garantías: de peÑamellera baja...por el juzgado de lo contencioso-administrativo n 3 de oviedo se...

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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 17-III-2007 4888 5.—Garantías: a) Fecha: Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 16 de enero de 2007. b) Contratista: Servicio Cultura, Deporte y Recreación, S.L. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 159.445,09 euros anuales, IVA incluido. Arriondas, a 6 de febrero de 2007.—El Alcalde.—2.339. Por D. Antonio Brunchu Cantero se ha interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 3 de Oviedo el Recurso Contencioso-Administrativo n° 16/2007 contra el Ayuntamiento de Parres, por no haber ejecutado las obras de reparación del camino que va desde la carretera de Villar de la Cuesta hasta la vivienda de su propiedad. Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n°3 de Oviedo se ha requerido la remisión del expediente administrati- vo, con la indicación de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 49 de la Ley 29/98, de 13 de junio, reguladora de la Juris- dicción Contencioso-Administrativa, de emplazamiento a los que aparezcan como interesados en el citado expediente, a fin de que puedan personarse en Autos en el plazo de nueve días. Por el presente, y de conformidad con lo establecido en el art. 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Juris- dicción Contencioso-Administrativa, se hace saber a todas aquellas personas que aparezcan como interesados en él y que pudieran resultar afectadas, la interposición del recurso citado, emplazándolas para que puedan comparecer y personarse en autos ante dicho órgano jurisdiccional (Juzgado de lo Conten- cioso-Administrativo número 3 de Oviedo) en el plazo de nue- ve días. Arriondas, a 8 de febrero de 2007.—El Alcalde.—2.748. Vista la petición efectuada por doña Laudelina Bulnes Ardura, de fecha 10 de octubre de 2006, solicitando de este Ayuntamiento de Parres la baja en el Padrón Municipal de Habitantes de D. Manuel Antonio Ribeiro Veloso, manifestan- do que el mismo, ya no reside en su domicilio sito en calle Argüelles, 20- 1° B de Arriondas. Resultando que el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarca- ción Territorial de las Entidades Locales, en relación con el artículo 54 del mismo texto legal, y el desarrollo contenido en la Resolución de 9 de abril de 1997, sobre gestión del padrón municipal, los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por ins- cripción indebida, a quienes figuren empadronados en el domi- cilio donde no residen habitualmente, una vez comprobada dicha circunstancia en el correspondiente expediente adminis- trativo. Vista la Resolución de Alcaldía de fecha 2 de noviembre de 2006, por la que se inicia el expediente administrativo de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de don Manuel Antonio Ribeiro Veloso, y habiéndose intentado la notificación al interesado en el último domicilio conocido, no habiendo sido posible efectuarla, por medio del presente anuncio, se le concede un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a esta publicación, para que pueda presentar cuantos documen- tos y alegaciones considere oportunas, al objeto de acreditar su residencia en este municipio. En Arriondas, a 13 de febrero de 2007.—El Alcalde.— 2.749. DE PEÑAMELLERA BAJA Anuncios Habiendo estado expuesto al público durante el plazo a que se refieren el artículo 177 en relación con el artículo 169 de la Ley 39/1988 reguladora de las Haciendas Locales y el 20.3 en relación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, el expediente de modificación de créditos número 2/2006, aprobado por acuerdo plenario de fecha sin que se hubiesen producido reclamaciones al mismo, queda aprobado definitivamente, siendo su reforma por capítulos el siguiente: Gastos: Cap. Denominación Euros 6 Créditos Extraordinarios y Suplementos de Crédito aprobados 15.219 Total créditos extraordinarios: 15.219 El expediente se financia con mayores Ingresos. Ingresos: Cap. Denominación Euros 2 Tasas por Licencias Urbanísticas: 15.219 En Panes, a 5 de febrero de 2007.—El Alcalde.—2.299. Elevar a aprobación definitiva: Dentro del plazo de exposi- ción al público de los acuerdos provisionales de modificación de ordenanzas fiscales para el año 2007, publicado en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, número 298 de 28 de Diciembre de 2006, no se han presentado reclamacio- nes. Por ello, y de conformidad con lo previsto en el artículo 17.3 de la Ley 39/1998, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, quedan definitivamente aprobados los Acuerdos provisionales adoptados por el Pleno del Ayunta- miento en sesión de 1 de Diciembre de 2006. Contra los presentes acuerdos de imposición y ordenación de tributos, podrán los interesados interponer recurso conten- cioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de publicación de estos Acuerdos en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Los textos de las Ordenanzas modificadas son los siguien- tes: Ordenanza reguladora de las tasas por licencias urbanísticas Fijar una tarifa n° 11: Por expedición de condiciones de edificabilidad generales: ....................... 15.00 euros Por expedición de condiciones de edificabilidad ajustadas al inmueble (edificio o parcela ): .................... 30.00 euros Por expedición de informes urbanísticos sobre otros aspectos: .............. 15,00 euros Ordenanza reguladora del Impuesto sobre vehículos de trac- ción mecánica Art. 2 (apartado g) que queda redactado del siguiente modo:

