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GUÍA

OFICINA DE ATENCIÓN AL MIGRANTE Y SUS FAMILIAS

OFICINA DE ATENCION AL MIGRANTE Y SUS FAMILIAS

• Tramite De Pasaporte Mexicano • Tramite De Pasaporte Americano • Visa Americana • Doble Nacionalidad Y Apostillado • Pensiones Laborales • Visas Humanitarias • Apoyo A Migrantes En Retorno O Deportados • Canalización Con Dependencias Según El Problema • Pensiones Alimenticias • Localización De Extraviados Y Detenidos En El Extranjero • Asesoría Sobre Asuntos Migratorios En General • Asesoría Jurídica • Apoyo En El Traslado De Restos

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES DELEGACION AGUASCALIENTES

• Pasaporte Mexicano • Visas Humanitarias • Pensiones Alimenticias • Localización De Extraviados Y Detenidos En El Extranjero • Apoyo En El Traslado De Restos

CONSULADO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS EN GUADALAJARA

• Tramite De Pasaporte Americano • Visa Americana • Pensiones Laborales

CONSULADO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS EN MONTERREY

• Tramite De Pasaporte Americano • Visa Americana • Pensiones Laborales • Visas Humanitarias

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE AGUSACALIENTES

• Doble Nacionalidad y Apostillado

SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO

• Apoyo A Migrantes En Retorno O Deportados

INSTITUTO DE ASESORÍA Y DEFENSORÍA PÚBLICA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES • Pensiones Alimenticias • Asesoría Jurídica

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

• Apoyo A Migrantes En Retorno O Deportados

INSTITUTO AGUASCALENTENSE DE LAS MUJERES (Exclusivo Mujeres) • Asesoría Jurídica • Canalización Con Dependencias Según El Problema

PASAPORTE MEXICANO

Si es por primera vez que hace el trámite deberá de acudir a la Delegación de la Secretaria de Relaciones Exteriores acreditando los siguientes requisitos:

• Acreditación de Identidad con cualquiera de los siguientes documentos en original y copia: Credencial para votar del Instituto Nacional Electoral (INE/IFE), Cédula Profesional, Título Profesional, Carta de Pasante, Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional liberada, Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), Certificado de nacionalidad mexicana, Credencial nacional para personas con discapacidad.

• Acreditación de Nacionalidad con cualquiera de los siguientes documentos en original y copia: Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del Registro Civil mexicano, Carta de Naturalización.

• Fotografía: Entregar una fotografía tamaño pasaporte, sin lentes, de frente, a color con fondo blanco, cabeza descubierta y que haya sido tomada recientemente

• Pago: Entregar comprobante del pago de derechos

Si es renovación, entregará el pasaporte a renovar acompañado de una copia de la libreta de pasaporte (abierta) que contenga la hoja de datos personales y el número de libreta; ambas deberán ser impresas en el mismo frente de la copia.

Para menores de edad se requiere Comparecencia de los padres, quien ejerza patria potestad o tutela presentando documentos oficiales vigentes con fotografía y firma del titular que acrediten la identidad, y cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

El costo del pasaporte depende por los años que los solicite:

Concepto Monto Monto de derechos 2018 para la expedición de pasaporte con vigencia de 3 años $1,205.00 mxn Monto de derechos 2018 para la expedición de pasaporte con vigencia de 6 años $1,660.00 mxn Monto de derechos 2018 para la expedición de pasaporte con vigencia de 10 años $2,550.00 mxn Monto de derechos 2018 con beneficio del 50% para la expedición de pasaporte con vigencia de 3 años $605.00 mxn Monto de derechos 2018 con beneficio del 50% para la expedición de pasaporte con vigencia de 6 años $830.00 mxn Monto de derechos 2018 con beneficio del 50% para la expedición de pasaporte con vigencia de 10 años $1,275.00 mxn

Cabe mencionar que el trámite se puede hacer también por medio de cita solicitándola a la página de internet de la Secretaria de Relaciones Exteriores que es la siguiente: www.citas.sre.gob.mx.

PASAPORTE AMERICANO

Libreta pasaporte:

Es prueba de identificación y ciudadanía estadounidense y se puede utilizar para viajes internacionales por aire, mar o tierra.

Tarjeta Pasaporte:

Ciudadanos estadounidenses pueden solicitar una tarjeta pasaporte además de la libreta pasaporte “tradicional”; sin embargo, no se puede utilizar la tarjeta pasaporte para viajes aéreos internacionales. La tarjeta pasaporte es del tamaño de una tarjeta de crédito y solo puede ser utilizada para entrar a los Estados Unidos por tierra o por mar desde Canadá, México o las Bermudas.

Menores de 16 Años

Validez:

5 años para menores de 16 años de edad

1. Requisitos para primer pasaporte o renovación: 2. Solicitud 3. Prueba de ciudadanía estadounidense 4. Documentos que acreditan la paternidad 5. Documento de identificación 6. Consentimiento de los progenitores 7. Una fotografía 8. Costo del pasaporte

1. Solicitud

En solicitud DS-11 (en inglés)

Entregar personalmente a un agente autorizado de aceptación de solicitudes de pasaportes

Nota: Es necesario incluir el número de Seguro Social según 22 U.S.C. 2714a y 22 C.F.R 51.60(f) (en inglés).

