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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO I NTERNACIONAL DEL TUR I SMO SOSTENIBLE PARA EL DESARROLLO" "AÑO DEL BUEN SERVIC IO AL CI UDADANO" POR CUANTO: MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIOOIVERSIDAD DEL PERÚ ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 003-2017-RMDD/CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día martes 10 de enero del 2016, en su sede institucional, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional. (,4:P-. 1 'o '(<f .,-· \<' ~q. · % CONSIDERANDO: Cl'. \ (f) ':':! lt'í'- 0 <g¡I'.) 'é.Gr,r:,~./ Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Jo~ 2' establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos '-::::~~,,. regionales. Asimismo, define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuesta!; siendo competentes, entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 192 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley 27680, Ley de Reforma Constitucional y el artículo 2 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, el artículo 15, inciso f, concordante con el artículo 19 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus leyes modificatorias, establece la atribución del Consejo Regional para fijar la remuneración del Presidente y Vicepresidente, así como las Dietas de los Consejeros Regionales. Que, mediante el artículo 5 del Decreto de Urgencia 019-2006, se establece que los Presidentes de los Gobiernos Regionales percibirán por todo concepto, la compensación por el ejercicio de sus funciones que fije el Consejo Regional correspondiente, la misma que no excederá la suma de S/. 14,300.00. SEDE CENTRAL Jr. Guillermo Bi l\ in ghu rst Nº 480 Te lé f .. 57 11 99 - 57 1102 - 57 11 61- 57 11 57 FAX : 084 - 57 10 16 - 57 11 02 cil' I C. COORDI NA(. A DM INIST. LIM A Av . Alfonso Uga rtc Nº 8 73 61 0. Pi so E-mail : regionmddp@rcgi onmadrededios.gob.pe Tele fa , 0 14-2 44 388 ( .

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL

REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO INTERNACIONAL DEL TURISMO SOSTENIBLE PARA EL DESARROLLO"

"AÑO DEL BUEN SERV ICIO AL CIUDADANO"

POR CUANTO:

MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIOOIVERSIDAD DEL PERÚ

ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 003-2017-RMDD/CR

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria de Consejo celebrada el día martes 10 de enero del 2016, en su sede institucional, ha

~~~~ aprobado el siguiente Acuerdo Regional. (,4:P-. 1 'o '(<f .,-· \<' ~ ~q. · % CONSIDERANDO: Cl'. \ (f)

':':! lt'í'-0

<g¡I'.) 'é.Gr,r:,~./ Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Jo~2' establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos

'-::::~~,,.

regionales. Asimismo, define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización.

Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuesta!; siendo competentes, entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 192 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional y el artículo 2 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.

Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, el artículo 15, inciso f, concordante con el artículo 19 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus leyes modificatorias, establece la atribución del Consejo Regional para fijar la remuneración del Presidente y Vicepresidente , así como las Dietas de los Consejeros Regionales.

Que, mediante el artículo 5 del Decreto de Urgencia Nº 019-2006, se establece que los Presidentes de los Gobiernos Regionales percibirán por todo concepto , la compensación por el ejercicio de sus funciones que fije el Consejo Regional correspondiente, la misma que no excederá la suma de S/. 14,300.00.

SEDE CENTRAL Jr. Guillermo Bi l\ inghurst Nº 480

Te léf .. 57 11 99 - 57 1102 - 57 11 6 1 - 57 11 57 FAX : 084 - 57 10 16 - 57 11 02

cil' IC. COORDINA(. ADM INIST. LIM A Av. Alfon so Ugartc Nº 873 610 . Piso

E-mail : [email protected] Tele fa , 0 14-244 388

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL

REGIÓN MADRE' DE DIOS " AÑO INTERNACI ONAL DEL T URISMO SOSTEN IBLE PA RA EL DESA RROLLO"

" AÑO DEL BUEN SE RVIC IO AL C IUDA DANO" MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD OU PERÚ

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 038-2006, se modifican algunos artícu los de la Ley Nº 28212, entre otros, el artículo 5, De las Dietas; 5.2, señalando en cuanto a las Dietas de los Consejeros que: los Consejeros Regionales reciben únicamente dietas, según el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales, de conformidad con lo que dispone la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. En ningún caso, dichas dietas pueden superar, en total , el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del Presidente del Gobierno Regional.

Que, la Ley Nº 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mantiene firme la prohibición de hacer reajustes e incrementos en las remuneraciones, dietas y demás conceptos que perciben los funcionarios y servido res públicos .

Que, el Consejo Regional en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad, ha determinado fijar las remuneraciones del Presidente y del Vicepresidente Regional; y asimismo, de manera unánime, ha fijado las dietas de los Consejeros Regionales para el año 2017, conforme se venía abonando .el año próximo pasado, vale decir, manteniendo los montos asignados, por lo que es necesario emitir el correspondiente acuerdo regional.

El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facu ltades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: FIJAR, la Remuneración mensual del Gobernador Regional en la suma de S/. 14,300.00 (CATORCE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 SOLES) y la Remuneración mensual de la Vice Gobernadora Regional en la suma de S/. 7,150.00 (SIETE MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 SOLES), para el año 2017, tal y conforme al importe establecido durante el año próximo pasado.

ARTÍCULO SEGUNDO: FIJAR, las Dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Madre de Dios, en el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del Gobernador Regional, que equivale a S/. 4,290.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES), para el año 201 7, tal y conforme al importe establecido durante el año próximo pasado.

ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano" , así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios.

SEDE CENTRA L Jr . G uillermo BillinghurSI N° 480

Te léf : 57 11 99-57 11 02 -5711 6 1 - 57 1157 FAX: 084 - 51 10 16 - 57 11 02

OFIC. COOR D INAC. ADM IN IST. LI MA Av. Al fo nso Ugartc Nº 873 610 . Piso

E-ma il : regionm ddp@ regionmadrededios.gob .pe Tele fax 0 14-244 388

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GOBIERNO REGIONAL CONSEJO REGIONAL

REGIÓN MADRE DE DIOS "AÑO INTERNACIONAL DE:L TURISMO SOSTENIBLE: PARA E:L DE:SARllOI..LO"

"AÑO DE:L BUE:N SERVICIO AL CIUDADANO" MADRE DE DIOS 0.PITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la Sede del Consejo Regional de Madre de Dios, a los diez días del mes de enero del año dos mil diecisiete.

SEDE CENTR A L Jr. Guillermo Billinghurst Nº 480

Tc lé f.:5 71 199 -57 11 02 - 57 11 6 1 - 57 11 57 FAX: 084 - 57 101 6 - 57 1102

~GOBll!JlfO AEGIONAL MADRE DE DIOS w Con8ajo R.,ional

·--·-··--·~-------------Sr. Carlos AHredo Agullar Mendoza CONSEJEi.O DELEGADO

OFl c'.'" COORDI NAC. ADM INIST. LI MA Av . Alfon so Ugarte Nº 873 610. Piso

E· mail: regionmddp@ regionmadredcdios.gob.pe Tele fa, O 14-244 388