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Guía de la Web para la cumplimentación del Documento Único Electrónico (DUE)

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CONTENIDO

1. Emprendedor de Responsabilidad Limitada ............................................................. 2

1.1 Datos personales................................................................................................ 2

1.2 Actividades ......................................................................................................... 4

1.3 Declaración Censal ............................................................................................. 7

1.4 ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales) .............................................. 11

1.5 Seguridad Social ............................................................................................... 11

1.6 Trabajadores .................................................................................................... 14

1.7 facturación ....................................................................................................... 19

1.8 Agencia protección datos ................................................................................ 20

1.9 Documentos ..................................................................................................... 22

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1. EMPRENDEDOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

1.1 DATOS PERSONALES

En la pestaña DATOS PERSONALES Se cumplimentarán los datos identificativos del emprendedor. A continuación se describirán cada uno de los apartados que componen esta sección. En este primer apartado, se requieren “datos personales” del emprendedor, como el

tipo de documento de identidad (DNI, NIE o Pasaporte), seguido del número

correspondiente, la fecha de nacimiento, la nacionalidad (seleccionando el combo

podemos elegir cualquier país), nombre, apellidos, sexo, estado civil y fecha del estado

civil en su caso (se bloqueará la fecha del estado civil en el supuesto de seleccionar el

estado civil de soltero).

A continuación, en caso de que el emprendedor disponga de “representante”, se

seleccionará y se desplegará las casillas pertinentes solicitando los datos personales

del representante y si este actúa bajo poder o título.

Como elemento distintivo frente a la figura del autónomo, el Emprendedor de

Responsabilidad Limitada, cualquiera que sea su actividad, podrá limitar su

responsabilidad por las deudas que traigan causa del ejercicio de dicha actividad

empresarial o profesional mediante la asunción de la condición de «Emprendedor de

Responsabilidad Limitada».

En concreto podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad la vivienda habitual

del deudor siempre que su valor no supere los 300.000 euros, valorada conforme a lo

dispuesto en la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y

Actos Jurídicos Documentados en el momento de la inscripción en el Registro

Mercantil. En el caso de viviendas situadas en población de más de 1.000.000 de

habitantes se aplicará un coeficiente del 1,5 al valor del párrafo anterior.

Para ello, deberá completar en el DUE, los datos de la vivienda. En concreto en “Registro de Vivienda”, indicaremos Registro Propiedad, IDUFIR, Valor €, Sección, Nº Finca, Nº Subfinca, Duplicado y Descripción.

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A efectos de notificaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, también se exige cumplimentar al menos uno de los dos datos que aparecen en el apartado “Notificaciones TGSS”, o bien el teléfono o bien el email. En medio de notificación Sociedad, tendremos las opciones correo, email o fax (hay que recordar que para seleccionar una de estas opciones, previamente se ha tenido que ofrecer dicha información).

Por último, en el apartado de “domicilios” registraremos los domicilios de residencia,

fiscal, de notificación y de domicilio registrado.

Para registrar un nuevo domicilio, pulsaremos en el botón nuevo y se nos abrirá la ventana correspondiente a los datos del domicilio. En esta ventana, se registrarán los datos del domicilio, el tipo de vía, el nombre de la vía, el km o el número, el bloque, el portal, etc. Es imprescindible cumplimentar los datos obligatorios para poder guardar el domicilio. Antes de guardar la información, se validarán los dos primeros dígitos del código postal, que deberán coincidir con los de la provincia. En cualquier caso, se recomienda verificar manualmente a través del enlace que hay en la parte inferior de la ventana, ya que si no corresponde el código postal con la dirección introducida los actores pueden rechazar el alta. Por otra parte, el alias del domicilio es el nombre que aparecerá en la línea del domicilio correspondiente, en caso de que optemos por no cumplimentar este dato,

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en la línea del domicilio correspondiente aparecerá el nombre de la vía, el número, el código postal, la provincia y el municipio). Además, en esta misma ventana se puede crear, modificar o borrar un conjunto de domicilios que, posteriormente, se podrán asociar al DUE. Para ello, se le permite al usuario registrar un nuevo domicilio, duplicar el existente, borrar o editar datos. Hay que recordar que el sistema no permitirá borrar un domicilio si está asignado a algún elemento del DUE.

