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Coordinación General de Administración Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto Guía Técnica para Elaborar o Actualizar Lineamientos http://www.profeco.gob.mx/juridico/normateca.asp 15 de diciembre de 2014

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Coordinación General de Administración Dirección General de Programación,

Organización y Presupuesto

Guía Técnica para

Elaborar o Actualizar

Lineamientos

http://www.profeco.gob.mx/juridico/normateca.asp 15 de diciembre de 2014

Guía Técnica para Elaborar o Actualizar Lineamientos

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Aprobación del Documento

Control de las Revisiones

Revisión Fecha

Revisión Consideración del cambio en el documento

01 13 de julio de 2007

Homologación de las Guías Técnicas emitidas por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, así como por la descripción de los apartados previstos en los Lineamientos para Emitir Disposiciones Normativas para este tipo de disposición.

02 11 de junio de 2009 Actualización derivada de reformas al apartado Disposiciones Generales. Versión dictaminada por el Comeri en la Segunda Sesión Ordinaria de 2009 (11-06-2009).

03 15 de diciembre de

2014

Adecuación del contenido de la presente Guía, como parte de una mejora organizacional por parte de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, y para cubrir las necesidades del quehacer establecido en las diferentes áreas de la Institución, alineadas al Programa Nacional de Desarrollo (PND) y al Programa de Desarrollo Innovador (PRODEINN) 2013–2018 (DOF. 16-Dic-2013). De igual forma para llevar a cabo la Certificación de Igualdad de Género, que considera el lenguaje incluyente y principios de igualdad en todos los documentos oficiales y normativos de la Institución.

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Contenido

Página

I. Introducción ......................................................................................... 3

II. Glosario ............................................................................................... 4

III. Objetivo ............................................................................................... 6

IV. Apartados de los Lineamientos ........................................................... 6

V. Bibliografía ........................................................................................ 28

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I. Introducción

Derivado de la alineación del quehacer Institucional al Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, al Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018 y al Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, la Coordinación General de Administración a través de la DGPOP se da a la tarea de actualizar la presente guía, con la finalidad de contar con una herramienta y metodología que se apegue a la realidad institucional, permitiendo con ello la aplicación de las mejores prácticas Institucionales.

Los lineamientos se emiten cuando se requiere particularizar o detallar acciones que derivan de un ordenamiento de mayor jerarquía como una ley, un código, un reglamento, un decreto, entre otros.

Asimismo describen las etapas, fases, pautas y formatos necesarios para desarrollar actividades o tareas específicas.

La presente Guía Técnica tiene como finalidad proporcionar a las y los responsables de elaborar y/o actualizar los lineamientos de cada Unidad Administrativa de Profeco, las herramientas y metodologías, con el objeto de que su contenido y presentación sean uniformes y apegados a la realidad Institucional.

Es importante utilizar un lenguaje simple, claro y directo, el cual permitirá mejorar la redacción, la comunicación y el grado de instrucción que se desea establecer, por ello se recomienda consultar el Manual de lenguaje claro emitido por la Secretaría de la Función Pública (SFP). Así mismo, se deberá utilizar un lenguaje no sexista en la elaboración de los documentos normativos, en cumplimiento a la Norma Mexicana para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres NMX-R-025-SCFI-20121.

La DGPOP, será la instancia para ofrecer la asesoría técnica en esta materia, revisará permanentemente y en su caso, actualizará la presente Guía Técnica

Asimismo, y en cumplimiento al artículo 1º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que al tenor dispone: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”, por lo que el presente documento podrá ser consultado y aplicado por toda persona que le aporte o genere interés para su actividades laborales.

1 Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2012

http://direcciondesarrollo.ceti.mx/equidad/equidad_trabajo_ceti/NORMA_files/NMX-R-025-SCFI-2012%20Certificacion%20de%20Igualdad%20Laboral.pdf

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II. Glosario

Atribución. Es el derecho de poder hacer cada una de las funciones, actividades o tareas asignadas a las unidades administrativas, mediante un ordenamiento jurídico o administrativo.

Discriminación: Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, género, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias u orientación sexual, estado civil o cualquier otra análoga, tenga por efecto impedir, menoscabar o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades y de trato de las personas. También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones.