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Page 1: Garantías: DE PEÑAMELLERA BAJA...Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n 3 de Oviedo se ha requerido la remisión del expediente administrati-vo, con la indicación de

BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 17-III-20074888

5.—Garantías:

a) Fecha: Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 16 deenero de 2007.

b) Contratista: Servicio Cultura, Deporte y Recreación,S.L.

c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 159.445,09 euros anuales,

IVA incluido.

Arriondas, a 6 de febrero de 2007.—El Alcalde.—2.339.

– • –

Por D. Antonio Brunchu Cantero se ha interpuesto ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 3 de Oviedo elRecurso Contencioso-Administrativo n° 16/2007 contra elAyuntamiento de Parres, por no haber ejecutado las obras dereparación del camino que va desde la carretera de Villar de laCuesta hasta la vivienda de su propiedad.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n°3 deOviedo se ha requerido la remisión del expediente administrati-vo, con la indicación de dar cumplimiento a lo establecido en elart. 49 de la Ley 29/98, de 13 de junio, reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa, de emplazamiento a losque aparezcan como interesados en el citado expediente, a finde que puedan personarse en Autos en el plazo de nueve días.

Por el presente, y de conformidad con lo establecido en elart. 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa, se hace saber a todasaquellas personas que aparezcan como interesados en él y quepudieran resultar afectadas, la interposición del recurso citado,emplazándolas para que puedan comparecer y personarse enautos ante dicho órgano jurisdiccional (Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo número 3 de Oviedo) en el plazo de nue-ve días.

Arriondas, a 8 de febrero de 2007.—El Alcalde.—2.748.

– • –

Vista la petición efectuada por doña Laudelina BulnesArdura, de fecha 10 de octubre de 2006, solicitando de esteAyuntamiento de Parres la baja en el Padrón Municipal deHabitantes de D. Manuel Antonio Ribeiro Veloso, manifestan-do que el mismo, ya no reside en su domicilio sito en calleArgüelles, 20- 1° B de Arriondas.

Resultando que el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986,por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarca-ción Territorial de las Entidades Locales, en relación con elartículo 54 del mismo texto legal, y el desarrollo contenido enla Resolución de 9 de abril de 1997, sobre gestión del padrónmunicipal, los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por ins-cripción indebida, a quienes figuren empadronados en el domi-cilio donde no residen habitualmente, una vez comprobadadicha circunstancia en el correspondiente expediente adminis-trativo.

Vista la Resolución de Alcaldía de fecha 2 de noviembre de2006, por la que se inicia el expediente administrativo de bajade oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de don ManuelAntonio Ribeiro Veloso, y habiéndose intentado la notificaciónal interesado en el último domicilio conocido, no habiendosido posible efectuarla, por medio del presente anuncio, se leconcede un plazo de quince días, a contar desde el día siguientea esta publicación, para que pueda presentar cuantos documen-tos y alegaciones considere oportunas, al objeto de acreditar suresidencia en este municipio.

