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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 1 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011 GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011 DOCUMENTO EN CONSTRUCCIÓN GUIA METODOLÓGICA PLAN DE DESARROLLO PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PD Y OT_CSCRUZ) GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ Leopoldo Bucheli Mora ALCALDE DE SANTA CRUZ

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

1 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

DOCUMENTO EN CONSTRUCCIÓN

GUIA METODOLÓGICA

• PLAN DE DESARROLLO

• PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PD Y OT_CSCRUZ)

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ

Leopoldo Bucheli Mora ALCALDE DE SANTA CRUZ

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

2 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

INTRODUCCIÓN

El Gobierno Autónomo Descentralizado de Santa Cruz que ejerce su ámbito de acción en el cantón, tiene como misión impulsar el desarrollo humano sustentable, basado en un nuevo modelo de gestión, fundamentado en los principios de solidaridad, subsidiaridad, equidad territorial, integración y participación ciudadana con el fin de lograr el buen vivir de los habitantes del cantón Santa Cruz

En el ámbito de la planificación, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 264 numeral 1, consagra para los gobiernos cantonales la competencia exclusiva de planificación en los siguientes términos: “Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial”.

El citado mandato constitucional otorga a los gobiernos cantonales la rectoría de la planificación en el cantón, en coordinación con las y juntas parroquiales rurales, constituidos al sistema nacional descentralizado de planificación y a sus diferentes niveles de participación ciudadana.

De igual manera, la Constitución Política en el Art. 293 dispone que: “La formulación y la ejecución del Presupuesto General del Estado se sujetarán al Plan Nacional de Desarrollo. Los presupuestos de los gobiernos autónomos descentralizados y los de otras entidades públicas se ajustarán a los planes regionales, cantonales, cantonales y parroquiales respectivamente, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, sin menoscabo de sus competencias y su autonomía. Los gobiernos autónomos descentralizados se someterán a reglas fiscales y de endeudamiento interno, análogas a las del Presupuesto General del Estado, de acuerdo con la ley”.

Corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados, en forma obligatoria ajustar sus proformas presupuestarias y los planes operativos anuales POA(s), a los contendidos de sus planes de desarrollo, cumpliendo, de esta manera, con el mandato constitucional. Estos instrumentos de planificación también deberán incorporar el enfoque de género, cumpliendo el mandato establecido en el Art. 70 de la constitución que dice: “El Estado formulará y ejecutará políticas para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres, a través del mecanismo especializado de acuerdo con la ley, e incorporará el enfoque de género en planes y programas, y brindará asistencia técnica para su obligatoria aplicación en el sector público”.

Desde el punto de vista de la equidad de género y su institucionalización en la gestión del Gobierno cantonal, es importante destacar primero, su competencia exclusiva de planificar el desarrollo global de su circunscripción, pues es en este proceso en el que se identifican con mayor precisión las inequidades que afectan a la población en general y a la femenina en particular; segundo, porque en el proceso de planificación se establecen, de manera participativa, las medidas que llevan a enfrentar o solucionar las inequidades y; sobre todo, porque integrar el enfoque de género en el proceso planificador y su estructura garantiza la adopción del mismo en la totalidad de la intervención institucional

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3 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

Los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, son instrumentos de planificación

previstos por la Constitución, que permitirán a los gobiernos autónomos cantonales desarrollar

la gestión concertada de su territorio, orientada al desarrollo armónico e integral.

En este documento se puntualizan los contenidos, el proceso participativo para la formulación

y aprobación del plan. En el marco de las competencias establecidas en la Constitución, el plan

de desarrollo y ordenamiento territorial cantonal debe promover la articulación entre el nivel

nacional, el provincial y el parroquial, de manera que se creen condiciones de coherencia,

integralidad y complementariedad de las políticas, programas y proyectos del nivel cantonal –

y se generen de modo concertado, lineamientos para los Gobiernos Autónomos Parroquiales

de Santa Rosa y Bellavista

1 MARCO DE REFERENCIA

FUNCIONES DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ

a) Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;

b) Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;

c) Establecer el régimen de uso del suelo y urbanístico, para lo cual determinará las condiciones de urbanización, parcelación, lotización, división o cualquier otra forma de fraccionamiento de conformidad con la planificación cantonal, asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales;

d) Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y la gestión democrática de la acción municipal;

e) Elaborar y ejecutar el plan cantonal de desarrollo, el de ordenamiento territorial y las políticas públicas en el ámbito de sus competencias y en su circunscripción territorial, de manera coordinada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, y realizar en forma permanente, el seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas;

f) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho marco, prestar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal correspondiente, con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad;

g) Regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal, en coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados, promoviendo especialmente la creación y funcionamiento de organizaciones asociativas y empresas comunitarias de turismo;

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4 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

h) Promover los procesos de desarrollo económico local en su jurisdicción, poniendo una atención especial en el sector de la economía social y solidaria, para lo cual coordinará con los otros niveles de gobierno;

i) Implementar el derecho al hábitat y a la vivienda y desarrollar planes y programas de vivienda de interés social en el territorio cantonal;

j) Implementar los sistemas de protección integral del cantón que aseguren el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformación de los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos de los grupos de atención prioritaria. Para la atención en las zonas rurales coordinará con los gobiernos autónomos parroquiales y provinciales;

k) Regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal de manera articulada con las políticas ambientales nacionales;

l) Prestar servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no exista una explícita reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo y expendio de víveres; servicios de faenamiento, plazas de mercado y cementerios;

m) Regular y controlar el uso del espacio público cantonal y, de manera particular, el ejercicio de todo tipo de actividad que se desarrolle en él, la colocación de publicidad, redes o señalización;

n) Crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana municipal, con la participación de la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, los cuales formularán y ejecutarán políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana;

o) Regular y controlar las construcciones en la circunscripción cantonal, con especial atención a las normas de control y prevención de riesgos y desastres;

p) Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales o profesionales, que se desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar los derechos de la colectividad;

q) Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad del cantón;

r) Crear las condiciones materiales para la aplicación de políticas integrales y participativas en torno a la regulación del manejo responsable de la fauna urbana; y,

s) Las demás establecidas en la ley.

COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DE LOS GOBIERNOS AUTONOMOS CANTONALES

a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad;

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b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;

c) Planificar, construir y mantener la vialidad urbana;

d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley;

e) Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras;

f) Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal;

g) Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así como los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley;

h) Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines;

i) Elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales;

j) Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley;

k) Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas;

l) Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras;

m) Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios; y,

n) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.

2 Fase I. Preparación, Linea Base y DIAGNÓSTICO, MODELO DE DESARROLLO ACTUAL

See attachment(s): RÉGIMEN DE DESARROLLO Y BUEN VIVIR

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2.1 RÉGIMEN DE DESARROLLO Y BUEN VIVIR

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1. SISTEMA SOCIO CULTURAL

See document: Sistema_SOCIO CULTURAL_SCruz.xls

(1) POBLACIÓN Y MOVILIDAD HUMANA (2) EDUCACIÓN (3) SALUD PÚBLICA (4) CULTURA Y PATRIMONIO (5) COMUNICACIÓN SOCIAL (6) SEGURIDAD SOCIAL (7) HÁBITAT Y VIVIENDA (8) CIENCIA TECNOLOGÍA, INNOVACIÓN, SABERES ANCESTRALES (9) GESTIÓN DEL RIESGO (10) SEGURIDAD HUMANA (11) CULTURA FÍSICA Y TIEMPO LIBRE (12) TRANSPORTE (Promoción y tarifas diferenciadas)

SIS

TEM

AS

REG

IME

N

DES

AR

RO

LLO

PA

RA

EL

BU

EN

VIV

IR

SUB

SIST

EMA

S

CO

MP

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EN

TES

SUB

CO

MP

ON

EN

TES

INFORMACIÓN / INDICADORES GAD

INFO

RM

AC

IÓN

CA

NT

ÓN

IND

ICA

DO

RES

C

AN

N

FUE

NTE

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8 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

1.

S O

C I

O

C

U L

T U

R A

L

1. P

OB

LAC

IÓN

Y M

OV

ILID

AD

HU

MA

NA

DEMOGRAFÍA, MIGRACIÓN, EQUIDAD E INCLUSIÓN

SOCIAL, POBLACIÓN Y

DESARROLLO,

DERECHOS

Fecundidad, natalidad, migración y

tendencias; tasa

crecimiento poblacional, vegetativo y

tendencias, inequidades, práctica

de derechos, indice desarrollo humano y

capacidades, selección indicadores

PNBV, indice GINI, densidades neta y

bruta, otros

Fecundidad, natalidad, migración y

tendencias; tasa

crecimiento poblacional,

vegetativo y tendencias,

inequidades, práctica de derechos, indice

desarrollo humano y capacidades,

selección indicadores PNBV, indice GINI,

densidades neta y

bruta, otros legalización de

permanencia en la isla,

tasa de crecimiento de la población

flotante(turismo, agrícola, etc),

Indice Gini; extrema pobreza

según NBI,

ingreso, canasta básica y

feminización; estructura

poblacional etarea

desagregada intercultural;

Mujeres edad fertil; trabajo

NNA;

mendicidad; indice de uso del

tiempo HyM intercultural

etareo y equidad; tasa

migración interna y externa

INEC

MIES, INNFA (niñez, adolescencia). MIES (adultos mayores de 18 años)

GADMSC (CADI. CCPD)

POLICIA NACIONAL SC ( Dept. Violencia

Intrafamiliar, DINAPEN).

H.R.E (Estadistica reg. Violencia niños, jovenes,

mayores), FISCALIA, JUZGADOS (civil, penal),

CONADIS (tema inclusiòn laboral, educativa), ASOCIACIONES (Proyecto familias por el Buen Vivir

con adultos mayores y discapacitados. Centro diurno del Buen Vivir,

Grupo Tercera Edad, Fundación Don Jorge)

2. E

DU

CA

CIO

N

HISPANA, INTERCULTURAL;

INFRAESTRUCTURA Y

EQUIPAMIENTOS, CAPACITACIÓN (temática, etc.)

Red de servicios públicos, privados:

preescolar, escolar, media, superior, post

grado, especialización, infraestructura física,

Infraestructura y

equipamiento de la

red de servicios pùblicos de educaciòn en todos los niveles de educaciòn con

enfoque intercultural. Centros del buen vivir,

estimulación temprana, inicial, basica, bachillerato, superior,

competencias para extender autorizaciones

Escolaridad intercultural en

todos niveles educativos; desercion educativa;

analfabetismo funcional etareo; analfabetismo

etareo intercultural

desagregado

SIISE, MINCULTURA,MIES, MINTURISMO,MINAMBIEN

TE, PNG, MINDUCACIONCGG, GADs, INNFA. INEC (censo), UNIVERSIDADES (central,

utpl, loja, internacional, espe, guayaqui), ESTABLECIMIENTOS

EDUCATIVOS (temprana,basica,

bachillerato), SECAP.

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9 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

3. S

ALU

D P

ÚB

LIC

A

PROMOCIÓN Y

PREVENCIÓN;

TRATAMIENTO; ATENCIÓN

PRIMARIA, SECUNDARIA; NUTRICIÓN Y SEGURIDAD

ALIMENTARIA; INFRAESTRUCTU

RA Y EQUIPAMIENTO

S

Red de servicios públicos; servicios alternativos; operadores públicos y

privados

Infraestructura y

equipamiento de la red de servicios pùblicos de salud en todos los niveles de

salud con enfoque intercultural.

Porcentaje

personas con seguro salud publica; % NN 0-5 años IRA y

EDA; desnutrición

crónica menos 5 años; perfil morbi

mortalidad y epidemiológico.P

orcentaje personas con

seguro salud publica

observación, siise. MINSALUD (farmacias,policlìnicos,cons

ultorios, otros. Prevenciòn,registros,

programas,estadisticas, clasificaciòn), IESS, CONCEJO CANTONAL DE

SALUD STA CRUZ (estadisticas), GADs, CRUZ

ROJA, HOSPITAL REPUBLICA DEL ECUADOR.

4. C

ULT

UR

A Y

PA

TRIM

ON

IO

NATURAL, CULTURAL,

TANGIBLE, INTANGIBLE,

MUEBLE, INMUEBLE, SUBACUATICO; INFRAESTRUCTU

RA Y EQUIPAMIENTOS

Inventario

Patrimonial: Natural y Cultural:

Equipamientos,

cobertura y categorías

Categorìas del Patrimonio natural y

Cultural: Lenguas, Formas de Expresiòn,

Tradiciòn Oral, diversas

manifestaciones y creaciones culturales. Las edificaciones, los

espacios y conjuntos urbanos,

monumentos, sitios naturales, caminos, jardines y paisajes que constituyen

referente de identidad para los

pueblos o que tengas

valor històrico, artìstico,

arqueològico, etnogràfico y

paleontològico. Los documentos, objetos,

colecciones, archivos, bibliotecas y museos que tengan valor histròrico, artìstico,

arqueològico, etnogràfico o paleontològico.Las

creaciones artìsticas, cientìficas y

tecnològicas

Competencias

coordinadas con el nivel cantonal

de manera

concurrente y desconcentrada.

diagnostico participativo. CULTURA: MINCULTURA,

MIN EDUCACION (Dir. Prov. Educaciòn)MINTURISMO, MINAMBIENTE (png), SECRETARIA DE PUEBLOS,

GADMSC, ASOCIACIONES (Casa de la Cultura,

ArtGalàpagos, EcoArte,

AsoSalasacas, GrupoAlborada,

AsoArtesanos) PATRIMINIO: PNG, MIN DE

CULTURA(delegaciòn),GADMSC, SECRETARIA DE

PUEBLOS.

5. C

OM

UN

ICA

CIÓ

N S

OC

IAL

MEDIOS

NACIONALES, REGIONALES,

LOCALES; PROCESOS Y PRODUCTOS DE COMUNICACIÓN

PARA EL CAMBIO SOCIAL;

INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTOS

Medios de Comunicaciòn,

Infaestructura, Equipamientos.

Infaestructura y equipamiento de Medios de Difusiòn

Cantonal Municipal con enfoque intercultural

diagnostico participativo.

C.N.T. SANTA CRUZ (radios, tv), PERIODICOS (local,

regional, nacional), INTERNET.

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10 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

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6. S

EGU

RID

AD

SO

CIA

L

SEGURO

GENERAL, SEGURO SOCIAL CAMPESINO, OTROS

SEGUROS, INFRAESTRUCT

URA Y EQUIPAMIENTOS

Infraestructuras y Equipamientos

Pùblicos

Infraestructura y

equipamiento de los servicios de Seguridad

Social cantonal con enfoque intercultural

% afiliados al

IESS % afiliados

Seguro Social Campesino

IESS (general, campesino),

CGG, GADMSC (catastro)

7. H

AB

ITA

T Y

VIV

IEN

DA

OFERTA,

DEMANDA Y DÉFICIT

CUANTITATIVO Y CUALITATIVO; ESTÁNDARES DEL HÁBITAT Y

VIVIENDA PARA EL BUEN VIVIR

% hacinamiento; viviendas con acceso

a servicios saneamiento; %

vivienda deficit cualitativo; tenencia y propiedad de la

vivienda desagregado

% hacinamiento;

viviendas con

acceso a servicios

saneamiento; % vivienda deficit cualitativo; tenencia y

propiedad de la vivienda

desagregado

INEC (censo), CGG,

GADMSC (catastro)

8. C

IEN

CIA

, TE

CN

OLO

GÍA

, IN

NO

VA

CIÓ

N Y

SA

BER

ES

AN

CES

TRA

LES

INVESTIGACIÓN,

CAPITALIZACIÓN DE SABERES, PRODUCTOS DE CONOCIMIENTO

; INFRAESTRUCTU

RA Y

EQUIPAMIENTOS

Infaestructura y equipamiento de establecimientos pùblicos de

Investigaciòn, capitalizaciòn de

saberes, productos de

conocimiento.

indice de desarrollo de las TIC;

Establecimientos públicos con

acceso a TIC urb y rural;

investigación multidisciplinaria de potencialidades

culturales y sociales

CIENCIA y TECNOLOGIA: ECCHD, PNG.

CAPITALIZACION DE SABERES: hay que recabar informaciòn y preguntar al Min. De Cultura).

PRODUCTO DEL CONOCIMIENTO: PNG

(resultados multidisciplinas

obtendios en Santa Cruz), ECCHD, ELECGALAPAGOS

(Santa Cruz), CNT.

9. G

ESTI

ÓN

DEL

RIE

SGO

AMENAZAS NATURALES

(erupciones, sismos, deslizamientos,

hundimientos, derrumbes, deslaves

y fenómenos de

erosión). Amenazas naturales

atmosféricas (lluvias, tormentas,

inundaciones, vientos, granizadas,

heladas, sequías)

Sitios o lugares de

amenazas naturales

urbanos.Infaestructura y equipamiento

previstos para refugio en caso de amenazas

observación NATURALEZA: CGG, GADMSC, PNG,

INOCAR SANTA CRUZ.

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GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

AMENAZAS ANTRÓPICAS

(deforestación de los

bosques, contaminación del aire, agua, incendios, mala disposición de

desechos sólidos); Amenazas

tecnológicas (mal manejo sustancias químicas, explosiones

industriales, emanación gases

peligrosos, contaminación suelo

y fuentes hídricas)

Sitios o lugares de

amenazas antròpicas urbanos.

observación ANTROPICAS:

CGG, PNG,GADMSC, INOCAR SANTA CRUZ.

10

. SEG

UR

IDA

D H

UM

AN

A

SEGURIDAD NACIONAL;

SEGURIDAD CIUDADANA; SEGURIDAD

PERSONAL Y FAMILIAR;

INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTOS

Promoción y

prevención, educación ciudadana, redes de gestión, aseguramiento,

tratamiento del delito, rehabilitación

y justicia, otros

Infraestructura y

equipamientos de instituciones pùblicas de seguridad y

prevenciòn: carcèles, PAI, retenes policiales

y municipales. Infraestructura de justicia

Tasa de incidencia por tipo de delito;

indice de seguridad; índice de violencia

intrafamiliar y maltrato infantil

HyM; trata y tráfico de personas; refugiados;

desplazamientos

Mapa parlante en taller.

FISCALIA GENERAL SANTA CRUZ, JUZGADOS (civil, penal), POLICIA NACIONAL SANTA CRUZ, COMISARIA

DE POLICIA, GADMSC (Cadi, Consejo de Protecciòn de

Derechos

11.

CU

LTU

RA

FÍS

ICA

Y

TIEM

PO

LIB

RE

RECREACIÓN ACTIVA, PASIVA;

INFRAESTRUCTU

RA Y EQUIPAMIENTO

Elementos y estándares de

recreación

intercultural activa y pasiva

Infraestructura y

equipamiento pùblico de: estadios, ligas

barriales, parques, canchas deportivas,

coliseos.

% población desagregada que realiza actividad

física y deporte;

inventario infraest y equip

recreativo

observación. GADMSC, GADs,MIN EDUCACION,

MIN CULTURA, LIGA

CANTONAL SANTA CRUZ, LIGAS BARRIALES.

12

. TR

AN

SPO

RTE

PROMOCION DEL

TRANSPORTE PUBLICO

MASIVO Y TARIFAS

DIFERENCIADAS

Inventario y

equipamiento de la insfraestructura

terrestre aèreo y acùatico y las actividades aeroportuarias y

portuarias

Regulaciòn del

transporte terrestre,

marìtimo , aèreo y acùatico y las actividades aeroportuarias y

portuarias

observación. AGENCIA NACIONAL DE TRANSITO

(Unidad Administrativa Galàpagos el inventario del catastro, vias, COOPs, CIAs, etc), PNG, DAC, DIGMER

2. SISTEMA ECONÓMICO

(1) BASE ECONÓMICA Y POTENCIALIDADES TERRITORIALES (2) MERCADO (3) EMPLEO (4) REDES SOLIDARIAS Y ALIANZAS (5) CADENAS DE VALOR (6) INDUSTRIA (7) ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL (8) MERCADO DE CAPITAL Y SERVICIOS

REG

IM

EN

DES

AR

RO

LLO

SU

BSI

S

TEM

AS

CO

MP

ON

EN

T

ES

SUB

CO

MP

ON

ENTE

S

INFORMACIÓN / INDICADORES GAD

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12 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

INFO

RM

AC

IÓN

CA

NT

ÓN

IND

ICA

DO

RES

C

AN

N

FUE

NTE

4.

E C

O N

Ó M

I C

O

1. B

ASE

EC

ON

ÓM

ICA

Y P

OTE

NC

IALI

DA

DES

TE

RR

ITO

RIA

LES

1.1

PR

OD

UC

CC

IÓN

Agroalimentaria,

agrícola, pecuaria, forestal, caza,

pesca, recolección, industrial, comercio,

minera, turismo, artesanal,

EXTRACTIVAS, otros

inventario de infraestructura de apoyo

productivo (vias, telecomunicaciones, TIC,

Servicios basicos, parques tecnologicos, otros) OT

% de

incremento ingresos por

subsector,

Agroalimentaria:MAGAP

AGROCALIDAD; Forestal, Caza, pesca P N G

Industrial: CAPTURGAL, CG, mintur, MIESS,

Comercio; MUNICIPIO, MIESS Mineria; PNG, GADS

Artesanal: Municipio, MIESS

Potencialidades

(según variables y estándares a

definir), infraestructura

Factores climáticos,

suelo,potencialidad de suelos, nivel de fertilidad

de suelos, disponibilidad y acceso de agua

uso potencial y actual del suelo

PNG, MINTUR, AGROALIMENTARIO, CAPTURGAL, CG, MAGAP, MIESS,

JUNTAS PARROQUIALES, ASOCIACIONES . INOCAR,

PRODUCTORAS DE AGRICULTURA, PESCA Y COMERCIO, ARTESANAL, INOCAR,

SENAGUA (INAR)

1.2

PR

OD

UC

TIV

IDA

D

Agroalimentaria,

agrícola, pecuaria, forestal, caza, pesca, recolección, industrial, comercio,

minera, turismo, artesanal, otros

Rendimiento, superficie

cultivada, área destinada

incremento de la productividad / nivel

tecnológico

ECONOMISTA CARLOS CARRION CG, INEC, MIES, MINTUR, GADMSC, MAGAP

Potencialidades (según variables y estándares a

definir), capacidad soporte, restricciones

proveedores de servicios, organización, inventario

de infraestructura e iniciativas de apoyo

nivel de organización /

especialidad de operadores de

servicios

GADMSC, CAPTURGAL, MAGAP, AGROCALIDAD, JP,

ASOCIACIONES DE PRODUCTORES,

1.3

CO

MER

CIA

LIZA

CIÓ

N

Volúmenes, flujos e intercambio: Agrícola, pecuaria, forestal, caza,

pesca, recolección, industrial, comercio,

minera, turismo, artesanal, otros

inventario y capacidad instalada infraestructura

comercializacion por tipo

MAGAP, PNG, COPROPAG, MINTUR, AGROCALIDAD,

BIDFOMIN, CAPTURGAL, GADMSC

Tendencias de las demandas (según variables y

estándares a definir)

características perfil del consumidor,

tipo de consumidor por

rubro

COPROPAG, GADMSC, CGG, MINTUR, CAPTURGAL

(FIDFOMIN)

2. M

ERC

AD

O

LOC

AL

Oferta, Demanda, Déficit por tipo y

calidad de producto

porcentaje de producción destinada a:, materia

prima o procesada, porcentaje de rechazo, infraestructura, costos de transacción

% incremento de ventas/

CGG (INEC), GADMSC, MINTUR, COPROPAG, PNG,

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

13 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

NA

CIO

NA

L

Oferta, Demanda, Déficit por tipo y calidad de producto

porcentaje de producción

destinada a:, materia prima o procesada, infraestructura, costos de

transacción

% incremento de ventas/

CGG (INEC), GADMSC, MINTUR, COPROPAG, PNG,

REG

ION

AL Oferta, Demanda,

Déficit por tipo y calidad de producto

porcentaje de producción destinada a:, materia

prima o procesada,logística,

infraestructura, costos de transacción, acuerdos

% incremento de ventas/

CGG (INEC), GADMSC, MINTUR, COPROPAG, PNG,

INTE

RN

AC

ION

AL

Oferta, Demanda,

Déficit por tipo y

calidad de producto

porcentaje de producción

destinada a:, materia prima o procesada,

logística, infraestructura,

costos de transacción, normas y acuerdos

internacionales,

% incremento

de ventas por

sector, rubro

INEC, MINITERIO DE FINANZAS,

MIPRO, CAF, BANCO DEL

FOMENTO,

3. E

MP

LEO

FOR

MA

L

Por tipo de actividad económica y nivel ingreso, PEA,

tasa empleo, nuevas plazas, mano de obra calificada y no calificada

tasa ocupación plena

discapac.e intercultural HyM

infraestructura de apoyo

% de empleo

formal Tipo de

infraestructura

CGG (INEC), GADMSC, CAMARA DE COMERCIO

INFO

RM

AL

Por tipo de

actividad económica

y nivel ingreso, tasas, composición mano de obra

Tasa de ocupación

informal infraestructura de apoyo

% de empleo formal Tipo de

Infraestructura

CGG (INEC), GADMSC

SUB

EMP

LEO

Por tipo de actividad económica y nivel ingreso, composición mano

de obra

Tasa de subempleo

infraestructura de apoyo

% de

subempleo CGG (INEC), GADMSC

DES

EMP

L

EO

Tasas por tipo

actividad e ingreso, composición mano de obra

Tasa de desempleo % de desempleo

CGG (INEC), GADMSC

4. R

EDES

SO

LID

AR

IAS

Y

ALI

AN

ZAS

RED

ES

CO

MU

NIT

AR

IAS

Por tipo de actividad económica,

capacidad operativa y potencialidad

Naturaleza, nivel de coordinación, gestión comercial, nivel

organizacional, alcance, actores

Número de

redes / organizaciones involucradas

MIPRO, MIES, GREMIOS (ARTESANOS, ALBAÑILES,ETC)

SRI, CCTSC

ALI

AN

ZAS

ECO

MIC

A

S

Por tipo de actividad económica,

capacidad operativa y potencialidad

Naturaleza, gestión comercial, nivel de coordinación,

organización, alcance, actores

Número de alianzas / % de

incremento ingresos

MIES, CGG, MIPRO,

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

14 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

5. C

AD

ENA

S D

E V

ALO

R

CA

DEN

AS

PO

R T

IPO

Y

PO

TEN

CIA

LID

AD

Inventario,

clasificación, cobertura, potencialidad, mapeo territorial y

organizacional

mapeo de actores, inventario, clasificación,

alcance, nivel de coordinación, nivel de organización, mercado

número de

cadenas dentro de planes de

desarrollo-PDOT/ nivel organizacional de la cadena

GADMSC, CAPTURGAL, MAGAP, CGG, MINTUR, PNG.