Enlace. Aquel (aquella) servidor/a público/a designado/a por la o el Titular de la unidad administrativa en la que se encuentra adscrito/a, para proporcionar la información necesaria con el objetivo de integrar los lineamientos, así como dar seguimiento a cada etapa del proceso de elaboración, revisión y aprobación del mismo.

Facultad. Aptitud o potestad otorgada por la ley a las y los servidores públicos determinados, para realizar actos administrativos válidos de los cuales surgen obligaciones, derechos y atribuciones.

Guía técnica. Documento que contiene la metodología, las instrucciones y la información esencial para dirigir u orientar la elaboración de diversos tipos de documentos normativos.

Lenguaje ciudadano. Lenguaje simple, claro y directo, que permite a las y los lectores concentrarse en el mensaje que se quiere transmitir y comprenderlo de manera fácil y sencilla2.

Lenguaje no sexista. El sexismo en el lenguaje es una práctica de discriminación que invisibiliza a las mujeres, mediante del uso de formas lingüísticas que considera lo masculino como genérico subordinando lo femenino3.

Objetivo. Expresión que identifica la finalidad hacia la cual deben dirigirse los recursos y esfuerzos para dar cumplimiento a la misión de la Institución. Es el conjunto de resultados cualitativos que se pretenden alcanzar a través de determinadas acciones.

2 Manual de Lenguaje Ciudadano.

3 Recomendaciones para el uso de lenguaje no sexista. 2da Ed. 2009 emitido por CONAPRED.

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Puesto. Unidad de trabajo específica e impersonal que se caracteriza por un conjunto de operaciones a realizar, aptitudes que poseer y responsabilidades que asumir. Cada puesto puede contener una o más plazas e implica determinados requisitos de aptitud, habilidad, preparación y experiencia, por ejemplo Director/a de Área.

Responsabilidad. Es la respuesta personal y/o de grupo que se le da a un requerimiento de cualquier tipo o nivel exigido por la función establecida del cargo y por la autoridad, en todos sus tipos, de la cual fue investida o asumida para el cumplimiento de su condición la persona real individual y/o grupal.

Unidad Administrativa. Órgano que tiene atribuciones propias que lo distinguen de los demás en la Institución, los cuales están señalados en el artículo 4 del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2004.

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III. Objetivo

Establecer y proporcionar a las Unidades Administrativas (UA) de la Institución, la metodología, herramientas, y formatos para elaborar o actualizar lineamientos, con la finalidad de que su presentación, contenido y estructura, cuenten con criterios uniformes para su elaboración y estén apegados a la realidad Institucional.

IV. Apartados de los Lineamientos

La Tabla 1, señala los apartados que deben contener los lineamientos, los cuales servirán de base para homogenizar su estructura:

Apartado Carácter

1. Portada Principal y Formato Obligatorio

2. Aprobación del Documento y Control de Revisiones

Obligatorio

3. Contenido Obligatorio

4. Introducción Obligatorio

5. Glosario Obligatorio

6. Objetivo Obligatorio

7. Alcance Obligatorio

8. Marco Jurídico Obligatorio

9. Disposiciones Generales Obligatorio

10. Lineamientos Obligatorio

11. Anexos Opcional

Tabla 1. Contenido de los Lineamientos.

El contenido quedará sujeto al alcance que tengan los lineamientos, por lo que los apartados antes citados son los mínimos indispensables para conformarlos, es decir, son enunciativos más no limitativos, pudiéndose integrar aquellos que se justifiquen necesarios.

Nota: Las Unidades Administrativas (UA) podrán integrar su información a partir del apartado 4, ya que los apartados 1, 2 y 3 serán proporcionados por el personal de la DGPOP.

Con el objeto de facilitar la elaboración e integración de los lineamientos, a continuación se define cada uno de los apartados que los conforman.

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1. Portada Principal y Formato

A. La portada (Figura 1) deberá contener las siguientes características:

a. Logotipo de la Institución de acuerdo al Manual de Identidad Gráfica (parte superior central).

b. Nombre de la Institución y UA, pudiendo ser Subprocuraduría o Coordinación General que elabora los Lineamientos (parte superior central).

c. Tipo y nombre del documento normativo (parte central).

- “Lineamientos…”.

