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RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL 6~7 -2018-GR CUSCO/GR Cusco, 1 7 AGO. 2018 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO. VISTO: Los Informes W 120 y 197-2018-GR CUSCO/GRPPAT/SGDI-OFI del Responsable de la Oficina Funcional de Informática, Informes W 127, 156 Y 218-2018 GR CUSCO/GRPPAT-SGDI de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Informes N° 210 Y 242- 2018 GR CUSCO/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Oficio Múltiple WD000025-2018-PCM-SEGDI de la Secretaría de Gobiemo Digital de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros, Memorándum W 1015 y 1098-2018-GR-CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobiemo Regional del Cusco; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación de la ciudadanía; Que, el Artículo 11 del Título Preliminar de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, reconoce el Principio de servicio al ciudadano, por el cual se dispone que las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, actúan en función de sus necesidades, así como del interés general de la Nación, asegurando que sus actividades se realicen con eficacia, eficiencia, simplicidad de la gestión; de inclusión y equidad; así como, el de participación y transparencia, de manera que los ciudadanos tengan acceso a la información, siendo un aspecto clave para ello la planificación estratégica en el ámbito de las tecnologías de información; Que, por Decreto Supremo W 066-2011-PCM, se aprueba el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana 2.0, que tiene como uno de sus objetivos "Promover una administración pública de calidad orientada a la población" y para ello define como estrategia "Adecuar la normatividad necesaria para el despliegue del gobierno electrónico", que permita asegurar una adecuada gestión de las tecnologías digitales; siendo un instrumento para tal fin, la formulación de planes de gobierno digital; Que, mediante el Decreto Supremo N° 081-2013-PCM se aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013-2017, principal instrumento que ha permitido propiciar el desarrollo y despliegue del Gobierno Electrónico en el Perú, siendo de alcance y cumplimiento obligatorio por parte de todos los entes y niveles de las entidades de la Administración Pública, la cual prevé determinados lineamientos estratégicos para la adopción del Gobierno Electrónico en el país; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 004-2016-PCM, se aprobó el uso obligatorio de la Norma Técnica Peruana "NTP-ISO/IEC 27001:2014 Tecnología de la Información. Técnicas de Seguridad. Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información. Requisitos. Edición", en todas las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informática; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 47° del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, la Secretaría de Gobierno Digital es el órgano de línea, con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de formular y proponer políticas nacionales y O ~EG/O~ sectoriales, planes nacionales, normas, lineamientos y estrategias en materia de Informática y ~~~\Y '1~ de Gobierno Electrónico; asimismo, es el órgano rector del Sistema Nacional de Informática; i ~~ Que, el artículo de la Resolución Ministerial N° 004-2016-PCM modificado por '~::= ó! Resolución Ministerial N° 166-2017-PCM, establece que cada entidad designará un Comité K.UI. , de Gestión de Seguridad de la Información, conformado como mínimo por: - EII/a titular de la entidad o su representante; - El/la responsable de administración o quien haga sus veces; - El/la responsable de planificación o quien haga sus veces; - El/la responsable del área de informática o quien haga sus veces; - El/la responsable de área legal o quien haga sus veces y - EII/a oficial de seguridad de la información. Estableciéndose en el artículo 5°-A que incorporó, las funciones del referido Comité; GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ~iJGobiemo Regional ~CU5C" """"""""..2"'"

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  • RESOLUCION EJECUTIVA REGIONALN° 6~7 -2018-GR CUSCO/GR

    Cusco, 1 7 AGO. 2018EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO.

