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SECRETARÍA DE FINANZAS RESOLUCIÓN QUE FIJA LAS CUOTAS DE LOS PRODUCTOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTE EL INSTITUTO DE PROFESIONALIZACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017. AVISOS JUDICIALES: 541, 542, 387, 540, 47-B1, 249, 195-A1, 180-A1, 417, 428, 450, 407, 533, 532, 229-A1, 534, 231-A1, 96-B1, 226-A1, 238-A1, 548, 547, 46-B1, 393 y 403. AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 463, 449, 448, 76-B1, 77-B1, 187-A1, 193-A1, 188-A1, 182-A1, 80-B1, 192-A1, 189-A1, 183-A1, 78-B1, 81-B1, 416, 75-B1, 447, 79-B1, 233-A1, 237-A1, 224-A1 y 606. SECCIÓN PRIMERA 300 lunes 13 de febrero de 2017 Tomo 27 CCIII Número Número de ejemplares impresos:

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SECRETARÍA DE FINANZAS

RESOLUCIÓN QUE FIJA LAS CUOTAS DE LOS

PRODUCTOS POR LOS SERVICIOS QUE

PRESTE EL INSTITUTO DE

PROFESIONALIZACIÓN DE LOS SERVIDORES

PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO DEL

GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL

EJERCICIO FISCAL 2017.

AVISOS JUDICIALES: 541, 542, 387, 540, 47-B1,

249, 195-A1, 180-A1, 417, 428, 450, 407, 533, 532,

229-A1, 534, 231-A1, 96-B1, 226-A1, 238-A1, 548,

547, 46-B1, 393 y 403.

AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 463,

449, 448, 76-B1, 77-B1, 187-A1, 193-A1,

188-A1, 182-A1, 80-B1, 192-A1, 189-A1,

183-A1, 78-B1, 81-B1, 416, 75-B1, 447, 79-B1,

233-A1, 237-A1, 224-A1 y 606.

SECCIÓN PRIMERA

300

lunes 13 de febrero de 2017

Tomo

27

CCIII

78 Número

Número de ejemplares impresos:

Página 2 13 de febrero de 2017

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

SECRETARÍA DE FINANZAS

RESOLUCIÓN QUE FIJA LAS CUOTAS DE LOS PRODUCTOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTE EL INSTITUTO DE PROFESIONALIZACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017. Dra. Blanca Esthela Mercado Rodríguez, Subsecretaria de Ingresos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 19 fracción III, 23 y 24 fracciones II y III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1, 5, 10 y 16 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; y, 3 fracción I, 4 fracción II, 8 fracción XII, y 10 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, en relación con el diverso 18 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2017, y con el “Acuerdo del C. Secretario de Finanzas mediante el cual autoriza a la C. Subsecretaria de Ingresos a suscribir las Reglas de Carácter General que señalan aquellos productos y aprovechamientos que no requieren autorización para su cobro en el ejercicio fiscal del año 2017, así como para emitir las Resoluciones de Carácter Particular que fijen o modifiquen los productos o aprovechamientos que sean solicitados por las dependencias para autorización de la Secretaría de Finanzas”, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” de fecha 21 de diciembre de 2016; y,

CONSIDERANDO Que en el artículo 18 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal 2017, se señala que el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas, queda autorizado para fijar o modificar los productos que se cobren en el ejercicio fiscal de 2017, previa solicitud de las dependencias interesadas. Que de acuerdo con el artículo 10 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, son productos las contraprestaciones por los servicios que presten el Estado y los municipios en sus actividades de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento y enajenación de sus bienes de dominio privado, que estén previstos en la Ley de Ingresos. Que una vez identificados los servicios y bienes que por la función de derecho privado ofrece el Instituto de Profesionalización, y toda vez que no existe una cuota definida de recuperación para el ejercicio fiscal del año 2017 que permita resarcir el gasto a la autoridad por el otorgamiento del servicio respectivo, se emite la siguiente:

RESOLUCIÓN QUE FIJA LAS CUOTAS DE LOS PRODUCTOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTE EL INSTITUTO DE PROFESIONALIZACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.

Primero.- En cumplimiento a la obligación contenida en el artículo 18 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2017, se dan a conocer las cuotas de los productos por los conceptos que presta el Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de México, de conformidad con lo siguiente:

13 de febrero de 2017 Página 3

Productos y servicios en materia de profesionalización

Rubros Unidad de

medida Tarifa 2017

($)

Capacitación

Curso básico Hora 810.00

Curso intermedio Hora 1,620.00

Curso avanzado Hora 2,025.00

Conferencia Hora

31,160.00

Diseño

Del contenido de capacitación presencial Hora 1,870.00

Material didáctico Hora 1,870.00

Competencia Hora

4,155.00

Instrumentos de evaluación Hora 1,870.00

Instruccional en línea Hora

2,390.00

Producción multimedia curso en línea Hora lectiva 5,195.00

Reproducción

Materiales tipo A impreso Juego

210.00

Materiales tipo B impreso Juego

520.00

Materiales tipo C impreso Juego 1,035.00

Materiales tipo D impreso Juego 1,560.00

Coaching

Sesión de coaching tipo A Sesión

2,595.00

Sesión de coaching tipo AA Sesión 4,155.00

Sesión de coaching tipo AAA Sesión 6,235.00

Sesión de coaching tipo plus Sesión 10,390.00

Certificaciones

Proceso de evaluación básico Proceso individual 2,285.00

Proceso de evaluación intermedio Proceso individual 3,115.00

Proceso de evaluación avanzado Proceso individual 5,715.00

Proceso de evaluación especializado Proceso individual 8,830.00

Certificado de competencia nivel 1 Unidad 240.00

Certificado de competencia nivel 2 Unidad 525.00

Certificado de competencia nivel 3 Unidad 810.00

Certificado de competencia nivel 4 Unidad 1,195.00

Certificado de competencia nivel 5 Unidad 1,350.00

Página 4 13 de febrero de 2017

Consultoría en formación, desarrollo y competencias

Metodólogos Hora 4,155.00

Líder de proyecto Hora 5,195.00

Especialista A senior Hora 4,155.00

Especialista B junior Hora 3,115.00

Eventos de formación y desarrollo

Logística para eventos de formación y desarrollo Hora hombre 3,115.00

Coordinación para eventos de formación y desarrollo Hora hombre 5,195.00

Aula equipada para eventos de formación y desarrollo Hora 3,115.00

Salón equipado y habilitado para eventos de formación y desarrollo Hora 25,975.00

Auditorio equipado y habilitado para eventos de formación y desarrollo Hora 31,165.00 Espacios de arte y cultura habilitados para eventos de formación y desarrollo

Hora 36,365.00

Profesionalización en línea

Servicios de configuración de parámetros Hora 2,595.00

Servicios de soporte técnico en línea a usuarios Hora 2,075.00

Programación de elementos de formación en línea Hora 3,115.00

Administración de usuarios Individual 65.00

Tutores en línea Hora 1,245.00

Coordinador en línea Hora grupo 520.00

Usuario en plataforma de gestión del aprendizaje

De 1 a 100 Individual mes 130.00

De 101 a 500 Individual mes 105.00

De 501 a 1,000 Individual mes 80.00

De 1,001 a 5,000 Individual mes 55.00

Expedición de documento de acreditación

Emisión de reconocimiento Pza. 55.00

Emisión de constancia Pza. 105.00

Emisión de certificado Pza. 520.00

Emisión de diploma Pza. 2,075.00

Segundo.- Los ingresos provenientes de los productos antes indicados deberán ser recaudados por la Secretaría de

Finanzas, a través de las instituciones del Sistema Financiero Mexicano o establecimientos autorizados para tal efecto, para su concentración correspondiente.

T R A N S I T O R I O S

Primero.- Publíquese la presente Resolución en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

Segundo.- Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo en la Ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil diecisiete.

LA SUBSECRETARIA DE INGRESOS

DRA. BLANCA ESTHELA MERCADO RODRÍGUEZ (RÚBRICA).

13 de febrero de 2017 Página 5

A V I S O S J U D I C I A L E S

JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE OTUMBA

E D I C T O

RUBÉN SÁNCHEZ ANDRADE, por su propio derecho, promueve en el EXPEDIENTE NÚMERO 60/2017, PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO DILIGENCIAS DE INFORMACIÓN DE DOMINIO, respecto del inmueble denominado “SIN NOMBRE”, ubicado en Avenida 16 de Septiembre Norte, sin número, Colonia Centro, Municipio de San Martín de las Pirámides, Estado de México, que en fecha 05 de Mayo de 2002, lo adquirió del señor Rafael Ángel Mendoza Benítez, mediante contrato privado de compraventa y desde esa fecha lo posee, en concepto de propietario, de forma pacífica, continua, pública y de buena fe, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 33.40 metros, colinda con SOLAR 3, 10 y 11, hoy con AURELIO GARCÍA MORENO; AL SUR: 28.63 metros, colinda con CALLEJÓN 28, hoy con RUBÉN SÁNCHEZ ANDRADE; AL ORIENTE: 10.85 metros, colinda con AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE NORTE, y; AL PONIENTE: 11.00 metros, colinda con RUBÉN SÁNCHEZ ANDRADE; con una superficie aproximada de 338.78 metros cuadrados.

SE EXPIDE EL PRESENTE EDICTO PARA SU PUBLICACION POR DOS 2 VECES CON INTERVALOS DE DOS DIAS HÁBILES EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y EN EL PERIODICO “8 COLUMNAS” DE MAYOR CIRCULACION EN LA POBLACION.

OTUMBA, MEXICO, VEINTISIETE DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE.-DOY FE.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. JULIO CÉSAR RAMÍREZ DELGADO.-RÚBRICA.

541.- 8 y 13 febrero.

JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE OTUMBA

E D I C T O

TERESA ALFARO BLANCAS, a través de su apoderada legal, promueve en el EXPEDIENTE NÚMERO 51/2017, PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO DILIGENCIAS DE INFORMACIÓN DE DOMINIO”, respecto del inmueble “SIN NOMBRE”, ubicado en Cerrada de Enrique Yáñez, sin número, Barrio Segunda de la Trinidad, en el Municipio de Otumba, Estado de México, que en fecha 14 de Junio de 2012, lo adquirió de la señora Isabel Blancas Espinosa, mediante contrato privado de compraventa y desde esa fecha lo posee, en concepto de propietaria, de manera pacífica, continua, pública y de buena fe, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE 11.32 metros, colinda con ERNESTO BLANCAS BLANCAS; AL SUR en dos medidas, la primera de 1.25 metros, colinda con MARIO LAZCANO, actualmente CALLEJON y la segunda de 10.40 metros, colinda con JORGE GARCIA ESTAÑOL actualmente CALLEJON; AL ORIENTE en dos medidas, la primera 8.60 metros, colinda con MARIO LAZCANO, actualmente NERI LAZCANO ESPINOZA y la segunda en 6.03 metros, colinda con MARIO LAZCANO actualmente CALLEJON; AL PONIENTE 13.66 metros, colinda con CALLE SIN NOMBRE actualmente CERRADA ENRIQUE YAÑEZ; con una superficie aproximada de 152.03 metros cuadrados.

SE EXPIDE EL PRESENTE EDICTO PARA SU PUBLICACION POR DOS 2 VECES CON INTERVALOS DE DOS DIAS HÁBILES EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y EN EL PERIODICO “8 COLUMNAS” DE MAYOR CIRCULACION EN LA POBLACION.

OTUMBA, MEXICO, VEINTISIEIS DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE.-DOY FE.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. JULIO CÉSAR RAMÍREZ DELGADO.-RÚBRICA.

542.- 8 y 13 febrero.

JUZGADO QUINCUAGESIMO DE LO CIVIL CIUDAD DE MEXICO

E D I C T O

SRIA. “A”.

En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO,

promovido por HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de MARTHA GEORGINA GALLARDO GARCÍA, EXPEDIENTE 567/2013. El C. Juez Quincuagésimo de lo Civil, ordenó sacar a remate en primer almoneda respecto del bien inmueble hipotecado, consistente en: VIVIENDA EN CONDOMINIO C, LOTE 63, DE LA MANZANA 28, DEL CONJUNTO URBANO DE INTERÉS SOCIAL DENOMINADO “JOYAS DE CUAUTITLÁN” UBICADO EN UNA FRACCIÓN DE LOS EN QUE SE DIVIDIÓ LA FRACCIÓN DE ANTIGUO CASCO DE LA CORREGIDORA, EN EL FRACCIONAMIENTO DE LA “HACIENDA DE JALTIPA Y ANEXAS”, QUE ES LA ESQUINA QUE FORMA EL ANTIGUO PUEBLO DE SAN MIGUEL HOY MELCHOR OCAMPO Y EL CAMINO A TULTEPEC, UBICADO EN TÉRMINOS DEL MUNICIPIO Y DISTRITO DE CUAUTITLÁN, ESTADO DE MÉXICO, sirviendo de base para el remate la cantidad de CUATROCIENTOS CINCO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL, que resultó del avalúo emitido por el perito de la parte actora, siendo postura legal, la que cubra las dos terceras partes de la cantidad precisada; y para que tenga verificativo la audiencia respectiva se señalaron las DIEZ HORAS DEL VEINTITRÉS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISIETE, por lo que se convocan postores, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A 23 DE NOVIEMBRE DE 2016.-LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”, LIC. VIRGINIA LÓPEZ RAMOS.-RÚBRICA.

387.-30 enero y 13 febrero.

JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE OTUMBA E D I C T O

RUBÉN SÁNCHEZ ANDRADE, por su propio derecho, promueve en el EXPEDIENTE NÚMERO 61/2017, PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO DILIGENCIAS DE INFORMACIÓN DE DOMINIO, respecto del inmueble denominado “SIN NOMBRE”, ubicado en Avenida 16 de Septiembre Norte, sin número, Colonia Centro, Municipio de San Martín de las Pirámides, Estado de México, que en fecha 20 de agosto de 1997, lo adquirió del señor Roberto Dimas Mendoza Benítez, mediante contrato privado de compraventa, y desde esa fecha lo posee, en concepto de propietario, de forma pacífica, continua, pública y de buena fe, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 28.64 metros, colinda con RUBÉN SÁNCHEZ ANDRADE; AL SUR: 23.24 metros, colinda con MARCELINA SOLIS VILLA; AL SUR: 17.19 metros, colinda con MARIA DEL ROCIO MARTINEZ MONTIEL; AL ORIENTE: 37.17 metros, colinda con MARCELINA SOLIS VILLA Y CELIA GLORIA MENDOZA BENITEZ; AL ORIENTE: 11.00 metros, colinda con RUBEN SANCHEZ ANDRADE; AL ORIENTE: 03.85 metros, colinda con AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE NORTE, Y AL PONIENTE: 53.20 metros, colinda con PEDRO LAURO MORALES MARTINEZ; con una superficie aproximada de 848.88 metros cuadrados.