- Nombre del documento normativo: Debe de iniciar con un verbo y su redacción debe llevar de forma implícita, lo que se pretende alcanzar.

d. Sitio web de la Normateca Interna (parte inferior izquierda).

e. Fecha de vigencia (parte inferior derecha):

Día, mes y año al día posterior hábil en que fue dictaminado viable por el Comité de Mejora Regulatoria Interna de Profeco (Comeri).

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Procuraduría Federal del Consumidor

Lineamientos para el funcionamiento y operación del

H. Comité de Mejora Regulatoria Interna de la

Procuraduría Federal del Consumidor

11 de diciembre de 2013

a).

c).

e).

b).

http://www.profeco.gob.mx/juridico/normateca.asp

d).

Figura 1. Portada Principal.

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B. El formato (Figura 2) deberá comprender las siguientes características:

a. Logotipo de la Institución de acuerdo al Manual de Identidad Gráfica (parte superior izquierda del encabezado).

b. Tipo y nombre del documento (parte derecha del encabezado).

c. Codificación, versión, vigencia y página (parte del encabezado).

d. Sitio web de la Normateca Interna (parte inferior izquierda del pie de página).

e. Codificación del archivo electrónico del documento (parte inferior derecha del pie de página).

La codificación del manual es la secuencia de literales y números asignados consecutivamente conforme a las siglas de la clasificación del tipo de documento y la clave de la unidad ejecutora; la versión es el número de versión correspondiente del documento; la fecha de revisión es la correspondiente a la aprobación del documento al día hábil siguiente de haber sido dictaminado viable por el Comeri y la página es el número consecutivo de hojas utilizadas en el documento, así como el número total de éstas.

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Lineamientos para el funcionamiento y operación del H.

Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Procuraduría

Federal del Consumidor

Vigencia:

11 de diciembre del 2013

Versión:

02

Página:

6 de 23

http://www.profeco.gob.mx/juridico/normateca.asp L-FOCOMERI-100.doc/Normateca

b).

c).

d). e).

a).

Figura 2. El Formato.

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2. Aprobación del Documento y Control de Revisiones

Todos los lineamientos deben incluir lo siguiente:

A. Aprobación del Documento (Figura 3). Permite identificar los nombres, puestos y firmas de las y los servidores públicos responsables de la elaboración, revisión visto bueno y autorización del documento.

a. La elaboración del documento corresponde a la(s) unidad(es) responsable(s) de la emisión.

b. La revisión corresponde a la DGPOP derivada de la asesoría proporcionada en la conformación de la disposición normativa interna, con fundamento en el artículo 20, fracción XIII, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría Federal del Consumidor.

c. El visto bueno corresponde a la o el superior jerárquico que emite el documento de conformidad con lo establecido en el artículo 9 fracción VI del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor vigente, con excepción de los lineamientos que emitan las áreas de la CGA.

d. La autorización corresponde a la o el Titular de la Procuraduría, a la o el Titular de la Coordinación General o la o el Titular de la Subprocuraduría que emite el documento normativo, en apego al artículo 9 fracción VII, del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor.

B. Control de Revisiones (Figura 3). Registro de número y fechas de revisión del documento, así como de manera general, el motivo de dicha revisión.

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A).

B).

Aprobación del Documento

Control de las Revisiones

Autorizó:

La o el Titular de la Procuraduria Federal del Consumidor

Firma

Revisó:

La o el Titular de la Coordinación General de Administración

Elaboró:

La o el Titular de la Dirección General de Programación,

Organización y Presupuesto

RevisiónFecha

RevisiónConsideración del cambio en el documento

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Lineamientos para el funcionamiento y operación del H.

Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Procuraduría

Federal del Consumidor.

Vigencia:

11 de diciembre del 2013

Versión:

02

Página:

1 de 23

00 05 de febrero de 2009

Elaboración para dar cumplimiento al Sistema de Mejora Regulatoria Interna del Programa

Especial de Mejora de la Gestión en la Administración Pública Federal 2008-2012, así como

al Programa de Trabajo del Comeri 2009. El presente documento normativo abroga los

Lineamientos para Emitir Disposiciones Normativas, Lineamientos para la Integración y

Funcionamiento del Comité de Mejora Regulatoria Interna en la Procuraduría Federal del

Consumidor y Lineamientos de Operación de la Normateca Interna de la Procuraduría

Federal del Consumidor. Versión dictaminada por el Comeri en la Primera Sesión Ordinaria

de 2009 (05-02-09).