1.2 ACTIVIDADES

En la pestaña ACTIVIDADES, se indicará cuáles son las distintas actividades que desarrollará el Emprendedor de Responsabilidad Limitada en el futuro.

En esta pestaña se deberá primeramente registrar los datos relativos al “centro de

Actividad” como es la superficie total y el domicilio (podemos elegir uno de los

domicilios ya registrados en el apartado de datos personales o se puede registrar uno

nuevo, utilizando para ello el botón nuevo). Es importante resaltar que la ubicación del

domicilio del centro de trabajo debe encontrarse necesariamente en España. También

se podrá especificar la superficie computable, rectificada, la referencia catastral, el

número de referencia.

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Posteriormente, los datos de nombre comercial, la fecha de inicio de actividad y el

número de trabajadores.

El emprendedor podrá desarrollar varias actividades. Para especificar qué tipo de actividades realizará nos apoyaremos en la “Clasificación Nacional de Actividades Económicas” (CNAE) y los códigos del “Impuesto de Actividades Económicas” (IAE).

Para añadir estas actividades pulsaremos en el botón Seleccionar. Aparecerá una ventana donde se podrán realizar búsquedas a través de filtros. Una vez se haya localizado la actividad a desarrollar por la empresa, pulsaremos el botón Añadir. Una vez añadida la actividad o actividades, se deberá indicar cuál es la actividad principal, para ello, seleccionaremos la misma y esta se pondrá en letra cursiva. Finalmente pulsaremos el botón Volver para salir. Esta operación se deberá realizar con los CNAEs y con los IAEs.

Tras haber definido las actividades que va a realizar la empresa, será necesario asignar a cada IAE el lugar de desarrollo de la actividad.

Si alguna de las actividades se va a realizar fuera del Local, se deberá indicar en el apartado “Lugares de Desarrollo de Actividad Fuera del Local”. Para ello, se deberá pulsar en el botón Seleccionar. Posteriormente seleccionaremos los municipios en los cuales van a desarrollarse dichas actividades y pulsaremos el botón Añadir sobre la

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actividad que se va a realizar en dicho municipio. Así sucesivamente con el resto de actividades, que de igual modo se desarrollen fuera del local. Una vez finalizado, pulsaremos el botón Volver.

Si la actividad se va a desarrollar en alguno de los locales de la sociedad, se indicará en el apartado “Locales Directa/Indirectamente afectos a la Actividad”, donde por cada actividad se puede especificar cuál es el local donde se desarrolla la susodicha actividad, cumplimentado el tipo de afectación (directa o indirecta), local afecto, el grado y el uso o destino del local (en el caso de haber seleccionado la opción indirecta). Una vez rellenados los datos, pulsaremos al botón Añadir sobre la actividad seleccionada. Y finalizaremos nuevamente, marcando el botón Volver.

En función de la ubicación del centro de trabajo, se podrá realizar la comunicación de apertura del centro de trabajo y la solicitud de licencia de apertura si así está disponible para dicha provincia.

Para realizar una comunicación de apertura del centro de trabajo, se deberá marcar la opción pertinente. Al marcar dicha opción, aparecerá un nuevo formulario donde se deberá cumplimentar la información necesaria para realizar dicho trámite. Titular, la fecha de inicio de actividad, el nombre del centro de trabajo, la clase del centro de trabajo, si tiene maquinaria o aparatos instalados, la potencia instalada, así como en su caso, la modalidad de organización preventiva o si realiza trabajos o actividades incluidos en el Anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.