6. I

ND

UST

RIA

AR

TESA

NA

L

capacidad de producción, mercado

nivel de

producción/ nivel

tecnológico /

número de personas

trabajando

PNG, MINTUR, AGROCALIDAD,

MAGAP, CGG, ASOCIACIACIONES Y GREMIOS (AS. DE COMERCIANTES, ARTESANOS, COPROPAG), SECRETARIA DE

PUEBLOS

SEM

I-IN

DU

STR

IAL

PYMES

capacidad, nivel de

productividad, localización, sector, nivel

de procesamiento, tipo

de mercado

incremento de

la productividad /

nivel tecnológico/ número de personas

trabajando

MIPRO, MIES, GRAMIOS (ARTESANOS, ALBAÑILES,ETC)

SRI, GADMSC

IND

UST

RIA

L

capacidad, nivel de productividad,

localización, sector, nivel de procesamiento, tipo de mercado

incremento de la

productividad / nivel tecnológico / número de

personas trabajando

PNG, MINTUR, AGROCALIDAD,

MAGAP, CGG, ASOCIACIACIONES Y GREMIOS (AS. DE COMERCIANTES, ARTESANOS, COPROPAG), SECRETARIA DE

PUEBLOS

7. O

RG

AN

IZA

CIÓ

N

EMP

RES

AR

IAL

BA

SE E

MP

RES

AR

IAL

PO

R T

IPO

Y

PO

TEN

CIA

LID

AD

Capacidad operativa,

potencialidad nacional e

internacional, valores agregados,

asociatividad

nivel organizativo, sector,

mercado,

Número de organizaciones

por sector

MIES, CGG, MIPRO, GADMSC,

MINTUR

8. M

ERC

AD

O D

E C

AP

ITA

L Y

SER

VIC

IOS

CR

ÉDIT

O

Público inventario instituc.

Financieras

Numero de instituciones financieras /

cantidad de créditos por

rubro

BANCO DEL FOMENTO, PACIFICO,

IESS,IECE,

Privado inventario instituc financieras

Numero de

instituciones financieras / cantidad de créditos por

rubro

GADMSC (PATENTE), B.

PICHINCHA, COPERATIVAS DE

AHORRO MUSUGÑAN, SRI

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

15 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

SER

VIC

IOS

AT, capacitación,

financiamiento, promoción,

comercialización,

investigación, innovación

inventario de organizaciones por tipo

de servicios

empresariales

Oferta técnica de servicios por rubro (número

de actores públicas y

privados) /

numero de profesionales

técnicos por sector

SECAP, GADMSC, UNIV. CENTRAL, CGG, UTPL, U. INTERNACIONAL, ESPE,

3. SISTEMA AMBIENTAL

(1) BIODIVERSIDAD (2) PATRIMONIO NATURAL Y ECOSISTEMA (3) RECURSOS NATURALES Y CALIDAD AMBIENTAL (4) GESTIÓN TERRITORIAL

SIST

EMA

S R

EGIM

EN

DES

AR

RO

LLO

PA

RA

EL

BU

EN

VIV

IR

SUB

SIST

EMA

S

CO

MP

ON

EN

TES

SUB

CO

MP

ON

EN

TES

INFORMACIÓN / INDICADORES GADMSC IN

FOR

MA

CIÓ

N

CA

NT

ÓN

IND

ICA

DO

RES

CA

NT

ÓN

FUE

NTE

3.-

A M

B I

E N

T A

L

1. B

IOD

IVE

RSI

DA

D

ÁR

EAS

DE

CO

NSE

RV

AC

IÒN

Conservación

Prevención Gestión Planificación

Identificación de áreas

protegidas o protección

Cogestión en Planes integrales de manejo de

Áreas protegidas

Seguimiento y apoyo

para la implementación de planes

Normativa local articulada

No. de áreas protegidas

(Nacionales y locales) No. de planes en

cogestión

(nacionales y locales)

No. de planes implementados

No. de ordenanzas implementadas

No de mecanismos de sostenibilidad financiera

funcionando en las àreas declaradas

MAE PNG

FCHD WWF

C.I.

FEIG CGG

GER

MO

PLA

SMA

Inventario

Investigación Implementación Control

Promoción

Inventario diagnóstico Investigación del patrimonio genético en

cogestión

No. de investigaciones del patrimonio genético

en cogestión

MAE PNG FCHD MAGAP

CGG AGROCALIDAD.

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

16 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

FAU

NA

Inventario Prevención

Conservación Manejo

Control

Cogestión de planes de

protección y conservación de la fauna

Seguimiento y apoyo para la implementación de planes

No. de planes en cogestión (nacionales y

locales) No. de planes implementados

MAE PNG FCHD

FUNDAR AGROCALIDAD C.I.

FLO

RA

Inventario

Prevención Conservación Manejo

Control

Cogestión de planes de protección y conservación de la flora Seguimiento y apoyo

para la implementación de planes

No. de planes en cogestión

(nacionales y locales)

No. de planes implementados

MAE PNG, FCHD FUNDAR

AGROCALIDAD C.I.

2. P

ATR

IMO

NIO

NA

TU

RA

L Y

ECO

SIST

EMA

RES

ERV

AS

DE

BIO

SFER

A Y

OTR

AS

AR

EAS

DE

CO

NSE

RV

AC

IÓN

- Inventario

- Caracterización y definición otras áreas de conservación

- Preservación - Conservación

- Manejo y uso sustentable - Recuperación - Políticas para manejo

- Normativa legal internacional y nacional

Preservación de hábitat

y ecosistemas frágiles y amenazados (páramos,

humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos y húmedos y manglares,

ecosistemas marinos y marinos-costeros, parque nacionales,

reservas y monumentos naturales)

Manejo de áreas

naturales patrimoniales

MAE PNG

FCHD CGG GADs,

ECO

SIST

EMA

S

- Inventario - Caracterización y definición de áreas naturales patrimoniales

- Preservar - Conservación - Manejo y uso

sustentable - Recuperación

- Políticas para manejo - Normativa legal nacional

Preservación de hábitat y ecosistemas frágiles y amenazados (páramos, humedales, bosques

nublados, bosques tropicales secos y húmedos y manglares, ecosistemas marinos y

marinos-costeros, parque nacionales, reservas y monumentos

naturales)

Manejo de áreas naturales patrimoniales Cogestión de Planes de manejo

Normativa local Educación ambiental y

difusión

No. de hábitat y ecosistemas frágiles amenazados

No. de planes de preservación implementados

% recursos

comprometidos en el POA para capacitación y difusión

MAE

PNG FCHD CGG GADs,

ENER

GÍA

S EC

OLO

GIC

AS

ALT

ERN

ATI

VA

S Investigación Pruebas piloto

Propuesta de investigaciones a

implementar Trámite y

financiamiento a través de cooperación

nacional/internacional Implementación Operación, seguimiento y control

No. de

investigaciones presentadas

No. de proyectos pilotos

implementados No. de proyectos operando

M ENERGIA RENOVABLE ERGAL

CGG GADs,

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

17 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

3. R

ECU

RSO

S N

ATU

RA

LES

Y C

ALI

DA

D A

MB

IEN

TAL

AG

UA

CUENCAS HIDROGRÁFICAS

Cogestión de Planes integrales de manejo de

microcuencas hidrográficas Alianzas o mancomunidades

formadas para la implementación de

Planes de acción. Normativa local

No. de planes de manejo

implementados en mancomunidad

No. de proyectos ejecutados del plan de cuencas

hidrográficas No. de ordenanzas en aplicación

SENAGUA CGG

MIDUVI MAGAP MAE PNG

GAD.SC FCHD

INARH

AGUA CONSUMO

HUMANO

Protección de fuentes hídricas

Captación, conducción, tratamiento y distribución de agua

Administración y

operación de los sistemas

Normativa local Educación sanitaria,

sensibilización

No. de fuentes

protegidas % de cobertura en la zona urbana % de cobertura en

zona rural Monto

recaudado/costo del servicio

(sostenibilidad)

% recursos

comprometidos en el POA para

capacitación

GAD SC (AGUA Y

SANEAMIENTO) CCG

PNG MIDUVI

MAGAP MSP

AGUA OTROS USOS

Construcción, operación y mantenimiento

sistemas de riego Normativa legal Educación sanitaria

Longitud de canales

administrados

% recursos comprometidos en el POA para

capacitación

MIDUVI

INARH GAD SC (CALIDAD Y

EDUCACION AMBIENTAL) MSP

DIR.PROV. SALUD

SUE

LO

USO Y

APROVECHAMIENTO

URBANO, RURAL, NATURAL (Capa

cobertura actual,

potencial, recomendable,

conflictos uso) ; contaminación, contaminantes, degradación, incidencia

y estrategias territoriales alternativas

Cogestión de los planes de OT

Normativa local

Educación ambiental

% de suelo

desertificaddo No. de planes de

regeneración de suelos % de cumplimiento

de actividades de OT % recursos comprometidos en el POA para

capacitación

MAGAP

CGG GADs

MAE PNG C.I.

FUNDAR AGROCALIDAD ASO. AGROPECUARIAS (SANTA CRUZ Y

CASCAJO)

OCUPACIÓN

URBANA, RURAL, NATURAL (ocupación

actual, conflictos, impacto socio ambiental y estrategias territorial alternativas)

Talleres de sensibilización

No de talleres de sensibilización

GAD SC GADPB GADPSR

PNG CGG

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

18 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

GEOMORFOLOGIA

Elaboración de planes

de riesgo y protección de suelo (estabilidad y

fallas, aptitud, vulnerabilidad, impactos y gestión

territorial)

Inventario zonas vulnerables

No. de planes implementados

CGG

GADs SNGR INOCAR

PNG IGM

AIR

E

AIRE

Identificación de

contaminantes y su

incidencia Monitoreo de la calidad

del aire Monitoreo de ruido Planes de mejoramiento de la calidad de aire y

ruido Normativa local

Educación ambiental

No. de planes de

mejoramiento de la calidad del aire implementados. No. de planes de

mejoramiento de la calidad de ruido

implementados

% recursos comprometidos en

el POA para capacitación Histórico de monitoreos

CGG GAD SC (dir. Ambiente)

MAE(SEC CALIDAD

AMBIENTAL)

BIOSFERA

Planes de prevención del Calentamiento

global, reducción capa ozono, contaminación, contaminantes, incidencia y estrategias

de tratamiento Cumplimiento ODMs

Educación y sensibilización Investigación

% recursos comprometidos en el POA para

capacitación % de cumplimiento en ODMs

MAE

PNG FCHD CGG GADs,

4. A

CTI

TUD

TER

RIT

OR

IAL

ASE

NTA

MIE

NTO

S H

UM

AN

OS

Centralidades y

patrones espaciales;

jerarquía (rango tamaño); tendencias de

crecimiento y conurbación; capacidad soporte poblacional; relaciones y dinámicas

urbano rurales

inventario de servicios básicos, superficie

ocupada por vivienda, población asentada por

hectarea, superficie de las jurisdicciones,

inventario comunidades,

nacionalidades, barrios, funciones por asentamiento, relación

capacidad de soporte infraestructura básica - población

GADs

CGG INEC

SPMSPC

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

19 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

CA

TAST

RO

S IN

TEG

RA

LES

UR

BA

NO

S R

UR

ALE

S

Delimitación urbana -

rural Inventario predial Control y mantenimiento

información Sectorización

homogenea para valoración Tenencia, registro de la

propiedad y regularización

Normativa nacional y local

Administración catastral Administración tributaria

Delimitación, codificación nacional,

uso y ocupación del suelo urbano y rural (actual, potencial,

recomendable), tenencia

GAD REGISTRO PROPIEDAD.

JUR

ISD

ICC

IÓN

TER

RIT

OR

IAL

Proceso de definición de jurisdicciones territoriales, acciones

jurídicas, conflictos, verificación, resolución

Leyes, ordenanzas,

límite cantonal, parroquial, urbano, rural, propiedades del

estado, propiedad municipal, comunas,

comunidades, CTIA

CGG GADs PNG

FF.AA DAC

SUEL

O Y

ESP

AC

IO P

ÚB

LIC

O SUELO URBANO, RURAL,

tendencias de

crecimiento, formas de ocupación, altura

edificación, morfología urbana, zonas

deprimidas ESPACIO PÚBLICO según estándares accesibilidad

y BV

Oferta y demanda suelo

urbanizable, estructura de uso y ocupación territorial, cobertura provisión servicios

básicos, restricciones y afectaciones

CGG GADs ANT (UA Galápagos)

MO

VIL

IDA

D Y

AC

CES

IBIL

IDA

D

URBANA, RURAL, Tiempos de desplazamiento origen destino, índices de

movilidad; accesibilidad territorial urbano-urbano, rural-rural y combinado

CGG

GAD SC ANT.(UA Galápagos)

CA

PA

CID

AD

DE

SOP

OR

TE Y

CA

TEG

OR

ÍAS

DE

OR

DEN

AM

IEN

TO

TER

RIT

OR

IAL

Condicionantes,

restricciones y normativa de control

por categorías de ordenamiento territorial

CGG GADs

PNG

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

20 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

INFR

AES

TR

UC

TU

RA

, EQ

UP

AM

IEN

TO Y

SER

VIC

IOS

BLI

CO

S

INFRAESTRUCTURA: Red vial jerarquizada

(nacional,

interparroquial, intercantonal, caminos vecinales, estado y capa de rodadura, vías en

proyecto, otras) Electrificación rural

(áreas con red, potencia KW, áreas sin servicio, centrales de generación) Sistemas regionales,

planes maestros infraest. básica

GAD SC

CGG ANT.(UA Galápagos) MTOP

ELECGALAPAGOS MINTUR DAC DIRNEA,

EQUIPAMIENTO: nacionales, regionales (presas, centrales

hidroeléctricas, aeropuertos, puertos, otros); equipamientos locales; equipamientos

urbanos; equipamiento administrativo y

operativo

CGG GAD SC

DAC DIRNEA ELECGALAPGOS MTOP

MIDUVI CONELEC.

SERVICIOS PÚBLICOS: Agua, Alcantarillado, Desechos Sólidos,

Electricidad, Telefonía, Transporte, Seguridad y Policía, otros

GAD SC

CGG MAE MTOP

CNT DAC FF.AA ELECGALAPAGOS

4. SISTEMA POLÍTICO

(1) PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL (2) FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL (3) REDES Y RELACIONES DE GOBERNANZA (4) ARTICULACIÓN DE LA GESTIÓN TERRITORIAL (5) MANCOMUNIDADES Y CONSORCIOS

SIST

EMA

S

REG

IMEN

DES

AR

RO

LLO

PA

RA

BV

SUB

SIST

EMA

S

CO

MP

ON

EN

TES

SU

BC

OM

PO

NE

NT

E

S

INFORMACIÓN / INDICADORES GAD

INFO

RM

AC

N C

AN

TON

IND

ICA

DO

RE

S C

AN

TON

FUE

NTE

2.

P O

L Í

T I

C O

1. P

AR

TIC

IPA

CIÓ

N

CIU

DA

DA

NA

Y C

ON

TRO

L

SOC

IAL

PA

RTI

CIP

AC

IÓN

SO

CIA

L

PR

OTA

NIC

A

Representatividad,

capacidad de incidencia pública, toma de decisiones, legitimidad,

% MyH en cargos de elección popular y

liderazgo por interculturalidad etáreo y equidad; Grado de representatividad en

instancias de participación en la gestión municipal y presupuestación; grado de incidencia pública o en toma de decisiones

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

21 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

CO

NTR

OL

SOC

IAL

Veeduría, Fiscalización

Social, Promoción derechos, equidad e

inclusión social

Resultados de procesos de control social y combate a la corrupción

implementados en el año; Número de reformas institucionales y legales para

control social realizadas por la municipalidad

2. F

OR

TALE

CIM

IEN

TO IN

STIT

UC

ION

AL

LID

ERA

ZGO

Percepción ciudadana de imagen municipal

PR

OFE

SIO

NA

LIZA

CIÓ

N

DEL

SER

VID

OR

MU

NIC

IPA

L

Formación, capacitación en cultura de diálogo, transparencia, rendición

de cuentas, evaluación de desempeño, otros

Trayectoria y resultados del desempeño del personal municipal

SER

VIC

IOS

BLI

CO

S Estándares de calidad

servicios básicos municipales

Percepción de satisfacción del usuario

CA

PA

CID

AD

AD

MIN

ISTR

ATI

VA

, FIN

AN

CIE

RA

Y O

PE

RA

TIV

A

MU

NIC

IPA

L

Capacidad administrativa

Relación personal técnico vs

administrativo; nivel instrucción formal del personal; nivel experiencia del

personal; tiempos de atención en trámites clave

Capacidad financiera

Autonomía financiera; % gasto corriente y de inversión; déficit/superavit

financiero en prestación servicios; capacidad de captación de recursos

externos

Capacidad operativa

Grado de contribución a la reducción de inequidades socio territoriales; Número y

estado de equipos, maquinaria y vehículos; capacidad técnica para asumir competencias municipales; número de prioridades municipales de la

planificación plurianual ejecutadas en el período administrativo

CA

LID

AD

GA

STO

Impactos de la inversión pública en marco de PDOT

Nivel de impacto de la inversión municipal

3. R

EDES

Y

REL

AC

ION

ES

DE

GO

BER

NA

NZ

A

AC

TOR

ES Y

RED

ES

Mapeo cualificado de

actores , tejido social, asociatividad, incidencia

pública

Caracterización desagregada del tejido social por tipo de actor,

representatividad, incidencia y diversidad

Page 22: GUIA METODOLÓGICA PLAN DE DESARROLLO PLAN DE …€¦ · porque integrar el enfoque de género en el proceso planificador y su estructura garantiza la ... junto con otras instituciones

SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

22 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

Organización Social, redes, capacidades, incidencia

pública

Número y tipo de redes sociales con incidencia pública

REL

AC

ION

ES Alcalde-Concejo-

Empleados; GAD-Ciudadanos (fidelización ciudadano-cliente), transparencia

Calidad del clima organizacional (alineamiento corporativo, apropiaciónde la misión, trabajo en equipo)

4. A

RTI

CU

LAC

IÓN

DE

LA

GES

TIÓ

N T

ERR

ITO

RIA

L

PU

BLI

CA

Niveles verticales de Gobierno

Descripción de los OPEM; contribución de las metas cantonales a las metas

provinciales y nacionales

Niveles horizontales de

Gobierno

Descripción de los OPEM; contribución de las metas cantonales agregadas a las metas de otros niveles cantonales

PR

IVA

DA

Agencias Cooperación, Tercer Sector, Alianzas Grado de alineamiento y contribución de

OPEM actores privados y sociales a OPEM cantonales

SOC

IAL

Organizaciones Sociedad Civil, Alianzas

5. M

AN

CO

MU

NID

AD

ES

Y

CO

NSO

RC

IOS

SER

VIC

IOS

BLI

CO

S, G

ESTI

ÓN

AM

BIE

NTA

L, P

RO

DU

CT

IVA

,

SOC

IAL,

OTR

OS

Desechos sólidos, agua, alcantarillado, cuencas

hidrográficas, turismo, patrimonio, normativa de

ordenamiento territorial, emprendimientos productivos y redes solidarias, gestión social,

otros

Inventario de mancomunidades y consorcios por tipo, resultados

2.2 Diagnóstico Técnico del PD y OT (Espacio interinstitucional)

See also: Diagnóstico Cantonal DEFINICIÓN DEL MODELO DE DESARROLLO TERRITORIAL DEL CANTÓN SANTA CRUZ

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

23 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

2.3 Definición de Sistemas y Subsistemas del nivel cantonal según competencias (Áreas de intervención del GADMSC y otras instituciones)

2.4 Diagnóstico Político y/o Gobernabilidad (Marco Jurídico)

See also: Diagnóstico Cantonal DEFINICIÓN DEL MODELO DE DESARROLLO TERRITORIAL DEL CANTÓN SANTA CRUZ

2.5 Definición del Modelo de Desarrollo, Gestión y Administración Territorial (Situación ACTUAL - INDICADORES)

2.6 Diagnóstico estratégico participativo

See also: Diagnóstico Cantonal DEFINICIÓN DEL MODELO DE DESARROLLO TERRITORIAL DEL CANTÓN SANTA CRUZ

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

24 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

2.7 Definición del Modelo de Desarrollo y Ordenamiento Territorial Desde la Participación Ciudadana

3 Fase II. PLANEACIÓN SISTÉMICA Equidad Social, Participación y Consensos

3.1 Análisis de escenarios del sistema Integración de Propuestas de Solución a las demandas y Conflictos

3.2 Decisiones estratégicas. ¿Hacia dónde va el territorio en el largo plazo?

3.3 Decisiones territoriales: ¿Cuál es el modelo territorial del cantón que facilitará alcanzar el desarrollo?

3.4 Decisiones programáticas: Línea de acción a largo plazo

3.5 Propuesta concertada de Planificación PD y OT Cantonal y Urbano

1. Decisiones programáticas de corto plazo: Políticas Cantonales Planes, Programas y Proyectos prioritarios

2. Decisiones normativas

3. Decisiones de gestión

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

25 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

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SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

26 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

SISTEMAS TERRITORIALES DE MANEJO

PROCEDIMIENTOS PARA EL ANALISIS DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN

ACTUAL

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4 Fase III. Implementación de la PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO y NORMATIVA PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Según Competencias, e integración de herramientas de planificación Territorial

4.1 Documento legal del Plan

4.2 NORMATIVA LEGAL Y ADMINISTRATIVO CANTONAL DEL PD y OT CANTONAL Y URBANO (Reglamentos, Ordenanzas, Resoluciones)

4.3 Sistema de monitoreo, evaluación y retroalimentación

4.4 Documentos de Adopción y Soporte del PDyOT Cantonal Y Urbano del Plan

4.5 SISTEMA DE INFORMACIÓN e INDICADORES SIIC_SCruz

See document: SIIT_SCruz_vo.pptx

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO POA Y PAC 2012

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4.6 SISTEMA EVALUACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN CANTONAL

4.7 SISTEMA SEGUIMIENTO DE LA PLANIFICACIÓN CANTONAL

4.8 SISTEMA INDICADORES DE DESARROLLO

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5 CONFORMACIÓN DE LA INSTANCIA TÉCNICA RESPONSABLE DE LA CONSTRUCCIÓN DEL PDYOT

See attachment(s): EqT_rpc_DTyOT_SCruz_vfo.xlsx

5.1 Mecanismos de Ejecución para la Participación en el PDyOT

5.2 Estrategia de promoción y difusión de los planes

5.3 Proceso participativo para la formulación y aprobación del PDyOT cantonal Y Urbano

See attachment(s): ORDENANZA SPC_SCruz.doc 6 Sistema de Participación Aprobación de la Ordenanza que regula el Sistema de Participación Ciudadana del cantón Santa Cruz

6.1 Roles e instancias de participación.

6.2 El proceso participativo de formulación

6.3 Definición y mapeo de Actores

7 Vigencia del plan

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MATRICES CON POSIBLES LÍNEAS DE ACCIÓN SEGÚN SISTEMAS CONSIDERADOS

En las matrices que se presentan a continuación se plantean las posibles líneas de acción que deben desarrollarse para alcanzar determinados resultados en cada Sistema. Para cada uno de estos se señala las características que debe reunir, las responsabilidades que deben asumir los gobiernos cantonales y otros actores y los factores que pueden ser tomados en cuenta para construir el modelo territorial. Sólo se desarrollarán las Líneas de Acción que sean concomitantes con los requerimientos que se deriven del diagnóstico y en el marco de una visión integral. El logro de los resultados individualmente considerados no es suficiente para alcanzar el desarrollo integral que se busca.

SISTEMA AMBIENTAL

Tipo de Resultado a alcanzar:

Definir la situación ecológica ambiental deseada en el territorio cantonal, en la que se hayan superado las deficiencias; disminuido la vulnerabilidad antes amenazas y riesgo identificados en el diagnóstico y/o se hayan aprovechado las potencialidades para conferir el mayor grado de sostenibilidad ambiental.

Indicadores:

• Porcentaje de pasivos ambientales remediados

• % de área de territorio bajo conservación y manejo ambiental

Líneas de acción:

Líneas de acción posibles:

Deben estar fuertemente ligobierno autónomo descentralizadoas a las líneas de acción previstas por el Plan Provincial

Componentes y subcomponentes

Contenidos posibles Responsabilidades y

observaciones

Temas para el Modelo de Ordenamiento Territorial

El agua

Protección de las fuentes de agua necesarias para atender la demanda de consumo de los centros poblados del cantón.

(Vinculación con Sistema de Asentamientos humanos

Responsabilidad de SENAGUA; apoyo mediante acuerdos operativos del gobierno cantonal y provincial

Localización de áreas de protección de las fuentes de agua.

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Líneas de acción posibles:

Deben estar fuertemente ligobierno autónomo descentralizadoas a las líneas de acción previstas por el Plan Provincial

Componentes y subcomponentes

Contenidos posibles Responsabilidades y

observaciones

Temas para el Modelo de Ordenamiento Territorial

– usos del suelo)

El suelo

Medidas de remediación o mitigación de afectaciones por usos o actividades en las áreas rurales del cantón. (Vinculación con Sistema de Asentamientos humanos – usos del suelo)

Definidas por el MAE.

Responsabilidad compartida con los gobiernos parroquiales

Delimitación de áreas sujetas a intervención para recuperación.

El aire

Medidas y mecanismos de control de la calidad del aire en los centros poblados del cantón.

Responsabilidad del gobierno cantonal, con apoyo del MAE y entidades especializadas.

Normas de control relativas a la emisión de gases de vehículos e industrias.

Medidas de remediación o mitigación de afectaciones derivadas de la contaminación del aire.

Recursos naturales no renovables. (Subsuelo)

Explotación en condiciones de sostenibilidad ambiental como factores que apoyan al desarrollo económico. (Vinculación con Sistema de Asentamientos humanos – usos del suelo)

Responsabilidad del Ministerio de Energías Renovables y electricidad; coordinación con el MAE.