SE EXPIDE EL PRESENTE EDICTO PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS 2 VECES CON INTERVALOS DE DOS DÍAS HÁBILES EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y EN EL PERIODICO “8 COLUMNAS” DE MAYOR CIRCULACION EN LA POBLACIÓN.

OTUMBA, MÉXICO, VEINTISIETE DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE.-DOY FE.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. JULIO CESAR RAMIREZ DELGADO.-RÚBRICA.

540.- 8 y 13 febrero.

Página 6 13 de febrero de 2017

JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA NEZAHUALCOYOTL-LOS REYES LA PAZ

E D I C T O

EMPLAZAMIENTO: Se hace saber que en el expediente 1225/2015, relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL, ACCIÓN REIVINDICATORIA, promovido por JUANA MONROY CEDILLO, en contra de BULMARO GUZMAN VENTURA y PAULINA ALVARADO VALENCIA. En el Juzgado Quinto Civil de Nezahualcóyotl con residencia en La Paz, Estado de México, el Juez del conocimiento dicto auto que admitió la demanda, y por auto de seis de enero del año dos mil diecisiete, se ordenó emplazar por medio de edictos al demandado reconvencionista BANCO FIDUCIARIO HIPOTECARIO Y DE AHORROS, S.A. DE C.V., haciéndoles saber que deberá presentarse a contestar la demanda reconvencional entablada en su contra, dentro del plazo de TREINTA DÍAS, contados a partir del siguiente día al en que surta efectos la última publicación de los edictos, apercibidos de que en caso de no comparecer dentro del plazo indicado por sí, por apoderado o gestor que pueda representarlo, se seguirá el juicio en su rebeldía, previniéndoles además para que señale domicilio dentro de la población en que se ubica este Juzgado, para oír y recibir notificaciones, apercibidos que de no hacerlo las subsecuentes y aún las de carácter personal se le harán mediante su publicación en la lista y Boletín Judicial. Relación suscinta de la demanda PRESTACIONES: a) De JUANA MONROY CEDILLO y JOSÉ HUESCA GALICIA la nulidad absoluta del contrato privado de compraventa de fecha 30 de abril de 2005, relativo al terreno número 16, manzana 6, Colonia Magdalena de Los Reyes, Municipio de La Paz, México. b) De JUANA MONROY CEDILLO, la nulidad absoluta del juicio de prescripción positiva tramitado en este Juzgado bajo el número 230/11, promovido por JUANA MONROY CEDILLO, en contra de BANCO FIDUCIARIO HIPOTECARIO Y DE AHORRO S.A. DE C.V. y JOSÉ HUESCAS GALICIA, respecto del lote de terreno número 16, manzana 6, Colonia Magdalena de Los Reyes, Municipio de La Paz, México, con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: 08.00 mts. con lote 9, AL SUR: 08.00 mts. con calle del Agua, AL ORIENTE: 20.00 mts. con lote 17, AL PONIENTE: 20.00 mts. con lote 15, con una superficie de 160.00 m

2. c) Del Instituto de la Función Registral del Estado de México,

Oficina Registral de Texcoco, la cancelación de la inscripción de la sentencia del juicio de Usucapión con número de expediente 230/11, con número de folio real electrónico 00016315, relativa al terreno número 16, manzana 6, Colonia Magdalena de Los Reyes, Municipio de La Paz, México, con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: 08.00 mts. con lote 9, AL SUR: 08.00 mts. con calle del Agua, AL ORIENTE: 20.00 mts. con lote 17, AL PONIENTE: 20.00 mts. con lote 15, con una superficie de 160.00 m

2. d) De JUANA MONROY CEDILLO el

pago de gastos y costas que se genere en el presente juicio. e) Del BANCO FIDUCIARIO HIPOTECARIO Y DE AHORROS S.A. DE C.V., la nulidad absoluta del juicio de prescripción positiva tramitado en este Juzgado bajo el número 230/11, promovido por JUANA MONROY CEDILLO, en contra de BANCO FIDUCIARIO HIPOTECARIO Y DE AHORRO S.A. DE C.V. y JOSÉ HUESCAS GALICIA, respecto del lote de terreno número 16, manzana 6, Colonia Magdalena de Los Reyes, Municipio de La Paz, México. HECHOS: 1.- El suscrito ELISEO GUZMÁN REYES, junto con mí difunta esposa FELIPA VENTURA GARCIA quien también se hacía llamar FELIPA VENTURA DE GUZMAN, llegamos a ocupar el terreno número 16, manzana 6, Colonia Magdalena de Los Reyes, Municipio de La Paz, México, con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: 08.00 mts. con lote 9, AL SUR: 08.00 mts. con calle del Agua, AL ORIENTE: 20.00 mts. con lote 17, AL PONIENTE: 20.00 mts. con lote 15, con una superficie de 160.00 m

2, en calidad de propietarios desde el año

1973, y adquirimos la propiedad respecto del inmueble en el año 1973, por compraventa que nos realizó el señor PRAXEDIS GÓMEZ ARANA, a quien se le pago la cantidad de $13,000.00 (TRECE MIL PESOS 00/100 M.N.), en presencia de varias personas y familiares, entre ellos BERTHA CAMPOS CARNAVALES, FELIPA GUZMAN VENTURA. 2.- En todos y

cada uno de los documentos aparece como domicilio de mi esposa Calle del Agua, Lote 16, Manzana 6, Colonia Magdalena de Los Reyes, Municipio de La Paz, México. Al fallecer mi esposa; mi hijo y mi nuera habían realizado maniobras para pretender apropiarse del inmueble, quedándose con todos los documentos originales. PEDRO GUZMAN VENTURA, ha vivido en el inmueble motivo de la controversia por haberlo el suscrito a vivir ahí, quien a su vez llevo posteriormente a JUANA MONRROY CEDILLO, y han ocupado solamente una fracción de dicho inmueble, con una superficie aproximada de 80.00 m

2,

circunstancia que le consta a familiares y vecinos. 3.- JUANA MONROY CEDILLO coludida con JOSÉ HUESCA GALICIA, promovió Juicio Ordinario Civil, Usucapión, con número de expediente 230/11 en contra de BANCO FIDUCIARIO HIPOTECARIO Y DE AHORROS S.A. DE C.V. y JOSÉ HUESCA GALICIA, manifestando hechos falsos, con dolo y de mala fe, a fin de obtener un beneficio personal perjudicando al suscrito y a la sucesión intestamentaria a bienes de FELIPA VENTURA GARCÍA. 4.- El único y verdadero propietario lo es el suscrito y mi difunta esposa FELIPA VENTURA GARCÍA, como le consta a familiares y vecinos. PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO, EN OTRO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN ESTA CIUDAD Y EN EL BOLETÍN JUDICIAL.-LA PAZ, MÉXICO, A DOCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación 06 de Enero de 2017.-SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. HÉCTOR REYES DOMÍNGUEZ.-RÚBRICA.

47-B1.- 20, 31 enero y 13 febrero.

JUZGADO SEXTO DE LO FAMILIAR DISTRITO DE TLALNEPANTLA-ATIZAPAN DE ZARAGOZA

E D I C T O

EXPEDIENTE NÚMERO 327/2016.

JUICIO: SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES MARIA DE LOURDES GARCÍA GARCÍA ACTOR: TERESITA DEL NIÑO JESÚS GARCÍA GARCÍA

La Jueza Sexto de lo Familiar de Tlalnepantla de Baz, con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, en su acuerdo de fecha, ocho de septiembre de dos mil dieciséis dictado en el expediente al rubro citado, ordenó notificar la radicación de la presente sucesión a MARÍA CECILIA GARCÍA GARCÍA, haciendo saber además al público en general que en este Juzgado se encuentra radicado la sucesión intestamentaria a bienes de MARÍA DE LOURDES GARCÍA GARCÍA, a fin de que MARÍA CELIA GARCIA GARCÍA, pueda apersonarse a deducir sus derechos hereditarios que le pudieran corresponder en la presente sucesión, ello dentro del plazo de TREINTA DÍAS contados a partir del siguiente en que surta efectos la última publicación previniéndole para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la población de éste Tribunal que lo es la colonia Villas de la Hacienda, Atizapán de Zaragoza, Estado de México, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista y boletín Judicial conforme a lo establecido por los artículos 1.165, fracciones II y III. 1.168, 1.170 y 1.172 del Código de Procedimientos Civiles. Para su publicación en tres ocasiones de siete en siete días en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en otro de mayor circulación en ésta ciudad, en el Boletín Judicial y en la puerta de éste Juzgado.

VALIDACIÓN: FECHA DEL ACUERDO: OCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.-NOMBRE, CARGO Y FIRMA: LIC. MARCO ANTONIO VERGARA DIAZ.-SECRETARIO DE ACUERDOS.-RÚBRICA.

249.- 20, 31 enero y 13 febrero.

13 de febrero de 2017 Página 7

JUZGADO PRIMERO MERCANTIL ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO

E D I C T O

EXPEDIENTE NÚMERO: 1048/2014. JUICIO: ORDINARIO CIVIL ACTOR: JOSE ROSARIO PEREZ LEYVA DEMANDADO: AGUSTÍN PÉREZ JIMÉNEZ EMPLAZAR POR EDICTOS A: AGUSTÍN PÉREZ JIMÉNEZ.

Se hace de su conocimiento que JOSE ROSARIO PEREZ LEYVA promoviendo por su propio derecho en el juicio al rubro indicado, le demanda en la vía ORDINARIA CIVIL en el expediente número 1048/2014 las siguientes prestaciones: a). la declaración de usucapión en favor de quien suscribe b), que se declare para todos los efectos legales que ha operado la usucapión y por consiguiente se le reconozca al suscrito como propietario del bien inmueble c). el pago de gastos y costas. Fundando su demanda en los siguientes hechos 1. En fecha 13 de enero de 1985 adquirí del señor AGUSTÍN PÉREZ JIMÉNEZ mediante contrato de compraventa el predio motivo de la presente demanda el cual cuenta con las siguientes medidas y colindancias NORTE: 13.20 METROS COLINDA CON LOTE 56 LETRA “A”, SUR: 13.20 METROS COLINDA CON CALLE FRANCISCO I. MADERO, ORIENTE: 18.00 METROS COLINDA CON CALLE AGUSCALIENTES, PONIENTE: 18.00 METROS COLINDA CON LOTE 39 LETRA “D” 2. El que suscribe, he sido poseedor de buena fe del terreno y casa, desde 1985, manifestando bajo protesta de decir verdad que la documentación original del inmueble me fue entregada por el hoy demandado 3. Con fecha 21 de agosto del año 2014 el C. Registrador Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México, me expidió un certificado de inscripción, en donde aparece a nombre de la persona que se encuentra registrado el bien inmueble citado con antelación y que dice textualmente de la siguiente manera “…propietario (s): AGUSTÍN PEREZ JIMÉNEZ…” 4. Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que desde las fechas que adquirí del señor AGUSTÍN PÉREZ JIMÉNEZ, he poseído el inmueble descrito en la prestación a título de dueño, de forma pacífica, continua, pública, de buena fe e ininterrumpidamente 5. Como se desprende del recibo oficial 2009 al 2014, demuestro que me encuentro al corriente del pago de impuesto predial, expedidos al nombre del vendedor, aclarando que el vendedor había vendido la mitad de su terreno que comprende la superficie total, sin embargo con posterioridad lo recuperó y así me vendió la totalidad del inmueble 6. Como el contrato privado con el que adquirí el bien inmueble no es inscribible, es motivo por el cual promuevo el presente juicio en virtud de que he tratado de localizar al anterior propietario para regularizar la documentación y poder adquirir una escritura sin lograrlo, debo hacer mención que mi posesión ha sido con los siguientes atributos: en concepto de propietario en forma pacífica, continua, pública, de buena fe, e ininterrumpidamente por más de 29 años 7. Dicha posesión que he tenido públicamente y me es reconocida en el lugar de mi vivienda por todos los habitantes de la colonia, por lo que solicito se declare que soy legítimo propietario.

PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE SIETE

EN SIETE DIAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO, EN OTRO DE MAYOR CIRCULACIÓN DE ESTA POBLACIÓN Y EN EL BOLETÍN JUDICIAL, HACIENDOLE SABER QUE DEBE PRESENTARSE A ESTE JUZGADO DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PATIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACIÓN. SE FIJARAN ADEMAS EN LOS ESTRADOS DE ESTE RECINTO JUDICIAL, POR TODO EL TIEMPO DEL EMPLAZAMIENTO. SI PASADO ESTE PLAZO NO COMPARECE POR SI POR APODERADO LEGAL O POR GESTOR QUE PUEDA REPRESENTARLOS, SE SEGUIRA EL JUICIO EN SU REBELDIA Y SE LE TENDRA POR CONTESTADA LA DEMANDA, EN TERMINOS DE LO QUE DISPONE EL

NUMERAL 2.119 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE MÉXICO, HACIENDOSELE LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES POR LISTA Y BOLETÍN JUDICIAL.- DOY FE.

ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO,

DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- DOY FE.

LO ANTERIOR EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO

PO AUTO DE FECHA DOCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.- DOY FE.- SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. FRANCISCO JAVIER CALDERÓN QUEZADA.- RÚBRICA.

195-A1.- 31 enero, 13 y 22 febrero.

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

SECRETARÍA “B”.

EXP. 386/14.

LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO PROMOVIDO POR HSBC MÉXICO S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISIÓN FIDUCIARIA EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO F/262757 EN CONTRA DE KARLA MARTÍNEZ QUIROGA Y ARMANDO ZARATE ARELLANO, EXPEDIENTE 386/14, LA C. JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL POR MINISTERIO DE LEY LICENCIADA ROSA MARIA DEL CONSUELO MOJICA RIVERA., ORDENO MEDIANTE AUTO DE CATORCE Y OCHO AMBOS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, SE SEÑALARON LAS DIEZ HORAS DEL DIA VEINTITRES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA, RESPECTO DEL BIEN INMUEBLE HIPOTECADO IDENTIFICADO COMO VIVIENDA MARCADA CON EL NÚMERO OFICIAL 165 DE LA CALLE CONDORES, EDIFICADA SOBRE EL LOTE PRIVATIVO DE TERRENO NÚMERO 33, DE LA MANZANA “Q”, PERTENECIENTE AL CONJUNTO URBANO DE TIPO HABITACIONAL POPULAR DENOMINADO “JARDINES DE TULTITLAN”, SITUADO EN LA CALLE EXHACIENDA PORTALES, COLONIA PARQUE INDUSTRIAL CARTAGENA, MUNICIPIO DE TULTITLAN, ESTADO DE MÉXICO, ASÍ COMO LOS DERECHOS DE COPROPIEDAD QUE SOBRE LAS PARTES Y ELEMENTOS COMUNES LE CORRESPONDAN CON VALOR DE AVALÚO DE $780,000.00 (SETECIENTOS OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), SIENDO POSTURA LEGAL QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS PARTES DE DICHO MONTO DEBIENDO LOS LICITADORES PARA TOMAR PARTE EN LA SUBASTA, CONSIGNAR PREVIAMENTE MEDIANTE BILLETE DE DEPÓSITO, UNA CANTIDAD IGUAL AL DIEZ POR CIENTO EFECTIVO DEL VALOR QUE SIRVE DE BASE PARA EL REMATE, SIN CUYO REQUISITO NO SERÁN ADMITIDOS, ATENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 574 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

Edictos que se publicarán por dos veces, debiendo

mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha de la audiencia igual plazo, publicándose en los Tableros de avisos de este Juzgado, en la Tesorería de la Ciudad de México y en el periódico “El Economista”.-CIUDAD DE MÉXICO A 14 DE DICIEMBRE DEL 2016.-C. CONCILIADOR EN FUNCIONES DE SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. JOSE ALBERTO BAÑUELOS BEAJEAN.-RÚBRICA.

180-A1.- 30 enero y 13 febrero.

Página 8 13 de febrero de 2017

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA NEZAHUALCOYOTL, MEXICO

E D I C T O

En los autos del expediente número 125/2014, se ordena el emplazamiento a los codemandados JAVIER ESPINOSA DE JESUS y MARICELA GONZALEZ MARIN, toda vez que JAVIER ESPINOSA DE JESUS les demanda a MARICELA GONZALEZ MARIN, en la vía ordinaria civil usucapión del inmueble ubicado en calle Nueve, lote uno, manzana treinta y siete Colonia Campestre Guadalupana en Nezahualcóyotl, Estado de México con una superficie total de 275.50 metros cuadrados, siendo las siguientes medidas al Norte en 17.00 metros con Avenida 6; al Sur en 20.00 metros con lote 2, al Oriente en 16.00 metros con lote 8 y 9; al Poniente en 9.00 metros con calle 9 el cual se encuentra inscrito en el Libro Primero, Sección Primera del volumen 87 de la partida 599 así como el folio real electrónico 56789, haciéndose una relación sucinta de las siguientes prestaciones: A) La cancelación de los antecedentes registrales que obra en el Libro Primero, Sección Primera del volumen 87 de la partida 599 así como el folio real electrónico 56789, B) Usucapión del inmueble ubicado en la calle Nueve, lote uno, manzana treinta y siete Colonia Campestre Guadalupana en Nezahualcóyotl, Estado de México, Toda vez que es la persona que le entregó la posesión del inmueble por medio de un contrato de compraventa y su negativa para escriturar el inmueble, así como MACARIO LOPEZ GARDUÑO, les demanda las prestaciones hechas valer en la reconvención a JAVIER ESPINOSA DE JESUS y MARICELA GONZALEZ MARIN, a) La reivindicación del inmueble ubicado en la calle Nueve, lote uno, manzana treinta y siete Colonia Campestre Guadalupana en Nezahualcóyotl, Estado de México, b) Como consecuencia de lo anterior la entrega del inmueble; c) La declaración judicial de que MACARIO LOPEZ GARDUÑO tiene el dominio del inmueble antes descrito, d) El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine, e) La declaración judicial por sentencia firme de que es nulo el contrato de compraventa de fecha cinco de diciembre del año dos mil cuatro realizado entre el señor JAVIER ESPINOSA DE JESUS y la señora MARICELA GONZALEZ MARIN, respecto del inmueble antes descrito. Manifestando en los hechos de la demanda inicial que a partir del día cinco de diciembre del año dos mil cuatro, celebro contrato de compraventa privado con la C. MARICELA GONZALEZ MARIN, respecto del inmueble ubicado en la calle Nueve, lote uno, manzana treinta y siete Colonia Campestre Guadalupana en Nezahualcóyotl, Estado de México, entregándole en ese momento la posesión, razón de $650’000.00 (SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), pactando ambas partes de igual que se presentarían ante autoridad competente para la realización de los tramites necesario para la escrituración del predio, sin que hasta la fecha lo hayan hecho, siendo que la posesión del predio lo ha hecho título de propietario y la posesión la ha tenido más de cinco años de forma pacífica, continua e ininterrumpida y de buena fe. Y MACARIO LOPEZ GARDUÑO narra en los hechos de la reconvención que es propietario del inmueble ubicado calle Nueve, lote uno, manzana treinta y siete Colonia Campestre Guadalupana en Nezahualcóyotl, Estado de México, por haberlo adquirido mediante escritura publico 3124 de fecha dos de julio de mil novecientos setenta y nueve, otorgada ante el Notario Público Número Siete de Texcoco, Efrén Patiño Navarrete, la cual se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Nezahualcóyotl, Estado de México bajo los datos registrales de Libro Primero Sección Primera, volumen ochenta y siete partida quinientos noventa y nueve de fecha diez de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho. Ignorándose el domicilio de los codemandados JAVIER ESPINOSA DE JESUS y MARICELA GONZALEZ MARIN, se les emplaza para que dentro del PLAZO DE TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación ordenada, comparezcan a contestar la demanda y señale domicilio dentro de la Colonia Benito Juárez de esta Ciudad para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no

hacerlo y pasado el termino, no comparece por sí o por apoderado que pueda representarlo a juicio, el presente se seguirá en su rebeldía, teniéndole por contestada la demanda en sentido negativo y las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista y Boletín Judicial, en términos de lo dispuesto por el artículo 1.182 del Código de Procedimientos Civiles, quedando a su disposición en la Secretaría del Juzgado las copias simples de la demanda.

PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE

EN SIETE DIAS EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO QUE SE EDITA EN LA CIUDAD DE TOLUCA, MEXICO, EN LOS PERIODICOS DE MAYOR CIRCULACION DE ESTA CIUDAD “EL RAPSODA”, OCHO COLUMNAS O DIARIO AMANECER” ASI COMO EN LA PUERTA DE ACCESO DE ESTE JUZGADO Y EN EL BOLETIN JUDICIAL. SE EXPIDE EL PRESENTE EN NEZAHUALCOYOTL, MEXICO, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑOS DOS MIL DIECISEIS.-DOY FE.-EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DE FECHA TRES DE AGOSTO DEL 2016 Y TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL 2016.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. FELIX ROMAN BERNARDO JIMENEZ.-RÚBRICA.

417.-31 enero, 13 y 22 febrero.

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y EXTINCION DE DOMINIO

DE PRIMERA INSTANCIA ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO

E D I C T O

MARIA DE JESUS GONZALEZ DE TRUJILLO

Por medio del presente y a lo ordenado en auto de fecha tres de noviembre del año en curso se le hace saber que en el juzgado primero civil y extinción de dominio de primera instancia de Ecatepec de Morelos, Estado de México, se radico el juicio sumario de usucapión, bajo el expediente número 620/2016 promovido por GREGORIO CASTAÑEDA CASTAÑEDA, en contra de MARIA DE JESUS GONZALEZ DE TRUJILLO por lo que se le ordena emplazarla mediante edictos y por ello se transcribe la relación sucinta de Hechos: 1.- que el día 30 de enero de mil novecientos ochenta y siete, en el domicilio motivo ahora de esta acción, nos reunimos la señora MARIA DE JESUS GONZALEZ DE TRUJILLO y el ocursante para la compraventa del inmueble materia de la litis; 2.- el inmueble tiene las siguientes medidas y colindancias al norte 10 metros con fracción del lote 5, al sur 8 metros con avenida rio bravo al oriente 20 metros con lote 3, al poniente 18 metros con calle 5 norte. 3.- ambos contratantes nos pusimos de acuerdo y fijamos el precio de 1.300.000.00, misma que le fue entregada. 4.- ahora bien como ya han transcurrido veintinueve años de poseer en forma pacífica de buena fe y de acuerdo a las costumbre. 5.- Haciéndole de su conocimiento se le concede el término de TREINTA DIAS, a fin de que produzca su contestación a la demanda, contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, si pasado este término no comparece por sí, por apoderado o gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio en su rebeldía, haciéndoseles las posteriores notificaciones por lista y boletín en términos de lo dispuesto por los artículos 182, 188 y 195 del Código adjetivo de la materia. PUBLIQUESE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE, EN EL PERIODICO OFICIAL, GACETA DEL GOBIERNO, EN OTRO DE MAYOR CIRCULACION EN LA ENTIDAD Y EN EL BOLETÍN JUDICIAL. DEBIENDOSE ADEMAS FIJAR EN LA PUERTA DE ESTE TRIBUNAL, UNA COPIA INTEGRA DE LA PRESENTE RESOLUCION POR TODO EL TIEMPO DEL EMPLAZAMIENTO. DADO EN ECATEPEC DE MORELOS, MÉXICO; A DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS. DOY FE

VALIDACIÓN: FECHA DE ACUERDO QUE ORDENO LA PUBLICACIÓN: 3 DE NOVIEMBRE DE 2016.- SECRETARIO, LIC. FELIX ROMAN BERNARDO JIMENEZ.- RÚBRICA.

428.- 31 enero, 13 y 22 febrero.

13 de febrero de 2017 Página 9

JUZGADO NOVENO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TLALNEPANTLA - HUIXQUILUCAN

E D I C T O

NOTIFICACIÓN: Se hace saber que en el expediente número 373/2016, relativo al JUICIO ESPECIAL DE DESAHUCIO, promovido por MARIO VIVEROS MACHAIN en contra de HONORIO QUINTANILLA SALINAS, el Juez del conocimiento por auto de fecha dieciséis de enero de dos mil diecisiete, ordenó notificar por medio de edictos a HONORIO QUINTANILLA SALINAS, haciéndole saber que deberá presentarse en el local de este Juzgado a contestar la demanda entablada en su contra, dentro del plazo de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, apercibiéndole que para el caso de no hacerlo, el juicio se seguirá en su rebeldía, previniéndole además que deberá señalar domicilio dentro de la población donde se ubica este Tribunal para oír y recibir notificaciones de su parte, con el apercibimiento que de no hacerlo, las de carácter personal se le harán en términos de lo establecido por los artículos 1,170 y 1.171 del Código en cita: Relación sucinta de la demanda: a) La desocupación inmediata del bien inmueble ubicado en Luis Echeverría Número 102, departamento 804, torre 5, colonia Jesús del Monte, Municipio de Huixquilucan, Estado de México; b) El pago por la cantidad de $ 446,400.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) por concepto de pago de rentas vencidas y las que se sigan venciendo hasta su total pago y capitalizables hasta que tenga verificativo el lanzamiento; c) El pago de la pena convencional del 1% diario sobre el importe de la renta, por tres mensualidades vencidas y las que se sigan generando hasta la liquidación de las mismas; d) El pago de los servicios accesorios del inmueble materia de la litis, mismos que se encuentran cuantificados en la cantidad de $ 56,385.64 (CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS 64/100 MONEDA NACIONAL); e) El pago de gastos y costas que origine el presente juicio. HECHOS. El día diecisiete de agosto de dos mil nueve, el hoy actor en calidad de “ARRENDADOR” y HONORIO QUINTANILLA SALINAS, en su calidad de “ARRENDATARIO”, celebraron contrato de arrendamiento del bien inmueble Luis Echeverría número 102, Departamento 804, torre 5, colonia Jesús del Monte, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, dicho contrato fue firmado por ambas partes en todas y cada una de sus hojas el cual consta de siete fojas útiles escritas por una sola de sus caras y dos anexos, fijando como pago de renta mensual lo siguiente: SEGUNDA. RENTA. Las parte convienen voluntariamente y de común acuerdo que “EL ARRENDATARIO” pagará a “EL ARRENDADOR” o a quien sus derechos represente por concepto de contraprestación una renta mensual en los siguientes términos: a) El monto de la renta mensual será de $8,500.00 (ocho mil quinientos pesos 00/100 M.N.) más la cuota mensual de mantenimiento que es de $1,100.00 (un mil cien pesos 00/100 M.N.) por lo que en caso de existir incremento deberá ser cubierto por “EL ARRENDATARIO”; b) El pago de la renta mensual será por meses adelantados, siéndole forzoso todo el mes y debiendo cubrir íntegra la mensualidad aun cuando no se usare el inmueble de tiempo completo; c) A la fecha de firma del presente contrato “EL ARRENDATARIO”, paga a “EL ARRENDEDOR”, el primer mes de renta, sirviendo el presente contrato como el recibo más eficaz que en derecho corresponda; d) El pago de renta mensual se cubrirá en su totalidad dentro de los primeros CINCO DÍAS en la cuenta bancaria número 0154479602 CLABE INTERBANCARIA 012180001544796020 de banco BBVA BANCOMER SUC 0020 NONOALCO a nombre del “ARRENDADOR”, o en el domicilio de éste, señalado en la declaración I inciso c) y empezará a cubrirse a partir de la fecha de inicio de la vigencia del presente instrumento, siendo causa de rescisión de contrato el hecho de que se cubra extemporáneamente una mensualidad o más, o de que esta no sea cubierta, en cuyo caso “EL ARRENDATARIO” acepta que se le embarguen bienes muebles u objetos de los que introduzca en la localidad arrendada y que declara desde hoy que son de su exclusiva propiedad, los que entregará desde luego a la persona que “EL ARRENDADOR” nombre como depositario; e)

No podrá en ningún caso “EL ARRENDATARIO” retener las rentas, bajo ningún título de judicial, ni extrajudicialmente, debiendo hacer el pago íntegro, a más tardar en el plazo que se describe en el inciso d) de esta cláusula, por lo que de no hacerlo en el tiempo, modo y lugar convenidos, pagará la pena convencional del 1% (uno por ciento) diario, sobre el importe de la renta sin perjuicio de lo que estipula dicho inciso d). Que desde el mes de agosto de dos mil doce, ha realizado diversas llamadas y entablado comunicación con HONORIO QUINTANILLA SALINAS, a fin de solicitarle el pago de la renta del inmueble materia de litis, negándose a realizarlo, reconociendo siempre el adeudo por concepto de rentas vencidas sin realizar pago alguno, por lo que desde esa fecha no se han realizado pagos mensuales de la renta, sumando así los meses desde agosto de dos mil doce a la fecha. Que el hoy demandado actualmente adeuda la cantidad de cuatrocientos cuarenta y seis mil cuatrocientos pesos por concepto de rentas vencidas, tomando en consideración que la renta mensual a partir del mes de noviembre del año dos mil once se calcula por la cantidad de nueve mil trescientos pesos, como se acredita con los recibos de pago mismos que se adjuntan con los anexos números tres al ocho. Que de igual forma el demandado adeuda cincuenta y seis mil trescientos ochenta y cinco pesos sesenta y cuatro centavos por concepto de pagos por mantenimiento vencidos, como lo demuestra con los estados de cuenta emitidos por la administradora residente del inmueble materia de Litis. Que de lo anterior se deduce que el hoy demandado debe la cantidad de quinientos dos mil setecientos ochenta y cinco pesos sesenta y cuatro centavos, por concepto de rentas y mantenimiento vencidos cuantificados hasta la fecha. Que derivado del contrato base de la acción el demandado deberá cubrir el uno por ciento diario sobre el importe de las rentas vencidas hasta que el demandado haga la liquidación total de las mismas como se desprende de la cláusula segunda inciso e). Se dejan a disposición del demandado HONORIO QUINTANILLA SALINAS, en la Secretaría de este juzgado las copias simples de traslado para que se imponga de las mismas. Se expiden los edictos para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, en el Boletín Judicial del Estado de México, en otro de mayor circulación de esta Ciudad y en el Boletín Judicial. Dados en Huixquilucan, México a los veintitrés días de enero de dos mil diecisiete. DOY FE.- Primer Secretario de Acuerdos, Lic. Carlos Alberto Reyes Silva.- Rúbrica.

