guÍa gestiÓn administrativa - inicio | ceip gómez...

21
Guía administrativa Uso Libros Versión 1.0 – 10/04/2017 GUÍA GESTIÓN ADMINISTRATIVA GESTIÓN SOLICITUDES PARTICIPACIÓN CONVOCATORIA USO LIBROS DE TEXTO EN PRÉSTAMO. ALUMNADO DE 1º PRIMARIA a 4º SECUNDARIA. CURSO 2017/18

Upload: doannhi

Post on 28-Apr-2018

223 views

Category:

Documents


4 download

TRANSCRIPT

Guía administrativa Uso Libros Versión 1.0 – 10/04/2017

GUÍA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

GESTIÓN SOLICITUDES

PARTICIPACIÓN CONVOCATORIA

USO LIBROS DE TEXTO EN PRÉSTAMO.

ALUMNADO DE 1º PRIMARIA a 4º SECUNDARIA.

CURSO 2017/18

Guía administrativa Uso Libros

2

INDICE

Introducción………………………………………………………………………………………………………………………..3

Consideraciones Previas……………………………………………………………………………………………………….4

Gestión Convocatoria……………………………………………………………………………………………………………5

Gestión Solicitudes en Papas ………………………………………………………………………………………………..9

Gestión Solicitudes en Delphos …………………………………………………………………………………………..14

Anotación en Delphos de los datos justificados en la documentación aportada……………..……17

Renta de las personas físicas…………………………………………………………………………………….17

Renta per Familiar…………………………………………………………………………………………………….18

Envío de los expedientes. Documentación…………………………………………………………………………….20

Consideración seguimiento fase presentación solicitudes …………………………………………………….21

Asesoramiento……………………………………………………………………………………………………………………...21

Guía administrativa Uso Libros

3

Introducción

Podrán presentar solicitud de participación los padres o tutores del alumnado que en el curso

académico 2017/18 vaya a estar matriculado en cualquier curso de educación primaria o

educación secundaria, es decir el alumnado matriculado actualmente el presente curso 2016/17

en educación infantil 5 años, en los niveles de 1º a 6º de primaria o en los niveles de 1º a 3º de

secundaria; en el caso de 4º de secundaria se aconseja que se considere su presentación si los

tutores tienen duda de que el alumno/a finalmente supere este nivel.

La participación en esta convocatoria se recoge en el Decreto 30/2017 de 11/04/2017 por que se

regula la concesión directa de subvenciones consistentes en el uso de libros de texto por el

alumnado de educación primaria y secundaria obligatoria matriculado en centros públicos y

privados concertados de Castilla-La Mancha.

El plazo para presentar las solicitudes es desde el 20 de abril al 11 de mayo, ambos incluidos.

El medio de presentación es telemático a través de la Secretaria Virtual de la plataforma

Educativa Papas 2.0 (https://papas.jccm.es)

Desde la gestión del centro procederán a su verificación y consolidación de las solicitudes

presenta desde PAPAS a Delphos.

Se tomará como presentada la solicitud que finalmente aparezca en Delphos, después del

proceso de consolidación y aquellas que se hayan grabado directamente en Delphos por

situaciones excepcionales.

Novedades de la convocatoria 2017/18:

- Criterio de concesión en función de Renta FAMILIAR, y deja de considerarse los descuentos por discapacidad y Familia Numerosa.

- Solicitud única para el alumnado a través de la Secretaría Virtual de Papas. - Los libros son gestionados por el centro educativo para todos los niveles. - Se establecen dos tipos de beneficiarios en función de los tramos de renta fijados,

correspondiéndoles lotes de libros de ayuda diferentes hasta los importes fijados. - La matrícula en los niveles de la convocatoria en una condición necesaria para que a los

beneficiarios les sean entregados los libros que el centro considere como lote de ayuda. - Pago anticipado del 70% de la cantidad publicada en Resolución de Concesión, y el resto

del pago se tramitará después de la fase de justificación. - Posibilidad de modificación de la Resolución de Concesión si la justificación del gasto por

el centro educativo supera la cantidad resuelta y este incremento es motivado. - Toma en consideración hasta fecha inicio del curso de reclamaciones de los interesados

por situaciones sobrevenidas. - Posibilidad de presentación de solicitudes fuera del plazo establecido para

escolarizaciones del alumnado procedente de otra región o país.

Guía administrativa Uso Libros

4

- Se regulan los traslados de centro de los alumnos beneficiarios.