Definir:

Áreas de afectación vinculadas a este tipo de proyectos.

Gestión ambiental, biodiversidad categorías de protección:

La biodiversidad Recuperación o Responsabilidad del Definir:

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Líneas de acción posibles:

Deben estar fuertemente ligobierno autónomo descentralizadoas a las líneas de acción previstas por el Plan Provincial

Componentes y subcomponentes

Contenidos posibles Responsabilidades y

observaciones

Temas para el Modelo de Ordenamiento Territorial

protección de ecosistemas

(Vinculación con Sistema de Asentamientos humanos – usos del suelo)

Ministerio del Ambiente.

En coordinación con los gobiernos provinciales y parroquiales.

Los gobiernos autónomos descentralizados M y C se referirán al Plan Provincial

Áreas de explotación permitida y áreas de uso restringido y prohibido.

Bosques protectores

Propuestas de acción para aprovechar vocación: por ejemplo bosques protectores o de explotación maderera, en condición de sostenibilidad. (Vinculación con Sistema Económico y el Sistema de Asentamientos humanos – usos del suelo)

Con apoyo del Ministerio del Ambiente y en concordancia con los planes cantonales y sus gobiernos.

Definir:

Áreas destinadas a bosques protectores y de explotación.

Riesgo y Seguridad

Medidas de prevención o remediación de áreas sujetas a amenazas y riesgos de origen natural o antrópico en los centros poblados

(Vinculación con Sistema de Asentamientos humanos – usos del suelo)

Responsabilidad de la Secretaría Nacional de Gestión del Riesgo. Acuerdos sobre las responsabilidades del Gobierno Cantonal

Definir:

Áreas de protección o restricción de uso por causa de amenazas.

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SISTEMA ECONÓMICO

Tipo de Resultado a alcanzar:

Situación económica deseada: mejoramiento de factores vinculados al desarrollo endógeno como por ejemplo el incremento de las fuentes de trabajo, de los niveles de ingreso, de acceso al empleo, a la producción en condiciones de equidad, redistribución de la riqueza; fomento de iniciativas público privadas y otros aspectos pertinentes.

Indicadores:

• Participación de las MIPYMES en los montos de compras públicas de los gobiernos autónomos descentralizados.

• Porcentaje de personas que realiza actividades recreativas y/o de esparcimiento en lugares turísticos.

• Porcentaje de personas con participación activa en asociaciones de productores, comerciantes o agricultores.

• Incremento de iniciativas publico privadas orientadas al desarrollo económico local.

Líneas de acción posibles:

Estarán referidas a las límeas de acción de los planes provinciales de las que desprenderán, mediante convenio, sus ámbtos de actuación y responsabilidad

Componentes y subcomponentes

Contenidos posibles Responsabilidades y

observaciones

Temas para el Modelo de OT

Actividades económicas:

Actividad agro productiva

Fomento de actividades agro pecuarias con mejores opciones para crear y redistribuir la riqueza en el ámbito cantonal.

Responsabilidad compartida entre el Gobierno Provincial y el MAGAP.

Definir responsabilidades del gobierno cantonal.

Definir, en caso de ser aplicable:

Áreas destinadas en el territorio para cada una de estas actividades. Actividad

forestal

Fomento de la forestación o reforestación, según vocación o situación de deterioro forestal. (Vinculación con el sistema ecológico)

Responsabilidad compartida entre el Gobierno Provincial y el MAGAP en acuerdo con MAE

Definir responsabilidades

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Líneas de acción posibles:

Estarán referidas a las límeas de acción de los planes provinciales de las que desprenderán, mediante convenio, sus ámbtos de actuación y responsabilidad

Componentes y subcomponentes

Contenidos posibles Responsabilidades y

observaciones

Temas para el Modelo de OT

del gobierno cantonal.

Actividad de explotación extractiva o minera.

Apoyo a la puesta en marcha de proyectos estratégicos previstos por el Plan Nacional del Buen Vivir.

(Vinculación con el sistema ecológico)

Responsabilidad compartida entre el Gobierno Provincial y el Ministerio de Energías Renovables y Electricidad.

Definir responsabilidades del gobierno cantonal.

Actividades industriales y manufactureras

Fomento de iniciativas orientadas a generar empleo y fortalecer fuentes de trabajo por medio de actividades industriales.

Responsabilidad del Ministerio de la Producción y Competitividad.

Definir responsabilidades del gobierno cantonal.

Actividades eco turísticas

Explotación sostenible de ecosistemas como factores para el desarrollo turístico.

En concordancia con los Ministerios de Ambiente y Turismo.

Actividades turísticas vinculadas al patrimonio cultural.

Aprovechamiento de potencialidades turísticas del patrimonio cultural tangible e intangible en el ámbito cantonal.

(Vinculación con el Sistema de Asentamientos Humanos)

En concordancia con el Instituto Nacional de Patrimonio Natural INPC y el Ministerio de Cultura

Alcance opcional de la propuesta del sistema económico

Recomendable para los cantones Metropolitanos; los de mayor población o que busquen dar énfasis a la promoción del desarrollo económico

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Trabajo y empleo

Aplicación de políticas orientadas a la creación de mano de obra calificada para satisfacer el requerimiento que se derive de los nuevos emprendimientos en el ámbito cantonal.

Responsabilidad compartida con el Gobierno Provincial y el Ministerio de la Producción, de Trabajo y entidades vinculadas.

Definir responsabilidades del gobierno cantonal.

Formas de organización de los modos de producción

Fortalecimiento de las cadenas productivas y de valor que se ubican en el cantón; apoyo a pequeños productores del ámbito cantonal.

Fomento de iniciativas público privadas de pequeños productores o emprendedores

Responsabilidad compartida con el Gobierno Provincial y el Ministerio de Coordinación de la Producción.

Definir responsabilidades del gobierno cantonal.

Mercado de capitales y financiación de las inversiones

Aplicación de políticas para incentivar la inversión en el territorio cantonal

Responsabilidad compartida entre el Gobierno Provincial y: Ministerio de Finanzas; Banco del Estado; Corporación Financiera Nacional; Banca privada.

Definir responsabilidades del gobierno cantonal.

Infraestructura de apoyo a la producción

Dotación de la infraestructura de apoyo a la producción definida como prioritaria (Vinculación con los sistemas de energía del Sistema de Asentamientos Humanos y con el sistema de Movilidad y Conectividad)

Responsabilidad compartida con el Ministerio de Industrias y Competitividad y organizaciones interesadas.

Ubicación de equipamientos en el territorio.

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SISTEMA SOCIAL Y CULTURAL

Tipo de Resultado a alcanzar:

Situación de desarrollo social deseada: fortalecimiento del tejido social y las organizaciones sociales de ámbito cantonal para el trabajo en redes y para asumir responsabilidades para la gestión del territorio; valores culturales y de identidad fortalecidos.

Indicadores:

• Porcentaje de mayores de 18 años que participan en organizaciones de la sociedad civil.

• Número de bienes patrimoniales para acceso ciudadano.

Líneas de acción posibles

Componentes y subcomponente

s Contenidos posibles

Responsabilidades y observaciones

Temas para el Modelo de OT

Desarrollo social:

Movilidad de la población

Apoyo a la implementación de políticas migratorias que oriente el Gobierno Nacional.

Responsabilidad del Ministerio de Inclusión Económica y Social.

Definir responsabilidades del gobierno cantonal

Educación, salud, nutrición

Apoyo a la implementación de políticas aplicadas al ámbito cantonal por parte de los Ministerios del ramo.

Responsabilidad de las instancias provinciales de los Ministerios de Salud y Educación.

Definir responsabilidades del gobierno cantonal

Organización social

Fortalecimiento de organizaciones de ámbito cantonal, para asumir responsabilidades en la gestión del territorio.

Capacitación en liderazgo, organización y trabajo en redes

Con el apoyo del Ministerio de Inclusión Económica y Social

Grupos étnicos Establecimiento de las En corresponsabilidad Definir:

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Líneas de acción posibles

Componentes y subcomponente

s Contenidos posibles

Responsabilidades y observaciones

Temas para el Modelo de OT

circunscripciones con grupos étnicos y su relación con la gestión del territorio en el que se asientan; modo de organización y estructuras.

(Vinculación con el Sistema de Asentamientos Humanos)

con la Secretaría de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana.

Localización de los territorios ocupados por las circunscripciones étnicas.

Identidad cultural

Fortalecimiento de la identidad cultural del cantón y de la de sus circunscripciones.

Patrimonio:

En corresponsabilidad con el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural y del Ministerio de la Cultura.

Circunscripciones:

Responsabilidad de la Secretaria de Pueblos Movimientos Sociales y Participación Ciudadana

Definir:

Áreas de protección del Patrimonio Cultural Tangible que tengan proyección espacial a la escala

• ASENTAMIENTOS HUMANOS

Tipo de Resultado a alcanzar:

Situación deseada que debe alcanzar el sistema de asentamientos humanos: calidad de vida de la población asentada en el territorio calificada a través del grado de seguridad, de las interrelaciones entre los asentamientos y de la accesibilidad a los servicios básicos y sociales.

Indicadores:

• Porcentaje de viviendas con acceso a agua entubada por red pública.

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• Porcentaje de viviendas con acceso a red de alcantarillado

• Porcentaje de viviendas con servicio eléctrico

• Porcentaje de hogares cuya vivienda es propia

• Tasa neta de matrícula en educación básica

• Porcentaje de viviendas con servicios de recolección de basura

• Incremento de la relación del espacio publico de encuentro en el

gobierno autónomo descentralizado (área/habitante)

Líneas de acción posibles

Componentes y subcomponente

s Contenidos posibles

Responsabilidades y observaciones

Temas para el Modelo de OT

El poblamiento

Establecimiento de la propuesta de distribución de la población en el período de vigencia del plan, en los centros poblados del cantón: asignación de densidades según etapas.

gobiernos autónomos descentralizados

Delimitación de áreas según población y densidades en cada etapa prevista en el plan

Uso y Ocupación del suelo

Clasificación del suelo

Delimitación y caracterización de CLASES DE SUELOS :

Se deberá establecer:

a) El suelo urbano y urbanizable, que contemple las zonas actualmente ocupadas; las zonas de expansión y de reserva.

b) El suelo productivo – agropecuario, minero, forestal – en el territorio cantonal.

c) Suelo Natural del Cantón

gobierno autónomo descentralizado cantonal y Juntas Parroquiales

Apoyo de MAE y MAGAP

Delimitación de áreas según clases de suelo.

Zonificación por Zonificación por de usos de gobierno autónomo Delimitación de áreas

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Líneas de acción posibles

Componentes y subcomponente

s Contenidos posibles

Responsabilidades y observaciones

Temas para el Modelo de OT

Uso y ocupación del suelo

suelo:

En el nivel cantonal, escala 1:50.000:

• Usos urbanos

• Uso agrícolas / agroindustriales

• Usos forestales

• Usos turísticos/ recreativos.

En el nivel urbano, escala 1:10.000 o menor:

• Vivienda

• Industria, Comercio, equipamientos

• Protección

• Expansión y reserva.

descentralizado cantonal y Juntas Parroquiales

según usos de suelo.

Zonificación por ocupación del suelo:

• Tamaño mínimo de predios

• COS y COS Total

• Retiros y alturas de edificación

• Número de viviendas por predio (densidad neta)

Puede ser aplicable a todo el territorio cantonal. Es obligatorio en las áreas urbanas.

gobierno autónomo descentralizado cantonal y Juntas Parroquiales

Delimitación de áreas según formas de ocupación del suelo, coeficientes de ocupación y uso del suelo, alturas de edificación.

Tratamientos urbanísticos

Identificar las formas de intervención permitidas en todo el territorio (Renovación, nuevos desarrollos, conservación;

gobierno autónomo descentralizado cantonal y Juntas Parroquiales

Delimitación de áreas según tratamientos urbanísticos

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Líneas de acción posibles

Componentes y subcomponente

s Contenidos posibles

Responsabilidades y observaciones

Temas para el Modelo de OT

reubicación, etc.)

Las condiciones de seguridad:

Amenaza, vulnerabilidad y riesgo

Acciones de remediación, mitigación o prevención de riesgos a los asentamientos por causas de origen natural

Responsabilidad de la SNGT, con apoyo del gobierno provincial

Definir:

Áreas de riesgo o protección de amenazas

Seguridad y convivencia ciudadana

Acciones de prevención y control de la seguridad ciudadana.

Dotación del equipamiento de seguridad.

Responsabilidad de la delegación provincial de Ministerio de Gobierno y Policía.

Definir responsabilidades del gobierno cantonal.

Localización de los equipamientos de seguridad ciudadana (Cuarteles, retenes)

Roles y vínculos funcionales

Estructuración del sistema de asentamientos humanos: definición de roles de los asentamientos en el cantón; establecimiento de vínculos que deben darse entre ellos; relación con áreas de actividad económica y de protección

Corresponsabilidad con los gobiernos parroquiales

Definir:

Localización espacial de los asentamientos humanos como insumo para el Modelo de Ordenamiento Territorial.

Tenencia del suelo

Establecimiento de acciones tendientes a la regularización de la tenencia del suelo en los centros poblados del cantón.

Con el apoyo del MIDUVI y su instancia especializada, DINAC.

Definir:

Localización de las áreas sujetas a la regularización de la tenencia del suelo

Infraestructura y acceso a servicios básicos:

Acceso de la población a los servicios

Definición de las áreas urbanas y rurales que tendrán dotación de

Corresponsabilidad con las empresas prestadoras de servicio,

Definir:

Áreas de cobertura de servicios.

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Líneas de acción posibles

Componentes y subcomponente

s Contenidos posibles

Responsabilidades y observaciones

Temas para el Modelo de OT

básicos: agua potable, saneamiento, desechos sólidos y electricidad

servicios en el corto y mediano plazo en orden al proceso de crecimiento de la demanda. Servicios de agua potable, alcantarillado, desechos sólidos y electricidad.

según sea aplicable.

Infraestructura y acceso a servicios sociales:

Acceso de la población a servicios de salud y educación

Aplicación de políticas de salud y educación de los ministerios de Salud y Educación en el territorio cantonal.

Previsiones globales de dotación de equipamientos.

Líneas de acción para la construcción o mantenimiento de la infraestructura de salud y educación.

Trabajo conjunto del gobierno autónomo descentralizado con las representaciones provinciales de los Ministerios respectivos.

Localización de elementos de nivel cantonal o zonal.

Acceso de la población a la vivienda

Aplicación de políticas de vivienda del MIDUVI en el territorio cantonal

Responsabilidad del MIDUVI.

Definir responsabilidades del gobierno cantonal

Previsión de programas de vivienda nueva y de mejoramiento de vivienda.

Previsión de acciones sobre titularización de viviendas

Responsabilidad del MIDUVI en conjunto con el gobierno autónomo descentralizado Cantonal

Definir:

Áreas para el desarrollo de programas de vivienda

Equipamiento Dotación de equipamiento Responsabilidades Definir:

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Líneas de acción posibles

Componentes y subcomponente

s Contenidos posibles

Responsabilidades y observaciones

Temas para el Modelo de OT

en los centros poblados del cantón

según la tabla adjunta a la matriz del diagnóstico del sistema de asentamientos humanos

Localización de los equipamientos mayores

• MOVILIDAD Y CONECTIVIDAD

Tipo de Resultado a alcanzar:

Situación deseada de la movilidad y conectividad: incremento o nivel de la capacidad de la movilidad y conectividad que debe poseer la población y disponibilidad de energía para el desarrollo de actividades productivas.

Indicadores:

• Tiempo promedio de desplazamiento entre ciudades (horas)

• Tiempo promedio de viajes intraurbanos (en ciudades grandes y medianas)

• Índice de desarrollo de las TIC (IDI)

• Incremento de índices de consumo de la energía eléctrica en actividades económicas industriales.

Líneas de acción posibles

Deben estar relacionadas y ligobierno autónomo descentralizadoas con el sistema vial provincial

Componentes y subcomponentes

Contenidos posibles Responsabilidades y

observaciones

Temas para el Modelo de OT

Redes viales y de transporte

Identificación de nuevas vías y mejoramiento de existentes en orden a las previsiones del modelo de ordenamiento

gobiernos autónomos descentralizados con apoyo de entidades desconcentradas del Ministerio de OOPP y el

Definir:

Trazado de la red vial cantonal (vías de conexión entre asentamientos)

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43 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

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Líneas de acción posibles

Deben estar relacionadas y ligobierno autónomo descentralizadoas con el sistema vial provincial

Componentes y subcomponentes

Contenidos posibles Responsabilidades y

observaciones

Temas para el Modelo de OT

territorial tanto cantonal como de los centros poblados

Establecimiento de las normas viales aplicables, tales como anchos de calzada, acera, estacionamientos, etc.

Gobierno Provincial

En distritos metropolitanos y ciudades grandes deben desarrollarse planes maestros de movilidad

En ciudades medianas, programas de vías y transporte.

Trazado de la red vial principal de los centros poblados del cantón

Identificación de los principales

En acuerdo con las Direcciones Provinciales de Tránsito

Definir:

Trazado de rutas de transporte

Diseño de políticas y acciones tendientes a mejorar la movilidad

Sistema de conectividad

Establecer los niveles de cobertura y acceso de la población a los sistemas de conectividad en el corto y mediano plazo

Dotación de equipamientos en áreas prioritarias.

Responsabilidad del Ministerio de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.

Definir responsabilidades del gobierno cantonal.

Definir:

Cobertura de las redes de telefonía y transmisión de datos.

Sistema de energía

Establecer los niveles de incorporación de áreas con servicio en el corto y mediano plazo.

Responsabilidad del Ministerio de Energías Renovables y Electricidad y de las Empresas distribuidoras

Definir:

Cobertura espacial de redes de energía

• GESTIÓN DEL TERRITORIO

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Tipo de Resultado a alcanzar:

Situación deseada de la capacidad de gestión territorial del gobierno cantonal y de las organizaciones ciudadanas de ámbito cantonal, y vigencia de un marco legal de actuación.

Indicadores:

• Auto suficiencia Minima (Ingresos propios/remuneraciones*100)

• Dependencia (Transf. Corrientes + Transf. K)/(Ingreso Total - Fuentes de Financiamiento)*100

• % de Cumplimiento de los PLANES DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL en el año en curso

• Número de organizaciones que participan en procesos de gestión del territorio

Líneas de acción posibles

Componentes y subcomponentes

Contenidos posibles Responsabilidades y

observaciones

Temas para el Modelo de OT

Capacidades institucionales para la gestión del desarrollo

Fortalecimiento de las capacidades del Gobierno Cantonal para y

Fortalecimiento de las organizaciones sociales para asuman la responsabilidad de co - gestión del territorio, que abarca además el control de las normas y disposiciones derivadas del ordenamiento territorial.

Como parte de los procesos de aplicación de las estrategias de apoyo técnico y capacitación que instrumente el SENPLADES en el marco del Sistema Nacional de Planificación

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45 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

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ANEXO 1

• CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN

• SISTEMA DE PARTICIPACIÓN

(PD Y OT_CSCRUZ)

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ

¡CONSTRUYENDO SOBERANÍA COMUNITARIA!

Leopoldo Bucheli Mora ALCALDE DE SANTA CRUZ

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CONFORMACIÓN Y PREPARACIÓN PDyOT

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47 SECRETARIA TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE 2011

GUIA PDyOT 2011 EN CONSTRUCCIÓN_Santa Cruz septiembre de 2011

ACTUALIZACIÓN DE LOS PLANES ESTRATÉGICOS CANTONALES A“PLAN DE DESARROLLO Y PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS CANTONES Y ÁREAS

URBANAS DE LA PROVINCIA DE GALÁPAGOS”

(PD y OT: Cantonales, Parroquias, Áreas Urbanas y Áreas Urbano Rurales de la provincia de Galápagos)

1.- INTRODUCCIÓN

La constante lucha por la conservación de los limitados recursos naturales, y a la vez por solucionar los aspectos sociales y los efectos ambientales, ha llevado a los gobiernos locales y al gobierno ecuatoriano a implementar una serie de acciones y políticas para la desconcentración, tanto de funciones como responsabilidades y una gradual transferencia de presupuestos y toma de decisiones al Consejo de gobierno regional y los Gobiernos locales, de conformidad con el mandato constitucional y la Ley del COOTAD.

Con el objetivo de promover un desarrollo equitativo del territorio el Consejo de Gobierno de régimen Especial de Galápagos y los Gobiernos Municipales de los tres cantones de la provincia de Galápagos han unido esfuerzos para patrocinar la actualización de los Planes Estratégicos Cantonales a Plan de Desarrollo y la formulación de un Plan de Ordenamiento Territorial que incluye las Áreas Urbanas y la Urbano Rurales a partir del mes de mayo del 2011. El mismo que será coordinado por un equipo técnico local y asistido por técnicos externos debiendo contar con la participación de diferentes organizaciones, asociaciones e instituciones locales y nacionales.

El proceso a ser desarrollado se define como el instrumento que complementará los esfuerzos de planificación que incluye a los centros urbanos y urbanos rurales, dando atención especial a las acciones que buscan inducir la mejor ubicación espacial de las actividades económicas, sociales, de infraestructura relacionadas con el aprovechamiento racional de los recursos naturales.

A través del Ordenamiento del Territorial se deberá proponer la zonificación y usos de la tierra urbana, así como sus estrategias de manejo, de acuerdo con su capacidad de acogida (aptitud ecológica) y demanda que existe sobre ella, así mismo, señalar los espacios naturales recreativos, históricos, arquitectónicos y culturales sujetos a régimen especial de protección, conservación o manejo. Además orientar la dimensión espacial de la infraestructura, equipamientos del territorio, de los procesos de urbanización y vinculación con el entorno del medio rural.

1.1 Actores institucionales

El desarrollo, evaluación e implantación de los avances del Plan, requiere de la participación de las autoridades que tienen opinión sobre los temas de Desarrollo y Planeación cantonal y Urbana; Ambiente; Tránsito y Transporte; Gestión de Riesgos en el Archipiélago. Sin embargo, la responsabilidad primaria para el cumplimiento de los objetivos planteados y la obtención de los resultados esperados en estos términos de referencia radicará en el CGREG, por lo que se mantendrá una interacción permanente y directa con el Consultor durante el desarrollo del estudio.

1.2 Marco conceptual

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En este punto se establece el marco conceptual utilizado para el desarrollo completo del proceso de ordenamiento urbano. Como parte de estas definiciones, partimos de los siguientes principios:

El ordenamiento territorial (OT)2.- CRITERIOS GENERALES DEL PROYECTO

2.1 Área y red de estudio

El área de estudio abarca los territorios cantonales y sus principales asentamientos de población del archipiélago de las Islas Galápagos: Santa Cruz, San Cristóbal e Isabela, y a la vez con los principales actores institucionales en cada uno de los Cantones a fin de lograr actualizar la situación actual en base a la suficiente información existente y a las reuniones con actores claves para la definición de propuestas del Plan.

La Planificación deberá, construirse sobre la base de una evaluación general de los componentes regionales y una evaluación de los componentes locales a fin de, entender la interacción que existe entre ambos niveles espaciales, no obstante de este análisis inter escalar, se focaliza únicamente sobre las zonas urbana sobre la base de la reflexión en la cual lo urbano, es parte de un territorios más grande y el territorio más grande influye en el territorio urbano.

Los componentes regionales con afectación o vulnerables, podrán ser modificados si las condiciones de los componentes regionales cambian como resultado del proceso de inversiones regionales para el ordenamiento territorial; y dado el grado de delicadeza del sistema galápagos, es muy importante mencionar que las acciones locales, influyen notablemente en dicho entorno. Es importante entonces mencionar que el alcance debe limitarse a lo urbano, sin perder la perspectiva de su influencia en lo regional nacional y mundial.

2.2 Horizontes del estudio

Los horizontes del estudio serán:

Acciones inmediatas 2011 - 2012

Acciones a corto plazo 2012 - 2015

Acciones a mediano y largo plazo 2015 –2030

2.3 Criterios generales para el PDyOT de los Cantones, Parroquias, Áreas Urbanas y Áreas Urbano Rurales de la provincia de Galápagos)

Los criterios generales son:

• Propiciar y fortalecer una estructura nacional poli-céntrica articulada y diferenciada de asentamientos humanos

• Impulsar el equilibrio en el desarrollo de los centros poblados urbanos, con un enfoque de sostenibilidad y articulación a las dinámicas rurales y regional

• Jerarquizar y hacer eficientes la infraestructura para la movilidad, la conectividad y la demanda energética

• Garantizar la sustentabilidad del patrimonio natural mediante el uso racional y responsable de los recursos naturales renovables y no renovables

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• Valorar la diversidad y el patrimonio cultural

• Implementar la planificación y gestión territorial para consolidar un modelo de gestión descentralizado y desconcentrado,

2.4 Criterios particulares para la Planificación

Como criterios que permitirán el cumplimiento de los criterios identificados como generales del proyecto se describen las acciones en modo pragmático y realista, que deben contemplar el plan Relacionados con las competencias de los consejos de Planificación en los diferentes niveles territoriales quienes son los que darán el aval de las acciones referentes a la planificación:

• Identificar las responsabilidades y competencias a nivel regional y municipal para que exista un adecuado uso de los recursos naturales según el contenido de las leyes vigentes.

• Identificar los conflictos y potencialidades de los componentes socio-económicos, socio-culturales y ambientales de Galápagos con el fin de tener una herramienta de tipo normativo y de planificación que permita manejar adecuadamente los espacios urbanos.

• Ser un instrumento de apoyo al Gobiernos Municipales para la evaluación y priorización de los proyectos considerando aspectos espaciales.

• Ser una guía que oriente las inversiones públicas y privadas para la conservación y el desarrollo equilibrado de las áreas urbanas de Galápagos.

• Facilitar la interacción entre Gobiernos locales, el Consejo de Gobierno y el Sistema de Inversión Pública, considerando el funcionamiento del Consejo de Planificación en sus diferentes niveles territoriales (cantonal y Parroquial con el Consejo de Gobierno de Galápagos

3.- OBJETIVOS

El Estudio debe elaborar una planificación integral y sostenible. Debe tomar en cuenta los aspectos ecológicos, económicos, socio-culturales y de gobernabilidad integrados a los procesos y dinámicas de los pobladores de las Islas.