2. Acreditar la ciudadanía estadounidense mediante la entrega en original y copia de uno de los siguientes documentos:

a. Acta de nacimiento estadounidense certificada (en el cual debe constar todo lo siguiente):

• Emisión por la ciudad, condado o estado de nacimiento • Nombre y apellidos del titular, fecha y lugar de nacimiento • Nombre y apellido de uno de los progenitores o de ambos • Fecha de inscripción en la oficina del registro civil (debe ser dentro del

plazo de un año a partir del nacimiento) • Firma del oficial del registro civil • Sello del oficial del registro civil grabado en relieve, impreso, o multicolor

b. Reporte consular de nacimiento en el extranjero o certificación de nacimiento

c. Certificado de naturalización

d. Certificado de ciudadanía

3. Documentos que acreditan la paternidad

Debe presentar pruebas que muestren el nombre del progenitor que solicita el pasaporte en nombre del menor. Asegúrese de que la prueba de ciudadanía como, por ejemplo, el acta de nacimiento, muestre el parentesco con el menor. Los decretos de adopción u órdenes de custodia deben indicar claramente el nombre del tutor legal.

4. Acreditar la identidad de los progenitores presentando original y copia de uno de los siguientes documentos:

• Licencia de conducir estadounidense válida • Pasaporte emitido previamente • Certificado de naturalización • Documento vigente de identificación gubernamental (municipal, estatal o

federal) • Documento vigente de identificaciones militares (militares y dependientes) • Matrícula Consular emitida por el gobierno mexicano

5. Presentar consentimiento de los progenitores

Los menores de 16 años no pueden presentar la solicitud en nombre propio. Ambos progenitores o tutores legales deben presentarse con el menor y dar consentimiento para que se emita el pasaporte.

Si uno de los progenitores o tutores legales no puede presentarse, entonces el formulario DS-11 debe ir acompañado por un formulario DS-3053: Statement of Consent (declaración de consentimiento en inglés) firmado ante notario por el progenitor o tutor legal ausente.

Si el menor solo tiene un progenitor o tutor legal, junto a la solicitud se debe presentar el documento que acredite la custodia legal absoluta. Ejemplos:

Acta de nacimiento estadounidense o de otro país, reporte consular de nacimiento en el exterior o decreto de adopción, donde aparece solamente el nombre del progenitor solicitante

Orden judicial que otorga custodia legal única al progenitor solicitante (a menos que esa orden limite los viajes del menor)

Orden judicial que expresamente permite viajar con el menor al progenitor solicitante

Declaración judicial de falta de competencia del progenitor ausente

Certificado de defunción del progenitor ausente

Si no hay ningún progenitor ni tutor legal disponible, un tercero puede solicitar pasaporte para el menor mediante declaración escrita o jurada firmada ante notario por ambos progenitores o tutores legales, que autoriza al tercero a presentar la solicitud del menor. Cada declaración debe ir acompañada de una fotocopia del documento de identificación de los progenitores o tutores legales. Cuando la declaración jurada es de solo uno de los progenitores o tutores legales, el tercero debe presentar documentos que acrediten la custodia única del progenitor o tutor legal que lo autoriza. El consentimiento por escrito del progenitor ausente que acompaña la solicitud para un nuevo pasaporte no debe tener más de tres meses de antigüedad.

6. Entregar una foto

• En color • 2x2 in (5x5 cm) • Tomada en los últimos seis meses • Fondo simple y blanco • Sin lentes

7. Costo del pasaporte

• Libreta pasaporte $115 • Tarjeta pasaporte $50 • Libreta pasaporte y tarjeta pasaporte $130 • Si opta por el servicio expedito, se le añaden $60 a la tarifa

Jóvenes de 16 y 17 Años de Edad

Validez:

10 años para personas 16 años de edad en adelante

Requisitos para primer pasaporte o renovación:

1. Solicitud 2. Prueba de ciudadanía estadounidense 3. Consentimiento de los progenitores 4. Ejemplos de constancia de conocimiento de los progenitores 5. Documento de identificación 6. Una fotografía 7. Costo del pasaporte

1. Solicitud

Solicitud DS-11 (en inglés)

Solicitud DS-82 (en inglés) (Solo puede ser utilizado por solicitantes de 17 años con pasaporte otorgado después de su 16o cumpleaños más de un año atrás y disponible para ser entregado con esta solicitud)

Nota: Es necesario incluir el número de Seguro Social según 22 U.S.C. 2714a y 22 C.F.R 51.60(f) (en inglés).