Consideraciones Previas

Con el fin de evitar incidencias en las aplicaciones informáticas durante el plazo de presentación

de solicitudes, todos los centros deberían realizar, con carácter previo las siguientes actuaciones:

- Actualizar los datos personales de las fichas de su alumnado en la aplicación Delphos.

- Sincronizar Papás con Delphos.

- Si los tutores ya son usuarios pero no recuerdan sus datos de acceso tiene la opción

Recuperación de contraseñas en https://papas.jccm.es donde el sistema le enviará nuevas

credenciales al correo electrónico que registraron la primera vez que accedió, por tanto

recuerden esta actuación a los tutores.

- Los centros educativos informarán y prestarán su ayuda para una correcta cumplimentación de

las solicitudes a través de Papás. En la documentación de la convocatoria se ha creado una guía de

cumplimentación para que los solicitantes puedan seguirla.

- Será condición necesaria para que el alumnado matriculado en cualquier centro privado

concertado pueda resultar usuario de los libros de texto, que los centros en que esté matriculado

dicho alumnado soliciten la subvención de esta convocatoria.

- Los centros Los centros privados concertados que quieran participar deberán rellenar y

presentar una solicitud a través del registro único.

- Sobre generación de credenciales Papas, los Centros deben proporcionar a los interesados que

lo soliciten el Usuario y Contraseña de la plataforma Papás. En caso de solicitantes que ya son

usuarios de dicho programa, las claves de las que ya disponen son válidas para este proceso y, por

tanto, no será necesario generar otras distintas dado que les bloquearíamos las que están

utilizando.

No debemos olvidar que las claves sólo deben entregarse al interesado, pues son personales e

intransferibles.

También es conveniente que firme un “recibí” que debe quedar archivado en el Centro.

Con objeto de gestionar la información y seguimiento de la convocatoria tengan presente que:

- A efectos de cálculo de la renta de la unidad familiar se consideran “SUSTENTADORES” al padre y madre o, en su caso, al nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación al padre o a la madre que sean componentes de la unidad familiar a 31 de diciembre de 2015.

- Las familias podrán tramitar solicitud a través de la Secretaría Virtual de Papás para todos

aquellos alumnos que en este curso (2016/2017) estén matriculados en infantil 5 años, en los

Guía administrativa Uso Libros

5

niveles de 1º a 6º de primaria o en los niveles de 1º a 3º de secundaria; en el caso de 4º de

secundaria considere su presentación si tiene duda de que finalmente supere este nivel.

Así mismo, podrán tramitar solicitud cualquier nuevo alumno siempre que tenga en curso una

solicitud de admisión a alguno de los cursos de la convocatoria

- Recuerden a los interesados que la información del proceso se realizará de forma individualizada

en los entornos de la Secretaría virtual de Papas de los tutores y de forma conjunta en el Portal de

Educación y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de Castilla La Mancha.

Y que la presentación de la solicitud y el seguimiento administrativo del proceso es

responsabilidad del padre y la madre y/o tutores que presentan y firman la solicitud.

Para facilitar la comunicación de novedades sobre este y otros trámites gestionados en Papas, Le

aconsejamos que se utilice el módulo de comunicación y que los tutores se suscriban a los avisos

de “Comunicación interna”.

Revisen y/o actualicen la dirección de correo electrónico por la que quieren recibir aviso de comunicación desde el centro. Recuerden que para los tutores modifiquen el correo electrónico de avisos tienen que seleccionar la opción “Modificar”:

Gestión convocatoria.

En esta gestión se tendrán presente el contenido del Decreto 30/2017 de 11/04/2017 y las Instrucciones que las desarrollan.

Se publicará la resolución de la convocatoria y los listados de solicitudes concedidas y denegadas

en función del nivel de renta familiar, con indicación de la razón de denegación. Primero en fase

Guía administrativa Uso Libros

6

provisional y posteriormente en fase definitiva.

Los motivos que se van a tener en cuenta para la denegación serán:

- No consta Autorización de algún miembro de la unidad familiar para consulta de datos con AEAT por tanto falta documentación justificativa Nivel de Renta.

- Consta Autorización consulta de datos con AEAT, pero la consulta no devuelve información de renta de al menos algún miembro unidad familiar, por tanto falta documentación justificativa Nivel de Renta.

- Renta familiar supera el límite establecido en la convocatoria.

