimos de la Convención, llegar a estabilizar las

concentraciones de GEI en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas

peligrosas en el sistema climático. Sin embargo, en este aspecto hasta el momento, no

existe una certeza científica acerca de los índices que podrían catalogarse como

peligrosos. Asimismo, indica que “ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para

permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que

la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico

prosiga de manera sostenible” –señalado en el Art. 2 de la CMNUCC-.

En este artículo segundo de la CMNUCC, dirige un interés particular en la estabilización y

reducción de emisiones de GEI, la seguridad alimentaria y el desarrollo económico, sin

embargo, al señalar que no existan interferencias antropógenas en el sistema climático el

cual abarca la totalidad de la atmósfera, la hidrosfera, la biosfera, la geosfera y sus

interacciones, se ve como una tarea encomiante a realizar, y por lo tanto, se torna

imprescindible comenzar a tomar las medidas necesarias en materia de prevención,

mitigación y adaptación en diversas áreas que conforman las actividades humanas.

Estas problemáticas han sido abordadas en las diversas reuniones de la CMNUCC desde su

primera celebración de Conferencia de las Partes (COP en adelante, en este caso COP1)

llevada a cabo en Berlín, Alemania del 28 de marzo al 07 de abril de 1995, hasta la última

COP18 celebrada en Doha, Qatar del 26 de noviembre al 07 de diciembre de 2012.

Cabe señalar que hasta el momento se han realizado dieciocho COP´s, en cada una de

ellas se ha expresado la preocupación y el interés de encontrar una solución para la

reducción de las emisiones de GEI, así como en cada COP se han analizado diversos temas

en relación a los procedimientos; metodologías; aspectos a considerar en materia de

áreas agrícolas y forestales convertidas en sumideros de dióxido de carbono; sanciones,

propuestas de compromiso, mecanismos, cuestiones técnicas y las maneras de aplicación

del PK; el funcionamiento de los de los Órganos Subsidiarios, los cuales sirven de apoyo a

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

4

las Partes con el fin de cumplir con los compromisos tanto de la Convención como del PK;

así como, el funcionamiento de los Grupos de Trabajo Especiales (GTE).

Sin embargo, la Convención fue concebida de manera que permitiera a los países reforzar

o atenuar sus disposiciones de acuerdo con los últimos descubrimientos científicos, un

ejemplo de ello, es el haber convenido adoptar medidas más específicas como reducir a

un cierto grado las emisiones de GEI a través de la realización de enmiendas o protocolos

a la Convención, como es el caso del PK, el cual quedo como un acuerdo internacional

autónomo sólo que vinculado a un tratado existente –en este caso a la Convención-, lo

cual, significa que el PK comparte las preocupaciones y los principios establecidos en la

CMNUCC, que posteriormente basándose en ellos, se pueden agregar nuevos

compromisos, los cuales suelen ser en cada negociación más enérgicos, complejos y

detallados que los estipulados en la propia Convención.

Ha habido obstáculos en las negociaciones celebradas en las COP´s para llegar a un

acuerdo, derivados del desequilibrio tanto de los intereses políticos como económicos de

las Partes, esto simplemente nos lleva tan sólo a un reflejo de los grandes problemas que

plantea el control de las emisiones de GEI, así como también, se hace complejo crear

diversas disposiciones que rijan su cumplimiento, tema que ha sido difícil de abordar y de

concertar entre las Partes.

Una problemática más a considerar, es la visión que tienen las Partes sobre el fenómeno

del cambio climático, considerado a partir de la idea de que se debe a la industrialización y

particularmente a las grandes emisiones de CO2 de los países desarrollados.

La Convención observa que la mayor parte de las emisiones del pasado y actuales tienen

su origen en los países desarrollados. El principio trascendental, es que estos países deben

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

5

perfilar la lucha contra el cambio climático y sus efectos adversos7, bajo el principio de

responsabilidades comunes pero diferenciadas8.

Es decir, los países en desarrollo deben tomar la delantera en contrarrestar los efectos

adversos del cambio climático; deben considerar las necesidades específicas y

circunstancias especiales de los países en desarrollo; de adoptar e impulsar métodos

preventivos; el fomentar el desarrollo y el crecimiento económico sostenible9.

Bajo este tenor, la Convención enuncia obligaciones específicas en materia de

transferencias financieras y tecnológicas que se aplican únicamente a los países muy ricos,

principalmente los miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo

Económico (OCDE), así como tienen un mayor compromiso de limitar las emanaciones de

los GEI y en el incremento de los sumideros naturales10 –bajo este compromiso también

se encuentran las doce economías en transición de Europa Central y del Este, así como la

ex Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS) ahora Comunidad de Estados

Independientes (CEI)-, los cuales, acordaron en su momento contribuir con las actividades

relativas al cambio climático en los países en desarrollo, a través de apoyo financiero

adicional aun cuando ya hayan realizado alguna prestación financiera a estos países.

Sin embargo, existen diversos argumentos de las Partes que encierran claramente sus

intereses económicos y políticos, por ejemplo, los países industrializados están en

desacuerdo en que limiten sus actividades económicas basadas en los combustibles fósiles

7 Efectos adversos, se entiende como los cambios en el medio ambiente físico en la biota, resultantes del

cambio climático que tienen efectos nocivos significativos en la composición, la capacidad de recuperación o la productividad de los ecosistemas naturales o sujetos a ordenación, o en el financiamiento de los sistemas socioeconómicos, o en la salud y el bienestar humano. Véase en, Art. 1° de la CMNUCC. 8 Según la CMNUCC, las Partes deben proteger el sistema climático en beneficio de las generaciones

presentes y futuras de la humanidad, sobre la base de la equidad y las responsabilidades comunes aunque diferenciadas y las capacidades respectivas. Ibídem. 9 Desarrollo que satisface las necesidades del presente sin afectar la capacidad de las generaciones futuras

de satisfacer sus propias necesidades. Véase en, PROGRAMA DE NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO. La hoja de ruta de Bali: Los temas claves en la negociación, Publicación del grupo de medio ambiente y energía, 308 págs, pp. 212. 10

Sumidero, cualquier proceso o actividad o mecanismo que absorbe un gas de efecto invernadero, un aerosol o un precursor de un gas de efecto invernadero de la atmósfera. Ibíd., pp. 214.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

6

–petróleo y carbón- y que prevalezcan presiones e incentivos para que se adopten

tecnologías avanzadas tendientes hacia una conversión industrial a energías alternativas.

En este aspecto, la Convención reconoce también que los países que dependen de las

exportaciones de carbón y petróleo experimentarán dificultades si varía la demanda de

energía11 –como China y Estados Unidos- y, por otra parte, las economías exportadoras de

combustibles fósiles –como los miembros de la Organización de Países Exportadores de

petróleo (OPEP) y los países que son fuentes principales de petróleo no convencional12,

es decir de aguas profundas como México, Canadá, Venezuela, Brasil, Nigeria y Angola-, se

verá mermado su desarrollo y crecimiento económico, si la demanda del producto se ve

acotada por medidas que exijan el cumplimiento de los compromisos en la reducción de

emisiones de GEI.

Mientras que el argumento de los países en desarrollo, es que el fenómeno del cambio

climático los afecta mucho más, si son confirmadas las consecuencias previstas, reflejadas

en desplazamientos de zonas agrícolas, aumento del nivel del mar y variaciones en las

precipitaciones y aumento de temperatura.

11

Los combustibles fósiles representan alrededor de 78% del consumo global de energía primaria, distribuidos de la siguiente forma: petróleo, 33%; carbón, 24%; y gas natural, 21%. El consumo restante está repartido entre las fuentes renovables (17%) y la energía nuclear (5%). Sin embargo, debe tenerse en cuenta que el porcentaje de las fuentes renovables se divide a su vez entre las fuentes tradicionales de la biomasa (9%), la hidroelectricidad a gran escala (6%) y las llamadas “nuevas fuentes renovables”, con apenas 2%. Véase en, PICHS Madruga Ramón, Subdirector del Centro de Investigaciones de la Economía Mundial (CIEM), La Habana, Cuba. Tendencias energéticas mundiales: implicaciones sociales y ambientales, http://www.cubasolar.cu/biblioteca/Ecosolar/Ecosolar20/HTML/articulo01.htm 12

Las fuentes principales de petróleo no convencional son el de aguas profundas (a más de 500 m, la mayor parte se encuentra en el Golfo de Méjico y frente a las costas de Brasil, Nigeria y Angola), las arenas bituminosas de Canadá y el petróleo pesado de Venezuela. Canadá extrae cerca de un millón de barriles al año (pero para conseguirlo gasta gas natural equivalente a un tercio de la energía del petróleo extraído y la escalada del precio del mismo en Norteamérica supone un freno a su explotación). Venezuela obtiene 0,6 Mb/a, lo que supone un incremento de un 20% en los dos últimos años. Aunque se espera que siga aumentado estas extracciones, no parece probable que puedan hacerlo a este ritmo, debido al incremento de costes y al balance energético cada vez más pobre (el balance energético general entre energía obtenida e invertida ha pasado de un ratio 100:1 en 1950 al actual de 10:1), consumo de agua, impacto ambiental, etc. El petróleo de aguas profundas se está convirtiendo en la principal fuente de petróleo no convencional, pero después de su techo en 2011 decrecerá con rapidez. Véase en, BERMEJO, Gómez de Segura Roberto. El fin de la era de los combustibles fósiles. Sus consecuencias, http://eibar.org/blogak/kultu/images/Fin_com_fosiles.pdf

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

7

Por otra parte, durante las negociaciones en las COP´s se han realizado discusiones de

manera informal en relación desde qué punto de vista o escuela de pensamiento se deben

abordar los compromisos contraídos. Existen cuatro abordajes que consideran a la

atmósfera, la equidad, el desarrollo y la tecnología como prioridades a atender en relación

a las medidas de mitigación al cambio climático. Sólo que se ha entrado en una discusión,

sobre cuál de éstos abordajes se debe colocar en primer lugar.

La metodología que consiste en colocar en primer lugar a la atmósfera –como patrimonio

común mundial-, conllevaría a extender las metas del PK y a comprometer a un conjunto

de países más amplio; los que buscan anteponer la equidad, las metodologías per cápita13

y la propuesta brasileña14 serían las más indicadas en este abordaje que quiere tomar en

cuenta la igualdad de derechos para cada persona y responsabilidad histórica; otros

sostienen, que el derecho al desarrollo -sostenible- también es una cuestión de equidad,

sin embargo, la equidad no sólo se relaciona con la mitigación, sino que también tiene

competencia en las medidas de adaptación, las finanzas y la tecnología, y; las

metodologías sectoriales, se relacionan con anteponer la tecnología, mientras que el

13

El enfoque de “derechos per cápita”, toma como punto de partida el derecho igualitario de cada persona de utilizar la atmósfera como patrimonio común mundial. Es un enfoque puro per cápita, no existe referencia a los niveles de emisión actuales, sino sólo un presupuesto mundial asignado igualitariamente a los países sobre la base de la población. Por otra parte, las metas de emisiones absolutas en toneladas de CO2 difieren, por lo tanto drásticamente de aquellos al estilo del PK y las atribuciones de emisiones son negociables en la mayoría de las propuestas per cápita, lo que ofrece más beneficios para las naciones que cuentan con mucha población y bajo niveles de emisiones per cápita. Por ejemplo India y China prefieren este tipo de metodología, ya que es más atractiva para las naciones más pobladas, las naciones menos pobladas. El argumento fundamental basado en la equidad sostiene que cada persona debería tener el mismo derecho de usar la capacidad de absorción de la atmósfera. Veáse en, PROGRAMA DE NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO. La hoja de ruta de Bali: Los temas claves en la negociación, Publicación del grupo de medio ambiente y energía, 308 págs, pp. 42. 14

La propuesta brasileña, basa su enfoque en la distribución de esfuerzos en la contribución histórica de cada país al cambio en la temperatura, atribuyendo mayor responsabilidad entre los países del Anexo I en una reducción general del 30% por debajo de los niveles de 1990 para el 2020. El abordaje se basa en el uso de las emisiones históricas acumulativas, en vez de las emisiones anuales actuales, asimismo, pone particular atención a los gases y sectores –silvicultura- elegidos; la fecha límite del análisis, y la representación de la química atmosférica en el modelo. La metodología ha sido ampliada a un esquema mundial que también incluye los países en desarrollo. Se menciona que esta propuesta es la única metodología a considerar para un régimen climático futuro, propuesta que se ha externado oficialmente a las Partes de la Convención. PNUD, Ibíd, pp. 43.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

8

abordaje tríptico global15 desagrega las normas sólo para tres factores; electricidad,

industrias de alto consumo energético y los sectores nacionales.

Estos abordajes se comienzan a discutir cuando se trata de establecer en las

negociaciones los compromisos para la reducción de emisiones de GEI y la mejor manera

de llevar a cabo los procedimientos y metodologías para ello. Sin embargo, las metas

nacionales de emisiones varían de un país a otro, o de un conjunto de países que

pertenecen a una integración económica, tal es el caso de la Unión Europea (UE en

adelante).

Por otra parte, las metas nacionales, significan en el PK llevar a cabo negociaciones y

compromisos políticos. La meta general para los países desarrollados es la reducción de

emisiones del 5%; el 8% en la UE, Suiza y la mayor parte de Europa Central y Oriental; 7%

Estados Unidos (EU en adelante); 6% Canadá, Hungría, Japón y Polonia. En tanto Nueva

Zelanda, Rusia y Ucrania sólo deben estabilizar sus emisiones. Mientras que se percibe

que podrían aumentar las emisiones de Noruega en un 1%; Australia 8% y en Islandia en

un 10%.16

La UE durante el primer período de compromiso, suscribió un acuerdo interno para

satisfacer la meta del 8% -como integración económica en conjunto, no por compromisos

nacionales-, mediante distribución de diversos porcentajes entre sus miembros, del

mismo modo en que fue distribuido el porcentaje total de todo el grupo de los países

desarrollados. Estas metas varían de una reducción de emisiones del 28% por parte de

Luxemburgo; 25% Grecia y el 27% corresponde a Portugal.

15

El tríptico global, se concentra en tres sectores: la electricidad, industrias de alto consumo energético y los sectores nacionales –residencial y transporte-, también toma en cuenta las oportunidades tecnológicas disponibles en diversos sectores. PNUD, Ibíd, pp. 46. 16

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE. Para comprender el cambio climático: Guía elemental de la Convención marco de las Naciones Unidas y el Protocolo de Kyoto, Francia: 2002, 34 págs, pp. 28.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

9

Ahora bien, expuesto lo anterior de una manera general para una mejor comprensión de

lo que se ha planteado a nivel mundial en las COP´s para la conformación de un régimen

climático internacional acorde al S. XXI, en la primera parte del presente trabajo, que lleva

como título “Revisión de la CMNUCC y el PK”, se realiza una remembranza de las

Conferencias de las Partes (COP´s) de la CMNUCC; las negociaciones de Bali a Durban

(COP13 – COP17); el desarrollo de las negociaciones en Doha; la CMNUCC y el PK dentro

del derecho internacional público, y; la preservación de la soberanía de los Estados ante el

régimen internacional del cambio climático, lo cual nos brinda contar con una panorama

de lo que se ha estado realizando hasta el año 2012, así como, nos muestra la importancia

que tienen para los Estados la salvaguarda de la soberanía ante algunas decisiones de las

COP´s.

En la segunda parte, titulada “El proceso de las negociaciones de Bali a Doha en los Grupos

de Trabajo Especiales: GTECLP Y GTEPK”, trata de mostrar el nivel de desarrollo de los

temas de la Hoja de Ruta de Balí bajo el mecanismo de dos vías, es decir, las actividades

realizadas por el GTECLP y el GTEPK en los procesos de negociaciones del 2008 al 2012

para discernir la mejor manera de llevar a cabo los compromisos para la permanencia y

operación de un régimen internacional del S. XXI; así como, se analizan el papel

desempeñado de los Grupos de Trabajo Especiales en materia de nuevos compromisos y

en la revisión del PK.

En la tercera parte, que lleva como título “Modelos explicativos para la comprensión del

comportamiento de las negociaciones en cambio climático”, se analiza a dos autores,

Benito Müller que trae a colación el modelo de la legitimidad representativa, y; Peter John

Wood con el modelo de teoría de juegos y cambio climático.

El trabajo parte del método deductivo –de lo general a lo particular-, es un estudio

multidisciplinario en donde convergen los temas de derecho internacional público,

cooperación internacional, política internacional y puntos de vista desde la economía que

tratan de exponer una mejor manera de llevar a cabo el proceso de negociaciones, así

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

10

como se hace uso de las técnicas de la descripción y análisis, que desemboca en el manejo

de la información bajo la técnica cualitativa y cuantitativa.

El presente trabajo, es un conglomerado de información de lo que han tratado las COP´s y

los resultados arrojados hasta el 2012, así como lo más sobresaliente de las actividades

realizadas en el proceso de negociaciones bajo las dos vías de negociación con los GTE en

el marco de la cooperación a largo plazo y el Protocolo de Kyoto, con el fin de acordar

mejores maneras en la operación y organización de las actividades de los temas que

encierra tanto la Convención y el PK para hacer frente al fenómeno del cambio climático.

Como conclusión a la presente investigación, se pretende que los lectores tengan una

visión más amplia del tema a estudio, el cual se ha desarrollado pretendiendo en su

exposición, se encuentre al alcance no sólo de los especialistas en los temas de cambio

climático, sino también, que llegue el conocimiento de una manera clara y sencilla de lo

que se abordado hasta el momento en relación a la organización mundial de crear un

régimen internacional de cambio climático, y sea un material de alcance comprensivo y

útil para todo público interesado en el tópico.

El presente compendio se llevó a cabo tomando en cuenta y en consideración todas

fuentes documentales y monitoreo de información que versan sobre este tema.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

11

PRIMERA PARTE.

REVISIÓN DE LA CONVENCIÓN MARCO DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO

CLIMÁTICO (CMNUCC) Y EL PROTOCOLO DE KYOTO (PK).

En esta primera parte, se describen y analizan las diversas conferencias que ha celebrado

la comunidad internacional en relación al cuidado del medio ambiente, clima, cuidado de

la atmósfera, temas que anteceden al tratamiento del fenómeno del cambio climático a

nivel mundial con la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático

CMNUCC) y el controvertido Protocolo de Kyoto (OK) que reúne los compromisos de las

Partes en materia de reducción de emisiones.

1. Remembranza de las Conferencias de las Partes (COP´s) de la CMNUCC.

Desde 1992, año en que se creó la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio

Climático (CMNUCC), la Convención ha sido el espacio donde las Partes -195 hasta el

momento- han convenido al reforzamiento o atenuación de las disposiciones científicas

descubiertas e investigadas en materia de cambio climático.

Es a partir del 28 de marzo al 07 de abril de 1995, cuando se celebra la Primera

Conferencia de las Partes (COP1) en Bonn, Alemania, este comienzo marca el inicio de

diálogo y negociaciones sobre cuál y cómo es la mejor manera de proceder para reducir el

grado de emisiones17 de gases de efecto invernadero (GEI), sólo que no es hasta la

celebración de la COP3 en Kyoto Japón -11 de diciembre de 1997- cuando se aprueban

enmiendas o protocolos a la Convención y nace el Protocolo de Kyoto (PK) el cual entró en

vigor el 16 de febrero de 2005.

La principal preocupación, es llegar a estabilizar las concentraciones de GEI en la

atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema

climático, que se debe lograr en un plazo suficiente para que se permita que los

17

Por "emisiones" se entiende la liberación de gases de efecto invernadero o sus precursores en la atmósfera en un área y un período de tiempo especificados. Véase en, Artículo 1° de la CMNUCC.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

12

ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, así como, se asegure la

seguridad alimentaria y que los países prosigan su desarrollo económico de una manera

sostenible, como lo indica el Art. 2° de la Convención, sin embargo, esta tarea se muestra

como un reto a realizar, por lo cual, se deciden tomar las medidas necesarias en materia

de prevención, mitigación18 y adaptación19 al cambio climático.

Sin embargo, el cómo y cuál es la mejor manera de reducir las emisiones de GEI, han sido

las preguntas que se han vuelto problemáticas y que han tratado de resolver las Partes en

cada una de las COP´s celebradas, en donde se han analizado diversos temas en relación a

los procedimientos; metodologías; aspectos a considerar en materia de áreas agrícolas y

forestales convertidas en sumideros de dióxido de carbono; sanciones, propuestas de

compromiso, mecanismos, cuestiones técnicas y las maneras de aplicación del PK; el

funcionamiento de los de los Órganos Subsidiarios, los cuales sirven de apoyo a las Partes

con el fin de cumplir con los compromisos tanto de la Convención como del PK; así como,

el funcionamiento de los Grupos de Trabajo.

Hasta el momento han funcionado las disposiciones y normas que especifican las

tecnologías de reducción (noma de tecnología) o los requisitos mínimos de emisión de

contaminación (norma del desempeño) para reducir las emisiones; impuestos y cargos,

que son los impuestos que grava casa unidad de actividad indeseable por fuente20;

permisos de comercio, también conocidos como permisos comerciables o sistemas de

tope y comercio –este instrumento establece un límite sobre el total de emisiones por

18

Intervención antropogénica destinada a reducir las fuentes o aumentar los sumideros de GEI. Véase en, PROGRAMA DE NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO. La hoja de ruta de Bali: Los temas claves en la negociación, Publicación del grupo de medio ambiente y energía, 308 págs, pp. 214. 19

Ajuste en los sistemas naturales o humanos en un entorno nuevo o cambiante. Adaptación al cambio climático hace referencia al ajuste en los sistemas naturales o humanos, en respuesta a los estímulos climáticos reales o esperados, o a sus efectos, con daños moderados o aprovechamiento de las oportunidades beneficiosas. Es posible distinguir diversos tipos de adaptación, incluidas la anticipatoria o reactiva, la pública y privada, y la adaptación autónoma y planificada. PROGRAMA DE NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO. La hoja de ruta de Bali, Ibíd., pp. 130-133 y 211 20

Todo proceso actividad o mecanismo que libere a la atmósfera un GEI, un aerosol o un precursor o aerosol de GEI. Véase en, CONVENCION MARCO DE NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO, Artículo 1°.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

13

fuentes especificadas, exige que cada fuente posea permisos iguales a sus emisiones

reales y permite la comercialización de los permisos entre fuentes-; acuerdos voluntarios,

acuerdo celebrado entre una autoridad gubernamental y una o más privadas, para

alcanzar los objetivos ambientales o mejorar el desempeño ambiental, más allá del

cumplimiento de las obligaciones reguladas –no todos los acuerdos voluntarios son

realmente voluntarios, algunos incluyen premios y/o castigos asociados a la reunión o el

logro de los compromisos-; incentivos financieros, como pagos directos, reducciones

impositivas, respaldos de precios o el equivalente de parte de un gobierno a una entidad,

en concepto de instrumentar una práctica que consiste en realizar una acción

especificada; instrumentos informativos, se refiere a la divulgación pública exigida de la

información relativa al medio ambiente, en general por parte de la industria a los

consumidores, incluye los programas de etiquetado, calificación y certificación;

investigación y desarrollo, son inversiones y gastos directos del gobierno destinados a

generar innovación sobre la mitigación o sobre la infraestructura física y social para

reducir las emisiones e incluye premios e incentivos para los avances tecnológicos, y;

políticas no climáticas, que pueden tener efectos significativos relacionados con el clima.21

Estas son los instrumentos de política en la reducción de los GEI, y cada vez, se va

tornando más complejo el sistema de reducción de emisiones de GEI.

El PK compromete a los países industrializados y a los países en transición (Partes del

Anexo I) hacia una economía de mercado a alcanzar objetivos cuantificados de reducción

de emisiones de seis gases de efecto invernadero –conocido como el “Conjunto Basket”22-

, durante el período 2008 – 2012 en un promedio de 5.2% debajo de los niveles de

21

Véase en, PROGRAMA DE NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO. La hoja de ruta de Bali, Ibíd., pp. 78. 22

El Protocolo de Kyoto, aborda los seis principales gases de efecto invernadero; tres principales GEI: a saber: Estos gases se combinan dióxido de carbono (CO2), el metano (CH4) y el óxido nitroso (N2O), y; tres gases industriales: hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6). Con el fin de que las reducciones de cada gas se acrediten en una cifra única fijada como objetivo –equivalente de CO2-. Véase en, PNUMA y la Secretaría sobre el cambio climático (CMNUCC), Para comprender el cambio climático: Guía elemental de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Bonn, Alemania: 2002, 34 págs., pp. 21-23.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

14

emisión de 1990 entre 2008 – 2012 con objetivos específicos que varían de país a país.

Este fue el primer plazo de compromiso y se prevé el establecimiento de objetivos

obligatorios futuros para períodos de compromiso posteriores a 2012 –a ser tratados en la

COP18 en Doha-.

Sin embargo, el PK ha provocado dilemas en la economía de los países, ya que afecta a

casi todos los sectores económicos -y se ha considerado como el acuerdo de más largo

alcance sobre los tópicos de medio ambiente y desarrollo sostenible-, lo cual ha llevado a

una complejidad para llevar a cabo las medidas de mitigación y adaptación del cambio

climático, así como, se encuentran involucrados los diversos intereses políticos y

económicos de las Partes, principalmente de los países desarrollados quienes han sido

renuentes a llevar a cabo y ratificar el PK.

Cómo esperar una vertiginosa transición a sociedades más eficientes desde el punto de

vista de la energía, innovadoras desde el punto de vista tecnológico y sostenibles desde el

punto de vista ambiental. Se necesitaría más que una concientización y voluntad política,

ya que estas se mueven según el “son de desarrollo económico” y de las capacidades de

los países, así como de la política internacional en materia económica –comercial- y

política, mostrándole poco interés a la seguridad humana y por lo tanto la preservación de

la humanidad en un marco mundial.

Es verdad que existe la concientización y la voluntad política, sin embargo, muchas veces

son más fuertes los problemas internos de los Estados y prioridades a resolver, como la

estabilidad social, la seguridad, los aspectos sociales y un sinnúmero de circunstancias

nacionales existentes, que hacen frenar o que no se lleven a cabo de manera adecuada las

acciones en materia de cambio climático en cada espacio territorial y político.

Cabe señalar, que desde 1972 se comenzó a discutir en la arena internacional los temas de

medio ambiente, clima y cambio climático, y 20 años después (1992) la comunidad

internacional se abre en discutir y negociar particularmente la problemática del cambio

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

15

climático con la adopción de la CMNUCC, y en adelante, a través de las Conferencias de las

Partes (COP´s).

A continuación se mencionan los avances políticos de la comunidad internacional en la

lucha contra el cambio climático.

1972. Estocolmo acogió la primera Conferencia Internacional de Naciones Unidas

sobre Medio Ambiente Humano.

1973. Se creó el Programa de la Organización de las Naciones Unidas para el Medio

Ambiente (PNUMA).

1979. Se celebró la Primera Conferencia Mundial sobre el Clima en Ginebra, Suiza.

1983. Se creó la Comisión sobre Medio Ambiente y Desarrollo de las Naciones

Unidas (CNUMAD).

1987. Protocolo de Montreal (Canadá). Relativo a las sustancias que agotan la

capa de ozono –posteriormente ajustado y enmendado-.

1988. Conferencia de Toronto sobre Cambios en la Atmósfera (Canadá). Se da a

conocer el “Objetivo Toronto”: compromiso voluntario de algunos países

industrializados.

1988. Se creó el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático

(IPCC).

1990. Se celebró la Segunda Conferencia Mundial sobre el Clima (Ginebra – Suiza)

Se trabaja sobre el Primer informe del IPCC presentado ese mismo año en Suecia.

1990. El IPCC publicó en Sundsvall (Suecia), el primer Informe de Evaluación, el cual

da a conocer, la existencia de evidencias científicas sobre el cambio climático.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

16

1991. ONU, Nueva York. Compromiso de países industrializados para reducir las

emisiones. Son acuerdos legalmente no vinculantes (gestión Bush padre).

1992. Se adoptó el Convenio Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático

(CMNUCC), -la declaración de principios entró en vigor el 21 de marzo de 1994-.

En junio, se celebró en Río de Janeiro (Brasil) la Cumbre de la Tierra, en la que se

signó el Convenio Marco que compromete a los países firmantes a adoptar

medidas para mitigar las emanaciones de gases responsables del calentamiento

atmosférico.

1995. Se celebró la Primera Conferencia de las Partes (COP1) en Bonn (Alemania),

marcando el inicio de negociaciones y diálogo, sobre cuál y cómo es la mejor

manera de proceder para reducir el grado de emisiones de GEI.

La COP1, estuvo marcada por la incertidumbre respecto a las medidas que podían tomar

los países de manera individual con el fin de reducir las emisiones de GEI, dando como

resultado el Mandato de Berlín23, el cual, estableció una fase de análisis y evaluación de

dos años, conduciendo a la realización de un catálogo de instrumentos que permitiera que

cada una de las Partes adecuara y preparara un conjunto de iniciativas de acuerdo a sus

necesidades.

Asimismo, se acordó negociar un protocolo o un acuerdo legal que contuviese limitaciones

y reducciones de emisiones específicas, el cual, se presentó en Kyoto (Japón), durante la

celebración de la COP3.

1996. Se celebró en Ginebra (Suiza), la II Conferencia de las Partes (COP2) y da un

inicio en el tratamiento del comercio de emisiones24.

23

Véase en, CMNUCC - CONFERENCIA DE LAS PARTES, Primer período de sesiones, Berlín, del 28 de marzo al 7 de abril de 1995 en, http://unfccc.int/resource/docs/spanish/cop1/g9561658.pdf 24

El comercio de emisiones ha sido el mecanismo considerado dentro del Protocolo de Kioto. En éste, primeramente se estableció una meta de reducción de emisiones global: emisiones que fueran 5,2% inferiores a los niveles de 1990 para el período 2008-2012. En segundo lugar, se definieron objetivos

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

17

Por otra parte, se aprobaron los resultados del II Informe de Evaluación del IPCC

estableciendo que las partes no deben seguir soluciones uniformes, sino que cada Parte

empleara las soluciones más relevantes para su situación concreta, así como establecieran

objetivos vinculantes en un mediano plazo.

Se trabajó en el marco del II Informe del IPCC -el balance de las evidencias sugiere la

influencia humana discernible sobre el clima global-, y por primera vez Estados Unidos

sugiere que los acuerdos alcanzados sean legalmente vinculantes. Se redactó la

Declaración de Ginebra.25

Igualmente, se dio a conocer el impulso de las negociaciones del PK, ya que hasta ese

momento, las negociaciones no habían sido adoptadas, sólo habían quedado por escrito.

1997. Se celebró la COP3 en Kyoto (Japón), durante las negociaciones se decidió

crear un acuerdo para frenar la degradación medioambiental. Este acuerdo se

conoce como el Protocolo de Kyoto (PK) y fue considerado en ese momento como

un acuerdo sin precedentes. El PK, obliga a 38 países industrializados, más la Unión

Europea (UE) a reducir las emisiones de seis gases responsables del efecto

invernadero sobre los niveles de 1990 entre los años 2008 y 2012. Este grupo de

países fueron incorporados al Anexo I.

individuales de mitigación para cada país Anexo I y se repartieron permisos de emisión entre las firmas establecidas en cada territorio. Como consecuencia, se crearon mercados de carbono, diferentes ámbitos donde empresas y países Anexo I comercian sus permisos entre sí y tienen, además, la opción de financiar proyectos de mitigación en países en desarrollo o de Europa del Este (mediante el Mecanismo para un Desarrollo Limpio o el Mecanismo de Implementación Conjunta, respectivamente). De esta manera, se logra que la mitigación la realicen aquellas instalaciones (y países) con menores costos por tonelada de carbono reducida. Los sistemas de comercio de emisión se basan en el hecho de que el cambio climático es un problema global. Esto significa que no importa dónde se mitigan (o generan) las emisiones pues, en definitiva, las emisiones desde cualquier punto van a la atmósfera. Véase en, Los Sistemas de Comercio de Emisiones, en http://finanzascarbono.org/finanzas-carbono/acerca/comercio-emisiones/

25 CONVENCIÓN MARCO SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO, Aprobación del informe de la Conferencia de las

Partes sobre su segundo periodo de sesiones, CONFERENCIA DE LAS PARTES, Segundo período de sesiones, Ginebra, 8 a 19 de julio de 1996, Tema 10 a) del programa, http://unfccc.int/resource/docs/spanish/cop2/l10s.pdf

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

18

1998. El PK se abrió a la firma el 16 de marzo en la sede de Naciones Unidas, Nueva

York. Un mes después la UE -incluida España- firmó el PK, en el 2001, Estados

Unidos (EU) decide no ratificarlo.

La COP4 se celebró en Buenos Aires (Argentina), se trataron e algunos aspectos no

resueltos como los Mecanismos de Desarrollo Limpio, el Comercio de Emisiones y la

transferencia de tecnología). Se estableció una fecha límite para decidir las reglas de

Kyoto, por lo tanto, se programó un plazo de dos años para clarificar y desarrollar

herramientas de aplicación del PK, a lo cual, se le dio el nombre de Plan de Acción de

Buenos Aires26.

1999. Se celebró la COP5 en Bonn (Alemania) y sólo hubo debates técnicos sobre

los mecanismos del PK, no se llegó a ninguna declaración, aunque se intensificaron

los trabajos para conseguir cumplir con los calendarios establecidos en la COP4.

2000. En la Haya (sede de gobierno de los Países Bajos) se celebró la COP6, y las

negociaciones giraron en torno a la propuesta de EU, en que las áreas agrícolas y

forestales se convirtieran en sumideros de dióxido de carbono. La propuesta fue

rechazada.

Por otra parte, se exhortó sobre las sanciones a adoptar si los países no cumplen con sus

obligaciones en materia de reducción de emisiones de GEI, en este aspecto, la UE rechazó

26 El Plan establece fechas límites para finalizar los detalles sobresalientes del P, de manera que tal acuerdo

fuera funcional al entrar en vigor -en alguna fecha después del año 2000-, así como, los tres mecanismos del PK –comercio de emisiones, mecanismos de desarrollo limpio (MDL) y un programa de aplicación conjunta (AC) proporcionarán los créditos para el financiamiento de proyectos que disminuyan las emisiones en los países en desarrollo o con economías en transición, el Plan contempla cuestiones de cumplimiento, políticas y medidas. Asimismo, insta a incrementar los trabajos en materia de transferencia de tecnologías amigables al clima a países en desarrollo, e identifica las necesidades y preocupaciones de los países afectados por el calentamiento global y por las implicaciones económicas de las medidas de respuesta. Véase en, FRAMEWORK CONVENTION ON CLIMATE CHANGE, Naciones Unidas, La conferencia sobre cambio climático aprueba el Plan de Acción de Buenos Aires, http://unfccc.int/cop4/infomed/p111498s.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

19

la propuesta de compromiso. Por lo tanto, fracasaron las negociaciones y se instó a

reanudar las discusiones en julio de 2001 en una conferencia extraordinaria.

Es importante hacer mención, que sí hubiese existido la oportunidad de que Estados

Unidos (EU) firmará el PK se hubiera aprobado su propuesta de convertir las áreas

agrícolas en sumideros, tal vez, EU se habría comprometido en reducir sus emisiones de

GEI, sin embargo, EU anunció que no ratificaría el PK. Por lo tanto, Rusia, Australia, Canadá

y Japón, marcaron su distancia con EU y se unieron a la UE con el fin de que el PK fuera

aprobado.

Por otra parte, se retomó la conferencia estancada en noviembre de 2000 –sobre los

mecanismos del PK- y acuerdan 180 países a firmar el Acuerdo de Bonn27.

Se preveía la oportunidad de poder cerrar todos los aspectos inconclusos de Kyoto y

asegurar unas reducciones reales de GEI. Finalmente no fue así.

2001 – Presentación del III Informe del IPCC (Bangkok - Tailandia).

2001. En Marrakech (Marruecos) se celebró la COP7, con el objetivo de

desbloquear lo ocurrido durante la COP6, para poder llegar a un acuerdo que

permitiera poner en marcha el PK

En esta ocasión se completaron las negociaciones sobre el PK y se dieron a conocer los

Acuerdos de Marrakech28 -en ellos se vio reflejado el Acuerdo de Bonn-, en los cuales, se

27

Acuerdo global que incluye normas y procedimientos sobre diversos asuntos de los países en desarrollo (fondos, traspaso de tecnología, capacitación, adaptación a los impactos del cambio climático), los mecanismos de Kioto (Comercio de Emisiones, Aplicación Conjunta y Mecanismo de Desarrollo Limpio), sumideros y cumplimiento. En su conjunto, el acuerdo creó la arquitectura fundamental básica para que los países se animaran a ratificar y pusieran en práctica el PK, así como, se diera la oportunidad de negociar futuras negociaciones más estrictas sobre la reducción de emisiones. Los puntos principales del Acuerdo de Bonn son: Otorgar tratamiento preferente a las energías renovables limpias bajo el MDL; Solicitar a los países industrializados que frenen el fomento de la energía nuclear en los países en desarrollo, con el fin de detener la contaminación por carbono; Crear normas factibles para el Comercio de Emisiones, y; Crear un régimen de cumplimiento que incluya consecuencias no opcionales, de obligado cumplimiento para aquellos países que no alcancen sus compromisos. Véase en, WWF/Adena, Protocolo de Kioto. Situación actual y perspectivas, http://www.ceida.org/prestige/Documentacion/Protocolo%20Kioto.pdf

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

20

detallan las reglas para la aplicación del PK y la puesta en práctica de la Convención. Se

menciona que los Acuerdos de Marrakech, son el Reglamento del PK.

Cabe señalar, que unos meses antes de ser aprobados los Acuerdos de Marrakech, el

Presidente de EU, presentó el PK al Senado estadounidense quien lo declaró en vía

muerta. Mientras que la UE, decide seguir adelante con él, aún con la ausencia de EU,

eliminando de esta manera el fracaso del PK.

Por lo tanto, finalmente se llega a un texto legal donde se recogen los compromisos de

cada uno de los países y se estructuran muchos de los mecanismos del PK.

2002. Durante la COP8 celebrada en Nueva Delhi (India), la UE ratifica

unánimemente el PK, tras su aprobación en los parlamentos nacionales –aun

cuando no consiguió ser aprobada su propuesta de exigir más acciones de las

Partes de la Convención-, Japón también ratifica el tratado, al igual que Canadá y

Nueva Zelanda.

Asimismo, se reafirmó que el desarrollo y la erradicación de la pobreza, son prioridad para

los países en desarrollo, así como, se destacó la importancia de las medidas de adaptación

en materia de cambio climático en la Declaración de Delhi sobre cambio climático y

desarrollo sostenible29, y se avanza sobre aspectos relativos a los Mecanismos de

Desarrollo Limpio (MDL).

2003. La COP9 celebrada en Milán (Italia) se centró en clarificar los últimos detalles

técnicos del PK, no hubo declaraciones, sin embargo, se avanzó en aspectos

28

Los Acuerdos de Marrakech se acordaron por consenso. Japón, Rusia y Canadá, consiguieron, en un primer momento, imponer sus exigencias como condiciones indispensables para su ratificación, con los acuerdos los países llegaron a una idea clara de lo que se espera con el PK en todos los niveles. Ibíd. 29

CONFERENCIA DE LAS PARTES, Declaración Ministerial de Delhi sobre el cambio climático y el desarrollo sostenible, Octavo período de sesiones , Nueva Delhi, 23 de octubre a 1º de noviembre de 2002, Tema 11 del programa, Fase de alto nivel con asistencia de ministros y altos funcionarios, en http://unfccc.int/resource/docs/spanish/cop8/cp8l06r01s.pdf

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

21

tratados durante la COP8 -confirmaciones y desmentidos por parte de Rusia sobre

su ratificación-.

2004. En Buenos Aires (Argentina) se dio lugar a la realización de la COP10, las

Partes dieron inicio a los debates sobre el futuro del PK al término del primer

período de compromiso en el 2012.

Se dio a conocer el Programa de Trabajo de Buenos Aires sobre adaptación y medidas de

respuesta30, así como, se hizo un llamado a la acción de las Partes sobre cuestiones para

hacer frente a los efectos adversos del cambio climático y medidas de respuesta;

intercambio de información sobre políticas de mitigación y adaptación.

Bajo este Programa de Trabajo, se señaló la creación de dos vías para la adaptación. Como

una primera vía, el desarrollo de un programa quinquenal de trabajo sobre los aspectos

científicos, técnicos y socioeconómicos de la vulnerabilidad y la adaptación al cambio

climático en el OSACT.

Y la segunda vía, encargada de ver la mejora de la información y las metodologías,

implementación de actividades de adaptación concretas, transferencia de tecnología y

creación de capacidades en el marco del Órgano Subsidiario de Ejecución (OSE), así como,

encargado de llevar tres talleres regionales y una reunión de expertos para los pequeños

países de Estados insulares en desarrollo (SIDS), con el fin de facilitar el intercambio de

información y las evaluaciones int5egradas para ayudar en la identificación de las

necesidades específicas de adaptación e inquietudes.

Es importante mencionar, que durante la COP10 Rusia –país que representa el 17,4% de

las emisiones- aprobó el PK, con lo que queda superado el 55% de emisiones requeridas

30

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de la Décima Conferencia de las Partes para la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático: 6-18 diciembre de 2004, Servicio Informativo sobre Negociaciones Relacionadas con el Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible, Vol. 12 No. 260, Lunes, 20 de diciembre de 2004, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12260s.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

22

en el tratado como condición para su entrada en vigor31 -el 16 de febrero de 2005 entró

en vigor el PK-.

Asimismo, se hizo patente la participación de Arabia Saudí, quien obstaculizó cualquier

avance imponiendo condiciones sobre la disponibilidad de ayuda financiera para la

adaptación de los países en vías de desarrollo. Exigía a cambio compensaciones derivadas

de la pérdida de sus ingresos procedentes de la venta de petróleo.32

2005. La COP11/CRP1 se celebró en Montreal (Canadá) se da inicio a una nueva

etapa tanto de la Convención como del PK. El PK entra en vigor con la ausencia de

países contaminantes como EU, China y la India. En esta reunión anual entre las

Partes de la Convención (COP) se suplementó con la conferencia anual entre las

Partes del PK (CRP o CP/RP).

Los países que habían ratificado la Convención pero no el PK tenían estado de

observadores en la segunda conferencia. Ambas reuniones se centraron en lo que debería

suceder tras la finalización del primer período de compromiso del PK en el 2012. Suiza

anuncia el establecimiento del Céntimo Climático33, destinado a cumplir los compromisos

adquiridos en Kyoto.

31

El impedimento clave para que el Protocolo entrará en vigor no era el número de ratificaciones, si no el garantizar que los países que lo ratifiquen sean contaminadores significativos y que superen el 55% de las emisiones de CO2 incluido en el artículo 25 del Protocolo. A corto plazo y desde una perspectiva estrictamente técnica y legal, la ratificación por parte de algunos países es más importante que la de otros. Véase en, WWF/Adena, Protocolo de Kioto. Situación actual y perspectivas, Ibíd. 32

CAVAGNARO, Martín A. Cambio climático: Evolución, actualidad y perspectivas, PEPACG Mendoza (Equipo interdisciplinario para el Estudio de Procesos Atmosféricos en el Cambio Global) UCACyT – Pontificia Universidad Católica Argentina), http://lac.wetlands.org/LinkClick.aspx?fileticket=KgOQHsKFO2g%3D&tabid=2319&mid=9931

33 Ese protocolo establece el compromiso de reducir en el periodo 2008-2012 las emisiones de GEI causantes

del calentamiento global de la Tierra en un 5,2%respecto de los niveles de 1990.Suiza debe reducir sus emisiones el 8 por ciento entre 2008 y 2012 respecto al nivel de 1990, para lograr este objetivo será indispensable disminuir el 10% de las emisiones de CO2, que suponen el 80% de GEI emitidos en Suiza. El Gobierno suizo decidió subir un céntimo los precios finales de las gasolinas y gasóleos y, al mismo tiempo, bajar el del biogás -obtenido a partir de residuos-, así como, establece una tasa de 35 francos por tonelada de CO2 emitida por los combustibles fósiles, sino logra hacerlo, se vería obligada a recurrir al mercado internacional de derechos de emisión. El PK establece la posibilidad de que los países vendan o compren

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

23

Durante la COP11, se acordó que los procesos en torno a la cooperación internacional a

largo plazo en materia de cambio climático, así como del período Post 2012, serían a

través de los grupos de trabajo. El Grupo de Trabajo Especial del PK (GTE-PK) y el Grupo de

Trabajo Especial de Cooperación a Largo Plazo (GTE-CLP) en el marco de la Convención.