2. Acreditar la ciudadanía estadounidense mediante la entrega en original y copia de uno de los siguientes documentos:

a. Acta de nacimiento estadounidense certificada (debe contar con todo lo siguiente):

• Emisión por la ciudad, condado o estado de nacimiento • Nombre y apellidos del titular, fecha y lugar de nacimiento • Nombre y apellido de uno de los progenitores o de ambos • Fecha de inscripción en la oficina del registro civil (debe ser dentro del

plazo de un año a partir del nacimiento) • Firma del oficial del registro civil • Sello del oficial del registro civil grabado en relieve, impreso, o multicolor

b. Reporte consular de nacimiento en el extranjero o certificación de nacimiento

c. Certificado de naturalización

d. Certificado de ciudadanía

3. Presentar consentimiento de los progenitores:

Los solicitantes de 16 ó 17 años de edad con identificación propia pueden solicitar pasaporte en nombre propio. Se recomienda que por lo menos uno de los progenitores se presente con el menor para identificarlo y para dejar constancia de su conocimiento de la solicitud de pasaporte.

Aunque el requisito de que ambos progenitores den su consentimiento no se aplica a los solicitantes de 16 o 17 años de edad, conforme a las normas del Departamento de Estado, en general no se emitirá un pasaporte a un menor si un progenitor o tutor legal que posee custodia del menor ha notificado al Departamento de Estado por escrito que se opone a la emisión del pasaporte.

4. Ejemplo de constancia de conocimiento de los progenitores (uno de los siguientes):

Uno de los progenitores acompaña al menor cuando entrega la solicitud.

Se presenta una declaración firmada (en inglés) de por lo menos uno de los progenitores en la que da consentimiento para que se le emita un pasaporte al menor (debe ir acompañada de una fotocopia del documento de identificación del progenitor).

5. Acreditar identidad presentando original y copia de uno de los siguientes documentos:

• Licencia de conducir estadounidense válida • Pasaporte emitido anteriormente • Certificado de naturalización • Documento vigente de identificación gubernamental (municipal, estatal o

federal) • Documento vigente de identificación militar (militar y dependientes) • Matrícula Consular emitida por el gobierno mexicano

6. Entregar una fotografía:

• En color • 2x2 in (5x5 cm) • Tomada en los últimos seis meses • Fondo simple y blanco • Sin lentes

7. Costo del pasaporte:

• Libreta pasaporte $145 • Tarjeta pasaporte $65 • Libreta pasaporte y tarjeta pasaporte $175 • Si opta por el servicio expedito, se le añaden $60 a la tarifa

Primer Pasaporte para Adulto

Validez:

10 años para personas de 16 años de edad en adelante

Requisitos para tramitar el pasaporte:

1. Solicitud 2. Prueba de ciudadanía estadounidense 3. Documento de identificación 4. Una fotografía 5. Costo del pasaporte

1. Solicitud

En la solicitud DS-11 (en inglés)

Entregar personalmente a un agente autorizado de aceptación de solicitudes de pasaportes

Nota: Es necesario incluir el número de Seguro Social según 22 U.S.C. 2714a y 22 C.F.R 51.60(f) (en inglés).

2. Acreditar la ciudadanía estadounidense mediante la entrega en original y copia de uno de los siguientes documentos:

Constar todo lo siguiente):

• Emisión por la ciudad, condado o estado de nacimiento • Nombre y apellidos del titular, fecha y lugar de nacimiento • Nombre y apellido de uno de los progenitores o de ambos • Fecha de inscripción en la oficina del oficial del registro civil (debe ser

dentro del plazo de un año a partir del nacimiento) • Firma del oficial del registro civil • Sello del oficial del registro civil grabado en relieve, impreso, o multicolor

b. Reporte consular de nacimiento en el extranjero o certificación de nacimiento

c. Certificado de naturalización

d. Certificado de ciudadanía

3. Acreditar identidad presentando original y copia de uno de los siguientes documentos:

• Licencia de conducir estadounidense válida • Pasaporte emitido previamente • Certificado de naturalización • Documento vigente de identificación gubernamental (municipal, estatal o

federal) • Documento vigente de identificación militar (militar y dependientes) • Matrícula Consular emitida por el gobierno mexicano

4. Entregar una fotografía

• En color • 2x2 in (5x5 cm) • Tomada en los últimos seis meses • Fondo simple y blanco • Sin lentes

5. Costo del pasaporte

• Libreta pasaporte $145 • Tarjeta pasaporte $65 • Libreta pasaporte y tarjeta pasaporte $175 • Si opta por el servicio expedito, se le añaden $60 a la tarifa

Renovación de Pasaporte para Adulto

Validez:

10 años para personas de 16 años en adelante

Requisitos para renovar el pasaporte:

1. Solicitud 2. Pasaporte a renovar 3. Una fotografía

Costo del pasaporte

1. Solicitud

• En solicitud DS-82 (en inglés) • Firmada • Enviar por correo postal según las instrucciones de la página 2 de la

solicitud

Nota: Es necesario incluir el número de Seguro Social según 22 U.S.C. 2714a y 22 C.F.R 51.60(f) (en inglés).

2. Entregar el pasaporte a renovar:

• Debió ser emitido cuando usted tenía 16 años o más • No puede tener más de 15 años de haber sido emitido • Debió tener una validez de 10 años • No puede estar dañado

• Debió ser emitido con su nombre legal actual. Si no es así, usted debe presentar documentos que muestren legalmente el cambio de nombre como, por ejemplo, una copia certificada de un acta de matrimonio u orden judicial. Se le devolverán los documentos por correo postal.

