gaceta jurÍdica · 2013-04-11 · el peruano. normas legales miércoles 27 de setiembre de 2006....

24
Año XXIII / Nº 9602 www.elperuano.com.pe Pág. 328955 Sumario Lima, miércoles 27 de setiembre de 2006 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA R. Leg. Nº 28887.- Resolución Legislativa que ratifica la designación del Presidente del Directorio del Banco Central de Reserva del Perú 328956 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA R.M. Nº 1219-2006-AG.- Autorizan a procurador iniciar acción judicial de nulidad de compra venta de terreno eriazo 328956 MINCETUR RR.SS. Nºs. 024 y 025-2006-MINCETUR.- Dan por concluida encargatura y designan Gerente General de PROMPERÚ 328957 ENERGÍA Y MINAS D.S. Nº 055-2006-EM.- Aprueban Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 122 328958 R.M. Nº 453-2006-MEM/DM.- Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de la extracción ilícita de mineral metálico aurífero en agravio del Estado 328958 JUSTICIA R.S. Nº 159-2006-JUS.- Autorizan viaje de Agente del Estado en el caso La Cantuta (Nº 11.045 CDH) para participar en reunión previa y audiencia convocada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos 328959 R.S. Nº 160-2006-JUS.- Conceden Derecho de Gracia por razones humanitarias a interna del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos 328960 MIMDES R.M. Nº 709-2006-MIMDES.- Designan Asesora del Despacho Viceministerial de la Mujer 328960 RR.MM. Nºs. 710 y 711-2006-MIMDES.- Designan Presidentes de Directorios de las Sociedades de Beneficencia Pública del Callao y de Trujillo 328961 PRODUCE R.S. Nº 012-2006-PRODUCE.- Designan representante de la Sociedad Nacional de Pesquería ante el Consejo Directivo del FONDEPES 328961 R.S. Nº 013-2006-PRODUCE.- Designan Director Ejecutivo del CEP PAITA 328962 R.M. Nº 234-2006-PRODUCE.- Establecen veda reproductiva y suspenden actividades de extracción del recurso merluza en áreas marítimas 328962 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO RR.MM. Nºs. 336 y 337-2006-TR.- Designan representantes del Ministerio ante los Consejos Directivos del SENCICO y de la Sociedad Geográfica de Lima 328964 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 117-2006-CE-PJ.- Cesan por límite de edad a Juez Titular del Quinto Juzgado Penal de Piura 328965 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 002-2006-SPPCS.- Dejan sin efecto designación de magistrada como Vocal Superior Provisional de la Sala Penal Nacional 328965 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 303-2006-P-CSJLI/PJ.- Designan Fedataria de la Corte Superior de Justicia de Lima 328966 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Res. Nº 071-2006-BCRP.- Autorizan viaje de funcionario a Chile para participar en el "Taller de Modelamiento Macroeconómico de Bancos Centrales" 328966 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL R.J. Nº 869-2006-JEF/RENIEC.- Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de publicación de avisos informativos del RENIEC durante el año 2007 328967 R.J. Nº 873-2006-JEF/RENIEC.- Dejan sin efecto designación de locadoras encargadas de realizar labores de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior 328968 R.J. Nº 875-2006-JEF/RENIEC.- Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Marcavalle, distrito de Pucará, provincia de Huancayo 328969 MINISTERIO PÚBLICO Res. Nº 1157-2006-MP-FN.- Aceptan donación de terreno efectuada por la Municipalidad Provincial de Lambayeque 328970 GACETA JURÍDICA Boletín oficial de normas legales de El Peruano

Upload: others

Post on 06-Jul-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

Año XXIII / Nº 9602 www.elperuano.com.pe Pág. 328955

Sumario

Lima, miércoles 27 de setiembre de 2006

������������ �

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

R. Leg. Nº 28887.- Resolución Legislativa que ratifica ladesignación del Presidente del Directorio del Banco Centralde Reserva del Perú 328956

������������ �

AGRICULTURA

R.M. Nº 1219-2006-AG.- Autorizan a procurador iniciaracción judicial de nulidad de compra venta de terrenoeriazo 328956

MINCETUR

RR.SS. Nºs. 024 y 025-2006-MINCETUR.- Dan porconcluida encargatura y designan Gerente General dePROMPERÚ 328957

ENERGÍA Y MINAS

D.S. Nº 055-2006-EM.- Aprueban Contrato de Licenciapara la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en elLote 122 328958R.M. Nº 453-2006-MEM/DM.- Autorizan a procuradoriniciar acciones judiciales contra presuntos responsablesde la extracción ilícita de mineral metálico aurífero enagravio del Estado 328958

JUSTICIA

R.S. Nº 159-2006-JUS.- Autorizan viaje de Agente delEstado en el caso La Cantuta (Nº 11.045 CDH) paraparticipar en reunión previa y audiencia convocada por laCorte Interamericana de Derechos Humanos 328959R.S. Nº 160-2006-JUS.- Conceden Derecho de Graciapor razones humanitarias a interna del EstablecimientoPenitenciario de Mujeres de Chorrillos 328960

MIMDES

R.M. Nº 709-2006-MIMDES.- Designan Asesora delDespacho Viceministerial de la Mujer 328960RR.MM. Nºs. 710 y 711-2006-MIMDES.- DesignanPresidentes de Directorios de las Sociedades de BeneficenciaPública del Callao y de Trujillo 328961

PRODUCE

R.S. Nº 012-2006-PRODUCE.- Designan representantede la Sociedad Nacional de Pesquería ante el ConsejoDirectivo del FONDEPES 328961R.S. Nº 013-2006-PRODUCE.- Designan DirectorEjecutivo del CEP PAITA 328962

R.M. Nº 234-2006-PRODUCE.- Establecen vedareproductiva y suspenden actividades de extracción delrecurso merluza en áreas marítimas 328962

TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

RR.MM. Nºs. 336 y 337-2006-TR.- Designan representantesdel Ministerio ante los Consejos Directivos del SENCICO yde la Sociedad Geográfica de Lima 328964

������������

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL

Res. Adm. Nº 117-2006-CE-PJ.- Cesan por límite de edad aJuez Titular del Quinto Juzgado Penal de Piura 328965

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Res. Adm. Nº 002-2006-SPPCS.- Dejan sin efecto designaciónde magistrada como Vocal Superior Provisional de la SalaPenal Nacional 328965

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Res. Adm. Nº 303-2006-P-CSJLI/PJ.- Designan Fedatariade la Corte Superior de Justicia de Lima 328966

����������������

BANCO CENTRAL DE RESERVA

Res. Nº 071-2006-BCRP.- Autorizan viaje de funcionarioa Chile para participar en el "Taller de ModelamientoMacroeconómico de Bancos Centrales" 328966

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN

Y ESTADO CIVIL

R.J. Nº 869-2006-JEF/RENIEC.- Exoneran de proceso deselección la contratación del servicio de publicación de avisosinformativos del RENIEC durante el año 2007 328967R.J. Nº 873-2006-JEF/RENIEC.- Dejan sin efecto designaciónde locadoras encargadas de realizar labores de autenticaciónde firmas de Registradores del Estado Civil en copiascertificadas y constancias para uso en el exterior 328968R.J. Nº 875-2006-JEF/RENIEC.- Autorizan delegación defunciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil quefunciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Marcavalle,distrito de Pucará, provincia de Huancayo 328969

MINISTERIO PÚBLICO

Res. Nº 1157-2006-MP-FN.- Aceptan donación de terrenoefectuada por la Municipalidad Provincial de Lambayeque

328970

GACETA JURÍDICABoletín oficial de normas legales de El Peruano

orojas
www.elperuano.com.pe
Page 2: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328956 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006

������������ �

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

��������������� ��� �������

LA COMISIÓN PERMANENTE DELCONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

��������������� ��� ������ �����

� ������ ��������������������

���������������� ������� ����

������ ���������

La Comisión Permanente del Congreso de laRepública, en uso de las facultades que le confiere elartículo 101º inciso 2) de la Constitución Política del Perúy el artículo 93º del Reglamento del Congreso, ha resuelto:

Ratificar al señor JULIO EMILIO VELARDE FLORESen el cargo de Presidente del Directorio del Banco Centralde Reserva del Perú, designado mediante ResoluciónSuprema Nº 267-2006-PCM, de fecha 6 de setiembre de2006.

Comuníquese al señor Presidente de la Repúblicapara su promulgación.

En Lima, a los veintiséis días del mes de setiembrede dos mil seis.

MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTEPresidenta del Congreso de la República

JOSÉ VEGA ANTONIOPrimer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DELA REPÚBLICA

Lima, 26 de setiembre de 2006

Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese yarchívese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

02480-1

������������ �

AGRICULTURA

���������������� �� ������������� ����� � ��� � � ������ ���� �������������

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1219-2006-AG

Lima, 22 de setiembre de 2006

S B S

Circular Nº B-2159-2006.- Actualizan monto máximo decobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondienteal trimestre setiembre-noviembre 2006 328970

���������������������

FONAFE

Acuerdo Nº 007-2006/024-FONAFE.- Designan Miembrode Directorio de Empresa en la que FONAFE participacomo Accionista 328971Acuerdo Nº 010-2006/024-FONAFE.- Designan Miembrode Directorio de Empresa en la que FONAFE participacomo Accionista 328971

SUNAT

Res. Nº 462-2006/SUNAT/A.- Modifican la Resoluciónde Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 385-2006/SUNAT/A 328971

����������������

GOBIERNO REGIONAL

DE ANCASH

Ordenanza Nº 013-2006-REGIÓN ANCASH/CR.- ApruebanReglamento de Organización y Funciones del GobiernoRegional de Ancash 328972

��������������

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Res. Nº 078-2006-AATE/PE.- Exoneran de proceso deselección la contratación de suministro de energía eléctricapara las instalaciones del Tren Eléctrico 328972Res. Nº 106-2006-MML-GDU-SPHU.- Ratificanresolución de la Municipalidad Distrital de Santa Anita queaprueba trámite de regularización de habilitación urbanaejecutada por asociación de vivienda 328973

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS

Ordenanza Nº 240-CDLO.- Aprueban Cuadro paraAsignación de Personal y Manual de Organización yFunciones de la Municipalidad de Los Olivos 328975

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA

Ordenanza Nº 084-CDLCH.- Autorizan la aprobación deexpedientes sobre Planeamiento Integral de Parcelas Rústicasdel distrito 328975

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA

Acuerdo Nº 081-2006-MDPP.- Declaran en situación dedesabastecimiento inminente el servicio de recojo y trasladode residuos sólidos del distrito 328976D.A. Nº 013-2006-MDPP.- Amplían plazo de vigencia dela campaña "Ponte al día en Fiestas Patrias", otorgadamediante Ordenanza Nº 086-MDPP 328977

Page 3: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006 328957

REPUBLICA DEL PERU

VISTO:

El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del 6 desetiembre de 2006, del Director Ejecutivo del ProyectoEspecial de Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT,sobre cumplimiento de Recomendación Nº 10 del InformeReformulado Nº 014-2004-2-0052 "Examen Especialsobre Hechos Presuntamente Irregulares en el Procesode Adjudicación y Titulación de Tierras por el ProyectoEspecial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT";

CONSIDERANDO:

Que, por Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del6 de setiembre de 2006, sobre Implementación deRecomendación Nº 10 contenido en el InformeReformulado Nº 014-2004-2-0052 "Examen Especial sobreHechos Presuntamente Irregulares en el Proceso deAdjudicación y Titulación de Tierras por el ProyectoEspecial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT",efectuado por el Órgano de Control Institucional delMinisterio de Agricultura, el Director Ejecutivo del ProyectoEspecial de Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT,solicita se autorice al Procurador Público de los asuntosjudiciales del Ministerio de Agricultura para el inicio de laacción judicial de nulidad de contrato de compra venta deterreno eriazo a favor de don Luis Beltrán Toledo Manrique,conforme a las conclusiones del referido Informe;

Que, el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785 -Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de laContraloría General de la República, establece que losinformes y/o dictámenes de una acción de control,emitidos por cualquier órgano del Sistema, constituyenprueba preconstituida para el inicio de las accionesadministrativas y/o legales a que hubiera lugar;

Que, conforme a los artículos 12º y 13º de la Ley deRepresentación y Defensa Judicial del Estado, aprobadapor Decreto Ley Nº 17537, modificados por el ArtículoÚnico del Decreto Ley Nº 17667, para demandar o formulardenuncias a nombre del Estado, será necesaria laexpedición previa de la Resolución Ministerial autoritativa;

De conformidad con el artículo 47º de la ConstituciónPolítica del Perú y el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Agricultura aprobado porDecreto Supremo Nº 017-2001-AG;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar al Procurador Público a cargode los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, paraque en representación y defensa de los intereses del Estado,interponga la acción judicial de nulidad de compra venta deterreno eriazo contra don Luis Beltrán Toledo Manrique, porlos fundamentos expuestos en la parte considerativa,debiendo remitirse los antecedentes del caso al ProcuradorPúblico, para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍAMinistro de Agricultura

02453-1

MINCETUR

����������� ������������ ����������������� ���������

RESOLUCIÓN SUPREMANº 024-2006-MINCETUR

Lima, 26 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2006-MINCETUR, se encargó a doña Nancy Aracelly Laca

Ramos, con retención de su cargo de Gerente Legal dela Comisión de Promoción del Perú - PROMPERÚ, elcargo de Gerente General de dicha entidad;

Que, el Directorio de PROMPERÚ ha propuesto ladesignación del t itular de la Gerencia General,agradeciendo los servicios prestados por dichafuncionaria;

Que, en consecuencia, es necesario dar por concluidoel encargo antes mencionado;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779,la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones delMINCETUR y el Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETUR, Reglamento de Organización y Funcionesde PROMPERÚ;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo efectuadoa doña NANCY ARACELLY LACA RAMOS, medianteResolución Suprema Nº 015-2006-MINCETUR,dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por la Ministra de Comercio Exterior yTurismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZMinistra de Comercio Exterior y Turismo

02479-6

RESOLUCIÓN SUPREMANº 025-2006-MINCETUR

Lima, 26 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de GerenteGeneral de la Comisión de Promoción del Perú -PROMPERÚ, entidad que forma parte de la estructuraorgánica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Que, en consecuencia, es necesario designar a lapersona que debe desempeñar dicho cargo;

De acuerdo con la propuesta formulada por elDirectorio de PROMPERÚ;

De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificadopor la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27594, que regula laparticipación del Poder Ejecutivo en el nombramiento ydesignación de funcionarios públicos y el DecretoSupremo Nº 012-2003-MINCETUR, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones dePROMPERÚ;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar a doña MARÍA MAGDALENASEMINARIO MARÓN, como Gerente General de laComisión de Promoción del Perú - PROMPERÚ.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZMinistra de Comercio Exterior y Turismo

02479-7

Page 4: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328958 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006

ENERGÍA Y MINAS

������� ������ � !������ ���� ���"����������"�������� �#� �������������!���$%%

DECRETO SUPREMONº 055-2006-EM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, es política del Gobierno promover el desarrollode las actividades hidrocarburíferas, a fin de garantizarel futuro abastecimiento de combustibles sobre la basede la libre competencia;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 042-2005-EM,se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánicade Hidrocarburos, que regula las actividades dehidrocarburos en el territorio nacional;

Que, el artículo 10º del Texto Único Ordenado de laLey Orgánica de Hidrocarburos, establece diferentesformas contractuales para realizar actividades deexploración y/o explotación de hidrocarburos;

Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo establecidoen los artículos 6º y 11º del Texto Único Ordenado de laLey Orgánica de Hidrocarburos, ha sido autorizado paranegociar y celebrar contratos para exploración y/oexplotación de hidrocarburos, previa negociación directao por convocatoria;

Que, al amparo de las facultades señaladas en elconsiderando precedente, PERUPETRO S.A. hanegociado con GRAN TIERRA ENERGY INC.,SUCURSAL DEL PERU, el Proyecto de Contrato deLicencia para la Exploración y Explotación deHidrocarburos en el Lote 122, ubicado en la provincia deMaynas del departamento de Loreto;

Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 055-2006de fecha 14 de junio de 2006, el Directorio dePERUPETRO S.A. aprobó el Proyecto de Contrato deLicencia para la Exploración y Explotación deHidrocarburos en el Lote 122, elevándolo al PoderEjecutivo para su consideración y respectivaaprobación;

Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos63º y 66º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánicade Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo Nº 668 ydemás normas aplicables, es procedente otorgar lasgarantías señaladas por estos dispositivos;

De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8)y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perúy el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica deHidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM;

DECRETA:

Artículo 1º.- Del lote objeto del contratoAprobar la conformación, extensión, delimitación y

nomenclatura del área inicial del Lote 122, ubicado en laprovincia de Maynas del departamento de Loreto,adjudicándolo a PERUPETRO S.A. y declarándolomateria de suscripción del contrato. El mapa y memoriadescriptiva de dicho Lote forman parte integrante delpresente Decreto Supremo.

