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CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGA PROCEDIMIENTO SELECCIÓN ABREVIADA - SUBASTA INVERSA Versión: 03 Fecha: JULIO DE 2017 Código : GJUR- FT-27 Serie : Página 1 de 26 ESTUDIO PREVIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD SELECCIÓN ABREVIADA, SUBASTA A LA INVERSA PRESENCIAL Bucaramanga, ________________ ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS (Decreto 1082 de 2015) En desarrollo de lo señalado en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la ley 80 de 1993, y en concordancia el Decreto 1082 del 26 de Mayo de 2015, los estudios y documentos previos son el soporte para elaborar el proyecto de pliegos, los pliegos de condiciones, y el contrato. Deben permanecer a disposición del público durante el desarrollo del Proceso de Contratación y contener los siguientes elementos, además de los indicados para cada modalidad de selección : 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN: El Concejo Municipal como Corporación administrativa cuya misión corresponde a: "Trabajar por el bienestar de la comunidad y ejercer el control político de la administración municipal con sus entes descentralizados en la búsqueda del mejoramiento de las condiciones de vida de nuestros ciudadanos por la eficiencia, el servicio y el progreso de todos..." (Descripción de la necesidad que se pretende contratar) 1.1. JUSTIFICACION DE LA NECESIDAD A CONTRATAR 2. EL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES, LAS AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN. 2.1. OBJETO DEL CONTRATO: 2.2. CODIFICACIÓN DEL BIEN Y/O SERVICIO EN EL CUARTO NIVEL DEL CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS. En virtud de lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, el bien y/o servicio a contratar está identificado de acuerdo al clasificador de bienes y servicios de la siguiente forma: CODIGO UNSPSC NOMBRE DE PRODUCTO Segmento Famili a Clase Product o Carrera 11 No. 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano) Teléfonos: 6338469 - 6339032 - Telefax: 6420460 www.concejodebucaramanga.gov.co

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CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGAPROCEDIMIENTO SELECCIÓN ABREVIADA -

SUBASTA INVERSAVersión: 03

Fecha: JULIO DE

2017

Código: GJUR-FT-27

Serie: Página 1 de 18

ESTUDIO PREVIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD SELECCIÓN ABREVIADA, SUBASTA A LA INVERSA PRESENCIAL

Bucaramanga, ________________

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS (Decreto 1082 de 2015)En desarrollo de lo señalado en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la ley 80 de 1993, y en concordancia el Decreto 1082 del 26 de Mayo de 2015, los estudios y documentos previos son el soporte para elaborar el proyecto de pliegos, los pliegos de condiciones, y el contrato. Deben permanecer a disposición del público durante el desarrollo del Proceso de Contratación y contener los siguientes elementos, además de los indicados para cada modalidad de selección:

1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN:

El Concejo Municipal como Corporación administrativa cuya misión corresponde a: "Trabajar por el bienestar de la comunidad y ejercer el control político de la administración municipal con sus entes descentralizados en la búsqueda del mejoramiento de las condiciones de vida de nuestros ciudadanos por la eficiencia, el servicio y el progreso de todos..."

(Descripción de la necesidad que se pretende contratar)1.1. JUSTIFICACION DE LA NECESIDAD A CONTRATAR

2. EL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES, LAS AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN.

2.1. OBJETO DEL CONTRATO:

2.2. CODIFICACIÓN DEL BIEN Y/O SERVICIO EN EL CUARTO NIVEL DEL CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS.

En virtud de lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, el bien y/o servicio a contratar está identificado de acuerdo al clasificador de bienes y servicios de la siguiente forma:

CODIGO UNSPSC NOMBRE DE PRODUCTOSegmento Familia Clase Producto

2.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL OBJETO A CONTRATAR:

2.4. CONDICIONES TECNICAS ADICIONALES

3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURIDICOS.

La modalidad de selección que empleará el Concejo de Bucaramanga para el presente proceso será la SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERISTICAS TECNICAS UNIFORMES POR SUBASTA INVERSA. Procedimiento establecido en el Decreto 1082 de 2015.

Carrera 11 No. 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)Teléfonos: 6338469 - 6339032 - Telefax: 6420460

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Serie: Página 2 de 18

3.1. FUNDAMENTOS JURIDICOS.Decreto 1082 de Mayo 26 de 2015, artículos 2.2.1.2.1.2.1 y siguientes, la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 019 de 2012, y demás normas que regulan el procedimiento en materia de contratación estatal.

4. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO, INDICANDO LAS VARIABLES UTILIZADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN Y LOS RUBROS QUE LO COMPONEN.

4.1. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMOEl Valor estimado es por la suma de:

4.1.1. FORMA DE PAGO. El Concejo de Bucaramanga cancelará el valor total del contrato así: XXXXXXXXXXXXX. Para cada pago se debe acreditar que el contratista se encuentra al día con el pago de los Aportes al Sistema de seguridad Social Integral y Parafiscales, de conformidad con lo señalado en el Parágrafo 1º del artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

4.2. VARIABLES UTILIZADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN

Para determinar el valor del contrato se tuvo en cuenta los precios del mercado con base en las siguientes propuestas y/o cotizaciones:

Referente 1:Empresa o entidad consultada:Objeto de la consulta: Precio incluido IVA (Si Aplica) y Gastos de Legalización: $ XXXXXX,= Fecha: XX/XX/20XX

Referente 2:Empresa o entidad consultada: Objeto de la consulta: Precio incluido IVA (Si Aplica) y Gastos de Legalización: $ XXXXXX,= Fecha: XX DE XXXX DE 20XX