3. Entregar una fotografía

• En color • 2x2 in (5x5 cm) • Tomada en los últimos seis meses • Fondo simple y blanco • Sin lentes

4. Costo del pasaporte

• Libreta pasaporte $110 • Tarjeta pasaporte $30 • Libreta pasaporte y tarjeta pasaporte $140 • Si opta por el servicio expedito, se le añaden $60 a la tarifa

VISA AMERICANA

Antes que nada, debe saber qué tipo visa americana le interesa en función al motivo de su viaje. Lo más frecuente es seleccionar la visa B1 para motivos profesionales (no permite trabajar) o la visa B2, la visa de turista, para motivos de ocio. Una vez tenga claro que visa americana necesita, debe completar el formulario en línea DS-160 e imprimir la hoja de confirmación con el código de barras.

Los documentos que se deben presentar en la embajada o consulado americano son:

• Pasaporte vigente. • La hoja de confirmación de la solicitud DS-160 impresa. • Recibo de pago original.

Es muy probable que necesite presentar documentación adicional dependiendo de su situación personal. Pero le informarán de ello en el momento de agendar su cita con el Consulado.

Para poder sacar la cita para la visa americana, necesitará llevar impresa la hoja de confirmación de pago de la DS-160. Para conseguir dicha hoja deberá completar en línea la solicitud de visa de no inmigrante DS-160 e imprimir su correspondiente hoja de confirmación. Preste mucha atención cuando complete la solicitud ya que no se procesarán solicitudes con errores.

Agendar su cita para visa y pagar la solicitud por medio del sitio web del centro de citas

Para agendar la cita de la entrevista, lo puede hacer mediante la página del CAS o llamando por teléfono al consulado. La llamada no tiene cargos adicionales. Al solicitar la cita, también se: Proporcionará el número de confirmación de su forma DS-160.

Determinar inicialmente si es elegible para el trámite sin entrevista (IWP), y agendar su cita correspondiente en el centro de atención CAS y, si se requiere, ir al Consulado o a la Embajada americana en México.

Seleccionar en qué oficina de DHL quiere recibir su pasaporte y visa si es aprobada.

En este momento, tiene que efectuar el pago. Puede hacerlo con tarjeta en la web o en el call center. O, si lo quiere hacer en efectivo, tiene que imprimir una carta de pago que llevar al banco Banamex o Scotiabank. La visa turista cuesta 160 dólares americanos y 16 dólares para los menores de 15 años. Este pago no garantiza que le den la visa americana.

Presentar la solicitud, sacar huellas y fotografía en el CAS

Debe acudir al CAS para presentar su solicitud y sacar sus huellas dactilares y su fotografía. Llegue con antelación y no porte alimentos, armas de fuego ni líquidos. También están prohibidos los aparatos electrónicos y no podrá guardarlos en compartimentos del CAS.

Asistir a la cita para la entrevista de visa

Al igual que para el CAS, no debe portar esos objetos y se recomienda llegar 15 minutos antes. No se olvide que debe llevar el pasaporte. Algunas preguntas frecuentes para conseguir la visa turista para Estados Unidos son: ¿Por qué quiere viajar a Estados Unidos? ¿A qué zonas de Estados Unidos va a viajar? ¿Por qué esos destinos? ¿Cómo viajará? ¿Por qué viaja (o no) con su familia? Y otras preguntas.

Recoger su pasaporte en la oficina de DHL

Ir a por su pasaporte a la oficina de DHL que seleccionó anteriormente. La visa vendrá con el pasaporte si se lo conceden, si no, vendrá normal. Esto no tiene costo adicional.

Resumen:

• Llenar solicitud DS – 160 • Asignar cita y pago de la visa • Presentarse a su cita en tiempo y forma • Acudir a la cita para la entrevista • Si es aprobada acudir a DHL para su entrega.

DOBLE NACIONALIDAD Y APOSTILLADO

La Apostille es una certificación proporcionada bajo la Convención de la Haye de 1961 para autenticar documentos para su uso en países extranjeros, su principal función, es certificar la autenticidad de la firma del documento.

• Certificar documentos desde un país extranjero al país de donde son dichos documentos no es posible.

• Cada documento necesita ser apostillado/certificado en el lugar en donde se emitió, en las Oficinas del Secretario de Estado (Secretary of State) de cada uno de los Estados de la Unión Americana.

o Ejemplo: Es decir, si tu hijo nació en Los Ángeles, el Apostilla se tiene que tramitar en el Estado de California, si nació en Dallas, el Apostilla se debe realizar en el estado de Texas.

o Datos de las Oficinas de Secretario de Estado http://www.apostilleinfo.com/usa.htm

Para realizar el trámite existen dos maneras:

• Vía directa: El trámite se puede solicitar directamente ante la Oficina de la Secretaría de Estado (Secretary of State) de la Entidad Federativa correspondiente, (consultar enlace), presentando el documento original y el pago por este servicio, mismo que cada Oficina establece. Cabe mencionar que dado que este trámite no es personal, puede realizarlo una persona de la confianza del interesado, siguiendo las instrucciones que cada Oficina de Secretaria de Estado establece.