Ahora bien, estos dos grupos de trabajo operarían sin perjuicio de cualquier negociación,

compromiso, proceso, marco o mandato bajo la Convención a través de una serie de

cuatro talleres que constituyen un diálogo que continuaría en la CP13. Asimismo se dio

inicio a la Primera Reunión de las Partes del PK (CRP1-PK). Las partes del PK deciden que el

mismo, continuaría después de 2012 cuando vencieran los actuales objetivos y se

discutiría en la COP18 el segundo período de compromiso.

2006. La COP12/CRP2, da inicio al Programa de Trabajo de Nairobi sobre los

efectos, la vulnerabilidad y la adaptación al cambio climático34. El Programa fue

adoptado por el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y tecnológico

esos derechos para emitir a la atmósfera GEI en función de si cumplen o no las exigencias del acuerdo, llevando a cabo la reconversión a energías limpias o de sistemas más eficientes y se podrá vender las emisiones restantes a otros países. Véase en, Suiza establecerá un céntimo climático sobre el precio de los carburantes, 17 de febrero de 2006, http://ecodes.org/noticias/suiza-establecera-un-centimo-climatico-sobre-el-precio-de-los-carburantes#.ULs92uRwde8

34 El programa de trabajo de Nairobi es un programa quinquenal establecido en el año 2005. Su objetivo es

ayudar a los países que son Partes de la CMNUCC, en particular a los países en desarrollo, incluidos los países menos desarrollados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, a: 1) Mejorar su comprensión y evaluación de los impactos, la vulnerabilidad y la adaptación al cambio climático, y; 2) Adoptar decisiones informadas sobre actividades y medidas prácticas de adaptación para hacer frente al cambio climático con una sólida base científica, técnica y socioeconómica, teniendo en cuenta la variabilidad del clima y el cambio climático presentes y futuros. El programa busca lograr los siguiente objetivos: 1) Aumentar la capacidad a nivel internacional, regional, nacional, sectorial y local para seguir identificando y comprendiendo los impactos, la vulnerabilidad y las respuestas de adaptación, con el objetivo de seleccionar y ejecutar de manera efectiva, actividades de adaptación prácticas, eficaces y de alta prioridad; 2) Mejorar y aumentar la información y el asesoramiento sobre los aspectos científicos, técnicos y socioeconómicos de los impactos, la vulnerabilidad y la adaptación; 3) Mejorar el grado de difusión y la utilización de los conocimientos derivados de actividades prácticas de adaptación; 4) Mejorar la cooperación entre las Partes, las organizaciones competentes, el mundo empresarial, la sociedad civil y las instancias decisorias, con el fin de aumentar su capacidad para gestionar los riesgos derivados del cambio climático, y; 5) Mejorar la integración de la adaptación con planes de desarrollo sostenible. Véase en, UNITED NATIONS FRAMEWORK CONVENTION ON CLIMATE CHANGE (UNFCCC) SECRETARIAT, Programa de Trabajo de Nairobi sobre los efectos, la vulnerabilidad y la adaptación al cambio climático, Bonn, Germany, en http://unfccc.int/files/adaptation/application/pdf/nwpleaflet_0_es.pdf

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

24

(OSAT) y posteriormente llamado por la COP, con el fin de adoptar decisiones

relacionadas con los flujos de inversión y se hicieron progresos en ambos procesos

de Montreal, y se hace el llamado a las Partes del PK a que demuestren que se

encuentran realizando progresos demostrables para la consecución de los

objetivos de Kyoto. Asimismo, se inauguró en Oslo (Noruega), la primera bolsa

mundial para la compra - venta de emisiones de CO2.

Cabe hacer mención que el Programa de Trabajo de Nairobi (PTN), se convirtió después de

Bali, en uno de los más importantes ya que trata sobre los impactos, vulnerabilidad y

adaptación al cambio climático. El PTN, tiene como objetivo apoyar a los países en

desarrollo y menos adelantados (PAMAS), así como a los SIDS, en la comprensión,

evaluación de los impactos, la vulnerabilidad y la adaptación, sin dejar de lado, el

auxiliarlos en la toma de decisiones para informar sobre las actividades y medidas

prácticas de adaptación teniendo en cuenta el cambio climático actual y futuro.

Para ello, el PTN cuenta con nueve áreas de trabajo: 1) Métodos y herramientas; 2) datos

y observaciones; 3)modelización del clima, escenarios y reducción de escala; 4) los riesgos

relacionados con el clima y los fenómenos extremos; 5) información socioeconómica; 7) la

planificación y las prácticas de adaptación; 8) investigación y tecnologías de adaptación, y;

9) la diversificación económica.

Sin embargo, se observó que las negociaciones para acordar compromisos para las Partes

del PK iban demasiado lentas, sólo se llegó a lograr un mecanismo "automático" e

independiente para la financiación del Fondo de Adaptación a través de un "impuesto" del

7% sobre los Mecanismos de Desarrollo Limpio (MDL), pero los recursos siguen siendo

demasiado escasos.

2007. La COP13/CRP3 se llevó a cabo en Bali (Indonesia), se dio paso a un acuerdo

para sustituir el PK, dando especial reconocimiento al IV Informe de Síntesis del

IPCC presentado en Valencia (España) el 17 de noviembre, reafirmándose que el

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

25

cambio climático es un fenómeno inequívoco y que algunos de sus efectos son ya

irreversibles.

Por otra parte, se formuló un texto común para requerir acciones más rápidas en esta

área, adoptándose el Plan de Acción de Bali35 -u Hoja de Ruta de Bali-, el cual, estableció el

marco de las negociaciones que condujeron a la COP15 en Copenhague a intentar

negociar un nuevo acuerdo, y en este foro, Australia ratifica el PK.

Los países no industrializados se comprometieron a firmar compromisos de reducción de

emisiones y los industrializados a transferir fondos y tecnología de manera medible,

verificable y notificable; se aprobó un Fondo de Adaptación con recursos de los MDL; se

adoptó un programa estratégico de desarrollo y transferencia de tecnología, y; la firma de

la iniciativa REDD (Reducción de Emisiones de la Deforestación y Degradación).

2008. Poznan (Polonia) fue escenario de la COP14/CRP4, se asumió el programa

estratégico de Poznan, sobre transferencia de tecnología, como un paso para

aumentar el nivel de las inversiones en la transferencia de tecnología con el fin de

ayudar a los países en desarrollo a atender sus necesidades de tecnologías

ecológicamente racionales y valora la contribución lo que el Programa puede llegar

a ser.

35

En la COP13 de la CMNUCC, celebrada en Bali, Indonesia, en diciembre de 2007, los gobiernos adoptaron el Plan de Acción de Bali, que definió la ruta para un nuevo proceso de negociación en el marco de la Convención. El objetivo central, es fortalecer la implementación de la Convención ahora, hasta y después de 2012. Para alcanzar lo anterior, define 5 pilares principales para la negociación y concreción de acuerdos: visión compartida, mitigación, adaptación, tecnología y financiamiento. El proceso de negociación para la implementación del Plan de Acción de Bali es conducido por el Grupo de Trabajo Ad Hoc para la Cooperación a Largo Plazo (AWG-LCA por sus siglas en inglés). El AWG-LCA inició sesiones en 2008 y tenía previsto alcanzar un resultado acordado multilateralmente a finales de 2009. Sin embargo, ante la imposibilidad de alcanzar un resultado en 2009, el mandato Plan de Acción de Bali se extendió a 2010, con miras a la adopción de un resultado durante la COP16/ CMP6 a celebrarse en Cancún, Quintana Roo del 29 de noviembre al 10 de diciembre de 2010. Véase en, Los temas clave de la negociación, 30 de Agosto de 2010, http://www.cambioclimatico.gob.mx/index.php/es/los-temas-clave-de-la-negociacion.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

26

Para acrecentar las actividades de transferencia de tecnología con arreglo a la Convención,

se solicitó al Fondo para el Medio Ambiente Mundial, que iniciara la preparación de

proyectos para su aprobación y ejecución en el marco del programa estratégico, con el fin

de ayudar a los países en desarrollo a atender sus necesidades de tecnologías

ecológicamente racionales, entre los más importantes.

Cabe hacer mención, que casi a mediados de diciembre de 2008, se aprobó en Bruselas

(Bélgica) el compromiso de la UE-27, sobre reducción de emisiones de un 20% para el

2020 en la Cumbre de Jefes de Estado, así como se recalcó que el período 2008 – 2012,

las emisiones globales deben ser reducidas en un 5% por debajo de los niveles de 1990,

estipuladas en los compromisos del PK.

Por otra parte, el 28 de julio de 2009 EU y China firmaron un memorando de

entendimiento por el que se comprometen a cooperar en la lucha contra el cambio

climático, y a principios de noviembre arranca en Barcelona (España ), la última reunión

preparatoria de la COP15 en Copenhague.

Lo sobresaliente de la COP14 es que se avanzó en cuestiones metodológicas para mejorar

y reforzar aspectos de implementación de la Convención y el PK, así como se acordó el

programa de trabajo para 2009, un calendario donde se recogen los temas en los que

tiene que profundizar el grupo durante ese año y los siguientes pasos para poder alcanzar

un acuerdo en Copenhague sobre los futuros compromisos de reducción.

2009. En la COP15/CRP5 en Copenhague (Dinamarca), se alcanza un acuerdo de

mínimos no vinculante, que no fija objetivos de reducción de gases; sólo incluye la

sola intención de limitar a 2° C el aumento de la temperatura en la Tierra.

En las sesiones del OSACT y del Órgano Subsidiario de Ejecución (OSE), el décimo período

de sesiones del Grupo Especial de Trabajo sobre los nuevos compromisos de las Partes del

Anexo I, en virtud de PK (GTE-PK) y el octavo período de sesiones del Grupo de Trabajo

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

27

Especial sobre la acción de cooperación a largo plazo en virtud de la Convención (GTE-

LCA), fueron marcados por disputas en relación a la transparencia en los procesos.

Las negociaciones informales tomaron lugar en un grupo conformado por las mayores

economías y representantes regionales y otros grupos de negociación, los cuales dieron a

conocer el Acuerdo de Copenhague36, el cual fue presentado en la COP. En el 2010, 140

países apoyaron la adopción del acuerdo; 80 países otorgaron información sobre sus

acciones en materia de mitigación, y; acordaron extender el mandato del GTE-LCA y del

GTE-PL hasta la celebración de la COP16/CRP6 en Cancún (México).

Los logros de la COP15 fueron en relación de que se alcanzó el llamado “entendimiento de

Copenhague", con una breve declaración de principios y compromisos, el cual fue

elaborado por un reducido conjunto de países (EU, China, Brasil, Sudáfrica e India) quienes

tomaron en consideración: la limitación del aumento de la temperatura a 2º C, -

posteriormente la realización de una evaluación en el 2015 con el objetivo de analizar, si

es posible bajar la meta a 1,5 º C-; se planteó que la reducciones fueran voluntarias por

parte de los países desarrollados; se propuso el financiamiento de aproximadamente

30.000 millones de dólares para el período 2010-2010 -que significa el 0,005 % del PNB

anual de los países desarrollados; la movilización conjunta de 100.000 millones de dólares

36

Han pasado 12 años desde que se acordó el PK, poco a poco se va agotando el tiempo para actuar y evitar que la temperatura del planeta supere los 2° C de media por encima de la registrada en el periodo preindustrial. La temperatura media global ya está casi 0,8° C por encima y algunas investigaciones indican que las emisiones de GEI han determinado un aumento adicional e inevitable de hasta 1° C. La COP15 supuso una negociación más complicada con la incorporación de nuevas cuestiones, como las emisiones de GEI procedentes del transporte aéreo y marítimo -sectores que quedaron excluidos del PK-. Asimismo se negoció sobre otros elementos como financiación, adaptación y tecnología, -estipulados en la Convención-, sólo que no han sido resueltos aún. Se planteó un escenario difícil con el planteamiento de una segunda fase del PK de manera dual, para unos Estados y un acuerdo distinto para otros, ante lo cual, la UE lo consideró ilógico, podrían estar los Estados Unidos, pero plantea, el peligro de que muchos países que se encuentren en el PK renuncien a ser Partes como en el Anexo B - en el caso de que fuera más laxo-. En Singapur -15 de noviembre de 2009- el Pres. de EU y los países del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) consideraron se mostraban renuentes en esperar que se logrará un acuerdo definitivo sobre cambio climático en Copenhague y anunciaron que en su lugar apoyarían una solución en dos tiempos. Véase en, GOBIERNO DE ESPAÑA, Ministerio de Medio Ambiente. Guía para periodistas sobre cambio climático y negociación internacional, en http://www.magrama.gob.es/es/cambio-climatico/publicaciones/publicaciones/Gu%C3%ADa_periodistas_sobre_CC_tcm7-12466.pdf

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

28

anuales para el año 2020 para atender las necesidades de los países en desarrollo, lo que

significa un 0,05 % de su PNB. Aproximadamente un 50% de este financiamiento

provendrá del mercado de carbono, y; se propuso incentivar las acciones relacionadas con

REDD en base a mercados de carbono.

2010. México da lugar a la realización de la COP16/CRP6, en Cancún, Quintana

Roo. En este foro se reconoce la necesidad de profundizar en los cortes de las

emisiones globales de GEI.

Cancún (México) acoge la COP16, en la que se firman los Acuerdos de Cancún, destinados

a aplazar el segundo periodo de vigencia del PK. Se vio con expectativas la ratificación o no

del “Entendimiento de Copenhague” y la negociación sobre la extensión del PK que vence

el 31 de diciembre de 2012.

Tras la disconformidad con el Entendimiento de Copenhague por el ALBA, antes de la

realización de la COP16, se convocó a la “I Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el

Cambio Climático y Derechos de la Madre Tierra” la cual fue expresada por el Presidente

del Estado Plurinacional de Bolivia, Evo Morales, y se llevó a cabo del 19 al 22 de abril de

2010 en Cochabamba, Bolivia.

En el Foro Internacional se plantearon los siguientes objetivos: Analizar las causas

estructurales del cambio climático; Proponer modelos alternativos para “vivir bien en

armonía con la naturaleza”; Discutir y acordar una Declaración Universal de los Derechos

de la Madre Tierra; Trabajar en los mecanismos que permitan la realización de un

Referéndum Mundial sobre el cambio climático, y; Desarrollar una propuesta para la

creación de un Tribunal de Justicia Climática.37

37

Véase en, Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra, 02 de Febrero de 2010, http://www.ecoportal.net/content/view/full/90873

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

29

2011. Durban (Sudáfrica) acoge la COP17. Se firma la Plataforma de Durban que

incluye un segundo periodo para el PK, una Hoja de Ruta para un acuerdo global de

reducción de emisiones y el mecanismo que debe regir para el Fondo Verde para el

Clima. Canadá anuncia que abandona el PK.

2012. En Doha (Qatar) del 26 de noviembre al 07 de diciembre de 2012 se celebra

la COP18. El principal objetivo del foro internacional es llevar a cabo negociaciones

para la extensión del segundo período de compromiso del PK, ya que finaliza el

último día de 2012.

A continuación se analizan los avances y retrocesos que se dieron durante las

negociaciones de Bali hacia Durban.

1.1. Las negociaciones de Bali a Durban (COP13 – COP17).

La discusión internacional sobre el clima de los últimos cuatro años –de la Décimo Tercera

Conferencia de las Partes (CP13) celebrada en Bali, Indonesia en el 2007 hasta la Décimo

Séptima Conferencia de las Partes (CP17) celebrada en Durban en el 2011, se han puesto

de manifiesto posturas encontradas respecto a los objetivos, procedimientos, estrategias

y los resultados que se han obtenido a través del PK.

La COP13 resolvió que las negociaciones se realizarán en dos vías, es decir, bajo el marco

de la Convención y del Protocolo -Reunión de las Partes del PK (CRP)-, estableciendo dos

años de negociaciones y sus resultados se plasmarían en Copenhague durante la COP15.

Las negociaciones de dos vías previas a la Copenhague se centraron en la escala de

reducciones de emisiones Partes del Anexo I en el marco del PK después de 2012, la

flexibilidad de los mecanismos, uso de la tierra, cambio del uso del suelo y la silvicultura.

En la Hoja de Ruta de Bali, se sentó que los trabajos elaborados debían presentarse en la

COP15. Al llegar a Copenhague, la conferencia se desarrolló entre desacuerdos en relación

a la transparencia y sobre el proceso. Las principales economías, representantes de los

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

30

grupos regionales y otros grupos de negociación, realizaron un documento llamado el

Acuerdo de Copenhague, con el fin de asegurar un mejor acuerdo futuro.

El Plan de Acción de Bali en su GTE-PK, acordó durante la Cumbre de Durban la aplicación

del segundo período del PK, el cual se pretende que de inicio el primer día de enero de

2013 al 31 de diciembre del 2017; por su parte, se instruyó al GTE-CLP a continuar con los

trabajos y sean presentados en Doha.

Entre uno de los temas pendientes que tiene el GTE-CLP, es precisamente la creación de

un nuevo documento internacional que sirva como base para generar un nuevo Régimen

Climático Internacional, dado que en la parte intermedia del período de aplicación

aprobado para el PK se vislumbró una necesaria revisión, lo cual, y dado los resultados que

se han tenido al momento, hacen suponer que no se avanzó lo suficiente.

Durante el 2010, 140 países demostraron su apoyo al acuerdo y más de 80 países

brindaron información sobre las metas nacionales de reducción de emisiones y otras

acciones de mitigación. Asimismo, durante la COP15, se acordó la continuación de los

grupos de trabajo y los órganos subsidiarios y que éstos presentarían sus informes en la

celebración de la siguiente COP16 en Cancún, México.

Sin embargo no se obtuvieron los resultados esperados, la COP15 concluyó de manera

abrupta y con fuertes cuestionamientos en los procesos de negociación. Estados Unidos

insistió en la necesidad de gestar un nuevo acuerdo internacional del clima; la UE propuso

para la región objetivos de reducción más amplios que los que se encuentran en el PK,

sólo que condicionándolos a un esfuerzo de igual tamaño por parte de los Estados

miembros.

En la COP17, se creó la Plataforma de Durban, en la cual se contempla que las Partes

deben de realizar acciones reforzadas en materia de mitigación, adaptación,

financiamiento, desarrollo, transferencia de tecnología, transparencia de las medidas,

prestación de apoyo y el fomento de la capacidad, la puesta en marcha del Fondo Verde

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

31

para el Clima, cooperación a largo plazo en el marco de la Convención –CMNUCC-. Temas

de los cuales se desarrolló su planificación en el primer semestre de 2012.

Para el 2015 se tiene contemplado cubrir las áreas de comunicaciones, información,

conocimientos técnicos, sociales y económicos, así como, el lanzamiento de un nuevo

proceso para llegar a un resultado acordado con fuerza legal, aplicable a todas las Partes

de la Convención, y sea aprobado en el período de sesiones de la Vigésima Primera

Conferencia de las Partes (CP21) para que entre en vigor y tenga aplicación cinco años

después -en el año 2020-.

Asimismo, se acordó analizar el examen de un objetivo mundial para reducir

sustancialmente las emisiones de GEI durante el 2012 al 2050, y por otra parte, los plazos

alcancen el punto máximo para que comiencen a descender.

Bajo el anterior punto, se planteó que a más tardar del año 2016, se dé inicio la evaluación

y examen internacional para promover la comparabilidad de los esfuerzos de todas las

Partes que son países desarrollados, respecto de sus metas cuantificadas de reducción y

limitación de las emisiones para el conjunto de la economía.

Sin embargo, el centro del problema siguió y continúa estando en discusión de los

acuerdos derivados del PK.

Es necesario recordar que en el régimen climático actual, países como Brasil, Rusia, China,

India, México, no tienen obligación de realizar acciones de mitigación, lo cual es uno de los

argumentos utilizados por EU en solicitar la modificación del status del régimen climático.

Por su parte, los países en desarrollo han manifestado el respeto a las condiciones del

régimen climático tal y como se encuentran a la fecha.

Lo anterior, indica que la forma y las condiciones en que ha sido aprobado el segundo

período de compromisos bajo el PK, hace necesaria la creación de un nuevo protocolo o

documento jurídico internacional para la mitigación de GEI.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

32

Ahora bien, durante la COP16, celebrada en Cancún del 29 de noviembre al 11 de

diciembre de 2010, se gestionaron los Acuerdos de Cancún –tomando en cuenta las dos

vías de negociaciones- que considera recortes en las emisiones globales para alcanzar la

meta de 2°C, reflexionando las metas de reducción de emisiones y las medidas de

mitigación apropiadas para cada país (MMAP) tanto de los países desarrollados y en

desarrollo.

También se ocupó de otros tópicos como la mitigación, la medición, la presentación de

informes y la verificación (MIV), y la reducción de emisiones derivadas de la deforestación,

la degradación forestal en los países en desarrollo y el papel de la conservación, así como,

la gestión sostenible de los bosques y la mejora de las existencias de carbono en los países

en desarrollo (REDD+).

Por otra parte, se acordaron los temas del establecimiento de varias instituciones y

procesos, como el Marco para la Adaptación y el Comité de Adaptación de Cancún, el

Mecanismo tecnológico, el Comité Ejecutivo sobre Tecnología (TEC) y al Centro y Red de

Tecnología del Clima (CTCN) y el Fondo Verde para el Clima.

En relación al Fondo Verde, se estableció un Comité de Transición y otro Permanente para

la financiación del Fondo. Los países desarrollados se comprometieron en la COP16

proveer $30 mil millones de dólares para el financiamiento de rápido inicio en 2010 –

2012 y movilizar en conjunto $100 mil millones de dólares por año para el 2020.

Asimismo, se instó a las Partes del Anexo I a aumentar el nivel de ambición de sus metas

de reducción de emisiones con miras de realizarlas en conjunto, de acuerdo al rango

estipulado en la IV Evaluación del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático

(IPCC)38.

38

El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) fue creado en 1988 por la Organización Mundial Meteorológica (OMM) y el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), con el fin de evaluar la información científica, técnica y socioeconómica que sea pertinente para comprender el cambio climático, sus posibles repercusiones y las posibilidades de adaptarse a dicho cambio

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

33

En las reuniones previas a Doha, como la realizada en el mes de mayo en Bonn (Alemania),

las Partes sólo lograron avanzar marginalmente en relación a su último encuentro en

Durban, ya que los países desarrollados asumen la mayor parte de la responsabilidad bajo

el nuevo acuerdo. Se creó un ambiente de desconfianza tanto de los países desarrollados

como en desarrollo por la falta de avances claros. EU, China, India y varios países del Golfo

frenaron las conversaciones ya que cuestionaron lo que se habían comprometido en su

momento en Durban.

Se hizo evidente que el acuerdo de Durban, se prestaba a diversas interpretaciones al

hacer referencia a un escenario “post-2012 o pre-2020″ y se solicitó que el proceso de

negociación de la Plataforma de Durban se desarrollará un acuerdo post-2020, es decir, un

protocolo u otro instrumento legal o un resultado legal con fuerza legal bajo la

Convención que fuese aplicable a todas las Partes.

Se estaba llamando hacia la prolongación del PK más allá de 2012, dicha extensión ha sido

percibida por los países en desarrollo como un elemento crucial del pacto de Durban. El

PK es el único instrumento legal vinculante para la reducción de emisiones, la continuidad

del PK hacia el plazo 2020m se concebía como la mejor forma de asegurar la existencia de

un acuerdo global sobre el clima.

La eficacia de la extensión del PK es cuestionable. Los países en desarrollo, incluidas las

principales economías emergentes, no participan en él y los principales países

desarrollados se niegan a cumplir (Canadá y Estados Unidos han denunciado el tratado, y

y atenuarlo. Una de las principales actividades del IPCC es hacer una evaluación periódica de los conocimientos sobre el cambio climático. El IPCC elabora, asimismo, Informes Especiales y Documentos Técnicos sobre temas en los que se consideran necesarios la información y el asesoramiento científicos e independientes, y respalda la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) mediante su labor sobre las metodologías relativas a los inventarios nacionales de gases de efecto invernadero. Véase en, http://www.ipcc.ch/home_languages_main_spanish.shtml#.UHRtzZiTxWK

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

34

EU nunca lo ratificó), por lo que la UE parece ser el único actor que le está dando el peso

adecuado a dicha extensión.39

Por otra parte, existen otras temáticas que se mueven lentamente como las medidas de

respuesta, que se refieren a los impactos sociales y económicos que los países podrían

experimentar como resultado de las acciones que otros países tomen para mitigar el

cambio climático, incluidas aquellas relacionadas con el comercio, estas cuestiones han

sido difíciles de abarcar, y por lo tanto, se muestra complicado llegar a un acuerdo en ese

sentido.

Los países en desarrollo han enfatizado la necesidad de comprender mejor los tópicos

sobre propiedad intelectual que impactan para la transferencia de tecnologías de cambio

climático. Los países industrializados, por su parte, reiteran su posición respecto a que la

Convención no es el espacio adecuado para examinar esas cuestiones, lo cual ha sido

expresado –y ha sido omitido- desde la COP16 y COP17. Sin embargo, los países en

desarrollo continúan interesados en el Mecanismo de Tecnología.

Respecto al financiamiento, pocos fueron los avances concretados para garantizar los

fondos del Fondo Climático Verde -que espera inyectar 100 mil millones dólares anuales

hacia 2020, con el fin de ayudar a los países en desarrollo a lidiar con los efectos adversos

del cambio climático. Los países desarrollados adquirieron el compromiso de financiar a

los países en desarrollo durante el período 2009-2012, sólo que, no ha sido materializada

tal ayuda.

En el mes de Julio se celebró El Diálogo de Cartagena para Acción Progresiva -Diálogo de

Cartagena-, en Dushanbe (Tayikistán), con el fin de debatir cuestiones clave antes de las

próximas sesiones informales adicionales de las Ad Hoc grupos de trabajo (GTE)

celebradas en septiembre en Bangkok (Tailandia).

39

Paulatinos progresos en las negociaciones sobre cambio climático en Bonn, 30 de Mayo de 2012, http://ictsd.org/i/news/puentesquincenal/134896/

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

35

Tanto el GTE-CLP, GTE-PK y el Ad Hoc del Grupo de Trabajo sobre la Plataforma de Acción

de Durban (ADP), discutieron las expectativas sobre la COP18 en crear un nuevo acuerdo

jurídicamente vinculante, y los elementos que se deben incluir la organización de la ADP

de trabajo.

En cuestiones financieras, las Partes trataron asuntos referentes a: el estado actual de los

debates financieros en las negociaciones sobre el clima –y su futuro en Doha-, teniendo en

cuenta el cierre del GTE-CLP, y los elementos que podrían incluirse en un posible decisión

sobre las finanzas en la COP18; la forma de tener en cuenta la cuestión de las fuentes de

innovación y financiación privada en las negociaciones para una mayor claridad en su

potencial y el papel en el cumplimiento de la meta común de 2020 sobre las finanzas.

En materia de los mercados de carbono, se abordó la arquitectura existente de Kyoto

mercados que pueden ser mejor utilizados para apoyar las acciones de mitigación de los

países que tienen compromisos en virtud al segundo período de compromiso del PK y con

la Convención.

Posteriormente en septiembre se llevó a cabo otra reunión previa hacia Doha en Bangkok

(Tailandia), la conferencia persiguió acercar posiciones sobre la extensión del PK y su

sustitución en 2015 por un nuevo acuerdo global de reducción de GEI que se pretende

entre en vigor cinco años después –en el 2020-.

El foro internacional en Bangkok, se centró en exponer las preocupación de las nuevas

aportaciones de dinero para 2013 y los financiamientos a través del Fondo Verde40, así

40

El Fondo Verde, cuyo consejo ejecutivo se reunió por primera vez en agosto de 2012 tras varios aplazamientos, fue aprobado en la Cumbre de Cancún (México) de 2010 y ratificado en la de Durban (Sudáfrica) en el 2011, sin que se acordara la fórmula para su financiación hasta 2020, año en que los Estados se comprometieron a aportar 100 mil millones de dólares, (unos mil 133 millones de pesos) anuales. Véase en, Arranca en Bangkok la reunión de la ONU sobre cambio climático, 30 de Agosto de 2012, http://www.informador.com.mx/tecnologia/2012/401156/6/arranca-en-bangkok-la-reunion-de-la-onu-sobre-cambio-climatico.htm

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

36

como la discusión de acuerdos para una nueva reducción de emisiones con la entrada en

vigor del llamado Kyoto 2.

En la COP17 (Durban) llevada a cabo del 28 de noviembre al 09 de diciembre de 2011, se

centró principalmente en los obstáculos que se han presentado en cuestiones políticas

que no han permitido avanzar lo suficiente como se había programado.

Tampoco hubo acuerdos considerables más que la inquietud y la incertidumbre de los

nuevos compromisos y el funcionamiento de los procesos de reducción de emisiones,

haciendo hincapié en crear las condiciones necesarias para llevar a cabo las metas de

mitigación, la posible naturaleza y el contenido de las reglas de un segundo período de

compromisos, así como, la implementación del Fondo Verde, transparencia y rendición de

cuentas en las acciones llevadas a cabo.

Se ha hablado mucho acerca de crear nuevas condiciones de reglas y procedimientos en el

marco del PK, en cuestiones de organización; de votación; revisión de la lista de países del

Anexo I y Anexo II; modalidades y procedimientos en materia de tecnología; la

operatividad del mecanismo financiero; la revisión de la implementación de los

compromisos y otras disposiciones de la Convención como las comunicaciones nacionales

de las Partes del Anexo I y no incluidas en el Anexo I; creación de capacidades;

transferencia de tecnologías; asuntos relacionados con los Países Menos Desarrollados

(PMA); planes nacionales de adaptación; mecanismos de desarrollo limpio; las REDD+,

entre otras cuestiones.

Entre los principales acuerdos sobre la continuación del PK en su segundo periodo de

compromiso y en el preámbulo, se hablo acerca de desarrollar una respuesta integral al

problema mundial del cambio climático; de asegurar la ambiental del PK, y; de garantizar

que las emisiones conjuntas de GEI de las Partes incluidas en el Anexo I se reduzcan en al

menos un 25 al 40% por debajo de los niveles de 1990 para el año 2020, habiendo una

revisión en el 2015.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

37

Asimismo se decidió, que en el segundo período de compromiso del PK diera inicio el

próximo 1° de enero del siguiente año -2013- y daría término tentativo el 31 de diciembre

de 2017 o del 2020, este plazo se acordará formalmente en el 2015.

Hasta el momento, siguen habiendo tareas pendientes que las Partes expresaron en la

reunión en Durban, como la configuración de un nuevo régimen o la adopción de un

segundo período de compromiso del PK, sólo que, cómo se llegará a establecer, cuál será

su duración, sus reglas, sus procedimientos, los mecanismos de flexibilidad, así como, a

qué se comprometerán las Partes del Anexo I en relación a los compromisos de limitación

y reducción de objetivos cuantificados. Estos objetivos cuantificados, tienen el mismo

nivel de ambición de mitigación como las promesas presentadas en Copenhague en la

COP15, y ahora en Doha se presentarán los resultados de los objetivos cuantificados a

través del GTE-PK.

Hay que recordar que el primer período de compromiso concluye el próximo 31 de

diciembre del corriente -2012-. Hablar de un segundo período de compromiso suena

coherente y como quiera que sea debe de haber una continuación del régimen climático.

Sin embargo, qué hacer con los países desarrollados quienes no están dispuestos a tomar

parte de un segundo período de compromiso, un ejemplo de ello es Canadá, -cuya

retirada del PK entrará en vigor en diciembre de 2012-.

Por otra parte, Estados Unidos, Japón y Rusia, han manifestado su intención de no

participar en un segundo período de compromiso. Otros como Australia, Nueva Zelanda y

algunas economías en transición, se encontraban en duda en participar o al menos estar

presentes en los procesos internos.

Otra vez la misma pregunta, cómo garantizar un segundo período de compromiso o la

creación de un nuevo régimen internacional del Siglo XXI, cuando se encuentra en riesgo

la permanencia de las Partes del Anexo I y el futuro papel de Estados Unidos que no ha

ratificado el PK. Será necesario desarrollar mecanismos novedosos e incentivos para la

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

38

participación de las principales economías, así como se encontrará pertinente el

desarrollo de un apartado de sanciones, son cuestiones que habrá que analizar.

Son cuestiones a debate, con puntos de vista divergentes sobre la forma jurídica o la

arquitectura que se pretende diseñar, tal vez, bajo las dos vías de negociación se pueda

llegar a un acuerdo.

Teniendo en cuenta el hecho de que los países en desarrollo están exentos de metas

legalmente vinculantes bajo el PK, algunos han calculado que las Partes actualmente

dispuestas a asumir compromisos en virtud del PK significa sólo el 15% de las emisiones

globales. Es decir, qué significaría un nuevo régimen climático internacional sin la

participación de los países que emiten más emisiones y son principalmente los países

desarrollados. Un 15% no significa nada ya que los países desarrollados tienden a

incrementar sus emisiones más que a reducirlas debido a su crecimiento económico. Para

ellos no es un problema ambiental sino financiero y de desarrollo económico –este tema

podría discutirse ampliamente sin embargo no es el objetivo de esta investigación-.

Sin embargo, independientemente de la incertidumbre de ponerse de acuerdo con un

segundo período de compromisos en Doha, las promesas de reducción de emisiones

presentados por más de 85 países en desarrollo y desarrollados bajo la COP15 parece que

seguirán aplicándose en el período post-2012.

Estos compromisos representan una amplia participación de todos los emisores globales,

sólo que, como destacó la Alianza de Pequeños Estados Insulares (APEI), las propuestas no

son claras, falta definición en el contenido de los objetivos a conseguir con base en las

condicionalidades y las amplias gamas de las posibles reducciones propuestas por las

Partes.

Según el PNUMA, estos compromisos de carácter voluntario son insuficientes para limitar

el aumento de temperatura a 2°C. En la COP16 celebrada en Cancún los países en

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

39

desarrollo expresaron que los países desarrollados deben de elevar su compromiso en

materia de mitigación.

Si bien, la adopción de un segundo período de compromiso no parece ser para las Partes

una solución para aumentar el nivel general de ambición de las reducciones de emisiones.

Muchos países hacen hincapié en la preservación del conjunto de normas contables

desarrollados en el marco del PK para las Partes del Anexo I, ya que se basa en las

unidades de asignación de emisiones cuantificadas -Cantidad de Unidades Asignadas

(UCA).

Estas unidades se conservan en los registros nacionales del PK y están vinculados con el

Registro Internacional de Transacciones (ITL), es decir, con la base de datos que registra

los movimientos de todas las unidades de GEI, un ejemplo de ello, es el esquema de

comercio de emisiones de la Unión Europea (UE) con el Sistema Europeo de Comercio de

Emisiones de la Unión (EU ETS).

Por otro lado, se encuentran las Partes que favorecen a desarrollar un segundo período de

compromiso, destacando las normas de medición, revisión y verificación (MRV) para dar

seguimiento a los datos de emisiones y la contabilidad de las transacciones efectuadas en

los mecanismos de flexibilidad del PK en tres materias: el comercio de derechos de

emisión, el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) y Aplicación Conjunta (AC).

Algunos países de la UE, quieren asegurar la continuidad de un sistema multilateral en

relación a los mecanismos de flexibilidad y alcanzar un acuerdo global jurídicamente

vinculante.

Al parecer, seguirá teniendo continuidad la aplicación de las comunicaciones nacionales,

los informes nacionales de inventarios y los informes bienales, de acuerdo con las

decisiones de la COP 16.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

40

El GTECLP, cree necesaria la coordinación internacional y la transparencia de la

contabilidad para no perder beneficios en la utilización de las unidades internacionales de

emisiones negociables y lograr la metas globales, así como evaluar la comparabilidad de

los esfuerzos entre las Partes del Anexo I y asegurar los mercados internacionales de

carbono o líneas de base para el ajuste de objetivos a las circunstancias nacionales de las

Partes.

Sin embargo, los países en desarrollo se encuentran con el temor de la desaparición del PK

ya que no se podría asegurar la aplicación de las acciones contra el cambio climático bajo

las deliberaciones del GTECLP en el marco de la Convención.

Entonces, qué se requiere para la adopción de un segundo período de compromiso bajo el

Protocolo. Hay que recordar, que en Durban la Reunión de las Partes del PK instó a

realizar un trabajo para precisar los aspectos técnicos necesarios para la adopción de un

segundo período de compromiso del PK en Doha. Sin embargo, aunque los debates de las

negociaciones durante el transcurso del presente año se realizaron algunos progresos,

volvieron a la superficie los problemas técnicos y políticos, aún sin resolverse.

Las cuestiones políticas en juego incluyen interacciones con los demás elementos que se

están negociando, en particular el post - 2020 que se señala en la Plataforma de Durban

(ADP).

Retomando un poco sobre la continuidad o desaparición del PK a colación de la COP17,

muchos países en desarrollo -especialmente aquellos con economías medianas y grandes

mercados emergentes- favorecen fuertemente la continuación del PK, una de las razones

es que toma en cuenta el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas.

La solicitud de un mayor compromiso sobre las reducciones de emisiones legalmente

vinculantes y la provisión de tecnología, creación de capacidad y la financiación coloca a

los países desarrollados a una disyuntiva en la preservación de sus intereses económicos.

Prefieren centrar sus responsabilidades sobre un régimen post 2020, que sería aplicable a

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

41

todas las Partes bajo un progreso equilibrado en los diferentes elementos, solo que

sabremos si la respuesta es positiva a partir de las conclusiones de la COP18.

Asegurar la continuidad jurídica, técnica y operativa entre el primer período de

compromiso y del segundo –si todo marcha bien- son temas críticos que se abordarán en

Doha. Para garantizar la continuidad jurídica, los objetivos cuantificados o compromisos

de los países industrializados que se presentan en un segundo período de compromiso de

ser legalmente vinculante desde el 1° de enero de 2013 –fecha contemplada-.

Sin embargo, cómo comenzar desde el día 1° del siguiente año cuando debe ser ratificado

por las Partes, aparecería nuevamente un vacío legal ya que debe de haber un período

suficiente para su aprobación.

Es verdad que existen mecanismos para garantizar la continuidad jurídica, como un

acuerdo alcance para aplicar la modificación con carácter provisional, o declaraciones

unilaterales, sólo que también se deben tener en cuenta los marcos nacionales.

Ahora bien, otro asunto pendiente en relación a quién puede utilizar los mecanismos de

flexibilidad en el segundo período de compromiso. Hay que hacer mención que, los

mecanismos de flexibilidad tienen por objeto permitir a las Partes a acceder a

oportunidades rentables para reducir las emisiones de manera adicional a los esfuerzos

nacionales.

Para participar en estos mecanismos, las Partes del Anexo I deben cumplir con algunos

requisitos, entre ellos que hayan ratificado el PK, calculado sus UCA, tienen un sistema

nacional para estimar las emisiones y absorciones y contar con un registro nacional. Al

adoptar un segundo período de compromiso, las partes tendrán que tomar una decisión

sobre los criterios de elegibilidad.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

42

Sin embargo, una asunto pertinente en relación a los derechos de usar los mecanismos

flexibles, es sí los países que aún son Parte del PK y que no tienen la intención de suscribir

un segundo período de compromiso –como Japón- pueden utilizar dichos mecanismos.

Si existiese una negación a ello, las empresas nacionales podrían perder el acceso directo

a las unidades de emisión obtenidos en estos mecanismos. Esta limitación podría ser una

razón muy fuerte para algunos países desarrollados a ser partícipes en un segundo

período de compromiso.

Sin embargo, para los mercados de enlace no está todavía claro de cómo esto podría

funcionar. Últimamente ha habido anuncios de vinculación de los mercados de carbono en

el esquema de comercio de emisiones, un ejemplo de ello es el acuerdo entre Australia y

el ETS de la UE que entrará en vigor en el 2015, así como el nacimiento de otras esferas

para el mercado de carbono. Hacia dónde se dirige todo esto en plena crisis del régimen

climático internacional. Doha es la esperanza para determinar la forma del régimen que se

aplicará para el período 2012 - 2020. En vísperas de la reunión, las discusiones siguen

estando divididas de cómo hacer frente a un segundo período de compromiso del

Protocolo y sobre todo cómo resolver los trabajos pendientes.

A manera de resumen, de la Cumbre de Bali a Durban, se ha expresado la intención de

reducir las emisiones de GEI, en la COP13 se adoptó una Hoja de Ruta (2008), la cual

estipulaba que serían necesarios los recortes profundos en las emisiones globales para

estabilizar el clima y se subrayaba la urgencia de hacer frente al cambio climático.

Al término de duros debates contra los representantes de la administración

estadounidense, se añadieron a la Hoja de Ruta diversos documentos que proporcionan

diferentes escenarios de estabilización del sistema climático, teniendo en cuenta

las responsabilidades comunes pero diferenciadas de los países desarrollados y de los

países en desarrollo –ricos y pobres-.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

43

Según los escenarios, para no superar demasiado los 2°C de aumento de la temperatura,

se debería de considerar lo siguiente: 1) las emisiones de los países desarrollados deben

disminuir entre un 25% y un 40% de aquí a 2020, y entre un 80% y un 95% de aquí a 2050,

en relación al nivel de 1990; 2) las emisiones mundiales deben disminuir entre un 50% y

un 85% de aquí a 2050; 3) la disminución debe comenzar como muy tarde en 2015, y; 4)

los países en desarrollo pueden continuar aumentando sus emisiones netas durante un

cierto tiempo, pero sus emisiones relativas deben bajar entre un 15 % y un 30% en

relación a las proyecciones.

En Copenhague, la Hoja de Ruta de Bali, debió de haber desembocado en un acuerdo

global que fijara obligaciones de reducción absoluta de emisiones a los países en

desarrollo y, a los demás países obligaciones de reducción relativa en función de un

objetivo de limitación del calentamiento, y por medio de transferencia de tecnologías

limpias del Norte hacia el Sur -a fin de garantizar el derecho al desarrollo-.

Sin embargo, se suscitó una competencia capitalista en relación de los grandes

contaminantes, Estados Unidos no quería un acuerdo que amenazara la competitividad de

sus empresas, es por ello, que propuso a China, India, Brasil, África del Sur y a la UE, a

elaborar su propios planes climáticos y que éstos fueran comunicados al Secretario de la

CMNUCC.

Por lo cual, tanto países desarrollados y grandes emergentes, descartaron un tratado

multilateral obligatorio con objetivos de reducción drásticos, determinados sobre la base

de valoración científica del Grupo de Investigación en Educomunicación (GIEC). La

Conferencia puso atención en ese acuerdo marcado por la oposición de Bolivia, Venezuela

y Cuba.

En la Cumbre de Cancún, el tema de la adaptación cobro importancia, se discutió la falta

de medidas energéticas para reducir las emisiones. Los países desarrollados prometieron

que durante el 2010 al 2012 se les ayudaría a los países en desarrollo con 30 millardos de

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

44

dólares, y que esa cantidad sería aumentada en el 2020 con cien millardos por año. La

gestión de los dineros lo llevaría el Fondo Verde para el Clima -en el que el Banco Mundial

juega un papel preeminente-.

En Cancún se señaló la preocupación y la necesidad de limitar el aumento de la

temperatura a 2°C como media, de mantener ese objetivo bajo examen regular e incluso

contemplar su refuerzo a 1,5°C máximo, en función de la evolución de los conocimientos

científicos sobre el impacto del calentamiento.

La Unión Europea se pronunció sobre el objetivo de una subida máxima de 2ºC.

Indudablemente, la decisión en Cancún de la cumbre habría debido llevar a los

congresistas de Cancún a retomar la Hoja de Ruta de Bali, con el fin de adoptar

rápidamente un plan de emergencia que incluyera las reducciones de emisiones juzgadas

necesarias, sin embargo, sólo se tomó nota de los objetivos de reducción de las emisiones

que 80 países habían comunicado voluntariamente al Secretariado de la CMNUCC de

acuerdo al planteamiento de Copenhague.

La COP17 en Durban inició con dificultades en relación a dos acuerdos, que se arrancaron

con grandes dificultades dos acuerdos, que concernían respectivamente a los países

desarrollados y al resto de los países. El primer acuerdo, giraba en relación de desarrollar

un segundo período de compromiso en el marco del PK, y el segundo acuerdo, era sobre

la necesidad de elaborar un protocolo u otro instrumento jurídico o una conclusión

concertada con el marco de obligaciones de la CMNUCC aplicable a todas las Partes.

