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GUIA DE DERECHOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MIGRANTESPágina 1

PRESENTACIÓN

La Corporación “Colectivo Sin Fronteras”, es una institución que tiene como propósito aportar a la construcción de una sociedad que cuente con condiciones legales, sociales y culturales que garanticen tanto, el ejercicio de derechos de niños, niñas migrantes y sus fami-lias; como, la convivencia intercultural. Con este propósito, nuestra institución asume la misión de promover la interculturalidad, así como la integración social y ejercicio de derechos de niños y niñas migrantes y de sus familias.

En el trabajo que desarrolla el Colectivo Sin Fronteras, se ha impul-sado la aplicabilidad de los importantes avances normativos que, desde algunas instituciones públicas se han dado, para homologar derechos entre niños y niñas migrantes y nacionales. En este proceso, se ha puesto en evidencia, la necesidad de desarrollar iniciativas que socialicen estos avances y amplifiquen su impacto entre los niños y niñas migrantes.

Así, asumimos como tarea importante, el desarrollar la Campaña Nacional “Derechos sin fronteras, para todos los niños y niñas”. Esta, campaña involucra el desarrollo de acciones de incidencia des-centralizada, con distintos garantes de Derechos de los niños y niñas, esto es, instituciones públicas y de la sociedad civil, así como adul-tos responsables dentro de la población migrante. Con estos actores, se propone impulsar la habilitación y/o fortalecimiento de canales institucionales y de información, que favorezcan el ejercicio de Dere-chos de la infancia migrante que reside en Chile.

Como parte de la Campaña referida, se presenta esta Guía de Dere-chos de los niños y niñas migrantes, que contiene información so-

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bre normativas y procedimientos que, permitan a los actores que se vinculan o trabajan con población infantil migrante, aportar en los procesos de inclusión social y el respeto de los Derechos de los niños y niñas migrantes residentes en Chile.

Agradecemos en el desarrollo de la Campaña, el auspicio de Funda-ción Anide y agencia alemana de cooperación Kinder Not Hilfe, así como el patrocinio de Unicef, Mideplan, Mineduc, Minsal, Fonasa, División de organizaciones sociales de la Secretaría General de Go-bierno, Sename y el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior.

PRESENTACIÓN

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ASPECTOS LEGALES

La movilidad de las personas, incluyendo la de ni-ños y niñas requiere la gestión de distintos documen-tos legales que permiten que tanto en la salida, el tránsito y la llegada a un segundo o tercer país se ga-rantice desde su integridad física hasta su estabilidad emocional, además de la generación de condiciones adecuadas para la inserción en el país de destino. Por ello, resulta de suma importancia contar con toda la documentación requerida antes y después de reali-zar el traslado de un país a otro.

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ASPECTOS LEGALES

¿Qué consideraciones se deben tener para el ingreso y salida de niños y niñas?

El traslado de niños y niñas de un país a otro conlleva una gran responsabilidad para los adultos responsables, ya que el no contar con la documentación necesaria, se expone a los niños y niñas a gra-ves riesgos que pueden significar la vulneración de sus derechos y/o la comisión de actos que están sancionados como delitos penados por la ley. Por tanto es de suma importancia garantizar que an-tes de iniciar el traslado, los niños y niñas cuenten con toda la documentación requerida para el ingreso o salida de sus países de origen o de destino, y que además lo hagan por los controles fronterizos establecidos para esto. Estos procedimientos permiten resguardar sus derechos, salud e integridad.

Según el “Acuerdo sobre Procedimiento para la Verificación de la Documentación de Egreso e Ingreso de Menores”, que rige para los países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay, y Venezuela; cuando se viaje con un niño o niña en condición de turistas, se deben presentar en Policía Internacional, los siguientes documentos de acuerdo a cada caso:

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ASPECTOS LEGALES

1. Niños y niñas que viajen acompañados por ambos padres:

• Pasaporteocéduladeidentidadvigentesegúnseaelpaísdedestino.

• CertificadodeNacimientooLibretadeFamilia,mástresfo-tocopiassimplesdeldocumento.

2. Niños y niñas que viajen acompañados por sólo uno de sus padres:

• Pasaporteocéduladeidentidadvigentesegúnseaelpaísdedestino.

• CertificadodeNacimientooLibretadeFamilia,mástresfo-tocopiassimples.

• CertificadodeDefunción,encasodeestarfallecidounodelospadres,mástresfotocopiassimples.

• AutorizaciónNotarialdelpadrequenoviaja,entregandosuconsentimientopara la salidadel niño oniñao la autori-zacióndelTribunaldeFamiliaquecorresponda,enoriginalmástresfotocopiassimples.

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ASPECTOS LEGALES

3. Niños y niñas que NO viajen acompañados de sus padres:

• Pasaporteocéduladeidentidadvigentesegúnseaelpaísdedestino.

• CertificadodeNacimientooLibretadeFamiliamástresfoto-copiassimples.

• CertificadodeDefunción,encasodeestarfallecidosambospadres,mástresfotocopiassimples.

• AutorizaciónNotarialdeambospadres,entregandosucon-sentimientoparalasalidadelniñooniña,enoriginalmástresfotocopiassimples.

• Autorizacióndel Tribunal de Familia que corresponda, en-tregandoelconsentimientoparaelviajedelniñooniña,enoriginalmástresfotocopiassimples.

En Chile, la normativa que regula la salida de menores de edad chilenos y residentes señala en el Artículo 49°, de la Ley 16.618, entre otros aspectos, quienes son los llamados a otorgar el permiso para que el niño o niña abandone el país, voluntad que el autorizante debe hacer constar en una escritura pública o privada autorizada por Notario Público. Ellos son: los Padres, tutores, padre que concurrió al recono-cimiento, subsidiariamente el Tribunal competente, el terce-ro o padre que goza del régimen de visita.