Una vez publicada la resolución provisional, se darán 10 días hábiles a los interesados para

presentar alegaciones, según documento que se podrá obtener en el Portal de Educación junto

con la documentación acreditativa que justifique sus alegaciones.

Las alegaciones por situaciones sobrevenidas podrán ser tomadas en consideración hasta la fecha

de inicio del curso. Para su valoración el interesado tendrá que aportar certificado actualizado

expedido por los servicios competentes de la Consejería de Bienestar Social, certificado del

Servicio Público de Empleo en el que se indiquen las cantidades percibidas por desempleo,

certificado de vida laboral junto con certificados de empresa o nóminas, y aquella documentación

que fundamente su petición.

Esta resolución contendrá las cantidades económicas a librar a cada centro docente público y las

de las subvenciones otorgadas, en su caso, a cada centro docente privado concertado. Se

determinará en función del número de alumnos beneficiarios y destinatarios de la ayuda en cada

centro y la diferencia de los lotes de ayuda (validados por el centro) procedentes de convocatorias

anteriores.

A partir de estos listados el centro educativo entregará al inicio del curso a todos los solicitantes

que aparecen como concedidos, tanto de TRAMO I como de TRAMO II y tiene matrícula en curso

académico 2017/18 en cualquiera de los niveles desde 1º EP hasta 4º ESO, los libros equivalentes

al importe MÁXIMO según la tabla siguiente en función del tramo de renta:

Nivel educativo Importe máximo ayuda.

Tramo renta I. Importe máximo ayuda.

Tramo renta II.

1º y 2º Primaria 135 € 90 €

3º, 4º, 5º y 6º Primaria 155 € 130 €

1º, 2º, 3º y 4º Secundaria 240 € 140 €

Los libros de texto que forman el lote de ayuda son preferentemente correspondientes a las

materias troncales y en el caso del alumnado matriculado en los Programas de Mejora del

Aprendizaje y el Rendimiento (PMAR) de educación secundaria obligatoria deben ser libros de

texto preferentemente correspondientes a los ámbitos. No formarán parte del lote de ayudas los

libros que no sean reutilizables, a excepción de los libros para el alumnado de 1º y 2º de

educación primaria dadas las características de los materiales curriculares que utilizan al ser de

Guía administrativa Uso Libros

7

carácter fungible.

Si una vez adjudicados los libros al alumnado beneficiario, sobraran libros estos serán entregados

al resto del alumnado bajo el criterio que establezca la comisión gestora del centro hasta agotar

las existencias del inventario.

Los centros cuyo libramiento o subvención, indicado en listados en resolución de concesión, no se

corresponda con las necesidades del centro para hacer frente a al compromiso de entrega de

libros al alumnado beneficiario y por tanto el gasto realizado, acorde a las cuantías máximas

individuales de la ayuda, supere el importe del libramiento o subvención publicado deberán

acreditarlo en la fase de justificación indicando los motivos por los que se ha producido este

incremento junto con el documento de justificación.

En la pantalla de “Relación de solicitudes”, en la columna “Corresponde Libros” se indica si le

corresponde libros en préstamo, para cada alumno/a solicitante, si la solicitud ha sido concedida

(columna “Resultado según renta”) con indicación del tramo de renta I o II, siempre que tenga

matricula activa en curso académico 2017/18 en cualquier nivel objeto de la convocatoria.

El resultado de la columna “Corresponde libros” será “SI” cuando la solicitud haya sido resuelta

como concedida y la columna “Matrícula 2017/18” tenga de resultado también “SI”.

La columna “Corresponde libros” tendrá como resultado “NO” cuando el resultado de concesión

por renta sea denegada y/o la columna de “Matrícula 2017/18” tenga como resultado “NO” (la

matrícula activa no sea la de 2017/18 o sea de un nivel educativo no contemplado en la

convocatoria).

Para el cálculo de la diferencia de lotes entre la presente convocatoria y las anteriores, cada

centro educativo tendrá que modificar hasta del 30 de mayo, en DELPHOS si es necesario, y

validar siempre los lotes de ayuda de libros con los que cuenta el centro de convocatorias

anteriores (incluidos los prestados en 2016/17). Se mostrarán por defecto el número de lotes de

ayuda tiene registrados el Servicio de Prestaciones Educativas en el expediente de cada centro.