En Durban se daba un comienzo en el proceso de negociación de este acuerdo climático

global, el cual debería de estar terminado en el 2015 con el fin de que se diera a conocer

en un texto, y someterlo a acuerdo en los parlamentos nacionales de la comunidad

internacional.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

45

Durante los cuatro años de estas reuniones (del 2007 a 2011), se produjeron numerosos

deslizamientos. En primer lugar, el principio de las responsabilidades comunes pero

diferenciadas de los países del Norte y los del Sur, fue sometido a una creciente presión,

so pretexto, de que los grandes países emergentes emiten hasta el día de hoy una

proporción considerable de GEI enviados a la atmósfera; el continuo reclamo de los países

en desarrollo sobre la responsabilidad histórica, la cual recae en los países desarrollados –

responsables en más del 70% del calentamiento global-; la respuesta de los gobiernos y de

las instituciones internacionales sobre los mecanismos de mercado en materia de

incentivación de las energías renovables, mercado de los derechos de emisión y compra

de créditos de emisión.

Estos mecanismos estaban previstos en el PK, sin embargo, a pesar de su notoria

insuficiencia, éste seguía teniendo un carácter híbrido, pues atribuía a los estados cuotas

obligatorias de reducción de las emisiones -con sanciones en caso de no respetarlas-. Este

planteamiento no paso a más, ya que los grandes contaminadores prefieren las medidas

de compensación, es decir, equivalentes a reducciones netas de emisiones medidas que

abarcan no sólo la plantación de árboles, sino también la protección de las selvas

existentes, la valorización energética del metano de los yacimientos de hulla, o la

destrucción de ciertos gases industriales de gran efecto invernadero, lo que tampoco ha

sido posible de resolver el cómo.

La preocupación más importante, es que se permita a la industria reemplazar medidas

costosas de reducción de las emisiones por la compra de créditos de carbono al precio

más bajo posible, lo que en realidad tiene por efecto, retrasar la indispensable transición

energética.

Los pronósticos para Doha bajo los anteriores escenarios se muestran sin cambios y sin

mayores avances y alcances hacia la reducción de GEI. El lugar mismo de la celebración de

la COP18 lleno de incertidumbre a la comunidad internacional. Qatar es un Estado que

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

46

tiene las mayores reservas de hidrocarburos y de petrodólares, y uno de los países que

tiene mayores emisiones de GEI y es aliado incondicional de EU e Israel en la política de

seguridad internacional.41

Ahora bien, a 20 años de la adopción de la CMNUCC, no ha habido avances, el

calentamiento del planeta continúa acelerándose, hasta el punto de que se corre el riesgo

de una aceleración irreversible. Desde el comienzo del siglo XXI las emisiones de GEI

aumentan entre el 3% y el 4% por año, contra alrededor del 2% en los años 1990. Este

aumento se explica en particular por la explosión de los transportes y el aumento del uso

del carbón en China, pero también en India, en los Estados Unidos y en Australia. Está por

tanto directamente ligado a la mundialización neoliberal.

A consecuencia de ello, los fenómenos meteorológicos extremos -lluvias violentas, sequías

anormales, canículas u olas severas de frío, tempestades, ciclones, y otros eventos

extremos, se multiplican y ganan en intensidad. La fusión estival del hielo del mar Ártico

ha alcanzado un récord absoluto en 2012, hasta el punto de que la capa podría

desaparecer totalmente en un futuro cercano. Sobre todo, se nota una aceleración

inquietante de la dislocación de los casquetes glaciares de Groenlandia y del Antártico

oeste -un fenómeno que hace correr a la humanidad el riesgo de una subida del nivel de

los mares de dos metros o más de aquí a final de siglo-.

Estas terribles amenazas, cuyas principales víctimas serán los países en desarrollo y las

pequeñas islas insulares, han sido analizadas en un estudio del Banco Mundial, titulado

“Bajemos el calor: porqué es absolutamente preciso evitar una subida de 4°C de la

41

T A N U R O , Daniel. El mayor contaminador del mundo preside la cumbre sobre el clima, Sean Thompson, “Economics and ecology: the multiple nature of the crisis”, communication à la Historical Materialism Conference, London, nov 2012. http://www.vientosur.info/spip/spip.php?article7470

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

47

temperatura del planeta”42, este informe dado a conocer a un mes previo a la COP18,

lanza una concientización hacia la economía verde.

Por otra parte, viene el razonamiento de la UE. El bloque europeo ha rebasado los

objetivos planteados en el PK y se han mostrado que pueden contraer un mayor

compromiso en la reducción de emisiones de GEI, tal vez, en mayor parte se debe a su

recesión económica, a la importación de agrocarburantes en los dos últimos años, y a la

compra masiva de créditos de carbono y el reducir o cerrar el comercio con medidas

compensatorias con el mercado chino.

Las tendencias de la política capitalista tanto de Estados Unidos, como de Japón, China,

Australia y Canadá continúan reticentes hacia las fuentes renovables -su desarrollo no

cubre más que una parte del aumento de la demanda-; lo grueso de las necesidades y

actividades siguen estando en la utilización de los combustibles fósiles, con un recurso

creciente al carbón, una carrera por los recursos petroleros de la Antártida, la explotación

de las arenas bituminosas de Alberta y otros intereses en fuentes de energía.

El impedimento de responder al desafío climático - energético en el marco del desarrollo

económico, se ve reflejado en la demanda productivista. Según el informe de Naciones

Unidas titulado World Economic and Social Survey 201143, la parte de las energías

renovables modernas en la producción primaria de energía, ha pasado del 0,45% en 1990

al 0,75% en 2008, es decir un crecimiento anual medio del 2,9%.

Al mismo tiempo, el uso del carbón, del petróleo y del gas natural ha aumentado un 1,6%,

1,5% y un 1,2% respectivamente. Las Partes han proclamado la promoción del uso de las

energías renovables -tecnología energética-, sin embargo, se han dado pocos avances

42

WORLD BANK, The Turn down the heat. Why a 4°C warmer world must be avoided, en http://climatechange.worldbank.org/sites/default/files/Turn_Down_the_heat_Why_a_4_degree_centrigrade_warmer_world_must_be_avoided.pdf 43

UNITED NATIONS, World Economic and Social Survey 2011, The Great Green Technological Transformation, en http://www.un.org/en/development/desa/policy/wess/wess_current/2011wess.pdf

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

48

desde los años 70´s debido a la utilización mixta de energías a nivel mundial, a pesar de la

difusión de las tecnologías energéticas –desde el año 2000- su crecimiento ha sido

mermado, debido que para su utilización se necesitaría la construcción de un nuevo

sistema energético que podría llevar aproximadamente diez años.

¿Quién podría propulsar este nuevo sistema energético mundial? Indudablemente, los

Estados, y sobre todo, los grandes grupos energéticos, el impulso de los banqueros y las

inversiones. Las reservas probadas de combustibles fósiles -que forman parte de los

activos de los lobbis del carbón, del gas y del petróleo, así como, de los fondos de

pensiones- son cinco veces superiores a la cantidad de carbono que la humanidad puede

aún permitirse quemar.

La defensa del sistema climático, debe proceder de una planificación democrática, de la

supresión en la producción inútil o nociva a través de una relocalización de la producción –

particularmente del sector agricultura- y a una redistribución radical de las riquezas,

conduciendo a la sociedad hacia una concientización de lo que se tiene y de lo que se

puede perder.

1.2. El desarrollo de las negociaciones en Doha.

Del 26 de noviembre al 07 de Diciembre de 2012, las Partes de la Convención se dieron

cita en Doha (Qatar) para celebrar la Décimo Octava Conferencia de las Partes (COP18), las

cuales tuvieron escasos 13 días para decidir el futuro del PK e intentar trazar metas más

ambiciosas para detener el aumento de la temperatura global.44

El GTECLP sobre la Plataforma de Durban, tuvo la tarea encomendada de presentar el

borrador durante este foro internacional, con el fin de desarrollar un acuerdo en el 2015 y

que fuese aplicable a todas las Partes en el 2020.

44

Protocolo de Kyoto se aproxima a semana decisiva, 02 de Diciembre de 2012, http://www.radiobaragua.cu/index.php/noticias/internacionales/723-protocolo-de-kyoto-se-aproxima-a-semana-decisiva

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

49

Se trató de construir una herramienta legal para reducir el aumento del efecto

invernadero, ocasionado por la combustión del petróleo, el carbón y otros productos de

origen fósil, para dar continuidad al PK con un segundo período de compromiso.

Por lo tanto, los dos principales objetivos a perseguir en la COP18 fueron: 1) acordar un

segundo período del PK, y; 2) elaborar un plan de trabajo para un nuevo acuerdo que

regule las emisiones de carbono del planeta.

Recientemente, Global Carbon Project -una iniciativa conjunta del Departamento de

Energía de Estados Unidos y el Consejo de Investigación de Noruega-, dio a conocer las

cifras más recientes de la contaminación, mostrando que los niveles de CO2 en todo el

mundo son 54% más altos que el año base, de 1990.45

En el 2011, las cifras de los mayores contaminantes fueron: 1) China, con un aumento del

10% a 10.000 millones de toneladas; 2) Estados Unidos, una reducción del 2% a 5.900

millones de toneladas; 3) India, un 7% más, con 2.500 millones de toneladas; 4) Rusia, un

aumento del 3% a 1.800 millones de toneladas; 5) Japón, un incremento del 0,4% a 1.300

millones de toneladas; 6) Alemania, una baja del 4% a 800 millones de toneladas; 7) Irán,

un incremento del 2% a 700; 8) Corea del Sur, un 4% más con 600 millones de toneladas;

9) Canadá, un aumento del 2% a 600 millones de toneladas, y; 10) Sudáfrica, un

incremento del 2% a 600 millones de toneladas.

45

La cantidad de contaminación que puede atrapar calor en la atmósfera repuntó el año pasado en un 3%, así lo dieron a conocer los científicos, quienes ahora creen poco probable que la humanidad sea capaz de limitar el calentamiento global en un par de grados Celsius, como es la meta internacional. La gran mayoría del aumento fue ocasionado por China, el mayor emisor de dióxido de carbono del planeta. De los 10 países más contaminadores, Estados Unidos y Alemania son los únicos que han reducido sus emisiones de dióxido de carbono. En el 2011, todas las naciones combinadas lanzaron a la atmósfera unas 38.200 millones de toneladas de dióxido de carbono por la quema de combustibles fósiles como el carbón y el petróleo, según los nuevos cálculos internacionales sobre las emisiones mundiales publicados el domingo en la revista Nature Climate Change. Eso significa alrededor de 1.000 millones de toneladas más que el año anterior. El total equivale a más de 1,09 millones de kilos (2,4 millones de libras) de dióxido de carbono liberados a la atmósfera por segundo. Véase en, Repunta la emisión global de dióxido de carbono, 03 de Diciembre de 2012, http://noticias.terra.com.mx/mundo/repunta-la-emision-global-de-dioxido-de-carbono,a6ccc752eb75b310VgnCLD2000000dc6eb0aRCRD.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

50

¿Qué es lo que se esperaba en Doha? Básicamente cinco cuestiones base:

1) Garantizar la sobrevivencia o continuación del PK a partir del primer día de enero

de 2013, ampliando el segundo período de compromiso y la búsqueda de cómo

convertir los objetivos en compromisos cuantificados de reducción de emisiones.

2) Planificar y continuar el trabajo de la Plataforma de Durban, acordada en el 2011

para llegar a un acuerdo universal sobre cambio climático, y que abarcará a toda la

comunidad internacional a partir de 2020, así como, hallar la manera de concretar

–y aumentar- los esfuerzos, aún con los compromisos del primer período.

3) Completar el Plan de Acción de Bali en materia de reducción de emisiones de GEI

en el área de mitigación, y; en el ámbito de la adaptación, que fueran

contempladas las finanzas y la transferencia de tecnología.

4) Completar el diseño de la estructura y organización, y delinear la forma de

administración para el financiamiento, particularmente la ubicación del Fondo

Verde para el Clima y el plan de trabajo del Comité Permanente de Finanzas. y;

decidir sobre la ubicación y el modo de funcionamiento del Mecanismo de

Tecnología.

5) Analizar la manera de administración de Clima Centro y Red de Tecnología.

Sin embargo, a pesar de que las Partes tenían conocimiento de los objetivos y de lo que se

esperaba en Doha, hubo algunos puntos de fricción, entre ellos se encontraban ciertas

molestias por parte de los países en desarrollo en relación de que los países desarrollados

no han mostrado la intención o el interés suficiente para realizar las medidas de reducción

de emisiones de carbono.

La COP18 se vio envuelta en un ambiente de incertidumbre. Es bien conocido que Estados

Unidos rechazó el PK debido a que los grandes países en desarrollo como China –mayor

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

51

emisor de carbón- e India, no se les ha impuesto ninguna obligación en su reducción de

emisiones de GEI.

Por otra parte, la falta de claridad sobre la procedencia del dinero para ayudar a los países

menos favorecidos a adaptarse, así como la falta de seriedad de los principales países

como Estados Unidos, Canadá, Rusia, Japón y Nueva Zelanda, quienes no han asumido ni

asumirán los nuevos objetivos de emisión de carbono bajo una extensión del PK.46

Estados Unidos mencionó en todo momento, que de manera particular ha realizado

acciones para enfrentar el calentamiento global a través de fuertes inversiones en energía

limpia, duplicación de los estándares de eficiencia de combustible y reducción de

emisiones de plantas de energía impulsadas a carbón, asimismo señaló claramente que no

aumentará su compromiso anterior de reducir las emisiones en un 17% por debajo de los

niveles del 2005 para el 2020.47

En el caso de Rusia, hay que recordar que en Durban, anunció junto con Japón y Canadá,

que no iba a renovar el PK, su argumento era que el segundo período carecía de sentido

al no tener compromisos vinculantes de los mayores emisores que, con miras a 2015 y

2020, no iba a ser posible hacerlos cambiar de opinión.

Sin embargo Rusia, propuso fijar un compromiso nacional relativamente ambicioso, con el

establecimiento de planes para su cumplimiento y la creación de un mercado doméstico

de carbono. Rusia ve el cambio climático no como una cuestión social ni ecológica, sino

como una razón económica, ya que ha estado acumulando derechos de emisión que se

46

Protocolo de Kyoto Países buscan pacto por el clima en Doha, 27 de Noviembre de 2012, en http://www.lostiempos.com/diario/actualidad/vida-y-futuro/20121127/paises-buscan-pacto-por-el-clima-en-doha_193629_412263.html

47

Estados Unidos frente el calentamiento global: Pershing agregó que Estados Unidos, 27 de Noviembre de 2012, en http://www.lahora.com.ec/index.php/noticias/show/1101428575/-1/Cumbre_del_clima_a%C3%BAn_con_incertidumbre_.html#.ULT3-OSTxWI

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

52

pueden transar en el mercado. Los 6.000 millones de toneladas de carbono acumuladas

podrían tener un valor de varias decenas de millones de euros. Sin embargo, el abandono

de Rusia al PK significaría dejar a un lado un mercado potencialmente lucrativo.48

Japón llega a Qatar, con la determinación de no aceptar nuevos compromisos a menos

que grandes contaminantes como China, EEUU y la India estén sujetos a restricciones

similares, así como, considera que no tiene sentido fijar un segundo período de

obligaciones para un pequeño grupo de países desarrollados que generan apenas el 26%

de las emisiones globales.49

El PK comprometía a Japón a reducir sus emisiones a un 6% respecto a los niveles de

1990, aunque en 2009 el gobierno japonés fue más allá y estableció la ambiciosa meta de

reducirlas 25% para el año 2020, sin embargo, hasta el día de hoy no ha tenido la

intención de revisar esa meta.

China, la mayor emisora de dióxido de carbono, defendió que los países desarrollados,

Japón entre ellos, son los que deben tener obligaciones concretas de reducción de

emisiones y ayudar a los países en desarrollo a que lo hagan en menor medida, así como,

reconoce que no tiene obligaciones externas para reducir las emisiones, sin embargo,

señaló que va llevar a cabo la reducción de GEI a través de políticas nacionales.

Qatar, sede la cumbre climática internacional, es considerado como el mayor exportador

mundial de gas natural licuado y cuenta con la mayor cifra per cápita de emisiones de GEI.

Al igual que otros países miembros de la OPEP, se ha mostrado cauteloso ante el cambio

mundial a las energías renovables -temiendo que afectará la demanda de petróleo y gas-.

48

En Rusia ante la Conferencia de Doha sobre cambio climático, 26 de Noviembre de 2012, en http://rusiahoy.com/articles/2012/11/26/rusia_ante_la_conferencia_de_doha_sobre_cambio_climatico_22149.html 49

Los que se oponen a Kioto, 27 de Noviembre de 2012, en http://www.hoy.com.ec/noticias-ecuador/los-que-se-oponen-a-kioto-567542.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

53

Qatar, se encuentra trabajando en un proyecto de energía solar50 –ya que goza de días

soleados durante todo el año- que generará aproximadamente el 16% de la producción de

electricidad y se espera que se encuentre en operaciones en cinco años -2018-.

La utilización de energía solar en Qatar también tiene un sentido en la desalinización del

agua marina, y llevarán a cabo una política pública en materia de subsidios para que la

población pueda acceder a la energía solar a través de la implementación de sistemas

solares en los techos de sus casas y contribuir a la red del sistema del proyecto de energía

solar. Asimismo, el gobierno de Qatar busca reducir las emisiones de GEI, a través de una

iniciativa nacional en materia de desarrollo sustentable.

En relación a los países africanos51, hubo quejas sobre las propuestas actuales que

permiten que el 20% de los habitantes de países desarrollados, consuman más del 60 %

del presupuesto de carbono de la Tierra, mientras que el 80%, que son pobres, deberían

limitarse al 40%, y reclaman que se debe mantener la seguridad alimentaria en África,

compartir la atmósfera de manera justa y que los países desarrollados reduzcan el

consumo excesivo y la contaminación.

Por otra parte, la Alianza de los Pequeños Estados Insulares (APEI)52 -integrada por 44

miembros-, solicitaron la inclusión de pérdida de hielo en el Ártico en modelos climáticos.

Mientras que en la otra cara de la moneda se encuentra a la UE, Australia, Noruega y Suiza

quienes aceptaron un nuevo período de compromiso. Por ejemplo, el Parlamento Europeo

aprobó por una ajustada mayoría un pedido para que los países del Viejo Continente se

50

Qatar de la OPEP dice comenzará a adoptar energía solar, 1° de Diciembre de 2012, en http://lta.reuters.com/article/worldNews/idLTASIE8B001G20121201 51

Países africanos piden a los desarrollados compensación por cambio climático, 27 de Noviembre de 2012, en http://www.vanguardia.com.mx/paisesafricanospidenalosdesarrolladoscompensacionporcambioclimatico-1427123.html 52

Países insulares instan a actuar contra el cambio climático, 27 de Noviembre de 2012, en http://www.prensa-latina.cu/index.php?option=com_content&task=view&idioma=1&id=749771&Itemid=1

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

54

comprometieron a reducir un 30% las emisiones de GEI -teniendo como referencia el año

1990- hasta 2020. Es decir, un 10% más de lo establecido previamente.

Una cuestión que causó polémica fueron los permisos de emisiones, estas licencias

permiten un determinado cupo de emisiones anuales de CO2 a las naciones, a cambio se

comprometían a reducirlas, sólo que hubo algunas demoras en los países del Este y sobre

todo en Rusia, quienes no agotaron los suyos y pretendieron vender sus remanentes a

otros países, convirtiéndolo en un tema sensible, es decir, en un mero negocio.53

Por su parte, España, Francia y Finlandia se encargaron de aproximar posturas en el marco

de la UE en relación a la gestión de las Unidades de Cantidad Asignada (UCA’s), los

derechos de emisión de gases de efecto invernadero pendientes del primer período de

compromiso de Kyoto, con el fin de crear puentes y dar una solución con la adopción de

enmiendas para realizar en un plazo de ocho años en el segundo período de compromiso

del PK.

Bajo este tenor, España medió entre las posiciones radicales de Polonia y otros estados

del Este, y las de países como Dinamarca, Reino Unido y Alemania54. Sin embargo, el

problema con Polonia y los países del Este, radica en el reclamo a acceder al derecho de

comercializar los derechos sobrantes de CO2 en el plazo 2013 – 2020, que al venderlos

obtendrán un premio sin haber hecho esfuerzos reales para reducir sus gases. Polonia

incluso anhela poder arrastrarlos hasta el futuro acuerdo global mundial a partir del 2020.

Una mayoría de países de la UE quiere que se haga un uso limitado de estos derechos

sobrantes y, sobre todo, que queden cancelados al terminar el segundo período de

compromiso. Los países del Este europeo ven en estos derechos una fuente de ingresos.

Polonia ha vendido a España créditos por valor de 40 millones de euros, sólo que, si la UE

53

Un número cada vez más rojo (2°) en la Cumbre del Clima, 25 de Noviembre de 2012, http://www.ambito.com/noticia.asp?id=664612 54

Los desacuerdos en los países de la UE dejan en vilo las negociaciones de Doha, 07 de Diciembre de 2012, en http://www.diariodeleon.es/noticias/sociedad/los-desacuerdos-en-los-paises-de-ue-dejan-en-vilo-las-negociaciones-de-doha_749493.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

55

aceptara una venta ilimitada, los mercados pueden inundarse con una sobreoferta de

créditos de CO2 a bajo precio, con lo que se corre el peligro de que los países prefieran

comprarlos en lugar de reducir sus emisiones en origen -prescindiendo de los

combustibles fósiles o apostando por tecnología limpias-.55

La cancelación de los derechos de emisión sobrantes es esencial para asegurar que la

segunda fase del PK y el posterior acuerdo se aborde el tema de la reducción de emisiones

de GEI de una manera efectiva, lo cual, ya que por lo contrario se permitiría a muchos

países no tener que hacer nada para reducir sus emisiones, lo que equivaldría a renunciar

directamente al reto de mantener el calentamiento global por debajo del límite de 2°C.

La UE, marcó un papel crucial, abogó por trabajar en compromisos de carácter obligatorio,

-tanto de los países en desarrollo como de los desarrollados-, y que su participación en el

segundo período de compromiso será para dirigir y asumir el liderazgo en la lucha contra

el cambio climático.56

Los países en desarrollo han solicitado a la UE que eleve sus metas de reducción de gases

para el 2020 -30%- para recuperar su credibilidad como potencia que combate el cambio

climático, ante ello la UE ha sido clara en afirmar que lo no hará hasta que Estados Unidos

y los países emergentes limiten sus emisiones. La UE sólo se comprometió a recortar sus

emisiones a un 20% para el 2020 respecto a 1990. Hasta el momento ha contribuido con

un 18% -sin contar con las emisiones en aviación-.

En materia de ayuda financiera, los principales países europeos –excepto España e Italia-

realizarán contribuciones en el siguiente año y se irán concretando hasta llegar a los 10,

000 millones de dólares anuales en el 2020 –como se acordó en Copenhague-.

55

Kioto II, cerca del abismo, 07 de Diciembre de 2012, en http://www.lavanguardia.com/medio-ambiente/20121207/54356157411/kioto-2-cerca-abismo.html 56

Cuenta atrás para una prórroga de Kioto que tampoco salvará el Planeta, 07 de Diciembre de 2012, en http://www.publico.es/ciencias/447000/cuenta-atras-para-una-prorroga-de-kioto-que-tampoco-salvara-el-planeta

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

56

La WWF considera que se debe duplicar la financiación para llegar a los 60.000 millones de

dólares durante los próximos tres años y aumentar hasta los 100.000 millones por año en

2020, los cuales deben ser invertidos de manera que se aprovechen y movilicen mayores

inversiones del sector privado hacia una economía respetuosa con el clima.

Sin embargo, Las negociaciones sobre el financiamiento a largo plazo fueron bloqueadas,

no se propusieron objetivos a medio plazo y tampoco se vio el interés a comprometerse

en continuar pagando el dinero público prometido en la ayuda de urgencia.

Bolivia propone el Mecanismo de Adaptación y Mitigación en Bosques (MAMB) –con

apoyo de China y Brasil- en el marco de la gestión integral de bosques como una

alternativa a REDD+57, el cual puede a su vez captar recursos financieros de la

cooperación internacional en igualdad de condiciones que lo haría REDD+ con la diferencia

de que el mecanismo de Bolivia no está basado en mercados y no los promueve, pero sí

está orientado a canalizar recursos financieros a proyectos comunitarios locales indígenas

campesinos para el manejo integral del bosque, incluyendo la contabilización de la

captura de carbono.

Alianza Bolivariana para América (ALBA), considera que los temas relacionados con la

agricultura son fundamentales para la región porque están evidentemente relacionados 57

En 2005, un grupo de países liderado por Papua Nueva Guinea, llevó el tema de la deforestación evitada a la agenda de la Conferencia de las Partes, realizada en Montreal (COP 11). Así, la discusión sobre el papel de los bosques en la lucha contra el cambio climático volvió al debate internacional. Durante la COP 13, realizada en Bali en 2007, la CMNUCC reconoció la reducción de emisiones por deforestación y degradación de los bosques (REDD) como un mecanismo válido en la lucha contra el cambio climático. Según el Plan de Acción de Bali (2007), se denomina REDD + a la reducción de emisiones derivadas de la deforestación y la degradación forestal; además de la conservación, el manejo sostenible y el mejoramiento del stock de carbono de los bosques en los países en desarrollo. Comparado con otros mecanismos para la reducción de emisiones de GEI, el tema REDD+ es complejo. Actualmente se discute la posibilidad de pagar a los países en desarrollo por el valor del carbono almacenado en sus bosques. Se considera que estos pagos podrían contribuir a revertir la deforestación, lo que otorga un mayor atractivo al manejo forestal sostenible. Surge entonces uno de los principales cuestionamientos: ¿cómo pagar? Sin duda se requerirá transferir recursos sustanciales a los países en desarrollo para lograr una reducción de emisiones significativa. Véase en, ¿Qué es REDD+?, http://www.iucn.org/es/sobre/union/secretaria/oficinas/sudamerica/sur_trabajo/sur_bosquesam/sur_bosques_cambio_climatico/sur_bosques_redd/

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

57

con la adaptación, tiene que ver con la soberanía y seguridad alimentaria y no pueden ser

discutidos dentro de mitigación.58 Asimismo, expresó que se mantendrán en una alianza

férrea en no permitir que los mercados de carbono reemplacen las obligaciones que

tienen los países desarrollados.

La ONU aprobó dos propuestas bolivianas para fortalecer el régimen climático mundial: un

mecanismo conjunto de mitigación y adaptación para el manejo integral y sustentable de

los bosques, no basado en mercados; y un mecanismo internacional para enfrentar

pérdidas y daños resultantes de desastres naturales e impactos que ocasiona el cambio

climático en los países en desarrollo.

Chile, expresó que la gobernanza mundial es un tópico que es imprescindible en materia

de cambio climático, ya que es un es un problema muy complejo que ningún país puede

resolver de manera individual, pero existe la oportunidad de que cada país se

comprometa a reducir voluntariamente sus emisiones, así como, cada cuota impuesta en

su gobierno pueda cumplirse legalmente.59 Esto se vio factible para los países en

desarrollo como el mismo Chile, Colombia, Brasil, Uruguay y Argentina, que en 2025

serán naciones de ingresos medios y no podrán recibir ninguna ayuda extranjera.

El papel de Venezuela en la Cumbre de Doha, apostó por un modelo de desarrollo que

privilegie al ser humano sobre lo estipulado por el sistema capitalista, es decir, a la

conformación de un gran movimiento mundial para abrigar las causas y reparar los efectos

58

Reunión en Doha avanza con cautela, 2 de diciembre de 2012, en http://www.lostiempos.com/diario/actualidad/vida-y-futuro/20121202/reunion-en-doha-avanza-con-cautela_194262_413574.html

59 'Gobernanza global' frente a cambio climático: Chile, 02 de Diciembre de 2012, en

http://www.elfinanciero.com.mx/index.php?option=com_k2&view=item&id=52510&Itemid=26

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

58

del cambio climático y asegurar la vida, que se han venido acumulando como

consecuencia del modelo capitalista.60

Por otra parte, entra al escenario de la COP18 un nuevo grupo de negociación llamado

AILAC (Asociación Independiente de Latinoamérica y el Caribe), la cual, está conformada

por Colombia, Costa Rica, Perú, Chile y Guatemala .con el apoyo de otros países como

México-. Este bloque nace, en palabras de sus impulsores, con el fin de aportar una visión

latinoamericana que no busque el enfrentamiento entre países ricos y pobres, así como,

pretende romper son el protagonismo de Brasil —alienado con China e India— y del grupo

del Alba -Venezuela, Guatemala, Ecuador, Nicaragua, Cuba y Bolivia-, en los foros

internacionales sobre cambio climático.

La AILAC, dio a conocer que están de acuerdo en que son economías de renta media

perfilándose al crecimiento económico y que pueden desacoplar el PIB de las emisiones.

La AILAC asumió la responsabilidad de reducir las emisiones de GEI como los países

desarrollados.61

Cabe señalar que algunos países se hicieron cargo de las negociaciones para resolver

asuntos pendientes, tal es el caso de Brasil y Noruega que estuvieron al frente del tema de

acceso a los mecanismos del PK por parte de los países que no van a asumir compromisos

en el segundo período; sobre las cuestiones financieras, principalmente las referidas a las

ayudas a largo plazo para los países en desarrollo, fueron responsabilidad de Maldivas y

Suiza; Gambia y Australia se encargaron de facilitar el acercamiento de las Partes a las

directrices de presentación de informes sobre emisiones de GEI; Sudáfrica, trabajó en

materia de políticas de adaptación ante las pérdidas y daños causados por el cambio

climático; México se encargó sobre las cuestiones relativas a la composición del consejo

60

Venezuela apuesta a modelo de desarrollo que privilegia al ser humano, 06 de Diciembre de 2012, en http://www.avn.info.ve/node/145545 61

Escepticismo en Doha: el clima de nuevo a discusión, 06 de Diciembre de 2012, en http://blogs.eluniversal.com.mx/weblogs_detalle17512.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

59

asesor del Centro de Tecnología del Clima y la Red, y; la UE a través de España y Finlandia

se hicieron cargo de las negociaciones sobre el superávit de emisiones de CO2,

correspondientes al primer periodo de compromiso del PK.62

Finalmente, los textos negociados en Doha revelan que:

No se logrará frenar el cambio climático en marcha. Ningún país industrializado

aumentó sus objetivos de reducción de emisiones de GEI. La ciencia exige recortes

a estos países del 40% en el año 2020 para tener una oportunidad de limitar el

aumento de la temperatura a no más de 1,5ºC y evitar así un cambio climático

descontrolado.

Los países desarrollados, no realizaron ningún compromiso financiero colectivo y

adicional para lograr que los países más afectados y vulnerables puedan tomar

medidas de supervivencia al cambio climático.

En lugar de fortalecer los reglamentos y normas para reducir las emisiones, los

textos promueven los intereses empresariales y las falsas soluciones, como los

mercados de carbono y REDD+, a pesar del evidente fracaso de las ya existentes.

Tampoco se dieron avances coherentes para asegurar un acuerdo global en el

2015.

Las políticas sobre cambio climático siguen estando bajo los intereses de los

poderes políticos y económicos de una minoría de la población mundial, que son

los que representan los Estados y las industrias más contaminantes.63

62

La Cumbre Mundial sobre Cambio Climático solicita ayuda, 06 de Diciembre de 2012, en http://www.informador.com.mx/tecnologia/2012/422442/6/la-cumbre-mundial-sobre-cambio-climatico-solicita-ayuda.htm

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

60

En la Cumbre de Doha, se aceptó extender hasta el 2020 el PK64, sólo que se cubrirá nada

más el 15% de las emisiones globales –decisión aprobada por 192 países, con la sola

objeción de Rusia-; se incluyeron endebles promesas de financiamiento para que los

países en desarrollo y los más vulnerables a los cambios adversos del cambio climático

enfrenten el calentamiento global, y; se continua con la indisposición de Estados Unidos,

China y países emergentes de ser Partes del PK.

Sin embargo, la segunda fase del PK sólo cubre como se señaló el 15% de las emisiones

globales después de que Canadá, Japón, Nueva Zelanda y Rusia se retiraron. Los países

intentarán adoptar en 2015 un pacto más amplio que se aplicará a todas las naciones y

entrará en vigor cuando expire el segundo período de compromiso del PK.

El PK, es actualmente el único plan vinculante que fuerza a las Partes a cumplir metas

determinadas para detener el efecto invernadero. 65La extensión alcanzada en Doha

obliga básicamente a la Unión Europea, Noruega y Australia a reducir sus emisiones. Los

temas que más interesaban a los países en desarrollo, así como los más difíciles fueron

aplazados para el siguiente año.

El tópico del cambio climático es diverso y lleno de gamas que lo hace complicado para su

estudio y análisis, sin embargo, es un enorme reto comprender y revisarlo desde

diferentes puntos de vista, tal vez algunas de sus deficiencias se encuentren desde el

mismo marco de creación de la Convención y del propio PK, por lo cual se analiza el

derecho internacional público, así como, desde el concepto de la soberanía de los Estados.

63

Instan a rechazar los resultados de Doha, 09 de Diciembre de 2012, en http://www.ecologistasenaccion.org/article24628.html, y; Doha acuerda finalmente prorrogar el Protocolo de Kioto hasta 2020, 08 de Diciembre de 2012, en http://www.lavanguardia.com/medio-ambiente/20121208/54356191791/cumbre-doha-acuerdo-final-prorrogar-kioto-2020.html 64

Escasos resultados en Doha, 09 de Diciembre de 2012, en http://www.elnuevodia.com/escasosresultadosendoha-1403664.html 65

Pobres resultados consiguió la Cumbre de Doha, 08 de Diciembre de 2012, en http://www.dw.de/pobres-resultados-consigui%C3%B3-la-cumbre-de-doha/a-16439413

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

61

1.3. La CMNUCC y el PK dentro del derecho internacional público.

La carencia de expectativas positivas en la lucha contra el cambio climático, es debida en

parte, por las apreciaciones que existen dentro del derecho internacional público en la

celebración de grandes acuerdos internacionales, que carecen de una política global

contra el cambio climático.

No se trata de excluir al Estado - nación, sino de dotar un sentido de identificación con la

sociedad internacional en este campo, y por lo tanto, dar lugar a nuevos actores sociales y

políticos, con el fin de estrechar los lazos de cooperación y coordinación, tanto de la

sociedad civil con los gobiernos y con el propio Estado, a cuenta de crear

interdependencias mutuas en el ámbito internacional.

Desafortunadamente, las Naciones Unidas, como organismo internacional rector, sólo ha

mostrado un poder blando –software- en esta gran estructura y organización

internacional -conformada en 1945 con la Carta de San Francisco-, y que ningún país

hegemónico ha podido suplantar con su poder duro –hartware-. Sin embargo, no ha

tenido la fuerza suficiente para poder consensar entre la comunidad internacional un

régimen global en cambio climático.

Por otro lado, los Estados – nación, se encuentran domesticados en sus funciones al entrar

en una densa red de acuerdos internacionales y compromisos, sobreviviendo en redes sin

bases en la asunción de compromisos globales y en la realización de considerables tareas

que amenazan a toda la humanidad, independientemente del espacio temporal y

geográfico.

Los Estados nacionales suscritos cada uno dentro de sus jurisdicciones territoriales –

fronteras nacionales- han observado que el potencial legitimador de una acción

estratégica se encuentra tanto en el interior y al exterior de su territorio. Se ha hablado de

la configuración de la ciudadanía global –global citizenship- como una división

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

62

institucional, la cual permite asumir esas vastas actividades de una policía interior global

que Naciones Unidas descarga sobre una red de actores políticos.

Es lo que Ulrich Beck ha dado a llamar la nueva constelación de una subpolítica global, en

que se forja nuevas alianzas, bajo el objetivo de salvar el clima del planeta, que permite

coaliciones que modifican las fronteras de lo político.66

Según esta explicación, estas nuevas políticas están emergiendo, los Estados actúan

carentes de liderazgo. Copenhague fue al alianza de dos debilidades, China que no asume

responsabilidades del sigo XXI, y Estados Unidos que quiere jugar a su papel hegemónico

del siglo XX.

Por otra parte, la indiferencia en la actuación de los líderes mundiales, quienes son

conscientes de que la cooperación es imprescindible para la salvaguarda del planeta, se ha

impuesto el discurso del individualismo nacional. Los Estados, no toman en serio lo que es

la aprobación de una legislación internacional y sólo actúan conforme a coaliciones de

intereses.

Por ejemplo en la Cumbre de Cancún, se reconoció por vez primera, el papel activo de las

sub naciones –lassubnacions- a través de la “enmienda catalana”, en la cual, se reconoce

que la lucha contra el cambio climático no se puede abordar de manera descendente -

arriba abajo-. Es necesario que los Estados acojan un concepto que englobe a la sociedad

mundial global, es decir, a los gobiernos locales, regionales, sector privado y sociedad.

Cabe señalar, que todo Estado al suscribir un tratado u acuerdo se somete a un orden

legal, asumiendo obligaciones –no en relación con otros Estados que son Parte, esto se

verá más adelante- sino con los individuos en su jurisdicción, y por lo tanto, en sus

66

El sujeto político del cambio climático en Doha. ¿Y dicen que aquí no podemos hacerlo?, 1° de Diciembre de 2012, en http://blogs.lavanguardia.com/diario-de-futuro/?p=965

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

63

ordenamientos internos ya que se ven en la necesidad de adecuar los nuevos

compromisos contraídos.

Como señaló en su momento Charles Rousseau: La diferencia esencial entre el derecho

internacional y el derecho interno es estructural. La sociedad internacional no tiene la

misma cohesión y solidaridad que existe entre los nacionales de un Estado. Por ello

afirmaba, que el derecho interno es un derecho de subordinación y, en cambio, el derecho

internacional es un derecho de coordinación –haciendo alusión a la teoría funcional –

estructuralista-.67

Bajo el mismo tenor, Kelsen aludía a la concepción normativista, donde todas las normas

jurídicas derivan su validez y su fuerza obligatoria de otras normas superiores –las de

derecho internacional- desde el punto de vista jerárquico hasta llegar a la norma

fundamental –Constituciones de los Estados- o grundnorm. En acuerdo a ello, Verdross

sostenía que la norma que en definitiva fundamentaba todo el derecho se insertaba en el

ordenamiento internacional, siendo éste el que delegaba a favor de los Estados una

determinada competencia legislativa dentro de la esfera de su libre apreciación y de su

forma interna de legislar. Las normas internas se imponen, en tanto que la legislación

internacional es fruto del consenso entre los Estados.

Este desdoblamiento del Estado, el cual tiene funciones externas e internas, interviene

mucho la forma de concebir los tratados, cuyo cumplimiento se hace a través de los

órganos internos del Estado –llámese estructura del Estado-, asimismo, de la manera de

ejecutar el derecho, si es a través del natural, por costumbre, por ejercer el derecho

romano o modernista. Los sistemas políticos son diversos en la forma de entender y llevar

a cabo los tratados.

67

ALVAREZ, Vita Juan, Tratados internacionales y ley interna. Perú: 2001, FCE, 171 págs, pp. 45.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

64

Dentro del derecho internacional es muy conocido el principio pacta sunt servanda, el cual

trata simplemente de los instrumentos de ratificación donde los Estados dejan la palabra

empeñada, y por lo tanto, se comprometen a cumplir y respetar el acuerdo, el cual entra

en vigor cuando el mayor número de Partes es alcanzado según las normas del tratado.

Por ejemplo en la CMNUCC en los Artículos 20, 22 y 2368, hacen referencia a la firma, la

ratificación, aceptación, aprobación o adhesión del tratado así como la entrada en vigor

del mismo.

En relación a la firma (Art. 20) se estipula que la Convención estará abierta a la firma de

los Estados Miembros de la Organización de Naciones Unidas (ONU) o de un organismo

especializado o que sean partes en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y

de las organizaciones regionales de integración económica en Río de Janeiro, durante la

Conferencia de la ONU sobre Medio Ambiente y el Desarrollo, y posteriormente en la Sede

de La ONU en Nueva York del 20 de junio de 1992 al 19 de junio de 1993.

En materia de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, (Art. 22) se da a conocer

que dichos instrumentos se depositarán en poder del Depositario (Art. 19), es decir en el

Secretario General de la ONU – actualmente Ban Ki-moon, de la República de Corea-; las

organizaciones regionales de integración económica que pasen a ser Partes de la

Convención sin que ninguno de sus Estados miembros lo sea quedarán sujetas a todas las

obligaciones que les incumba en virtud de la Convención. En el caso de las organizaciones

que tengan uno o más Estados miembros que sean Partes de la Convención, la

organización y los estados miembros determinarán su respectiva responsabilidad por el

cumplimiento de las obligaciones que les incumba en virtud de la Convención. En estos

casos, la organización y los Estados miembros no podrán ejercer simultáneamente

derechos conferidos por la Convención.

68

NACIONES UNIDAS. Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), Nueva York, Estados Unidos, 09 de mayo de 1992.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

65

Lo interesante del artículo 22 en relación a los instrumentos, es que abre la posibilidad de

que las organizaciones regionales ratifiquen, acepten, aprueben o en su caso se adhieran a

la Convención dejando expresado el alcance de su competencia con respecto a las

cuestiones regidas por la Convención, y que pueden comunicar al Secretario General de la

ONU cualquier modificación sustancial que requieran y éste dará aviso a las demás Partes.

Es decir, la Convención puede sufrir enmiendas ya que cualquiera de las Partes puede

proponerlas, según el artículo 15 y son presentadas ante los Estados para su discusión y

negociación durante la celebración de la Conferencia de las Partes (Art. 7).

Es necesario tener en cuenta que todo consenso supone una negociación exitosa y ello, a

su vez, requiere de la voluntad de las partes para negociar. Muchas veces en las

negociaciones se deja lo estrictamente jurídico para dar paso a soluciones de carácter

político, lo cual sucede en la mayoría de los casos.

En tanto en el derecho interno, el tratado es incorporado una vez que se realiza la

promulgación o publicación, y sobre todo, su fin primordial es aplicarlo en la jurisdicción

de los Estados.

En algunas ocasiones el origen del problema está en el propio texto de un tratado. Muchas

convenciones internacionales tienen disposiciones que denotan una naturaleza no

autoejecutiva, sólo dan pautas o lineamientos muy generales, no es la carencia del

contenido sino que en la práctica, se remiten al criterio de cada Estado. Partiendo de la

necesidad de dictar o no normas complementarias o reglamentarias que permitan su

plena ejecución.

Por ejemplo, en la CMNUCC en su Artículo 4°, inciso 2, b) compromisos, estipula que:

“…las Partes que son países desarrollados y las demás, Partes incluidas en el anexo I se

comprometen a adoptar políticas nacionales y se toman las medidas correspondientes de

mitigación del cambio climático, limitando sus emisiones antropógenas de GEI, y

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

66

protegiendo y mejorando sus sumideros y depósitos de GEI. Esas políticas y medidas

demostrarán que los países desarrollados están tomando la iniciativa en lo que respecta a

modificar las tendencias a más largo plazo de las emisiones antropógenas de manera

acorde con el objetivo de la presente Convención, reconociendo que el regreso antes de

fines del decenio actual a los niveles anteriores de emisiones antropógenas de dióxido de

carbono y otros GEI no controlados por el Protocolo de Montreal contribuiría a tal

modificación, y teniendo en cuenta las diferencias de puntos de partida y enfoques,

estructuras económicas y bases de recursos de esas Partes, la necesidad de mantener un

crecimiento económico fuerte y sostenible, las tecnologías disponibles y otras

circunstancias individuales, así como la necesidad de que cada una de esas Partes

contribuya de manera equitativa y apropiada a la acción mundial para el logro de ese

objetivo. Esas Partes podrán aplicar tales políticas y medidas conjuntamente con otras

Partes y podrán ayudar a otras Partes a contribuir al objetivo de la Convención…”69

Son numerosos los casos en los que esa libertad, que algunos tratados establecen directa

o indirectamente, significa, claramente, que no se ha estado la coactividad necesaria.

Muchos de los problemas que apreciamos a diario, verbigracia en la esfera de la

cooperación internacional, se dan no tanto por la carencia de normas internacionales, que

son muchas, sino porque éstas no tienen dispositivos que permitan su aplicación efectiva.

1.4. La preservación de la soberanía de los Estados ante el régimen internacional del

cambio climático.

El concepto de soberanía se puede retomar desde el punto de vista de la teoría política y

en la doctrina del derecho internacional. Existen varias interpretaciones y no hay acuerdo

sobre cuál es el objeto buscado por este concepto en el derecho internacional.