Artículo 2º.- De la aprobación del contratoAprobar el Contrato de Licencia para la Exploración

y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 122, queconsta de una (1) Cláusula Preliminar, veintidós (22)Cláusulas y nueve (9) Anexos, a celebrarse entrePERUPETRO S.A. y GRAN TIERRA ENERGY INC.,SUCURSAL DEL PERU, con intervención del BancoCentral de Reserva del Perú, para garantizar a la

empresa Contratista lo establecido en los artículos 63ºy 66º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica deHidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM.

Artículo 3º.- De la autorización para suscribir elcontrato

Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con GRANTIERRA ENERGY INC., SUCURSAL DEL PERU, elContrato de Licencia para la Exploración y Explotaciónde Hidrocarburos en el Lote 122, aprobado por elpresente Decreto Supremo.

Artículo 4º.- Del refrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro deEnergía y Minas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséisdías del mes de setiembre del año dos mil seis.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

JUAN VALDIVIA ROMEROMinistro de Energía y Minas

02479-5

���������������� ����������������� ������������������������������� � �� �"������� ��&���� � ���������'�������&(����������� ������ �

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 453-2006-MEM/DM

Lima, 21 de setiembre de 2006

VISTO, el expediente Nº 1441272 sobre extracciónilícita de mineral metálico aurífero en agravio del Estado,efectuado dentro del área Nº 5 de no admisión depetitorios, en cuya zona se encuentra registrada laconcesión extinguida SALTUR I, ubicado en el parajeCopamanu, distrito Laberinto, provincia Tambopata,departamento Madre de Dios;

CONSIDERANDO:

Que, de la investigación realizada por la DirecciónGeneral de Minería, se expidió la Resolución DirectoralNº 504-2004-MEM/DGM de fecha 16 de septiembrede 2004. Asimismo, se aprobó el informe pericialpresentado por el ingeniero Adolfo Santiago SucllaMuñoz, declarándose comprobada la extracción ilícitade mineral metálico aurífero en agravio del Estadodentro del área Nº 5 de no admisión de petitorios, encuya zona se encuentra registrada la concesiónextinguida SALTUR I, ubicado en el paraje Copamanu,distrito Laberinto, provincia Tambopata, departamentoMadre de Dios, notificándose a los infractores: JoséRoberto Puente de la Vega Baca, responsable de202.07 gramos, o su valor equivalente a S/. 7,668.55(SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON55/100 NUEVOS SOLES) y Augusto FernándezSalazar, responsable de 27.93 gramos o su valorequivalente a S/. 1,059.94 (MIL CINCUENTA Y NUEVECON 94/100 NUEVOS SOLES), para que bajoapercibimiento de Ley, paralicen de inmediato laextracción del mineral metálico aurífero y en el plazode diez (10) días, cumplan con devolver el oro extraídoo su valor, depositando sin deducir costo alguno a laCta. Cte. Nº 0000-283592-MEM-MULTAS YSANCIONES del Banco de la Nación;

Page 5: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006 328959

REPUBLICA DEL PERU

Que, por Resolución Nº 294-2005-MEM/CM defecha 14 de julio de 2005, el Consejo de Minería declaróinfundado el recurso de revisión interpuesto por elinfractor José Roberto Puente de la Vega contra laResolución Directoral Nº 504-2004-MEM/DGM de fecha16 de septiembre de 2004, por lo que la indicadaresolución se encuentra confirmada respecto almencionado infractor y en cuanto al infractor AugustoFernández Salazar, la referida resolución se encuentraconsentida por no haber impugnado en el plazo deLey;

Que, hasta la fecha ninguno de los mencionadosinfractores, ha cumplido con lo dispuesto por laResolución Directoral Nº 504-2004-MEM/DGM de fecha16 de septiembre de 2004, en cuanto a la devolución delos minerales indebidamente extraídos o sus valores;

Que, del estudio y análisis del expedienteadministrativo, se ha determinado que existen indiciosrazonables de la comisión de delito en agravio del Estado,por lo que de conformidad con lo dispuesto por el numeral5) del artículo 90º del Reglamento de Diversos Títulosdel Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería,aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificadopor el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 018-2003-EM,es procedente autorizar al Procurador Público encargadode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energía yMinas, para que interponga las acciones judicialescorrespondientes contra José Roberto Puente de laVega Baca y Augusto Fernández Salazar;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º dela Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537De la Representación y Defensa del Estado en Juicio,Decreto Ley Nº 17667 que modifica los artículos 12º y13º del Decreto Ley Nº 17537, Decreto Ley Nº 25962 -Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Públicoencargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio deEnergía y Minas, para que en nombre y representacióndel Estado, interponga las acciones judicialescorrespondientes contra José Roberto Puente de laVega Baca y Augusto Fernández Salazar, por las razonesexpuestas en la parte considerativa de la presenteResolución.

Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público, losantecedentes de la presente Resolución, contranscripción de la misma para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN VALDIVIA ROMEROMinistro de Energía y Minas

02444-1

JUSTICIA

�������� ����� ������ �� ���� ��������!� �����)*+$$,-./ �#0���� ���������� � ����� ������ ��� ����� ������ � ��� �� ����1����������� ������2��#�����

RESOLUCIÓN SUPREMANº 159-2006-JUS

Lima, 26 de setiembre de 2006

Vistos: el Oficio Nº 963-2006-JUS/CNDH-SE delSecretario Ejecutivo del Consejo Nacional de DerechosHumanos, y el Informe Nº 165-2006-JUS/OGED de laOficina General de Economía y Desarrollo;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento de visto, el SecretarioEjecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanosinforma la realización de la reunión previa y la audienciaconvocada por la Corte Interamericana de DerechosHumanos, sobre el caso La Cantuta (Nº 11.045 CDH),a efectuarse en la sede de la Corte, en la ciudad deSan José, Costa Rica, del 28 al 29 de setiembre de2006;

Que, en consecuencia es conveniente para losintereses institucionales del Estado, autorizar el viaje delseñor abogado Iván Arturo Bazán Chacón, Agente delEstado en el caso La Cantuta y abogado de la SecretariaEjecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanosdel Ministerio de Justicia, así como autorizar los gastosque ello irrogue, con cargo al presupuesto del Ministeriode Justicia;

De conformidad con lo dispuesto en la LeyNº 27619, Ley que regula la autorización de viajes alexterior de servidores y funcionarios públ icos,modificada por Decreto de Urgencia Nº 006-2006; elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que apruebalas normas reglamentarias sobre autorización deviajes al exter ior de servidores y funcionariospúblicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorízase el viaje del señor abogadoIVÁN ARTURO BAZÁN CHACÓN, Agente del Estado enel caso La Cantuta (Nº 11.045 CDH), y abogado de laSecretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de DerechosHumanos del Ministerio de Justicia, del 28 al 30 desetiembre de 2006, a la ciudad de San José - CostaRica, por los motivos expuestos en la parte considerativade la presente Resolución.

Page 6: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328960 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimientode la presente Resolución, serán cubiertos por elPliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguientedetalle:

Señor Abogado: IVÁN ARTURO BAZÁN CHACÓN:

Pasajes US$ 1 397.55Viáticos US$ 400.00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) US$ 30.25

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) díascalendario siguientes de efectuado el viaje, el referidocomisionado deberá presentar ante el Titular de laEntidad un informe dando cuenta de las actividadesrealizadas y los resultados obtenidos durante el viajeautorizado.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema nolibera ni exonera del pago de impuesto o derechosaduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor la Ministra de Justicia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

MARÍA A. ZAVALA VALLADARESMinistra de Justicia

02479-1

��� � �����2� � ������ ��������� 2���������� � ����� ���������������� ����������� �������� � 2��������

RESOLUCIÓN SUPREMANº 160-2006-JUS

Lima, 26 de setiembre de 2006

VISTA, la recomendación favorable de la Comisiónde Indulto y Derecho de Gracia por RazonesHumanitarias;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 1º de laConstitución Política del Perú, la defensa de la personahumana y el respeto de su dignidad son el fin supremode la sociedad y del Estado;

Que, la señora YOLANDA JACQUELIN CAPCHABEJARANO o YOLANDA JACKELIN CAPCHABEJARANO o YOLANDA JACKELIN CASTRO BRIONESse encuentra interna en el Establecimiento Penitenciariode Mujeres de Chorrillos;

Que, de acuerdo al Protocolo Médico emitido por elÁrea de Salud del Establecimiento Penitenciario y elInforme Médico de fecha 10 de julio del presente año,emitido por el Instituto Nacional de EnfermedadesNeoplásicas, la mencionada interna ha sido diagnosticadacon CÁNCER DE CUELLO UTERINO III - B;

Que, la Constitución Política del Perú de 1993 en suartículo 118º inciso 21) establece como una de lasatribuciones del Presidente de la República, la deconceder indultos a los internos procesados;

Que, considerando que en casos excepcionales comoel presente, de personas con enfermedad irreversible eincurable, la prosecución de la acción penal y prisiónpierden todo sentido jurídico y moral;

Que, el caso de la referida interna, por la avanzadapatología que le afecta, se adecua a los requisitosestablecidos para la concesión del Derecho de Graciapor Razones Humanitarias, por encontrarse debidamenteacreditada en los documentos antes citados;

De conformidad con lo dispuesto en la ConstituciónPolítica del Perú, y en uso de la facultad del Presidentede la República de dictar resoluciones y conceder indultosy derecho de gracia;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Conceder el DERECHO DE GRACIAPOR RAZONES HUMANITARIAS a la señora YOLANDAJACQUELIN CAPCHA BEJARANO o YOLANDAJACKELIN CAPCHA BEJARANO o YOLANDAJACKELIN CASTRO BRIONES, quien se encuentrainterna en el Establecimiento Penitenciario de MujeresChorrillos.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por la Ministra de Justicia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

MARÍA ZAVALA VALLADARESMinistra de Justicia

02479-2

MIMDES

������ ������� �� ������2�3������������� � �������

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 709-2006-MIMDES

Lima, 25 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, es necesario designar al funcionario que debedesempeñar el cargo de Asesora del DespachoViceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social - MIMDES, cargo considerado deconfianza;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,en la Ley Nº 27793, y en el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social- MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar a la señora SUSALEN MARÍATANG FLORES, en el cargo de Asesora del DespachoViceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social - MIMDES, cargo considerado deconfianza.

Artículo 2º.- La citada servidora retornará a su nivelde carrera al término de la presente designación; para elefecto la Oficina de Gestión de Calidad del InstitutoNacional de Salud del Niño del Ministerio de Salud,reservará la plaza de la cual es titular, según CAP y PAP,mientras dure su designación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VIRGINIA BORRA TOLEDOMinistra de la Mujer yDesarrollo Social

02470-1

Page 7: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006 328961

REPUBLICA DEL PERU

����������� ���� ������������ ����4���� � �� �5��(�������6����� �� ������ �7�������

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 710-2006-MIMDES

Lima, 26 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, modificado por el Decreto SupremoNº 004-2003-MIMDES, se aprobó la conformación delos Directorios de las Sociedades de BeneficenciaPública y Juntas de Participación Social, los cualesestán integrados, entre otros, por dos representantesdel Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES, uno de los cuales debe presidirlo;

Que, por Resolución Ministerial Nº 622-2004-MIMDES, de fecha 7 de octubre del 2004, se designó alabogado FIDEL RIVAUDO ARBIETO PINO, comoPresidente del Directorio de la Sociedad de BeneficenciaPública del Callao, cargo al cual ha presentado renuncia,con efectividad al 19 de setiembre del 2006;

Que, es necesario aceptar la citada renuncia, asícomo encargar, del 20 de setiembre del 2006 hasta lafecha de publicación de la presente resolución, lasfunciones de Presidente del Directorio de la Sociedadde Beneficencia Pública del Callao a la señorita SILVIAROSA MARTÍNEZ SÁNCHEZ - Miembro del referidoDirectorio, designada con Resolución MinisterialNº 751-2003-MIMDES, de fecha 12 de diciembre del2003;

Que, de otro lado, es necesario dar por concluida lacitada designación, así como designar al nuevoPresidente y Miembro del Directorio de la Sociedad deBeneficencia Pública del Callao;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793Ley de Organización y Funciones del Ministerio de laMujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organizacióny Funciones del MIMDES, aprobado por DecretoSupremo Nº 011-2004-MIMDES y en el Decreto SupremoNº 002-97-PROMUDEH, modificado por DecretoSupremo Nº 004-2003-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar con efectividad al 19 desetiembre del 2006 la renuncia formulada por el señorFIDEL RIVAUDO ARBIETO PINO, al cargo dePresidente del Directorio de la Sociedad de BeneficenciaPública del Callao, dándosele las gracias por losservicios prestados.

Artículo 2º.- Encargar, con efectividad al 20 desetiembre del 2006 hasta la fecha de publicación de lapresente resolución, a la señorita SILVIA ROSAMARTÍNEZ SÁNCHEZ, Miembro del Directorio de laSociedad de Beneficencia Pública del Callao, las funcionesde Presidenta del citado Directorio, al término del cualtambién se da por concluida su designación comoMiembro del citado Directorio.