Referente 3:Empresa o entidad consultada: Objeto de la consulta: Precio incluido IVA (Si Aplica) y Gastos de Legalización: $ XXXXXXX,= Fecha: XX/XX/20XX

Presupuesto estimado del contrato: XXXXXXXX MILLONES XXXXXX MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($XXXXXX,=) incluido IVA y gastos de legalización

Nombre funcionario consultante: Cargo funcionario consultante:

4.3. ANALISIS DEL MERCADO4.3.1. Aspectos generales del Mercado

4.3.2. ANALISIS DE LA DEMANDA

4.3.2.1. histórico de compras del Concejo de Bucaramanga

CONTRATO No. XXX/20XX

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MODALIDAD SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA No.XXXXX

OBJETO

BIEN O SERVICIOVALOR DEL CONTRATO $ XXXXX,=

FORMA DE PAGO

VIGENCIA

PRESUPUESTOOFERENTES QUE HAN PARTICIPADOCOMPORTAMIENTO DE LOS CONTRATISTASCONDICIONES DE PAGOCRONOGRAMA Acorde a los términos legales vigentes de la modalidad de contrataciónGARANTIASEXIGIDAS Calidad - Cumplimiento - Salarios y Prestaciones sociales - Responsabilidad Civil

.

4.3.2.2. Histórico de compras o adquisiciones de otras entidades del estado

Teniendo en cuenta la recomendación dada por Colombia Compra Eficiente en el sentido de “identificar y analizar cómo han sido otros Procesos de Contratación realizados por otras Entidades Estatales, especialmente si dichos Procesos de Contratación se han desarrollado por Entidades Estatales grandes que hacen adquisiciones por altos montos de dinero y tienen presencia a nivel nacional”

4.3.3. ANALISIS DE LA OFERTA

4.3.4. QUIEN VENDEPara el presente análisis se han identificado en primer lugar las empresas del sector que han reportado información, participado tanto como oferentes así como contratistas en procesos que han llevado a cabo, en las ultimas vigencias, y es así como en este orden de ideas relacionamos los siguientes posibles oferentes:

Posibles oferentes1234

4.3.5. DIANAMICA DE PRODUCCION, DISTRIBUCIÓN Y ENTREGA DE BIENES

5. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MAS FAVORABLE

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Con fundamento en el artículo 2.2.1.2.1.2.1 y siguientes del Decreto 1082 de 2015, y por tratarse de un servicio de características técnicas uniformes y de común utilización, se tendrá como criterio de evaluación la oferta más favorable para el Concejo de Bucaramanga, es decir el precio. Sin embargo la entidad se reserva el derecho de verificar la composición del valor ofertado, el cual será analizado en casos en que se considere que su valor es artificialmente bajo.

REQUISITOS METODO DE EVALUACION RESULTADOCapacidad Jurídica Verificación de Cumplimiento Habilitado / No HabilitadoCapacidad Financiera Verificación de Cumplimiento Habilitado / No HabilitadoCapacidad Organizacional Verificación de Cumplimiento Habilitado / No HabilitadoExperiencia Verificación de Cumplimiento Habilitado / No HabilitadoRequisitos técnicos Verificación de Cumplimiento Habilitado /oferta Rechazada

En tal sentido, la capacidad jurídica, la capacidad financiera, la capacidad organizacional y la experiencia, de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y posteriormente en la subasta y no otorgarán puntaje; de igual manera la entidad verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos, y su no cumplimiento será causal de rechazo.

5.1. PERFIL DEL CONTRATISTA:

5.2 REQUISITOS HABILITANTES Para la selección del contratista se tendrán como requisitos habilitantes la capacidad jurídica, la experiencia, la capacidad financiera y el cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas establecidas en el pliego de condiciones.

5.2.1. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN JURIDICO

Carta de presentación de la propuesta De acuerdo con el modelo suministrado por la Entidad en el pliego de condiciones, el cual deberá contener entre otros aspectos, la siguiente información:

Deberá estar suscrita por el representante legal del proponente o su apoderado si a ello hubiere lugar, indicando el nombre de la empresa, el nombre y apellidos y el número de la cédula de ciudadanía, en letra imprenta, NIT, dirección, teléfono, fax y correo electrónico. Si la propuesta es presentada en Unión Temporal o Consorcio, será suscrita por su representante legal, debidamente facultado en los términos de ley.

Declaración de inhabilidades e incompatibilidades Certificación suscrita por el proponente en la cual declara bajo la gravedad del juramento no hallarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en el artículo 127 de la Constitución Política y en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993, concordantes con el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas vigentes sobre la materia, como tampoco se encuentran en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar.

Certificado (Original) de existencia y representación legal (Personas Jurídicas y Matrícula mercantil (Personas Naturales)

El objeto social debe ser igual o relacionado con el objeto del presente proceso, Expedido por la autoridad competente, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario anterior a la fecha prevista para la entrega de propuestas.

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Si de dicho documento se deduce que las facultades del representante legal están limitadas por razón de la naturaleza o cuantía del negocio jurídico, deberá anexar la autorización correspondiente expedida por el órgano competente para participar en la presente Selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial, firmar la propuesta y suscribir el contrato correspondiente, en el evento de ser seleccionado como el ofrecimiento más favorable.

La persona jurídica deberá acreditar que su duración no es inferior al plazo ofrecido para la ejecución del contrato y un (1) año más, contado a partir de la fecha prevista para la entrega de propuestas, duración que será verificada en el momento de la evaluación y verificación de la propuesta.