El presente documento deja sin efectos a los Lineamientos por los que se

establece el Proceso de Calidad Regulatoria en la Procuraduría Federal del

Consumidor. Asimismo, contempla el Acuerdo emitido por el Comeri en su

Segunda Sesión Ordinaria 2013.

10 de diciembre de 201301

Figura 3. Aprobación del Documento y Control de Revisiones.

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3. Contenido

Deberán presentar de manera ordenada, los apartados que comprenden los lineamientos (Figura 4), conforme a lo siguiente:

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ContenidoPágina

Codificación:

L-FOCOMERI-100

Lineamientos para el funcionamiento y operación del H.

Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Procuraduría

Federal del Consumidor

Vigencia:

11 de diciembre del 2013

Versión:

02

Página:

2 de 23

I. Introducción 3

II. Glosario 4

III. Objetivo 7

IV. Alcance 7

V. Marco Jurídico 8

VI. Disposiciones Generales 10

VII. Lineamientos 11

Figura 4. Contenido.

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4. Introducción

En este apartado se redactará de manera breve, los siguientes aspectos (Figura 5):

- Las razones y propósitos que motivaron la elaboración del documento.

- A quiénes está dirigido el documento, es decir, a las o los usuarios.

- Forma en que deberá utilizarse y actualizarse.

- Áreas que intervinieron en su elaboración.

Al formular la Introducción, se deberá emplear un vocabulario sencillo, a efecto de facilitar su entendimiento, así como, utilizar un lenguaje no sexista, en cumplimiento a la Norma Mexicana para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres NMX-R-025- SCFI 2012.

Asimismo, al final de la Introducción deberá incluirse la leyenda: En cumplimiento al artículo 1º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que al tenor dispone: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”, por lo que el presente documento podrá ser consultado y aplicado por toda persona que le aporte o genere interés para su actividades laborales,

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I. Introducción

Codificación:

L-FOCOMERI-100

Lineamientos para el funcionamiento y operación del H.

Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Procuraduría

Federal del Consumidor

Vigencia:

11 de diciembre del 2013

Versión:

02

Página:

3 de 23

Mediante Decreto publicado el 20 de mayo de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, se

aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2013–2018, el cual establece los objetivos, metas,

estrategias y prioridades que regirán las acciones del Gobierno Federal durante la presente

administración;

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece cinco Metas Nacionales: México en Paz,

México Incluyente, México con Educación de Calidad, México Próspero y México con

Responsabilidad Global, cuyos objetivos específicos se alcanzarán a través de una serie de

estrategias y líneas de acción concretas, y sus resultados serán medidos y evaluados con base

en indicadores.

En el Plan Nacional de Desarrollo, refiere en sus Metas Nacionales un México Próspero,

específicamente en la estrategia 4.7.2, se considera Implementar una mejora regulatoria

integral, para Fortalecer la convergencia de la Federación con los otros órdenes de gobierno,

para impulsar una agenda común de mejora regulatoria que incluya políticas de revisión

normativa, de simplificación y homologación nacional de trámites, así como medidas para

facilitar la creación.

Para Profeco, es importante dar continuidad al proceso de calidad regulatoria Interna y la

Normateca Institucional. Por ello, a través de los presentes Lineamientos es posible establecer

un marco normativo interno con calidad para el funcionamiento y operación de H. Comité de

Mejora Regulatoria Interna, que brinde a las y los sujetos obligados certeza jurídica y

transparencia, para contribuir a una gestión pública más eficiente y eficaz, que permita una

adecuada autonomía de gestión, en cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.

Es en este sentido que, la Coordinación General de Administración, a través de la Dirección

General de Programación, Organización y Presupuesto, se dio a la tarea de elaborar los

presentes lineamientos para que estos obedezcan a la nueva realidad Institucional actual.

En cumplimiento al artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que

al tenor dispone: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el

género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las

opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad

humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”, por

lo que el presente documento podrá ser consultado y aplicado por toda persona que le aporte o

genere interés para su actividades laborales,

Figura 5. Introducción.

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Vigencia: 15 de diciembre de 2014

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5. Glosario

Se incluirán definiciones de términos utilizados en el contenido del documento normativo y que son de uso por la UA que elabora el documento, las cuales tienen un significado específico (Figura 6).