El Dr. Cesar Sepulveda, señala que habría que hacer una revisión de todas las definiciones

sobre soberanía, y al exponer este término, dirigirlo contra cada una de ellas las

69

CMNUCC, Íbid, pp. 10.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

67

objeciones que procedieran para encontrar los lineamientos generales del problema y por

lo tanto, soluciones prácticas.

Asimismo, señala que no se debe confundir ni mezclar las consecuencias prácticas que

resulten de la doctrina del Estado o en el derecho constitucional. Estas consecuencias

estrictamente sólo servirán para alimentar la doctrina del derecho internacional,

particularmente para aclarar el objeto buscado por el concepto de la soberanía dentro del

mencionado derecho.

Cabe mencionar que en la Edad Media, el príncipe era considerado el soberano ya que sus

súbditos no podían apelar a una autoridad más alta. Es hasta el siglo XVI cuando se

construye sistemáticamente el concepto de soberanía con base en la presencia del Estado

moderno, centralizado y burocrático. De acuerdo a ello, el Dr. Jorge Carpizo, señala que el

Estado nacional, nació con la idea de la soberanía, fruto de las luchas sostenidas por el rey

francés contra el imperio, la Iglesia y los señores feudales –a finales de la alta Edad Media.

Jean Bodin, señala que la soberanía es un poder absoluto y perpetuo. Por absoluto

entendió la potestad de dictar y derogar las leyes, dejando claro que los príncipes se

encuentran sujetos a las leyes comunes de todos los pueblos. Por perpetuo, el poder

irrevocable, el poder por tiempo ilimitado.

Este concepto de Bodin, al ser interpretado por los Estados absolutistas, rompió con la

noción tradicional de que dicha figura estaba limitado por normas. Los escritores

identificaron a la soberanía con el poder absoluto, con la omnipotencia.

Así entonces, para Bodin, la soberanía y el poder de hacer la ley son análogos y resultan

además, inherentes a una persona; el príncipe, quien es el que efectivamente gobierna, es

la autoridad central o nacional. La soberanía, en él, es la fuerza de cohesión, de unión de

la comunidad política.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

68

Los teóricos de la Revolución Francesa fueron quienes identificaron a la soberanía con la

voluntad del pueblo -siglo XIX-, lo cual, originó confusión alrededor del término. Cambió

sólo al titular de esa facultad, y se asignó al pueblo el poder de dar la ley y derogarla.

Al buscarse la glorificación del Estado por razones históricas o políticas, las doctrinas

trasladaron la soberanía hacia ese sector para robustecer el concepto. Esto último

concuerda con la teoría hegeliana de supremacía absoluta del Estado, la soberanía, se

trasladó al Estado mismo, y es también la única fuente de toda validez legal.

Las teorías de Hegel, condujeron al Estado de Derecho o Estado constitucional, y a la vez

aportaron posiciones para considerar al derecho del Estado y al derecho internacional

como incompatibles.70

Sin embargo, el concepto de soberanía en sus diferentes acepciones ha tenido en común

que se estudia desde el punto de vista interno del Estado, sin tomar en cuenta el derecho

internacional. Esto se debe a que la doctrina de la soberanía fue desarrollada en su mayor

parte por teóricos políticos que no estaban interesados en las relaciones entre los Estados.

De tal suerte que aparece claro y deducible por qué la idea de la soberanía, tal como se

expone en el derecho constitucional, no puede encontrar un lugar adecuado entre las

concepciones internacionales.

Tan diferentes son estos dos campos del derecho constitucional y del internacional que

sólo pueden resultar confusiones en el intento de emplear conceptos apropiados sólo

para un campo en el otro.

Así por ejemplo, para Rousseau, Hegel y Jellinek, la soberanía que es una e indivisible, y

puede ser puede ser examinada desde el aspecto interno y externo. En primer lugar,

desde el aspecto interno implica que el pueblo se otorga su propio orden jurídico sin que

70

Soberanía y Derecho Internacional, en http://www.monografias.com/trabajos/sobeydcho/sobeydcho.shtml

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

69

nadie le señale como debe de ser éste; los hombres libres deciden su forma de gobierno y

nombran a quienes van a dirigir los órganos de la estructura política de acuerdo con la

leyes, que son la expresión de la voluntad popular. Sí el aspecto interno consiste en la

facultad exclusiva de un pueblo de dictar, aplicar y hacer cumplir las leyes.

En segundo lugar, desde el aspecto externo implica la libertad de todas las naciones, en

la igualdad entre todos los pueblos. El aspecto externo significa que un pueblo

independiente y supremo se presenta en el consorcio universal de naciones, entra en

relaciones con sus pares; es el mismo principio que rige la vida interna de la nación, sólo

que proyectado hacia afuera del Estado.

Sin embargo, aquí vienen dos acepciones: la noción de supremacía en la soberanía interior

–como superlativo- y comparativo hacia el exterior al señalar la igualdad entre los Estados.

Lo que hace que goce de cierta complejidad el término de la soberanía en el ámbito

jurídico internacional, cómo se puede traspasar este concepto cuando ha sido enmarcado

desde sus inicios en la teoría política del Estado y aplicado según las circunstancias

históricas de los pueblos, que exaltaban que nadie está por sobre el Estado dentro de su

territorio, así como, ningún otro estado o entidad. El Estado es la autoridad máxima en su

territorio y es autónomo, es por ello, el principio de no intervención en los asuntos

internos.

El Derecho internacional contemporáneo y los tratados que vinculan a las naciones han

modificado, sin embargo, la libre soberanía absoluta concebida hace cuatro siglos. En la

actualidad, la Organización de las Naciones Unidas es el principal organismo legal que

ejerce un control sobre la soberanía de forma relativa y de modo consensuado.

Se debe replantear una noción más exacta u optar por proporcionar un significado

adecuado al término, que vaya de acuerdo con el progreso actual de la doctrina

internacional, lo cual se muestra complicado.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

70

Algunos autores han analizado sustituir el concepto de soberanía por los términos de

auto-gobierno, capacidad de acción y libertad de conducta, es decir, por los efectos más

perceptibles de la soberanía. Rousseau intenta que sea sustituida por independencia,

entendiendo con ello la exclusividad de la competencia, la autonomía y plenitud de la

misma como los tres elementos que integran la independencia.

Sin embargo, para que se llegue a conciliar la existencia de un Estado soberano con la

presencia de un derecho internacional que regule las relaciones entre Estados es preciso

que se le otorgue un contenido adecuado a la soberanía del Estado.

Un elemento para ello, es la implicación de la idea de comunidad internacional y

la función que desarrolla el Estado en esa comunidad, su relación con los Estados en el

ámbito internacional.

Heller, ha afirmado que la eficiencia del derecho internacional se encuentra constituida en

la voluntad común de los Estados y en la validez de los principios ético-jurídicos, en los

cuales, están involucrados los intereses de los Estados. Los Estados son los que actualizan

o positivan los principios jurídicos, los cuales, en su conjunto, forman los preceptos de

derecho internacional, al ser sujetos de este orden jurídico, libres, soberanos y

jurídicamente iguales.

Por lo tanto, el concepto de soberanía en el ámbito internacional, es la capacidad de

positivar los preceptos supremos obligatorios para la comunidad y su ejecución se planea

en el marco interno del Estado.

Con esto se destruye la concepción de que la soberanía es algo inherente a la naturaleza

de los Estados que hace imposible que estén sujetos al derecho, concibiéndolo también

con el derecho internacional como orden jurídico de entes soberanos a los que obliga.

El concepto de soberanía actual, tiende hacia la capacidad de crear y de actualizar el

derecho, tanto el interno como el internacional, pero obligación de actuar conforme al

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

71

derecho y responsabilidad por esa conducta, lo cual se realiza a través de los instrumentos

y mecanismos de cooperación entre los Estados con la celebración de tratados

internacionales.

Sin embargo, dentro de la celebración de los tratados internacionales existe entre las

Partes una exaltación de soberanía, cuando pretenden utilizarla como un arma al ser o

tratar ser dañados sus intereses nacionales, o; un Estado al pretender intimidar con su

poder omnipresente con su política de Estado, o; un Estado al entrar en coexistencia con

otras entidades semejantes. Sólo que, ninguna puede tener supremacía sobre las otras,

pero sí, una cierta disposición para aceptar pretensiones de otras entidades a una posición

similar, sobre el principio de la reciprocidad entre los Estados.

Bajo el mismo tenor, se articula el concepto de soberanía jurídica con la soberanía política.

La soberanía jurídica es aquella a través de la cual un Estado puede tomar contacto con el

mundo, con lo internacional, a través de su participación en diferentes organizaciones

internacionales, tratados, pactos y compromisos diplomáticos, entre otros, y; la soberanía

política, es aquella que hace alusión a poder del Estado de imponer todo aquello que le

parezca necesario. Aunque se piense que cada Estado ejerce su soberanía jurídica y

política, no es así en todas las naciones. Existen casos en los que el Estado puede tener la

soberanía jurídica, sin embargo, su soberanía política depende de los dictámenes de otras

naciones en cuanto a su desarrollo social, político y económico.71

No obstante, dentro del derecho internacional, los Estados como sujetos del orden

jurídico internacional, se encuentran obligados por las normas del derecho de gentes

consuetudinario que le resulten aplicables y/o/por los principios generales de derecho

reconocidos por las naciones civilizadas, por ejemplo:

Se puede imponer a un sujeto del orden legal internacional, obligaciones internacionales

adicionales sólo con su consentimiento; 71

Concepto de soberanía - Definición, Significado y Qué es, en http://definicion.de/soberania/#ixzz2E1X9JyXa

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

72

El ejercicio de la jurisdicción territorial es exclusivo para cada Estado, a menos de

que estuviere limitado o exceptuado por normas de derecho internacional;

En ciertos y especiales casos, los sujetos de derecho internacional pueden

pretender jurisdicción sobre cosas o persona fuera de su jurisdicción territorial, y;

A menos que existan reglas que lo permitan, la intervención de un sujeto de

derecho internacional en la esfera de la exclusiva jurisdicción doméstica de otro

sujeto constituye una ruptura del orden jurídico internacional.72

Dentro de la Convención se reafirma el principio de la soberanía de los Estados en la

cooperación internacional para hacer frente al cambio climático.73 Sin embargo, como se

analizó anteriormente, cada Estado le otorga el valor de acuerdo a sus intereses

nacionales, por ejemplo, durante las negociaciones en las Conferencias de las Partes –

principalmente durante el año 2012- algunas de las Partes de la CMNUCC expresaron su

exaltación y defensa de su soberanía.

A continuación se describen algunos casos:

En el caso de China al final del Acuerdo de Copenhague-. El tema de la información y

transparencia de las reducciones de emisiones -cuestión importante también para Estados

Unidos-, considera que es una violación a su soberanía nacional y una manera más para

que los países desarrollados puedan monitorear la competitividad de los países.

La información que es generada por las Partes cada dos años, es dada a conocer a la

CMNUCC a través de informes estándar de la CMNUCC. Las medidas de mitigación

72

SCHWARZENBERGER, George. A Manual of International Law, 4th Edition, Volume I, pp. 58-59. 73

CMNUCC, Ibíd, pp. 3.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

73

llevadas a cabo con el apoyo internacional se inscriben en un registro y están sujetas a la

medición internacional, notificación y verificación.74

Polonia, no quiere perder soberanía sobre su propia estrategia energética. Polonia ha

rechazado los objetivos europeos de reducción de emisiones por la utilización del carbón

dado también a su dependencia interna.

Polonia, es el mayor productor de carbón duro de la UE y cuenta con más de 16 mil

millones de toneladas en reservas. A consecuencia, su dependencia de las importaciones

es la más baja del bloque, y más de 90% de su generación de electricidad se basa en el

carbón y se le hace difícil y complicado pasar a un nivel superior a través de energías

renovables.75

La Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP). La OPEP ha hecho valer sus

intereses en la industria del petróleo, particularmente en términos de lo que la Carta de

Naciones Unidas señala: que es el derecho inalienable de todo país a ejercer la soberanía

permanente sobre sus recursos naturales.

La OPEP, argumenta que la Organización ha tenido sus acciones de altibajos, y que ha

crecido y logrado un asombroso grado de éxito, así como, ha mantenido un suministro

estable y regular de petróleo en el mercado; ampliado su papel en el escenario mundial;

contribuido a mejorar y construir una mejor cooperación y diálogo entre productores y

consumidores, y ha creado una instalación llamada “El Fondo OPEP para el Desarrollo

Internacional”, con el objetivo de canalizar ayuda a los países en desarrollo. Para la OPEP

reducir la explotación y exportación de su principal fuente de ingresos significaría un

rompimiento en su política económica y un freno hacia su desarrollo y prosperidad.76

74

Centro Internacional de Comercio y Desarrollo Sostenible, Puentes de Copenhague Actualidad | política de alto nivel se reúne ambición Baja: balance de la COP 15, 20 de Diciembre de 2009, http://ictsd.org/i/climate-change/cop-reporting/bridges-copenhagen-updates/bridges-copenhagen-updates-english/66842/ 75

En Polonia se aferra al carbón, 10 de julio de 2012, en http://www.ipsnoticias.net/nota.asp?idnews=101148 76

Nuestros Logros @ 50, en http://www.opec.org/opec_web/en/50th_anniversary/82.htm

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

74

Estados Unidos denuncia violación a su soberanía aérea por parte de la UE. La industria de

la aviación de Estados Unidos instó al presidente Barack Obama a presentar una acción de

la ONU para detener a la UE de obligar a las aeronaves extranjeras pagar por sus

emisiones de carbono.77

La Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI) ha estado bajo presión para crear

una alternativa global al carbono de la UE llamado Cap-andTrade, debido a la fuerte

oposición de Estados Unidos, China, y otros países. La OACI en su siguiente reunión en el

otoño del 2012 deberá aprobar o desaprobar dicha iniciativa propuesta por las UE.

Los grupos estadounidenses de aviación, que también incluyeron a la Asociación de

Industrias Aeroespaciales, han advertido que si no se frena la imposición de la UE de su

régimen de comercio de carbono, podría extenderse más allá de sólo las líneas aéreas

extranjeras. La soberanía de EU se verá más aún violada si traspasa los espacios aéreos y

las aguas internacionales, además de que son afectados varios sectores de la economía

estadounidense.

El programa de reducción de emisión por desforestación y degradación llamado REDD+,

viola la soberanía alimentaria y territorial de los pueblos.78 El Programa ha sido impulsado

en las organizaciones mundiales de cambio climático para el cuidado del medio ambiente,

sin embargo este proyecto tiene más de fondo, ya que intenta pasar la responsabilidad a

los pueblos indígenas, en lugar de que las grandes ciudades reduzcan las emisiones de

contaminación que generan.

Las iniciativas del Programa REDD+, se ha visto como una amenaza para las comunidades

indígenas más que como una ayuda. Se considera como una manera de privatizar los

bosques y los recursos naturales.

77

Industria aérea insta a Obama a bloquear régimen de la UE de carbono. 17 de Septiembre de 2012, en http://www.reuters.com/article/2012/09/17/us-airlines-eu-emissions-idUSBRE88G1HX20120917 78

REDD+, programa para el cambio climático que privatiza los recursos naturales, 06 de Octubre de 2012, en http://www.bocadepolen.org/9289/redd-programa-para-el-cambio-climatico-que-privatiza-los-recursos-naturales/index.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

75

Bajo el mismo tenor, se posiciona el argumento de la Cumbre de los Pueblos, sobre la

transición gradual entre una civilización antropocéntrica y una “civilización biocéntrica”,

centrada en la vida, lo que implica el reconocimiento de los derechos de la naturaleza y la

redefinición del buen vivir y de la prosperidad de modo que no dependan del crecimiento

económico infinito.

La Cumbre de los Pueblos, defiende la soberanía alimentaria, ya que cada comunidad

debe poder controlar los alimentos que produce y consume, acercando consumidores y

productores, defendiendo una agricultura campesina y prohibiendo la especulación

financiera con los alimentos.79

Finalmente en Durban, la entidad de Cataluña (España) se ganó el reconocimiento de

contar con la capacidad de poder asumir compromisos dentro de la Convención como

cualquier Estado miembro (Parte).80 España apeló que la soberanía es indivisible, al

conocer el planteamiento de Alemania sobre la incorporación de la ciudadanía europea en

la constitución en respuesta a la crisis y se evite el bloqueo del Tribunal Constitucional.

El reconocimiento de Cataluña se concretó gracias a “La enmienda catalana” en la COP14

en Poznan, la cual, consiste en la modificación de los textos de negociación en el que se

incorpora el papel relevante que desempeñan los gobiernos regionales y locales.

El concepto de la soberanía es plasmada de acuerdo a los intereses y preocupaciones que

dañen la libertad de decisión al interior de sus fronteras nacionales, así como hacia el

exterior en su relación con la comunidad internacional.

En el planteamiento del cambio climático, la soberanía debe de ser entendida desde un

marco común de la comunidad internacionales en preservar los intereses que

79

Los retos de Río+20, 02 de Junio de 2012, en http://www.rebelion.org/noticia.php?id=150631 80

Generalitat de Catalunya, Departament de Territori i Sostenibilitat, Direcció General de Polítiques Ambientals, Expectatives per a la cop18 Doha, en http://www20.gencat.cat/docs/canviclimatic/Home/Actualitat/docs/12_11_26_Expectatives%20COP%2018.pdf

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

76

salvaguarden el sistema climático, bajo términos de cooperación e intercambio de

información que unan los lazos en la consecución de los objetivos de la Convención, así

como ceder en pro de un interés común, no bajo la competencia económica, ni el impulso

de espacios estratégicos, ni el descobijo de las Partes más vulnerables, sino de la misma

preservación y salvaguarda de la humanidad, que más soberanía jurídica o política o

nacional, que poder contar con una soberanía del planeta donde los soberanos somos

todos los que habitamos en ella y decidimos por las generaciones presentes y futuras.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

77

SEGUNDA PARTE.

El PROCESO DE LAS NEGOCIACIONES DE BALI A DOHA EN LOS GRUPOS DE TRABAJO

ESPECIALES: GTECLP Y GTEPK.

En esta segunda parte de la investigación, se describe y analiza la importancia de los

Grupos de Trabajo Especiales, y las temáticas que se han abordado para cumplir las

decisiones que han resultado de las Conferencias de las Partes, con el fin de continuar las

negociaciones y discernir las formas de acción y aplicación de cada una de las aristas,

como la financiación, tecnología, adaptación y mitigación, así como la complejidad de

subtemas que emanan de ellas.

Se describe y analiza cuantitativamente y cualitativamente el proceso de las negociaciones

de los dos Grupos de Trabajo Especiales en los temas de nuevos compromisos y de la

revisión del PK, durante el período de tiempo de cinco años (2008 – 2012).

2. El papel de los Grupos de Trabajo Especiales y sus compromisos para la permanencia

y operación del régimen internacional del S. XXI.

Durante la celebración de las Conferencias de las Partes (COP´s) en el marco de la

Convención de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), se han abordado

diversas problemáticas derivadas de los efectos adversos del cambio climático en el

sistema climático mundial, y particularmente las repercusiones y daños en los entornos

geográficos de los Estados.

Las Partes durante el proceso de las negociaciones, han perseguido llevar a cabo el

objetivo fundamental de lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto

invernadero (GEI) en la atmósfera, a un nivel que limite la peligrosa interferencia humana

con el sistema climático, sin embargo, ha habido marcadas diferencias en el cuándo y

cómo abordar las medidas de adaptación y mitigación.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

78

Cabe recordar que la COP13 (Bali, 2007) dio como resultado el Plan de Acción de Bali

(PAB)81, en el cual se enmarcan las propuestas de trabajo y cursos de acción, con el fin de

llevar a cabo una mejor manera de desarrollar lo estipulado en la Convención, así como

los compromisos a adquirir post el 2012 al terminar el primer período de compromiso del

Protocolo de Kyoto (PK).

Para el desarrollo del PAB, se crearon dos Grupos de Trabajo Especiales, el Grupo de

Trabajo Especial de Cooperación a Largo Plazo (GTECLP) en el marco de la Convención y el

Grupo de Trabajo Especial del Protocolo de Kyoto (GTEPK) en el marco del PK, ambos

tienen la finalidad de que exista un mejor manejo y operación de las diversas

problemáticas en materia de cambio climático.

Con ello, se creó la perspectiva del Enfoque de dos Vías, los dos Grupos de Trabajo

Especiales trabajan en paralelo para llevar a cabo las actividades del PAB enmarcadas en

cuatro ejes: mitigación82, adaptación83, tecnología y financiamiento. Asimismo los Grupos

81

El Plan de Acción de Bali, deriva de la Hoja de Ruta de Bali, la cual contiene una cantidad de decisiones sobre las diversas áreas de trabajo que son fundamentales para alcanzar la seguridad climática en el futuro. La Hoja de Ruta de Bali, incluye el Plan de Acción de Bali, que traza el curso de un nuevo proceso de negociación dentro de la CMNUCC, con el objetivo de finalizarlo hacia 2009. También incluyó las negociaciones dentro del Protocolo de Kyoto, y su fecha tope en el 2009, que se centra en mayores compromisos de reducción de emisiones cuantificados para los países industrializados. Asimismo, se incluyeron el Plan de Acción de Bali las negociaciones sobre los temas claves que incluyen la tecnología, la adaptación, y la reducción de emisiones provenientes de la deforestación. Véase en, PNUD, La hoja de Ruta de Bali: Los temas claves en la negociación, ONU:2008, pp. 7, 308 págs. 82

En el PK está estipulado que las Partes del Anexo I, se comprometen a reducir su emisión total de seis GEI en una media del 5,2% por debajo de los niveles de 1990 entre 2008-2012 (el primer período de compromiso), con objetivos específicos que varían de país a país . El Protocolo también estableció tres mecanismos para asistir a Partes del Anexo I en el cumplimiento de sus objetivos nacionales: un sistema de comercio de emisiones, la implementación conjunta de proyectos de reducción de emisiones entre Partes del Anexo I, y el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL), que permite proyectos que se ejecutarán en los no - Partes del Anexo I. BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la reunión del grupo de expertos de métodos e instrumentos y sobre los datos y las observaciones en el marco del programa de trabajo de Nairobi, Publicado por el Instituto Internacional para el Desarrollo Sostenible (IISD), Volumen 12 Número 355 - Lunes, 10 de marzo 2008.

83 Una breve remembranza del tema de la adaptación al cambio climático en la CMNUCC. El cambio

climático es considerado una de las amenazas más graves para el desarrollo sostenible actual y futuro, con impactos negativos ya observados en el medio ambiente, la salud humana, la seguridad alimentaria, la actividad económica, recursos naturales e infraestructura física. La respuesta política internacional dio inicio

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

79

de Trabajo Especiales se comprometieron abordar cualquier tema que diera lugar a la

celebración de un acuerdo de cooperación a largo plazo en el proceso de las

negociaciones, bajo la premisa de la visión compartida y la reducción de emisiones que es

el objetivo último.

Por otra parte, también los Grupos de Trabajo Especiales abordan las problemáticas bajo

puntos clave para permitir el desarrollo de mejoras en las acciones nacionales e

internacionales –acordes y de acuerdo con las capacidades de cada país- en materia de

mitigación, tanto de los países desarrollados como los países en desarrollo, tomando en

consideración que las acciones deben contar con el carácter MRV (medibles, reportables y

verificables). Las acciones por parte de los países en desarrollo deben ser respaldadas y

facilitadas a través de transferencia de tecnología, financiamiento y el fomento de

capacidades.84

con la CMNUCC en 1992, centrándose en controlar y responder a los cambios en el clima, se estableció para ello un marco de acción destinado a estabilizar las concentraciones atmosféricas de GEI con el fin de evitar "interferencias antropógenas peligrosas" en el sistema climático. La Convención apoya los esfuerzos de los países para adaptarse a los impactos del cambio climático, a través de la transferencia de tecnología, de creación de capacidades y la financiación para apoyar las evaluaciones y proyectos de adaptación. A diferencia de la mitigación de los GEI, la adaptación a los impactos del cambio climático es un tema transversal dentro de la Convención, en particular el artículo 4.1 en el cual se estipula que las Partes deberán "formular, aplicar, publicar y actualizar regularmente programas nacionales y, en su caso, regionales que contengan medidas para facilitar la adaptación adecuada" y "cooperar en los preparativos para la adaptación a los impactos del cambio climático. Asimismo en el artículo 4.4 se señala, que los países desarrollados se comprometen a ayudar a las Partes que son países en desarrollo así como los más vulnerables a los efectos adversos del cambio climático a hacer frente a los costos de la adaptación a esos efectos adversos. Sin embargo, uno de los artículos más importantes para la adaptación es el artículo 4.8, que estipula que, "las partes deberán tener plenamente en cuenta las acciones necesarias de acuerdo con la Convención ... para satisfacer las necesidades y preocupaciones específicas de los países en desarrollo derivadas de los efectos adversos del cambio climático. En relación a este último artículo en 1995 se sentaron las bases para los debates sobre la adaptación en la Convención y dirigieron los esfuerzos hacia la financiación y con los Acuerdos de Marrakech en 2001, el tema de la adaptación se hizo más visible para la toma de acciones. BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Op. Cit, Ibíd.

84 INSTITUTO INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (IISD), Resumen de la Conferencia de las

Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y Tercera Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto: 3 a 15 diciembre 2007, Boletín Negociaciones de la Tierra, Vol. 12 No. 354, Martes 18 de diciembre 2007, Véase en http://www.iisd.ca/vol12/enb12354e.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

80

El aspecto de la mitigación en relación a la reducción de GEI, ha estado siempre en la mesa

de discusiones, las Partes se han preguntado qué es lo que pueden hacer los países en

desarrollo, lo cual ha conllevado sin duda alguna a un desafío, ya que existen

controversias en el cumplimiento de los compromisos tanto de lo que les corresponde a

los países desarrollados y a los países en desarrollo. En este aspecto, el PAB considera que

las acciones de mitigación entren en el concepto MRV, bajo la forma de compromisos de

reducciones absolutas por parte de los países desarrollados, y para los países en

desarrollo deben ser de manera incremental, es decir, lograr las reducciones de GEI con

relación a las emisiones base de 1990.

Se encuentran también otros temas difíciles de abordar –y que seguirán planteándose en

el futuro-, como los beneficios de las acciones de mitigación, incluidos los mecanismos de

mercado, la reducción de las emisiones derivadas de la deforestación y la degradación de

los bosques en los países en desarrollo (REDD).

Ahora bien, bajo el Enfoque de dos Vías, cada uno de los Grupos Especiales tienen

actividades a realizar, por ejemplo el GTECLP se ha centrado en el desarrollo de los temas

como adaptación, mitigación, transferencia, distribución de tecnología y financiamiento –

cuatro ejes-, y en otros temas sobre la reducción de las emisiones derivadas de la

deforestación y la degradación de los bosques (REDD); acciones de mitigación de países en

desarrollo, y; los compromisos de mitigación de países desarrollados.

En cuanto al GTEPK bajo el marco del PK, han llevado a cabo actividades con la finalidad

de llegar a acuerdos que permitan cumplir con el objetivo de reducir las emisiones en los

países desarrollados de un 25% y 40% -en el 2009- por debajo de los niveles de 1990 para

el período posterior del 2012 y limitar el aumento global en la temperatura promedio, así

como entre sus actividades esta el preparar la segunda revisión del PK en virtud del

Artículo 9°.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

81

El artículo 9°, señala que las Partes deben examinar periódicamente el PK y tomar en

cuenta las informaciones y estudios científicos –tanto de las repercusiones, información

técnica, social y económica-, y conforme a lo estipulado en inciso d) del párrafo 2 del

artículo 4 y el inciso a) del párrafo 2 del artículo 7 de la Convención, se adoptarán las

medidas que correspondan.

El Artículo 4, relativo a los compromisos y de acuerdo a los párrafos e incisos señalados,

estipula que:

2. Las Partes que son países desarrollados y las demás Partes incluidas en el anexo I, se

comprometen específicamente a lo que se estipula a continuación:

d) La Conferencia de las Partes examinará, en su primer período de sesiones, los incisos a)

y b) para determinar si son adecuados. Ese examen se llevará a cabo a la luz de las

informaciones y evaluaciones científicas más exactas de que se disponga sobre el cambio

climático y sus repercusiones, así como de la información técnica, social y económica

pertinente. Sobre la base de ese examen, la Conferencia de las Partes adoptará medidas

apropiadas, que podrán consistir en la aprobación de enmiendas a los compromisos

estipulados en los incisos a) y b). La Conferencia de las Partes, en su primer período de

sesiones, también adoptará decisiones sobre criterios para la aplicación conjunta indicada

en el inciso a). Se realizará un segundo examen de los incisos a) y b) a más tardar el 31 de

diciembre de 1998, y luego otros a intervalos regulares determinados por la Conferencia

de las Partes, hasta que se alcance el objetivo de la presente Convención.

El Artículo 7 de la Convención relativo a las Conferencias de las Partes, estipula que:

2. Las Partes que son países desarrollados y las demás Partes incluidas en el anexo I se

comprometen específicamente a lo que se estipula a continuación:

a) Cada una de esas Partes adoptará políticas nacionales y tomará las medidas

correspondientes de mitigación del cambio climático, limitando sus emisiones

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

82

antropógenas de gases de efecto invernadero y protegiendo y mejorando sus sumideros y

depósitos de gases de efecto invernadero. Esas políticas y medidas demostrarán que los

países desarrollados están tomando la iniciativa en lo que respecta a modificar las

tendencias a más largo plazo de las emisiones antropógenas de manera acorde con el

objetivo de la presente Convención, reconociendo que el regreso antes de fines del

decenio actual a los niveles anteriores de emisiones antropógenas de dióxido de carbono

y otros gases de efecto invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal

contribuiría a tal modificación, y teniendo en cuenta las diferencias de puntos de partida y

enfoques, estructuras económicas y bases de recursos de esas Partes, la necesidad de

mantener un crecimiento económico fuerte y sostenible, las tecnologías disponibles y

otras circunstancias individuales, así como la necesidad de que cada una de esas Partes

contribuya de manera equitativa y apropiada a la acción mundial para el logro de ese

objetivo. Esas Partes podrán aplicar tales políticas y medidas conjuntamente con otras

Partes y podrán ayudar a otras Partes a contribuir al objetivo de la Convención y, en

particular, al objetivo de este inciso.

Sin embargo la conciliación de los intereses de los Grupos de Trabajo Especiales bajo el

enfoque de dos vías, han causado grandes debates para las conformaciones de los textos,

por ejemplo, el texto sobre la mitigación que causó grandes debates al cierre de la COP15

(Bali, 2007), donde Estados Unidos (EU) y Canadá expusieron sobre una mayor atención

en los compromisos y en el desarrollo de acciones de los países; el G-77/China, se opuso y

el tema lo enfocó hacia los compromisos de las Partes del Anexo I; India señaló que las

medidas de mitigación deben ser apropiadas por parte de los países en desarrollo en el

contexto del desarrollo sostenible, apoyadas por la tecnología y posibilitadas por el

financiamiento y desarrollo de capacidades bajo el MRV. En este sentido, la Unión

Europea (UE) y varios países en desarrollo externaron la posibilidad de apoyar dicha

propuesta, mientras que EU alentaba los compromisos de los países en desarrollo y las

principales economías emergentes y decidió unirse a la Hoja de Ruta para la creación de

un nuevo marco de acción en el futuro.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

83

Por otro lado, en relación a la revisión del PK, los debates se centraron en el alcance, el

contenido, el proceso y el ámbito de aplicación. Los países desarrollados apoyaron una

revisión completa del PK y su eficacia en el cumplimiento del objetivo último de la

Convención, mientras que los países en desarrollo apoyaron un examen en la aplicación

del Protocolo. Sólo se alcanzó un acuerdo sobre la revisión de la implementación.

Con respecto al contenido del PK, las partes identificaron varios temas que se tomaron en

cuenta para la segunda revisión, como la adaptación, los Mecanismos de Desarrollo

Limpio (MDL), el AR4 del IPCC (Cuarto Informe de Evaluación del Panel

Intergubernamental sobre Cambio Climático); la eficacia, la aplicación, captura y

almacenamiento de carbono (CCS), uso de la tierra, cambio de uso del suelo y silvicultura

(LULUCF) y las emisiones causadas por la deforestación, los privilegios e inmunidades, los

combustibles del transporte, energía limpia incentivos fuentes, la creación de

capacidades, la adaptación a las medidas de respuesta y cumplimiento.

Asimismo, se abordó sobre los temas a discutir en la segunda revisión, que incluyen: la

canalización de una parte de los ingresos de la AC y el comercio de emisiones para el

fondo de adaptación, los procedimientos y mecanismos relativos al cumplimiento

previstos en el Protocolo, y los procedimientos para la modificación de los anexos del PK.

Sin embargo, ante esta discusión Ucrania y la Federación de Rusia expresó que la

ampliación de los fondos devengados de Implementación Conjunta (JI) y comercio de

emisiones sobre los temas planteados obstaculizaría la aplicación de estos mecanismos en

sus países.

La idea de extender el reparto de lo recaudado a la JI y comercio de emisiones, es con el

fin de contar con financiamiento en materia de adaptación, y el desarrollo de

procedimientos y compromisos de las Partes del Anexo I y del Anexo B; privilegios e

inmunidades, alcance, eficacia y el funcionamiento de los mecanismos flexibles,

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

84

incluyendo la distribución regional de los proyectos del MDL, y la minimización de los

efectos adversos.85

La propuesta de Rusia fue significativa al declarar que las Partes deben de realizar

compromisos voluntarios; India y Arabia Saudita se opusieron; la mayoría de las Partes de

Anexo I, la Red de Acción por el Clima, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Japón, la UE y

Belarús estuvieron de acuerdo, por lo que la propuesta de Rusia paso a ser parte de la

Hoja de Ruta de Bali y como tema a tratar en la segunda revisión del PK en virtud del

artículo 9 antes señalado.

Como se puede vislumbrar las aristas a tratar en los Grupos de Trabajo Especiales de la

Convención y del PK son muy amplios y complicados, los intereses económicos y políticos

son difícilmente conciliatorios y el margen de decisiones regionalmente sopesan sobre los

intereses de los menos –que cuentan con menor participación en los foros-. Son todavía

temas de debate, con apreciaciones divergentes sobre la forma jurídica o la arquitectura

que se pretende plantear para llevar a cabo los compromisos existentes bajo la

Convención y el PK después de 2012.

Así, mientras que la Hoja de Ruta de Bali nunca se definió categóricamente, la mayoría de

las Partes lo ve como un compendio de decisiones, de procesos lanzados y adoptados en

marco de la Convención y el Protocolo, los cuales se pueden dividir en tres tipos:

1. Pistas de negociación.

La Hoja de Ruta de Bali tiene como objetivo reparar algunas de las fracturas que se han

desarrollado en la arquitectura del régimen de cambio climático, primordialmente:

La ratificación del PK por parte de EU;

la institucionalización de las tensiones entre las Partes que son países

desarrollados y en desarrollo;

85

Ibídem.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

85

la crisis de confianza en torno a la aplicación de los compromisos existentes, y;

la imperiosa necesidad de distribuir responsabilidades en los países que cuentan

con poder económico y de las principales economías emergentes.

Lo anterior da cuenta que las Partes, se han encontrado en una encomiante labor para

desarrollar mecanismos que incentiven la participación de las principales economías.

Un avance que ha logrado el GTECLP es la distinción de países desarrollados y países en

desarrollo, en lugar de "Anexo I" y "No-Anexo I", lo cual ofrece la oportunidad de definir

aportaciones futuras para un nuevo régimen climático, así como, el tomar en cuenta las

capacidades económicas de los países, y sobre todo, se espera que EU ratifique el PK.

Aunque el riesgo que se corre ante esta identificación, las Partes opten por salirse del PK o

tratar de acuerdo a sus intereses, la adopción de compromisos más convenientes.

2. Construcción de bloques.

La discusión de las Partes en torno la mitigación gira sobre la conciliación de intereses

entre grupos regionales, de las grandes economías y de las economías emergentes. En

materia de adaptación se ha discutido ampliamente los fondos para estas actividades,

siendo los países en desarrollo los más interesados, ya sea mediante los proyectos MDL o

por financiamiento y transferencia de tecnología a través del Fondo Global para el

Ambiente.

3. Las actividades de apoyo, incluyendo la reducción de emisiones por

deforestación y degradación forestal.

Un tema sobresaliente de enorme importancia es de cómo incluir este tema –la reducción

de emisiones por deforestación y degradación forestal- en el régimen post-2012. EU

señala que no solamente es la reducción de emisiones derivadas de la deforestación sino

que también tiene que ver con el uso de la tierra, es decir, con las actividades agrícolas.

Las Partes han discutido sobre a qué se refiere o cómo se define en términos de reducción

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

86

de emisiones derivadas de la deforestación, así como, la consideración del papel de la

conservación, la gestión sostenible de los bosques y la mejora de los bosques a través de

las reservas de carbono.

Bajo este planteamiento, se desarrolla y analiza de manera cualitativa y cuantitativa las

posturas de las Partes en el proceso de las negociaciones por los Grupos de Trabajo

Especiales en el enfoque de dos vías, con el fin de conocer los avances que se han logrado

desde el PAB –que es nuestro eje de partida- hasta la COP18 (Doha Qatar, 2012) en

materia de nuevos compromisos y en la revisión del PK, y cuáles fueron los resultados

destacados para plantear un Régimen Climático Internacional del S. XXI.

2.1. El proceso de las negociaciones en el Grupo de Trabajo Especial de Cooperación a

Largo Plazo (GTECLP) 2008 – 2012.

El GTECLP abrió su primera sesión en el 2008 en Bangkok, Tailandia –del 31 de marzo al 04

de abril-. El GTECLP ha planteado una visión compartida –acciones cooperativas a largo

plazo- y que debe plantearse aún más la reducción de emisiones de las Partes del Anexo I

a través de los mecanismos flexibles –que son complementarios a la aplicación de las

medidas nacionales- promoviendo la integridad ambiental del Protocolo y en pro de un

desarrollo sostenible.86

Las Partes han considerado que la visión compartida debe tener un equilibrio entre la

adaptación y la mitigación, y centrarse en la aplicación de la Convención siguiendo los

principios de responsabilidades comunes pero diferenciadas y las capacidades respectivas

de cada país.

86

BOLETIN NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Primera Reunión del Grupo de Trabajo Especial de Cooperación a Largo Plazo y el Quinto Período de Sesiones del Grupo de Trabajo Especial sobre los Nuevos Compromisos de las Partes del Anexo I del Protocolo de Kyoto, del 7 de abril de 2008, Vol. 12 No. 362, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12362e.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

87

En relación a los enfoques sectoriales se han destacado tres temáticas: 1) potenciales de

mitigación a nivel sectorial; 2) intersectorial, en acciones de cooperación internacional, y;

3) la acción específica del sector en los países en desarrollo.

Por ejemplo, los desafíos que se han presentado en el sector de la aviación han sido de

carácter legal y la dificultad en atribuir las emisiones procedentes de los vuelos

transfronterizos y multinacionales, y los vuelos que atraviesen zonas fuera de la

jurisdicción nacional. De igual manera, sucede con el sector marítimo, donde la OACI

(Organización de la Aviación Civil Internacional y la OMI (Organización Marítima

Internacional) deben desempeñar un importante papel para la regulación de las

emisiones.

Varios países en desarrollo han señalado que los enfoques sectoriales deben llevarse a

cabo a nivel nacional y se oponen a los enfoques sectoriales globales y regionales.

En cuanto al financiamiento, las Partes discutieron los principios, fuentes de

financiamiento, los mecanismos y criterios para la financiación. Los países en desarrollo se

han empeñado en debe provenir de los países del Anexo I, mientras que los países

desarrollados, como los EU y la UE han destacado que debe provenir del sector privado y

la necesidad de utilizar los mercados de carbono e instrumentos financieros innovadores.

En materia de propiedad intelectual (DPI), se ha mostrado como un obstáculo en la

transferencia de tecnología para los países en desarrollo por el régimen de DPI en la OMC

(Organización Mundial de Comercio).

Dentro del tema de financiamiento se encuentra el papel de los mercados, las

negociaciones giraron en torno a los propósitos y limitaciones. Los países en desarrollo

han reiterado que los mercados no deben sustituir las actividades de mitigación de los

países desarrollados o de financiación pública.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

88

Se ha discutido sobre la claridad sobre objetivos ambiciosos de reducción de emisiones

para los países del Anexo I, en las medidas de mitigación apropiadas para cada país

(MMAP o también llamadas NAMAs) de los países en desarrollo en el corto y largo plazo y

su financiamiento. Una vía factible sería a través de los compromisos del Pacto de Alcaldes

contra el Cambio Climático con la interconexión de políticas locales y regionales, y

globalmente a través del impulso de una economía verde para la transición de una

economía intensiva sin carbono, la utilización de energías renovables y políticas de

transporte sostenibles.

En Copenhague el GTECLP tuvo un consenso sustancial sobre los temas de la REDD+

(reducción de las emisiones provenientes de la deforestación y la degradación de bosques

en los países en desarrollo, y el rol de la conservación, el manejo sostenible y el aumento

de las reservas de carbono de los bosques en los países en desarrollo, el financiamiento y

tecnología).87

Las barreras en las negociaciones, es que sólo se han centrado en la manera de cómo

discutir más que en la sustancia de los diversos temas, lo que ha dado lugar a discusiones

informales, ya que los resultados no han sido claros. En Cancún, se esperó que hubiese

una clara señal en cuanto a que el GTECLP diera resultados sobre un mecanismo jurídico

vinculante y definiera el contorno de lo que se lograría en el 2011 y posiblemente, más

allá de ese año.

En el GTCLP comenzaron a surgir amplias diferencias, las Partes expresaron sus

inquietudes sobre los elementos del PAB, más allá de los temas de adaptación, tecnología

y la REDD+. Los países desarrollados y en desarrollo hicieron hincapié en que no habría

acuerdo sobre estas cuestiones hasta que hubiese claridad sobre las mismas y de

compromisos de mitigación o las medidas de los países desarrollados y en desarrollo; la

medición, presentación de informes y verificación (MIV) asociada con estas medidas y 87

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Conferencia sobre Cambio Climático de Copenhague, del 22 de diciembre de 2009, Vol. 12, No. 459, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12459e.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

89

compromisos; y la MIV del apoyo brindado a los países en desarrollo para la ejecución de

estas medidas. Por lo tanto, la mitigación tendría que ser un elemento central para el

desarrollo de un paquete equilibrado.88

Se visualizó que las Partes, estaban más ocupadas en lograr un acuerdo sobre mitigación,

lo que planteó desacuerdos en el cumplimiento de las promesas de mitigación de los

países que contemplaban dos cuestiones: 1) si se inscribían todas las promesas de las

Partes, o sólo las de los países desarrollados, y; 2) cómo salvaguardar al Protocolo de

Kyoto y evitar su aniquilamiento.

Para ello, algunas Partes apoyaron la inscripción de que las promesas de las Partes

pertenecientes al PK las establecieran en el segundo período de compromiso y

posteriormente encontrar las formas de garantizar la comparabilidad de los compromisos

a través de los dos GTE, con el fin de que existiese un equilibrio entre las dos vías de

negociación y la garantía de que las Partes estén satisfechas con los avances de ambas.

En materia de adaptación, en Cancún, se llegó a un acuerdo sobre un nuevo Mecanismo

de Tecnología, que incluye un Comité Ejecutivo sobre la Tecnología y un Centro y Red de

Tecnología del Clima. También fue establecido el Marco para la Adaptación de Cancún,

que busca mejorar las medidas de adaptación incluyendo a través de la cooperación

internacional, por otra parte el establecimiento del Fondo Verde del Clima, y las

discusiones sobre la REDD+.

Posteriormente, el GTECLP en Bangkok se centró en cuestiones políticas clave que

obstaculizan la vía del Protocolo y el cómo avanzar sobre los elementos de los Acuerdos

de Cancún, y en progresar en materia de mitigación de los países desarrollados y en

desarrollo, y cómo establecer un marco jurídicamente vinculante que incluya a los

88

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de la Conferencia de Cancún sobre el Cambio Climático, de 29 de noviembre al 11 de diciembre de 2010, Vol. 12, No. 498, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12498s.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

90

principales emisores, para satisfacer las condiciones planteadas por muchas Partes del

Anexo I.89

En Panamá, las Partes trabajaron en materia de adaptación, financiamiento, tecnología,

creación de capacidades, visión compartida, la revisión del objetivo global a largo plazo,

opciones legales y cuestiones diversas relacionadas con la mitigación, los resultados en

este aspecto continuaron siendo lentos.