En caso de que el proponente sea personal natural deberá aportar y encontrarse inscrito en el registro mercantil expedido por la autoridad competente y con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario anterior a la fecha prevista para la entrega de propuestas

Así mismo, quienes se dedican a la prestación de servicios inherentes a profesiones liberales, como la ingeniería, en principio, no pueden ser considerados comerciantes y en ese caso, no tendrían la obligación de cumplir con los deberes previstos en el código de comercio, entre los cuales, se encuentra el de matricularse en el registro mercantil que llevan las cámaras de comercio.

Conformación de Consorcios o Uniones TemporalesEn caso de consorcios o uniones temporales, éstos deberán cumplir con lo establecido en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993, y con los siguientes requisitos:

a) Anexar el documento que acredite la conformación del consorcio o la unión temporal.

b) Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y en este último caso, señalarán los términos y extensión de la participación de cada uno en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del Concejo de Bucaramanga.

c) Los miembros del consorcio o unión temporal deberán señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad será solidaria frente al Concejo de Bucaramanga, de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato.

d) Designarán el representante del consorcio o de la unión temporal, acompañado del documento que lo constituya como tal, con la firma autorizada de cada una de las partes.

e) Los integrantes de los consorcios o las uniones temporales deberán presentar certificado de existencia y representación legal y registro único de proponentes en forma independiente.

f) Cuando a los integrantes de la unión temporal, se les apliquen sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con su participación en la ejecución.

g) Autorización para presentar la propuesta y suscribir el contrato: Si el representante legal del oferente o de alguno de los integrantes de un consorcio o unión temporal requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y para suscribir el contrato, anexarán los documentos que acrediten dicha autorización, la cual será previa a la presentación de la oferta.

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h) En caso que el valor de la propuesta supere el monto de autorización prevista en los estatutos para que el representante legal pueda presentar propuesta o contratar, anexará el respectivo documento donde previamente a la presentación de la propuesta se le faculte contratar, mínimo, por el valor propuesto.

i) Cada una de las personas que integran esta figura deberá cumplir con los requisitos básicos y legales como si participase individualmente, excepto en relación con el retiro de pliegos de condiciones, los cuales podrán ser recibidos por cualquiera de las personas naturales o jurídicas integrantes.

j) No podrá haber cesión del contrato entre los miembros del consorcio o unión temporal. Esta condición es cláusula obligatoria del contrato.

Garantía de seriedad de la oferta. Quien esté interesado en participar y presentar propuesta, deberá constituir una Garantía de Seriedad de la oferta, que deberá ser expedida a favor del Concejo de Bucaramanga y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.1 y siguientes del Decreto 1082 de 2015.

La garantía deberá ser constituida por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial para la presente Selección Abreviada por Subasta Inversa. La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato.

Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la garantía deberá ser tomada a nombre del consorcio o unión temporal, (indicando sus integrantes y su porcentaje de participación), y no a nombre de su respectivo representante legal.

La Entidad se reserva el derecho de solicitar la ampliación del término de vigencia o el incremento del valor asegurado de la garantía de seriedad de la oferta o cualquier otra modificación en la medida en que ello sea necesario.

Acreditación de Aportes Parafiscales.Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de diciembre 27 de 2002, se hace necesario que acrediten el cumplimiento oportuno de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes parafiscales las personas jurídicas presentarán con su propuesta la certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando exista, de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal, del pago de sus obligaciones en cuanto a los aportes a sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones, y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, durante los seis (6) meses inmediatamente anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.

Dicho documento debe certificar que a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses del calendario que legalmente sean exigibles en la citada fecha (es decir, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagas).

Las personas jurídicas integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deberán acreditar individualmente el requisito de que trata este numeral.

En caso que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar al pago de aportes parafiscales y seguridad social por personal, debe también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia y adicionalmente allegar la planilla de aportes al sistema de seguridad social según el mes que corresponda.

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certificación de responsabilidad fiscal, antecedentes disciplinarios y judiciales

El oferente deberá allegar el Certificado expedido por la Contraloría General de la República en el cual conste que el ofertante, persona natural o jurídica, no se encuentra reportado en el Boletín de Responsabilidades Fiscales (Antecedentes Fiscales). Igualmente, el oferente deberá allegar el Certificado expedido por la Procuraduría General de la Nación en el cual consta que el ofertante, persona natural o jurídica, no registra sanciones ni inhabilidades vigentes (Antecedentes Disciplinarios), igualmente, anexar certificado de antecedentes Judiciales expedido por la Policía Nacional.

Registro Único TributarioFotocopia del Registro Único Tributario -RUT-, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-, donde aparezca claramente el NIT del proponente, en caso de Consorcio y/o Unión Temporal, cada uno de los miembros deberá aportar el respectivo registro.

Registro Único de Proponentes – RUPLas personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley.

El proponente deberá anexar el respectivo certificado del Registro Único de Proponentes – RUP expedido por la Cámara de Comercio correspondiente ORIGINAL, con fecha no superior a 30 días calendario de la fecha de cierre del proceso. Este deberá estar vigente y en firme para dicha fecha.

Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la empresa, o persona natural que presenta la propuesta

Todo proponente Persona Natural, Representante Legal de la persona jurídica o representante del proponente plural y cada uno de los integrantes de proponentes plurales deberán anexar fotocopia del documento de identificación VIGENTE; así mismo de quien abona la propuesta, si es del caso.Así mismo todas las personas de origen extranjero que sean integrantes de proponentes plurales y/o representantes legales de estos o proponente como persona natural deberán anexar fotocopia del pasaporte actual y vigente.