Para redactarlos, se deberá atender los criterios siguientes:

- Definir con claridad y precisión los términos técnico-administrativos señalados en el documento.

- Incluir solamente los términos que se presten a confusión.

- Ordenar los términos en forma alfabética.

- Describir los conceptos, sin incluir para ello el término que pretende definir.

- Evitar siglas acrónimos, y homónimos por ejemplo: CGA, DGPOP o Comeri, las cuales deben definirse en el contenido del documento.

- Para el caso de términos extraídos de alguna, Ley, Reglamento o cualquier otro ordenamiento jurídico, deberá referirse a nota de pie de página la referencia respectiva.

- Incluir invariablemente en cumplimiento a la Norma NMX–R-025-SCFI-2012, los siguientes conceptos:

Lenguaje no sexista. El sexismo en el lenguaje es una práctica de discriminación que invisibiliza a las mujeres, mediante del uso de formas lingüísticas que considera lo masculino como genérico subordinando lo femenino.

Discriminación: Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas. También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones”.

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Vigencia: 15 de diciembre de 2014

Página: 17 de 28

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II. Glosario

Acta de sesión. Documento en el que se hacen constar los acuerdos adoptados durante la sesión

correspondiente, firmado por quienes en ella intervinieron.

Áreas normativas. A las Unidades Administrativas de la Procuraduría Federal del Consumidor, que

diseñen, elaboren, propongan, impulsen o sean responsables de la emisión de regulación interna, o

bien de modificaciones, derogaciones o adiciones a los documentos normativos existentes.

Calidad regulatoria. Conjunto de atributos de una regulación suficiente y adecuada, que al seguir un

proceso de análisis, diseño, consulta, difusión y evaluación, cumple con los objetivos para los que

se creó, brinda certeza jurídica y propicia una gestión eficiente y eficaz.

Cargas Administrativas. Son los tiempos, unidades de esfuerzo y documentos necesarios para

realizar un proceso, procedimiento o trámite gubernamental.

Carpeta. Documento impreso o electrónico que contiene la información que servirá de base para el

análisis y tratamiento de los asuntos que se sometan en el seno de las sesiones del Comité de

Mejora Regulatoria Interna.

Certeza jurídica. Elemento fundamental de todo sistema jurídico, que consiste en la suficiencia y

difusión del marco normativo vigente, para tener plena seguridad sobre qué disposiciones aplican a

cada caso concreto y poder predecir qué tratamiento tendrá cada situación en la realidad, desde su

inicio y hasta su fin.

Comité o Comeri. Comité de Mejora Regulatoria Interna.

Dictamen de viabilidad. Es la resolución final o votación a favor de la mayoría de las y los

integrantes del Comité que se obtiene de los proyectos sometidos a consideración y, dichos

trabajos se asientan en el acta de cada una de las sesiones.

Discriminación: Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional,

sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua,

religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o

anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las

personas. También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera

de sus manifestaciones”.

Documento Normativo, Norma o Regulación. Cualquier ordenamiento, instrumento o documento

que independientemente de su denominación, genera obligaciones o acciones para las y los

servidores públicos, las instituciones o sus unidades administrativas.

Codificación:

L-FOCOMERI-100

Lineamientos para el funcionamiento y operación del H.

Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Procuraduría

Federal del Consumidor

Vigencia:

11 de diciembre del 2013

Versión:

02

Página:

4 de 23

Figura 6. Glosario.

Guía Técnica para Elaborar o Actualizar Lineamientos

Codificación: GT-EAL-610

Versión: 04

Vigencia: 15 de diciembre de 2014

Página: 18 de 28

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6. Objetivo

Se anotará lo que pretende alcanzar la UA con la aplicación de los lineamientos en un periodo determinado; el objetivo debe responder a las preguntas: ¿Qué se hace? y ¿Para qué se hace?

El objetivo deberá iniciar con un verbo en infinitivo, evitando el uso de gerundios y adjetivos calificativos; deberá de ser lo más claro y preciso (Figura 7).

7. Alcance

Se deberán definir, los puestos o áreas responsables (Figura 7):

- Seguir los lineamientos,

- Aplicar los lineamientos y, en su caso,

- Definir el territorio en el cual resulta aplicable.