3.1 Objetivo principal

El objetivo general del Estudio es producir el Plan de Ordenamiento Territorial de Áreas Urbanas de la Provincia de Galápagos.

3.2 Objetivos particulares

Para lograr el objetivo principal el estudio debe considerar los siguientes objetivos:

• Fortalecer la capacidad de los Gobiernos Autónomos Municipales mediante el mejoramiento y optimización de los aspectos técnico - administrativos y operativos que viabilicen el proceso de descentralización, a fin de facilitar la gestión del ordenamiento territorial.

• Impulsar los procesos de ordenamiento Urbano Cantonal y planificación física de desarrollo urbano con un planteamiento articulado para la formulación de normativa

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de ordenamiento urbano rural, parroquial, cantonal y regional, a fin de procurar el uso racional y eficiente del suelo, estabilizar y orientar el crecimiento de los centros poblados urbanos y rurales para evitar la expansión espontánea; y, ordenar las áreas actualmente ocupadas.

• Establecer y consensuar los lineamientos para la formulación de políticas públicas de ordenamiento territorial y desarrollo urbano articuladas en el marco de la especificidad de la región Insular y en correspondencia a las estrategias y políticas del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial Regional, que logre impulsar la política del hábitat de la población de Galápagos adecuada al entorno ambiental.

• Armonizar las actividades económicas con la gestión del territorio y el uso del espacio, especialmente en lo relacionado con: el desarrollo del turismo con base productiva local; el fomento de la actividad agropecuaria, como estrategia de control de especies introducidas y autoabastecimiento; el manejo integrado de los recursos hídricos; y, en general, la gestión ambiental para asegurar un manejo adecuado de los ecosistemas.

• Impulsar estrategias de prevención y mitigación de desastres naturales.

• Diseñar una política de corto, mediano y largo plazo de gestión del territorio, en consideración al contexto regional

• Ordenar y articular el territorio en relación a sus potencialidades, limitaciones y características biofísicas, ambientales, socio-económicas, culturales y de gobernabilidad.

• Optimizar y organizar las áreas para asentamientos humanos, los flujos de personas (emigración e inmigración de personas) y el aprovechamiento de recursos.

• Localizar las redes viales de transporte, energía y comunicación respetando el subsistema natural promoviendo la eficiencia de relación interna y externa.

• Mejorar el acceso a servicios públicos (educación y salud) y servicios básicos (agua potable, alcantarillado, energía eléctrica y desechos sólidos), así como la infraestructura productiva, de recreación y deportivas

• Reconocer y colaborar en el manejo sostenible de áreas de fragilidad ecológica y de régimen especial

• Fortalecer los mecanismos de participación, consensos y diálogo entre los actores territoriales.

3.3 Lineamientos y Alcance del trabajo

La consultoría abarcará y establecerá contacto con los gobiernos locales de San Cristóbal, Santa Cruz, Isabela, y a la vez con los principales actores institucionales, comunitarios y de organizaciones sociales; con el objeto de Contar con un instrumento coherente de planificación de las áreas pobladas, tomando en cuenta su relación con el entorno regional que satisface las necesidades de la comunidad y que sea percibido como un instrumento de consenso.

En el marco del sistema nacional descentralizado de la planificación participativa el trabajo se desarrollará bajo los siguientes lineamientos;

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• Reducción de inequidades sociales y satisfacción de necesidades básicas a través de una estrategia de desarrollo endógeno y de procesos de ordenamiento territorial que permitan su ejecución

• Coordinación y gestión transversal, con una propuesta de visión integradora e intersectorial, integrando instrumentos de planificación y ordenamiento territorial así como la formulación de modelos de gestión de los distintos niveles de gobierno debidamente articulados, incluyendo los cuatro sistemas planteados constitucionalmente y que se refiere a (socio – cultural, económico, ambiental y de gobernabilidad) de forma sistémica

• Articulación intergubernamental, identificando las relaciones entre los distintos niveles de gobierno, proponiendo mecanismos de coordinación entre las entidades desconcentradas y la función ejecutiva, para la ejecución de las competencias asignadas, incluidas aquellas competencias con coincidencia territorial para lo cual se diferenciarán varios tipos de compromisos y recomendaciones que consideren particularidades del territorio y que son parte de las competencias de otros niveles de gobierno

• Articulación con el Plan Nacional de Desarrollo, definiendo mecanismos de articulación de políticas y metas, que posibiliten la verificación de la contribución a las objetivos nacionales de desarrollo del PND

• Fomento de la planificación participativa, la rendición de cuentas y el control social; el reconocimiento de la diversidad de identidades, para lo cual se deberá facilitar la conformación de los consejos de Planificación en los diferentes niveles de gobierno autónomo descentralizado

Los Planes de Ordenamiento territorial cantonal Urbano y urbano rural, establecen su alcance, definiendo los elementos que contendrán los componentes de las unidades territoriales, articulados a nivel regional y local que incluyan los contenidos de la propuesta:

EL COMPONENTE REGIONAL:

Este componente deberá aportar en la discusión con un escenario de ordenamiento territorial en el cual se identifique la influencia del entorno regional en las zonas pobladas como zonas de provisión de servicios ambientales tales como, agua, biodiversidad, belleza escénica, entre otros. A su vez, las acciones que se desarrollan en las zonas pobladas, con influencia o impacto que modifica o altera las condiciones naturales de la región y sus posibles riesgos en la provisión de servicios. EL COMPONENTE LOCAL:

• EL SUBCOMPONENTE GENERAL:

ÁREAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL.- Las Franjas Costeras de Jurisdicción del Parque Nacional Galápagos; Arroyos y Cuerpos de Agua (Arroyos y Cuerpos de Agua de Gran Tamaño que Pasan por la Estructura Urbanística y, Arroyos y Cuerpos de Agua que son Parte del Sistema de Drenaje Natural del Terreno); Franjas de Protección Ambiental de Playas y Arroyos (Franjas de Protección de Arroyos y Franjas De Protección de Playas); Manglares y Zonas Inundables (Manglares; Playones; Zonas con Alto Riesgo de Erosión y/o Inundación que Requieren Acondicionamiento para su Desarrollo; Playones y Zonas con Alto Riesgo de Erosión y/o Inundación).

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ÁREAS DE MANEJO COMPARTIDO._ Las franjas costeras de jurisdicción de los GADs: instalaciones portuarias artesanales; Emisarios submarinos; Usos deportivos recreativos turísticos; usos marítimos; corredores de navegación, etc.

ÁREAS DE RESERVA PARA UBICAR INSTALACIONES DE SERVICIO PÚBLICO.- Áreas de Manejo de Desechos Sólidos, Lagunas de Oxidación; emisarios submarinos; Relleno Sanitario; Plantas de Tratamiento; Estaciones de Bombeo y/o Tanques; Estaciones Eléctricas; Subestaciones Eléctricas; Plantas de Teléfonos. Además Contiene el Trazo de Redes Matrices e Instalaciones para los Servicios de Abastecimiento de Agua Potable; Alcantarillado Sanitario y; Alcantarillado Pluvial.

ÁREAS PARA UBICAR INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO COMUNITARIO.-Contiene los Espacios Educativos; Espacios Culturales; Espacios para Asistencia Sanitaria; Espacios para el Bienestar Social; Espacios de Carácter Religioso; Espacios de Servicio de Protección y Amparo de Bienes y Personas; Espacios Recreativos en Áreas Naturales; Instalaciones portuarias, aeroportuarias; instalaciones policiales y militares; usos recreativos, deportivos y turísticos; Parques; Malecones;

ÁREAS DE LA MALLA VIAL.- En coordinación con el Plan de Movilidad Sostenible de Galápagos y los Planes Cantonales de Movilidad, se deberán definir: Vías Principales (V); Vías de Penetración Principal (VPP); Vías Urbanas de Penetración (VUP); Vías de Penetración Local Principal (VPLP); Vías de Distribución Local Existentes (VDL); Vías Paisajísticas de Arroyo (VPA); Vías Locales (VL); Vías Para Bicicletas (VB); Vías Peatonales (VP). Vías de evacuación

• EL SUBCOMPONENTE URBANO:

Áreas para Desarrollo Urbano; Áreas de Asentamientos Existentes en Consolidación; Áreas de Expansión de los Asentamientos. Áreas de reserva de expansión futura

• SUBCOMPONENTE RURAL:

Áreas para Desarrollo Suburbano con el Grado de Desarrollo Alto; Áreas para Desarrollo Suburbano con El Grado de Desarrollo Medio; Áreas para Desarrollo Suburbano con el Grado de Desarrollo Bajo; y Áreas de Corredor Vial (Restringido, Bajo Especial y Paisajístico); Área Especial de desarrollo o re-ubicación Industrial; Áreas de concesión para servicios turísticos terrestres; Sitios Arqueológicos; Áreas residenciales – industrial – mixto –Áreas de asentamientos humanos Urbano – rural - caseríos

4.- ACTIVIDADES DEL CONSULTOR

Diagnóstico y Evaluación Integral del Territorio

Deberá articular tres instancias de trabajo para el análisis de los sistemas propuestos mediante mandato constitucional, para lo cual deberá organizar la participación técnica interinstitucional, de gobernabilidad o política y las instancias de participación, complementado la recopilación de información existente en relación a aspectos biofísicos, socio-económicos y socio-culturales y políticos a fin de poder caracterizar de manera integral el territorio y ver cuál es la situación actual del mismo.

Los instrumentos de planificación actuales, la información con la que se cuenta, la institucionalidad, las estructuras sociales y los marcos legales, deben ser el aporte fundamental para la generación de una re propuesta de ordenamiento de las zonas urbanas y

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su relación con el entorno regional, nacional e internacional. Por esta razón, el consultor deberá realizar mapas temáticos de los componentes ambientales, ecológico – económico, a fin de que se puedan hacer cruces y definir la interacción o evaluación del territorio, identificando la topología o relaciones de vecindad entre las distintas unidades espaciales encontradas. A través de mapas de definición de unidades territoriales para espacios funcionales; definición de objetivos de desarrollo en espacios funcionales; definiendo productos y resultados esperados de la zonificación

Es a través de la evaluación integral del territorio, que se facilita la definición de conflictos y problemas en general. Para definir su condición general, la problemática, monitoreo y seguimiento de las acciones y la relación con el territorio, Por esta razón, esta fase, constituye la estructura funcional del planeamiento territorial.

Definición de la Problemática y conflictos

Con la información generada en la fase de diagnóstico se definen relaciones y procesos que determinan la existencia de conflictos y potencialidades territoriales. Estos problemas se identifican, al cruzar la información geográfica de los diversos componentes ambientales, datos socio-económicos, así como sobre la información y experiencia de los técnicos de planificación del municipio; y, la percepción y compromiso ciudadana.

En Galápagos se han elaborado dinámicas de identificación de problemas Es importante realizar una sistematización de estos, a fin de que se conviertan en la base de la resolución de los conflictos y sobre los cuales se espera el cambio de un sistema actual con problemas, a un sistema mejorado y ajustado a las condiciones territoriales.

Una de las condiciones más importantes de la definición de los problemas y conflictos, es su anclaje al territorio y su expresión en unidades cartográficas las cuales reflejen y ubiquen espacialmente el problema, a fin de que el análisis de sus componentes ambientales, ayuden a identificar, incluso problemas que no son evidentes o que por falta de un análisis transitorio de la información, no se han logrado ubicarlos.

En esta fase el consultor propiciará la presentación del diagnóstico a las instancias de participación para luego pasa a la conformación de las mesas de concertación en donde se analizarán los sistemas de planificación para entrar a la planificación estratégica participativa y de consensos

Propuestas y plan de acción a corto plazo

La formulación del OT incluye la identificación de un conjunto de acciones y sugerencias sobre la base del diagnóstico integral, de los objetivos y de las políticas previamente planteadas. Cada problema anclado territorialmente, deberá proponer una solución que además de poder ser territorial, deberá incluirse las dimensiones de políticas, compromisos de la población, participación del Estado, Cooperación externa, entre otras.

Es un instrumento de carácter orientador más que normativo y el objetivo es el de complementar la planificación económica y social con la dimensión territorial y establecer la dinámica de ocupación del territorio basándose en el desarrollo y aprovechamiento sostenible del mismo mediante la definición de estrategias de uso, de manejo. Además plantea recomendaciones priorizando la necesidad de implementar instalaciones integrales de servicios públicos (relleno sanitario, planta de tratamiento de aguas servidas), de servicios

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básicos (abastecimiento de agua potable, manejo de basura), identificando áreas de incorporación prioritaria (áreas de expansión de asentamientos, áreas de corredor vial, áreas especiales para las industrias), etc.

Esta actividad deberá incluir un plan de acciones de corto plazo que pueda ser consolidado con cada gobierno local, y que permita una priorización de la inversión pública a corto plazo.

Socialización y validación de las propuestas preliminares del PDyOT OTUG:

Los mecanismos de socialización de los resultados de la planificación se la realizará a las instancias de participación (Asambleas Provincial, Cantonal y Parroquial) para lo cual existen dos etapas para la socialización y validación de la propuesta, la primera consiste en la sensibilización sobre el significado y la importancia del OT al conjunto de actores sociales sectores de la producción e institucionales, de la cual se desprende o se sugiere el ajuste de la propuesta metodológica; y, la a segunda, implica la explicación detallada de lo encontrado por el equipo responsable, a través de talleres convocados por el Consejo de Planificación y Asamblea del nivel territorial correspondiente en los cuales deberán participar distintas entidades seccionales y de gobierno como instituciones públicas, instituciones privadas de desarrollo (ONGs, productores) y las instancias de participación

Estas etapas serán convocadas por el Consejo de Planificación Cantonal el mismo que conocerá y emitirá el aval correspondiente para conocimiento y aprobación del Concejo Cantonal de acuerdo al Art 20 del Código de Planificación y Finanzas públicas referente al sistema descentralizado de planificación participativa.

En conjunto se realiza la presentación de la información localizada en el análisis, evaluación e identificación técnica de soluciones; a fin de que se pueda convalidar ésta con la percepción de la comunidad y recoger los criterios para llegar al perfeccionamiento de dicho documento.

Esto tomando en cuenta la premisa de que, a pesar de que la población posee diversos criterios para la identificación o no del problema, es en el debate en donde se pueden encontrar elementos que aporten al proceso de organización, priorización y valoración de acciones, las cuales puedan causar un impacto positivo y apropiación del plan en su fase de elaboración, implementación, seguimiento y evaluación. Utilizando para ello las mesas de concertación participativa

Análisis de las Políticas y Normativas de Ordenamiento Territorial

El consultor deberá identificar las principales políticas que oriente y delimite el proceso de planificación territorial de los cantones. Particularmente, articulando la visión regional en la planificación local, o viceversa. Dentro de la instancia política y/o gobernabilidad regional

El consultor adicionalmente deberá proponer la reformulación y creación de nuevas ordenanzas, según el análisis, evaluación y propuesta de soluciones, el cual debe mostrar las necesidades de cambio en normas, vacíos, incorporación de mecanismos de incentivos, entre otros. Pero, una parte fundamental de este plan, es la evaluación de las normas existentes, sus impactos y validez en el escenario futuro o visión de futuro de los centros urbanos y su relación con el entorno regional.

Plan de Implementación;

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De preferencia, además del documento del Plan, se debe contar con el banco regional, cantonal y parroquial regional de proyectos que contenga perfiles de proyectos en un portafolio, priorizados y estructurados en índices claros que orienten la búsqueda de financiamiento, actores, presupuesto, relación con el Plan Nacional de Desarrollo, cronograma y la prioridad para la población y para los POAs de los Gobiernos Autónomos descentralizados. Para esto, es importante ajustarse a los proyectos de inversión que la Secretaría Nacional de Planificación ha elaborado como términos de referencia para proyectos de inversión, cuando así lo amerite,

En las Agendas Cantonales y parroquiales, se establecerá la metodología para elaborar proceso de presupuesto participativo de cada ámbito de acción.

Los aspectos metodológicos de detalle deberán reflejarse en la propuesta técnica del Consultor, la cual podrá incluir el desarrollo de actividades adicionales que considere necesarias, así como las precisiones que permitan supervisar las actividades. Se espera que en cada caso se precisen y cuantifiquen los insumos, los procedimientos, los resultados y/o productos que se generarán en cada actividad.

5.- PRESENTACIÓN DEL ESTUDIO

5.1 Entrega de informes

El Consultor presentará su programa de actividades con las fechas de entrega de los informes en el sitio que determine el CGREG para su correspondiente aprobación. La entrega de cada informe se realizará mediante presentación multimedia y documentos digitales e impresos. El Consultor deberá preparar otras presentaciones del informe ante las autoridades que sea solicitado.

1 Diagnóstico y Evaluación Integral del Territorio.

1 MES Integrar en este informe lo especificado en la lista de productos.

2 Diagnóstico y Evaluación territorial de las zonas pobladas

El Consultor deberá integrar en este informe lo especificado en la lista de productos.

3 Definición de problemática y conflictos, mapas temáticos.

1 MES El Consultor deberá integrar en este informe lo especificado en la lista de productos.

4 Propuestas y plan de acción a corto plazo (Agenda regional)

1 MES El Consultor deberá entregar un listado de acciones que puedan ser implantadas en forma inmediata por las autoridades para mejorar

5 Políticas y Normativas de Ordenamiento Territorial

1 MES El Consultor deberá integrar en este informe lo especificado en la lista de productos.

6 Plan de implementación 1 MES El Consultor deberá integrar en este informe lo especificado en la lista de productos.

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7 Resumen Ejecutivo 1 MES

Síntesis del Plan de Movilidad Sustentable de Galápagos y de los Anteproyectos Conceptuales en sus dimensiones transporte, vialidad y urbano. Informe y Presentación Final.

5.2 Presentación de informes

Los informes serán entregados en original y copia, en discos compactos de lectura óptica con las memorias totales del estudio mantenido en formatos office, ARC GIS, AutoCAD o compatibles, además entregará la misma información en versión PDF, no modificable, en original y copia.

6.- PRODUCTOS A ENTREGAR

Los estudios del PMSG que se realicen tendrán el componente institucional y de marco regulatorio, el transporte público, el transporte no motorizado y la vialidad.

A continuación se define los productos que elConsultor presentará en su oportunidad. Este documento es una guía que no limita los trabajos a realizar para lograr los objetivos del POTUG, tal como se establece en los Términos de Referencia de las bases de licitación correspondientes, sirve de guía y se espera sea adicionado con las propuestas que el Consultorrealice en función de su experiencia en casos similares y de los hallazgos durante la elaboración del Estudio

Los productos a entregar son verificables y tangibles que demuestran los avances programados y que una vez aceptados, representan la comprobación de los trabajos realizados.

• DIAGNÓSTICO Y EVALUACIÓN TERRITORIAL REGIONAL

• Composición Territorial del Sistema Galápagos y la integridad de la planificación espacial

Conforme se ha venido mencionando en la descripción de los contenidos del presente índice, se hace necesario determinar las relaciones que existe entre lo regional y lo local, lo natural de las zonas pobladas, lo urbano de lo rural, las zonas de servicios naturales de las zonas impactadas por acciones antrópicas, lo marino de lo terrestre; pero más que nada, la integración del territorio sobre la base de las estructuras particulares que configuren, a diversa escala, los componentes o las partes que integran, a este conjunto de su sistema denominado de manera general como “Sistema Galápagos”

• Componentes del Sistema Territorial Regional Galápagos

En cada uno de los componentes abajo descritos, se debe poner: descripción general, zonificación en caso de existirla, importancia, interacción de los espacios, problemas generales y otros elementos que caractericen cada componente.

• Regional (Región insular de Galápagos)

• Áreas Protegidas

• Terrestre (Parque Nacional Galápagos)

• Marina (Reserva Marina de Galápagos

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• Zonas marinas de manejo Especial. Esta es la franja marino costera que está junto a los puertos y de acuerdo al Plan de Manejo de la Reserva Marina, es una zona de usos y manejos compartidos. Por están razón se hace necesario establecer cuáles son las actividades, acciones y actores relevantes para el manejo integrado de estas zonas con las zonas pobladas y zonas de conservación.

• Zonas pobladas

• Urbanas. Es importante que se parta de una definición de lo Rural, pero sobre todo conocer si los cabildos tienen alguna norma, acuerdo y mapas que delimiten de otras zonas pobladas diferentes, así como las zonas integrantes de esta.

• Urbano Rurales. Esta es una de las principales zonas de aporte de recursos y servicios a las zonas pobladas. Su característica se basa en la ocupación y uso para la agricultura y ganadería, no obstante, en la actualidad se han venido consolidado espacios de vivienda y esparcimiento, en desmedro de las autarquías productivas y de zonas de manejo especial y servicios.

• Jurisdicción y competencias de las zonas pobladas de cada isla como parte del Parque Nacional Galápagos

Aquí es importante que el consultor pueda proporcionar los insumos para entender, que a pesar de tener el municipio jurisdicción en las diversos cantones, tanto en las zonas pobladas y protegidas como parte de la división político administrativo, el Ministerio del Ambiente que tiene las competencias de manejo de las zonas protegidas que constituye casi el 97% de la superficie terrestre, dado que es una área protegida. No obstante, a través del análisis territorial, debe quedar en evidencia de que, los límites político administrativos no coinciden con la configuración natural, ecológica y fisiográfica del territorio que contiene tanto áreas protegidas como zonas pobladas; y que la una es la antítesis del manejo de la otra, más bien es complementaria y con una relación muy delicada, no únicamente a nivel políticos, más sí como espacios naturales contiguos, en donde se deben generar zonas de amortiguamiento que garanticen la protección del sistema natural

• Evaluación regional o de la Isla

Se interpretan las interrelaciones que existen entre los diferentes componentes ambientales, a una escala regional, particularmente enfocándose en la determinación de zonas de importancia en la provisión de servicios a las zonas urbanas, así como, en zonas con conflictos ambientales derivados de las actividades antrópicas.

• Caracterización de los asentamientos y dinámica poblacional

Para la caracterización de los asentamientos se debe tomar en cuenta que su distribución en el espacio y jerarquía (rango o nivel de importancia entre ellos) es determinada por las relaciones históricas y actuales. Además se debe analizar en qué medida la distribución espacial de los núcleos de población facilita la explotación de los recursos que existen en él: naturales, construidos y culturales. Es importante analizar los nodos urbanos y la dispersión de

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estos en áreas rurales y periurbanas, incluyendo la caracterización de parámetros sociales críticos como educación, salud, empleo, vivienda.

• La relación del uso del suelo y zonas de conservación

Para el análisis de la relación del uso del suelo y zonas de conservación es necesario hacer un análisis de compatibilidad de uso del suelo y si dichos usos cumplen con las normas existentes para establecer propuestas de normalización se realizará el análisis de tenencia de la tierra para establecer la afectación o compatibilidad con el potencial del suelo o a los recursos naturales. Se debe considerar también que el uso del suelo y las zonas de conservación tienen puntos de divergencia entre los actores e intereses, es decir, el desarrollo urbano y la conservación; y, que esto puede afectar a las zonas protegidas (aumento de la presión debido al crecimiento de la población sobre éstas), si las normas de desarrollo y medio ambiente no se encuentran a la vanguardia.

Además, las zonas protegidas prestan servicios turísticos que generan empleo e ingresos a los pobladores locales es por esto que el servicio que éstas prestan es un factor de la sustentabilidad de la urbe, así como una proyección de otros usos que nacieron como aliados a la conservación, pero que han sido determinantes en el deterioro del área protegida.

Por estas razones todo análisis debe ser guiado en evitar una elevada perdida o degradación del suelo de conservación y sus recursos naturales. Además de mejorar la relación entre zona urbana, zona urbana rural y zonas de conservación.

En esta parte del trabajo luego de haber analizado el uso actual del suelo con el fin de identificar posibles conflictos de uso y de manejo, se debe generar escenarios de uso del suelo como propuestas a ser analizadas por las instancias de participación correspondientes con sus correspondientes recomendaciones técnicas sobre el uso, conservación y potencialidad.

• Zonas de importancia para la provisión de servicios ambientales

Un servicio ambiental es cada una de las utilidades que la naturaleza proporciona a la humanidad en su conjunto, o a una población local, desde un punto de vista económico. Estos dependen directamente del estado del ecosistema y de la biodiversidad que contienen. Entre los servicios ambientales que el ecosistema de Galápagos proporciona tenemos: altos volúmenes de vapor de agua, productor de oxígeno, recarga del acuífero, amortiguador de escurrimientos superficiales, captura de carbono y contaminantes, mejorador de la calidad del aire, oportunidad para la investigación, oportunidad para la recreación y belleza escénica.

Es por esto que es importante distinguir cuales son las zonas de importancia para la provisión de servicios ambientales y buscar mecanismos de conservación y gestión, a pesar de que se encuentren en zonas poblados, los cuales integren simultáneamente objetivos económicos-productivos, ambientales y sociales. Además de evitar un desaprovechamiento de los servicios ambientales y falta de valoración de los mismos.

• Zonas de importancia para la provisión de servicios socioeconómicos

Para distinguir las zonas de importancia en la provisión de servicios socioeconómicos, se debe considerar en qué medida el tamaño de los núcleos, su distribución en el espacio y su jerarquía, permiten dotar a la población de equipamientos y servicios públicos desde el punto de vista económico, también cuanto influye la dinámica de las relaciones sociales en la organización, vertebración y cohesión de la población. Es importante hacer un mapeo de las

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infraestructuras y equipamiento de las instalaciones de salud, educación, deporte, recreación. Movilidad entre otros.

Además es importante identificar las actividades económicas actuales en relación al potencial de uso de suelos y su compatibilidad con el uso asignado y las relaciones entre los diferentes sectores de la economía de los diferentes niveles territoriales de la región. Se debe identificar las actividades existentes, analizar las relaciones y la funcionalidad del sistema en el espacio en que se encuentra, expresada en términos de:

• Sinergia, cuando dos o más actividades se refuerzan mutuamente

• Complementariedad, cuando una actividad completa los requerimientos de otra u otras.

• Compatibilidad, cuando dos actividades pueden coexistir en el tiempo y en el espacio.

• Disfuncionalidad, cuando las actividades se interfieren entre sí sin llegar a ser incompatibles.

• Incompatibilidad, cuando dos actividades no pueden coexistir en el mismo espacio y al mismo tiempo.