450.- 1, 13 y 22 febrero.

JUZGADO SEXAGESIMO QUINTO DE LO CIVIL

CIUDAD DE MEXICO E D I C T O

SE CONVOCAN POSTORES.

En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por PROYECTOS ADAMANTINE S.A. DE C.V., SOFOM, E.R., en contra de ANTONIO LEÓN RODRÍGUEZ, expediente 46/12, EL C. JUEZ SEXAGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, por auto de fecha dieciocho de noviembre del año en curso, señaló las: DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTITRÉS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE para que tenga verificativo la audiencia de REMATE EN TERCERA ALMONEDA del bien inmueble ubicado en: DEPARTAMENTO NUMERO DOS, DEL CONDOMINIO UBICADO EN LA CALLE DE PETUNIAS, NUMERO OFICIAL 28, LOTE 18, DE LA MANZANA 12, DEL CONJUNTO DENOMINADO “JARDINES DE LA CAÑADA”, MUNICIPIO DE TULTITLAN, ESTADO DE MÉXICO, sin sujeción a tipo.-LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”, LIC. WENDY FLORES RIZO.-RÚBRICA.

407.- 30 enero y 13 febrero.

Página 10 13 de febrero de 2017

JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TOLUCA-METEPEC

E D I C T O

A QUIEN SE CREA CON MAYOR O IGUAL DERECHO.

En el expediente marcado con el número 757/2016, relativo al Procedimiento Judicial no Contencioso (Información de Dominio), promovido por CLAUDIA TREVILLA OLVERA, respecto del predio ubicado en Barrio de San Miguel actualmente Privada 3A de Juan Aldama, sin número, Colonia Llano Grande, Municipio de Metepec, Estado de México, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 17.00 mts. colinda con César Manuel Marín Jarquín; AL SUR: 17.00 mts. colinda con Isidro Terrón Padua; AL ORIENTE: 9.80 metros colinda con Petra Jiménez, actualmente Fabiola Carrillo Ruiz; AL PONIENTE: 9.80 metros colinda con Calle s/n, se hace la aclaración calle s/n, significa calle sin nombre, con una superficie aproximada de 166.60 metros cuadrados, el cual adquirió el veinticinco de enero de dos mil, del señor Benancio Marín Sandín, mediante contrato de privado de compraventa; para acreditar que lo ha poseído por el tiempo y con las condiciones exigidas por la ley; se ordena su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO y otro periódico de circulación diaria en la entidad, por dos veces con intervalos de por lo menos dos días, haciendo saber a quienes se crean con mayor o igual derecho, a fin de que comparezcan a deducirlo en términos de ley. Metepec, México, a veintisiete de enero de dos mil diecisiete.-DOY FE.-EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA VEINTE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.- SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO SEXTO CIVIL DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN METEPEC, MÉXICO, LIC. MANUEL ROBERTO ARRIAGA ALBARRAN.-RÚBRICA. 533.-8 y 13 febrero.

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TEMASCALTEPEC

E D I C T O

Por el presente se hace saber que: En el expediente 47/2017, relativo al PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO respecto de DILIGENCIAS DE INFORMACION DE DOMINIO promovido por NICOLAS MELCHOR CRUZ MORA respecto del predio, que se encuentra UBICADO EN DOMICILIO CONOCIDO S/N, CARNICERÍA MUNICIPIO DE TEMASCALTEPEC, ESTADO DE MÉXICO, mismo que tiene las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: cincuenta y cinco metros (55.00) y colinda con camino antiguo, AL SUR: cincuenta y ocho metros (58.00) y colinda con camino que conduce a Barrio Magdalena, AL ORIENTE: Veintisiete metros (27.00) y colinda con pequeña vereda, AL PONIENTE: veinticinco metros (25.00) y colinda con otra vereda que da hacia el Barrio de Magdalena, con una superficie total de 1,469.00 metros cuadrados (mil cuatrocientos sesenta y nueve metros cuadrados). Se ordenó la publicación de edictos por dos veces con intervalos de por lo menos dos días en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro periódico de circulación diaria de esta población, haciendo saber a quienes se crean con igual o mejor derecho sobre el inmueble descrito, comparezca deducirlo en términos de Ley. Dado en Temascaltepec, México, el día veintiséis de enero del año dos mil diecisiete.-DOY FE.-Validación: Fecha de acuerdo veinticuatro de enero del año dos mil diecisiete.-Secretario de Acuerdos, Lic. Julia Floriberta Arista Vázquez.-Rúbrica.

532.-8 y 13 febrero.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE ZUMPANGO

E D I C T O

---GREGORIO MERCHAND PALACIOS, por su propio derecho, bajo el expediente número 43/2017, promueve ante este Juzgado Procedimiento Judicial no Contencioso, Inmatriculación Judicial, respecto del inmueble ubicado en calle Villa Flores, número 8, Barrio Coyotillos, Municipio de Apaxco, Estado de México, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 11.90 metros con RAQUEL PALACIOS TORRES, AL SUR: 17.70 metros con Juan Aquino Rodríguez, AL ORIENTE:

05.20 metros con Raquel Palacios Torres, AL PONIENTE: 07.35 metros con calle Villa Flores, AL NORORIENTE: 06.63 metros con Raquel Palacios Torres, con superficie total aproximada de 125.35 metros cuadrados. Con una superficie de construcción de 60.00 metros cuadrados.

Para su publicación en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro periódico de circulación diaria en esta Ciudad, por dos veces con intervalos de por lo menos dos días por medio de edictos, para conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho y lo hagan valer en términos de Ley. Se expiden los presentes en la Ciudad de Zumpango, México, a los veintiséis (26) días del mes de Enero del año dos mil diecisiete (2017).-Validación del edicto acuerdo de fecha veintitrés (23) de enero de dos mil diecisiete (2017).-Funcionario Licenciada Yeimi Aydeé Santiago Guzmán, Secretario de Acuerdos.-Firma.-Rúbrica.

229-A1.-8 y 13 febrero.

JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TOLUCA

E D I C T O

EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 9/2017, RELATIVO A LA INMATRICULACIÓN JUDICIAL MEDIANTE DILIGENCIAS DE INFORMACIÓN DE DOMINIO, PROMOVIDO POR MARCELINO MANJARREZ ALARCÓN, A EFECTO DE ACREDITAR QUE HA POSEÍDO EL BIEN INMUEBLE QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBE POR EL TIEMPO Y CONDICIONES EXIGIDAS PARA PRESCRIBIRLO Y QUE POR ENDE SE HA CONVERTIDO EN DUEÑO DEL MISMO, Y DE SU ESCRITO INICIAL REFIRIÓ: QUE CON FECHA SEIS DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE, ADQUIRIÓ DE LA SEÑORA TERESA MANJARREZ ALARCÓN POR CONTRATO DE COMPRA VENTA, UN INMUEBLE UBICADO EN EL PARAJE CONOCIDO COMO “EL OCOTE”, PERTENECIENTE AL POBLADO DE SANTIAGO TLACOTEPEC, TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, dándole de inmediato la posesión material y jurídica de dicho inmueble, cuyas medidas y colindancias son las siguientes: AL NORTE EN SEIS LÍNEAS LA PRIMERA DE 100.55 METROS, LA SEGUNDA DE 30.68 METROS, LA TERCERA DE 5.27 METROS, LA CUARTA 55.37 METROS, LA QUINTA 52.40 METROS, LA SEXTA DE 48.62 METROS, LINDANDO TODAS CON LA CALLE DEL ESPÍRITU SANTO; AL SUR: EN CUATRO LÍNEAS, LA PRIMERA DE 115.25 METROS Y LINDA CON ANTONIO ROMERO SÁNCHEZ, LA SEGUNDA DE 27.94 METROS, LA TERCERA DE 153.5 METROS Y LA CUARTA 42.92 METROS LINDANDO LAS ULTIMAS TRES CON CALLE LAS BARRANQUITAS; AL ORIENTE EN DOS LÍNEAS LA PRIMERA 61.45 METROS LINDA CON LUIS MORAN CENID Y ARTURO VALLE ALCÁNTARA, LA SEGUNDA 28.54 METROS LINDA CON ROBERTO BOLAÑOS VALLEJO; AL PONIENTE EN DOS LÍNEAS LA PRIMERA DE 76.70 METROS Y LINDA CON AARÓN MOLINA ROMERO, LA SEGUNDA DE 52.12 METROS UNIENDO A LA PRIMERA Y A LA SEGUNDA LÍNEA QUE CONFORMAN EL LADO SUR, LINDA CON ANTONIO ROMERO SÁNCHEZ; CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 19,462.00 METROS CUADRADOS, lo que acreditó con el contrato de compra venta que en copia certificada se acompaña, como lo he manifestado ha venido poseyendo el inmueble de referencia desde la fecha del contrato privado de compra venta a la fecha en forma pública, continua y de buena fe, considerando que esta posesión me ha dado el derecho de inscripción del dicho inmueble, exhibiendo un certificado de no inscripción expedido por el Instituto de la Función Registral respecto del inmueble en cuestión, con el cual acredita que el mismo no se encuentra inscrito a favor de persona alguna, así mismo ha quedado demostrado que se encuentra al corriente del pago predial tal como se acredita con el certificado de no adeudo predial, mismo que se encuentra empadronado ante las autoridades municipales con la clave catastral número 1012217614000000, así mismo exhibe un plano descriptivo y de localización del inmueble, así como una constancia del comisariado ejidal de Santiago Tlacotepec, Toluca, Estado de México con lo que se acredita que el inmueble que se pretende inmatricular no forma parte ni está

13 de febrero de 2017 Página 11

sujeto al régimen ejidal, por lo cual promueve diligencias de información de dominio para demostrar que ha adquirido el bien inmueble en comento por medio de la prescripción positiva.

Admitida su solicitud, se ordenó su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro periódico de circulación diaria por dos veces con intervalos de por lo menos dos días, para conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho y se presenten a deducirlo en términos de ley.

DOY FE.

Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación diecisiete de enero de dos mil diecisiete.- Secretario de acuerdos, M. EN D. MARIA ELENA TORRES COBIÁN.- RÚBRICA.

534. 8 y 13 febrero.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE ZUMPANGO

E D I C T O

- - - ISIDRA SÁNCHEZ NICOLÁS por su propio derecho, bajo el expediente número 1376/2016, promueve ante este Juzgado Procedimiento Judicial no Contencioso Información de Dominio, respecto del inmueble ubicado en CALLE PROLONGACIÓN 20 DE NOVIEMBRE, SIN NÚMERO, POBLADO DE SAN SEBASTIÁN, MUNICIPIO DE ZUMPANGO, ESTADO DE MÉXICO , el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 15.00 metros con SEÑOR JESÚS LÓPEZ; AL SUR: 15.00 metros con ANGÉLICA CASTILLO SILVA; AL ORIENTE: 8.00 metros con VEDA CASTILLO CURIEL; AL PONIENTE: 8.00 metros con CALLE PROLONGACIÓN 20 DE NOVIEMBRE; con superficie total aproximada de 120.00 metros cuadrados. Para su publicación en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro periódico de circulación diaria en esta ciudad, por dos veces, con intervalos de por lo menos dos días por medio de edictos, para conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho y lo hagan valer en términos de ley, se expiden los presentes en la Ciudad de Zumpango, México a los doce (12) días del mes de Diciembre del año dos mil dieciséis (2016).

Validación del edicto. Acuerdo de fecha: Ocho (08) de Diciembre de dos mil dieciséis (2016). Funcionario: Licenciada EVELYN ANAYELY GONZÁLEZ BAUTISTA. Secretario de Acuerdos. FIRMA.- RÚBRICA.

231-A1.- 8 y 13 febrero.

JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE CHALCO – AMECAMECA

E D I C T O

En el expediente 1416/2016, ALEJANDRO MARTINEZ RUEDA, promueve ante éste juzgado, EL PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO, SOBRE INFORMACIÓN DE DOMINIO, respecto del inmueble sin denominación, mejor conocido como "Centro de Atención a Jóvenes y Adultos (C.E.A.J.A.) IXTLAXOCHITL", ubicado en la calle Independencia sur sin número, municipio de Juchitepec, Estado de México, el cual tiene una superficie de 830.42 m

2 (ochocientos treinta punto

cuarenta y dos metros cuadrados), y las siguientes medidas y. colindancias: al NORTE: 56.87 metros con Municipio de Juchitepec; al SUR: 56.00 metros con calle Iturbide; al ORIENTE: 15.65 metros con Clemente Cruz Juárez; al PONIENTE: 13.80 metros con calle Independencia Sur.

PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES, CON

INTERVALOS DE POR LO MENOS DOS días, PUBLICÁNDOLOS TANTO EN LA GACETA DEL GOBIERNO COMO EN UN PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN DIARIA.

DADOS EN AMECAMECA EL NUEVE DE ENERO DE

DOS MIL DIECISIETE. DOY FE.

Fecha del acuerdo: veinte de diciembre de dos mil dieciséis.- Secretario de Acuerdos, Lic. Martín Omar Alva Calderón.- Rúbrica.

96-B1.- 8 y 13 febrero.