8. Marco Jurídico

Para evitar sobre regulación, las UA establecerán los ordenamientos jurídicos administrativos vigentes que guían y regulan la operación de las actividades o tareas específicas a normar a través de los lineamientos, los cuales se deberán indicar en forma precisa, citando la fecha de publicación. Deberán presentarse en secuencia ordenada en forma descendente de conformidad con la jerarquía legal correspondiente, congruente con la naturaleza del documento en el ámbito de su competencia (Figura 7):

- Leyes. - Códigos. - Reglamentos. - Decretos. - Convenios. - Acuerdos. - Circulares u Oficios. - Documentos Normativos-Administrativos (manuales, guías o catálogos). - Otros documentos (se anotarán los documentos que por su naturaleza no

pueden ser incluidos en la clasificación anterior).

Nota: Para el caso de circulares y oficios, se anotará el número de folio, nombre del área responsable de su emisión y su fecha de expedición.

Guía Técnica para Elaborar o Actualizar Lineamientos

Codificación: GT-EAL-610

Versión: 04

Vigencia: 15 de diciembre de 2014

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Lineamientos para el funcionamiento y operación del H.

Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Procuraduría

Federal del Consumidor

I. Objetivo

Establecer el funcionamiento y operación del Honorable Comité de Mejora Regulatoria Interna (Comeri),

así como las actividades que deben seguir las Unidades Administrativas (UA) de la Procuraduría Federal

del Consumidor (Profeco), que generan o son usuarias de documentos normativos, a fin de que la

regulación sea eficaz, eficiente, consistente, clara y contribuya a la certeza jurídica y a la reducción

efectiva de las cargas administrativas, en secuencia de una mejora regulatoria integral.

II. Alcance

Son sujetos de los presentes Lineamientos:

a. Las UA emisoras de documentos normativos, y

b. Las y los miembros del H. Comité de Mejora Regulatoria Interna.

III. Marco Jurídico

Leyes

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

DOF 29-12-1976.

Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

DOF 04-08-1994 .

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

DOF 13-03-2002 .

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

DOF 11-06-2002.

Ley Federal de Protección al Consumidor.

DOF 24-12-1992 .

Ley de Planeación.

DOF 05-01-1983 .

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L-FOCOMERI-100

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11 de diciembre del 2013

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Figura 7. Objetivo, Alcance y Marco Jurídico.

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9. Disposiciones Generales

Se deberán establecer el conjunto de etapas, requisitos, acciones, seguimiento o responsabilidades, necesarios para llevar a cabo la elaboración de los lineamientos en forma clasificada, si fuera el caso. (Figura 8).

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VI.- Disposiciones Generales

Del Comité de Mejora Regulatoria Interna

1. El Comité de Mejora Regulatoria Interna (Comeri) de la Procuraduría Federal

del Consumidor (Profeco), es la instancia facultada para revisar y mejorar la

regulación interna bajo criterios y elementos de simplificación y de calidad

regulatoria, a fin de asegurar la certeza jurídica y contribuir a incrementar la

eficiencia y eficacia de la gestión gubernamental.

De la Normateca Interna

2. Profeco contará con una Normateca Interna para realizar la difusión de los

documentos normativos vigentes, así como ser el medio de consulta del marco

normativo interno en la Institución.

Del funcionamiento y operación del Comeri

3. La Coordinación General de Administración, a través de la Dirección General

de Programación, Organización y Presupuesto, establece los presentes

lineamientos para llevar a cabo el funcionamiento y la operación del Comeri en

Profeco.

Lineamientos para el funcionamiento y operación del H.

Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Procuraduría

Federal del Consumidor

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Figura 8. Disposiciones Generales.

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10. Lineamientos

El objetivo de un lineamiento consiste en describir las etapas, fases y pautas, así como contar con los formatos necesarios para desarrollar una actividad o cumplir con uno o varios objetivos.

Los lineamientos se deberán desarrollar en base al campo de acción sobre el cual tendrán injerencia. Así mismo, deberán mostrar los límites de aplicación (inicio y término de actividades), responsabilidades y funciones involucradas (Figura 9).