En Panamá se exacerbaron las diferencias en relación a la revisión del objetivo global a

largo plazo, el financiamiento y las expectativas generales para la siguiente reunión en

Durban. Cabe recordar, que en Copenhague y Cancún los gobiernos acordaron que

mantendrían el aumento de la temperatura a menos de 2ºC sobre los niveles

preindustriales. En 2010 los países desarrollados y en desarrollo comunicaron sus

promesas de reducción de emisiones -Acuerdos de Copenhague-, sin embargo, los datos

científicos demuestran que habrá un aumento de la temperatura muy por encima de los

2ºC, destacando que un aumento de más de 1.5ºC tendría consecuencias catastróficas

para las pequeñas islas.90

Durante las negociaciones se discutió el nivel de ambición tanto de los países

desarrollados como en desarrollo, en este aspecto, muchos países en desarrollo señalaron

la diferente naturaleza de las acciones y compromisos de mitigación de los países

desarrollados, en comparación con la naturaleza voluntaria de las MMAP de los países en

desarrollo.

89

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de la Conferencia de Bonn sobre el Cambio Climático, del 6 al 17 de junio de 2011, Vol. 12, No. 513, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12513s.html

90 BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de las Conversaciones de Panamá sobre el Cambio

Climático, del 1° al 7 de octubre de 2011, Vol. 12, No. 521, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12521s.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

91

Por lo tanto, el buscar la manera de asegurar que los compromisos y acciones de los

países puedan mantener el aumento de la temperatura por debajo de los 2ºC es uno de

los principales desafíos que enfrentan las negociaciones.

La única manera que ven las Partes de responder a ello, es a través de mejorar las

medidas de mitigación e incrementar el nivel mundial de ambición, de ahí parte el

establecimiento de un marco común de contabilidad, que implique el desarrollo de reglas

de Monitoreo, Presentación de Informes y Verificación (MIV). En Panamá, sobre este

aspecto se tornó difícil por las posiciones divergentes ya que se considera que los medios

de implementación, financieros y necesidades tecnológicas no han sido abiertos

completamente.

El financiamiento se ha visto como una amenaza común para lograr la viabilidad y

credibilidad de los mecanismos, incluso en materia de adaptación y tecnología -que

fueron establecidos en el marco de los Acuerdos de Cancún y debieron estar funcionando

ya en Durban.

El malestar de los países en desarrollo ha sido el financiamiento, el cómo proveerse de

fondos para llevar a cabo acciones y que los países desarrollados deben realizar la mayor

parte de las acciones sobre el cambio climático, por lo que consideran que hay una brecha

en materia de financiamiento.

En su momento, las disposiciones en el Acuerdo de Copenhague, los países desarrollados

se comprometen a brindar US$ 30 mil millones para el período 2010 - 2012 y movilizar en

conjunto US$ 100 mil millones por año para 2020, con el fin de resolver las necesidades de

los países en desarrollo. Sin embargo, no se conoce que sucederá en el período de 8 años -

2012 al 2020-.

En este aspecto, tanto la UE como EU y otros países desarrollados no han mostrado

interés, sólo que continúan reiterando su compromiso de movilizar recursos financieros a

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

92

través de fuentes públicas y privadas a largo plazo. El tema de financiamiento entre los

países en desarrollo ha sido difícil de acordar.

En Durban, se avanzó en el Fondo Verde para el Clima (GCF) como una entidad operativa

del mecanismo financiero de la Convención, un fondo que espera movilizar US$ 100 mil

millones para el año 2020.

En el período de Cancún a Durban, las negociaciones se guiaron por la necesidad de

cumplir con los compromisos largamente adeudados de Bali, la diferencia entre países

desarrollados y en desarrollo cobraron un nueva reconfiguración de alianzas, con la

formación de coaliciones definidas por intereses cambiantes.

Durban, introdujo nociones de un post 2012 o pre/post 2020, período que vislumbra un

nuevo protocolo o instrumento legal o un resultado acordado con los requisitos legales en

virtud de la Convención aplicables a todas las partes.91

La condición para llegar a un post 2012, se enmarcó en elevar el nivel de ambición y el

desarrollar un plan de trabajo para mejorar la mitigación a través del ADP (Plan de Acción

de Durbán) y el PAB, con el cual, se afirman los principios fundamentales de la

Convención, incluidas las responsabilidades comunes pero diferenciadas.

Por lo tanto, los países desarrollados tienen compromisos, mientras que los países en

desarrollo sólo considerarán llevar a cabo acciones de mitigación apropiadas a nivel

nacional contingentes en apoyo de los países desarrollados.

Dentro de la agenda del GTECLP y del ADP, se han manifestado en desacuerdo, logrando

sólo abordar dos líneas de trabajo, uno sobre el régimen post 2020 y el otro en el post

2012 el plan de trabajo sobre la mejora del nivel de ambición. Con la incertidumbre del

91

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de la Conferencia de Durban sobre el Cambio Climático, del 28 de noviembre al 11 de diciembre de 2011, Vol. 12, No. 534, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12534s.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

93

término de actividades del GTECLP en Doha se extendió su mandato con el fin de

continuar con los trabajos.

A través del GTECLP el PAB, ha visto resultados en la discusión de cuestiones como la

propiedad intelectual en relación con la tecnología, los derechos de la Madre Tierra, el

comercio y las medidas de respuesta, así como se han remitido temas a los órganos

subsidiarios permanentes u otras instituciones pertinentes por tratarse de cuestiones

técnicas o por su mandato particular, como el Comité Ejecutivo de Tecnología, el Fondo

Verde para el Clima, el Comité de Adaptación y en Durban el nacimiento del Foro sobre

Creación de Capacidades.

En Bonn, las coaliciones como el GRULAC y el Grupo Asiático fueron las fuerzas

dominantes, pero que no representan los intereses de todo el grupo, lo cual significó que

además de la tradicional distinción entre países desarrollados y en desarrollo, apareció la

categoría de países emergentes en desarrollo o también llamados países avanzados en

desarrollo, por lo que el proceso de las negociaciones fue un poco complicado e

incomprensible.92

Otras dinámicas dentro del juego de las negociaciones fue el papel del G-77/China y la

aparición de un grupo de aproximadamente 40 países, principalmente compuesto por el

Grupo Árabe, los países latinoamericanos, entre ellos Argentina, Venezuela, Bolivia y

Ecuador, así como India y China, los cuales forjaron una alianza para defender los

principios de la Convención en razón a las responsabilidades comunes pero diferenciadas

y la equidad, así como la responsabilidad histórica de los países desarrollados por el

cambio climático. Sostuvieron que cualquier resultado en el marco del PDA debe ser

equitativo para que hubiese la universalidad de aplicación y no se convirtiera en la

uniformidad de la aplicación.

92

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Conferencia sobre el Cambio Climático de Bonn, del 14 al 25 de mayo de 2012, Vol. 12, No. 546, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12546e.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

94

Por otra parte, la APEI (también conocida como AOSIS), los PMA y algunos países

latinoamericanos, como Chile, Costa Rica, República Dominicana, Perú y Panamá,

estuvieron negociando las acciones sobre la mitigación de los países desarrollados y en

desarrollo, así como las acciones que deben incentivar a todos los países, descritas como

el comienzo de un nuevo paradigma para la respuesta al cambio climático.

Sin embargo en Bonn, se evidenció la ambigüedad de los temas y la incertidumbre en

relación a los resultados de la reunión, ya que se manifestó una desconfianza debido a

disputas sobre los procedimientos, se expresó que se necesita buena voluntad, integridad

y simpatía con el fin de cumplir con el objetivo final de las medidas de mitigación para el

post 2012.

En Doha, se tenía previsto adoptar un segundo período de compromiso del Protocolo de

Kyoto y los dos GTE habrían que terminar sus funciones y examinar los resultados de la

reunión, que se le dio el nombre de “Puerta de enlace de Doha Climático" y sus

implicaciones para el futuro.93 Que significó abrir la puerta para un segundo período de

compromiso a través de los resultados desempeñados por los dos GTE como se estableció

en primer momento en el 2005 que abrió sesiones en GTEPK en Montreal y

posteriormente el GTECLP en el 2008 en Bali, con el fin de hacer frente a los compromisos

de los países industrializados para el período posterior a 2012.

Sin embargo, ha quedado claro que no han sido suficientes los esfuerzos para garantizar

una transición del primer período a un segundo período de compromiso en la reducción

de emisiones ambiciosas. Bajo el marco del GTECLP, los países acordaron emprender

esfuerzos de mitigación, los países en desarrollo se comprometieron a realizar acciones

nacionales en el contexto del desarrollo sostenible a través de la transferencia de

93

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Conferencia sobre el Cambio Climático de Doha, del 26 de noviembre al 8 de diciembre de 2012, Vol. 12, No. 567, en http://www.iisd.ca/download/pdf/enb12567e.pdf

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

95

tecnología y creación de capacidades bajo el MIV. Mientras que los países desarrollados

estuvieron de acuerdo de emprender acciones nacionales apropiados a los compromisos o

medidas de mitigación, incluyendo los objetivos cuantificados bajo el mecanismo MRV.

A pesar de ello, muchas de las promesas para cumplir con los compromisos no han sido

claros ya que están bajo condicionantes –en relación a la manera de cumplir con los

procedimientos y en el cumplimiento de presentación de informes de las acciones de

mitigación, las comunicaciones nacionales y los informes de inventario - y amplios rangos

de posibles reducciones propuestas.

En el acuerdo en Doha sobre mitigación, a los países desarrollados se les insta a aumentar

los niveles de ambición en objetivos cuantificados en todos los sectores de la economía

para reducir las emisiones a los niveles recomendados por la ciencia, asimismo, se

estableció un programa de trabajo, con el fin de identificar elementos comunes y asegurar

un progreso en la reducción de misiones y analizar la comparabilidad de esfuerzos.

Lo anterior, no se refiere a que existan normas de contabilidad en común, ni metodologías

y los años comunes de base para los países desarrollados, sino que cada país realicé los

esfuerzos pertinentes según sus capacidades. Se señala como importante evaluar la

comparabilidad de los esfuerzos de mitigación de las Partes del Anexo I, ya que son clave

para implementar los mercados internacionales de carbono.

Para los países en desarrollo, se estableció un programa de trabajo en relación a las

MMAP, sin embargo se dejó de lado, el abordaje de las emisiones fugitivas de varias

economías emergentes.

En materia de financiamiento, en Doha –diferentemente a Copenhague que se previó la

financiación inmediata hasta llegar el 2012 para otorgar por parte de EU 100 mil millones

dólares, tanto para adaptación y mitigación- el tema de financiamiento durante el período

2012 – 2020, permaneció inadvertido, sólo alentó a los países desarrollados a aumentar

los esfuerzos para proporcionar financiación entre el 2013 y 2015.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

96

Los resultados del GTECLP serán vistos realmente cuando las instituciones implementadas

hagan frente a las demandas de los países en desarrollo que enfrentan los retos del

cambio climático.

Los temas planteados en el GTECLP durante el 2008 – 2012 en materia de financiamiento,

tecnología, adaptación, mitigación y revisión del PK son los que se muestran en el Cuadro

1.

Cuadro 1. Temas del GTECLP (2008 -2012).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

97

En el Cuadro 2, se muestra la relación de los temas que se discutieron en cada una de las

reuniones celebradas –COP´s y reuniones intermedias-y el número de ocasiones que se

contemplaron dentro del proceso de las negociaciones del GTECLP desde el 2007 al 2012,

dado que en el 2007 se comenzó a contemplar la creación del GTECLP y el primer tema a

discutir fue la reducción de emisiones en un rango de 25 – 40% por debajo de los niveles

de 1990 para el 2020.

El Cuadro 3, muestra más claramente los temas y el total de veces que se discutieron

durante las actividades del GTECLP. En la Figura 1, se grafican las temáticas de los seis

años de negociaciones –del 2007 al 2012-.

Cuadro 2. Principales temáticas que se trataron en el proceso de las negociaciones en el GTECLP.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

98

Cuadro 2 (continuación).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

99

Cuadro 2 (continuación).

Cuadro 3. Número de ocasiones que se discutieron los temas planteados en las reuniones del GTECLP.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

100

Figura 1. Ocasiones que se discutieron las temáticas en las reuniones del GTECLP.

La anterior Figura 1, nos describe que los cinco temas principales son: 1) el

financiamiento; 2) la tecnología; 3) la REDD+; 4) la visión compartida a largo plazo para la

acción cooperativa, y; 5) la adaptación, la efectividad, la implementación y el

cumplimiento. Quedando los demás como sigue: 6) mecanismos de mercado; 7) enfoques

sectoriales; 8) las emisiones del transporte aéreo y marítimo; 9) las acciones de mitigación

MRV; 10) Reducción de emisiones en un rango de 25 – 40% por debajo de los niveles de

1990 para el 2020 y el MDL (mecanismos de desarrollo limpio); 11) mecanismos de

transferencia; 12) las UTCUTS (uso de la tierra, cambio en el uso de la tierra y silvicultura)

y LULUCF (uso de la tierra y la silvicultura); 13) La CAC (captura y almacenamiento de

carbono); 14) ampliación de los GEI y las MMAP, y; 15) la cooperación en investigación.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

101

Lo anterior, señala que se debe poner mayor atención en los últimos temas señalados que

no han sido interés en las reuniones y se han pospuesto para las futuras negociaciones.

2.1.1. El GTECLP en materia de nuevos compromisos.

La participación de las Partes durante el 2008 al 2012 en el Grupo de Trabajo Especial de

Cooperación a Largo Plazo (GTECLP) en materia de nuevos compromisos en el proceso de

negociaciones, se desarrollo en bloques regionales y grupos que se conformaron de

acuerdo a intereses, así como se ha destacado la participación individual de los Estados

Parte.

Durante este período de tiempo se han dado a conocer grupos como:

Alianza Independiente de América Latina y el Caribe (AILAC), que ha tenido como

su representante en las negociaciones a Costa Rica,

Alianza Bolivariana para los pueblos de Nuestra América (ALBA), quien ha tenido

como representantes a Ecuador, Cuba, Bolivia, Nicaragua y Venezuela;

BASIC (Brasil, Sudáfrica, India y China) principalmente China ha fungido como

representante del grupo;

Alianza de Pequeños Estados Insulares (APEI), quien ha tenido como

representantes a Antigua y Barbuda, Barbados, Belice, Bolivia, Granada,

Granadinas, San Vicente, Santa Lucía, Micronesia y Nauru;

Coalición de Naciones de Bosques Tropicales (CNBT), quien ha tenido en su

representación a Papua Nueva Guinea;

Comisión de Bosques de África Central (CBAF), quien ha tenido como

representante a República Democrática del Congo;

Comunidad de Desarrollo de África del Sur (CDAS);

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

102

Economías en Transición (EET);

G77/China, quien ha tenido como representantes del grupo a Antigua y Barbuda,

Brasil, Filipinas, Sudán, Sudáfrica, Yemen, Arabia Saudita y Filipinas;

Grupo Africano, ha tenido como representantes a Argelia, Gambia, República

Democrática del Congo, Sudáfrica y Sierra Leona;

Grupo de Estados Árabes como principal representante a Egipto;

Grupo de Integridad Ambiental (GIA), ha fungido como principal representante a

Suiza y con menor participación de México y República de Corea;

Grupo de Países Latinoamericanos y del Caribe (GRULAC), como principal

representante a Perú;

Grupo de Países Montañosos sin Salida al Mar (GPMSM), ha tenido como

representantes del grupo a Kirgyzstan, Armenia, y Tajikistan;

Grupo Paraguas, ha tenido como principal representante a Australia;

Group of Like Minded Developing Countries (GLMDC), ha tenido como

representante a Filipinas;

Países del Centro y Este de Europa (PCyEE) ha tenido como representante a

Eslovenia;

Países Menos Adelantados (PMA), ha tenido como representantes a Bangladesh,

Burkina Faso, Maldivas, Etiopía, Lesotho, Uganda, Liberia, Gambia;

Sistema de Integración Centroamericana (SICA), ha tenido como representante a El

Salvador;

Unión Africana (UA), quien ha tenido como representante a Etiopía, y;

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

103

Unión Europea (UE) quien ha tenido como representantes a Francia, República

Checa, Suecia, Bélgica, España y Polonia.

En el Cuadro 4, se muestra el número de participaciones de las Partes durante el 2008 al

2012, y el número de ocasiones que han estado a favor o en contra de alguna propuesta o

decisión durante las negociaciones celebradas en materia de nuevos compromisos de las

Partes, y en el Cuadro 5, se realiza el análisis estadístico de las participaciones.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

104

Cuadro 4. Participación de las Partes en el GTECLP en materia de nuevos compromisos.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

105

Cuadro 4 (continuación).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

106

Cuadro 4 (continuación).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

107

Cuadro 4 (continuación).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

108

Cuadro 5. Análisis estadístico de las participaciones en materia de nuevos compromisos en el GTECLP

(2008 – 2012).

De acuerdo al Cuadro 4 y Cuadro 5, en la mínima a favor, de las Partes en el GTECLP en

materia de nuevos compromisos se vio reflejada por la AILAC, Irak, Omán, Qatar y Uganda,

quienes sólo participaron en contra en una ocasión y dos en el caso de Omán.

Las participaciones que aparecen como mayor frecuencia –moda-, con al menos una

participación se colocaron las Partes como AIE, Alemania, BASIC, Belarus, Belice, Emiratos

Árabes Unidos, Eslovenia, Francia, Gabón, Gambia, GRULAC, GLMDC, Islas Cook, Islas

Salomón, Kenya, Lesotho, Liga de los Estados Árabes, Mauritania, Micronesia, Nigeria,

PCyEE, San Vicente, Santa Lucía, Senegal, Suecia, Surinam, Timor Leste, Togo y Zambia. Las

Partes que mostraron participaciones en contra fueron los Emiratos Árabes Unidos y

Suecia.

La tendencia central de dos a cinco participaciones –dentro de la mediana promedio-, se

encuentra Partes como: Afganistán, Argelia, Barbados, Bielorrusia, Canadá, Cuba,

Dominica, EET, Ecuador, Egipto, El Salvador, España, Etiopía, Ghana, Granadinas, GPMSM,

Guyana, Honduras, Irán, Islandia, Islas Marshall, Kuwait, Malasia, Malawi, Maldivas,

Nicaragua, Paraguay, Reino Unido, República de Corea, SICA, Singapur, Suiza, Tailandia,

Tanzania, Turquía, Ucrania, UA, Uruguay, Venezuela y Yemen.

Dentro de este grupo de países se reflejaron las participaciones en contra, como la de

Argelia, Argentina, GPMSM, Malasia, Paraguay, Tailandia y Yemen con una participación;

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

109

Egipto, Kuwait, Nicaragua con dos; Cuba con cuatro, y; Venezuela participó en diez

ocasiones en contra de las disposiciones en las reuniones.

Bajo el mismo orden, a partir de la media promedio a la máxima –desde la principal

tendencia central del mayor o igual que el 50% y la máxima de las participaciones con el

valor de 58 por el número de ocasiones en las que se participó y se estuvo a favor dentro

del total de 721 participaciones-, se puede señalar que dentro de este rango se

encuentran las Partes como: el ALBA, APEI, Arabia Saudita, Australia, Bangladesh, Bolivia,

Brasil, Chile, China, Colombia, Costa Rica, EU, Filipinas, G77/China, Grupo Africano, GIA,

Grupo de Estados Árabes, Grupo Paraguas, Guatemala, India, Indonesia, Japón, México,

Noruega, Nueva Zelanda, Pakistán, Panamá, Papua Nueva Guinea, Perú, República

Dominicana, Rusia, Sudáfrica, Sudán, Tuvalu y la UE.

Por otra parte, las posiciones en contra de estas Partes durante las reuniones fueron

expresadas con una participación por parte de: Bangladesh, costa Rica, Grupo Africano,

GIA, Grupo Paraguas, Indonesia, México, Nueva Zelanda, Papua Nueva Guinea, Sudán; con

dos participaciones: Brasil, Colombia, Japón, Pakistán, PMA, Rusia, Sudáfrica y Tuvalu; con

tres participaciones: el ALBA, Filipinas y Noriega; con cuatro participaciones: la APEI,

Australia e India; China estuvo en contra en ocho ocasiones; Arabia Saudita y la UE

tuvieron una intervención de diez participaciones; Estados Unidos intervino en contra en

doce ocasiones; el país centroamericano que se opuso en casi todas las reuniones fue

Bolivia con catorce participaciones, y; el G77/China con 20 intervenciones.

En la Figura 2, se muestra el comportamiento anterior.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

110

Figura 2. Tendencia central y la máxima de participaciones en las reuniones del GTECL en materia de nuevos compromisos.

Sin embargo, las principales propuestas de las Partes fueron dadas por bloque del

G77/China, la UE e individualmente por China y Rusia, las cuales estuvieron apoyadas por

el ALBA, APEI, APEI, PAM, Arabia Saudita, Grupo Africano, GIA, Grupo Paraguas, Australia,

Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Estados Unidos, Filipinas, India, Japón y Nueva

Zelanda

Por lo tanto, el proceso de negociaciones para asumir nuevos compromisos giraron en

torno a estos países y coaliciones/bloques de países que han participado activamente,

sólo que no significa que el resto de las Partes lo hayan aceptado completamente, sino

que su grado de participación no causo relevancia ni peso, ni propuestas que figuraran

dentro de los intereses de los países desarrollados.

Ahora bien, durante el 2008 – 2012 las principales propuestas que se discutieron en el

proceso de negociaciones en las reuniones del GTECLP y en las que se estuvieron a favor

fueron en relación a:

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

111

Consolidar el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas como un

objetivo a largo plazo, así como la responsabilidad histórica y el hacer uso de los

datos científicos disponibles.

La inclusión del principio de responsabilidad del Estado y el principio de

precaución.

La creación de un grupo de contacto para el tema de visión compartida.

Una visión compartida integral que lleve a cabo la aplicación de la Convención,

abarcando el PAB y los principios de la Convención, y considere los objetivos, no

sólo en la reducción de emisiones, sino también de las medidas de adaptación y las

fuentes de financiamiento y transferencia de tecnología, considerando las

necesidades de los países en desarrollo.

Llevar un registro de las medidas de mitigación adecuadas en los países en

desarrollo, los cuales deben de iniciar acciones y procurarse de recursos, los cuales

son voluntarios.

Que los países desarrollados asuman los compromisos y consideren la necesidad

en la comparabilidad de esfuerzos.

Que la adaptación y la mitigación deben ser abordados como prioridades iguales,

los cortes profundos de emisiones deben llevarse a cabo por los países

desarrollados a nivel nacional, y los países en desarrollo deben realizar acciones de

mitigación a nivel nacional de manera apropiada, acordes a sus capacidades para

contribuir a la evolución de las reducciones de emisiones y que sean dadas bajo el

contexto del desarrollo sostenible.

Que de manera global, realista y coherente con los cambios del desarrollo

económico -basados en la ciencia y las aspiraciones nacionales-, se logre consolidar

un objetivo a largo plazo.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

112

La necesidad de considerar el espectro de las circunstancias nacionales de cada

país, por lo que se debe mantener el enfoque del registro tanto de los países

desarrollados como en desarrollo.

Una flexibilidad en el régimen futuro para tener en cuenta la naturaleza dinámica

de las circunstancias nacionales.

La necesidad de repensar el modelo económico actual.

La necesaria utilización de los mercados de carbono.

La creación de un fondo de adaptación.

La creación de una estructura institucional en materia de adaptación para ayudar a

garantizar la seguridad alimentaria, energía, agua, la protección de la salud y

medios de vida, así como la necesidad de lograr la sostenibilidad de los

ecosistemas costeros y marinos.

La importancia de la biodiversidad y el papel de los pueblos indígenas y las

comunidades locales, facilitando las acciones de adaptación a las situaciones

adversas.

Que el MRV debe aplicarse a los compromisos de mitigación jurídicamente

vinculantes de los países desarrollados, las acciones de mitigación en los países en

vías de desarrollo se deben basar en la asistencia tecnológica y financiera, así

como, la implementación de los compromisos de financiamiento, tecnología y

creación de capacidades de los países desarrollados.

La creación de capacidades se verán reforzadas de acuerdo como vayan

evolucionando las coaliciones/bloques del PAB y todos los aspectos de la

Convención, así como las necesidades emergentes.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

113

La creación de capacidades será un esfuerzo conjunto entre los países

desarrollados y en desarrollo.

Mayores acciones en materia de mitigación en el sector agrícola.

La existencia de un vínculo político entre las reglas de UTCUTS y los niveles de

compromiso.

Lograr la meta aspiracional bajo objetivos vinculantes y ambiciosos para los países

desarrollados, incluidos los objetivos de 25 - 40% por debajo de los niveles de 1990

para 2020, y al menos el 50% en 2050.

Reducir de por lo menos el 50% de emisiones en el 2050 –basado en 2°C- en

comparación con el año base de 1990, como un objetivo a largo plazo, sólo que

implica urgentes medidas a un corto plazo, lo cual, se puede lograr a través de que

todos los países desarrollados tomen la iniciativa y den pauta a los objetivos

vinculantes dentro del rango de las reducciones de 25% al 40% en 2020.

Identificar los objetivos colectivos de las Partes del Anexo I desde 2020 a 2050. Los

países en desarrollo propusieron en general metas más ambiciosas (en un caso,

más del 45% para 2020 y “más del 100% para 2040” –en el caso de la UE-.

Garantizar la supervivencia de los pequeños Estados insulares y otros Estados

vulnerables y que quede estipulado dentro de un acuerdo jurídicamente

vinculante.

Que organismos internacionales como el G-8, el Foro de las Principales Economías

sobre Energía y Cambio Climático (MEF) y el Foro de las Islas del Pacífico, son

instituciones idóneas que lograrían contribuciones útiles en el proceso de

reducción de emisiones.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

114

La necesaria referencia de la supervivencia de los Estados frente a los desafíos del

cambio climático, en particular los pequeños Estados insulares.

La estabilización de las concentraciones por debajo de 350 partes por millón (ppm)

y limitar los aumentos de temperatura por debajo de 1,5 º C –aunque hubo

algunas divergencias entre si eran adecuadas las 350 ppm o 450 ppm-.

Inclusión del Acuerdo de los Pueblos de Cochabamba.

Crear un protocolo u otro instrumento jurídico vinculante en el marco del

Convenio para el año 2018.

Llevar a cabo un enfoque de abajo hacia arriba e incentivar la participación de las

Partes en las distintas áreas temáticas.

Llevar a cabo el PAB, los Acuerdos de Cancún y la Plataforma de Acción de Durban

(PAD) para realizar e implementar un segundo período de compromiso del

Protocolo a comenzar en enero del presente año –a través de los grupos de

contacto-; la creación de un nuevo acuerdo jurídicamente vinculante que concluya

en el 2015 a fin de tener efecto a más tardar en 2020 y la elaboración de un pre-

plan de acciones de mitigación; la elaboración un plan de trabajo sobre la mejora

de la ambición de mitigación, con el fin de cerrar la brecha de ambición y alcanzar

una trayectoria de emisiones coherente con el objetivo de limitar el aumento de la

temperatura por debajo de 2°C.

La creación de un nuevo acuerdo que incluya compromisos de mitigación de todas

las Partes, los compromisos de financiación, adaptación, desarrollo y transferencia

de tecnología, la transparencia de la acción, el apoyo y el fortalecimiento de

capacidades.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

115

La necesidad de analizar cómo el nuevo Protocolo puede permitir un desarrollo

sostenible, así como la entrega de las reducciones de emisiones necesarias por

todas las Partes.

Durante el mismo período, las Partes que estuvieron en contra en algunas cuestiones de

las negociaciones, versaron por ejemplo en los casos de:

Arabia saudita, Argentina, Bolivia, Egipto, Malasia, se opusieron al establecimiento

de un grupo de contacto sobre una visión compartida, ya que lo consideraron

como prematuro en las negociaciones.

Arabia saudita, también se opuso a las propuestas en la reducción de

importaciones de combustibles fósiles, y al análisis de los impactos dados a

aquellas economías que dependen de los productos básicos;

Arabia Saudita, Argelia, Brasil e India, hicieron hincapié en que todos los países en

desarrollo se ven afectados por las consecuencias negativas de las medidas de

respuesta, así como son incompatibles con la Convención el querer realizar

esfuerzos para "sub-dividir" las categorías de los países en desarrollo.

China, se opuso a realizar modificaciones importantes para el segundo período de

compromiso e hizo hincapié en que las disposiciones sobre LULUCF deberían

aplicarse únicamente a los países del Anexo B; se opuso a la manera de analizar la

visión compartida, ya que no sólo significa realizar necesariamente metas

concretas u objetivos numéricos, sino que es una declaración de objetivos a largo

plazo, los objetivos y los medios, el examen de una meta aspiracional que debe

incluir discusiones sobre el reparto de las cargas; expresó su negativa por la

adopción de conclusiones en lugar de una decisión en relación a la definición de los

países más afectados por las consecuencias potenciales, y; mostró su preocupación

al ver que se desviaban los temas de conversación del PAB –en un 50%-, lo que

ponía en duda la continuidad del PK, así como no se ocupaba el tiempo en las

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

116

cuestiones en comparabilidad de los esfuerzos de mitigación de los países

desarrollados.

ALBA, cuestionó la transparencia de las negociaciones así como su carácter

inequitativo, y; rechazó los intentos de transferir responsabilidades a los países en

desarrollo y reiteró que los países desarrollados tienen una deuda climática con los

mismos.

Australia, estuvo en contra de los horarios ya que no era suficiente tiempo para

realizar los debates pertinentes sobre la mitigación global y las finanzas.

Bangladesh, rechazó los intentos de minar el estatus especial de los PMA y de la

APEI.

Cuba, ha tomado los acuerdo en cambio climático como "una violación de los

principios del multilateralismo" y una amenaza para las negociaciones.

Egipto, señaló que no está de acuerdo que la Convención sea utilizada para

perpetuar la competitividad económica de los países desarrollados.

Emiratos Árabes Unidos, señaló la falta de claridad sobre la forma de aplicación de

la Convención.

Estados Unidos, sostuvo que no está en posición de aceptar un nuevo mandato

que se centre sólo en la forma jurídica, sin el haber establecido claramente que las

principales economías realizaran esfuerzos de mitigación con la misma fuerza

jurídica que aquellos de los países desarrollados; se opuso a la referenciación del

principio de equidad y de responsabilidades comunes pero diferenciadas; se opuso

a cualquier reescritura o renegociación de Principios de la Convención; señaló la

falta de claridad de la Plataforma de Durban al considerar que sólo es una

referencia de Río+20, lo cual no es beneficioso. México apoyo la postura de

Estados Unidos.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

117

Filipinas, señaló la falta de énfasis en la continuación del Protocolo y la

diferenciación entre el MRV de los países desarrollados y en desarrollo en un

nuevo texto.

G77/China, expresó su preocupación por la poca participación de los países

desarrollados y un déficit de aplicación de la Convención, y; subrayó las

deficiencias en la aplicación de la Convención, con la oposición de algunos países

desarrollados, como EU y Australia.

Irak, lamentó que los resultados de las reuniones se alejen del marco de la

Convención y del PAB.

Japón, estuvo en contra de la proliferación de órganos en el marco de la

Convención.

PMA, señaló que cualquier declaración política o declaración que dejara abierta la

forma jurídica era inaceptable.

Papua Nueva Guinea, señaló que no es viable enviar servidores públicos -en lugar

de los Jefes de Estado o de Gobierno- para la representación de sus países como el

G77/China para negociar el Acuerdo.

Paraguay, señaló el debilitamiento de las responsabilidades comunes pero

diferenciadas y la equidad, así como, la necesidad de completar el PAB y solicitó un

segundo período de compromiso sin condiciones.

Qatar, señaló que las decisiones no han sido equilibradas.

Rusia, se opuso a la separación del mundo en el grupo de Kyoto y el de quienes no

se incorporaron a Kyoto, y; advirtió contra el uso de la agenda como una

herramienta para revisar el frágil y multifacético equilibrio de intereses convenidos

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

118

en Durban, destacando que se debe de avanzar hacia un nuevo acuerdo global

equilibrado.

Unión Europea, advirtió en contra de largos debates centrados en la interpretación

de la Convención; Dijo que no hay "una talla única para todos" solución y que la

capacitación debe basarse en instituciones y procesos nacionales.

Venezuela, estuvo en contra de discutir el Protocolo de Montreal relativo a las

sustancias que agotan la capa de ozono o el Protocolo de Kyoto, tales como los

gases nuevos;

Sin embargo, a pesar de las posiciones a favor o en contra, las Partes durante el proceso

de las negociaciones, señalan que no han habido los suficientes progresos acerca de

algunos elementos del PAB, por lo que consideran innecesario seguir trabajando en

algunas temáticas o reabrir los temas–no es que sean menos importantes-, ya que pondría

en peligro los objetivos del GTECLP.

Lo anterior trae a colación los temas revisados en el GTECLP del Cuadro 2 y Cuadro 3 que

se destacan los temas menos abordados durante las reuniones.

De acuerdo con la PAD, así como los acuerdos adoptados en Cancún, el GTECLP tiene

suficiente trabajo para realizar las actividades y llegar a acuerdos sobre un segundo

período de compromiso del Protocolo de Kyoto para la transición de un tratado climático

global y completo post 2020 para ser negociados en el marco del PAD, ya que la acción

más urgente es el cumplimiento del objetivo de 2°C.

Las modalidades de visión compartida, las medidas de respuesta, para el nuevo

mecanismo del mercado y diversos enfoques, quedan pendientes ya que involucra la

transferencia de tecnología, la cual tiene mucho que ver con los derechos de propiedad

intelectual, donde la UE ha sido renuente a tomar este último tema, ya que sólo está de

acuerdo en la asesoría y asistencia de tecnología.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

119

Por otra parte, los principios del Convenio son vistos como un proceso en evolución y se

señala la necesidad de discutir más a fondo el principio de equidad en términos de

equidad y que refleje las realidades cambiantes y la necesidad de una política fuerte.

2.1.2. El GTECLP en materia de revisión del Protocolo de Kyoto.

La participación de las Partes durante el 2008 al 2012 en el Grupo de Trabajo Especial de

Cooperación a Largo Plazo (GTECLP) en materia de revisión del PK en el proceso de

negociaciones, se desarrollo en bloques regionales y grupos que se conformaron de

acuerdo a intereses, así como se ha destacado la participación individual de los Estados

Parte.

En el Cuadro 6, se muestra el número de participaciones de las Partes durante el 2008 al

2012, y el número de ocasiones que han estado a favor o en contra de alguna propuesta o

decisión durante las negociaciones celebradas en materia de revisión del Protocolo de

Kyoto (PK), y en el Cuadro 7, se realiza el análisis estadístico de las participaciones.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

120

Cuadro 6. Participación de las Partes en el GTECLP en materia de revisión del PK.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

121

Cuadro 6 (continuación).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

122

Cuadro 6 (continuación).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

123

Cuadro 7. Análisis estadístico de las participaciones en materia de revisión del PK en el GTECLP (2008 –

2012).

De acuerdo al Cuadro 6 y Cuadro 7, en la mínima a favor, de las Partes en el GTECLP en

materia de revisión del PK, se vio reflejada por Argentina, SICA, Surinam, Trinidad y

Tobago, sin embargo si tuvieron intervenciones con una intervención en contra cada, con

excepción de Surinam.

Las participaciones que aparecen como mayor frecuencia –moda-, con al menos una

participación se encuentra: Argelia, Bahama, Bahrein, Barbados, Bielorrusia, Comoras,

Djibouti, EET, Emiratos Árabes Unidos, Grupo Convergencia, Grupo de Estados Árabes,

Grupo Paraguas, Irak, Irán, Jordania, Kuwait, Libia, Mali, Marruecos, Mauritania, Nepal,

Nicaragua, Omán, Palau, Palestina, Paraguay, Polonia, Qatar, República de Corea,

República Democrática del Congo, República Dominicana, Siria, Suecia, Tailandia,

Tanzanis, Túnez, Tuvalú, Ucrania, Uruguay y Yemén. Las Partes que mostraron

participaciones en contra fueron: Barbados, Irán, República Democrática del Congo y

Tailandia.

Dentro de la tendencia central -de dos participaciones dentro de la mediana promedio-, se

encuentran las Partes como: Canadá, Cuba, Ecuador, Egipto, El Salvador, Kazakhstán,

México, Pakistán, Singapur y Turquía. Las Partes que intervinieron en contra durante las

reuniones fueron: Canadá con una participación y Egipto con tres participaciones.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

124

Bajo el mismo orden, a partir de la media promedio a la máxima –desde la principal

tendencia central del mayor o igual que el 50% y la máxima de las participaciones con el

valor de 21 por el número de ocasiones en las que se participó y se estuvo a favor dentro

del total de 245 participaciones- de acuerdo al Cuadro 6, se puede señalar que dentro de

este rango se encuentran las Partes como: APEI; Arabia Saudita, Australia, Bangladesh,

Bolivia, Brasil, Chile, China, Colombia, Costa Rica, EU, G77/China, Filipinas, Grupo Africano,

GIA, Guatemala, India, Japón, Malasia, Micronesia, Noruega, Nueva Zelanda, Panamá,

Perú, PMA, Rusia, Sudáfrica, Suiza, UE y Venezuela.

Por otra parte, las posiciones en contra de estas Partes durante las reuniones fueron

expresadas con una participación en contra por parte de: Arabia, Saudita, Brasil, Filipinas,

Rusia y Venezuela; g77/China, Malasia, Suiza y la UE intervinieron con dos participaciones;

Bolivia, China, Grupo Africano, India y Japón con tres participaciones; Estados Unidos fue

el que intervino en mayor número de ocasiones con siete participaciones.

En la Figura 3, se analiza el anterior comportamiento.

Figura 3. Tendencia central y la máxima de participaciones en las reuniones del GTECL en materia de revisión del PK.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

125

Ahora bien, durante el 2008 – 2012 las principales propuestas –APEI, UE, China, Japón y

Australia- que se discutieron en el proceso de negociaciones en las reuniones del GTECLP y

en las que se estuvieron a favor fueron en relación a:

Diferenciación entre las Parte No Anexo I. Australia y Japón sugirieron que las

Partes con un alto PIB (Producto Interno Bruto) deberían unirse al Anexo I.

Que las Partes del Anexo I realizarán profundos recortes en las emisiones.

Que si cambian los indicativos en las reducciones de emisiones del Anexo I, debe

aumentarse el rango del 25 - 40%.

Que las Partes adopten una visión compartida en reducir las emisiones globales en

un 50% en 2050, en línea con el objetivo apoyado por la Cumbre del G8 en el 2008.

Reducir las emisiones del Anexo I en un 30% para 2020 y del 60 - 80% para 2050.

Llegar a cumplir con el objetivo global de reducir a la mitad las emisiones para

2050, y la UE sugirió que los países desarrollados deben reducir sus emisiones en

un 80 - 95% para 2050.

Analizar las implicaciones de las metas incluidas en el Anexo I de las emisiones de

los países diferentes para No Partes del Anexo I.

Que todos los principales países emisores participen en un futuro acuerdo

mundial.

La necesidad de un objetivo global a largo plazo para la reducción de emisiones.

Conducir a las Partes a nuevas obligaciones legales y en la necesidad de un marco

jurídico para los compromisos del PK de Estados No Partes, incluido EU, así como,

necesidad de un enfoque legal y normativo para la comparabilidad –el PK como

punto de referencia-.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

126

La responsabilidad histórica y el desarrollo de capacidades de los países

desarrollados y en desarrollo para hacer frente al cambio climático.

La necesidad de adecuación de las promesas incluidas en el Anexo I de los países,

en relación con la responsabilidad histórica y el nivel de ambición en el mediano y

largo plazo, así como la correlación del cambio climático con los derechos

humanos.

La identificación de compromisos similares por parte de todos los países

desarrollados, incluidos los No Kyoto Partes, como condición previa para el

desarrollo de actividades en los países, así como, distribución equitativa y la

convergencia de los derechos de emisión.

La aplicación de un enfoque de los compromisos existentes bajo la Convención y el

PK, y la adopción de un resultado ambicioso en virtud de la Hoja de Ruta de Bali.

Diferenciación entre las partes, en función de las cambiantes condiciones sociales y

económicas, así como las emisiones actuales y las tendencias de las emisiones.

Interponer una referencia a las circunstancias especiales de las Partes, incluidos los

países con economías en transición.

Tratar por separado la creación de capacidades para los países en desarrollo y los

países con economías en transición.

Los países desarrollados deben reducir las emisiones, mientras que los países en

desarrollo deben tomar medidas para reducir el crecimiento de las emisiones.

La comparabilidad de los esfuerzos MRV y las acciones incluidas en el Anexo I de

las Partes que no ratificaron el Protocolo, así como, reconocimiento a los países en

desarrollo para llevar a cabo la reducción de emisiones y acciones de mitigación.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

127

Que las MRV para los países desarrollados deben basarse en las normas y

procedimientos utilizados en el marco del PK.

Que los países desarrollados deben realizar esfuerzos que sean comparables en

naturaleza y magnitud, incluyendo objetivos cuantificados y jurídicamente

vinculantes, así como, crear una economía baja de emisiones.

Que los países desarrollados deben asumir compromisos a largo plazo, de

reducción cuantificada en toda la economía. Algunos países en desarrollo

señalaron que la cuantificación podría hacerse a través de las finanzas.

La necesidad de crear una definición de comparabilidad, destacando al PK como la

base para la evaluación de la comparabilidad y la identificación de la necesidad de

definir la comparabilidad a través de negociaciones internacionales en lugar de a

nivel nacional.

La arquitectura del cambio climático en el PK debe reafirmarse y fortalecerse a

través de objetivos ambiciosos en la reducción de emisiones, para el segundo

período de compromiso segundo y los siguientes, en consonancia con la ciencia.

Realizar un solo acuerdo con los resultados de los dos GTE y en el que todos los

países desarrollados, junto con los principales países emisores en desarrollo,

asuman compromisos de mitigación o acciones y la estabilización a 350 ppm –

aunque hubo propuestas de que fuera 450 ppm-.

Dar seguimiento al PK con el fin de que los países industrializados continúen, e

intensifiquen sus compromisos en la reducción de emisiones y la consecución del

objetivo de 2°C, así como, deben liderar en este aspecto los países desarrollados.

Eliminar la opción de compromisos voluntarios para los países desarrollados y

establecer objetivos vinculantes.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

128

Acordar las normas de contabilidad de UTS; se identifiquen formas viables para

hacer frente al excedente de unidades de la cantidad atribuida (AAU); se acuerde

un proceso transparente para transformar las promesas de mitigación en

compromisos cuantificados de limitación y reducción de emisiones (QELRO); y que

se aumente el nivel global de ambición.

Analizar el efecto de los cambios en las normas contables sobre LULUCF y la

necesidad de revisar los compromisos de reducción de emisiones a la luz de los

cambios realizados, con el fin de mantener el nivel general de ambición.

Llevar a cabo las medidas de mitigación a través de los mecanismos de flexibilidad

del PK o nuevos mecanismos en la Convención.

Incluir a Kazakstán en el Anexo B del PK, con el compromiso de reducir sus

emisiones para el primer período de compromiso al equivalente al 100% de sus

emisiones de 1992.

Incluir en las negociaciones futuras los incluidos los HFC, negro de humo, y las

subvenciones a los combustibles fósiles.

Durante el mismo período, las Partes que estuvieron en contra en algunas cuestiones de

las negociaciones versaron por ejemplo en los casos de:

Arabia saudita, se opuso a la discusión en detalle de cualquier propuesta.

Bolivia, destacó la contradicción entre el objetivo de limitar el aumento global de la

temperatura a 2ºC y las acciones establecidas en el Acuerdo de Cancún,

subrayando el fracaso en alcanzar las reducciones de emisiones necesarias, se

traduciría en un aumento de la temperatura global de 3.5º C.; que el efecto de la

doble contabilidad de las compensaciones socava los esfuerzos de mitigación.; no

confía” en las promesas voluntarias, y apoyó la implementación de compromisos

claros en el marco del PK; expresó su preocupación por el desequilibrio que existe

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

129

en relación a los países desarrollados y en desarrollo; la existencia de una carencia

en el sistema de cumplimiento para monitorear los compromisos de los países

desarrollados, lo cual era particularmente relevante para aquellos que no

suscribían un segundo período de compromiso del PK; que se establecen requisitos

excesivos sobre la mitigación de los países en desarrollo; que no se reflejan las

responsabilidades comunes pero diferenciadas, y; que lo acordado favorece la

creación y el uso de los mercados.