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

DISTRITO DE CUAUTITLAN E D I C T O

A QUIEN CORRESPONDA:

LUCIANO HERNANDEZ CORTES, por su propio

derecho, bajo el número de expediente 62/2017, promueve en la vía de PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE INFORMACION DE DOMINIO, respecto del inmueble ubicado en: EL PARAJE CONOCIDO CON EL NOMBRE DE "HUEYOTLICA" LOCALIZADO EN AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE, SIN NUMERO, ESQUINA CON VENUSTIANO CARRANZA, BARRIO SAN MARTIN CALVARIO, EN EL MUNICIPIO DE TULTEPEC, ESTADO DE MEXICO, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 15.30 metros linda con AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE, AL SUR: 13.50 metros linda con Avenida VENUSTIANO CARRANZA, AL ORIENTE: 9.20 metros linda con SUCESION DE EPIFANIA URBAN LUNA actualmente MARTINA CORTES URBAN, AL PONIENTE: 01.66 metros linda con ESQUINA DE LA AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE Y AVENIDA VENUSTIANO CARRANZA: SUPERFICIE DE TERRENO.- 73.20 METROS CUADRADOS.

Para su publicación dos veces con intervalos de por lo

menos dos días cada uno de ello, en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO y en un periódico de mayor circulación en este lugar, para conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho, comparezcan ante este Tribunal a deducirlo en término de Ley. Se expide a los veinticinco días del mes de enero del dos mil diecisiete. DOY FE.-Auto que lo ordena veinticuatro de enero de dos mil diecisiete, Licenciada Ruperta Hernández Diego, Segundo Secretario Judicial.-RÚBRICA.

226-A1.-8 y 13 febrero.

JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE ZUMPANGO E D I C T O

---MONTALVO CHAGALA MARIO por su propio derecho,

bajo el expediente número 1382/2016, promueve ante este Juzgado Procedimiento Judicial no Contencioso (Inmatriculación Judicial mediante Información de Dominio), respecto de un terreno ubicado en Calle 16 de Septiembre s/n, Barrio de San Miguel, Municipio de Zumpango, Estado de México, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORORIENTE.-37.85 metros con Hilda Rojas, ahora Hilda Rojas Fragoso, AL SURORIENTE.-14.56 metros con Juan Cruz, ahora Juan de Dios Cruz Bureos, AL SURPONIENTE.- 35.03 con Fortunato Salazar, ahora Rosa María Salazar Bureos, AL PONIENTE.- 13.21 metros con calle 16 de Septiembre, teniendo una superficie de 499.71 metros cuadrados, para su publicación en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro periódico de circulación diaria en esta Ciudad, por dos veces, con intervalos de por lo menos dos días por medio de edictos, para conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho y lo hagan valer en términos de ley, se expiden los presentes en la Ciudad de Zumpango, México a los veinticuatro (24) días del mes de enero de dos mil diecisiete (2017).-Validación del edicto.-Acuerdo de fecha: veinte (20) de enero de dos mil diecisiete (2017).-Funcionario: Licenciada Evelyn Anayely González Bautista, Secretario de Acuerdos.-FIRMA.-RÚBRICA.

238-A1.-8 y 13 febrero.

Página 12 13 de febrero de 2017

JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TOLUCA-METEPEC

E D I C T O

A QUIEN SE CREA CON MAYOR O IGUAL DERECHO.

En el expediente marcado con el número 59/2017,

relativo al Procedimiento Judicial no Contencioso (Información de Dominio), promovido por CESAR MANUEL MARIN JARQUIN, respecto del predio ubicado en Barrio de San Miguel actualmente Privada 3A de Juan Aldama, sin número, Colonia Llano Grande, Municipio de Metepec, Estado de México, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 17.00 mts. colinda con Armando Santana Castro, en una línea 10.00 mts. con calle s/n; AL SUR: 27.00 mts. colinda con Isabel Gutiérrez, actualmente Teobaldo Nava Hernández; AL ORIENTE: 10.40 metros colinda Petra Jiménez, actualmente Fabiola Carrillo Ruiz; AL PONIENTE: 10.40 metros colinda con Amador Lemus Cuauhtémoc, se hace la aclaración calle s/n, significa calle sin nombre, con una superficie aproximada de 280.80 metros cuadrados, el cual adquirió el quince de mayo de dos mil, del señor BENANCIO MARIN SANDIN, mediante contrato de privado de compraventa; para acreditar que lo ha poseído por el tiempo y con las condiciones exigidas por la ley; se ordena su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO y otro periódico de circulación diaria en la entidad, por dos veces con intervalos de por lo menos dos días, haciendo saber a quienes se crean con mayor o igual derecho, a fin de que comparezcan a deducirlo en términos de ley.-Metepec, México, a veintisiete de enero de dos mil diecisiete.-DOY FE.-EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA VEINTICUATRO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO SEXTO CIVIL DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN METEPEC, MÉXICO, LIC. MANUEL ROBERTO ARRIAGA ALBARRAN.-RÚBRICA.

533.-8 y 13 febrero.

JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE TOLUCA-METEPEC E D I C T O

A QUIEN SE CREA CON MAYOR O IGUAL DERECHO. En el expediente marcado con el número 756/2016,

relativo al Procedimiento Judicial no Contencioso (Información de Dominio), promovido por JUAN HONORIO TERRÓN ROSSANO, respecto de un terreno ubicado en el Barrio de San Miguel actualmente Privada 3A de Juan Aldama, sin número, Colonia Llano Grande, Municipio de Metepec, Estado de México, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 20.24 metros con Rosa Terrón Padua, actualmente Claudia Trevilla Olvera, AL SUR: 20.24 con calle sin nombre; AL ORIENTE: 9.50 metros con Luis Gustavo Barrera Orihuela; AL PONIENTE: 9.50 Metros con César Manuel Marín Jarquín, con una superficie aproximada de 192.28 Metros Cuadrados, el cual adquirió por contrato privado de compraventa celebrado el día quince de febrero del año dos mil, con el señor BENANCIO MARIN SANDIN; para acreditar que lo ha poseído por el tiempo y con las condiciones exigidas por la ley; se ordena su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro periódico de circulación diaria en la entidad, por dos veces con intervalos de por lo menos dos días, haciendo saber a quienes se crean con mayor o igual derecho, a fin de que comparezcan a deducirlo en términos de ley. Dado en Metepec, Estado de México, a los ventiséis días del mes de enero de dos mil diecisiete. EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA SEIS DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE.- SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO SEXTO CIVIL METEPEC, MÉXICO, LIC. JOSABET GUADARRAMA MENDOZA.-RÚBRICA.

533.-8 y 13 febrero.

JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TOLUCA-METEPEC

E D I C T O

A QUIEN SE CREA CON MAYOR O IGUAL DERECHO.

En el expediente marcado con el número 61/2017, relativo al Procedimiento Judicial no Contencioso (Información de Dominio), promovido por JUAN HONORIO TERRON ROSSANO, respecto del predio ubicado en Barrio de San Miguel actualmente Privada 3A de Juan Aldama, sin número, Colonia Llano Grande, Municipio de Metepec, Estado de México, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 17.00 mts. colinda con Ambrosia Mercedes García Moreno; AL SUR: 17.00 mts. colinda con César Manuel Marín Jarquín; AL ORIENTE: 9.50 metros colinda con calle s/n; AL PONIENTE: 9.50 metros colinda con Domingo Terrón actualmente Julio César Solís Alcántar, se hace la aclaración calle s/n, significa calle sin nombre, con una superficie aproximada de 161.50 metros cuadrados, el cual adquirió el veinte de enero de dos mil, del señor BENANCIO MARIN SANDIN, mediante contrato de privado de compraventa; para acreditar que lo ha poseído por el tiempo y con las condiciones exigidas por la ley; se ordena su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO y otro periódico de circulación diaria en la entidad, por dos veces con intervalos de por lo menos dos días, haciendo saber a quienes se crean con mayor o igual derecho, a fin de que comparezcan a deducirlo en términos de ley.-Metepec, México, a veintisiete de enero de dos mil diecisiete.-DOY FE.-EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA VEINTICUATRO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO SEXTO CIVIL DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN METEPEC, MÉXICO, LIC. MANUEL ROBERTO ARRIAGA ALBARRAN.-RÚBRICA.

533.-8 y 13 febrero.

JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE CUAUTITLAN E D I C T O

EXPEDIENTE NUMERO: 1403/2016.

SERGIO SALAS OVALLE, promueve PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO (CONSOLIDACION DE LA PROPIEDAD), respecto del bien inmueble denominado: Terreno ubicado en el barrio de Cuaxoxoca, Municipio de Teoloyucan, distrito de Cuautitlán, Estado de México, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE 26.00 METROS CON ARROYO, AL SUR: 26.00 METROS CON JOSE FRANCISCO AVILA PEREZ, AL ORIENTE: 18.00 METROS CON NICOLAS LOPEZ LEYVA, AL PONIENTE: 22.00 METROS CON CALLE FRONTERA. Con una superficie de 520.00 metros cuadrados y que lo adquirió por medio de un contrato de compraventa en fecha veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, de ANGELICA MARIA CORONA LEYVA.

PUBLIQUESE POR DOS VECES CON INTERVALOS DE

POR LO MENOS DOS DIAS, EN EL PERIODICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO Y EN OTRO PERIODICO DE CIRCULACION DIARIA.- PARA QUE TERCEROS QUE SE CREAN CON IGUAL O MEJOR DERECHO LO DEDUZCAN EN TERMINOS DE LEY.

CUAUTITLAN, MEXICO A VEINTE DE ENERO DEL AÑO

DOS MIL DIECISIETE. DOY FE.

FECHA DE ACUERDO QUE ORDENA LA

PUBLICACION: DIECISIETE (17) DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE (2017).- PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. ROSA MA. SANCHEZ RANGEL.- RÚBRICA.

548.- 8 y 13 febrero.

13 de febrero de 2017 Página 13

JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TOLUCA - METEPEC

E D I C T O

SE HACE SABER: Que en el expediente marcado con el número 727/2016, promovido por NANCY ELOISA ROCHA RAMIREZ por su propio derecho, relativo al PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO INFORMACIÓN DE DOMINIO, radicado en el Juzgado Quinto Civil de Primera Instancia de Toluca, México, con residencia en Metepec, Estado de México, el cual promueve para acreditar posesión y dominio, respecto de una fracción de terreno ubicado en: CALLE PRIVADA SIN NOMBRE S/N, EN SAN MIGUEL TOTOCUITLAPILCO, MUNICIPIO DE METEPEC, ESTADO DE MEXICO, cuyas medidas y colindancias son las siguientes: AL NORTE: 13.10 MTS COLINDANDO CON EDMUNDO RENE ROCHA RAMIREZ; AL SUR: 13.10 MTS COLINDANDO CON JUAN RUTILIO ROJAS MEDINA: AL PONIENTE; 11.00 MTS. COLINDANDO CON NOE ROJAS FLORES; (ANTERIORMENTE TEODORA VILLAVICENCIO TERRON);, AL ORIENTE 11.00 MTS. COLINDANDO CON CALLE SIN NOMBRE; y al PONIENTE: 11.00 MTS CON NOE ROJAS FLORES (ANTERIORMENTE TEODORA VILLAVICENCIO TERRON). Con una superficie aproximada de 144.10 metros cuadrados. Lo que se hace del conocimiento para quien se crea con igual o mejor derecho, lo deduzca en términos de ley. PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES CON INTERVALOS DE POR LO MENOS DE DOS DÍAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO Y EN OTRO DE CIRCULACIÓN DIARIA EN ESTA CIUDAD. DADO EN EL JUZGADO QUINTO CIVIL DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN METEPEC, ESTADO DE MÉXICO, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- DOY FE.

FECHA DE ACUERDO: 09/12/2016.- PRIMER SECRETARIO ADSCRITA AL JUZGADO QUINTO CIVIL DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN METEPEC, ESTADO DE MÉXICO, LIC. MA. GUADALUPE GARDUÑO GARCIA.- RÚBRICA.

547.- 8 y 13 febrero.

JUZGADO QUINTO FAMILIAR NEZAHUALCOYOTL, MEXICO

E D I C T O

En el Juzgado Quinto Familiar de Nezahualcóyotl, Estado de México se radico juicio SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE ESPERANZA FUENTES ESTRELLA, denunciado por MARÍA ACOSTA FUENTES Y LEONARDO ACOSTA FUENTES, bajo el número de expediente 954/2016, y admitió que fue la denuncia se ordenó notificar la radicación de la presente sucesión a ELICIA ACOSTA FUENTES, para que dentro del término de TREINTA DÍAS contados a partir del día siguiente de la última publicación de los edictos, para que comparezca personalmente por escrito o por conducto de su apoderado legal a desahogar apersonarse a la presente sucesión ante este Tribunal. Publíquese el presente edicto por tres veces de siete en siete días en el Periódico GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro periódico de mayor circulación de esta Ciudad de Nezahualcóyotl, Estado de México, así como en el boletín judicial, haciendo saber a ELICIA ACOSTA FUENTES que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la Colonia Benito Juárez de Nezahualcóyotl Estado de México, y de no hacerlo, así como de no comparecer por apoderado o gestor que pueda representarle el juicio se seguirá en rebeldía y se le hará las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal por lista y boletín judicial. Fíjese en la puerta del Juzgado por todo el tiempo del emplazamiento copia del edicto por conducto del Secretario de Acuerdos.- DOY FE.

Se expide el presente en cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha veintisiete de octubre del año dos mil dieciséis.- DOY FE.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO MARCELINO GARCÍA NAVA.- RÚBRICA.

46-B1.- 20, 31 enero y 13 febrero.

JUZGADO CUADRAGESIMO CUARTO DE LO CIVIL CIUDAD DE MEXICO

E D I C T O

SE CONVOCA A POSTORES.

En los autos relativos al juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por BBVA BANCOMER, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER en contra de ANGELICA LARA MONROY expediente 508/2015, el C. JUEZ CUADRAGESIMO CUARTO DE LO CIVIL, DE LA CIUDAD DE MEXICO, señalo las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTITRES DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN TERCERA ALMONEDA SIN SUJECION A TIPO DEL BIEN INMUEBLE HIPOTECADO, consistente en: EL LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO DOS, DE LA MANZANA TREINTA Y SIETE, Y CONSTRUCCIONES EN EL EXISTENTES MARCADAS CON EL NUMERO CIENTO CUARENTA DE LA CALLE DEL CLUB DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “RESIDENCIAL CHILUCA”, PRIMERA SECCION, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ATIZAPAN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MEXICO. En la inteligencia de que para tomar parte en la subasta deberán los licitadores o postores exhibir el diez por ciento del valor que sirvió de base para la segunda almoneda, es decir, el diez por ciento de la cantidad de $5,200,000.00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), sin cuyo requisito no serán admitidos, en términos del artículo 574 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; por lo que se deberá convocar postores mediante edictos, los cuales deberán ser publicados por DOS VECES, en los tableros de avisos de este Juzgado, así como en los de la TESORERIA DEL DISTRITO FEDERAL (HOY CIUDAD DE MEXICO) y en el periódico “LA CRONICA” debiendo mediar entre una y otra publicación SIETE DIAS HABILES, Y ENTRE LA ULTIMA Y LA FECHA DEL REMATE, IGUAL PLAZO. Quedando a disposición de los posibles postores los autos en la SECRETARIA “B” DEL JUZGADO CUADRAGESIMO CUARTO CIVIL CIUDAD DE MÉXICO, para efectos de su consulta.- C. SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. JOSE MANUEL PEREZ LEON.- RÚBRICA.