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ASPECTOS LEGALES

INFORMACION IMPORTANTE

LA DOCUMENTACIÓN A LA QUE SE REFIERE ESTE APARTADO, RELATIVA A LA ENTRADA Y SALIDA DE NIÑOS Y NIÑAS, TIENE COMO FINALIDAD FACILITAR SU MOVIMIENTO EN CONDICIÓN DE TURISTAS. SI LA FINALIDAD DE LOS ADULTOS RESPONSABLES ES TRASLADARSE HACIA CHILE CON FINES MIGRATORIOS, LOS DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EL VÍNCULO FAMILIAR O LA SITUACIÓN DE TUTORÍA DE LOS NIÑOS Y NIÑAS CON LOS ADULTOS RESPONSABLES DEBE ESTAR LEGALIZADA.

Más información en:www.extranjeria.gov.cl/filesapp/Acuerdo_Salida_Menores_Mercosur.pdf

www.policiainternacional.cl/index.html

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ASPECTOS LEGALES

¿Qué tipos de permisos de residencia se pueden solicitar para los niños y niñas extranjeros que llegan a residir a Chile?

Los niños y niñas pueden obtener un permiso de residencia en Chile bajo dos modalidades: La primera es teniendo como funda-mento su vínculo con sus padres o tutores que ya cuenten con un permiso de residencia en Chile. En este contexto, podrán obtener una visa de residencia en calidad de titular o en condición de depen-diente. La segunda modalidad es excepcional y permite a los niños y niñas solicitar un permiso de manera individual e independiente-mente de la situación migratoria de sus padres o tutores.

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ASPECTOS LEGALES

1. Acogiéndose a la situación migratoria de sus padres1.

• Cuandolospadresotutoressontitularesdeunavisaderesiden-cia temporal (sujeta a contrato, de estudiante o temporaria), los niños y niñas podrán acogerse al mismo permiso de sus padres o tutores en calidad de dependientes.

• Cuandolospadresotutoressonresidentespermanentes,losni-ños y niñas podrán solicitar una visa de residencia temporaria (bajo el fundamento de ser familiares de un residente con perma-nencia definitiva) en condición de titular.

2. De manera independiente a la situación migratoria de los padres

Se trata de fórmulas de obtención de permisos de residencia de ca-rácter excepcional, que han sido generados con el fin de resolver la situación migratoria de niños y niñas cuando los padres o tutores no han logrado regularizar su situación migratoria. En estas circunstan-cias, los niños y niñas pueden obtener los siguientes tipos de visas:

1 Los requisitos para las solicitudes de visas están en la página web www.extranje-ria.gov.cl. Estos tienen algunas variaciones entre la Región Metropolitana y las otras Regio-nes de Chile (en el número de fotocopias y fotos) por ello, es necesario revisar la informa-ción completa.

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ASPECTOS LEGALES

a. Visa de Estudiante

Requisitos:

• 1ó2 fotocopiasdelpasaporte(hojasde identificación,nú-meroyfechasdeotorgamientoyvencimientodeésteyhojacontimbredeingreso).

• 1ó2fotocopiadelaÚLTIMATarjetadeTurismo.Siseleex-travió,puedesolicitarunduplicadoenlasoficinasdePolicíaInternacional.

• 3ó2fotografíasrecientes,tamañocarné(3x2cm.),encolo-res,connombrecompletoynúmerodepasaporte.

• Declaración Juradadeambos,oalgunode lospadres indi-candoqueestáalcuidadopersonaldelmenor,firmadaanteNotario.

• CertificadodeNacimientodelniñooniña,indicandoelnom-bredelospadres.

• Eladultodeberequerireldocumentodesanciónporsures-ponsabilidad,sielniñooniñahubiesellegadoaestarensi-tuaciónirregular.

• Presentarunodelossiguientescertificados:certificadoorigi-naldematricula,certificadodematrículaprovisoriaocer-tificadooriginaldealumnoregular,cadaunodeellosdebeindicarnombredeltitular,estudiosynivelquecursa.

• Formulariodesolicitudderesidenciacorrespondienteaestavisa,debidamentecompletado (accesibleenwww.extranje-ría.gov.cl)

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ASPECTOS LEGALES

b. Visa por convenio Ministerio del Interior y Ministerio de Salud.

Requisitos:

• 1ó2 fotocopiasdelpasaporte(hojasde identificación,nú-meroyfechasdeotorgamientoyvencimientodeésteyhojacontimbredeingreso).

• 1ó2fotocopiadelaÚLTIMATarjetadeTurismo.Siseleex-travió,puedesolicitarunduplicadoenlasoficinasdePolicíaInternacional.

• 3ó2fotografíasrecientes,tamañocarné(3x2cm.),encolo-res,connombrecompletoynúmerodepasaporte.

• CertificadodeNacimientodelniñooniña,indicandoelnom-bredelospadres.

• Eladultodeberequerireldocumentodesanciónporsures-ponsabilidad,sielniñooniñahubiesellegadoaestarensi-tuaciónirregular.

• Constanciadeinscripciónenelconsultoriodesaludcorres-pondienteasudomicilioy/ocertificadodelmédicotratanteenelcentroasistencial.

• Formulariodesolicitudderesidenciatemporariacorrespon-diente a esta visa, debidamente completado (accesible enwww.extranjería.gov.cl)

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ASPECTOS LEGALES

c. Visa por Convenio para Mujeres Embarazadas

Requisitos:

• 2 fotocopiasdelpasaportevigente (hojasde identificación,númeroyfechasdeotorgamientoyvencimientodeéste).Noolvidequedebeexhibirelpasaporteoriginal.

• 2 fotocopias de laTarjeta deTurismo.No olvide quedebepresentareloriginal.

• 2 fotografías recientes tamaño carné (3x2 cm.) en colores,connombrecompletoynúmerodepasaporte.

• Certificadodecontroldeembarazoemitidoporelconsulto-rioalquelamujerasiste,conlafirmaytimbredeunaauto-ridadresponsabledeeseservicio.

