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IIIUNICIPAUGAD PROVI HUAMANGA Med. S. Hugo Aed ...... MendOZa ALCAL D E IALDE MI TNICIPALIDAD PROVINCIAL I)E HI TAMANGA Ayacucho "Capital dc la Emancipación Hispanoamericana" LEY 21682 Proyecto de Ley Ne:L 0 ,.q 2 / 2 D17 • GL OFICIO No-- 1191 -2017-MPH/A Señor Luis Fernando Galarreta Velarde Presidente del Congreso de la República L I M A.- 19 O T 2017 RE 100 Firma: ..... .. . ........ Hora' Ayacucho, 17 de Octubre de 2017 17999 CONGRESO DE LA REPÚBLICA ÁREA DE T MERÁMITE DOCUMENTARIO SA DE PARTES Asunto: Remite Proyecto de Ley para la "Creación de la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho" S.A.C. Ref.: Acuerdo de Concejo Municipal de fecha 04 de octubre de 2017 Por el presente es sumamente grato dirigirme a usted en mi condición de Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huamanga, para expresarle un cordial saludo y a la vez remitirle adjunto, el Proyecto de ley para la "Creación de la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho", S.A.C., conteniendo toda la documentación necesaria que sustenta dicho proyecto, el mismo que fue aprobado en Sesión de Consejo Municipal señalado en la referencia, a fin de que en uso de sus atribuciones se digne canalizar la promulgación de la respectiva Ley hasta su aprobación, la misma que beneficiará a la población huamanguina. Con este motivo y agradeciendo anticipadamente su gentil colaboración, hago propicia la oportunidad para brindarle las muestras de mi especial consideración y deferencia personal. Atentamente, CONGRESO DE LA REPÚBLICA RECIBIDO 2 O OCT 2017 Hora .. ..... . Firma : .......... DIRECCIÓN . ......... ... ........ CONGRESO DE LA REPÚLICA ÁREA DE TRAMITE DOCUMEN B TARIO 2 3 OCT 2017 IDO ra4: .1 ?.9 .... Firma:. ... o ..... www.rounihuamanoa.qob.pe / Despacho de Alcaldía Portal Municipal N' 44 Plaza Mayor Ayacucho - Peru 731-53

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IIIUNICIPAUGAD PROVI HUAMANGA

Med. S. Hugo Aed ...... MendOZa ALCAL D E

IALDE

MI TNICIPALIDAD PROVINCIAL I)E HI TAMANGA Ayacucho "Capital dc la Emancipación Hispanoamericana"

LEY 21682

Proyecto de Ley Ne:L0,.q2/2D17 • GL

OFICIO No--1191 -2017-MPH/A

Señor

Luis Fernando Galarreta Velarde Presidente del Congreso de la República L I M A.-

19 O T 2017 RE 100

Firma: ..... .. . ........ Hora'

Ayacucho, 17 de Octubre de 2017

17999 CONGRESO DE LA REPÚBLICA ÁREA DE TMERÁMITE DOCUMENTARIO

SA DE PARTES

Asunto: Remite Proyecto de Ley para la "Creación de la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho" S.A.C.

Ref.: Acuerdo de Concejo Municipal de fecha 04 de octubre de 2017

Por el presente es sumamente grato dirigirme a usted en mi condición de Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huamanga, para expresarle un cordial saludo y a la vez remitirle adjunto, el Proyecto de ley para la "Creación de la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho", S.A.C., conteniendo toda la documentación necesaria que sustenta dicho proyecto, el mismo que fue aprobado en Sesión de Consejo Municipal señalado en la referencia, a fin de que en uso de sus atribuciones se digne canalizar la promulgación de la respectiva Ley hasta su aprobación, la misma que beneficiará a la población huamanguina.

Con este motivo y agradeciendo anticipadamente su gentil colaboración, hago propicia la oportunidad para brindarle las muestras de mi especial consideración y deferencia personal.

Atentamente,

CONGRESO DE LA REPÚBLICA RECIBIDO

2 O OCT 2017 Hora .. ..... . Firma : .......... DIRECCIÓN . ....................

CONGRESO DE LA REPÚLICA ÁREA DE TRAMITE DOCUMEN

BTARIO

2 3 OCT 2017 IDO ra4:.1?.9 ....

Firma:. ... o .....

www.rounihuamanoa.qob.pe / Despacho de Alcaldía Portal Municipal N' 44 Plaza Mayor

Ayacucho - Peru

731-53

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PROYECTO DE LEY

CREACIÓN DE LA “EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DEL TERMINAL

TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.”

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1

PROYECTO DE LEY Nº ……………....

PROYECTO DE LEY

La iniciativa del Alcalde de la Municipalidad Provincial de

Huamanga, Med. SALOMÓN HUGO AEDO MENDOZA, ejerciendo

el derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107° y el

numeral 9 del artículo 195°, de la Constitución Política del Perú y

conforme a lo establecido en el artículo 76º del Reglamento del

Congreso, presenta a consideración del Congreso de la República la

siguiente propuesta legislativa:

LEY QUE CREA LA EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA

DEL TERMINAL TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I. ANTECEDENTES:

El presente Proyecto de Ley, ha sido elaborado en base al

diagnóstico y la realidad de la situación del Transporte

Interprovincial en la ciudad de Ayacucho, con la finalidad de brindar

y/o prestar un servicio público con los niveles de seguridad, control y

paz en beneficio de la población usuaria.

Así, entendemos que los terminales terrestres representan una

infraestructura importante para el buen desarrollo y funcionamiento

del transporte de personas y de carga debido, entre otras ventajas,

a que este tipo de infraestructura puede generar externalidades

positivas, tales como: ahorro en el tiempo de los usuarios de éste

servicio, aumento de la productividad para las empresas de un país,

así como un crecimiento urbanístico y socioeconómico de las

ciudades. En ese sentido, el marco normativo que regula la

operación y explotación de los terminales terrestres juega un rol

importante toda vez que permite generar las referidas

externalidades.

Uno de los problemas que a la fecha se presenta en la ciudad de

Ayacucho, es aún el sector Transporte, específicamente el

Transporte Terrestre Público Interprovincial, pues cada vez más es

exigente la utilización de políticas de mejora y regulación de éste

servicio.

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Las Municipalidades, para que puedan cumplir con sus

Competencias Municipales, en especial para brindar los servicios

públicos en favor de la comuna y/o población, que son el conjunto

de funciones atribuidas por la Constitución Política del Estado y

desarrolladas en la Ley Orgánica de Municipalidades, debe contar

con un marco general que toda Administración Pública, tiende a

decidir, libremente o no, determinados asuntos como de orden legal

y de administración; como son normas legales y las competencias

administrativas, con la finalidad de que cada Municipio se constituya

en una institución de garantía; brindado bienestar a los vecinos a

través de una adecuada prestación de los Servicios Públicos

Locales y la ejecución de Obras de Infraestructura Local para

satisfacer las crecientes necesidades de la Población.

Debemos señalar que En la actualidad el Terminal Terrestre de ésta

ciudad se encuentra ubicada en la Av. Javier Pérez De Cuéllar S/N,

en el Asentamiento Humano Los Artesanos, distrito de Ayacucho,

provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, contando ya

con una construcción propia de ésta actividad, así como se

encuentra laborando personal contratado para el mismo y toda una

estructura organizada y operacional, que justamente será materia de

evaluación en el presente.

A la fecha el Terminal Terrestre viene siendo administrado y

operado por el Terrapuerto Municipal “Libertadores de América”, el

cual fue creado como un Organismo Público Descentralizado – OPD

en la Estructura Organizacional de la Municipalidad Provincial de

Huamanga, mediante Acuerdo de Concejo N° 09-2014-MPH/CM

conforme se tiene de la Ordenanza Municipal N° 002-2014-MPH/A

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de fecha 18-FEB-2014, la cual tiene como objetivo principal el de

integrar y complementar el servicio de transporte terrestre,

permitiendo la salida y llegada a la ciudad de Ayacucho, de

vehículos de servicio público y al embarque y desembarque de

pasajeros y equipajes.

II. MARCO LEGAL:

Constitución Política del Perú.

Ley 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades.

Decreto Supremo N° 040-2001-MTC.

Decreto Supremo N° 009-2004-MTC.

Decreto Supremo N° 017-2009-MTC - Reglamento Nacional

de Administración de Transporte.

Acuerdo Municipal Nº ……-207-MPH.

III. OBJETO DEL PROYECTO DE LEY:

El objeto de la empresa es la prestación de servicios públicos

municipales, cuya viabilidad legal y económica – social será

analizada en más detalle seguidamente.

IV. FUNDAMENTOS LEGALES:

Con el siguiente tratamiento y análisis legal, demostramos que la

Empresa Municipal en ningún caso constituye competencia desleal

al sector privado ni proveer de bienes y servicios a la municipalidad

en una relación comercial directa y exclusiva.

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Dicho de otra manera, no colisiona con el artículo 60° de la

Constitución Política del Estado.

4.1. LA REGULACIÓN DE LOS TERMINALES TERRESTRES EN EL PERÚ:

Mediante Decreto Supremo N° 040-2001-MTC, se estableció los

requisitos técnicos para Terminales de Servicio Público Nacional,

que son los siguientes:

a) Contar con áreas e instalaciones adecuadas para el

desplazamiento de los usuarios dentro del Terminal y salas

comunes con espacios suficientes para su comodidad.

b) Contar con zonas para las actividades administrativas de las

empresas donde se efectúen labores de atención a clientes,

recepción de equipajes y encomiendas, áreas de espera

para el embarque y desembarque de pasajeros, equipajes y

encomiendas y de mercancías cuando corresponda; y áreas

para la venta de boletos de viaje.

c) Contar con áreas de estacionamiento para vehículos de

retén y arcenes para la ubicación de los vehículos

dispuestos para la recepción de los pasajeros y equipajes

que transportan.

d) Estar ubicados en áreas que cuenten con vías que permitan

el acceso, y estacionamiento de los usuarios y servicios de

transporte local.

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e) Contar con sistemas de comunicaciones.

f) Contar con accesos al sistema circulatorio del tránsito local

que permitan separar los vehículos que ingresan o salen del

Terminal, del resto de vehículos del tránsito citadino.

g) Servicios sanitarios para el personal y público en general.

h) Cafetería y otros servicios, para atención de los usuarios.

i) Todos los servicios deberán ser calculados para la hora

punta o de mayor afluencia al Terminal.

Luego, con el Decreto Supremo N° 009-2004-MTC, se modificó la

regulación de los terminales terrestres para el transporte

interprovincial de personas, en razón de ello se exigió las siguientes

condiciones técnicas:

a) Contar con áreas e instalaciones adecuadas para el

desplazamiento de los usuarios dentro del terminal y con

espacios suficientes para la comodidad de los mismos.

b) Contar con áreas para la atención a los usuarios, tales como

área para venta de boletos de viaje, recepción de equipajes

y encomiendas, sala de espera de personas y servicios

higiénicos para los usuarios y el personal del terminal.

c) Área para estacionamiento de vehículos de retén y rampas

para el embarque y desembarque de pasajeros, equipajes y

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encomiendas, la misma que estará separada del área de

atención de los usuarios, de modo tal que sólo se permita el

acceso de las personas que abordarán los vehículos.

d) Contar con áreas para el estacionamiento de vehículos de

los usuarios y del servicio de taxis dentro del perímetro del

terminal.

e) Contar con accesos a la red vial urbana sin generar

conflictos de tránsito.

f) Contar con sistemas de comunicación para el público en

general y para el uso de los transportistas.

g) Además, podrá contar con servicios complementarios de

cafetería y otros para la atención de los usuarios.

h) Todas las áreas y servicios del terminal serán diseñados en

función al mayor volumen de vehículos que embarquen y

desembarquen en sus instalaciones, así como de la mayor

afluencia de personas.

Así, también, se estableció que los terminales terrestres de

transporte de mercancías cuenten con los espacios, infraestructura

y equipos necesarios para la carga y descarga de mercancías; y que

las estaciones cumplan con las mismas condiciones técnicas

establecidas para los terminales terrestres en lo que fuera aplicable,

debiendo contar como mínimo con áreas para la atención de los

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usuarios, embarque y desembarque de pasajeros y servicios

higiénicos.

El Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado

por el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC establece las

condiciones de acceso y operación del servicio de transporte

terrestre, entre ellas, se encuentra la de los terminales terrestres a

fin de brindar seguridad y calidad al usuario, por lo que deberá

contar con una adecuada infraestructura física.

En tal sentido, se establece que el Ministerio de Transportes y

Comunicaciones emitirá un Decreto Supremo estableciendo las

características mínimas que serán exigibles a la infraestructura a

emplearse en el servicio de transporte.

El citado Decreto Supremo señala que los terminales terrestres

deberán cumplir con lo que dispone el Reglamento Nacional de

Edificaciones, contar con las características adecuadas que

permitan atender la cantidad de usuarios, empresas, servicios,

frecuencias y vehículos que las empleen; debe permitir los giros y

movimientos de los vehículos en su interior y no generar impactos

negativos en el tránsito, en la circulación de personas y vehículos en

el lugar en el que se encuentren ubicados.

No obstante a tres años de la publicación de la norma no se ha

emitido la norma que establezca las condiciones técnicas de los

terminales terrestres; por lo que actualmente se viene exigiendo las

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condiciones establecidas en el Reglamento de Edificaciones del

Ministerio de Vivienda1.

4.2. CONCEPTUALIZACIÓN DE TERMINAL TERRESTRE:

Conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC,

los terminales terrestres se definen como la infraestructura

complementaria al transporte terrestre, sea éste de propiedad

pública o privada, la cual está destinada a prestar los servicios de

transporte de personas o mercancías, de ámbito nacional, regional y

provincial2.

1 NORMA A.110 - TRANSPORTES Y COMUNICACIONES SUB-CAPITULO II TERMINALES TERRESTRES

Artículo 5.- Para la localización de terminales terrestres se considerará lo siguiente:

a. Su ubicación deberá estar de acuerdo a lo establecido en el Plan Urbano. b. El terreno deberá tener un área que permita albergar en forma simultánea al número de unidades que puedan

maniobrar y circular sin interferir unas con otras en horas de máxima demanda. c. El área destinada a maniobras y circulación debe ser independiente a las áreas que se identifiquen para los

servicios de administración, control, depósitos, así como servicios generales para pasajeros. d. Deberán presentar un Estudio de Impacto Vial e Impacto Ambiental. e. Deberán contar con áreas para el estacionamiento y guardianía de vehículos de los usuarios y de servicio

público de taxis dentro del perímetro del terreno del terminal. Artículo 6º.- Las edificaciones para terminales terrestres deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a. Los accesos para salida y llegada de pasajeros deben ser independientes. b. Debe existir un área destinada al recojo de equipaje. c. El acceso y salida de los buses al terminal debe resolverse de manera que exista visibilidad de la vereda desde

el asiento del conductor. d. La zona de abordaje a los buses debe estar bajo techo y permitir su acceso a personas con discapacidad. e. Deben contar con sistemas de comunicación visual y sonora. Artículo 7º.- Las edificaciones para terminales terrestres, estarán provistas de servicios sanitarios según lo que se

establece a continuación:

Según el número de personas Hombres Mujeres

De 0 a 100 personas 1L, 1u, 1I 1L,1I

De 101 a 200 2L, 2u, 2I 2L,2I

De 201 a 500 3L, 3u, 3I 3L,3

Cada 300 personas adicionales 1L, 1u, 1I 1L, 1I

L = lavatorio, U= urinario, I = Inodoro

2 Decreto Supremo 017-2009/MTC

Articulo 3.- Definiciones

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Para que una empresa esté autorizada a operar como un terminal

terrestre debe contar con el Certificado de Habilitación Técnica de

Terminales Terrestres, el cual es un documento emitido por la

autoridad competente para acreditar que el terminal terrestre cumple

con los requisitos y condiciones técnicas establecidas.

Para que un terminal cuente con el Certificado de Habilitación

Técnica de Terminales Terrestres debe cumplir con los requisitos

establecidos en el artículo 74° del Decreto Supremo N° 017-2009-

MTC, en el cual se señala que el solicitante de un Certificado de

Habilitación Técnica, por primera vez o por renovación, deberá

presentar una solicitud bajo la forma de Declaración Jurada dirigida

a la autoridad competente, en la que se indique: Razón o

denominación social; el número del Registro Único del

Contribuyente (RUC); domicilio y dirección electrónica del

solicitante; nombre, documento de identidad y domicilio del

representante legal y número de partida de inscripción registral del

solicitante y de las facultades del representante legal en caso de ser

persona jurídica; la dirección y ubicación de la infraestructura

complementaria de transporte que se solicita habilitar o contrato

suscrito con quien operará o administrará la infraestructura, de ser el

caso.

Asimismo, a la información referida en el párrafo anterior, se

adicionará el informe técnico emitido por la entidad certificadora

(…)

3.75 Terminales Terrestres: Infraestructura complementaria del transporte terrestre, de propiedad pública o privada,

destinada a prestar servicios al transporte de personas o mercancías, de ámbito nacional, regional y provincial.

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autorizada, que verifique el cumplimiento de las condiciones de

acceso y permanencia exigibles para que proceda la habilitación de

la infraestructura complementaria; número de constancia de pago,

día de pago y monto.

Adicionalmente, cabe mencionar que de conformidad a lo

establecido en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 033-2011-

MTC, se estableció el régimen extraordinario para el otorgamiento

del Certificado de Habilitación Técnica de Infraestructura

Complementaria de Transporte Terrestre (para terminales terrestres

y/o estaciones de ruta). A dicho régimen extraordinario pueden

acogerse los titulares de terminales terrestres o estaciones de rutas

que actualmente se encuentren en uso. Para ello, el titular debe

contar con su licencia de funcionamiento vigente para operar como

terminal terrestre, estación de ruta o lugar de embarque y

desembarque. Adicionalmente, deberá contar con los siguientes

documentos:

- Copia fedatada por funcionario del Ministerio de Transportes y

Comunicaciones del original de la licencia o autorización de

funcionamiento vigente.

- Constancia emitida por la municipalidad de que dicha licencia

se encuentra vigente.

- Estudio de impacto vial que determine que su funcionamiento

no impacta negativamente en el tránsito en el lugar en que se

encuentran ubicados.

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- Memoria descriptiva y planos de la ubicación y distribución del

predio destinado al funcionamiento de la infraestructura

complementaria.

Los terminales terrestres son de uso obligatorio para las empresas

de transporte terrestre a nivel nacional, tal como lo establece el

artículo 33.2 del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC que señala

como requisito indispensable que la empresa que presta el servicio

de transporte público de personas de ámbito nacional debe acreditar

ser titular o tener suscrito un contrato vigente que le permita el uso y

usufructo de los terminales terrestres.

4.3. FACULTADES DE LAS MUNICIPALIDADES O

GOBIERNOS LOCALES SOBRE REGULACIÓN DE LOS

TERMINALES TERRESTRES:

La Constitución Política del Estado (1993), en su artículo 195°

establece:

“Artículo 195°.- Los gobiernos locales promueven el

desarrollo y la economía local, y la prestación de los

servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las

políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo.

Son competentes para:

(…)

5. Organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos

locales de su responsabilidad”.

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Por tanto, de la lectura y buen entendimiento del articulado

consignado precedentemente, la Constitución Política del Estado, ha

establecido de manera expresa y categórica que las

Municipalidades o Gobiernos Locales, tienen facultades

establecidas, especialmente, para administrar los servicios públicos

bajo su competencia, como es el caso del Transporte Público y/o

Colectivo.

Bajo ese contexto, entonces, es que la Ley Orgánica de

Municipalidades en su artículo 73°, quinto párrafo, numeral 2, punto

2.2., ha establecido que las Municipalidades Provinciales tienen

competencia exclusiva (o compartida) y cumplen funciones

específicas respecto de Servicios Públicos Locales en materia de

Tránsito, Circulación y Transporte Público.

Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el numeral 2.1.,

del inciso 2) del artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades,

se tiene que, las Municipalidades Provinciales tienen la función de:

“2.1. Ejecutar directamente o concesionar la ejecución

de las obras de infraestructura urbana o rural de

carácter multidistrital que sean indispensables para

(…) el transporte y la comunicación de la provincia,

tales como (…) terminales terrestres, y otras similares

(…)”. (negrita y subrayado agregado).

Por otro lado, y concordante con la normativa citada

precedentemente, el numeral 1.5., del inciso 1) del artículo 81° de la

misma Ley, al establecer las funciones exclusiva de los gobiernos

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locales en materia de tránsito, vialidad y transporte público,

establece que pueden ejercer, entre otras, la función de:

“1.5. Promover la construcción de terminales terrestres

y regular su funcionamiento”.

Por otro lado, debe tenerse en cuenta que el numeral 3.75 del

artículo 3° del D.S. N° 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de

Administración de Transporte, establece lo siguiente: “3.75 Terminal

Terrestre: Infraestructura complementaria del transporte terrestre,

de propiedad pública o privada, destinada a prestar servicios al

transporte de personas o mercancías, de ámbito nacional, regional y

provincial”. Por tanto, de dicho enunciado normativo, se puede

advertir que los Terminales Terrestres pueden ser de

TITULARIDAD PÚBLICA, entendiendo así que los Terminales

Terrestres pueden ser explotados por los Organismos Locales, más

aún si se trata del cumplimiento de un mandato IUS IMPERIUM, que

es el ejercicio de la Función Pública del Transporte Terrestre.

Hecha las citas legales, debemos precisar entonces que conforme al

artículo 58° de la Constitución del Estado: “La iniciativa privada es

libre y se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este

régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa

principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud,

educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura”.

Por su parte, el citado artículo 60º, agrega que el Estado reconoce

el pluralismo económico y que la economía nacional se sustenta en

la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Sólo

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autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar

subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón

de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. La

actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo

tratamiento legal.

Por norma expresa los gobiernos regionales promueven el

desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones,

actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía

con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son

competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el

financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de

infraestructura de alcance e impacto regional.

Por su parte, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la

economía local, y la prestación de los servicios públicos de su

responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y

regionales de desarrollo; y, son competentes para fomentar la

competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución

de proyectos y obras de infraestructura local, así como desarrollar y

regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud,

vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los

recursos naturales, transporte urbano, circulación y tránsito, turismo,

conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura,

recreación y deporte, conforme a ley.

La Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 2.1 contempla la

facultad para las Municipalidades Provinciales de ejecutar

directamente o concesionar la ejecución de obras de infraestructura

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urbana que sean indispensables para la producción, el comercio, el

transporte y la comunicación, tales como, entre otros, los terminales

terrestres de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y el

Plan de Desarrollo Regional. En ese sentido, el artículo 81 del

mismo cuerpo legal señala expresamente como una de las

funciones de las Municipalidades la de promover la construcción de

Terminales Terrestres y regular su funcionamiento, otorgar

certificado de compatibilidad de uso, licencia de funcionamiento,

certificado de conformidad de obra, licencia de funcionamiento y

certificado de habilitación técnica a los terminales terrestres y

estaciones de ruta del Servicio de Transporte provincial de personas

de su competencia según corresponda.

Entonces, el rol que le corresponde a la Municipalidad, en este caso,

se encuentra definido por el uso superpuesto de dos potestades: la

potestad de iniciativa pública económica, así como la potestad de

auto organización. En efecto, incluso, cuando la Administración

Pública decide por propia iniciativa emplear una forma empresarial

mercantil para el desempeño de sus actividades, está haciendo uso,

de manera superpuesta, de dos potestades: la potestad de iniciativa

pública económica o de reserva, así como la potestad de auto

organización.

4.4. LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y LOS GOBIERNOS MUNICIPALES O LOCALES:

Los gobiernos municipales tienen como una de sus atribuciones la

prestación de servicios públicos. Sin duda, el papel de los

municipios en la prestación de servicios públicos es de gran

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17

relevancia debido a la proximidad que tienen con la población, lo

que favorece la identificación de necesidades y su correcta atención.

El sustento jurídico para que los municipios sean responsables en la

prestación de diversos servicios públicos se encuentra en la

Constitución Política del Estado (1993) y la Ley Orgánica de

Municipalidades, como ya se vio en líneas arriba, misma que define

los rubros en los que el municipio es responsable de la atención.

En el municipio la relación población-gobierno se encuentra

directamente vinculada a la prestación de servicios públicos,

atendiendo este criterio, el municipio deberá realizar un análisis

exhaustivo de sus capacidades administrativas, técnicas y

financieras con el fin de cumplir de manera eficiente con la

prestación de los servicios, en razón de que para la población, este

aspecto constituye en general el elemento evaluativo del

desempeño de su gobierno.

Dicho ello, y para ampliar éste concepto bajo análisis, hacemos la

siguiente cita: “El artículo 1° de nuestra Constitución señala que la

defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin

supremo de la sociedad y del Estado, lo cual se logra, en parte,

mediante una adecuada creación y prestación ininterrumpida de los

servicios públicos”.

A partir de allí, se desprende que los “servicios públicos” son las

actividades asumidas por órganos o entidades públicas o privadas,

creados por la Constitución o las leyes, para dar satisfacción en

forma regular y continua a cierta categoría de necesidades que son

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18

de interés general, bien sea en forma cierta, mediante

concesionario, o través de cualquier otro medio legal, con sujeción a

un régimen de derecho público o privado según corresponda.

Cuando dice que son “actividades, entidades u órganos públicos o

privados” se refiere ésta expresión a los servicios públicos, en

sentido material; vale decir, toda tarea asumida por una entidad

pública, bien se trate del Estado en sí, de los gobiernos regionales,

los gobiernos locales – personas jurídicas de derecho público de

carácter territorial - o prestados a través de entes descentralizados

funcionalmente. (…) No obstante, cabe decir que el servicio público

también puede ser prestado por particulares conforme al orden

jurídico pertinente.

El concepto de servicio público, se presenta como una prestación

obligatoria y necesaria del Estado, por ser indispensable a la

realización y desenvolvimiento de la población. Recordemos

también que bajo este criterio inicial, no necesariamente los

gobernantes son los exclusivos prestadores del servicio público, ya

que este podía ser prestado también por un privado, el cual será

sometido a una regulación y fiscalización estatal.

Los servicios públicos, entonces, son aquellos servicios de interés

general cuyo uso está a disposición del público a cambio de una

contraprestación tarifaria, sin discriminación alguna, dentro de las

posibilidades de oferta técnica que ofrecen los operadores. Estos

servicios tienen por objeto la producción de bienes y actividades

dirigidos a realizar fines sociales, como el de satisfacer las

necesidades de una comunidad, no sólo en términos económicos,

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sino también en términos de promoción social, promoviendo de éste

modo el desarrollo económico y civil de un país. Asimismo, también

se entiende por servicio público, en sentido orgánico, la creación de

una dependencia administrativa dentro de la estructura del Estado o

de administración pública para satisfacer necesidades de interés

colectivo y público.”3

Por otro lado es pertinente señalar que los servicios públicos son

creados en primer orden por la Constitución Política del Estado, y

por leyes o normas con rango de ley. Crear un servicio público

implica que el Estado ha localizado, individualizado y considera de

suma importancia suministrar una prestación en favor de la

colectividad, ya sea de forma directa e indirecta, lo que significa, que

el Estado asume el compromiso y responsabilidad de administrar,

operar, gerenciar y conducir el manejo de dicho servicio público de

forma regular y continua, teniendo así la iniciativa y control de dicha

prestación a su cargo.

Entre las principales características de los servicios públicos,

podemos mencionar:

- La regulación de los servicios públicos proviene del interés

público, y se traduce principalmente en el control de tarifas y

servicios.

- Debe tener un funcionamiento permanente; es decir, que se

preste, el servicio público, de forma regular y continua, para que

3 REYNA ALFARO, Luis Miguel/VENTURA SAAVEDRA, Karen.- “LOS SERVICIOS PÚBLICOS EN EL PERÚ”.-

Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.- Pág. 593 y ss.

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de esta manera se puedan satisfacer a cabalidad las

necesidades de la comunidad y/o colectividad, por encima de

los intereses de quienes lo presten.

- La prestación del servicio público no debe busca un fin

lucrativo, pues se anteponen los intereses colectivos y/o de la

sociedad.

- La prestación del servicio público, puede ser efectuada tanto

por un organismo público como por los particulares, pero

siempre bajo la autorización, supervisión, control y verificación

por parte del Estado, con estricto cumplimiento a las

disposiciones legales vigentes y que sean aplicables.

4.5. UBICACIÓN CONSTITUCIONAL DEL RÉGIMEN

ECONÓMICO PERUANO: Un aspecto también de importancia en el presente estudio, es hacer

referencia al régimen económico peruano establecido en la

Constitución Política del Estado (1993).

La Constitución de 1993 dejó establecido a través de su artículo 58°,

que la iniciativa privada es libre y que se ejerce en una economía

social de mercado. De esa manera, debemos entender que nuestro

régimen económico se sustenta en una economía social de

mercado.

El Tribunal Constitucional se ha pronunciado al respecto

(Expediente N° 0048-2004-AI), señalando lo siguiente:

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21

“La economía social de mercado parte de la premisa

que el mejor sistema para la asignación y distribución

de los recursos es aquel que propicia la concertación

libre entre oferta y demanda, puesto que de este modo

se promueve el despliegue de las iniciativas de los

seres humanos, se incentiva la competencia creadora

y se impulsan las innovaciones tecnológicas. Al Estado

en este esquema le corresponde crear las condiciones

para que las actividades económicas privadas se

desarrollen de manera libre y competitiva,

procurándoles un marco para su desarrollo eficiente,

que redunde en mejores productos y a precios

competitivos para los consumidores y usuarios”

En cuanto al régimen peruano de la prestación de servicios públicos,

KRESALJA4, en alusión al artículo 58° de la Constitución, considera

lo siguiente:

“(…) bajo el régimen de una economía social de

mercado, el Estado, orienta el desarrollo del país,

pero, y esto es lo importante, actúa en las áreas

tradicionales ya citadas como las de salud, educación,

seguridad e infraestructura pero agrega servicios

públicos. Es decir, además de los citados hay otros

servicios que la Constitución no menciona

expresamente, pero en los cuales el Estado siempre

4 KRESALJA ROSELLO. Baldo.- “EL ROL DEL ESTADO Y LA GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS”.- En Themis

N° 39.- 1999.- 2da época.- Pág. 81.

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bajo el principio de subsidiariedad, está no sólo

autorizado sino, creemos, obligado a promover y hasta

participar”

Asimismo, siguiendo a este autor, consideramos también que el rol

subsidiario reconocido constitucionalmente constituye una garantía

del Estado a la intervención privada.

4.6. ARMONÍA CON EL ARTÍCULO 60° DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO:

Estando a la normativa de rango constitucional y rango de Ley (Ley

Orgánica de Municipalidades) invocadas precedentemente,

advertimos clara y concluyentemente que los gobiernos locales

(como lo es la Municipalidad Provincial de Huamanga), gozan de

facultades (constitucionales inclusive) exclusivas para brindar y/o

prestar determinados servicios públicos en beneficio de la

colectividad bajo su jurisdicción, en este caso en materia de

Transporte Público, pudiendo no sólo regularlas o reglamentarlas,

sino también desarrollarlas, ejecutarlas y administrarlas, tal es así

que NO QUEDA DUDA ALGUNA que las Municipalidades

Provinciales pueden realizar (directamente o a través de terceros)

la ejecución de obras públicas de infraestructura que sean

indispensables para el transporte, como es la ejecución de un

TERMINAL TERRESTRE, y no sólo ejecutarla, sino también

poder regularla y/o administrarla.

Dicho ello, es indiscutible entonces que las actividades tendientes a

fomentar la construcción y/o ejecución de un Terminal Terrestre

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(como es el Terrapuerto Municipal que a la fecha viene prestando

éste servicio), así como su organización, administración y regulación

de su funcionamiento, es una FUNCIÓN PÚBLICA exclusiva de los

Gobiernos Locales, EN CONSECUENCIA NO CONSTITUYE NI

CONFIGURA UN SUPUESTO DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL,

SINO POR LO CONTRARIO ES EL DESARROLLO DE UNA

FUNCIÓN PÚBLICA, es decir, los servicios prestados responden al

Ius Imperium establecido tanto en la Constitución Política del Estado

como en la Ley Orgánica de Municipalidades, buscando así la

satisfacción de un servicio público, materializando así la función

pública de prestar el servicio de Transporte Público atribuida e

impuesta por el Estado.

Valga recodar que la Función Pública referido al Transporte

Público, entre ellos la facultad de promover, ejecutar, administrar y

regular el funcionamiento de un Terminal Terrestre, constituye una

finalidad constitucional, lo que significa que el Estado (en este caso,

la Municipalidad Provincial de Huamanga) tiene obligaciones

positivas para efectivizar tal actividad, pues tal imperativo deriva de

la propia Carta Magna, por lo que estamos convencidos que no

puede ser considerada como COMPETENCIA DESLEAL, por lo

contrario está claro que el Estado asume la titularidad del servicio en

cuestión, pero no para apropiarse o apoderarse de la actividad o

para extraerla del mercado impidiendo que los particulares puedan

prestarlo, ya que la asunción de titularidad solo implica una toma

directa de la responsabilidad por parte del Estado, tratándose así de

una actividad de prestación que el Estado asume, por organización

propia o por delegación, y de la cual es primariamente responsable.

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RESPECTO A QUE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEBE

ESTAR HABILITADA POR LEY EXPRESA

El artículo 60° de la Constitución Política del Estado ordena a la

actividad empresarial del Estado a sujetarse al principio de

subsidiariedad, sometiéndola a una serie de controles:

En tal sentido, para que la actividad del Estado no sea ilegal, se

deben cumplir sucesivamente los requisitos desarrollados en el

articulado hecho mención, en éste primer orden referido a que la

actividad esté autorizada por ley expresa, que por lo excepcional

de la actividad empresarial pública, no puede tratarse de cualquier

norma sino de una Ley del Congreso u ordinaria, que expresamente

autorice a una entidad pública a realizar alguna actividad dirigida a

la producción, distribución, desarrollo o intercambio de bienes o

servicios en el mercado.

En éste punto y como primer requisito de licitud previsto en el

artículo 60° de la Constitución Política del Estado es de tipo formal y

exige que la realización de la actividad empresarial estatal se

encuentre autoriza por “ley expresa”.

Al respecto y conforme mencionamos de la normativa ya invocada,

no sólo la Constitución Política del Estado (en sus artículos 194 y

195) ha establecido (de manera imperativa) como Función Pública

de los Gobiernos Locales la materia referida al Servicio Público de

Transporte, sino también lo es que los artículos 73°, 79° y 81° de la

Ley Orgánica de Municipalidades ha desarrollado en detalle dichas

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25

funciones, encontrando así que la regulación de los Terminales

Terrestres le está autorizado y establecido por mandato legal

expreso.

En consecuencia, éste requisito de licitud, referido a que exista

autorización expresa de la Ley, en el presente caso, consideramos

que encuentra amparo legal en la normativa ya citada, incluso de

rango constitucional, para que pueda implementarse, ejecutar,

administrar y regular el funcionamiento un Terminal Terrestre.

RESPECTO DEL CARÁCTER SUBSIDIARIO DE LA ACTIVIDAD

EMPRESARIAL ESTATAL

Luego de haber desarrollado el alcance al primer requisito

establecido en el artículo 60° de la Constitución, debemos a

continuación, analizar el contenido de la siguiente exigencia prevista

en la norma constitucional, que consiste en determinar que la

actividad empresarial sea de carácter subsidiario.

Dicho ello, debemos señalar que por subsidiario debemos entender

a aquella circunstancia en la cual la intervención empresarial del

Estado es excepcionalmente tolerada debido a que no existe oferta

privada o ésta es insuficiente para satisfacer las necesidades de un

determinado sector de consumidores. Por tanto, no habrá rol

subsidiario si es que se comprueba la existencia de oferta privada

real o potencial capaz de cubrir la demanda de un determinado

mercado relevante.

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En el presente caso, debemos precisar que el mercado relevante

está referido a la implementación y explotación de un Terminal

Terrestre.

Del Informe Técnico y/o Socio Económico, advertimos que las

empresas de transporte interprovincial en la ciudad de Ayacucho, no

han mostrado oferta alguna para implementar y administrar un

Terminal Terrestre, por el contrario no existe la presencia de

empresas que puedan dedicarse a dicha actividad en la magnitud y

tamaño que representa un Terminal Terrestre, menos con la

idoneidad y calidad que ésta requiere por la magnitud que implica

la prestación de este servicio y tal como lo exigen los cánones

establecidos en la ley 29571, Código de Protección y Defensa del

Consumidor.

Por lo contrario debemos precisar que las empresas de transportes

interprovincial en la ciudad de Ayacucho, no cuentan con locales

propios que puedan ser destinados a terminal terrestre que permita

el embarque y desembarque de pasajeros, pues por ello es que

utilizan a la fecha las instalaciones el Terminal Terrestre.

RESPECTO A UN ALTO INTERÉS PÚBLICO O A UNA

MANIFIESTA CONVENIENCIA NACIONAL

El tercer requisito establecido en el artículo 60° de la Constitución,

está referido al alto interés público o de manifiesta conveniencia

nacional que debe sustentar la autorización para que el Estado

desarrolle la actividad empresarial.

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En éste punto, es necesario mencionar que la Función Pública en

materia de Transporte Público es de vital importancia, pues es uno

de los medios de comunicación terrestre de mayor afluencia del

público, que de no brindarse en las condiciones pertinentes,

ocasionaría un grave y serio perjuicio, por ello es que la normativa

antes citada ha establecido como una función de trascendencia

otorgada a los Gobiernos Locales, así como responder a la

necesidad de ordenar el transporte y tránsito, acuerdo a las actuales

necesidades de la Población en concordancia con el marco legal

nacional que regula el servicio en materia del transporte.

Finalmente, mencionar que ésta iniciativa trae consigo lo siguiente:

a) Principal Beneficio: Dotar a la ciudad de Ayacucho de un local

adecuado para el mejoramiento de las condiciones de operación

del embarque y desembarque de pasajeros, por las unidades de

las empresas que brindan servicio de transporte de pasajeros

cubriendo rutas interprovinciales y nacionales, de tal manera que

con la ejecución del proyecto se logren otros beneficios.

b) Beneficios Adicionales:

- Construcción de una infraestructura moderna, adecuada y con

suficiente capacidad para el embarque y desembarque de los

vehículos de transporte de pasajeros.

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- Dotar del equipamiento y servicios necesarios para satisfacer

las necesidades del público que va a concurrir a este terminal

terrestre.

- Lograr el ordenamiento del tránsito en las zonas actualmente

congestionadas (casco urbano – centro histórico) por la mala y

dispersa ubicación de diferentes locales de embarque y

desembarque.

- Brindar niveles de seguridad a la población usuaria.

Por tanto, se advierte que la construcción y funcionamiento del

Terminal Terrestre en la ciudad de Ayacucho, es un proyecto

iniciado desde el año 2006, que respondió a una necesidad de

carácter social, especialmente por la preocupación del sector del

Transporte Público Interprovincial dentro del Casco Urbano y Centro

Histórico de la ciudad de Ayacucho.

V. FUNDAMENTOS ECONÓMICOS Y SOCIALES – PERFIL

TÉCNICO Y ECONÓMICO (DIAGNÓSTICO SOCIO-

ECONÓMICO):

La Constitución Política del Perú, en su Artículo 195° dispone que

las Municipalidades deban de promover el desarrollo y la economía

local y la prestación de servicios públicos en armonía con las

políticas y planes de desarrollo regional y nacional.

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Dicho ello, y de acuerdo al Informe Técnico – Diagnóstico Socio

Económico que se plasma en el Anexo 5 a la cual nos remitimos,

demostramos la existencia de un fallo del mercado que justifica la

necesaria intervención del Estado, es este caso de la Municipalidad

Provincial de Huamanga, esto es que la oferta en la prestación de

un servicio público (Terminal Terrestre) por parte del mercado es

deficitaria en relación a la demanda del servicio hecha por la

población, y beneficiosa en términos de seguridad vial.

VI. OBJETIVO DE LA POLÍTICA EMPRESARIAL:

La Empresa consiente de su labor y tarea de responsabilidad social

empresarial (RSE), se ha fijado como objetivos:

- Capacitación Permanente.- Partiendo del concepto de que el

Servicio de Transporte Interprovincial beneficia directamente a la

población que hace uso constante de éste servicio, también lo es

con las empresas que brindan el transporte en referencia, en ese

sentido se constituye como principal objetivo: la Capacitación

debida para la prestación de un adecuado servicio de transporte en

general, con estándares de calidad y seguridad, para ello se

tendrán aliados institucionales como la Policía Nacional del Perú, la

Superintendencia Nacional de Transporte, entre otros.

- Formalización de las Empresa de Transporte.- Se advierte que

existen un gran número de empresas de transporte interprovincial,

por lo que su incorporación al mercado formal es una premisa

principal, por lo que existirán niveles de coordinación permanente ya

sea de forma gremial o empresarial para dicho fin, y no solo la

búsqueda de formalidad, sino que de las mismas empresas cumplan

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con las exigencias normativas y/o que la autoridad administrativa

disponga para la prestación del servicio.

VII. ANÁLISIS COSTO BENEFICIO:

La presente Ley no irroga ningún gasto ordinario ni extraordinario al

Tesoro Público, sino al contrario trae consigo varios beneficios

económicos y no económicos:

- Se estimulará la participación del accionariado difundido entre

los pobladores del área de influencia.

- Se generaría un ahorro de costos en el sistema operativo de

Terminal Terrestre por parte de la Municipalidad Provincial de

Huamanga y de los municipios del área de influencia.

- Los ingresos generados permitirán cubrir los gastos operativos

que genera el mantenimiento, pago de servicios, pago de

personal, logística, etc., que demanda la prestación del

servicio.

VIII. EFECTO DE VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE IA

LEGISIACION NACIONAL:

La norma se encuentra en concordancia con lo dispuesto en la

Constitución Política del Estado; y, finalmente con la Ley 27972 (Ley

Orgánica de Municipalidades), notando que no genera ninguna colisión

con normativa nacional alguna.

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ANEXOS

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ANEXO 1

Proyecto de Oficio Dirigido al Presidente del Congreso de la

República

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Ayacucho, …… de Septiembre del 2017

OFICIO N° ________________________________________________

Sr.

………………………………………………. Presidente del Congreso de la República

Presente.-

De mi consideración.-

Tengo el honor de dirigirme a usted, para expresarle nuestro cordial saludo a

nombre de la Provincia de Huamanga que me honro representar.

Por medio de la presente me dirijo, para alcanzar el Proyecto para la Creación

de la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho

S.A.C., para que mediante la expedición de una Ley sea aprobado, la cual

redundará en el beneficio de la población Huamanguina.

Sin otro particular expreso los sentimientos de mi consideración y estima

seguros de la atención al presente, me suscribo de usted.

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ANEXO 2

Proyecto de Acuerdo Municipal de Creación de la Empresa Municipal

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE HUAMANGA

ACUERDO MUNICIPAL Nº …… - 2017-MPH

Ayacucho, ….. de Septiembre del 2017

VISTO: Proyecto de la Empresa Municipal;

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía

política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de

conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política

modificado por la Ley de reforma Constitucional, Ley 27680, concordante con el

artículo 11 del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº

27972;

Que, se ha elaborado el proyecto para la Constitución de la Empresa Municipal

Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho S.A.C. S.A.C., el Proyecto

de Estatuto de la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de

Ayacucho S.A.C.; y, el Proyecto de Ley que crea la Empresa Municipal

Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho S.A.C., así mismo se da

lectura al Informe Nº ……………………, el cual es de opinión favorable su

aprobación en Sesión de Concejo;

Que, el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo,

articulando a las Municipalidades con sus vecinos; así mismo los gobiernos

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locales promueven el desarrollo económico local así como el desarrollo social,

el desarrollo de capacidades y la calidad en sus respectivas circunscripciones;

Estando a lo señalado, y en mérito a las facultades conferidas por la Ley

Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su art. 9, inc. 9;

SE ACUERDA:

Artículo 1°.- APROBAR, el Proyecto de Ley para la creación de la Empresa

Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho S.A.C., así como

los Estatutos que regirán para la misma.

Artículo 2°.- REMITIR, el Proyecto de Ley al Congreso de la República para

su aprobación correspondiente.

Regístrese, Comuníquese y Archívese

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ANEXO 3

Proyecto de la Fórmula Legal

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El Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE CREA LA EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA

DEL TERMINAL TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.

Artículo Primero.- Autorícese a la Municipalidad Provincial de Huamanga, a

constituir la Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de

Ayacucho S.A.C.

La Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho

S.A.C., es aquella que tiene por objeto encontrarse a cargo de la administración

del Terminal Terrestre de la ciudad de Ayacucho, así como de la promoción y/o

ejecución de ampliaciones, modificaciones y actividades afines a este rubro, por

tanto el objeto fundamental es el de brindar un óptimo servicio a través de una

administración eficiente de los diferentes servicios que brinda el terminal a los

pasajeros, que hacen uso del servicio de transporte público interprovincial

desde la provincia de Huamanga.

La sociedad está facultada también para implementar servicios a favor de los

vecinos en materia capacitación, educación y transporte, en lo que corresponda

a los temas relacionados directamente con el objeto de la empresa.

Artículo Segundo.- La Empresa Municipal Administradora del Terminal

Terrestre de Ayacucho, se constituirá como Sociedad Anónima Cerrada, sin

que le sea aplicable el requisito de la pluralidad de accionistas, sin embargo el

Municipio gestor promoverá la participación de la sociedad civil, personas

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naturales o jurídicas domiciliadas en la Provincia para su inclusión mediante el

accionariado difundido.

Artículo Tercero.- La Empresa Municipal constituida, preferentemente podrá

incluir en el accionariado difundido a los municipios distritales y/o provinciales

que directamente se benefician con el servicio.

Artículo Cuarto.- Para ser Accionista o Director de la Empresa Municipal,

deben de cumplir con lo expresado en las normas vigentes sobre la materia

indicada.

Artículo Quinto.- El capital social e inicial de la empresa, está constituido por

el valor de la transferencia que realice la municipalidad y que exprese el precio

actual de las inversiones ya realizadas por dicho municipio. Tal capital podrá

ser modificado por los aportes de futuros accionistas de conformidad con las

disposiciones de la Ley General de Sociedades.

Artículo Sexto.- Los Regidores, los Gerentes Municipales y funcionarios o

empleados de la Municipalidad Provincial de Huamanga, no podrán ser

miembros del Directorio. El Gerente y/o Administrador será designado por el

Directorio.

Artículo Sétimo.- Los Directores, el Gerente y/o Administrador, son

solidariamente responsables ante la empresa, ante los accionistas y terceros,

por los daños y perjuicios que ocasionen por acuerdos o actos contrarios al

Estatuto de la empresa o la Ley, realizados por negligencia o dolo, sin perjuicio

de las demás causa establecidas en la Ley General de Sociedades.

Artículo Octavo.- Los trabajadores de la Empresa Municipal, se sujetarán al

Régimen Laboral de la Actividad Privada.

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DISPOSICIÓN FINAL

PRIMERA.- La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su

publicación en el Diario Oficial El Peruano.

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ANEXO 4

Proyecto del Estatuto de la Empresa Municipal

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PROYECTO DE ESTATUTO DE LA EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA

DEL TERMINAL TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.

Señor Notario:

Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas una de constitución de

Sociedad Anónima Cerrada, que otorga su socio fundador: Municipalidad

Provincial de Huamanga, con RUC Nº 20143137296 con domicilio en e l Portal

Municipal N° 44 del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de

Ayacucho, debidamente representada por su Alcalde, señor SALOMÓN HUGO

AEDO MENDOZA, identificado con DNI Nº 21453490, en virtud del Acuerdo

Municipal Nº ……..-2017-MPH de fecha …………………….. y de la Ley Nº

…………….

Primero: Por la presente la persona mencionada en virtud del Acuerdo de

Concejo y contando con el respaldo normativo de la Ley Nº ……….., (los mismos

son parte integrante de la presente minuta de constitución), conviene en constituir,

una Empresa Municipal, bajo la forma societaria de una sociedad anónima

cerrada por acciones la que se denominará "EMPRESA MUNICIPAL

ADMINISTRADORA DEL TERMINAL TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.",

pudiendo emplear indistintamente la abreviatura "EMATTA S.A.C.", con un capital

social de …………………………. representado y dividido en …………………………

acciones nominativas de un valor nominal de …………………… cada una,

íntegramente suscritas y totalmente pagadas.

Segundo: El capital social queda íntegramente suscrito y pagado de la siguiente

forma:

- Aporte en propiedad de bienes no inscribibles en los Registros Públicos que

se detallan en la declaración jurada de recepción de bienes que Ud. Señor

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Notario se servirá insertar y que están, valorizados en la suma de S/

00,000.00 ( de Nuevos Soles).

- Aporte en propiedad de bien inmueble ubicado en ……………………………,

del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho,

inmueble que se valoriza en la suma de S/ 0,000.00 ( 00/100

Nuevos Soles) del cual es propietario, con un área de ………………, linderos,

medidas perimétricas y demás especificaciones que constan en su asiento

dominal que corre inscrito la Partida Registral Nº del Registro de la

Propiedad Inmueble de Ayacucho.

En virtud de lo cual debe usted señor Notario remitir también los partes

respectivos al Registro de Propiedad Inmueble para que se inscriba

la transferencia señalada.

El otorgante declara que:

a) Existe justa y perfecta equivalencia entre el valor del inmueble aportado y la

valorización de tal aporte, siendo la transferencia ad-corpus, de modo

que si existiera cualquier diferencia que al momento las partes no perciben,

se hacen de ella recíproca donación.

b) El aporte se efectúa con todo lo que de hecho y por derecho le corresponde

al citado inmueble.

Tercero: El objeto social, domicilio, duración, inicio de operaciones, y demás

condiciones del contrato social que establece el Artículo 5 de la Ley General de

Sociedades constan en el Estatuto que es parte integrante del presente contrato

social.

Cuarto: La Sociedad que por la presente se constituye se regirá por el siguiente:

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ESTATUTO

TITULO I

DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO, ÁMBITO DE

RESPONSABILIDAD, DURACIÓN E INICIO DE OPERACIONES

Artículo Primero: Bajo la denominación de "EMPRESA MUNICIPAL

ADMINISTRADORA DEL TERMINAL TERRESTRE DE AYACUCHO S.A.C.", y

la forma abreviada "EMATTA SAC" se constituye esta sociedad anónima

cerrada por acciones, creada en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº

………………………….., en el Acuerdo Nº ……-2017-MPH de fecha

………………

Artículo Segundo: El objeto de la Sociedad es encontrarse a cargo de la

administración del Terminal Terrestre de la ciudad de Ayacucho, así como de

la promoción y/o ejecución de ampliaciones, modificaciones y actividades

afines a este rubro, por tanto el objeto fundamental es el de brindar un óptimo

servicio a través de una administración eficiente de los diferentes servicios

que brinda el terminal a los pasajeros, que hacen uso del servicio de

transporte público interprovincial desde la provincia de Huamanga.

Además la sociedad está facultada también para implementar servicios a favor

de los vecinos en materia capacitación, educación y transporte, en lo que

corresponda a los temas relacionados directamente con el objeto de la

empresa.

Artículo Tercero: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Ayacucho,

provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho, pudiendo establecer

agencias, sucursales, oficinas y representaciones en cualquier lugar de la

Región de Ayacucho bastando para ello el acuerdo del Directorio.

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Artículo Cuarto: El área geográfica de acción inicial de la empresa comprende

la Provincia de Huamanga, pudiendo ampliarse a las jurisdicciones de los

distritos y provincias cuyos Concejos decidan incorporarse posteriormente.

Artículo Quinto: La Sociedad inicia sus operaciones en la fecha de

su inscripción en los Registros Públicos. El plazo de duración de la Sociedad

es indeterminado.

TITULO II

CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES

Artículo Sexto: El capital social es de S/. …………………….. (…………. y

00/100 Nuevos Soles) representado y dividido en acciones de un valor

nominal de ………………….. (……………………….. y 00/100 Nuevos Soles)

cada una, íntegramente suscritas y totalmente pagadas.

Artículo Séptimo: Las acciones serán emitidas a nombre de la

Municipalidad Provincial de Huamanga y estarán distribuidas equitativamente

según el número de Regidores existentes.

Artículo Octavo: Los certificados de acciones contendrán: el nombre de la

Sociedad, el capital social suscrito y pagado, el valor nominal de cada acción, el

carácter nominativo de las acciones, el número de acciones que represente

cada título o certificado, la numeración de las acciones, la numeración de cada

certificado de acciones, la fecha de emisión de cada certificado, el domicilio de

la Sociedad, su plazo, fecha de la Escritura de constitución social, así como de

las escrituras posteriores, modificatorias de los Estatutos Sociales, o de las

variaciones del capital social y la inscripción en el Registro respectivo.

Artículo Noveno: Los títulos en las acciones se autorizarán por el

Presidente del Directorio y por otro Director.

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Artículo Décimo: Se podrán expedir certificados provisionales mientras se

emiten las acciones. Estos certificados no podrán tener una vigencia mayor a

un año.

Artículo Décimo Primero: En las Juntas de Accionistas, cada acción da

derecho a un voto.

Artículo Décimo Segundo: Los titulares de acciones en calidad de

copropiedad o condominio, cuando resuelven intervenir en las Juntas de

Accionistas, deben hacerse representar por uno solo de ellos o por un tercero.

El apoderado así designado será considerado por la Sociedad en esa Junta

como un solo accionista.

Artículo Décimo Tercero: En caso de pérdida, robo o destrucción de los

certificados de acciones, el Directorio está autorizado para expedir duplicados,

previo cumplimiento de las formalidades que determine el Directorio.

Artículo Décimo Cuarto: El patrimonio social responde por las obligaciones de

la sociedad.

Artículo Décimo Quinto: La Sociedad llevará el Libro de Registros de

Acciones, en el que se inscribirá el número de las acciones emitidas, el nombre

y domicilio de los tenedores de certificados de acciones y el número

de certificados.

Artículo Décimo Sexto: La propiedad de una acción obliga al accionista a

someterse a las disposiciones de estos Estatutos y a los acuerdos de la Junta

General de Accionistas y del Directorio en asuntos de su competencia.

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Artículo Décimo Sétimo: Los accionistas en sus relaciones con la

Sociedad, se consideran presentes y domiciliados en el domicilio de la Sociedad,

renunciando al fuero de sus domicilios, aceptando la jurisdicción de los Tribunales

y Jueces de Ayacucho.

TITULO III

DE LOS ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD

Artículo Décimo Octavo: La organización, dirección y administración de

la Empresa Municipal corresponde a la Junta General de Accionistas, al

Directorio y a la Administración o Gerencia.

DE LAS JUNTAS GENERALES DE ACCIONISTAS

Artículo Décimo Noveno: La Junta General de Accionistas es el órgano de

mayor jerarquía de la sociedad. Está integrada por el pleno del concejo

(Alcalde y cuerpo de Regidores).

Preside la Junta el Alcalde del Concejo Provincial de Huamanga.

Artículo Vigésimo: Las Juntas Generales de Accionistas serán Ordinarias y

Extraordinarias.

La Junta General Ordinaria de Accionistas se efectuará en el primer trimestre

de cada año.

La Junta General Extraordinaria de Accionistas se celebrará cuando lo

resuelva el Directorio o lo solicite por vía notarial e indicando las cuestiones a

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tratar en la Junta, un número de accionistas que represente, cuando menos, la

quinta parte del accionariado de la Sociedad, en este último caso la Junta

deberá ser convocada dentro de los 30 días siguientes a la solicitud.

Artículo Vigésimo Primero: Corresponde a las Juntas Generales Ordinarias:

a) Aprobar o desaprobar la Memoria, el Balance y la gestión social del

ejercicio anterior.

b) Acordar, luego de cubrir las necesidades de la empresa, las inversiones

previstas y cuando procediera, la asignación de utilidades para desarrollar

proyectos del municipio que tengan el fin de elevar el nivel de vida de

su población y la creación de fondos especiales de acuerdo al Plan de

Desarrollo de la Municipalidad Provincial de Huamanga.

c) Elegir regularmente a los miembros del Directorio y a su Presidente por

el período de dos años y fijar su retribución.

d) La modificación parcial o total del Estatuto Socia.

e) Elegir y remover a los miembros del Directorio.

f) Transformar, fusionar, disolver y liquidar la Sociedad.

g) Aumentar o reducir el capital social, así como autorizar la emisión de

obligaciones.

h) Determinar la transferencia y/o adjudicación de bienes que integran el

activo no negociable de la Sociedad.

i) Disponer investigaciones, auditorias y balances. La contratación de

Auditores externos.

j) Declarar en reorganización la empresa de acuerdo a las normas legales

correspondientes.

k) Resolver las cuestiones que le someta el Directorio, así como aquellas en

las que resulte comprometido algún interés de la sociedad.

Artículo Vigésimo Segundo: La Junta General Extraordinaria puede

realizarse en cualquier tiempo, inclusive simultáneamente con la Junta

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General Ordinaria y le corresponde resolver únicamente las cuestiones para

las cuales fue convocada.

Artículo Vigésimo Tercero: La convocatoria a Juntas Generales de

Accionistas se hará por el Directorio, mediante aviso publicado por una sola

vez en el diario encargado de la inserción de los avisos judiciales de la sede

social, indicándose el lugar, día y hora de la reunión y las cuestiones a tratar.

El aviso debe publicarse:

a) Con anticipación no menor de 08 días al día establecido para la

celebración de la Junta Ordinaria.

b) Con anticipación no menor de 05 días al día fijado para la celebración

de la Junta Extraordinaria.

En el aviso puede hacerse constar la fecha en la que, si procede, se reunirá

la Junta en segunda convocatoria, debiendo mediar entre la primera y la

segunda reunión, 05 días.

Artículo Vigésimo Cuarto: Cuando la Junta General de Accionistas no se

celebrara en la primera convocatoria, ni se hubiera previsto en el aviso la fecha

en que deberá celebrarse la Junta en segunda convocatoria, ésta deberá ser

anunciada con los mismos requisitos que la primera dentro de los 10 días

siguientes a la fecha de la Junta no celebrada y con 05 días de antelación por

lo menos, a la fecha de la reunión.

Artículo Vigésimo Quinto: No obstante lo dispuesto en los artículos

anteriores, la Junta se entiende convocada y funcionará válidamente si asisten

la totalidad de los accionistas o si están representados dichos accionistas

propietarios de la integridad del capital social pagado y la condición, Además,

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de que los Accionistas asistentes acepten previamente en forma unánime la

celebración de dicha Junta y los asuntos que en la Junta se van a tratar.

Artículo Vigésimo Sexto: Para la celebración de las Juntas Generales de

Accionistas, sean Ordinarias o Extraordinarias, se requiere:

a) En la primera convocatoria, a excepción de los casos indicados en el

artículo siguiente, la concurrencia de accionistas que representen

cuando menos la mitad del accionariado.

b) En la segunda convocatoria, la concurrencia de cualquier número de

acciones.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos absoluta de las acciones

concurrentes.

Artículo Vigésimo Sétimo: Para la celebración de las Juntas Generales

de Accionistas, sean Ordinarias o Extraordinarias, cuando se trate del

aumento o reducción del capital, la emisión de obligaciones, la

transformación, la fusión o la disolución de la Sociedad, y de manera

general, de cualquier modificación estatutaria de la Sociedad, se requiere:

a) En la primera convocatoria, que concurran accionistas que

representen cuando menos las dos terceras partes del total del

accionariado.

b) En la segunda convocatoria, que concurran accionistas que

representen, cuando menos, los tres quintos del total del accionariado.

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En ambos casos se requiere para la validez de los acuerdos, el voto

favorable de los accionistas que representen cuando menos la mayoría

absoluta del total del número de acciones.

Artículo Vigésimo Octavo: Las resoluciones de las Juntas Generales de

Accionistas constarán en el Libro de Actas respectivo, debidamente

legalizado. En las actas debe indicarse: el lugar, fecha y hora de la Junta, así

como el nombre de las personas que actuaron como Presidente y

Secretario, la forma y el resultado de las votaciones y los acuerdos

adoptados. El acta debe contener la lista de los accionistas concurrentes e

insertarse los comprobantes de haberse hecho las publicaciones prescritas

en la forma indicada en los Artículos 23 y 24 del presente Estatuto, en su

caso. En el supuesto de no extenderse acta, deberá redactarse

documento especial, que en su oportunidad se transcribirá al

Libro de Actas. En el acta debe constar la aprobación y debe ser firmada

por lo menos por el Presidente, el Secretario y un accionista designado para

este efecto. El acta debe ser redactada en idioma castellano.

Cualquier accionista concurrente tiene derecho a firmar el acta.

Cuando el acta no se aprobase en la misma Junta se procederá de

acuerdo al inciso 5) el Artículo 140° de la Ley General de Sociedades.

Artículo Vigésimo Noveno: Las principales atribuciones de la persona

que preside la Junta son:

a) Constatar las acciones representadas.

b) Determinar el orden en que deberán tratarse las cuestiones.

c) Decidir el momento en que las cuestiones se someten a votación.

d) Dirigir el procedimiento interno de la Junta; y,

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e) Cuidar que se dé cumplimiento a las disposiciones del Artículo 140 de

la Ley General de Sociedades.

DEL DIRECTORIO

Artículo Trigésimo: La dirección de la Sociedad se ejercerá por un Directorio

integrado tres miembros (03).

Artículo Trigésimo Primero: El Directorio será elegido por el período de

dos años por la Junta General de Accionistas entre los candidatos

presentados por los accionistas y deberá reunirse ordinariamente una vez al

mes. Los Directores pueden ser reelegidos.

Artículo Trigésimo Segundo: Será Presidente del Directorio el candidato

que hubiera obtenido mayor número de votos. El voto es secreto.

Artículo Trigésimo Tercero: El Presidente tiene la facultad de convocar al

Directorio de la sociedad, en ausencia de él lo puede hacer cualquier director,

así como también pueden someter a consideración del Directorio los

asuntos que crean de interés para la Sociedad. Si no concurriera el

Presidente del Directorio, presidirá la sesión el Director de más edad.

El Presidente no podrá asumir funciones ejecutivas.

Artículo Trigésimo Cuarto: Son requisitos para ser Director poseer:

a) Título profesional o grado académico universitario.

b) Experiencia directriz no menor de 05 años en la actividad empresarial

que lo acredite para el ejercicio del cargo.

Un Director podrá ser exceptuado de esta disposición. El Presidente no

está incluido en esta excepción.

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Artículo Trigésimo Quinto: El cargo de director vaca por:

a) Muerte;

b) Renuncia o remoción;

c) Enfermedad que lo inhabilite para desempeñar sus funciones de

modo permanente; y,

d) En todos los casos de impedimento previsto por el Artículo 36º de

este Estatuto y por la ley.

En caso de vacancia y mientras se realice nueva elección, el mismo Directorio

podrá completar su número, salvo cuando existan directores suplentes. El

Director o Directores así elegidos ejercerán el cargo hasta la próxima Junta de

Accionistas, la cual deberán convocar, bajo responsabilidad en el más breve

plazo, la misma que ratificará el nombramiento o nombrará al nuevo o nuevos

Directores.

Artículo Trigésimo Sexto: Impedimentos para ocupar el cargo de director:

a) Los incapaces.

b) Los quebrados.

c) Los que por razón de su cargo o funciones estén impedidos de ejercer

comercio.

d) Los funcionarios y empleados de la administración pública y de las

entidades del sector empresarial en que el Estado tenga el control y

cuyas funciones tengan relación con las actividades de la sociedad, salvo

que ésta sea una Empresa del Estado de Derecho Público o Privado, o

la participación del Estado en la empresa sea mayoritaria.

e) Los que tengan pleitos pendientes con la sociedad en calidad de

demandantes o estén sujetos a acción social de responsabilidad

iniciada por la sociedad y los que estén impedidos por mandato de

una medida cautelar por la autoridad judicial o arbitral.

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f) Los que sean socios, directores, administradores, representantes o

apoderados de sociedades que tuvieran en forma permanente intereses

opuestos o que personalmente tengan oposición permanente a la

empresa.

Artículo Trigésimo Sétimo: El Directorio se reunirá cuando lo requieran los

intereses de la Sociedad a solicitud de su Presidente o de cualesquiera de

los Directores o del Administrador o Gerente. La citación se hará mediante

esquelas, con cinco días de anticipación, por lo menos, indicándose el lugar,

el día y la hora de la reunión, así como las cuestiones que se trataran en la

Sesión.

Artículo Trigésimo Octavo: El quórum del Directorio es de la mitad más

uno de sus miembros. Si el número de Directores es impar, el quórum es el

número entero inmediato superior al de la mitad de aquél.

Artículo Trigésimo Noveno: En el Directorio cada Director tiene un voto.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los Directores

concurrentes.

En caso de empate el voto del Presidente será decisorio.

Artículo Cuadragésimo: Las reuniones del Directorio y las resoluciones que

en ella se adopten constarán en el Libro de Actas respectivo, debidamente

legalizado.

En las actas del Directorio debe indicarse: la fecha de la reunión, el nombre de

los directores concurrentes, las cuestiones tratadas, los votos emitidos, las

decisiones tomadas y las constancias que solicitaren los Directores. Las actas

deben ser suscritas por los Directores que concurran a la Sesión.

Artículo Cuadragésimo Primero: El Directorio tiene representación y la

administración de la Sociedad y ejercerá los derechos y las atribuciones

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necesarias para la dirección de ésta, exceptuándose tan sólo las facultades

reservadas por la Ley General de Sociedades o por el presente Estatuto a la

Junta de Accionistas.

Las principales atribuciones del Directorio son:

a) Dirigir y administrar los negocios de la Sociedad teniendo como

objetivo primordial brindar los servicios en las mejores condiciones de

calidad y continuidad, así como buscar la viabilidad económica.

b) Aprobar el Plan Estratégico de la sociedad.

c) Convocar a Junta de Accionistas, sea Ordinaria o Extraordinaria.

d) Nombrar y remover al Administrador o Gerente.

e) Evaluar y controlar la gestión del Gerente General.

f) Aceptar la renuncia de los Directores y proveer las vacantes con cargo de

dar cuenta a la próxima Junta General de Accionistas para que resuelva

lo que considere conveniente.

g) Velar por la formulación, aplicación y actualización de los Planes de

Desarrollo y los Programas de Operación y Mantenimiento que en

cumplimiento de la eficiencia debe formular la sociedad.

h) Velar por el cumplimiento de las normas de salud, protección de los

recursos que dispone la empresa.

i) Las demás facultades que le señale la Ley.

Artículo Cuadragésimo Segundo: El cargo de Director es personal, ningún

Director podrá prestar servicios bajo dependencia laboral en la empresa.

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Artículo Cuadragésimo Tercero: El monto máximo de las dietas que

percibirán los miembros del Directorio será fijado por la Junta General de

Accionistas. El número total de dietas por mes percibidas por un Director no

puede exceder de uno, así asista a un número mayor de sesiones durante

dicho período.

DE LA ADMINISTRACIÓN O GERENCIA

Artículo Cuadragésimo Cuarto: El Administrador o Gerente es el ejecutor de

todas las disposiciones del Directorio y tiene la representación de la Sociedad

para actos y contratos de administración ordinaria.

Asimismo, decide el manejo de la empresa cumpliendo las políticas y

estrategias que señala el Directorio.

El Administrador o Gerente actúa como Secretario en las sesiones de

Junta General.

Artículo Cuadragésimo Quinto: La duración del cargo de Administrador o

Gerente es por tiempo indefinido, pudiendo ser revocado en cualquier momento

por el Directorio.

Artículo Cuadragésimo Sexto: El Administrador o Gerente podrá ejercer a

sola firma las facultades siguientes:

a) Representar a la Sociedad ante toda clase de autoridades judiciales, ya

sea ante el fuero civil, penal, laboral, agrario, fiscal, coactivo, arbitral, de

cualquier otra naturaleza, gozando de las facultades generales del

mandato y las señaladas en los Artículos 64°, 74° y 75º del Código

Procesal Civil, así como intervenir en las actuaciones judiciales en las

que la Sociedad sea demandante, demandada, tercerista o tuviese

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legítimo interés. En ejercicio de estas facultades y las señaladas más

adelante podrá interponer acciones, reconvenir, contestar demandas y

reconvenciones, presentar escritos y recursos impugnatorios, interponer

excepciones, desistirse del proceso y de la pretensión, allanarse a la

pretensión, conciliar, transigir, someter a arbitraje las pretensiones

controvertidas en el proceso, sustituir o delegar la representación

procesal, así como intervenir en todo tipo de diligencias o actuaciones

judiciales y para los demás actos que exprese la ley.

b) Podrá sustituir sus facultades de representación en juicios, con las

atribuciones generales del mandato y las especiales que fueren necesarias

en favor de terceras personas, revocando dichas sustituciones y

reasumiendo sus facultades cuantas veces lo creyera oportuno.

c) Asimismo, representar a la Sociedad ante toda clase de autoridades

sean policiales, políticas, militares, administrativas, aduaneras, fiscales,

del Gobierno Central, gobiernos locales y regionales, públicas o

privadas, laborales o dependencias del Ministerio de Trabajo y las

diversas reparticiones, presentando toda clase de escrituras, escritos,

recursos, reclamos, apelaciones y tomar la personería de la Sociedad en

sus relaciones laborales con las más amplias facultades, sin reserva ni

limitación de ninguna clase.

d) El Administrador o Gerente podrá conjuntamente con el Presidente

del Directorio: Abrir, transferir y cerrar cuentas corrientes bancarias;

girar, endosar y cobrar cheques; depositar, retirar, vender y comprar

valores; aceptar, girar, renovar, descontar, endosar, cobrar y protestar

letras de cambio, vales, pagarés, giros, certificados, demás documentos

civiles mercantiles; abrir cartas de crédito, afianzar y prestar aval,

contratar seguros y endosar pólizas; abrir, operar y cancelar cuentas de

ahorro; contratar el alquiler de cajas de seguridad, abrirlas, operarlas,

cerrarlas.

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e) Celebrar contratos y compromisos de toda naturaleza, tratar toda clase

de negocios, someter las disputas a arbitraje: enajenar o gravar bienes

muebles o inmuebles, comprar, dar o tomar un mutuo o comodato,

intervenir en la formación de toda clase de sociedades, aportando bienes

o efectivo; a prendar o subarrendar activa o pasivamente toda clase de

bienes muebles e inmuebles; a hipotecar bienes inmuebles, solicitar,

otorgar y revocar fianzas y en general hacer todo cuanto estime

necesario o conveniente para el cumplimiento de los fines sociales.

f) Celebrar contratos de arrendamiento financiero y Retro-arrendamiento

financiero sobre bienes muebles o inmuebles, y con empresas

domiciliadas o no en el país.

g) Acordar y verificar las operaciones de crédito que estime convenientes,

contratar préstamos, sobregiros o avances en cuenta, abrir cartas de

crédito con o sin garantía; solicitar cartas fianzas bancarias; abrir, cerrar

depositar transferir y retirar bajo cualquier modalidad y forma dinero de

cuentas bancarias.

h) Las operaciones facultadas en el presente inciso podrán realizarse

indistintamente en el país o con el extranjero, en moneda nacional o

extranjera. Recibir y ejecutar mandatos en general. Otorgar garantía bajo

cualquier modalidad, sobre cuentas bancarias, bienes de la empresa,

prendas y títulos valores a favor de terceros. Comprar y vender al

contado, a plazo, o con entrega diferida bienes muebles e inmuebles.

Aceptar a nombre de la Empresa, encargos, representaciones

comerciales de terceros. Tomar y remover a los empleados y servidores

que sean necesarios, fijándoles su retribución. Contratar profesionales

independientes como asesores y celebrar contratos de locación de

servicios y/o trabajo.

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Artículo Cuadragésimo Sétimo: Las principales atribuciones del Gerente

son:

a) Celebrar los actos y contratos relativos al objeto social y otros que

estuvieren dentro de sus facultades o que le fueren delegados por el

Directorio.

b) Dirigir las operaciones comerciales, administrativas y de ejecución de las

operaciones sociales que se efectúen.

c) Organizar el régimen interno de la Sociedad, usar el sello de la misma,

expedir la correspondencia, cuidar que la contabilidad esté al día,

inspeccionar los Libros, documentos y operaciones de la Sociedad y

dictar las disposiciones para el correcto funcionamiento de la misma.

d) Ordenar pagos y cobros, otorgando cancelaciones o recibos.

e) Nombrar, sancionar y remover a los empleados que sean necesarios,

fijándoles la remuneración, salario, comisión y labor a efectuar.

f) Dar cuenta en cada sesión del Directorio o de la Junta General de

Accionistas, cuando se le solicite, del citado y de la marcha de los

negocios sociales.

g) Elaborar el Proyecto del Balance General.

h) Supervisar la ejecución de los planes y presupuestos de acuerdo a las

normas técnicas y legales aplicables.

i) Ejecutar acuerdos y disposiciones del Directorio.

j) Someter al titular en su oportunidad, Balance General y la cuenta de

Ganancias y Pérdidas de cada año.

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k) Nombrar a los asesores externos, agentes comisionados y otros de que

haya servirse la Empresa.

TITULO IV

DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y REPARTO DE UTILIDADES

Artículo Cuadragésimo Octavo: Los Estados Financieros y el Balance se

formularán al 31 de diciembre de cada año y se someterá a la aprobación de

la Junta Ordinaria de Accionistas.

Artículo Cuadragésimo Noveno: Las utilidades anuales, se afectarán a

programas de inversión, reinversión y mejora de calidad de los servicios y si

hubiera remanente, se distribuirá en la forma que acuerde la Junta General

Ordinaria de Accionistas.

TITULO V

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo Quincuagésimo: La Sociedad se disuelve, contando con la

aprobación previa del cuerpo edilicio de la Municipalidad Provincial de

Huamanga, en las situaciones previstas en los Artículos 359° y 362º de

la Ley General de Sociedades, cesando las facultades otorgadas a los

directores, administradores, gerentes y representantes en general desde el

momento en que se produce la declaración de liquidación.

La Junta General debe designar a la persona del liquidador, de acuerdo con

los preceptos del Artículo 369° de la Ley General de Sociedades. Durante la

liquidación se observarán las normas contenidas en los artículos pertinentes

de la Ley General de Sociedades.

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Artículo Quincuagésimo Primero: Los trabajadores, sean funcionarios,

empleados y obreros de la empresa, estarán sujetos al régimen laboral

establecido para el sector privado.

Artículo Quincuagésimo Segundo: Los accionistas, los Directores y

cualquier miembro ejecutivo quedarán sometidos a la responsabilidad que

resulte del desempeño de su cargo conforme lo establecido por la Ley

General de Sociedades y las demás disposiciones legales que le sean

pertinentes.

Artículo Quincuagésimo Tercero: En todo aquello que no esté

expresamente previsto en el presente Estatuto rige supletoriamente las

disposiciones contenidas en la Ley General de Sociedades y en la Ley Nº

24948, Ley de la Actividad Empresarial del Estado y su Reglamento, en aquello

que le fuese aplicable.

DISPOSICIÓN FINAL

Primera: El primer Directorio de la Sociedad queda conformada por los

siguientes:

PRESIDENTE DEL DIRECTORIO: Sr. ……………………, identificado con DNI Nº

……………….., domiciliado en …………………………., estado civil

…………………, nacionalidad peruana.

DIRECTOR: Sr. ……………………, identificado con DNI Nº ………………..,

domiciliado en …………………………., estado civil …………………, nacionalidad

peruana.

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DIRECTOR: Sr. ……………………, identificado con DNI Nº ………………..,

domiciliado en …………………………., estado civil …………………, nacionalidad

peruana.

Asimismo, se nombra como primer Administrador o Gerente de la Sociedad al

Sr. ……………………, con DNI N° ……………., de ocupación ……………….,

con domicilio en ……………….., de nacionalidad quien interviene a

efectos de expresar su aceptación al cargo.

DECLARACIÓN JURADA

Por el presente documento, yo, ………………………………………., identificado

con DNI N° ………………….., con domicilio en ……………….., de nacionalidad

…………………., en calidad de Administrador o Gerente de la Empresa

Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Ayacucho S.A.C., DECLARO

BAJO JURAMENTO:

Que en la fecha he recibido, en calidad de aporte en propiedad del socio

Municipalidad Provincial de Huamanga, en atención al Acuerdo de Concejo Nº

…. -2017-MPH , los siguientes bienes, los mismos que son aportados y

valorizados en su valor de mercado.

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ANEXO 5

PERFIL TÉCNICO – DIAGNÓSTICO SOCIO ECONÓMICO

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Contexto de la Realidad en la Región Ayacucho

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1.1. CARACTERÍSTICAS HISTÓRICAS Y GEOGRÁFICAS.-

1.1.1. Reseña histórica:

Ayacucho es una Región heredera de una

gran historia milenaria, en su territorio se

encuentran evidencias arqueológicas que

revelan que albergó a los primeros

habitantes del Perú y Sudamérica, quienes

al llegar ocuparon las famosas cuevas de

Pikimachay y Qaywamachay1, las cuales les sirvieron de hogar y refugio

ante las distintas adversidades climáticas. La cueva de Pikimachay

ubicada en el distrito de Pacaycasa, en la provincia de Huamanga fue

descubierta por Richard Mc Neish (1969), quién halló diferentes

instrumentos líticos, restos óseos de animales (roedores, tigre diente de

sable y otros), restos de alimentos y plantas que datan

aproximadamente de hace más de 20 mil años a.c., representando así

algunos de los vestigios más antiguos del Perú.

Luego de un largo periodo de transformación y adaptación del hombre

en la serranía ayacuchana se inicia un nuevo periodo donde deja de ser

nómada, se estabiliza en un solo lugar y empieza a vivir en aldeas,

iniciando así el desarrollo de las primeras civilizaciones ayacuchanas

como Wichpana y Chupas donde recibe las influencias de las culturas

Paracas y Chavín, principalmente.

Durante el período formativo, entre los años 250 y 500 d.c. surge la

cultura Warpa cuyas primeras expresiones de desarrollo corresponden

1Traducido al castellano: Cueva de Pikimachay que significa “Cueva de la Pulga” y Cueva de Qaywamachay como “Cueva de la Pimienta”, ambas ubicadas en el distrito de Pacaycasa, provincia de Huamanga; a 25 minutos de la ciudad de Ayacucho.

Figura 01

Vista panorámica de la cueva de Pikimachay

Fuente:http://peru.travelguia.net/pikimachay-

fosiles-mas-antiguos-del-peru.htm

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a la agricultura y se observan nexos con la cultura Nazca de la costa

sur y Tiahuanaco del altiplano. Posteriormente, nace la cultura Wari

(500 a 1000 años d.c.) que constituye uno de los grandes momentos de

la historia ayacuchana, pues representó la fusión de diversas culturas

(Nazca de la costa de Ica, Warpa de la sierra de Ayacucho y

Tiahuanaco del altiplano), esta cultura llegó a extenderse hasta

Cajamarca y Lambayeque por el norte, al Cusco y Moquegua por el

sur. Representó el imperio andino más importante antes de los Incas y

el primer desarrollo urbano de los andes centrales de América2,

llegando a alcanzar gran desarrollo agrícola, artesanal y manufacturero.

Ante la declinación de la cultura Wari, la región Ayacucho fue ocupada

por la Confederación Chankacuya población estuvo conformada por

grandes guerreros conquistadores, nada sumisos hacia otras culturas

que se atrevieron a desafiar el desarrollo de la cultura incaica, hasta

que finalmente en el año 1438 aproximadamente fueron vencidos por

el noveno Inca del Cusco, Pachacutec.

2Diversos estudios han estimado que la ciudad de Wari llegó a tener más de 50 mil habitantes.

Figura 02

Restos arqueológicos hallados en las ruinas de la cultura Wari

Cheqo Wasi, lugar funerario de autoridades

Jarrón de arcilla Wari

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Tiempo después, ya bajo el dominio de los

Incas (hacia el año 1400 d.c.), Ayacucho3 es

organizado como un centro administrativo de

gran importancia, con grandes construcciones

arqueológicas (el más importarte

Vilcashuamán), andenerías y una extensa red

de caminos incas.

Ante la conquista de los españoles, época virreinal, Ayacucho al igual

que todo el Perú, ve interrumpida la formación de una cultura propia,

pues es sometida y convertida en una colonia, cuyas riquezas fueron

extraídas por más de 300 años.

3 El vocablo Ayacucho deriva del vocablo quechua «aya» (alma) y «k'uchu» (morada-rincón), en consecuencia, la palabra Ayacucho etimológicamente significa «Morada del Alma», expresión que podría resultar de un conjunto de restos humanos que se encontraron en este lugar, como consecuencia de las batallas que sostuvieron sus primeros habitantes con los invasores del Imperio inca, anhelando fundar una villa por su ubicación estratégica.

Vaso en forma de pájaro

Wari Fino tejido Wari

Figura 03

Zona arqueológica, provincia de Vilcas Huamán

Fuente: http://www.am-sur.com/am-sur/peru/Ayacucho/Ayacucho-

departement-d/028-Vilcashuaman04-Pachacutec-vor-tempel-u-

kirche.jpg

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En la época virreinal se produjeron largos y continuados procesos de

resistencia que aunados a la necesidad española de tener una ruta

intermedia entre Lima y Cusco, motivo la fundación de la ciudad de

Huamanga, el 25 de abril de 1540, denominada inicialmente con el

nombre de San Juan de La Frontera.

Desde entonces, la ciudad de Ayacucho (también conocida como

Huamanga) se convirtió en un gran centro comercial, pues gracias a su

ubicación geográfica era paso obligado de viajeros y comerciantes que

de Lima o Huancavelica se dirigían a Cusco, Alto Perú y al Río de la

Plata, lo cual dio gran relevancia a la ciudad durante casi todo el periodo

virreinal. Esta situación conllevó a construir bellas arquitecturas,

fomentar la fe religiosa expresada en más de 33 templos, varios

conventos y claustros, fundar la Universidad Nacional San Cristóbal de

Huamanga (2ª universidad fundada en el Perú) y generar una gran

actividad artesanal.

Durante el periodo de la Independencia, Ayacucho jugó un papel

determinante en el proceso de emancipación, pues sus habitantes y

líderes ayacuchanos participaron activamente con ideas

independentistas y apoyo a los movimientos emancipadores, en esta

época sobresalen grandes personajes reconocidos por la historia

peruana como Basilio Auqui (Jefe Morochucos),la heroína María

Parado de Bellido, entre otros. Luego de la Independencia del Perú,

sucede un hecho de trascendencia nacional e internacional en las

Pampas de Quinua, conocido como “la Batalla de Ayacucho” (1824)

donde se sella la Independencia del Perú y América Latina del dominio

español. El 15 de febrero del 1825, por decreto del Libertador Simón

Bolívar se nombra oficialmente al lugar como Ciudad de Ayacucho.

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Tiempos después, ya en la época republicana suceden los siguientes

hechos históricos:

En julio de 1854, durante el gobierno de don Ramón Castilla, Ayacucho

fue escenario de un gran congreso donde se procedió a la abolición del

tributo contra las poblaciones indígenas.

Hacia finales del siglo XVIII, Ayacucho luego de haber sostenido la ruta

obligada de viajeros y comerciantes hacia Lima, Cusco, La Paz y Río

de la Plata empieza a atravesar un periodo de decadencia debido al

declive de la minería.

Durante la guerra con Chile, la disponibilidad de recursos que tenía

Huamanga permitió al general Andrés Avelino Cáceres iniciar sus

campañas contra el ejército invasor. Este héroe Ayacuchano,

posteriormente fue elegido Presidente de la República en 1886 y 1894.

Obelisco en mérito a la victoria de la batalla de Ayacucho, distrito de Quinua

Fuente: DRTPE Ayacucho – Registros fotográficos.

Figura 04

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En la actualidad, Ayacucho es conocida como la ciudad de las 33

iglesias coloniales, tiene sitios arqueológicos declarados patrimonio

cultural, también cuenta con una atractiva arquitectura colonial

(templos, casonas y casas hacienda); y un valioso legado cultural que

se manifiesta en sus festividades, como los carnavales y la Semana

Santa, la cual es considerada como una de las festividades más

importantes del Perú; todo ello hace que la región tenga un valioso

potencial turístico. Sin embargo, también se ha convertido en un

espacio de pobreza reflejado en sus bajos indicadores de desarrollo

humano y mínimo desarrollo industrial.

1.1.2 Ubicación:

La región Ayacucho está situada en la

zona central del Perú, entre los

paralelos 13° 09' 26" de latitud sur y

los meridianos74° 13' 22" de longitud

oeste, con una altitud promedio de

2760 m.s.n.m.

Limita por el Norte con el

departamento de Junín, por el Sur

con el departamento de Arequipa, por

el Este con los departamentos de

Cusco y Arequipa; y por el Oeste con

los departamentos de Ica y Huancavelica.

Figura 05 Mapa geográfico de la región Ayacucho

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1.1.3 Clima:

Ayacucho es una de las Regiones con mayor diversidad geográfica y

biológica de la sierra central, presenta diversos microclimas debido a la

influencia de la cordillera de los Andes.

Ayacucho presenta un clima templado y seco con una temperatura

promedio de 15 grados centígrados; pero varía según la altitud, ya que

oscila desde el frío de las cordilleras hasta el calor tropical en la ceja de

selva. En la ciudad de Ayacucho la temperatura media es 15 grados

centígrados; mientras que la temperatura media más alta se presenta

en el distrito de Sivia (Huanta) con 25,2 grados centígrados y la

temperatura media más baja se presenta en el distrito de San Cristóbal

(Ciudad de Puquio) con 9,9 grados centígrados4.

En cuanto a las precipitaciones, se puede decir que es una de las

regiones más secas del territorio peruano. La precipitación promedio

anual de la localidad de Ayacucho es 555.4 mm, Cora Cora 405,9 mm

y en Puquio 416,9 mm5.

1.1.4 Superficie y División Política

De acuerdo al INEI (2015), la región Ayacucho6 tiene una superficie de

43 814,8 Km2 que representa el 3,4% de la superficie nacional. Su

4 Informe Temático Zonas de Vida (2012: 26). 5 Se entiende por precipitación a la humedad condensada que cae de la atmósfera sobre la superficie de la tierra, bajo diferentes formas, como lluvia, llovizna, chubasco, nieve, granizo, niebla, rocío, etc. (En: Informe Temático Zonas de Vida, página 12). 6 El departamento de Ayacucho fue creado mediante Reglamento Provisional de Elecciones del 26 de abril de

1822, bajo el nombre de departamento de Huamanga; luego, en 1825 se le designó con el nombre de departamento de Ayacucho (INEI 2013:30). Posteriormente, en el 2002, en el marco del proceso de descentralización se promulgó la Ley (Nº 27867) mediante el cual se crea los gobiernos regionales para cada departamento; estableciendo así al departamento de Ayacucho como región Ayacucho. (Compendio estadístico del Perú 2013, INEI, página 30).

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territorio comprende dos regiones naturales claramente diferenciadas:

la sierra cuya área representa el 98,0% del total de la superficie y la

selva con el porcentaje restante (2,0%).Asimismo, su suelo es muy

accidentado por el cruce de dos cordilleras que lo dividen en tres

unidades orográficas: montañosa y tropical al norte, de abrupta serranía

al centro, y de altiplanicies al sur.

La división política de la región Ayacucho comprende un total de 11

provincias y 113 distritos. Según extensión, Lucanas es la provincia

más extensa, pues representa el 33,1% del territorio de la región,

también es la que cuenta con el mayor número de distritos (21); caso

contrario es la provincia de Vilcas Huamán que comprende sólo el 2,7%

del territorio total. Es importante mencionar que la capital de la región

Ayacucho es la ciudad de Ayacucho ubicada en la provincia de

Huamanga.

Cuadro 06 Región Ayacucho: División política, superficie y altitud según

provincia, 2015

Fuente: Compendio estadístico del Perú 2015- INEI. Elaboración: Propia

Total 113 43 815

Huamanga Ayacucho 15 3 062 2 760

Cangallo Cangallo 6 1 916 2 570

Huanca Sancos Huanca Sancos 4 2 862 3 422

Huanta Huanta 8 3 886 2 642

La Mar San Miguel 10 4 305 2 647

Lucanas Puquio 21 14 495 3 221

Parinacochas Coracora 8 5 968 3 178

Páucar del Sara Sara Pausa 10 2 097 2 518

Sucre Querobamba 11 1 786 3 508

Víctor Fajardo Huancapi 12 2 260 3 102

Vilcas Huamán Vilcas Huamán 8 1 178 3 482

ProvinciaCapital de provincia

Número de distritos

Superficie

(Km2)

Altitud (metros sobre el nivel del mar)

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1.2 Características demográficas:

1.2.1 Población:

De acuerdo a los datos del Censo Nacional XI de Población y VI de

Vivienda del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)

realizado el año 2007, la población en la región Ayacucho ascendió a

612 mil 489 personas, cifra equivalente al 2,2% de la población

nacional. Asimismo, la provincia de Huamanga concentró la mayor

cantidad poblacional con 221 390 habitantes en la región, seguida por

la provincia de Huanta 93 360, La Mar 84 177 y Lucanas 65 414;

mientras que la provincia de Huanca Sancos fue la provincia con la

menor cantidad de habitantes.

1/La población censada no incluye la población del distrito de Carmen Alto de la provincia de Huamanga (INEI 2008:16) Fuente: INEI –Sistema de Difusión de Censos Nacionales - XI Censo de Población y VI de Vivienda (2007).

Cuadro 07 Región Ayacucho: Población censada, superficie y densidad, según provincias, año 2007

Superficie Densidad(Km2) (hab/km2)

Total absoluto 612 489 100,0 304 142 308 347 43 814,8 14,0

Huamanga 221 390 100,0 48,8 51,2 2 981,4 74,3

Cangallo 34 902 100,0 47,9 52,1 1 916,2 18,2

Huanca Sancos 10 620 100,0 48,5 51,5 2 862,3 3,7

Huanta 93 360 100,0 49,7 50,3 3 878,9 24,1

La Mar 84 177 100,0 51,6 48,4 4 392,2 19,2

Lucanas 65 414 100,0 51,5 48,5 14 494,6 4,5

Parinacochas 30 007 100,0 50,4 49,6 5 968,3 5,0

Páucar del Sara Sara 11 012 100,0 50,7 49,3 2 096,9 5,3

Sucre 12 595 100,0 49,3 50,7 1 785,6 7,1

Víctor Fajardo 25 412 100,0 48,5 51,5 2 260,2 11,2

Vilcashuamán 23 600 100,0 48,7 51,3 1 178,2 20,0

MujerProvincias Absoluto Relativo Hombre

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Respecto la densidad poblacional7, los resultados del censo del 2007

revelaron que la región Ayacucho tuvo una densidad promedio de 14,0

habitantes por Km2; en tanto, a nivel provincial, Huamanga fue la

provincia más densa (74,3 hab/Km2), seguido por Huanta

(24,1hab/Km2) y La Mar (19,2hab/Km2).

En cuanto a la distribución de la población por ámbito geográfico para

el año 2007, la parte urbana albergó un total de 355 mil 384 personas,

lo cual representó el 58,0% de la población total de la región, y el área

rural concentró el 42,0% (257 mil 105 habitantes). Cabe señalar, que

la mayor concentración de la población en el área urbana8 se configuró

a partir del conflicto social que vivió la región durante la década de los

ochenta y principios de los noventa, hecho que motivó un fuerte proceso

de migración de la población del campo a la ciudad, en búsqueda de

seguridad, así como por oportunidades de trabajo y desarrollo personal;

determinando así el reordenamiento actual9.

1.2.2 Proyección de la población:

Según las proyecciones del INEI, se estima que la población de

Ayacucho alcanzará para junio del 2016 una población de 681 mil 149

habitantes; y la provincia de Huamanga concentrará la mayor cantidad

de la población con 271 mil 411 habitantes, ello explicado por la

dinámica económica y la disponibilidad de servicios que la caracterizan.

7Indicador que mide la concentración de la población respe alguna unidad de superficie, es decir el número de

habitantes por kilómetros cuadrado. 8En los censos anteriores al 2007, la distribución de la población por ámbito geográfico presentaba una mayor población rural, en el censo de 1972, el 32,9% residía en el área urbana y el 76,2% en el área rural, en el censo de 1981 el 36,5% en el área urbana y el 63,5% en el área rural, para 1993 el área urbana albergaba al 48,1% y el área rural al 51,9% (INEI 2016:118-119). 9 Dina Li Suarez (2009), Ayacucho: Análisis de situación en población.

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Para el año 2016, se estima que la población urbana alcance los 364

mil 391 habitantes, alrededor el 53,5% de la población proyectada; y la

población rural sea 316 mil 758 habitantes. Según grupos de edad se

estima que la población infantil (0 a 14 años) represente el 33,9%,

seguido del grupo de jóvenes (15 a 29 años) con un 28,8%, la población

adulta joven (30 a 44 años) con un 18,5%; adultos (45 a 64 años) con

13,5% y mayores de 64 años con un 5,4%.Al tener en cuenta estos

datos, se afirma que la región se caracteriza por tener un rostro joven,

ya que la población infantil y juvenil suma el 62,7% de la población total.

Además, de acuerdo a las proyecciones del INEI, la población

masculina es superior a la femenina, tanto en el ámbito urbano como

rural.

Cuadro 08 Región Ayacucho: Proyección de la población al 30 junio 2016 y densidad estimada

1/La densidad poblacional se calculó en base a la población estimada al 30 de junio del 2016 Fuente: INEI - XI Censo de Población y VI de Vivienda (2007), Perú: estimaciones y proyecciones de población por sexo, según departamento, provincia y distrito, 2000-2015 - INEI y Compendio estadístico 2013 –INEI.

Superficie Densidad1/

(km2) (hab/km2) Total absoluto 681 149 100,0 347 517 333 632 43 814,8 15,5

Huamanga 271 411 100,0 50,0 50,0 3 061,8 88,6

Cangallo 33 965 100,0 49,1 50,9 1 916,2 17,7

Huanca Sancos 10 386 100,0 50,0 50,0 2 862,3 3,6

Huanta 106 566 100,0 51,1 48,9 3 886,0 27,4

La Mar 88 214 100,0 53,0 47,0 4 304,6 20,5

Lucanas 67 739 100,0 53,2 46,8 14 494,6 4,7

Parinacochas 32 838 100,0 52,3 47,7 5 968,3 5,5

Páucar del Sara Sara 11 004 100,0 52,5 47,5 2 096,9 5,2

Sucre 12 082 100,0 50,9 49,1 1 785,6 6,8

Víctor Fajardo 23 662 100,0 50,2 49,8 2 260,2 10,5

Vilcashuamán 23 282 100,0 50,7 49,3 1 178,2 19,8

MujerProvincias Absoluto Relativo Hombre

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1.2.3 Pirámide Poblacional.-

En el Gráfico se muestra la distribución de la población por grupos de

edad y sexo a través de histogramas que comúnmente se conoce como

pirámide poblacional correspondiente a los años 2007 y estimada a

junio del 2016. De acuerdo a las proyecciones, la región se caracteriza

por tener una población joven (0 a 29 años), como se observa la base

de la pirámide es amplia en este tramo de edad. Así también, al

comparar las pirámides de población del 2007 y la población estimada

junio 2014, resaltan dos aspectos importantes: el primero alude a una

disminución de la población masculina infantil (5 a 14 años) y de la

población adulta mayor con más de 75 años; y el segundo aspecto que

se vislumbra es el ensanchamiento en la base de la pirámide para la

población masculina de 15 a 49 años y femenina de 15 a 30 años, todo

ello trae como consecuencia un incremento de la población en edad de

trabajar.

Fuente: INEI-“Perú: Estimaciones y proyecciones de población urbana y rural por sexo y edades quinquenales de edad, según departamento, 2008-2015.

Cuadro 09 Región Ayacucho: Proyección de la población al 30 de junio 2016 por ámbito geográfico y sexo, según grupos de edad

Total Hombre Mujer Total Hombre MujerTotal absoluto 681 149 364 391 182 702 181 689 316 758 164 815 151 943

Total relativo 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0

Menor de 15 años 33,9 31,3 31,5 31,0 36,9 36,3 37,4

De 15 a 29 años 28,8 30,9 30,9 30,8 26,5 27,5 25,4

De 30 a 44 años 18,5 19,8 20,6 19,0 16,9 18,3 15,3

De 45 a 64 años 13,5 13,6 13,2 14,0 13,3 12,5 14,3

Mayores de 64 años 5,4 4,4 3,8 5,1 6,4 5,4 7,6

Grupo de edad TotalUrbano Rural

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1.2.4 Indicadores de fecundidad, mortalidad y esperanza de vida al

nacer:

A continuación, se muestran estadísticas respecto a indicadores

sociales relevantes al momento de analizar la dinámica de la población

y que tienen una influencia significativa en el mercado a través de

utilización de Terminal Terrestre de Ayacucho.

La tasa bruta de natalidad (TBN) indica el número de nacidos vivos por

1,000 habitantes en un determinado año o periodo, también es un

indicador que tiene una incidencia para determinar los niveles de

crecimiento poblacional. En el año 2016, la región Ayacucho presentó

un mayor nivel de este indicador, 23,5 nacimientos por cada mil

Gráfico 10 Región Ayacucho: Pirámide de población censada 2007 y proyectada al 30 de junio 2016

(Porcentaje)

Fuente: INEI –”Perú: estimaciones y proyecciones de población departamental, por años calendario y edades simples1995-2025”. Boletín Especial Nº 17. Setiembre 2009.

-15,0 -10,0 -5,0 0,0 5,0 10,0 15,0

0 - 4

5 - 9

10 - 14

15 - 19

20 - 24

25 - 29

30 - 34

35 - 39

40 - 44

45 - 49

50 - 54

55 - 59

60 - 64

65 - 69

70 - 74

75 - 79

80 a más

Censo 2007 Población proyectada 2014

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habitantes respecto al promedio nacional (Perú) 19,2 nacimientos por

cada mil habitantes.

Asimismo, la fecundidad es una de las variables más importante para

evaluar la tendencia de crecimiento de la población, sea de un país o

región. Para tal fin, uno de los indicadores más utilizados es la tasa

global de fecundidad (TGF), definida como el número de hijos que en

promedio tendría una mujer durante su vida fértil. Según la Encuesta

Demográfica y de Salud Familiar (ENDES) 201310, la Tasa Global de

Fecundidad (TFG) en la región Ayacucho fue 3,2 hijos por mujer durante

su vida fértil, cifra superior respecto el promedio nacional 2,4 hijos.

Otra de las variables sociodemográficas que tiene vital importancia en

la masa poblacional es la tasa de mortalidad que representa el número

de defunciones que ocurren en una población por cada mil habitantes

en un periodo de tiempo, generalmente un año. Para el año 2013, la

tasa de mortalidad en la región Ayacucho 6,1 defunciones por cada mil

habitantes; mientras que el promedio nacional fue de 5,6.

Finalmente, el indicador esperanza de vida al nacer expresa el

promedio de años que viviría un recién nacido si las condiciones de

mortalidad existente a la fecha de su nacimiento no cambia a lo largo

de su vida. En el 2016, el ámbito nacional, la esperanza de vida fue de

74 años, cifra mayor en comparación de la región Ayacucho, cuya

esperanza de vida del recién nacido fue de 71 años.

10Perú: Encuesta Demográfica y de Salud Familiar - ENDES, 2013, página 112.

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A partir de los indicadores demográficos mostrados, podemos concluir

que la región Ayacucho muestra una tendencia de crecimiento

poblacional, lo cual tienen un impacto en la dinámica en la utilización

del servicio del Terminal Terrestre ya sea en forma de visita turística y/o

laboral.

1.3 Características sociales:

Parte del bienestar, al que tienen derecho todas las personas,

constituye la disponibilidad de condiciones mínimas de habitabilidad

que puede traducirse en una mejor calidad de vida para los miembros

de los hogares. En ese sentido, es de suma importancia conocer el tipo,

características de la vivienda, los servicios con que cuenta, entre otras

características que son relevantes para determinar los problemas

latentes en la región con respecto a las condiciones sociales,

económicas y de salud en las que vive la población ayacuchana.

1.3.1 Educación:

La educación es un derecho del ser humano y un componente

importante para la sociedad, dado que permite el pleno desarrollo de

Cuadro 11 Perú y región Ayacucho: Indicadores demográficos, 2016

1/Tasa global de fecundidad (TGF) para mujeres de 15 a 49 años de edad. 2/ Número de nacidos vivos por cada mil habitantes. 3/ Número de muertos por cada mil habitantes. 4/ Numero promedio de años que se espera vivir Fuente: INEI – Perú, Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES 2016) y Sistema de Información Regional para la toma de Decisiones (SIRTOD)

País / región Tasa global de

fecundidad (TGF) 1/Tasa bruta de natalidad 2/

Tasa bruta de mortalidad 3/

Esperanza de vida al nacer 4/

Perú 2,4 19,2 5,6 74,2

Ayacucho 3,2 23,5 6,1 71,0

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las personas, constituyendo así uno de los principales mecanismo para

combatir la pobreza.

1.3.1.1 Promedio de años de estudio:

El indicador años de estudio promedio alcanzados por la población de

15 y más años de edad, es una medida que refleja el grado de

instrucción formal de los hombres y mujeres. Según información del

INEI11, en el periodo 2011-2015, se observa un avance en el sistema

educativo, ya que el promedio de años de estudio de la población

Ayacuchana aumentó de 8,5 a 9,1 años. Asimismo, en dicho periodo,

las mujeres mostraron un mayor crecimiento del promedio de años de

estudios alcanzado, al pasar de 8,2 a 8,9 años; en el caso de los

hombres, aumentó de 8,8 a 9,2 años.

11INEI – Sistema de Información Regional para la toma de Decisiones (SIRTOD), los indicadores han sido

estimados en base a la Encuesta Nacional de Hogares ENAHO.

Gráfico 12 Región Ayacucho: Promedio de años de estudio alcanzado por la población, 2011-15

(Años de estudio)

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1.3.2 Vivienda:

El régimen de tenencia es una forma básica para comprender la

adquisición de una vivienda particular. Esto a su vez está relacionado

con el nivel de vida y acceso a la vivienda de la población. El Gráfico

N° 1.6, muestra que al año 2015, el 78,5% de las viviendas particulares

son propias12. En menor proporción, se encuentran otras formas de

tenencia, tales como las que fueron cedidas por otro hogar o institución

(15,4%), alquiladas (4,4%), propias por invasión (1,3%), entre otros.

12 Incluye las viviendas propias adquiridas mediante herencia u otra forma. Mayor información ver INEI-SIRTOD.

Nota: La población comprende a las personas de 15 a más años de edad. Fuente: INEI – Sistema de Información Regional para la toma de Decisiones (SIRTOD) Elaboración: DRTPE – Observatorio Socio Económico Laboral (OSEL) Ayacucho.

Gráfico 13 Región Ayacucho: Viviendas, según régimen de tenencia, 2015 (Porcentaje)

Nota: La suma de las partes puede no coincidir en 0,1% con el total debido al redondeo de las cifras. Los datos corresponden a la Encuesta Nacional de Hogares -INEI Fuente: INEI-Sistema de Información Regional para la Toma de Decisiones (SIRTOD)

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1.3.3 Acceso a Servicios Básicos:

El acceso a los servicios básicos como agua potable, saneamiento y

electricidad contribuyen con el aumento de la productividad y la calidad

de vida de la población, pues como menciona Foster (2005) son varias

las formas en cómo estas tienen un aporte en la reducción de la

pobreza. La disponibilidad de agua potable y alcantarillado tienen

impacto positivo en la salud, mientras que la electricidad permite la

conservación adecuada de medicamentos, así como la generación de

actividades económicas, a través de la utilización de activos (radios,

refrigeradoras, televisores, etc.).

Los hogares ayacuchanos durante el período 2012-2015 muestran un

crecimiento en el acceso a los servicios públicos de alumbrado

eléctrico, agua potable por red pública y alcantarillado13, aunque éste

último en menor medida. En el primer caso, hubo un aumento en la

cobertura de 12,6puntos porcentuales, en el segundo caso fue de

12,5puntos porcentuales, y 9,2 puntos porcentuales en el tercer caso.

No obstante, el acceso a dichos servicios aún es limitado,

principalmente en el caso del servicio de alcantarillo, donde sólo el

39,1% de los hogares conto con este servicio en el 2015.

13 Considérese servicio de alcantarillado como el porcentaje de hogares con servicio higiénico conectado red pública, dentro de la vivienda.

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1.3.4 Salud:

La salud es considerada como un estado de completo bienestar físico,

mental y social, pero también como una variable muy importante,

porque es un factor que condiciona el desarrollo, pues una salud

precaria disminuye la capacidad laboral y la productividad de las

personas. En el caso de los niños, una mala salud afecta su desarrollo

físico, así como a su escolarización y aprendizaje.

Según datos del INEI14, para el año 2015 en la región Ayacucho, cerca

del 77,3% de la población contaba con un seguro de salud, mientras

que el restante (22,7%) no contaba con este servicio básico. Esta

situación revela en parte, que hay un porcentaje de la población con

niveles de desprotección social existentes en la región. Por tipo de

seguro de salud, el 63,1% de los asegurados está bajo el sistema del

14 INEI – “Compendio estadístico del Perú 2015”.

1/ Alumbrado eléctrico muestra el porcentaje de hogares en viviendas particulares que disponen de alumbrado eléctrico por red pública. 2/ Agua potable muestra el porcentaje de hogares que se abastecen de agua por red pública, dentro de la vivienda. 3/ Alcantarillado muestra el porcentaje de hogares con servicio higiénico conectado red pública, dentro de la vivienda. Fuente: INEI – Sistema de Información Regional para la toma de Decisiones (SIRTOD)-ENAHO.

Región Ayacucho: Hogares, según acceso a servicios básicos, 2012-16

(Porcentaje)

Gráfico 14

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Seguro Integral de Salud (SIS), el 11,7% por EsSalud y el 2,5%

pertenece a otros tipos de seguros (seguro privado de salud, seguro de

las fuerzas armadas y policiales, seguro universitario, entre otros).

1.3.5 Pobreza:

La pobreza es una condición en la cual una o más personas tienen un

nivel de bienestar inferior al mínimo socialmente aceptado. En una

primera aproximación, la pobreza se asocia con la incapacidad de las

personas para satisfacer sus necesidades básicas de alimentación.

Luego, se considera un concepto más amplio que incluye la salud, las

condiciones de vivienda, educación, empleo, ingresos, gastos, y

aspectos más extensos como la identidad, los derechos humanos, la

participación popular, entre otros15.

15Metodología para la Medición de la Pobreza en el Perú, INEI, año 2000, página 1.

Gráfico 15 Región Ayacucho: Población por tipo de seguro de salud, 2015 (Porcentaje)

1/ Seguro integral de Salud. 2/ Comprende seguro privado de salud, seguro de las fuerzas armadas y policiales, seguro universitario, seguro escolar privado, etc. Fuente: INEI – “Compendio estadístico del Perú 2015”.

Sin seguro22,7

SIS 1/63,1

EsSalud11,7

Otros 2/2,5

Con seguro 77,3

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De acuerdo a la metodología “Línea de Pobreza” existe dos tipos de

pobreza: pobreza total que comprende a las personas cuyos hogares

tienen ingresos o consumo per cápita, inferiores al costo de una canasta

total de bienes y servicios mínimos esenciales; y pobreza extrema que

comprende a las personas cuyos hogares tienen ingresos o consumos

per cápita, inferiores al valor de una canasta mínima de alimentos.

El Informe técnico del INEI (2015) revela que a pesar de la disminución

del rango de la pobreza en la región Ayacucho con respecto al año

2008, aún es elevada; tal es así que en el 2015, la tasa de pobreza del

departamento de Ayacucho estuvo en el intervalo de 46,6% y 52,9%,

ubicándolo en el primer grupo de departamentos con tasa de pobreza

más alta.

De acuerdo a la información del INEI, también se observa que los

departamentos con niveles de pobreza semejante en el 2008, como

Cusco y Puno, han logrado un mayor avance en la reducción de la

pobreza con relación a la región Ayacucho, puesto que al 2015 no se

ubican entre los departamentos más pobres.

Región Ayacucho: Evolución de la pobreza total por grupos de departamentos, 2008 – 15

Fuente: INEI –Informe técnico: evolución de la pobreza monetaria 2007-2012” e informe técnico: evolución de la pobreza monetaria 2009-2015”

Cuadro 16

Inferior Superior2008 Grupo 3 Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Loreto, Pasco, Puno 50,8 62,2

2009 Grupo 2 Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Huánuco, Loreto, Pasco,

Puno, San Martín

47,3 62,1

2010 Grupo 2 Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Loreto,

Piura, Puno

42,7 55,2

2011 Grupo 1 Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco 52,7 57,2

2012 Grupo 1 Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica 49,5 55,5

2013 Grupo 1 Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Pasco 46,6 52,9

Año Grupo DepartamentosIntervalos de

confianza al 95%

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Asimismo, para el caso de la medición de la pobreza extrema, para el

año 2015, el Informe del INEI (2016) estableció cinco grupos de

departamentos con niveles de pobreza extrema semejantes que

también se ordenaron de manera descendente. En este caso, la región

Ayacucho se ubicó en el segundo grupo con un límite inferior de 11,5%

y un límite superior de 16,2% junto con los departamentos de

Amazonas, Huancavelica, Huánuco y Puno.

De los resultados mostrados, se puede concluir que en los últimos tres

años, hay una tendencia de la disminución de la pobreza total en la

región Ayacucho; pero aún afecta a gran parte de la población, en el

2015, aproximadamente 5 de cada 10 personas se encontró en

condición de pobreza total. Un aspecto preocupante es con relación a

la pobreza extrema, la cual aumentó con respecto al año 2015, como

mínimo el 11,5% de la población fue pobre extremo, es decir, sus

ingresos fueron inferiores a la canasta mínima de alimentos.

1.4 Estructura productiva de la Región Ayacucho:

Región Ayacucho: Evolución de la pobreza extrema por grupos de departamentos, 2011 – 15

Cuadro 17

Fuente: INEI –Informe técnico: evolución de la pobreza monetaria 2007-2012”yInforme técnico: evolución de la pobreza monetaria 2009-2015”

Inferior Superior2011 Grupo II Amazonas, Ayacucho, Huancavelica, Loreto, Pasco 10,0 16,3

2012 Grupo II Amazonas, Ayacucho, Huancavelica, Loreto, Pasco, Puno 10,0 15,7

2013 Grupo II Amazonas, Ayacucho, Huancavelica, Huánuco, Pasco 11,5 16,2

Intervalos de confianza al 95%Año Grupo Departamentos

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1.4.1 Producto Bruto Interno (PBI):

El Producto Bruto Interno (PBI) es el valor monetario de todos los bienes

y servicios finales producidos por un país en un determinado período.

Es decir, es el Valor Bruto de Producción menos el valor de los bienes

y servicios (consumo intermedio) que ingresa nuevamente al proceso

productivo para ser trasformado en otros bienes. El PBI, también se

puede definir como el valor añadido en el proceso de producción que

mide la retribución a los factores de producción que intervienen en el

proceso de producción.

El Producto Bruto Interno (PBI) de una determinada región por sectores

productivos se puede obtener a partir del Valor Agregado Bruto (VAB)

que se define como pago de los factores que intervienen en la actividad

económica del país16. El Gráfico N°1.12 muestra una evolución

favorable y sostenible del Valor Agregado Bruto (VAB) de la región

Ayacucho durante el período 2011-2015. Así, tenemos que en el 2012,

el VAB sumó S/2 263 473 miles de nuevos soles a precios constantes

de 1994, lo que representó un crecimiento de 35,0% respecto al 2008.

Es importante indicar, que en el 2015, el VAB de la región Ayacucho

representó el 1,1% del VAB nacional.

16 El VAB está conformado por la suma de valores agregados (diferencia entre el valor bruto de producción y el consumo

intermedio) de los distintos sectores productivos, sin considerar los impuestos a los productos y derechos de importación.

Glosario de términos económicos del BCRP,

Gráfico 18 Región Ayacucho: Valor Agregado Bruto, 2012-15 (Miles de nuevos soles a precios constantes de 1994)

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La economía de la Región Ayacucho está influenciada básicamente por

la actividad agropecuaria (agricultura, caza y silvicultura), servicios

gubernamentales, comercio, construcción y otros servicios; en el 2015

éstas actividades representaron el 75,4% del VAB17 de la región.

El Gráfico siguiente muestra que las actividades económicas con mayor

crecimiento en el 2015 respecto al 2012, fueron construcción y minería.

La minería pasó de S/142 428 miles de nuevos soles a S/ 231 484

miles de nuevos soles en el 2015, que significó un crecimiento de

62,5% de dicha actividad económica; mientras que la actividad

económica construcción creció 96,1%.

17 Cifra calculada respecto al VAB del 2012 a precios constantes de 1994.

Fuente: INEI – “INEI-Sistema de Información Regional para la Toma de Decisiones (SIRTOD)

Gráfico 19 Región Ayacucho: Valor Agregado Bruto (VAB), según ramas de actividad, 2011 y 2015

(Miles de nuevos soles de 1994)

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1.4.2 Estructura de la Producción:

Según estructura de la producción18 en el año 2015, el 45,7% del VAB

de la región derivo del sector terciario conformado por las ramas de

actividad económica servicios, comercio, y transporte y comunicaciones.

La importancia del sector terciario en la región, se explica por el

dinamismo de la rama de actividad servicios, específicamente dela

actividad servicios gubernamentales y otros servicios, las cuales

18 Distribución calculada en base al Valor Agregado Bruto a precios constantes del año 1994

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representan el 14,7% y 11,4% del VAB de la región Ayacucho.

El sector primario fue el segundo sector que contribuyó al VAB de la

región (29,0%), dicho sector está conformado por las actividades

económicas de agricultura, caza y silvicultura; y minería. Cabe señalar,

que la agricultura, caza y silvicultura es una de las actividades

económicas que más contribuyen con el VAB de la región, en el 2012

representó el 18,8% de la producción de la región; en tanto la minería

el 10,2%.

Finalmente, el sector secundario, constituido por la rama de actividad

industria y construcción, aportó 25,2% al VAB regional. Un aspecto

relevante que se observa es respecto el sector construcción que en el

2015 fue el segundo sector con mayor aporte al VAB regional.

1.4.2.1 Servicios:

Región Ayacucho: Valor Agregado Bruto según ramas de actividad económica, 2015

(Porcentaje) (Porcentaje)

Gráfico 20

1/ comprende agricultura, caza, silvicultura, pesca y minería. 2/comprende electricidad y agua, restaurantes y hoteles; servicios gubernamentales y otros servicios. Fuente: INEI – “Producto bruto interno por departamentos: 2015”.

Extractiva 1/29,0

Industria manufacturera

7,7

Construcción17,6

Comercio12,9

Servicios 2/28,7

Transporte y comunicaciones

4,1

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La rama de actividad servicios es uno de los principales sectores

económicos de la región; para el año 2015 contribuyó con el 28,7% al

VAB regional. Este sector agrupa a las actividades de servicios

gubernamentales, electricidad y agua, restaurantes y hoteles, servicios

gubernamentales, así como otros servicios (financieros, enseñanza,

servicios prestados a terceros, entre otros). Dentro de las actividades

que componen la rama servicios, la actividad de servicios

gubernamentales es la que más contribuye con el VAB de región, en el

2015 representó el 14,4%.

De otro lado, de acuerdo el documento del INEI, Perú estructura

empresarial19, las empresas de servicios en la región, se encuentran

mayoritariamente en el segmento de microempresas; en el 2015, el

número de empresas legalmente constituidas dedicadas a la actividad

servicios en la región Ayacucho fue de 9 mil 31 empresas, de las cuales

8 mil 639 fueron microempresas de servicios y sólo 9 se encuentran en

el segmento empresarial de mediana y gran empresa.

1.4.2.2 Comercio:

La rama de actividad comercio contribuye con el 12,9% del VAB de

Ayacucho, y en el periodo tuvo un crecimiento del 26,9%. La ciudad de

Ayacucho es el principal espacio donde se dinamiza esta actividad,

pues constituye una de las principales fuentes de ocupación de la PEA

Ocupada.

19 Información a setiembre del 2015 del Directorio Central de Empresas y Establecimientos (DCEE), que tiene como principales fuentes de información del Directorio son los Registros Administrativos del Padrón de Contribuyentes que proporciona la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), la Encuesta Económica Anual (EEA) ejecutada por el INEI y el Sistema Estadístico Nacional, la información del IV Censo Nacional Económico y otras investigaciones estadísticas del INEI. Mayor información en: Perú Estructura Empresarial, INEI, año 2016.

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Sin embargo, es importante señalar, que en esta rama de actividad aún

existe una escasa capacidad empresarial. De acuerdo al INEI20 existe

un total de 6 600 empresas legalmente constituidas dedicadas a esta

actividad, realizando principalmente labores de distribución y

comercialización de productos alimenticios de consumo básico, bebidas

y medicinas; y que la mayoría de éstas son microempresas (96,1%) y

solo el 4,1% se encuentra en el rango de mediana y gran empresa.

1.4.2.3 Transporte y Comunicaciones:

La rama de actividad Transporte y Comunicaciones forma parte del

sector terciario; pero se caracteriza por tener una mínima contribución

en la economía de la región Ayacuchana, en el periodo 2011-2015 su

aporte no superó el 4,4% del VAB.

1.4.2.4 Extractivas:

La rama extractiva es el segundo componente de la economía de la

región Ayacucho, su aporte para el 2015 fue 29,0%. Dentro de esta

rama se encuentran las actividades económicas agricultura, pesca y

silvicultura y la actividad minería.

a. Agricultura, caza y silvicultura

Este sector involucra a las actividades agrícolas, pecuarias, caza y

silvícola que para el año 2015 representó el 18,8% del VAB regional.

Dentro de este sector resalta el subsector agrícola y pecuario. En el

primer subsector destaca la producción de papa, maíz amiláceo, trigo,

cebada grano, ajo y arveja verde en la zona de la sierra, mientras que

en la zona de la selva fue importante la producción del cacao, café, yuca

20INEI - “Perú: estructura empresarial, 2015”.

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Cuadro 21 Región Ayacucho: Número de unidades agropecuarias, parcelas, ganado vacuno, ovino, porcino, alpacas y pollos de engorde, 2012

Vacuno Ovino PorcinoTotal absoluto 121 271 310 501 403 640 603 429 67 883 193 408 58 572

Total relativo 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0

Huamanga 18,9 21,3 13,2 12,0 30,1 10,0 34,1

La Mar 17,9 11,5 7,1 5,4 14,1 0,0 21,2

Huanta 17,4 12,2 5,8 8,1 15,9 0,1 18,3

Lucanas 11,4 14,6 23,8 18,2 5,3 25,7 3,7

Cangallo 8,1 8,9 8,2 8,1 9,6 17,5 4,8

Víctor Fajardo 7,5 9,5 8,2 13,7 4,1 2,3 1,8

Parinacochas 5,7 7,0 11,5 6,0 2,4 26,5 4,8

Vilcashuamán 5,0 4,7 4,2 5,9 11,5 0,0 9,2

Paúcar del Sara Sara 3,2 4,9 3,6 1,1 2,5 3,3 0,4

Sucre 2,5 2,3 5,8 4,0 3,8 13,5 1,4

Huanca Sancos 2,5 3,3 8,6 17,5 0,5 1,0 0,2

AlpacaPollos de engorde

ProvinciasUnidades

agropecuariasParcelas

Ganado

y plátano; y en el subsector pecuario, principalmente sobresale la

producción de carnes de vacuno, ovino y porcino.

De acuerdo al último censo agropecuario realizado por el INEI (2012),

la región contó con 121 mil 271 unidades agropecuarias y 310 mil 501

parcelas, lo significó un promedio de 2,6 parcelas por unidad

agropecuaria. Asimismo, la población de ganado vacuno sumó 403 mil

640 cabezas, 603 mil 429 de ovino y 67 mil 883 de porcino,

respectivamente; mientras que, la crianza de camélidos andinos

alcanzó 193 mil 408 alpacas, y la crianza de aves fue de 58 mil 572

pollos de engorde.

El cuadro siguiente muestra que la provincia de Huamanga concentró

la mayor proporción de unidades agropecuarias (18,9%) y parcelas

(21,3%) de la región; asimismo lideró la crianza de porcinos y pollos de

engorde, representando el 30,1% y 34,1% de la producción regional.

Además, se observa que la provincia de Lucanas registró la mayor

cantidad de cabezas de ganado vacuno (23,8%) y ovino (18,2%); y la

provincia de Parinacochas fue la que contó con el mayor número de

alpacas, con el 26,5% del total de alpacas de la región.

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b. Minería:

El desarrollo del sector minero en la región es limitado, a pesar del gran

potencial minero disponible, el cual puede convertirse en una de las

actividades potenciales en el futuro. La producción minera aportó 10,2%

al VAB de la región para el año 2015, donde destacó la producción de

minerales metálicos como oro, plata, zinc, plomo y cobre. Estos se

localizan en su mayoría en la zona sur de la región, principalmente, en

las provincias de Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara.

Para el año 2016, se produjo en total 567 Toneladas Métricas Finas

(TMF) de cobre, la producción de oro fue de 10 mil 046 Kilogramos

Finos (KGF);en plomo 8 mil 180 TMF; en zinc 42 mil 903 TMF; y en

plata 298 mil 414 KGF. Asimismo, se observa que los volúmenes de

producción mineria presentaron un crecimiento positivo con relación al

año 2012.

1.4.2.5 Industria

También llamado sector manufacturero, este presenta mayor desarrollo

en la ciudad de Ayacucho y casi no tiene presencia significativa en otras

Fuente: INEI – “El nuevo rostro del campo 2012”.

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provincias de la región, su situación es marcadamente baja debido al

poco desarrollo de las empresas. Los limitados productos que son

transformados dentro de la región Ayacucho se caracterizan por tener

poco valor agregado, de baja calidad y por tener una presentación de

menor calidad respecto los productos competitivos que ingresan al

mercado ayacuchano.

En este sector, generalmente destacan las pequeñas empresas

dedicadas a la elaboración de productos alimenticios, de consumo

masivo, molineras y panaderías, fábrica de bebidas y productos de

tabaco, y algunos productos de artesanía (principalmente como tejidos

a telares, trabajos en piedra de huamanga, que son exportados). Dentro

de la industria química, destaca la elaboración de productos

intermedios como el yeso, mármol, travertino, arcillas especiales y cal.

El escaso desarrollo del sector primario ha generado que en la región

no existan empresas grandes e importantes dedicadas a la labor

industrial, la presencia de las pequeñas industrias, generalmente dan

una transformación primaria con escaso valor agregado.

1.5 Potencialidades de la Región Ayacucho:

1.5.1 Capital social y cultural:

El capital social y la cultura son componentes que pueden actuar como

palanca de desarrollo e inclusión social. La cultura es ese conjunto de

valores, costumbres, ideas y muchos otros elementos compartidos que

conforman la identidad de las personas; mientras que, el capital social

está relacionado con el grado de confianza, las normas de

comportamiento, la cohesión social, formas de organización social y

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cultura de una sociedad, que se ve reflejado en la fortaleza del tejido

social21.

En esta misma línea, el capital social incluye también las diversas

formas de organización social y cultural de una sociedad. La región

Ayacucho tiene aspectos culturales muy arraigadas como son las

fiestas religiosas de Semana Santa, la fiesta de la Cruz del Calvario, la

de San Bernabé, San Antonio, entre otros. También se caracteriza por

su arte popular y artesanía.

Conocida como la ciudad de las iglesias, posee un total de 38 iglesias

de origen colonial con diferentes estilos arquitectónicos y poseen

hermosos altares y retablos tallados en fina madera y bañados en pan

de oro, entre las que destacan la Catedral, Santo Domingo, San

Cristóbal, La Merced, Compañía de Jesús, San Francisco de Asís,

Santa Clara y Santa Teresa. También cuenta con instituciones de

enseñanza superior universitaria como la Universidad Nacional de

Huamanga que permiten formar unos ciudadanos más instruidos y

capaces de comprender sobre la problemática que afecta a la región.

1.5.2 Infraestructura Económica:

La infraestructura tiene un impacto importante en la productividad y

crecimiento de una región. Tal como sostiene el Banco Mundial (2010),

una infraestructura extensa y eficiente es un motor esencial del

crecimiento económico, puesto que reduce el efecto distancia entre las

regiones, permite integrar a los mercados y a los agentes económicos,

21 Bernardo Kliksberg (1999).

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así como para determinar la localización de determinadas actividades

económicas que se pueden desarrollar.

Según cifras al año 2015, la región Ayacucho cuenta con una

infraestructura vial total de 10 mil 439,47 Km. de carreteras, de las

cuales el 4,6% se encuentra pavimentada, el 92,9% no pavimentada y

el 2,5% como carreteras en proyecto. Si tomamos en cuenta al tipo de

red, la información señala que el 17% pertenece a la red vial nacional

(carreteras de interés nacional formados por tres ejes longitudinales

principales), 18,5% a la red vial departamental (carreteras circunscritas

a un solo departamento) y 64,5% a la red vial vecinal (carreteras en el

ámbito local cuyas funciones es articular las capitales de los distritos

con los centros poblados)22.

La ciudad de Ayacucho cuenta con un moderno Terminal Terrestre

denominado (a la fecha) Terrapuerto Municipal “Libertadores de

América”.

Representa el centro de operación de la mayoría de empresas de

transporte de pasajeros hacia distintos puntos del interior de la misma

región, así como algunos departamentos del Perú como Lima,

Huancayo, Ica, Andahuaylas y Cusco.

En infraestructura aérea, la Región cuenta con un aeropuerto

denominado “Coronel FAP Alfredo Mendívil Duarte”, el cual está

administrado por Aeropuertos Andinos del Perú S.A23.

22MTC –“Anuario estadístico 2015”. 23Mayor información en: http://www.aap.com.pe/ES/paginas/sedes/WebDetalleSede.aspx?codSede=2

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Según el Índice de Competitividad Regional del Perú (INCORE)24

elaborado por el Instituto Peruano de Economía (IPE), en el año 2015,

la región Ayacucho alcanzó un índice de competitividad regional en

infraestructura de 3,3 de una escala de 0 a 10 puntos, de esta forma se

ubicó en el puesto 18 a nivel nacional. Los factores que determinaron

esta ubicación fueron, principalmente, la baja cobertura internet, de

desagüe y agua.

Otro estudio referente al Índice de Competitividad Regional es realizado

por el Consejo Nacional de Competitividad (CNC)25, el cual indica que

24Instituto Peruano de Economía (IPE) – Índice de Competitividad Regional del Perú 2015. Documento disponible en: file: http://www.ipe.org.pe/documentos/indice-de-competitividad-regional-incore-peru-2015 25El ICR del CNC es un indicador agregado que mide el nivel de competitividad de una región compuesto por 8 pilares: Institucionalidad, Infraestructura, Salud, Educación, Innovación, Ambiente, Evolución sectorial y desempeño económico; los pilares mencionados son representados por un total de 58 indicadores. La metodología de construcción del ICR a partir de estos indicadores y pilares busca replicar las mejores prácticas internacionales, tomando como guía el Global CompetitivenessReport del WorldEconomicForum (WEF).

Nota: Las estadísticas del informe INCORE 2014 están basadas en información en información estadística al 2013. Fuente: Instituto Peruano de Economía (IPE) – Índice de Competitividad Regional del Perú 2014.

Cuadro 22

Región Ayacucho: Índice de Competitividad

Regional en Infraestructura, 2015

Indicador Ranking PuntajeÍndice Infraestructura 18,0 3,3

Cobertura Eléctrica 20,0 3,3

Precio de la Electricidad 19,0 2,2

Cobertura de Agua 15,0 6,9

Cobertura de Desague 17,0 2,4

Cobertura de Internet 17,0 1,4

Cobertura de telefonía móvil 17,0 3,8

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para el periodo 2011-12, la región Ayacucho se ubicó en el puesto

veinte (20) a nivel nacional, retrocediendo 6 posiciones con relación al

periodo 2008-09, debido al bajo desempeño de indicadores de

asfaltado de la red vial, frecuencia de vuelos, acceso a agua potable e

inversión en infraestructura agropecuaria.

1.5.3 Capital Financiero:

En los últimos años, este sector financiero ha conseguido mostrar un

crecimiento considerable, lo cual ha contribuido con dinamizar la

economía ayacuchana, de esta forma se observa que el número de

entidades financieras han ido en aumento en los últimos años, así como

también el grado de profundización financiera (medido por el ratio

crédito/ Valor Agregado Bruto).

Fuente: Consejo Nacional de la Competitividad (CNC) Elaboración: DRTPE - Observatorio Socio Económico Laboral (OSEL) Ayacucho

Región Ayacucho: Ranking de Competitividad Regional en

Infraestructura, 2008/09 -2011/12

Cuadro 23

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De acuerdo al informe del BCRP (2016)26, para el año 2015, la región

contó con un total de 39 instituciones financieras, de las cuales 6

corresponden a la Banca Múltiple (Banco de Crédito, Banco Interbank,

Banco Continental, Mibanco, Banco Financiero, Banco Azteca) y 32 a

instituciones no bancarias (Financiera Crediscotia, Financiera Edyficar,

Financiera Confianza, Financiera Proempresa, Caja Municipal de

Arequipa, Caja Municipal de Ica, Caja Municipal de Huancayo, Caja

Municipal de Piura, Caja Rural Libertadores Ayacucho, Caja Rural

Nuestra Gente, Caja Rural Señor de Luren, Caja Rural Los Andes, entre

otros).

Del mismo modo, los créditos y depósitos financieros se han

incrementado de manera sostenida en el periodo de análisis. Mientras

que el grado de profundización financiera, según cifras disponibles, fue

de 11,5 en el 2015.

26BCRP – “Caracterización del departamento de Ayacucho, 2015”

Fuente: Caracterización del departamento de Ayacucho, BCRP (2015).

Cuadro 24 Región Ayacucho: Número de Entidades financieras, 2014 y 2015

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En el desarrollo de este ítem se revisará las variables independientes

de la función de producción del terminal terrestre Los Libertadores para

Caracterización de la Red Vial y Oferta de Transporte

Interprovincial

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su funcionamiento, como es la mano de obra que demandara para

brindar los servicios de los subsistemas necesarios para hacer

funcionar el terminal terrestre, la tecnología, la maquinaria y equipos

necesarios.

Es de conocer que la base para un buen diseño de la producción es

un estudio de mercado actual cuidadosamente realizado, con la cual

se pretende conocer con mayor exactitud la magnitud de la demanda

existente. El estudio de campo se realizó en el mes de octubre del

2016, para conocer los flujos de tráfico que genera el servicio actual

en las empresas de transporte autorizadas y no autorizadas por el

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), así como también

conocer el comportamiento de los pasajeros que utilizan el servicio.

2.1 OFERTA DE TRANSPORTE DEL TERMINAL TERRESTRE:

La oferta de transporte del terminal terrestre está constituida por

empresas que se puede apreciar en el siguiente cuadro:

Cuadro 25 Terrapuerto Municipal: Empresas que operan a Octubre 2016

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Ítem Empresa de Trasporte RUC Unidades

Autorizadas

01 OROPESA 20104604332 04

02 ESPINOZA 20519291526 10

03 LIBERTADORES 20507725270 20

04 ANTEZANA 20219801531 33

05 MOLINA 20120550137 60

06 PALOMINO 20417931393 50

07 DIVINO SEÑOR TOURS 20551839703 06

08 CHANKAS 20527820074 13

09 REY BUS 20432994253 10

10 SR DE ATACO 20444985969 25

11 NAZARENO ESPRESS1 20410148651 07

12 MEGA BUS 20485838814 14

13 TEPSA*

14 CIVA 20102427891 434

15 RONCO PERU 20472537131 20

16 AYAVI CLAS 20495174248

17 ZAMORA*

18 ZARMIENTO*

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De acuerdo a la investigación y datos recogidos, estas empresas son

las que ofrecen el servicio dentro del terminal terrestre; consultando en

19 MOVIL BUS 20555901179 108

20 TURISMO CENTRAL 20226499572 58

21 SÁNCHEZ 20336086168 17

22 PAUCARTAMBO 20543102858 05

23 JAEN HERMANOS2 20551212905 02

24 SERTOUR MOLINA 20541390554 05

25 ESTRELLA DEL SUR*

26 ECOTOUR*

27 TICLLAS 20443848178 86

28 TRASANDINO 20410071411 15

29 RICRA*

30 INTERNACIONAL

DIVINO SEÑOR

20510740336 19

31 APUSUYU*

32 TURISMO VILCAS* 1/ Unidad Vehicular de la Empresa Halcón Andino. 2/. Unidad Vehicular de la Empresa Santa María

Unidades Vehiculares no inscritos en el MTC Fuente: página web del MTC.

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la pág. web del MTC, se pudo tener en cuenta la cantidad de buses

con los que cuentan cada empresa que opera dentro del terminal

terrestre.

Debido a los operativos y otros que realiza el MTC la mayoría de las

empresas que operan dentro del terminal terrestre cuenta con la

autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, algunas

de las empresas trabajan con vehículos inscritos en otras empresas,

es decir que los vehículos están registradas en la base de datos del

Ministerio de Transportes y Comunicaciones con una razón social

diferente.

Cabe mencionar que la cantidad de vehículos no representa en

proporción directa el consumo del servicio, esto se demostrara en los

cuadros siguientes.

2.2 Principales Destinos:

En el siguiente cuadro se puede observar que el principal destino de

los pasajeros que se embarcan en el terminal terrestre de la ciudad de

Ayacucho, se dirige a la ciudad de Lima; se estima que el 77.1% de

los pasajeros tienen este destino. El restante 22.9% tienen como lugar

de destino Ica, Huancayo, Andahuaylas, Cusco, Pampas, Ocobamba

y Vilcashuamán, en total se ha medido 13 712 pasajeros que viajan en

32 empresas durante una semana, utilizando 456 vehículos en total.

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ÍTEM EMPRESA LIMA ICA HUANCAYO ANDAHUAYLAS CUSCO PAMPAS TACA OCOBAMBA VILCAS

HUAMÁN

TOTAL

BUSES

TOTAL

PASAJEROS

B P B P B P B P B P B P B P B P B P

01 OROPESA 6 226 6 226

02 ESPINOZA 22 812 22 812

03 LIBERTADORES 39 1740 39 1740

04 ANTEZANA 56 1941 7 338 7 150 70 2429

05 MOLINA 57 2082 32 827 89 2909

06 PALOMINO 29 806 7 195 36 1001

07 INTERNACIONAL

DIVINO SEÑOR

0 0

08 CHANKAS 6 213 5 67 6 252 17 532

09 REY BUS 14 432 14 432

10 SR DE ATACO 1 19 20 216 21 235

11 NAZARENO

ESPRESS

13 280 13 280

12 MEGA BUS 17 505 17 505

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13 TEPSA 7 191 7 191

14 CIVA 7 154 7 154

15 RONCO PERU 12 324 12 324

16 AYAVI CLAS 1 12 4 44 5 56

17 ZAMORA 7 93 7 93

18 SARMIENTO 6 77 2 20 8 97

19 MOVIL BUS 15 411 15 411

20 TURISMO

ENTRAL

5 151 5 151

21 SÁNCHEZ 6 230 1 20 7 250

22 PAUCARTAMBO 3 66 3 66

23 JAEN

HERMANOS

0 0

24 SERTOUR

MOLINA

6 161 6 161

25 ESTRELLA 5 39 5 39

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DEL SUR

26 ECOTOUR 1 15 1 11 2 26

27 TICLLAS 6 90 6 90

28 TRASANDINO 0 0

29 RICRA 1 10 2 22 3 32

30 DIVINO SEÑOR 13 460 13 460

31 APUSUYU 0 0

32 TURISMO

VILCAS

1 10 1 10

TOTAL 318 10678 20 759 77 1615 12 154 7 267 14 168 5 39 2 22 1 10 456 13712

B/ Buses. P/. Pasajero Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Municipal Libertadores de América.

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También podemos observar en el cuadro anterior que alguna de las

empresas tienen destinos definidos, como es el caso de Oropesa que solo

se dirige a Ica; Espinoza, libertadores, Rey Bus, Nazareo Express, Mega

Bus, TEPSA, CIVA, Ronco Perú, Paucartambo y Divino Señor, solo tienen

como destino Lima, y el resto de las empresas varían sus destinos entre

Lima, Ica, Huancayo, Andahuaylas, Cusco, Pampas Taca, Ocobamba y

Vilcashuamán; todo esto en el transcurso de una semana.

2.3 Análisis De La Frecuencia:

Se refiere al volumen del servicio diario que ofrece cada empresa, partiendo

de la ciudad de Ayacucho hacia los diferentes destinos. Mediante esta

información calcularemos el flujo de vehículos que operan durante una

semana, lo que servirá como entrada para estimar el volumen de pasajeros

que hacen uso de este modo de transporte.

Para realizar esta actividad se revisó los registros de embarque del terminal

terrestre y se contabilizo dichos registros de una semana; a lo que a

continuación se muestra:

ÍTEM EMPRESA FECHAS

01-Oct 02-Oct 03-Oct 04-Oct 05-Oct 06-Oct 07-

Oct

01 OROPESA 1 1 1 1 1 1

02 ESPINOZA 3 3 4 3 3 3 3

03 LIBERTADORES 6 6 5 5 5 5 7

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04 ANTEZANA 9 10 10 10 10 10 11

05 MOLINA 13 13 13 12 12 11 15

06 PALOMINO 4 5 5 5 5 6 6

07 INTERNACIONAL DIVINO

SEÑOR

08 CHANKAS 3 4 2 4 2 2 3

09 REY BUS 2 2 2 2 1 1 4

10 SR DE ATACO 2 2 2 2 1 1 2

11 NAZARENO ESPRESS 2 2 2 2 2 2 1

12 MEGA BUS 2 3 2 2 2 3 3

13 TEPSA 1 1 1 1 1 1 1

14 CIVA 1 1 1 1 1 1 1

15 RONCO PERU 1 2 2 1 2 2 2

16 AYAVI CLAS 1 1 1 1 1

17 ZAMORA 1 1 1 1 1 1 1

18 SARMIENTO 1 1 1 1 1 2 1

19 MOVIL BUS 3 2 2 2 2 2 2

20 TURISMO CENTRAL 1 1 1 1 1

21 SÁNCHEZ 1 1 1 1 1 1 2

22 PAUCARTAMBO 1 1 1

23 JAEN HERMANOS

24 SERTOUR MOLINA 1 1 1 1 1 1

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25 ESTRELLA DEL SUR 1 1 1 1 1

26 ECOTOUR 1 1

27 TICLLAS 1 1 1 1 1 1

28 TRASANDINO

29 RICRA 1 1 1

30 DIVINO SEÑOR 1 2 2 2 2 2 2

31 APUSUYU

32 TURISMO VILCAS 1

Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Municipal Los Libertadores de América.

Gráfico 26 Terrapuerto Municipal: Frecuencia de Salidas de las Empresa que operan

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En el grafico anterior se ilustra la mayor participación de flota vehicular,

desde la perspectiva de la frecuencia de salida, donde la empresa Molina

que ofrece 89 salidas semanales, con un promedio de 13 salidas diarias.

La segunda empresa con mayor frecuencia de salidas es Antezana con 70

salidas semanales, con 10 salidas promedio diarias, la salida de esta

cantidad tiene una desviación mínima aproximadamente regular.

Cabe señalar a la empresa Libertadores que tiene 39 salidas semanales,

con un promedio aproximado de 6 salidas diarias con salidas

aproximadamente regulares; la empresa Palomino que tiene 36 salidas

semanales con un promedio de 5 salidas diarias; la empresa Espinoza que

tiene 22 salidas semanales, con un promedio de 3 salidas diarias y el resto

de empresas que la cantidad de sus salidas diarias están entre 1 y 4.

2.4 Frecuencia Diaria Del Servicio Total:

En total de la flota que sale de Ayacucho tiene una frecuencia de salida en

promedio de 64 buses diarios, tal como se visualiza en el gráfico:

Gráfico 27 Terrapuerto Municipal: No. de buses embarcados

Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Municipal Los Libertadores de América.

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2.5 Eficiencia De La Producción Del Servicio

La utilización efectiva de las unidades se determinó registrando el número

de usuarios que se encontraban dentro del ómnibus cuando este salió del

terminal, se tomó como promedio 52 asientos de referencia ya que existe

ómnibus con diferentes números de asientos, en este sentido se realizó el

análisis estadístico obteniéndose un promedio teniendo como resultado el

siguiente cuadro:

ÍTEM EMPRESA

PORCENTAJE

ASIENTOS

OCUPADOS

PORCENTAJE

ASIENTOS

DESOCUPADOS

01 OROPESA 94% 6%

02 ESPINOZA 96% 4%

03 LIBERTADORES 85% 15%

04 ANTEZANA 100% 0%

05 MOLINA 75% 25%

06 PALOMINO 71% 29%

07 INTERNACIONAL DIVINO SEÑOR 0% 0%

08 CHANKAS 54% 46%

09 REY BUS 63% 37%

10 SR DE ATACO 19% 81%

11 NAZARENO ESPRESS 50% 50%

12 MEGA BUS 96% 4%

13 TEPSA 77% 23%

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14 CIVA 35% 65%

15 RONCO PERU 58% 42%

16 AYAVI CLAS 23% 77%

17 ZAMORA 27% 73%

18 SARMIENTO 29% 71%

19 MOVIL BUS 60% 40%

20 TURISMO CENTRAL 60% 40%

21 SÁNCHEZ 60% 40%

22 PAUCARTAMBO 60% 40%

23 JAEN HERMANOS 0% 0%

24 SERTOUR MOLINA 44% 56%

25 ESTRELLA DEL SUR 17% 83%

26 ECOTOUR 25% 75%

27 TICLLAS 19% 81%

28 TRASANDINO 0% 0%

29 RICRA 19% 81%

30 DIVINO SEÑOR 92% 8%

31 APUSUYU 0% 0%

32 TURISMO VILCAS 19% 81%

Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Municipal Los Libertadores de América.

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En promedio se obtuvo que los autobuses se ocuparon con una eficiencia

del 55% (30 asientos ocupados de un total de 52 promedio por cada

vehículo). Como se muestra en el gráfico, la empresa con mejor eficacia

es Antezana, pues sus buses parten con una ocupación del 100% de su

capacidad total, luego encontramos que Espinoza y Mega Bus trabajan

con una eficiencia del 96%, seguido de Oropeza (94%), Divino señor

(96%); como se muestran en el gráfico, se llega a admirar a empresas que

parten del terminal terrestre con solo el 17% de ocupación de los asientos

como es el caso de Estrella del Sur.

Gráfico 28 Terrapuerto Municipal: Nro de buses embarcados

94%96%85%

100%

75%71%

0%

54%63%

19%

50%

96%

77%

35%

58%

23%27%29%

60%60%60%60%

0%

44%

17%25%

19%

0%

19%

92%

0%

19%

6% 4%15%

0%

25%29%

0%

46%37%

81%

50%

4%

23%

65%

42%

77%73%71%

40%40%40%40%

0%

56%

83%75%

81%

0%

81%

8%

0%

81%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%O

RO

PES

A

ESP

INO

ZA

LIB

ERTA

DO

RES

AN

TEZA

NA

MO

LIN

A

PA

LOM

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RN

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S

SR D

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A B

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A

RO

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LAS

ZAM

OR

A

SAR

MIE

NTO

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BU

S

TUR

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ENTR

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SÁN

CH

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PA

UC

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TAM

BO

JAEN

HER

MA

NO

S

SER

TOU

R M

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NA

ESTR

ELLA

DEL

SU

R

ECO

TOU

R

TIC

LLA

S

TRA

SAN

DIN

O

RIC

RA

DIV

INO

SEÑ

OR

AP

USU

YU

TUR

ISM

O V

ILC

AS

PORCENTAJE ACIENTOS OCUPADOS PORCENTAJE ACIENTOS DESOCUPADOS

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2.6 Cálculo De Demanda Anual:

De los registros de embarque se pudo obtener la demanda anual del

terminal terrestre, llegando a los siguientes resultados:

Cuadro Nº 29

Se aprecia que la mayor parte de pasajeros tiene como destino Lima con

un 77.9%, seguido de la ciudad de Huancayo con un 11.8% de la demanda

total, Ica con 5.5%, cusco con 1.9%, Andahuaylas con 1.1%, Pampa 1.2%,

Taca 0.3%, Acobamba 0.2% y Vilcasuamán 0.1%.

Cabe mencionar que algunas empresas no orecen salidas regulares como

es el caso de Estrella del Sur y entre otros.

77.9%

5.5%

11.8%

1.1%1.9% 1.2% 0.3% 0.2% 0.1%

CUADRO DE DEMANDA

LIMA ICA HUANCAYO

ANDAHUAYLAS CUSCO PAMPAS

TACA OCOBAMBA VILCASHUAMÁN

Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Municipal Los Libertadores de América.

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2.7 Perfil Socioeconómico De Los Pasajeros:

Del martes 01 al lunes 07 de noviembre 2016 se realizaron 268 encuestas

a los pasajeros que abordaron los servicios de las diferentes empresas de

transporte para dirigirse a sus respectivos destinos, con fines de análisis

se interesó en conocer las siguientes características:

Ocupación del pasajero

Edad

Género

Ciudad destino

Motivo de viaje

Frecuencia de viajes

Percepción de la comodidad

Modo de viaje urbano en Ayacucho

Origen de los pasajeros.

2.7.1 Ocupación Socioeconómica:

Como se aprecia en el siguiente cuadro el 54% de los viajeros son

hombres y el 46% son mujeres, además que la mayor cantidad de

pasajeros se dedica a la actividad dependiente con un 36%, el 12% de

estudiantes universitarios son quienes llegan o salen de Ayacucho y el

20% de los usuarios del terminal terrestre son jubilados.

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Cuadro Nº 30

OCUPACIÓN MUJERES HOMBRES TOTAL COMPOSICIÓN

Independiente 45 23 68 25%

Dependiente 37 60 97 36%

Universitario 14 17 31 12%

Escolar 5 14 19 7%

Jubilado 23 30 53 20%

124 144 268 100%

46% 54% 100%

2.7.2 Edad de los Pasajeros:

Como se muestra en el grafico la mayor cantidad de pasajeros oscilan

entre las edades de 16 a 40 años con un 29% de la cantidad total, seguido

de entre las edades de 18 a 25 años y 40 a 60 años, donde ambos están

representados con un 22% cada uno; el 20% que representa a mayores

de 60 años es en donde se incluye a la mayor cantidad de jubilados

Cuadro Nº 31

7%

22%

29%

22%20%

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

35%

menor a 18años

de 18 a 25años

de 26 a 40años

de 40 a 60años

de 60 a más

EDAD DE LOS PASAJEROS

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2.7.3 Percepción De La Calidad Del Servicio:

El 43% de los pasajeros del terminal terrestre de Ayacucho percibe el

servicio actual que ofrecen las empresas de transporte como REGULAR,

mientras que el 31% de los pasajeros califica al servicio como BUENO,

pero el 17% lo califica como Malo y 5% como MUY MALO, además 4% lo

califica como MUY BUENO.

Cuadro Nº 32

2.7.4 Motivo del Viaje:

Se pudo encontrar que el 31% de los pasajeros usa el servicio de las

empresas de transporte por motivo de NEGOCIOS; el 21% de los

pasajeros usan el servicio por motivo de VACACIONES, el 23% de los

pasajeros usan el servicio por motivos de TRABAJO, además que solo el

15% de los pasajeros usan el servicio por motivos de TURISMO, este dato

es importante ya que ya que fomenta la actividad económica, y solo el 10%

4%

31%

43%

17%5%

PERCEPCIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO

MUY BUENO BUENO REGULAR MALO MUY MALO

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de los pasajeros usa el servicio por motivos de ESTUDIO, es decir que la

razón de su viaje son para fines académicos.

Cuadro Nº 33

2.7.5 Modo de Viaje Urbano:

La ciudad de Ayacucho se caracteriza por tener un parque automotor

urbano variado ya que existen taxis, moto taxis y rutas. De las encuestas

realizadas el 35% de los pasajeros utilizaron las diferentes RUTAS para

llegar desde los diferentes puntos de la ciudad hasta el terminal terrestre;

27% de los pasajeros usaron el Moto taxi para llegar al terminal terrestre ya

que en cuestión de precios es inferior en comparación al taxi; el 25% de los

pasajeros llegaron al terminal en taxi y el 13% no uso ninguno de estos

vehículos, es decir llegaron al terminal caminado o con vehículos privados.

23%

10%

21%

31%

15%

MOTIVO DEL VIAJE

TRABAJO ESTUDIOS VACACIONES NEGOCIOS TURISMO

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Cuadro Nº 34

2.7.6 Frecuencia de Viajes:

La mayoría de los pasajeros es decir el 26% viaja una vez por mes,

mientras que el 23% de ellos solo viaja una vez al año; los pasajeros que

viajan 2 veces mensualmente representan solo el 17%, al igual que los

pasajeros que viajan 2 veces anualmente; los que viajan 3 veces al mes

solo son el 11% y 4 veces al mes representa el 6%

Cuadro Nº 35

25%

27%

35%

13%

MODO DE VIAJE URBANO

TAXI MOTO TAXI RUTA NINGUNO

26%

17%

11%

6%

23%

17%

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

1/MES 2/MES 3/MES 4/MES 1/AÑO 2/AÑO

FRECUENCIA DE VIAJES

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2.7.7 Procedencia de los Pasajeros antes de Abordar el Bus:

La mayor cantidad de la población usuaria provienes de las demás

provincias de la región (42%), mientras que los usuarios de la misma

ciudad de Ayacucho alcanza los 33%, además que los usuarios de otras

regiones llega a un 25%, esto quiere decir que el terminal abastece una

demanda regional atravesando las fronteras de la provincia de huamanga;

estos datos son importantes ya que de lo mencionado se podrá evaluar

los beneficios sociales a nivel regional.

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MODELO ECONÓMICO

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En este ítem se hace un análisis previo tener conocimiento del mercado,

en cuanto al comportamiento y funcionabilidad de la oferta de buses

interprovinciales y la cantidad de pasajeros que demanda este tipo de

transporte teniendo como origen la ciudad de Ayacucho hacia los

diferentes destinos; teniendo en consideración que se tiene la

infraestructura vial en funcionamiento y siendo una unidad capaz de

producir sus propios ingresos económicos y resuelve sus propios costos,

generando la liquidez y rentabilidad necesaria para la sostenibilidad de

este proyecto.

Se considera que los beneficios privados del operador de terminal terrestre

deben producir beneficios sociales a favor de los pasajeros, y la

rentabilidad social de esta infraestructura.

3.1 Fuentes de Ingresos y Proyección:

Para poder tener el cálculo de las fuentes de ingresos que actualmente

tiene el Terrapuerto Municipal para el manejo de los costos de operación

proviene de 9 actividades que se desarrollarán y explotan al interior del

Terminal Terrestre tal como se ha recabado la información de los mismos

operadores. Estas actividades son productivas y comerciales, y los

ingresos se han calculado en los próximos años, desde el 2016 hasta el

2045, afectos a una inflación anual conservadora de 4%, dado por el

desempeño económico sostenido de la economía peruana en los últimos

15 años y la confianza que crea en los empresarios el actual gobierno.

Entre otros factores de proyección económica que se debe tener en cuenta

se ha trabajado con una devaluación de 1.56% que concuerda con los

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planes del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF aplicados a los

proyectos de inversión con recuperación de largo plazo.

Por otro lado se ha haberse analizado la tasa de crecimiento poblacional

de la Región Ayacucho de 2.1%; y el Producto Bruto Interno Regional en

3.37% correspondiente al último ciclo económico, con estos datos nos será

posible predecir los ingresos futuros, afectos a un factor de ajuste

necesario para evitar la existencia de Proyecciones optimistas. Para ello

para el siguiente análisis utilizaremos el factor de seguridad de 100% para

todos los factores del año 1 al 10, factor de seguridad de 95% para los

años 11 al 20 y finalmente un factor de seguridad del 100% para el último

decenio del 21 al 30. Este criterio se basa en los ciclos económicos para

evitar proyecciones muy optimistas.

En el siguiente gráfico se observa la proyección creciente de la demanda

esperada para los próximos 20 años, para el Terminal Terrestre. Teniendo

proyectado actualmente el embarque de 590 830 pasajeros para el año

2016, se espera que esta crezca a razón de 10,000 promedio anual solo

como consecuencia del crecimiento poblacional tal como indica nuestras

proyecciones de crecimiento poblacional y la mayor renta de los usuarios

dado por el PBI per cápita que recibirían en este lapso futuro y el uso de

acuerdo a la finalidad. Finalmente, la proyección estimada de pasajeros

usando el terminal terrestre sería de 963 809 pasajeros en el 2045.

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Al calcular los volúmenes de pasajes futuros vendidos y pasajeros que se

embarcan dentro de las instalaciones del terminal terrestre por cada

empresa de transporte, se estimar el ingreso del operador por concepto de

la tasa embarque de cada pasajero y/o pasaje vendido S/. 1.50 por cada

pasajero que embarque en la plataforma de ascenso. De esta forma, para

el 2016 se proyecta un ingreso por este rubro de S/. 1 297 170; lo que está

efecto al índice inflacionario anual.

La demanda que se tiene por cada empresa de transporte, en combinación

con su índice de ocupabilidad (boletos vendidos) y la eficacia actual ratio

de promedio de asientos desocupados al largo plazo, nos permiten estimar

la cantidad de counter (boleterías) que actualmente alquilan las empresas

de transporte en el terminal terrestre. De forma conservadora se estima

que las mismas empresas que brindan actualmente el servicio estarían

usufructuando el Terminal Terrestre hasta el 2045, atendiendo a la

Cuadro 36 Región Ayacucho: Proyección de Pasajeros del Terminal Terrestre al 2045

Fuente: Estadísticas del Terrapuerto Los Libertadores - Ayacucho

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demanda de pasajeros proyectadas. De esta forma, el operador podrá

arrendar cada espacio de boletería por un monto de S/. 650.00 mensual;

lo que representa un ingreso bruto para el operador de S/. 315 075 En el

año 2016 asumiendo que todas las empresas paguen y continúen

alquilando.

En el siguiente Cuadro se presentan todos los ingresos estimados para los

próximos 30 años (2016 – 2045). Estos ingresos están expresados en

Soles.

TAME SS.HH. TAXI TIENDAS EMBARQUE DESEMBARQUE GARAJE OTROS COUNTER

2016 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406

2017 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406

2018 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406

2019 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406

2020 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406

2021 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406

2022 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406

2023 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406

2024 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406

2025 1,297,170 488,606 295,034 279,363 147,935 44,052 106,719 1,452 315,075 2,975,406

AÑOTOTAL DE INGRESOS POR TODO CONCEPTO

TOTAL

Cuadro 37 Región Ayacucho: Proyección de los Ingresos del Terrapuerto Municipal al 2025

1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari

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Cuadro 38 Región Ayacucho: Proyección de los Ingresos del Terrapuerto Municipal al 2035

1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari

Cuadro 39 Región Ayacucho: Proyección de los Ingresos del Terrapuerto Municipal al 2045

1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari

TAME SS.HH. TAXI TIENDAS EMBARQUE DESEMBARQUE GARAJE OTROS COUNTER

2026 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701

2027 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701

2028 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701

2029 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701

2030 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701

2031 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701

2032 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701

2033 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701

2034 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701

2035 1,439,859 542,353 327,488 310,093 164,208 48,898 118,458 1,612 349,733 3,302,701

AÑOTOTAL DE INGRESOS POR TODO CONCEPTO

TOTAL

TAME SS.HH. TAXI TIENDAS EMBARQUE DESEMBARQUE GARAJE OTROS COUNTER

2036 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187

2037 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187

2038 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187

2039 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187

2040 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187

2041 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187

2042 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187

2043 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187

2044 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187

2045 1,699,033 639,977 386,436 365,909 193,765 57,699 139,780 1,902 412,685 3,897,187

AÑOTOTAL DE INGRESOS POR TODO CONCEPTO

TOTAL

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Los ingresos por embarque de autos colectivos está considerando el

despacho diario de 50 autos colectivos de servicio interdistrital,

cancelando por cada salida el importe de S/. 3.00, durante 26 días al mes.

3.2 Egresos de Terminal:

Para poder brindar en forma efectiva la producción de servicios de

satisfacción del operador privado y/o estatal y con beneficios tangibles

para los pasajeros y empresa de transporte. En la búsqueda de esta

eficiencia, los costos privados deben ser lo suficientemente óptimos para

producir rentabilidad o margen económico.

Para el cálculo de los costos operacionales debemos tener en cuenta la

función de producción de este tipo de negocio, que por tratarse de una

empresa de infraestructura está sujeta a la siguiente función de producción

para producir un nivel de servicio q¯:

q¯ = †(K, E, L, F, N)

Siendo:

K, unidades de infraestructura ofertadas

E, equipamiento del Terminal Terrestre

L, personal para que funcione el terminal

F. energía y otros servicios

N, uso de suelo del terminal

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3.2.1. COSTO DE LA INFRAESTRUCTURA:

Calcularemos este costo en función a la depreciación de la infraestructura

proyectada. Para ello es necesario desarrollar el nivel de inversión que fue

necesaria para poner en marcha este proyecto. En el siguiente cuadro se

aprecia la inversión de USD 3’401,932 necesaria para construir la

infraestructura del diseño del actual Terminal Terrestre.

3.2.2. COSTO DE EQUIPAMIENTO:

El mobiliario necesario para el funcionamiento del Terminal Terrestre viene

dado por todos los equipos y maquinarias necesarios, como son el equipo

para lavado de buses, mantenimiento menor, enllante, sistemas

automáticos de control, equipo de iluminación, etc. La depreciación de este

equipamiento nos da el costo a considerar en el modelo económico del

terminal.

3.2.3. COSTO DE PERSONAL:

Dentro de este apartado se expondrá los costos administrativos

necesarios para que funcione la organización administrativa y los servicios

operativos del terminal terrestre.

Planilla Mes

Directorio 8,000

Gerente General 5,000

Asistente de Gerente General 1,800

Asesoría Juridica 2,500

Director Planificación y Presupuesto 3,500

Contador 2,500

Director de Recursos Huamanos 3,500

Director de Operaciones 3,500

Infórmaticos 2,200

Director de Tesoreria 1,500

34,000

PERSONAL ADMINISTRATIVO

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De los cuadros podemos observar la necesidad básica que debe tener el

Terminal Terretsre.

3.2.4. COSTO DE ENERGÍA Y OTROS SERVICIOS:

Se emplea energía eléctrica para la iluminación de las instalaciones, para

a seguridad (cámaras, monitores, centros de control) y otros locales

construidos al interior de las instalaciones del terminal. Se tiene que el

consumo mensual de energía para este terminal, varia mensualmente se

Tiene un costo estimado para el año 2016 de S/. 787.00 soles

Además consideramos el consumo de agua potable para utilizar en los

diferentes servicios como servicios higiénicos, limpieza, cafeterías, etc. Se

tienen un costo promedio de S/ 3 219.00 soles. Los Servicios de Telefonía

para producir servicio de internet y teléfono fijo móvil, llegaría a una

facturación mensual de S/. 201.000

Cantidad Unitarios Planilla mes

Administrador de Frecuencias 1 1,500 1,500

Control Boleteria 2 1,200 2,400

Adm. Parqueo Taxis 2 1,200 2,400

Adm. De Servicios de Seguridad 2 500 1,000

Servicio de Seguridad 12 1,400 16,800

Limpieza de ambientes 6 1,000 6,000

Servicios a Buses 3 1,200 3,600

Mantenimiento Menor 2 1,500 3,000

Auxiliar Administrativo 2 1,500 3,000

Enfermera 2 1,500 3,000

Técnico en enfermeria 2 1,500 3,000

Información Turistica 2 1,500 3,000

48,700

PERSONAL OPERATIVO

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3.2.5. COSTO DE BIENES Y SERVICIOS

En la actualidad el terminal tiene diferentes costos en materia de bienes y

servicios de acuerdo al siguiente detalle:

DESCRIPCIÓN S/

Vestuario Personal 1,379

Gastos Operativos 1,778

Sticker Invent. tarjetas postales 464

Viáticos 409

Material de Limpieza 4,895

Útiles de escritorio 661

Otros Gastos (arreglo-tachos 7,083

Impresión de Comprobantes 1,896

Mobiliario 171

Alquiler Sigmu 222

18,959

3.2.6. COSTO IMPUESTO PREDIAL:

En la actualidad el terminal realiza el pago de Impuesto Predial Municipal

DE s/. 90 250.00 tiene diferentes costos en materia de bienes y servicios:

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2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025

INGRESOS ECONÓMICOS 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406 2,975,406

EGRESOS

GASTOS ECONÓMICOS -9,241,376 -1,616,174 -1,613,746 -1,611,317 -1,608,889 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461

DEPRECIACIÓN EDIFICACIONES -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069

DEPRECIACIÓN MAQUINARIAS Y EQUIPOS -9,713 -7,285 -4,857 -2,428

Pesronal Administrativo -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000

Personal Operativo -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400

Energía Eléctrica -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444

Agua Potable -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628

Telefonía -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412

Otros -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508

UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS 1,359,232.236 1,361,660 1,364,089 1,366,517 1,368,945 1,368,945 1,368,945 1,368,945 1,368,945 1,368,945

IMPUESTO A LA RENTA 30% -407,770 -408,498 -409,227 -409,955 -410,684 -410,684 -410,684 -410,684 -410,684 -410,684

IMPUESTO PREDIAL MUNICIPAL -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250

DEPRECIACIÓN ACUMULADA 471,782 469,354 466,925 464,497 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069

FLUJO DE CAJA ECONÓMICO 1,332,994 1,332,266 1,331,537 1,330,809 1,330,080 1,330,080 1,330,080 1,330,080 1,330,080 1,330,080

Cuadro 40 Región Ayacucho: Flujo de Caja del Terrapuerto Municipal al 2025

1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari

Page 141: GL - leyes.congreso.gob.pe · En tal sentido, se establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitirá un Decreto Supremo estableciendo las características mínimas

2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035

INGRESOS ECONÓMICOS 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701 3,302,701

EGRESOS

GASTOS ECONÓMICOS -9,241,376 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461

DEPRECIACIÓN EDIFICACIONES -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069

DEPRECIACIÓN MAQUINARIAS Y EQUIPOS

Pesronal Administrativo -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000

Personal Operativo -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400

Energía Eléctrica -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444

Agua Potable -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628

Telefonía -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412

Otros -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508

UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240 1,696,240

IMPUESTO A LA RENTA 30% -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872 -508,872

IMPUESTO PREDIAL MUNICIPAL -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250

DEPRECIACIÓN ACUMULADA 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069

FLUJO DE CAJA ECONÓMICO 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187 1,559,187

Cuadro 41 Región Ayacucho: Proyección del flujo de Caja Terrapuerto Municipal al 2035

1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari

Page 142: GL - leyes.congreso.gob.pe · En tal sentido, se establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitirá un Decreto Supremo estableciendo las características mínimas

2036 2037 2038 2039 2040 2041 2042 2043 2044 2045

INGRESOS ECONÓMICOS 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187 3,897,187

EGRESOS

GASTOS ECONÓMICOS -9,241,376 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461 -1,606,461

DEPRECIACIÓN EDIFICACIONES -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069 -462,069

DEPRECIACIÓN MAQUINARIAS Y EQUIPOS

Pesronal Administrativo -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000 -390,000

Personal Operativo -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400 -476,400

Energía Eléctrica -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444 -9,444

Agua Potable -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628 -38,628

Telefonía -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412 -2,412

Otros -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508 -227,508

UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726 2,290,726

IMPUESTO PREDIAL MUNICIPAL -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250 -90,250

IMPUESTO A LA RENTA 30% -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218 -687,218

DEPRECIACIÓN ACUMULADA 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069 462,069

FLUJO DE CAJA ECONÓMICO 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327 1,975,327

Cuadro 42 Región Ayacucho: Proyección del Flujo de Caja del Terrapuerto Municipal al 2045

1/Se mantiene constante durante los primeros 10 años los precios Fuente: Ingresos y Egresos del Terrapuerto Libertadores Wari