• Vía postal

1. Hacer solicitud al domicilio de la Oficina de la Secretaría de Estado (Secretary of State) de la Entidad Federativa correspondiente, para lo cual deberá:

o Comprar un Money Order (orden de pago) por la cantidad a la que corresponda al pago por este servicio, más $2.00 USD extras para cubrir el costo de los timbres de correo, a nombre de: OFFICE OF THE SECRETARY OF STATE.

o El sobre dirigido a la Office of the Secretary of State debe contener:

o – Documento original

o – Carta solicitando el trámite (en inglés)

o – El money order (orden de pago), que puede ser adquirida en casas de cambio y debe expedirse a nombre de OFFICE OF THE SECRETARY OF STATE.

o – Un sobre adicional con el domicilio en México al cual quiere que se envíe el documento apostillado.

2. Una vez que se cuente con el documento apostillado, en México se deberá traducir al español por un perito traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado que corresponda.

3. En el caso de las actas de nacimiento, de matrimonio y defunción, es necesario gestionar la inserción de datos ante el Registro Civil Mexicano.

ES IMPORTANTE TENER EN CUENTA QUE PARA PODER APOSTILLAR UN DOCUMENTO, ES NECESARIO QUE ESTE SE ENCUENTRE ACTUALIZADO, ES DECIR NO PUEDE TENER MAS DE TRES MES DE HABERLO SOLICITADO.

Aguascalientes, Ags. ___________, 2018

Office of the Secretary of State in ___________:

I _________________________, based on the “Hague Conference Private International Law”, request the apostille of the document attached to this letter, with the purpose of being able to be used in Mexico to carry out the necessary procedures for insertion the information and could be able to get the mexican nationalitation.

_____________________________

Sign

PENSIONES LABORALES

Para tramitar los beneficios federales de una persona que vivió y trabajo en el EEUU y actualmente se encuentra en México, será necesario hacerlo por medio de los Consulados en el País.

Actualmente para la realización de estos trámites, el Consulado solo acepta solicitudes por medio de correo electrónico.

Para la tramitación de una pensión o cualquier trámite relacionado con la misma, será necesario mandar un correo electrónico a la dirección [email protected], anexando en el correo la siguiente información:

• Número de Seguro Social de quien trabajó en EE.UU. (dueño del número de Seguro Social)

• Nombre completo de quien trabajó en EE.UU. (dueño del número de Seguro Social

• Su nombre completo

• Su relación o parentesco con el trabajador (en el caso de que sea una tercero)

• Su fecha de nacimiento

• Su teléfono de contacto

• Lugar de residencia (ciudad en la que vive)

• Razón por la que solicita cita (qué trámite quiere hacer)

Únicamente la persona que trabajo en EEUU, los hijos menores de 18 años y la viuda/o, podrán solicitar la pensión ante el Consulado.

El recibir una respuesta favorable por parte de las Autoridades dependerá únicamente de ellos, en algunos casos se podrá solicitar información extra que tendrá que ser enviada por correo electrónico también.

VISAS HUMANITARIAS

Requisitos para visa humanitaria

Además de que para la persona sea imposible obtener una visa temporal, la ley migratoria estadounidense define varias circunstancias en las que es admisible pedir visas de emergencia:

• Por razones médicas, ya sea una visa para visitar a un familiar enfermo o una de las visas para tratamiento médico personal.

• Para testificar en un juicio penal o civil. • En casos específicos de reunificación familiar que califiquen para una visa

parole humanitaria. • Por un beneficio público importante que las autoridades analizarán

detalladamente antes de emitir su criterio definitivo.

Si es un caso de visa de urgencia por cuestiones médicas personales, se debe adjuntar la documentación respectiva para justificar la solicitud, confirmar el diagnóstico y estado actual de la enfermedad y explicar por qué la persona no puede recibir dicho tratamiento o cirugía en su país de residencia.

Si bien se trata de un proceso de visa por razones humanitarias, el gobierno estadounidense solo aprobará solicitudes que demuestren fondos económicos suficientes para cubrir los gastos del tratamiento médico y de estadía en caso de que sea una visa por enfermedad de familiar.

La visa parole humanitaria es un procedimiento recibido, evaluado y resuelto por el servicio de inmigración de Estados Unidos y no por el consulado, donde se tramiten las visas temporales de manera ordinaria.

Una persona que recibe una visa humanitaria USA puede permanecer en territorio estadounidense hasta un año, mucho más que el periodo habitual de varias semanas que otorgan las autoridades para los turistas.

Recuerde que las visas de emergencia para Estados Unidos están hechas para las personas que no tienen las condiciones económicas o no cumplen con los requisitos para una visa de turista.

APOYO A MIGRANTES HIDROCÁLIDOS EN RETORNO O DEPORTADOS

En este punto nos referimos a que si una persona es deportada y no cuenta con los recursos para su retorno, se le otorgara un pase de abordaje para que pueda regresar a la ciudad. Lo más pronto posible y así este con su familia.

