guía de orientación del desarrollo económico productivo para las cartas orgánicas municipales

Upload: jerryrubi7714

Post on 06-Jul-2018

222 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    1/76

    GUÍA DEORIENTACIÓN

    DEL DESARROLLOECONÓMICOPRODUCTIVOPARA LAS CARTAS

    ORGÁNICASMUNICIPALES

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    2/76

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    3/76

    GUÍA DE

    ORIENTACIÓNDEL DESARROLLOECONÓMICO

    PRODUCTIVOPARA LAS CARTASORGÁNICASMUNICIPALES

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    4/76

    Presentación

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    5/76

    A partir de la descentralización,

    los Gobiernos Municipales trabajaronen la planificación y el desarrollo

    de los municipios principalmenteconcentrados en las demandas socialesorientadas a temas de salud y la educación.Sin embargo, la mayor inversión se realizóen infraestructura descuidado la promociónen el desarrollo productivo.

    Es a partir de la coparticipación conrecursos provenientes del Impuesto Directoa los Hidrocarburos se pretende desarrollar

    este sector, encontrándose entonces la faltade instrumentos que permitan orientarlas inversiones.

    Con la aprobación de la ConstituciónPolítica del Estado, que profundiza lasautonomías, se inicia la reforma másimportante a las estructuras del nuevoEstado.

    El Ministerio de Autonomías, preocupadopor implementar el espíritu de la nueva

    Constitución Política del Estado y la LeyMarco de Autonomías y Descentralizaciónanaliza las experiencias sobre el desarrolloeconómico productivo y la construcción

     y generación de instrumentos paraeste sector, que permitan mejorar lascondiciones de vida de las y los ciudadanos.

    Fomentar los emprendimientos dedesarrollo productivo en el nivel municipal,identificando las oportunidades ypotencialidades, además de garantizanr

    la inversión pública en proyectos deeste sector es uno de los retos que nosplanteamos al presentar esta guía.

    La misma pretende organizar el sector

    económico-productivo mediante laconformación de Unidades de DesarrolloProductivo y Consejos de DesarrolloProductivo que tengan legitimidad enla planificación y de las inversiones de losrecursos públicos destinados al desarrolloeconómico municipal.

    Es importante destacar el apoyo y elaporte de CARE Internacional Bolivia enla elaboración y la sistematización de lasexperiencias desarrolladas en torno a la

    generación de instrumentos y mecanismosque promueven al sector productivo. La presente Guía de Orientación delDesarrollo Económico Productivopara las Cartas Orgánicas Municipalespretende que los gobiernos locales ponganen la mesa de discusión el tema productivo,considerando contenidos mínimos quedebiera contener la Carta Orgánica enel desarrollo productivo, siendo ésta sóloorientadora y no definitiva.

    Invito a analizar la presente guía con elobjetivo de lograr Municipios Productivosen toda Bolivia, cumpliendo el mandatodel “vivir bien” en el marco de los cuatropilares: Productiva, Digna, Soberana yDemocrática.

    Lic. Claudia Peña ClarosMINISTRA DE AUTONOMIAS

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    3

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    6/76

    Conceptualizacióndel DesarrolloEconómico Territorialcon Inclusión (DETI

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    7/76

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    5

    INTRODUCCIÓNLas iniciativas de Desarrollo Productivo sonuna respuesta a los desafíos que presentala reestructuración del Estado. A medidaque la economía se internacionaliza yse hace más competitiva, los gobiernosmunicipales y regionales se enfrentan cada

     vez más a la necesidad de dar una respuestaa los sectores productivos que les permitagenerar empleo, mejorar los ingresos,adoptando un sistema productivo en tornoa las exigencias del mercado (los cambiosdel entorno).Este desarrollo debe ser integral, equitativo

     y sostenible. Capaz de promover la creación y fortalecimiento de capacidades a través deun modelo de gestión Territorial orientadoa promover el Desarrollo EconómicoProductivo – Municipal, a través de lapromoción y fortalecimiento de alianzasentre instituciones públicas y privadas,empresas, organizaciones sociales y otrosactores del desarrollo territorial.Es fundamental el logro de estos objetivos

    cuando hablamos de los municipios, dondelas pocas oportunidades motivan a lapoblación más joven a migrar a grandesciudades u otros países. Es primordialencontrar soluciones de desarrollointegrales que mejoren las condicionesde vida y oportunidades de superacióneconómica y social sostenidas.

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    8/76

    ENFOQUE Y PRINCIPIOSEl Desarrollo Económico Territorial conInclusión (DETI), se define como un procesode acumulación de capacidades paramejorar, de manera colectiva y continua,el bienestar de la comunidad. Es un procesoorganizado, planificado y concertado enel cual actores e instituciones buscanestimular actividades económicas y generarempleos dignos utilizando los medios yrecursos disponibles para el mejoramientode la calidad de vida de las y los habitantesde un municipio y/o una región.

    Esta noción de capacidad de desarrollose refiere tanto a las circunstancias de laeconomía municipal, como a las de susactores/as socioeconómicos e instituciones.El fomento del desarrollo económicorequiere tener en cuenta la vocacióneconómica de la región (los productos yservicios que ésta ofrece en la actualidad)

     y su potencial económico (lo que, segúndemanda el mercado, se puede produciren la región).

    Ello implica que, para ser exitososen materia de desarrollo económico,en ocasiones se requeriría cambiarde actividades económicas.

    En este proceso se debe tomar encuenta que para su éxito depende de lacombinación de varios factores, como ser:• Articulación entre los actores públicos

     y privados. Los actores públicos debendiseñar los instrumentos de políticaspúblicas para la promoción del desarrollo

    económico territorial integrado demanera participativa con los actoresprivados del desarrollo.

    • Articulación con una lógica desostenibilidad y protección del medioambiente considerando conceptos talescomo el biocomercio o la producciónsostenible entre el mercado y losrecursos naturales de los PueblosIndígenas Originario Campesinos yComunidades.

    • Articulación del sector económico-productivo con la oferta de serviciosde apoyo (de orden municipal,

    departamental y nacional) destinado a

    fortalecer el desarrollo económico.• Articulación con enfoques de equidad de

    género e inclusión social, que promuevanla igualdad de oportunidades en y parael desarrollo económico.

    Para lograr el desarrollo económicoterritorial a menudo se requiere dealianzas con otros municipios, entidadesdepartamentales y nacionales, paralograr la escala necesaria y acceder amercados en condiciones más favorables(competitividad).

    1. OBJETIVOS DE LA GUÍA• Motivar la discusión e importancia del

    desarrollo económico productivo en losmunicipios a partir de la profundizaciónde la Autonomía Municipal.

    • Considerar la aplicación de la normativanacional vigente para la promocióndel desarrollo económico productivodesde los Gobiernos AutónomosMunicipales.

    • Orientar la toma de decisiones y laasignación de recursos promoviendopolíticas públicas de desarrollo de lacompetitividad. El propósito es contarcon una guía metodológica para lagestión del desarrollo económicoterritorial.

    • Que la Carta Orgánica Municipalconsidere el Modelo de Gestión delDesarrollo Económico Territorial comoparte de sus competencias y atribuciones.

    6

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    9/76

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    7

    2. MARCO NORMATIVOLa presente Guía Técnica considera lanormativa nacional vigente vinculada a lascompetencias de los Gobiernos AutónomosMunicipales para la promoción deldesarrollo económico productivo.

    1) Constitución Política del Estado (CPE)Referirse al Artículo 302 de lascompetencias exclusivas de los GobiernosMunicipales Autónomos; artículos 39, 304,305 y otros.

    2) Plan Nacional de Desarrollo (PND)El PND incluye un capítulo denominado“Bolivia Productiva” que orienta lapolítica pública a la transformación, elcambio integrado y diversificación de lamatriz productiva, logrando el desarrollode complejos productivos integrales ygenerando excedentes, ingreso y empleo.

    3) Ley No 3058 de HidrocarburosEl Artículo 57 de la distribución delImpuesto Directo a los Hidrocarburos(IDH), indica que todos los beneficiarios,en este caso los Gobiernos Municipales,destinarán los recursos recibidos por el IDHpara el desarrollo productivo y todo lo quecontribuya a la generación de fuentes detrabajo.

    4) Decreto Supremo No 28421Este Decreto Supremo reglamenta elArtículo 57ª de la Ley de Hidrocarburos, en

    tal sentido, las competencias que se otorgana los gobiernos municipales en materiade fomento al desarrollo económicoproductivo y promoción de empleo.El Artículo 2º, Parágrafo III. Programas deinversión IDH, establece que los GobiernosMunicipales presentarán un Programade Inversión con recursos del IDH parala verificación del cumplimiento delmencionado Decreto Supremo.

    5) Decreto Supremo No 29565Este Decreto amplía las competenciasen lo relativo al desarrollo productivo

     y adicionalmente al Decreto Supremo28421 se agregan más competenciaspara el fomento al desarrollo económicoproductivo.

    6) Ley N° 031 Marco de Autonomías yDescentralización “Andrés Ibáñez”

    En el Artículo relacionado con eldesarrollo productivo la Ley indica que los

    Gobiernos Autónomos Municipales tienencompetencias exclusivas para promoverel desarrollo productivo el Artículo 5(parágrafo 11)

    7) TransferenciasLa Ley Andrés Ibáñez en el Artículo 110ºindica que las entidades territorialesAutónomas (en este caso, GobiernoAutónomos Municipales) podrán“Transferir recursos públicos en efectivoo en especie, a organizaciones económico

    productivas y organizaciones territoriales,con el objeto de estimular la actividadproductiva y generación de proyectosde desarrollo, seguridad alimentaria,reconversión productiva y salud, en elmarco del Plan General de Desarrollo;el uso y destino de estos recursos seráautorizado mediante norma del ÓrganoLegislativo de los Gobiernos Autónomos”asimismo el articulo 111 DistribuciónEquitativa Territorial (paragrafo1).