Artículo 3º.- Designar a los señores OSCARMIGUEL IBARCENA MUÑOZ y ROSA ELVIRA ISABELMATALLANA LIZA como Presidente y Miembro delDirectorio de la Sociedad de Beneficencia Pública delCallao, respectivamente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VIRGINIA BORRA TOLEDOMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

02471-1

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 711-2006-MIMDES

Lima, 26 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, modificado por el Decreto SupremoNº 004-2003-MIMDES, se aprobó la conformación delos Directorios de las Sociedades de BeneficenciaPública y Juntas de Participación Social, los cuales estánintegrados, entre otros, por dos representantes delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, unode los cuales debe presidirlo;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2006-MIMDES, de fecha 4 de enero de 2006, se designó alseñor JOSE LUIS CASTILLO SILVA como Presidentedel Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública deTrujillo;

Que, es necesario dar por concluida la citadadesignación; así como designar al nuevo Presidente dela Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26918Ley de creación del Sistema Nacional para la Poblaciónen Riesgo - SPR, en la Ley Nº 27793 - Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social - MIMDES, en el Reglamento deOrganización y Funciones del MIMDES, aprobado porDecreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y en elDecreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, modificadopor Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida la designación delseñor JOSE LUIS CASTILLO SILVA como Presidente dela Sociedad de Beneficencia Pública de Trujillo.

Artículo 2º.- Designar a la señora OLGA AMELIACRIBILLEROS SHIGIHARA como Presidenta de laSociedad de Beneficencia Pública de Trujillo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VIRGINIA BORRA TOLEDOMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

02471-2

PRODUCE

����������������� ���4���� � *������ ����8���&������ �������������� ��9�*����4

RESOLUCIÓN SUPREMANº 012-2006-PRODUCE

Lima, 26 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 8º del Reglamento de Organizacióny Funciones del Fondo Nacional de Desarrol loPesquero - FONDEPES, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2006-PRODUCE, señala que elConsejo Directivo de la mencionada entidad estáintegrado por s iete miembros nombrados porResolución Suprema, uno de los cuales representa ala Sociedad Nacional de Pesquería;

Que, por Resolución Suprema Nº 003-2006-PRODUCE de fecha 22 de junio de 2006, se ratificó adiversos miembros del Consejo Directivo del FondoNacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, entreellos, al señor Rolf Klingenberger Gonzáles, comorepresentante de la Sociedad Nacional de Pesquería;

Page 8: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328962 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006

Que, mediante Comunicación Nº PD.135.2006 defecha 7 de setiembre del presente año, el Presidente delDirectorio de la Sociedad Nacional de Pesquería solicitase designe al señor Humberto Speziani Cuevas comorepresentante de la Sociedad Nacional de Pesquería anteel Consejo Directivo del Fondo Nacional de DesarrolloPesquero - FONDEPES;

Que, en consecuencia, se debe dictar el acto deadministración que designa al nuevo representante de laSociedad Nacional de Pesquería ante el Consejo Directivodel Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero -FONDEPES;

De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la LeyNº 27789, Ley de Organización y Funciones delMinisterio de la Producción y el Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de la Producción,aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir de lafecha, la designación del señor Rolf KlingenbergerGonzáles, como Representante de la Sociedad Nacionalde Pesquería ante el Consejo Directivo del FONDEPES,dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo Segundo.- Designar al señor HumbertoSpeziani Cuevas como representante de la SociedadNacional de Pesquería ante el Consejo Directivo delFondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

RAFAEL REY REYMinistro de la Producción

02479-3

�������������� ��������� �� ����17�

RESOLUCIÓN SUPREMANº 013-2006-PRODUCE

Lima, 26 de setiembre del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 009-2002-PRODUCE, del 3 de octubre del año 2002, se designócomo Director Ejecutivo del Centro de EntrenamientoPesquero de Paita - CEP PAITA, al señor Edwin SandovalYarleque;

Que, el citado funcionario, con fecha 14 de junio del2006 ha formulado renuncia al cargo conferido;

Que, mediante Acuerdo Nº 022-2006-PRODUCE/CEP-PAITA-CD, el Consejo Directivo del Centro deEntrenamiento Pesquero de Paita acuerda aceptar larenuncia presentada por el señor Edwin SandovalYarleque al cargo de Director Ejecutivo del Centro deEntrenamiento Pesquero de Paita;

Que, mediante Oficio Nº 282-2006-PRODUCE/CEP-PAITA-CD de fecha 16 de junio de 2006 se comunica alseñor Edwin Sandoval Yarleque la decisión adoptada porel Consejo Directivo del Centro de EntrenamientoPesquero, mediante Acuerdo Nº 022-2006-PRODUCE/CEP-PAITA-CD;

Que, mediante Oficio Nº 288-2006-PRODUCE/CEP-PAITA-CD, la Presidenta del Consejo Directivo del Centrode Entrenamiento Pesquero de Paita solicita se dispongala tramitación y gestión para la aprobación y publicaciónde la correspondiente Resolución Suprema;

Que, respecto de la solicitud mencionada en elconsiderando anterior, la Secretaría General del Ministeriode la Producción, solicitó ampliación de la informaciónalcanzada, habiéndola remitido el Consejo Directivo delCentro de Entrenamiento Pesquero de Paita medianteOficio Nº 343-2006-PRODUCE/CEP-Paita-CD, de fecha10 de agosto de 2006;

Que, en consecuencia, se debe dictar el acto deadministración que dé por concluida la designacióndel señor Edwin Sandoval Yarleque como DirectorEjecutivo del Centro de Entrenamiento Pesquero dePaita, y que designe a la persona que ocupará elmencionado cargo;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 8)del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y deconformidad con lo dispuesto en el Decreto LegislativoNº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida, con eficaciaanticipada al 16 de junio de 2006, la designación delseñor Edwin Sandoval Yarleque como Director Ejecutivodel Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEPPAITA.

Artículo Segundo.- Designar, a partir de la fecha, alseñor Juan Carlos Leigh Peña como Director Ejecutivodel Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEPPAITA.

Artículo Tercero.- La presente Resolución Supremaserá refrendada por el Ministro de la Producción.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

RAFAEL REY REYMinistro de la Producción

02479-4

��������� �� � ����� ������ ������ � ������ � �� � �"������� �����������������'�������&�����

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 234-2006-PRODUCE

Lima, 25 de setiembre del 2006

Visto el Oficio Nº DE-100-258-2006-PRODUCE/IMPdel 13 de setiembre de 2006, mediante el cual el Institutodel Mar del Perú alcanza el Informe denominado"Régimen Provisional de Pesca de Merluza al 10 desetiembre de 2006" y el Informe Nº 285-2006-PRODUCE/DGEPP-Dch, elaborado por la DirecciónGeneral de Extracción y Procesamiento Pesquero;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Ley General de Pesca -Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursoshidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionalesdel Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendoal Estado regular el manejo integral y la explotaciónracional de dichos recursos;

Que el artículo 9º de la citada Ley establece que elMinisterio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción,sobre la base de evidencias científicas disponibles y defactores socioeconómicos determinará, según el tipo depesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, lascuotas de captura permisible, temporadas y zonas depesca, regulación del esfuerzo pesquero, los métodosde pesca, tallas mínimas de captura y demás normasque requieran la preservación y explotación racional delos recursos hidrobiológicos;

Page 9: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006 328963

REPUBLICA DEL PERU

Que por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCEdel 29 de mayo de 2003, se aprobó el Reglamento deOrdenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con elpropósito de lograr su recuperación en el mediano plazo,para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso yde su fauna acompañante, teniendo en cuenta suscaracterísticas biológicas y poblacionales, considerandolos principios de pesca responsable, la conservacióndel medio ambiente y la biodiversidad;

Que mediante Resolución Ministerial Nº 356-2005-PRODUCE del 28 de diciembre de 2005, se establecióel Régimen Provisional de Pesca del recurso merluza(Merluccius gayi peruanus) correspondiente al año2006, en el marco del cual se autorizó la actividadextractiva del citado recurso desde las 00:00 horas del1 de enero de 2006 en el área marítima comprendidadesde el extremo norte del dominio marítimo del Perú yel paralelo 06° 00' 00" Latitud Sur; además se fijó lacuota total de pesca del recurso merluza en 55,000toneladas métricas;

Que el artículo 22º de la Resolución Ministerialcitada, establece que el Instituto del Mar del Perúdeberá informar al Ministerio de la Producción losresultados de las evaluaciones y seguimiento de lapesquería de merluza, recomendando de ser el caso,las medidas de ordenamiento pesquero que seannecesarias;

Que el Instituto del Mar del Perú - IMARPE medianteOficio Nº DE-100-258-2006-PRODUCE/IMP del 13 desetiembre de 2006 remitió el informe "Régimen Provisionalde Pesca de Merluza al 10 de setiembre de 2006", en elcual señala que los índices de abundancia relativa demerluza en la flota industrial arrastrera (EAC y EAME),mantienen los bajos valores que se registran desde mayode 2005, que es indicativo de una baja en la disponibilidadde merluza en la plataforma continental del área de pescaautorizada; de otro lado, señala que desde mayo se haregistrado la presencia de un grupo de merluzaspequeñas con talla modal de 16 cm en la estructura portallas de las capturas de la flota industrial, que hanpersistido en las capturas de las zonas de pescaautorizadas ubicadas al sur de los 4º30" y que ha ido enincremento, alcanzando un promedio del 35% del númerode merluzas capturadas, por lo que es necesario adoptarmedidas a fin de evitar que se siga extrayendo estaporción de la población puesto que podría perjudicarnotablemente los procesos de reclutamiento ycrecimiento poblacional;

Que as imismo señala que los ind icadoresreproductivos de merluza de los grupos de tallas másabundantes, muestran que la población de hembrasadultas está incrementando sus niveles de actividadgonadal tendentes al inicio de la época del principalpico de desove, habiendo sobrepasado los valoresumbrales del 50% en las subáreas A y C, mientrasque la subárea B se encuentra un poco másretrasado; lo que indica que el recurso se encuentraa punto de iniciar el desove principal de invierno -primavera; por lo que teniendo en consideración laalta incidencia de ejemplares demasiados pequeñosen las capturas de flota industrial arrastrera, así comoel avance de indicadores de actividad reproductiva,se recomienda adoptar las medidas necesarias parala protección del desove y la realización de unaoperación merluza;

De conformidad con las disposiciones contenidas enel Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero dela merluza, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2003-PE y demás normas complementarias; y,

Con el visado del Viceministro de Pesquería;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Establecer la veda reproductiva delrecurso merluza (Merluccius gayi peruanus) y suspenderla actividad de extracción del citado recurso, a partir delas 00:00 del día siguiente de la fecha de publicación de

la presente Resolución Ministerial, en las subáreas A yC cuyos límites se detallan a continuación:

- Subárea A: área marítima comprendida desde elextremo norte del dominio marítimo del Perú hasta elparalelo 04° 00' 00" Latitud Sur.

- Subárea C: área marítima comprendida entre losparalelos 05° 00' 01" y 06° 00' 00" Latitud Sur.

La prohibición comprende el desarrollo de actividadesextractivas por parte de la flota arrastrera de mayorescala (industrial) y menor escala.

Artículo 2º.- Prohibir desde las 12:00 horas del díasiguiente de la fecha de publicación de la presenteresolución, el procesamiento del recurso merluza cuyascapturas procedan de las subáreas de suspensióndispuesta en el artículo 1º de la presente resolución.

Artículo 3º.- La actividad pesquera artesanal estáexceptuada de la veda reproductiva de merluzaestablecida en el artículo 1º de la presente resolución.Las embarcaciones pesqueras artesanales continuaránejerciendo actividad extractiva de merluza, sólo sicuentan con permiso de pesca vigente para dichapesquería y uti l izan espinel o palangre en susoperaciones de pesca.

De acuerdo a lo establecido en el numeral 5.13 delartículo 5º del Reglamento del Ordenamiento Pesquerodel Recurso Merluza, aprobado por Decreto SupremoNº 016-2003-PRODUCE, las embarcaciones pesquerasartesanales que se dediquen a la actividad extractiva delrecurso merluza deberán utilizar obligatoriamentesistemas de pesca basados en líneas con anzuelos ausarse a nivel de fondo, por lo que se encuentra prohibidoel uso de artes o aparejos de pesca distintos a los antescitados.

Artículo 4º.- Precísese que la subárea B delimitadapor los paralelos 04° 00' 01" y 05° 00' 00" Latitud Sur noestá comprendida en los alcances de la vedareproductiva del recurso merluza, excepción que estásujeta al seguimiento del estado reproductivo que efectúeel Instituto del Mar del Perú - IMARPE; pudiendo lasembarcaciones de mayor escala y menor escaladesarrollar en dicha subárea actividades extractivas delcitado recurso, siendo de aplicación las disposicionescontenidas en el artículo 19º de la Resolución MinisterialNº 356-2005-PRODUCE.

Las capturas de merluza procedentes de la subáreaB, podrá procesarse en los establecimientos industrialespesqueros que cuenten con licencia de operación vigentey han suscrito el convenio a que se refiere la ResoluciónMinisterial Nº 356-2005-PRODUCE.

Artículo 5º.- La Dirección General de Capitanías yGuardacostas del Ministerio de Defensa no otorgaráautorización de zarpe para realizar actividadesextractivas del recurso merluza en las subáreas A y C,a partir de las 12:00 horas de la fecha de publicación dela presente resolución.

Artículo 6º.- Las actividades de extracción yprocesamiento que se desarrollen en el marco de lodispuesto en la presente resolución, están sujetas alestricto cumplimiento de las disposiciones contenidasen la Resolución Ministerial Nº 356-2005-PRODUCE.

Artículo 7º.- El Instituto del Mar del Perú - IMARPE,efectuará un seguimiento de la evolución del procesoreproductivo del recurso merluza, debiendo informar yrecomendar al Ministerio de la Producción el inicio de laveda del recurso en la subárea B, así como la culminacióndel proceso de desove que determine el levantamientode la veda reproductiva.

Para tal efecto, se autorizará al IMARPE a ejecutar laOperación Merluza X, debiendo previamente remitir a laDirección General de Extracción y ProcesamientoPesquero del Ministerio de la Producción el Plan deTrabajo a ejecutar.

Artículo 8º.- El seguimiento, control y vigilancia seefectuará sobre la base de los reportes que emite elSistema de Seguimiento Satelital, sin perjuicio de laslabores que realicen los inspectores de la DirecciónGeneral de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio

Page 10: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328964 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006

de la Producción y las Direcciones Regionales de laProducción con competencia pesquera.

Artículo 9º.- El incumplimiento de las disposicionescontenidas en la presente resolución, será sancionadoconforme a lo establecido en Ley General de Pesca,Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento deInspecciones y del Procedimiento Sancionador de lasActividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado porDecreto Supremo Nº 008- 2002-PE y demásnormatividad pesquera vigente.