5.3. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN FINANCIEROLa capacidad financiera será calculada en consideración a la información que aparezca en el RUP, en la forma y términos que se establezcan en el pliego de condiciones. Para la evaluación de los requisitos habilitantes financieros, la entidad extraerá la información

del certificado RUP conforme a las prescripciones del artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015.

Exigencia de la entidad:

- INDICE DE LIQUIDEZ: XXFormula: activo corriente dividido por el pasivo corriente

- INDICE DE ENDEUDAMIENTO: XXFormula: pasivo total dividido por el activo total

- RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES: XXFormula: utilidad operacional dividido por los gastos de interés

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5.4. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN ORGANIZACIONAL

La capacidad Organizacional será calculada en consideración a la información que aparezca en el RUP, en la forma y términos que se establezcan en el pliego de condiciones. Para la evaluación de los requisitos habilitantes organizacionales, la entidad extraerá la información del certificado RUP conforme a las prescripciones del

artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015.

Exigencia de la entidad:

- Rentabilidad del patrimonio: XX- Rentabilidad del activo: XX

En caso de presentar propuesta bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, para determinar los índices financieros, se realizará la suma de las subcuentas de cada uno de los integrantes y se consolidarán para obtener dicho índice.

Los anteriores factores de habilitación serán verificados directamente del Registro Único de Proponentes, según lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.

NOTA 1: En caso de que no se cumpla con alguno de los parámetros Mínimos antes mencionados, la propuesta no será habilitada.

5.5. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN TÉCNICO

5.5.1. Especificaciones técnicas:

CONDICIONES TECNICAS ADICIONALES

5.6. EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA

El proponente interesado deberá acreditar la experiencia mediante la presentación de copia de XX (X) contratos celebrados con entidades públicas cuyo esté relacionado con el presente proceso de selección. La sumatoria de dichos contratos deberá ser igual o superior al valor del presupuesto oficial establecido para la presente contratación.

El proponente deberá demostrar experiencia en su Registro único de proponentes así:

CODIGO UNSPSCSegmento Familia Clase

6. EL ANALISIS DE RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLOSe pretende contribuir a la reducción de controversias judiciales y extrajudiciales en contra del estado, y lograr, que las partes del contrato estatal puedan hacer las previsiones necesarias para mitigar los riesgos, por ello se hace necesarios, estimar, tipificar y cuantificar los riesgos previsibles involucrados en la contratación estatal.

LA ESTIMACIÓN consiste en valorar la probabilidad de ocurrencia y el nivel de impacto de los riesgos que han sido tipificados y que teniendo en cuenta su materialización, requieren una valoración.

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ESTIMACIÓN CUALITATIVA: Es aquella que se realiza cuando se trabaja los riesgos para una estimación cualitativa mediante rangos que permitan al servidor público calificar loa riesgos en una matriz, en diferentes niveles de probabilidad e impacto.

LA PROBABILIDAD es entendida como una medida de la creencia o conocimiento que se tienen acerca de la ocurrencia futura o pasada de un evento y generalmente se puede estimar como la frecuencia con la que se obtiene un resultado en un experimento aleatorio.

IMPACTO O SEVERIDAD: Es la medida de la magnitud de las consecuencias monetarias de un evento generador de riesgo sobre el objeto del contrato.

ESTIMACIÓN CUANTITATIVA: Una vez realizada la evaluación cualitativa, incorporando los criterios evaluados en la etapa cualitativa y realizando una aproximación numérica de dichos criterios.

Teniendo en cuenta las modificaciones en la Ley 80 de 1993, se dictaron otras disposiciones generales aplicables a toda contratación con recursos públicos. Con la Ley 1150 de 16 de Julio de 2007 se introdujeron medidas para la eficiencia y la transparencia; en el Artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 se contempla La Distribución del Riesgo en los Contratos Estatales.

De igual manera debe darse aplicación al documento expedido por el CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y SOCIAL a través del documento CONPES 3714 de fecha primero (1) de diciembre de 2011, “DEL RIESGO PREVISIBLE EN EL MARCO DE LA POLÍTICA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA” y se señalaran los riesgos de conformidad con lo señalado en el mismo así:

“1. Riesgos Económicos: Son aquellos que se derivan del comportamiento del mercado, tales como la fluctuación de los precios de los insumos, desabastecimiento y especulación de los mismos, entre otros. Por ejemplo, es usual que en contratos que involucran la ejecución de actividades en cuya estructura se ha definido un marco cambiario, se identifiquen alteraciones por el comportamiento de la moneda o por circunstancias colaterales que imponen una incidencia crítica. Así mismo, en los contratos de suministro de bienes o prestación de servicios, donde no es posible llevar a cabo el objeto del contrato por desabastecimiento o especulación dentro del mercado propio de los insumos. Su inclusión dependerá de la posibilidad de previsión del mismo.

2. Riesgos Sociales o Políticos: son aquellos que se derivan por cambios de las políticas gubernamentales que sean probables y previsibles, tales como cambios en la situación política, sistema de gobierno y cambio en las condiciones sociales que tengan impacto en la ejecución del contrato. También suelen presentarse por fallas en la manera en que se relacionan entre sí, el Gobierno y la población, grupos de interés o la sociedad. Por ejemplo los paros, huelgas, actos terroristas, etc. Para la determinación de su previsibilidad, la entidad podrá acudir a las autoridades públicas competentes en la recopilación de datos estadísticos o fuentes oficiales (POLICÍA NACIONAL, FUERZAS ARMADAS DE COLOMBIA, MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, etc.)

