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Gobierno Regional de Apurírnac Gobernación Gobipr"o Rogionó".1 cre A¡'H..ri,..,¡;IC RESOLUCiÓN EJECUTIVA REGIONAL 466 -2016-GR.APURIMAC/GR. Abancay, 14 NOV, 2016 VISTOS: El proveído administrativo de Gobernación Regional consignado con expediente número 1140 de fecha 08/11/2016, el Informe N° 421-2016-GRAP/09/GRPPAT. de fecha 08/11/2016 y demás documentos que forman parte integrante de la presente resolución, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 0 de la Constitución Política del Perú, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2 0 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley W 27867 y sus leyes modificatorias; Que, los artículos 2° y 4° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 Y sus leyes modificatorias, establecen que: "Los Gobiernos Re~ionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, economica y administrativa en asuntos de su competencia, cuya finalidad esencial es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo"; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 449-2016-GRAPURIMAC/GR, de fecha 20/10/2016, se dio por concluido la encargatura y se designó a los Funcionarios, en el cargo y funciones, de Sub Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Apurímac; Que, mediante Informe N° 421-2016-GRAP/09/GRPPAT. y sus anexos, de fecha 08/11/2016, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicitó la rectificación de los artículos primero y segundo de la Resolución Ejecutiva Regional N° 449-2016-GRAPURIMAC/GR, de fecha 20/10/2016, con relación al cargo y funciones, debiendo de consignarse conforme a lo establecido por la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de " Apurímac, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 015-2011-GR-APURIMAC/CR; Que, teniendo en consideración los antecedentes documentales y el informe de la referencia, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de A,purímac, mediante proveído administrativo consignado con expediente número 1140, dispuso se proyecte el acto resolutivo correspondiente, de acuerdo al memorando de gobernación; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, en su artículo 201° establece que los errores material o aritmético, en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, de la revisión y evaluación de la petición de rectificación de la Resolución Ejecutiva Regional N° 449-2016- GRAPURIMAC/GR, de fecha 20/10/2016., se advierte el error material de dicho acto resolutivo en lo gue se refiere al cargo y funciones, debiendo de rectificarse teniendo en la consideración el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Sede del Gobierno Regional de Apurímac, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 015-2011-GR- ApURIMAC/CR; Por las consideraciones expuestas y en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales" y sus leyes modificatorias; así como, la Credencial otorgada por el Jurado Nacional de Elecciones de fecha 22 de Diciembre del 2014, la Ley N° 30305; SE RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO: RECTIFICAR, el error material en que se ha incurrido, en la Resolución Ejecutiva Regional N° 449-2016-GRAPURIMAC/GR, de fecha 20/10/2016, parte resolutiva (artículos: primero, segundo y cuarto), debiendo quedar redactado de la siguiente manera: ARTíCULO PRIMERO: DAR POR CONCLUIDO, la encargatura del Ing. Roy David Molina Menacho, en el cargo y funciones, de Sub Gerente de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Apurímac, expresándole el agradecimiento Institucional por su labor realizada. Teléfono Cen',',"" 083-32"' 022 Anexo, 115 ITelefax 083-3221 "70 - Jr. Puna , 0"7 Abancay - Apu'-;.-nac ~ Hprogi<:'ünGin~:t),..oUí<:H,apu'-¡rrla(:-.!;;Jul) 1)0 f conuu1tnS\(~?I·n~;JioflapurjrnnG [}01:>pe ~ "'"u~,~ -9'''' ".~"!V', -- -

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Gobierno Regional de ApurírnacGobernación

Gobipr"o Rogionó".1cre A¡'H..ri,..,¡;IC

RESOLUCiÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 466 -2016-GR.APURIMAC/GR.