Canadá, se opuso al actual PK, señalando que condiciona la forma legal del

resultado.

G77/China, se opuso firmemente a cualquier diferenciación de las partes más allá

de la Convención, así como, los objetivos del PK se basan en promesas, lo cual fue

apreciado por todos los países.

EU, señaló que como no es parte del PK y que además no tiene pretensiones de

serlo, las discusiones conjuntas no serían adecuadas para ellos; en desacuerdo de

que las Partes no llegarían a un único indicador; que el año base 1990 no funciona

para su país, ya que se requieren medidas diferentes dependiendo de las

circunstancias nacionales; hizo remembranza del PAB, refiriéndose a la

comparabilidad de esfuerzos y que éstos se pueden definir de otra manera, por

ejemplo, en términos de PIB, la tecnología o las circunstancias nacionales; que su

cumplimiento se relaciona con su derecho interno; puso en duda las cifras que la

APEI figura para Anexo I, al agregar reducciones de emisiones de las Partes para el

año 2020, ya que varían ampliamente los números y que no estaba en el interés

colectivo de las partes a utilizar los números en el borde extremo de un rango;

reiteró su determinación de permanecer al margen de cualquier nuevo tratado

vinculante; señaló que existen diferentes interpretaciones del PAB y que el

resultado de Durban debería basarse en los Acuerdos de Cancún; los resultados de

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

130

Durban y las aspiraciones de las Partes deben ser realistas, y; por último que no

iniciará negociaciones sobre un acuerdo que no será capaz de firmar.

Grupo Africano, señaló que la mayoría de los acuerdos no reflejan los intereses de

las Partes, en especial, con las acciones de mitigación de los países en desarrollo, y

sobre cuestiones de equidad y comparabilidad.

India, se mantuvo en contra de la revisión de los principios de la Convención; que

los principios del Protocolo de Montreal no deben de interferir en el proceso de las

negociaciones; se opuso en la promoción de la aplicación voluntaria de las

acciones de mitigación, incluyendo acciones con efectos a corto plazo.

Japón, se opuso a un trato diferenciado de las Partes del PK y No Partes; estuvo en

contra de la introducción de nuevos principios; reiteró su determinación de

permanecer al margen de cualquier nuevo tratado vinculante.

Malasia, expresó su preocupación acerca de los débiles objetivos de mitigación

para los países desarrollados y se refirió a una serie de cuestiones planteadas por

los países en desarrollo que fueron diferidas a las futuras reuniones, incluida la

equidad, los derechos de propiedad intelectual y las medidas comerciales.

Nicaragua, señaló que no se ha establecido un proceso o un periodo de tiempo que

proporcione una solución para evitar una brecha entre los períodos de

compromiso, y; que no se refleja adecuadamente el principio de responsabilidades

comunes pero diferenciadas, cuando se hace referencia a una respuesta global al

problema del cambio climático.

SICA, lamentó que no se reflejen las posiciones expresadas por las Partes, en

especial en relación con las acciones de mitigación de los países en desarrollo, y

sobre cuestiones de equidad y comparabilidad.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

131

Tailandia, señaló su preocupación acerca de la mitigación y la comparabilidad, la

falta de ambición, y un régimen de cumplimiento de los objetivos de mitigación.

Trinidad y Tobago, se opuso a un marco facilitador y no punitivo, ya que dificulta la

implementación.

UE, señaló que no debería haber un indicador único que la comparabilidad es una

cuestión de juicio político, vinculado a cuestiones de responsabilidad, la capacidad

y la acción temprana, asimismo, puso en relieve que el enfoque de la

comparabilidad en el PK no ha funcionado.

Venezuela, se indignó de que los países desarrollados bajo la PAD no han sido

claros en determinar sus objetivos cuantificados para el segundo período de

compromiso del PK.

El GTECLP se ha esforzado en cada reunión a impulsar el principio de responsabilidades

comunes pero diferenciadas, –desde Bali- tanto para los países desarrollados como en

desarrollo, acordando emprender esfuerzos de mitigación a través de acciones nacionales

apropiadas para cada país en el contexto del desarrollo sostenible, apoyándose en la

tecnología y posibilitadas por el financiamiento y creación de capacidades MRV –en el

caso de los países en desarrollo-.

Para los países desarrollados se aplica también las medidas MRV incluyendo los objetivos

cuantificados, y garantizar la comparabilidad de los esfuerzos entre ellos, teniendo en

cuenta las diferencias en las circunstancias nacionales.

Desde Copenhague, más de 85 países desarrollados y en desarrollo, han presentado

compromisos de reducción de emisiones, sin embargo, se han caracterizado por no ser

claras en sus planteamientos, la presentación de informes como las comunicaciones

nacionales y los informes de inventario, han contenido las acciones de mitigación, sólo

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

132

que, han sido sólo promesas que contienen objetivos condicionantes y amplios rangos de

posibles reducciones.

El Acuerdo de Doha, en materia de mitigación insta a los países desarrollados a aumentar

la ambición de sus reducciones de emisiones cuantificadas en toda la economía, a los

niveles recomendados por la ciencia y establece un programa de trabajo para continuar

aclarando estas promesas, dicho programa tiene como objetivo, identificar elementos

comunes para asegurar el progreso hacia objetivos y la comparabilidad de esfuerzos en la

reducción de emisiones.

En el GTECLP, se ha señalado reiteradamente sobre la decisión de crear normas de

contabilidad, las metodología y los años comunes de base para los países desarrollados,

así como la evaluación de la comparabilidad de los esfuerzos de mitigación entre las

Partes del Anexo I, ya que consideran que es un elemento clave para los mercados

internacionales de carbono, sin embargo se cuestiona el compromiso de elevar los niveles

de ambición.

En el PAD, se pretendió forjar un camino más ambicioso hacia un régimen climático, se

decidió elaborar un Protocolo, otro instrumento legal o un resultado acordado con fuerza

legal en virtud del Convenio que fuese aplicable a todas las Partes, a fin de completar su

diseño a más tardar en 2015, para que pueda ser implementado a partir de 2020.

Lo anterior, se discutió en Doha, para discernir de cómo sería posible que el mandato

fuese aplicable a todos, y se demandaba que en el núcleo del nuevo régimen se tomaran

en cuenta los principios de equidad y responsabilidades comunes pero diferenciadas, y

sobre todo, encontrar la respuesta de cómo aplicar los principios de la Convención.

La dinámica de negociación en evolución tal vez anuncie un nuevo orden mundial

climático en un nivel diferente en el 2015, así como un camino para aumentar la ambición

necesaria el contexto de los debates en el aumento de la ambición de la pre-2020.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

133

Se ha convocado a las reuniones intermedias a seguir negociando sobre estos aspectos y

en especial para el 2014, se contempla el poder reunir a los líderes de la comunidad

internacional y lograr establecer los puentes de comunicación y asegurar el tema del

cambio climático en las agendas nacionales de cada uno de los países.

Doha ha abierto una nueva puerta en incrementar los niveles de ambición, así como

mayores acciones –Gateway Doha-. Se mira ahora, hacia una voluntad política para la

existencia de un nuevo régimen climático internacional.

2.2. El proceso de las negociaciones en el Grupo de Trabajo Especial del Protocolo de

Kyoto (GTEPK) 2008 – 2012.

En el año de 1997, los compromisos de las Partes del Anexo I giraron en torno de reducir

su emisión total de seis gases de efecto invernadero en una media del 5,2% por debajo de

los niveles de 1990 entre 2008 - 2012 (el primer período de compromiso), con objetivos

específicos que varían de país a país.

Con los Acuerdos de Marrakech (llamado también como el Reglamento del PK) se

pretendió llegar a acuerdos para establecer normas detalladas sobre los tres mecanismos

flexibles del Protocolo: presentación de informes y metodologías; UTCUTS, y; el

cumplimiento.

Se hizo necesario para ello crear un GTEPK, el cual inicio sesiones en el 2005 en Montreal

Canadá, los principales temas que se discutieron en su primer momento fue el comercio

de emisiones, los proyectos de continuación en el período post 2012 y las acciones

nacionales complementarias para las Partes del Anexo I.

La primera revisión del PK en virtud del artículo 9, se mantuvieron conversaciones sobre la

propuesta de la Federación de Rusia sobre los procedimientos para la aprobación de

compromisos voluntarios para los países en desarrollo.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

134

Posteriormente, en Viena (2007) se acordó que las emisiones globales de GEI deberían

reducirse para los años 2017 o al 2022 –de 10 a 15 años a partir del 2007- por debajo de la

mitad de los niveles de 2000 a mediados del S. XXI, con el fin de estabilizar las

concentraciones atmosféricas al nivel más bajo -evaluado por el IPCC-. Sin embargo, para

alcanzar este nivel, las Partes del Anexo I como grupo deberían reducir sus emisiones en

un rango de 25 - 40% por debajo de los niveles de 1990 para 2020. Por lo tanto, el GTEPK

estuvo centrado en analizar las escalas de reducción de emisiones para las Partes del

Anexo I.

En la reunión de Bonn en el 2008, se modificó el alcance del MDL; se consideraron las

alternativas a los potenciales de calentamiento global (PCG), y el aumento de

transferencia de tecnología, y; considerar la coherencia de los enfoques de los proyectos

LULUCF. En relación al comercio de emisiones, en el Anexo I se propuso introducir este

mecanismo sobre la base de objetivos sectoriales y medidas de mitigación apropiadas a

nivel nacional, así como enlaces a programas voluntarios en países no Anexo I. Se acordó

que los enfoques sectoriales pueden ser utilizados por las Partes del Anexo I, como medio

de alcanzar sus objetivos de reducción de emisiones, así como, los enfoques sectoriales no

deberían de dar lugar a compromisos de No Partes del Anexo I.94

En Accra, nace la necesidad de enmendar el PK Protocolo de Kyoto para realizar mejoras

del Anexo I y Anexo II en relación a los mecanismos de mitigación y los compromisos del

Anexo I en virtud del Art. 3.9 del PK. En el 2009, las Partes acordaron que continuarían

considerando las reducciones de emisiones agregadas e individuales de las Partes del

Anexo I.95

94

BOLETIN NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Vigésimo Octavo Período de Sesiones de los Órganos Subsidiarios de la CMNUCC, Segunda Sesión del Grupo de Trabajo Especial en el Marco del Convenio y Quinto Período de Sesiones del Grupo de Trabajo Especial en el Marco del Protocolo de Kyoto, del 16 de junio de 2008, Vol. 12 No. 375, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12375e.html

95 BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de las Conversaciones de Cambio Climático de

Bangkok, del 12 de octubre de 2009, Vol. 12, No. 439, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12439e.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

135

En Bonn -2010- las Partes han observado obstáculos para materializar las promesas en

reducir las emisiones a mediano plazo de los países del Anexo I, entre ellos se encuentra:

el involucrar a EU en el PK; garantizar la comparación de los esfuerzos de reducción de

emisiones de las Partes del Anexo I; llegar a un acuerdo sobre el destino del PK; decidir si

las metas deberían establecerse de “arriba hacia abajo” o de “abajo hacia arriba”; y, hallar

un marco legal para la mitigación y el MRV que sea aceptable tanto para los países

desarrollados como en desarrollo.96

Sin embargo, también hay otras cuestiones de las Partes del Anexo I como: las UTCUTS; el

uso de los mecanismos de flexibilidad; la inclusión de nuevos GEI; QELROs; UTS, y; UCA

que deben resolverse para la existencia de futuras decisiones políticas, también se

discutieron cuestiones legales, incluyendo una posible brecha entre el primer período de

compromiso del PK (2008 - 2012) y los subsiguientes períodos de compromiso.

En Tianjing -2010- el objetivo se centró sobre los nuevos compromisos de las Partes del

Anexo I, como la reducción de emisiones que deben alcanzar las Partes del Anexo I -los

llamados números- y la mejora de los mecanismos de flexibilidad.97 Sin embargo, la

mayoría de los países en desarrollo insisten con que los países desarrollados asuman un

segundo período de compromiso en el marco del PK, sólo que, para satisfacer a la mayor

parte de los países, deben ponerse de acuerdo en relación a: la mitigación, adaptación,

financiamiento, tecnología y desarrollo de capacidades; declarar que el objetivo último es

llegar a un resultado jurídicamente vinculante; establecer un programa para el logro de

96

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de las Conversaciones de Bonn sobre el Cambio Climático, del 2 al 6 de agosto de 2010, Vol. 12, No. 478, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12478s.html

97 BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de las Conversaciones de Tianjin sobre el Cambio

Climático, del 4 al 9 de octubre de 2010, Vol. 12, No. 485, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12485s.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

136

este resultado; y contener una decisión que destaque la continuidad del PK –Acuerdos de

Cancún-.98

Hay que hacer mención que en Copenhague y en Cancún los gobiernos acordaron que

mantendrían el aumento de la temperatura a menos de 2ºC sobre los niveles

preindustriales, en el 2010 los países desarrollados y en desarrollo comunicaron sus

promesas, sin embargo, los datos científicos muestran que el mundo se encuentra hacia

un aumento de la temperatura muy por encima de los 2ºC. La APEI, solicitó reducir la

brecha entre el nivel de ambición de las promesas de las Partes y las reducciones de

emisiones que la ciencia plantea como necesarias, destacando que un aumento de más de

1.5ºC tendría consecuencias catastróficas para las pequeñas islas.

Por otra parte, China y otros países en desarrollo tienen una importante participación en

las emisiones mundiales, las discusiones sobre el nivel de ambición requieren de la

participación tanto de los países desarrollados como en desarrollo. Los países en

desarrollo han señalado la diferente naturaleza de las acciones y compromisos de

mitigación de los países desarrollados, en comparación con la naturaleza voluntaria de las

MMAP de los países en desarrollo.

Por lo tanto, ha mostrado difícil, encontrar la forma de garantizar que los compromisos y

acciones de los países puedan mantener el aumento de la temperatura por debajo de los

2ºC, lo que se muestra como uno de los grandes desafíos que enfrentan las negociaciones.

Lo indispensable sería que hubiese una mejora en las medidas de mitigación, y se incluya

entre ellas el aumento del nivel mundial de ambición. A este respecto, muchos países

desarrollados y en desarrollo apoyaron fuertemente que haya nuevas aclaraciones sobre

los esfuerzos de mitigación, incluyendo el establecimiento de un marco común de

98

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de la Conferencia de Cancún sobre el Cambio Climático, de 29 de noviembre al 11 de diciembre de 2010, Vol. 12, No. 498, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12498s.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

137

contabilidad, que implique el desarrollo de reglas de monitoreo, en la presentación de

informes y verificación (MIV).

En Bonn -2011- las Partes se centraron en cuestiones políticas clave para desbloquear la

vía del PK, comenzando con el análisis de la adopción de los Acuerdos de Cancún y sus

impactos sobre la intención de algunas Partes de no inscribir metas en el contexto de un

segundo período de compromiso en el marco del PK, y cómo disminuir la brecha entre las

promesas de mitigación y las reducciones de emisiones necesarias.

Este último punto para llevarse a cabo, dependió en mucho del sostenimiento de la

mayoría de los países desarrollados para el tránsito hacia un segundo período de

compromiso, así como de los avances en adoptar un marco jurídicamente vinculante que

incluya a los principales emisores.

La reunión de Durban fue un hito clave para el PK, ya que la carencia de un acuerdo sobre

un segundo período de compromiso ponía en peligro la existencia del mismo o de su

prevalecencia, debido a que países como Japón, Canadá y Rusia habían mostrado sus

intenciones de no comprometerse99, lo que suponía bajas expectativas del futuro del PK o

de un segundo período de compromiso débil.

La UE, Noruega, Suiza e Islandia se comprometieron a reducir las emisiones a un nivel alto,

mientras que los países en desarrollo continuaban haciendo hincapié en la barrera que

divide los compromisos de mitigación vinculantes de los países parte desarrollados de las

medidas voluntarias de mitigación de los países en desarrollo, así como había aquellos,

que se preocupaban por la prominencia del enfoque de abajo hacia arriba de “promesas y

revisión” -por el que aboga EU-, y también por el preservar la estructura jurídica de arriba

99

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de la Conferencia de Durban sobre el Cambio Climático, del 28 de noviembre al 11 de diciembre de 2011, Vol. 12, No. 534, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12534s.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

138

hacia abajo creada por el Protocolo, con el fin de salvar el sistema basado en reglas y las

instituciones que se han creado durante los últimos 15 años.

La posición fuerte de la UE, es que desea que sea un acuerdo equilibrado para que

hubiese las condiciones de un nuevo acuerdo mundial sobre el cambio climático. EU en

contraparte, duda que existan las condiciones para definir un mandato de este tipo, y que

la vía es que los países ejecuten los acuerdos existentes y en el aumento de la escala de las

acciones, así como, los países no deben depender del financiamiento para ello, el

G77/China estuvo dividida sobre la posición estadounidense. La APEI, desea que el PK

continúe y sea un instrumento jurídicamente vinculante en el marco de la Convención, a

ello se opuso India y China.

Sin embargo, por otra lado, las Partes comenzaron a buscar garantías mutuas –lo que

llamo Sudáfrica el “cuadro grande”-, es decir, la forma de conciliar la inminente

finalización del primer período de compromiso del PK –diciembre de 2012- con el desafío

de codificación de las promesas para 2020, dentro de un instrumento nuevo e incluyente,

capaz de reflejar la necesidad de captar y apoyar diferentes tipos de esfuerzos en un

marco común.

El nuevo instrumento, debería de proporcionar una estructura jurídica común, reflejando

y respaldando al mismo tiempo los variables esfuerzos de los países en diferentes puntos

del espectro de desarrollo, respetando y refundando de este modo el principio de las

responsabilidades comunes pero diferenciadas de la Convención, así como de aclarar la

definición de los objetivos cuantificados de limitación y reducción de emisiones (objetivos

cuantificados o QELROs) y su adopción como enmiendas al Anexo B y en el debate de la

equidad para definir la distribución y el ritmo de las responsabilidades de mitigación

Bajo la vía del GTEPK -en Durban- se acordó que el segundo período de compromiso

iniciara el 1° de enero de 2013, para ello en Doha se debían establecer los objetivos

cuantificados y las modificaciones necesarias en el PK, como el manejo de las unidades

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

139

excedentes del primer período de compromiso, el análisis en la continuación de reglas y la

forma de continuar con los mecanismos de flexibilidad, incluyendo quién será capaz de

participar, dado que algunos países indicaron que no sería parte de un segundo período

de compromiso.

Ya en Doha, Japón, Canadá, Nueva Zelanda y Rusia se negaron a asumir compromisos en

el segundo período de compromiso debido a que China –el más grande emisor del mundo-

no tiene compromisos. A pesar de ello, las Partes acordaron establecer un mecanismo

voluntario para revisar el Anexo I CCLRE Partes y por lo tanto, la esperanza de un aumento

de la ambición de mitigación en virtud del PK se revisará en un futuro próximo.100

Con la adopción de un segundo período de compromiso, se mitigaron las dudas de su

aniquilación, sólo que los países desarrollados se han enfocado más en los mecanismos de

mercado y donde sólo las Partes del Anexo I que se comprometan a reducir las emisiones

tendrán la oportunidad de transferir y adquirir créditos de carbono generados a través de

los mecanismos de flexibilidad durante el segundo período de compromiso.

Ahora bien, en relación con el GTEPK, los temas planteados durante el 2008 – 2012 en

materia de reducción de emisiones y en la revisión del Protocolo, son los que se muestran

en el Cuadro 8.

100

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Conferencia sobre el Cambio Climático de Doha, del 26 de noviembre al 8 de diciembre de 2012, Vol. 12, No. 567, en http://www.iisd.ca/download/pdf/enb12567e.pdf

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

140

Cuadro 8. Temas del GTEPK (2008 – 2012).

En el Cuadro 9, se muestra la relación de los temas que se discutieron en cada una de las

reuniones celebradas –COP´s y reuniones intermedias-y el número de ocasiones que se

contemplaron dentro del proceso de las negociaciones del GTEPK desde el 2005 al 2012,

dado que en el 2005, dieron inicio las actividades de este grupo especial.

Los primeros temas en discutirse fueron: el comercio de emisiones; proyectos de

continuación en el período post 2012; las acciones necesarias complementarias en los

países del Anexo 1; consideración de nuevos compromisos de las Partes del Anexo I, y;

potenciales de mitigación, rangos de reducción de emisiones y medios posibles para

alcanzar los objetivos de mitigación.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

141

El Cuadro 10, muestra más claramente los temas y el total de veces que se discutieron

durante las actividades del GTEPK. En la Figura 4, se grafican las temáticas de los ocho

años de negociaciones –del 2005 al 2012-.

Cuadro 9. Principales temáticas que se trataron en el proceso de negociaciones en el GTEPK.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

142

Cuadro 9 (continuación).

Cuadro 9 (continuación).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

143

Cuadro 10. Número de ocasiones que se discutieron los temas planteados en las reuniones del GTEPK.

Figura 4. Ocasiones que se discutieron las temáticas en las reuniones del GTEPK.

La Figura 4, nos describe que los cinco temas principales son: 1) potenciales de mitigación;

rangos de reducción de emisiones y medios posibles para alcanzar los objetivos de

mitigación; 2) mecanismos flexibles; 3) proyectos de continuación en el período post

2012; 4) consideración de nuevos compromisos de las Partes del Anexo I, y; 5) comercio

de emisiones. Quedando los demás como sigue: 6) ampliación de la cobertura de los GEI y

mercados de carbono; 7) acciones nacionales complementarias en los países del Anexo I,

MDL y UTCUTS; 8) QELROS; 9) LULUCF; 10) UCA; 11) REDD+, y; 12) OLCRE. Donde los

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

144

últimos temas han quedado pendientes en las futuras negociaciones por razones de no

detener los acuerdos ya logrados hasta Doha.

2.2.1. El GTEPK en materia de nuevos compromisos.

La participación de las Partes durante el 2008 al 2012 en el Grupo de Trabajo Especial del

Protocolo de Kyoto (GTEPK) en materia de nuevos compromisos en el proceso de

negociaciones, se puede ver el desarrollo en el Cuadro 11 el número de ocasiones que han

estado a favor o en contra de alguna propuesta o decisión durante las negociaciones

celebradas, así como en el Cuadro 12, se realiza el análisis estadístico de las

participaciones.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

145

Cuadro 11. Participación de las Partes en el GTEPK en materia de nuevos compromisos.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

146

Cuadro 11 (continuación).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

147

Cuadro 11 (continuación).

Cuadro 12. Análisis estadístico de las participaciones en materia de nuevos compromisos del GTEPK (2008

– 2012).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

148

De acuerdo con el Cuadro 11 y Cuadro 12, en la mínima a favor de las Partes en el GTEPK

en materia de nuevos compromisos se vio reflejada por Lesotho, Turquía y Ucrania,

quienes también participaron en contra en una ocasión.

Las participaciones que aparecen como mayor frecuencia –moda-, con al menos una

participación se colocaron las Partes como Argelia, BASIC, Benin, Botswana, Burkina Faso,

Cabo Verde, Chile, CNBT, Cuba, Dinamarca, Ecuador, El Salvador, EU, Guyana, Indonesia,

Irán, Irlanda, Islandia, Kenia, Kirguistán, Malí, Nicaragua, Pakistán, Papua Nueva Guinea,

Qatar, Santa Lucía, Timor Leste y Uganda. Las Partes que mostraron participaciones en

contra fueron Argelia, EU, Irán e Islandia con una participación.

La tendencia central de dos a cuatro participaciones –dentro de la mediana promedio-, se

encuentran Partes como: Argentina, Bangladesh, China, Costa Rica, Croacia, Filipinas,

Gambia, Guatemala, islas Marshall, Islas Salomón, Kazajstán, Kuwait, México, Nigeria,

Perú, República Democrática del Congo, Senegal, Sri Lanka, Sudáfrica, Sudán, Tailandia,

Venezuela, Zambia.

Dentro de este grupo de países se reflejaron las participaciones en contra, como la de

Argentina, Sudáfrica, Tailandia y Zambia con una participación; Croacia y Gambia con dos;

China y Venezuela con tres participaciones en contra de las disposiciones en las reuniones.

Bajo el mismo orden, a partir de la media promedio a la máxima –desde la principal

tendencia central del mayor o igual que el 50% y la máxima de las participaciones con el

valor de 52 por el número de ocasiones en las que se participó y se estuvo a favor dentro

del total de 406 participaciones- de acuerdo al Cuadro 11, se puede señalar que dentro de

este rango se encuentran las Partes como: ALBA, APEI, Arabia Saudita, Australia,

Bielorrusia, Bolivia, Brasil, Colombia, Egipto, G77/China, Grupo Africano, GIA, Grupo de

Estados Árabes, Grupo Paraguas, India, Japón, Micronesia, Noruega, Nueva Zelanda, PMA,

Rusia, Suiza, Tuvalu y la UE.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

149

Por otra parte, las posiciones en contra de estas Partes durante las reuniones fueron

expresadas con una participación en contra por parte de: ALBA, Arabia Saudita,

Bielorrusia, Colombia y Micronesia; con dos participaciones: APEI, Egipto, Noruega y los

PMA; tres participaciones por parte de India; con cuatro participaciones: Australia, Grupo

Africano, Rusia y Tuvalu; Nueva Zelanda y la UE con seis participaciones; Brasil con siete

participaciones; Bolivia intervino en ocho ocasiones; Japón en diez ocasiones, y;

G77/China intervino con trece intervenciones.

En la Figura 5, se muestra el comportamiento anterior.

Figura 5. Tendencia central y la máxima de participaciones en las reuniones del GTEPK en materia de nuevos compromisos.

La UE, Noruega y el APEI fueron los que sobre saltaron en sus propuestas. Ahora bien,

durante el 2008 – 2012 en las reuniones del GTEPK, se estuvo a favor de lo siguiente:

La necesidad de cambios en las normas contables UTS.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

150

Existencia de flexibilidad en los mecanismos de mercado principalmente en la

REDD+.

Mejorar las normas y metodologías que garanticen una distribución geográfica

equitativa del MDL, LULUCF y claridad en las implicaciones de la inclusión de las

emisiones del transporte internacional.

Adición de nuevos GEI.

La necesidad de claridad en las reglas de UTCUTS.

Ratificar la enmienda del Anexo B del PK para permitir a Bielorrusia participar en

los mecanismos flexibles.

Aprobación de Kazajstán de haber ratificado el PK y de ratificar su inclusión en el

Anexo B.

Limitar el debate a cuestiones relacionadas con nuevos compromisos cuantificados

para los países del Anexo I.

La ampliación de los fondos devengados en la aplicación conjunta y el comercio de

emisiones.

La necesidad de un acuerdo sobre los mecanismos de flexibilidad, año base y la

duración del período de compromiso.

La atención sobre los efectos del cambio climático en los Pequeños Estados

Insulares en Desarrollo (PEID) y en los Países Menos Adelantados (PMA).

Tratar los compromisos políticos en primer lugar.

Establecimiento de un límite de 1,5ºC de aumento de temperatura y las

concentraciones de GEI de no más de 350 ppm, así como, un 40% de reducción de

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

151

emisiones de los países desarrollados para el año 2020 en comparación con los

niveles de 1990.

La conservación el año 1990 como el año base.

La estabilización de las concentraciones por debajo de 350 ppm.

Establecer nuevos objetivos de reducción de emisiones y la necesidad de definir el

rango total de las reducciones de las Partes del Anexo I, adicionales de las

emisiones, así como los objetivos individuales.

Incluir a todos los principales emisores con el fin de tener la oportunidad de

alcanzar realmente el objetivo global.

Centrarse en las condicionalidades planteadas por las Partes del Anexo I que están

interesadas en un segundo período de compromisos, y analizar las Partes que no lo

están.

La integración del Protocolo en un instrumento jurídico único.

Lograr la neutralidad de carbono global en la segunda mitad del siglo, y progresar

en la captura y almacenamiento de carbono (CCS).

Que las Partes del Anexo I, no podrán recurrir a medidas unilaterales contra las

importaciones procedentes de los países en desarrollo.

Que los países del Anexo I cambien sus actitudes en materia de patentes,

propiedad intelectual y transferencia de tecnología.

Creación de un Centro Regional de Innovación Tecnológica y un mecanismo que

procure las tecnologías necesarias para los países en desarrollo.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

152

Una transición hacia un marco del cambio climático que incluya a todas las

economías principales, teniendo en cuenta las capacidades respectivas de los

países.

Durante el mismo período, las Partes que estuvieron en contra en algunas cuestiones de

las negociaciones versaron por ejemplo en los casos de:

APEI, expresó su decepción de que las Partes del PK no cumplan con sus

compromisos. Argentina, destacó que las Partes tienen diferentes visiones sobre el

progreso, expresando su preocupación por el lento progreso del GTE-PK, en

relación con el GTE-CLP.

Australia, señaló que no ha sido equilibrado el avance sobre la mitigación, el MIV y

las CAI; los desafíos que trae consigo el análisis de los años de referencia múltiples

para el cálculo de las UCA; cuestionó las implicaciones de mitad de período de los

compromisos legales, y; el impacto en los sistemas de comercio de emisiones.

Bolivia, señaló sin ningún acuerdo internacional vinculante para los nuevos

compromisos y de un segundo período del PK no sería posible llegar a un acuerdo,

y; que los países desarrollados estén esperando qué acciones toman los países en

desarrollo en reducir las emisiones para que ellos puedan llevar a cabo acciones

contundentes.

Brasil, en contra de incluir nuevos GEI, ya que los gases que no pueden

contabilizarse darían lugar a un vacío legal.

China, no apoya el mandato de negociar un nuevo acuerdo en el marco de la

Convención.

Egipto, señaló que las acciones sectoriales deben ser impulsados por los países y

rechazó cualquier intento de imponer compromisos a los países en desarrollo.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

153

EU, se opuso a las referencias al segundo período de compromiso del PK.

G77/China, lamentó que las negociaciones no hayan reflejado un sentido de

urgencia sobre el cambio climático y solicitó que se avance en los compromisos de

los países desarrollados, así como, rechazó firmemente las propuestas de

diferenciación entre las Partes No Anexo I, y la falta de voluntad política para

establecer un segundo período de compromiso.

Grupo Africano, señaló los lentos resultados del GTEPK y que no se estén

cumpliendo los objetivos acordados en el PK.

Irán, desalentó la diferenciación entre países en desarrollo mediante y la creación

de nuevas categorías de países.

Japón, no incluyó LULUCF en el cálculo de sus compromisos respectivos; que no

reiteró su posición de no ser parte del segundo período de compromisos del PK.

Pakistán, señaló la falta de progreso en la reducción de emisiones colectivas e

individuales.

Venezuela, manifestó su inconformidad por la falta de objetivos de los países en

desarrollo como excusa por los países desarrollados para no comprometerse con

metas ambiciosas.

2.2.2. El GTEPK en materia de revisión del Protocolo de Kyoto.

La participación de las Partes durante el 2008 al 2012 en el Grupo de Trabajo Especial del

Protocolo de Kyoto (GTEPK) en materia de revisión de Protocolo de Kyoto en el proceso de

negociaciones, se puede ver el comportamiento del número de ocasiones en que las

Partes han estado a favor o en contra -Cuadro 13- de alguna propuesta o decisión durante

las negociaciones celebradas, así como en el Cuadro 14, se realiza el análisis estadístico de

las participaciones.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

154

Cuadro 13. Participación de las Partes en el GTEPK en materia de revisión del PK.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

155

Cuadro 13 (continuación).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

156

Cuadro 13 (continuación).

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

157

Cuadro 13 (continuación).

Cuadro 14. Análisis estadístico de las participaciones en materia de revisión del PK.

De acuerdo al Cuadro 13 y Cuadro 14, en la mínima a favor de las Partes en el GTEPK en

materia de revisión del PK se vio reflejada por Bahrein, Canadá y Nigeria. Por otra parte,

Canadá tuvo dos intervenciones en contra y los otros dos países sólo participaron en una

sola ocasión.

Las participaciones que aparecen como mayor frecuencia –moda-, con al menos una

participación se colocaron las Partes como: la ALBA, Alemania, Barbados, BASIC, Belarus,

Belice, Benin, Chipre, Comunidad de Desarrollo de África del Sur, Cuba, Dominica,

Emiratos Árabes Unidos, EU, Ghana, Guatemala, Irak, Irán, Islandia, Islas Cook, Islan

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

158

Marshall, Kuwait, Malasia, Malí, Mauritania, Micronesia, Mozambique, Pakistán, Palau,

Paraguay, Polonia, República Democrática del Congo, República Dominicana, Singapur, Sri

Lanka, Togo, Turquía, Uganda y Uruguay.

Las Partes que participaron en contra sólo en una ocasión fueron, Belarus, Islas Marshall,

Paraguay, Singapur y Turquía; EU con dos participaciones, y; el ALBA intervino con cuatro

participaciones.

La tendencia central de dos a tres participaciones –dentro de la mediana promedio-, se

encuentran las Partes como: AIE, Argentina, Argelia, Chile, China, CNBT, Costa Rica, Crocia,

Ecuador, Egipto, El Salvador, Gambia, Granada, GIA, Grupo de Estados Árabes, Kazajstán,

Kenya, Nicaragua, Noruega, Panamá, SICA, Sudáfrica, Sudán y Ucrania.

Dentro de este grupo de países se reflejaron las participaciones en contra, como la de

Bielorrusia, Egipto, Noruega, Sudán y Ucrania con una participación; Nicaragua con dos

participaciones; el Grupo de Estados Árabes con tres participaciones, y; China intervino en

seis ocasiones.

Bajo el mismo orden, a partir de la media promedio a la máxima –desde la principal

tendencia central del mayor o igual que el 50% y la máxima de las participaciones con el

valor de 44 por el número de ocasiones en las que se participó y se estuvo a favor dentro

del total de 346 participaciones de acuerdo al Cuadro 13, se puede señalar que dentro de

este rango se encuentran las Partes como: APEI (APEI), Arabia Saudita, Australia, Bolivia,

Brasil, Colombia, Filipinas, G77/China, Grupo Africano, Grupo Paraguas, india, Japón,

Nueva Zelanda, Papua Nueva guinea, Perú, PMA, Rusia, Suiza, Tuvalu, UE y Venezuela.

Por otra parte, las posiciones en contra de estas Partes durante las reuniones fueron

expresadas con una participación fueron por parte de: Papua Nueva Guinea y Tuvalu; con

dos participaciones: APEI, Arabia Saudita, Brasil, G77/China, UE y Venezuela; Nueva

Zelanda con tres participaciones; el Grupo Africano con cuatro participaciones; Australia

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

159

con cinco participaciones; Bolivia con seis participaciones; Rusia con ocho participaciones,

y; Japón intervino en diez ocasiones para participar en contra.

En la Figura 6, se muestra el comportamiento anterior.

Figura 6. Tendencia central y la máxima de participaciones en las reuniones del GTEPK en materia de revisión del PK.

Ahora bien, durante el 2008 – 2012 las principales propuestas que se discutieron en el

proceso de negociaciones en las reuniones del GTEPK y en donde la UE, el G77/China, el

Grupo Africano y Brasil, tuvieron una resaltante intervención y que las Partes estuvieron a

favor fue en relación a:

Que los compromisos de las Partes del Anexo I deben llevar a cabo las metas a

nivel nacional y que el año base debe seguir siendo el año de 1990.

Que el PK debe continuar siendo la base para futuros compromisos y este debe

fortalecerse.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

160

Que el GTEPK debería establecer rangos de reducción de emisiones, distribuir

responsabilidades y aplicar la simplicidad y continuidad de los medios y

metodologías.

La reducción de emisiones cuantificadas para las Partes del Anexo I.

Clasificar los elementos en los que se requerirá enmendar el PK.

Discernir sobre la mejor manera de aplicar el desarrollo de capacidades,

particularmente con el MDL en África, los PMA y los PEID.

Creación de un segundo período de compromiso ambicioso, en el rango de 25 -

40% de los recortes para el 2020 en comparación con los niveles de 1990.

Analizar el segundo examen del PK en virtud del Art. 9.

Crear disposición y voluntad política entre las Partes para la existencia de una

negociación total.

Crear una cobertura integral y la coherencia entre el PK y la Convención.

La necesidad de desarrollar una mejor comprensión de los mecanismos financieros

disponibles y los nuevos.

Limitar el calentamiento global por debajo de 2°C, y reducir al 45% las emisiones

de las Partes del Anexo I a los niveles de 1990 para el año 2020, así como una

reducción de más del 90% desde los niveles de 1990 para 2050.

Extender las restricciones el traspaso (banca) restricciones en las unidades de Kioto

actuales a los períodos de compromiso.

La UE se comprometió a cumplir la reducción total de 45% por debajo de los

niveles de 1990 para el año 2020 y que es extensivo para las Partes del Anexo I,

incluyendo una desviación sustancial de business-as-usual por países no Anexo I y

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

161

una reducción significativa en los niveles de deforestación, ya que el fin es, limitar

la temperatura global por debajo de 2°C y en última instancia, a menos de 1,5°C, e

implica una probabilidad de menos del 25% de exceder los 2°C.

Estabilizar las emisiones por debajo de los 350 ppm, y que los países

independientemente de que sean Partes o no del Anexo I, deben reducir

colectivamente sus emisiones en al menos un 45% los niveles en relación al año

base de 1990 para 2020, y más de un 95% en 2050.

Crear un nuevo Protocolo jurídicamente vinculante bajo dos opciones para el

marco post 2012: 1) un nuevo Protocolo o una combinación de un nuevo

protocolo, y; 2) modificación del PK. Las enmiendas consecuentes – que surgen de

la enmiendas del Anexo B – deben ser consideradas para garantizar la consistencia

jurídica dentro del PK, delimitándose a la consideración de las enmiendas al

Artículo 3.9 (nuevos compromisos de las Partes del Anexo I).

Que todos los países del Anexo I deben asumir compromisos jurídicamente

vinculantes expresados en los objetivos de reducción de toda la economía de 2013

- 2020.

La necesidad de implicar a todos los emisores de las economías más importantes,

con el fin de reducir el 50% de las emisiones globales para el año 2050. Los países

desarrollados deberían tomar la iniciativa mediante la adopción de objetivos de

reducción de emisiones, y los países en desarrollo deberían contribuir mediante la

realización de acciones de mitigación, que podrían ser en forma de metas de

intensidad.

Asumir un período de compromisos de cinco años, lo que permitiría que el proceso

responda a la ciencia emergente y profundice los compromisos antes de 2020.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

162

Identificar los elementos clave para la definición de reglas de contabilidad, -lo que

se llamó force majeure-.

Incluir a Chipre a partir de las enmiendas del Anexo I.

Realizar una revisión periódica de la lista de países que se encuentran en los

Anexos I y II.

Continuar con los mecanismos de mercado con el fin de que existan esfuerzos

factibles en la reducción de emisiones.

Modificación de la lista de los GEI contemplados en el Anexo A del PK, para la

adición del trifluoruro de nitrógeno (NF3).

Durante el mismo período, las Partes que estuvieron en contra en algunas cuestiones de

las negociaciones versaron por ejemplo en los casos de:

ALBA, señaló su disconformidad en relación de que las Partes del Anexo I asuman

nuevos compromisos condicionales a una mayor flexibilidad para sus economías y

gobiernos; lamentó la falta de respeto hacia los procedimientos de negociación;

condenó las actitudes egoístas de las economías industrializadas que no concilian

con un régimen climático, sólo que sí para compromisos voluntarios.

APEI, señaló que el acuerdo aprobado es deficiente en términos de ambición

mitigación y la financiación, indicando que "sólo promete que algo podría

materializarse en el futuro"; crea bajas expectativas en la reunión del 2014 en el

cierre de la brecha de ambición; que las promesas de los niveles de ambición de las

Partes del Anexo I son insuficientes, ya que observa que los OCLRE se derivan de

las promesas anteriores para subir de escala.

Australia, expresó su preocupación que se tome como punto de partida las

emisiones actuales; la aplicación provisional de las enmiendas como establece la

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

163

Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados para permitir una

expeditiva entrada en vigor; refutó sobre la extensión del primer período de

compromiso, destacando que los mecanismos o instituciones se caracterizan por

ayudar a las Partes en el logro de sus obligaciones –de acuerdo al Art. 3.1.- ya que

si es así, es dudosa la continuación del segundo período de compromiso; resaltó la

existencia de brechas no evitaría la continuación de los elementos clave del PK;

señaló que si las reglas del PK cambian, también debe haber cambio en su rango de

compromiso; que las Partes del Anexo I y los altos ingresos de las No Partes del

Anexo I deben participar en un acuerdo global y que las economías en desarrollo

más importantes deben comprometerse con todas sus capacidades.

Arabia Saudita, se opuso a las discusiones relacionadas con la continuación del PK;

la revisión periódica de la lista de países en los Anexos I y II. y; rechazó los intentos

de marginar el PK.

Bahrein, se opuso a discutir las propuestas de enmiendas al PK, ya que señala que

no habrá mejoras en él, que cuestiones como el reparto de los ingresos y

cumplimiento podrían discutirse de manera ordenada.

Bielorrusia, se opuso al status especial de las economías en transición en relación a

las enmiendas propuestas del Anexo B del PK.

Bolivia, creó bajas expectativas en la gestación de un nuevo Protocolo, ya que se ve

a un largo plazo -15 años-; reclama una mayor claridad en las normas antes de

traducirlas en promesas en objetivos cuantificados y que ello sólo reflejará la

reducción aproximada de un 10% tomando en consideración los niveles actuales

de emisión; destacó fuertes reservas de que se inscriban metas de reducción de

emisiones de las Partes del Anexo I, ya que no existen; Sin consenso no debe haber

adopción, y; lamentó de que se discutió sobre los mecanismos flexibles que dan

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

164

oportunidad a los países desarrollados emitan aún más emisiones, más no de

acciones contundentes para la mitigación.

Brasil, se opuso a discutir ampliamente los compromisos de todas las Partes, y; que

los países que no van a ser parte del PK no deben de entrar a la discusión de las

reglas.

Canadá, dio a conocer su posición de no ser parte del segundo período de

compromiso en el PK.

China, se opuso a modificar el Anexo A para la inclusión de nuevos GEI; cuestionó

el valor de las discusiones sobre las cuestiones legales, destacando que —en base a

las declaraciones hechas por las Partes del Anexo I en las negociaciones

anteriores— podría decirse que las Partes del Anexo I no parecen muy

entusiasmadas por continuar el PK; enfatizó que el enfoque de abajo hacia arriba

es inadecuado para el establecimiento de metas de reducción de emisiones de las

Partes del Anexo I, y; declaró que el hecho de conseguir un segundo período de

compromiso es inaceptable y que las Partes del Anexo I no deben presentar

ninguna condición.

EU, en reiteradas ocasiones expresó su posición de que no será parte del Anexo I

del PK y que no tocara el tema de reducción de emisiones; reiteró su posición de

incredibilidad en cuanto las condiciones para definir un mandato de este tipo, y

considera que es mejor centrarse en la ejecución de los acuerdos existentes y en el

aumento de la escala de las acciones individuales, y; reclama el compromiso de

todas las economías y que no deben depender del financiamiento para la

realización de acciones, sino que estén adecuadas a sus capacidades.

El Grupo Africano, lamentó la falta de compromiso de las Partes en el segundo

período de compromiso del PK.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

165

El Grupo de Estados Árabes, lamentó las acciones de algunos grandes actores, que

han declarado sus intenciones de no comprometerse con un segundo período de

compromiso, y; visualizó expectativas difíciles para llegar a un acuerdo sobre un

segundo período de compromisos del PK.

G77/China, expresó su preocupación por el progreso lento de los trabajos del

GTEPK; reprochó la lentitud en la adopción de conclusiones sobre la escala de las

metas de reducción de emisiones del Anexo I; puso de relieve la insuficiencia de los

compromisos actuales para el segundo período de compromiso para las Partes del

Anexo I del PK.

Islas Marshall, reclamó seriedad en las negociaciones, que se requiere de una

comprensión más clara de los obstáculos políticos y expresó su preocupación de

que las Partes del Anexo I, se les concesione para dar pauta a las discusiones, lo

que refleja una falta de voluntad política.

Japón, indicó que cualquier discusión sobre el Anexo I, no puede ser concluyente

sin la participación de EU; señaló que no estaba a favor de una enmienda simple al

PK y solicitó un marco único, comprehensivo y jurídicamente vinculante post

2012,y; se opuso a las discusiones del grupo de contacto sobre la continuación del

PK.

Paraguay, señaló que es inaceptable que las Partes del Anexo I asuman nuevos

compromisos condicionales a una mayor flexibilidad para sus economías y

gobiernos, y; lamentó la falta de respeto hacia los procedimientos de negociación,

destacando los intentos que hubo en el grupo de contacto sobre asuntos legales de

cambiar el mandato del GTEPK.