3. Riesgos Operacionales: Son aquellos riesgos asociados a la operatividad del contrato. Entre estos encontramos: la posibilidad de que el monto de la inversión no sea el previsto para cumplir el objeto del contrato. También se presenta la extensión del plazo, cuando los contratos se realizan en tiempos distintos a los inicialmente programados por circunstancias no imputables a las partes. Adicionalmente, se presenta por la posibilidad de no obtención del objeto del contrato como

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consecuencia de la existencia de inadecuados procesos, procedimientos, parámetros, sistemas de información y tecnológicos, equipos humanos o técnicos sin que los mismos sean imputables a las partes. Dichos riesgos hacen parte del riesgo operacional siempre y cuando no sean obligaciones de las partes y se materialicen durante la ejecución del contrato19. En general no son riesgos operacionales las especificaciones de materiales o servicios incorrectos, fallas en el embalaje, manipulación, transporte o descarga del bien suministrado, insuficiencia en los proveedores, perdida o destrucción de los bienes a suministrar, daño, hurto o perdida de materiales o equipos para la ejecución del contrato, obtención o renovación de licencias o permisos, entre otros.

Para reducir la incidencia de este tipo de riesgos, es necesario contar durante la etapa de estructuración de los contratos con los estudios respectivos y adelantar actividades que permitan contar con un adecuado nivel de información sobre las especificaciones de los diferentes objetos contractuales, con el fin de fortalecer el análisis de costos, lo cual reduce los factores de riesgos que inciden sobre el contrato.

4. Riesgos Financieros: Este riesgo tiene dos componentes básicos: el riesgo de consecución de financiación o riesgo de liquidez, y el riesgo de las condiciones financieras. El primero se refiere a la dificultad de conseguir los recursos financieros, ya sea en el sector financiero o el mercado de capitales, para lograr el objetivo del contrato. El segundo hace referencia a los términos financieros de dichos recursos, entre estos encontramos plazos, tasas, garantías, contragarantías, refinanciaciones entre otros.

5. Riesgos Regulatorios: Son los posibles cambios regulatorios o reglamentarios que siendo previsibles, afecten el equilibrio contractual. Por ejemplo, cambios en las tarifas, mercados regulados, cambios en los regímenes especiales (regalías, pensional), designación de zonas francas, planes de ordenamiento territorial, expedición de normas de carácter técnico o de calidad, entre otros.

6. Riesgos de la Naturaleza: Son los eventos causados por la naturaleza sin la intervención o voluntad del hombre, que aunque pueden ser previsibles por su frecuencia o diagnóstico están fuera del control de las partes. Para la determinación de su existencia y/o previsibilidad, se podrá acudir a las autoridades públicas o entidades competentes en la recopilación de datos estadísticos o fuentes oficiales (INSTITUTO AGUSTIN CODAZZI, INGEOMINAS, IDEAM, etc.)

Para el ejercicio de tipificación, éstos se refieren a los hechos de la naturaleza que puedan tener un impacto sobre la ejecución del contrato, por ejemplo los temblores, inundaciones, lluvias, sequias, entre otros, siempre y cuando los mismos puedan preverse.

7. Riesgos Ambientales: Se refiere a las obligaciones que emanan de las licencias ambientales, de los planes de manejo ambiental, de las condiciones ambientales o ecológicas exigidas y de la evolución de las tasas retributivas y de uso del agua. Por ejemplo, cuando durante la ejecución del contrato se configuren pasivos ambientales causados por mala gestión de la licencia ambiental y/o el plan de manejo ambiental o el costo de las obligaciones ambientales resulte superior al estimado no siendo imputables a las partes.

8. Riesgos Tecnológicos: Se refiere a eventuales fallos en las telecomunicaciones, suspensión de servicios públicos, advenimiento de nuevos

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desarrollos tecnológicos o estándares que deben ser tenidos en cuenta para la ejecución del contrato así como la obsolescencia tecnológica. Una vez hecha la clasificación por tipo de riesgo se recomienda hacer una definición concreta de cada uno de los riesgos que se incluyan, conforme al lenguaje común de los mismos”

EN CUANTO A LA ASIGNACIÓN DE RIESGOS EL DOCUMENTO RECOMIENDA LA SIGUIENTE ASIGNACIÓN:

1. Riesgos Económicos: Se recomienda que por regla general y bajo la premisa de contar con información suficiente y con las condiciones necesarias para llevar a cabo el objeto contractual, el riesgo se traslade al contratista en atención a su experticia en el manejo y posibilidad de administración efectiva de los riesgos económicos. Desde luego, ello no podrá hacerse en relación con riesgos que el mismo no pueda controlar, como condiciones macroeconómicas no previsibles, las cuales por ser imprevisibles escaparían de la órbita de aplicación del artículo 4 de la Ley 1150 de 2007.

2. Riesgos Sociales o Políticos: Se recomienda que por regla general el riesgo previsible de esta naturaleza lo asuma la entidad contratante que en atención a su condición, se presume que cuenta con un manejo y posibilidad de administración efectiva del mismo. De manera excepcional se puede trasladar el riesgo cuando por ejemplo, existan mecanismos de cobertura en el mercado.

3. Riesgo Operacional: Por regla general y bajo la premisa de contar con información suficiente, los riesgos operacionales se transfieren al contratista, en la medida en que cuenta con mayor experiencia y conocimiento de las variables que determinan el valor de la inversión y tendrá a su cargo las actividades propias del contrato. En aquellos contratos donde se presente un alto componente de complejidad técnica, las entidades estatales pueden considerar la posibilidad de utilizar como mecanismo de mitigación el Otorgamiento de garantías parciales para cubrir eventuales sobrecostos asociados a la complejidad identificada.

