funciones que pueden realizar los vigilantes de seguridad en los centros hospitalarios

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  • 7/31/2019 Funciones Que Pueden Realizar Los Vigilantes de Seguridad en Los Centros Hospitalarios.

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    Por parte de algunas Federaciones de trabajadores de seguridad privada endeterminadas Comunidades Autnomas, se ha solicitado el parecer de esteDepartamento respecto a l as func iones que pueden r ea l i za r l os v i g i l an tes desegur i dad en l os Cen t r os hosp i ta l a r i os .

    Sobre dicha cuestin y de conformidad con lo expuesto por la Unidad Central de

    Seguridad privada de la Comisara General de Seguridad Ciudadana, esta SecretaraGeneral Tcnica pone de manifiesto lo siguiente:

    El artculo 11 de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, y el artculo71 y siguientes de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto2364/1994, de 9 de diciembre, contemplan, como funciones propias de losvigilantes de seguridad, entre otras, las de ejercer la vigilancia y proteccin debienes muebles e inmuebles, as como la proteccin de las personas que puedanencontrarse en los mismos, la de efectuar controles de identidad en el acceso o enel interior de inmuebles determinados, sin que en ningn caso puedan retener ladocumentacin personal, y la de evitar la comisin de actos delictivos o infraccionesen relacin con el objeto de su proteccin.

    Respecto a las cuestiones concretas que se suscitan, en relacin con las actividadesespecficas que prestaran los vigilantes de seguridad en los hospitales y en lassalas de psiquiatra de los mismos, habrn de respetarse, en lo que a vigilancia yseguridad se refiere, las previsiones contenidas en la vigente normativa deseguridad privada.

    En este sentido, cabe entender que los vigilantes de seguridad podrn efectuar lavigilancia y proteccin del edificio donde se encuentre ubicado el centrohospitalario, como si se tratara de cualquier otro inmueble. Entre tales funcionesestaran comprendidas las de control de entradas y salidas extraordinarias devisitantes, personal del establecimiento o mercancas; el control, si fuese preciso,

    de identidad de visitantes; la recepcin de visitantes cuando existan sistemas deseguridad; la recogida y custodia, en su caso, de efectos portados por losvisitantes, cuando sea preciso el control interior de los efectos personales; laexpulsin de personas por incumplimiento de las normas propias delestablecimiento; la intervencin en supuestos de actos vandlicos, atracos,intrusin, etc.; la comprobacin del estado y funcionamiento de las instalaciones deseguridad para la prevencin de delitos y faltas; la vigilancia y control desde losmedios tcnicos; y otras de anlogo contenido.

    Por otra parte, debe tenerse en cuenta la reforma introducida por el Real Decreto1123/2001, de 19 de octubre, por el que se modifica parcialmente el Reglamentode Seguridad Privada, segn la cual, y con la finalidad de combatir el intrusismo, se

    amplan en cierta medida las funciones de los vigilantes de seguridad, alestablecerse que no se considerar excluida de la funcin de seguridad, propia delos vigilantes, la realizacin de actividades complementarias, directamenterelacionadas con aqulla e imprescindibles para su efectividad (artculo 70.1,prrafo segundo).

    A tal efecto, puede considerarse que si el personal tcnico o propio del centrohospitalario, en el ejercicio de sus funciones y ante una situacin concreta deriesgo, considerase necesario requerir la intervencin de los vigilantes deseguridad, stos debern prestar el apoyo necesario en orden a evitar conductas osituaciones que alteren el normal funcionamiento del centro hospitalario.

    Sin perjuicio de las funciones anteriormente reseadas que, de forma directa oindirecta, tuviesen relacin con la vigilancia y proteccin de los pacientes, cabe

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    considerar que la custodia de aquellos, entendida en el sentido de tratamiento,proteccin personal o vigilancia directa del paciente (en orden a evitar fugas,comisin de actos delictivos, etc.), no correspondera realizarla a los vigilantes deseguridad, sino al personal propio del centro o al equipo tcnico responsable delmismo.