Rusia, destacó que el Protocolo actual no cumple con ser un acuerdo justo y global;

señaló que las reducciones de emisiones que tienen lugar no es pertinente a la

atmósfera; se opuso a la eliminación del estatus especial de economías en

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

166

transición de las enmiendas propuestas del Anexo B del PK; señaló que su promesa

del Acuerdo de Copenhague no es una promesa para un segundo período de

compromiso; expresó que cualquier propuesta que elimine o limite el traspaso es

incompatible con el PK, y; que no se sumará a un segundo período de compromiso

del PK.

UE, cuestionó el concepto de la responsabilidad histórica, afirmando que no se

basa en la Convención; expresó su preocupación de tomar como punto de partida

las emisiones actuales, y; destacó que un único año base no es políticamente

factible.

La UE fue el principal actor que estableció su posición en el proceso de las negociaciones

con el fin de asegurar el PK, planteó que los países desarrollados se comprometieran con

los objetivos cuantificados de reducción de emisiones en al menos un 40 - 50% por debajo

de los niveles de 1990 para 2020, y al menos un 25 - 40% para el 2017; identificó la

necesidad de abordar las unidades excedentes del PK, destacando las propuestas de la

APEI para continuar avanzando; solicitó claridad e incondicionalidad en un solo número de

objetivos cuantificados para un período de compromiso de cinco años; la aclaración de

que las unidades de cualquier nuevo mecanismo de mercado en el marco del Convenio

sólo podrá ser utilizado dentro del marco contable del PK, y; que las enmiendas al

Protocolo adoptadas en Doha debe ser jurídicamente vinculante para las partes a partir

del 1° de enero de 2013, mediante la aplicación provisional de las enmiendas en espera de

su entrada en vigor.

La UE, ha reiterado que llevará a cabo la aplicación inmediata de el segundo período de

compromiso y es acorde con el Derecho de la UE, así como, en el mismo PK –Art. 4- prevé

la posibilidad de que las partes cumplan sus compromisos de forma conjunta. Asimismo,

la UE señaló que el compromiso consignado en el Anexo B del Protocolo de la UE, Croacia

e Islandia se unirán al segundo período de compromiso en base del entendimiento que se

cumplirán los acuerdos de manera conjunta.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

167

Por su parte, el G77/China, presentó una propuesta de Partes del Anexo I para asumir los

objetivos cuantificados de conformidad con la parte superior final de sus rangos y el

compromiso de que el nivel de ambición durante el segundo período de compromiso;

garantizar que los objetivos cuantificados adoptados para el segundo período de

compromiso, se reduzcan las emisiones globales de al menos el 33% por debajo de los

niveles de 1990 para 2017; que cada Parte revise sus objetivos cuantificados para el año

2014, en línea con agregados emisiones del Anexo I de más del 45% por debajo los niveles

de 1990 para 2020, y; la existencia de oportunidades de interrelación con la ambición para

recaudar niveles de ambición durante el segundo período de compromiso.

Del lado latinoamericano, Brasil sobresalió en proponer que, las emisiones de las Partes

del Anexo I sea través de las cantidades atribuidas, que se incluyan las del primer período

de compromiso y las de las emisiones del 2012 multiplicado por cinco, lo cual consideraría

la reserva del período de superávit anterior; sobre la revisión de los objetivos

cuantificados con el fin de reforzar los compromisos del PK, en cualquier momento las

Partes del Anexo I pueden fortalecer sus objetivos cuantificados y asegurar el efecto

inmediato de dicha revisión por: renunciando a una parte de sus UCA, la transferencia de

estas unidades a una cuenta de cancelación establecida al efecto en el registro nacional, o

a través de un comunicando dicha transferencia a la Secretaría; expresó su preferencia

por un período de compromiso de cinco años, lo cual permitirá tomar en consideración los

nuevos resultados científicos, así como la necesidad de establecer reglas claras para

garantizar la integridad del medio ambiente.

Por parte del Grupo Africano, en relación al traspaso de unidades, es un mecanismo que

mantiene la integridad del medio ambiente y es lo suficientemente flexible para atender a

los países con necesidades especiales; la monetización de las UCA para capitalizar el

Fondo para la Adaptación, y; la necesidad de poner en práctica ICA de forma no intrusiva y

no punitivo que respete la soberanía.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

168

TERCERA PARTE.

MODELOS EXPLICATIVOS PARA LA COMPRENSIÓN DEL COMPORTAMIENTO DE LAS

NEGOCIACIONES EN CAMBIO CLIMÁTICO.

3. Los modelos explicativos en materia de cambio climático: Teoría de juegos y la

representación legitimada.

La Teoría de Juegos es una aproximación interdisciplinaria para estudiar el

comportamiento humano en el cual los resultados dependen de la interacción de

estrategias de dos o más jugadores. Dicha teoría se ha utilizado principalmente por los

economistas con el fin de analizar un amplio abanico de problemas económicos,

incluyendo subastas, duopolios, oligopolios, la formación de redes sociales, y sistemas de

votaciones.

Estas investigaciones normalmente están enfocadas a conjuntos particulares de

estrategias conocidos como conceptos de solución, los cuales están basados normalmente

en lo requerido por las normas de racionalidad perfecta. El más famoso es el equilibrio de

Nash, que de acuerdo a un conjunto de estrategias de los participantes se tiene uno que

preguntar qué se va a hacer tomando en consideración de lo que piensan o harán los

demás, y viceversa, las contrapartes actuarán pensando según crean que van a ser

nuestras actuaciones.

Principalmente la teoría de juegos se utiliza en las decisiones empresariales – económicas,

para predecir el comportamiento de los individuos cuando realizan elecciones que

dependen de las elecciones de otros.

Por otra parte, el modelo de negociación legitimada desarrollado en la CMNUCC se dio por

la creación de pequeños grupos conocidos como Chairmen of Regional and Interest

Groups -Presidentes de los grupos regionales y de interés-, los cuales fueron elegidos bajo

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

169

el modelo de representación legitimada, elegido como la mejor manera de organizarse en

el proceso de las decisiones en las negociaciones políticas.

Para el análisis se toman en cuenta los textos: El cambio climático y la teoría de juegos: un

estudio matemático, por el economista inglés, Peter John Wood, y; CMNUCC – El futuro

del Proceso: Acción correctiva de la propiedad de procesos y la orientación política, del

economista inglés, Benito Müller.

3.1. El enfoque de Peter John Wood en la teoría de juegos y cambio climático.

Peter John Wood, en su modelo de negociación de la teoría de juegos en cambio

climático101, trata sobre de la cooperación que debe prevalecer entre los países de la

comunidad internacional para llegar a acuerdos en materia de reducción de Gases de

Efecto Invernadero (GEI) y se pueda lograr a resolver una de las problemáticas del

incremento de la temperatura, bajo tres aristas: la no cooperación; la cooperación, y; la

teoría de implementación. En cada una de estas aristas, las Partes tienen que elegir: 1)

cuánto contaminar; 2) decidir la ratificación del PK, o; decidir participar en el PK.

Sin embargo, las implicaciones en la cooperación en materia de cambio climático y otras

prácticas o asuntos tales como el comercio internacional, se basan en las decisiones que

influyen a tener dicha cooperación o no cooperación de acuerdo al comportamiento de las

coaliciones/bloques/grupos que se han formado.

Para la toma de decisiones en el proceso de las negociaciones, es importante el análisis de

las cláusulas o condiciones de incentivos asociados con la reducción de emisiones y

conocer los mecanismos para facilitar la cooperación entre las Partes.

La teoría de juegos en este caso, brinda la comprensión de la estabilidad de las coaliciones

y las implicaciones de diferentes procesos para la formación éstas, así como, sí la

101

WOOD, Peter John. Climate Change and Game Theory, Environmental Economics Research Hub, Research Reports, Mayo 2011, Research Report No. 62, ISSN 1835-9728.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

170

cooperación puede materializarse con la formación de grandes grupos o con numerosas

pequeñas coaliciones o grupos.

Las coaliciones se pueden formar dependiendo de las elecciones de las Partes y del grado

de participación, que puede ser: 1) donde toda la comunidad internacional sea participe;

2) sólo las Partes del Anexo I; 3) las Partes del Anexo II; 4) los organismos regionales; 5) los

países en desarrollo; 6) otros grupos de países, y; 7) los países desarrollados –lo agregaría

en este sentido, ya que no todos los países desarrollados participan en el Anexo I del PK-.

La participación de las coaliciones/bloques/grupos, son imprescindibles para el

cumplimiento de todo acuerdo internacional no sólo en materia de cambio climático. Sin

embargo, tiene mucho que ver el papel que juega la conducta de las Partes, es decir, los

deseos e intereses de los representantes de las Partes, que son los Jefes de Estado y/o

Gobierno, Ministros y representantes institucionales encargados de los temas de gobierno

en materia de medio ambiente, ecología y cambio climático.

La conducta humana interviene en la solución de los problemas y en la existencia de

cooperación y coordinación para llevar a cabo los compromisos, tanto de la propia

Convención como del PK.

La comunidad internacional ha convenido resolver las problemáticas a través de los

mecanismos de cooperación tradicionales, ya que parten del derecho internacional y es

una forma de participar activamente hacia el exterior, así como, también es una forma de

adquirir reputación y confianza en el escenario internacional. La conciliación de intereses,

ha sido una de las mejores formas de resolver diferencias entre las Partes, a través de la

existencia de corresponsabilidad y reciprocidad entre los Estados, lo cual ha permitido que

haya intercambio de información de manera fidedigna y disponible, así como una mejor

disposición en las negociaciones para el diálogo en relación a los beneficios y costos de las

acciones a emprender en determinada materia.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

171

Por otra parte, la teoría de juegos, señala que las Partes que participan de manera

individual, no logran obtener de manera satisfactoria una alta competitividad frente a

otros, por lo tanto, los mecanismos de cooperación son una vía para otorgar soluciones en

conjunto para resolver una problemática internacional en común. Si la conducta de las

Partes, fuese más cooperativa que predictiva, hubiese una mayor cooperación de los

Estados, ya que de manera independiente no se puede avanzar a una cooperación y

mucho menos pensar en la materialización de los esfuerzos.

Peter John, menciona que para revisar las anteriores hipótesis de que si hay cooperación o

no y si depende de la conducta o no, recomienda dos estudios de la teoría de juegos: 1) el

equilibrio de Nash (Nash equilibrium), y; 2) el equilibrio perfecto (Perfect equilibrium,

subgame).

Mientras que la alternativa del Mecanismo de No Cooperación para la formación de

coaliciones, brinda la oportunidad de revisar, si la cooperación se da más entre una

coalición, o entre varias más pequeñas coaliciones, y si los mecanismos son los idóneos

para llegar a una cooperación, que de manera individual no sería posible avanzar en su

conjunto.

En el llamado juego de No Cooperación, los jugadores (Partes) toman decisiones de

manera independiente y sólo exponen su posición de acuerdo a intereses, el resto de las

Partes pueden estar o no de acuerdo, y los que estén de acuerdo con la posición se unirán

a esa Parte, y los que no, pueden debatir la propuesta.

Lo importante de esta acción individual o independiente, es que da pie a que se forme una

coalición con pocos países y con una posición determinada en sus intereses, creándose así

por ejemplo, el grupo de las EET, el Grupo Paraguas, el GIA, etc., ó en determinado caso,

esta Parte que actuó de manera individual puede ser absorbido por una coalición grande,

por ejemplo, la Unión Europea que ha dado el apoyo a Kazajstán y a Bielorrusia de

adherirse al Anexo B, estas economías estuvieron de acuerdo a asumir los compromisos

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

172

por los beneficios que les otorga a ser parte de dicho Anexo por las recompensas con los

enfoques de mercado y los mecanismos flexibles que ha propuesto la UE.

Ahora bien, en el llamado Equilibrio de Nash –o también conocido como la forma

estratégica de un juego- donde toda estrategia es la mejor respuesta a la mejor estrategia

de las otras Partes, lo cual permite a las Partes a realizar estrategias mezcladas, en vez de

escoger una estrategia particular, cada país asigna una probabilidad para cada estrategia.

Por ejemplo, en el caso de la reducción de emisiones para determinar el año base, algunas

Partes han expuesto que: 1) sea un año base único; 2) un año base es inaceptable y

políticamente no factible; 1990 como año base; el 2000 como año base, y; 5) el 2005

como año base, y; 7) a partir de las emisiones actuales reducirlas al 50% para el año 2050.

Las probabilidades para que fuese cualquiera de estas siete opciones, causo controversias

entre las Partes en el proceso de negociaciones, así como causaron dilemas para plantear

el porcentaje de reducción y el año en que se debiera cumplir con el objetivo. Al respecto

las Partes del Anexo I no se sienten lo suficientemente capaces para cumplir con cierto

compromiso, porque además todavía queda pendiente resolver si es viable la reducción a

través de la medición per cápita –población- o del PIB. El hacer todos estos ejercicios

mentales lleva su tiempo y su procedimiento en lo cual hasta la fecha no se ha llegado a

algún acuerdo y sería presuntuoso resolverlo en este espacio -siendo que se han llevado

años en discutirse estos temas en las diversas convocatorias de las COP´s-, así como, al

conocer que las Partes actúan por intereses –y en ocasiones por el estado de ánimo-, y

manipular lo que está pensando uno del otro de cuál será su estrategia, así como debe ser

replanteada mejor que su contraparte, nos lleva a la incertidumbre de las decisiones.

Por otra parte, en el equilibrio de Nash, existe el llamado Dilema del Prisionero, el cual

contiene bajos incentivos que llegar a lo óptimo social, es decir, las Partes prefieren

participar con un perfil bajo en llegar a la cooperación sólo en cierta materia que no hacer

nada, con el pleno interés de contar con un cierto reconocimiento internacional y

contrarrestar una mala imagen ante la comunidad internacional y de la propia sociedad

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

173

internacional. Por ejemplo, en el caso de Estados Unidos, ha mencionado en reiteradas

ocasiones durante el proceso de las negociaciones que no participará en el PK, sólo que sí,

realizará acciones de manera independiente y cooperar por la vía multilateral –utilizando

los acuerdos comerciales, agreements que si son permitidos por su Constitución- en llevar

a cabo medidas de adaptación a través de la utilización de energías alternativas y los

enfoques sectoriales, así como, de cumplir con la realización de los inventarios nacionales

para dar conocimiento del aumento o reducción de sus emisiones y proyectos realizados.

Estados Unidos, sólo se ha comprometido a reducir sus emisiones un 17% por debajo de

los niveles de 2005 para el 2020, las emisiones estadounidenses se sitúan actualmente en

un 5,7% por encima de los niveles de 1990, pero un 8,7% por debajo de los niveles de

2005, lo que subraya que la reducción desde 2005 son comparables con otros países

desarrollados.

Por lo tanto, el óptimo social es mitigar, el reducir las emisiones de GEI, mientras que el

continuar contaminando -en el Equilibrio de Nash-, sería el decidir cuánto contaminar y

ejercer acciones de mitigación. Los países no sólo hacen una decisión de si contaminar o

no, sino de cuánto reducir sus emisiones.

Por otra parte, en el juego de las emisiones globales con espacio estratégico continuo, los

beneficios marginales de disminución de emisiones con emisiones –porque no se deja de

contaminar-, se miden los daños marginales del incremento de las emisiones. Por

ejemplo, se tiene el caso de China que es uno de los principales emisores, que se ha

comprometido sólo a reducir sus emisiones en un 40 - 45% por unidad del PIB en 2020 en

comparación con los niveles de 2005, aumentar su cuota de combustibles no fósiles en el

consumo de energía primaria y el 15% en 2020, así como aumentar su cobertura forestal

en 40 millones de hectáreas y el volumen bosque stock en 1,3 millones de metros cúbicos

en 2020 de los niveles de 2005. China ha determinado, su forma de bajar sus emisiones a

través de un nivel de medición, año base y cuándo bajar la reducción de demanda de

combustibles fósiles.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

174

Es bien sabido, que cuando existe comunicación entre las Partes, la cooperación es

probable sin duda alguna y las decisiones se toman en conjunto, por lo tanto, de esta

manera se puede llegar a cumplir los acuerdos, y asumir por tanto los compromisos, de

otra manera, es lógico que se tornen dificultades en cualquier proceso de negociación al

no contar con la información requerida de cada una de las Partes, o al no externar su

interés.

Cada juego, según Peter Wood esconde una natural secuencia de estrategia y toma de

decisiones. En la forma extensiva del juego, se analiza la secuencia natural del juego, es

decir, se cuenta con la información suficiente -información perfecta-, cada argumento

asigna una posición, el cual será movido según los intereses por la Parte en turno –la cual

tiene n posiciones (subjuegos)-, todo argumento se mueve cuando le toca el turno al

siguiente participante, y la acción de la estrategia consiste en la terminación del

argumento, seguida por las acciones generadas por la estrategia de las Partes.

La combinación estratégica es determinada cuando un argumento termina –conocido

como el resultado de la posición-, y se le nombra como la forma estratégica de un juego

extensivo.

El ultimátum del juego tiene un horizonte finito, es posible encontrar el subjuego del

perfecto equilibrio usando la técnica conocida como “backwards induction” –inducción

atrasada-. En esta técnica el subjuego perfecto, equilibra para el último subjuego

calculando el primero.

El ultimátum del juego, provee evidencia de que los agentes económicos, no sólo buscan

sus decisiones sobre puros autointereses, sino que también las consideraciones recíprocas

tienen un rol en las acciones de las personas. La conducta de las Partes con sus

contrapartes media en las decisiones, es decir, la empatía que tengan ya por sea por

vínculos geográficos, históricos, culturales o relaciones fuertes políticas – económicas.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

175

De igual manera, el ultimátum del juego también provee evidencia de que el acuerdo

internacional sobre cambio climático es probable que sea estable, siempre y cuando este

se encuentre configurado con los incentivos –beneficios- que requieren las Partes.102

Asimismo, existe la opinión de que un acuerdo internacional sobre cambio climático debe

ser impuesto (self-enforcing), sin embargo, no habría cooperación internacional y las

Partes estarían obligadas a cumplir sólo cuando les afecte no ser parte de él debido a los

incentivos que se otorgan, o por las restricciones en materia de comercio internacional,

sólo que esto último, contraviene con la Convención y no convendría a ninguna Parte

cooperar dentro de un régimen que no les interesa cumplir pero se están de alguna

manera obligados a signar por sentirse amenazados en sus negociaciones internacionales.

Un acuerdo entre las Partes puede entrar en la dinámica self-enforcing, cuando se trata de

un acuerdo bilateral que lleve consigo los términos político - comerciales, considerando

que la parte demandante realmente necesite y sea vital para su interés nacional dicho

acuerdo, así podrá ser impuesto por la parte oferente, las condiciones y rubros en

determinadas materias que se desea incluir la mitigación en determinados sectores. O en

determinado caso la parte oferente que proporciona ciertos incentivos puede aceptar o

no que una Parte demandante quiera el mismo acuerdo que otra Parte ha adquirido con

él y se pueda crear en determinado momento un acuerdo multilateral.

Asimismo, cuando estos acuerdos self-enforcing, llegan a la etapa de ser renegociados

entran dentro de la categoría Renegotiation Proof Equilibrium -renegociación prueba del

equilibrio-. La cuestión de la negociación es muy relevante para las políticas de éxito en la

cooperación internacional, mientras que en el marco de la Convención y el propio PK, las

negociaciones sobre el régimen climático internacional son procesos de negociación.

102

WOOD, Peter John. Op., Cit. pp. 13.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

176

La teoría de juegos ha buscado en las negociaciones –bargaining- diferentes perspectivas.

Una de las primeras aproximaciones teoréticas del juego en la negociación fue introducida

por Nash (1950), quien propuso una solución que maximiza el producto de cada mejora de

las Partes en utilidades. Por su parte, Schelling (1970) examina la negociación de ambas,

teorías del juego y la conductual así como revisa los problemas de la estrategia y el

conflicto; el uso de pre-compromiso de limitar las opciones de uno y fortalecer la posición

de la propia negociación, y; señala el poder de negociación como el poder de obligar a uno

mismo.103

Es decir, poniendo el ejemplo de la UE, quien en todo momento se comprometió a cumplir

la reducción total de 45% por debajo de los niveles de 1990 para el año 2020 y que es

extensivo para las Partes del Anexo I, incluyendo una desviación sustancial de business-as-

usual por países no Anexo I y una reducción significativa en los niveles de deforestación,

ya que el fin es, limitar la temperatura global por debajo de 2°C y en última instancia, a

menos de 1,5°C, e implica una probabilidad de menos del 25% de exceder los 2°C. La UE

ha tenido poder durante los procesos de negociaciones y tal poder también lo ha utilizado

hacia su imagen hacia el exterior de cumplir con la responsabilidad de obligarse así

mismo, pese a que las demás Partes se comprometan o no.

Por otra parte, también Peter Wood, hace referencia a la formación de coaliciones y las

externalidades de las Partes, la teoría de juegos en este sentido, ha entrado en debate

para conocer si efectivamente funciona en otorgar resultados óptimos en materia de

cooperación internacional. Dentro de la comunidad internacional existen grandes y

pequeñas coaliciones que dentro de las negociaciones internacionales ha sido importante

el papel político desempeñado por la ONU (Organización de Naciones Unidas).

La teoría de juegos trata de analizar el comportamiento de las coaliciones desde el

enfoque cooperativo y no cooperativo, así como el papel de las externalidades. El enfoque

cooperativo investiga situaciones donde las Partes forman coaliciones, haciendo cumplir el 103

Ibid, Op. Cit., pp. 18 – 19.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

177

comportamiento cooperativo e interactúan a través de las actuaciones –participaciones-

de cada coalición; el enfoque no cooperativo, es obvio que no existe una interacción entre

las coaliciones para poder comunicarse y resolver los intereses de las Partes, existió tal vez

un comportamiento de disposición para escuchar, sólo que no de cooperación para llegar

a un acuerdo, y; las externalidades, se refiere en que todos los países trabajan juntos, o

entre coaliciones más pequeñas.

Finus y Rundshagen (2003)104 han aplicado las funciones de partición de coaliciones de

cambio climático. Que consideran un juego en dos etapas, cada etapa también se puede

analizar como un juego: en los países de colocación eligen sus coaliciones y en la segunda

etapa las coaliciones eligen su estrategia óptima ya sea el de cooperar o no cooperar, el

tamaño de estas coaliciones depende en gran medida de este proceso y se pueden crear

estructuras de coalición estables.

Para algunos juegos en la formación de coaliciones se ha observado comportamientos

positivos y negativos en relación a las externalidades, por ejemplo, cuando las Partes de

un grupo actúan una externalidad positiva o negativas, cuando un grupo de países que

forman una coalición actúan de forma individual en una forma no cooperativa dentro del

grupo que decidió pertenecer. Esto trae a colación la lista de coaliciones/bloques/grupos

existentes en el marco de la CMNUCC –punto 2.1.1.- y los países por los cuales han sido

representados en las negociaciones, y como algunos de estos países también han actuado

de manera individual como se aprecia en los cuadros de la segunda parte del presente

trabajo.

Por ejemplo, en el proceso de negociaciones de los Grupos de Trabajo Especiales se han

visto coaliciones fuertes como la UE, el G77/China, APEI y otras pequeñas coaliciones que

no parecen ser una amenaza en las decisiones de las grandes coaliciones y otros países

que han mostrado una externalidad positiva/negativa de acuerdo a sus intereses en

determinados temas, como en el caso de Australia, Bolivia, Chile, Brasil, Venezuela, 104

Ibid, Op. Cit., pp. 24.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

178

México, Japón, Canadá, China, Estados Unidos, Rusia, Nueva Zelanda, Suiza, Suecia, entre

otros, que muestran su grado de participación de diversas maneras: no mostrando ser

parte de ninguna coalición; condicionando ser Parte de una negociación si solo sí un

Estado X también es parte de esa negociación y se compromete “a”; que pongan en

peligro sus intereses nacionales y sólo es parte de las decisiones que le interesan, pero

ninguna coalición o país aprueba completamente todas las negociaciones, o se encuentran

casos de que algunos países se incorporen a una coalición para hacerse de los beneficios

que les brinda a contraer los compromisos –como en el caso de adherirse al PK y sean

incluidos en el Anexo B-.

Muchos países han externado contrariedad en las decisiones en las negociaciones debido

a que se muestran condicionalidades principalmente de los países desarrollados que

afectan de cierta manera a los intereses de los países en desarrollo que no pueden reducir

sus emisiones sin apoyo financiero y que la ayuda de tecnología no involucre los derechos

de propiedad intelectual, o los mecanismos flexibles a través de una serie de requisitos en

el marco MRV, y que los mercados de carbono sólo benefician a los países desarrollados

sin que éstos reduzcan efectivamente sus emisiones, cuando según los países en

desarrollo se deben comprometer a aumentar el nivel de compromisos en este aspecto.

Estas son sólo algunas cuestiones que siguen en debate y que no han quedado claras para

todos, sólo el que todos las Partes deben realizar acciones de acuerdo a sus capacidades.

No importa si las contribuciones sean mínimas o mayores, sino que los países se

comprometan a hacer algo al respecto, compromisos basados en la cooperación y

voluntad política, con ello se rompe la no – cooperación, y por tanto, se da continuación al

marco jurídico existente en materia de cambio climático.

Rusia y Japón que externaron su negación de seguir perteneciendo al PK, no quiere decir

que no vayan a realizar acciones de reducción de emisiones sino que no están de acuerdo

en el nivel de compromisos que les corresponde según el acuerdo, al igual que EU, quien

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

179

no ha suscrito el PK, más no se ha negado a realizar acciones, ya que se ha visto que las ha

estado realizando de manera unilateral y multilateral.

Lo anterior, según el dilema del prisionero –equilibrio de Nash- involucra a Partes que

actúan de forma no cooperativa, cuando los países tienen una opción continua sobre qué

tanto contaminar y qué tanto realizar acciones, cayendo dentro del dilema social. Por otra

parte, la forma de no – cooperación dentro de las negociaciones en el marco de la

Convención y el PK puede tener soluciones que son más cooperativas, en el supuesto del

equilibrio perfecto en subjuegos con acuerdos comerciales –como lo hace EU con los

países latinoamericanos, caso Costa Rica, México, Chile, Brasil, Guatemala y otros-, que

involucran los temas de cambio climático y que dan un resultado más cooperativo. Es por

ello que en el caso de Bolivia y Venezuela señalan que los resultados de las negociaciones

sería que los países se inclinaran hacia el multilateralismo.

El incluir los temas en acuerdos comerciales, es una manera de hacer frente al cambio

climático, además de que existen restricciones que pueden ayudar al cumplimiento de los

compromisos y sus implicaciones estratégicas de la Convención y el PK.

El enfoque de la teoría de juegos, consiste en la participación y el cumplimiento en los

acuerdos internacionales, el papel de las coaliciones y la importancia de las

condicionalidades en la reducción de emisiones, lo que ayuda a comprender el dilema

social asociado al cambio climático y que pueden proporcionar ideas para contribuir a

resolver el problema.

3.2. El enfoque de Benito Müller sobre el modelo de representación legitimada en la

CMNUCC.

El artículo de Benito Müller titulado: EL FUTURO DEL PROCESO, medidas correctivas sobre

la propiedad de proceso y orientación política, estrategias climáticas (THE FUTURE OF THE

PROCESS, remedial action on process ownership and political guidance, Climate

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

180

Strategies)105, explora algunas acciones a corto plazo que pueden tomarse en cuenta para

restaurar la confianza que se ha perdido en los últimos años en el proceso de las

negociaciones de la CMNUCC, tomando como punto de partida la COP celebrada en

Cancún en el 2010.

Su artículo va enfocado al análisis de los pequeños grupos que han participado durante las

negociaciones y consultas informales, considerando que las Partes interesadas de alto

nivel deben orientar el proceso de las negociaciones, Müller otorga -como él lo ha

señalado- un número de ideas simples que orienten los procesos de negociación y hagan

frente a los temas que se discuten y puedan beneficiar a las Partes.

Durante los dos últimos años la dinámica de la participación de los grupos en las COP´s se

ha incrementado, sobre todo por los países más pobres lo cual se vio reflejado en Cancún.

Cabe señalar que en el desarrollo de las negociaciones se formaron pequeños grupos

conocidos como Chairmen of Regional and Interest Groups -Presidentes de los grupos

regionales y de interés-, los cuales fueron elegidos bajo el modelo de representación

legitimada.

En estos grupos regionales –figuras como comités- pueden adherirse otras Partes para

que puedan ser representadas legítimamente bajo la elección de un representante que

haga valer sus propuestas e intereses, -o en dado caso son seleccionadas por las Partes de

la Convención-.

Existen dos tipos de participación bajo este modelo, la representación física y la

representación virtual, los cuales expresan los intereses de las Partes. Por ejemplo: el

G77/China cuenta con 9 representantes dentro del grupo; la Unión Europea (UE) cuenta

con 3; el Grupo Paraguas cuenta con 3; la Alianza de los Pequeños Estados Insulares

105

MÜLLER, Benito. UNFCCC – THE FUTURE OF THE PROCESS, remedial action on process ownership and political guidance, Climate Strategies, Febrero de 2011, 17 págs.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

181

cuenta con 2, y; el Grupo de Integridad ambiental, los No Alineados y “otros”, cuentan con

un representante respectivamente.

La representación legitimada –ya acreditada- requiere el mandato de los representados y

no del convocante. Se menciona que existen dos tipos de modelos que han sido utilizados

-frecuentemente en paralelo- para definir tales circunscripciones, ya sea a partir de las

referencias geográficas –regiones- o por ciertos intereses –grupos de interés-.106 Los

representantes de los grupos son los que expresan los intereses de las Partes, los más

numerosos como el G77/China con 9 y los menos que cuentan con sólo un representante.

Por otra parte, en los Modelos Regionales Balanceados de la Convención, las elecciones de

los Office Holders –Titulares de Oficina, que son miembros de los grupos-, los cuales

figuran como Comités o Grupos de Expertos bajo el CMNUCC –y partes subsidiarias-, se

basan en las circunscripciones geográficas, éstas reconocidas en cinco regiones: Asia,

África, Grupo de América Latina (GRULAC), Europa del Este (EE), Europa Occidental y otros

grupos (WEOG).107

Sin embargo, estos grupos pueden ser divididos por su carácter económico, por un lado

los grupos de países en desarrollo como África, Asia y el GRULAC; por el otro, los grupos

de países desarrollados como EE y el WEOG, o; Anexo I y No Anexo I, como lo señala la

clasificación en la Convención. Las elecciones en la Convención generalmente involucran

lo que podría llamarse circunscripciones políticas e inclusión.

El hecho de que existan algunos pequeños enclaves en el Anexo I y No Anexo I en las

diferentes regiones, se necesita la minoría de protección –la única excepción es Japón, el

cual es Parte de la región asiática y Anexo I, que da una razón del por qué-, también desde

106

Müller, Op. Cit., pp. 3-4. 107

Otros grupos en la WEOG, se encuentran las Partes como Australia, Canadá, Israel, Nueva Zelanda, Turquía, Estados Unidos, los cuales no se encuentran en la misma circunscripción geográfica, sin embargo, están dentro de los países desarrollados que cuentan con una fuerte economía y su participación política en los foros ha sido prominente.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

182

la clasificación de Anexo I y No Anexo I fueron agregados como circunscripciones de

inclusión, o más bien, lugares de inclusión para que hubiera una paridad.

Por otra parte, dentro de los procesos de las negociaciones en la Convención se

encuentran posicionados “grupos de interés”, que son grupos regionales de diverso

carácter que van desde los 27 miembros como la UE que llegan a un común acuerdo y su

denominación podría ser como un partido político, o una coalición fallida como el Grupo

Paraguas, el cual no cuenta con una lista formal de sus miembros.

Es decir, por representación de acuerdo al número de las Partes que conforman un Grupo

Regional o grupo de interés, como la UE que cuenta con tres representantes y el

G77/China con nueve representantes, los No Alineados y Otros con un representante.

Éstos últimos no tienen la capacidad de negociación ante el G77/China y menos de ser

escuchados.

Ahora bien, si se analiza a los grupos regionales o grupos de interés que se encuentran

conformados de la siguiente manera:

La Unión Europea (UE).108

El Grupo Paraguas (Umbrella Group, UG).109

El G77/China (Group of 77 and China).110

108

La Unión Europea, está conformada por sus 27 miembros, todos en común acuerdo toman una posición de negociación, sus representantes se van rotando cada seis meses. El Bloque de la UE como Organización de Integración Económica, por sí misma puede ser considerada dentro de la Convención como un partido. 109

Del Grupo Paraguas, no hay una lista formal de integrantes del grupo, usualmente incluye a Australia, Canadá, Islandia, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, la Federación de Rusia, Ucrania y los Estados Unidos. 110

El G77 más China -aunque hoy el número de sus miembros asciende a 130- es un grupo de países en vías de desarrollo con el objetivo de ayudarse, sustentarse y apoyarse mutuamente en las deliberaciones de la ONU. El G-77, apoya la labor de la FAO, el FIDA (Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola) y el PMA (Programa Mundial de Alimentos) -agencias de la ONU encargado de orientar las estrategias y acciones globales para erradicar el hambre y la pobreza. Asimismo, el G-77 realiza declaraciones conjuntas sobre temas específicos, y coordina un programa de cooperación en campos como el comercio, la industria, la alimentación, la agricultura, la energía, materias primas, finanzas y asuntos monetarios. En 1988 el grupo adoptó el acuerdo para un sistema global de preferencias comerciales entre países en vías de desarrollo,

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

183

La Alianza de Pequeños Estados Insulares (APEI, o en el idioma inglés Alliance of Small

Island States, OASIS).111

El Grupo de Países Menos Desarrollados (Group of Least Developed Countries, LDC, o

también llamado Grupo de Países Menos Adelantados, PMA).112

que contempla concesiones arancelarias, sobre todo en productos agrícolas y manufacturas. Todos los años el grupo celebra una reunión de ministros en Nueva York, y las decisiones adoptadas se trasmiten a las delegaciones regionales de Ginebra, París, Roma y Viena, tras lo cual se asignan actividades específicas a los comités de acción. La financiación del grupo depende de las aportaciones realizadas por sus miembros. Véase en, http://www.fao.org/g77/g77-home/es/?no_cache=1

111 No existe una definición exacta internacionalmente aceptada para el concepto de pequeño Estado insular

en desarrollo. Sin embargo, se les otorgó a los pequeños Estados insulares una identidad política internacional con el establecimiento en 1991 de la Alianza de los Pequeños Estados Insulares (APEI) actualmente compuesta por 39 miembros (incluyendo los cuatro Estados costeros de baja altitud): Guinea-Bissau, Belice, Guyana y Surinam) y cuatro territorios dependientes como observadores. Dos miembros adicionales a los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo son miembros de la FAO, pero no de la APEI (Bahrein y la República Dominicana) totalizando 41 miembros para el propósito de este sitio. Diez de estos estados poseen la condición de País Menos Adelantado (PMA), según las Naciones Unidas. Los integrantes son: África: Cabo Verde, Comoras, Guinea-Bissau, Mauricio, Santo Tomé y Príncipe, Seychelles; Europa: Malta; Oceanía: Islas Cook, Estados Federados de Micronesia, Fiji, Kiribati, Islas Marshall, Nauru, Niue, Palau, Papua Nueva Guinea, Samoa, Islas Salomón, Tonga, Tuvalu* -no es miembro de la FAO- y Vanuatu; Asia: Bahrein –no es miembro de la APEI sino de la FAO-, Chipre, Maldivas y Singapur –no es miembros de la FAO-; América del Norte y Central: Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Cuba,Dominica, República Dominicana –no es miembro de la APEI sino de la FAO-, Granada, Haití, Jamaica, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tabago, y; América del Sur: Guyana y Suriname. Véase en http://www.fao.org/forestry/sids/es/

112 Según la definición utilizada en las Naciones Unidas, que creó el término en 1971, son los que muestran

los indicadores socioeconómicos más bajos, especialmente en el Índice de Desarrollo Humano (IDH); y reúnen los tres criterios siguientes: Baja renta per cápita: tres años de media inferior a 905 dólares USA, requiriéndose superar los 1,086 para superar la condición de menos desarrollado; Debilidad en recursos humanos: comprobada con los indicadores de nutrición, salud, educación y alfabetización de adultos, y; Vulnerabilidad económica: producida por la inestabilidad de la producción agraria, de las exportaciones de bienes y servicios, la concentración en la exportación de ciertas mercancías -monocultivos-, la escasa importancia económica de las actividades no tradicionales -economía de subsistencia-, las dificultades consiguientes a las pequeña escala del mercado nacional y las empresas o la repetición de desastres naturales, guerras o conflictos internos que causen desplazamientos masivos de la población. PMA: 34 en África: Angola, Benín, Burkina Faso, Burundi, República Centroafricana, Chad, Comoras, República Democrática del Congo, Yibuti, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Malí, Mauritania, Mozambique, Níger, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Togo, Tanzania, Uganda, Zambia; 10 en Asia: Afganistán, Bangladés, Bután, Camboya, Timor Oriental, Laos, Maldivas, Birmania, Nepal y Yemen; 1 en América: Haití; 5 en Oceanía: Kiribati, Samoa, Islas Salomón, Tuvalu y Vanuatu. Países que se han eliminado de la calificación

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

184

El Grupo de Integridad Ambiental (Environmental Integrity Group, EIG).113

La Coalición de Naciones con Selvas Tropicales (Coalition for Rainforest Nations, (CRN).114

de PMA: Botsuana y Cabo Verde. Véase en, http://www.cinu.org.mx/temas/desarrollo/dessocial/ldc/paisesmadel.htm 113

El Grupo de Integridad Ambiental es un grupo formado en el año 2000, incluye a México, la República de Corea (Corea del Sur), y Suiza. Estos países sentían que no encajaban en ningún grupo que se formó en la Convención de 1998, pero tampoco comparten niveles de desarrollo económico ni continuidad geográfica, aparte de que no pertenecen a un grupo ya formado. Generalmente Suiza lidera y coordina este grupo. Lo que los une es su preocupación ambiental, por ejemplo México: En la actualidad México está trabajando en un modelo de desarrollo bajo en carbono para reducir sus emisiones de CO

2, ha diseñado el especial del

Programa de Cambio Climático, que es el orden del día a los países a lidiar con el cambio climático y la adaptación. Las empresas en México son de buen grado inventario de sus emisiones de GEI. En la COP13 México ocupa el cuarto lugar en el Índice de Desempeño Climático Cambio (mientras que Estados Unidos ocupa el puesto 55 de 56). México está aumentando las fuentes de energía renovables, la eficiencia energética, así como los bosques de plantación. Esta "reducirá el país emisiones de GEI en 110 millones de toneladas para el año 2020, asimismo, México está muy interesado en resolver el problema del cambio climático y se encuentra trabajando muy duro para alcanzar metas muy razonables, así como apoya a liderar a los países latinoamericanos y los PMA. En el caso de Suiza ha firmado el PK, Una de sus principales preocupaciones en materia de cambio climático es que los deslizamientos de tierra e inundaciones afectan a su población que vive en las montañas y su turismo se ha reducido para los deportes de invierno, que es un sector económico muy importante, otra cuestión, es que el 26% de las tierras de cultivo son afectadas por la sequía, particularmente en cada verano, debido al aumento de temperatura. Suiza no se siente económicamente apto para proporcionar riego a toda la zona afectada y ha avanzado en materia de reciclaje. Por otra parte, Corea del Sur con su economía del carbón, la llevó a ser un país con una fuente de energía infinita. Debido a esto la producción y el consumo han aportado mucho a la contaminación y CO

2 en

la atmósfera, sin embargo, cuenta con nuevas políticas energéticas hacia la promoción de la conservación de energía y en el mejoramiento de la eficiencia energética y en el desarrollo de energías nuevas y renovables. Actualmente " Corea del Sur, seguido por China, lidera las 20 economías más grandes del porcentaje de dinero de estímulo económico invertido en proyectos ambientales. Véase en, http://www.iisd.ca/vol12/enb12521s.html 114

La Coalición para Naciones con Bosques Tropicales, es una organización intergubernamental creada por bosques tropicales condados de conciliar colaboración manejo forestal con el desarrollo económico. La Coalición de Rainforest pretende reunir a ambas naciones en vías de desarrollo como en los industrializados con el fin de crear impulsado por la comunidad, el crecimiento económico ambientalmente sostenible. La estrategia principal de la Coalición es lograr la reforma de los marcos internacionales, legales y económicos, para corregir los fallos del mercado que dan lugar a resultados insostenibles, y para crear incentivos económicos para la conservación de áreas de alta biodiversidad y endemismo a nivel mundial. La Coalición apoya los bosques ahora Declaración pide cambios en el PK internacionales de carbono para incluir el uso del suelo y silvicultura. La Coalición ha sido instrumental en el establecimiento del Fondo para el Banco Mundial, Forest Carbon Partnership y el programa de las Naciones Unidas ONU-REDD. Además, en base a estos esfuerzos de la Coalición, varios países industrializados (entre ellos Noruega, Reino Unido, Alemania, Francia, Japón, Australia, Finlandia y otros) actualmente han comprometido alrededor de EE.UU. $ 3,0 mil millones para la creación de capacidades y los incentivos para reducir las tasas de deforestación en países en desarrollo participantes. A petición del Primer Ministro Somare, las naciones participantes acordaron basar la Secretaría de la Coalición de Países con Bosques Tropicales de la Universidad de Columbia en la ciudad de Nueva York. El CRN se formó después de un discurso pronunciado el 10 de mayo de 2005, en la Universidad

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

185

La Comisión Forestal de África Central (Commission des Forest d´Afriqye Centrale

(COMIFAC).115

El Sistema de Integración Centroamericana (SICA).116

El Diálogo de Cartagena (Latinoamerican Countries of the Dialogue of Cartagena, CD).117

Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA).118

de Columbia por Sir Michael Somare, Primer Ministro de Papua Nueva Guinea. Véase en, http://www.rainforestcoalition.org/ 115

COMIFAC es la única orientación política y técnica, que coordina la armonización y la toma de decisiones sobre la conservación y la gestión sostenible de los ecosistemas forestales y de las sabanas de África Central, así se dio a conocer en la Declaración de Yaounde en marzo de 1999. Las densas selvas tropicales de África Central, representan uno de los tres grupos principales de bosque tropical del planeta, estos bosques, contienen los principales recursos naturales que se encuentran situados en diez países (Burundi, Camerún, Congo, Gabón, Guinea Ecuatorial, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Rwanda, Santo Tomé y Príncipe, Chad). Véase en, http://www.comifac.org/la-comifac-1 116

El SICA, es un organismo regional creado por los Estados de Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá. Al SICA se adhirió la República Dominicana como país asociado y, posteriormente, ingresaron al organismo: México, Chile y Brasil, como Observadores Regionales; y España, Alemania, la República de China (Taiwán) y Japón, como observadores extrarregionales. El SICA se estableció como marco institucional de la integración de los países centroamericanos iniciando sus actividades de manera formal el 1 de febrero de 1993. En 2013, Haití se unirá al SICA como miembro asociado, uniéndose a la República Dominicana. Véase en, http://www.sica.int/

117 El Diálogo de Cartagena es una red de naciones que trabajan en encontrar soluciones constrictivas en las

negociaciones de la Convención. El Diálogo de Cartagena incluye a Antigua y Barbuda, Australia, Bangladesh, Bélgica, Chile, Colombia, Costa Rica, Dinamarca, Republica Dominicana, Etiopia, Unión Europea, Comisión Europea, Francia, Alemana, Ghana, Guatemala, Indonesia, Malawi, Maldivas, Marshall Islands, México, Holanda, Nueva Zelandia, Noruega, Panamá, Perú, Ruanda, Samoa, España, Tanzania, Tailandia, Timor-Leste, Reino Unido y Uruguay. El Diálogo de Cartagena en las últimas negociaciones –particularmente las celebradas en Cancún, México-, ha tenido una participación activa por parte de los líderes de América Latina que se han presentado sus propuestas de una manera formal como México, Costa Rica, Perú, Colombia y Chile. Véase en, http://www.eclac.cl/cgi-bin/getProd.asp?xml=/socinfo/noticias/noticias/0/48260/P48260.xml&xsl=/socinfo/tpl/p1f.xsl&base=/socinfo/tpl/top-bottom.xsl 118

El ALBA, es una organización internacional de ámbito regional, enfocada para los países de América Latina y el Caribe que pone énfasis en la lucha contra la pobreza y la exclusión social con base en doctrinas de izquierda. Es un proyecto de colaboración y complementación política, social y económica entre países de América Latina y el Caribe, promovida inicialmente por Cuba y Venezuela como contrapartida del ALCA (Área de Libre Comercio de las Américas), impulsada por Estados Unidos. El ALBA se fundamenta en la creación de mecanismos para aprovechar las ventajas cooperativas entre las diferentes naciones asociadas para compensar las asimetrías entre esos países, a través de la cooperación de fondos compensatorios, destinados a la corrección de discapacidades intrínsecas de los países miembros, y la aplicación del TCP (Tratado de Comercio de los Pueblos). El ALBA-TCP otorga prioridad a la relación entre los

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

186

El Grupo de Países Altamente Vulnerables (Higtly Vulnerable Countries (HVC convened by

Colombia).119

Existen otros grupos como el AILAC (Asociación Independiente de Latinoamérica y el

Caribe)120 y el Grupo BASIC121 -entre ellos también entraría la Alianza Bolivariana para los

pueblos de Nuestra América (ALBA)-, que han luchado por tener un papel relevante en las

negociaciones en el marco de la Convención, y habría que agregar otros grupos como: el

Grupo Africano; Unión Africana (UA); la Comisión de Bosques de África Central (CBAF);

Comunidad de Desarrollo de África del Sur (CDAS); Grupo de Estados Árabes; Grupo de

Países Montañosos sin Salida al Mar (GPMSM); Grupo de Integridad Ambiental (GIA);

Group of Like Minded Developing Countries (GLMDC), y; Países del Centro y Este de

Europa (PCyEE).