Para recibir las notificaciones asociadas al trámite de apertura del centro de trabajo, la Comunidad Autónoma pertinente empleará el medio elegido en el apartado “Notificación Apertura”. Si el emprendedor selecciona la primera opción, indicará una dirección de correo electrónico (esta opción solo está disponible para algunas provincias). Si por el contrario selecciona uno de los domicilios, las notificaciones se realizarán a dicho domicilio.

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Por último, podrá solicitarse de igual modo, si así está disponible en atención al domicilio registrado, licencia de apertura. Una vez seleccionada dicha casilla, se habilitará los distintos campos, como por ejemplo Solicitante, IAE, Actividad anterior y Nueva actividad, Descripción de las Obras, Otras actuaciones, Datos adicionales de domicilio o Domicilio Notificación.

Tras finalizar la cumplimentación, pulsaremos el botón guardar.

1.3 DECLARACIÓN CENSAL

En la pestaña correspondiente a la DECLARACIÓN CENSAL se corresponde con el modelo 037 que se presentaría presencialmente en la Agencia Tributaria. En este apartado se requieren como mínimo para poder guardar los datos correspondientes a la comunicación de inicio de actividad, el régimen de IVA aplicable a la actividad correspondiente y el método de estimación del IRPF. Las dos primeras preguntas se corresponden con la comunicación de inicio de actividad, la casilla 502 se marca en caso de que las entregas de bienes o prestaciones de servicios sean previas o simultáneas a la adquisición de bienes o servicios. Sin embargo, la casilla 504 significa que las entregas de bienes o prestaciones de servicios serán posteriores a la adquisición de bienes o servicios. A continuación, aparecen las cuestiones relativas al IVA. Nos incluiremos en la casilla 501 si las operaciones que vayamos a realizar están exentas de IVA. El resto de casillas hasta la casilla 574 se refieren a los diferentes

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regímenes de IVA en los que podemos incluir nuestra actividad. Al elegir uno de ellos, debemos seleccionar el epígrafe del IAE correspondiente. En el caso de que la actividad vaya a realizar compras a países de la UE regularmente, es conveniente marcar la casilla 582 solicitando alta en el registro de operadores intracomunitarios. Esta opción nos evitará solicitar a la Hacienda del país de origen la devolución por el importe del impuesto que fue abonado en la factura. Seguidamente, la casilla 586 en la que se propone un porcentaje provisional de deducción sólo se cumplimentará en caso de que previamente se haya seleccionado la casilla 504.

A continuación, nos encontramos con la Opción de seleccionar la casilla “Si no tiene sectores diferenciados”. Cuando indicamos que “no” a la primera pregunta, se nos habilitará las casillas de 591, 595, 599. Deberemos marcar Sector I, II o III dependiendo de cuantas sectores diferenciados tengamos. Si nuestras actividades se encuadran en CNAEs distintos, estaremos en sectores diferenciados (Podemos hablar de sectores diferenciados, cuando la asignación de CNAE no coincida a nivel de TRES dígitos).

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Por otro lado, la casilla 600 se refiere a la obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF derivados del desarrollo de actividades económicas propias. De la casilla 604 a la 612 elegiremos el método de estimación del IRPF en el que queda incluida nuestra actividad, teniendo en cuenta que sólo algunas actividades incluidas en la correspondiente Orden del Ministerio de Hacienda pueden incluirse en el método de estimación objetiva del IRPF, también llamado módulos. Por otro lado, Finalmente, nos aparecerán las casillas de la 700 a la 712. Se trata de preguntas que representan las posibles obligaciones que pueda tener la Sociedad y que deba atender, como por ejemplo la casilla 700 que se refiere a la obligación de realizar retenciones o ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo personal (se marcaría en caso de que el trabajador autónomo contratara a trabajadores), la casilla 701 supone la obligación de realizar retenciones sobre rendimientos de actividades profesionales, agrícolas, ganaderas, forestales u otras actividades económicas, premios, determinadas imputaciones de renta o determinadas ganancias patrimoniales, la casilla 702 se refiere a la obligación de realizar retenciones o ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes de arrendamientos urbanos (se marcaría en el supuesto de alquilar un local). Por otra parte, la casilla 910 se refiere a los sujetos pasivos en el Régimen Especial de la agricultura, ganadería y pesca, sujetos pasivos exentos y personas jurídicas que no actúen como empresarios o profesionales para que opten al régimen general del IVA en base al artículo 14 de la Ley del IVA.