En Arriondas, a 13 de febrero de 2007.—El Alcalde.—2.749.

DE PEÑAMELLERA BAJA

Anuncios

Habiendo estado expuesto al público durante el plazo a quese refieren el artículo 177 en relación con el artículo 169 de laLey 39/1988 reguladora de las Haciendas Locales y el 20.3 enrelación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990 de 20de abril, el expediente de modificación de créditos número2/2006, aprobado por acuerdo plenario de fecha sin que sehubiesen producido reclamaciones al mismo, queda aprobadodefinitivamente, siendo su reforma por capítulos el siguiente:

Gastos:

Cap. Denominación Euros

6 Créditos Extraordinarios y Suplementos

de Crédito aprobados 15.219

Total créditos extraordinarios: 15.219

El expediente se financia con mayores Ingresos.

Ingresos:

Cap. Denominación Euros

2 Tasas por Licencias Urbanísticas: 15.219

En Panes, a 5 de febrero de 2007.—El Alcalde.—2.299.

– • –

Elevar a aprobación definitiva: Dentro del plazo de exposi-ción al público de los acuerdos provisionales de modificaciónde ordenanzas fiscales para el año 2007, publicado en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, número 298de 28 de Diciembre de 2006, no se han presentado reclamacio-nes.

Por ello, y de conformidad con lo previsto en el artículo17.3 de la Ley 39/1998, de 28 de diciembre, reguladora de lasHaciendas Locales, quedan definitivamente aprobados losAcuerdos provisionales adoptados por el Pleno del Ayunta-miento en sesión de 1 de Diciembre de 2006.

Contra los presentes acuerdos de imposición y ordenaciónde tributos, podrán los interesados interponer recurso conten-cioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desdeel día siguiente al de publicación de estos Acuerdos en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Los textos de las Ordenanzas modificadas son los siguien-tes:

Ordenanza reguladora de las tasas por licencias urbanísticas

Fijar una tarifa n° 11:

Por expedición de condicionesde edificabilidad generales: ....................... 15.00 euros

Por expedición de condicionesde edificabilidad ajustadas alinmueble (edificio o parcela ):.................... 30.00 euros

Por expedición de informesurbanísticos sobre otros aspectos: .............. 15,00 euros

Ordenanza reguladora del Impuesto sobre vehículos de trac-ción mecánica

Art. 2 (apartado g) que queda redactado del siguientemodo:

Page 2: Garantías: DE PEÑAMELLERA BAJA...Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n 3 de Oviedo se ha requerido la remisión del expediente administrati-vo, con la indicación de

BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS17-III-2007 4889

Los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüe-dad mínima de 25 años contados a partir de la fecha de sufabricación o, si ésta no se conociera la de su primera matricu-lación o, en su defecto la fecha en que el correspondiente tipo ovariante se dejó de fabricar gozará de una bonificación del100% en la cuota del Impuesto.

En Panes, a 5 de febrero de 2007.—El Alcalde.—2.320.

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Información pública

Inmobiliaria "La Gerra XXV S. L. ha solicitado de estaAlcaldía, licencia para reforma de Restaurante y Hotel, cons-truir Hotel de 4 estrellas, rehabilitar Abadía para Hotel, y cons-truir Restaurante en Complejo Turístico "La Bariega" en lasfincas 32, 69 y 70 del Polígono 11 de la Zona 4 del pueblo deCimiano-Peñamellera Baja.

En cumplimiento del art. 30.2, apartado a) del Reglamentode 30 de Noviembre de 1.961, se abre un periodo de informa-ción pública por término de diez días para que todo el que seconsidere afectado de alguna manera por la actividad que sepretende establecer, pueda hacer las observaciones pertinentes.El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse duran-te las horas de oficina en la Secretaría de este Ayuntamiento.

Panes, a 7 de febrero de 2007.—El Alcalde.—2.411.

DE PILOÑA

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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 15, 16 y17 del RD Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, seacuerda, con carácter provisional la modificación de la Orde-nanza Fiscal núm. 109, Reguladora de la Tasa por Suministrode agua potable a domicilio.