    VISTO: Los Informes W 120 y 197-2018-GR CUSCO/GRPPAT/SGDI-OFI delResponsable de la Oficina Funcional de Informática, Informes W 127, 156 Y 218-2018 GRCUSCO/GRPPAT-SGDI de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Informes N° 210 Y 242-2018 GR CUSCO/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial, Oficio Múltiple WD000025-2018-PCM-SEGDI de la Secretaría deGobiemo Digital de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros,Memorándum W 1015 y 1098-2018-GR-CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de AsesoríaJurídica del Gobiemo Regional del Cusco;

    CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara

    al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias,entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública ycontribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayorparticipación de la ciudadanía;

    Que, el Artículo 11 del Título Preliminar de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del PoderEjecutivo, reconoce el Principio de servicio al ciudadano, por el cual se dispone que lasentidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, actúan enfunción de sus necesidades, así como del interés general de la Nación, asegurando que susactividades se realicen con eficacia, eficiencia, simplicidad de la gestión; de inclusión yequidad; así como, el de participación y transparencia, de manera que los ciudadanos tenganacceso a la información, siendo un aspecto clave para ello la planificación estratégica en elámbito de las tecnologías de información;

    Que, por Decreto Supremo W 066-2011-PCM, se aprueba el Plan de Desarrollo de laSociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana 2.0, que tiene como unode sus objetivos "Promover una administración pública de calidad orientada a la población" ypara ello define como estrategia "Adecuar la normatividad necesaria para el desplieguedel gobierno electrónico", que permita asegurar una adecuada gestión de las tecnologíasdigitales; siendo un instrumento para tal fin, la formulación de planes de gobierno digital;

    Que, mediante el Decreto Supremo N° 081-2013-PCM se aprueba la Política Nacionalde Gobierno Electrónico 2013-2017, principal instrumento que ha permitido propiciar eldesarrollo y despliegue del Gobierno Electrónico en el Perú, siendo de alcance y cumplimientoobligatorio por parte de todos los entes y niveles de las entidades de la AdministraciónPública, la cual prevé determinados lineamientos estratégicos para la adopción del GobiernoElectrónico en el país;

    Que, a través de la Resolución Ministerial N° 004-2016-PCM, se aprobó el usoobligatorio de la Norma Técnica Peruana "NTP-ISO/IEC 27001:2014 Tecnología de laInformación. Técnicas de Seguridad. Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información.Requisitos. 2° Edición", en todas las entidades integrantes del Sistema Nacional deInformática;

    Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 47° del Reglamento de Organización yFunciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante el Decreto SupremoN° 022-2017-PCM, la Secretaría de Gobierno Digital es el órgano de línea, con autoridadtécnico normativa a nivel nacional, responsable de formular y proponer políticas nacionales y

    O ~EG/O~ sectoriales, planes nacionales, normas, lineamientos y estrategias en materia de Informática y~~~\Y'1~de Gobierno Electrónico; asimismo, es el órgano rector del Sistema Nacional de Informática;i ~~ Que, el artículo 5° de la Resolución Ministerial N° 004-2016-PCM modificado por'~::= ó! Resolución Ministerial N° 166-2017-PCM, establece que cada entidad designará un Comité

    K.UI. , de Gestión de Seguridad de la Información, conformado como mínimo por: - EII/a titular dela entidad o su representante; - El/la responsable de administración o quien haga sus veces; -El/la responsable de planificación o quien haga sus veces; - El/la responsable del área deinformática o quien haga sus veces; - El/la responsable de área legal o quien haga sus vecesy - EII/a oficial de seguridad de la información. Estableciéndose en el artículo 5°-A queincorporó, las funciones del referido Comité;

    GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ~iJGobiemo Regional~CU5C"

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  • GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO

    Que, el artículo 4° de la Resolución Ministerial W 166-2017-PCM, señala que el Titularde la entidad debe designar al Oficial de Seguridad de la Información, quien será responsablede coordinar la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información en laentidad;

    Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional W 2222-2014-GR CUSCO/PR seaprueba la Agenda Digital de la Región Cusco, cuyo Objetivo W 4 indica: Utilizar las TICcomo plataforma tecnológica para modemizar la gestión pública y orientar los procesosestatales hacia la persona;