• Formulariodesolicitudderesidenciacorrespondienteaestavisa,debidamentecompletado (accesibleenwww.extranje-ría.gov.cl)

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ASPECTOS LEGALES

¿Qué requisitos deben cumplir los documentos que acreditan el vínculo con padres o tutores?

En cualquier caso en que un adulto responsable solicite un permi-so de residencia para un niño o niña en Chile, debe necesariamente acreditarse el vínculo entre el adulto y el menor. En este sentido, la documentación de ingreso al país como turista no es suficiente para solicitar un permiso de residencia.

Ya sea que el niño o niña venga acompañado por ambos padres, por uno de ellos o por un tercero que es su tutor legal, la documentación que acredita el vínculo (certificados de nacimiento, tutorías, custo-dias legales o cualquier otra fórmula a través de la cual se acredite la relación entre el adulto y el menor en su país de origen) debe encon-trarse LEGALIZADA.

El procedimiento de legalización, en lo que respecta a las autorida-des chilenas, consta a lo menos de dos etapas: la primera en el país de origen y la segunda una vez que el solicitante ya se encuentra en Chile.

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ASPECTOS LEGALES

1. En el país de origen

Legalización del documento que acredita el vínculo (certificados de nacimiento, tutorías, custodias legales o cualquier otra fórmula a tra-vés de la cual se acredite la relación entre el adulto y el menor en su país de origen) ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Con-sulado Chileno en ese país.

2. Una vez que el solicitante se encuentra en Chile

El documento que acredita el vínculo, legalizado por el Cónsul chile-no en el país de origen, debe ser timbrado por el Departamento de Legalizaciones de la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores (Agustinas 1320, 1º piso – Santiago)

Más información en:www.extranjeria.gov.cl

www.policiainternacional.cl

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DERECHO A LA EDUCACIÓN

¿Qué se necesita para matricular a un niño o niña migrante en una Escuela o Liceo?

Si el niño o niña aún no cuenta con RUN y cédula de identidad de Chile debe:

• UbicarunaEscuelaoLiceoquecuenteconvacantesparaelcursoque requiera.

• Concertificadodenacimientoycertificadosdelosúltimosestu-dios cursados en el país de origen, dirigirse a los Departamentos Provinciales de Educación de la comuna en la que resida. En este lugar se solicita una autorización para matricula provisional. Si niño/a no cuenta con los certificados de estudios, presentar el certificado de nacimiento.

INFORMACIÓN IMPORTANTE

NO TENER LOS CERTIFICADOS DE ESTUDIOS LEGALIZADOS O QUE LOS PADRES Y/O LOS NIÑOS Y NIÑAS NO TENGAN VISA O CEDULA DE IDENTIDAD NO ES IMPEDIMENTO PARA SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE MATRICULA PROVISORIA.

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DERECHO A LA EDUCACIÓN

• Con la autorización de matrícula provisoria, el establecimien-to educacional debe matricular a los niños y niñas. Mientras el alumno se encuentre con “matrícula provisoria” se le considera alumno(a) regular y tiene iguales derechos y garantías que todo alumno(a).

• Unavezhechalamatriculaelpadreomadredeberátramitarsuvisa o permiso de residencia en condición de Estudiante Titular, conforme lo dispone la Circular Nº 1179, de 28 de enero de 2003, del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior.

• Los establecimientos educacionales deberán cautelar que losalumnos migrantes tengan resuelta su situación escolar y estén matriculados en forma definitiva dentro del plazo establecido en el artículo 7º del Decreto Supremo de Educación Nº 651, de 1995 y en todo caso antes del período de evaluaciones de fin de año.

• Matriculado provisionalmente un alumno(a), el sostenedor delestablecimiento educacional subvencionado tiene derecho a la subvención correspondiente y para su pago deberá incluirlo en el boletín de asistencia a partir del momento en que se curse la matricula provisoria.

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DERECHO A LA EDUCACIÓN

¿Cómo se regulariza la matrícula y las calificaciones de los alumnos/as con matrícula provisoria?

• ElMINEDUCestablecequeparaelRegistrodelasActasdeCalifi-cación Final por parte de las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación, los alumnos migrantes deberán contar con la visa de residencia en condición de Estudiante Titular y la respectiva cédula de identidad chilena.

• Considerandoelprincipiodelinteréssuperiordelniñoyelbienes-tar emocional de cada niño o niña, si al finalizar el año escolar, no se ha logrado obtener la visa y cédula de identidad de Chile, ellos/as podrán cursar el siguiente año lectivo. Esto obviamente, si co-rresponde de acuerdo al desempeño obtenido por el alumno/a.

• UnavezobtenidolacéduladeidentidadyRUN,laformaderesol-ver la situación escolar dependerá del caso particular. Si tiene los documentos exigidos para realizar una convalidación de estudios y es conveniente se hará dicha gestión. Si no cuenta con los do-cumentos o bien si ya no es conveniente convalidar, se le aplicará Exámenes de validación.

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DERECHO A LA EDUCACIÓN

¿Cómo se realiza el trámite de convalidación de estudios cuando el apoderado/a cuenta con los certificados de estudio con las legalizaciones que se requieren?

• Losalumnos/asquecuentenconcertificadosdeestudiosdebida-mente legalizados (ver apartado siguiente) y deseen optar por el procedimiento de Convalidación de Estudios para acreditar estu-dios realizados en el extranjero, deberán presentar ante la Oficina Exámenes y Colegios Particulares, (San Camilo Nº 262 en Santia-go), los siguientes documentos:

a. Certificadodenacimiento,paramenoresdeedad.

b. Certificadodeestudiosdeúltimocursoaprobadoenel ex-tranjeroenoriginal;

c. Céduladeidentidadopasaportedelniñooniñaydelpadre,madreoapoderado.

• Paraalumnos/asquenoseencuentrenenlaRegiónMetropoli-tana y opten por el proceso de Convalidación de Estudios, cada Departamento Provincial de Educación y/o Secretaría Regional Ministerial de Educación se preocupará de hacer llegar, en el más breve plazo, la documentación al Nivel Central del Ministerio de Educación.