Artículo 10º.- Las Direcciones Generales deExtracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento,Control y Vigi lancia, así como las DireccionesRegionales de Producción con competencia pesqueray la Dirección General de Capitanías y Guardacostasdel Ministerio de Defensa dentro del ámbito de susrespectivas competencias y jurisdicciones, velarán porel estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presenteresolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL REY REYMinistro de la Producción

02466-1

TRABAJO Y PROMOCIÓN

DEL EMPLEO

������������������ �������������� ��� ������ ���������� ��4�* 1 �� ���4���� � �����'(��� �!���

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 336-2006-TR

Lima, 25 de setiembre de 2006

VISTO: El Memorándum Nº 1836-2006-MTPE/4 defecha 15 de setiembre de 2006, del Secretario Generaldel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo previsto en el literal c) el artículo11º del Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organizacióny Funciones del Servicio Nacional de Capacitación parala Industria de la Construcción - SENCICO, el ConsejoDirectivo Nacional de dicho Organismo, estará integrado,entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajoy Promoción del Empleo;

Que, en mérito a lo expuesto, mediante ResoluciónMinisterial Nº 084-2005-TR de fecha 6 de abril de 2005,se designó al señor Juan Mariano Navarro Pando, comorepresentante del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo, ante el Consejo Directivo Nacional deSENCICO;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 299-2006-TR de fecha 28 de agosto de 2006, se da por concluidala designación del señor Juan Mariano Navarro Pando,en el cargo de Director Regional de Trabajo y Promocióndel Empleo de Lima - Callao del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo;

Que, es requisito imperativo que el representante delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, deba serun funcionario cuya actividad esté vinculada con laformación profesional, con jerarquía de Director Generalo de Director;

Que, mediante documento de visto y por convenir alservicio, resulta conveniente emitir el acto administrativopor la cual se dé por concluida la designación a que hacereferencia el segundo considerando y designar al nuevo

representante del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo ante el referido Consejo Directivo Nacional;

Con la visación del Director General de la Oficina deAsesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en los artículos11º y 13º del Decreto Legislativo Nº 147, Ley deOrganización y Funciones del Servicio Nacional deCapacitación para la Industria de la Construcción -SENCICO; el literal b) del artículo 31º del DecretoSupremo Nº 032-2001-MTC, que aprueba el Estatutodel SENCICO; y el literal d) del artículo 12º delReglamento de Organización y Funciones del Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo aprobado porResolución Ministerial Nº 173-2002-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, ladesignación del señor JUAN MARIANO NAVARROPANDO, como representante del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo, ante el Consejo Directivo Nacionaldel Servicio Nacional de Capacitación para la Industriade la Construcción - SENCICO, dándosele las graciaspor los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, alfuncionario que ocupa el cargo de Director Regional deTrabajo y Promoción del Empleo de Lima - Callao, comorepresentante del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, ante el Consejo Directivo Nacional del ServicioNacional de Capacitación para la Industria de laConstrucción - SENCICO.

Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución MinisterialNº 084-2005-TR de fecha 6 de abril de 2005.

Artículo 4º.- Remitir copia de la presente ResoluciónMinisterial al Consejo Directivo Nacional del ServicioNacional de Capacitación para la Industria de laConstrucción - SENCICO, para los finescorrespondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROSMinistra de Trabajo y Promoción del Empleo

02474-1

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 337-2006-TR

Lima, 26 de setiembre de 2006

VISTO: El Memorándum Nº 1828-2006-MTPE/4 defecha 13 de setiembre de 2006, del Secretario Generaldel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-88-ED defecha 4 de marzo de 1988, se aprueban los Estatutos dela Sociedad Geográfica de Lima, considerando en susArtículos 3º y 8º como miembros natos del ConsejoDirectivo, entre otros, al personero del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo;

Que, según el Artículo 7º del citado Decreto Supremo,los cargos del Consejo Directivo y la ComisiónAdministrativa, salvo impedimento o remoción, durarántres (3) años, sólo podrán ser reelegidos una vez;

Que, en mérito a lo expuesto, mediante ResoluciónMinisterial Nº 047-2006-TR de fecha 27 de enero de2006, se designó al señor Juan Navarro Pando, comorepresentante del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, ante el Consejo Directivo de la SociedadGeográfica de Lima;

Que, mediante documento de visto y por convenir alservicio, corresponde dar por concluida la designacióndel citado servidor y, designar al nuevo representantedel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante elConsejo Directivo de la Sociedad Geográfica de Lima;

Page 11: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006 328965

REPUBLICA DEL PERU

Con la visación del Director General de la Oficina deAsesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º dela Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del PoderEjecutivo en el nombramiento y designación defuncionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 004-88-ED, Estatutos de la Sociedad Geográfica de Lima; y elliteral d) del Artículo 12º del Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, aprobado mediante Resolución MinisterialNº 173-2002-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, ladesignación del señor JUAN NAVARRO PANDO, comorepresentante del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, ante el Consejo Directivo de la SociedadGeográfica de Lima, dándosele las gracias por losservicios prestados.

Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, a laabogada VICTORIA ANGÉLICA CÁRDENAS CABRERA,Directora Regional de Trabajo y Promoción del Empleode Lima - Callao, como representante del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo, ante el ConsejoDirectivo de la Sociedad Geográfica de Lima.

Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución MinisterialNº 047-2006-TR de fecha 27 de enero de 2006.

Artículo 4º.- Remitir copia de la presente ResoluciónMinisterial a la Presidencia de la Sociedad Geográfica deLima, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROSMinistra de Trabajo y Promoción del Empleo

02474-2

������������

CONSEJO EJECUTIVO

DEL PODER JUDICIAL

�������&���� �� � �:���7������ ��;����:���� ����� ������

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 117-2006-CE-PJ

Lima, 25 de setiembre del 2006

VISTO:

El Informe Nº 007-2006-GPEJ-GG/PJ remitido por laGerencia de Personal y Escalafón Judicial de la GerenciaGeneral del Poder Judicial, con relación al cese por límitede edad del señor Víctor Celso La Madrid Amaya, Jueztitular del Quinto Juzgado Penal de Piura, Distrito Judicialdel mismo nombre; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 201-90-JUS,se nombró al señor Víctor Celso La Madrid Amaya, JuezPenal titular de la Corte Superior de Justicia de Piura;

Que, el artículo 245º del Texto Único Ordenado de laLey Orgánica del Poder Judicial establece que el cargode magistrado termina, entre otras causales, por cesantíao jubilación;

Que, al respecto, del Informe Nº 007-2006-GPEJ-GG/PJ, remitido por la Gerencia de Personal y EscalafónJudicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asícomo de la fotocopia de la ficha del Registro de Identidad- RENIEC anexa, aparece que el nombrado magistrado

nació el 27 de setiembre de 1936, y en consecuencia el27 de los corrientes cumplirá setenta (70) años de edad;razón por la que corresponde disponer su cese por límitede edad, de conformidad con lo previsto en el inciso a)del artículo 35º del Decreto Legislativo Nº 276,concordado con el artículo 186º, inciso a), del DecretoSupremo Nº 005-90-PCM;

Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo delPoder Judicial, en uso de las facultades conferidas porel Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del PoderJudicial, en sesión extraordinaria de la fecha, porunanimidad;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partirdel 27 de setiembre del año en curso, al señor VíctorCelso La Madrid Amaya en el cargo de Juez titular delQuinto Juzgado Penal de Piura, Distrito Judicial del mismonombre; dándosele las gracias por los serviciosprestados a la Nación.

Artículo Segundo.- Transcríbase la presenteresolución a la Presidencia del Poder Judicial, ConsejoNacional de la Magistratura, Oficina de Control de laMagistratura del Poder Judicial, Presidencia de la CorteSuperior de Justicia de Piura, Gerencia General del PoderJudicial y al interesado, para su conocimiento y finesconsiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO

ANTONIO PAJARES PAREDES

JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN

JOSÉ DONAIRES CUBA

WÁLTER COTRINA MIÑANO

LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ

02461-1

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

���� �� �(���� �������� ��������� � ���� 3���� 4����������������� ���4�������*������

SALA PENAL PERMANENTE DE LA CORTESUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 002-2006-SPPCS

Lima, 25 de setiembre de 2006

VISTO; el Oficio Nº 108-2006-P-SPN, del 22 desetiembre del presente año, cursado por el Presidentede la Sala Penal Nacional; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 521-CME-PJ de fecha 19 de noviembre de 1997, se facultó ala Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justiciade la República, designar a los integrantes de las SalasSuperiores creadas para la investigación y juzgamientodel delito de Terrorismo, cuya selección debe asegurarla vigencia y fortalecimiento de equipos técnicosespecializados con la experiencia suficiente para la tareaencomendada.

Page 12: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328966 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006

Que, mediante Oficio Nº 108-2006-P-SPN de fecha22 de setiembre del presente año el Presidente de laSala Penal Nacional adjunta la solicitud de la señora VocalSuperior Provisional NANCY EYZAGUIRRE GARATEmediante la cual solicita deje sin efecto su designacióncomo miembro integrante de la Sala Penal Nacional porhaber sido destinada para integrar la Sala Permanentede Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Que, por Resolución Administrativa Nº 298-2006-P-CSJLI-PJ del 21 de setiembre del año en curso publicadaen el Diario Oficial El Peruano el 22 de setiembre último laindicada Magistrada fue designada como Vocal SuperiorProvisional de la Sala Permanente de Familia.

Que al dejar de pertenecer la indicada Magistrada alColegiado "A" de la Sala Penal Nacional, no afecta lacontinuación de las audiencias programadas, conformelo establece el Presidente de la Sala Penal Nacional en laconstancia que anexa a su oficio.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema deJusticia de la República en uso de las facultadesconferidas por la Resolución Administrativa Nº 521-CME-PJ; y estando a lo acordado en sesión de la fecha:

RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto a partir de la fechade la publicación de la presente Resolución, el artículosegundo de la Resolución Administrativa Nº 002-2004-SPPCS de fecha 3 de marzo del 2004, la designación dela señora NANCY EYZAGUIRRE GARATE como VocalSuperior Provisional de la Sala Penal Nacional, debiendoretornar a su Corte de origen.

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resoluciónal Presidente de la Corte Suprema, al Presidente delConsejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Fiscal de laNación, al Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura,al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, alPresidente de la Sala Penal Nacional y al Gerente Generaldel Poder Judicial.

Artículo Tercero.- La presente Resolución entraráen vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese.

HUGO SIVINA HURTADO

CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO

RAUL ALFONSO VALDEZ ROCA

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

JORGE BAYARDO CALDERON CASTILLO

02457-1

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

������9� ������ ��� ����4������� �:������� �!���

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 303-2006-P-CSJLI/PJ

Lima, 26 de setiembre del 2006

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, el objetivo principal de la Presidencia de la CorteSuperior de Justicia de Lima, es optimizar el Servicio deAdministración de Justicia en sus distintos niveles, porlo que se deben dictar las medidas administrativaspertinentes y necesarias que conlleven al mejoramientodel servicio a sus usuarios.

Que mediante Resolución Administrativa Nº 203-99-P-CSJLI/PJ, de fecha 12 de abril de mil novecientosnoventinueve, se aprobó el Manual Normativo delFedatario de la Corte Superior de Justicia de Lima, queen su artículo tercero señala que el fedatario esdesignado por el Presidente de la Corte Superior, por elperíodo de un año.

Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia deLima, es la máxima autoridad del Distrito Judicial a sucargo y en uso de las facultades que le confiere losincisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica delPoder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora MilagrosDel Rosario Vargas Gordillo como Fedataria de la CorteSuperior de Justicia de Lima, a partir de la fecha hasta el31 de diciembre del 2006, en adición a sus funcionescomo Secretaria General de esta Corte Superior deJusticia.

Artículo Segundo.- PONER la presente Resoluciónen conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, delConsejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina deControl de la Magistratura, de la Oficina Distrital de Controlde la Magistratura, de la Oficina de Administración Distritalde la Corte Superior de Justicia de Lima.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDÍVARPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

02468-1

����������������

BANCO CENTRAL DE RESERVA

������������� �(��������� 2������� ���������� � �� <7����� ��� �������� ������������� �5���� �������<

RESOLUCIÓN DE DIRECTORIONº 071-2006-BCRP

Lima, 22 de septiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene lafinalidad de preservar la estabilidad monetaria;

Que, para el cumplimiento del anterior considerandola Gerencia de Estudios Económicos tiene entre susobjetivos proveer al Directorio, al Presidente y alGerente General, los estudios e informacionesnecesarias para que las políticas del Banco y su entornomacroeconómico permitan la consecución de laestabilidad monetaria;

Que, en tal sentido, se considera necesaria laparticipación de la entidad en el "Taller de ModelamientoMacroeconómico de Bancos Centrales", organizado porel Banco Central de Chile y que se llevará a cabo entreel 28 y el 29 de septiembre en la ciudad de Santiago,Chile;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a loacordado en el Directorio en su sesión de fecha 20 dejulio de 2006;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión del serviciodel señor Vicente Tuesta Reátegui, Subgerente de

Page 13: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006 328967

REPUBLICA DEL PERU

Investigación Económica, a la ciudad de Santiago, Chile,los días 27 al 29 de septiembre de 2006, y al pago de losgastos, a fin de intervenir en el certamen indicado en laparte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje serácomo sigue:

Pasaje US$ 627,17Viáticos US$ 600,00Tarifa única de uso de aeropuerto US$ 30,25

-----------------TOTAL US$ 1 257,42

Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derechoa exoneración o liberación del pago de derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.

KURT BURNEO FARFÁNDirector en ejercicio de la Presidencia

02431-1

REGISTRO NACIONAL DE

IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL

�"���� � ������� � �������� ������������ ���������� ����������� � ������ �(��������� �� ��*1� ��������=�%-->

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 869-2006-JEF/RENIEC

Lima, 25 de setiembre de 2006

VISTOS; el Oficio Nº 291-2006/GII/RENIEC, de fecha12 de junio de 2006, de la Gerencia de ImagenInstitucional; el Informe Nº 1177-2006/SGLG/GAD/RENIEC, de fecha 19 de julio de 2006, de la Subgerenciade Logística; el Informe Nº 000016-2006/PGA/GII/RENIEC, del 28 de junio de 2006, de la Gerencia deImagen Institucional; el Oficio Nº 001311-2006/GPP/RENIEC, de fecha 10 de julio de 2006, de la Gerencia dePlanificación y Presupuesto; el Informe Nº 893-2006-GAJ/RENIEC, de fecha 1 de agosto de 2006, de laGerencia de Asesoría Jurídica y el Acta Nº 06-2006 delComité Técnico Económico del RENIEC, de fecha 8 deagosto de 2006; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 291-2006/GII/RENIEC, defecha 12 de junio de 2006, la Gerencia de ImagenInstitucional informa sobre la necesidad de contar conel servicio de Publicación de Avisos Informativos delRENIEC en las Páginas Amarillas 2007, PáginasBlancas 2007, así como en la Guía de Bolsillo y On-Line 2007;

Que, a través del Informe Nº 1177-2006/SGLG/GAD/RENIEC, de fecha 19 de julio de 2006, la Subgerencia deLogística señala que, ha realizado el estudio de mercadorespectivo, determinando un valor referencial para dichacontratación que asciende a S/. 28,924.14 Nuevos Soles,incluido los impuestos de ley;