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    10/76

    8

    8) Ley N° 144 de Revolución Productiva

    Comunitaria AgropecuariaPolíticas de la Revolución ProductivaComunitaria AgropecuariaLa Ley N° 144 establece 16 políticasde Estado e indica que “En el marco deldesarrollo rural integral sustentable yde la seguridad con soberanía alimentariapara la implementación del proceso dela Revolución Productiva ComunitariaAgropecuaria.En este sentido, las Transferencias

    Condicionadas pueden ser programas oproyectos que otorgan una transferenciade dinero (monto fijo o variable) o especiea personas o grupos que son seleccionadossiguiendo criterios de focalización, a cambiodel cumplimiento de una seriede condiciones o metas vinculadas.

    9) Ley N° 1178 SAFCOLa Ley N° 1178 no prohíbe lastransferencias de recursos públicosa privados, cualquiera sea la naturaleza

     jurídica de éstos; sin embargo, establecela obligatoriedad de informar a la entidadpública competente, (Gobiernos AutónomosMunicipales, en caso del sector productivo

     y Ministerio de Economía, en el caso de losGobiernos Autónomos Municipales), sobreel destino, forma y resultados del manejode los recursos y privilegios públicos másla presentación de estados financierosdebidamente auditados.

    10) Ley N° 004 de Lucha Contra laCorrupción, Enriquecimiento Ilícito eInvestigación de Fortunas “Marcelo QuirogaSanta Cruz”De la misma manera la Ley N° 004,refiriéndose al enriquecimiento Ilícito departiculares con afectación al Estado, indicaque la “persona natural que medianteactividad privada hubiere incrementadodesproporcionadamente su patrimoniorespecto de sus ingresos legítimos afectandoel patrimonio del Estado, no logrando

    desvirtuar tal situación, será sancionadacon la privación de libertad de tres a ochoaños, multa de cien a trescientos días

     y el decomiso de los bienes obtenidos

    ilegalmente”.

    2.1 ¿QUÉ ES EL DESARROLLOECONÓMICO PRODUCTIVO?El desarrollo económico productivo es uncomplejo proceso de concertación entre losactores públicos-privados que interactúanen un territorio determinado con el objetode integrar a los sectores generadores

     y dinamizadores de la economía en el

    Municipio, trazar políticas, y definirestrategias para el desarrollo económicoproductivo y su competitividad enmercados seguros.

    2.2 ¿COMO SE DEBE PROMOVEREL DESARROLLO ECONÓMICOPRODUCTIVO?Los Gobiernos Autónomos Municipales

    deben liderar y promover el desarrolloeconómico productivo, generando espaciosde concertación con el sector económico-productivo e identificando productosestratégicos del municipio.Al mismo tiempo en base a lasoportunidades que brindan los mercadosseguros deberán mejorar la productividad

     y competitividad de éstos productos(estratégicos) a través de las competenciasdescritas en la normativa nacional.

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    11/76

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    12/76

    2.6 ¿POR QUÉ ES IMPORTANTECONFORMAR LOS CONSEJOSDESARROLLO ECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO?Es importante que el sector económico-productivo del municipio se encuentrelegítimamente representado en los procesosde toma de decisiones con los actorespúblicos, recomendando la priorización derubros y sectores estratégicos con mercadosseguros y la asignación de recursos

    económicos para diferentes acciones que sedeben plasmar en un Plan Estratégico deDesarrollo Económico Productivo (PEDEP)que deberá ser parte indivisible de laplanificación estratégica Municipal a largoplazo (PDM) y corto plazo (POA).

    2.7 ¿QUIÉNES CONFORMANEL CONSEJO DE DESARROLLOECONÓMICO-PRODUCTIVO-

    COMPETITIVO?Al ser un espacio de concertación público-privado, debe contar con la representaciónde los actores estratégicos territoriales conpoder de decisión y podrá estar conformadopor: el Alcalde Municipal, el responsable dela Oficialía Mayor de Desarrollo EconómicoSostenible, representante del ConcejoMunicipal, representantes de cada rubroeconómico-productivo organizado urbano

     y rural, con derecho a voz y voto, conexcepción del Secretario General. Por cadarubro económico-productivo, se elegiráun representante titular y un alterno.Así mismo pueden participar del Consejode Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo en calidad de asesores conderecho a voz las organizaciones deldesarrollo que operen en el municipio ola región como ser IPDS, Gobernación,Ministerios y Secretarias Nacionales, etc.

    2.8 ¿QUÉ ATRIBUCIONES TIENEEL CONSEJO DE DESARROLLOECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO?• Denir la visión estratégica económica–

    productiva–competitiva de desarrolloeconómico, que deberá ser incorporadaen el Plan de Desarrollo Municipal(PDM.), Plan Estratégico de DesarrolloEconómico Productivo (PEDEP) y PlanOperativo Anual (POA).

    • Preparar y denir la agenda de lasreuniones del Consejo.• Convocar a reuniones ordinarias o

    extraordinarias del Consejo de DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo.

    • Hacer cumplir los procesos yprocedimientos establecidos en elpresente reglamento.

    • Hacer cumplir las disposicionesemanadas del Consejo.

    • Convocar y participar activamenteen la elaboración, priorización y

    aprobación del Programa de Inversióncon recursos del IDH y otros; y lograrsu incorporación al POA y PresupuestoAnual.

    • Orientar la priorización de los rubrosestratégicos a ser apoyados con losrecursos asignados para el fomentoal Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo.

    • Participar en los espacios establecidosdel Ciclo de la Gestión AutonómicaMunicipal Participativa (cumbres,

    encuentros de avance y otros).• Gestionar convenios Interinstitucionales

    de apoyo al desarrollo económicoproductivo con organismos Productivos,regionales, nacionales e internacionales.

    • Sugerir directrices al GobiernoAutónomo Municipal orientadas afacilitar y articular procesos para eldesarrollo económico productivo,

    10

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    13/76

    con enfoque de mercado, género,

    generacional y medio ambiente.• Gestionar recursos de diversas fuentes

    de financiamiento a favor del desarrolloeconómico Municipal.

    • Sugerir la distribución de recursos deacuerdo a las competencias municipalesen materia de desarrollo económicoproductivo.

    • Recomendar la implementación depolíticas públicas municipales a favordel desarrollo económico productivo yregional del municipio.

    2.9 ¿POR QUÉ ES IMPORTANTEIMPLEMENTAR LA UNIDAD DEDESARROLLO ECONÓMICOPRODUCTIVO?Es importante que el Gobierno AutónomoMunicipal considere dentro su estructuraorgánica la creación de la Unidad deDesarrollo Económico Productivo que

    le permita una articulación efectiva conlos actores económicos organizados y lageneración de nuevos emprendimientoseconómicos.

    2.10 ¿QUE ROLES Y FUNCIONESTIENE LA UNIDAD DE DESARROLLOECONÓMICO PRODUCTIVO?• Apoyar la generación de espacios de

    concertación entre el sector público yel sector privado, para dinamizar losprocesos de desarrollo.

    • Facilitar y elaborar en formaparticipativa, con el sector económicoproductivo, la línea de base quepermitirá la identificación de indicadoresde desempeño y cumplimiento.

    • Facilitar y elaborar en formaparticipativa, con el sector económicoproductivo, el Subprograma de inversiónpara el desarrollo económico productivo.

    • Revisar, vericar, ajustar y precalicarlos planes de negocios presentados porlos emprendedores del municipio paraacceder a la modalidad de coinversionesmunicipales.

    • Presentar planes de negociosprecalificados al Consejo de Desarrollo

    Económico-Productivo-Competitivo.• Ejercer la cartera de Secretario Generaldel Consejo de Desarrollo EconómicoProductivo del Municipio.

    • Garantizar procesos de inducción sobreel uso y manejo de los mecanismose instrumentos para el desarrolloeconómico productivo.

    • Practicar una permanenteretroalimentación de los mecanismose instrumentos a objeto de brindarcalidad en su uso.

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    11

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    14/76

    3. RESUMEN DE COMPETENCIASDe acuerdo al D.S. 28421• Asistencia Técnica y capacitación al

    sector productivo a través de programas y proyectos de investigación e innovacióntecnológica, investigación de mercados,gestión de calidad, gestión de procesos,fortalecimiento a organizacionesproductivas, calidad, marketing,elaboración de planes de negocios parala micro, pequeña y mediana empresa,rueda de negocios, capacitación para la

    transformación de productos primarios.• Facilitación al acceso al sistema

    financiero a través del apoyo a la micro,pequeña y mediana empresa para laconformación de fondos de garantías,capital semilla, capital riesgo subsidiosa los costos de transacción y seguros uotros mecanismos de financiamientopúblico – privado.

    • Provisión de servicios, infraestructura y equipamiento de centros de acopio,centros artesanales, maquicentros,centros de promoción turística,centros feriales, centros de formación

     y/o capacitación para la producción,centros de investigación y desarrollo,incubadoras de empresas, zonas yparques industriales y/o tecnológicos.

    • Organización y desarrollo de instanciasresponsables de la promoción productivamunicipal y/o mancomunitaria,promoción del territorio y desarrollo deespacios e instancias de concertación

    público – privado.• Promoción de empleo a través de laparticipación operativa en programasnacionales de generación de empleotemporal y permanente, el desarrollo deprogramas de capacitación, seguimientodel mercado laboral y creación de bancosde empleo.

    De acuerdo al D.S. 29565• Promover el crecimiento económico

    identificando las potencialidades y vocaciones del municipio e involucrandopara este propósito a los agenteseconómicos, productivos y externos.