• Neutralidad, cuando la relación no existe o no afecta positiva ni negativamente

• Otras que sean necesarias para el análisis

• Zonas de conflictos ambientales del cantón

Los conflictos ambientales surgen como contraposición entre quienes contaminan el ambiente y quienes sufren sus efectos o perciben los riesgos que ello significa en su calidad de vida. Las causas principalmente son:

• La complejidad de la noción misma de ambiente (que es distinta a la de naturaleza, ya que incluye la acción humana).

• La complejidad del sistema de decisiones. En él se confrontan distintos sectores sociales (administraciones públicas en distintos niveles y fuerzas productivas)

Es importante que existan normas que regulen los impactos antrópicos y la concienciación de la población para la preservación de los recursos naturales.

• Zonas de riesgos naturales y de riesgos antrópicos

Se considera riesgo a toda condición, proceso o evento que pueda causar heridas, enfermedades, pérdidas económicas o daños materiales de infraestructura, vivienda, servicios y al medio ambiente.

Al identificar tanto los riesgos naturales (terremotos, erupción, inundaciones, erosiones de laderas, insectos nocivos, turismo, minería), como los riesgos antrópicos (incendios, extracción de materiales pétreos, transporte de substancias químicas, acumulación de lodos y basura en bancos de material abandonados y terrenos baldíos, contaminación del agua, aire, suelo) es necesario considerar factores como la peligrosidad, la exposición y la vulnerabilidad. Asimismo para su planificación (elaboración de medidas destinadas a hacer frente a todo tipo de riesgos) es necesario incluir medidas de predicción y prevención.

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A fin de poder identificar las zonas de riesgos es necesario hacer un mapa de amenazas. Entiéndase por amenaza, aquel peligro latente asociado con un fenómeno físico de origen natural o provocado por el hombre (inducido), que puede manifestarse en un sitio específico y en un tiempo determinado, produciendo efectos adversos en personas, bienes, servicios y / o medio ambiente. Las amenazas pueden estar expuestas u ocultas (invisibles, encubiertas, etc.), tienen magnitudes variables en cuanto a áreas, volúmenes, actividad y gravedad. Es necesario que en el mapa de identificación de las amenazas esté especificado el tipo de amenaza, el grado o estado y las consecuencias o efectos.

El análisis comparativo del mapa de amenazas y el mapa catastral posibilitarán la evaluación del estado de las amenazas registradas, la susceptibilidad real de la mancha urbana afectada en relación a estas (riesgos), las necesidades de priorización zonal y la determinación de obras.

Es importante tener claramente establecido que si existen trabajos precedentes de análisis de riesgos estos son documento de vigencia restringida por el carácter dinámico de los fenómenos que involucra, por lo cual es imprescindible hacer una actualización antes del análisis.

• Conectividad y flujos de transporte

Para el análisis de la conectividad y flujos de transporte es importante ver como las conexiones permiten el desplazamiento de las personas y de la mercadería (al interno de cada cantón, entre cantones y hacia el continente), además es también importante analizar la funcionalidad y las dotaciones que las infraestructuras relacionadas con este tipo de servicio prestan, poniendo particular atención en analizar si existe la conectividad interna entre los asentamientos, así como para el acceso a los recursos naturales y al sistema productivo. Es importante que todo beneficie las relaciones de la población y la integración con las unidades territoriales de la región. Por lo cual es sustancial hacer el mapeo de las instalaciones de vías, logística y otros a nivel regional y cantones.

• Zonificación y tipologías de manejo cantonal que influyen a las zonas pobladas

• Usos actuales del territorio urbano y rural

• definición geográfica del territorio, con la asignación de usos prioritarios y/o preferenciales

• funciones deseables en territorios urbanos, urbanos rurales, agrícolas

En esta parte se hace un análisis comparativo entre todos los productos obtenidos en toda la fase de evaluación territorial de la isla (1.2), de esta manera se obtiene un Mapa de zonificación integrada donde será individuado uno o más componentes según su vulnerabilidad o su potencialidad.

• DIAGNÓSTICO Y EVALUACIÓN TERRITORIAL DE LAS ZONAS POBLADAS

En este capítulo se ingresa directamente a la explicación del diagnóstico territorial así como su evaluación de las zonas urbanas, exclusivamente de la cabecera cantonal. En el caso del detalle o escala de trabajo, es imprescindible que se trabajen entre las escalas 1:1000 para las zonas urbanas y 1: 5000 para áreas rurales. El sistema de referencia de coordenadas geográficas para la elaboración de mapas, serán acorde a los términos y normas del Consejo Nacional de Geo Información. Toda la información generada deberá ser geo referenciada y en formato

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análogo y digital, así como en la versión digital en formato de Sistema de Información Geográfica.

• ÁREAS DE MANEJO

Son las áreas que están sujetas a la intervención activa del ser humano y que por sus características de homogeneidad (disponibilidad de infraestructura vial, aspectos ambientales, paisajísticos etc.) requieren de actuaciones específicas con fines de manejo, conservación, mantenimiento y de suplir necesidades determinadas.

Las áreas de manejo se diferencian en: Áreas de Incorporación Prioritaria, Áreas de Protección Ambiental, Áreas de Reserva Agrícola Y Áreas de Reserva para Ubicar Instalaciones de Servicio Público.

• LAS ÁREAS DE INCORPORACIÓN PRIORITARIA

Son áreas con diferente nivel de desarrollo en cuanto a disponibilidad de infraestructura vial, sanitaria, etc. La definición de área prioritaria depende de los estadios de desarrollo circunstancial en que se encuentre cada área, por lo cual no son fijas. Corresponde a los asentamientos existentes y sus áreas de expansión.

• ÁREAS PARA DESARROLLO URBANO.- Son áreas con densidades altas y usos de suelo esencialmente: turísticos, residenciales e institucionales.

• ÁREAS DE ASENTAMIENTOS EXISTENTES EN CONSOLIDACIÓN.- Corresponde a áreas ocupada actualmente por construcciones y servicios. Estas áreas, solo permiten obras tendientes a la consolidación del asentamiento, la conformación del espacio público y la prestación de servicios a los residentes del sector.

• ÁREAS DE EXPANSIÓN DE LOS ASENTAMIENTOS.- Corresponde a las áreas libres, contiguas al asentamiento que, previo estudio de sus condiciones ambientales, de riesgo, acceso vial y prestación inmediata de servicios públicos se podrán incorporar al desarrollo Urbanístico.

• ÁREAS PARA DESARROLLO SUBURBANO CON EL GRADO DE DESARROLLO ALTO.- Corresponden a áreas cuya localización, vocación y características ambientales permiten incentivar actividades turísticas, recreativas y residenciales. La densidad base máxima permitida es de 5 unidades de vivienda por hectárea bruta.

• ÁREAS PARA DESARROLLO SUBURBANO CON EL GRADO DE DESARROLLO MEDIO.- Corresponden a áreas con alguna restricción, pero que por su localización tienen una clara vocación para el desarrollo de actividades turísticas, recreativas y residenciales por ejemplo la las franjas al costado de los ejes viales.

• ÁREAS PARA DESARROLLO SUBURBANO CON EL GRADO DE DESARROLLO BAJO.- Corresponden a áreas con características ambientales especiales en cuanto a calidad o degradación del medio, por lo cual requieren de un manejo cuidadoso para el desarrollo. Son áreas donde la Densidad Base máxima

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permitida es igual a una vivienda por hectárea o 250 metros cuadrados construidos por hectárea.

• ÁREAS DE RESERVA DE EXPANSIÓN FUTURA.- son áreas que sin ser contiguas a los asentamientos poblacionales deberán ser declaradas de reserva de expansión futura y que en la actualidad se deberá asignar un uso actual durante el tiempo de transición

• ÁREAS DE CONCESIÓN PARA SERVICIOS TURÍSTICOS TERRESTRES.- son áreas que pueden ser concesionadas para uso turístico bajo la modalidad de concesión, cuyo uso estará condicionado al plan de manejo y monitoreo ambiental estricto

• ÁREAS DE CORREDOR VIAL.- Corresponden a franjas de terreno cuya localización paralela a las vías regionales generan condiciones especiales de accesibilidad y visibilidad por lo cual podrán ser desarrolladas como servicios de carretera de baja intensidad en construcción. Son las franjas de terreno con un ancho de 500 metros contados a partir del eje de la vía existente, estos elementos serán trabajado bajo el análisis de la legislación vigente y en coordinación con los Planes de Movilidad locales y regionales.

• Las Áreas de Corredor Vial BAJO RESTRINGIDO, corresponden a áreas con características ambientales especiales en cuanto a su alta calidad paisajística y de fragilidad ecológica, por lo cual requieren de un manejo cuidadoso.

• Las Áreas De Corredor Vial RESTRINGIDO, son franjas de terreno cuya localización es paralela a las vías de ingreso a agrupaciones y/o conjuntos cerrados restringidos al público.

• Las Áreas de Corredor Vial PAISAJÍSTICO, son áreas visibles localizadas fuera del derecho de vía de una ruta paisajística.

• ÁREAS ESPECIAL INDUSTRIAL.- Se trata de un área supramunicipal, pero que ocupa parte de los servicios municipales como red eléctrica, alumbrado público, alcantarillado, red de telefonía, agua etc.. Es un área con una situación de desarrollo consolidado.

• LAS ÁREAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL. Son áreas de conservación y uso de los recursos naturales evitando la contaminación. Son áreas que por sus condiciones críticas con respecto al medio ambiente, deben tener un tratamiento especial, en algunos casos requieren de estudios técnicos adiciónales para definir sus posibilidades de desarrollo.

• FRANJAS COSTERAS DE JURISDICCIÓN DEL PARQUE NACIONAL GALÁPAGOS.- Son áreas de carácter público destinadas a áreas de protección ambiental. Son cesiones de tipio II es decir que deben ser concedidas al Parque Nacional Galápagos mediante escritura pública otorgada a favor del mismo.

• FRANJAS COSTERAS DE JURISDICCIÓN DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO.- definidas en las competencias del COOTAD y Código de Planificación y Finanzas Públicas

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• ENCAÑADAS O ARROYOS Y OTROS CUERPOS DE AGUA.- Son las franjas de 30 metros adyacentes al cauce de los arroyos y cuerpos de agua existentes.

• ENCAÑADAS O ARROLLOS Y CUERPOS DE AGUA DE GRA TAMAÑO QUE PASAN POR LA ESTRUCTURA URBANÍSTICA.- En estos casos la ronda es de acceso libre al público. Estas rondas se consideran como equipamiento recreativo.

• ENCAÑADAS O ARROLLOS DE AGUA QUE SON PARTE DEL SISTEMA DE DRENAJE NATURAL DE UN TERRENO.- En este caso, la ronda debe preservarse e incorporarse como elemento visual paisajístico.

• FRANJAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE ARROYOS Y PLAYAS.- Corresponden a una afectación obligatorio para todos los predios con frente a las rondas de arroyos y cuerpos de agua, y con frente a las Franjas Costeras de Jurisdicción del Parque Nacional Galápagos. Son cesiones de tipo I que el propietario debe entregar en forma gratuita mediante escritura pública.

• FRANJAS DE PROTECCIÓN DE ARROLLOS.- Corresponden a una franja de afectación de 20 metros de ancho a partir del límite de la ronda. Las franja de protección de arroyos de 20 metros, más la roda de arroyos y cuerpos de agua de 30 metros, tienen carácter recreativo.

• FRANJAS DE PROTECCIÓN DE PLAYAS.- Corresponden a una franja de afectación de 20 metros de ancho a partir del límite de la Franja Costera de Jurisdicción del Parque Nacional Galápagos, se destinará a paseos peatonales.

• MANGLARES Y ZONAS INUNDABLES.- Son áreas de carácter público, con fines específicos de conservación y recuperación.

• MANGLARES.- En ningún caso se permitirá la tala de manglares.

• PLAYONES Y ZONAS CON ALTO RIESGO DE EROSIÓN Y/O INUNDACIÓN QUE REQUIEREN ACONDICIONAMIENTO PARA SU DESARROLLO.- Son Áreas de Alto Riesgo, es decir, áreas afectadas por algún tipo de riesgo natural como inundaciones, deslizamientos, erosión etc. Estas áreas sólo podrán ser desarrolladas después de que estudios demuestran que el riesgo es eliminable con obras que deberán ser aprobadas por los organismos competentes de ser factibles.

• PLAYONES Y ZONAS CON ALTO RIESGO DE EROSIÓN Y/O INUNDACIÓN QUE DEBEN SER DESALOJADAS.- En caso de asentamientos consolidados en estas áreas y de no ser factibles las obras; se implementarán programas de desalojo.

• Otras que el consultor y el Consejo de Planificación del nivel territorial correspondiente consideren relevantes

• LAS ÁREAS DE RESERVA PARA INSTALACIONES DE SERVICIO PÚBLICO. Son áreas destinadas a ubicar instalaciones como centros culturales, bibliotecas, mercados municipales, residencias de la tercera edad, colegios, notarias, polideportivos,

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alumbrado público, semáforos, equipos específicos de estaciones depuradoras, etc.

• LAGUNAS DE OXIDACIÓN.- Las lagunas de oxidación son excavaciones de poca profundidad en el cual se desarrolla una población microbiana compuesta por bacterias, algas y protozoos que conviven en forma simbiótica y eliminan en forma natural patógenos relacionados con excrementos humanos, sólidos en suspensión y materia orgánica, causantes de enfermedades tales como el cólera, el parasitismo, la hepatitis y otras enfermedades gastrointestinales.

• RELLENO SANITARIO.- Son aquellos lugares donde se deposita finalmente los desechos sólidos, los cuales se compactan reduciéndolos al menor volumen posible para que así ocupen un área pequeña. Para construir un relleno sanitario el terreno debe reunir ciertas condiciones técnicas adecuadas: topografía, nivel a que se encuentran las aguas subterráneas y disponibilidad de material para cubrir la basura.

• PLANTAS DE TRATAMIENTO.- Son plantas y equipos para el tratamiento de aguas tanto potables como residuales de origen urbano o industrial.

• ESTACIONES DE BOMBEO Y/O TANQUES.- Como la red de alcantarillado (de aguas residuales y pluviales) trabaja por gravedad, en ciudades con topografía plana, los colectores pueden llegar a tener profundidades superiores 6 m, lo que hace difícil y costosa su construcción, y complicado su mantenimiento. En estos casos puede ser conveniente intercalar en la red estaciones de bombeo, que permiten elevar el agua a una cota próxima a la cota de la vía. Se colocan tanques o pozos tormenta donde es necesario retener un cierto volumen inicial de las lluvias para reducir la contaminación del medio receptor.

• SUBESTACIONES ELÉCTRICAS.- Es una instalación destinada a elevar o reducir los niveles de tensión de una infraestructura eléctrica.

• PLANTA DE TELÉFONOS.- Son plantas intermedias encargadas del control y registro de todo tráfico telefónico que proviene de la planta principal.

• Otras que el consultor considere relevantes.

• ÁREAS DE RESERVA PARA UBICAR INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO COMUNITARIO. Son áreas que sirve para dotar a los ciudadanos de las instalaciones y construcciones que hagan posible su educación, su enriquecimiento cultural, su salud y, en definitiva, su bienestar.

• ESPACIOS EDUCATIVOS.- Son instalaciones y construcciones destinadas a actividades de formación en sus diferentes niveles, tales como guarderías, centros escolares, academias, universidades, etc. Se debe considerar su reubicación en el caso de interferir con la compatibilidad del uso del espacio urbano

• ESPACIOS CULTURALES.- Son instalaciones y construcciones destinadas a la conservación, transmisión y génesis de los conocimientos (bibliotecas, archivos, museos, centros de investigación, etc.). Además todos los espacios o locales destinados a actividades socioculturales y de relación (centros de

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asociaciones, agrupaciones cívico-sociales, centros parroquiales, etc.). Dentro de las instalaciones culturales también se encuentran las instalaciones de hostelería, es decir, todo espacio o local que se encarga de proporcionar a los clientes alojamiento, comida y otros servicios mediante pago (hoteles, hostales, restaurantes, cafés, entre otros.)

• ESPACIOS PARA ASISTENCIA SANITARIA.- Son instalaciones y construcciones destinadas a asistencia y prestación de servicios médicos o quirúrgicos a los enfermos, con o sin alojamiento en los mismos, tales como hospitales, clínicas, centros de salud, ambulatorios, etc.

• ESPACIOS PARA EL BIENESTAR SOCIAL.- Son instalaciones y construcciones destinadas a asuntos sociales y residencias comunitarias (residencias de ancianos, residencias de estudiantes y residencias infantiles u otras similares).

• ESPACIOS DE CARÁCTER RELIGIOSO.- Son instalaciones y construcciones destinadas al culto y los directamente ligados al mismo (templos, conventos, etc.). Dentro de estas instalaciones o construcciones también se encuentran a los Cementerios que son los espacios de inhumación, es decir, los lugares donde se depositan los restos mortales humanos.

• ESPACIOS DE SERVICIO DE PROTECCIÓN Y AMPARO DE BIENES Y PERSONAS.- Son las estaciones de bomberos, policía, guardia civil, prisiones, centros tutelares de menores u otros similares. Se incluyen también en este grupo los usos propios de defensa, mediante los que se da acogida al acuartelamiento de los cuerpos armados.

• ESPACIOS RECREATIVOS EN ÁREAS NATURALES.- Son instalaciones y construcciones para el uso, disfrute y conservación de la naturaleza (Zona de acampada, refugios, cabañas, casa rural, rutas ecológicas, miradores)

• ESPACIOS PARA EL DEPORTE.- Son instalaciones y construcciones destinadas a la práctica, enseñanza o exhibición del deporte y la cultura física, así como las instalaciones complementarias (saunas, vestuarios, residencia de deportistas, aulas de enseñanza deportiva, u otras que tengan este carácter complementario).

• ESPACIOS PARA LA DESCONCENTRACIÓN DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN.- son áreas destinadas a campus para Universidades, Colegios etc. En zonas de manejo especial

• Otras que el consultor considere relevantes

• PRINCIPALES PROBLEMAS O CONFLICTOS

El establecimiento e identificación de los problemas que han sido establecidos mediante información previa, tales como árboles de problemas o desde la perspectiva de la población y atores, además deberá ser necesario establecerlos sobre la base del diagnóstico, análisis y evaluación del territorio. Dada la posible diversidad de problemas, se enumeran a continuación una lista de los mismos, que servirán de referencia. Es importante que se puedan evidenciar otros problemas no citados en el presente documento de referencia.

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De cada uno de los problemas es necesario elaborar una ficha explicativa que sirva de base para la propuesta de soluciones. Además de establecer indicadores geográficos que muestren la condición actual, sobre la que a futuro se realizará una evaluación de cómo las acciones empleadas para la reversión de una situación negativa, han sido o no efectivas. Es decir una línea base de trabajo.

Además se debe localizar dicha información en un mapa de cada uno de los temas. Del mapeo de dichos problemas se deberá realizar un análisis y evaluación de la relación y naturaleza de estos en el territorio, mediante la sobre posición de mapas con los usos actuales, potenciales, de reserva, etc.

Entre los problemas a observar están los abajo mencionados: • Derrames de hidrocarburos. • Contaminación por emisiones. • Número de turistas que están visitando las islas. • Tiraderos de basura clandestinos. • Presencia de especies invasoras. • Contaminación de los acuíferos por coliformes fecales. • Contaminación por emisiones. • contaminación visual y auditiva. • Localización de las actividades productivas. • Introducción de especies foráneas. • Inmigración ilegal. • Desabastecimiento de agua potable. • Insuficiente cobertura de la red de alcantarillado. • Amenazas por movimientos en masa, pendientes y erosión por crecientes

inundación.. • Invasión por asentamientos humanos irregulares • Edificaciones no acordes con el uso de suelo planificado según zonas / sectores. • Contaminación de las corrientes subterráneas • Ampliación de la frontera agrícola • Problemas fitosanitarios • Entre otros determinados en la consultoría

• ZONIFICACIÓN

Como resultado del análisis, evaluación, definición de problemas y propuestas de solución, se identifican espacios geográficos que poseen condiciones homogéneas y que pueden ser expresados con una identidad geográfica que diferencia unos de otros. Estos espacios son consideradas zonas de planificación las cuales cumplen con ciertos criterios, a partir de los cuales se puede orientar acciones para su manejo.

Por esta razón, las diversas acciones para el manejo se deben expresar en mapas que describan la situación de cada unidad de planificación. Estos mapas de las zonas urbanas deberán ser generados a una escala detallada, para lo cual se sugiere entre 1:1000 y 1:2000. A continuación se establecen algunas zonas a ser mapeadas y explicadas, no obstante se pueden proponer otras zonas que se consideren importantes.

• ZONAS DE INCORPORACIÓN PRIORITARIA.- Contiene las Áreas para Desarrollo Urbano; Áreas de Asentamientos Existentes en Consolidación; Áreas de Expansión de los

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Asentamientos; Áreas para Desarrollo Suburbano con el Grado de Desarrollo Alto; Áreas para Desarrollo Suburbano con El Grado de Desarrollo Medio; Áreas para Desarrollo Suburbano con el Grado de Desarrollo Bajo; y Áreas de Corredor Vial (Restringido, Bajo Especial y Paisajístico); Y, Área Especial Industrial.

• ZONAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL.- Contiene: Las Franjas Costeras de Jurisdicción del Parque Nacional Galápagos; Arroyos y Cuerpos de Agua (Arroyos y Cuerpos de Agua de Gran Tamaño que Pasan por la Estructura Urbanística y, Arroyos y Cuerpos de Agua que son Parte del Sistema de Drenaje Natural del Terreno ); Franjas de Protección Ambiental de Playas y Arroyos (Franjas de Protección de Arroyos y Franjas De Protección de Playas); Manglares y Zonas Inundables (Manglares; Playones; Zonas con Alto Riesgo de Erosión y/o Inundación que Requieren Acondicionamiento para su Desarrollo; Playones y Zonas con Alto Riesgo de Erosión y/o Inundación que deben Ser Desalojadas).

• ZONAS DE RESERVA PARA UBICAR INSTALACIONES DE SERVICIO PÚBLICO.- Contiene la delimitación de las Áreas de Manejo de Desechos Sólidos, Lagunas de Oxidación; Relleno Sanitario; Plantas de Tratamiento; Estaciones de Bombeo y/o Tanques; Estaciones Eléctricas; Subestaciones Eléctricas; Plantas de Teléfonos. Además Contiene el Trazo de Redes Matrices e Instalaciones para los Servicios de Abastecimiento de Agua Potable; Alcantarillado Sanitario y; Alcantarillado Pluvial, en caso de ser necesario se recomendará la re-ubicación de las instalaciones en zonas acordes al tipo de actividad.

• ZONAS DE PARA UBICAR INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO COMUNITARIO.- Contiene los Espacios Educativos; Espacios Culturales; Espacios para Asistencia Sanitaria; Espacios para el Bienestar Social; Espacios de Carácter Religioso; Espacios de Servicio de Protección y Amparo de Bienes y Personas; Espacios Recreativos en Áreas Naturales y; Espacios para el Deporte. En caso de ser necesario se recomendará la re-ubicación de las instalaciones en zonas acordes al tipo de actividad

• ZONAS DE TIPOS DE ACCESO Y VIALIDAD.- Está constituido por la malla vial básica que debe servir como soporte al desarrollo urbanístico. Incluye la jerarquía vial, las secciones, propuestas de trazo y las zonas de reserva para solucionar en el futuro, intersecciones estratégicas de la estructura de tráfico. En caso de ser necesario se recomendará la re-ubicación de las instalaciones en zonas acordes al tipo de actividad

• OTRAS ZONAS DEFINIDAS EN LA CONSULTORÍA.- constituidas mediante la aplicación del marco jurídico nacional, referentes al régimen de competencias de los GADs

• PROPUESTAS Y PLAN DE ACCIÓN SECTORIAL DE CORTO PLAZO

Se proponen los siguientes planes de acción para la solución de los principales problemas o conflictos. Al igual que en la zonificación, se podrían establecer otros planes puntuales en función de las necesidades:

• PLAN DE ÁREAS DE MANEJO.- Define las áreas según su nivel de desarrollo circunstancial dentro de la estructura general. En este plan se diferencian: Las Áreas de Incorporación Prioritaria, Las Áreas de Reserva Agrícola, Las Áreas de Reserva para Ubicar Instalaciones de Servicio Público y las Áreas para las instalaciones de Servicios

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Comunitario. Para las instalaciones y construcciones de cada una de estas áreas el consultor debe precisar las normas urbanísticas y las arquitectónicas pertinentes.

• PLAN DE SERVICIOS PÚBLICOS.- Es un plan complementario al Plan de Áreas de Manejo. Consta de la propuesta para definir el proceso y las etapas para la prestación de servicios públicos. Además contiene el trazo de redes matrices e instalaciones para los servicios de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, alcantarillado pluvial, manejo de desechos sólidos y energía eléctrica. Estos diseños deben ser evaluados y detallados en estudios para garantizar su factibilidad técnica, económica y social.

• PLAN DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL.- Establece las normas, controles y acciones necesarias para la conservación, recuperación y uso de los recursos naturales y paisajísticos existentes en el área, se complementa con la delimitación de cada una de las áreas Protección ambiental y las zonas de recargas de acuíferos, de nacimientos de arroyos y las áreas de riesgo por inundación, erosión o inestabilidad de terrenos.

• PLAN DE MEJORAMIENTO DE LOS ASENTAMIENTOS.- Este punto es complementario al Plan de sostenibilidad Ambiental y se concreta mediante la Normativa que faculte al Alcalde para realizar las acciones y negociaciones necesarias que permitan identificar, recuperar y convertir en espacios públicos los predios existentes en la Islas que pertenecen a la Nación y que se encuentran en condición de propiedad privada.

• PLAN DE EQUIPAMIENTO COMUNITARIO.-Es un plan complementario al Plan de Áreas de Manejo y al Plan de Mejoramiento de los Asentamientos. Consta de la propuesta para definir el proceso y las etapas para la prestación de servicios comunitarios. Además contiene el trazo, la ubicación y dimensionamiento de los Espacios Educativos; Espacios Culturales; Espacios para Asistencia Sanitaria; Espacios para el Bienestar Social; Espacios de Carácter Religioso; Espacios de Servicio de Protección y Amparo de Bienes y Personas; Espacios Recreativos en Áreas Naturales; Y Espacios para el Deporte. Se precisa este plan con las normas sobre cada uno de estos espacios y las cesiones complementarias a los servicios comerciales.