• Enunplazode3meses(comomáximo),elDepartamentodeExá-menes deberá emitir el certificado de reconocimiento de estudios que permitirá al alumno o alumna ser matriculado en forma defi-nitiva.

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DERECHO A LA EDUCACIÓN

¿Qué requisitos deben cumplir los certificados de estudios para estar debidamente legalizados y ser válidos en Chile?

Los certificados de los estudios realizados por los niños y niñas migrantes en su país de origen, requieren de legalizaciones que de-ben hacerse en distintas instancias tanto en el país de origen como en Chile. Estas son:

En el país de origen

• Legalización en laDirecciónRegional oUnidaddeGestiónEducativacorrespondientealdistritooprovinciaalqueper-tenecelaescuelaocolegio.

• LegalizacióndelCertificadoenelMinisteriodeEducación.

• LegalizaciónenelMinisteriodeRelacionesExterioresdelpaísdeorigen.

• LegalizaciónenelConsuladoChilenoenelpaísdeorigen.

En Chile

• Elcertificadodeestudiosconlasvisacionescorrespondientesdelpaísdeorigen,debesertimbradoporelDepartamentodeLegalizacionesdelaDirecciónGeneraldeAsuntosConsu-laresydeInmigracióndelMinisteriodeRelacionesExterioresubicadoúnicamenteenSantiago(Agustinas1320,1ºpiso–Santiago).

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DERECHO A LA EDUCACIÓN

¿Cómo se realiza el proceso de exámenes libres para validación de estudios previos si no se cuenta con certificados de estudios legalizados?

• Losexámenesdevalidaciónsehacencuandoelalumno/atenien-do cédula de identidad chilena, no cuenta con los certificados de estudios con las legalizaciones que se requieren desde el país de origen, (también cuando no existe convenio con el país de origen o se opta por este procedimiento). El apoderado o la escuela o liceo, puede solicitar al Departamento Provincial de Educación la convalidación de estudios previos del alumno/a, esto a través de la modalidad de exámenes libres. Esta convalidación procede desde el primer año de Educación General Básica hasta el curso que el colegio acredite que le corresponde de acuerdo a la edad y competencias académicas del alumno/a.

• Lainscripciónserealizaconcéduladeidentidaddelalumno/ayentre los meses de marzo a junio (menores de 18) y hasta octubre para los mayores de edad. Sin perjuicio de lo anterior, cada Depar-tamento Provincial de Educación, puede establecer sus propios plazos de inscripción.

• Si el niño/aha cursado estudios (conmatrículaprovisoria), losantecedentes del alumno/a deben ser considerados para deter-minar los cursos que se van a evaluar.

Más información en:www.chileclic.gob.cl/1542/article-46943.html

www.600.mineduc.cl/docs/resguardo/resg_disc/disc_inmi_circ.docwww.guiaderechos.mideplan.cl/educacion/index.php?dr=1&pr=8

www.600.mineduc.cl/docs/resguardo/resg_lydec/[email protected]

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DERECHO A LA EDUCACIÓN

¿Cómo ingresa a la escuela o liceo un niño o niña que cuenta con visa y cédula de identidad de Chile?

Sin perjuicio de que se solicite igualmente, autorización de ma-trícula provisoria, conforme el Decreto Exento Nº 2272 de 2007, se repiten las dos formas de incorporarse al sistema escolar chileno. Es-tas son tanto la Convalidación de estudios, como la validación de es-tudios a través de exámenes libres (ver procedimientos en apartados anteriores).

Si la familia retorna al país de origen, ¿Qué legalizaciones deben te-ner los certificados de estudios para que sean válidos en el país de origen?

Se recomienda consultar previamente en el Consulado del país al cual viaja los documentos que requiere llevar. Obteniendo certifica-dos originales, sin manchas ni enmendaduras (No se aceptan fotoco-pias notariales), realizar las siguientes legalizaciones:

• LoscertificadosdeEducaciónBásicayMediasifueronemitidospor el colegio directamente, deben ser visados previamente por el Departamento Provincial de Educación correspondiente a la comuna del establecimiento.

• SilosobtuvoenlaSecretaríaMinisterialdeEducaciónnorequierevisación previa para ser Legalizado.

• Seguidamente, solicitar legalización exclusivamente en RegiónMetropolitana, en las Oficinas de Atención Ciudadana- 600 Mi-neduc. Está ubicada en Fray Camilo Henríquez (San Camilo) 262.

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DERECHO A LA EDUCACIÓN

El horario de atención es de lunes a jueves de 9:00 a 16:30 horas en horario continuado; y los viernes de 9:00 a 16:00 horas.

• Posteriormentelosdocumentosdeestudiodebenserlegalizadosen el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile (Agustinas 1320, Santiago.9:00 a 14:00 horas).

• FinalmenteeldocumentoselegalizaenelConsuladodelpaísalque se viaja.

Más información en:www.chileclic.gob.cl/1542/article-186870.html

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DERECHO A LA EDUCACIÓN

¿Con qué recursos de apoyo cuentan los y las jóvenes migrantes durante la educación media y/o superior?

Las y los jóvenes migrantes pueden tener acceso a los siguientes recursos:

1. Beca Juan Gómez Millas para estudiantes extranjeros, financia la totalidad o parte del arancel anual de la carrera con un monto máximo de $1.150.000 a estudiantes extranjeros provenientes de América Latina y el Caribe.

2. Crédito con aval del estado dirigido a estudiantes con residencia definitiva, que ingresen a primer año o que se encuentren en cur-sos superiores de una carrera de pregrado.

3. Beca de alimentación para la educación superior, alimentación a los estudiantes más vulnerables que hayan obtenido el Crédito con Aval del Estado, para que puedan continuar estudios de edu-cación superior.

4. Beca Presidente de la República, aporte económico mensual para que estudiantes de escasos recursos económicos, con buen rendi-miento escolar, puedan continuar sus estudios de educación me-dia y superior. Se requiere poseer una visa de residente o llevar 5 años en el país.