    • Establecer incentivos a la producciónsegún vocaciones y necesidades de cadaregión, municipio y mancomunidad.

    • Incentivos a la agricultura orgánica,aprovechamiento forestal y

     biodiversidad.

    • Fortalecer las capacidades productivas,con capacitación, asistencia técnica,infraestructura productiva yequipamiento.

    • Los municipios pueden constituirempresas públicas, mixtas y participaren el fomento de empresas privadas ycomunitarias como actores del desarrollointegral y sustentable del país bajo laspremisas de responsabilidad social yambiental.

    • El desarrollo integral sustentable es parte

    fundamental de la política económica,por tanto los gobiernos municipalesdeben priorizar la inversión públicaen programas y proyectos de apoyoa la producción de alimentos para laseguridad y soberanía alimentaria.

    • Contratación de mano de obra parala ejecución de programas, planes yproyectos municipales de generaciónde empleo temporal con dotación deequipamiento, materiales y supervisión,en el marco de sus competencias.

    • Financiamiento de ferias productivas,agropecuarias, artesanales, industriales,incluidas su promoción y la provisiónde materiales y equipamiento comoincentivo a las organizacionesproductivas.

    • Programas de primer empleo enconvenio con universidades públicas,privadas, institutos técnicos, empresasprivadas e industrias de su jurisdicción.

    12

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    15/76

    4. CONTENIDOS MÍNIMOS DELA CARTA ORGÁNICA MUNICIPALLa Carta Orgánica Municipal deberácontener un capítulo específicodenominado “Desarrollo EconómicoProductivo - Municipal”, este podrácontener al menos los siguientes Artículosde referencia:

    Artículo XX. Los principios directores parala redacción del capítulo económico, sonentre otros: mejoramiento de los ingresos

    familiares, generación de empleo sostenible,equidad social, de género y territorial,generación de riqueza (ahorro interno),cadenas de valor, creación y desarrollode corredores económicos, promocióneconómica del territorio, promoción deespacios de concertación, coinversiones, etc.

    Artículo XX. El proceso de la construccióndel municipio productivo competitivo debeser parte indivisible del Ciclo de GestiónAutonómica Municipal Participativa,responsable de garantizar la identificaciónde la demanda y la asignación depresupuesto para el fomento del desarrolloeconómico.

    Articulo XX. El Gobierno AutónomoMunicipal deberá participar y reconocerel funcionamiento de un espacio deconcertación público–privado, conocidocomo el Consejo de Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, CDEPC. (Este es

    un nombre genérico que el GAM podrácambiar).

    Artículo XX. Se debe institucionalizar dentrode la estructura técnica del GAM la Unidadde Desarrollo Económico Productivo-Municipal (nombre genérico que podrácambiar de acuerdo a la estructura orgánicamunicipal el nivel de: Oficialía Mayor,Dirección, Unidad, etc.)

    Artículo XX. Se deberá promulgar una LeyMunicipal de Promoción y Fomento alDesarrollo Económico Productivo que

    contenga las competencias descritas

    en la normativa nacional y demásprocesos, procedimientos, mecanismos einstrumentos para la asignación de recursosen favor del sector económico productivoprivado-comunitario del municipio. Alinicio de cada gestión municipal y en

     base a la priorización generada en losprocesos de concertación definidos einstitucionalizados, se debe definir: montosa consignarse; rubros priorizados y líneasde financiamiento para cada gestiónmunicipal. Esta priorización podrá serrevisada y/o ajustada de acuerdo a lascondiciones de la demanda de mercado yestrategias municipales.

    Artículo XX. En la estructura del presupuestomunicipal se debe crear una partidapresupuestaria denominada sub programade inversiones para el DesarrolloEconómico Productivo en el cual se deberáincorporar la demanda estructurada por elCDEPC.

    Artículo XX. La asignación de recursospúblicos al Desarrollo EconómicoProductivo debe estar orientada a lainversión, por lo que todas las asignacionesa realizarse deben apalancar recursos deotras fuentes de financiamiento, debiendoestar normadas y reglamentadas en unManual de procedimientos de asignaciónde recursos municipales bajo el principio deinversiones concurrentes y/o coinversionescon otros actores del desarrollo productivo.

    Artículo XX. El diseño de políticas públicasen Desarrollo Económico Productivodebe considerar la Gestión de RiesgosMunicipal considerando y promoviendosu reducción, al mínimo posible, de lascondiciones que generan situaciones deemergencias y ocurrencia de desastres.La Gestión de Riesgos Municipal deberádefinir planes, programas y proyectos conla participación de los distintos sectores dela comunidad involucrados a través de unainstancia reconocida (Consejo MunicipalParticipativo de Gestión de Riesgos).

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    13

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    16/76

    5. MODELOS DE LEYES MUNICIPALES Y REGLAMENTOS INTERNOS• Ley de Políticas Públicas de Promoción

    del Desarrollo Económico Productivo- Municipal

    • Reglamento interno del Consejo deDesarrollo Económico-Productivo-Competitivo.

    • Ley Municipal de fomento al DesarrolloEconómico Productivo.

    6. INSTRUMENTOS DE GESTIÓNPARA EL DESARROLLO ECONÓMICOProductivo• Manual de organización y funciones

    Unidad de Desarrollo EconómicoProductivo Municipal.

    • Manual de procedimientos de asignaciónde recursos para el desarrollo económicoProductivo.

    • Anexo No. 1 Arqueo de ingresospor depositar Gobierno AutónomoMunicipal de…………… Arqueo deingresos por depositar (expresado en

     bolivianos).

    • Anexo No. 2 Informe diario derecaudación Gobierno AutónomoMunicipal de…………… Informe diariode recaudación.

    • Anexo No. 3 Recibo de recursos de cajapara depósito Gobierno AutónomoMunicipal de…………… Recibo derecursos de caja para depósito.

    • Anexo Nº. 4 Flujo de caja

    • Anexo Nº. 5 Solicitudes de cuota decompromiso trimestral con asignaciónmensual.

    • Anexo Nº. 6 Formularios.

    14

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    17/76

    BIBLIOGRAFÍA:• Constitución Política del Estado

    Plurinacional. Sucre, 24 noviembre 2007

    • Ley N° 1178 SAFCO de Administración y Control de 20 de julio de 1990. JaimePaz Zamora Presidente Constitucionalde la República.

    • Ley N° 3058 de Hidrocarburos de 17 demayo de 2005 Dr. Hormando Vaca DiezPresidente del Honorable Congreso

    Nacional.

    • Plan Nacional de Desarrollo (PND)Bolivia digna, soberana, productiva

     y democrática para Vivir Bien 2006 –2010 Ministerio de Planificación delDesarrollo.

    • Decreto Supremo N° 28421 de 21 deoctubre de 2007. Eduardo RodríguezVeltze Presidente Constitucional dela República.

    • Decreto Supremo No 29565 de 14de mayo de 2008. Evo Morales AymaPresidente Constitucional de laRepública.

    • Ley N° 031 Marco de Autonomías yDescentralización “Andrés Ibáñez” de19 de julio de 2010. Evo Morales AymaPresidente Constitucional del EstadoPlurinacional.

    • Ley N° 004 de Lucha Contra laCorrupción, Enriquecimiento Ilícitoe Investigación de Fortunas “MarceloQuiroga Santa Cruz”. de 31 de marzode 2010 Evo Morales Ayma Presidentedel Estado Plurinacional de Bolivia

    • Ley N° 144 de Revolución ProductivaComunitaria Agropecuaria del 26de junio de 2011 Evo Morales AymaPresidente Constitucional del Estado

    Plurinacional de Bolivia.

    • Guía Técnica para las Transferenciasde Recursos Municipales al SectorProductivo. Una aproximación almunicipio productivo competitivo,

     Julio de 2011. CARE. PAT.(Programa Amazónico Trinacional).

    • Experiencias de Desarrollo EconómicoLocal AMDECO. proyecto ARCO(Actividad Rural Competitiva).

    • Libro Azul del Desarrollo EconómicoLocal, Directrices para la creación deprogramas y proyectos de desarrolloeconómico Productivo.

    • Programa EMPODERAR DETI,Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.

    • Validación del Modelo del MunicipioProductivo Competitivo en elMunicipio de Tarvita - Chuquisaca(CARE internacional en Bolivia

    - Mancomunidad de MunicipiosChuquisaca Centro).

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    15

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    18/76

    MODELO

    Reglamento Internodel Consejo deDesarrollo Económico-Productivo-Competitivo

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    19/76

    CAPÍTULO I

    NATURALEZA, BASE LEGAL,OBJETO Y APLICACIÓN

    Artículo 1º (Naturaleza del Reglamento).-1. La Constitución Política del Estado

    reconoce la economía plural, constituidapor las formas de organizacióncomunitaria, estatal, privada, mixta ysocial cooperativa, priorizando el apoyo ala organización de estructuras asociativasde micro, pequeñas y medianas empresas

    productivas urbanas y rurales, a travésdel fortalecimiento de la infraestructuraproductiva, manufacturera e industrial ylos servicios para el sector productivo.

    2. Los Gobiernos Autónomos Municipalestienen entre sus competencias exclusivas,la promoción del empleo y mejora delas condiciones laborales en el marco depolíticas Nacionales, políticas de turismoProductivo y proyectos de infraestructuraproductiva y otras orientadas a mejoraslas condiciones de vida de los habitantes.

    3. La Ley Marco de Autonomías yDescentralización, establece quela Autonomía Municipal tiene comofunción general “impulsar el desarrolloeconómico Productivo, humano ydesarrollo urbano a travésde la prestación de servicios públicos ala población, así como coadyuvaren el desarrollo rural”.