La ruta de acceso es: Alumnado > Ayudas > Gestión de Libros > Gestión de Lotes. Seleccionar el

curso académico 2016/17 para informar de los lotes de ayuda con los que consta el centro ya

incluido este curso. Si lo lotes de ayuda indicados son correctos solo tiene que validar y si

modifican algún dato también tienen que validar para que la información dela columna “Lotes

reales convocatorias anteriores” pase a la columna “Lotes”:

Guía administrativa Uso Libros

8

Al inicio del curso se habilitará la pantalla en Delphos para asignar los libros al alumnado

beneficiario en Delphos > Alumnado > Ayudas > Gestión de libros > Adjudicación Manual.

ATENCIÓN: Previamente tendrán que anotar los ejemplares disponibles en el inventario del

centro en la pantalla “Ejemplares del Centro” de la aplicación “Materiales Curriculares” (ver guía

al respecto).

Para todos los cursos aparecerán todos los alumnos matriculados en el curso con solicitudes

concedidas, no concedías o sin solicitud.

En la columna de Resultado Solicitud se mostrará si ha sido adjudicatario de la Ayuda (dicha

adjudicación: Tramo I o Tramo II) o no, o bien si no ha hecho la solicitud.

Una vez seleccionados los check correspondientes al pulsar el botón Aceptar se formalizará la

adjudicación del material curricular al alumnado.

No es necesario adjuntar documentación con la solicitud, salvo:

-Que en la solicitud marquen que no autorizan el cruce de datos con la Agencia Tributaria, en este

caso tienen que presentar la documentación indicada en el artículo 8 del Decreto.

-Que en la solicitud marquen será firmada por un solo progenitor, en este caso tendrán que

presentar impreso de declaración responsable a disposición de los interesados el Portal de

Educación en el apartado de documentos relativos a la convocatoria.

Si la documentación justificativa de ésta declaración ya ha sido presentada en otros procesos en

el centro dónde está matriculado el alumno/a, no es necesario volver a presentarla. No obstante,

ésta documentación podrá ser requerida por parte de la persona titular de la dirección del centro

público o del titular del centro concertado, en éste caso será necesario justificar los motivos

Guía administrativa Uso Libros

9

alegados en esta declaración responsable presentando, según corresponda, la siguiente

documentación:

(1) Familia monoparental: copia del Libro de Familia con los datos del alumno y del progenitor.

(2) Fallecimiento: copia del Libro de Familia con los datos del alumno y de los progenitores, así

como de la correspondiente inscripción en el mismo del fallecimiento.

(3) Privación de la patria potestad: Copia de la Resolución judicial por la que se priva al tutor de la

misma.

(4) Orden o sentencia de alejamiento u otras medidas cautelares: Copia de la Orden o sentencia.

(5) Orden o sentencia de divorcio, excepto cuando se trata de custodia compartida.

(6) Otras circunstancias: Documentación acreditativa de las mismas.

Gestión solicitudes en Papas. Cada centro educativo gestionará las solicitudes de los alumnos que tengan matriculados en el

curso 2016/17 desde Educación Infantil 5 años a 4º de Educación Secundaria o asignados por el

proceso de admisión. Todas las solicitudes presentadas, se encuentran disponibles en la

“Secretaría Virtual” de PAPAS y una vez verificadas que reúnen los requisitos de la convocatoria

serán “consolidadas” por el centro (una por solicitante) para que pasen a DELPHOS.

“Secretaría virtual” > “Solicitudes tramitadas” > filtrado por “Estado de la Solicitud” > seleccionado “Trámite: “Solicitud de uso de libros de texto en préstamo 2017/18” > Refrescar

En Papas tienen que ser consolidadas todas las solicitudes (una por solicitante) presentadas con

registro o sin él, pero si con autorización al secretario para presentar telemáticamente la solicitud.

Aquellas solicitudes que finalmente no parezcan en Delphos NO serán tenidas en cuenta.

Desde el día de inicio del plazo de solicitudes y hasta el 12 de mayo, el secretario/a debe

comprobar las solicitudes pendientes de aceptación y consolidarlas.

Guía administrativa Uso Libros

10

Las familias podrán realizar una nueva solicitud en Papás 2.0 aun cuando una solicitud anterior

haya sido ya consolidada. En este caso la solicitud anterior y consolidada en Delphos, deberá ser

borrada para consolidar la última presentada por la familia.

Antes de la consolidación hay que revisar si su cumplimentación es correcta.