CANALIZACIÓN CON DEPENDENCIAS SEGÚN EL PROBLEMA

Al momento de ser deportado una persona sabemos que se va enfrentar a varias situaciones, por lo cual al acudir a esta oficina y sabiendo el problema de la persona se le dará la atención y asesoría de la cual dependencia pudiera acudir para tramitar un apoyo para encontrar empleo, o capacitación para poner un negocio.

PENSIONES ALIMENTICIAS

Para tramitar las pensiones alimenticias en EEUU, es necesario hacerlo mediante la Secretaria de Relaciones Exteriores, para que la misma, por medio de sus Consulados en el extranjero pueda gestionar el trámite.

¿De qué manera apoya la SRE?

• Apoyo en la solicitud de pensión y en el seguimiento de la misma

o Es importante tener en cuenta que para que se pueda recibir la ayuda que se necesita por parte de SRE, exista un acuerdo de colaboración entre el Estado donde se encuentra el padre y México

Es importante mencionar que:

• La SRE no cuenta con un sistema de búsqueda para localizar al padre.

• La SRE no puede obligar directamente al padre a pagar la pensión alimenticia, las autoridades en el otro país pueden hacerlo.

• No necesita estar casada para solicitar la pensión, si usted está separada, divorciada o si sus hijos nacieron fuera del matrimonio, ellos también tienen derecho a recibir la pensión.

• Sin importar su situación migratoria, el padre tiene la obligación de cumplir con la pensión alimenticia, aunque, si no tiene papeles, será más difícil localizarlo.

Documentos a presentar:

• Si está o estuvo casada, debe entregar acta de matrimonio original o copia certificada, con traducción al idioma oficial del país donde se encuentra el padre.

• Acta de nacimiento de su hijo original o copia certificada, con traducción al idioma oficial del país donde se encuentra el padre.

• Fotografía reciente del menor de edad a color, de cuerpo completo.

• Fotografía del padre del menor de edad a color, de antigüedad máxima de 9 años y de cuerpo completo.

• Llenar los formatos de solicitud que le entregarán en las oficinas de la SRE en la Ciudad de México o en las Delegaciones en el interior de la República.

• Comprobantes de un mes de gastos de su hijo (comida, transporte, educación, atención médica, ropa, calzado, etc.).

• Es importante proporcionar la dirección donde las autoridades del otro país puedan localizar al padre. Si no conoce el domicilio del padre, puede proporcionar el de su trabajo o de algún familiar o amigo que pudiera tener contacto con él, en la misma ciudad.

• Si existe una orden judicial anterior que obligue al padre a pagar una pensión, presentar una copia al personal de la SRE para saber si es posible utilizarla en el proceso.

Duración del procedimiento:

Depende del país de que se trate. En Estados Unidos, de tres a cuatro meses en promedio contados a partir de que usted entregue todos los documentos mencionados a las oficinas de la SRE en la Ciudad de México o a la Delegación de la SRE en el interior de la República más cercana a su domicilio.

LOCALIZACIÓN DE EXTRAVIADOS Y DETENIDOS EN EL EXTRANJERO

¿Si necesito información o ayuda, qué puedo hacer?

Trata de localizar a la persona con los números telefónicos o direcciones que te proporcionó antes de partir.

Si no es posible localizarlo, acude al consulado, embajada u oficina de la Secretaria de Relaciones Exteriores más cercana e informa de la situación de la persona.

El consulado puede:

• Solicitar información a autoridades de otros países. • Revisar los registros de servicios otorgados a mexicanos en el exterior.

El consulado no puede:

• Dar información si la persona no desea ser localizada. • Obligar a la persona a establecer contacto con sus familiares. • Realizar acciones de búsqueda en contra de las disposiciones legales del

país en el que se intenta localizar.

Requisitos:

- Comprobar la identidad y nacionalidad mexicana.

- Entregar toda la información disponible que contribuya a facilitar la búsqueda (fotografías, acta de nacimiento, rasgos o marcas específicas de la persona, etc.)..

ASESORÍA SOBRE ASUNTOS MIGRATORIOS EN GENERAL

En este punto nos enfocamos a aclarar alguna duda o problema que tengan las personas que hayan sido deportadas o todavía se encuentren en la unión americana y necesiten el apoyo del gobierno ya sea en algún tipo de documento o asesoría.

ASESORÍA JURÍDICA

Se les brinda el apoyo mediante los abogados que se tienen en la Dirección General de Gobierno para que estos mismos les den indicaciones de que hacer dependiendo de la situación que tengan y así no sean violados sus derechos.

APOYO EN EL TRASLADO DE RESTOS

La pérdida de un ser querido es un acontecimiento difícil para los familiares y amigos de la persona fallecida. Cuando ocurre en el extranjero, los Consulados de México ofrecen asesoría y atención a quienes se encuentran en esta situación.

Pasos a seguir en caso de un fallecimiento.

Contactar al Consulado.