Abancay, 1 4 NOV, 2016

VISTOS:

El proveído administrativo de Gobernación Regional consignado con expediente número 1140 de fecha 08/11/2016,el Informe N° 421-2016-GRAP/09/GRPPAT. de fecha 08/11/2016 y demás documentos que forman parte integrantede la presente resolución, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan deautonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el artículo 20 de laLey Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley W 27867 y sus leyes modificatorias;

Que, los artículos 2° y 4° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 Y sus leyes modificatorias,establecen que: "Los Gobiernos Re~ionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derechopúblico, con autonomía política, economica y administrativa en asuntos de su competencia, cuya finalidad esencial esfomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizarel ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes yprogramas nacionales, regionales y locales de desarrollo";

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 449-2016-GRAPURIMAC/GR, de fecha 20/10/2016, se dio porconcluido la encargatura y se designó a los Funcionarios, en el cargo y funciones, de Sub Gerente dePlaneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Apurímac;

Que, mediante Informe N° 421-2016-GRAP/09/GRPPAT. y sus anexos, de fecha 08/11/2016, el Gerente Regional dePlaneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicitó la rectificación de los artículos primero y segundode la Resolución Ejecutiva Regional N° 449-2016-GRAPURIMAC/GR, de fecha 20/10/2016, con relación al cargo yfunciones, debiendo de consignarse conforme a lo establecido por la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de

" Apurímac, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 015-2011-GR-APURIMAC/CR;

Que, teniendo en consideración los antecedentes documentales y el informe de la referencia, el Gobernador Regionaldel Gobierno Regional de A,purímac, mediante proveído administrativo consignado con expediente número 1140,dispuso se proyecte el acto resolutivo correspondiente, de acuerdo al memorando de gobernación;

Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, en su artículo 201° establece que los erroresmaterial o aritmético, en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquiermomento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni elsentido de la decisión;

Que, de la revisión y evaluación de la petición de rectificación de la Resolución Ejecutiva Regional N° 449-2016-GRAPURIMAC/GR, de fecha 20/10/2016., se advierte el error material de dicho acto resolutivo en lo gue se refiere alcargo y funciones, debiendo de rectificarse teniendo en la consideración el Reglamento de Organizacion y Funciones(ROF) de la Sede del Gobierno Regional de Apurímac, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 015-2011-GR-ApURIMAC/CR;

Por las consideraciones expuestas y en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 "Ley Orgánica deGobiernos Regionales" y sus leyes modificatorias; así como, la Credencial otorgada por el Jurado Nacional deElecciones de fecha 22 de Diciembre del 2014, la Ley N° 30305;

SE RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO: RECTIFICAR, el error material en que se ha incurrido, en la Resolución Ejecutiva Regional N°449-2016-GRAPURIMAC/GR, de fecha 20/10/2016, parte resolutiva (artículos: primero, segundo y cuarto), debiendoquedar redactado de la siguiente manera:

ARTíCULO PRIMERO: DAR POR CONCLUIDO, la encargatura del Ing. Roy David Molina Menacho, en elcargo y funciones, de Sub Gerente de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, de la GerenciaRegional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional deApurímac, expresándole el agradecimiento Institucional por su labor realizada.

Teléfono Cen',',"" 083-32"' 022 Anexo, 115 ITelefax 083-3221 "70 - Jr. Puna ,0"7 Abancay - Apu'-;.-nac ~Hprogi<:'ünGin~:t),..oUí<:H,apu'-¡rrla(:-.!;;Jul)1)0 f conuu1tnS\(~?I·n~;JioflapurjrnnG [}01:>pe ~

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Gobierno Regional de ApurírnacGobernación

(~ntJ¡prrl() Region.11cto A¡:H.H]¡";,H;

466ARTíCULO SEGUNDO: DESIGNAR, a la Economista Denabeth Peña Caytuiro, en el cargo y funciones,de Sub Gerente de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, de la Gerencia Regional dePlaneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Apurímac, con lasfacultades y responsabilidades de ley.

ARTíCULO CUARTO: TRANSCRIBIR, en el mismo día la presente resolución a los Interesados, deacuerdo a lo prescrito por la Ley N° 27444; asimismo, a la Sub Gerencia de Planeamiento yAcondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial del Gobierno Regional de Apurímac y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional deApurímac, para su conocimiento y fines de ley.

ARTíCULO SEGUNDO: DEJAR, subsistente e inalterable los demás extremos de la Resolución Ejecutiva Regional N°449-2016-GR.APURIMAC/GR., de fecha 20/10/2016.

ARTíCULO TERCERO: TRANSCRIBIR, la presente resolución a la Sub Gerencia de Planeamiento yAcondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, ydemás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley.

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GOBERNADOR REGIONALGOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC

WFVT/PR,AZBIDRAJ

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Teléfono Ce-ntl";al; 083-32"1022 Anexo: '"15 ITelefax 083-3221 70 -..)1'. Puno "101' Abaf'"lCay - Apurillt\?lC

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