393.- 30 enero y 13 febrero.

JUZGADO QUINCUAGESIMO TERCERO DE LO CIVIL CIUDAD DE MEXICO

E D I C T O

**SE CONVOCAN POSTORES**.

En los autos del Juicio Especial Hipotecario, promovido por Banco Invex S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero en su carácter de fiduciario en el fideicomiso irrevocable número 1301, en contra de MIRANDA HERNÁNDEZ ENRIQUE y ERIKA DELGADO BRAVO, expediente número 968/2010, El Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil en la Ciudad de México, ordenó lo siguiente:-----------------------------------

Se convocan postores a la subasta judicial en primera almoneda, respecto del inmueble hipotecado la vivienda tipo popular, identificada con la letra A, tipo dúplex, ubicada en el lote número 2, de la manzana 14, sujeta al régimen de propiedad en condominio en el fraccionamiento denominado Paseos del Valle III, ubicado en Capultitlán, perteneciente a la Ciudad de Toluca, Estado de México; que tendrá verificativo en el local del juzgado a las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTITRES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, cuyo precio de avaluó es la cantidad de $478,000.00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes. Con fundamento en el artículo 570, del Código de Procedimientos Civiles, se ordena publicar por dos veces de siete en siete días, en el tablero de avisos de este Juzgado y en la Secretaria de Finanzas del Gobierno en la Ciudad de México, el presente edicto, así como en el periódico “El Universal”, debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la

Página 14 13 de febrero de 2017

última y la fecha del remate igual plazo. Para participar como postor se deberá depositar una cantidad igual al diez por ciento del valor del bien indicado para cada uno.- - Notifíquese.- Lo proveyó y firma el Licenciado Andrés Martínez Guerrero, Juez titular del Juzgado Quincuagésimo Tercero de lo Civil, ante la Secretaria de Acuerdos, con quien actúa, autoriza y da fe.- Ciudad de México, a 13 de enero de 2017.-La Secretaria de Acuerdos “B”, Lda. Araceli Malagón Aboites.-Rúbrica.

403.- 30 enero y 13 febrero.

A V I S O S A D M I N I S T R A T I V O S Y G E N E R A L E S

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE

E D I C T O

No. DE EXPEDIENTE 48866/39/2016, El o la (los) C. SOSTENES HERNÁNDEZ NAVA, promovió inmatriculación administrativa, sobre un terreno ubicado en EL POBLADO DENOMINADO CALIMAYA DE DÍAZ GONZÁLEZ, JUSTAMENTE EN CALLE LA JOYA, Estado México el cual mide y linda: Al Norte: 12.00 MTS. COLINDA CON FAMILIA TARANGO, 7.90 MTS. COLINDA CON FAMILIA GOMORA, Al Sur: 5.50 MTS. COLINDA CON FAMILIA HERNÁNDEZ VALDEZ, 15.00 MTS. COLINDA CON CALLE LA JOYA, Al Oriente: 44.00 MTS. COLINDA CON FAMILIA MALVAES, FAMILIA CORONA MORALES, FAMILIA MENDOZA, Al Poniente: 29.40 MTS. COLINDA CON FAMILIA GOMORA, 9.00 MTS. COLINDA CON FAMILIA HERNÁNDEZ VALDEZ, 5.20 MTS. COLINDA CON FAMILIA HERNÁNDEZ VALDEZ. Con una superficie aproximada de: 615.70 M2.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado México, en la “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.-TENANGO DEL VALLE, Estado de México a 27 de ENERO del 2017.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DEL DISTRITO JUDICIAL DE TENANGO DEL VALLE, MEXICO, M. EN D. MARBELLA SOLÍS DE LA SANCHA.-RÚBRICA.

463.- 2, 8 y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 12 DEL ESTADO DE MEXICO

TEXCOCO, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4.77 del

código de Procedimientos Civiles, en relación al artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado ambos del Estado de México, hago constar:

Que por instrumento Veintisiete mil novecientos

diecinueve, del Volumen Seiscientos cincuenta y nueve de fecha doce de Septiembre del dos mil dieciséis, se radicó en esta Notaría a mi cargo, la Tramitación Extrajudicial de la Intestamentaria a bienes del finado señor RAMÓN RENÉ DE LA O ZAMORANO, habiendo comparecido la señora AMPARO CHÁVEZ OTERO, en su carácter de Cónyuge Supérstite y de los señores LUIS RENÉ y JOB RAMÓN ambos de apellidos DE LA O CHÁVEZ, en su carácter de descendientes del autor de la sucesión; así mismo la repudiación de derechos hereditarios que hacen los señores LUIS RENÉ y JOB RAMÓN, ambos de APELLIDOS DE LA O CHÁVEZ.

Para su publicación por dos veces de siete en siete días

hábiles en el periódico “EL ECONOMISTA” y “GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO”.

A T E N T A M E N T E

EL NOTARIO PUBLICO No. 12 DEL ESTADO. TEXCOCO, MÉX., A 18 DE ENERO DEL 2017. LIC. SERGIO MARTÍNEZ PÉREZ.-RÚBRICA.

449.-1 y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 12 DEL ESTADO DE MEXICO TEXCOCO, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4.77 del Código de Procedimientos Civiles, en relación al artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado ambos del Estado de México, hago constar:

Que por instrumento Veintisiete mil novecientos siete del Volumen Seiscientos cincuenta y siete, de fecha tres de Septiembre del Dos mil dieciséis, se radicó en esta Notaría a mi cargo, la Tramitación Extrajudicial de la Intestamentaria a bienes del finado señor ANDRES ESPINOSA ESPINOSA, habiendo comparecido la señora MA. REYES ANTONIA ROSAS ESPINOSA, señoritas IRMA, MARÍA TRINIDAD y el señor ANDRES, todos de apellidos ESPINOSA ROSAS, la primera de los mencionados en su carácter de CONYUGE SUPERSTITE, y los restantes en su carácter de DESCENDIENTES DIRECTOS y todos como PRESUNTOS HEREDEROS DEL AUTOR DE LA SUCESION; por lo que se procederá de inmediato a formular la información Testimonial y nombramiento de albacea.

Para su publicación por dos veces de siete en siete días hábiles en el periódico “EL ECONOMISTA” y “GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO”.

TEXCOCO, MEX., A 25 DE ENERO DEL 2017.

ATENTAMENTE

LIC. SERGIO MARTINEZ PEREZ.- RÚBRICA. EL NOTARIO PUBLICO No. 12 DEL ESTADO.

448.- 1 y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 113 DEL ESTADO DE MEXICO NEZAHUALCOYOTL, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Por Escritura Pública Número 48,801 del Volumen 922 de fecha 14 de febrero de 2015, otorgada en el protocolo a mi cargo, se hizo constar LA INICIACIÓN (RADICACIÓN) DE LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DEL DE CUJUS MOISÉS MEDINA MEDINA, que otorgaron, en términos de lo dispuesto por el Artículo 127 de la Ley del Notariado para el Estado de México, los señores LUISA ISABEL FLORES YÁÑEZ, ELIZABETH MEDINA FLORES y MOISÉS MEDINA FLORES, la primera en su carácter de cónyuge supérstite y los demás como hijos del autor de la sucesión; así como el REPUDIO DE LOS POSIBLES DERECHOS HEREDITARIOS que otorgaron los señores ELIZABETH MEDINA FLORES y MOISÉS MEDINA FLORES, quienes acreditaron su entroncamiento con el autor de la sucesión e hicieron constar el fallecimiento de éste con las actas respectivas. Todos manifestaron que no tienen conocimiento de que exista persona alguna que pueda tener igual o mejor derecho a heredar; asimismo, de los informes solicitados se advierte la inexistencia de testamento alguno, por lo que se procede a hacer pública tal situación en términos del Artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México.

Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, a 3 de enero de 2017.

LICENCIADO JOSÉ ORTIZ GIRÓN.- RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CIENTO TRECE ESTADO DE MÉXICO

Para su publicación dos veces con un intervalo de 7 días hábiles entre cada una, en un Diario de Circulación Nacional.

76-B1.- 1 y 13 febrero.

13 de febrero de 2017 Página 15

NOTARIA PUBLICA NUMERO 113 DEL ESTADO DE MEXICO NEZAHUALCOYOTL, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Por Escritura Pública Número 52,612 del Volumen 1003 de fecha 01 de abril del 2016, otorgada en el protocolo a mi cargo, se hizo constar: EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DEL DE CUJUS MAGDALENO TELLO SÁNCHEZ, QUIEN TAMBIÉN SE LE CONOCÍA CON EL NOMBRE DE MAGDALENO TELLO, que otorgaron, en términos de lo dispuesto por el Artículo 127 de la Ley del Notariado para el Estado de México, los señores ESPERANZA LÓPEZ LÓPEZ, MARÍA BEATRIZ, BLANCA ROSAURA y DARÍO FERNANDO, todos de apellidos TELLO LÓPEZ, la primera en su carácter de cónyuge supérstite y los demás como hijos del autor de la sucesión; así como el REPUDIO DE LOS POSIBLES DERECHOS HEREDITARIOS que otorgaron los señores MARÍA BEATRIZ, BLANCA ROSAURA Y DARÍO FERNANDO, todos de apellidos TELLO LÓPEZ, quienes acreditaron su entroncamiento con el autor de la sucesión e hicieron constar el fallecimiento de éste con las actas respectivas. Todos manifestando que no tienen conocimiento de que exista persona alguna que pueda tener igual o mejor derecho a heredar; asimismo, de los informes solicitados se advierte la inexistencia de testamento alguno, por lo que se procede a hacer pública tal situación en términos del Artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México.

Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, a 08 de agosto de 2016.

LICENCIADO JOSÉ ORTIZ GIRÓN.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CIENTO TRECE ESTADO DE MÉXICO.

Para su publicación dos veces con un intervalo de 7 días hábiles entre cada una, en un Diario de Circulación Nacional.

77-B1.- 1 y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 91 DEL ESTADO DE MEXICO NICOLAS ROMERO, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L Licenciada MARÍA GUADALUPE PÉREZ PALOMINO,

NOTARIO PUBLICO NUMERO NOVENTA Y UNO DEL ESTADO DE MEXICO, y en cumplimiento a lo establecido en el Artículo Setenta del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México, hago del conocimiento que mediante instrumento público número 36,741, Volumen 791, de fecha 13 de Diciembre de 2016. Otorgado ante la fe de la Suscrita Notario, se hizo constar la RADICACIÓN DE LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES de la herencia del señor GUSTAVO NISHIZAKI FONSECA, a solicitud de la señora MARÍA DE LA LUZ LÓPEZ GARCÍA, conocida socialmente con los nombres de LUZ FLORENCIA LÓPEZ GARCÍA, LUZ LÓPEZ DE NISHIZAKI, MARÍA DE LA LUZ LÓPEZ DE NISCHIZAKI Y LUZ MARÍA LÓPEZ GARCIA DE NISHIZAK, como única y universal heredera.

Para su publicación dos veces de siete en siete días.

A T E N T A M E N T E LIC. MA. GUADALUPE PEREZ PALOMINO.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 91 DEL EDO. DE MEX.

187-A1.-31 enero y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 16 DEL ESTADO DE MEXICO TEXCOCO, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L Por Escritura Número 45177-857 de fecha 14 de

noviembre del 2016, a petición expresa de la señora MARIA PEREZ MONDRAGON, en su carácter de presunta heredera, se

radicó en esta notaría a mí cargo, la Sucesión Intestamentaria a Bienes del señor ROBERTO SALAZAR PEREZ.

PARA QUE SE PUBLIQUEN DOS VECES CON

INTERVALO DE SIETE DÍAS HÁBILES. EL NOTARIO PUBLICO NUMERO DIECISÉIS DEL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE TEXCOCO. LIC. JUAN CARLOS PALAFOX VILLALVA.-RÚBRICA.

193-A1.-31 enero y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 91 DEL ESTADO DE MEXICO

NICOLAS ROMERO, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Licenciada María Guadalupe Pérez Palomino, Notario

Público Número Noventa y uno del Estado de México y en cumplimiento a lo establecido en el Artículo Setenta del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México, hago del conocimiento que mediante instrumento público número 36,849, Volumen 809, de fecha 23 de Diciembre de 2016, otorgado ante la fe de la Suscrita Notario, se hizo constar el INICIO DE LA RADICACION DE LA SUCESION TESTAMENTARIA A BIENES de la Herencia de la Señora. SUSANA POHLS ZULUETA y la ACEPTACION DE HERENCIA Y DESIGNACION DEL CARGO DE ALBACEA a solicitud de la Señora CECILIA MARIA DE LA PAZ ALCANTARA POHLS, en su carácter de “ALBACEA”, aceptó el cargo que le fuera conferido a su favor, declarando que procederán a formular el inventario y avalúo de los bienes de dicha Sucesión y en su carácter de “UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA”, aceptó la herencia a su favor, reconociendo los derechos hereditarios y la validez del Testamento.

Para su publicación dos veces de siete en siete días. A t e n t a m e n t e. LIC. MARIA GUADALUPE PEREZ PALOMINO.-

RÚBRICA. NOTARIO PUBLICO NUM. 91 DEL EDO. DE MEX.

188-A1.- 31 enero y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 85 DEL ESTADO DE MEXICO HUIXQUILUCAN, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MEXICO, A 11 DE

ENERO DE 2017.

Hago del conocimiento del público:

Que en escritura pública número 64,916, de fecha 09 DE

NOVIEMBRE DE 2016, otorgada ante la fe del Suscrito Notario, se hizo constar la RADICACIÓN DE LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA a bienes del señor FEDERICO MARQUEZ DE LUNA, a solicitud de los señores ANA MARIA ESCOBEDO PIÑA, también conocida como ANA MARIA DE LOS ANGELES ESCOBEDO PIÑA, ANA CLAUDIA MARQUEZ ESCOBEDO, VERONICA MARQUEZ ESCOBEDO y FEDERICO MARQUEZ ESCOBEDO, la primera en su carácter de cónyuge supérstite y los segundos en su carácter de descendientes directos y como presuntos herederos del autor de la sucesión, quienes otorgaron

Página 16 13 de febrero de 2017

su consentimiento para que la Sucesión Intestamentaria a bienes del señor FEDERICO MARQUEZ DE LUNA, se tramitara ante esta notaria a mi cargo, y que no tienen conocimiento que además de ellos, exista alguna otra persona con igual o mejor derecho a heredar.