El adjuntado de documentos se debe realizar en el momento de cumplimentar la solicitud, por

tanto, se debe indicar a las familias que tengan que adjuntar documentación a su solicitud,

deberán hacerlo siempre a través de Papas.

Una vez revisadas las solicitudes caben dos posibilidades:

1) Que la solicitud no sea correcta, se encuentra en borrador o pendiente de firma, con lo que se

avisará oficialmente al tutor mediante entrega del escrito de subsanación publicado en las

instrucciones que regulan la convocatoria, para que proceda a su modificación.

Se puede optar por indicar al solicitante que cumplimente una nueva solicitud en Papas (si el

plazo de presentación está abierto) o proceder al consolidar la solicitud con defectos para

posteriormente subsanar los defectos en la solicitud editada en Delphos.

Si no se tuviera respuesta por el interesado se anotará en campo “Observaciones” de la solicitud

en Delphos la observación ya tipificada que indica que el interesado no ha subsanado habiéndolo

solicitado en plazo.

Si el solicitante modifica los defectos solicitados en la subsanación y si estas solicitudes ya

estuvieran consolidadas en Delphos, el centro tiene que modificar los errores, anotar la entrega

de documentación (si hubiera) o marcar la autorización del tutor que este aporta, en Delphos. Y

por último marcar la observación tipificada que corresponda a la acción realizada.

Tiene que dejar en el expediente copia firmada por el interesado del documento de subsanación.

2) Si todo está correcto, se puede marcar y “consolidar” (1ª columna: “Registros a consolidar”)

con lo que la solicitud pasará a Delphos (VER GESTIÓN SOLICITUDES EN DELPHOS).

Nota: La funcionalidad de consolidación no es inmediata, desde que se lanza la petición hasta que

es volcada en Delphos pasará un tiempo que depende de la carga de trabajo del sistema.

Proceso de REVISIÓN y CONSOLIDACIÓN en Papas:

Hay que verificar la columna ”Estado de tramitación” que indica: - Si está firmada por ambos sustentadores, en su caso. - Si está pendiente de firma de alguno de los sustentadores declarados, indica que la solicitud se encuentra presentada de forma incompleta. - Si está en borrador. Indica que las solicitudes están pendientes de firma de los sustentadores

declarados y que no han terminado el proceso.

También hay que verificar la columna de “Número de registro” donde se indica el número de registro, la fecha y la hora para consolidar la última presentada (si es correcta).

Guía administrativa Uso Libros

11

Las solicitudes donde se indica que se ha autorizado al secretario/a a presentar de forma

telemática y falta la firma de uno o de los dos tutores, se tienen que firmar desde el centro,

previa revisión y petición de cualquier defecto en la cumplimentación a los interesados y requerir

la firma manuscrita de los tutores que no han firmado digitalmente.

Si los sustentadores no firman el impreso de solicitud presentado, y la solicitud ha sido ya

consolidada en Delphos, se editará la solicitud (“Detalle de la solicitud”) y se desmarcará la casilla

de autorización del miembro que no ha firmado.

Esto significa que sus datos no serán cruzados con el resto de Administraciones. Si tampoco ha

aportado la documentación requerida en el artículo 8 del Decreto que regula la convocatoria, la

solicitud saldrá denegada.

Con el resto de solicitudes en borrador sin autorización al secretario y sin otra presentada, antes

del final del periodo de solicitudes, hay que informar a los interesados que sus solicitudes no son

consideradas como presentadas y por tanto no participan en la convocatoria.

Proceso de presentación de solicitudes por representante:

Los interesados podrán autorizar a los secretarios/as de los centros educativos la presentación

telemática de las solicitudes indicándolo en el proceso de grabación de PAPAS.

Guía administrativa Uso Libros

12

Advertencia: Esta situación debe ser excepcional. Si el tutor/a no ha podido registrar su propia

solicitud con sus credenciales de Papas (usuario y contraseña) pudiera ser debido a un problema

de asignación de la clave a un nº de pasaporte o número DNI o NIE erróneo. Si este problema no

es resuelto y al final es teletramitada por parte del secretario/a del centro, el cruce de datos con

otras administraciones pudiera ser nulo y al final la solicitud pudiera quedar excluida.

En Papas, en la opción “Presentación de solicitudes por representante“ se recuperan las solicitudes

para consultar los datos de este tipo de solicitudes, se marcan padre y/o madre por los que se va

a tramitar y firmar la solicitud y por último se proceder a firmar esta solicitud por parte del

secretario/a con las claves del centro (siempre que estén autorizadas por los solicitantes en la

aplicación). La solicitud impresa tiene que ser firmada de forma manuscrita y presentada en el

centro por los interesados.