Proporcionar los datos de la persona fallecida:

• Nombre. • Fecha de nacimiento. • Lugar de nacimiento. • Nombre, teléfono y dirección de familiares en EU. y/o en México. (Esposa,

padres, hermanos) • Conseguir estos documentos: • Acta de nacimiento. • Identificaciones oficiales. • Reporte de la policía. (Si es el caso)

Certificación consular

Para que los restos ingresen a México, el Consulado realiza de manera gratuita el visado de ciertos documentos. La funeraria debe enviar, en original y acompañados de su traducción al español (a máquina), cada uno de los siguientes documentos.

• Acta de defunción. (Apostillada) • Permiso de tránsito de cadáveres y/o entierro. • Carta de embalsamamiento. (Notarizada). • Carta del médico forense, donde se especifique que no existe enfermedad

contagiosa (si aplica)

Una vez que se reciben los documentos en orden, la certificación se realiza el mismo día y se le remite por correo prepagado a la funeraria. En caso de que existan dudas sobre este trámite, llame al teléfono (404)266-2233 extensión 235.

Funerarias en México.

Durante el proceso, la familia tendrá que proporcionar los datos de una funeraria en el lugar de origen al que regresará la persona fallecida. Si usted no cuenta con esa información, el Consulado puede solicitarla a nuestras delegaciones o los gobiernos estatales en los diferentes Estados de la República.

Una vez que cuente con una funeraria en nuestro país, reúna los siguientes datos para el director de la funeraria en EU:

• Nombre completo de la empresa en México. • Dirección completa, teléfono y número de fax. • Nombre del dueño o encargado de dicha funeraria. • Nombre y lugar exacto del cementerio donde serán sepultados los restos. • Costos y plazos

El costo normal de un traslado de restos a nuestro país, depende del tipo de servicios que contrate la familia (tipo de ataúd, servicios de velación en EU, servicios especiales, etc.)

A lo largo de los últimos dos años, el costo promedio de un traslado sin servicios de velación, desde los cuatro Estados de nuestra circunscripción hasta el aeropuerto más cercano al lugar de Origen en México, ha oscilado entre $2,500.00 y $3,500.00 dólares.

Normalmente, el traslado debe realizarse de cinco a diez días después del fallecimiento, dependiendo de la causa de muerte; de la disponibilidad de vuelos; de la experiencia de la funeraria contratada; de la necesidad de conseguir autorización de familiares; y del tiempo en que se reúna el costo del traslado.

Derechos y obligaciones

La funeraria debe:

• Respetar las condiciones del contrato de servicios y llevar a cabo el traslado según lo acordado.

• Remitir los documentos originales y traducciones al Consulado de México. • Encargarse de los pormenores para la reservación del vuelo con la línea

aérea. • Proporcionar un itinerario detallado de la llegada de los restos a México.

Los familiares deben:

• Proporcionar los datos de la persona fallecida y presentar sus documentos personales para identificarla.

• Ponerse de acuerdo y decidir con detenimiento los servicios a contratar. • Cubrir el costo del traslado según lo acordado. • Cuestiones generales

El costo del traslado puede incrementarse si decide escoger un ataúd lujoso o velar a la persona fallecida en EU. El Consulado le recomienda revisar con cuidado los términos de su acuerdo, antes de firmar cualquier contrato.

En ciertos casos, y dependiendo de la causa de la muerte, existen posibilidades de obtener una indemnización para los deudos. Consulte esta posibilidad al personal de Protección del Consulado.

En caso de que la funeraria que escogió no cuente con personal que hable español, muéstrele estos requisitos y pídale que se comunique al Consulado.

DIRECTORIO OFICINA DE ATENCION AL MIGRANTE Y SUS FAMILIAS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Hornedo No. 104, P.B., Centro, C.P. 20000, Aguascalientes, Aguascalientes. Tel. 01 (449) 916 44 76 Fax 910 2015 ext. 3537 SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES DELEGACION AGUASCALIENTES Centro Comercial El Dorado, Av. Las Américas No.1701, P.B. Fracc. El Dorado, Colonia Santa Elena 2° Sección, C.P. 20238, Aguascalientes, Ags. Teléfono: (449) 146 99 50 (449) 146 99 51 Correo: [email protected] Página Oficial http:/www.sre.gob.mx

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES OFICINA DE ENLACE CALVILLO Prolongación Independencia No. 201 Esq. Guanajuato, Palacio De Justicia Y Administración. Col. Los Ángeles C.P.20800 Teléfono: (495) 9560039, (495) 9560075 Ext: 4195 Correo: [email protected] Horario De Atención: De Lunes A Viernes De 8:30 A 14:30 Horas. SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES OFICINA DE ENLACE COSÍO Calle Vicente Guerrero No.15 Zona Centro C.P.20460 Teléfono: (458) 987 09 66 Correo:[email protected] Horario De Atención: De Lunes A Viernes De 8:30 A 15:30 Horas. CONSULADO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS EN GUADALAJARA Progreso 175 Col. Americana Código Postal 44160 Guadalajara, Jalisco, México Teléfono: (01-33) 3268-2100 Fax: (01-33) 3826-6549 https://mx.usembassy.gov/embassy-consulates/guadalajara/