Que, asimismo, con Oficio Nº 000327-2006/GII/RENIEC, de fecha 28 de junio de 2006, la Gerencia deImagen Insti tucional remite a la Gerencia deAdministración el Informe Nº 000016-2006/PGA/GII/RENIEC, del 28 de junio de 2006 que contiene lascaracterísticas particulares que se constituyen comorazones técnicas que justifican la procedencia de laexoneración por causal de servicios personalísimosde la contratación del servicio de Publicación de AvisosInformativos con la empresa Telefónica Publicidad eInformación Perú S.A.C. para el año 2007, señalando

que las Páginas Amarillas es el medio más utilizado enel país, siendo considerada por Apoyo, Opinión yMercado, como el más consultado en empresas yhogares para la búsqueda de números telefónicoscomerciales. Según E-cámara.Net, el uso de las Guíasde Páginas Amarillas de Telefónica es de 95.5% enhogares y 97% en empresas, el tiraje de las Guías dePáginas Amarillas es de 933,000 ejemplares en Lima,superando ampliamente cualquier tiraje de medios decomunicación impresos, teniendo además una vigenciaanual, lo cual permite un mayor tiempo de exposiciónde los avisos publicados;

Que, respecto a las Páginas Blancas, señala elInforme que son el medio más eficaz de búsqueda denúmeros telefónicos específicos en hogares y empresas;pues se reparten por cada número telefónico fijoregistrado en Telefónica del Perú, su campo geográficoabarca todo Lima y su aviso llega a todo lugar dondehaya un teléfono fijo;

Que, con relación a las Páginas Amarillas de Bolsillo,se indica que ésta versión de las Páginas Amarillas puedeser trasladada fácilmente y llevada sin inconvenientespara una consulta rápida y sencilla, contando con untiraje exclusivo de 180,000 ejemplares a consumidorescomprobados;

Que, respecto a las Páginas Amarillas ON Line,señala el informe que dicho website es el más visitadodel Perú en el ámbito de consultas acerca deorganizaciones sean comerciales o no. Según datosde Interna y Certifica, empresa que realiza medicionesde websites, Páginas Amarillas On Line recibe más deun millón y medio de consultas mensuales y tiene 600mil visitantes únicos comprobados al mes. La ventajade publicar en este website es la ubicación preferenteque ofrece, así como una disponibilidad de consulta las24 horas del día y la posibilidad de actualizar o cambiarel aviso en el momento que se desee, teniendo ademásvigencia por un año;

Que, de acuerdo con el Informe Nº 1083-2006/SGLG/GAD/RENIEC, luego de efectuada la verificación delrequerimiento, se acredita que éste no se encuentraprevisto en el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones 2006 del RENIEC;

Que, mediante Oficio Nº 001311-2006/GPP/RENIEC,de fecha 10 de julio de 2006, la Gerencia de Planificacióny Presupuesto, señala que la referida contratación cuentacon disponibilidad presupuestaria por S/. 28,924.14Nuevos Soles, incluidos los impuestos de ley, con cargoa los Recursos Directamente Recaudados;

Que, el artículo 7º del TUO de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 083-2004-PCM, establece que cada Entidadelaborará un Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones, el cual debe prever los bienes, serviciosy obras que se requerirán durante el ejerciciopresupuestal y el monto del presupuesto requerido,siendo aprobado por el Titular del Pliego o la máximaautoridad administrativa de la Entidad;

Que, el artículo 23º del Reglamento de la referida ley,aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,señala que el Plan Anual debe considerar todas lasadquisiciones y contrataciones, con independencia delrégimen que las regule;

Que, de otro lado, el numeral 1) del artículo 27º delmencionado Reglamento indica que el Plan Anual de laEntidad podrá ser modificado cuando se tenga que incluiro excluir procesos de selección, encontrándose suaprobación y difusión sujetos a la forma prevista en losartículos 25º y 26º de la norma acotada;

Que, en tal sentido, en aplicación de los artículos25º y 26º del Reglamento, la modificación del Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobadopor el Titular de la Entidad y publicado en el SEACE enun plazo no mayor de cinco (5) días hábiles demodificado;

Que, adicionalmente, el Plan Anual modificado deberáestar a disposición de los interesados en la dependenciaencargada de las adquisiciones y contrataciones delRENIEC y en la página web institucional;

Page 14: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328968 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006

Que, asimismo con relación a la exoneración delproceso de selección, el literal f) del artículo 19º del TUOde la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM,establece que están exoneradas de los procesos deselección las adquisiciones y contrataciones de serviciospersonalísimos, de acuerdo a lo que establezca elReglamento;

Que, por su parte, el artículo 145º del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCMseñala que, cuando exista la necesidad de proveersede servicios especializados profesionales, artísticos,científicos o tecnológicos; procede la exoneración porservicios personalísimos para contratar con personasnaturales o jurídicas notoriamente especializadassiempre que su destreza, habilidad, experienciaparticular y/o conocimientos evidenciados, apreciadosde manera objetiva por la Entidad, permitan sustentarde modo razonable e indiscutible su adecuación parasatisfacer la complejidad del objeto contractual y hagainviable la comparación con otros potencialesproveedores;

Que, de acuerdo con la normativa citada y losantecedentes expuestos podemos apreciar que elservicio ofrecido se constituye como el servicioidóneo, toda vez que reúne las condic ionesrequeridas por el área usuaria para cumplir con laprestación requerida;

Que, el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM señala que todas las exoneraciones, salvolas previstas en el literal d) del Artículo 19º, se aprobaránmediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad,siendo esta facultad indelegable;

Que, la Jefatura Nacional, ejerce la Titularidad delPliego Presupuestario del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil;

Estando a lo opinado por la Gerencia de AsesoríaJurídica y a lo expuesto en el Acta Nº 06-2006 del ComitéTécnico Económico del RENIEC, de fecha 8 de agostode 2006; en uso de las atribuciones conferidas en la LeyNº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil- y de conformidad con lodispuesto en el inciso h) del artículo 11º del Reglamentode Organización y Funciones, aprobado medianteResolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF/RENIEC, defecha 5 de diciembre del 2005;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones del RENIEC, correspondiente alejercicio 2006, el proceso de selección por AdjudicaciónDirecta Selectiva para la contratación del servicio dePublicación de Avisos Informativos del RENIEC, por unvalor referencial de S/. 28,924.14 Nuevos Soles, incluidoslos impuestos de ley, con cargo a los RecursosDirectamente Recaudados, de acuerdo con el cuadroque se anexa a la presente Resolución.

Artículo 2º.- Aprobar la modificación al Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones del RENIECcorrespondiente al ejercicio presupuestal 2006.

Artículo 3º.- Encargar a las Gerencias deAdministración e Informática y Estadística efectuar larespectiva publicación en el SEACE y en la página webinstitucional en un plazo no mayor de cinco (5) díashábiles de emitida la presente Resolución, así comoponerlo a disposición del público usuario.

Artículo 4º.- Aprobar, que vía exoneración por causalde servicios personalísimos, se contrate con la empresaTelefónica Publicidad e Información Perú S.A.C., elservicio de Publicación de Avisos Informativos delRENIEC durante el año 2007, en las Páginas Amarillas,Páginas Blancas, Páginas Amarillas de Bolsillo y PáginasAmaril las On Line, por un valor referencial deS/. 28,924.14 Nuevos Soles, incluidos los impuestos deley, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 5º.- Autorizar a la Gerencia de Administraciónpara que proceda a la contratación indicada mediante

acciones inmediatas, conforme a lo prescrito por lasnormas de contrataciones y adquisiciones del Estado ydisponer a la Gerencia de Administración efectúe lapublicación de la presente Resolución en el SEACE, asícomo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a su emisión y remita unacopia de la misma y de los informes que la sustentan a laContraloría General de la República y al Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentrodel mismo plazo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO RUIZ BOTTOJefe Nacional

02475-1

���� �� �(���� �������� ����� ���� ������ �� � ��������������� ������������ � (����� ��������� ���� �� ���� � ���� ������������(��� �����������������������"������

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 873-2006-JEF/RENIEC

Lima, 25 de setiembre de 2006

VISTOS:

El Oficio Nº 3592-2006-GO/RENIEC emitido por laGerencia de Operaciones y el Oficio Nº 2825-2006-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil es un organismo constitucionalmente autónomoencargado, de manera exclusiva y excluyente, deorganizar y actualizar el Registro Único de Identificaciónde las Personas Naturales, así como de inscribir loshechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Por Resolución Jefatural Nº 917-2005-JEF/RENIECse delegó y ratificó, la designación de las locadoras NellyElisa Bances Pacheco y Miriam Cecilia Malca Delgado,respectivamente, para que efectúen la labor deautenticación de firmas de Registradores del Estado Civilen copias certificadas y constancias para uso en elexterior;

Que, a través del Oficio de los Vistos, la Gerencia deOperaciones solicita que se deje sin efecto la designaciónde las locadoras Nelly Elisa Bances Pacheco y MiriamCecilia Malca Delgado para que efectúen la labor deautenticación de firmas de Registradores del Estado Civilen copias certificadas y constancias para uso en elexterior, al haber sido reasignadas a labores distintas alas señaladas;

Que, estando a lo expuesto y lo dispuesto en laConstitución Política, en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánicadel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC, el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, y elReglamento de Organización y Funciones aprobado porResolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF publicada el 5de diciembre del 2005;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designaciónde las locadoras Nelly Elisa Bances Pacheco y MiriamCecilia Malca Delgado para que efectúen la labor deautenticación de firmas de Registradores del Estado Civilen copias certificadas y constancias para uso en elexterior, según Resolución Jefatural Nº 917-2005-JEF/RENIEC.

Page 15: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006 328969

REPUBLICA DEL PERU

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia deOperaciones el cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

EDUARDO RUIZ BOTTOJefe Nacional

02475-2

�������� �������� � (���������������������(���� ��������� ����� � ���� 8�� (����� � ����������� � �� ���� ����� � �����������? ������� � �����'?�������� �#������

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 875-2006-JEF/RENIEC

Lima, 26 de septiembre de 2006

VISTOS:

El Informe Nº 002256-2006/SGREC/GO/RENIEC, defecha 1 de agosto de 2006; y el Informe Nº 0978-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de AsesoríaJurídica.

CONSIDERANDO:

Que, para el ejercicio de sus funciones, el RegistroNacional de Identificación y Estado Civil mantieneestrecha y permanente coordinación con diversasentidades, como las Municipalidades Provinciales yDistritales, Municipios de Centro Poblado Menor,Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas, ycualquier otra dependencia, instancia o entidad, públicao privada, cuando ello fuese necesario, conforme loestablece el artículo 8º de la Ley Nº 26497- LeyOrgánica del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil;

Que, por Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF defecha 3 de abril de 1996, se delegó las funcionesregistrales contenidas en el artículo 44º de la LeyNº 26497, a las Oficinas de Registro de Estado Civil de laRepública ubicadas, entre otras instituciones, en lasMunicipalidades Provinciales, Distritales y de los CentrosPoblados, debidamente autorizadas, esto en tanto sepromulgara el Reglamento de las Inscripciones en elRegistro de Identificación y Estado Civil;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCMde fecha 23 de abril de 1998, se aprobó el Reglamentode Inscripciones del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil, norma que regula la inscripción de loshechos relativos al estado civil de las personas, en dondeademás se precisa que el Sistema Registral lo conformael conjunto de órganos y personas del Registro que tienena su cargo la ejecución de los procedimientosadministrativos de inscripción, así como los órganos deapoyo, asesoramiento y control del Registro y acordecon ello el Artículo 11º del mismo, precisa que las OficinasRegistrales se encuentran encargadas delprocesamiento registral y demás funciones inherentesal Registro de Estado Civil, encargándose a la JefaturaNacional la creación y autorización de las que fuerennecesarias;

Que, los Registros de Estado Civil, para sufuncionamiento técnico operativo, carecían de un órganorector que estableciera mecanismos básicos decapacitación, orientación, verificación y control, bajo loscuales debiesen desarrollar sus actividades losRegistradores de Estado Civil del país y, que el procesode integración a que se refiere complementariamente laLey Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, requería para su debida

implementación, de la eliminación de la informalidadregistral civil existente en el país; se estableció unproceso de formalización de las Oficinas de Registro noautorizadas, ubicadas en las Municipalidades de losCentros Poblados de la República, el mismo que a lafecha ha permitido oficializar la inscripción de los hechosvitales y actos modificatorios del estado civil en loslugares geográficamente más apartados del territoriopatrio;

Que, en ese orden de ideas la Oficina Registral quefunciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que serefiere el informe del visto, ha formalizado expediente deregularización de Oficina Registral en su respectivalocalidad, el mismo que se encuentra debidamentecomplementado y cuenta con el visto bueno de laSubgerencia de Registros del Estado Civil de la Gerenciade Operaciones, por lo que corresponde la aprobaciónde la delegación de funciones, que establezca lavinculación funcional que la normatividad vigente dispone,las mismas que requieren de publicidad, esencial parasu vigencia;

Estando a lo opinado por la Gerencia de AsesoríaJurídica y en uso de las facultades conferidas por elartículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil- Ley Nº 26497, y el artículo11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funcionesde la Institución, aprobado por Resolución JefaturalNº 1183-2005-JEF/RENIEC;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar, en vía de regularización,la delegación de las funciones registrales establecidasen los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de laLey Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, así como las accionesadministrativas que correspondan para llevar adelantela delegación, a que se refiere la parte considerativa dela presente Resolución, a la Oficina de Registro de EstadoCivil que funciona en la Municipalidad del Centro Pobladode:

CENTRO DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTOPOBLADO

MARCAVALLE PUCARÁ HUANCAYO JUNIN

Artículo Segundo.- El Jefe de la Oficina de Registrode Estado Civil que funciona en la Municipalidad delCentro Poblado mencionado en el artículo precedente,queda encargado de las funciones registrales cuyadelegación se autoriza, así como de las accionesadministrativas que correspondan para llevar adelantela delegación funcional dispuesta, ceñida a lanormatividad sustantiva y registral vigente, bajo lasupervisión y control del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil.