Para recuperar la solicitud grabada por padre/madre hay que seleccionar el trámite (2) e

incorporar el DNI o NIE del padre o de la madre del alumno/a (3).

Recordad que si el interesado cuando ha cumplimentado el borrador no ha marcado la opción de

permitir actuar al secretario/a como represéntante, la solicitud no podrá ser teletramitada desde

el centro.

Para editar la solicitud hay que dar la opción de “consultar datos” (5) seleccionando el nombre.

Editada la solicitud hay que marcar al tutor por el que va a firmar y proceder a firmar la

autorización con las claves del centro y validar:

Una vez firmada tiene que aparecer en la parte final que han sido firmadas por los tutores, a

través del secretario/a:

Guía administrativa Uso Libros

13

La primera columna “Registros a consolidar” está desactivada si la solicitud está en modo

borrador, ya ha sido consolidada o está en proceso de consolidación.

La opción “Presentación de solicitudes por representante“, también permite cumplimentar

solicitudes nuevas en Papas con las claves de gestión de la secretaría virtual del centro.

Podremos comenzar a completar la solicitud al ciudadano desde nuestro perfil de secretario

pulsando sobre el icono que se señala:

Si el alumno ya está incluido en el Sistema Educativo de Castilla-La Mancha, aparecerá su nombre

en la pantalla y, pinchando sobre él se nos abrirá su solicitud con sus datos identificativos ya

autocompletados.

Si el alumno es nuevo en el Sistema, pulsaremos sobre el icono “nuevo alumno” de la parte

superior derecha de la pantalla y empezaremos a completar su solicitud.

Una vez rellena y grabada la solicitud, imprimiremos la solicitud para que la firmen los

sustentadores.

Guía administrativa Uso Libros

14

Gestión solicitudes en Delphos El módulo habilitado para su tratamiento es Alumnado > Ayudas > Gestión de Libros

Actuaciones sobre solicitud:

Advertencia: Si las solicitudes no son consolidadas en Papas 2.0, no pueden ser tratadas en

Delphos y a todos los efectos, aunque han sido registradas y presentadas formalmente por el

interesado, no serán gestionadas.

Si existe una solicitud ya consolidada y queremos consolidar la última presentada de Papas, será

necesario borrar en Delphos la anterior que fue previamente consolidada.

Actuaciones sobre la solicitud:

Al hacer clic sobre el nombre del alumno/a de la relación de solicitudes que se muestra en

Delphos permite editar la solicitud, borrarla, ver documentos adjuntos y obtener el fichero pdf de

la solicitud consolidada desde Papás.

La opción “Ver documentos adjuntos”:

Guía administrativa Uso Libros

15

Permite visualizar los documentos anexados por el solicitante en la fase de cumplimentación.

La opción “Detalle de la Solicitud”

Permite la edición de la solicitud en Delphos para visualizar todos los datos grabados con el objeto

de verificar y modificar aquellos que sean necesarios en función de posibles subsanaciones

solicitadas al interesado.

En todos los casos hay que verificar el “Campo autorizaciones” que se encuentra en la parte final

derecha de los datos de los miembros computables declarados.

Si el tutor que ha presentado la solicitud y no se ha opuesto en ella a la autorización y ha firmado

con sus propias credenciales papas o través de la actuación de la firma del secretario/a, aparecerá

marcada la casilla “Autoriza”.

Si fuera necesario, el secretario/a podrá marcar nuevas autorizaciones siempre con el respaldo

de la autorización por escrito del interesado mediante la firma manuscrita de la solicitud, a

excepción de los tutores fallecidos; en este caso excepcional si no aparece marcada la

autorización al cruce de datos, estos no podrán ser obtenidos por el cruce masivo.

Sobre el campo de “Documentación”: -Si no se encuentra marcada la documentación anexada digitalmente o presentado en papel por estar cerrado el plazo de solicitudes en Papas hay que marcarla en este bloque.

-Por el contrario, si se encuentra marcada la documentación y el solicitante no ha anexado

Guía administrativa Uso Libros

16

digitalmente o aportado en papel hay que desmarcarla en este bloque.

ATENCIÓN: Que se encuentre marcada la documentación entregada no implica que el mérito esté

considerado, simplemente se indica la documentación se ha aportado por parte del interesado.