CONSULADO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS EN MONTERREY Ave. Alfonso Reyes #150 Col. Valle del Poniente Santa Catarina, Nuevo León México 66196 Phone: 011-52-81-8047-3100 Fax: 011-52-81-8342-5433 https://mx.usembassy.gov/embassy-consulates/ monterrey/ DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Héroe de Nacozari esq. Av. López Mateos, Colonia San Luis, Ags. C.P. 20250 Teléfono (Conmutador): 01(449) 9-10-2646 Ext.6333 http://www.aguascalientes.gob.mx/segob/registrocivil/ SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO Av. Aguascalientes Sur No.3214 Fracc. Prados del Sur C.P. 20280, Aguascalientes, Ags. 01 (449) 971 94 01 al 04 ext. 115, 119 o 101 [email protected]

INSTITUTO DE ASESORÍA Y DEFENSORÍA PÚBLICA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Vázquez Del Mercado #101, Int. 102, 202, 301 Y 302, Edificio Conocido Como Chalet Douglas, Teléfono (Conmutador): (449) 9-15-2988, 9-16-6420, 9-17-9383 Y 9-17-93-24 [email protected] Titular 01 (449) 910 25 00 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Blvd. José María Chávez No. 3202, Cd. Industrial C.P. 20290 Aguascalientes, Ags. Teléfono (Conmutador): (449) 910 21 21 buzon.portal@aguascalientes. gob.mx

INSTITUTO AGUASCALENTENSE DE LAS MUJERES (IAM) Av. Manuel Gómez Morín S/N Col. Ferronales, Planta Alta C.P. 20120 Telefono (Conmutador): 01 (449) 910 21 28 [email protected] TELÉFONOS DE EMERGENCIA DE LA RED CONSULAR DE MÉXICO EN ESTADOS UNIDOS Si estás fuera de México y tu integridad física está en peligro, no dudes en llamar a los teléfonos de emergencia de la Red Consular. OJO: estos teléfonos son sólo para emergencias extremas. Si te encuentras en EUA llama a los siguientes números de emergencia: Centro de Atención y Asistencia a Mexicanos (CIAM) 1 855 4636 395 (Desde México al 001 520 623 7874) Consulado en Albuquerque (505) 270 7009 Consulado en Atlanta (404) 625 1706 Consulado en Austin (512) 922 7906 Consulado en Boise (208) 919 1857 Consulado en Boston (617) 645 6673 Consulado en Brownsville (956) 459 8467 Consulado en Caléxico (760) 455 2140 Consulado en Chicago* (312) 738 2383; (312) 738 2023 Consulado en Dallas (214) 932 0653

Consulado en Del Rio (830) 775 2352 Consulado en Denver (303) 667 8657 Consulado en Detroit (313) 580 7426 Consulado en Douglas (520) 508 8425 Consulado en Eagle Pass (830) 352 4145 Consulado en El Paso (915) 549 0003 de las 17:00 hrs a las 8 a.m. (915) 544 9299 (Tel. directo de protección, días hábiles) Consulado en Filadelfia (215) 266 3740 Consulado en Fresno (559) 233 4241 Consulado en Houston (713) 857 6504 (713) 995 1227 Ext. 1200 a la 1209 (Tel. directo de protección, días hábiles) Consulado en Indianápolis (317) 213 0779 Consulado en Kansas City (816) 695 4062 Consulado en Laredo (956) 251 9096 Consulado en Las Vegas (702) 845 2629 Consulado en Little Rock (501) 952 3462

Consulado en Los Ángeles (213) 219 0175 Consulado en McAllen (956) 821 6783 Consulado en Miami (305) 979 1534 Consulado en Nogales (520) 313 5339 (520) 375 4037 Consulado en Nueva Orleans (504) 654 9546 Consulado en Nueva York (917) 459 2143 Consulado en Omaha (402) 312 5006; (402) 216 7717; (402) 415 7010 Consulado en Orlando (321) 276 4843 Consulado en Oxnard (805) 889 0241; (805) 984 4334 Consulado en Phoenix (602) 330 3642 Consulado en Portland (503) 490 6032; (503) 478 0436 (Tel. directo de protección, días hábiles) Consulado en Presidio (432) 238 7933 Consulado en Raleigh (919) 796 3637

Consulado en Sacramento (916) 397 8686; (916) 213 0526 Consulado en Salt Lake City (801) 971 7305; (801) 560 8907 Consulado en Saint Paul (651) 334 8562; (651) 772 4417 Consulado en San Antonio (210) 872 4386 Consulado en San Bernardino (909) 633 1982 Consulado en San Diego (619) 231 3847; (619) 231 6634 Consulado en San Francisco (415) 699 1885 Consulado en San José (408) 472 1301 Consulado en San Juan (787) 366 6631 Consulado en Santa Ana (714) 835 5873 Consulado en Seattle (206) 618 8202; (206) 448 8417 Consulado en Tucson (520) 975 5832 Consulado en Yuma (928) 941 2490 Sección Consular de la Embajada en Washington, DC. (202) 997 0560