Para que un lineamiento cumpla su función debe formularse adecuadamente, por ello se citan algunas recomendaciones a seguir para su redacción:

- Se debe considerar un tema principal (lineamiento general encaminado al que-hacer y cumplimiento del documento normativo), este podrá desglosarse en subtemas y a su vez en apartados (lineamiento específico, el cual delimita actividades y tareas requeridas para dar cumplimiento a los lineamientos generales), cuantas veces se requiriera.

- Desglosar todos los aspectos relacionados al tema. No debe quedar ninguna duda acerca de "qué", "cómo", "quién", "cuándo", "dónde" y "en qué casos se pueden hacer las cosas".

- Redactarse de forma clara y precisa.

- Estar acorde con los objetivos y actividades de la UA que lo emita.

- Cada párrafo debe ser lo más explicito posible, evitando crear ambigüedades o que se contradiga en otro párrafo.

Al desglosar los lineamientos por temas, subtemas y apartados, se deberá llevar el siguiente esquema de ordenación:

Número y nombre del tema

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Subtemas y apartados:

1.

2.

A.

B.

a.

b.

i.

ii.

Un lineamiento redactado en forma adecuada tiene las siguientes características:

- Establece lo que se quiere o prefiere que se haga.

- Ayuda al personal, a tomar decisiones firmes y congruentes.

- Tiende a darle consistencia a la operación.

- Orienta las decisiones operativas en la misma dirección.

- Ayuda a que todas las actividades de un mismo tipo, tomen la misma dirección.

Para que un lineamiento mantenga su efectividad durante su desempeño, es necesario que se de a conocer a todos los niveles donde se va a interpretar y aplicar, además de revisarlo periódicamente.

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Lineamientos para determinar, condonar, reducir o

conmutar multas para el Área de Servicios.

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VII.- Lineamientos

APARTADO PRIMERO. De la imposición de multas como medida de apremio.

1. Procede la determinación de multas como medida de apremio, a que se refiere el

artículo 25, fracción II, de la Ley, además de los casos previstos en el artículo 12

del Reglamento de la Ley, los siguientes casos:

A. Cuando no se dé cumplimiento a los requerimientos de la autoridad, previo

apercibimiento de conformidad con el artículo 10 del Reglamento de la Ley;

B. Cuando no se dé cumplimiento a las medidas precautorias ordenadas por la

autoridad, previo apercibimiento; y

C. En los demás casos que proceda en los términos de la Ley, el Reglamento de

Ley y demás normatividad aplicable.

2. Para determinar el monto de la multa impuesta como medida de apremio, prevista

en la fracción II del artículo 25 de la Ley, se tomará en cuenta la gravedad de la

conducta u omisión en la que hubiere incurrido el proveedor frente al mandato de

autoridad, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento de la Ley, y se realizará

con proporcionalidad, considerando la condición económica del proveedor en

términos del artículo 13 de dicho Reglamento.

Numeral modificado en la Tercera Sesión Ordinaria del Comeri de 2012 (20-09-12)

A. En relación con la gravedad de la conducta u omisión del proveedor, la

Procuraduría se basará para determinarla en los siguientes casos:

a). Subinciso derogado en la Tercera Sesión Ordinaria del Comeri de 2012 (20-09-12)

i. No presentarse a las audiencias a que se refieren los artículos 111, 112 y

114 de la Ley, habiendo sido notificado.

ii. No rendir el informe a que se refieren los artículos 103 y 112 de la Ley y

12 fracción I del Reglamento de la Ley.

iii. No rendir el extracto a que refieren los artículos 103 y 112 de la Ley y 12

fracción I del Reglamento de la Ley.

iv. No dar cumplimiento a la medida precautoria ordenada por la autoridad;

v. No dar cumplimiento a los requerimientos de la autoridad.

vi. No acreditar el cumplimiento a los Convenios aprobados por las partes.

Numeral modificado en la Tercera Sesión Ordinaria del Comeri de 2012 (20-09-12).

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Figura 9. Lineamientos.

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11. Anexos

Se deberá relacionar, mencionar e incluir todo aquel documento o forma (órdenes de trabajo, requisiciones, solicitudes, remisiones, facturas, recibos, contra recibos, reportes y todos los formatos de control) que intervenga, según sea el caso, en el desarrollo de los lineamientos en orden cronológico y, para el caso de los formatos, deberán contener en el lado derecho una clave otorgada por la DGPOP para su identificación (Figura 10 y 11).