El dato obtenido mediante le cruce masivo prevalecerá el dato obtenido de otras

Administraciones sobre el aportado en la documentación acreditativa que exige la convocatoria.

En el campo observaciones de la parte “Gestión de la solicitud”: Se ha incorporado bloque de las Observaciones Codificadas más comunes e importantes para

seleccionar la principal:

Pero dado que se pueden dar al mismo tiempo otras circunstancias recogidas en esta relación de

observaciones anoten en el campo editable en observaciones los casos especiales únicamente los

números iniciales de la observación y/o otras que el centro considere necesario informar.

Siempre que se realicen cambios es preciso “validar” la página para que sean grabados.

En los casos de falta de autorización al cruce de datos o cuando después del cruce no se ha podido

ser obtenido los datos de renta, es preciso anotar la renta de cada progenitor según la

documentación aportada mediante la opción “Comprobación de méritos“ de la pantalla “Relación

de solicitudes”:

Guía administrativa Uso Libros

17

Anotación en Delphos de los datos justificados en la documentación

aportada.

Advertencia: Las pantallas y los listados que se pueden generar para comprobación de méritos

son de uso interno para el centro educativo y su contenido no puede ser publicado en

cumplimiento con la normativa sobre protección de datos.

Hay que anotar la renta accediendo a través de la opción “Comprobación de méritos” en los

siguientes casos:

Si después de hacer el cruce masivo no se obtiene dato alguno y el solicitante aportó la

documentación acreditativa

En el caso de que el solicitante se haya opuesto al cruce de datos y tenga aportada la

documentación acreditativa que se exige en el artículo 8 del Decreto que regula la convocatoria.

Y en el caso del alumnado en situación de acogida se debe anotar renta familiar 0 (cero).

Hay que dejar constancia de estas actuaciones en el campo observaciones de la solicitud.

La pantalla de gestión de los méritos “Renta de las Personas Físicas” y “Renta Familiar” es:

IMPORTANTE: Cualquier modificación o grabación manual de alguna renta en el mérito “Renta de

las personas físicas” o “Renta familiar” es preciso dar “validar” en la pantalla propia del mérito.

Renta de las personas físicas

Este mérito permite comprobar los datos que han sido volcados de cada uno de los sustentadores

que conste autorizado al cruce de datos con AEAT.

En el campo de la columna “Importe anual comprobado” se muestra el dato que ha sido obtenido

del cruce con AEAT. Si está en blanco significa que NO se ha obtenido dato (no significa que sea

cero), este sustentador tendrá que acreditar la renta mediante la documentación exigida a tal

efecto en el texto de la convocatoria y desde el gestor se introducirá la cantidad del nivel de renta

Guía administrativa Uso Libros

18

del interesado.

Se muestran todos los miembros de la unidad familiar según establece la convocatoria.

Las columnas que se muestran para cada solicitud son:

La columna “Ingreso anual alegado” no mostrará información en esta convocatoria dado que no

se ha solicitado su cumplimentación en la solicitud.

La columna “Pensión Pública exenta” mostrará información siempre y cuando el sustentador hay

percibido algún importe de rentas exentas de tributación no sujetas al impuesto de renta y

complementarios conforme a las letras f), g) y h) del artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de

noviembre, del impuesto sobre la renta.

La columna “Administración” mostrará alguno de los valores siguientes:

- No autoriza: si la persona no ha autorizado a la Administración. En ese caso el centro

debe comprobar esta condición con la documentación aportada.

- No comprobado: si, habiendo autorizado, está pendiente de obtener la verificación.

- Comprobado (importe certificado): se ha realizado la comprobación y se indica el

importe certificado por la Agencia Tributaria. En el caso de contribuyentes sin

imputaciones de renta se presenta como importe certificado 0.

En el caso de contribuyentes no identificados o cuya declaración no está resuelta, no se muestra

importe.

La columna “importe anual comprobado” muestra el resultado final que será tenido en cuenta

para el cálculo de la renta familiar. Este importe puede ser incorporado a la aplicación por el

gestor en el caso de recabar la información directamente del interesado.

Renta familiar.

El mérito de renta familiar es un cálculo realizado por el sistema a partir de los datos verificados

en “Renta de las personas físicas”.

Las columnas que se muestran para cada solicitud son:

La columna “Renta alegada” no mostrará información en esta convocatoria dado que no se ha

solicitado su cumplimentación en la solicitud.