    4. La citada ley establece también comocompetencias Municipales, promoverprogramas de infraestructura productivacon la generación de empleo digno enconcordancia con el Plan Sectorial y elPlan General de Desarrollo Productivo,además de promover complejosproductivos en base al modelo deeconomía plural.

    5. La Ley de Hidrocarburos en su Artículo53º crea el Impuesto Directo a losHidrocarburos IDH; en su Artículo57º establece la distribución del IDH,

     y define las competencias a las que sedestinarán los recursos percibidos porconcepto del IDH.

    6. En concordancia con la Ley deHidrocarburos, el Decreto SupremoN° 28421 establece competenciasmunicipales específicas en materia dedesarrollo económico Productivo, y enel Parágrafo III (Programas de InversiónIDH), indica que “cada entidad priorizaraanualmente asignaciones a realizar enlas competencias descritas anteriormente

     y preparara un programa de inversióncon recursos del IDH, el cual deberáser incorporado en sus ProgramasOperativos Anuales y verificado al iniciode la gestión fiscal”.

    7. El Decreto Supremo 28421, faculta a losGobiernos Municipales a implementarespacios de encuentro y concertaciónpara construir la visión compartidadel desarrollo económico Productivode su territorio. El Decreto 29565complementa al Decreto Supremo 28421,

    ampliando las competencias municipalesen materia de Desarrollo EconómicoProductivo.

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    17

    TÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    20/76

    8. En este sentido, se hace necesaria la

    conformación del Consejo de DesarrolloEconómico–Productivo y Competitivo,que aglutine a representantes de losactores públicos, actores económicosurbanos y rurales, así como institucionesde apoyo instaladas en el territorio.

    9. El Consejo de Desarrollo Económico–Productivo y Competitivo, es el espacio

     y mecanismo de concertación público–privado, que tiene la responsabilidad depromover, facilitar y articular procesosde desarrollo económico Productivo quese traduzcan en una línea estratégica delucha contra la pobreza, incorporandoelementos como ser: enfoque demercado, competitividad, cadenasproductivas y corredores económicos,generadores de riqueza y empleo.

    10. El Consejo de Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, regirá susactividades a las normas legales vigentes.

    Artículo 2º (Base Legal).- El presente

    Reglamento Interno se sustenta en laConstitución Política del Estado, Ley deMunicipalidades, Ley Marco de Autonomías

     y Descentralización, Ley de Administración y Control Gubernamentales, D.S.28421, D.S. 29565 y otras disposicionescomplementarias.

    Artículo 3º (Objeto).- El objeto delpresente Reglamento Interno es normar laorganización y funcionamiento del Consejode Desarrollo Económico-Productivo-

    Competitivo del Municipio de…

    Artículo 4º (Ámbito de Aplicación).- El uso yaplicación del presente Reglamento Internoes de carácter obligatorio para los miembrosdel Consejo de desarrollo Económico-Productivo y Competitivo.

    CAPÍTULO IICONSTITUCIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO

    Artículo 5º (Constitución).- El Consejode Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, se constituirá a convocatoriadel Gobierno Autónomo Municipal,debiendo constar en un acta la constitucióndel mismo.

    Artículo 6º (Integrantes).- El Consejode Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo del Municipio de ………………estará integrado por: el Alcalde Municipal,un representante del Concejo Municipal,el responsable de la Oficialía Mayorde Desarrollo Económico Sostenible,representantes de cada rubro económico- productivo organizado urbano y/orural, todos con derecho a voz y voto, conexcepción del Secretario General (solo

     voz). Por cada rubro económico productivo,

    se elegirá un representante titular y unalterno, debiendo tomar en cuenta elcriterio de alternancia, garantizando que encaso de que el titular sea hombre, la alternadeberá ser mujer y si la titular es mujer, elalterno deberá ser hombre.También podrán formar parte del Consejo,sólo con derecho a voz, un representantepor cada institución de apoyo (IPDS,Universidades, Institutos y otras) queexpresen su interés de formar partedel Consejo.

    Artículo 7º (Duración).- El Consejo deDesarrollo Económico-Productivo-Competitivo del Municipio de………………se constituye por tiempo indefinido.

    Artículo 8º (Domicilio).- Su domicilio legalse establece en dependencias de la AlcaldíaMunicipal de………………

    18

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    21/76

    CAPÍTULO I

    ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTODE LA DIRECTIVA

    Artículo 9º (Conformación del Directiva).-La Directiva del Consejo de DesarrolloEconómico–Productivo y Competitivo,estará conformada por #…. miembros:un Presidente, dos Vicepresidentes, unSecretario General y #.... vocales.

    Artículo 10º (Presidente).- Este cargo

    corresponde en exclusividad al AlcaldeMunicipal, por ser la autoridad legal yEjecutiva del Municipio.

    Artículo 11º (Primer Vicepresidente).- Estacartera corresponderá a un representanteelecto de uno los rubros económicos queforman parte del Consejo de DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo.

    Artículo 12º (Segundo Vicepresidente).- Estecargo corresponderá a un representante del

    Concejo Municipal.

    Artículo 13º (Secretario General).- Este cargocorresponde al titular de la Oficialía Mayorde Desarrollo Económico Sostenible, sólocon derecho a voz.

    Artículo 14º (Vocales).- Los …. vocales seránelegidos de entre los representantes de losrubros económicos integrantes del Consejode Desarrollo Económico-Productivo-

    Competitivo. De las vocalías, estas seránasignadas a representantes del área urbana y rural.

    Artículo 15º (Incorporación de Carteras).- Deacuerdo a las necesidades y circunstanciasdel municipio y previo análisis de la gestiónde la Directiva del Consejo y justificacióncorrespondiente se podrá incorporar unaó más carteras para complementar ladirectiva.

    Artículo 16º (Reuniones de la Directiva).- LaDirectiva del Consejo se reunirá de maneraordinaria al menos una vez por mes y demanera extraordinaria, las veces que se

    requiera a petición de cualquiera de susmiembros.

    Artículo 17º (Duración de la Directiva).- Ladirectiva durará tres años en sus funcionespudiendo ser reelegidos en sus funciones.

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    19

    TÍTULO IIORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DEL CONSEJODE DESARROLLO ECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    22/76

    CAPÍTULO IIDERECHOS Y OBLIGACIONES DELOS MIEMBROS DEL CONSEJODE DESARROLLO ECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO

    Artículo 18º (Derechos).- Los miembrosdel Consejo de Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo tienen lossiguientes derechos:1. Ser elegidos para ocupar la primera

     vicepresidencia y vocalías del Consejo.2. Participar en las reuniones con derecho

    a voz y voto cuando corresponda.3. Ser informado sobre las actividades

    del Consejo.4. Acceder a los documentos que se

    generen en el Consejo.

    Artículo 19º (Deberes).- Son deberes delos miembros del Consejo.1. Participar de manera activa, realizando

    aportes concretos.2. Brindar información necesaria de su

    rubro económico.3. Desempeñar las funciones

    atribuidas y cumplir las comisiones yresponsabilidades que encomiendeel Consejo.

    CAPÍTULO IIIATRIBUCIONES DEL CONSEJODE DESARROLLO ECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVOFUNCIONES DE LA DIRECTIVA

    Artículo 20º (Atribuciones del Consejode Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo).- Son atribuciones del Consejo:1. Definir la visión estratégica económica–

    productiva y competitiva de desarrollo

    económico, que deberá ser incorporadaen el PDM, PEDEP y POA.

    2. Orientar la priorización de los rubrosestratégicos a ser apoyados con losrecursos asignados para el fomentoal desarrollo económico-productivo-competitivo.

    3. Sugerir directrices al GobiernoAutónomo Municipal orientadas afacilitar y articular procesos para eldesarrollo económico Productivo,con enfoque de mercado, género,generacional y medio ambiente.

    4. Promover la creación y/o fortalecimientode corredores económicos y cadenasproductivas con enfoque de mercado enel municipio,

    5. Gestionar recursos de diversas fuentesde financiamiento a favor del DesarrolloEconómico Municipal.

    6. Sugerir la distribución de recursos delImpuesto Directo a los Hidrocarburos

     y otros de acuerdo a las competencias

    municipales en materia de desarrolloeconómico productivo.7. Recomendar la implementación de

    políticas públicas municipales a favordel desarrollo económico productivodel municipio.

    20

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    23/76

    Artículo 21º (Funciones Generales de

    la Directiva).- Las funciones generalesde la Directiva del Consejo son:1. Preparar y definir la agenda de las

    reuniones del Consejo.2. Convocar a reuniones ordinarias o

    extraordinarias del Consejo de DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo.

    3. Hacer cumplir los procesos yprocedimientos establecidos en elpresente Reglamento.

    4. Hacer cumplir las disposiciones

    emanadas del Consejo.5. Convocar y participar activamenteen la elaboración, priorización yaprobación del Programa de Inversióncon recursos del IDH y otros; y lograrsu incorporación al POA y PresupuestoAnual.

    6. Participar en los espacios establecidosdel Ciclo de la Gestión AutonómicaMunicipal Participativa (Cumbres,Encuentros de Avance y otros).

    7. Gestionar convenios Interinstitucionales

    de apoyo al desarrollo económicoproductivo con organismos Locales,Regionales, Nacionales e Internacionales.

    Artículo 22º (Funciones y Atribucionesdel Presidente).- Tendrá las siguientesfunciones y atribuciones:1. Convocar a reuniones ordinarias y

    extraordinarias del Consejo, con elcorrespondiente orden del día, fijandolugar, fecha y hora.

    2. Dirigir las reuniones ordinarias yextraordinarias del Consejo.

    3. Comunicar por escrito al ConcejoMunicipal, las determinaciones quese tomen en el Consejo.

    4. Presentar informe al pleno del Consejo,sobre labores realizadas.

    5. Ejercer la representación del Consejode Desarrollo Económico–Productivo yCompetitivo ante instancias internas y/oexternas.