5. Beca Junaeb para la PSU, consiste en la subvención económica del costo total de la prueba de selección universitaria, PSU. Sólo pueden acceder los alumnos matriculados en 4° Medio en esta-blecimientos subvencionados. Postular en www.demre.cl.

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DERECHO A LA EDUCACIÓN

6. Beca práctica técnico profesional, Beneficio económico único para alumnas/os de educación media técnico profesional al mo-mento de realizar su práctica.

Más información en:www.becasycreditos.cl

www.junaeb.cl

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PROTECCIÓN DE NIÑOS Y NIÑAS VULNERADOS EN SUS DERECHOS

Los niños y niñas migrantes vulnerados en sus Derechos, ¿pueden acceder a los programas del SENAME?

En el ámbito de Protección de Niños y Niñas migrantes vulne-rados en sus Derechos, los niños y niñas migrantes pueden acceder a los distintos programas residenciales o ambulatorios de SENAME o de su Red de instituciones colaboradoras a nivel nacional, inde-pendientemente de su situación migratoria o de la de sus padres o apoderados.

Además, para la gestión de casos de vulneraciones de derechos de ni-ños y niñas migrantes en los cuales se requiere alguna intervención del SENAME por parte de personas o instituciones extranjeras o chi-lenas, la institución cuenta con la Unidad de Relaciones Internacio-nales y Cooperación.

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PROTECCIÓN DE NIÑOS Y NIÑAS VULNERADOS EN SUS DERECHOS

Unidad de Relaciones Internacionales y Cooperación Servicio Nacional de Menores

La Unidad de Relaciones Internacionales y Cooperación del Ser-vicio Nacional de Menores, tiene dentro de sus principales objeti-vos, además de las materias de cooperación: “Gestionar los casos internacionales que implican la protección de niños y adolescentes vulnerados en sus derechos, chilenos o extranjeros, en los cuales se requiere alguna intervención del SENAME por parte de personas o instituciones extranjeras o chilenas.” La Unidad cuenta con un equi-po profesional, encargado de la atención de estos casos.

Respecto a la gestión de los casos internacionales, el trabajo que rea-liza la Unidad se puede sintetizar en cinco puntos:

1. Rol de Orientación: se orienta respecto a los convenios y trata-dos internacionales que ha suscrito Chile; los países que han ra-tificado dichos convenios; las instituciones a las cuales se puede recurrir y las gestiones a realizar.

2. Peritajes Psicosociales: a solicitud de los tribunales o de otras ins-tituciones extranjeras, se realiza un trabajo de coordinación con los centros de diagnósticos de la red SENAME o servicios sociales de otros países, para que efectúen los peritajes psicosociales soli-citados y, el caso dado, los seguimientos necesarios para determi-nar la integración del niño a una nueva situación en Chile.

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PROTECCIÓN DE NIÑOS Y NIÑAS VULNERADOS EN SUS DERECHOS

3. Coordinación con la división de Servicios Consulares y de Asun-tos Consulares del MINREL: se trabaja en coordinación con las asistentes sociales de dicha repartición, tanto en el tratamiento de los casos que reciben donde estén involucrados niños y ado-lescentes como al requerir SENAME la participación de los consu-lados de Chile en el exterior.

4. Coordinación con contrapartes de Sename en otros países o con embajadas y consulados extranjeros acreditados en Chi-le: trabajo coordinado con las contrapartes del SENAME en otros países, principalmente para solicitarles apoyo en la protección de niños, niñas y adolescentes chilenos que se encuentren en una situación de vulneración de derechos en el extranjero, o niños ex-tranjeros que se encuentren en esa situación residiendo en Chile.

5. Coordinación con otras organizaciones internacionales y re-particiones públicas: en la búsqueda de vías de solución de los problemas de vulneración de derechos que están enfrentando niños, niñas o adolescentes, que involucren a otros países, el SE-NAME realiza un trabajo coordinado con diversas organizaciones internacionales y reparticiones públicas, tales como: Policía Inter-nacional, INTERPOL, Extranjería, Servicio de Registro Civil, OIM.

En este último caso, podemos destacar, por ejemplo, el hecho que el SENAME ha acordado con el Departamento de Extranjería y Mi-gración del Ministerio del Interior, que todas aquellas solicitudes de residencia, que involucren a niños, niñas o adolescentes extranjeros,

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PROTECCIÓN DE NIÑOS Y NIÑAS VULNERADOS EN SUS DERECHOS

que se encuentren en el país sin estar acompañados por uno de sus padres o sin un tutor debidamente acreditado, sean informadas a la Unidad de Relaciones Internacionales, que tiene a su cargo la realiza-ción de una visita domiciliaria y un informe social para verificar las condiciones en que se encuentran y entregar su opinión respecto al trámite de residencia.

Más información en Teléfono: 3984118

Fax: 3905917. www.sename.cl

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PROTECCIÓN SOCIAL

PROTEGE, es la red de protección social del Gobierno de Chile, que articula programas de protección social dirigidos a chilenos, chi-lenas, así como a las personas extranjeras con cédula de identidad de Chile.

La red PROTEGE incluye el trabajo coordinado de los diversos mi-nisterios relacionados con la protección social, y tiene como base un conjunto de nueve programas y beneficios que cubren las principa-les necesidades de la población a lo largo de todo su ciclo vital. Entre los programas vinculados a los Derechos de los niños y niñas están:

1. ChileCreceContigo.

2. Becasdeeducaciónescolarysuperior(algunasdelascualessonaccesiblesparaextranjeros).

3. GarantíasexplícitasdesaludAUGE.

4. Subsidiosparalavivienda.

5. ChileSolidario.

6. BonoporHijoNacidovivooadoptado.

PROTEGE enfoca su tarea hacia los sectores con mayores necesida-des y carencias, pero su público no se limita a las personas en situa-ción de pobreza. Varios de los programas y beneficios de PROTEGE abarcan a grupos mayoritarios de la población, incluyendo a las fa-milias de clase media.