La columna “Miembros de la unidad familiar” muestra el número de miembro indicados en la

solicitud del alumno.

La columna “Ingresos anuales familiares” muestra la suma de los ingresos de los tutores, siempre

que estos tengan informado el mérito de “Renta de las Personas Físicas”.

Guía administrativa Uso Libros

19

La columna “Deducción” en esta convocatoria mostrará 0 (cero) al no considerarse ni Familia

Numerosa” ni “Discapacidad”.

La columna “Renta calculada” muestra el cálculo, según se indica en artículo 25 del Decreto que regula la convocatoria, realizado por el sistema a partir de los datos anteriores. Se encontrará vacío en aquellos casos en que el sistema no disponga de información de alguno de los sustentadores. La columna “Renta Verificada” mostrará el dato de renta familiar guardado en el sistema.

La columna “Decisión” muestra el valor de renta familiar que finalmente se tendrá en cuenta para la decisión del resultado de las solicitudes. Este importe puede ser incorporado a la aplicación por el gestor en el caso de recabar la información directamente del interesado. Procedimiento de anotación:

El dato de renta familiar puede ser grabado por el gestor directamente en el mérito “Renta familiar (Ayudas)”. Para ello primero se anota la cantidad de renta familiar calculada en campo “Decisión” y segundo es necesario “Validar” para que el dato quede almacenado en el sistema:

No obstante, el procedimiento aconsejado es considerar el nivel de renta familiar de cada

sustentador y que el sistema calcule la renta familiar actuando sobre el mérito “Renta de las

Personas Físicas”

Guía administrativa Uso Libros

20

Se anotará la cantidad bruta para cada sustentador de forma individual, y siempre validar.

Finalmente, en el mérito “Renta Familiar” hay que validar de nuevo para que el valor de la

columna “Renta Calculada” sea grabado a la columna “Renta verificada”

Con un procedimiento u otro, siempre hay que verificar que los datos que se muestran en la columna “Renta Calculada” y de la columna “Decisión” coinciden, y en este caso solo queda

validar la página para que el campo “Decisión” pase a “Renta verificada” y sea guardado en el sistema. Si NO coinciden los importes de ambas columnas hay que introducir el dato de la columna

“Renta calculada” en el campo de la columna “Decisión” y después validar para que en la “Renta

verificada” quede guardado en el sistema.

Envío de los expedientes. Documentación.

Dado que en la gestión de esta convocatoria intervienen las respectivas Direcciones Provinciales

de Educación, Cultura y Deportes, si existe documentación presentada en papel, esta debe ser

remitida a las respectivas Direcciones Provinciales antes del día 30 de mayo terminado el proceso

de subsanación.

Junto con esta documentación tiene que aportar hoja donde se relacionen los solicitantes

indicando para cada uno si la documentación ha sido presentada por el solicitante digitalmente o

en papel.

Para ello, pueden exportar la relación de solicitantes de la aplicación Delphos a Excel.

Y en fichero Excel, añadan una columna para que indiquen como se ha aportado la

documentación, si anexada digitalmente o en papel.

Guía administrativa Uso Libros

21

Consideración seguimiento fase presentación solicitudes.

Dada la importancia de la gestión del procedimiento es conveniente llevar un control en listado de

alumnado de las actuaciones realizadas para cada solicitante y evitar las dudas sobre actuaciones

realizadas, no realizadas o pendientes que pueden surgir a lo largo del proceso.

Desde Alumnado > Ayudas > Gestión uso de libros… > Relación de solicitudes, pueden generar

listado Excel o PDF.

Seleccionar el formato Excel para el listado y los campos necesarios.

Asesoramiento

Para más información existen guías de actuación en Papás 2.0 y en Delphos.

Como apoyo a la labor de asesoramiento realizada en los Centros Educativos, podéis

remitir a los solicitantes al Portal de Educación > Alumnado y Familia > Materiales

Curriculares, a los teléfonos de la Consejería de Ecucación, Cultura y Deportes y de cada

Dirección Provincial de Educación Cultura y Deportes y a los correos electrónicos.

Correos electrónicos:

O en [email protected]

Albacete: 967 558037 Ciudad Real: 926 279093 / 279101

Cuenca: 969 176351 Guadalajara: 949 885062

Toledo: 925 259652

Albacete: [email protected] Ciudad Real: [email protected]

Cuenca: [email protected] Guadalajara:: [email protected]

Toledo: [email protected]