garantía y cálculo de prestaciones sociales

2
Garantía y cálculo de prestaciones sociales Artículo 142. Las prestaciones sociales se protegerán, calcularán y pagarán de la siguiente manera: a) El patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por concepto de garantía de las prestaciones sociales el equivalente a quince días cada trimestre, calculado con base al último salario devengado. El derecho a este depsito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre. b) !dicionalmente y despu"s del primer a#o de servicio, el patrono o patrona depositara a cada trabajador o trabajadora dos días de salario, por cada a#o, acumulativos hasta treinta días de sala rio. c) $uando la relacin de trabajo termine por cualquier causa se calcularán las prestaciones sociales con base a treinta días por cada a#o de servicio o %raccin superior a los seis meses calculada al último salario. d) El trabajador o trabajadora recibirá por concepto de prestaciones sociales el monto que resulte mayor entre el total de la garantía depositada de acuerdo a lo establecido en los literales a y b, y el cálculo e%ectuado al &nal de la relacin laboral de acuerdo al literal c. e) 'i la relacin de trabajo termina antes de los tres primeros meses, el pago que le corresponde al trabajador o trabajadora por concepto de prestaciones sociales será de cinco días de salario por mes trabajado o %raccin.

Upload: antoniettalobue

Post on 13-Apr-2018

219 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Garantía y Cálculo de Prestaciones Sociales

7/24/2019 Garantía y Cálculo de Prestaciones Sociales

http://slidepdf.com/reader/full/garantia-y-calculo-de-prestaciones-sociales 1/2

Garantía y cálculo de prestaciones sociales

Artículo 142.  Las prestaciones sociales se protegerán,

calcularán y pagarán de la siguiente manera:

a) El patrono o patrona depositará a cada trabajador o

trabajadora por concepto de garantía de las prestaciones

sociales el equivalente a quince días cada trimestre,

calculado con base al último salario devengado. El derecho

a este depsito se adquiere desde el momento de iniciar el

trimestre.

b) !dicionalmente y despu"s del primer a#o de servicio,

el patrono o patrona depositara a cada trabajador o

trabajadora dos días de salario, por cada a#o, acumulativos

hasta treinta días de salario.

c) $uando la relacin de trabajo termine por cualquier

causa se calcularán las prestaciones sociales con base atreinta días por cada a#o de servicio o %raccin superior a

los seis meses calculada al último salario.

d) El trabajador o trabajadora recibirá por concepto de

prestaciones sociales el monto que resulte mayor entre el

total de la garantía depositada de acuerdo a lo establecido

en los literales a y b, y el cálculo e%ectuado al &nal de la

relacin laboral de acuerdo al literal c.

e) 'i la relacin de trabajo termina antes de los tres

primeros meses, el pago que le corresponde al trabajador o

trabajadora por concepto de prestaciones sociales será de

cinco días de salario por mes trabajado o %raccin.

Page 2: Garantía y Cálculo de Prestaciones Sociales

7/24/2019 Garantía y Cálculo de Prestaciones Sociales

http://slidepdf.com/reader/full/garantia-y-calculo-de-prestaciones-sociales 2/2

%) El pago de las prestaciones sociales se hará dentro

de los cinco días siguientes a la terminacin de la relacin

laboral, y de no cumplirse el pago generará intereses de

mora a la tasa activa determinada por el (anco $entral deene*uela, tomando como re%erencia los seis principales

bancos del país.