• PLAN VIAL.-Está constituido por la malla vial básica que debe servir como soporte al desarrollo urbanístico. Incluye la jerarquía vial, las secciones, propuestas de trazo y las zonas de reserva para solucionar en el futuro, intersecciones estratégicas de la estructura de tráfico. Para la definición de mecanismos de planificación en el marco del transporte terrestre y movilidad, los insumos generados por este plan, serán vinculados al Plan Maestro de Movilidad Urbana Sostenible.

• PLAN DE TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS HIDROCARBUROS.- Este plan es la prioridad de este estudio. Precisa normas sobre las propiedades de los hidrocarburos, normas sobre las mezclas de hidrocarburos más aptas y normas para conseguir que la corrosión sea lo más ineficiente posible con el fin de que se reduzca la emisión de contaminantes, las perdidas en el almacenamiento, la emisión de vapores que pueden inflamarse, la ignición y la auto-detonación por compresión etc. ; Garantizando la seguridad en el transporte, la salud de las personas y previniendo derrames con sus subsecuentes e irreversibles daños ecológicos. Se sugiere en este plan que el consultor no solo precise las normas, sino que se encargue de revisar periódicamente el cumplimiento de tales normas y el estado de los tanques

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de almacenamiento y ductos, con el fin de prevenir los derrames de crudo que se han dado a pesar de los esfuerzos de la ARCH (Agencia que Regula el Control Hidrocarburífero en el Ecuador) Se trata de que el consultor verifique los parámetros luego de que la ARCH ya los haya revisado, con el fin de prevenir derrames y debido a la fragilidad de las islas.

• Políticas y Normativas de Ordenamiento Territorial

• DOCUMENTOS DE NORMATIVA RECOMENDADA PARA PLAN DE ÁREAS DE MANEJO DE CONFORMAIDAD CON EL MARCO JURÍDICO NACIONAL

En los casos pertinentes, el consultor deberá precisar las normas urbanísticas y las normas arquitectónicas para las instalaciones y construcciones que se encuentren en cada una de las siguientes áreas: Áreas de Incorporación Prioritaria, Áreas de Reserva Agrícola, Áreas de Reserva para Ubicar Instalaciones de Servicio Público y Áreas para ubicar instalaciones de servicio comunitario.

• NORMAS URBANÍSTICAS.- Entre las normas urbanísticas el consultor debe precisar las siguientes: Uso del suelo (uso principal, usos secundarios y usos incompatibles), Cesiones para zonas verdes, comunales, servicios públicos y viales: (Cesión Tipo I, Cesión Tipo II y Cesión Tipo III), Área Bruta, Área Neta, Densidad Base, Densidad equivalente; y otras que considere necesarias.

• NORMAS ARQUITECTÓNICAS.- En caso de que sean pertinentes, entre las normas arquitectónicas el consultor debe precisar las siguientes: Coeficiente de Ocupación del Suelo, Coeficiente de Utilización Índice de Construcción, Tamaño mínimo, óptimo y máximo de Lotes; alturas de las edificaciones, Estacionamientos Vehiculares (para Residentes, para Comercio y Oficinas , para Hoteles y Similares, y para Instituciones); y otras que considere necesarias y especiales de aplicación en áreas urbanas de áreas protegidas

• NORMATIVA DE CONSTRUCCIONES.- aprobación de planos y permisos de construcción de urbanizaciones y edificaciones en general, según la zonificación aprobada

• NORMATIVA GENERAL DEL PLAN DE SERVICIOS PÚBLICOS.-Normativa sobre la primera etapa, la segunda etapa y la tercera etapa para el desarrollo de servicios públicos; Normativa sobre la competencia y responsabilidad de la prestación de servicios públicos; Normativa sobre modalidades de manejo de los servicios públicos (comunitaria, privada, independiente, compartida).

• NORMATIVA ESPECÍFICA PARA EL SERVICIO DE AGUA POTABLE.-Normativa para la protección y conservación de fuentes de abastecimiento de agua para el consumo humano; Normativa sobre el abastecimiento de agua (Dependiendo de la capacidad de la fuente, los flujos máximos y mínimos, el impacto ambiental, la calidad del agua para el uso humano, la forma de captación, el tratamiento, el diseño de conducción y el empalme con la red matriz)

• NORMATIVA ESPECÍFICA PARA EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO SANITARIO.-Normativa sobre el sistema de desagüe, conducción, tratamiento y disposición final de Aguas Negras y de Aguas Lluvias: Competencias de la empresa encargada;

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Corredores y anchos requeridos por las Redes Maestras; Afectaciones por conceptos de corredores y anchos; Priorización de prestación de servicios (según las necesidades de la comunidad, la factibilidad técnica y la factibilidad económica); Normativa sobre prestación de servicios públicos a los predios; Soluciones para el tratamiento de vertimientos con el fin de evitar la contaminación de arroyos, acuíferos y costas; Normativas sobre diseño y aprobación de proyectos.

• NORMATIVA ESPECÍFICA PARA LOS DRENAJES NATURALES DEL TERRENO.-Normativa sobre la localización de los canales principales en planos; Normativa sobre la conservación, uso y mantenimiento de los Drenajes Naturales; Normativa sobre los caracteres de diseño de los Drenajes Naturales (Paisajístico, bordes arborizados y manejo a manera de Parques Lineales)

• NORMATIVA ESPECÍFICA PARA EL MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS.-Normativa sobre la aprobación de proyectos previa la presentación de diseños específicos para el manejo de los desechos sólidos y residuos que genere: (Recorridos para su recolección; Equipo que se utilizará; Clasificación, manejo y disposición final)

• NORMATIVA ESPECÍFICA PARA EL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y COMUICACIÓN .-Normativa sobre el trazado de las redes eléctricas por corredores viales subterráneos; Normas sobre su ubicación; Normas que provienen de los anexos técnicos para su manejo.

• NORMATIVA ESPECÍFICA PARA EL SERVICIO DE CANTERAS Y RECURSOS PETREOS.-Normas sobre su ubicación; Normas que provienen de los anexos técnicos para su manejo pero que consideren los criterios del PNG.

• NORMATIVA DEL PLAN VERDE Y DE MANEJO ECOLÓGICO AMBIENTAL

Es prioridad del presente estudio establecer todas las normas y mecanismos necesarios para conservar, recuperar e integrar a la estructura urbanística de la isla la Franja Costera de Jurisdicción del Parque Nacional Galápagos; Los Arroyos y Cuerpos de Agua; Las Playas; Los Manglares; Los Playones; Las Zonas Inundables; y las Zonas con Alto Riesgo de Erosión.

En consiguiente se sugieren las siguientes normas: Normativa sobre el impacto Ambiental (Todos los desarrollos planeados para estas áreas deberán ser acompañados de un estudio de impacto ambiental y presentase el Parque Nacional Galápagos para su aprobación); Normativa sobre la densidad base máxima permitida en estas zonas cuando las condiciones lo permitan; Normativa sobre la prohibición de marinas, muelles o similares en las Áreas de Protección Ambiental; Normativa sobre la prohibición absoluta de la tala de manglares; Normativa sobre la prohibición absoluta de la construcción de obras para residencia permanente en las Áreas de Protección Ambiental; Normativa sobre la prohibición de locales de comercio y servicios en las Áreas de Protección Ambiental; Normativas sobre la prohibición de la contaminación por ruido y visual en las en las Áreas de Protección Ambiental; Normativa sobre la preeminencia de las normas establecidas por el Parque Nacional Galápagos sobre cualquier norma del presente acuerdo.

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• NORMATIVA DEL PLAN DE MEJORAMIENTO DE LOS ASENTAMIENTOS

Normativa que faculte al GAD para realizar las acciones y negociaciones necesarias que permitan identificar, recuperar y convertir en espacios públicos los predios existentes en la Islas que pertenecen a la Nación y que se encuentran en condición de propiedad privada.

• NORMATIVA DEL PLAN DE SERVICIOS COMUNITARIOS

Normativa sobre la primera etapa, la segunda etapa y la tercera etapa para el desarrollo de servicios comunitarios; Normativa sobre la competencia y responsabilidad de la prestación de servicios comunitarios; Normativa sobre modalidades de manejo de los servicios comunitarios (comunitaria, privada, independiente, compartida), Normativa sobre la prevalencia de las áreas de asentamientos existentes y sus respectivas áreas de expansión para localizar equipamiento comunitario; Normativa sobre la conservación, protección, manejo y uso de los espacios recreativos en áreas naturales.

• NORMATIVA Y ANALISIS EXCLUSIVOS PARA ÁREAS URBANAS � Zonificación y delimitación � Zonas consolidadas � Zonificación Sectores de estudio y planificacion � Proyección de la población � Uso de suelo � Ocupacion del suelo � Matriz propuesta de ocupacion del suelo � Sistemas de equipamientos urbanos � Planes parciales urbanisticos � Objetivos estratégicos y politicas públicas de desarrollo urbano � Áreas urbanizables � Areas no urbanizables � Definicion de afectaciones territoriales � Limite urbano � Areas libres y arborizados � Redes de circulación y vías de comunicación � Reglamentación de construcciones � Previsiones de aprovisionamiento de sistema de agua potable y

alcantarillado � Ordenanza que sanciona el plan

7.- PROGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN

7.1 Producto: Programa de implantación. (Alcance: DOCUMENTO)

Es un documento que contiene:

• Definición, listado y secuencia de las actividades que se deben realizar para implantar exitosamente el POTUG.

• Definición de las jerarquías y dependencias entre las actividades.

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• Estimación de tiempos y de recursos humanos y financieros requeridos por cada actividad.

• Cronograma del proyecto.

• Proyecto en MS Project.

8.- LISTA DE INFORMACIÓN BASE DISPONIBLE PARA EL CONSULTOR

1.- Cartografía Básica.

• Localización del área de estudio (plano escala 1:30,000 y 1:50,000).

• Plano base los centros poblados digitalizada escala 1: 5000.

• El Consultor deberá investigar la cartografía básica disponible en el cantón y áreas urbanas y que pueda utilizarse para los estudios.

2.- Información secundaria a obtener.

• Propuestas del CGREG y municipios de Galápagos. El Consultor deberá analizar y considerar todas las propuestas de acciones del Municipio, que se relacionen con el estudio.

• Datos socioeconómicos y demográficos del INEC.

• Inventario de agrupaciones del servicio de transporte público.

• Mapas temáticos base (Red Vial, Zonas Recarga hídrica).

• Catastro Rural

• Planes Estratégicos Cantonales y Parroquiales

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Avances en Cartografía See document: Avances en Cartografía_SCruz

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Conformación del Consejo de Planificación Cantonal (Mediante

Ordenanza)

ORDENANZA No. 007-CC-GADMSC-2011

EL I. CONCEJO CANTONAL DE SANTA CRUZ

Considerando:

Que La Constitución de la República en el Artículo 3, establece como deber primordial del Estado planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza para acceder al buen vivir.

Que, El artículo 85 de la Constitución, define a las políticas públicas, como garantías constitucionales de los derechos y por tanto es necesario establecer los roles que ejercen los distintos actores públicos, sociales y ciudadanos en el ámbito del proceso de formulación, ejecución, evaluación y control de los Planes Cantonales.

Que Es necesario regular los procesos, los instrumentos e institucionalidad del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa, establecido en el artículo 279 de la Constitución de la República y su relación con las instancias de participación establecidas en el artículo 100 de la Constitución, en la Ley Orgánica de Participación y en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización, el Código de Planificación y Finanzas Públicas, en el marco de los procesos de política pública y planificación de todos los niveles de gobierno, en el ámbito de sus circunscripciones territoriales y en el marco de sus competencias.

Que, El numeral 1 del artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador incorpora entre las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados cantonales, la de “Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial cantonal y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural.”

Que, El Art. 279 de la misma Constitución prevé que “Los consejos de planificación en los gobiernos autónomos descentralizados estarán presididos por sus máximos representantes e integrados de acuerdo con la ley.”

Que, El Art. 283 de la Constitución establece que el sistema económico, es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza, y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir.

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Que, El Art. 28 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas dispone la conformación de los Consejos de Planificación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, en tanto que en su artículo 29 define sus funciones, lo cual guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo 304 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, lo cual es necesario regular mediante el presente acto normativo.

Que, El Art. 299 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización prevé, “La ley y la normativa que adopte cada órgano legislativo de los gobiernos autónomos descentralizados establecerá las disposiciones que garanticen la coordinación interinstitucional de los planes de desarrollo.” Por su parte, el artículo 300 dispone en forma imperativa que: “Los consejos de planificación participativa de los gobiernos autónomos descentralizados participarán en el proceso de formulación, seguimiento y evaluación de sus planes y emitirán resolución favorable sobre las prioridades estratégicas de desarrollo como requisito indispensable para su aprobación ante el órgano legislativo correspondiente.”

Que, El Art. 29 de la Ley de Participación Ciudadana, dice: “La participación y la construcción del poder ciudadano.- El poder ciudadano es el resultado del proceso de la construcción individual y colectiva de las ciudadanas y ciudadanos de una comunidad, quienes, de manera protagónica participan en la toma de decisiones, planificación y gestión de asuntos públicos, como en el control social de todos los niveles de gobierno, las funciones e instituciones del estado, y de las personas naturales y jurídicas del sector privado que manejan fondos públicos, prestan servicios o desarrollan actividades de interés público, tanto en el territorio nacional como en el exterior”

Que, El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Cruz, prevé formular, tramitar y aprobar el Plan de Desarrollo y el de Ordenamiento Territorial, el mismo que deberá ser articulado con los que correspondan a los diferentes niveles de gobierno y guardarán concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo para el Buen Vivir.

En uso de la facultad legislativa prevista en el Art. 240 de la Constitución de la República, literal a) del artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, expide la siguiente:

ORDENANZA QUE CONFORMA Y REGULA AL

CONSEJO CANTONAL DE PLANIFICACIÓN DE SANTA CRUZ

CAPÍTULO I

DEL OBJETIVO, CONSTITUCIÓN E INTEGRACIÓN:

Art. 1.- Objeto.- La presente ordenanza tiene como propósito regular la organización y funcionamiento del Consejo Cantonal de Planificación de Santa Cruz (CCP_SC).

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Art. 2.- Constitución.- Constitúyase el Consejo Cantonal de Planificación de Santa Cruz, como órgano de consulta, seguimiento, verificación y evaluación en los procesos participativos de planificación del desarrollo y del ordenamiento territorial.

Art. 3.- Integración.- El Consejo Cantonal de Planificación de Santa Cruz, estará integrado de la siguiente manera:

a) El Alcalde o Alcaldesa Cantonal o su delegado/a que será el Vicealcalde o Vicealcaldesa, quien lo presidirá;

b) Una Concejala o Concejal Cantonal, designado/a por el consejo, con su respectivo suplente;

c) El Secretario/a Técnico/a de Planificación y Desarrollo Sustentable.

d) Tres técnicos nombrados por el Alcalde de las áreas de:

1. El técnico/a, de la Dirección de Planificación Urbana y Rural,

2. El técnico/a de la Dirección de Gestión Ambiental o Desarrollo Sostenible.

3. El técnico/a de la Dirección de Desarrollo Social, que incorpore la Participación, Interculturalidad y plurinacionalidad con enfoque de género.

e) Tres representantes de las instancias de participación cantonal:

1. Un representante de las organizaciones de mujeres y grupos prioritarios.

2. Un representante de los barrios o sectores que incluya los sectores de plurinacionalidades, e interculturales.

3. Un representante de los sectores productivos.

4. Representantes de ONG con voz sin voto y actuarán en calidad de asesores especialmente del área ambiental. Nombrados mediante una Asamblea Cantonal bajo reglamentación específica que norme el proceso de selección.

f) Un o una representante de las Juntas Parroquiales del cantón Santa Cruz, principal con su respectivo suplente.

Art. 4.- Designación de los integrantes.- En la primera sesión ordinaria efectuada una vez constituido el Consejo Municipal de Santa Cruz, nombrará a la concejala o concejal cantonal.

Los representantes de las instancias de participación serán nombrados para un período fijo de dos años; en caso de ausencia injustificada del principal a tres sesiones consecutivas, se titularizará su respectivo suplente y será informada la instancia nominadora a fin de que proceda a llenar la o las vacantes que se produjeren, hasta terminar el período.

El/a representante de las Juntas Parroquiales rurales será designado/a en reunión del Consorcio de Juntas Parroquiales de Santa Cruz, para un período fijo de dos años y no podrá ser reelegido en calidad de principal durante el mismo período de funciones administrativas.

CAPÍTULO II

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DE ÁMBITO, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES

Art. 5.- Ámbito y funciones del Consejo Cantonal de Planificación.- El ámbito de aplicación de la presente ordenanza es el Cantón Santa Cruz involucra a todos los sectores de la sociedad civil quienes ejercerán su representación a través de sus delegados e institucional del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal

Sus funciones son:

1. Participar en el proceso de formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Cantonal y el Plan de Ordenamiento Territorial y emitir resolución favorable sobre las metodologías y estrategias de desarrollo, previo a la aprobación por parte del Concejo Cantonal Municipal;

2. Conformar la Instancia Técnica de Planificación Cantonal;

3. El componente de Gobernabilidad o Político Institucional y el Sistema de Participación Cantonal, bajo una reglamentación específica de funcionamiento

4. Proponer el presupuesto y su respectivo financiamiento para La construcción e implementación, seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Santa Cruz.

5. Velar por la articulación y concordancia del Plan de Desarrollo y el de Ordenamiento Territorial cantonal, con los planes de los demás niveles de gobierno, el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial Regional y además con el Plan Nacional de Desarrollo;

6. Verificar la coherencia de la programación presupuestaria cuatrianual y de los planes de inversión con el respectivo Plan de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial, aprobado por el Concejo Municipal.

7. Generar las condiciones y mecanismos de coordinación para el tratamiento de temas específicos que se relacionen con los objetivos de desarrollo territorial, a través de grupos de interés sectoriales o sociales que fueren necesarios para la formulación y gestión de los planes, quienes se reunieran tantas veces como sea necesario, bajo una reglamentación específica.

8. Velar por la armonización de la gestión de cooperación internacional no reembolsable con los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial respectivo.

9. Conocer los informes de seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial presentados por el Alcalde o Alcaldesa cantonal;

10. Designar las comisiones o instancias que estime necesarias para el cumplimiento de las actividades propias del consejo de planificación;

11. Delegar la representación técnica ante la Asamblea Cantonal. y

12. Aprobar las actas del Consejo de Planificación.

CAPITULO III

DE LAS ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE Y DEBERES Y ATRIBUCIONES DE SUS

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INTEGRANTES

Art. 6.- Atribuciones del Presidente del Consejo Cantonal de Planificación.- Tendrá las siguientes atribuciones:

a) Cumplir y hacer cumplir las normas que regulan la organización y funcionamiento del Consejo de Planificación;

b) Convocar y presidir las sesiones del Consejo, orientar los debates, conceder el uso de la palabra, ordenar las votaciones y suscribir las actas conjuntamente con el Secretario o Secretaria del Consejo;

c) Formular el orden del día de las sesiones;

d) Someter los asuntos aprobados por el Consejo de Planificación Cantonal a consideración del Consejo Cantonal y/o a la Asamblea Cantonal, cuando deban conocerlos, según sus atribuciones.

e) Presentar el diagnóstico Técnico, de Gobernabilidad y el de Participación del Plan de Desarrollo y el Ordenamiento Territorial a la Asamblea Cantonal y proceder a conformar las mesas temáticas de participación en las diferentes fases de acuerdo a la metodología de la planificación.

Art. 7.- Deberes y Atribuciones de los Integrantes del Consejo.- Son deberes y atribuciones de los integrantes del Consejo de Planificación los siguientes:

a) Asistir a las sesiones del Consejo;

b) Intervenir en las deliberaciones, decisiones y dar cumplimiento a las Comisiones que se les encomendare;

c) Consignar su voto en las sesiones; y,

d) Las demás establecidas por la Ley y esta ordenanza.

Art. 8.- Secretaria o Secretario ejecutivo del Consejo planificación.- La Secretaria o Secretario ejecutivo del Consejo Cantonal de Planificación será designado por el Consejo Cantonal de Planificación de una terna presentada por presidente y actuará como Prosecretario el Procurador Síndico Cantonal.

Art. 9.- Funciones de la Secretaria o Secretario del Consejo.- Son funciones de la Secretaria o Secretario del Consejo de Planificación:

a) Asistir a las sesiones con voz informativa;

b) Preparar las actas resumen de las sesiones y suscribirlas conjuntamente con el Presidente del Consejo;

c) Notificar a los miembros del Consejo la convocatoria que contendrá el orden del día y la documentación de soporte de los temas de la convocatoria y entregarla a todos sus miembros, con setenta y dos horas de anticipación a la sesión del Consejo en formato impreso y digital;

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d) Llevar bajo su responsabilidad el archivo de actas y expedientes del Consejo y tramitar las comunicaciones;

e) Conferir copias certificadas de documentos, con autorización escrita del Presidente;

f) Llevar un registro magnetofónico de las sesiones del consejo y en caso de incoherencia entre el texto del acta y de la grabación, se registrará ésta última. Se mantendrán durante al menos cinco años; y,

g) Las demás establecidas por la Ley, la presente Ordenanza y más normas jurídicas aplicables.

Corresponde al Prosecretario o Prosecretaria, apoyar a la Secretaria o Secretario en las funciones a él asignadas, asistir obligatoriamente a todas las sesiones del Consejo aun cuando esté presente el/la titular; y, cumplir con las demás que le sean delegadas.

CAPÍTULO IV

DE LAS SESIONES

Art 10.- Sesiones.- Las sesiones del Consejo de Planificación serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias tendrán lugar una vez por bimestre y las extraordinarias, cuando las convoque el Presidente por propia iniciativa o a petición de tres de sus integrantes.

Las sesiones se someterán a las siguientes disposiciones:

a. La sede del Consejo de Planificación será la ciudad de Puerto Ayora, pero podrá sesionar en cualquier lugar del Cantón Santa Cruz de acuerdo con la convocatoria que disponga el Presidente.

b. Cualquiera de los miembros del Consejo podrá solicitar por escrito a la Presidencia que se incluya en el orden del día de una sesión asuntos específicos que estén dentro del campo de su competencia o atribuciones. Si fuese negada, podrá, en una sesión ordinaria y por una sola ocasión, someter al Consejo la decisión del Presidente.

c. En las sesiones ordinarias se tratará el temario que conste en el orden del día y además se podrán discutir asuntos varios.

d. En las sesiones extraordinarias se tratarán exclusivamente los asuntos que motivaron la convocatoria y que constan en el orden del día.

e. Las sesiones ordinarias y extraordinarias serán convocadas por escrito por el Presidente/a del Consejo, con setenta y dos horas de anticipación, debiendo señalarse lugar, día y hora para la sesión. Para el efecto se adjuntará la convocatoria, el orden del día y la documentación pertinente en físico y digital. La entrega tardía de la convocatoria con el orden del día o de los documentos pertinentes será causa suficiente para que a pedido de por lo menos dos de los miembros del Consejo, no se instale la sesión convocada o los puntos que no tengan la documentación completa, no se traten

f. El quórum de las sesiones será la mayoría absoluta, en el que siempre deberá contar con la presencia del Presidente del Consejo.

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g. El Consejo decidirá sobre la nueva fecha en la que tratará los puntos del orden del día que no hubieren sido analizados. Los puntos que no tengan documentación completa deberán ser incluidos en el orden del día de la siguiente sesión ordinaria.

h. Los integrantes del Consejo fijarán una dirección física y electrónica en la que recibirá las convocatorias, archivos de soporte magnéticos y las notificaciones oficiales.

Art. 11.- De las Actas.- Las actas deberán estar firmadas exclusivamente por la Presidenta o Presidente del Consejo de Planificación y por la Secretaria o Secretario del Consejo, guardando las siguientes formalidades:

a) Las actas contendrán el lugar, la fecha y las horas de inicio y cierre de las sesiones; los resúmenes de las intervenciones de sus miembros sobre los asuntos tratados; y, las decisiones o resoluciones adoptadas.

b) Las actas serán un resumen de lo tratado y debatido en la sesión ordinaria o extraordinaria y contendrá el texto de las decisiones adoptadas. Y serán aprobadas en la siguiente sesión.

Art. 12.- Del uso de la palabra.- Es atribución del Presidente dirigir y orientar las sesiones y conceder el uso de la palabra en el orden que le soliciten. Podrá también suspender el uso de la palabra, cuando en la intervención no se circunscriba al tema en debate, después de haber sido requerido que lo haga.

Art. 14.- Intervención por Alusión.- Si los miembros del Consejo fueren aludidos en su dignidad o agraviados de algún modo, el Presidente le concederá la palabra si lo solicitare, en forma inmediata de producida la alusión, a fin de que haga uso del derecho a la defensa, lo que en ningún caso servirá para agredir u ofender.

Art. 15.- De las mociones.- En el transcurso del debate los integrantes del Consejo propondrán mociones que contengan propuestas que deberán ser motivadas, claras y concretas. Los demás podrán solicitar por intermedio del presidente que el proponente acepte modificar total o parcialmente su contenido.

Es atribución del presidente calificar y someter al debate y decisión del Consejo, las mociones presentadas por sus integrantes.

Art. 16. Moción Previa.- Cuando el contenido de la propuesta sea total o parcialmente contrario al ordenamiento jurídico, antes de que sea sometida a votación, cualquier integrante del Consejo podrá pedir que se califique como moción previa la decisión sobre la constitucionalidad o legalidad de la propuesta. Presentada la moción previa, el Consejo no podrá resolver sobre lo fundamental de la propuesta mientras no se resuelva sobre su constitucionalidad o legalidad y de considerarse que la moción principal es contraria al ordenamiento jurídico, deberá ser modificada o retirada la moción principal, por parte del proponente de la misma.

Art. 17.- Cierre del debate.- El Presidente declarará concluido el debate en el momento que considere que ha sido suficientemente discutido el tema y mandará recibir la votación en orden alfabético de sus integrantes.

Art. 18.- Votación Nominal.- Las votaciones serán nominales, esto es, que los integrantes del Consejo expresan verbalmente su votación en orden alfabético de sus apellidos, previa

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argumentación durante un máximo de 3 minutos siempre que no hubiere intervenido en el debate. El Presidente será el último en votar y en caso de empate la decisión será adoptada en el sentido del voto del Presidente del Consejo.

