grupo tercero

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UNIANDES Universidad Regional Autónoma de los Andes Derecho Informático Cuarto semestre Modalidad Semipresencial Delitos Informáticos Nombre del Equipo: LOS HACKER La unión hace la fuerza Integrantes del grupo: Karina Sánchez Estela Peláez Lenin Escobar Yulisa Ortiz

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Page 1: Grupo tercero

UNIANDESUniversidad Regional Autónoma de los Andes

Derecho Informático

Cuarto semestre – Modalidad SemipresencialDelitos InformáticosNombre del Equipo:

LOS HACKER

La unión hace la fuerza

Integrantes del grupo:

Karina SánchezEstela Peláez

Lenin Escobar Yulisa Ortiz

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CUARTO DERECHODERECHO INFORMATICO..

OMPI

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SIGNIFICADO

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual

Es un organismo especializado del Sistema de Naciones Unidas, creada en 1967 con la firma del Convenio de Estocolmo

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ESPECIALIZADA ..

Está dedicada a fomentar el uso y la protección de las obras del intelecto humano.

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SOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS

Armonizar legislaciones y procedimientos nacionales en materia de propiedad intelectual;

Prestar servicios de tramitación para solicitudes internacionales de derechos de propiedad industrial;

Promover el intercambio de información en materia de propiedad intelectual;

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SIGUIENTE

Prestar asistencia técnico-jurídica a los Estados que la soliciten;

Facilitar la solución de controversias en materia de propiedad intelectual en el sector privado.

Fomentar el uso de las tecnologías de la información y de Internet, como instrumentos para el almacenamiento.

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Métodos Alternos de solución de conflictos• Se los puede definir de una manera simple como un conjunto de Procedimientos NO Judiciales que permiten una solución eficiente a un conflicto susceptible de transacción. Ejemplos: Negociación, Conciliación, Mediación y el Arbitraje.

negociAción • Acción de negociar; tratar; ceder; gestionar o ventilar asuntos de interés recíproco por el cual se procura algo.•La característica fundamental de este MASC es que las partes de manera DIRECTA y VOLUNTARIA hacen los contactos necesarios para llevara del ante un proceso en el cual tratarán de alcanzar una cuerdo a través de los diálogos directos entre ellas.

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ArbitrAje•Como se mencionó, tuvo su origen en Roma.•Se desarrolló al o largo de la Edad Media, por influencia de la Iglesia y de los gremios de comerciantes y artesanos.•Francia y España lo acogieron en su legislación;•En el S.XX se consolida la institución, si en do incluso reconocido por varios Tratados Internacionales, incluida la Carta de la ONU y se acoge en general en la mayoría de legislaciones nacionales.

cArActerísticAs del ArbitrAje

•Celeridad;

•Confidencialidad;

•Inmediación;

•Eficacia y economía

•Imparcialidad, especialidad y objetividad de los Árbitros

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clAsificAción del ArbitrAje

•Arbitraje Institucional o Administrado

•Arbitraje independiente o Adhoc

•Arbitraje de Derecho

•Arbitraje en Equidad

•Arbitraje Nacional •Arbitraje Internacional

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resolucion

En virtud de la Política uniforme (UDRP), las controversias han de ser resueltas por grupos de expertos independientes nombrados por el Centro. Los recursos que puede solicitar el demandante en un procedimiento administrativo en virtud de la Política uniforme (UDRP) se limitan a la cesión al demandante del registro del nombre de dominio objeto de la controversia, o la opción, rara vez solicitada en la práctica, de cancelación del registro del nombre de dominio en cuestión. No se prevee la posibilidad de obtener compensación económica ni medidas provisionales.

Los grupos de expertos resuelven sobre la base de la demanda y el escrito de contestación presentados, sin comparecencia de las partes. Si el grupo de expertos resuelve la cancelación del registro del nombre de dominio objeto de la controversia o su cesión al demandante, por lo general, el registrador ejecutará la resolución tras transcurrir10 días hábiles después de haberle sido notificado la resolución. Si se desestima la demanda, el registrador desbloqueará el nombre de dominio del demandado. De conformidad con el Reglamento de la Política uniforme, el Centro publica en su sitio Web el texto completo de las resoluciones de los grupos de expertos, salvo en el caso excepcional de que un grupo de expertos determine publicar sólo algunas partes de su resolución.

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conclusionconclusion

Hoy podemos decir que los mecanismos alternativos para la solución de conflictos, son una forma de aplicar justicia sin que medie la intervención inquisitiva del estado, con estos se establece una conexión con las distintas disciplinas del conocimiento humano y social, ya que de forma interdisciplinaria trabajan para alcanzar un fin común, mejores estados de vida y convivencia social entre los integrantes de una comunidad. Es necesario destacar que estos medios son alternativos, más no substitutivos de la justicia ordinaria, inevitablemente habrá disputas que tendrán que ser decididas por un tercero, llámese árbitro o juez. Como por ejemplo en los caso que no exista voluntad de las partes, que se trate de un delito que se persigue de oficio, o bien, que atente contra el interés público y el estado no pueda dejar en el solo acuerdo de voluntad de los particulares la decisión sobre la controversia suscitada. En cuanto al segundo tema, la idea de promover el recurso a otras formas alternativas, no jurisdiccionales, de solución de conflictos —entre ellas la Conciliación, Mediación y Arbitraje—, se inspira en que dichos mecanismos pueden contribuir a descongestionar el Poder Judicial, aliviando la sobrecarga que hoy padece. Además de contribuir en la formación democrática de una sociedad que necesita construir diálogos y consenso para el desarrollo de su vida.

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