generalidades del comercio y comerciante
DESCRIPTION
Generalidades del comercio y de un comerciante en los mercadosTRANSCRIPT
-
TEMA N 01.FUNDAMENTOS DEL COMERCIO
-
CONCEPTO DE COMERCIOEs una actividad humana habitual donde el comerciante es el intermediario entre el productor y el consumidos final. Teniendo el comerciante fines eminentemente lucrativos.
-
ETIMOLOGA.IN PRAEHENDERE IN PREHENSA acometer o comenzar una obra o negocio una accin ardua y dificultosa que valerosamente comienza el Ser humano.
-
CONCEPTUALIZACIN DE EMPRESA.EMPRENDER ACTIVIDADES SOCIALESInterrelacin de seresEMPRENDER ACTIVIDADES ECONMICAS.Actividades con o sin fines de lucro.
-
COMERCIANTE.Persona natural que se dedique habitualmente al comercio y no este impedido para realizar esta actividad.Artculo 1o.- CDIGO DE COMERCIO DE 1902: Son comerciantes, para los efectos de este Cdigo:
Los que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican a l habitualmente.
Las compaas mercantiles o industriales que se constituyeren con arreglo a este Cdigo.
-
*REQUISITOS: CAPACIDADCAPACIDADCAPACIDAD DE EJERCICIOSer comerciantePoder actuar como comercianteCAPACIDAD DE GOCE.
-
CAPACIDAD PARA EJERCER EL COMERCIO.CAPACIDAD DE GOCECAPACIDAD DE EJERCICIOEJERCER EL COMERCIO.Adquiere desde el nacimiento hasta la muerteAdquiere con la mayora de edad.
-
INCAPACIDAD PARA EJERCER EL COMERCIO.INCAPACIDAD ABSOLUTA
Los menores de 16 aos, excepto los emancipados.Privados de discernimiento.Ciego mudos, sordomudos y ciego sordosINCAPACIDAD RELATIVA.Los mayores de 16 y menores de 18 aos.Los retardados mentales.Los que sufren de deterioro mental.Los prdigos.Los quebrados.Los ebrios y adictos a drogas.Los que sufren pena que conlleve a interdiccin civil.
-
IMPEDIMENTOS PARA EJERCER EL COMERCIOLos sentenciados a pena de interdiccin civil, mientras no hayan cumplido sus condenas o sido amnistiados o indultados.
Los declarados en quiebra, mientras no hayan obtenido rehabilitacin; o estn autorizados, en virtud de un convenio aceptado en junta general de acreedores y aprobado por la autoridad judicial, para continuar al frente de su establecimiento; entendindose en tal caso limitada la habilitacin a lo expresado en el convenio.
Los que, por leyes y resoluciones especiales, no puedan comerciar.
.
-
INCOMPATIBILIDADES PARA EJERCER EL COMERCIO.Los magistrados, jueces y funcionarios del Ministerio Fiscal en servicio activo. Los jefes polticos militares de departamentos, provincias o plazas.Los empleados en la recaudacin y administracin de fondos del Estado, nombrados por el Gobierno. Exceptuarse los que administren o recauden por contrato y sus representantes.Los agentes de cambio y corredores de comercio, de cualquier clase que sean.Los que por leyes y disposiciones especiales no pueden comerciar en determinado territorio.
-
*COMERCIANTECOLABORADORES DEL COMERCIANTECOLABORADORES DEPENDIENTESCOLABORADORES INDEPENDIENTES.Factores o gerentes y/ o AdministradoresMancebos o empleadosColaboradores Externos
-
*FERIAS Y MERCADOS.Feria y en los mercados son instituciones que renen a los compradores y vendedores.Se diferencian en que FERIA ES EVENTUAL y el MERCADO ES PERMANENTE.
-
*/15Es el ente formado por los comerciante como expresin de su espritu asociativo pretende que el comercio se realice en condiciones ms favorables a los intereses de ellos. Se le considera como mecanismos de negociacin entre el Estado y los comerciantes.Funciones:Certificar sobre la vigencia de los usos mercantiles.Ser un cuerpo consultivo de la reforma legislativa mercantil.Ser rbitros o conciliadores cuando exista una controversia entre los comerciantes.
CAMARA DE COMERCIO.
-
*
ALMACENES GENERALES.Son los auxiliares del comerciante y operadores de comercio exterior. Estos establecimientos estn destinados a recibir en depsito (guardar y conservar) las mercancas que tiene destino la exportacin, reexportacin, importacin o simplemente la conservacin de la mercanca.Los almacenes generales est sometidos a la autoridad del intendente de aduanas de SUNAT.Los almacenes generales son considerados como zonas secundarias aduaneras.Emiten el warrant y el certificado de depsito.
-
GRACIAS POR SU ATENCIN