hablemos de sueldos…
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Hablemos de sueldos…. …TOMA, PERO TE ADVIERTO QUE SÓLO EL DE ARRIBA ES VERDE…. EXPECTATIVAS…. …DA IGUAL… ¡DÁME, DÁME!. …Y LA REALIDAD…. …y con lo que te sobre, me compras acciones…. - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT

Hablemos de sueldos…

EXPECTATIVAS…..…TOMA, PERO TE ADVIERTO QUE SÓLO EL DE ARRIBA ES
VERDE…
…DA IGUAL…¡DÁME, DÁME!

…Y LA REALIDAD…..
…y con lo que te sobre, me compras acciones….

Y vamos a hablar de los sueldos en Indra, algo que la empresa considera tan “secreto” y
“estratégico” que lo guarda bajo siete llaves y, suponemos, protegido por un ejército de
demonios en alguna oscura cueva en la base de una remota montaña…
El sueldo es un aspecto importante en la calidad del trabajo. Es más que un incentivo,
que una motivación: es el ‘pan que nos ganamos con el sudor de la frente’…

…aunque parece que algunos no hayan entendido bién la cosa…

Suponemos que trabajamos a cambio de un sueldo, que “vendemos” nuestros conocimientos y nuestro buen hacer por un precio y durante determinadas horas.
Como personas esperamos mejorar nuestras condiciones de vida, la de nuestras familias, y esperamos que las generaciones que vienen detrás lo tengan mejor que nosotros.
Vamos a analizar qué está sucediendo en Indra en los últimos años.

Veamos de manera cruda la variación de los sueldos según la categoría, y la compararemos con los beneficios de Indra.
En Verde, variación positiva; en Rojo, variación negativa o disminución.
2008 2009 2010 2011 TOTAL (***)
% (*) Programador y Programador Junior -7,03% 0,62% -0,81% -0,30% -7,52%
% (*)Graduado Medio y Titulado de grado medio -2,94% 12,35% 0,65% -6,63% 3,43%
% (*) Grado Superior y Titulado de grado Superior -14,62% 11,41% 10,19% -24,03% -17,05%
% (*) Analista-programador 0,82% 11,33% -21,14% 5,50% -3,49%
Beneficios Indra (Millones) (**) 182 196 189 567
Facturación Indra (Millones) (**) 2380 2513 2880 7.773
Porcentaje beneficios/facturación (**) 7,65% 7,80% 6,56% 22,01%
% variación 23,39% 7,69% -3,57% 27,51%
Fuentes:
* Promedio salarios: Altas nuevos contratos Indra Sistemas Barcelona durante el período 2007-2011.
** Datos a nivel de toda Indra: Elaboración propia a partir de datos de las empresas, CNMV y agencias. En 2011 no se disponen datos y hemos preferido no basarnos en previsiones.
*** Total simple, calculado en base a la suma de los valores. Para los porcentajes de salario se debería de tener en cuenta las variaciones de los años anteriores.

Como puede apreciarse, las nuevas incorporaciones ganan menos o lo mismo en promedio que hace 4 años….
Obviamente estos datos no están normalizados con el IPC ACUMULADO durante estos años, con lo que la comparativa es engañosa. (en realidad, veremos que es MUCHO PEOR).
* El valor mostrado es el promedio del salario de las nuevas altas en Indra SI Barcelona por categoría profesional.

APLICAMOS EL IPC ACUMULADO A LO QUE SE COBRABA EN EL 2007 (ES DECIR, SUMÁNDOLE LO QUE HAN SUBIDO LOS PRECIOS ESTOS AÑOS), PARA PODER COMPARARLO CON LO QUE SE COBRA DE MEDIA ACTUALMENTE HOY EN 2011:
CATEGORÍA
VARIACIÓN FINAL APLICANDO IPC ESTATAL
VARIACIÓN FINAL APLICANDO IPC AUTONOMICO
Nuevas altas Programador y Programador Junior -17,40% -19,91%
Nuevas altas Graduado Medio y Titulado de grado medio -8,50% -11,27%
Nuevas altas Grado Superior y Titulado de grado Superior -28,90% -31,06%
Nuevas altas Analista-programador -16,63% -19,15%
Como siempre, en Verde, variación positiva; en Rojo, variación negativa o disminución...
IPC Acumulado Enero 2007-Abril 2011: (Fuente INE)
Estatal 12,00%
Cataluña 15,50%

(Explicación rápida de los datos anteriores….)