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Solo nos quedaría el apartado de gravamen en destino en el caso de ventas a distancia a otros estados miembros (Art.68, apartado cuarto de la ley del IVA). Será necesario especificar el lugar de realización de las entregas de bienes, ya que no se entenderán realizadas en el territorio de aplicación del impuesto, las entregas de bienes cuya expedición o transporte se inicie en dicho territorio con destino a otro Estado miembro. (Cuando concurran los requisitos a que se refieren los números 1.º, 2.º y 3.º del apartado anterior y el importe total de las mismas, excluido el impuesto, haya excedido durante el año natural precedente de los límites fijados en dicho Estado a estos efectos.)

Por último, en caso de que el autónomo o autónoma vaya a disponer de representante a efectos de comunicaciones con la Agencia Tributaria, se selecciona que Si a la pregunta de si está representado y se solicitan datos personales del representante, datos concernientes al domicilio fiscal del representante y datos relativos a la representación.

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1.4 ITP (IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES)

En esta pestaña y tras haber indicado previamente a uno de los socios como presentador del ITP, se aceptará la presentación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, tras realizar el correspondiente check en la casilla ¿Ha entendido y acepta las condiciones del texto?. Finalmente pulsaremos sobre guardar.

1.5 SEGURIDAD SOCIAL

El primer dato a cumplimentar en el apartado concerniente a SEGURIDAD SOCIAL es el tipo de emprendedor de responsabilidad limitada, que podrá ser un trabajador autónomo convencional, un autónomo trabajador del mar y un autónomo económicamente dependiente. Después, aparece el nombre y el documento de identidad del emprendedor, que están cumplimentados con la información introducida en los datos personales.

A continuación, se cumplimentará el número de Seguridad Social si ya se dispone de uno, o se solicita un número de afiliación a la Seguridad Social si no se dispone de uno.

Como se puede observar, en el apartado “Alta de Trabajador” el CNAE o CNAES elegidos por el trabajador autónomo también aparecen cumplimentados automáticamente, a partir de la información rellenada en la sección Actividades.

En cuanto a los “Datos del representante”, en caso de que el emprendedor vaya a disponer de representante a efectos de comunicaciones con la Seguridad Social cumplimentaremos su nombre y apellidos, su número de documento de identidad y su número de la Seguridad Social.

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El “régimen de encuadramiento” en la Seguridad Social se asigna automáticamente a partir de la información aportada (RETA o régimen especial de trabajadores autónomos en el caso del autónomo y el autónomo económicamente dependiente y RETAM en el supuesto del autónomo del mar).

A continuación, se pueden dar situaciones especiales del autónomo como el hecho de que se encuentre incluido en un Colegio Profesional, en este caso, se marcará tal circunstancia y seleccionando el combo de Colegios Profesionales, donde aparecen todos los existentes. Otra situación especial es que el emprendedor en cuestión, sea una persona incapacitada, en este caso habrá que tenerlo en cuenta para notificárselo a la Seguridad Social, ya que pueden aplicársele bonificaciones u otro tipo de incentivos.

Respecto a la “base de cotización”, se deberá seleccionar la mínima, la máxima u otra diferente, además de poder optar por la revalorización automática de la misma.

En lo relativo a la mutua que cubra la “incapacidad temporal”, debemos elegir una obligatoriamente.

