fundamentos de enfermería

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FUNDAMENTOS DE ENFERMERIA LEY 266 DE 1996 – LEY 911 2004 ANGIE SIDNEY NARANJO GARCIA U00080245 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BUCARAMANGA FACULTAD CIENCIAS DE LA SALUD ENFERMERIA BUCARAMANGA – 2013

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Legislación Colombiana de enfermería

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FUNDAMENTOS DE ENFERMERIALEY 266 DE 1996 LEY 911 2004

ANGIE SIDNEY NARANJO GARCIAU00080245

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BUCARAMANGAFACULTAD CIENCIAS DE LA SALUDENFERMERIABUCARAMANGA 2013

I. Que reglamenta la ley 266 de 1996?Reglamenta el ejercicio de la profesin de enfermera definiendo la naturaleza y el propsito de la profesin, determina el mbito para el ejercicio de la prctica, y de la profesin, desarrollando los principios que rigen esta disciplina las obligaciones y los derechos que se deriven de su aplicacin.II. Cules son los principios de la prctica profesional?Integralidad, individualidad, dialogo, calidad, continuidad.III. Qu significa Integralidad?El cuidado esta orientad a la persona, familia y comunidad integrando las esferas que lo componen fsica, social, metal y espiritual.IV. Qu significa individualidad?Tiene en cuenta las caractersticas socioculturales, histricas y os valores de la persona, familia y comunidad, permitiendo entender de manera ms clara las necesidades individuales al querer brindar un cuidado especial.V. Qu significa dialogacidad?Es un elemento esencial del proceso de cuidado en la relacin enfermero-paciente, asegurando la comunicacin efectiva, afectiva y respetuosa, en la cual el paciente y la familia tendrn con el enfermero un dialogo participativo en el que cada uno expresara sus diferentes expectativas.VI. Qu significa calidad? Se entiende como la ayuda eficiente y efectiva al que as lo requiera. Reflejado en la satisfaccin de la persona que ha recibido el cuidado.VII. Qu significa continuidad?Es la orientacin de estrategias que aseguren el cuidado de las personas, familia y comunidad, durante todas las etapas de la vida sin tener interrupciones, tanto en los periodos de enfermedad y salud.VIII. Segn la Ley 266 de 1996, Cmo define enfermera?Es definida como una profesin liberal y una disciplina de carcter social enfocado en la atencin de la persona, familia y comunidad quien tiene diferentes caractersticas socioculturales y derechos, en el medio ambiente y social, influyendo en la salud y bienestar.

IX. Cul es el fin de la Profesin de enfermera?Promover la salud, prevenir la enfermedad, intervenir en el tratamiento, rehabilitacin y recuperacin de salud, aliviando el dolor, proporcionando medidas de bienestar contribuyendo a la vida digna de una persona.X. Cul es el mbito del ejercicio profesional?Ejerce la prctica dentro de dinmicas interdisciplinares en el tratamiento, rehabilitacin y recuperacin de salud, aliviando el dolor, proporcionando medidas de bienestar contribuyendo a la vida digna de la persona.Ejerce funciones donde la persona vive, trabaja, estudia, se recrea y desarrolla; y en las instituciones que directa o indirectamente atienden la salud.XI. Qu el Consejo Tcnico Nacional de Enfermera?Es un organismo de direccin, consulta y asesora permanente del Gobierno Nacional, entes territoriales y organizaciones de enfermera, en relacin con las polticas de desarrollo y ejercicio de la profesin de enfermera en Colombia.XII. Diga dos funciones del Consejo Tcnico Nacional de Enfermera

Definir planes mnimos de dotacin de los servicios de Salud con relacin al personal de enfermera. Dar lineamientos para el desarrollo de la investigacin en enfermera.

XIII. Quines conforman el Consejo Tcnico Nacional de Enfermera? Ministro de Salud o delegado Ministro de educacin o delegado 2 Representantes de la Asociacin Nacional de enfermera 2 Representantes de la Asociacin Colombiana de facultades de enfermera Acofaen 1 Representante de la Asociacin de Usuarios de los servicios de salud

XIV. Quines conforman los Consejos Tcnicos Departamentales de Enfermera? Secretario de Salud departamental o su delegado Secretario de Educacin departamental o su delegado 2 Representantes de la ANEC seccional de cada departamento Decana o su delegado para la facultad de enfermera del departamento, y si existieren varias facultades de enfermera se elegira una entre ellas Representante de la Asociacin de facultades de Enfermera de Acofaen del departamento Representante de la Asociacin de usuarios de los servicios de salud y en caso de que hubiere ms de una lo designara la asociacin con mayor nmero de socios