LIC. JUAN CARLOS VILLICAÑA SOTO.- RÚBRICA. NOTARIO PUBLICO No. 85 DEL ESTADO DE MÉXICO. NOTA. Para su publicación por DOS VECES, de siete en

siete días.

182-A1.- 31 enero y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 113 DEL ESTADO DE MEXICO

NEZAHUALCOYOTL, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Por Escritura Pública Número 53,992 del Volumen 1,033 de fecha 26 de agosto de 2016, otorgada en el protocolo a mi cargo, se hizo constar EL INICIO (RADICACIÓN) DEL PROCEDIMIENTO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DEL DE CUJUS ROSENDO DOMÍNGUEZ ESPINOSA, a quien también se le conocía con los nombres de ROSENDO DOMÍNGUEZ y ROSENDO DOMÍNGUEZ ESPINOZA, que otorgaron, en términos de lo dispuesto por el Artículo 127 de la Ley del Notariado para el Estado de México, los señores DOLORES ROSAS RIVAS, BERNARDINO, ADELAIDO, MARÍA DE LA LUZ, ARTURO, MA. CELIA e HILDA, todos de apellidos DOMÍNGUEZ ROSAS, la primera en su carácter de cónyuge supérstite y los demás como hijos del autor de la sucesión; así como el REPUDIO DE LOS POSIBLES DERECHOS HEREDITARIOS que otorgaron los señores DOLORES ROSAS RIVAS, ADELAIDO, MARÍA DE LA LUZ, ARTURO, MA. CELIA e HILDA, todos de apellidos DOMÍNGUEZ ROSAS, quienes acreditaron su entroncamiento con el autor de la sucesión e hicieron constar el fallecimiento de éste con las actas respectivas. Todos manifestaron que no tienen conocimiento de que exista persona alguna que pueda tener igual o mejor derecho a heredar; asimismo, de los informes solicitados se advierte la inexistencia de testamento alguno, por lo que se procede a hacer pública tal situación en términos del Artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México.

Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, a 3 de enero de 2017.

LICENCIADO JOSÉ ORTIZ GIRÓN.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CIENTO TRECE ESTADO DE MÉXICO.

Para su publicación dos veces con un intervalo de 7 días hábiles entre cada una, en un Diario de Circulación Nacional.

80-B1.- 1 y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 16 DEL ESTADO DE MEXICO TEXCOCO, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Por Escritura Número 45026-856 de fecha 03 de octubre del 2016, a petición expresa de los señores AMADO FRANCISCO BRAVO PUEBLA y YABI DAVID BRAVO NAVA, en su carácter de presuntos herederos, se radicó en esta notaría a mí cargo, la Sucesión Intestamentaria a Bienes de la señora TRINIDAD NAVA VELAZQUEZ (quien también se ostentaba como TRINIDAD NAVA VELASQUEZ).

LIC. JUAN CARLOS PALAFOX VILLALVA.- RÚBRICA. EL NOTARIO PUBLICO NUMERO DIECISÉIS DEL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE TEXCOCO.- - - - - - - - - - - -

PARA QUE SE PUBLIQUEN DOS VECES CON INTERVALO DE SIETE DÍAS HÁBILES.

192-A1.- 31 enero y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 91 DEL ESTADO DE MEXICO

NICOLAS ROMERO, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Licenciada María Guadalupe Pérez Palomino, Notario

Público Número Noventa y uno del Estado de México, hago constar que mediante escritura número 36,590, Volumen 800, de fecha 23 de Noviembre de 2016, se hizo constar el inicio de la RADICACION DE LA SUCESION TESTAMENTARIA A BIENES de la herencia del Señor JOSE ABRAHAM ORDOÑEZ PINEDO, también conocido como JOSE ORDOÑEZ PINEDO y la ACEPTACION DE HERENCIA Y LEGADO Y DESIGNACION DEL CARGO DE ALBACEA a solicitud de la Señora MARGARITA DE LA CRUZ CHAVARRIA BONEQUI, también conocida como MARGARITA CHAVARRIA BONEQUI, en su carácter de “UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, LEGATARIA Y ALBACEA”, aceptando el cargo que le fue conferido a su favor, declarando que procederá a formular el inventario y avalúo de los bienes de dicha Sucesión y aceptó la herencia y legado en su favor, reconociendo los derechos hereditarios, legado y la validez del Testamento.

Para su publicación dos veces de siete en siete días. A t e n t a m e n t e. LIC. MARIA GUADALUPE PEREZ PALOMINO.-

RÚBRICA. NOTARIO PUBLICO NUM. 91 DEL EDO. DE MEX.

189-A1.- 31 enero y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 85 DEL ESTADO DE MEXICO

HUIXQUILUCAN, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MEXICO, A 11 DE

ENERO DE 2017.

Hago del conocimiento del público:

Que en escritura pública número 64,389, de fecha 24 DE

AGOSTO DE 2016, otorgada ante la fe del Suscrito Notario, se hizo constar la RADICACIÓN DE LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA a bienes del señor REY GONZALEZ FLORES, a solicitud de las señoras MARIA ISABEL LEYVA MORA y VIVIANA GUADALUPE GONZALEZ LEYVA, la primera en su carácter de cónyuge supérstite y la segunda en su carácter de descendiente directa y como presuntas herederas del autor de la sucesión, quienes otorgaron su consentimiento para que la Sucesión Intestamentaria a bienes del señor REY GONZALEZ FLORES, se tramitara ante esta notaria a mi cargo, y que no tienen conocimiento que además de ellas, exista alguna otra persona con igual o mejor derecho a heredar.

LIC. JUAN CARLOS VILLICAÑA SOTO.- RÚBRICA. NOTARIO PUBLICO No. 85 DEL ESTADO DE MÉXICO.

NOTA. Para su publicación por DOS VECES, de siete en

siete días.

183-A1.- 31 enero y 13 febrero.

13 de febrero de 2017 Página 17

NOTARIA PUBLICA NUMERO 113 DEL ESTADO DE MEXICO NEZAHUALCOYOTL, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Por Escritura Pública Número 53,435 del Volumen 1021 de fecha 01 de julio de 2016, otorgada en el protocolo a mi cargo, se hizo constar EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DEL DE CUJUS ANICETO LEYVA ROMERO, a quien también se le conocía con el nombre de ANICETO LEYVA, que otorgaron, en términos de lo dispuesto por el Artículo 127 de la Ley del Notariado para el Estado de México, los señores MAXIMINA ROSAS RIVAS, JOSÉ MARDONIO, MARGARITA, NICOLÁS, MA LEONOR y RAÚL, todos de apellidos LEYVA ROSAS, la primera en su carácter de cónyuge supérstite y los demás como hijos del autor de la sucesión; así como el REPUDIO DE LOS POSIBLES DERECHOS HEREDITARIOS que otorgaron los señores JOSÉ MARDONIO, MARGARITA, NICOLÁS, MA LEONOR y RAÚL, todos de apellidos LEYVA ROSAS, quienes acreditaron su entroncamiento con el autor de la sucesión e hicieron constar el fallecimiento de éste con las actas respectivas. Todos manifestaron que no tienen conocimiento de que exista persona alguna que pueda tener igual o mejor derecho a heredar; asimismo, de los informes solicitados se advierte la inexistencia de testamento alguno, por lo que se procede a hacer pública tal situación en términos del Artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México.

Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, a 3 de enero de 2017.

Para su publicación dos veces con un intervalo de 7 días hábiles entre cada una, en un Diario de Circulación Nacional

LICENCIADO JOSÉ ORTIZ GIRÓN.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CIENTO TRECE ESTADO DE MÉXICO

78-B1.-1 y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 113 DEL ESTADO DE MEXICO NEZAHUALCOYOTL, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Por instrumento número 54,782 del volumen 1,048 de fecha tres de noviembre del año 2016, otorgada en el protocolo a mi cargo, se hizo constar: I.- LA INICIACIÓN (RADICACIÓN) DE LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE LA SEÑORA DE MARIA DE LOS ANGELES RUIZ REYES, QUIEN EN VIDA SE OSTENTO CON LOS NOMBRES DE MARIA DE LOS ANGELES RUIZ y MARIA DE LOS ANGELES RUIZ DE RUIZ que formalizaron como presuntos herederos los señores GERMAN RAFAEL RUIZ RUIZ, en su carácter de hijo legítimo de la autora de la sucesión, y el señor AGAPITO FRANCISCO RUIZ VELAZQUEZ, TAMBIEN CONOCIDO PUBLICAMENTE CON EL NOMBRE DE AGAPITO FRANCISCO RUIZ, en su carácter de cónyuge supérstite de la autora de la sucesión, y II.- EL REPUDIO DE LOS POSIBLES DERECHOS HEREDITARIOS.- QUE LE PUDIERA CORRESPONDER EN LA PRESENTE SUCESIÓN AL SEÑOR GERMAN RAFAEL RUIZ RUIZ, EN SU CARÁCTER DE HIJO LEGÍTIMO DE LA SEÑORA MARIA DE LOS ANGELES RUIZ REYES, QUIEN EN VIDA SE OSTENTO CON LOS NOMBRES DE MARIA DE LOS ANGELES RUIZ y MARIA DE LOS ANGELES RUIZ DE RUIZ; ASI MISMO EL SEÑOR GERMAN RAFAEL RUIZ RUIZ ME EXHIBIÓ EN ESTE ACTO EL REPUDIO DE LOS DERECHOS HEREDITARIOS QUE LE PUDIERON CORRESPONDER EN LA PRESENTE SUCESION A SUS HERMANOS DE NOMBRES MARIELA RUIZ RUIZ y FRANCISCO ROGELIOS RUIZ RUIZ, EN SU CARÁCTER DE HIJOS LEGÍTIMOS DE LA DE CUJUS; quienes acreditaron su parentesco así como el fallecimiento, con los atestados de las Actas de nacimiento, matrimonio y defunción respectivas, y de los informes solicitados con los que acreditan que el autor de la sucesión no otorgó disposición testamentaria alguna, por lo que manifestaron su consentimiento y autorización para que se tramite la presente sucesión Vía Notarial, en términos

de los artículos ciento diecinueve, ciento veinte fracción segunda, ciento veintidós, ciento veintiséis y ciento veintisiete de la Ley del Notariado vigente para el Estado de México y los artículos sesenta y seis, sesenta y ocho, sesenta y nueve y setenta de su reglamento, por lo que se procede a hacer la publicación en términos del artículo setenta del Reglamento de la Ley del Notariado para el Estado de México.

*Para su publicación por dos ocasiones con un intervalo de 7 en 7 días hábiles entre una y otra, en la GACETA Oficial de GOBIERNO y en un diario de circulación nacional.

Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, a 29 de noviembre del año 2016.

LICENCIADO JOSÉ ORTIZ GIRÓN.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CIENTO TRECE DEL ESTADO DE MÉXICO

81-B1.-1 y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 145 DEL ESTADO DE MEXICO ZINACANTEPEC, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

LICENCIADO JOSE RAMON ARANA POZOS, TITULAR DE LA NOTARIA PUBLICA NUMERO CIENTO CUARENTA Y CINCO DEL ESTADO DE MEXICO, CON RESIDENCIA EN ZINACANTEPEC, ESTADO DE MEXICO, HAGO CONSTAR QUE MEDIANTE ESCRITURA NUMERO 10168, DEL VOLUMEN 198 ORDINARIO, DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016, QUEDO RADICADA LA DENUNCIA DEL JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES O DERECHOS DEL SEÑOR EMILIANO MOLINA PEDROZA, A SOLICITUD DE LOS SEÑORES ADOLFO MOLINA VELAZQUEZ Y MARINA MOLINA RAMIREZ, HACIENDO DEL CONOCIMIENTO A QUIEN SE CREA CON IGUAL O MEJOR DERECHO PREVIA IDENTIFICACION COMPAREZCA A DEDUCIRLO.

SE EMITE EL PRESENTE AVISO PARA SU PUBLICACION POR DOS VECES CON UN INTERVALO DE SIETE DIAS HABILES, EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y EN UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION NACIONAL.

ZINACANTEPEC, ESTADO DE MEXICO, A 11 DE ENERO DEL AÑO 2017.

ATENTAMENTE

LIC. JOSE RAMON ARANA POZOS.-RÚBRICA. 416.- 31 enero y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 2 DEL ESTADO DE MEXICO TEXCOCO, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Por escritura número 24,370, del volumen 401, de fecha 8 de noviembre del 2016, otorgada ante la fe del Suscrito Notario, los señores LUIS FELIPE GAMEROS VARGAS, MARÍA ADELA CRISTINA GAMEROS VARGAS Y ALMA ROSA GAMEROS VARGAS, en su calidad de hijos y como únicos y universales herederos de la de cujus, radicaron en ésta Notaria a mi cargo la Sucesión Testamentaria a Bienes de la señora IRMA VARGAS Y VARGAS, quien también utilizaba indistintamente el nombre de IRMA VARGAS VARGAS, así mismo se llevó a cabo el nombramiento al cargo de Albacea que le fue conferido al señor LUIS FELIPE GAMEROS VARGAS, aceptando y protestando su fiel y legal desempeño, y en su oportunidad se obliga a la presentación de los Inventarios y Avalúos correspondientes.

Para su publicación de acuerdo con la Ley, por dos veces consecutivas de siete en siete días en la GACETA DEL GOBIERNO, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República.

Texcoco, México, a los 08 de noviembre del 2016.

A T E N T A M E N T E.-RÚBRICA. 75-B1.-1 y 13 febrero.

Página 18 13 de febrero de 2017

NOTARIA PUBLICA NUMERO 12 DEL ESTADO DE MEXICO TEXCOCO, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4.77 del Código de Procedimientos Civiles, en relación al artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado ambos del Estado de México, hago constar:

Que por Instrumento veintiocho mil ciento cuatro, del Volumen seiscientos sesenta y cuatro, de fecha tres de Diciembre del dos mil dieciséis, se radicó en esta Notaría a mi cargo, la Tramitación Extrajudicial de la Intestamentaria a bienes del finado señor FIDEL PRIETO VALLE, habiendo comparecido la señora ESTHER PEREZ MENESES, en su carácter de Cónyuge Supérstite, así como los señores JOSE RAUL, LAURA, DELIA, PATRICIA y MARCO ANTONIO, todos de apellidos PRIETO PEREZ, en su carácter de Descendientes del autor de la Sucesión.- Asimismo en ese acto, se formaliza la Repudiación de derechos hereditarios, que formalizan los señores JOSE RAUL, LAURA, DELIA, PATRICIA y MARCO ANTONIO, todos de apellidos PRIETO PEREZ, en su carácter de Descendientes del autor de la Sucesión, a favor de la señora ESTHER PEREZ MENESES, como única aspirante a la Herencia; por lo que se procederá de inmediato a formular la Información Testimonial y Nombramiento de Albacea.