Artículo Tercero.- El Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, a través de la Subgerenciade Registros del Estado Civil, proporcionará los libros denacimiento, matrimonio y defunción, a la Oficina deRegistro de Estado Civil que funciona en la Municipalidaddel Centro Poblado MARCAVALLE, cuya delegación defacultades registrales se aprueba con la presenteResolución; así como también corresponderá a dichaSubgerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, afin que el procedimiento registral se realice enconcordancia con las normas legales, reglamentarias yadministrativas, que regulan las inscripciones en losRegistros de Estado Civil.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

EDUARDO RUIZ BOTTOJefe Nacional

02475-3

Page 16: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328970 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006

MINISTERIO PÚBLICO

������ ����� ��������(����� ���� �� ��������� � ��������� �!������8��

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 1157-2006-MP-FN

Lima, 25 de setiembre de 2006

VISTOS:

El Memorándum Nº 101-2006-MP-FN-GG-GINFRA,de fecha 25 de agosto de 2006, de la Gerencia deInfraestructura, el Testimonio de la Escritura Pública deDonación, de fecha 14 de setiembre del año 2005 en laque se encuentra inserta el Acuerdo de Concejo Nº 057-2004-MPL, otorgada por la Municipalidad Provincial deLambayeque, Informe Técnico Legal Nº 016-2006-MP-FN-CGP-AD, de fecha 8 de setiembre de 2006 del Comitéde Gestión Patrimonial; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Acuerdo de Concejo, de fecha 16 de agostode 2004, en su Décima Sexta Sesión Ordinaria, laMunicipalidad Provincial de Lambayeque, resolvió otorgaren donación a favor del Ministerio Público, el lote deterreno Nº 03 de la Mza H6 del Pueblo Joven San Martínde Porres, ubicado en la ciudad de Lambayeque, con unárea total de 459.70 m2;

Que, con fecha 14 se setiembre del año 2005, seeleva por ante el Notario Público Sergio V. Vera Gonzalesde la ciudad de Lambayeque, la Escritura Pública dedonación otorgada por la Municipalidad Provincial deLambayeque, a favor del Ministerio Público;

Que, el Comité de Gestión Patrimonial, encumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento Generalde Procedimientos Administrativos de los Bienes dePropiedad Estatal, aprobado por Decreto SupremoNº 154-2001-EF, ha emitido el Informe Técnico LegalNº 016-2006-CGP-AD de fecha 8 de setiembre de 2006,recomendando aceptar la donación de la MunicipalidadProvincial de Lambayeque, a favor del Ministerio Público,del lote de terreno Nº 03 Mza H6 del Pueblo Joven SanMartín de Porres con un área total de 459.70 m2, ubicadoen la provincia de Lambayeque, departamento deLambayeque el mismo que se encuentra debidamenteinscrito en los Registros Públicos de Lambayeque con laPartida Electrónica Nº 10116690, para ser destinadoexclusivamente a la construcción del local de la DivisiónMédico Legal y Morgue de Lambayeque;

Que en consecuencia, es necesario expedir el actoresolutivo aceptando la donación, del terreno citado enel considerando precedente, a fin de proceder aincorporarlo en el margesí de bienes inmuebles delMinisterio Público, conforme a lo señalado en el artículo56º y siguientes del Reglamento General deProcedimientos Administrativos de los Bienes dePropiedad Estatal, aprobado por Decreto SupremoNº 154-2001-EF;

Contando con las visaciones de la Gerencia General,de la Gerencia Central de Logística, de la Oficina deAsesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto por el ReglamentoGeneral de Procedimientos Administrativos de los Bienesde Propiedad Estatal, aprobado por Decreto SupremoNº 154-2001-EF, Directiva Nº 006-2002/SBN aprobadapor Resolución Nº 026-2002/SBN y el artículo 64º delDecreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del MinisterioPúblico;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- ACEPTAR la donación del lote deterreno Nº 03 de la Mza H6 del Pueblo Joven San Martín

de Porres, provincia de Lambayeque, departamento deLambayeque, cuya extensión es de 459.70 m2, el mismoque se encuentra debidamente inscrito en los RegistrosPúblicos de Lambayeque, en la Partida ElectrónicaNº 10116690 cuyas características a continuación sedetallan:

Descripción del inmueble

Área Total : 459.70 M2

Linderos y Medidas Perimétricas

Por el Norte : Con 12.25 ML con la calle 17.Por el Sur : Con 10.92 ML. con la calle 18Por el Este : Con 39.77 ML. con la Av. Las Dunas.Por el Oeste : Con 39.61 ML. con la calle 19.

Artículo Segundo.- Agradecer a la MunicipalidadProvincial de Lambayeque, la importante donaciónefectuada a favor del Ministerio Público.

Artículo Tercero.- Disponer que el Comité de GestiónPatrimonial, Gerencia Central de Logística y la GerenciaCentral de Finanzas, efectúen las accionesadministrativas correspondientes.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presenteResolución a la Municipalidad Provincial de Lambayeque,Superintendencia de Bienes Nacionales, GerenciaGeneral, Gerencia de Infraestructura, Comité de GestiónPatrimonial, Gerencia Central de Logística, Oficina deAsesoría Jurídica y a los interesados para los finespertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGAFiscal de la Nación

02442-1

S B S

��������������'"��� ���������� �� 9� � � 4����� � ����������������� ������������������������@��������%--A

CIRCULAR Nº B-2159-2006

Lima, 22 de setiembre de 2006

CIRCULAR Nº B - 2159 - 2006F - 0499 - 2006

CM - 0346 - 2006CR - 0215 - 2006

Ref.: Actualización del monto máximo de coberturadel Fondo de Seguro de Depósitoscorrespondiente al trimestre setiembre 2006 –noviembre 2006

SeñorGerente General:

Sírvase tomar nota que en uso de las atribucionesconferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la LeyGeneral del Sistema Financiero y del Sistema de Segurosy Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,Ley Nº 26702 y sus modificatorias, así como de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 18º de dicha Ley General,esta Superintendencia dispone la actualización trimestral,correspondiente al período setiembre 2006 – noviembre2006, del monto máximo de cobertura que reconoce elFondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo153º de la mencionada Ley General.

En tal sentido, el monto máximo de cobertura quereconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el

Page 17: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006 328971

REPUBLICA DEL PERU

período setiembre 2006 – noviembre 2006 se indica acontinuación:

COBERTURA DEL FONDO DE SETIEMBRE 2006 –SEGURO DE DEPÓSITOS NOVIEMBRE 2006

(*)Monto en Nuevos Soles 75,731

(*) Actualización para el trimestre setiembre 2006 – noviembre 2006en base a la Variación IPM diciembre 1998 – agosto 2006:1.22147193

Atentamente,

JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓNSuperintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones

02432-1

���������������������

FONAFE

������������� � ���������� ��������� ��8��9�*�9�����������������������

ACUERDO DE DIRECTORIONº 007-2006/024-FONAFE

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24ºdel Reglamento de la Ley del Fondo Nacional deFinanciamiento de la Actividad Empresarial del Estado- FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la designación delos Directores de las empresas del Estadocomprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestaddel Director io de dicha Empresa, asimismo ladesignación deberá ser publicada en el Diario OficialEl Peruano.

Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 007-2006/024-FONAFE, correspondiente a la sesión instaladacon fecha 13 de setiembre de 2006, se designó comomiembro de directorio de empresa en la que FONAFEparticipa como accionista, a la persona que se señala acontinuación:

NOMBRE EMPRESA CARGO

GUIULFO SUÁREZ-DURAND, MARÍA ENAPU S.A. DIRECTORSOLEDAD

HILDA SANDOVAL CORNEJODirectora Ejecutiva

02481-1

������������� � ���������� ��������� ��8��9�*�9�����������������������

ACUERDO DE DIRECTORIONº 010-2006/024-FONAFE

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24ºdel Reglamento de la Ley del Fondo Nacional deFinanciamiento de la Actividad Empresarial del Estado -FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la designación de losDirectores de las empresas del Estado comprendidasbajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio dedicha Empresa, asimismo, la designación deberá serpublicada en el Diario Oficial El Peruano.

Se comunica que, por Acuerdo de DirectorioNº 010-2006/024-FONAFE, correspondiente a lasesión instalada con fecha 13 de setiembre, retomadael día 14 de setiembre de 2006, se designó comomiembro de directorio de empresa en la que FONAFEparticipa como accionista, a la persona que se señalaa continuación:

NOMBRE EMPRESA CARGO

ARBULÚ MIRANDA, MARIO ENAPU S.A. PRESIDENTE

HILDA SANDOVAL CORNEJODirectora Ejecutiva

02481-2

SUNAT

�� �(�������������� �4�������@ ���� *������ � ���� � � ����*+BC/@%--AD4E*�7D�

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIANACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS

Nº 462-2006/SUNAT/A

Callao, 26 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de SuperintendenciaNacional Adjunta de Aduanas Nº 385-2006/SUNAT/Ase precisa el Procedimiento de Sistema Anticipadode Despacho Aduanero de Importación Definitiva enla Intendencia de Aduana Marítima del Callao INTA-PE.01.17, la Resoluc ión de Super intendenciaNacional Adjunta de Aduanas Nº 079-2006-SUNAT/Ay el Procedimiento de Importación Definitiva INTA-PG.01;

Que se ha detectado un error material en el primerpárrafo del artículo 3º de la indicada Resolución deSuperintendencia Nacional Adjunta de Aduanasreferido al literal que se modifica de la Resolución deSuperintendencia Nacional Adjunta de AduanasNº 079-2006-SUNAT/A, que es necesario corregir;

En uso de las facultades conferidas por la Resoluciónde Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuestoen el inciso g) del artículo 23º del Reglamento deOrganización y Funciones de la SUNAT, aprobado porDecreto Supremo Nº 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modifíquese el primer párrafo delartículo 3º de la Resolución de Superintendencia NacionalAdjunta de Aduanas Nº 385-2006/SUNAT/A, por elsiguiente texto:

"Precísese que lo establecido en el segundo párrafodel numeral 1 del l iteral B del artículo 1º de laResolución de Superintendencia Nacional Adjunta deAduanas Nº 079-2006-SUNAT/A, en lo que respecta ala Intendencia de Aduana Marítima del Callao, es deaplicación a las mercancías que ingresan por el Puertodel Callao."

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑESuperintendente Nacional Adjunto de AduanasSuperintendencia Nacional de AdministraciónTributaria

02473-1

Page 18: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328972 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006

����������������

GOBIERNO REGIONAL

DE ANCASH

���������������� ������������9������ ���������������� �����2

ORDENANZA REGIONALNº 013-2006-REGIÓN ANCASH/CR

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash,ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 197º de laConstitución Política del Estado, los Gobierno Regionalesgozan de autonomía política, económica y administrativaen los asuntos de su competencia.

Que, de conformidad con el literal a) del artículo 15º yliteral h) del artículo 21º de la Ley Orgánica de losGobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoriala Ley Nº 27902, se aprobaron los documentos de gestióndel Gobierno Regional de Ancash, entre otros elReglamento de Organización y Funciones y PresupuestoAnalítico de Personal.

Que, la Segunda Disposición Complementaria de laLey Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización,dispone que a partir del año 2003 se inicia el proceso deTransferencia del Gobierno Nacional a los GobiernosRegionales y Locales, en función a las capacidades degestión de cada uno de éstos, procesos que comprendela transferencia de los Fondos y Proyectos Sociales,Programas Sociales de Lucha contra la pobreza yProyectos de Infraestructura Productiva de alcanceregional.

Que, de acuerdo al artículo 81º de la Ley Orgánicade los Gobiernos Regionales, se asigna al ConsejoNacional de Descentralización la responsabilidad denormar y monitorear todas las acciones detransferencia y competencias, funciones y atribuciones,así como los recursos asignados a los GobiernosRegionales.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2004-PCMy Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, se aprueban elPlan Anual de Transferencias de CompetenciasSectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de losaños 2004 y 2005 respectivamente, considerándose endicha programación la transferencia de funciones ycompetencias sectoriales del Gobierno Nacional.

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto SupremoNº 038-2004-PCM señalado en el considerandoprecedente, se dispone la transferencia de tres funcionesde la Superintendencia de Bienes Nacionales al GobiernoRegional de Ancash, transferencia que obliga lamodificación de los documentos de Gestión a fin deincorporar en ellos las funciones y competenciastransferidas;

Que, mediante Resolución Presidencial Nº 015-CND-P-2005, se aprueba los requisitos específicos,indicadores de verificación de requisitos generalesaplicables dentro del Ciclo del Proceso de Acreditacióndel año 2004, señalando los requisitos específicos y susrespectivos indicadores para el cumplimiento de lastransferencias de competencias sectoriales al GobiernoRegional.

En uso de las atribuciones establecidas en la LeyNº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales,modificada por la Ley Nº 27902; y, demás normaspertinentes; y estando a lo acordado por mayoría en lasesión extraordinaria llevada a cabo el día 20 de julio de2006;

ORDENA:

Artículo Primero.- Apruébase el Reglamento deOrganización y Funciones (ROF) del Gobierno Regionalde Ancash, que está compuesto por Ocho (8) Títulos,Nueve (9) Capítulos, Ciento cincuenta y ocho (158)Artículos, Uno (1) Disposiciones Complementarias y Seis(6) Disposiciones Transitorias y Finales, el mismo quecomo anexo forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- Deróguese la OrdenanzaRegional Nº 001-2004-REGIÓN ANCASH/CR; y, elnumeral 1) del Artículo 1º de la Ordenanza RegionalNº 011-2004-REGIÓN ANCASH/CR.

Artículo Tercero.- Apruébase el Cuadro paraAsignación de Personal (CAP) del Gobierno Regional deAncash, el mismo que como anexo forma parte de lapresente Ordenanza.

Comuníquese al señor Presidente del GobiernoRegional de Ancash para su promulgación.

Huaraz, a los veinticuatro días del mes de agosto de2006.

ELOY RICARDO NARVAEZ SOTOPresidente del Consejo Regional de Ancash

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la sede central del Gobierno Regional deAncash, a los veinticuatro días del mes de agosto de2006.

RICARDO NARVAEZ SOTOPresidenteGobierno Regional de Ancash

02452-1

��������������

MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA

�"���� � ������� � �������� ������������ ���������� �����&���F������������������������ ��7����F������

AUTORIDAD AUTÓNOMA DELPROYECTO ESPECIAL

SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTEMASIVO DE LIMA Y CALLAO

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVANº 078-2006-AATE/PE

Lima, 22 de septiembre de 2006

VISTOS:

El Memorándum Nº 006-2006-AATE/CELP001 defecha 11.9.06 del Presidente del Comité Especial de laLicitación Pública Nº 001-2006-AATE, el MemorandumNº 171-2006-AATE/GO de 15.9.06 de la Gerencia deOperaciones, el Memorandum Nº 132-2006-AATE/GAF-LOG de 18.9.06 del Jefe de Logística, el Informe Técnicoconcretado en el Memorandum Nº 174-2006-AATE/GOde fecha 20.9.06 de la Gerencia de Operaciones y elInforme Legal de fecha 22.9.06. de la Oficina de AsesoríaLegal respectivamente;

Page 19: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006 328973

REPUBLICA DEL PERU

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto de Urgencia Nº 058-2001 de fecha30.5.2001, se transfiere la administración de la AutoridadAutónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico deTransporte Masivo de Lima y Callao - AATE a laMunicipalidad Metropolitana de Lima;

Que, por Ordenanza Nº 812 publicado en el DiarioOficial El Peruano el 15.9.2005, la AATE es un ÓrganoDescentralizado de la Municipalidad Metropolitana deLima, figurando en la estructura municipal;

Que, el inciso c) del Artículo 19º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM,establece que están exonerados de los procesos deselección las contrataciones que se realicen en situaciónde desabastecimiento inminente;

Que, el Artículo 21º del Texto Único acotado estableceque se considera situación de desabastecimientoinminente aquella situación extraordinaria e imprevisibleen la que la ausencia de determinado bien, servicio uobra compromete en forma directa e inminente lacontinuidad de las funciones, servicios, actividades uoperaciones productivas que la Entidad tiene a su cargode manera esencial, lo cual ha sucedido con el suministrode energía eléctrica;

Que, se ha llevado a cabo la Licitación PúblicaNº 001-2006-AATE, Suministro de Energía Eléctrica paralas instalaciones del Tren Eléctrico para seleccionar a laempresa que suministre energía eléctrica a la tensión de60 KV para las instalaciones del Tren;

Que, por Memorandum Nº 006-2006-AATE/CELP001de fecha 11.9.06 del Presidente del Comité Especial parala L.P. Nº 001-2006-AATE, comunica que el Concurso deEnergía se ha declarado Desierto;