La “cobertura de contingencias profesionales y el cese de actividad”, sí tienen carácter voluntario para el emprendedor de responsabilidad limitada convencional.

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Respecto a la “incapacidad temporal en situación de pluriactividad”, la seleccionaremos en el caso de que el emprendedor esté trabajando simultáneamente por cuenta ajena y ya tenga cubierta esta contingencia.

Después, se elige el domicilio a efectos de “Notificaciones” de la Seguridad Social, el número de cuenta para la “domiciliación del pago de las cuotas” y, por último, existe un campo libre de “observaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social”, en el que podríamos recordar que la persona interesada tiene derecho a unas bonificaciones determinadas.

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1.6 TRABAJADORES

Comenzamos cumplimentando los “datos personales” de los trabajadores que vayan a ser contratados, entre ellos: el tipo de documento de identidad, el número de dicho documento, la fecha de nacimiento, el nombre y los apellidos, la nacionalidad (seleccionando el combo correspondiente podemos elegir cualquier nacionalidad), el sexo y el número de Seguridad Social del trabajador en cuestión. Si no dispone de número de Seguridad Social, se solicitará la asignación de un número de Seguridad Social más abajo. Posteriormente, seleccionamos el domicilio del trabajador de los ya registrados a lo largo del DUE, si necesitamos un nuevo domicilio lo damos de alta a través del botón nuevo. Una vez que hemos cumplimentado los datos personales del trabajador, en caso de que el trabajador sea “familiar colaborador”, se indicará tal circunstancia en dicho apartado, así como el tipo de parentesco, (seleccionando de la lista correspondiente la opción que corresponda) la convivencia y dependencia económica. Si las marcamos, estaríamos dando de alta lo que denominamos autónomo colaborador.

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Es obligatorio establecer la fecha de “alta del trabajador”, que podrá ser en los 60 días naturales siguientes a la fecha de inicio de actividad en el caso de los trabajadores por cuenta ajena o el mismo día de inicio de actividad en el supuesto de los trabajadores por cuenta propia. A continuación, indicaremos si el trabajador se encuentra dentro del Régimen “Especial del Mar” o dentro de alguno de los “regímenes especiales” de la Seguridad Social. Tras registrar estos datos, se elige el “centro de trabajo” en el que van a prestar sus servicios los trabajadores, que será aquel que hayamos indicado en el apartado de actividades.

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Posteriormente, realizamos la asignación del “régimen de encuadramiento” en la Seguridad Social. En función de esta asignación, el trabajador será por cuenta ajena o por cuenta propia, exigiéndose datos diferentes en uno u otro caso.

En el supuesto de que el trabajador sea por “cuenta ajena”, rellenaremos datos como el grupo de cotización o el tipo de contrato. Para ciertos tipos de “contrato”, es posible realizar la comunicación del contrato de trabajo con el Servicio Público de Empleo, en esos casos se deberá cumplimentar la fecha de inicio, la fecha de fin si corresponde, el nivel formativo o la ocupación. Otro tipo de datos que podemos registrar son la “cobertura de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales”, el “coeficiente a tiempo parcial”, “condiciones del trabajador” como si se trata de un desempleado de larga duración o si es una persona incapacitada. En lo que se refiere a la apertura del código cuenta de cotización, la realizaremos en la misma pestaña que los trabajadores. Obligatoriamente debe existir un código cuenta de cotización principal. Por último, en lo que se refiere al registro del trabajador por cuenta ajena, consignaremos la “mutua” que cubrirá los accidentes de trabajo.

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En caso de que el trabajador sea por “cuenta propia”, debemos cumplimentar datos como el CNAE, la mutua de incapacidad temporal a la que se acogerá el trabajador, el domicilio de notificación elegido, la base de cotización elegida, la posibilidad de que se encuentre ya dado de alta en el Régimen de Autónomos, si se acoge a cobertura de contingencias profesionales y al cese de actividad o a la revalorización automática de la base de cotización. Por último, registramos los “datos para la domiciliación del pago de las cuotas de la Seguridad Social”.