    6. Resolver los conflictos dentro del

    Consejo.7. Velar por el orden y disciplina en lasreuniones.

    8. Suscribir, actas, resoluciones y demás

    documentos emanadas por el plenodel Consejo.

    9. Gestionar convenios, proyectos,recursos económicos, conjuntamentecon los demás miembros del Consejode Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, ante las Institucionescooperantes, las mismas deben estarenmarcadas en la visión estratégica deDesarrollo Económico Productivo delMunicipio de…..................

    10. Informar periódicamente y al finalde su mandato de todas las actividadesen forma oral y escrita.

    Artículo 23º (Funciones y atribuciones delPrimer Vicepresidente).- El Vicepresidentetendrá las siguientes funciones yatribuciones:1. Convocar en formar conjunta con el

    Presidente, a las reuniones ordinarias yextraordinarias del Consejo.

    2. Reemplazar al Presidente

    temporalmente por licencia, enfermedad,comisión u otro impedimento temporal.3. Realizar la coordinación con los

    representantes de las organizacioneseconómicas productivas privadas

     y comunitarias en las tareas deprogramación de la inversión,supervisión y control de la ejecuciónde planes de negocios.

    4. Reunirse con representantes de lossectores públicos y privados, paradesarrollar propuestas de políticas

    públicas definidas mediante normasMunicipales en materia de desarrolloeconómico Productivo.

    5. Coordinar con los rubros productivosla priorización de emprendimientoseconómicos.

    6. Organizar la agenda y orden deldía para las Reuniones Ordinarias yExtraordinarias.

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    21

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    24/76

    Artículo 24º (Funciones y Atribuciones

    del Segundo Vicepresidente).- El SegundoVicepresidente tendrá las siguientesfunciones:1. Reemplazar al primer Vicepresidente

     y al Presidente temporalmente porlicencia, enfermedad, comisión u otroimpedimento temporal.

    2. Realizar la coordinación con losrepresentantes de las OrganizacionesProductivas en las tareas deprogramación de la inversión,

    supervisión y control de la ejecuciónde planes de negocios.3. Reunirse con representantes de los

    sectores estatales y privados, paraprogramar acciones de políticas públicasdefinidas mediante leyes Municipalesen materia de desarrollo económicoproductivo.

    4. Coordinar por rubros la priorizaciónde emprendimientos económicos.

    5. Organizar la agenda y orden del díapara las Reuniones Ordinarias y

    Extraordinarias.

    Artículo 25º (Funciones y Atribucionesdel Secretario General).- El SecretarioGeneral tendrá las siguientes funciones yatribuciones:1. Apoyar técnicamente al Consejo.2. Verificar la asistencia de los miembros

    del directorio a las reuniones ordinarias y extraordinarias.

    3. Dar lectura al acta de la reuniónanterior, la correspondencia recibida ydocumentos sobre temas pendientes atratar en reunión.

    4. Controlar el uso del tiempo y reglas de

     juego en las discusiones en reunión.5. Elaborar el Acta de las reuniones

    ordinarias y extraordinarias.6. Redactar y despachar la correspondencia

     y asuntos administrativos resueltospor el plenario del Consejo.

    7. Mantener actualizado el archivo delConsejo.

    8. Custodiar la documentación a su cargo.9. Elaborar las Resoluciones emanadas por

    el Consejo.10. Firmar las determinaciones del Consejo

     y refrendar informes emanados por éstainstancia.

    11. Entregar todo aquello que estaba asu cargo a quien lo reemplace bajoinventario notariado.

    Artículo 26º (Funciones de los Vocales).- Los vocales tendrán como funciones colaboraral Presidente y Vicepresidentes en las tareasde la directiva.

    Artículo 27º (De las Actas).- La Directivaabrirá un Libro de Actas foliado y notariado,para registrar las determinaciones quese tomen en el Consejo de DesarrolloEconómico–Productivo-Competitivo,mismas que serán consideradas comorecomendaciones para que el GobiernoAutónomo Municipal las incorpore comopolíticas públicas municipales, en el PDM yPOA/PTO. Estas actas serán aprobadas porla mayoría de los miembros del Consejo yfirmadas por los asistentes a la reunión.

    22

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    25/76

    CAPÍTULO I

    DE LAS REUNIONES DEL CONSEJOArtículo 28º (De las Reuniones Ordinarias).-El Consejo de Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, se reunirá enReunión Ordinaria, por lo menos cinco

     veces al año, concordantes con el Ciclode Gestión Autonómica MunicipalParticipativa; convocada con unaanticipación prevista por la Directiva delConsejo, haciendo conocer el orden del día,

    fecha, hora y lugar.

    Artículo 29º (Reuniones Extraordinarias).-Las reuniones extraordinarias se realizaráncuantas veces sea necesario y a solicitudescrita de uno de los miembros dela Directiva del Consejo o cualquierrepresentante de las organizacióneconómicas integrantes, proponiendoel tema a abordarse en la reunión y seconvocará a Reunión Extraordinaria con 48horas de anticipación; la misma que debe

    contener orden del día, fecha, hora y lugardefinidos.

    Artículo 30º (Quórum).- Se establece que elquórum reglamentario para el inicio de lasreuniones será con la mitad más uno de susmiembros con derecho a voz y voto.1. El quórum de las reuniones se

    establecerá en la hora fijada enconvocatoria, en caso de que no existierael quórum reglamentario, se concederáun período adicional de espera de 30minutos.

    2. De persistir la falta de quórum, se

    dará inicio a la reunión con el númerode representantes asistentes. Lasresoluciones de esta reunión tendránla validez y fuerza legal y deberán seracatadas por todos sus miembros.

    Artículo 31º (De la Instalación).- La reunióndebe ser instalada por el presidente, y enausencia por motivos de fuerza mayorpor el vicepresidente, y en ausencia deéste por el segundo vicepresidente, con lamisma autoridad que le faculta el presente

    reglamento.

    Artículo 32º (De las Actas y Resoluciones).-Las resoluciones y/o actas emanadas seránpuestas en conocimiento y disposición detodos los miembros del Consejo.

    Artículo 33º (De las Decisiones).- Lasdecisiones del Consejo se tomarán poracuerdo de la mayoría absoluta de losmiembros con derecho a voz y voto

    presentes en las reuniones.Artículo 34º (Presentación de Informes).- Ala finalización de cada gestión anual laDirectiva del Consejo deberá presentarun informe amplio y suficiente de susactividades (oral y escrito) a los miembrosdel Consejo, en una reunión convocadapara este propósito. Toda la documentaciónexistente será entregada para su archivo yresguardo a la Oficialía Mayor de DesarrolloEconómico Sostenible o su similar. Una

    copia de ésta documentación debe remitirsede forma obligatoria al Concejo Municipalde………………

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    23

    TÍTULO IIIFUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO ECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    26/76

    CAPÍTULO IIDE LOS GASTOSDE FUNCIONAMIENTO

    Artículo 35º (Del Presupuesto).- Porconstituir una organización de coordinación

     y planificación, esta tendrá financiamientode sus gastos operativos (combustible ymaterial de escritorio), los cuales seráncubiertos con recursos del presupuesto degastos de funcionamiento del GobiernoAutónomo Municipal.

    Artículo 36º (Gastos de Logística de losMiembros del Consejo).- Los representantesde cada organización y/o instituciónintegrante del Consejo, cumplirán susfunciones sin remuneración alguna, ylos gastos de estadía, pasajes y logísticapersonal, correrán por cuenta de laorganización a la que representan, bajosus normas internas. Ningún gasto de losmiembros del Consejo será cubierto con

    recursos municipales.

    CAPÍTULO IIIFALTAS Y SANCIONES

    Artículo 37º (Faltas).- Se consideran faltaspasibles a sanciones las siguientes:1. Inobservancia o infracción de las normas

    nacionales, locales y las del presentereglamento interno.

    2. No cumplir las tareas asignadas enlas Comisiones de trabajo u otrasdelegadas en forma específica.

    3. Inasistencia injustificada a tres

    Reuniones Ordinarias o Extraordinariascontinúas.

    4. Abandono reiterado de las reuniones sinpermiso del Presidente del Consejo oquien esté dirigiendo.

    5. Asistir en estado inconveniente.6. Interrupciones al orador.

    Artículo 38º (Sanciones).- Los miembrosdel Consejo de Desarrollo Económico-Productivo y Competitivo que hubieranincurrido en las causales descritasprecedentemente, serán sancionados deacuerdo a las siguientes determinaciones:1. Llamada de atención verbal:

    Corresponde por infracciones leves.2. Amonestación escrita: Cuando los

    miembros del Consejo incurran en másde tres llamadas de atención verbales.Se emitirá una amonestación escritadirigida a la institución u organización ala que representa.

    24

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    27/76

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    28/76

    Ley Municipal deFomento al Desarrollo-Económico-Productivo

    MODELO

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    29/76

    CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado, ensu Artículo. 283° establece que el GobiernoAutónomo Municipal está constituidopor un Concejo Municipal, con facultaddeliberativa, fiscalizadora y legislativa enel ámbito de sus competencias y un ÓrganoEjecutivo presidido por la Alcaldesa oAlcalde.

    Que, la Constitución Política del Estado, ensu Artículo. 302°, define las competenciasexclusivas de los Gobiernos Municipales

    Autónomos en su jurisdicción.

    Que, de conformidad a lo dispuesto en elArtículo. 297° inc. b) de la ConstituciónPolítica del Estado, las competenciasexclusivas son aquellas en las que el nivelde Gobierno tiene sobre una determinadamateria, las facultades legislativa,reglamentaria y Ejecutiva.