    Que, a través de los Informes W 210 y 242-2018 GR CUSCO/GRPPAT de 15 de mayo y12 de junio del 2018, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial, remite los Informes W 127, 156 y 218-2018 GR CUSCO/GRPPAT-SGDI de 08 demayo, 11 de junio y 08 de agosto del 2018 respectivamente, de la Sub Gerencia de DesarrolloInstitucional y los Informes W 120 y 197-2018-GR CUSCO/GRPPAT/SGDI-OFI del Responsablede la Oficina Funcional de Informática, por los cuales se propone y solicita la designación delComité de Gestión de Seguridad de la Información del Gobiemo Regional del Cusco, así como ladesignación del Oficial de Seguridad de la Información, conforme a lo establecido por laResolución Ministerial N° 004-2016-PCM y la Resolución Ministerial N° 166-2017-PCM;

    Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional dePlaneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Gerencia General Regionaldel Gobiemo Regional del Cusco;

    En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27783 Ley de Bases de laDescentralización, el inciso d) del artículo 21° y el inciso a) del artículo 41° de la Ley N° 27867Ley Orgánica de Gobiemos Regionales modificado por Ley N° 27922 Y el Artículo Único de laLey N° 30305 "Ley de Reforma de los artículos 191°, 194° Y 203° de la Constitución Política delPerú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiemos Regionalesy Alcaldes";

    RESUELVE:

    ARTíCULO PRIMERO.- DESIGNAR al Ing. Alex Irmel Oviedo Solis como Oficial deSeguridad de la Información, responsable de coordinar la implementación del Sistema deiEestión de Seguridad de la Información del Gobiemo Regional del Cusco.

    ARTíCULO SEGUNDO.- CONFORMAR el Comité de Gestión de Seguridad de laInformación del Gobiemo Regional del Cusco, el que estará integrado de la siguiente manera:

    PRESIDENTE:- Ing. Edwin Licona Licona

    Gobernador Regional del Cusco o su representante.

    INTEGRANTES:- CPC. Gloria Zanabria QuillcaDirectora Regional de Administración.

    - Econ. Owen Eddie Salas BéjarGerente Regional de Plan eamien to, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial.

    -Ing. Darío Segovia SollerResponsable de la Oficina Funcional de Informática.

    - Abog. Katia Coronado WagnerDirectora Regional de Asesoría Jurídica.

    -Ing. Alex Irmel Oviedo SolísOficial de Seguridad de la Información.

    ARTíCULO TERCERO.- ESTABLECER que el Comité de Gestión de Seguridad de laInformación del Gobiemo Regional del Cusco, deberá de cumplir como mínimo las siguientesfunciones:

    a) Proponer la política y objetivos de seguridad de la información alineados con elPlan Estratégico Institucional, con la Política Nacional de Gobiemo Electrónico yregulación en el ámbito de seguridad de la información;

  • GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO

    b) Promover y gestionar la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad de laInformación;

    c) Promover la gestión de seguridad de la información en los procesos y culturaorganizacional;

    d) Gestionar la asignación del personal y recursos necesarios para la implementacióndel Sistema de Gestión de Seguridad de la Información;

    e) Difundir la importancia de una efectiva gestión de seguridad de la información a laspartes interesadas, en conformidad con los requisitos del Sistema de Gestión deSeguridad de la Información;

    f) Evaluar el desempeño del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información;g) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas

    concordantes con la materia.

    ARTíCULO CUARTO.- TRANSCRIBIR la presente Resolución Ejecutiva Regional a losintegrantes del Comité de Gestión de Seguridad de la Información del Gobiemo Regional delCusco, Secretaría de Gobierno Digital de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo deMinistros y a las instancias técnico administrativas de la Sede del Gobierno Regional Cusco, parasu conocimiento y fines de Ley.

    ARTíCULO QUlNTO.- PUBL/CAR la presente Resolución Ejecutiva Regional en el PortalInstitucional del Gobiemo Regional del Cusco.

    WIN L/CONA L/CONABERNADOR REGIONAL

    GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO