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MANUAL DE INDUCCION Y REINDUCCION
Código: GH-OT-03 Versión: 1 Fecha: 26/03/2014
GENERALIDADES
La formación y capacitación de los empleados del Estado ocupa sitio de
preferencia dentro de los procesos de gestión del talento humano, por las
incidencias positivas que las mismas tienen para el servidor y para la
administración pública.
Para el servidor, pues contribuye a realizar su proceso de personalización y a
satisfacer sus necesidades de saber, permitiéndole ser exitoso en sus
proyectos existenciales y laborales, cualquiera sea el sitio y las circunstancias
en los que le corresponda actuar.
Para la Gestión Pública, toda vez que los logros que han de garantizar la
legitimidad de sus entidades, sólo serán posibles si cuenta con empleados
capacitados y competentes que den respuesta satisfactoria a las necesidades
de los ciudadanos.
La Formación y Capacitación del Servidor Público, busca como propósito
principal, precisamente, compartir algunos elementos conceptuales y
metodológicos indispensables para darles a los procesos de formación y
capacitación todo el alcance y proyección que por naturaleza ellos tienen.
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MANUAL DE INDUCCION Y REINDUCCION
Código: GH-OT-03 Versión: 1 Fecha: 26/03/2014
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FUNCIONES DE LA CORPORACION
FUNCIONES. La Corporación Autónoma Regional del Atlántico –CRA- tendrá
las funciones que le asignan la ley 99 de 1993, las normas que la
complementen, adicionen o sustituyan y las demás normas que le asignen
otras funciones y en especial, las siguientes:
DE PLANEACIÓN
1. Coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos
de desarrollo medio ambiental que deban formular los diferentes organismos
y entidades integrantes del Sistema Nacional Ambiental -SINA- en el área de
su jurisdicción y en especial, asesorar a los departamentos, distritos y
municipios de su comprensión territorial en la definición de los planes de
desarrollo ambiental y en sus programas y proyectos en materia de
protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, de
manera que se asegure la armonía y coherencia de las políticas y acciones
adoptadas por las distintas entidades territoriales;
2. Participar con los demás organismos y entes competentes, en el ámbito de
su jurisdicción, en los procesos de planificación y ordenamiento territorial a
fin de que el factor ambiental sea tenido en cuenta en las decisiones que se
adopten;
3. Implantar y operar el Sistema de Información Ambiental, en el área de su
jurisdicción, de acuerdo con las directrices trazadas por el Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;
4. Apoyar a las asambleas departamentales, concejos municipales, y a los
consejos de las entidades territoriales indígenas en las funciones de
planificación que les otorga la Constitución Nacional;
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5. Coordinar y establecer los instrumentos de medición y monitoreo del
impacto y resultados de gestión territorial ambiental, territorial y sectorial,
adelantados en su jurisdicción;
6. Dar el visto bueno al componente ambiental en los planes de desarrollo
departamental y municipal;
7. Elaborar planes de gestión ambiental regional, en armonía con la
planificación de la gestión ambiental del Departamento del Atlántico, el
distrito y los municipios que lo integran, para los períodos que establezcan
las normas vigentes, y serán aprobados por el consejo directivo.
La armonización de los planes tendrá lugar en la forma dispuesta en el
artículo 3º del Decreto 1865 de 1994, Decreto 1200 de 2004 o en las normas
que lo modifiquen y/o sustituyan.
Para el desarrollo de la planificación ambiental regional en el largo, mediano
y corto plazo, la corporación contará con los siguientes instrumentos: El Plan
de Gestión Ambiental (PGAR), el Plan de Acción y el Presupuesto Anual de
Rentas y Gastos y los demás que establezcan las normas vigentes.
B. DE NORMATIZACIÓN
1. Fijar en el área de su jurisdicción, los límites permisibles de emisión,
descarga, transporte o depósito de sustancias, productos, compuestos o
cualquier otra materia que pueda afectar el medio ambiente o los recursos
naturales renovables y prohibir, restringir o regular la fabricación,
degulaciones en ningún caso podrán ser menos estrictos que los definidos
por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;
2. Ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las
cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a
las disposiciones superiores y a las políticas nacionales;
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3. Sin perjuicio de las atribuciones de los municipios y distritos en relación
con la zonificación y el uso del suelo, de conformidad con lo establecido en el
artículo 313 numeral 7o. de la Constitución Nacional, la Corporación
establecerá las normas generales y las densidades máximas a las que se
sujetarán los propietarios de vivienda en áreas suburbanas y en cerros y
montañas, de manera que se protejan el medio ambiente y los recursos
naturales. No menos del 70% del área a desarrollar en dichos proyectos, se
destinará a la conservación de la vegetación nativa existente;
C. DE ASESORÍA, COORDINACIÓN Y APOYO.
1. Asesorar a las entidades territoriales en la formulación de planes de
educación ambiental formal conforme a las directrices de la política nacional;
2. Asesorar a las entidades territoriales en la elaboración de proyectos en
materia ambiental que deban desarrollarse con recursos provenientes del
Fondo Nacional de Regalías o con otros de destinación semejante;
3. Prestar asistencia técnica a entidades públicas y privadas y a los
particulares, acerca del adecuado manejo de los recursos naturales
renovables y la preservación del medio ambiente, en la forma que lo
establezcan los reglamentos y de acuerdo con los lineamientos fijados por el
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;
4. Adelantar con las administraciones distrital y/o municipales programas de
adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control de
erosión, manejo de cauces y reforestación;
5. Asesorar y promover a los entes territoriales de su jurisdicción, en su
función de planificación para que adopten políticas ambientales
gubernamentales que tengan como objetivo orientar hacia un desarrollo
sostenible que se refleje en equilibrio entre el medio ambiente y el
crecimiento económico de las áreas urbanas, rurales y suburbanas, conforme
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a las directrices trazadas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
territorial.
D. DE ADMINISTRACIÓN.
1. Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales
requeridas por la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los
recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten
o puedan afectar el medio ambiente;
2. Otorgar permisos y concesiones para aprovechamientos forestales,
concesiones para el uso de aguas superficiales y subterráneas y establecer
vedas para la caza y pesca deportiva;
3. Recaudar, conforme a la ley, las contribuciones, tasas, derechos, tarifas y
multas por concepto del uso y aprovechamiento de los recursos naturales
renovables, fijar su monto en el territorio de su jurisdicción con base en las
tarifas mínimas establecidas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial; distribución, uso, disposición o vertimiento de
sustancias causantes de degradación ambiental.
FUNCIONES DE LA CORPORACION
4. Administrar, bajo la tutela del Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial, las áreas del Sistema de Parques Nacionales que ese
Ministerio les delegue. Esta administración, podrá hacerse con la
participación de las entidades territoriales y de la sociedad civil;
5. Reservar, alinderar, administrar o sustraer, en los términos y condiciones
que fijen la ley y los reglamentos, los distritos de manejo integrado, los
distritos de conservación de suelos, las reservas forestales y parques
naturales de carácter regional, y reglamentar su uso y funcionamiento;
6. Administrar las reservas forestales nacionales en el área de su jurisdicción;
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7. Adquirir bienes de propiedad privada y los patrimoniales de las entidades
de derecho público y adelantar ante el juez competente la expropiación de
bienes, una vez surtida la etapa de negociación directa, cuando ello sea
necesario para el cumplimiento de sus funciones o para la ejecución de obras
o proyectos requeridos para el cumplimiento de las mismas, e imponer las
servidumbres a que haya lugar, conforme a la ley;
8. Las demás que estaban distribuidas a otras autoridades de medio
ambiente, en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables,
dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, en cuanto no pugnen con
las atribuidas por la Constitución Nacional a las entidades territoriales o sean
contrarias a la ley 99 de 1993, o a las facultades que ella inviste al Ministerio
de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial.
E. DE EJECUCIÓN.
1. Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental
definidos por la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan
Nacional de Inversiones, o por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial; así como los del orden regional que le hayan sido
confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción
2. Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su
jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los
criterios y directrices trazados por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial;
3. Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y
programas de protección ambiental, de desarrollo sostenible y de manejo
adecuado de los recursos naturales renovables;
4. Celebrar contratos y convenios con las entidades territoriales, otras
entidades públicas y privadas y con las entidades sin ánimo de lucro cuyo
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objeto sea la defensa y protección del medio ambiente y los recursos
naturales renovables, con el fin de ejecutar de mejor manera alguna o
algunas de sus funciones cuando no correspondan al ejercicio de funciones
administrativas;
5. Promover y ejecutar obras de irrigación, avenamiento, defensa contra las
inundaciones, regulación de cauces y corrientes de agua, y de recuperación
de tierras que sean necesarias para la defensa, protección y adecuado
manejo de las cuencas hidrográficas del territorio de su jurisdicción, en
coordinación con los organismos directores y ejecutores del Sistema Nacional
de Adecuación de Tierras, conforme a las disposiciones legales y a las
previsiones técnicas correspondientes.
Cuando se trate de obras de riego y avenamiento que, de acuerdo con las
normas y los reglamentos, requieran de licencia ambiental, ésta deberá ser
expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;
6. Realizar actividades de análisis, seguimiento, prevención y control de
desastres, en coordinación con las demás autoridades competentes, y
asistirlas en los aspectos medioambientales en la prevención y atención de
emergencias y desastres;
7. Adelantar con las administraciones distrital y/o municipales, programas de
adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control de
erosión, manejo de cauces y reforestación;
8. Ejecutar, administrar, operar y mantener en coordinación con las
entidades territoriales, proyectos, programas de desarrollo sostenible y obras
de infraestructura cuya realización sea necesaria para la defensa y protección
o para la descontaminación o recuperación del medio ambiente y los
recursos naturales renovables;
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9. Adelantar, en coordinación con las autoridades de las comunidades
indígenas y con las autoridades de las tierras habitadas tradicionalmente por
comunidades negras, a que se refiere la Ley 70 de 1993, programas y
proyectos de desarrollo sostenible y de manejo, aprovechamiento, uso y
conservación de los recursos naturales renovables y del medio ambiente;
10. Imponer, distribuir y recaudar las contribuciones de valorización con que
haya de gravarse la propiedad inmueble, en razón de la ejecución de obras
públicas por parte de la corporación y fijar los demás derechos cuyo cobro
pueda hacer conforme a la ley;
11. Promover y ejecutar programas de abastecimiento de agua a las
comunidades indígenas y negras tradicionalmente asentadas en el área de su
jurisdicción, en coordinación con las autoridades competentes;
12. Adelantar con las administraciones distrital y/o municipales, programas
de adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control
de erosión, manejo de cauces y reforestación;
13. Imponer y ejecutar a prevención, y sin perjuicio de las competencias
atribuidas por la ley a otras autoridades, las medidas de policía y las
sanciones previstas en la ley, en caso de violación a las normas de protección
ambiental y de manejo de recursos naturales renovables y exigir, con
sujeción a las regulaciones pertinentes, la reparación de los daños causados;
14. Ejecutar programas de educación ambiental no formal, conforme a las
directrices de la política nacional.
F. DE INVESTIGACIÓN E INFORMACIÓN.
1. Promover y realizar, conjuntamente con los organismos nacionales
adscritos y vinculados al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial, apoyo técnico y científico del Sistema Nacional Ambiental -SINA-,
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estudios e investigaciones en materia de medio ambiente y recursos
naturales renovables
FUNCIONES DE LA CORPORACION
2. Implantar y operar el Sistema de Información Ambiental en el área de su
jurisdicción, de acuerdo con las directrices trazadas por el Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;
3. Transferir la tecnología resultante de las investigaciones que adelanten las
entidades de investigación científica y de apoyo técnico del nivel nacional,
que forman parte del Sistema Nacional Ambiental -SINA-.
G. DE CONTROL Y SEGUIMIENTO.
1. Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de las
actividades de exploración, explotación, beneficio, transporte, uso y depósito
de los recursos naturales no renovables, incluida la actividad portuaria con
exclusión de las competencias atribuidas al Ministerio de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial; así como de otras actividades, proyectos o factores
que generen y/o puedan generar deterioro ambiental. Esta función
comprende la expedición de la respectiva licencia ambiental.
Las funciones a que se refiere este numeral, serán ejercidas de acuerdo con
lo establecido para el efecto en la ley.
2. Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los
usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, lo
cual comprenderá el vertimiento, emisión o incorporación de sustancias o
residuos líquidos, sólidos y gaseosos a las aguas, en cualquiera de sus formas,
al aire o a los suelos, así como los vertimientos o emisiones que puedan
causar daño o poner en peligro el normal desarrollo sostenible de los
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recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros
usos.
Estas funciones comprenden, la expedición de las respectivas licencias
ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y salvoconductos;
3. Ejercer el control de la movilización, procesamiento y comercialización de
los recursos naturales renovables en coordinación con las demás
Corporaciones Autónomas Regionales, las entidades territoriales y otras
autoridades de policía, de conformidad con la ley y los reglamentos; y
expedir los permisos, licencias y salvoconductos para la movilización de
recursos naturales renovables.
PARAGRAFO PRIMERO. La Corporación realizará sus tareas en estrecha
coordinación con las entidades territoriales y con los organismos a las que la
corporación haya asignado responsabilidades de su competencia.
PARAGRAFO SEGUNDO. En desarrollo de su objeto y con el fin de facilitar el
cumplimiento de sus funciones, la Corporación podrá ejecutar sus obras,
programas y proyectos directamente o a través de terceros, sin restricciones
distintas a las impuestas por el régimen general de contratación de las
entidades públicas.
además de las atribuciones necesarias para el desarrollo de su objeto, la
corporación tiene en especial las que se determinan a continuación:
a . Adquirir todos los activos fijos de carácter mueble e inmueble que sean
necesarios para el desarrollo de sus fines; conservarlos, mejorarlos y
enajenarlos cuando por razones de necesidad o conveniencia fuere
aconsejable su disposición. Para tal efecto, se deben obtener previamente las
autorizaciones requeridas por la ley y/o por los estatutos;
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b . Concurrir a la constitución de otras entidades y entes sin ánimo de
lucro, cuyo objeto esté relacionado con el de la corporación, o vincularse a
las ya existentes, mediante aportes en dinero, en bienes o en servicios;
c . En general, ejecutar los actos y celebrar los contratos que guarden
relación de medio o fin, con el objeto de preservación del medio ambiente y
los recursos naturales renovables y todos aquellos que tengan como facultad,
ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionales
derivadas de su existencia y de las actividades desarrolladas por la
Corporación
JUSTIFICACION
El programa de orientación al servicio público, el de inducción, lo mismo que
el de reinducción, forman parte de un proceso progresivo de formación y
aprendizaje de los servidores públicos, indispensable para su desarrollo
humano en la entidad y para que ésta pueda cumplir adecuadamente su
misión. Estos tres programas pertenecen al Área Básica de Capacitación.
Dada la importancia de los programas del área básica de capacitación para la
integración armónica entre los servidores públicos y las entidades para las
cuales trabajan, de manera que cada vez se garanticen más la legitimidad de
éstas y el desarrollo integral de aquéllos, se recomienda:
- Hacer el tránsito progresivo de unos programas básicamente centrados en
lo magistral a otros esencialmente participativos, en los que se prioricen los
procesos de aprendizaje y de construcción del conocimiento sobre la realidad
del Estado, el servicio público y la administración pública.
- Para acceder a esta nueva metodología, se requiere concebir las entidades
públicas como comunidades educativas, constituidas por seres humanos
adultos, que ofrecen un servicio público y que como elementos
dinamizadores de la organización plantean problemas y necesidades
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particulares; implementar pedagogías activas, adaptables a la educación no
formal, en la que haya espacios para los aprendizajes colectivos a partir del
planteamiento de problemas que afectan al individuo y a la entidad y de la
implementación de acciones creativas conducentes a las soluciones de los
mismos; tener en cuenta que los cambios más efectivos no son aquellos que
se imponen desde afuera, sino los que son consecuencia de la reflexión y el
compromiso libremente adquirido.
- Realizar una planeación cuidadosa de los eventos a adelantar dentro del
área básica (Orientación al Servicio Público, Inducción, Reinducción), llevarlos
a cabo y evaluar su cobertura e impacto. Esto implica principalmente:
1. Tener claridad de los objetivos que se desean conseguir con el evento que
se programe.
Estos objetivos deben ser, a la vez, parámetro de evaluación del programa.
2. Determinación de los contenidos a desarrollar y de las metodologías más
apropiadas.
Deberán precisarse los contenidos a desarrollar en cada uno de los
programas, así como preverse las estrategias, dinámicas y ejercicios
correspondientes.
3. Selección de los facilitadores de contenidos (expositores) y de procesos
(dinámicas)
Para realizar un programa dentro del área básica, se deberán escoger de
entre los servidores que prestan sus servicios en la misma entidad, o en otra,
a aquellos que por su compromiso institucional, solidez conceptual,
habilidades pedagógicas y buenas relaciones interpersonales, estén en
condiciones de presentar con claridad los contenidos básicos, de coordinar
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las diferentes sesiones y dinámicas que se programen, y de garantizar, en
general, el éxito del proceso de aprendizaje.
4. Elaboración de la agenda
Deberá estar escrita y ser entregada a todos los participantes. Esto da la idea
de organización, interés y respeto por las personas que participan en el
proceso. Se sugiere que se haga en papel membretado de la entidad y que
contenga los siguientes aspectos:
· Contenidos a desarrollar y expositores
· Dinámicas a utilizar y animadores o coordinadores
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ORGANIGRAMA.
OBJETIVOS
La Corporación Autónoma Regional Del Atlántico – CRA – tiene como objeto la ejecución
da las políticas, planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y recursos
naturales renovables, así como dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones
legales vigentes sobre su disposición, administración, manejo y aprovechamiento
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conforme a las regulaciones, pautas y directrices expedidas por el ministerio del Medio
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, dentro del área de su jurisdicción.
OBJETO
Este procedimiento tiene por objeto establecer las directrices para realizar
las actividades de inducción a todo el personal que ingresa a la entidad y a
reorientar la integración del personal antiguo a la cultura organizacional en
virtud de los cambios producidos en los procesos.
ALCANCE
Este procedimiento aplica todas las actividades de inducción y re inducción
de la Dirección de Talento Humano.
DEFINICIONES
INDUCCIÓN
Método que se utiliza para dar a conocer a los nuevos servidores públicos la
información básica de la organización y del cargo a desempeñar.
REINDUCCIÓN
Método que se utiliza para reforzar y dar a conocer a los antiguos servidores
públicos, los cambios en la información básica de la organización y del cargo
desempeñado.
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NORMATIVIDAD
- ley 93 de 1999
- Ley 443 de 1998.
- Ley 909 de 2004.
- Decreto 1567 de 1998.
- Estatuto Anticorrupción.
CONDICIONES GENERALES
PROCESO: GESTION HUMANA
REGLAS GENERALES
Es obligación de la Corporacion:
a. La inducción se hará en dos fases: Recibimiento al servidor público y
ubicación;
b. Comunicar al funcionario la filosofía institucional en sus primeros días de
estadía en la Entidad;
c. Adiestrar al servidor público en la ejecución de su labor;
d. Diseñar los programas de inducción y de reinducción a los cuales se refiere
el Decreto - Ley 1567 de 1998 e impartirlos a sus empleados, siguiendo las
orientaciones curriculares que imparta la Escuela Superior de Administración
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Pública bajo la orientación del Departamento Administrativo de la Función
Pública.
RECIBIMIENTO AL NUEVO EMPLEADO CRA.
En esta fase se pretenden utilizar como estrategias las siguientes:
- Posesionar a los funcionarios nombrados en un acto formal con presencia
de las Directivas de la Entidad.
- Dirigir comunicación escrita al nuevo funcionario donde se manifieste la
complacencia de la Entidad con su vinculación.
- Estas estrategias permitirán significar la importancia que para la Entidad
tiene su vinculación, así como la responsabilidad que asume frente a ésta y
la sociedad en su calidad de servidor Público.
UBICACIÓN DEL FUNCIONARIO EN LA ENTIDAD:
En esta fase se pretenden utilizar como estrategias las siguientes:
- Informar acerca de la Entidad: naturaleza, misión, visión, directivos, normas
que la rigen, planta física.
- Socializar el código de ética y las funciones de su cargo consagradas en el
manual de funciones y competencias laborales.
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Código: GH-OT-03 Versión: 1 Fecha: 26/03/2014
- Presentar a sus compañeros de trabajo.
- Con estas estrategias se pretende que el servidor Público conozca la Entidad
a la cual ingresó, facilitando su incorporación a la vida Institucional.
OBJETIVOS:
- Familiarizar al servidor Público nuevo con la estructura de la Entidad y con
su misión.
- Iniciar la integración del servidor a los valores y propósitos institucionales.
- Crear sentido de pertenencia en el nuevo Servidor Público.
- Instruir a los servidores públicos nuevos sobre los asuntos relacionados con
las dependencias, responsabilidades individuales, deberes y derechos.
- Iniciar el acercamiento a los compañeros para la integración a los equipos
de trabajo
TEMAS RELACIONADOS CON LA CORPORACION
- la entidad.
- Misión, visión, objetivos.
- Código de ética.
- Estructura de la entidad.
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Código: GH-OT-03 Versión: 1 Fecha: 26/03/2014
- Nombres y funciones de los directivos.
- Período de prueba: Sentido del mismo, duración.
- Normas de seguridad.
- Principales servicios que presta la entidad, según su misión.
- Normas que rigen la entidad.
- Instalaciones.
ACTIVIDADES PROPIAS DEL CARGO A EJECUTAR.
- Manual de funciones y competencias laborales.
- Procedimientos y registros
- Código Disciplinario Único
PROGRAMA DE INDUCCIÓN
La inducción en las entidades públicas, en general, debe buscar, entre otros,los siguientes objetivos: 1. Familiarizar a los servidores nuevos con la estructura de la entidad y con su misión, así como motivarlos para que participen en la construcción de la visión institucional, de manera que se garantice su compromiso para lograrla; 2. Iniciar la integración de los servidores al sistema de valores de la entidad a la que pertenezcan (para lo cual es necesario que los tenga identificados claramente), crear sentido de pertenencia y comenzar a fortalecer su formación ética;
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3. Instruir a los servidores sobre todos los asuntos relacionados con sus dependencias, al igual que sobre sus responsabilidades individuales, sus deberes y sus derechos; 4. Negociar con los nuevos servidores sus expectativas, redefinir y precisar con el jefe inmediato sus conocimientos y habilidades, evaluar su potencial, e iniciar el acercamiento a los compañeros con miras a que se integren a los equipos de trabajo. 5. Informar a los nuevos servidores acerca de las normas y las decisiones tendientes a prevenir y a reprimir la corrupción, así como sobre las inhabilidades e incompatibilidades relativas a los servidores públicos.
PROGRAMA DE REINDUCCION:
Los programas de reinducción se impartirán a todos los funcionarios por lo
menos cada dos años, o antes, en el momento en que se produzcan dichos
cambios, e incluirán obligatoriamente un proceso de actualización acerca de
las normas sobre inhabilidades e incompatibilidades y de las que regulan la
moral administrativa.
Las actividades de reinducción se planifican en el Plan Institucional de
Capacitación y Formación, en el cual se pueden definir los siguientes temas:
- Actualización y avances normativos que inciden en el funcionamiento de la
entidad, del sector y de la rama a la cual pertenezcan los servidores.
- Beneficios alcanzados por las políticas vigentes dentro de la Corporación.
- Redefinición de la misión institucional, establecimiento de metas y
procedimientos, simplificación de trámites, diseño de proyectos y sistemas
de información, determinación de indicadores de gestión.
- Revisión, renovación y afianzamiento de los valores que han de sustentar la
prestación del servicio público.
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Código: GH-OT-03 Versión: 1 Fecha: 26/03/2014
El empleado tiene la obligación de asistir a los programas de Reinducción
según lo establecido en el Plan institucional de Capacitación y Formación, la
asistencia a estas quedará consignada en el formato Control de Asistencia.
LAS DEPENDENCIAS CRA.
DIRECCION GENERAL
Dirigir, coordinar, planear, controlar y evaluar la gestión de todos los
funcionaros de la entidad, encaminado al cumplimiento de políticas, planes y
programas nacionales para logar una cultura ambiental que permita la
administración responsable y autosostenibles de los recursos naturales
renovables y no renovables en el Departamento del Atlántico.
ASESOR
Asesorar a la Dirección General con la revisión previa de los documentos para
la firma del Director y apoyar las instrucciones y directrices impartidas a los
funcionarios de la Corporación; así como la coordinación de la Oficina
Jurídica para asesoría en la contratación y la defensa judicial.
SECRETARIA GENERAL
Es la dependencia encargada de la Secretaria de la Asamblea Corporativa en
el Concejo.
Asesora la dirección General y demás dependencias en la interpretación de
normas contractuales y de administración, atender de manera oportuna y
adecuada la asignación de los recursos humanos y físicos de la entidad,
apoyando a la Dirección en el desarrollo administrativo de la entidad,
administrando los recursos humanos, físicos, el archivo y la correspondencia.
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Código: GH-OT-03 Versión: 1 Fecha: 26/03/2014
GERENCIA DE PLANEACION
Es la responsable de formular las políticas institucionales, diseñar y formular
planes, programas y proyectos relativos al medio ambiente del área de
jurisdicción de la Corporación coherentes con las políticas, planes y
programas nacionales; así como el desarrollo y mantenimiento de los
sistemas de información y sistema de educación ambiental.
GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL
Es la responsable del ejercicio de la autoridad ambiental y la implementación
o ejecución de políticas, planes y programas ambientales, del desarrollo
forestal, de la prestación de los servicios ambientales del control y vigilancia
de aquellas actividades que afecten y/o aprovechen los recursos naturales y
el medio ambiente, dentro del área de jurisdicción de la Corporación, define
estrategias de defensa en los procesos litigiosos de carácter ambiental en
contra de la Corporación y fijación de criterios y directrices para la
interpretación y aplicación de las normas ambientales, así como para diseñar
los trámites administrativos ambientales.
GERENCIA FINANCIERA
Es la dependencia encargada de la administración de los recursos financiar
para apoyar el cumplimiento eficiente de la misión, a través de los procesos
de presupuesto, contabilidad, ingresos, tesorería y cobro persuasivo.
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Código: GH-OT-03 Versión: 1 Fecha: 26/03/2014
GERENCIA DE CONTROL INTERNO
Es la dependencia encargada de liderar y administrar el Sistema de Control
Interno, de la implementación del Método Estándar de Control Interno -
M.E.C.I. Y del Sistema de Gestión de la Calidad.
Gestión documental
Es importante que conozcas los procedimientos en lo referente a los
procedimientos de la gestión documental.
• Cuando debas informar alguna novedad (permiso, vacaciones, licencia,
etc.) o responder alguna solicitud de otra dependencia o funcionario, deberás
elaborar un memorando (que es nuestra comunicación interna), radicarlo en
la recepción, sacarle dos copias, una para quien va dirigido, otra para
recepción y otra para archivar. Igual procedimiento deber seguir si vas
aneviar o responder oficios al exterior de la Entidad. Todos deben llevar firma
del director.
• Todo documento que requiera de la firma del Director General, debe
llevar visto bueno de su jefe inmediato y posteriormente será devuelto para
darle el trámite correspondiente.
• La Corporación cuenta con un Archivo Central donde se guarda toda la
correspondencia recibida y enviada; la dependencia de Saneamiento
Ambiental, donde reposan todos los expedientes ambientales y con el Centro
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MANUAL DE INDUCCION Y REINDUCCION
Código: GH-OT-03 Versión: 1 Fecha: 26/03/2014
de Documentación, que organiza, custodia y controla toda la información
documental y en medio magnética de la gestión de la entidad.
INFRAESTRUCTURA DE LA CORPORACIÓN
La Corporación tiene cuenta con la siguiente infraestructura física que sirve
de apoyo para el cumplimiento de la misión y el desempeño de la gestión
ambiental de la entidad,
SEDE PRINCIPAL: Ubicada en la calle 66 No. 54-43 (Barrio El Prado).
UNA FINCA PARA PROYECTOS PRODUCTIVOS AGRÍCOLAS: Ubicado en el
corregimiento de Sibarco en el municipio de Baranoa.
VIVERO "ARMANDO DUGAND GNECCO": Localizado en el municipio de
Repelón. Utilizado para la reproducción de plántulas para los programas de
reforestación de la Corporación
FUNCIONES DEL SERVIDOR
• El funcionario responsable de la oficina de Gestión Humana te hará
entrega de este Manual de Inducción y una copia del aparte del Manual de
Funciones y Competencias correspondiente al cargo en el que has sido
nombrado; a fin de que conozcas e! objetivo de la entidad y el perfil de tu
cargo
OTROS
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• Posteriormente te llevará por un recorrido interno para presentarte a
tus nuevos compañeros de trabajo y conozcas las instalaciones físicas de la
entidad.
• Es tu responsabilidad y compromiso cumplir a cabalidad con cada una
de ellas y seguir los procesos y procedimientos establecidos por la entidad, o
El Gerente de la dependencia a la que perteneces o el jefe inmediato te
realizará la entrega del cargo y te hará una breve inducción sobre la misión
de su Gerencia y del área que representas.
• El funcionario responsable de la dependencia de Recursos Físicos te
hará la entrega oficial de los implementos y materiales de trabajo, de las
cuales serás responsable a partir de tu vinculación.
• Es obligación portar el carné de identificación dentro y fuera de la
entidad, especialmente cuando la representes en comisiones y/o eventos
externos.
• El funcionario responsable de la dependencia de Sistemas de
Información te asignará tu correo institucional y dará la inducción al Docunet.
que es un programa con el que cuenta la Entidad para digitalizar la
correspondencia.
DERECHOS Y DEBERES COMO SERVIDOR PÚBLICO
Derechos como servidor público
Todos los servidores públicos de esta Corporación, de acuerdo a ley 734 de
2002 tienen entre otros, los siguientes derechos:
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A un salario:
A recibir puntualmente la remuneración fijada o convenida para el respectivo
cargo función.
Seguridad Social:
Como funcionario de la Corporación tendrás derecho a tus prestaciones
sociales por ley. La oficina de Gestión Humana tramita tu novedad de ingreso
o afiliación a la Entidad Promotora de Salud - EPS. a la Administradoras de
Fondo de Pensiones y Cesantías - AFP, a la Administradora de Riesgos
Profesionales -ARP, a la Caja de Compensación Familiar.
Prestaciones Sociales:
Tienes derecho a los siguientes beneficios:
o Prima de Servicios: es equivalente a al 50% de tu asignación básica más una
doceava parte de la bonificación por servidos, siempre y cuando tengas a 30
de junio de cada año más de 180 días de laborar en la entidad. La cual es
pagadera del 1 al 15 de Julio de cada año. Su periodo de liquidación es de
Julio t* a Junio 30 de cada año.
• Prima de Navidad: Es equivalente a un mes de asignación básica, mas
una doceava parte de la bonificación por servicios, una doceava parte de la
prima de servicios, una doceava parte de la prima de vacaciones. La cual es
pagadera del 1o al 15 de Diciembre de cada arto, siempre y cuando tengas
mas de 30 dias de laborar en la entidad, proporcional al tiempo de servicio Su
periodo de liquidación es de Diciembre 1 a Noviembre 30 de cada año.
OTROS
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• Bonificación por servicios prestados Cada vez que cumplas años de
servicio en la entidad, esta te reconocerá una bonificación económica, que
puede ser del 35% al 50% de la asignación básica, dependiendo de lo
establecido en el Decreto que fija la escala salarial anual.
• Vacaciones: Al cumplir un año de servicio tendrás derecho a solicitar el
pago y disfrute de tus vacaciones.
• Cesantías: Según las normas para los empleados públicos estamos
afiliados por obligación al Fondo Nacional del Ahorro.
• Auxilios Educativos: Los funcionarios de carrera administrativa y los de
libre nombramiento y remoción, luego de tener un año de vinculado a la
entidad podrá solicitar auxilio educativo para los estudios de pregrado y
postgrado, tanto de sus hijos como suyos, los cuales son estudiados y
aprobados por el Comité de Bienestar Social.
• Capacitación La Corporación cuenta con un Programa de Capacitación
a fin de fortalecer las competencias de los funcionarios. Es deber del
funcionario capacitado hacer una réplica de la capacitación recibida a los
funcionarios de su área, cuando éstos no hayan podido asistir.
• Bienestar Social La Corporación realiza diferentes actividades para
promover la salud, la recreación, y el bienestar social e integral de los
funcionarios, de las cuales podrás disfrutar.
• ESTIMULOS EDUCATIVOS: Otorga 10 SMLV a funcionarios en carrera
administrativa o de libre nombramiento con mas de un año de
vinculacion y con una evaluacion de desempeño Sobresaliente, según
resolucion 017 de 2014.
• VIATICOS: Todos los funcionarios que se encuentren en comision
• HORAS EXTRAS: Ajustadas conforme a las disposiciones de la ley.
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DEBERES COMO SERVIDOR PÚBLICO
LAS FUNCIONES:
• El funcionario responsable de la oficina de Gestión Humana te hará
entrega de este Manual de Inducción y una copia del aparte del Manual de
nombrado: a fin de que conozcas el objetivo de la entidad y el perfil de tu
cargo.
• Posteriormente te llevará por un recorrido interno para presentarte a
tus nuevos compañeros de trabajo y conozcas las instalaciones físicas de la
entidad.
• Es tu responsabilidad y compromiso cumplir a cabalidad con cada una
de ellas y seguir los procesos y procedimientos establecidos por la entidad,
• El Gerente de la dependencia a la que perteneces o el jefe inmediato te
realizará la entrega del cargo y te hará una breve inducción sobre la misión
de su Gerencia y del área que representas.
• El funcionario responsable de la dependencia de Recursos Físicos te
hará la entrega oficial de los implementos y materiales de trabajo, de las
cuales serás responsable a partir de tu vinculación.
• Es obligación portar el carne de identificación dentro y fuera de la
entidad especialmente cuando la representes en comisiones y/o eventos
externos.
• El funcionario responsable de la dependencia de Sistemas de
Información te asignará tu correo institucional y dará la inducción al Docunet,
OTROS
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que es un programa con el que cuenta la Entidad para digitalizar la
correspondencia.
DE LAS SITUACIONES ADMINISTRATIVAS
• En servicio activo: un empleado se encuentra en servicio activo,
cuando ejerce actualmente las funciones del empleo del cual ha tomado
posesión.
• En licencia: un empleado se encuentra en licencia cuando
transitoriamente se separa del ejercicio de su cargo, por solicitud propia por
enfermedad o maternidad.
• En permiso: los empleados cuando medie justa causa, pueden obtener
permisos con goce de sueldo hasta por tres días.
• En comisión: el empleado se encuentra en comisión cuando, por
disposición de autoridad competente, ejerce temporalmente las funciones
propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo o
atiende transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al
empleo que es titular.
• En encargo: Hay encargo cuando se designa temporalmente a un
empleado para asumir, total o parcialmente, las funciones de otro empleo
vacante por falta temporal o definitiva de su titular, desvinculándose o no de
las propias de su cargo.
JORNADA LABORAL
El registro de entrada de los funcionarios es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a
12:00 m y de 1 00 p.m. a 5:00 p.m., la cual se verificará de acuerdo a los
controles adoptados por la entidad. Fuera del horario establecido, si algún
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funcionario requiere ingresar a la Corporación, deberá presentar solicitud de
autorización a la Oficina de Gestión humana, de lo contrario se le negará
escrita.