    Que, la Ley Marco de Autonomías yDescentralización, en su Art. 34º, establece

    el alcance del régimen competencial de lasentidades Autónomas, disponiendo quelas competencias exclusivas, concurrentes

     y compartidas, deben ser asumidasobligatoriamente y se financiarán con latotalidad de los recursos asignados a lasentidades territoriales autónomas.

    Que, el Artículo. 8° inciso. 3) de la LeyMarco de Autonomías y Descentralizaciónseñala que la Autonomía Municipaltiene como función general, “impulsar eldesarrollo económico Productivo, humano

     y desarrollo urbano a través de la prestaciónde servicios públicos a la población, asícomo coadyuvar en el desarrollo rural”.

    Que, la Ley Marco de Autonomías y

    Descentralización en su Artículo. 139°numeral 1), establece que la normativa delos Gobiernos Autónomos debe garantizarespacios de participación social en laplanificación, seguimiento, evaluación

     y control social de las políticas pública,planes, programas y proyectos.

    Que la Ley N° 3058 de Hidrocarburos en suArtículo 53° crea el Impuesto Directo a losHidrocarburos (IDH); en su Artículo 57°establece la distribución del IDH y define

    las competencias a las que se destinará losrecursos percibidos por concepto del IDH.

    Que, en concordancia con la Ley Nº 3058,el Decreto Supremo N°. 28421, establececompetencias Municipales en materia dedesarrollo económico productivo, mismasque son ampliadas mediante el DecretoSupremo Nº. 29565, estableciendo queel Gobierno Autónomo Municipal esel promotor del Desarrollo EconómicoProductivo.

    Que, en el proceso de formulaciónde la Carta Orgánica Municipal, esnecesario incorporar la visión dedesarrollo económico del municipio,institucionalizando mecanismos einstrumentos que permitan orientarla inversión municipal y operativizar laspolíticas de desarrollo económicoen el territorio.

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    27

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    30/76

    CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

    Artículo 1º (Marco Legal).- La ConstituciónPolítica del Estado, la Ley Marco deAutonomías y Descentralización y los

    Decretos Supremos 28421 y 29565,establecen competencias Municipalesen materia de fomento del desarrolloeconómico productivo en su territorio.

    Artículo 2º (Objeto).- La presente leytiene por objeto regular el ejercicio delas competencias Municipales en materiade fomento al Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo de la micro ,pequeña y mediana empresa urbana y ruralorganizadas, contenidas en la Ley Marco de

    Autonomías y Descentralización, el DecretoSupremo 28421 y Decreto Supremo 29565 ydemás disposiciones legales en vigencia.

    Artículo 3º (Alcance).- El alcance de lapresente ley comprende: competenciasmunicipales, institucionalidad, laparticipación de los actores económicosproductivos privados-comunitariosindígenas y campesinos organizados, en lagestión municipal, la asignación de recursosmunicipales y procedimiento de accesoa recursos municipales para el fomentodel Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo.

    CAPÍTULO IINSTITUCIONALIDAD

    Artículo 4ª (Institucionalidad).- Con elobjetivo de institucionalizar la gestióndel Fomento al Desarrollo Económico-

    Productivo, el Gobierno AutónomoMunicipal creará una instancia técnica y unespacio de concertación público privado.

    CAPÍTULO IIINSTANCIA TÉCNICA DECONCERTACIÓN PÚBLICO PRIVADA

    Artículo 5º (Instancia Técnica Municipal

    de Promoción del Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo).- La Unidadde Desarrollo Económico ProductivoMunicipal se constituye en la instanciatécnica municipal responsable de articularlos procesos de Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, con todos losactores económicos organizados en micro,pequeña y mediana empresa urbana yrural, dentro la jurisdicción del municipio.Las funciones de dicha unidad estaráncontenidas en el manual de funciones,

    siendo las principales:1. Impulsar la elaboración del Plan deDesarrollo Económico-Productivo-Competitivo.

    28

    POR TANTO EL CONCEJO MUNICIPAL HA SANCIONADOLA PRESENTE LEY MUNICIPAL:

    TÍTULO I TÍTULO II

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    31/76

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    29

    2. Apoyar la generación y el

    funcionamiento de espacios deconcertación entre el sector público yel sector privado.

    3. Facilitar y elaborar en formaparticipativa, con el sector económicoproductivo, el Subprograma parael Fomento Desarrollo EconómicoProductivo con recursos del impuestodirecto a los hidrocarburos (IDH),

     y otras fuentes.4. Promover la elaboración de la línea de

     base e indicadores para medir impactode la inversión municipal en DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo,como instrumento de seguimientoa este proceso.

    5. Revisar, verificar, ajustar y precalificar lademanda concertada y estructurada enplanes de negocios y/o proyectos, delos actores económicos organizados.

    6. Presentar planes de negocios y/oproyectos precalificados al Comité deAsignaciones y al Consejo de Desarrollo

    Económico-Productivo-Competitivo.

    CAPÍTULO IIIESPACIO DE CONCERTACIÓNPÚBLICO - PRIVADO

    Artículo 6º (Consejo de DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo).- Seestablece que el Consejo de DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo esel espacio de participación y consulta delos actores económicos - productivos ycomunitarios en la planificación y gestiónmunicipal, cuya estructura, atribuciones

     y funcionamiento será regulado por un

    reglamento interno y en concordanciacon la normativa vigente, sus principalesatribuciones serán las siguientes:1. Definir la visión estratégica de Desarrollo

    Económico-Productivo-Competitivo, quedeberá ser incorporada en el PDM. yPOA.

    2. Orientar la priorización de los rubrosestratégicos a ser apoyados con losrecursos asignados para el fomentoal Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo.

    3. Sugerir directrices al GobiernoAutónomo Municipal orientadas afacilitar y articular procesos para eldesarrollo económico Productivocon enfoque de mercado, género,generacional y medio ambiente.

    4. Promover la creación y/o fortalecimientode corredores económicos y cadenasproductivas con enfoque de mercado enel municipio,

    5. Gestionar recursos de diversas fuentes

    de financiamiento a favor del DesarrolloEconómico Municipal.6. Sugerir la distribución de recursos del

    Impuesto Directo a los Hidrocarburos y otros de acuerdo a las competenciasmunicipales en materia de desarrolloeconómico productivo.

    7. Recomendar la implementación depolíticas públicas Municipales a favordel desarrollo económico productivo yregional del municipio.

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    32/76

    CAPÍTULO I

    COMPETENCIAS MUNICIPALESArtículo 7º (Competencias Municipales).-Las competencias municipales en materiade promoción del Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, son las siguientes:1. Asistencia Técnica y Capacitación:

    Asistencia técnica y capacitación alsector productivo a través de programas

     y proyectos de investigación e innovacióntecnológica, investigación de mercados,gestión de calidad, gestión de procesos,

    fortalecimiento a organizacionesproductivas, calidad, marketing,elaboración de planes de negocio parala micro, pequeña y mediana empresa,rueda de negocios, comercialización,capacitación para la transformación deproductos primarios, industrialización dela producción nacional.

    2. Provisión de servicios, infraestructuray equipamiento: Provisión de servicios,infraestructura, insumos y equipamiento

    de centros de acopio, centros artesanales,maquicentros, centros de promociónturística, centros feriales, centros deformación y/o capacitación para laproducción, centros de investigación ydesarrollo, incubadoras de empresas,zonas y parques industriales y/otecnológicos, ferias productivas,incentivos a la agricultura orgánica.

    3. Facilitación al acceso al Sistema

    Financiero: Facilitación al acceso alsistema financiero a través de apoyo a losproductores comunitarios, organizadosen micro, pequeña y mediana empresapara la conformación de fondos degarantía, capital semilla, capital de riesgo,subsidios a los costos de transacción

     y seguros u otros mecanismos definanciamiento público – privado. Estepunto requerirá de una reglamentaciónespecífica y un diseño del mecanismo

    con la participación de entidades deintermediación financiera reguladas porla ASFI.

    4. Organización y desarrollo de espaciosde concertación público–privado: Losespacios deben ser generados a partirdel Consejo de Desarrollo Productivo conel fin de priorizas las necesidadesdel sector productivo.

    5. Promoción del empleo: Promoción deempleo a través de la participaciónoperativa en programas nacionales

    de generación de empleo temporal opermanente, el desarrollo de programasde capacitación, seguimiento al mercadolaboral y creación de bancos de empleo.

    30

    TÍTULO III

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    33/76

    TÍTULO IV

    CAPÍTULO I

    PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLOECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO

    Artículo 8º (Caracterización de los Actores).-El Gobierno Autónomo Municipal a travésde la Unidad de Desarrollo EconómicoProductivo Municipal, elaborará unacaracterización de los actores económicos

     y comunitarios, a fin de contar con una base de datos de micro, pequeña y mediana

    empresa urbana y rural, que serán lossujetos beneficiarios de la inversiónmunicipal. La caracterización de estosactores debe estar orientada por criteriostécnicos tales como: capital invertido enla actividad económica, la orientación dela actividad económica hacia el mercado,

     volumen de ventas y uso de la mano deobra familiar o contratada y otros quetécnicamente se consideren pertinentes.

    Artículo 9º (Línea de Base e Indicadores).-El Gobierno Autónomo Municipal a travésde su unidad técnica, elaborará una líneade base e indicadores, con enfoque degénero, generacional y medio ambiente,como instrumento para medir el impactode la inversión municipal en DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo,considerando como meta la generaciónde empleos e ingresos en el territorio.