Que, mientras dure la Segunda Convocatoria de laLicitación Pública Nº 001-2006-AATE, se recomiendaproceder a la exoneración por desabastecimientoinminente por el plazo de 3 meses, tiempo estimado parala procedencia del otorgamiento de la Buena Pro y laconsecuente suscripción del nuevo contrato de energía;

Que, acorde al Informe Técnico concretado en elMemorandum Nº 174-2006-ATE/GO de fecha 20.9.2006de la Gerencia de Operaciones en la cual hacen presentela importancia de tener el suministro de Energía Eléctricadado que de no contar con ello se produciría diversosriesgos en las instalaciones del Patio Taller entre ellos:La sustracción de componentes de la Línea deTransmisión de Alta Tensión (60KV) que va desde la SubEstación de San Juan hasta la Sub Estación 60/20KV, lasustracción de componentes de la Línea de Transmisiónde Alta Tensión. Al no estar energizada se produciría lareducción del aislamiento eléctrico de las máquinaseléctricas en general por acción de la humedad del medioambiente, descarga completa de los bancos de bateríasde todas las estaciones y subestaciones con elconsiguiente deterioro, entre otros los daños que seproducirían por la falta de suministro eléctrico;

Que, la situación descrita motiva que resultaprocedente técnica y legalmente que se declare laexoneración del proceso de selección por la causal deDesabastecimiento Inminente, para así poder contar conel suministro de Energía Eléctrica

Que, el Suministro consistirá en diversas accionesque representan un costo de S/. 210,000.00 incluido elIGV, por un periodo de 3 meses, corresponde laexoneración de un proceso de Selección de AdjudicaciónDirecta;

Que, la Oficina de Asesoría Legal ha emitido el InformeLegal de fecha 22 de septiembre de 2006 de conformidadcon lo establecido por el Artículo 146º del Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

Con la conformidad de la Gerencia General y lavisaciones de la Gerencia de Operaciones, Gerencia deAdministración y Finanzas, Oficina de Asesoría Legal yla Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

De conformidad con el inciso c) del Artículo 19º yArtículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado

por D.S. Nº 083-2004-PCM, de los Artículos 141º, 146º,147º y 148º de su Reglamento aprobado por D.S.Nº 084-2004-PCM, de acuerdo a lo establecido en losartículos 1º y 20º del Reglamento de Organización yFunciones de la A.A.T.E. aprobado por ResoluciónMinisterial Nº 024.1-88-MIPRE del 1.2.88;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar, por la causal desituación de desabastecimiento inminente, la exoneracióndel proceso de selección de Adjudicación Directa, parala contratación del Suministro de Energía Eléctricaconforme a la parte considerativa de la presenteResolución, hasta por el monto de S/.210,000.00(Doscientos Diez mil y 00/100 Nuevos Soles).

a. Tipo de Contrato: Suministro.b. Descripción del Suministro: Suministro de Energía

Eléctrica para el Tren Eléctrico.c. Monto Referencial Total: S/.210,000.00.d. Fuente de Financiamiento: Donaciones y

transferencias.e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: 3

meses.f. Dependencia que contrata: Gerencia de

Administración y Finanzas.g. Dependencia que da conformidad al servicio:

Gerencia de Operaciones.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia deAdministración y Finanzas efectúe la publicación de lapresente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y queremita copia de la misma y de los informes que lossustentan a la Contraloría General de la República y alConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, dentro del plazo de 10 días hábiles de emitida,así como su publicación también a través del SEACE.

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia deAdministración y Finanzas de la AATE, efectúe lacontratación en forma directa mediante accionesinmediatas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo148º Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado.

Artículo Cuarto.- Disponer que se inicie las medidasconducentes al establecimiento de las responsabilidadesadministrativas, civiles y/o penales a que hubiera lugaren los funcionarios o servidores públicos involucradospor el acotado desabastecimiento.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

VÍCTOR PACAHUALA VELASQUEZPresidente EjecutivoA.A.T.E.

02455-1

����(������������ ������������ � ��������� � 4��� ���� 8�� ���������'���� �������������� �2��������������� ������� � ��� ��������� ������ �

RESOLUCIÓN Nº 106-2006-MML-GDU-SPHU

Lima, 26 de julio de 2006

LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO YHABILITACIONES URBANAS

VISTO, el Codificado Nº 40207-2006 de fecha 4 demayo de 2006, mediante el cual la Municipalidad Distritalde Santa Anita, solicita la Ratificación de la Resoluciónde Alcaldía Nº 175-2006-ALC/MDSA, emitida con fecha17 de abril de 2006, promovida por la ASOCIACIÓN DEVIVIENDA LOS PINOS DE SANTA ANITA; y,

Page 20: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328974 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 101-95-MLM/SMDU-DMDU (fs. 202 al 205) de fecha 15 de mayo de 1995, laMunicipalidad de Lima Metropolitana aprueba losEstudios Preliminares de Habilitación Urbana en Vía deRegularización para Uso Residencial de DensidadMedia "R-4", Comercio Vecinal "C-2" y Usos Especiales"OU" del terreno de 92,980.00 m² que forma parte deun área mayor de 98,800.00 m², constituido por losSublotes III y IV del Lote 9 del ex Fundo Don José,ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia ydepartamento de Lima;

Que, con Resolución Nº 315-96-MLM /DMDU(fs. 206 al 208) de fecha 24 de octubre de 1996, laMunicipalidad de Lima Metropolitana aprueba en Vía deRegularización el Anteproyecto Reajustado deHabilitación Urbana para Uso de Vivienda "R-4",Comercio Vecinal "C-2" y Usos Especiales "OU" delterreno de 92,500.00 m² con un área habitable de86,680.00 m², ubicado en el distrito de Santa Anita,provincia y departamento de Lima;

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 323-2005-ALC/MDSA (fs. 188 al 191) de fecha 25 de abril de 2005,emitida por la Municipalidad Distrital de Santa Anita, seaprueba el trámite de Regularización de HabilitacionesUrbanas Ejecutada de la Asociación de Vivienda LosPinos de Santa Anita del terreno de 92,500 m²,conformado por la Acumulación de los Sublotes III y IVque formaron parte del Fundo Ceres Lote 09 denominadoFundo Don José, ubicado en el distrito de Santa Anita,provincia y departamento de Lima, calificado para Usode Vivienda "R-4" y de conformidad con el Plano deReplanteo de Lotización signado con el Nº 03-2005-MDSA-GODU-SGCDT, de propiedad de la Asociaciónde Vivienda Los Pinos de Santa Anita, quedando pendienteen un 50% la pavimentación de veredas,construccciones de calzadas, rampas peatonales ymuretes o postes para señalización de calles internasde toda la Habilitación en un 100%;

Que, con Resolución de Gerencia Nº 573-2005-MML-GDU (fs. 228 y 229) de fecha 30 de diciembre de2005, la Gerencia de Desarrol lo Urbano de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, resuelve NoRatificar la Resolución de Alcaldía Nº 323-2005-ALC/MDSA de fecha 25 de abril de 2005, emitida por laMunicipalidad Distrital de Santa Anita al no adecuarse alos Planes Urbanos en cuanto a los aportesreglamentarios para Parques Zonales;

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 175-2006-ALC/MDSA (fs. 250 al 253) de fecha 17 de abril de 2006,emitida por la Municipalidad Distrital de Santa Anita, seresuelve aprobar el trámite de Regularización deHabilitación Urbana Ejecutada de la Asociación deVivienda Los Pinos de Santa Anita del terreno de 92,500m², conformado por la Acumulación de los Sublotes III yIV que formaron parte del Fundo Ceres Lote 09denominado Fundo Don José ubicado en el distrito deSanta Anita, provincia y departamento de Lima, calificadopara Uso de Vivienda "R-4" y de conformidad con elPlano de Replanteo de Lotización signado con el Nº 003-2005-MDSA-GODU-SGCDT. Asimismo, indica que hacumplido con el pago de Déficit de AportesReglamentarios a SERPAR;

Que, con Informe Nº 042-2006-MML-GDU-SPHU-DCO (fs. 265 y 266) de fecha 5 de julio de 2006, laDivisión de Control de Obras de la Subgerencia dePlaneamiento y Habilitaciones Urbanas, manifiesta quese ha determinado que es procedente ratificar laResolución de Alcaldía Nº 175-2006-ALC/MDSA de fecha17 de abril de 2006, emitida por la Municipalidad Distritalde Santa Anita toda vez que se ha verificado elcumplimiento de los Planes Urbanos con relación a lazonificación, a los aportes reglamentarios y a vías decarácter metropolitano, al que se encuentra afecto elterreno materia del presente trámite;

Que, mediante Informe Nº 264-2006-MML-GDU-SPHU-AL (fs. 267 al 269) de fecha 11 de julio de 2006,emitido por la Asesoría Legal de la Subgerencia de

Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, se indica,acerca de la entrada en vigencia de la OrdenanzaNº 776-MML emitida por esta Corporación, precisandoque la Municipalidad Metropolitana de Lima es la entidadcompetente para aprobar y normar los distintosprocedimientos de Habilitación Urbana, estableciendola no aplicabilidad para estos procedimientos que sedesarrollen en la provincia de Lima, del Texto ÚnicoOrdenado, del Reglamento de la Ley General deHabilitaciones Urbanas, Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA; por lo que la Municipal idadMetropol i tana de Lima, seguirá tramitando losprocedimientos de Rat i f icación en mater ia deHabilitaciones Urbanas. Mediante Resolución Nº 33-2006-MML-GDU de fecha 29 de marzo de 2006, sedelega la competencia administrativa para la emisiónde Resoluciones en los procedimientos de Ratificaciónde las Resoluciones de Habil i taciones Urbanasemitidas por las Municipalidades Distritales, a laSubgerencia de Planeamiento y Habi l i tacionesUrbanas; en consecuencia, habiéndose determinadotécnicamente en la presente Habilitación Urbana elcumplimiento de los Planes Urbanos, con respecto ala Zonificación, Vías y Aportes Reglamentarios a losque se encuentra afecto el terreno; por lo quecorresponde a la Subgerencia de Planeamiento yHabi l i taciones Urbanas, resolver el presenteprocedimiento Ratificando la Resolución de AlcaldíaNº 175-2006-ALC/MDSA, emitida por la MunicipalidadDistrital de Santa Anita;

Con el visto bueno de la Asesoría Legal y de la Divisiónde Control de Obras de la Subgerencia de Planeamientoy Habilitaciones Urbanas;

De conformidad con lo dispuesto en las LeyesNº 27972, Nº 26878, Nº 27444, OrdenanzasMetropolitanas Nº 160, Nº 313, Nº 341, Nº 292, Nº 776 yNº 812-MML, Reglamento Nacional de Construcciones,la Resolución de Alcaldía Nº 2546, Decreto de AlcaldíaNº 079, y la Resolución Nº 33-2006-MML-GDU;

RESUELVE:

Artículo 1º.- RATIFICAR, la Resolución de AlcaldíaNº 175-2006-ALC/MDSA de fecha 17 de abril de 2006,emitida por la Municipalidad Distrital de Santa Anita, queresuelve aprobar el trámite de Regularización deHabilitación Urbana Ejecutada de la Asociación deVivienda Los Pinos de Santa Anita del terreno de 92,500m², conformado por la Acumulación de los Sublotes III yIV que formaron parte del Fundo Ceres Lote 09denominado Fundo Don José ubicado en el distrito deSanta Anita, provincia y departamento de Lima, calificadopara Uso de Vivienda "R-4" y de conformidad con elPlano de Replanteo de Lotización signado con el Nº 003-2005-MDSA-GODU-SGCDT, por lo expuesto en la parteconsiderativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolucióna la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LOS PINOS DE SANTAANITA y a la Municipalidad Distrital de Santa Anita, parasu conocimiento y fines.

Artículo 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucióna la Oficina Registral de Lima, al Servicio de Parques deLima, al Ministerio de Educación y a la División Técnicade la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legalde Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de estaCorporación, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 4º.- PUBLICAR, la presente Resolución enel Diario Oficial El Peruano a cargo de la administrada,dentro de los 30 días siguientes de notificada la misma.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MARIELLA BUENO OTINIANOSubgerenteSubgerencia de Planeamientoy Habilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano

02428-1

Page 21: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006 328975

REPUBLICA DEL PERU

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS

������� �� �� ������������ �������� ������ ����������� �9������ ������������ � �!��������

ORDENANZA Nº 240-CDLO

Los Olivos, 3 de mayo de 2006

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DELOS OLIVOS

VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 005-2006-MDLO/CEP-CAL de las Comisiones Permanentes de Economíay Presupuesto y de Asuntos Legales; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidadesen su Artículo 9º numeral 32 expresa que es atribución delConcejo Municipal aprobar el cuadro de asignación depersonal y las bases de las pruebas para la selección depersonal y para los concursos de provisión de puestos detrabajo;

Que, con Ordenanza Nº 139-CDLO, de fecha 2 defebrero de 2004, se aprueba la Estructura Orgánica y elReglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) de laMunicipalidad Distrital de Los Olivos, derogándose el EdictoNº 001-2000/CDLO de fecha 5 de octubre de 2000;

Que, con Ordenanza Nº 0147-CDLO, de fecha 4 demarzo de 2004, se aprueba las Modificaciones a laEstructura Orgánica y al Reglamento de Organización yFunciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de LosOlivos aprobados con Ordenanza Nº 0139-CDLO,conforme a los argumentos esgrimidos en la misma, laque posteriormente fue modificada con OrdenanzaNº 171-CDLO, de fecha 17 de septiembre de 2004;

Que, con Memorándum Nº 044-2005/MDLO/OPP laOficina de Planeamiento y Presupuesto, en calidad deórgano responsable de la elaboración del C.A.P., al amparodel Art. 14º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM,sustenta a la Gerencia Municipal la necesidad de adecuary aprobar el Cuadro para Asignación de Personal de laMunicipalidad, incluyendo al Hospital Municipal Los Olivoscomo Órgano Desconcentrado, proponiendo asimismo laaprobación del Manual de Organización y Funciones(M.O.F.) a través del Concejo Municipal, siendo que losactuados se remiten al Concejo Municipal con InformeNº 300-2005-MDLO/SGII para los fines de su competencia;

Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, de fecha18 de junio de 2004, que aprueba lineamientos para laelaboración y aprobación del Cuadro para Asignación dePersonal - CAP de las Entidades de la AdministraciónPública, establece en su Art. 14º que en el caso de losgobiernos locales el proyecto de CAP, debidamente visadopor el órgano responsable de su elaboración; así comopor el órgano de asesoría jurídica, adjuntándose losinformes técnico y legal respectivos, el Reglamento deOrganización y Funciones y su organigrama debe serremitido para informe previo a la oficina de Presupuesto yPlanificación. Del mismo, modo precisa el citado artículoque en este supuesto el informe previo favorable no seránecesario en caso la oficina de presupuesto y planificaciónde la entidad hubiese sido el órgano responsable de laelaboración del CAP como lo es en el presente caso;