4. Riesgos Financieros: Se recomienda que el riesgo se traslade al contratista por regla general y bajo la premisa de contar con información suficiente. En atención a su experticia en la consecución y estructuración de los recursos necesarios, se presume que cuenta con un manejo y posibilidad de administración efectiva de los riesgos financieros.

5. Riesgos Regulatorios: Se recomienda que por regla general, el riesgo lo asuma la parte que cuenta con un manejo y posibilidad de administración efectiva de los riesgos regulatorios por su naturaleza y en virtud de las normas propias de cada regulación.

6. Riesgos de la naturaleza: Siempre y cuando existan formas de mitigación al alcance del contratista, los riesgos de la naturaleza deben ser trasladados al mismo.

7. Riesgo Ambiental: La asignación del riesgo ambiental depende de la especificidad de cada proceso, por ejemplo: Cuando se cuente con licencia ambiental debidamente ejecutoriada y/o plan de manejo ambiental, antes del cierre de la licitación, el contratista asumirá los costos implícitos en el cumplimiento de las obligaciones definidas en dicha licencia y/o plan de manejo ambiental.

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Cuando se cuente con licencia ambiental debidamente ejecutoriada antes del cierre de la licitación y ésta sea modificada por solicitud del contratista, él asumirá los costos que implique esta modificación.

El riesgo de que, durante la ejecución, la operación y el mantenimiento de las obras, se configuren pasivos ambientales causados por el incumplimiento o la mala gestión de la licencia ambiental y/o el plan de manejo ambiental será asumido por el contratista.

Cuando no se cuente con licencia ambiental debidamente ejecutoriada y/o plan de manejo ambiental, antes del cierre de la licitación, los costos por obligaciones ambientales se deberán estimar y prever en los contratos acorde con la naturaleza y magnitud del objeto contractual. En estos casos la entidad estatal podrá asumir el riesgo de que los costos por obligaciones ambientales resulten superiores a lo estimado.

Cuando por la naturaleza del proyecto no se requiera licencia ambiental, los costos para realizar un adecuado manejo ambiental se deben estimar y prever en los contratos acorde con la naturaleza y magnitud del proyecto. En estos casos, la entidad estatal podrá asumir el riesgo por los costos de las obligaciones adicionales resultantes de la exigencia de un plan de manejo posterior al cierre de la licitación, sólo cuando la exigencia no surja del mal manejo ambiental del proyecto.

8. Riesgo Tecnológico: Se recomienda que por regla general y bajo la premisa de contar con información suficiente, el riesgo se traslade al contratista que en atención a su experticia en el objeto contractual y los estándares tecnológicos, cuenta con un manejo y posibilidad de administración efectiva de los riesgos tecnológicos.”

ANÁLISIS CUALITATIVO DE RIESGOS CON SU PROBABILIDAD E IMPACTO.Riesgo y etapa Clase Categoría e

impactoFuente Asignación Calificación

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Fluctuación de precios (etapa contractual)

General Probable/Mayor Externo LA ENTIDAD Riesgo Alto

Desabastecimiento de producto (etapa contractual)

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Riesgos sociales o políticos (contractual y pos contractual)

General Posible /Moderado Externo LA ENTIDAD Riesgo bajo

Riesgos operacionales (contractual)

General Probable/ Moderado

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Riesgos financieros (etapa contractual)

General Probable / Moderado

Interno El contratista Riesgo medio

Riesgos Regulatorios (contractuales y post contractuales)

General Probable / Moderado

Externo El contratista Riesgo medio

Riesgos de la Naturaleza (contractual)

General Probable / Mayor Externo El contratista Riesgo alto

Riesgo tecnológico General Posible /Moderado Interno El contratista Riesgo medio

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(contractual)

TIPIFICACIÓN ESTIMACIÓNTIPO DE RIESGOS Y FUENTE

CATEGORIA E IMPACTO ASIGNACIÓN

Calificación Definitiva

RIESGO EN PLANIFICACIÓN Y EJECUCIÓN DEL SERVICIO

Información errónea o desactualizada suministrada por la entidad (pre contractual y contractual)

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Uso o recolección de información errada (pre contractual y contractual)

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General e interno

Posible /Moderado

Contratista, salvo que la información errada provenga de la misma entidad

Riesgo medio

Estimación inadecuada de los costos ( pre contractual)

5%General e interno

Posible /Moderado

ContratistaRiesgo medio

Negligencia, imprudencia o temeridad en los mandatos (contractual)

20%General e interno

Posible / MayorContratista

Riesgo alto

Uso indebido de información (Contractual)

10%General e interno

Posible /Moderado

ContratistaRiesgo medio

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (contractual)

5%

General e interno

Probable /Moderado

Contratista, quien debe cubrir el riesgo conforme a las normas que regulan el sistema ARP

Riesgo medio

Falta de calidad en el servicio prestado (post contractual y contractual)

10%

General e interno

Posible / Moderado

El Supervisor del contrato debe vigilar su ejecución, so pena de no certificarla

Riesgo medio

EVENTOS DERIVADOS DE CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS O LEGALES

Financiamiento del contrato (contractual)

100%General e interno

Posible /Moderado

ContratistaRiesgo medio

Incremento en impuestos que afectan a todos los contribuyentes y a todas las actividades (contractual)

5% General e interno

Posible /Moderado

Contratista , a quien la entidad podrá llevar a un punto de no pérdida, siempre y cuando acredite que el incremento

Riesgo medio

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es de tal magnitud que le ha conducido a pérdida.