    Artículo 10º (Plan de Desarrollo Económico-

    Productivo-Competitivo).- El GobiernoAutónomo Municipal desarrollará, conparticipación de los actores económicos ycomunitarios organizados en el Consejode Desarrollo Económico Productivo-Competitivo, un proceso de planificaciónque se integrará a la planificación integraldel desarrollo del municipio. El documentoproducto de este procesao será la base parala inserción de la demanda EconómicaProductiva en el Ciclo de Gestión

    Autonómica Municipal Participativa.Artículo 11º (Incorporación en el ProgramaOperativo Anual y Presupuesto).- Lademanda estructurada y concertadapor los actores económicos privados ycomunitarios, agrupados en el Consejode Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, será integrada en el Ciclo dela Gestión Participativa Municipal, a finde garantizar la inserción de sus demandasen este proceso. La demanda deberá

    ser formulada con enfoque de género,generacional y medio ambiente.

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    31

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    34/76

    CAPÍTULO I

    ASIGNACIÓN DE RECURSOSArtículo 12º (Asignación de Recursos).-El Gobierno Autónomo Municipal enconsulta y consenso con el Consejode Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, asignará en el PresupuestoMunicipal un porcentaje mínimo de……%, recursos del Impuesto Directo a losHidrocarburos y otras fuentes para financiarlas competencias municipales descritas enel Artículo 7º de la presente ley y todaslas que le sean asignadas posteriormenteen materia de promoción del DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo. Esteporcentaje podrá ser incrementado enfunción de las necesidades de inversión.

    Artículo 13º (Subprograma de Inversión).-El Gobierno Autónomo Municipal a travésde la Unidad de Desarrollo EconómicoProductivo Municipal, desarrollará unsubprograma de inversiones de los recursos

    asignados para atender las competenciasen materia de Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo.

    Artículo 14° (Aplicación de los Recursos).-Los recursos asignados serán aplicadospara atender la demanda de los actoreseconómicos y comunitarios organizados,en el marco de las competencias descritasen el Articulo 7º tomando en cuenta lapriorización recomendada por el Consejode Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, previo cumplimiento derequisitos establecidos en la presente ley,pudiendo aplicarse bajo las siguientesmodalidades:1. Inversión concurrente y/o coinversión:

    entre el Gobierno Autónomo Municipal y los actores privados beneficiarios de lainversión, entre el Gobierno AutónomoMunicipal y otra entidad territorialautónoma, entre el Gobierno AutónomoMunicipal y empresas privadas y; entreel Gobierno Autónomo Municipal eInstituciones Privadas de Desarrollo ouna combinación de todas.

    2. Facilitación al acceso al SistemaFinanciero a través de Instituciones

    de Intermediación Financiera, cuyaimplementación requerirá de un diseñotécnico y una reglamentación específicos.

    32

    TÍTULO V

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    35/76

    CAPÍTULO IIPROCEDIMIENTO DE ACCESO ARECURSOS

    Artículo 15º (Elegibilidad de la Inversión).-Las inversiones elegibles con recursosMunicipales para el fomento al desarrolloeconómico productivo, en el marco de lascompetencias municipales descritas en elArtículo 7º de la presente ley responderána los siguientes criterios:

    1. Los actores deben estar organizados yformar parte del Consejo de DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo.

    2. La demanda debe responder a lapriorización recomendada por el Consejode Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, cuyo impacto y resultadosdeben ser claramente definidos.

    3. Debe existir necesariamente unainversión concurrente y/o coinversión deacuerdo a lo establecido en el Articulo14º numeral 1) de la presente ley.

    4. La demanda debe ser presentada enun proyecto y/o plan de negocios, cuyaestructura y requisitos de presentaciónserá desarrollada por la instanciatécnica municipal, considerando: Elincremento del nivel de ingreso familiar,rendimiento de la inversión, generaciónde ahorro interno, generación de empleo,mejora en las condiciones de vida delos habitantes, número de familias

     beneficiadas, indicadores de género y

    otros que se consideren pertinentes.5. El proyecto y/o plan de negocios debeser aprobado por la Comisión deCalificación.

    Artículo 16º (Presentación de la Demanda de

    Inversiones).- En el marco de los criteriosestablecidos en el Art. 16º las demandasde inversión serán presentadas a la Unidadde Desarrollo Económico ProductivoMunicipal, la cual previa verificación delcumplimiento de los requisitos establecidos,la remitirá la Comisión de Calificacionespara su consideración.

    Artículo 17º (La Comisión de Calificaciones).- La Comisión de Calificaciones estará

    conformada por representantes de laUnidad Administrativa y la UnidadSolicitante.• No podrá ser Responsable de laEvaluación ni formar parte de la Comisiónde Calificación, la MAE, el RPC, el RPA, ni elo la representante de la Unidad Jurídica queasesora el proceso de contratación.

    Artículo 18º (Calificación de lasInversiones).- La comisión de Calificacionesemite un informe acompañado de un

    acta circunstanciada, de cada proyecto oplan de negocios, el mismo que puede serrecomendado:• Aprobado.• Observado con fechas leimites para suajuste.• Rechazado.La demanda aprobada expresada enproyectos y/o planes de negocios, seráninsertados en el POA/PTO Municipal con surespectivo código SISIN.

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    33

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    36/76

    Artículo 19º (Ejecución de las Inversiones).-Las demandas de inversión aprobadas por laComisión de Calificación, serán procesadaspor el Unidad de Desarrollo EconómicoProductivo Municipal para proceder a suejecución de acuerdo al D.S. No.0181 yotras disposiciones aplicables.

    Artículo 20º (Seguimiento).- El Consejode Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, en base a la priorizaciónrecomendada y el proceso de asignación

    de recursos, realizará el seguimiento,monitoreo y ajustes que correspondan enfunción de los lineamientos definidos.

    Artículo 21º (Responsabilidad).- En el marcode la Ley Nº 1178 y la Ley Nº 004, losservidores públicos y actores económicosserán responsables por el destino de losrecursos municipales y los resultados que selogren con la aplicación de los mismos.

    CAPÍTULO IIIACCESO AL SISTEMA FINANCIERO

    Artículo 22º (Procedimiento paraAsignación).- Para facilitar el acceso de losactores económicos al sistema financiero,el Gobierno Autónomo Municipal en

     base a las recomendaciones del Consejode Desarrollo Económico-Productivo-Competitivo, definirá el mecanismo yprocedimiento para la asignación derecursos Municipales bajo esta modalidad,

    promoviendo la participación comooferentes de todas las entidades deintermediación financiera reguladas por laautoridad competente (ASFI).

    DISPOSICIONES FINALESDisposición final 1º.- La presente ley, asícomo todos los mecanismos e instrumentosque se desarrollen para la implementaciónde la misma, serán considerados como

    insumos para la elaboración de la CartaOrgánica Municipal en lo que correspondea la materia.

    34

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    37/76

    Manual deOrganización yFunciones Unidad deDesarrollo-Económico-Productivo

    MODELO

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    38/76

    36

    1. Nombre de la Unidad Organizacional: Unidad de Desarrollo-Económico-Productivo – Municipal

    2. Dependencia:• DESPACHO DEL(A) ALCALDE (SA)

    MUNICIPAL.

    3. Ejerce supervisión: • DIRECCIÓN DE DESARROLLO

    PRODUCTIVO.• DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE.

    4. Relaciones Intrainstitucionales:• Unidades u Ocialías Municipales.• Direcciones Municipales.• Otras reparticiones con relación directa.

    5. Relaciones interinstitucionales:• Instituciones Públicas (Nacionales,

    Departamentales y Municipales).

    • Instituciones Privadas de Desarrollo.• Organismos de CooperaciónInternacional.

    6. Razón de ser de la Unidad o ÁreaOrganizacional:

    • Contar con una instancia que seencargue del desarrollo productivo.Planificar y ejecutar.

    7. Funciones y atribuciones específicas:• Apoyar la generación de espacios de

    concertación entre el sector público yel sector privado, para dinamizar losprocesos de desarrollo.

    • Facilitar y elaborar en formaparticipativa, con el sector económicoproductivo, la línea de base quepermitirá la identificación de indicadoresde desempeño y cumplimiento.

    • Facilitar y elaborar en forma

    participativa, con el sector económicoproductivo, el Subprograma de inversiónpara el desarrollo económico productivo.

    LOGOG.A.M. GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE………MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO -PRODUCTIVO - MUNICIPAL

    UNIDAD DE FOMENTOAL DESARROLLO

    PRODUCTIVO RURAL

    UNIDAD DE FOMENTOA LA INDUSTRIA,

    COMERCIO Y TURISMO

    UNIDAD DE GESTIÓNAMBIENTAL

    FECHA

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO PRODUCTIVO

    D M A

    DIRECCIÓN DE DESARROLLOPRODUCTIVO (DESEABLE)

    DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE(DESEABLE)

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    39/76

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    37

    • Revisar, vericar, ajustar y precalicar

    los planes de negocios presentados porlos emprendedores del municipio paraacceder a la modalidad de coinversionesmunicipales.

    • Presentar planes de negociosprecalificados al Consejo de DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo.

    • Ejercer la cartera de Secretario Generaldel Consejo de Desarrollo EconómicoProductivo del municipio.

    • Garantizar procesos de inducción sobreel uso y manejo de los mecanismose instrumentos para el DesarrolloEconómico Productivo.

    • Practicar una permanente

    retroalimentación de los mecanismos einstrumentos a objeto de brindar calidaden su uso.

    • Impulsar la elaboración del Plan deDesarrollo Económico-Productivo-Competitivo.

    • La elaboración de la línea de base eindicadores para medir impacto dela inversión municipal en DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo,como instrumento de seguimiento a esteproceso.

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    40/76

    38

    2. Dependencia:• UNIDAD DE DESARROLLO

    ECONÓMICO Productivo.

    3. Ejerce supervisión:• UNIDAD DE FOMENTO AL

    DESARROLLO PRODUCTIVO RURAL.

    • UNIDAD DE FOMENTO A LAINDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO.