Que, el Art. 15º del dispositivo acotado contempla queen el caso especifico de los Gobiernos locales la aprobacióndel CAP de las Entidades se efectuará por OrdenanzaMunicipal, y el Art. 16º literal a) establece que en materia deModificación del CAP las Entidades de la AdministraciónPública deberán modificar el Cuadro para Asignación dePersonal cuando la Entidad haya sufrido modificaciones ensu ROF que conlleven cambios en sus funciones o en suestructura organizacional o por motivo de una acción deracionalización o mejoramiento de procesos;

Que, el Cuadro de Asignación de Personal de laMunicipalidad (C.A.P.) de la Municipalidad de Los Olivos hasido elaborado cumpliendo con lo establecido por la LeyNº 28175 que aprueba la Ley Marco del Empleo Público, laLey Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestióndel Estado, y acorde con lo establecido por el DecretoSupremo Nº 043-2004-PCM, que aprueba lineamientos parala elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación dePersonal - CAP de las Entidades de la Administración Pública;

Que, de acuerdo al proceso de modernización delEstado y sus entidades y a fin de mejorar la eficiencia yeficacia de la administración buscando la modernizaciónde la gestión estatal en beneficio de la comunidad, sehace necesario adecuar el Cuadro para Asignación dePersonal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Los Olivosincluyendo al Hospital Municipal de Los Olivos comoórgano desconcentrado a lo determinado por el DecretoSupremo Nº 043-2004-PCM, de fecha 18 de junio de2004, que aprueba lineamientos para la elaboración yaprobación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de las Entidades de la Administración Pública;

Estando a lo dictaminado, en ejercicio de las atribucionesconferidas por el artículo 9) numeral 32 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa deltrámite de Aprobación del Acta y por Unanimidad el ConcejoDistrital de Los Olivos aprobó lo siguiente:

ORDENANZA Nº 240-CDLO

QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓNDE PERSONAL (CAP) Y EL MANUAL DE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) DE LAMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS

Artículo Primero.- APROBAR, en vía de regularizaciónel Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Manualde Organización y Funciones (MOF) de la MunicipalidadDistrital de Los Olivos, que incluye al Hospital MunicipalLos Olivos como Órgano Desconcentrado; los mismosque como anexo forman parte de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- DERÓGUESE los dispositivosque se contrapongan con la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la GERENCIAMUNICIPAL y a la OFICINA DE PLANEAMIENTO YPRESUPUESTO el cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Ordenanza.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

FELIPE B. CASTILLO ALFAROAlcalde

02467-1

MUNICIPALIDAD DE

LURIGANCHO - CHOSICA

������������������� ��"�� ��������������������1������ ����������6������ �� �������

ORDENANZA Nº 084-CDLCH

Chosica, 7 de setiembre del 2006

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del distrito de Lurigancho -Chosica, en Sesión Ordinaria convocada para la fecha,visto el Dictamen Nº 08-2006/CALMBRC de la ComisiónPermanente de Regidores de Asuntos Legales, Margesíde Bienes y Registro Civil por el que recomienda se autoricela aprobación de expedientes de Planeamiento Integral deParcela Rústica del distrito de Lurigancho - Chosica.

Page 22: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328976 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosicaes un Gobierno Local que como tal goza de autonomíapolítica, administrativa y económica en los asuntos desu competencia, facultad administrativa que incluye actosde administración.

Que, respetando el marco jurídico vigente sobresaneamiento físico y legal inmobiliario y las políticas dedesarrollo sostenible trazadas.

El Concejo, en uso de las atribuciones conferidas porla Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, tras eldebate correspondiente conforme obra en actas y luegode sometido el dictamen de vistos a votación de formareglamentaria, por UNANIMIDAD y con la dispensa deltrámite y lectura del acta, APROBÓ la siguiente norma:

ORDENANZA QUE AUTORIZA LA APROBACIÓNDE EXPEDIENTES SOBRE PLANEAMIENTOINTEGRAL DE PARCELAS RÚSTICAS DEL

DISTRITO DE LURIGANCHO - CHOSICA

Primero.- Autorícese al señor Alcalde para que porResolución de Alcaldía apruebe los Expedientes sobrePlaneamiento Integral en Parcelas Rústicas del distritocon el fin de viabilizar la ejecución de los proyectos deservicios básicos.

Segundo.- Disponer que la Gerencia de Obras yDesarrollo Urbano evalúe y dictamine los expedientespresentados a esta institución edil con fines dePlaneamiento Urbano y remitirlos a los Registros Públicospara su inscripción.

POR TANTO:

En el distrito de Lurigancho - Chosica a los siete díasdel mes de setiembre del año dos mil seis promulgo lapresente ordenanza conforme a las atribucionesconferidas por la Ley Nº 27972.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

LUIS FERNANDO BUENO QUINOAlcalde

02456-1

MUNICIPALIDAD DE

PUENTE PIEDRA

���������������� � ������������������������������� �������������� � ����� ������� �� �� �������

ACUERDO DE CONCEJONº 081-2006-MDPP

Puente Piedra, 14 de septiembre 2006

EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA

VISTOS: En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha14 de septiembre del 2006, el Informe Nº 260-2006-GMASL-MDPP de la Gerencia de Medio Ambiente yServicios Locales, Informe Nº 187-2006-SGLSPYJ-GMASL-MDPP de la Subgerencia de Limpieza,Salubridad, Parques y Jardines, y el Informe Nº 328-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asuntos Jurídicos.

CONSIDERANDO:

Que, el área recurrente da cuenta que los vehículosadquiridos por esta entidad (4) mediante Licitación PúblicaNº 001-2006-CE-MDPP para el Servicio de Recojo yTraslado de Resididos Sólidos en el distrito de PuentePiedra aun no se puede usar por falta de placas de rodaje

y SOAT estimándose que dicha documentación estarálista a fines del mes de Septiembre, por lo que según elcálculo efectuado por la Subgerencia de Limpieza,Salubridad, Parques y Jardines a partir del 1 de octubreel promedio de recojo diario será de 122 TM, y con lascuatro unidades adquiridas por esta Municipalidad sepodrá recoger un promedio de 44 TM diarios de residuossólidos en solo turno y que el saldo de 78 TM por díatendría que recogerse con los servicios de un tercero,requiriendo que mientras dure el Proceso de Selecciónse prevea contar con el servicio de recojo de 2,022 TMmensuales de residuos sólidos.

Que, con Informe Nº 204-2006/CEP/MDPP el Presidentede Comité Especial Permanente señala que de acuerdo almonto que cuenta con cobertura por la Gerencia dePlaneamiento Presupuesto y Racionalización, para elalquiler de vehículos pesados de recolección, traslado ydisposición final de residuos sólidos es de S/. 90,000.00Nuevos Soles mensuales para el período de Septiembre aDiciembre del presente año, teniendo como total la sumade S/. 360,000.00 que de acuerdo al artículo 11º literal c) dela Ley Nº 28652, el tipo de Proceso de Selección que lecorresponde es un Concurso Público, cuyo plazoaproximado para su trámite es de 38 días hábiles.

Que, la no continuidad de este servicio conllevaría aun estado de insalubridad e higiene del distrito con laproliferación de enfermedades que afectaríandirectamente a los vecinos del distrito, atentando contrala salud pública así como del ornato, por lo que ante estepeligro inminente es de aplicación lo normado en el literalc) del artículo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM Texto Únicode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,en adelante la Ley, que establece que se encuentranexonerados de los procesos de selección lasadquisiciones y contrataciones que se realicen en Situaciónde Emergencia o de Desabastecimiento Inminentedeclaradas de conformidad con la presente Ley.

Que, el artículo 21º de la Ley, establece que seconsidera Situación de Desabastecimiento Inminente aaquella situación extraordinaria e imprevisible en la quela ausencia de determinado bien, servicio u obracompromete en forma directa e inminente la continuidadde las funciones, servicios, actividades u operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo de maneraesencial. Dicha situación faculta a la Entidad a laadquisición o contratación de los bienes servicios u obrassólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso,necesario para resolver la situación y llevar a cabo elproceso de selección que corresponda. Asimismo, elartículo 141º del Reglamento, establece que la necesidadde los bienes, servicios debe ser actual y urgente paraatender los requerimientos inmediatos.

Que, respecto al procedimiento para las adquisicionesexoneradas el artículo 148º del reglamento señala que laEntidad realizará las contrataciones o adquisicionesmediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar aun sólo proveedor, cuya propuesta cumpla con lascaracterísticas y condiciones establecidas en las Bases,la misma que podrá ser obtenida por cualquier medio decomunicación, incluyendo el facsímile y el correoelectrónico; asimismo, la exoneración se circunscribe ala omisión del proceso de selección por lo que loscontratos que se celebren como consecuencia deaquella deberá cumplir con los respectivos requisitos,condiciones, formalidades exigencias y garantías quese aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso deselección correspondiente.

Que, conforme se aprecia de la lectura del InformeNº 260-2006-GMASL-MDPP de fecha 12 de septiembrede 2006, no se ha solicitado a tiempo la convocatoriapara un nuevo Proceso de Selección para el recojo deresiduos sólidos; hecho que debe merecer lasinvestigaciones pertinentes a fin de determinar laresponsabilidad de los funcionarios competentes. Enefecto, debe señalarse que ya se había declarado lasituación de desabastecimiento inminente precisamentepara la convocatoria de un proceso de selección, hechoque no se ha efectuado en su oportunidad, y que generaesta situación de necesidad.

Page 23: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006 328977

REPUBLICA DEL PERU

Que, de lo actuado en sede administrativa, se advierteque estaría acreditado el estado de necesidad por lo quese podría proceder a la exoneración del proceso deselección subexamine, el cual deberá ser aprobadomediante Acuerdo de Concejo, sustentado con eldocumento a) de la referencia y el presente informe ypublicado en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, unacopia del Acuerdo y el informe, deberán ser remitidos a laContraloría General de la República y al CONSUCODE,bajo responsabilidad del titular del pliego y dentro de los10 días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación,conforme lo señala el artículo 20º de la Ley.

Que, se da cuenta de ello en la medida que mediantecomunicado Nº 002-2003-CONSUCODE ratificó elcarácter excepcional de las exoneraciones. En talsentido, resultan contrarios a las disposiciones legalesantes citadas, los reiterados casos de exoneraciónmediante los cuales, entre otros, se dispone la adquisiciónde insumos requeridos para el Programa de Vaso deLeche por situación de urgencia, por períodosconsecutivos que exceden el lapso requerido para paliarla situación generada y la omisión de una oportunaconvocatoria a los procesos de selección respectivosque obligue, en los casos de actividades esenciales dela entidad, a la declaración de una situación dedesabastecimiento inminente y posterior exoneración delproceso de selección respectivo supone necesariamentela determinación de las responsabil idades quecorrespondan.

Que, por otro lado, de conformidad con la parte in finedel segundo párrafo del artículo 21º de la Ley, en cualquiercaso la autoridad competente para autorizar laexoneración deberá ordenar, en el acto aprobatorio antesdescrito, el inicio de las acciones que correspondan deconformidad con el artículo 47º de la Ley.

Estando a las facultades conferidas por el artículo20º literal c) y 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado y con el Voto por Mayoría de los señoresRegidores asistentes a la Sesión de Concejo.

SE ACUERDA:

Artículo Primero.- DECLARAR en Situación deDesabastecimiento Inminente el Servicio de Recojo yTraslado de Residuos Sólidos del distrito de Puente Piedrapor el plazo que dure el proceso de selección de acuerdoa los condicionamientos técnicos detallados en el InformeNº 260-2006-GMASL-MDPP (esto es; por 60 días parael recojo mensual de 2,022 TM de residuos sólidos), loque representa un costo mensual aproximado en dinerode S/. 90,000.00 (NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOSSOLES).

Artículo Segundo.- REMITIR COPIASCERTIFICADAS de lo actuado al Órgano de ControlInterno; a fin de que se establezca si existieran lasresponsabilidades de los servidores o funcionarios.

Artículo Tercero.- Que respecto al procedimientopara las adquisiciones y contrataciones exoneradas,deberán realizarse de acuerdo a lo establecido al artículo148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del estado D.S. Nº 084-2004-PCM.

Artículo Cuarto.- EXONERAR del Proceso deSelección correspondiente, publicar en el Diario OficialEl Peruano el presente Acuerdo de Concejo, así comoremitir copias de los informes y del Acuerdo de Concejoa la Contraloría General de la República y al ConcejoSuperior de Contracciones y Adquisiciones del Estado.

Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento delpresente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal,Gerencia de Administración, Subgerencia de Logística yServicios Generales y al Comité Especial Permanente.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RENNAN S. ESPINOZA ROSALESAlcalde

02458-1

����&� ����� � ������� � �������=� <���� �� &� � 9�������������<?������ ��� ������ ����*+-CA@����

DECRETO DE ALCALDÍANº 013-2006-MDPP

Puente Piedra, 28 de agosto de 2006

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDE PUENTE PIEDRA

VISTOS: La Ordenanza Municipal Nº 086-MDPP;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, conforme lo establece el artículo 194ºde la Constitución Política del Perú, modificado por elartículo único de la Ley Nº 27680, Ley de ReformaConstitucional del Capítulo XIV del Título IV sobreDescentralización, concordante con el artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica deMunicipalidades);

Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 55ºLey Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades), señalaque los Bienes, Rentas y Derechos de cadaMunicipalidad constituyen su Patrimonio;

Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto ÚnicoOrdenado del Código Tributario - D.S. Nº 135-99-EF,establece que los Gobiernos Locales, medianteOrdenanza pueden crear, modificar, suprimir suscontribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos,dentro de su jurisdicción y con los límites que señala laLey;

Que, mediante Ordenanza Nº 086-2006-MDPP defecha 5 de julio del 2006, se aprobó la CAMPAÑA "PONTEAL DÍA POR FIESTAS PATRIAS", otorgando estebeneficio hasta el 27 de julio del 2006;

Que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7º de laOrdenanza Nº 086-MDPP, el Alcalde mediante Decretode Alcaldía puede dictar las medidas necesarias y/oreglamentarias, incluyendo la ampliación de la vigenciadel beneficio de la presente Ordenanza, de ser necesariala misma;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010-2006-MDPP de fecha 27/7/2006 se amplió el plazo de vigenciade la Campaña "Ponte al día en Fiestas Patrias" hasta el31 de agosto del presente;

Que, es necesario dar mayores facilidades a loscontribuyentes del distrito, dada la difícil situacióneconómica actual, con el fin de permitir el cumplimientode sus obligaciones tributarias;

Estando a lo dispuesto por el Artículo Séptimo de laOrdenanza Nº 086-MDPP, y a lo que establece la LeyNº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades);

DECRETA:

Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de vigencia dela CAMPAÑA "PONTE AL DÍA EN FIESTAS PATRIAS",otorgadas mediante la Ordenanza Nº 086-MDPP, hastael 29 de septiembre del 2006.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento delpresente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia deAdministración Tributaria, Gerencia de Informática yEstadística, y Gerencia de Administración.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

RENNAN S. ESPINOZA ROSALESAlcalde

02426-1

Page 24: GACETA JURÍDICA · 2013-04-11 · El Peruano. NORMAS LEGALES miércoles 27 de setiembre de 2006. 328957. R E PU BLI CA DE P R U. VISTO: El Oficio Nº 1356-2006-AG-PETT-DE/OAJ del

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328978 El Peruanomiércoles 27 de setiembre de 2006