Para su publicación por dos veces de siete en siete días

hábiles en el periódico “EL ECONOMISTA” y “GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO“.

A T E N T A M E N T E. EL NOTARIO PÚBLICO No. 12, DEL ESTADO. TEXCOCO, MÉX., A 28 DE ENERO DEL 2017. LIC. SERGIO MARTÍNEZ PÉREZ.-RÚBRICA

447.-1 y 13 febrero.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 113 DEL ESTADO DE MEXICO NEZAHUALCOYOTL, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Por Escritura Pública Número 53,894 del Volumen 1031 de fecha 18 de agosto de 2016, otorgada en el protocolo a mi cargo, se hizo constar LA INICIACIÓN (RADICACIÓN) DE LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DEL DE CUJUS MANUEL ROBLES GALICIA, también conocido con el nombre de MANUEL ROBLES, que otorgaron, en términos de lo dispuesto por el Artículo 127 de la Ley del Notariado para el Estado de México, los señores JUANA RAMÍREZ LÓPEZ, RAÚL, ENEDINA, JORGE y FACUNDO, todos de apellidos ROBLES RAMÍREZ, la primera en su carácter de cónyuge supérstite y los demás como hijos del autor de la sucesión; así como el REPUDIO DE LOS POSIBLES DERECHOS HEREDITARIOS que otorgaron los señores RAÚL, ENEDINA, JORGE y FACUNDO, todos de apellidos ROBLES RAMÍREZ, quienes acreditaron su entroncamiento con el autor de la sucesión e hicieron constar el fallecimiento de éste con las actas respectivas. Todos manifestaron que no tienen conocimiento de que exista persona alguna que pueda tener igual o mejor derecho a heredar; asimismo, de los informes solicitados se advierte la inexistencia de testamento alguno, por lo que se procede a hacer pública tal situación en términos del Artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México.

Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, a 3 de enero de 2017

LICENCIADO JOSÉ ORTIZ GIRÓN.- RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CIENTO TRECE ESTADO DE MÉXICO.

Para su publicación dos veces con un intervalo de 7 días hábiles entre cada una, en un Diario de Circulación Nacional.

79-B1.- 1 y 13 febrero.

“2017. Año del Centenario de las Constituciones Mexicana y Mexiquense de 1917”

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DEL ESTADO DE MEXICO

“E D I C T O”

C. JOSEFINA CALIXTO MASCOTA, SOLICITÓ A LA OFICINA REGISTRAL DE TLALNEPANTLA, DEL INSTITUTO DE LA FUNCIÓN REGISTRAL LA REPOSICIÓN DE LA PARTIDA 1066 VOLUMEN 597 LIBRO PRIMERO SECCIÓN PRIMERA; RESPECTO DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO LOTE 46 MZ. XVI DEL FRACCIONAMIENTO JARDINES DE BELLAVISTA MUNICIPIO DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO, CON LAS MEDIDAS SIGUIENTES NORTE: 16.50 M. CON LOTEN 47; AL SUR: 16.50 M. CON LOTE 45; AL ORIENTE: 8.00 M. CON CALLE BERLIN; AL PONIENTE: 8.00 M. CON LOTE 11 SUP. 132.00 M2. LA CUAL SE ENCUENTRA DETERIORADA. LA C. REGISTRADORA, DIO ENTRADA A LA SOLICITUD Y ORDENÓ SU PUBLICACIÓN EN GACETA DEL GOBIERNO Y PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS, HACIÉNDOSE SABER CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 25 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO, QUE SI EXISTE ALGÚN DERECHO QUE LESIONE A UN TERCERO QUE COMPAREZCA A DEDUCIRLO, LO ANTERIOR EN TERMINOS DEL ARTÍCULO 92 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO DE MÉXICO.

TLALNEPANTLA, MÉXICO A 27 DE ENERO DEL 2017.

C. REGISTRADORA TITULAR DE LA PROPIEDAD.

LIC. ADRIANA VALLE HERNANDEZ.-RÚBRICA. 233-A1.- 8, 13 y 16 febrero.

13 de febrero de 2017 Página 19

NAUCALPAN DE JUAREZ ESTADO DE MÉXICO, A 18 DE ENERO DE 2017.

NO. OFICIO 227B13212/81/2017.

ASUNTO: PUBLICACIONES DE EDICTOS

A QUIEN CORRESPONDA.

PRESENTE:

EDICTO:

POR ESTE MEDIO Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 95 DEL REGLAMENTO DE LA LEY REGISTRAL PARA EL ESTADO DE MÉXICO, SE DICTA ACUERDO POR EL CUAL SE AUTOIZA AL PROMOVENTE DE NOMBRE CATARINO SERRANO MEZA, PARA QUE REALICE LAS PUBLICACIONES A COSTA DEL INTERESADO EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, EN VIRTUD DEL ACTA CIRCUNSTACIADA FORMULADA DE FECHA 18 DE ENERO DE 2017, CON MOTIVO DE LA REPOSICIÓN DE LA PARTIDA 13 VOLUMEN 284 LIBRO PRIMERO SECCIÓN PRIMERA, DE FECHA 30 DE SEPTIEMBRE DE 1975, Y QUE SE REFIERE AL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO: :LOTE MARCADO CON EL NUMERO 4, DE LA MANZANA 9, SECCIÓN TERCERA, DEL EX EJIDO DE SAN RAFAEL CHAMAPA, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE NAUCALPAN DE JUAREZ.

CON LAS SIGUIENTE SUPERFICIE, MEDIDAS Y COLINDANCIAS. SUPERFICIE DE: 165.00 METROS CUADRADOS. AL NORTE: EN OCHO METROS VEINTE CENTIMETROS CON CALLE NEPTUNO; AL SUR: EN OCHO METROS TREINTA CENTIMETROS CON LOTE ONCE; AL ESTE: EN VEINTE METROS CON LOTE CINCO; AL OESTE: EN VEINTE METROS CON LOTE TRES.

LO ANTERIOR TIENE SUSTENTO LEGAL EN LOS ARTÍCULOS 92, 94 Y 95 DEL REGLAMENTO DE LA LEY REGISTRAL PARA EL ESTADO DE MÉXICO, QUE A LA LETRA DICE:

“ARTICULO 95.- UNA VEZ HECHO LO ANTERIOR EL REGISTRADOR DICTARA UN ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ORDENE LA PUBLICACIÓN A COSTA DEL INTERESADO DE UN EDICTO EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO Y EN EL PERIÓDSICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LUGAR QUE CORRESPONDA A LA OFICINA REGISTAL, POR TRES VECES DE TRES DÍAS CADA UNO”.

LO QUE HAGO DEL CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE HAYA LUGAR.

ATENTAMENTE

LA C. REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA OFICINA REGISTRAL DE NAUCALPAN

LIC. MIRNA BEATRIZ LOPEZ CASTAÑEDA (RÚBRICA).

237-A1.- 8, 13 y 16 febrero.

“2017. Año del Centenario de las Constituciones Mexicana y Mexiquense de 1917”

OFICINA REGISTRAL DE ECATEPEC EDICTO

EL C. ROGELIO SAUCEDO ROJAS, EN SU CARÁCTER DE ALBACEA DE LA SUCESION TESTAMENTARIA A BIENES DEL SEÑOR SOTERO SAUCEDO LOPEZ, solicitó ante la Oficina Registral de Ecatepec, en términos del artículo 69 de la Ley Registral para el Estado de México y 93 de su reglamento, LA REPOSICIÓN de la Partida 376, Volumen 306, Libro Primero Sección Primera, de fecha 02 de mayo de 1976, mediante folio de presentación No. 1575.-

INSCRIBE TESTIMONIO DE LA ESCRITURA. NO. 31,000, OTORGADA ANTE LA FE DEL NOTARIO 62 DEL DISTRITO FEDERAL.- LICENCIADO HERIBERTO ROMAN TALAVERA.- OPERACIÓN: PROTOCOLIZACION DE LA LOTIFICACION DE UNA PORCION DEL FRACCIONAMIENTO DE TIPO POPULAR URBANO Y CONJUNTO HABITACIONAL DENOMINADO “VALLE DE ARAGON SEGUNDA ETAPA”, A SOLICITUD DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, S.A., DEPARTAMENTO FIDUCIARIO, debidamente representado.- EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MEXICO, AUTORIZO POR ACUERDO DE FECHA 26 DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO, PUBLICADOS EN LA GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MEXICO, TOMO CXX, NUMERO 34 DEL 16 DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO RESULTANDO DE DICHO AUTORIZACION LOS SIGUIENTES LOTES Y 50 MANZANAS, COMPRENDE LA SUPERMANZANA UNO DE LA SECCION NORTE.- EN EL ENTENDIMIENTO QUE LA REPOSICION ES RESPECTO DEL LOTE 908, MANZANA 16, SUPERMANZANA 1, FRACCIONAMIENTO VALLE DE ARAGON SEGUNDA ETAPA, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO.- CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y LINDEROS: AL NOROESTE: 7.00 MTS. CON LOTE 27.- AL SURESTE: 7.00 MTS. CON VALLE DEL URAL.- AL NORESTE: 19.00 MTS. CON LOTE 7.-

AL SUROESTE: 19.00 MTS. CON LOTE 9.- SUPERFICIE DE: 133.00 M2.-

Y en atención a ello, se acordó autorizar a costa del interesado, dar aviso de la publicación de la reposición que nos ocupa, en el Periódico Oficial “Gaceta de Gobierno” y en el periódico de mayor circulación en el Estado de México.- Por tres veces de tres en tres días cada uno, en términos del artículo 95, del Reglamento de la Ley Registral para el Estado de México.- 26 de enero del 2017.

A T E N T A M E N T E

LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.-RÚBRICA. JEFA DE LA OFICINA REGISTRAL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE ECATEPEC. 224-A1.- 8, 13 y 16 febrero.

Página 20 13 de febrero de 2017

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización

Unidad de Asuntos Jurídicos Subdirección Jurídica Consultiva

Departamento de Responsabilidades “A”

“2017. Año del Centenario de las Constituciones Mexicana y Mexiquense de 1917”.

ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO

EDICTO CITATORIO A GARANTÍA DE AUDIENCIA

C. BRENDA NAYELI VALVERDE BUENDÍA DIRECTORA DE PLANEACIÓN, DESARROLLO, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE CHIMALHUACÁN, MÉXICO, PERIODO: DEL 01 DE ENERO DE 2013 AL 16 DE JUNIO DE 2015, ADMINISTRACIÓN 2013-2015. Se procede a notificar por edicto un extracto del oficio número OSFEM/UAJ/SJC/DR/094/2017, de fecha once de enero de dos mil diecisiete, suscrito por el C.P.C Fernando Valente Baz Ferreira, Auditor Superior de Fiscalización del Estado de México, mismo que contiene el citatorio a garantía de audiencia, relativo al expediente número OSFEM/UAJ/PAR-AF/124/16:

“Con fundamento en los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 61 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México; 59 fracción I y 75 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios; y 129, fracción I, inciso b) del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, aplicados supletoriamente en términos del dispositivo 7 de la ley de la materia se cita para otorgarle el derecho a desahogar su Garantía de Audiencia, lugar, fecha y hora en que tendrá verificativo la audiencia, veintidós de febrero de dos mil diecisiete, a las once horas, en la oficina que ocupa la Unidad de Asuntos Jurídicos de este Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, ubicadas en la calle Mariano Matamoros número 124, colonia Centro, planta baja, en esta ciudad de Toluca, Estado de México. Objeto o alcance de la diligencia: la comparecencia es con la finalidad de que manifieste lo que a su derecho convenga, respecto de los actos u omisiones presuntamente constitutivos de responsabilidad administrativa resarcitoria que se le atribuye en su carácter de Directora de Planeación, Desarrollo, Administración y Finanzas, del Organismo Descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Chimalhuacán, México, durante el periodo del 01 de enero de 2013 al 16 de junio de 2015, administración 2013-2015, de conformidad con el artículo 129, fracción I, inciso c), del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, aplicados supletoriamente en términos del dispositivo 7 de la ley de la materia. Presunta responsabilidad administrativa resarcitoria: se presume su responsabilidad de las observaciones no solventadas, por el presunto daño ocasionado al erario del Organismo Descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Chimalhuacán, México, por la cantidad total de $12´818,276.66 (doce millones ochocientos dieciocho mil doscientos setenta y seis pesos con sesenta y seis centavos en moneda nacional), que se relaciona en el Pliego Preventivo de Responsabilidades número OSFEM/UAJ/PPR-AF/124/16. Apercibido que para el caso de no comparecer el día y hora señalados, se tendrá por satisfecha su garantía de audiencia y por perdidos los derechos que debió ejercitar en la misma; lo anterior de conformidad con los artículos 59 fracción I y 75 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, así como 30 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, ambos de aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, conforme al numeral 7. Se hace de su conocimiento que el procedimiento será substanciado por el Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, en términos de los artículos los artículos 21, 26, fracción II, y 61 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México; 59 fracción I y 75 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; 124 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, aplicados supletoriamente en términos del dispositivo 7 de la ley de la materia. Se pone a la vista y a su disposición para consulta, el expediente y la documentación soporte que corresponda, en las oficinas de la Unidad de Asuntos Jurídicos de este Órgano Superior de Fiscalización, sito en calle Mariano Matamoros número 124, planta baja, colonia Centro, código postal 50000, en esta ciudad de Toluca, México, en un horario hábil de lunes a viernes de nueve de la mañana a seis de la tarde”.

Con fundamento en el artículo 25 fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México de aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, se le apercibe para que en el término de tres días señale domicilio para oír y recibir notificaciones en el territorio del Estado de México, caso contrario las siguientes notificaciones, aun cuando se trate de citaciones, requerimientos y demás resoluciones o actos que puedan ser impugnados, se notificarán por estrados, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo de la fracción II del citado precepto y ordenamiento legal. Conforme a la fracción III del artículo 28 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México de aplicación supletoria a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, la presente notificación surtirá efectos legales, desde el día hábil posterior al de la publicación.

Publíquese por única ocasión en el periódico oficial del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno” y en uno de los periódicos de mayor circulación estatal, a primero de febrero de dos mil diecisiete.

ATENTAMENTE EL TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS

LIC. PEDRO GONZÁLEZ BENÍTEZ

(RÚBRICA). 606.-13 febrero.