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1.7 FACTURACIÓN

En esta pestaña, se ofrecerá información sobre los aranceles que supondrá la

tramitación del alta del Emprendedor de Responsabilidad Limitada.

Tal y como se indica en la leyenda, la información ofrecida relativa a los costes

arancelarios, es a meros efectos informativos y que en ningún caso la Dirección

General de Industria y de la PYME es responsable en el cálculo de aranceles que

realicen notarios y registradores en aplicación de la normativa referente a la

constitución de sociedades.

El Registro Mercantil Provincial cobrará los aranceles correspondientes por la

inscripción de la condición de «Emprendedor de Responsabilidad Limitada». En “datos

de facturación”, nos encontraremos también con la opción de recalcular el coste final,

aplicando el IRPF mediante el check sobre el apartado ¿Aplica retención del IRPF?.

A continuación se deberá indicar el “modo de pago”, si la misma se realizará mediante

tarjeta o mediante ingreso a cuenta. En el primer supuesto, indicaremos número de

tarjeta y fecha de caducidad y en el segundo los datos de la entidad bancaria que

corresponda.

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1.8 AGENCIA PROTECCIÓN DATOS

En esta pestaña registramos la información necesaria para poder inscribir los ficheros de datos de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos, tanto el fichero de Clientes y/o Proveedores como el de Nominas-Recursos humanos. Por un lado, elegiremos la actividad a la que se dedica en el apartado “responsable del fichero” y posteriormente seleccionamos las finalidades del tratamiento de los ficheros.

Por otro lado, señalaremos los “colectivos o categorías de interesados” a los que afectan dichos tratamientos. Contaremos en este caso, con un campo abierto Otros colectivos por si los colectivos propuestos no reflejan concretamente las necesidades de la entidad y necesitan cumplimentar con otros datos. A continuación, indicamos en el apartado “tipos de datos, estructura y organización del fichero” los datos que serán objeto del fichero y que determinarán el nivel de seguridad a aplicar al mismo (datos de afiliación sindical o de salud los cuales requerirán la adopción de medidas de seguridad de nivel alto, o datos tales como DNI, teléfono, dirección o el nombre y apellidos, así como otro apartado para incluir “otros datos tipificados” con la casilla otros tipos de datos, si quisiéramos concretar que más datos son objeto de tratamiento.

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Por defecto, el Fichero de “Clientes y Proveedores” tiene deshabilitado el check de afiliación sindical, estando habilitado para el supuesto de “Nóminas - Recursos Humanos”.

Continuaremos completando el “sistema de tratamiento” de los datos, pudiendo ser manual, automatizado o mixto (este último supuesto para el caso de que se utilicen tanto el sistema manual como automatizado). Las “medidas de seguridad”, como hemos indicado, dependerá del tipo de datos solicitados. En ocasiones estas casillas podrán estar marcadas por defecto, como puede ser en el supuesto de haber indicado recogida de datos de afiliación sindical o de salud que exigen un nivel alto. Por último, registraremos las “categorías de destinatarios de cesiones” en caso de que exista cesión o comunicación de datos. De igual modo contaremos con un campo

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abierto para completar en caso de que se den supuesto no contemplados como es el campo “Otros destinatarios de cesiones”

1.9 DOCUMENTOS

En la pestaña de DOCUMENTOS, se podrán adjuntar los documentos que sean necesarios. Tras marcar la opción nuevo, seleccionaremos en el despegable tipo de documentación el documento que proceda (Documento de Identidad, la autorización para cursar el alta en la Seguridad Social y si procede la documentación que acredite la incapacidad, entre otros) y se adjuntará en la sección seleccione documento a adjuntar.

Por último, en el apartado Descripción podremos redactar un pequeño texto

descriptivo del documento adjunto.