Art. 19.- Punto de orden.- Cuando un miembro del consejo estime que se están violando normas constitucionales, legales o reglamentarias en el trámite de una sesión podrá formular un punto de orden a fin de que se rectifique el procedimiento. Para ser aceptado deberá ser concreto y referirse a la disposición que estime violada.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- El Consejo Cantonal de Planificación, el cual expedirá su resolución de conformidad al proyecto de planificación del desarrollo y de ordenamiento territorial que guarda concordancia, coherencia y articulación, con el Plan Regional y el Plan Nacional de Desarrollo.

SEGUNDA.- Si las disposiciones contenidas en esta Ordenanza requirieren de interpretación, este procedimiento le corresponderá de forma obligatoria al Consejo Cantonal de Santa Cruz.

TERCERA.- En la Asamblea Cantonal, el Consejo Cantonal de Planificación por intermedio de su delegado rendirá cuentas a la ciudadanía, respecto del cumplimiento de sus deberes y atribuciones.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.- En la primera sesión ordinaria efectuada después de la promulgación de la presente ordenanza, el Consejo Municipal de Santa Cruz designará a la concejala o concejal Cantonal que integrará el Consejo Cantonal de Planificación, en la cual se respetarán los principios de paridad entre hombres y mujeres y de plurinacionalidad e interculturalidad.

SEGUNDA.- Una vez aprobada la ordenanza, y por esta vez se iniciará un proceso de convocatoria a una Asamblea Cantonal para la designación de los tres delegados de las instancias de participación y los miembros asesores definidos en el Art. 3 literal e).

TERCERA.- Una vez aprobada y sancionada la ordenanza se expedirá el reglamento para la designación de los representantes de las instancias de participación, en un máximo de 30 días, luego de lo cual el Alcalde o alcaldesa convocará a la sesión de integración del Consejo de Planificación Cantonal.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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ORDENANZA QUE REGULA EL SISTEMA DE PARTICIPACIÓN

CIUDADANA DEL CANTÓN SANTA CRUZ

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

DE SANTA CRUZ

CONSIDERANDO:

Que, El Art. 95 de la Constitución de la República del Ecuador consagra el derecho de

participación ciudadana en los asuntos de interés público y prevé que en forma

individual o colectiva participen en forma protagónica en la toma de decisiones,

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planificación y gestión de los asuntos públicos, de control social y rendición de cuentas

del poder público;

Que, El Art. 100 de la Constitución prevé que “En todos los niveles de gobierno se

conformarán instancias de participación integradas por autoridades electas,

representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad del ámbito

territorial de cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas por principios

democráticos” y, para el ejercicio de esta participación se organizarán audiencias

públicas, veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos,

observatorios y las demás instancias que promueva la ciudadanía.

Que, El art. 101 de la Constitución y Art. 77 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana,

establece el mandato para los gobiernos autónomos descentralizados, de instituir la

Silla Vacía en las sesiones, a fin de garantizar la participación ciudadana en el debate y

la toma de decisiones sobre asuntos de interés general;

Que, El artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce la autonomía

política, administrativa y financiera de los gobiernos Municipales, en tanto que el Art.

253 atribuye facultad legislativa en el ámbito de sus competencias y atribuciones;

Que, La Ley Orgánica de Participación Ciudadana incorpora entre los principios a los de

igualdad, ética laica, diversidad, interculturalidad, pluralismo, deliberación pública,

respeto a la diferencia, paridad de género, responsabilidad, corresponsabilidad,

independencia, complementariedad, subsidiariedad, solidaridad, información y

transparencia, publicidad y oportunidad;

Que, El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

incorpora principios y reglas que deben ser observadas para una efectiva participación

ciudadana en el territorio Cantonal;

Que, El Art. 33.- de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana dispone la promoción y

fortalecimiento de las organizaciones sociales, por parte de todos los niveles de

gobierno y funciones del Estado las que prestarán apoyo y capacitación técnica; así

como, facilitarán su reconocimiento y legalización.

Que, La administración Municipal realiza varias actividades que incorporan la participación

ciudadana en sus decisiones, lo que requiere de normas cantonales que permitan

institucionalizar, organizar los procedimientos y promover la participación

responsable y democrática de sus ciudadanos y ciudadanas, todo lo cual se requiere

armonizar y regular en un solo cuerpo normativo articulador de los procesos de

participación ciudadana;

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Que, Según el Art. 304 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización, los gobiernos Autónomos Descentralizados conformarán un sistema

de participación ciudadana.

En uso de la facultad legislativa prevista en la Constitución y la Ley, expide la siguiente:

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ORDENANZA QUE REGULA EL SISTEMA DE PARTICIPACIÓN

CIUDADANA DEL CANTÓN SANTA CRUZ

TÍTULO I

DEL SISTEMA DE PARTICIPACIÓN

PRINCIPIOS GENERALES

CAPITULO I

ÁMBITO Y FINES GENERALES DEL SISTEMA DE PARTICIPACIÓN

Art. 1.- Ámbito.- La presente ordenanza regula la participación ciudadana en todo el proceso

de gestión del Gobierno Autónomo Descentralizado de Santa Cruz, conforme a los principios y

normas constitucionales y legales sobre la materia.

Art. 2.- Principios y Valores.- La participación ciudadana del cantón se inspira en principios y

valores como la igualdad, ética laica, autonomía social, complementariedad, subsidiariedad,

transparencia, publicidad, oportunidad, participación, democratización, corresponsabilidad,

integridad, imparcialidad, independencia, interculturalidad, diversidad, deliberación pública,

eficiencia y eficacia; y no se utilizará con fines políticos electorales.

Art. 3.- De los fines del Sistema de Participación.- Las ciudadanas y ciudadanos tienen

derecho a participar individual y colectivamente en forma protagónica en las decisiones del

consejo Cantonal, conforme al Art. 100 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 304

COOTAD, y ésta ordenanza, se constituye con los siguientes fines:

a. Deliberar sobre las prioridades de desarrollo en sus respectivas circunscripciones en el marco de la elaboración de los planes de desarrollo local, de las políticas públicas cantonales y urbanas y de las principales líneas de acción cantonal;

b. Priorizar la inversión Cantonal y urbana, para lo cual definirá el orden de prioridades a las que las instituciones públicas y privadas y especialmente el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Cruz le dará atención preferente;

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c. Participar en la elaboración de los presupuestos participativos del GADM de Santa Cruz, los que guardarán relación directa y obligatoria con el plan de Desarrollo Cantonal y el Plan de Ordenamiento Territorial y urbano de sus centros poblados y con las prioridades de inversión establecidas en estos instrumentos de planificación;

d. Evaluar la gestión Cantonal que se efectuará mediante el control social y la rendición de cuentas públicas, especialmente sobre los logros alcanzados, las limitaciones o dificultades para el desarrollo y las metas que se persigan;

e. Fortalecer la democracia local con mecanismos permanentes de transparencia, rendición de cuentas públicas y control social de la gestión de las autoridades de elección popular y de los de libre nombramiento y remoción, con determinación de resultados e impactos logrados;

f. Decidir en última instancia los asuntos que generen dudas o controversias en los comités de participación ciudadana o en mesas de concertación u otras formas de organización popular existentes; y,

g. Promover la participación e involucramiento de la ciudadanía en las decisiones que tienen ver con el desarrollo del territorio. corresponsabilidad social en el ejercicio del poder público cantonal, la concertación, coejecución e interacción Estado – Sociedad.

h. Impulsar mecanismos de formación ciudadana para la ciudadanía activa.

TÍTULO II

DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

CAPÍTULO I

DE LA ASAMBLEA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

DEL CANTÓN SANTA CRUZ

Art.- 4.- Creación de la Asamblea de ámbito cantonal de Participación Ciudadana de Santa

Cruz.- Créase la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana de Santa Cruz, con sede en la

ciudad de Puerto Ayora; podrá reunirse en cualquier parte de la circunscripción territorial del

cantón Santa Cruz, definido en la convocatoria; se reunirá ordinariamente en septiembre y

marzo de cada año y extraordinariamente cuando su presidente la convoque, o en los casos

que alguno de sus miembros o ciudadanía lo fundamente y considere necesario.

Adicionalmente los Gobiernos Autónomos Descentralizados podrán convocar a la Asamblea

Cantonal, para tratar temas específicos de interés del Cantón santa Cruz.

Art. 5.- De los integrantes.- Los integrantes de la Asamblea Cantonal de Participación

Ciudadana de Santa Cruz no percibirán dietas, honorarios o cualquier forma de retribución y

estará integrada de la siguiente manera:

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a) Por la Alcaldesa o Alcalde y Vicealcaldesa o Vicealcalde;

b) Por las y los concejales Cantonales;

c) Las Presidentas o Presidentes de las Juntas Parroquiales Rurales del Cantón Santa Cruz;

d) Los directoras/es o subdirectoras/es de los Ministerios y del Consejo de Gobierno, con sede en Santa Cruz;

e) Las o los Directores Cantonales de los Ministerios Sectoriales;

f) Un representante mujer u hombre de cada nacionalidad o pueblo indígena, de ámbito Cantonal;

g) Un representante mujer u hombre de cada organización profesional, gremial, de género, generacional, ambiental, productiva, económica y social con jurisdicción Cantonal urbano y rural, previamente inscrita en la Secretaría General del Consejo Cantonal; y,

h) Las ciudadanas y ciudadanos que individualmente tengan interés en participar en la gestión del Gobierno Autónomo Descentralizado de Santa Cruz

Art. 6.- De la elección de sus miembros.- Observación: Los funcionarios públicos de elección

popular o de designación de las entidades dependientes, integrarán la Asamblea de

Participación Ciudadana mientras ejerzan sus cargos.

Los representantes ciudadanos serán elegidos en asamblea general de la respectiva

organización, preferentemente de manera directa y secreta, lo cual será acreditado con la

copia certificada de la correspondiente acta; cuando corresponda designar de entre varias

organizaciones, serán elegidos en una asamblea conjunta entre sí, previa invitación pública,

cuya dirección estará a cargo de uno de los dirigentes elegido por mayoría de votos.

Los o las representantes principales y suplentes, de las instituciones jurídicas de derecho

privado y de las organizaciones económicas, productivas, gremiales, étnicas, culturales,

sociales, de género, generacionales y otras, así como de los barrios, serán designados para un

período fijo de dos años y podrán ser reelegidos por una sola vez; cesarán automáticamente

en la fecha que culmine su período, salvo que acrediten haber sido reelegidos. El respectivo

suplente será llamado hasta que la organización designe a su representante, pero en ningún

caso excederá de tres meses, si en ese lapso la organización no acredita representación, será

excluida de la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana hasta que acredite su

representación democrática.

Actuará como secretario o secretaria, el o la secretaria del Consejo Cantonal designado por la

Alcaldesa o el Alcalde, quien tendrá la responsabilidad de formular las actas y llevar un archivo

ordenado de las decisiones y acciones de la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana.

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Art. 7.- De las Sesiones.- La Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana sesionará

ordinariamente dos veces al año, y, extraordinariamente por convocatoria de su presidente o a

pedido de la tercera parte de sus integrantes, cuando existan asuntos de importancia Cantonal

sobre los que se deba pronunciar.

Art.- 8.- Del Quórum.- El quórum para que se reúna la Asamblea Cantonal de Participación

Ciudadana, será la mitad más uno de sus integrantes legal y debidamente acreditados, en caso

de no existir el Quórum reglamentario la Asamblea se instalará una hora más tarde con los

miembros acreditados presentes. Las decisiones se adoptarán por consenso, de no ser posible

se requerirá el voto conforme de la mayoría simple.

Art. 9.- De la Participación de los Funcionarios y Técnicos Cantonales.- Los Directores,

Procurador Síndico, Asesores y más funcionarios Cantonales podrán participará en la asamblea

Cantonal; en los Consejos de Equidad y en las mesas de concertación a fin de orientar el

análisis y discusión en forma técnica o jurídica, para dar informes o explicar lo que las

ciudadanas y ciudadanos requieran, participarán con voz pero sin voto.

Art. 10.- Comisiones.- Con el propósito de estudiar, verificar, evaluar, realizar seguimiento o

emitir informes técnicos, la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana podrá designar

comisiones permanentes o especiales conformadas por cinco integrantes. De acuerdo al tema

a tratar la comisión incluirá un representante del Gobierno Autónomo Descentralizado.

Art. 11.- Deberes de los Integrantes de la Asamblea Cantonal.- Los integrantes de la Asamblea

Cantonal de Participación Ciudadana de Santa Cruz tendrán el deber de representar los

intereses generales de la comunidad local, sin politizar su accionar e informar a sus

representados en reuniones institucionales o asambleas generales, sobre las decisiones de la

Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana y de sus órganos, y consultarán sobre sus

futuras intervenciones.

Las decisiones adoptadas democráticamente por la mayoría de sus integrantes serán

respetadas y acatadas por todos los integrantes aunque no las hubieren compartido.

Art. 12.- Funciones de la Asamblea Cantonal.- Además de las funciones establecidas, en el

artículo 60 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, la Asamblea Cantonal, tendrá las

siguientes funciones:

Además de las funciones establecidas en el artículo 304 del Código Orgánico de Organización

Territorial, Autonomía y Descentralización y en el artículo 60 de la Ley Orgánica de

Participación Ciudadana, la Asamblea Cantonal, tendrá las siguientes funciones:

1. Una vez instalada la Asamblea por parte del Alcaldesa o Alcalde, se procederá a elegir un presidente o presidenta que provendrá de las organizaciones de la sociedad civil, y dos

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vicepresidentes: uno masculino y una femenina; cuando esté presidida por un hombre, la primera vicepresidenta será mujer y el segundo vicepresidente será una mujer y viceversa. El primer vicepresidente o vicepresidenta provendrá de la representación institucional.

2. Ser el espacio de consulta y definición de políticas públicas cantonales; planes y programas cantonales; de control social y rendición de cuentas públicas; de consulta sobre propuestas normativas cantonales.

3. Resolver la conformidad con las inversiones definidas en el proyecto de presupuesto Cantonal, antes de la presentación al órgano legislativo.

4. Elegir a los integrantes del Consejo Cantonal por la Equidad que representen a la sociedad civil.

CAPITULO II

DE LAS ASAMBLEAS LOCALES

Art. 13.-Las Asambleas locales.- podrán organizarse en varias representaciones del territorio,

de acuerdo con la extensión o concentración poblacional, la ciudadanía podrá organizar una

asamblea como espacio para la deliberación pública entre las ciudadanas y los ciudadanos,

fortalecer sus capacidades colectivas de interlocución con las autoridades y, de esta forma,

incidir de manera informada en el ciclo de las políticas públicas, la prestación de los servicios y,

en general, la gestión de lo público.

Art. 14.- Composición de las asambleas locales.- La conformación de estas asambleas deberá

garantizar: pluralidad, interculturalidad e inclusión de las organizaciones sociales y de la

ciudadanía, así como, de las diversas identidades territoriales y temáticas con equidad de

género y generacional.

Art. 15.- El funcionamiento de las asambleas locales.- Las asambleas se regirán por los

principios de democracia, equidad de género y generacional, alternabilidad de sus dirigentes y

rendición de cuentas periódicas. Se regularán por sus propios estatutos y formas de

organización de acuerdo con la Constitución y la Ley Orgánica de Participación Ciudadana.

Art. 16.- Funciones de las asambleas locales.- tendrán, entre otras, las siguientes

responsabilidades:

1. Respetar los derechos y exigir su cumplimiento, particularmente, en lo que corresponde a los servicios públicos por pedido de la mayoría simple de sus integrantes en el ámbito de los territorios locales;

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2. Proponer agendas de desarrollo, planes, programas y políticas públicas locales en el marco de la planificación del desarrollo cantonal y ordenamiento territorial;

3. Promover la organización social y la formación de la ciudadanía en temas relacionados con la participación y el control social;

4. Organizar, de manera independiente, el ejercicio de rendición de cuentas al que estén obligadas las autoridades electas y su corresponsabilidad ciudadana;

5. Propiciar el debate, la deliberación y concertación sobre asuntos de interés general, tanto en lo local, cantonal, Provincial y nacional; y,

6. Ejecutar el correspondiente control social con sujeción a la ética y bajo el amparo de la Ley.

Art. 17.- Interrelación con la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana.- Las Asambleas

Locales, procurarán tener, entre sus integrantes, actoras y actores sociales, de su nivel

territorial, estableciendo la representación de delegadas y delegados a través del sistema de

participación ciudadana, establecidas en esta Ordenanza

Art. 18.- Apoyo a las asambleas locales.- Los diferentes niveles de gobierno, las respectivas

autoridades locales, apoyarán a las asambleas locales para hacer efectivo un verdadero

sistema de participación ciudadana.

CAPITULO III

DEL CONSEJO CANTONAL POR LA EQUIDAD

Art. 19.- Integración del Consejo Cantonal por la Equidad.- El Consejo Cantonal por la Equidad

estará presidido por el Alcalde o Alcaldesa e integrado de la siguiente manera:

a) Por representantes institucionales: el Alcalde o Alcaldesa quien lo presidirá, el Vicealcalde o Vicealcaldesa;; los Subsecretarios o Subsecretarias o Consejo de Gobierno de Galápagos con asiento en Santa Cruz; los Directores o Directoras Cantonal de los Ministerios y secretarías sectoriales que no cuenten con Subsecretarías.

b) Representantes de la sociedad civil en igual número que los representantes institucionales, entre los cuales se aplicarán los siguientes principios: habrá representación de organizaciones indígenas de nivel Cantonal; se elegirán igual número de hombres y de mujeres, cuando el número a elegir sea impar, se elegirá un número mayor de mujeres; habrá representación de jóvenes y adultos mayores; representantes del sector urbano y del sector rural. Serán elegidos para un período de un año y podrán ser reelegidos por una sola vez consecutiva o no.

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Actuará como secretario o secretaria, el o la secretaria del Consejo Cantonal designado/a por

el Alcalde o Alcaldesa cantonal.

Art. 20.- Funciones del Consejo Cantonal por la Equidad.- Al Consejo Cantonal por la Equidad

le corresponde ejercer las funciones determinadas en el artículo 100 de la Constitución de la

República del Ecuador, en relación con las previstas en el artículo 64 de la Ley Orgánica de

Participación Ciudadana, y el Código Orgánico de organización Territorial, Autonomía y

Descentralización, excepto la correspondiente a la rendición de cuentas que estará reservada a

la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana.

Art. 21.- De las sesiones.- El Concejo Cantonal por la Equidad sesionará ordinariamente una

vez por cuatrimestre y extraordinariamente cuando el Concejo Cantonal lo decida o a pedido

de la mayoría de sus integrantes.

SECCIÓN I

DE LA PLANIFICACIÓN Y DEFINICIÓN DE POLÍTICAS

Art.- 22.- De las Observaciones y Recomendaciones sobre los Planes de Desarrollo, el Plan de

Ordenamiento Territorial y Políticas Públicas.- En forma previa a la aprobación del Concejo

Cantonal, la Asamblea de Participación Ciudadana conocerá en detalle los planes de Desarrollo

Cantonal, los diagnósticos, los índices de medición de resultados esperados, sus

modificaciones y los resultados de la evaluación; así como las políticas públicas a ser

ejecutadas por el Gobierno Autónomo Descentralizado, respecto de los cuales formulará las

observaciones y recomendaciones que estime convenientes, cuidando que guarden

concordancia con el Plan Regional y Plan Nacional de Desarrollo. A su vez sus miembros

conformarán las mesas de concertación temáticas durante la formulación de los

correspondientes Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial en coordinación con el

Consejo de Planificación Cantonal

Las observaciones y recomendaciones serán aprobadas por la mayoría de los miembros

concurrentes.

Art. 23.- Deber de la Cámara Cantonal.- La Cámara Cantonal tendrá el deber de acoger las

observaciones y recomendaciones; para negarlas deberá sustentar las razones legales o

técnicas que motiven tal decisión, en cualquier caso informará a Consejo Cantonal de

Planificación en la siguiente sesión.

Los planes, proyectos y políticas públicas locales así aprobadas por el Gobierno Autónomo

Descentralizado, serán de obligatorio cumplimiento para la administración Cantonal.

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SECCIÓN II

DE LA PRIORIZACIÓN DE LAS INVERSIONES CANTONALES

Art. 24.- De la Evaluación de Resultados.- A finales del segundo cuatrimestre de cada año, se

reunirá el Consejo Cantonal de Planificación a fin de conocer un informe detallado sobre los

avances e impactos generados por las inversiones públicas tanto en la ejecución de obras

como en la prestación de servicios públicos y sociales; y evaluará el cumplimiento de los

resultados esperados o proyectados.

Art.- 25.- Definición del Orden de Prioridades de Inversión.- En la misma reunión, el Consejo

Cantonal de Planificación definirá el orden de prioridades de la inversión pública Cantonal en

el marco del ejercicio de las competencias exclusivas y concurrentes definidas por la

Constitución y la Ley, en el marco de los Planes de Desarrollo y el Plan de Ordenamiento

Territorial, con base en la propuesta formulada por el Alcalde o Alcaldesa.

La asignación de recursos constará en el respectivo presupuesto Cantonal.

Art. 26.- Criterios de Priorización.- Las prioridades de la inversión Cantonal se definirán con

base en los siguientes criterios básicos:

a) Índice de cobertura de servicios públicos, de interés económico general; así como los de servicios sociales de educación y salud; y, sobre bienes de dominio público.

b) Posibilidades de generación de empleo productivo y/o erradicación de especies introducidas

c) Los que tengan enfoque de conservación del Patrimonio Natural para el buen vivir.

d) Los que el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial defina

Art.- 27.- Del Destino de los Fondos de Inversión.- Al formular la proforma presupuestaria, la

administración Cantonal tendrá la obligación de destinar los recursos de inversión, en el orden

de las prioridades definidas por el Consejo Cantonal de Planificación.

SECCIÓN III

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

Art. 28.- Planes Programas y Proyectos de Alcance Cantonal.- Es el proceso mediante el cual,

las ciudadanas y los ciudadanos, de forma individual o por medio de organizaciones sociales,

contribuyen voluntariamente a la toma de decisiones respecto de los presupuestos estatales,

en reuniones con las autoridades electas y designadas.

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Los presupuestos participativos estarán abiertos a las organizaciones sociales y ciudadanía que

deseen participar; suponen un debate público sobre el uso de los recursos del Estado; otorgan

poder de decisión a las organizaciones y a la ciudadanía para definir la orientación de las

inversiones públicas hacia el logro de la justicia redistributiva en las asignaciones.

El presupuesto participativo se implementará de manera inmediata en el gobierno, municipal.

El debate del presupuesto se llevará a cabo en el marco de los lineamientos del Plan de

Desarrollo elaborado por el Consejo Cantonal de Planificación

La participación ciudadana se cumplirá, entre otros mecanismos, mediante el proceso de

elaboración del presupuesto participativo, de acuerdo con los lineamientos del Plan de

Desarrollo elaborado por el Consejo Cantonal de

La autoridad competente iniciará el proceso de deliberación pública para la formulación de los

presupuestos con anterioridad a la elaboración del proyecto de presupuesto. La discusión y

aprobación de los presupuestos participativos serán temáticas, se realizarán con la ciudadanía

y las organizaciones sociales que deseen participar, y con las delegadas y delegados de las

unidades básicas de participación, comunidades, comunas, recintos, barrios, parroquias

urbanas y rurales.

El seguimiento de la ejecución presupuestaria se realizará durante todo el ejercicio del año

fiscal. Las autoridades, funcionarias y funcionarios del ejecutivo de cada nivel de gobierno

coordinarán el proceso de presupuesto participativo correspondiente.

La asignación de los recursos se hará conforme a las prioridades de los planes de desarrollo

para propiciar la equidad territorial sobre la base de la disponibilidad financiera del gobierno

local respectivo.

Se incentivará el rol de apoyo financiero o técnico que puedan brindar diversas organizaciones

sociales, centros de investigación o universidades al desenvolvimiento del proceso.

Es deber del GADMSC formular los presupuestos anuales articulados a los planes de desarrollo

en el marco de una convocatoria abierta a la participación de la ciudadanía y de las

organizaciones de la sociedad civil; asimismo, están obligadas a brindar información y rendir

cuentas de los resultados de la ejecución presupuestaria.

El incumplimiento de estas disposiciones generará responsabilidades de carácter político y

administrativo.

El ochenta por ciento del monto determinado para la inversión anual no comprometida para

el pago de créditos o para la terminación de obras planificadas por etapas, será destinado a la

ejecución de obras o prestación de servicios contantes en planes, programas y proyectos que

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generen impactos generales o de mayor envergadura, considerados entre las prioridades de la

inversión pública definas por el Consejo Cantonal Planificación y en el marco del Plan de

Desarrollo Cantonal y Plan de Ordenamiento Territorial.

Art. 29.- Fondo de Desarrollo Rural.- Hasta el quince por ciento del monto determinado para

la inversión anual no comprometida para el pago de créditos o para la terminación de obras

planificadas por etapas, constituirá el fondo de desarrollo rural del cantón Santa Cruz, que será

distribuido de conformidad con los siguientes criterios:

a) El 50% del fondo se distribuirá en partes iguales para las dos parroquias rurales y,

b) El 50% en proporción al número de habitantes de cada parroquia rural del cantón Santa Cruz.

El valor que corresponda a cada parroquia rural, servirá para la ejecución de obras y la

prestación de servicios, en forma directa o en convenios con los Gobiernos Autónomos

Descentralizados Parroquiales, para atender las necesidades que se deriven de las

competencias exclusivas, concurrentes y adicionales del Gobierno Autónomo Descentralizado,

o de Cooperación internacional para el ejercicio de las competencias exclusivas de los

gobiernos parroquiales, tomando como base las prioridades de la inversión pública que defina

el Consejo Cantonal de Participación Ciudadana y en el marco del Plan de Desarrollo Cantonal

y el Plan de Ordenamiento Territorial.