Es conveniente que todos los formatos estén debidamente codificados e identificados para facilitar su control interno.

Para el caso de formatos, deberán contener un Instructivo de Llenado (Figura 12), en donde contendrá la información necesaria de como llenar el formato (instructivo de llenado del formato), con logotipos institucionales vigentes,

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VIII. Anexos

Solicitud de Apoyo Adicional de Dotación Formato I-1-L-AUPV-600

de Combustible

Resguardo, Asignación y Liberación del Vehículo Formato I-2-L-AUPV-600

Carta de Devolución Formato I-3-L-AUPV-600

Bitácora de Recorrido del Vehículo de Apoyo Formato I-4-L-AUPV-600

Carta Responsiva Formato I-5-L-AUPV-600

Reporte de Anomalías Detectadas por el Uso Formato I-6-L-AUPV-600

de Vehículos Oficiales

Reporte Mensual de Operaciones de Vehículos Formato I-7-L-AUPV-600

en Arrendamiento Puro

Lineamientos para la Administración y Uso del Parque

Vehicular de la Procuraduría Federal del Consumidor

Codificación:

L-AUPV-600

Vigencia:

06 de febrero de 2009

Versión:

02

Página:

23 de 43

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Figura 10. Relación de formatos.

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Anexo 1

Codificación:

L-DCRCM-200

Lineamientos para determinar, condonar, reducir

o conmutar multas para el Área de Servicios

Vigencia:

23 de marzo de 2012

Versión:

01

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Figura 11. Anexo.

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Instructivo de Llenado del Formato

No. de

identificación

1

2

3

Dice

Folio

Fecha

No. expediente:

Debe anotarse

Número consecutivo de solicitud por la o el funcionario de

Profeco

Día en que se presentó la solicitud.

Número con el cual se identifica el asunto correspondiente.

4

5

Nombre y cargo de la

autoridad

Nombre completo

Es el nombre de la o el servidor público al que va dirigida la

solicitud y el cargo es el que este desempeña, mismo que

puede ser: *Procurador/a. *Subprocurador/a de. , *Director/a

General: , *Delegado/a en:

El nombre completo del proveedor/a sancionado/a

Nombre del formato: Solicitud de Condonación, Reducción o Conmutación de Multa(s)

Objetivo: Contar con un documento que sustente la solicitud de la condonación, reducción o conmutación

de multas por parte de las Unidades Administrativas a la Subprocuraduría de Servicios.

Elaboración: La o el Solicitante

Presentación: Word.

Clave de identificación: Anexo 1

6

7

8

Domicilio

Documento con el que

acredita su personalidad

Monto, número y fecha de

multas motivo de la

solicitud

El domicilio de la o el solicitante en el que se ejecuta la multa

(debiendo asentar el domicilio para oír y recibir notificaciones,

acompañando copia del R.F.C. o Cédula Fiscal).El documento que acreditar la personalidad tratándose de

personas físicas bastará carta-poder firmada ante dos testigos,

en el caso de personas morales se requerirá poder notarial.

Especificar en cada multa el número de oficio, fecha y el monto

de las mismas; tratándose de sanciones distintas a multas se

debe especificar la fecha de la resolución en la que se impuso

la clausura o el arresto administrativo.

9

Razonamiento de la o el

solicitante de las causas

por las que estima

procedente su solicitud

Describir la o el peticionario las causas por las que solicita a la

autoridad que modifique su acto. Los motivos pueden ser:

satisfacción de la queja de la o el consumidor, la presentación

del documento con el cual acredite haber dado cumplimiento a

sus obligaciones o la forma mediante la cual trate de demostrar

que existió fuerza mayor o caso fortuito que provocó el

incumplimiento por el que se le multó.

Codificación:

L-DCRCM-200

Lineamientos para determinar, condonar, reducir

o conmutar multas para el Área de Servicios

Vigencia:

23 de marzo de 2012

Versión:

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Figura 12. Instructivo de Llenado.

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V. Bibliografía

Guía para emitir documentos normativos. Tercera Edición, junio de 2011. Secretaría de la Función Pública.

Manual de Lenguaje Claro. Secretaría de la Función Pública.

Norma Mexicana para la igualdad laboral entre Mujeres y Hombres – NMX-R-025-SCFI-2012.