LOS RETARDOS.
Se entenderá como retardo, el tiempo que exceda a partir de la hora de
entrada cuando sea más de 10 minutos, de manera que más de tres retardos
en un mes se entenderá como ausencia injustificada y se reportará con el jefe
del organismo, ante el cual deberá proceder a dar las respectivas
explicaciones de sus constantes retardos y quien tomará las medidas
pertinentes
LAS FALTAS.
Se considerará como falta injustificada cuando el funcionario no se presente
a laborar y no cuente con la justificación correspondiente.
También son faltas las contempladas en artículo 23 de la Ley 734 de 2002 por
medio del cual se expide el código disciplinario. Constituye falta disciplinaria
y por lo tanto da lugar a la acción e imposición de la sanción correspondiente:
1. La incursión en cualquiera de las conductas o comportamientos
previstos en este código que conlleve incumplimiento de deberes.
2. Por la extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones
3. Las prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades.
4. Las incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses, sin
estar amparado por cualquiera de las causales de exclusión de
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responsabilidad contempladas en el artículo 28 del presente ordenamiento
Que a continuación se relacionan:
a. Por fuerza mayor o caso fortuito.
b. En estricto cumplimiento de un deber constitucional o legal de mayor
importancia que el sacrificado.
c. En cumplimiento de orden legitima de autoridad competente emitida
con las formalidades legales.
d. Por salvar un derecho propio o ajeno al cual deba ceder el
cumplimiento del deber, en razón de la necesidad, adecuación,
proporcionalidad y razonabilidad.
e. Por insuperable coacción ajena o miedo insuperable.
f. Con la convicción errada e invencible de que su conducta no constituye
falta disciplinaria.
g. En situación de inimputabilidad En tales eventos se dará inmediata
aplicación, por el competente, a los mecanismos administrativos que
permitan el reconocimiento de las inhabilidades sobrevinientes.
h. No habrá lugar al reconocimiento de inimputabilidad cuando el sujeto
disciplinable hubiere pre ordenado su comportamiento.
LOS PERMISOS.
• Cuando el funcionario requiera permiso para ausentarse de su puesto
de trabajo para atender algún asunto personal, debe solicitarlo por escrito
mediante et diligenciando un formato establecido con e¡ visto bueno de de
su jefe inmediato y remitirlo a la secretaria general.
OTROS
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• Así mismo cuando requiera ausentarse por tres días o más deberá
solicitarlo mediante memorando al Director General con el visto bueno de su
jefe inmediato y con copia a la oficina de Gestión Humana, y esperar la
respuesta mediante la expedición de la resolución que lo autorice. Cabe
anotar que se puede otorgar hasta tres días de permiso remunerado, cuando
sean más se procederá a otorgar licencia no remunerada
• Cuando se requiera ausentar un tiempo mayor a cuatro días y no
superior a 30. puede solicitar licencia no remunerada.
CARNET DE IDENTIFICACIÓN.
• A cada funcionario se le entregar el carné de identificación, el cual
deberá portar siempre en un lugar visible o El funcionario se hace
responsable del uso que éste pueda tener en caso de pérdida, y se
compromete a notificar ta situación a la Oficina de Gestión Humana.
• En caso de retiro, deberá devolver el carné a ta Oficina de Gestión
Humana y recibir su paz y salvo correspondiente.
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD.
La entidad realizara una inducción sobre el funcionamiento del sistema de
gestión de calidad, esta incluirá una explicación sobre los siguientes
documentos.
Manual de Calidad se explicara cada una de las secciones de este documento,
deteniéndose especialmente en el mapa de proceso, la interacción de estos y
su secuencia. También se mostrara el cumplimiento que le da la corporación
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a cada uno de los numerales de la norma NTCGP 1000:2009 y la NTC ISO
9001:2008.
Caracterizaciones de Procesos Se Socializaran cada uno de los procesos
identificados en el mapa, con énfasis en los procesos donde se encuentra el
funcionario incluido
Manual de procedimientos: Se presentaran los procedimientos
pertenecientes a cada uno de los procesos, así mismo se explicara
detalladamente los procesos que deba manejar el funcionario objeto de
inducción
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NUESTRO DIRECTORIO
A continuación te presento una guía de los teléfonos de la Entidad .
Dependencia Extensión
Dirección General 235
Secretaria Dirección 124
Asesor 226
Secretario General 106
Secretaría Secretario General 227
Gestión Humana 118
Recursos Físicos 123
Recepción 101
Gerencia financiera 116
Secretaria Gerencia Financiera 115
Presupuesto e Ingresos 121
Contabilidad 131
Tesorería 114
Gerencia de Planeación 110
Secretaria Gerencia de Planeación 230
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Banco de Proyectos 126
Educación Ambiental 232
Sistemas de Información 127
Centro de Documentación 104
Gerencia de Gestión Ambiental 109
Secretaria gestión Ambiental 111
Desarrollo Forestal 112
Ordenamiento Territorial 132
Saneamiento Ambiental 102
Fauna 108
C.R.I.A. 105