El restante ochenta y cinco por ciento será de la inversión anual no comprometida se la

destinará para obras de interés cantonal y urbana, enmarcadas en las competencias del

Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Cruz. Articulados a los objetivos de

desarrollo cantonal y el Plan Nacional para el Buen Vivir

Art. 30.- De los órganos de decisión del presupuesto participativo.- El Consejo Cantonal de

Planificación conocerá, armonizará y se pronunciará sobre las propuestas formuladas por la

Alcaldesa o el Alcalde en el caso de los planes, programas y proyectos de alcance Cantonal, y

velará por la ejecución de los programas y proyectos priorizados en el Plan de Desarrollo y

Ordenamiento territorial.

Art. 31.- Fases del proceso.- El ciclo del Presupuesto Participativo tiene las siguientes fases:

ETAPA DE PREPARACIÓN DEL PROCESO:

1. Evaluación del proceso de Presupuesto Participativo del año anterior y revisión de la metodología a ser aplicada en el año siguiente;

2. Estimación de los montos del Presupuesto Cantonal, para el PP

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ETAPA DE INFORMACIÓN, DIAGNÓSTICO Y PRIORIZACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

1. Capacitación técnica sobre criterios de priorización de obras y servicios públicos;

2. Asambleas barriales para llenar fichas de priorización: Diagnóstico participativo;

3. Entrega de las fichas a la Junta Parroquial o a quien presida la mesa de concertación y a la Secretaria Técnica de Planificación y Desarrollo Sustentable del Gobierno Autónomo Descentralizado de Santa Cruz;

4. Consolidación de las prioridades, estimación preliminar de recursos económicos y compromisos ciudadanos, en conjunto entre los Presidentes/as de Juntas Parroquiales y de la Mesa de Concertación con el equipo técnico Cantonal designado por el Alcalde o Alcaldesa del GADMSC

ETAPA DE VALIDACIÓN

Los Consejos de Planificación de cada Parroquia y la Mesa de Concertación del sector rural de

la parroquia urbana conocerán y validarán el Presupuesto Participativo de su respectiva

jurisdicción, para lo cual se presentará la matriz consolidada de priorizaciones elaborada a

partir de las fichas; luego se concertarán las prioridades y compromisos ciudadanos de cada

organización territorial.

ETAPA DE APROBACIÓN DEL CONSEJO CANTONAL POR LA EQUIDAD

Con los informes de cada consejo parroquial de participación ciudadana o mesas de

concertación, el Consejo Cantonal por la Equidad orientará los acuerdos, los que podrán ser

modificados solamente si se hubieren realizado compromisos que no encuadren en las

competencias Cantonales o en convenio de cooperación, en cuyo caso serán devueltos a su

origen para la implementación de esas modificaciones.

ETAPA DE RESOLUCIÓN DE CONFORMIDAD DE LA ASAMBLEA CANTONAL DE PARTICIPACIÓN

CIUDADANA

Con el pronunciamiento del Consejo Cantonal por la Equidad, la Alcaldesa o el Alcalde

presentará a la Asamblea Cantonal de Planificación, la proforma presupuestaria a fin de que se

pronuncie conforme prevé el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización, antes de que sea aprobada por la Corporación Cantonal.

APROBACIÓN DEL CONSEJO CANTONAL

Una vez concertadas las obras y servicios públicos acordados en los espacios de participación

ciudadana, la Corporación Cantonal las incorporará en su presupuesto anual y en el plan

operativo anual.

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ETAPA DE DEVOLUCIÓN DE LAS RESOLUCIONES

En asambleas parroquiales o en mesas de concertación la Alcaldesa o el Alcalde o su delegado,

entregará las resoluciones de la Corporación Cantonal y se suscribirán las actas de compromiso

entre el Gobierno Autónomo Descentralizado y las organizaciones de base, para su

implementación.

ETAPA DE IMPLEMENTACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

El Gobierno Autónomo Descentralizado, en asocio con el Consejo de Gobierno de Galápagos y

los Gobiernos Parroquiales o las organizaciones sociales de base ejecutarán los compromisos

asumidos, conforme al plan operativo anual en el que se determinará los tiempos para su

debida ejecución.

En las asambleas de control social y rendición de cuentas se evaluarán los impactos y

cumplimiento de los compromisos del presupuesto participativo.

Si fueren necesarias reformas presupuestarias referentes a los compromisos del presupuesto

participativo, la Corporación Cantonal solo podrá aprobarlas, previo conocimiento y

aceptación de las organizaciones de base involucradas.

SECCIÓN IV

CONTROL SOCIAL Y RENDICIÓN DE CUENTAS

Art. 32.- Definición.- Entiéndase por control social al derecho que emana del principio de

democracia participativa, mediante el cual la sociedad civil de forma sistemática, objetiva y

voluntaria, se organiza con el fin de vigilar la gestión Cantonal.

El control social se ejerce cuando los ciudadanos vigilan el ejercicio del poder local en los

espacios de evaluación participativa.

Los ciudadanos accederán a la información en forma oportuna y veraz que les permita

fundadamente demandar el cumplimiento de planes y programas institucionales, a objeto de

mejorar las condiciones y calidad de vida de los vecinos del cantón, haciendo uso eficiente y

transparente de los recursos económicos, humanos y materiales.

Art. 33.- De la Información Pública.- En concordancia con el Art. 96 de la Ley Orgánica de

Participación Ciudadana. Toda información que posea el Gobierno Autónomo Descentralizado

se presume pública, salvo las excepciones previstas en la ley; por tanto, adoptará las medidas

para promover y garantizar la producción, sistematización y difusión de información veraz que

dé cuenta de la gestión de las autoridades y funcionarios Cantonales.

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El Gobierno Autónomo Descentralizado respeta y garantiza el derecho ciudadano a vigilar y fiscalizar los actos de la administración del gobierno local.

Art. 34.- Objetivos.- Son objetivos del control social:

a. Estimular la organización social.

b. Concertar instrumentos de control ciudadano sobre las políticas, presupuestos, planes, programas y proyectos Cantonales.

c. Promover una cultura democrática de participación social y el ejercicio de la ciudadanía responsables y apoyar a las organizaciones e instituciones en los procesos participativos de toma de decisiones públicas y del ejercicio del control social.

d. Generar un sistema de comunicación y de información dirigida a la sociedad civil.

Art. 35.- Instrumentos para el Control Social.- A efectos de garantizar el ejercicio del control

social, el Gobierno Autónomo Descentralizado define como instrumentos válidos al acceso a

información de calidad, veraz y oportuna, así como los procesos de rendición de cuentas

públicas sobre los resultados de la planificación, presupuesto, ejecución de obras y prestación

de servicios y evaluación de la gestión local conforme a los procedimientos previstos en esta

ordenanza.

PARÁGRAFO I

DE LA INFORMACIÓN

Art. 36.- Información Pública.- Se considera información pública a todos los datos o

documentos referentes a los actos normativos y administrativos, actos de simple

administración o hechos administrativos del Consejo, del Alcalde o Alcaldesa y de los

funcionarios cantonales; a los procesos de contratación pública; las políticas públicas, planes,

programas y proyectos; la información presupuestaria, financiera y contable; las tarifas y

precios de los servicios públicos; los ingresos, egresos y registros de datos.

Ningún funcionario cantonal podrá negar a los ciudadanos el acceso a la documentación que

se halle en su poder en razón de sus funciones a su cargo o de archivos que se hallen en su

custodia.

Art. 37.- Información Gratuita.- El acceso a la información pública será gratuito en tanto no se

requieran la reproducción de materiales que respalden a ésta, en tal caso, el peticionario

cubrirá los costos de reproducción de la información.

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Art. 38.- Excepciones al derecho de acceso a la información.- No procede el acceso a la

información pública personal que se deriva de sus derechos personalísimos y fundamentales

establecidos en la Constitución de la República.

PARÁGRAFO II

PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN

Art. 39.- Responsables del acceso a la información.- El Alcalde o Alcaldesa creará las

condiciones administrativas, técnicas, operativas y de publicidad que aseguren el acceso de la

ciudadanía a la información sobre la gestión Cantonal.

Art. 40.- Sesiones Públicas.- Las sesiones del consejo serán públicas con las excepciones

previstas en la ley. Se garantiza la libre asistencia de los ciudadanos al lugar de reunión y de los

periodistas que podrán difundir total o parcialmente los asuntos allí tratados.

Art. 41.- Responsables.- El Alcalde o Alcaldesa designará a los servidores cantonales

responsables de la producción ordenada y de la difusión sistemática de información de calidad,

la que será actualizada mensualmente.

Art. 42.- De la difusión de información.- Para difundir la información, el Gobierno Autónomo

Descentralizado mantendrá un portal de información o página web, así como colocará en sitios

públicos de mayor afluencia, y/o en programas difundidos a través de medios de comunicación

colectiva, en impresos u otros medios. Además del uso del portal

www.compraspublicas.gov.ec

Art. 43.- Información a ser difundida.- Se producirá y difundirá la información relevante de la gestión local contenida en documentos escritos, fotografías, grabaciones, soportes magnéticos o digitales o en cualquier otro formato que haya sido creada u obtenida por el Gobierno Autónomo Descentralizado, especialmente la siguiente:

1. Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones del Consejo aprobados y en trámite;

2. Actas, resúmenes o resoluciones del Consejo y de los actos administrativos del Alcalde o Alcaldesa, directores y funcionarios que beneficien o afecten al interés general de la sociedad local;

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3. Los montos de los ingresos mensuales por transferencia de asignaciones o recaudaciones tributarias, no tributarias y otras;

4. Sobre el destino, forma y resultados del manejo de recursos económicos y materiales;

5. Planes, programas y proyectos cantonales en ejecución y futuros;

6. Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales y de adjudicación en las contrataciones de obras, bienes y o servicios celebrados con personas naturales o jurídicas y su grado de cumplimiento;

7. Los registros de contratistas calificados y los requisitos para su inscripción;

8. La información presupuestaria, financiera y contable;

9. Texto íntegro de contratos colectivos, cartas de intención y convenios;

10. Detalle de los contratos de crédito con determinación de la fuente de ingresos con que se pagarán;

11. La nómina de funcionarios, empleados y trabajadores permanentes y ocasionales, el nivel de formación y sus ingresos totales en forma mensual;

12. Las evaluaciones de gestión, producidas por asambleas, comités o instituciones;

13. Las demás, establecidas en la ley o resueltas por el consejo.

PARÁGRAFO III

PROCEDIMIENTOS PARA ACCEDER A LA INFORMACIÓN

Art. 44.- De la solicitud de información.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a

solicitar y recibir información veraz, completa y oportuna. Cuando la información sea solicitada

por quienes formen parte de los espacios de participación ciudadana del cantón Santa Cruz,

inherentes a la administración cantonal, los costos serán asumidos por el Gobierno Autónomo

Descentralizado.

Art. 45.- Requisitos.- La solicitud será dirigida al Alcalde o Alcaldesa y contendrá los siguientes

datos:

1. Identificación del peticionario,

2. Precisión de los datos o información motivo de la solicitud,

3. Determinación del lugar de recepción de la información,

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4. Firma y rúbrica del solicitante

Art. 46.- Entrega de información.- El Alcalde o Alcaldesa o su delegado dispondrá

inmediatamente al funcionario a cuyo cargo se encuentre la información requerida para que

por Secretaría General sea entregada en el plazo de diez días contados desde la fecha de

presentación de la solicitud, que podrá prorrogarse por cinco días más, por causas

debidamente justificadas e informadas al peticionario.

Si el Gobierno Autónomo Descentralizado no dispusiera de la información solicitada o

estuviese dentro de las excepciones se informará en forma motivada al solicitante; o, si

estuviere disponible al público por cualquier medio, se le hará saber la fuente, el lugar y la

forma en que puede tener acceso a dicha información.

Art. 47.- Falta de contestación.- La denegación de acceso a la información o la falta de

contestación a la solicitud, en el plazo previsto, dará lugar a los recursos administrativos,

judiciales y constitucionales y a la imposición a los funcionarios de las sanciones previstas en la

ley de Transparencia y Acceso a la Información.

PARÁGRAFO IV

PROCESO DE RENDICIÓN DE CUENTAS

Art. 48.- De la Responsabilidad.- Los dignatarios, funcionarios, empleados y trabajadores

Cantonales asumen plena responsabilidad por sus acciones u omisiones, debiendo rendir

cuentas ante la sociedad civil por la forma de su desempeño y los resultados razonables de su

gestión en términos de eficacia, eficiencia y economía; por la administración correcta y

transparente de los asuntos de su cargo; así como sobre los temas determinados en el artículo

90 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana.

Art. 49.- Acción Pública para Presentar Denuncias.- Cualquier ciudadano podrá presentar

denuncias de actos de corrupción siempre que lo haga por escrito, se identifique con nombres

y apellidos completos y señale dirección o domicilio; el denunciante, será parte del proceso

investigativo con derecho de acceso al expediente.

Las denuncias recibidas pasarán a conocimiento del Alcalde o Alcaldesa para el trámite

respectivo a través del área correspondiente, de cuyo resultado obligatoriamente será

notificado el ciudadano denunciante y la Comisión de Vigilancia.

De existir mérito se remitirá a la Delegación Cantonal de la Contraloría General del Estado o a

la Delegación Distrital del Ministerio Público para la investigación y sanción si hubiere lugar.

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Art. 50.- De la convocatoria a las Asambleas.- Durante el primer cuatrimestre de cada año,

obligatoriamente la Alcaldesa o el Alcalde convocará a la Asamblea Cantonal de Participación

Ciudadana a objeto de presentar por intermedio de la Alcaldesa o el Alcalde la información

sobre el destino, forma y resultados del manejo de recursos, el estado de avance de los planes,

programas y proyectos previstos en el plan operativo anual, así como la evaluación

presupuestaria. Pondrá a disponibilidad de los miembros de la asamblea, los documentos que

sustenten la información y faciliten su verificación.

Art. 51.- Del Comité de Vigilancia Cantonal.- La Asamblea Cantonal conformará un Comité

Permanente de Vigilancia constituido por cinco de sus miembros provenientes de las distintas

organizaciones acreditadas. Tendrá las siguientes atribuciones:

1. Presentar informes que contendrán los resultados de la evaluación participativa de la gestión Cantonal, efectuada por la Asamblea Cantonal. Este informe deberá hacerse público por cualquier medio de comunicación e información y será conocido en la siguiente asamblea Cantonal.

2. Designar comisiones especiales de seguimiento y evaluación de la ejecución de proyectos o programas priorizados y que las instituciones del Estado prevean realizar.

3. Remitir expedientes a los organismos de control o de juzgamiento cuando existan fundamentos que justifiquen la presunción de la existencia de hechos contrarios a la ley o la moral pública, a fin de que se inicien las investigaciones del caso.

4. Controlar que los recursos económicos, humanos y materiales sean invertidos en los planes, programas y proyectos priorizados conforme a la planificación del desarrollo y ordenamiento territorial.

5. Solicitar cualquier tipo de información que estime conveniente con el fin de cumplir sus objetivos.

6. Verificar y vigilar que las actuaciones públicas se realicen conforme a las normas legales vigentes, durante y después de su ejecución.

7. Vigilar y evaluar las actividades de los representantes institucionales y ciudadanos.

Art. 52.- Prohibición.- La Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana no podrá utilizar la

información obtenida, con fines político electorales.

Art. 53.- Del procedimiento de la Asamblea Cantonal.- Una vez conocido el informe

presentado por la Alcaldesa o Alcalde del cantón, el presidente de la asamblea abrirá el debate

en el cual los asambleístas podrán cuestionar justificadamente las políticas, los actos y

contratos y pedirán las rectificaciones necesarias para asegurar la eficiencia y transparencia de

la gestión Cantonal.

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La asamblea podrá emitir votos de censura o aplauso por la gestión, los que serán difundidos

para información de la sociedad civil.

TÍTULO III

OTRAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

CAPÍTULO I

SILLA VACÍA

Art. 54.- Silla Vacía.- Para cada sesión ordinaria o extraordinaria del Consejo Cantonal habrá

una Silla Vacía, que será ocupada por una representante o un representante ciudadano, con el

fin de participar en su debate y la toma de decisiones, en función de los temas a ser tratados.

Las ciudadanas y ciudadanos y los representantes de organizaciones profesionales, gremiales,

sociales, étnicas, culturales, deportivas, ambientalistas o de otra naturaleza, designados en

asambleas, cabildos populares, audiencias públicas, u otras formas de organización de la

sociedad civil, que tengan interés en participar en una sesión determinada harán conocer con

al menos cuatro horas de anticipación al día y hora fijados para la sesión, ante la Secretaría

General del Consejo, el tema de interés. No podrá acreditarse más de una persona por la

misma organización.

Si se presentaren más de un pedido de participación sobre un mismo tema, comparecerán

ante el funcionario o funcionaria que ejerza la Secretaría General del Consejo, a fin de ponerse

de acuerdo sobre la persona única que los represente en la sesión; de no haber aceptación

unánime, se podrá recurrir al sorteo; caso contrario, todos los inscritos podrán exponer sus

puntos de vista, pero no podrán ejercer el derecho al voto.

Tendrá derecho a participar de los debates exclusivamente sobre el o los temas para los cuales

hubiere sido inscrita su participación, en las mismas condiciones y tiempo que los integrantes

del consejo Cantonal. No podrá referirse a otros temas que no sea aquel para el cual fue

inscrito y no podrá desviar su ponencia con asuntos de índole política, religiosa o con

afirmaciones o presunciones afrentosas que puedan afectar la honra de los miembros del

Consejo Cantonal, de los servidores Cantonales o de otras funcionarios públicos. De incurrir en

tal actitud, el Alcalde o Alcaldesa por propia iniciativa o a pedido de un consejero o consejera

podrá llamarle al orden o suspenderle definitivamente el uso de la palabra.

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La Secretaría General del Consejo llevará un registro específico de las personas que solicitaren

ocupar la silla vacía, con determinación de quienes participen y de quienes no lo hicieren ya

por inasistencia o por acuerdos.

Quien ocupe la silla vacía no tendrá derecho a dietas por su participación en las sesiones del

consejo, pero será responsable por las decisiones, cuando con su voto contribuya a sancionar

actos contrarios al ordenamiento jurídico o que afecten al patrimonio Cantonal.

Art. 55.- Limitación para ocupar la silla vacía.- Las personas naturales que tengan interés

propio o de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, no

podrán ocupar la silla vacía; pero podrán solicitar y ser recibidos en comisión general para ser

escuchados en forma previa a la decisión del consejo Cantonal. La comisión general podrá

realizarse antes de iniciar la sesión o durante su desarrollo, en cuyo caso será suspendida la

sesión, pero constará en el acta de la sesión, un resumen de sus exposiciones.

Art. 56.- Publicidad de la Convocatoria.- Con el propósito de que la comunidad esté enterada

de los temas a tratar en las sesiones del consejo y tenga oportunidad para manifestar su

interés por ocupar la silla vacía o simplemente comparecer a la sesión, las convocatorias a las

sesiones ordinarias y extraordinarias serán difundidas con al menos cuarenta y ocho horas, por

medios de comunicación colectiva locales.

CAPÍTULO II

DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS

Art. 57.- Definición.- Se denominan audiencias públicas a los espacios de participación

individual o colectiva que se efectúan ante el Consejo Cantonal, sus comisiones o ante el

Alcalde o Alcaldesa con el propósito de requerir información pública; formular

pronunciamientos o propuestas sobre temas de su interés o de interés comunitario; formular

quejas por la calidad de los servicios públicos de competencia cantonal, sobre la atención de

los servidores cantonales, o, por cualquier asunto que pudiera afectar positiva o

negativamente.

Art. 58.- Convocatoria.- El Consejo Cantonal, sus comisiones o el Alcalde o Alcaldesa cantonal,

en el ámbito de sus competencias convocarán periódicamente a audiencias públicas a fin de

que individual o colectivamente las ciudadanas y ciudadanos acudan y sean escuchados sus

planteamientos para su ulterior trámite.

El consejo podrá recibir en audiencia pública en forma previa a sus sesiones ordinarias, cuyos

planteamientos constarán en el acta, pero su trámite y decisión será adoptada una vez que el

cuerpo colegiado cuente con los informes que fueren pertinentes, salvo cuando existan los

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suficientes elementos de juicio, en cuyo caso se procederá a modificar el orden del día al

momento de iniciar la sesión y adoptará la decisión suficiente y adecuadamente motivada.

Art. 59.- Difusión de las decisiones.- Cuando se trate de asuntos de interés general de la

comunidad cantonal, que se hubieren resuelto previa audiencia pública, el Gobierno

Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Cruz, hará conocer de sus decisiones, tanto a la

comunidad cantonal, cuanto a las personas directamente interesadas.

CAPÍTULO IV

DEL CABILDO ABIERTO

Art. 60.- Definición.- Se denomina cabildo abierto a la instancia de participación individual o

colectiva cantonal para realizar sesiones públicas, con convocatoria abierta a todos los

ciudadanos y ciudadanas para tratar asuntos específicos vinculados a la gestión de obras, de

prestación de servicios públicos cantonales, iniciativas normativas de interés general u otros

asuntos trascendentes para la comunidad local.

La convocatoria será pública, especificará el tema objeto de análisis específico, el

procedimiento a aplicar, la forma, fecha, hora y lugar donde se efectuaré el cabildo abierto. La

ciudadanía tendrá acceso a la información sobre el tema o temas objeto del cabildo abierto, a

fin de que cuente con criterio formado y su participación sea propositiva. El cabildo abierto

será únicamente consultivo, no podrá adoptar decisiones.

Art. 61.- Ulterior trámite.- Conocida la opinión ciudadana el Consejo Cantonal o el Alcalde o

Alcaldesa, según corresponda a sus atribuciones, adoptarán las decisiones conforme al

ordenamiento jurídico y a la planificación del desarrollo Cantonal y el Ordenamiento

Territorial. Cuando conlleve egresos económicos, se ejecutará conforme a la disponibilidad

presupuestaria.

TÍTULO IV

DE LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS

Art. 62.- Definición.- Llámense veedurías ciudadanas a la participación ciudadana en el control

de temas específicos relacionados con la gestión Cantonal, conlleve o no egresos económicos,

en cuyos procesos no podrán intervenir o influenciar en la toma de decisiones, sino

únicamente vigilar su correcto desempeño.

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Art. 63.- Del Procedimiento.- Las veedurías se regirán por la Ley Orgánica de Participación

Ciudadana, su reglamento general y ésta ordenanza. Los veedores ciudadanos serán

preferentemente técnicos en el área objeto de seguimiento; no tendrán derecho a

remuneraciones, dietas u otros emolumentos, son servicios ciudadanos. No podrán ser

veedores quienes tengan interés particular o conflictos de orden político electorales con los

dignatarios cantonales.

Una vez calificados como veedores ciudadanos, el Alcalde o Alcaldesa dispondrá a las

dependencias cantonales que les brinden toda la información sobre el objeto de la veeduría,

en forma gratuita, además que se les informe sobre todas las actividades que la administración

cantonal desarrolle sobre el objeto de la veeduría, a fin de que verifiquen y vigilen su

ejecución.

Art. 64.- Difusión de Resultados.- El, los, la o las veedoras ciudadanos/as en forma previa a

difundir los resultados de la veeduría pondrán en conocimiento de las autoridades cantonales

sus resultados preliminares a fin de que aporten documentos aclaratorios o efectúen

observaciones fundadas que contribuyan a aclarar sus puntos de vista a fin de que los criterios

de la veeduría no afecten el derecho a la honra y a la dignidad o contengan afirmaciones falsas.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Ningún integrante de las Instancias de Participación ciudadana podrá presentar

información, propuestas, tesis u opiniones personales a nombre y en representación del

espacio de participación ciudadana, sin contar con la autorización escrita del Consejo Cantonal

de Planificación o Consejo Cantonal por la Equidad.

SEGUNDA.- Una vez celebrados los contratos de ejecución de obras, prestación de servicios,

incluidos los de consultoría o adquisición de bienes, el Secretario del Consejo Cantonal remitirá

inmediatamente un ejemplar al Presidente del Comité de Vigilancia y según corresponda al

Alcalde o Alcaldesa, al Presidente o Presidenta de la respectiva Junta Parroquial y al presidente

o presidenta de la Comunidad o Barrio beneficiario de la obra o servicio público.

TERCERA.- La inobservancia o incumplimiento de la presente ordenanza por parte de los

dignatarios de elección popular, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a las que hubiere

lugar, serán sancionados por el Consejo Cantonal por la Equidad, por su propia iniciativa o de

las organizaciones de la sociedad civil, según la gravedad de la falta con:

a. Llamado de atención que será difundido por los medios de comunicación local;

b. Sanción pecuniaria de hasta una remuneración mensual unificada y la difusión de la misma por los medios de comunicación local.

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Si el incumplimiento obedece a la obstrucción, obstaculización o negligencia de los servidores

cantonales responsables de proveer información o de los encargados de su ejecución, dará

lugar a las sanciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

CUARTA.- Si la Cámara Cantonal retardare la convocatoria a la Asamblea Cantonal, y siempre

que haya constado en el orden del día de al menos una sesión; las convocará el Alcalde o

Alcaldesa e informará de tal hecho al consejo, a la asamblea y a la sociedad civil.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.- Dentro de los siguientes treinta días de aprobada la presente ordenanza, el Alcalde

o Alcaldesa del cantón, dispondrá que se adecúe el espacio físico apropiado para facilitar que

las ciudadanas y ciudadanos concurran a las sesiones, así como, para implementar el pleno

ejercicio de la Silla Vacía.

SEGUNDA.- A través de la prensa, radio y televisión el Gobierno Autónomo Descentralizado

convocará a los representantes de las entidades dependientes y de las organizaciones sociales,

comerciales, económicas, productivas, gremiales, étnicas, culturales, de género, generación,

ambientalistas y otras de ámbito cantonal, para que inscriban sus entidades u organizaciones

en la Secretaria del Consejo Cantonal hasta 30 días después de la publicación de la presente

ordenanza en el Registro oficial.

TERCERA.- Durante los sesenta días posteriores a la fecha máxima de inscripción de las

organizaciones, éstas designarán y acreditarán a sus representantes principales y suplentes

para ante la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana.

CUARTA.- Durante los 30 días posteriores a la fecha máxima de acreditación, el Consejo

Cantonal convocará e instalará la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana del cantón

Santa Cruz.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente ordenanza entrará en vigencia sin perjuicio de su

publicación en el Registro Oficial.

Dada en la Sala de Sesiones del Gobierno Autónomo Descentralizado de Santa Cruz a los

…................... días del mes de ................... de 2011.

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