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PROTECCIÓN SOCIAL

La red PROTEGE busca reducir la vulnerabilidad, crear oportunida-des para los niños, niñas y sus familias, combatir la discriminación en todas sus formas, disminuir las desigualdades y mejorar la equidad social.

¿Cómo se accede a la Red PROTEGE?

La puerta de acceso al Sistema de Protección Social es la ficha de protección social, que es un instrumento que tiene como objetivo identificar y priorizar con mayor precisión a la población sujeto de los beneficios sociales, considerando la vulnerabilidad de las perso-nas. La Ficha de Protección Social es aplicada por un encuestador/a perteneciente a la municipalidad de la comuna donde reside la fa-milia. La aplicación y administración del instrumento se realiza en el domicilio de las personas que componen el grupo familiar.

¿A quién está dirigida la Ficha de Protección Social?

Al grupo familiar. Se entiende que familia es un grupo de perso-nas con o sin vínculos de parentesco y que tienen la intención de vivir juntos en torno a un presupuesto común de alimentación. Con-tiene preguntas para cada uno de los integrantes de la familia, cuyos antecedentes son proporcionados por un informante calificado.

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PROTECCIÓN SOCIAL

¿Cuáles son los requisitos?

Ser chileno o extranjero con cédula de identidad de Chile. De-biéndose presentar como documentos requeridos, la cédula de iden-tidad y comprobantes de ingresos, en el caso que corresponda.

Más información en:www.redprotege.gov.cl

www.chileclic.gob.cl

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DERECHO A LA ATENCIÓN DE SALUD

¿Quiénes pueden acceder a la atención del Sistema Público de Salud?

A las prestaciones señaladas a continuación, pueden acceder todos los habitantes del país, nacionales o extranjeros, quienes tienen de-recho a:

a. ControldeSaluddelniño,hastalos6añosdeedad,enCon-sultoriosdelaRedPúblicadeServiciosdeSalud.

b. Lamujerembarazada,alcontrol desuembarazoypuerpe-rio,hastael6ºmes.

c. Examen demedicinapreventiva.

d. Otrasacciones de salud pública como vacunas,campañasdepromocióndesalud.

Además, todos los chilenos y Extranjeros que tengan su Cédula de Identidad vigente tienen los mismos derechos en Salud y en Seguri-dad Social en Salud.

Las diferenciaciones en cuanto al acceso a diversos Derechos en sa-lud se producen cuando los extranjeros no cuentan con su Cédula de identidad otorgada en Chile. Sin embargo existen Grupos de mi-grantes que, para efectos de acceso a Salud tienen un tratamiento de excepción

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DERECHO A LA ATENCIÓN DE SALUD

¿Quiénes son los grupos de migrantes que tiene tratamiento especial y cómo acceden al Sistema Público de Salud?

1. Las personas Solicitantes de Refugio en Chile tienen derecho a que FONASA, por Convenio con el Ministerio del Interior a través del Departamento de Extranjería, les otorgue un número de Iden-tificación especial y provisorio, solamente para efecto de afiliarse o ser beneficiario del Fondo Nacional de Salud, FONASA.

El procedimiento que deben seguir es:

1. ElsolicitantederefugiodeberealizarsutrámiteenelDepar-tamento deExtranjeríaoen laGobernaciónProvincialdeacuerdoalsudomicilio.

2. ElDepartamentodeExtranjeríaenviarálosdatosdelsolici-tanteaFONASA,paraquegenereunnúmerodeidentifica-ciónespecial.

3. FONASAremiteestenúmeroalDepartamentodeExtranje-ríaquien lo informaatravésdeunacartaaldomiciliodelsolicitantederefugio.

4. Conestedocumentoelsolicitantepuedeacudiralosestable-cimientosdesaludparadeclararsucarenciaderecursosoaunasucursalFONASAparaacreditarseenlostramosB,CoD,encasodepercibiringresos.

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DERECHO A LA ATENCIÓN DE SALUD

5. Posteriormente FONASA emite una credencial de salud, laqueseráentregadadentrodelos15díasderealizadalaacre-ditación.

6. ConlacredencialdesaludylacéduladeidentidadtendránderechoalasatencionesensaludyaaccederalosbeneficiosdeFONASA,incluidoelAUGE.

2. Las mujeres embarazadas que controlen su embarazo en algún Consultorio, tendrán derecho a obtener Visa de Residencia tem-poraria y Cédula de identidad de Extranjera con la presentación del certificado médico que acredite su condición de embarazada. Con su cédula podrá acceder al Sistema de Seguridad Social en Salud

El procedimiento que deben seguir es:

1. Acercarse al establecimiento de salud de la comuna en laqueresidenysolicitarsuatención.

2. Enel consultorio sedebe solicitaruncertificadodecontrolembarazo,conlafirmaytimbredeunaautoridadresponsa-bledeeseservicio,oCertificadomédicoqueacrediteelem-barazo, con el timbre y firmadel profesional que emite elcertificado.

3. Conelcertificadomédicoemitidodebedirigirsealdeparta-mento de extranjería o a laGobernación provincial parasolicitarunaVisaTemporariaparaMujeresEmbarazadas.

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DERECHO A LA ATENCIÓN DE SALUD

4. ConlaVisaTemporaria,acudiraRegistroCivilysolicitarsucéduladeIdentidad;Sitrabajacomodependienteoindepen-dientepuedeaccederalsistemadesaludqueelija(IsapreoFONASA).Encasodesercarentederecursospuedesercalifi-cadocomotalanteFONASA,quedandoclasificadoentramoA.

5. Posteriormente FONASA emite una credencial de salud, laqueseráentregadadentrodelos15díasderealizadalaacre-ditación.

6. ConlacredencialdesaludylacéduladeidentidadtendránderechoalasatencionesensaludyaaccederalosbeneficiosdeFONASA,incluidoelAUGE.