Y ahora veamos la evolución salarial de los Consejeros y Altos Directivos de Indra
Fuente: Informes de la Memoria y Cuentas Anuales de INDRA, desde 2007 a 2010. Para 2011, el “Informe Anual sobre Retribuciones de los Consejeros y de los Altos Directivos de Indra, mayo de 2011”, disponible como información adicional para la Junta General de Accionistas de 2011.
Retribución Media de los Consejeros
AÑO Importe Variación
2.006 120.000
2.007 119.000 -0,83%
2.008 139.733 17,42%
2.009 139.383 -0,25%
2.010 144.872 3,94%
2.011 150.000 3,54%
Como siempre, en Verde, variación positiva; en Rojo, variación negativa o disminución...
(*)

(*) A destacar lo que opina Indra sobre ese 3,45% de incremento en 2.011 respecto al año anterior:
“iii. La retribución media por consejero será aproximadamente de 150.000€ anuales, lo que significa incrementar muy moderadamente la retribución media del ejercicio 2010.”
Fuente: Informe Anual sobre Retribuciones de los Consejeros y de los Altos Directivos de Indra, mayo de 2011
Así que ya lo sabemos, ahora las cosas las tenemos que pedir ‘muy moderadamente”.
Y aplicando el IPC Acumulado, veamos si han perdido poder adquisitivo…..
IPC Acumulado 2007-2011
2007+IPC 2011 Variación
133.280 150.000 12,55% Estatal
137.445 150.000 9,13% Catalunya
Como siempre, en Verde, variación positiva; en Rojo, variación negativa o disminución...


Y para los Altos Directivos de Indra…..
(las mismas Fuentes que el anterior punto)
Retribución Media Altos Directivos
AÑO Importe Variación
2.006 685.000
2.007 695.000 1,46%
2.008 749.000 7,77%
2.009 798.000 6,54%
2.010 759.800 -4,79%
(*) en 2010, hay un directivo menos.
Y aplicando el IPC, veamos si han perdido poder adquisitivo…..
IPC Acumulado 2007-2010
2007+IPC 2010 Variación
767.975 759.800 -1,06% Estatal
772.940 759.800 -1,69% Catalunya
(*)
Vaya, los Directivos también han perdido poder adquisitivo …. Habrá que prescindir del jet privado……


Destacamos además este párrafo de la memoria:
“2.3 Marco contractual de la relación laboral de los Altos DirectivosCada uno de los altos directivos tiene suscrito con la Sociedad un contrato que regula las condiciones aplicables a su relación laboral. Dichos contratos han sido autorizados por el Consejo de Administración, previo informe favorable y propuesta de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Gobierno Corporativo, y han sido sometidos a la Junta General Ordinaria de Accionistas desde el ejercicio 2007. En virtud de lo establecido en dichos contratos, los altos directivos tienen derecho, en el supuesto de resolución de su relación laboral con la Sociedad, salvo que tenga por causa la baja voluntaria o el despido procedente, a una indemnización equivalente a la establecida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, esto es, cuarenta y cinco días de su retribución en base anual por año de permanencia en la Sociedad, con un límite máximo de 3,5 anualidades; estableciéndose una cuantía mínima de tres anualidades en el caso del Presidente y del Consejero Delegado. Adicionalmente, los Consejeros Ejecutivos y los Directores Generales de Operaciones tienen suscritos sendos compromisos de no competencia, con una duración de dos años a partir de la finalización de su relación laboral con la Sociedad y con una cuantía compensatoria de entre 0,5 y 0,75 veces su retribución anual porcada año de no competencia.”
Fuente: Informe Anual sobre Retribuciones de los Consejeros y de los Altos Directivos de Indra, mayo de 2011
¿¿¿45 días???
Claro, no dejan de ser Trabajadores como nosotros….pero parece que a ellos NO LES AFECTA la Reforma Laboral…..

…Púlse la tecla ATPEC para finalizar…