Algunos de éstos grupos principalmente los africanos, participan en algunas ocasiones

como coalición, en otras participan a través de pequeños grupos desfragmentados de esa

gran coalición que es la UA o como Grupo Africano. Los grupos pequeños que los

conforman, sólo en ocasiones figuran como CBAF, CDAS, o en determinado momento los

países del norte de África dentro del Grupo de Estados Árabes, como ejemplo Argelia, propios países en pie de igualdad y en el bien común, basándose en el diálogo subregional y abre campos de alianzas estratégicas, con el fin de fomentar el consenso y el acuerdo entre las naciones latinoamericanas. Véase en, http://www.alianzabolivariana.org/ 119

Grupo de Países Altamente Vulnerables, que ha luchado energéticamente en COP17 para ser incluido en el Programa de Acción de Adaptación Nacional junto con los países menos desarrollados. Véase en, http://www.intercambioclimatico.com/2013/01/03/los-brotes-mas-verdes-emergen-en-el-desierto-de-doha-un-nuevo-grupo-latinoamericano-para-negociar-sobre-el-cambio-climatico/ 120

La AILAC está conformada por Colombia, Costa Rica, Chile, Perú, Guatemala, y Panamá que se han anunciado como un nuevo bloque negociador, y su principal exposición es la de no esperar a que los países ricos como Estados Unidos reduzcan sus emisiones u otorguen apoyo financiero, por lo cual han lanzado una propuesta de un modelo de desarrollo con base en el bajo uso de carbono tanto en sus propios países como en el exterior. La AILAC busca romper las barreras entre el Norte y el Sur del planeta que han estancado las negociaciones sobre el cambio climático durante los últimos veinte años, particularmente su objetivo es que todas las naciones asuman obligaciones y que el proceso de negociación se adapte a un mundo cambiante. Ibíd.

121 Brasil, el protagonista tradicional en las reuniones cumbre sobre cambio climático que ha intentado

dirigir a los países latinoamericanos, decidió tener como aliados a países como China, India, y Sudáfrica conformando así el Grupo BASIC. El grupo BASIC ha desempeñado un papel fundamental en la re-orientación del proceso en su totalidad y del Acuerdo de Copenhague del 2009. Ibídem.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

187

Marruecos y Egipto, que están dentro de dos bloques el africano y el árabe, son esas

externalidades que manejan las Partes para manifestar sus intereses en determinado

temática sobre la compleja problemática del cambio climático, así como refleja la

cooperación o no cooperación dentro de su mismo grupo de pertenencia geográfica. Estos

grupos no son tan consolidados como en el caso de la UE, que en determinado momento

también se les unen pequeños países de la Comunidad de Estados Independientes para

contar con algunos beneficios que les puede otorgar si son representados y escuchados a

través de esta coalición.

El tipo de representación legitimada suele ser mayor que los grupos que sólo cuentan con

un representante o es nulo por grupos no reconocidos formalmente, tal es el caso de

llamado Diálogo de Cartagena, ya que es considerado como un foro de discusión y de

intercambio de ideas más que un grupo de negociación.

Por otra parte, en el modelo políticamente equilibrado –Politically Balanced Model-, en

donde el número de representación es importante. Los grupos pueden unirse y lograr que

se adhieran más representantes a través de la afinidad de intereses políticos, es decir, si

un país forma parte del Anexo I y otro país es parte de la OCDE, puede adherirse al grupo

ya que representan los mismos intereses y son países desarrollados, así como un país No

Anexo I se une con un países o países de la APEI o del PMA, forman la coalición de países

en desarrollo. Por lo tanto, el equilibrio político queda en países desarrollados y países en

desarrollo. En este modelo, existe una flexibilidad de invitar a las Partes para que sean

reflejados sus intereses y tener la oportunidad de enviar a sus representantes.

Asimismo, durante el proceso de negociaciones prevalecen las consultas informales como

en casi todos los modelos de negociación. El propósito es que exista el intercambio de

información e ideas, las cuales no forman parte de las negociaciones, sólo son puntos de

vista que deben ser dadas a conocer a todas las Partes. Por otro lado, el tema de la

transparencia es imprescindible, la participación de las Organizaciones No

Gubernamentales (ONG´S) juegan un papel importante para dar a conocer las propuestas

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

188

de las negociaciones a la sociedad internacional, así como fungen como observadores en

las diversas reuniones de la Convención.

El tópico de la transparencia entre las Partes también es imprescindible para no caer en la

exclusión en las decisiones o falta de información de las negociaciones sobre cambio

climático. Se ha señalado la participación virtual, es decir, que las Partes tengan acceso a

la información a través de los sitios oficiales donde debe publicarse las opiniones de todas

las Partes, así como puedan mantener comunicación directa entre las Partes por este

medio, es decir que exista la estructura y flexibilidad en abrir los canales de comunicación

para permitir a las Partes tener un mayor contacto e interactuar, con el fin de tener

conocimiento de las propuestas que expondrán como grupo y de comunicar sus

problemáticas nacionales para armar una buena plataforma de negociación.

Por otra parte, en relación a las negociaciones de alto nivel, prevalece la necesidad de

diferenciar, quienes están dentro de las negociaciones y el papel que van a desempeñar,

se señala que han de ser los Jefes de Estado o de Gobierno y ministros. Los Jefes de Estado

y/o de Gobierno son los representantes formales de los Estados, pero quienes deben

tener mayor presencia en los procesos de negociación son los ministros. En las

negociaciones de Alto Nivel, se mencionan secuencias en donde los ministros deben

actuar en los mecanismos de participación como son las sesiones intermedias donde

desempeñan su papel a nivel técnico como en las plenarias, en los grupos de contacto y en

los pequeños grupos informales, etc.

En determinado momento, existen tres precondiciones para que los ministros tengan una

participación exitosa en el proceso de las negociaciones: 1) desde el punto de vista de la

representación legitimada, es esencial que el proceso de las negociaciones sea

transparente e inclusivo, lo cual se puede lograr a través de la participación de los

ministros en las sesiones; 2) en materia de programación, es que no debería haber

negociaciones paralelas sobre los mismos temas o negociaciones técnicas o políticas al

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

189

mismo tiempo, y; 3) asegurar un interfaz adecuado entre las negociaciones técnicas y

políticas.

La propuesta de Müller, se dirige a dividir los segmentos de alto nivel de manera

secuencial, alternando los períodos de compromisos ministeriales y técnicos, así como las

reuniones informativas conjuntas y las sesiones informativas.

Para llevar a cabo las rondas de negociaciones, se debe dar inicio con la sesiones de

trabajo con los segmentos de alto nivel, el cual seguirá el siguiente procedimiento:

a) Se comenzará con una reunión ministerial informativa, en la cual deben participar

los expertos técnicos, ya sea a nivel de las distintas delegaciones o a nivel de

grupo;

b) Si la decisión es de convocar a los pequeños grupos ministeriales, la sesión

informativa debe ser utilizada para seleccionar quién va a representar a las

agrupaciones;

c) Realizar una reunión de alto nivel, que dará lugar a la negociación con los ministros

seleccionados y estarán acompañados por uno o dos asesores técnicos. Al finalizar

la reunión se redactará un informe a nivel técnico en el idioma acordado;

d) Dar paso a la sesión de negociaciones técnicas con los resultados acordados, en

caso de no haber acuerdos, se negociarán nuevas opciones con el fin de que sean

deliberadas en una segunda ronda de negociaciones de alto nivel.

e) Otorgar atención especial a los segmentos informativos iniciales y finales, así como

se debe de tomar el tiempo necesario para crear las bases y dar inicio a las

negociaciones de alto nivel que preceden a la deliberación de acuerdos.

Müller, a partir de las experiencias del proceso de negociaciones de los dos últimos años,

realiza su artículo proponiendo estas medidas correctivas y otorgar una cierta orientación

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

190

política en el proceso de las negociaciones, exponiendo las principales demandas de los

países que estuvieron en contra de las propuestas –como se aprecia en las participaciones

en contra de los GTE que se revisaron en la segunda parte de la investigación y

concuerdan con los señalamientos de Müller- y que de algunos como en el caso de Bolivia

se pronunció en contra porque no habían tomado en cuenta sus opiniones, así como las

quejas de diversos países al señalar que las decisiones habían sido deliberadamente

acordadas entre los países desarrollados y que iban en contra de sus intereses, por lo

tanto para ellos prevaleció una falta de transparencia, así como expresaron el factor del

tiempo, la falta de tiempo para la discusión de temas que eran imprescindibles para los

países en desarrollo, los cuales se dejaron fuera para futuras negociaciones, o el de no

haber tiempo suficiente para discutir los temas ya que retrasarían los acuerdos de los

temas negociados. Por lo tanto, Müller trata de otorgar un mayor orden, de crear una

nueva estructura y organización en el proceso de negociaciones para llegar a mejores

acuerdos y cumplir con los requerimientos tanto de la Convención como del PK, así como

la posibilidad de crear en las futuras reuniones de las COP´s y reuniones intermedias un

nuevo escenario para la materialización de un régimen internacional de cambio climático

del siglo XXI.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

191

CONCLUSIONES.

Con la última COP celebrada en Doha, Qatar en el 2012, se continúa con la trayectoria

hacia la adopción de un acuerdo sobre el clima universal para el 2015 e incrementar el

nivel de compromiso y las ambiciones en la reducción de emisiones de GEI a través de

llegar a acuerdos durante el proceso de negociaciones bajo las dos vías con los GTE.

De conformidad con lo expuesto a lo largo de la investigación, sería deseable que todos

los países y las organizaciones abocadas al estudio y en el desarrollo del régimen climático

internacional sea acorde a las circunstancias actuales tomando en consideración las

demandas de los países que estuvieron en contra de las decisiones arrojadas en las

negociaciones, así como resolver las inconformidades por la falta de transparencia y

equidad de las decisiones y propuestas presentadas por los países desarrollados, así como,

la comunidad internacional debe resolver las diferencias políticas que hubiese entre las

Partes, para que haya disposición y llegar a acuerdos durante las negociaciones en los

temas en cambio climático, y pueda conformarse un documento para un segundo período

de compromiso.

Con esto en mente, este breve análisis se torna como un gran reto para cumplir con lo

acordado en Doha, de examinar los resultados de la reunión, conocida como la "puerta de

enlace de Doha Climático". En su momento, las Partes establecieron los dos GTE para

hacer frente a los compromisos de los países industrializados para el período posterior a

2012 en el marco del PK y la Convención, y se asegurará esa transición entre el primer y

segundo período de compromiso, han pasado ya siete años de negociaciones para cumplir

con este objetivo -mismos años que se han tomado para la entrada en vigor del PK-, lo

cual, ha demostrado que no han sido suficientes los esfuerzos durante las negociaciones

que se tornan cada vez más complejas por las circunstancias actuales de cada una de las

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

192

Partes, y sobre todo, por los intereses políticos y económicos que se han estado forjando

en este mundo cambiante.

Por otra parte, no se esperaba que Japón, Canadá, Nueva Zelanda y Rusia, se negaran a

asumir compromisos en el segundo período de compromiso y abandonaran por tanto el

PK. La cuestión de las metas en materia de emisiones para los países en desarrollo, y el

problema más general, de cómo deberían evolucionar los compromisos en el futuro –

habida cuenta del crecimiento constante de las emisiones mundiales-, ha generado un

debate considerable e intenso.

La propuesta del PK al establecer un procedimiento por el cual los países en desarrollo

pudieran asumir compromisos voluntarios de limitar sus emisiones no fue aceptada en

Kyoto. Muchos países en desarrollo son renuentes a asumir compromisos oficiales, ni

siquiera voluntarios, que impongan un límite máximo a sus emisiones, son todavía bajas

en relación con los países desarrollados. Esto tiene una explicación, ya que los principales

demandantes de combustibles fósiles obtienen con su continúa utilización un mayor

crecimiento económico, siguiendo los compromisos del PK, se vería mermado y la

transición a energías renovables lo visualizan a un largo plazo. Desean primero alcanzar

ventajas económicas hacia el resto del mundo y haber almacenado las suficientes reservas

de combustibles fósiles para su continuo crecimiento y desarrollo económico, como es el

caso de China, Estados Unidos, UE, Australia y de algunos países asiáticos y de la CEI.122

122

La demanda media en las últimas décadas creció un 1,7% al año. Sin embargo en 2003 y, sobre todo, en 2004 ésta tendencia fue sobrepasada. En 2003 fue un 1,8% (1,4 Mb/d) y en 2004 un 3,5% (2,50 Mb/d), el incremento fue el mayor en los últimos 25 años, llegando a alcanzar un consumo en el último cuatrimestre de 83 Mb/d, con un consumo medio anual de 82,5 Mb/d. El aumento del consumo se está produciendo principalmente en EU (un 3,5% en 2004) y, sobre todo, en los países emergentes asiáticos (Asia supone cerca de la mitad del incremento de la demanda), entre los que destaca China (incrementó su consumo en 2004 un 15,6%) (McKillop, 2005b; AIE, 2005b). Sin embargo, el Oil Marketing Report de enero de 2006 de la EIA estima un incremento de la demanda en 2005 de 1,3 Mb/d (alcanzando un consumo de 85 Mb/d). Achaca la disminución del incremento al comportamiento de China (un 3,1%) y de EE.UU. (un 0,6%). En el primer caso se ha debido a la mejora de la capacidad del sistema eléctrico de satisfacer la demanda en relación con 2004, año en el que los cortes de suministro provocaron la utilización masiva de grupos electrógenos. En EE.UU.la reducción se debió a los altos precios que ocasionaron las destrucciones d infraestructuras de los huracanes Katrina y Rita. Por el contrario, el informe vaticina un incremento de la

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

193

Se menciona, que una vez que los países desarrollados comiencen a dar pruebas

convincentes de que están tomando medidas eficaces para alcanzar sus metas en materia

de emisiones, podrá reactivarse con el tiempo, el debate sobre la posible introducción de

nuevos países en la estructura de compromisos específicos.123 Sin embargo, esta idea se

ve cada vez más lejana.

Si se considera que últimamente, que en lugar de bajar la concentración de GEI que

causan el calentamiento del planeta -como el CO2 -, está aumentando en la atmósfera

y ahora en un 20% en relación con el año 2000, según el último informe del Programa de

Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)124, señalando que las emisiones son

un 14% más altas con respecto al objetivo que se ha fijado para 2020. Por lo cual, el

objetivo de mantener las emisiones de GEI a niveles que permitan contener el aumento de

la temperatura por debajo de los 2° C del presente año al 2020, se muestra como casi

imposible de alcanzar, sino que inalcanzable ahora con las previsiones del aumento de la

temperatura a un 4°C.

demanda hasta el 2010 de 1,8-2,0 Mb/d (más del 2% de incremento anual), sobre todo, por la recuperación del ritmo de consumo de los dos países citados (6 y 1,8% respectivamente para 2006). Un factor que va a disparar la demanda, que previsiblemente superará la previsión citada y la de los próximos años (en el supuesto de que aún no se haya alcanzado el techo), es la tendencia a aumentar las reservas estratégicas (reservas almacenadas para paliar los efectos de una disminución coyuntural en el suministro) de algunos de los 26 países que ya las tienen y a crearlas por parte de otros países. Hay indicios de que EE.UU. planea casi duplicarlas y de que también pretenden aumentarlas la UE, Australia y algunos países asiáticos. Además, Rusia, e India han declarado que las van a crear y China ya ha construido la primera fase de depósitos. Suponiendo que cada uno de los países citados pretendiera crearlas al ritmo de 100.000 b/d, la demanda podría incrementarse en los próximos años en 0,5 Mb/d adicional. Por otro lado, la UE ha estado enviando a EE.UU. en el otoño de 2005 unos 2 Mb/d para compensar la pérdida de petróleo bombeado por efecto de los últimos huracanes. Una vez acabada la operación, la UE tendrá que reponer sus reservas estratégicas. Véase en, BERMEJO Gómez de Segura Roberto. El fin de la era de los combustibles fósiles. Sus consecuencias, Ibíd. 123

Ibíd, pp. 29. 124

La a ONU, preocupada por el cambio climático, 22 de Noviembre de 2012, en http://www.informador.com.mx/tecnologia/2012/419141/6/la-onu-preocupada-por-el-cambio-climatico.htm.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

194

Si desde 1990, el Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC)125 ha realizado

estudios sobre las emisiones de GEI, destacando que el incremento de la temperatura

sería de un 2°C por década durante el siglo XXI, y por tanto, cada vez más se alcanzarían

temperaturas más altas126, y actualmente, se señala que habrá un aumento de un 4°C para

finales del presente siglo, reiterando que la comunidad internacional debe adoptar

medidas de mitigación y adaptación ante el cambio climático.

Sin embargo, en el estudio del Banco Mundial (BM)127 está de acuerdo con los

señalamientos del IPCC, y agrega que la reducción de emisiones no contribuirán mucho a

contener tal aumento, sino que la manera de evitarlo, será cambiando los patrones de

125

El IPCC es el principal organismo mundial de valoración del cambio climático y su tarea central es la elaboración, cada seis o siete años, de un informe de evaluación con base en las investigaciones científicas, técnicas y socioeconómicas desarrolladas por expertos de todo el mundo. Hasta la fecha ha realizado cuatro informes de evaluación y el de 1995 proporcionó información científica clave para la adopción del protocolo de Kioto en 1997, mientras que el cuarto (2007) mostró evidencias suficientes para afirmar que el calentamiento global es inequívoco y establece como causa probable las actividades humanas. Este último informe le valió al IPCC la concesión del Premio Nobel de la Paz. Véase en, Luchar contra la crisis y el cambio climático es compatible, según experto. 06 de Noviembre de 2012, http://www.que.es/ultimas-noticias/sociedad/201211061147-luchar-contra-crisis-cambio-climatico-efe.html 126

Los países industrializados son los responsables del 60% del total de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), las cuales han aumentado, además, en un 40% desde 1990. Si esta cifra permaneciera constante, la temperatura se elevaría 0.2 grados centígrados por década; no obstante, si las emisiones continúan creciendo, su aumento podría alcanzar en los próximos años hasta 2.6 grados centígrados, ocasionando el hundimiento de islas, la desaparición de los glaciares y la pérdida de los medios de vida de millones de personas en el mundo al reducirse a la mitad la actual producción de alimentos. El dióxido de carbono (CO2) -resultado del consumo de combustibles fósiles, la deforestación y la destrucción de los suelos- es el mayor contribuyente a la variación del clima (54%), aunque es superior el efecto del metano (CH2) y del óxido nitroso (N2O) –derivados de la minería, la ganadería y de la utilización de fertilizantes químicos en la agricultura-. La concentración de metano en la atmósfera, de hecho, ha aumentado un 55% desde el siglo XVIII, mientras el óxido nitroso, junto al ozono y otros gases, contribuyen con cerca del 30% al calentamiento global. Véase en, Cambio climático: el uso ilegítimo de las contradicciones, 02 de Marzo de 2011, http://www.ecoportal.net/Temas_Especiales/Cambio_Climatico/Cambio_climatico_el_uso_ilegitimo_de_las_contradicciones 127

El informe Turn Down the Heat, una reseña de los conocimientos en climatología más recientes preparada para el Banco Mundial por el Potsdam Institute for Climate Impact Research (PIK) y Climate Analytics, señala que el mundo avanza por un camino que se traducirá en un aumento de 4 grados Celsius, y que las actuales promesas con respecto a las emisiones de gases de efecto invernadero no contribuirán mucho a contener tal aumento. Véase en, El cambio climático está al acecho todos los días, 22 de

Noviembre de 2012, http://www.listindiario.com.do/economia-y-negocios/2012/11/21/256039/El-cambio-climatico-esta-al-acecho-todos-los-dias

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

195

producción y consumo actual. ¿Cómo cambiar los patrones de producción y de consumo?

Sería cuestión de reconvertir todo lo que hasta ahora se conoce para el desarrollo y

desenvolvimiento de las actividades humanas que son las causantes del cambio climático,

con ello, nos lleva a aseverar que los supuestos científicos son verdaderos, el cambio

climático es a causa de las actividades antropogénicas.

Esta interrogante va más allá, se está hablando de algo que rebasa los modos de

producción actual hacia la reconversión industrial a energías alternativas dejando a un

lado los combustibles fósiles –carbón y petróleo-, y; en relación al consumo, hacia un

replanteamiento de los productos alimenticios que no generen más gastos en su

producción tomando en cuenta los costos de agua, erosión de tierra, y hasta una amplia

investigación de los productos que sean idóneos bajo niveles ambientales propicios –

espacios geográficos- y cambios alimenticios, así como los estilos de vida de la sociedad –

el confort de lo material-.

Sin embargo, significa mucho más que lo anterior, sería el replanteamiento de cómo crear

un mundo con otra ideología, el replantear el papel del Estado, la formas de organización

internacional bajo un pensamiento no sólo de paz, sino de sobrevivencia humana, de crear

un nuevo sistema de orden económico internacional hacia la conservación y preservación

de la humanidad tomado de la mano con un régimen climático internacional. Es todo un

reto para la comunidad y la sociedad internacional misma.

Se requieren más que medidas nacionales como se dejó sustentado en la COP 17 -

celebrada en Durban, Sudáfrica, del 28 de noviembre al 9 de diciembre del 2011- o que

cada país debe elegir el camino para promover un desarrollo más verde y lograr un

equilibrio entre sus propias necesidades de acceso a la energía y la sostenibilidad para

reducir las emisiones de GEI, debe de haber un consenso que ha sido casi imposible de

establecer y de sostener los compromisos cuando existen todavía dudas de cómo llevar un

entendimiento y comprensión de las variantes existentes de los escenarios pronosticados

por los efectos adversos del cambio climático.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

196

La comunidad internacional se encontró expectante a los resultados a obtener en el

transcurso de las diversas reuniones y negociaciones. La ausencia de acuerdos sustantivos,

hizo suponer que se postergaría o hasta desaparecería en la práctica el PK, y por tanto, las

obligaciones internacionales a las que todavía hoy en día están sujetas algunas Partes del

Anexo I, a pesar de que algunos hayan optado por retirarse, como se mencionó

anteriormente.

Asimismo, se crearon falsas expectativas durante la COP18 en Doha, en crear un proyecto

climático mundial en la reducción de emisiones de GEI, sin embargo, cómo se podría dar

paso a un segundo período de compromiso si en las pasadas COP´s no se alcanzaron a

resolver problemáticas del cómo estructurar y darle operatividad tanto a la Convención

como el PK en el marco jurídico internacional, así como, en la normatividad interna de

cada Parte y en cuestiones de gestión en relación a los procedimientos, metodologías y

técnicas para la disminución de GEI.

Ahora bien, del análisis de estudio practicado también podemos concluir y determinar que

quedan vacíos a resolver, del cómo distribuir responsabilidades a las principales

economías en los compromisos futuros; cómo hacer atractivo a los intereses económicos

de los países desarrollados y convenientes para los países en desarrollo la reducción de las

emisiones; cómo establecer que los países desarrollados contribuyan fehacientemente en

mecanismos de financiamiento para que apoyen los esfuerzos de mitigación y adaptación

en los países en desarrollo, y; otras múltiples interrogantes ante esta compleja

problemática del cambio climático para hacer frente a los impactos y sus efectos adversos.

Como punto final, la sociedad internacional no puede esperar ni dejarle toda la

responsabilidad a sus gobiernos o los Estados, para que se pongan de acuerdo en cómo

enfrentar el complejo fenómeno del cambio climático, sino que cada uno de nosotros

tenemos en nuestra mano el poder contribuir a un cambio de mentalidad para nuestra

propia conservación, tengamos la iniciativa de comenzar a ser conscientes del cómo

realizamos nuestras actividades, del cómo poder ahorrar y eficientar los servicios públicos

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

197

que nos suministran –agua, electricidad, gas, transporte, etc.,- del cómo cuidamos y

conservamos nuestros espacios públicos, del cómo cuidamos nuestro ambiente y

conservamos nuestros ecosistemas y, del cómo cambiar nuestros hábitos y costumbres de

consumo.

El fenómeno del cambio climático no es extraño a nosotros, no es algo que se inventó y no

cuestión de creer si existe o no, son palpables los cambios de clima –temperatura-,

tenemos que hacer algo para que se pueda forjar una educación y cultura ante esta

problemática que nos afecta a todos. Debemos crear una nueva actitud ante ello, de tener

la iniciativa y voluntad de realizar estos cambios desde nuestro núcleo social que

repercuta en beneficio de nosotros, así como, para el bienestar de las presentes y futuras

generaciones y asumir nuestra responsabilidad como causantes del cambio climático por

la manera de realizar nuestras actividades humanas.

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

198

FUENTES DOCUMENTALES

Actividades antropogénicas: Historia y sus consecuencias, en

http://rimpactoambiental.blogspot.mx/2010/02/13-actividades-antropogenicas-

historia.html

ALVAREZ, Vita Juan, Tratados internacionales y ley interna. Perú: 2001, FCE, 171

págs, pp. 45.

Arranca en Bangkok la reunión de la ONU sobre cambio climático, 30 de Agosto de

2012, en http://www.informador.com.mx/tecnologia/2012/401156/6/arranca-en-

bangkok-la-reunion-de-la-onu-sobre-cambio-climatico.htm

BERMEJO, Gómez de Segura Roberto. El fin de la era de los combustibles fósiles.

Sus consecuencias, Véase en

http://eibar.org/blogak/kultu/images/Fin_com_fosiles.pdf

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de la Décima Conferencia de

las Partes para la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio

Climático: 6-18 diciembre de 2004, Servicio Informativo sobre Negociaciones

Relacionadas con el Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible, Vol. 12 No. 260,

Lunes, 20 de diciembre de 2004, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12260s.html

BOLETÍN NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Conferencia de las Partes

en la Décima Tercera Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio

Climático y Tercera Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto, del 3 al 15 de

diciembre de 2007, Vol. 12 No. 354, Martes 18 de diciembre 2007, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12354e.html

BOLETIN NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Primera Reunión del Grupo

de Trabajo Especial de Cooperación a Largo Plazo y el Quinto Período de Sesiones

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

199

del Grupo de Trabajo Especial sobre los Nuevos Compromisos de las Partes del

Anexo I del Protocolo de Kyoto, del 7 de abril de 2008, Vol. 12 No. 362, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12362e.html

BOLETIN NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Vigésimo Octavo Período de Sesiones de

los Órganos Subsidiarios de la CMNUCC, Segunda Sesión del Grupo de Trabajo

Especial en el Marco del Convenio y Quinto Período de Sesiones del Grupo de

Trabajo Especial en el Marco del Protocolo de Kyoto, del 16 de junio de 2008, Vol.

12 No. 375, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12375e.html

BOLETIN NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Tercera Reunión del Grupo

de Trabajo Especial en el Marco del Convenio y Sexto Período de Sesiones (Primera

Parte) del Grupo de Trabajo Especial del Protocolo de Kyoto, del 30 de agosto de

2008, Vol. 12 No. 383, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12383e.html

BOLETIN NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Décimo Cuarta

Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el

Cambio Climático y la Cuarta Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto, del 15

de diciembre de 2008, Vol. 12, No. 395, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12395e.html

BOLETIN NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Quinta Reunión del Grupo

de Trabajo Especial de Largo Plazo la Cooperación y el Séptimo Período de Sesiones

del Grupo de Trabajo Especial Sobre los Nuevos Compromisos de las Partes del

Anexo I de Kyoto, del 11 de abril de 2009, Vol. 12 No. 407, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12407e.html

BOLETIN NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de las Negociaciones Cambio

Climático de Bonn, del 15 de junio de 2009, Vol. 12, No. 421, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12421e.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

200

BOLETIN NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de las Negociaciones Cambio

Climático de Bonn, del 17 de agosto de 2009, Vol. 12, No. 427, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12427e.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de las Conversaciones de

Cambio Climático de Bangkok, del 12 de octubre de 2009, Vol. 12, No. 439, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12439e.

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de las Conversaciones de

Cambio Climático de Barcelona, del 2 al 6 y 9 de noviembre de 2009, Vol. 12, No.

447, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12447e.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Conferencia sobre

Cambio Climático de Copenhague, del 22 de diciembre de 2009, Vol. 12, No. 459,

en http://www.iisd.ca/vol12/enb12459e.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de las Negociaciones de

Cambio Climático de Bonn, del 9 al 11 de abril de 2010, Vol. 12, No. 60, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12460e.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de las Conversaciones de Bonn

sobre el Cambio Climático, del 31 de mayo al 11 de junio de 2010, Vol. 12 No. 472,

en http://www.iisd.ca/vol12/enb12472s.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de las Conversaciones de Bonn

sobre el Cambio Climático, del 2 al 6 de agosto de 2010, Vol. 12, No. 478, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12478s.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de las Conversaciones de

Tianjin sobre el Cambio Climático, del 4 al 9 de octubre de 2010, Vol. 12, No. 485,

en http://www.iisd.ca/vol12/enb12485s.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

201

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de la Conferencia de Cancún

sobre el Cambio Climático, de 29 de noviembre al 11 de diciembre de 2010, Vol.

12, No. 498, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12498s.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de las Conversaciones del

Clima en Bangkok, del 3 al 8 de abril de 2011, Vol. 12, No. 499, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12499e.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de la Conferencia de Bonn

sobre el Cambio Climático, del 6 al 17 de junio de 2011, Vol. 12, No. 513, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12513s.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de las Conversaciones de

Panamá sobre el Cambio Climático, del 1° al 7 de octubre de 2011, Vol. 12, No.

521, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12521s.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Síntesis de la Conferencia de Durban

sobre el Cambio Climático, del 28 de noviembre al 11 de diciembre de 2011, Vol.

12, No. 534, en http://www.iisd.ca/vol12/enb12534s.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Conferencia sobre el

Cambio Climático de Bonn, del 14 al 25 de mayo de 2012, Vol. 12, No. 546, en

http://www.iisd.ca/vol12/enb12546e.html

BOLETÍN DE NEGOCIACIONES DE LA TIERRA, Resumen de la Conferencia sobre el

Cambio Climático de Doha, del 26 de noviembre al 8 de diciembre de 2012, Vol.

12, No. 567, en http://www.iisd.ca/download/pdf/enb12567e.pdf

Cambio climático: el uso ilegítimo de las contradicciones, 02 de Marzo de 2011, en

http://www.ecoportal.net/Temas_Especiales/Cambio_Climatico/Cambio_climatico

_el_uso_ilegitimo_de_las_contradicciones

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

202

CAVAGNARO, Martín A. Cambio climático: Evolución, actualidad y perspectivas,

PEPACG Mendoza (Equipo interdisciplinario para el Estudio de Procesos

Atmosféricos en el Cambio Global) UCACyT – Pontificia Universidad Católica

Argentina), en

http://lac.wetlands.org/LinkClick.aspx?fileticket=KgOQHsKFO2g%3D&tabid=2319&

mid=9931

Centro Internacional de Comercio y Desarrollo Sostenible, Puentes de Copenhague

Actualidad | política de alto nivel se reúne ambición Baja: balance de la COP 15, 20

de Diciembre de 2009, http://ictsd.org/i/climate-change/cop-reporting/bridges-

copenhagen-updates/bridges-copenhagen-updates-english/66842/

Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la

Madre Tierra, 02 de Febrero de 2010, en

http://www.ecoportal.net/content/view/full/90873

CMNUCC - CONFERENCIA DE LAS PARTES, Primer período de sesiones, Berlín, del 28

de marzo al 7 de abril de 1995 en,

http://unfccc.int/resource/docs/spanish/cop1/g9561658.pdf

CMNCC - CONFERENCIA DE LAS PARTES, Declaración Ministerial de Delhi sobre el

cambio climático y el desarrollo sostenible, Octavo período de sesiones , Nueva

Delhi, 23 de octubre a 1º de noviembre de 2002, Tema 11 del programa, Fase de

alto nivel con asistencia de ministros y altos funcionarios, en

http://unfccc.int/resource/docs/spanish/cop8/cp8l06r01s.pdf

Concepto de soberanía - Definición, Significado y Qué es, en

http://definicion.de/soberania/#ixzz2E1X9JyXa

CONVENCIÓN MARCO DE NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO

(CMNUCC), signada en Nueva York, Estados Unidos, el 09 de mayo de 1992 y entró

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

203

en vigor el 21 de marzo de 1994, en

http://unfccc.int/resource/docs/convkp/convsp.pdf

CONVENCIÓN MARCO SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO, Aprobación del informe de la

Conferencia de las Partes sobre su segundo periodo de sesiones, CONFERENCIA DE

LAS PARTES, Segundo período de sesiones, Ginebra, 8 a 19 de julio de 1996, Tema

10 a) del programa, http://unfccc.int/resource/docs/spanish/cop2/l10s.pdf

Cuenta atrás para una prórroga de Kioto que tampoco salvará el Planeta, 07 de

Diciembre de 2012, en http://www.publico.es/ciencias/447000/cuenta-atras-

para-una-prorroga-de-kioto-que-tampoco-salvara-el-planeta

DOCUMENTACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE MEDIO AMBIENTE,

http://www.un.org/depts/dhl/spanish/resguids/specenvsp.htm

Doha acuerda finalmente prorrogar el Protocolo de Kioto hasta 2020, 08 de

Diciembre de 2012, en http://www.lavanguardia.com/medio-

ambiente/20121208/54356191791/cumbre-doha-acuerdo-final-prorrogar-kioto-

2020.html

El cambio climático está al acecho todos los días, 22 de Noviembre de 2012, en

http://www.listindiario.com.do/economia-y-negocios/2012/11/21/256039/El-

cambio-climatico-esta-al-acecho-todos-los-dias

El sujeto político del cambio climático en Doha. ¿Y dicen que aquí no podemos

hacerlo?, 1° de Diciembre de 2012, en http://blogs.lavanguardia.com/diario-de-

futuro/?p=965

En Polonia se aferra al carbón, 10 de julio de 2012, en

http://www.ipsnoticias.net/nota.asp?idnews=101148

En Rusia ante la Conferencia de Doha sobre cambio climático, 26 de Noviembre de

2012, en

http://rusiahoy.com/articles/2012/11/26/rusia_ante_la_conferencia_de_doha_so

bre_cambio_climatico_22149.html

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

204

Escasos resultados en Doha, 09 de Diciembre de 2012, en

http://www.elnuevodia.com/escasosresultadosendoha-1403664.html

Escepticismo en Doha: el clima de nuevo a discusión, 06 de Diciembre de 2012, en

http://blogs.eluniversal.com.mx/weblogs_detalle17512.html

Estados Unidos frente el calentamiento global: Pershing agregó que Estados

Unidos, 27 de Noviembre de 2012, en

http://www.lahora.com.ec/index.php/noticias/show/1101428575/-

1/Cumbre_del_clima_a%C3%BAn_con_incertidumbre_.html#.ULT3-OSTxWI

FRAMEWORK CONVENTION ON CLIMATE CHANGE, Naciones Unidas, La

conferencia sobre cambio climático aprueba el Plan de Acción de Buenos Aires,

http://unfccc.int/cop4/infomed/p111498s.html

Generalitat de Catalunya, Departament de Territori i Sostenibilitat, Direcció

General de Polítiques Ambientals, Expectatives per a la cop18 Doha, en

http://www20.gencat.cat/docs/canviclimatic/Home/Actualitat/docs/12_11_26_Ex

pectatives%20COP%2018.pdf

'Gobernanza global' frente a cambio climático: Chile, 02 de Diciembre de 2012, en

http://www.elfinanciero.com.mx/index.php?option=com_k2&view=item&id=5251

0&Itemid=26

GOBIERNO DE ESPAÑA, Ministerio de Medio Ambiente. Guía para periodistas sobre

cambio climático y negociación internacional, en

http://www.magrama.gob.es/es/cambio-

climatico/publicaciones/publicaciones/Gu%C3%ADa_periodistas_sobre_CC_tcm7-

12466.pdf

Industria aérea insta a Obama a bloquear régimen de la UE de carbono. 17 de

Septiembre de 2012, en http://www.reuters.com/article/2012/09/17/us-airlines-

eu-emissions-idUSBRE88G1HX20120917

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

205

Instan a rechazar los resultados de Doha, 09 de Diciembre de 2012, en

http://www.ecologistasenaccion.org/article24628.html

Kioto II, cerca del abismo, 07 de Diciembre de 2012, en

http://www.lavanguardia.com/medio-ambiente/20121207/54356157411/kioto-2-

cerca-abismo.html

La Cumbre Mundial sobre Cambio Climático solicita ayuda, 06 de Diciembre de

2012, en http://www.informador.com.mx/tecnologia/2012/422442/6/la-cumbre-

mundial-sobre-cambio-climatico-solicita-ayuda.htm

La ONU, preocupada por el cambio climático, 22 de Noviembre de 2012, en

http://www.informador.com.mx/tecnologia/2012/419141/6/la-onu-preocupada-

por-el-cambio-climatico.htm.

Los retos de Río+20, 02 de Junio de 2012, en

http://www.rebelion.org/noticia.php?id=150631

Los Sistemas de Comercio de Emisiones, en http://finanzascarbono.org/finanzas-

carbono/acerca/comercio-emisiones/

Los temas clave de la negociación, 30 de Agosto de 2010, en

http://www.cambioclimatico.gob.mx/index.php/es/los-temas-clave-de-la-

negociacion.html

Luchar contra la crisis y el cambio climático es compatible, según experto, 06 de

Noviembre de 2012, en, http://www.que.es/ultimas-

noticias/sociedad/201211061147-luchar-contra-crisis-cambio-climatico-efe.html

MÜLLER, Benito, UNFCCC – THE FUTURE OF THE PROCESS, remedial action on

process ownership and political guidance, Climate Strategies, Febrero de 2011.

Paulatinos progresos en las negociaciones sobre cambio climático en Bonn, 30 de

Mayo de 2012, en http://ictsd.org/i/news/puentesquincenal/134896/

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

206

Países africanos piden a los desarrollados compensación por cambio climático, 27

de Noviembre de 2012, en

http://www.vanguardia.com.mx/paisesafricanospidenalosdesarrolladoscompensac

ionporcambioclimatico-1427123.html

Países insulares instan a actuar contra el cambio climático, 27 de Noviembre de

2012, en http://www.prensa-

latina.cu/index.php?option=com_content&task=view&idioma=1&id=749771&Item

id=1

PICHS Madruga Ramón, Subdirector del Centro de Investigaciones de la Economía

Mundial (CIEM), La Habana, Cuba. Tendencias energéticas mundiales:

implicaciones sociales y ambientales,

http://www.cubasolar.cu/biblioteca/Ecosolar/Ecosolar20/HTML/articulo01.htm

PNUMA Y LA SECRETARÍA SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC), Para

comprender el cambio climático: Guía elemental de la Convención Marco de

Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Bonn, Alemania: 2002, 34 págs.

Pobres resultados consiguió la Cumbre de Doha, 08 de Diciembre de 2012, en

http://www.dw.de/pobres-resultados-consigui%C3%B3-la-cumbre-de-doha/a-

16439413

PROGRAMA DE NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO. La hoja de ruta de Bali:

Los temas claves en la negociación, Publicación del grupo de medio ambiente y

energía, 308 págs.

Protocolo de Kyoto se aproxima a semana decisiva, 02 de Diciembre de 2012, en

http://www.radiobaragua.cu/index.php/noticias/internacionales/723-protocolo-

de-kyoto-se-aproxima-a-semana-decisiva

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

207

Protocolo de Kyoto Países buscan pacto por el clima en Doha, 27 de Noviembre de

2012, en http://www.lostiempos.com/diario/actualidad/vida-y-

futuro/20121127/paises-buscan-pacto-por-el-clima-en-doha_193629_412263.html

Qatar de la OPEP dice comenzará a adoptar energía solar, 1° de Diciembre de

2012, en http://lta.reuters.com/article/worldNews/idLTASIE8B001G20121201

¿Qué es REDD+?,

http://www.iucn.org/es/sobre/union/secretaria/oficinas/sudamerica/sur_trabajo/

sur_bosquesam/sur_bosques_cambio_climatico/sur_bosques_redd/

REDD+, programa para el cambio climático que privatiza los recursos naturales, 06

de Octubre de 2012, en http://www.bocadepolen.org/9289/redd-programa-para-

el-cambio-climatico-que-privatiza-los-recursos-naturales/index.html

Repunta la emisión global de dióxido de carbono, 03 de Diciembre de 2012, en

http://noticias.terra.com.mx/mundo/repunta-la-emision-global-de-dioxido-de-

carbono,a6ccc752eb75b310VgnCLD2000000dc6eb0aRCRD.html

Reunión en Doha avanza con cautela, 02 de diciembre de 2012, en

http://www.lostiempos.com/diario/actualidad/vida-y-futuro/20121202/reunion-

en-doha-avanza-con-cautela_194262_413574.html

Resumen del Protocolo de Kioto de la Convención, en

http://www.stopco2euskadi.net/documentos/Protocolo_Kyoto.pdf

Soberanía y Derecho Internacional, en

http://www.monografias.com/trabajos/sobeydcho/sobeydcho.shtml

Suiza establecerá un céntimo climático sobre el precio de los carburantes, 17 de

febrero de 2006, en http://ecodes.org/noticias/suiza-establecera-un-centimo-

climatico-sobre-el-precio-de-los-carburantes#.ULs92uRwde8

TANURO , Daniel. El mayor contaminador del mundo preside la cumbre sobre el

clima, Sean Thompson, “Economics and ecology: the multiple nature of the crisis”,

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

208

communication à la Historical Materialism Conference, London, nov 2012.

http://www.vientosur.info/spip/spip.php?article7470

Un número cada vez más rojo (2°) en la Cumbre del Clima, 25 de Noviembre de

2012, en http://www.ambito.com/noticia.asp?id=664612

UNITED NATIONS FRAMEWORK CONVENTION ON CLIMATE CHANGE (UNFCCC)

SECRETARIAT, Programa de Trabajo de Nairobi sobre los efectos, la vulnerabilidad

y la adaptación al cambio climático, Bonn, Germany, en

http://unfccc.int/files/adaptation/application/pdf/nwpleaflet_0_es.pdf

UNITED NATIONS, World Economic and Social Survey 2011, The Great Green

Technological Transformation, en

http://www.un.org/en/development/desa/policy/wess/wess_current/2011wess.p

df

Venezuela apuesta a modelo de desarrollo que privilegia al ser humano, 06 de

Diciembre de 2012, en http://www.avn.info.ve/node/145545

WOOD, Peter John. Climate Change and Game Theory, Environmental Economics

Research Hub, Research Reports, Mayo 2011, Research Report No. 62, ISSN 1835-

9728.

WORLD BANK, The Turn down the heat. Why a 4°C warmer world must be avoided,

en

http://climatechange.worldbank.org/sites/default/files/Turn_Down_the_heat_Wh

y_a_4_degree_centrigrade_warmer_world_must_be_avoided.pdf

WWF/Adena, Protocolo de Kioto. Situación actual y perspectivas, en

http://www.ceida.org/prestige/Documentacion/Protocolo%20Kioto.pdf

Hacia un régimen climático internacional del S. XXI.

209

Rosalba Taboada Villasana.

_____________________________