Dicha modificación ha sido aprobada por esta Corporaciónen Sesión Plenaria de fecha 28 de septiembre de 2006.

De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 17.1de la Ley 39/1988 y el artículo 49-b de la Ley 7/1985, de 2 deabril, el presente Acuerdo provisional, junto con la nuevaredacción de las normas de la Ordenanza Fiscal afectada, seexpone al público en la Intervención de este Ayuntamientodurante el plazo de treinta días hábiles, a fin de que los intere-sados puedan examinar el expediente y presentar las reclama-ciones que estimen oportunas.

Infiesto, a 12 de febrero de 2007.—El Alcalde.—2.750.

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Disposición de creación del Fichero de Datos de CarácterPersonal de Titularidad Pública propia del Ayuntamiento dePiloña, aprobada por la Alcaldía en Piloña, el 20 de diciembrede 2006

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protec-ción de datos de carácter personal establece, en su artículo 2,que la misma será de aplicación a los datos de carácter perso-nal registrados en soporte físico que los haga susceptibles detratamiento y a toda modalidad de uso posterior de estos datospor los sectores público y privado.

En este sentido, el apartado 1 de su artículo 20, establece lacreación, modificación o supresión de los ficheros de las Admi-nistraciones Públicas deberá efectuarse por medio de una dis-posición general publicada en el Boletín Oficial del Estado oDiario Oficial correspondiente.

Asimismo, el apartado 2 del mencionado artículo 20 esta-blece los aspectos que la disposición de creación o modifica-ción de los referidos ficheros deberá indicar.

El Ayuntamiento de Piloña es responsable de los siguientesficheros y colectivos correspondientes de los que se dispone dedatos carácter personal:

1. Padrón de Habitantes

2. Acreedores.

3. Tributos y precios públicos.

4. Nómina del Personal.

5. Actividades Culturales.

6. Actividades Deportivas.

7. Candidatos

8. Registro de Entrada y Salida.

9. Expedientes.

10. Uniones Civiles y de Hecho

11.Miembros de Órganos Municipales

12. Licitadores y Contratistas.

13. Servicios Sociales

14. Usuarios Biblioteca.

Al objeto de que los ficheros de carácter público que serelacionan en la presente disposición, dependientes del Ayunta-miento de Piloña, sean creados ó modificados y regulados enlos términos y condiciones establecidos en la Ley Orgánica15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carác-ter personal.

RESUELVO

Primero.—Crear los ficheros de datos de carácter personalde titularidad pública que se detallan en el Anexo de la presen-te disposición y que deberán adecuarse a los términos y condi-ciones previstos en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999,de 13 de diciembre y disposiciones de desarrollo, en particulara las prescripciones establecidas en el Real Decreto 994/1999,de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medi-das de Seguridad de los ficheros automatizados que contengandatos de carácter personal.

Segundo.—El Ayuntamiento de Piloña, como responsabledel fichero, ha adoptado las medidas necesarias para garantizarque los datos de carácter personal existentes en el mismo seanusados para los fines y funciones que tiene encomendados, enrelación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, deProtección de Datos de Carácter Personal.

Tercero.—Los colectivos afectados podrán ejercer los dere-chos de acceso, rectificación, oposición y, en su caso, cancela-ción de sus datos, ante el Responsable de Seguridad del Ayun-tamiento de Piloña, dirigiendo un escrito a su sede oficial, C/Covadonga, 9- 33530- Infiesto - Asturias.

Cuarto.—Se nombra al Alcalde para la aprobación de lasdisposiciones precisas para la creación de nuevos ficheros dedatos de carácter personal de titularidad pública que, en sucaso, resulten necesarios para el ejercicio de los fines y funcio-nes públicas propias del Ayuntamiento de Piloña, así comopara la modificación o supresión de los existentes.

Disposiciones finales

Primera.—De la presente disposición se dará traslado a laAgencia Española de Protección de Datos, conforme lo dis-puesto en el artículo 39.2a) de la Ley Orgánica 15/99, de 13 dediciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.