7. Podránacogerse a este beneficio tambiénaquellas extran-jerasquehabiendotenidounaresidenciaenelpaís,éstaseencuentrevencida,oseencuentrenensituaciónirregular.

3. Los niños y niñas y adolescentes, menores de 18 años, tienen derecho a recibir atenciones en los establecimientos públicos de salud. Para acceder deben acreditar su calidad de estudiantes en este país o estar inscritos en algún establecimiento público de sa-lud. Es recomendable, por tanto, que todo niño o niña (menor) extranjero se inscriba en el Consultorio más cercano a su domi-cilio, independiente de la situación migratoria en que se encuen-tren sus padres. Con el Certificado del Establecimiento Educacio-nal o de Salud tienen derecho a obtener su visa temporaria en el Departamento de extranjería del Ministerio del interior o en las Gobernaciones provinciales a nivel regional.

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DERECHO A LA ATENCIÓN DE SALUD

El procedimiento que deben seguir es:

1. Estarinscritoenelestablecimientodesaludcorrespondientea sudomicilioy solicitaruncertificadodeatención.En loscasosqueestéinscritoenuncolegioreconocidoporelEstadopodrásolicitarunpermisoderesidenciadeestudiante.

2. Enamboscasos,conelcertificadodeinscripcióndelestable-cimientodesalud,máselcertificadodelmédicotratanteoelcertificadodematrículadelcolegiodebeacudiralDepar-tamentodeExtranjeríaoGobernaciónProvincialparasolici-tarsuvisatemporaria.

3. ConlaVisaTemporariaesconvenientequeacudaalRegistroCivilysolicitarsucéduladeIdentidad;conestedocumentoel solicitante puede acudir a los establecimientos de saludparadeclararsucarenciaderecursososerreconocidoensucalidaddecausantedeasignaciónfamiliarsiviveaexpensasdepadreomadrequecotiza.Losmenoresdeedadtienende-rechoaefectuartrámitesanteinstitucionesdelEstadocon-formedisponelaLey19.880sobrebasesdeprocedimientosadministrativos.

4. Posteriormente,FONASAemiteunacredencialdesalud,laqueseráentregadadentrodelos15díasderealizadalaacre-ditaciónenlasucursalsiescargadeasignaciónfamiliaroenelconsultoriorespectivosiescarentederecursos.

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DERECHO A LA ATENCIÓN DE SALUD

Podrán acogerse a este beneficio aquellos niños menores de edad extranjeros que habiendo tenido una residencia en el país, su cédu-la de identidad se encuentre vencida y acredite estar en proceso de renovación.

¿Qué pasa con los extranjeros que no han regularizado su situación migratoria?

Los extranjeros que se encuentren en Chile sin haber regularizado su situación migratoria, tienen derecho a atención de urgencia en los establecimientos públicos de salud, lo que no significa gratuidad. Asimismo pueden atenderse en forma privada pagando el valor de las prestaciones médicas u hospitalarias, tanto en el sistema público como privado.

¿Cómo se acreditan y acceden a las prestaciones de FONASA los grupos familiares que tienen cédula de identidad de extranjeros en Chile?

Toda persona que tenga cédula de identidad vigente tiene dere-cho a las atenciones en salud, y podrá acceder al sistema de Segu-ridad Social en Salud que elija (FONASA o Isapre), como cualquier chileno

Si elige atenderse a través de FONASA:

Podrán declarar su carencia de recursos en el consultorio donde es-tán inscritos de no percibir ingresos. Tendrán derecho a acceder a

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DERECHO A LA ATENCIÓN DE SALUD

todas las atenciones que se otorgan a través de la red asistencial de servicios de salud, de carácter público –consultorios y hospitales pú-blicos-. El acceso se realiza siempre a través del consultorio de aten-ción primaria donde se encuentre inscrito o de tratarse de una ur-gencia dirigirse al Servicio de Atención Público de Urgencia (SAPU) mas cercano a su domicilio o de ser necesario al servicio de urgencia de un hospital público.

Las personas que coticen el 7% de salud para FONASA tienen de-recho a la atención en la Red Pública y complementariamente a la Libre Elección de FONASA, pagando con bonos la atención. Tendrán que acreditar su condición de afiliados en cualquier sucursal de FO-NASA pudiendo quedar clasificados en los tramos B, C o D según su ingreso.

¿Qué sucede si una persona deja de percibir ingresos?

En los casos que las personas se encuentren acreditadas en los tra-mos B, C o D (cotizantes del 7%), queden sin trabajo y no perciban ingresos, sigue estando protegido con FONASA junto a su familia en los siguientes casos:

1. Si era afiliado a FONASA y tenía un contrato de trabajo por días obra o faena puede acceder a los beneficios por los 12 meses si-guientes a la última cotización en FONASA manteniendo sus de-rechos y accediendo a las atenciones de salud de la Red Pública y también a la Libre Elección de FONASA

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DERECHO A LA ATENCIÓN DE SALUD

2. Si era un trabajador dependiente y está recibiendo el subsidio de cesantía o los beneficios del seguro de desempleo podrá acce-der a los beneficios que ofrece FONASA por el mismo período de duración del subsidio o seguro de desempleo, tendrá derecho a cualquier atención en la Red Pública y también a la Libre Elección de FONASA

3. Si deja de recibir el subsidio de cesantía o el beneficio del seguro de desempleo o simplemente no tuvo derecho a ellos podrá ac-ceder a los beneficios que ofrece FONASA acreditando carencia de recursos en un consultorio de atención primaria, presentando el finiquito de trabajo o la documentación que acredite que ya no percibe ingresos.

Para esto debe presentar la siguiente documentación:

1. Formulario“SolicituddeClasificaciónporCarenciadeRecur-sosparaSalud”queseretiraenelConsultorio,enelqueseincorporaa todos los integrantesdelhogar, con losque secomparteunmismopresupuestoparaalimentación.