Incremento en impuestos que afectan la actividad del contratante, siendo tal actividad objeto del contrato (contractual)

5%

General y externo

Posible /Moderado

Contratista, a quien la entidad podrá llevar a un punto de no pérdida, siempre y cuando acredite que el incremento es de tal magnitud que le ha conducido a pérdida.

Riesgo medio

Del anterior análisis la entidad manejara en este proceso contractual la siguiente MATRIZ DE RIESGOS según la Guía que para su elaboración implementó Colombia compra Eficiente.

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7. LAS GARANTIAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL COMTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

Con el fin de minimizar los riesgos de la futura contratación, la entidad mediante el funcionario que sea asignado para supervisar el respectivo contrato, realizará un estricto control de los productos (cantidades y tiempo de entrega) velando porque se cumpla con el servicio pactado en las cláusulas contractuales.

Una vez analizadas las obligaciones surgidas del contrato a suscribirse, es necesario que el CONTRATISTA constituya a favor del CONCEJO DE BUCARAMANGA, las siguientes garantías, las cuales ampararán las obligaciones pre-contractuales, contractuales y post-contractuales.

7.2. Garantía de Seriedad de la Oferta: Ésta garantía deberá ser constituida por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial para la presente Selección Abreviada por Subasta Inversa. La garantía de seriedad de la oferta deberá tener una vigencia desde la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía única.

7.3. Garantía de Cumplimiento: Ésta garantía deberá ser constituida por un valor

equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más.

7.4. Calidad de los bienes: Ésta garantía deberá ser constituida con una vigencia igual al plazo del contrato, por una cuantía igual al Diez por ciento (10%) del valor total del contrato. con una vigencia igual al plazo del contrato y veinticuatro (24) meses más.

8. LA INDICACIÓN DE SI EL PROCESO ESTÁ CONIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL

De acuerdo al análisis realizado en virtud de lo establecido en los artículos  2.2.1.2.4.1.1 y siguientes del Decreto 1082 de 2015, igualmente, Colombia Compra Eficiente, expidió el “Manual para el Manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación Pública”, en dicho manual se determinó que la Entidades Estatales descentralizadas del nivel municipal están obligadas por los siguientes Acuerdos Comerciales:

- Acuerdo Comercial con Chile, Ley 1189 de 2008.- Acuerdo Comercial con Guatemala, ley 1241 de 2008.- Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la Comunidad Andina de Naciones.

Acuerdo Comercial

Entidad Incluida

Presupuesto superior al valor del acuerdo comercial

Excepción aplicable al proceso de contratación

Proceso de contratación cubierto por el acuerdo comercial

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Chile SI NO NO NOGuatemala SI No Incluye

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ACUERDOS COMERCIALES

El presente proceso de selección no se encuentra cobijado bajo tratados comerciales, no obstante el Concejo de Bucaramanga hará un recuento las actividades y entidades cubiertas por los Acuerdos Comerciales:

CanadáChileEstados UnidosLiechtenstain ySuizaUnión Europea

Rama Ejecutiva – Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales, Establecimientos Públicos.

Rama Legislativa – Senado de la República y Cámara de Representantes.

Rama Judicial – Consejo Superior de la Judicatura y Fiscalía General de la Nación.

Organismos de Control y autónomos - Contraloría General de la República, Auditoría General de la República, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Registraduría Nacional del Estado Civil.

El Salvador Exceptuadas las Entidades Estatales (a) con régimen de contratación especial (distinto a la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007), y (b) pertenecientes a las ramas legislativa y judicial.

Guatemala Exceptuadas las Entidades Estatales con régimen de contratación especial (distinto a la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007)

Honduras Ministerios, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas adscritas a estos. Expresamente excluido el Instituto Nacional de Vías – INVIAS

México Rama Ejecutiva – Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales, Establecimientos Públicos.Organismos de Control – Contraloría General de la República.Universidades - Colegio Mayor de Cundinamarca, Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD- , Universidad de Caldas, Universidad del Cauca, Universidad de Córdoba, Universidad Nacional de Colombia -UN-, Universidad Pedagógica Nacional - UPN-, Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia –UPTC-Universidad Popular del Cesar, Universidad Surcolombiana, Universidad Tecnológica del Chocó “Diego Luís Córdoba”, Universidad de los Llanos, Universidad Tecnológica de Pereira -UTP-, Universidad de la Amazonía, Universidad del Pacífico y Universidad Militar Nueva Granada-Organismos autónomos – corporaciones autónomas regionales

CanadáChileLiechtenstain y SuizaUnión Europea

Agencia Logística de las Fuerzas Militares; Fondo Rotatorio de la Policía Nacional; Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad; Instituto de Casas Fiscales del Ejército; Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-; Instituto Colombiano del Deporte -Coldeportes-; Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas -Colciencias-,; Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -ICFES-; Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC-; y Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA

Estados Unidos Agencia Logística de las Fuerzas Militares; Fondo Rotatorio de la Policía Nacional; Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad; Instituto de Casas Fiscales del Ejército; Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-; Instituto Colombiano del Deporte -Coldeportes-; Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas -Colciencias-,; Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -ICFES-; Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC-; Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA; Administración Postal Nacional -ADPOSTAL-; Caja de Previsión Social de Comunicaciones -CAPRECOM-; Caja Nacional de Previsión Social -CAJANAL-; Empresa Territorial para la Salud -ETESA-; Imprenta Nacional de Colombia; Industria Militar -INDUMIL-; Instituto de Seguros Sociales -ISS-; Radio Televisión Nacional de Colombia -RTVC-; y Servicio Aéreo a Territorios Nacionales -SATENA-.