    4. Relaciones Intrainstitucionales:• Dirección de Medio Ambiente.• Otras Direcciones con relación Directa.

    5. Relaciones interinstitucionales:• Instituciones Públicas (Nacionales,

    Departamentales y Municipales).• Instituciones Privadas de Desarrollo.

    6. Razón de ser de la Unidad o ÁreaOrganizacional:

    • Promover el desarrollo productivo en elmunicipio.

    7. Funciones y atribuciones específicas:• Coordinar con los sectores productivos.• Levantar las demandas y canalizarlas en

    el POA/PTO.• Promover el desarrollo productivo.• Otras delegadas por la instancia superior.

    1. Nombre de la Unidad o Área Organizacional: DIRECCIÓN DE DESARROLLO PRODUCTIVO RURAL

    LOGOG.A.M. GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE………MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO -PRODUCTIVO - MUNICIPAL

    UNIDAD DE FOMENTO ALDESARROLLO RURAL

    UNIDAD DE FOMENTOA LA INDUSTRIA,

    COMERCIO Y TURISMO

    UNIDAD DE GESTIÓNAMBIENTAL

    FECHA

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO PRODUCTIVO

    D M A

    DIRECCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICOPRODUCTIVO-COMPETITIVO DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    41/76

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    39

    2. Dependencia:• DIRECCIÓN DE DESARROLLO

    ECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO.

    3. Ejerce supervisión:• Ninguna.

    4. Relaciones Intrainstitucionales:• Denidas por las actividades de la

    Unidad.

    5. Relaciones interinstitucionales:• Denidas por las actividades

    de la Unidad.

    6. Razón de ser de la Unidad o ÁreaOrganizacional:

    • Facilitar procesos y procedimientos de

    los actores económicos locales para lapromoción del desarrollo económicoproductivo.

    7. Funciones y atribuciones específicas:• Validación de la demanda productiva

    del sector económico (Producción yTransformación Primaria).

    • Identicación, Elaboración, Presentación,Corrección y defensa de Planes deNegocios, Proyectos o cualquier tipode propuesta de financiamiento conrecursos públicos.

    • Acompañamiento en las fases deImplementación, Seguimiento,Monitoreo, Ajuste, Cierre y Entrega (sicorresponde) de las acciones financiadas.

    • Alimentación de la Base de DatosMunicipal para el desarrollo económicoproductivo (Ingreso, Empleo, Ventas,Rentabilidad, etc.).

    1. Nombre de la Unidad o Área Organizacional: UNIDAD DE FOMENTO AL DESARROLLO RURAL

    LOGOG.A.M. GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE………MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO-PRODUCTIVO-MUNICIPAL

    UNIDAD DE FOMENTO ALDESARROLLO RURAL

    UNIDAD DE FOMENTOA LA INDUSTRIA,

    COMERCIO Y TURISMO

    UNIDAD DE GESTIÓNAMBIENTAL

    FECHA

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO PRODUCTIVO

    D M A

    DIRECCIÓN DE DESARROLLOECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    42/76

    40

    2. Dependencia:• DIRECCIÓN DE DESARROLLO

    ECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO.

    3. Ejerce supervisión:• Ninguna.

    4. Relaciones Intrainstitucionales:• Denidas por las actividades

    de la Unidad.

    5. Relaciones interinstitucionales:• Denidas por las actividades de

    la Unidad.

    6. Razón de ser de la Unidad o ÁreaOrganizacional:• Facilitar procesos y procedimientos

    de los actores económicos locales parala promoción del desarrollo económicoproductivo.

    7. Funciones y atribuciones específicas:• Validación de la demanda municipal del

    sector económico (Industria, Comercio yTurismo).

    • Identicación, Elaboración, Presentación,Corrección y defensa de Planes deNegocios, Proyectos o cualquier tipode propuesta de financiamiento conrecursos públicos.

    • Acompañamiento en las fases deImplementación, Seguimiento,Monitoreo, Ajuste, Cierre y Entrega (sicorresponde) de las acciones financiadas.

    • Alimentación de la Base de DatosMunicipal para el desarrollo económicoproductivo (Ingreso, Empleo, Ventas,Rentabilidad, etc.)

    1. Nombre de la Unidad o Área Organizacional: UNIDAD DE FOMENTO A LA INDUSTRIA, COMERCIO YTURISMO

    LOGOG.A.M. GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE………MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO-PRODUCTIVO-MUNICIPAL

    UNIDAD DE FOMENTO ALDESARROLLO RURAL

    UNIDAD DE FOMENTOA LA INDUSTRIA,

    COMERCIO Y TURISMO

    UNIDAD DE GESTIÓNAMBIENTAL

    FECHA

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO PRODUCTIVO

    D M A

    DIRECCIÓN DE DESARROLLOECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    43/76

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    41

    2. Dependencia:• UNIDAD DESARROLLO ECONÓMICO

    Productivo.

    3. Ejerce supervisión:• UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL.

    4. Relaciones Intrainstitucionales:• Dirección de Desarrollo Productivo.• Otras Direcciones con relación directa.

    5. Relaciones interinstitucionales:Instituciones

    • Públicas (Nacionales, Departamentales yMunicipales).

    • Instituciones Privadas de Desarrollo.

    6. Razón de ser de la Unidad o ÁreaOrganizacional:

    • Promover, sensibilizar, motivar y educarsobre la temática Ambiental, generandoen los programas y proyectos unaconciencia ambiental.

    1. Nombre de la Unidad o Área Organizacional: DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE

    LOGOG.A.M. GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE………MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO-PRODUCTIVO-MUNICIPAL

    UNIDAD DE FOMENTO ALDESARROLLO RURAL

    UNIDAD DE FOMENTOA LA INDUSTRIA,

    COMERCIO Y TURISMO

    UNIDAD DE GESTIÓNAMBIENTAL

    FECHA

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO PRODUCTIVO

    D M A

    DIRECCIÓN DE DESARROLLOECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    44/76

    42

    7. Funciones y atribuciones específicas:• Establecer un sistema de monitoreo a la

    calidad ambiental.• Supervisar el complemento de las normas

     y condiciones de higiene de sanidad enla elaboración, transporte y venta deproductos alimenticios para el consumo,humano y animal, así como sancionar suquebrantamiento, en coordinación conotros órganos del ejecutivo.

    • Denunciar y destruir sin derecho areclamo alguno, para los infractores,

    los bienes de consumo humano oanimal que genera o pudiera generarcondiciones patológicas de cualquier tipoo naturaleza.

    • Preservar, conservar y contribuir a laprotección del medio ambiente y losrecursos de la naturaleza.

    • Cumplir y hacer cumplir leyes especícasnacionales y municipales de uso del suelo

     y subsuelo, agua y recursos naturales.

    • Sancionar en el marco de sus

    competencias los daños a la salud pública y al medio ambiente ocasionados porlas actividades industriales, comercialeso económicas de cualquier tipo onaturaleza.

    • Denunciar y demandar la recuperaciónde daños y perjuicios cuando provengande municipios vecinos.

    • Ejecutar planes y programas quepermitan eliminar o reducir las causas

     y defectos de los desastres naturalesprovocados por el hombre.

    • Presenta una opinión Ambiental sobreplanes de negocios, proyectos y/oacciones Económico-productivas a serpresentados al Consejo de DesarrolloEconómico-Productivo-Competitivo.

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    45/76

    G U Í A D E O R I E N T A C I Ó N D E LD E S A R R O L L O E C O N Ó M I C O P R O D U C T I V O

    P A R A L A S C A R T A S O R G Á N I C A SM U N I C I P A L E S

    43

    1. Nombre de la Unidad o Área Organizacional: UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL

    LOGOG.A.M. GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE………MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO-PRODUCTIVO-MUNICIPAL

    UNIDAD DE FOMENTO ALDESARROLLO RURAL

    UNIDAD DE FOMENTOA LA INDUSTRIA,

    COMERCIO Y TURISMO

    UNIDAD DE GESTIÓNAMBIENTAL

    FECHA

    UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO PRODUCTIVO

    D M A

    DIRECCIÓN DE DESARROLLOECONÓMICO-PRODUCTIVO-COMPETITIVO DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE

    2. Dependencia:• DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE.

    3. Ejerce supervisión:• Ninguna.

    4. Relaciones Intrainstitucionales:• Denidas por las actividades

    de la Unidad.

    5. Relaciones interinstitucionales:• Denidas por las actividades de la

    Unidad.

    6. Razón de ser de la Unidad o ÁreaOrganizacional:

    • Facilitar procesos y procedimientosde los actores económicos locales parala promoción del desarrollo económicoproductivo.

    7. Funciones y atribuciones específicas:• Validación que la demanda Productivo

    del sector económico se ajuste a lanormativa ambiental.

    • Identicación, Elaboración, Presentación,Corrección y defensa de Planes deNegocios, Proyectos o cualquiertipo de propuesta de financiamiento

    con recursos públicos de proyectosambientales cuando corresponda.• Acompañamiento en las fases de

    Implementación, Seguimiento,Monitoreo, Ajuste, Cierre y Entrega (sicorresponde) de las acciones financiadas.

    • Coordinar con la Unidad de DesarrolloRural la alimentación de la Base deDatos Municipal para el desarrolloeconómico productivo (Ingreso, Empleo,Ventas, Rentabilidad, etc.).

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    46/76

    Manual deProcedimientode Asignaciónde Recursospara el Desarrollo

    EconómicoProductivo

  • 8/17/2019 Guía de Orientación del Desarrollo Económico Productivo para las Cartas Orgánicas Municipales

    47/76

    I. INTRODUCCIÓNEl presente documento tiene comofinalidad proporcionar elementos básicosque permitan la asignación de recursospúblicos para financiar acciones definidasen favor del desarrollo ec