2. CéduladeIdentidad

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DERECHO A LA ATENCIÓN DE SALUD

Si el grupo familiar ha sido beneficiario de FONASA y está realizando la renovación de su visa, ¿Puede continuar siendo beneficiario de Fonasa?

El Ordinario A14 Nº 2551 del 16/06/09 establece que las personas migrantes que estén registradas como afiliadas a FONASA carente de recursos (tramo A) o tramo B, C o D, y al mismo tiempo se en-cuentren renovando su permiso de residencia temporal o definitivo, mantendrán los beneficios correspondientes a su calificación aun-que tengan su cédula de identidad con el plazo de vigencia vencido. Para este fin las personas migrantes al momento de la atención de-ben presentar:

1. CredencialdeSaludFONASA

2. Formulariodevisaentrámite.

Mayor información Beneficios de FONASA 600 360 3000

www.fonasa.clwww.minsal.cl

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DIRECCIONES ÚTILES

Departamento de Extranjería y MigraciónElDepartamentodeExtranjeríayMigración,delMinisteriodelInterior,reali-zalacoordinaciónycontroldelasdisposicionesenmateriadeextranjeríaymigraciónquedebencumplirtodoslosextranjerosqueresidenenelpaís,deacuerdoalaLeydeExtranjería.

Sitio web:www.extranjeria.gov.cl

Gobernaciones ProvincialesOrganismoencargadodeaplicaren lasprovincias lasdisposiciones legalessobreextranjería.Ellistadodelasgobernacionesanivelnacionalseencuen-tranen:

Sitio web:www.interior.gov.cl/intendencias.html

Ministerio de SaludLamisióninstitucionaldelMinisteriodeSaludescontribuiraelevarelniveldesaluddelapoblación;desarrollararmónicamentelossistemasdesalud,centradosen laspersonas; fortalecerelcontrolde los factoresquepuedanafectarlasaludyreforzarlagestióndelarednacionaldeatención.

Sitio web:www.minsal.cl

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DIRECCIONES ÚTILES

Salud respondeEsunaplataformadeatencióntelefónicaquepermitecumplircon lasde-mandasciudadanas,entregandoapoyoyacompañamiento todos losdíasdelañolas24horasdeldía,atendidoporunequipomultidisciplinariocom-puestopormédicos,enfermerasymatronasparaotorgarasistenciaeinfor-maciónenderechos,mantención,protecciónyrecuperacióndelasalud.

Línea consultas: 600 360 7777 Sitio web:www.saludresponde.cl

FONASAEl FondoNacional de Salud, FONASA, es el organismopúblico encargadodeotorgarcoberturadeatención,tantoalaspersonasquecotizanel7%desusingresosmensualesparalasaludenFONASA,comoaaquellasque,porcarecerderecursospropios,financiaelEstadoatravésdeunaportefiscaldirecto.

Línea consultas: 600 360 3000 Sitio web:www.fonasa.cl

Oficina de Atención Ciudadana 600 MINEDUCEsun serviciodelMinisteriode Educación,de información y resguardodederechosorientadoafomentarlaparticipacióndelasfamiliasenlaeduca-cióndesushijosyaapoyaralascomunidadesescolaresenlaprevenciónyresolucióndeproblemasrelacionadosconlaconvivencia.Orientatodoslostemasasociadosalamatrículaypermanenciaenelsistemaescolar,deniñosyniñasmigrantes.

Línea consultas: 600 600 2626 Correo electrónico:[email protected]

Sitio web:www.600.mineduc.cl

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DIRECCIONES ÚTILES

SENAME Unidad de Relaciones Internacionales y Cooperación.Instanciaquetrabajaporlaproteccióninternacionaldeniños,niñasyado-lescentesyrefuerzalapresenciaeimagendeChileenelexterior,enelámbitodeaccióndelainstitución.EnrelaciónalosniñosyniñasextranjerosenChile,realizaatencióndepúblicoygestióndecasosenlosqueserequierealgunaintervencióndelSENAMEporpartedeinstitucioneschilenasoextranjeras.

Sitio web:www.sename.cl

Fundación IntegraEsunarednacionalderecursoshumanoseinfraestructuraquetrabajaenfavordelainfancia.Cuentaconmásde12miltrabajadorasqueeducanyalimentana80.000niñosyniñasentodoelpaísensus1.031jardinesinfan-tilesysalascuna.

Sitio web:www.integra.cl

Junta Nacional de Jardines Infantiles – JUNJILamisióndelaJUNJIesbrindareducacióninicialdecalidadaniñosyniñasmenoresdecuatroaños,ensituacióndevulnerabilidad,garantizandosude-sarrolloenigualdaddeoportunidades,atravésdelacreación,promoción,supervisiónycertificacióndesalascunayjardinesinfantilesadministradosdirectamenteoporterceros.LaJUNJItrabajaentodoelterritorionacional.

Sitio web:www.junji.cl

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DIRECCIONES ÚTILES

Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas – JUNAEBJUNAEB,esunorganismodelaAdministracióndelEstadoresponsabledead-ministrarrecursosestatalesdestinadosavelarporlosniños,niñasyjóvenesencondicióndevulnerabilidadbiopsicosocial,paraqueingresen,permanez-canytenganéxitoenelSistemaEducativo.

Sitio web:www.junaeb.cl

ProtegeEslareddeprotecciónsocialdelGobiernodeChile,quebuscadarseguridadyoportunidadesachilenos,chilenas,asícomoalaspersonasextranjerasconcéduladeidentidaddeChile.

Sitio web:www.redprotege.gov.cl

Corporación “Colectivo Sin Fronteras”Instituciónquedesarrollainiciativasconlosactoresdelasociedadchilena,susinstitucionesyconlacomunidadmigrante;parapromoverlaintercultu-ralidad,laintegraciónsocialyelejerciciodederechosdeniñosyniñasmi-grantesydesusfamilias.

Correos electrónicos:[email protected]

[email protected]

Sitio web:www.sinfronteraschile.cl

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