XV. Qu hace el Tribunal Nacional tico de Enfermera?Conoce los procesos disciplinarios, tico profesionales que se presenta en la prctica de quienes ejercen la enfermera en Colombia.XVI. Cules son las funciones del Tribunal Nacional tico de Enfermera? Adoptar el Cdigo de tica de Enfermera Abrir investigaciones de oficios, solicitados por las personas naturales o jurdicas, debido a faltas en el ejercicio de enfermera. Las pruebas adelantadas por este tribunal tendrn el valor probatorio asignado por la ley ante las autoridades competentes Seleccionar peritos idneos para realizar las investigaciones de los casos seleccionados con faltas en la prctica de enfermera Establecer el procedimiento para que las personas naturales y jurdicas eleven sus quejas y solicitudes de investigaciones y sancin Establecer las categoras de sanciones y criterios para su planificacin Notificar al Ministerio de Salud, a las entidades formadoras del personal de enfermera, las faltas de mayor ocurrencia en el ejercicio de la prctica a fin de que adopten medidas correctivas y preventivas que aseguren la calidad de la misma Establecer los procedimientos, recursos y fallos necesarios para la investigacin y juzgamiento Mantener coordinacin con los tribunales de tica de las profesiones de salud y afines Crear y reglamentar la creacin de los tribunales de tica de enfermera departamentales Presentar al Ministerio de Salud y los Entes Territoriales, el presupuesto anual para el funcionamiento de los tribunales de tica de enfermera Nacional y Departamental Dar su propio reglamento y organizacin

XVII. Quines integran el Tribunal Nacional tico de Enfermera?Siete miembros, profesional de enfermera de reconocida idoneidad profesional y solvencia tica y moral, con menos de diez aos de ejercicio profesional.XVIII. Cul es el organismo autorizador para realizar la inscripcin y el registro nico nacional de quien ejerce la profesin de enfermera en Colombia?Asociacin Nacional de Enfermeras en ColombiaXIX. Escriba los requisitos para el registro en la ANEC Acreditar el titulo de enfermero expedido por una institucin de educacin superior universitaria colombiana reconocida por el Ministerio de Educacin Nacional En caso de ser extranjero, acreditar la convalidacin de ttulo universitario o de enfermera, expedido por la universidad extrajera que corresponda los estudios realizados Quien con anterioridad a la vigencia de la presente ley haya obtenido tarjeta como profesional universitario de enfermera expedida por el Ministerio de Salud o Secretaria de salud respectivo.

XX. Escriba as competencias del Profesional de Enfermera en Colombia Participar en la formulacin, diseo e implantacin de las polticas y programas de promocin y prevencin en salud Establecer y desarrollar polticas y modelos de cuidado en enfermera en concordancia con las nacionales de salud Definir y aplicar los criterios y estndares de calidad en las dimensiones ticas, cientficas y tecnolgicas sus prcticas educativas Dirigir los servicios de salud y enfermera Dirigir instituciones y programas de atencin primaria en salud, con prioridad en la atencin de los grupos ms vulnerables de la poblacin y a os riesgos prioritarios en coordinacin de los diferentes equipos interdisciplinarios e intersectoriales Ejercer responsabilidades y funciones de asistencia, gestin, administracin, investigacin, docencia en areas generales y especificas

XXI. Qu disposiciones se deben cumplir para garantizar la calidad de atencin de Enfermera?El ejercicio de la profesin de enfermera en Colombia se ejercer dentro de los criterios y norma de calidad, atencin y educacin que establezca la Asociacin Nacional de enfermeras de Colombia , ANEC y la Asociacin Colombiana de Facultades de Enfermera, ACOFAEN en concordancia con lo definido por el consejo tcnico Nacional de enfermera y lo establecido por los organismos gubernamentalesLa direccin de las facultades, escuelas de enfermera, instituciones, departamentos, carreras o programas que funcionen en las universidades y organismos educativos cuya funcin se relacin con la formacin bsica del profesional de enfermera, est a cargo de profesionales de enfermeraLos profesionales de enfermera, organizaran, dirigirn, controlaran y evaluaran los servicios de enfermera en las instituciones de salud, a travs de una estructura orgnica y funcionalLos profesionales de enfermera organizaran, dirigirn, controlaran y evaluaran las instituciones, centros o unidades de enfermera que presten servicios especiales en el hogar, comunidad, clnicas u hospitales en las diversas reas de atencin en saludLos profesionales de enfermera vigilaran la conformacin cualitativa y cuantitativa de los recursos humanos de enfermera para sus funcionamientos de acuerdo a los criterios y normas establecidas por el Consejo Tcnico Nacional de EnfermeraPargrafo: Las disposiciones para el clculo e personal de enfermera estarn basadas en normas nacionales e internacionales que tenga en cuenta el estado de salud de los usuarios que demanden mayor o menor tiempo de atencin.XXII. Cules son los deberes del profesional de enfermera? Brindar atencin integral de enfermera de acuerdo a los principios generales y especficos de su prctica establecidos en la ley, y para tal fin deber coordinar su labor con otros profesionales idneos del equipo de salud Velar por que se brinde atencin profesional de enfermera de calidad, a todas las personas y comunidades sin distincin de clase social o econmica, etnia, edad, sexo, religin, rea geogrfica u otra condicin. Orientar su atencin conforme a lo establecido en la presente ley de acuerdo a los principios del cdigo de tica de enfermera que se adopte en Colombia o en su defecto por los principios del cdigo de tica del consejo internacional CIE Organizar, dirigir, controlar y evaluar la prestacin de los servicios de salud y de enfermera del personal que intervenga en su ejecucin Velar porque las instituciones cuya funcin sea prestar servicios de salud, conformen la planta de personal de enfermera de acuerdo con las disposiciones de la presente ley y sus reglamentaciones respectivas y cuenta con los recursos necesarios para una atencin de calidad