México Administración Postal Nacional -ADPOSTAL-; Caja de Previsión Social de Comunicaciones -CAPRECOM-; Caja Nacional de Previsión Social -CAJANAL-;

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Instituto de Seguros Sociales -ISS-; Radio Televisión Nacional de Colombia -RTVC-; Servicio Aéreo a Territorios Nacionales -SATENA-; Hotel San Diego S.A.; Corporación de la Industria Aeronáutica -CIAC-; Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía; Almagrario S.A.; Empresa Colombiana de Productos Veterinarios -VECOL-; Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -CORELCA S.A. ESP-; Ecopetrol S.A.; Interconexión Eléctrica ISA ESP; Artesanías de Colombia; y Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo -FONADE

AcuerdoComercial

Valor a partir del cual es aplicable el Acuerdo Comercial para Entidades Generales

Valor a partir del cuales aplicable el AcuerdoComercial para Entidades Especiales

Excepciones

Canadá Bienes y servicios $146’035.000 Servicios de construcción$ 14.665’850.000

Bienes y servicios $730’177.000Servicios de construcción$ 21.924’247.000

1, 2, 3, 4, 5, 6,7, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 41, 42, 43, 45, 46

Chile Bienes y servicios$ 146’658.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

Bienes y servicios$ 645’297.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 41, 42, 43, 45, 46

Estados Unidos Bienes y servicios$ 146’035.000Servicios de construcción$ 18.032’857.000

Bienes y servicios$ 536’634.000Servicios de construcción$ 18.032’857.000

1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 41, 42, 43, 45, 46

El Salvador No incluye valores No incluye valores 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9,14, 20, 38

Guatemala No incluye valores No incluye valores 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9,14, 20, 21

Honduras No incluye valores No incluye valores 1, 2, 3, 4, 5, 6, 14, 20, 22

Liechtenstein ySuiza

Bienes y servicios$ 381’312.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

Bienes y servicios$ 645’297.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

1, 2, 3, 4, 5, 6, 10, 11,12, 14, 15, 16,17, 19, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 41, 42, 43, 45, 46

México Bienes y servicios$ 146’992.000Servicios de construcción$ 19.108’843.000

Bienes y servicios$ 734’956.000Servicios de construcción$ 23.518’577.000

1, 2, 4, 6, 17, 18, 24,25, 26, 27, 39

Unión Europea Bienes y servicios$ 381’312.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

Bienes y servicios$ 586’634.000Servicios de construcción$ 14.665’850.000

1, 4, 5, 6, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 23, 32, 34, 35, 37, 40, 41, 42, 43, 44, 46

9. TIEMPO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de duración del presente contrato será por el término de XXX (XX) días/meses calendario contados a partir de la suscripción del acta de inicio del contrato entre el supervisor y el contratista.

El plazo del contrato podrá adicionarse, antes de su vencimiento y por escrito, mediante contrato adicional, previa revisión entre las partes del cumplimiento del objeto contractual, los precios y las condiciones de ejecución del contrato, siempre y cuando sea conveniente y favorable para la Dirección de Transito de Bucaramanga.

10. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMEEl Concejo de Bucaramanga limitará a las Mipyme nacionales con mínimo un (1) año de existencia la convocatoria del Proceso de Contratación en la modalidad de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos cuando:

Carrera 11 No. 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)Teléfonos: 6338469 - 6339032 - Telefax: 6420460

www.concejodebucaramanga.gov.co

Page 18: concejodebucaramanga.gov.coconcejodebucaramanga.gov.co/intranet/SISTEMA GESTION/P... · Web viewSERVICIOS DE CARACTERISTICAS TECNICAS UNIFORMES POR SUBASTA INVERSA. Procedimiento

CONCEJO MUNICIPAL DE BUCARAMANGAPROCEDIMIENTO SELECCIÓN ABREVIADA -

SUBASTA INVERSAVersión: 03

Fecha: JULIO DE

2017

Código: GJUR-FT-27

Serie: Página 18 de 18

1. El valor del Proceso de Contratación es menor a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; y:

2. La Entidad Estatal ha recibido solicitudes de por lo menos tres (3) Mipyme nacionales para limitar la convocatoria a Mipyme nacionales. La Entidad Estatal debe recibir estas solicitudes por lo menos un (1) día hábil antes de la Apertura del Proceso de Contratación.

11. SUPERVISOR DEL CONTRATO:Esta Dependencia solicitante sugiere se designe a XXXXXXXXXX, (cargo del funcionario que ejercerá la supervisión) o quien haga sus veces, como interventor del Contrato, quien deberá asumir sus funciones conforme a la Resolución No. 397 del 1° de Agosto de 2013, En caso de cambio en el cargo, la supervisión la ejercerá quien ostente como Titular o encargado en el respectivo Cargo.

12. CONCLUSION: Por lo anterior se declara que es NECESARIO, CONVENIENTE Y OPORTUNA la presente Contratación, siendo previamente ESTUDIADA Y JUSTIFICADA EN EL PRESENTE ACTO ADMINISTRATIVO.

Cordialmente,

Nombre del Jefe de la oficina Asesora Jurídica

Reviso aspectos jurídicos: Reviso aspectos técnicos:

Carrera 11 No. 34-52 Fase II Alcaldía de Bucaramanga (Sótano)Teléfonos: 6338469 - 6339032 - Telefax: 6420460

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